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,/1 Gobierno del Estado de Tabasco INSTITUTO ESTATAL DE CULTURA UNIDAD DE TRANSPARENCIA !�UNIDAD DE TRANSPARENCIA Recurso de Revisión: RR/DAl/617/2018-PII Folio del Recurso de Revisión: RR00046418 Folio:00719918 Villahermosa, Tabasco, 05 de septiembre de 2018 Acuerdo de Disponibilidad de inrmación en versión pública CUENTA: Con la Sentencia definitiva de fecha 17 de agosto de 2018, emitida por el Pleno del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en contra del recurso de revisión número RR/DAl/617/2018-PII, por medio del cual se resolvió revocar el acuerdo de disponibilidad, notificado vía lnfomex Tabasco por la Unidad de Transparencia de este Sujeto Obligado para dar contestación a la solicitud de información con número de lio 00719918, así como con el oficio IEC/DA/1263/2018 y su documentación anexa, signado por el L.E. Luis José Guadalupe García Peche Director de Administración del Instituto Estatal de Cultura. - - - - -- - -- - - - - - - - - - - - - - Conste. - - - - - INSTITUTO ESTATAL DE CULTURA. UNIDAD DE TRANSPARENCIA.- VILLAHERMOSA, TABASCO, A CINCO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO- - - ----- - ------- - - -• PRIMERO. El 29 de mayo de 2018, se recibió en la Unidad de Transparencia del Instituto Estatal de Cultura vía sistema electrónico lnfomex Tabasco, solicitud de información con número de folio 00719918, formulada por quien dijo llamarse dbrases dbrases, por medio del cual requirió: "Requie en versión electrónica comprobantes de pago de consumo de energ eléctrica renta de oficinas cos de papelería y equipos de oficina facturas de pago de telénos y celular de s funcionarios consumo de combustibles gasolina diésel a pair del 2013 a lo que va del 2018 ... ". Para lo cual se generó el acuse de recibo correspondiente. - -- -- SEGUNDO. El 30 de mayo de 2018, después de verificar que la solicitud reunía los requisitos del artículo 131 de la Ley en la materia, esta Unidad turnó la solicitud mediante oficio a la Coordinación de Administración hoy Dirección de Admin istración del IEC para su atención, requiriéndole para que, dentro de un plazo de tres días hábiles después de recibido, procediera a dar respuesta y precisara si la información solicitada era pública, inexistente o debiera clasificarse como información reservada. - - - --- - ---- - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - TERCERO. El 19 de junio de 2018, esta Unidad de Transparencia, le notificó al solicitante vía sistema lnfomex Tabasco, un Acuerdo de Disponibilidad de Información, por medio del cual se le adjuntó el oficio número IEC/C861/2018 signado por el L.E. Luis José Guadalupe García Peche, Coordinador de Administración hoy Director de Administraciónde este Instituto, por medio del cual proporcionó respuesta al requerimiento inrmativo. En dicho oficio de respuesta se precisó lo siguiente: 1

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Gobierno del

Estado de Tabasco

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UNIDAD DE TRANSPARENCIA !�!?.,����

UNIDAD DE TRANSPARENCIA

Recurso de Revisión: RR/DAl/617/2018-PII Folio del Recurso de Revisión: RR00046418

Folio:00719918

Villahermosa, Tabasco, 05 de septiembre de 2018

Acuerdo de Disponibilidad de información en versión pública

CUENTA: Con la Sentencia definitiva de fecha 17 de agosto de 2018, emitida por el Pleno del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en contra del recurso de revisión número RR/DAl/617/2018-PII, por medio del cual se resolvió revocar el acuerdo de disponibilidad, notificado vía lnfomex Tabasco por la Unidad de Transparencia de este Sujeto Obligado para dar contestación a la solicitud de información con número de folio 00719918, así como con el oficio IEC/DA/1263/2018 y su documentación anexa, signado por el L.E. Luis José Guadalupe García Peche Director de Administración del Instituto Estatal de Cultura. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Conste. - - - - -

INSTITUTO ESTATAL DE CULTURA. UNIDAD DE TRANSPARENCIA.- VILLAHERMOSA, TABASCO, A CINCO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO- - - - - - - - - - - - - - - - - - - • • • • • • •

PRIMERO. El 29 de mayo de 2018, se recibió en la Unidad de Transparencia del Instituto Estatal de Cultura vía sistema electrónico lnfomex Tabasco, solicitud de información con número de folio 00719918, formulada por quien dijo llamarse dbrases dbrases, por medio del cual requirió: "Requiero en versión electrónica comprobantes de pago de consumo de energía eléctrica renta de oficinas compras de papelería y equipos de oficina facturas de pago de teléfonos y celular de /os funcionarios consumo de combustibles gasolina diésel a partir del 2013 a lo que va del 2018 ... ". Para lo cual se generó el acuse de recibo correspondiente. - - - - -

SEGUNDO. El 30 de mayo de 2018, después de verificar que la solicitud reunía los requisitos del artículo 131 de la Ley en la materia, esta Unidad turnó la solicitud mediante oficio a la ./:2---Coordinación de Administración hoy Dirección de Administración del IEC para su atención, requiriéndole para que, dentro de un plazo de tres días hábiles después de recibido, procediera a dar respuesta y precisara si la información solicitada era pública, inexistente o debiera clasificarse como información reservada. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

TERCERO. El 19 de junio de 2018, esta Unidad de Transparencia, le notificó al solicitante vía sistema lnfomex Tabasco, un Acuerdo de Disponibilidad de Información, por medio del cual se le adjuntó el oficio número IEC/CA/861/2018 signado por el L.E. Luis José Guadalupe García Peche, Coordinador de Administración hoy Director de Administraciónde este Instituto, por medio del cual proporcionó respuesta al requerimiento informativo. En dicho oficio de respuesta se precisó lo siguiente:

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Gobierno del Est�dodeTabasco

INSTITUTO ESTATAL DE CULTURA ¡¿j

UNIDAD DE TRANSPARENCIA 7,'�!?,�:n��

► Con la finalidad de dar cumplimiento al Articulo 50 Fracción 111 de la Ley de Transparencia yAcceso a la Información Pública del Estado de Tabasco y en atención a la solicitud folio00719918, realizada por quien dice llamarse MAYI DIAZ, y en documento anexo de laSubcoordinación de Recursos Financieros con oficio número SRF/223/2018. Se entregainformación en archivo digital de los comprobantes de pago de consumo de energía eléctrica,renta de oficinas, compra de papelería, equipo de oficina, pago de linea telefónica y combus-tiblecorrespondiente a los ejercicios del 2013 al 2018, en versión pública debidamente integradaconforme al ACTA EXT/IEC/CT/XIX/2018 del ACUERDO CTIDC/036/2018 de fecha 22 de mayo de2018. Es de indicarle al solicitante que en este lnsti.tuto no está autorizado el pago por servicio detelefonía celular y tampoco consumo de diésel para sus vehículos.

