jhon serrao

21
El Derecho. Integrante: Jhon Serrao

Upload: jhonserrao

Post on 04-Aug-2015

59 views

Category:

Education


0 download

TRANSCRIPT

El Derecho.

Integrante: Jhon Serrao

La palabra derecho deriva de la voz latina "directum", que significa "lo que está conforme a la regla, a la ley, a la norma", o como expresa Villoro Toranzo, "lo que no se desvía ni a un lado ni otro."

El derecho como ciencia, es una creación humana, impuesta por la necesidad social de contener ciertas conductas indeseables, y reconocer ciertos derechos naturales, anteriores a la formación del estado, y que surgieron con la persona misma.

Significado

El derecho como conjunto de normas jurídicas, coexiste con el resto del sistema normativo (normas de costumbres, éticas, y religiosas) y es deseable que todas ellas posean coincidencia de contenidos, para lograr una convivencia armónica.

El Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos intersubjetivos.

En principio, digamos que es un conjunto de normas de carácter general, que se dictan para regir sobre toda la sociedad o sectores preestablecidos por las necesidades de la regulación social, que se imponen de forma obligatoria a los destinatarios, y cuyo incumplimiento debe acarrear una sanción o la respuesta del Estado a tales acciones.

Dentro de las funciones básicas del Derecho podemos significar en que es un instrumento de organización social ya que mediante las normas establecidas se encausa el rumbo de las relaciones sociales, se declaran las admitidas o se limitan otras; es regla de conducta, por cuanto define, establece, manda o impide actuaciones; es además medio de solución de conflictos en tanto al ordenar un cauce, ofrece las pautas para la solución, arbitra y prevé los medios para la solución de las reclamaciones y la defensa de los intereses ciudadanos.

Funciones del Derecho

Derecho no sólo es voluntad política normativamente expresada, sino que es declaración además, de los valores que predominan en la sociedad en un momento determinado, y en este sentido la armonía del sistema también se produce como resultado de la acción reguladora de esos valores, reconocidos jurídicamente como rectores de la sociedad

Realización del Derecho

Para que una norma pueda ser eficaz, para que se realice, han de crearse, además, los medios e instituciones que propicien la realización de la disposición, y de los derechos y deberes que de tales situaciones resulten. Pero la eficacia de una norma no puede exigirse sólo en el plano normativo, también ha de ser social, material, para que haya correspondencia entre la norma y el hecho o situación, para que refleje la situación existente o que desee crearse manifestándose así la funcionalidad del Derecho,

El Derecho por su conceptualización se puede dividir en dos grandes grupos : Objetivo y Subjetivo .

Derecho Objetivo : Se puede definir como las normas que rigen

el actuar del hombre dentro de la sociedad, y a ella misma; a su vez se divide en dos grupos:

Público y Privado.

Tipos de Derecho por su conceptualización.

Derecho Público es la rama que se refiere a las normas que rigen el interés del Estado como representante de una Nación, el de la sociedad como tal, y la organización de las cosas públicas.

Es el que se refiere a la organización de las cosas publica nacionales de un país

EL DERECHO CONSTITUCIONAL. se ocupa de determinar la forma del Estado

como representante jurídico de una Nación.

EL DERECHO ADMINISTRATIVO. tiene por objeto la organización y

funcionamiento de los poderes públicos, en cuanto constituyen un gobierno o poder ejecutivo .

El Derecho Publico tiene las siguientes ramas

DERECHO PENAL.- determina los delitos y las sanciones que deben ponerse a quienes las cometen.

DERECHO PROCESAL CIVIL.- tiene por objeto la organización de los tribunales civiles, su competencia y su jurisdicción.

Derecho Privado :

Es el que se refiere o actúa al interés de los sujetos entre si y concierne a las relaciones del individuo con sus semejante para satisfacer sus necesidades personales

Se puede dividir en varias clasificaciones basadas en su relación con otras ciencias y por su objetividad:

Derecho Civil, Comercial, Marítimo, Internacional, Derecho de Trabajo, Etc.

DERECHO CIVIL.- es la rama del derecho que se ocupa del estudio de las relaciones civiles de los individuos entre sí como particulares, su estado, su capacidad, la organización de la familia, el régimen de los bienes y el estudio de los contratos

EL DERECHO MERCANTIL.-se ocupa del estudio de las relaciones civiles de los individuos como particulares cuando éstos tienen el carácter de comerciantes o, sin serlo ejecutan actos de comercio.

• DERECHO DEL TRABAJO.- se ocupa de estudiar las relaciones de los individuos particulares, que guardan la situación de ser patrones y trabajadores.

Derecho Subjetivo :

Se puede definir como el conjunto de facultades, beneficios, privilegios, ventajas, inmunidades, libertades, que nos pertenecen y de las cuales disfrutamos de origen y de esencia. Se puede dividir en varios grupos partiendo desde diferentes puntos de vista:

Según la Conducta:

Derecho Subjetivo a la Conducta Propia:

Cuando el Derecho faculta a la conducta propia de hacer algo, o sea la facultad de hacer. Derecho Subjetivo

a la Conducta Ajena: Cuando el Derecho faculta la conducta propia a exigir algo.

Según su dependencia con otro Derecho:

Derecho Subjetivo Dependiente:

Es el que se fundamenta en otro Derecho o en un deber jurídico del titular

Derecho Subjetivo Independiente:

Es el que se fundamenta en un deber o en un derecho del mismo sujeto

Según su valor económico:

Derecho Patrimonial:

Es el Derecho que puede apreciarse en dinero o valor monetario.

Derecho Extra patrimonial:

Es el Derecho que no es susceptible a apreciarse por medio del valor monetario.

"La justicia es el valor más elevado al que puede aspirar una sociedad"

Leticia Zarco OrtegaVioleta Menchaca Marín