juicio oral melendez.docx
TRANSCRIPT
PLAZO ENTRE ELEMPLAZAMIENTO YLA PRIMERAAUDIENCIA ( Art. 202segundo prr!o"3 das. PRIMERA AUDIENCIA-Procede a verifcar la presencia de las partes. -Rebelda. Efecto. El juez debe fallar siempre que se reciba la prueba ofrecida por el actor.Art. 2!del "P"#$.-"onciliaci%n. Puede ser total o parcial. &i es total el juez aprueba cualquier forma ecu'nime # se termina el proceso. &i es parcialcontin(a. Art. 23 del "P"#$. -Ampliaci%n de la demanda. Efecto. &e suspende # se convoca a una nueva por los nuevos )ec)os. Art. 2* tercer p'rrafo del "P"#$.-"ontestar la demanda. - Allanarse. Efecto. &e dicta sentencia dentro del 3 da. Art. 2! primer p'rrafo del "P"#$. - "onfesi%n judicial.Efecto. &e dicta sentencia dentro del 3 da.Art. 2! primer p'rrafo del "P"#$.- +posici%n. Art. 2* del "P"#$.- Reconvenci%nArt. 2* del "P"#$. Efecto. &e suspende la audiencia # se convoca a una nueva. Art. 2* (ltimo p'rrafo del "P"#$.- E,cepciones Previas- Perentorias # $i,tas. Art. 2. del "P"#$. - Prueba. Art. 2/Art. 20# $%t&'o prr(ENTENCIA&e debe interponer dentro de los . das si0uientes a la (ltima audiencia. Art. 2! del "P"#$ ultima lnea. AUTO PARA ME)OR PRO*EEREs discrecional del juez. Art. 2/ cuarto p'rrafo del "P"#$.TERCERA AUDIENCIAPuede e,istir una tercera audiencia dentro de los diez das si0uientes a la se0unda audiencia- para terminar de dili0enciar los medos de prueba. DECRETO DE TR+MITE - &e admite para su tr'mite la demanda.- &e convoca a juicio oral. - &e previene a las partes para que en la primera audiencia aporten sus pruebas.- &e les apercibe de continuar el juicio en caso de rebelda.DEMANDA (Art. ,-. -0,.-0/. -00 1 20- de%CPC1M"- 1a demanda se puede interponer de manera oral o escrita. - &e debe acreditar la relaci%n jurdica material(E2UNDA AUDIENCIA - Procede a verifcar la presencia de las partes. - "onciliaci%n. &e promueven formas de conciliaci%n sobre la ampliaci%n de la demanda. - &e conocen los nuevos )ec)os de la reconvenci%n# los medios de prueba de 2sta. - &e contin(a la dili0encia de los medios de pruebaque no se pudieron dili0enciar en la primera audiencia- 2sta audiencia debe de realizarse dentro de los quince das si0uientes despu2s de la primera audiencia. Art. 2/ del "P"#$.NOTI3ICACI4N - En forma personal. - 2* )rs. despu2s de )aberse dictado la resoluci%n. (ENTENCIA- &i no )ubiera )abido dili0encias para mejor resolver se proceder' a dictar sentencia dentro del 3er. da despu2s de la vista. *I(TA- 3entro de los ! das de interpuesto el recurso. RECUR(O DE APELACI4N- En este tipo de proceso solo es apelable la sentencia. - 4nterposici%n dentro de los3 das si0uientes )aberse dictado la sentencia. PROCEDENCIA (Art. -55 de%CPC1M."5. 1os asuntos de menor cuanta2. 1os asuntos de nfma cuanta3. 1os asuntos relativos a la obli0aci%n de prestar alimentos*. 1a rendici%n de cuentas porparte de todas las personas aquienes les impone estaobli0aci%n la le# o el contrato. .. 1a divisi%n de la cosa com(n #las diferencias que sur0ierenentre los copropietarios enrelaci%n a la misma/. 1a declaratoria de jactancia6. 1os asuntos que pordisposici%n de la le# o porconvenio de las partes- debanse0uirse en esta va.