CUARTO. El 03 de julio de este año dbrases dbrases presentó recurso de revisión ante el Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública, vía lnfomex Tabasco, bajo el número de folio RR00046418, en contra de la respuesta que le fue proporcionada por esta Unidad, en el que emitió su inconformidad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

QUINTO. Dicho recurso fue admitido a trámite por el ITAIP, el pasado seis de julio del año en curso, en el expediente RR/DAl/617/2018-PII, el cual fue notificado a la Unidad Transparencia de este Sujeto Obligado, vía lnfomex Tabasco, el 11 de julio de 2017. - - - - - - - - - - - - - - - - -

Esta Unidad, tuvo por recibida la cédula de notificación vía sistema lnfomex Tabasco, signado por el Lic. Eduardo López Hernández, Notificador de la Ponencia 11 del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en la que se notificó la admisión a trámite del recurso de revisión interpuesto, así como también la cédula de notificación y el acuse de recibo del recurrente, los cuales se agregaron al expediente de la solicitud de información recurrida, por lo que se procedió a elaborar el informe correspondiente en el término de ley.

SEXTO. El 22 de agosto de 2018, esta Unidad recibió la cédula de notificación vía lnfomex Tabasco, signado por el Lic. Eduardo López Hernández, Notificador de la Ponencia II del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por medio de la cual se notificó el RESOLUTIVO del recurso de revisión RR/DAl/617/2018-PII dictado el 17 de agosto de este año por el Pleno del Órgano Garante, en la que REVOCA el Acuerdo de Disponibilidad de Información en Versión Pública de 19 de mayo de 2018, con motivo de la D solicitud de acceso a la información pública folio 00719918, emitido por el INSTITUTO ESTATAL DE CULTURA, a través de la licenciada María Josefina Velázquez Jiménez, Titular de la Unidad de Transparencia; conforme las razones de hecho y derecho expuesta en el Considerando V de esta resolución.

• Es importante resaltar que, de la revisión minuciosa a la sentencia definitiva del 17 deagosto de 2018, se advierte que el Pleno del Instituto Tabasqueño de Transparencia yAcceso a la Información Pública "requiere a la Jefa de la Unidad de Transparencia paraque en un término no mayor de diez días hábiles de CUMPLIMIENTO en los siguientestérminos

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Estado de Tabasco

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• Remita nuevamente el pedimento informativo a la unidad administrativa competente para que se pronuncie sobre lainformación requerida, precisando sobre la documentación que no posee por no tener autorizada partida algunarespecto de alguno de los servicios indicados por el interesado, as/ como mencione los conceptos que en su caso seencuentran incluidos en uno mismo; clasificando además, la información de carácter confidencial que aparece en losdocumentos entregados como respuesta, por ser de la esfera privada de las personas flsicas, enviando dichosdocumentos para análisis y valoración del Comité.

• Luego, recibida la contestación del área competente, la Unidad de Transparencia deberá convocar al Comité deTransparencia, para que confirme, modifique o revoque la clasificación del área administrativa que posee la documentación, con la precisión y fundamentación de los datos que deberán ser testados e instruyendo generar laversión pública de los documentos por entregarse como respuesta. Concluida la sesión, el Comité deberá emir elActa correspondiente, donde fundada y motivadamente confirme la clasificación de la información confidencial,suscrita por unanimidad o mayor/a de votos.

• Posteriormente, el. Comité deberá emitir la Resolución o Acuerdo de Confidencialidad donde exponga lascircunstancias por fas que se clasifica en dicha modalidad fa información perteneciente a fas personas flsicas, queaparecen registrados en los documentos hechos disponibles, fundando y motivando sus argumentos, precisandoademás, los datos que deberán ser testados en fas facturas y comprobantes de pago requeridas acorde con lasprevisiones que al efecto imponen los Lineamientos Generales en Materia de Clasificación y Desc/asificación deInformación, as/ como para la generación de la Versión Pública. La Resolución debe estar avalada con fa aprobacióny firmas de los integrantes del Comité que intervinieron en el acto.

• Finalmente, fa Unidad de Transparencia deberá dictar otro Acuerdo de Disponibilidad de información en versiónpública, fundado y motivado, al cual deberá acampanar el Acta y Resolución emitidas por el Comité deTransparencia, as/ como la nueva versión pública de las facturas y comprobantes de pago solicitados.

• Las nuevas actuaciones que se emitan para responder la solicitud del recurrente, deberán notificarse a través delsistema lnfomex-Tabasco, por ser el medio elegido por la parte interesada.

Por lo anteriormente expuesto y en acatamiento a la resolución descrita en el párrafo que antecede, esta Unidad turno nuevamente la solicitud junto con la sentencia al área competente, quien mediante oficio IEC/DN1229/2018 signado por el L.E. Luis José Guadalupe García Peche mediante el cual solicito convocar al Comité de Transparencia con la finalidad de elaborar versión pública de los comprobantes de pago de consumo de energía eléctrica, renta de oficina, compra de papelería y equipo de oficina, facturas de pago de teléfonos y celulares, consumo de combustible del Instituto Estatal de Cultura y que servirán para dar cumplimiento a la sentencia del rcuerso de revisión RR/DAl/619/2018-PII. - - - - - - - -

En razón de lo anterior la Unidad de Transparencia remitió el oficio en comento junto con toda la documentación al Lic. Porfirio Díaz Pérez Presidente del Comité de Transparencia del Instituto Estatal de Cultura, con la finalidad de que, en acatamiento a la referida sentencia, .fe.­confirmara la elaboración de versión pública de los comprobantes de pago de consumo de energía eléctrica, renta de oficina, compra de papelería y equipo de oficina, facturas de pago de teléfonos y celulares, consumo de combustible del Instituto Estatal de Cultura ya que contienen datos personales relativos al: : Registro Federal del Contribuyente (RFC), Número de Celular y Clave Única de Registro de Población (CURP), Correo Electrónico, para estar en condiciones de proporcionar al interesado de manera adecuada la documentación requerida. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

NOVENO, En cumplimiento al oficio citado en el punto anterior, el Lic. Porfirio Diaz Pérez Presidente del Comité de Transparencia del Instituto Estatal de Cultura, remitió el acta ACTNEXT/IEC/CT/XXXVll/2018 de fecha 28 de agosto de 2018, el cual fue emitido por

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unanimidad y por medio del cual CONFIRMA la clasificación de los datos personales relativos al : Registro Federal del Contribuyente (RFC), Número de Celular y Clave Única de Registro de Población (CURP), Correo Electrónico, contenidas en los comprobantes de pago de consumo de energía eléctrica, renta de oficina, compra de papelería y equipo de oficina, facturas de pago de teléfonos y celulares, consumo de combustible del Instituto Estatal de Cultura con lo anterior se da cumplimiento a la sentencia del RR/DAl/617/2018-PII. - - - - - -

En tal virtud y en acatamiento a la resolución descrita en el párrafo anterior, esta Unidad con la finalidad de dar cumplimiento a la sentencia de mérito, ordena entregar al interesado el presente Acuerdo de Disponibilidad de Parcial de Información, el ACTA/EXT/IEC/CT/XXXVll/2018 de fecha 28 de agosto de 2018 signada por el Presidente del Comité de Transparencia del Instituto Estatal de Cultura; así como los comprobantes de pago de consumo de energía eléctrica, renta de oficina, compra de papelería y equipo de oficina, facturas de pago de teléfonos y celulares, consumo de combustible del Instituto Estatal de Cultura en versión pública, por medio del cual se proporciona de manera completa la información solicitada y los oficios de IEC/DA/1263/2018 y IEC/SRF/362/2018 por medio del cual se describe la forma en la cual se encuentra ordenada la información correspondiente a los comprobantes de pago de consumo de energía eléctrica, renta de oficina, compra de papelería y equipo de oficina, facturas de pago de teléfonos y celulares, consumo de combustible del Instituto Estatal de Cultura y se entregan en versión pública y en formato pdf para su cumplimiento desde el año 2013 a la fecha de presentación de la solicitud. - - - - - - - -

DECIMO. Con el acuerdo anterior, queda evidenciada la buena fe e interés de este Sujeto Obligado de atender la petición del hoy recurrente, al proporcionarle la información solicitada de manera adecuada para su mejor comprensión y atraves del sistema lnfomex Tabasco se le porporciona el Acuerdo de Disponibilidad de información en versión pública, oficio IEC/DA/1263/2018 e IEC/SRF/362/2018 y el acta de Comité de Transparencia ACTA/EXT/IEC/CT/XXXVll/2018 y la Resolución de Confidencialidad.

Es importante hacer deconocimiento al interesado que la información se le proporciona de la siguiente manera:

► Acuerdo de Disponibilidad de información en versión pública► oficio IEC/DA/1263/2018.► Oficio IEC/SRF/362/2018► ACTA/EXT/IEC/CT/XXXVll/2018.► RESOLUCIÓN DE CONFIDENCIALIDAD

► 1.- FACTURAS 2013-2015 VP► 2.- FACTURAS 2016-2018 VP

Precisandole que toda ves que la información que servirá para dar respuesta a la solicitud en comento rebasa el limite permitido por el sistema lnfomex tabasco las facturas solicitadas y toda la documentación antes descrita se ponen a su disposición a través de los estrados electrónicos de este

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sujeto obligado en la plataforma estatal de transparencia con el consecutivo 43, por lo que se le hace saber que la información solicitada y sus anexos, incluyendo este acuerdo esta a su disposición en los estrados electrónicos de este Sujeto Obligado en la Plataforma Estatal de Transparencia en la siguiente dirección electrónica:

https://transparencia.tabasco.gob.mx/ciudadano/lista_estrados/60/5/

Con el nombre de: Acuerdo de Disponibilidad de información en versión pública RR-DAl-617-2018-PI FACTURAS Y COMPROBANTES DIVERSOS IEC Folio RR00046418 Folio lnfomex00719918.

NOVENO. Remítase copia de este acuerdo mediante informe al Pleno del Órgano Garante para los efectos legales correspondientes dentro del término legal concedido. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Así lo acuerda, manda y firma, Lic. María Josefina Velázquez Jiménez, Jefa de la Unidad de Transparencia del Instituto Estatal de Cultura. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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Esta hoja de firmas corresponde Acuerdo de Disponibilidad de información en versión pública de fecha cinco de septiembre de 2018, por medio del cual se da cumplimiento al recurso de revisión RR/DAl/617/2018-PII, dictado en el expediente relativo a la solicitud de información identificada con número de folio 00719918. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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� Tabasco

INSTITIJTO"tS't�'Y'A'l CLII.TIJRA

IEC lnstituto(statal

E1eCurtw:1.

Dirección de Administración

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íl o del V Centenario del Encuentro de Dos Mundos en Tabasco"

Oficio N' IEC/DN1263/2018. Asunto: Respuesta al Sentido de Sentencia del RR/DAl/5617/2018-PI.

Villahermosa, Tabasco a 3 de septiembre de 2018. n �tt/

ú 0J ü �) UNIDAD Lllli. MM,f\lSJ'cM!ifíl-/ál�elázquez Jiménez

Jefa de la Unidad de Transparencia del IEC Presente

En atención al Sentido de Sentencia RR/DAl/617/2018-PII, del Recurso de Revisión: RR00046418, interpuesto a este Instituto a través de la Plataforma Nacional de Transparencia Tabasco, con Nú­mero de Folio de solicitud 00719918, que a la letra dice:

" ... Requiero en versión electrónica comprobantes de pago de consumo de energía eléctrica renta de oficinas compras de papelería y equipos de oficina facturas de pago de teléfono y celular de los funcionarios consumo de combustibles gasolina diésel a partir del 2013 a lo que va del 2018 ... "

Con la finalidad de dar cumplimiento al Articulo 149, 158 y 159 de la Ley de Transparencia y Ac­ceso a la Información Pública del Estado de Tabasco y al considerado VI del sentido de sentencia antes mencionado; en documento anexo de la Subdirección de Recursos Financieros con oficio número IEC/SRF/362/2018, se entregan comprobantes de pago, en medio electrónico y en ver­sión pública sesionado por el Comité de Transparencia del Este Sujeto Obligado en AC­TNEXT/IEC/CT/XXXVl l/2018 y ACUERDO CT/IEC/062/2018, de fecha 27 de agosto del presente año.

1. En la página 26, último párrafo se estima desafortunado que el Sujeto Obligado testara elnombre de las personas físicas que obran contenidos en 30 hojas de las facturas solicita­das, toda vez que su restricción no permite conocer al proveedor de los alimentos adqui­ridos para los servidores públicos del Instituto Estatal de Cultura; Cabe mencionar que se­gún información enviada y solicitud requerida no se presentan facturas por concepto deALIMENTOS.

2. Se aprecian recibos de consumo de energía eléctrica digitalizadas a la mitád, también se.observaron comprobantes de pago de consumo de energía eléctrica, poco legibles; en laspaginas 79, 80, 98, 100, 101, 112,113 y 116. Se procedió actualizar los archivos enviados,quedando visibles los recibos de consumo de energla eléctrica ya completos, asl como loscomprobantes de pagos.

3. Se observó que dentro de la documentación suministrada, no se registra el ejercicio de re­cursos por concepto de arrendamiento del inmueble que ocupan sus oficinas. Se presenta­ron documentación por el arrendamiento de inmuebles de los años 2013 al 2016 debido quea partir del año 2017 se dejaron de arrendar inmuebles, motivo por el cual no se presentanfacturas de los años 2017 y 2018.

4. Se observa que no se tiene autorizado los pagos por concepto de telefonía celular y tampo­co consumo de diésel para sus vehículos, sin embargo se esclareció que una camioneta uti-

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Responsable de !a Información

Verónica Garc!a Vasronce!os

¡ Elaboró

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Dirección de Administración

"2018 año del V Centenario del Encuentro de Dos Mundos en Tabasco"

liza diésel. Nuevamente se hace de su conocimiento que a este Instituto no le fueron autori­zados recursos por concepto de pago de telefonía celular para servidores públicos; Con respecto a la camioneta que utiliza diésel inicialmente esta información se omitió, esto, de­bido que el consumo de combustible se hace a través de la adquisición de vales, los cuales no reflejan que tipo de combustible se adquiere, ya que abarcan cualquier tipo de lo antes mencionado; Por lo cual, en las facturas que se presentan están incluidos los gastos de cualquier tipo de combustible, haciéndose la precisión que solo un vehículo utiliza diésel. Así mismo se solicita a la Unidad de Transparencia de este Instituto que haga del conoci­miento de este cambio al solicitante

Sin más por el momento quedo de Usted, enviando un cordial saludo.

Ate n tamente

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C.c.p. LAE. Gabri€Ja Mari Vázquez.• Directora Genera! del JEC Archivo/Minutario.

Revisó Responsable de la 8'boró

Información

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LlJGGP Verónca Garcla Verónica Garc!a Vasconcelos Vasconcelos

I.E.C.\ii

Tabasco Instituto Estatal de Cultura

Dirección de Administración

Subdirección de Recursos

Financieros cambia contigo

Villahermosa, Tab., a 29 de agosto de 2018. Oficio No. IEC/SRF/362/18

Asunto: Atención Sentido de Sentencia RR/DAI/617 /2018-PII.

Lic. Luis José Guadalupe García Peche Director Administrativo del I.E.C. Presente.

En atención al Sentido de Sentencia RR/DAI/617/2018-PII, del Recurso de Revisión: RR00046418, interpuesto en contra de este Instituto a través de la Plataforma Nacional de Transparencia Tabasco, con Número de Folio de solicitud 00719918, que a la letra dice:

" ... Requiero en versión electrónica comprobantes de pago de consumo de energía eléctrica renta de oficinas compras de papelería y equipos de oficina facturas de pago de teléfono y celular de los funcionarios consumo de combustibles gasolina diésel a partir del 2013 a lo que va del 2018 ... ",

Referente al Acta donde plasman las observaciones me permito hacer las siguientes precisiones:

Página 22, párrafo cuatro, cinco y seis, se indica que por carecer de efectos legales procedentes, la Resolución del Comité de Transparencia y el ACUERDO CT/IEC/035/2018, del citado comité dictados en el ASUNTO 4, quedó revocada debido a que el Comité de Transparencia clasifico el domicilio particular, número de teléfono particular, código postal.

Así mismo me permito enviarle la información conforme al ACTA/Ex:f/IEC/CT/'IY:IYil/2018:

l. En la página 26, último párrafo se estima desafortunado que el Sujeto Obligado testara elnombre de las personas físicas que obran contenidos en 30 hojas de las facturas solicitadas, todavez que su restricción no permite conocer al proveedor de los alimentos adquiridos para losservidores públicos del Instituto Estatal de Cultura. Cabe señalar que según información enviaday solicitud requerida no se presentan facturas por concepto de ALIMENTOS.

2. Se aprecian avisos-recibos de consumo de energía eléctrica digitalizadas a la mitad, también seobservaron comprobantes de pago de consumo de energía eléctrica, poco legibles; en laspaginas 79,80,98,100,101,112,113 y 116. Se procedió actualizar los archivos enviados, quedandovisibles los avios-recibos de consumo de energía eléctrica ya completos, así como loscomprobantes de pagos.

3. Se observo que dentro de la documentación suministrada, no se registra el ejercicio de recursospor concepto de arrendamiento del inmueble que ocupan sus oficinas. Se presentarondocumentación por el arrendamiento de inmuebles de los años 2013 al 2016 debido que a partirdel año 2017 se dejaron de arrendar inmuebles, motivo por el cual no se presentan facturas delos años 2017 y 2018.

tj".· 4. Se observa que no se tiene autorizado los pagos por concepto de telefonía celular y tampococonsumo de diese! para sus vehículos, sin embargo se esclareció que una camioneta utilizadiésel. Nuevamente se hace de su conocimiento que a este Instituto no le fueron autorizados

Calle Andrés Sánchez Magallanes # 1124, Col. Centro Vi/lahermosa, Tabasco. C.P. 86000

Tels.: (01 993) 312 79 47

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-ªt, Tabasco cambia contigo

I.E.C.

Instituto Estatal de Cultura

Dirección de Administración

Subdirección de Recursos

Financieros

2018 "Año del V Centenario del Encuentro de Dos Mundos en Tabasco".

recursos por concepto de telefonía celular, Sobre la camioneta que utiliza diésel inicialmente esta información se omitió debido que para el consumo de combustible se hace a través de la adquisición de vales de combustible, los cuales no reflejan que tipo de combustible se adquiere ya que, abarcan cualquier tipo que se pretenda adquirir ya sea magna, Premium o diésel, por lo cual en las facturas que se presentan están incluidos los gastos de cualquier tipo de gasolina, haciéndose la precisión que solo un vehículo utiliza diésel. Así mismo se solicita a la Unidad de Transparencia de este Instituto que haga del conocimiento de este cambio al solicitante

Sin otro asunto en particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Ccp.�Expediente/ldc

Calle Andrés Sánchez Magallanes # 1124, Col. Centro Villahermosa, Tabasco. C.P. 86000

Tels.: (01 993) 312 79 47

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Tabasco <ambla cotnl�o

IEC Instituto ($tata! .-;l'éCU!t1,u.

Dirección de Administración

"2018 año del V Centenario del Encuentro de Dos Mundos en Tabasco"

Oficio N° IEC/DN1229/2018. Asunto: CONVOCA COMITÉ DE TRANSPARENCIA.

Villahermosa, Tabasco a 27 de agosto de 2018.

Lic. María Josefina Velázquez Jiménez

Jefa de la Unidad de Transparencia

Pres ente

En atención al Sentido de Sentencia RR7DAl/617/2018-PI, folio del RR00046418, de fecha 17 de agosto de 2018, interpuesto por dbrases dbrases, con el folio 00719918., donde solicita:

" ... Requiero en versión electrónica comprobantes de pagos de consumo de energía eléctrica

renta de oficinas compras de papelería y equipo de oficina facturas de pago de teléfonos y celulares de

los funcionarios consumo de combustible gasolina diésel a partir del 2013 a lo que va del 2018 ... "

Derivado de lo anterior se solicita convoque al Comité de Transparencia, para que reunidos en sesión analicen y confirmen la elaboración en Versión Púbica de toda la documentación correspondiente a los comprobantes de pagos de consumo de energía eléctrica renta de oficinas compras de papelería y equipo de oficina facturas de pago de teléfonos y celulares de los funcionarios consumo de combustible gasolina diésel, toda vez que como Sujeto Obligado responsable de datos personales, no contamos con la autorización de los titulares para ser difundida a terceras personas por medio del Derecho de Acceso a la Información, y debemos adoptar las medidas necesarias para salvaguardar la seguridad de los proveedores y los documentos resguardados en esta Dirección de Administra­ción, mismos que contienen datos personales en su modalidad de confidenciales y en mención de los Lineamientos Generales en materia de Clasificación y Desclasificación de la información; y en virtud que la información se debe escanear y sobre esta testar las palabras o renglones clasificados como: RFC, Numero de Celular, CURP y Correo Electrónico.

Lo anterior con fundamento en el Ar!. 48, Fracc. 11, Art. 50, Fracc XII, de la Ley de Transpa­rencia y Acceso la Información Pública del Estado de Tabasco.

Sin otro particular, quedo de Usted, enviando un cordial saludo.

INSTITUTO ESTATAL DE

� r;:1 r:�.u�·11IBA_ ¡-::-i -li-

íl<' 2 7 /1Gu 2018 [ 1 LE. L!,Ji José Guadalupe García Peche

· Director de Administración

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t a &ff [0 � UNIDAD 4fl�· 4'i'fA�$rje��rn:1AJuez.- Directora General del IEC.- Para su conocimiento.

ÑchrvO!M'i'nutano.

Revisó Responsable

..;:!:!/=-LElJGGP Verónica

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Elaboró

� Verónica Vascoocelos

Gobierno del Estado de ú1bdsCO

Instituto Estatal de Cultura

Comité de Transparencia

ORDEN DEL DÍA

Tabascc> ¡ambla rnntiqo

TRIGÉSIMO SEPTIMA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2018 DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO ESTATAL DE

CULTURA

28 DE AGOSTO DE 2018 13:30 HORAS

ASUNTO 1. Lista de Asistencia y Declaración de quórum legal.

ASUNTO 2. Lectura y en su caso, aprobación del orden del día.

ASUNTO 3.- Análisis, discusión y aprobación, en su caso, del pedimento realizado por el L.E. Luis José Guadalupe García Peche Director de Administración del lEC; mediante el cual solicita a la Unidad de Transparencia convocar al Comité de Transparencia de este Sujeto Obligado para que, autoricé la elaboración de las Versiones Públicas comprobantes de pago de consumo de energía eléctrica, resta de oficina, compra de papelería y equipo de oficina, facturas de pago de teléfonos, cunsumo de combustible.

ASUNTO 4. Asuntos generales

ASUNTO 5. Clausura de la reunión.

Calle Andrés Sánchec Magallanes 111124 Col. Centro C. P. 86000 Tels.: (01 993) 3127497 y 3127947 ext. 19 y 21

Villahermosa, Tabasco, México http://iec.tabasco.gob.mx

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LISTA DE ASISTENCIA TRIGÉSIMO SEPTIMA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2018 DEL COMITÉ DE

TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO ESTATAL DE CULTURA

28 DE AGOSTO DE 2018

NOMBRE

LIC. PORFIRIO DÍAZ PÉREZ PRESIDENTE Y DIRECTOR DE LA RED ESTATAL DE BIBLIOTECAS PÚBLICAS

C. AULDÁRICO HERNÁNDEZ GERÓNIMOSECRETARIO Y

DIRECTOR DE CULTURA POPULAR

M.A.P.P. LUGARDA ALICIA OSORIO BROCA,VOCAL Y

TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ARTÍSTICA

13:30 HORAS

FIRMA

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Calle Andrés Sánchez Magallanes 111124 Col. Centro C.P. 86000 Tels.: (01 993) 3127497 y 3127947 ext. 19 y 21

Villahermosa, Tabasco, México http :/ /iec. tabasco. gob. mx

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Comité de Transparencia Resolución de Confidencialidad

Facturas del Instituto Estatal de Cultura

ACT A/EXT/IEC/CT/XXXVll/2018

En la Ciudad de Villahermosa, Tabasco, siendo las doce horas (12:00 horas) del día veintiocho de agosto de dos mil dieciocho, estando presentes los integrantes del Comité de Transparencia del Instituto Estatal de Cultura, Presidente y Director de la Red Estatal de Bibliotecas, Lic. Porfirio Díaz Pérez; Secretario y Titular de la Dirección de Cultura Popular, C. Auldárico Hernández Gerónimo; Vocal y Titular

G�� de la Dirección de Educación Artística M.A.P.P. Lugarda Alicia Osorio Broca, por _y lo que habiendo quórum legal, inicia la Trigésima Séptima sesión del Comité de ___ _

Transparencia de este Instituto Estatal de Cultura, en razón de la solicitud con folio 00719918.

RESUL TAN DO

1. Con fecha 27 de agosto de dos mil dieciocho a las 16:25 hrs., fue recibido eloficio IEC/DA/1229/2018 signado el L.E. Luis José Guadalupe García PecheDirector de Administración del Instituto Estatal de Cultura, mediante el cual expusola necesidad de convocar al Comité de Transparencia de este Sujeto Obligado paraconfirmar la elaboración de versión pública de los comprobantes de pago deconsumo de energía eléctrica, renta de oficina, compra de papelería y equipo deoficina, facturas de pago de teléfonos y celulares, consumo de combustible. Enrazón de la solicitud de acceso a la información presentada con número de folio.

2. El día 28 del mismo mes y año que transcurre la Jefa de la Unidad deTransparencia remitió oficio IEC/UT/301/2018, mediante al cual expuso lo solicitadopor la Subdirectora de Recursos Humanos y requirió al Comité de Transparenciade este Sujeto Obligado, para que reunidos en sesión, analicen lo manifestado enlos oficios que se adjuntan y en su caso confirmen la elaboración de versionespúblicas de los comprobantes de pago de consumo de energía eléctrica, renta deoficina, compra de papelería y equipo de oficina, facturas de pago de teléfonos ycelulares, consumo de combustible de este Sujeto Obligado, por contener datospersonales en su modalidad de confidenciales relativo a: Registro Federal delContribuyente (RFC), Número de Celular y Clave Única de Registro de Población (CURP), Correo Electrónico, de los cuales no se cuenta con la autorización de sus titulares para ser proporcionados a tercereas personas por medio del derecho de acceso la información.

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3. En tal virtud, es de indicarse que la sustanciación del procedimiento al que debende estar sujetas las solicitudes de acceso a la información pública presentadas antelas Unidades de Transparencia, se llevó a cabo de conformidad con lo establecidoen los numerales 50 fracción 111 y 137 de la Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública vigente en el Estado de Tabasco, que a letra dicen:

"Articulo 50. Las Unidades de Transparencia tendrán las siguientes facultades y obligaciones: 1.-11 ... , 111. Recibir y tramitar las solicitudes de acceso a la información pública, así como darles seguimiento hasta la entrega de dicha información en la forma que la haya pedido el interesado conforme a esta Ley". (Sic)

"Articulo 137. Las Unidades de Transparencia deberán garantizar que las solicitudes se turnen a todas las Áreas competentes que cuenten con la información o deban tenerla de acuerdo a sus facultades, competencias y funciones, con el objeto de que realicen una búsqueda exhaustiva y razonable de la información solicitada". (Sic)

5. En tal virtud, el veintiocho de agosto de dos mil dieciocho, se llevó a cabo sesióndel Comité de Transparencia, en la que se analizó lo peticionado por el Director deAdministración, de la misma manera se analizaron la información a proporcionar enla solicitud con folio 00719918 y se determino CONFIRMAR la clasificación de losdatos personales relativos a Registro Federal del Contribuyente (RFC), Númerode Celular y Clave Única de Registro de Población (CURP), CorreoElectrónico, contenidas en los comprobantes de pago de consumo de energía eléctrica, renta de oficina, compra de papelería y equipo de oficina, facturas de pago de teléfonos y celulares, consumo de combustible de este Instituto Estatal de Cultura, por no contar con la autorización de sus titulares para ser difundidos a terceras personas por medio del derecho de acceso a la información.

En tal virtud de precisa que:

Factura.- Se trata de un formato comercial mercantil aplicado también en la rama de la contabilidad que consiste en una cuenta detallada con el precio de un artículo, producto y/o de un servicio realizado y que se entrega a una persona para exigir su pago; su emisión constituye una obligación para la Persona Física o Moral, cuando realiza una transacción con contenido económico; de igual manera, es considerado como el único documento que permite deducir gastos en la contabilidad y se detallan datos registra/es, fiscales e incluye impuestos y otros gravámenes.

Una factura es un documento de carácter mercantil que indica una compraventa de un bien o servicio y que, entre otras cosas, debe incluir toda la información de la operación. Podemos decir que es una acreditación de una transferencia de un producto o servicio tras la compra del mismo.

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Sin embargo, en este tipo de información coexisten elementos que tienen carácterpúblico y otros sobre los cuales debe guardarse secrecía, lo anterior dependerá, si secuenta o no con la autorización de sus titulares.

✓ El Registro Federal de Contribuyentes (RFC): Es una clave alfanumérica quese compone de 13 caracteres. Los dos primeros, generalmente correspondenal apellido paterno, el tercero a la inicial del apellido materno y el cuarto al primernombre. Le sigue el año de nacimiento, mes y día; los tres últimos dígitos sonla homoclave que es asignada por el Servicio de Administración Tributaria(SAT). Éste sirve para evitar claves duplicadas y homónimos.

Por lo que se transcriben los siguientes criterios emitidos por el Instituto Nacional deTransparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAI)

((J para robustecer la actuación de este Órgano Colegiado:

�.·Criterio 19/17"Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de personas físicas. El RFC es una clavede carácter fiscal, única e irrepetible, que permite identificar al titular, su edad y fecha denacimiento, por lo que es un dato personal de carácter confidencial".Resoluciones:

• RRA 0189/17. Morena. 08 de febrero de 2017. Por unanimidad. Comisionado Ponente JoelSalas Suárez.

• RRA 0677/17. Universidad Nacional Autónoma de México. 08 de marzo de 2017. Porunanimidad. Comisionado Ponente Rosendoevgueni Monterrey Chepov.

• RRA 1564/17. Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. 26 de abril de 2017.Por unanimidad. Comisionado Ponente Osear Mauricio Guerra Ford

✓ Un número de teléfono es una secuencia de dígitos utilizada para identificaruna línea telefónica dentro de una Red Telefónica Conmutada (RTC). El númerocontiene la información necesaria para identificar el punto final de la llamadaelectrónico.

✓ La Clave Única de Registro de Población, mejor conocida como CURP, es uninstrumento que sirve para registrar en forma individual a todos los habitantes deMéxico, nacionales y extranjeros, asi como a las mexicanas y mexicanos queradican en otros países; La CURP contiene 18 elementos de un códigoalfanumérico; 16 de ellos son la primer letra y primer vocal interna del primerapellido, primer letra del segundo apellido, primer letra del primer nombre, año, mesy día ele la fecha ele nacimiento; género, las dos letras del lugar de nacimiento eleacuerdo al código de la Entidad Federativa, Después, las primeras consonantesinternas ele cada uno de los apellidos y nombre y por último, los dos últimos dígitosque son asignados por el Registro Nacional de la Población

Criterio 18/17Clave Unica de Registro de Población (CURP). La Clave Única de Registro de Población se integra por datos personales que sólo conciernen al particular titular de la misma, como lo son su nombre,

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apellidos, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento y sexo. Dichos datos, constituyen información que distingue plenamente a una persona física del resto de los habitantes del país, por lo que la CURP está considerada como información confidencial.

Resoluciones:

• RRA 3995/16. Secretaría de la Defensa Nacional. 1 de febrero de 2017. Por unanimidad. ComisionadoPonente Rosendoevgueni Monterrey Chepov.

• RRA 0937/17. Senado de la República. 15 de marzo de 2017. Por unanimidad. Comisionada PonenteXimena Puente de la Mora.

• RRA 0478/17. Secretaría de Relaciones Exteriores. 26 de abril de 2017. Por unanimidad. ComisionadaPonente Areli Cano Guadiana.

Correo Electrónico. El correo electrónico es un servicio de red que permite a los usuarios enviar y recibir mensajes mediante redes de comunicación electrónica.

El correo electrónico, también conocido como e-mail (del inglés, electronic mail); es un servicio de red que permite mandar y recibir mensajes con múltiples destinarías o receptores, situados en cualquier parte del mundo. La facilidad de uso, su rapidez y el abaratamiento de costos de la transmisión de información han dado lugar a que la mayoría de las instituciones, empresas y particulares tengan en el correo electrónico su principal medio de comunicación, desplazando del primer lugar a la correspondencia tradicional, al teléfono y al fax. Por lo que se considera un medio de comunicación electrónico del ámbito personal su uso está limitado al propio titular y su difusión pondría en riesgo el ámbito privado de la persona pues permitiría su manipulación o jaqueo.

Los datos personales son toda aquella información que se relaciona con nuestra persona y que nos identifica o nos hace identificables. Nos dan identidad, nos describen y precisan:

• Nuestra edad• Domicilio• Número telefónico• Correo electrónico personal• Trayectoria académica, laboral o profesional• Patrimonio• Número de seguridad social• CURP, entre otros.

También describen aspectos más sensibles o delicados, como es el caso de:

• Nuestra forma ele pensar• Estado de salud• Origen étnico y racial• Características físicas (ADN. huella digital)• Ideología y opiniones políticas• Creencias o convicciones religiosas o filosóficas• Preferencias sexuales, entre otros.

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CONSI DE R A N DO

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l. El Comité de Transparencia del Instituto Estatal de Cultura, es legalmentecompetente para conocer y resolver sobre la clasificación de la informaciónantes descrita y con fundamento en los artículos 48 fracción 111, y 73fracciones 1, 11 y VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública del Estado de Tabasco.

11. Que como se ha detallado previamente, de la solicitud presentada con folio00719918 en la cual como medio probatorio se proporcionaron las facturasque se generan como resultado de los comprobantes de pago de consumode energía eléctrica, renta de oficina, compra de papelería y equipo deoficina, facturas de pago de teléfonos y celulares, consumo de combustible,en este Sujeto Obligado y del análisis realizadas a las mismas se observaque estas contiene datos personales en su modalidad de confidenciales delos cuales no se cuenta con la autorización de sus titulares para serproporcionados a terceros por medio del derecho de acceso a la información.

En virtud de todo lo expuesto en los considerandos I y 11, del estudio y análisis

a las facturas que amparan el uso de recursos públicos y las operaciones

comerciales del Instituto Estatal de Cultura, el Comité de Transparencia del

Instituto Estatal de Cultura, CONFIRMA la clasificación de los datos

personales relativos a Registro Federal del Contribuyente (RFC), Número de Celular y Clave Única de Registro de Población (CURP), Correo Electrónico contenidas en las facturas que se obtiene como resultado de los comprobantes de pago de consumo de energía eléctrica, renta de oficina, compra de papelería y equipo de oficina, facturas de pago de teléfonos y celulares, consumo de combustible de este Instituto Estatal de Cultura. Por lo que debe y se:

RESUELVE

PRIMERO. El Comité de Transparencia del Instituto Estatal de Cultura, con fundamento en los artículos 48 fracción 111, y 73 fracciones 1, 11 y VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, y de conformidad con los resultandos, considerandos y razonamientos expuestos en la presente Resolución, se CONFIRMA la clasificación de los datos personales en su modalidad de confidenciales de los comprobantes de pago de consumo de energía eléctrica, renta de oficina, compra de papelería y equipo de oficina,

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Tabasco carnbi,, wntiqo

facturas de pago de teléfonos y celulares, consumo de combustible de este Instituto Estatal de Cultura.

SEGUNDO. Se instruye a la Unidad de Transparencia de este Instituto notificar lapresente resolución al área administrativa encargada del resguardo de la información y en el caso que se requiera el uso de la misma deberá anexar al acuerdo que se proporcione al solicitante en su caso la presente resolución, a través del sistema lnfomex-Tabasco, de acuerdo con lo establecido en los artículos 50 fracciones 111 y VI, 138 y 144 fracción 111 en su parte in fine de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco en vigor.

TERCERO. Cúmplase.

Así lo resolvieron, por unanimidad de votos, firmando para constancia los integrantes del Comité de Transparencia del Instituto Estatal de Cultura, para los efectos a que haya lugar. Se cierra la presente acta a las quince horas del día de su encabezado.

PROTESTAMOS LO NECESARIO

LIC. PORF' PRESI

M.A.P.P. LUGARDA LVOCAL

RNÁNDEZ GERÓ MO

SECRETARIO

OSORIO BROCA

En la ciudad de Villahermosa, capital del Estado de Tabasco, a veintiocho de agosto de dos mil dieciocho, se hace constar que estas firmas, corresponden a los integrantes del Comité de Transparencia del Instituto Estatal de Cultura y, que ésta es la última hoja que pertenece a la Resolución de confidencialidad de la información dictada en la Sesión XXXVII del Comité de Transparencia, bajo el número de acta: ACT A/EXT/IEC/CT/XXXVll/2018. Lo anterior, para todos los efectos legales a que haya lugar.� - - - - - - -·- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Conste. - - - - - - - - - - - - -

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ACTA NÚMERO ACTA/EXT/IEC/CT/XXXVll/2018 DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO ESTATAL DE CULTURA.

En la Ciudad de Villahermosa, Tabasco, siendo las trece horas con treinta minutos (12:30 horas) del 28 de agosto de dos mil dieciocho, estando presentes los integrantes del Comité de Transparencia del Instituto Estatal de Cultura, Presidente y Director de la Red Estatal de Bibliotecas, Lic. Porfirio Díaz Pérez; Secretario y Titular de la Dirección de Cultura Popular, C. Auldárico Hernández Gerónimo, Vocal y Titular de La Dirección de Educación Artística M.A.P.P. Lugarda Alicia Osorio Broca; por lo que, encontrándose presente todos los integrante, inicia la Trigésimo Séptima Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia de este Sujeto Obligado, para atender el Orden del Día en los términos siguientes: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ORDEN DEL DÍA

ASUNTO 1. Lista de Asistencia y Declaración de quórum legal.

ASUNTO 2. Lectura y en su caso, aprobación del orden del día.

ASUNTO 3.- Análisis, discusión y aprobación, en su caso, del pedimento realizado por el L.E. Luis José Guadalupe García Peche Director de Administración del IEC; mediante elcual solicita a la Unidad de Transparencia convocar al Comité de Transparencia de esteSujeto Obligado para que, autoricé la elaboración de las Versiones Públicas de loscomprobantes de pago de consumo de energía eléctrica, renta de oficina, compra depapelería y equipo de oficina, facturas de pago de teléfonos y celulares, consumo decombustible.

ASUNTO 4. Asuntos generales

ASUNTO 5. Clausura de la reunión.

CONSIDERANDOS

ASUNTO 1. - Se procede al pase de lista de asistencia, encontrándose presentes los integrantes del Comité de Transparencia del Instituto Estatal de Cultura, por lo que existe quórum legal.

ASUNTO 2 - Se da lectura al Orden del Día previamente circulado a los integrantes, y se aprueba en todos y cada uno de sus puntos, correspondiente a esta Trigésima Séptima Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia.

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ASUNTO 3. - Se pone a consideración de los Integrantes del Comité de Transparencia de

IEC, el siguiente asunto:

• El día 27 de agosto a las 16:25 hrs., el L.E. Luis José Guadalupe García Peche

Director de Administración de este Instituto, envió a la Unidad de Transparencia el

oficio número IEC/DA/1229/2018, mediante el cual solicitó convocar al Comité de

Transparencia para que autorice la confirmación de elaboración de versión pública

de los comprobantes de pago de consumo de energía eléctrica, renta de oficina,

compra de papelería y equipo de oficina, facturas de pago de teléfonos y celulares,

consumo de combustible.

• El día 28 del mismo mes y año, la Jefa de la Unidad Transparencia, remitió el oficio

IEC/UT/301/2018, por medio del cual requirió al Lic. Porfirio Díaz Pérez, Presidente

del Comité de Transparencia de este Sujeto Obligado, convocar a sesión al Comité

que él Preside, con el propósito de analizar el requerimiento informativo, emitir su

opinión y en su caso confirmar la elaboración de versión pública de los

comprobantes de pago de consumo de energía eléctrica, renta de oficina, compra

de papelería y equipo de oficina, facturas de pago de teléfonos y celulares, consumo

de combustible, en virtud de que esta documentación contiene datos personales en

su modalidad de confidenciales relativos a: Registro Federal del Contribuyente(RFC), Número de Celular y Clave Única de Registro de Población (CURP),Correo Electrónico, de los cuales no se cuenta con la autorización de sus titular

para ser proporcionados a terceras personas por medio del derecho de acceso la

información, esto con la con la intención de que este Sujeto Obligado esté en

condiciones de proporcionar la información solicitada.

Resolución del Comité de Transparencia

Es importante destacar que, el Derecho de Acceso la Información, es un derecho humano

reconocido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y nuestra

legislatura local, sin embargo, este derecho no confiere un poder absoluto, ya que se

encuentra sujeto a limitaciones y excepciones que se sustentan fundamentalmente en la

protección de la seguridad nacional y del orden público, así como del derecho que tiene la

sociedad de que sus intereses sean protegidos en su dignidad, ya que el hacer del

conocimiento público estos datos, puede causar daños en la integridad e intereses de una

persona, como discriminación dentro de la sociedad, por lo tanto se cuentan con normas

que tienden a proteger la privacidad e integridad de las personas, mientras que por lo que

respecta a la protección de las personas, existen normas que protegen el derecho de la

vida, a la privacidad o intimidad, por tan razón el derecho a la información tiene como límites

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el decoro, el honor, el respeto, la honestidad y la estimación. Esto nos lleva a concluir que el principio de máxima publicidad de la información comprende que la información en posesión de los sujetos obligados es pública y excepcionalmente reservada o confidencial, en apego a lo que señalan las disposiciones legales aplicables.

Por lo anteriormente expuesto y atención a lo dispuesto en el artículo 48 fracción 111, y 73 fracciones 1, 11 y VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco; así como 3 fracciones 11 y V, artículos 18, 19, 21, 22 y 20 de su Reglamento, este Sujeto Obligado tiene el imperativo legal proteger la privacidad de los datos personales, por lo que el Comité de Transparencia de este Sujeto Obligado, tomando en consideración todos los argumentos vertidos por el Director de Administración, este Comí té de Transparencia acuerda confirmar la clasificación de los datos personales

�¡;;,� ... en su modalidad de confidencialidad relativos a: Registro Federal del U ..Contribuyente (RFC), Número de Celular y Clave Única de Registro de Población

(CURP), Correo Electrónico, que se encuentran inmersas en los comprobantes de pago de consumo de energía eléctrica, renta de oficina, compra de papelería y equipo de oficina, facturas de pago de teléfonos y celulares, consumo de combustible, por lo que resulta procedente acordar la autorización de la elaboración de la versión pública. En razón de lo

pl anterior, se emite el siguiente acuerdo:

�'

ACUERDO CT/IEC/062/2018

PRIMERO.- Con fundamento en los artículos 48 fracción 111, y 73 fracciones 1, 11 y VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, este Comité de Transparencia CONFIRMA la clasificación de los datos personales en su modalidad de confidenciales relativos a Registro Federal del Contribuyente (RFC), Número de Celular y Clave Única de Registro de Población (CURP), Correo Electrónico, por no contar con la autorización de sus titulares para ser difundidos a otras personas por medio del derecho de acceso a la información. En tal virtud resulta procedente la elaboración de la versiones públicas de todos los comprobantes de pago de consumo de energía eléctrica, renta de oficina, compra de papelería y equipo de oficina, facturas de pago de teléfonos y celulares, consumo de combustible, que contengan los datos personales citados en el presente acuerdo; tomando en consideración los Lineamientos en Materia de Clasificación y Desclasificación de la Información, así como para la elaboración de Versiones Públicas.

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SEGUNDO.- Se instruye a la Unidad de Transparencia de este Sujeto Obligado, para que notifique al área administrativa encargada de proporcionar la información, para que elabore la respuesta correspondiente en Versión Pública, conforme a los artículos 73, 119 y 147 último párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco y 50 de su Reglamento, Quincuagésimo noveno y Sexagésimo tercero de los Lineamientos Generales en Materia de Clasificación y Desclasificación de la Información y posteriormente esa Unidad notifique un acuerdo de disponibilidad en versión pública al solicitante.

'Tobasco c.inl!Ji.i COlllÍCJO

ASUNTO 4.- En lo que respecta a este punto, no se presentaron asuntos generales a tratar.

ASUNTO 5. - Habiéndose cumplido el objetivo de la presente reunión, se declara agotado el orden del día declarándose formalmente cerrada la presente acta constante de cuatro fojas útiles, siendo las 15:00 horas del día veintiocho de agosto de dos mil dieciocho, firmando en duplicado al calce y al margen quienes en ella intervinieron. - - - - -CONSTE. -

PROTESTAMOS LO NECESARIO

M.A.P.P. LUGARD

voc

C.AULDÁ�ÁNDEZGERÓNIMO

SECRETARIO

/A OSOR/O BROCA

ESTA FOJA FORMA PARTE DEL ACTA NUMERO ACTA/EXT/IEC/CT/XXXVll/2018, CORRESPONDIENTE A LA TRIGÉSIMA SÉPTIMA REUNIÓN EXTRAORDINARIA DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO ESTATAL DE CULTURA, DE FECHA VEINTIOCHO DE AGOSTO DE 2018 ... - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - • - - - • - -

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