interes superior del niño

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Interés Superior del Interés Superior del Niño Niño

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Page 1: Interes Superior Del Niño

Interés Superior del Interés Superior del NiñoNiño

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Interés Superior del NiñoInterés Superior del Niño

La ley 19.585 recoge de manera explícita este principio La ley 19.585 recoge de manera explícita este principio normativo. normativo. Artículo 242 inc. 2º; art.225 inc.3º; artículo 229 inc. 3º. Artículo 242 inc. 2º; art.225 inc.3º; artículo 229 inc. 3º.

Ley 19.947 Art. 3Ley 19.947 Art. 3 Ley 19.968 Art.16Ley 19.968 Art.16 Ley 19.620 Art. 1.Ley 19.620 Art. 1.

Ley 26.061 sobre protección integral de los derechos de los Ley 26.061 sobre protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes (Argentina)niños, niñas y adolescentes (Argentina)““a los efectos de la presente Ley se entiende por interés a los efectos de la presente Ley se entiende por interés superior de la niña, niño y adolescente la máxima superior de la niña, niño y adolescente la máxima satisfacción, integral y simultanea de los derechos y satisfacción, integral y simultanea de los derechos y garantías reconocidas en esta ley”garantías reconocidas en esta ley”

Concepto de niñoConcepto de niño Art. 1 CDNArt. 1 CDN Art. 16 Ley 19.968Art. 16 Ley 19.968

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Concepto de interés superior del niñoConcepto de interés superior del niño

Artículo 3 CDN “En todas las medidas concernientes a los niños Artículo 3 CDN “En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el atenderá será el interés superior del niñointerés superior del niño””

Miguel CilleroMiguel Cillero- Es una garantía para el menor- Es una garantía para el menor- Es una norma orientadora- Es una norma orientadora- Es una norma de interpretación y resolución de conflictos - Es una norma de interpretación y resolución de conflictos jurídicosjurídicos

Maricruz Gómez de la TorreMaricruz Gómez de la Torre-El Diccionario de la Real Academia Española, define interés -El Diccionario de la Real Academia Española, define interés como” provecho, utilidad, conveniencia, necesidad”como” provecho, utilidad, conveniencia, necesidad”

Page 4: Interes Superior Del Niño

Claudia Schmidt y Paulina VelosoClaudia Schmidt y Paulina VelosoEl interés del menor supone poner acento en que el menor se El interés del menor supone poner acento en que el menor se trata de un sujeto de derecho, una persona digna de trata de un sujeto de derecho, una persona digna de consideración y respeto; y que tiene un plexo de derechos consideración y respeto; y que tiene un plexo de derechos propios, contemplados en la CDN, que toda persona incluido el propios, contemplados en la CDN, que toda persona incluido el juez debe respetar y promover. juez debe respetar y promover.

Cecilia GrosmanCecilia GrosmanEl concepto de interés se vincula con el ejercicio de un El concepto de interés se vincula con el ejercicio de un derecho. En cuanto a la calificación del interés como “ derecho. En cuanto a la calificación del interés como “ superior” sostiene que fundadamente se ha querido poner de superior” sostiene que fundadamente se ha querido poner de manifiesto que al niño le asiste un verdadero y auténtico manifiesto que al niño le asiste un verdadero y auténtico poder para reclamar la satisfacción de sus necesidades poder para reclamar la satisfacción de sus necesidades esenciales. Simboliza la idea de que ocupa un lugar importante esenciales. Simboliza la idea de que ocupa un lugar importante en la familia y la sociedad y ese lugar debe ser respetado.en la familia y la sociedad y ese lugar debe ser respetado.

Concepto de interés superior del niñoConcepto de interés superior del niño

Page 5: Interes Superior Del Niño

María Sara RodríguezMaría Sara RodríguezEn Estados Unidos en 1975 se criticaba este principio en la En Estados Unidos en 1975 se criticaba este principio en la resolución de problemas de custodia ( cuidado personal) por la resolución de problemas de custodia ( cuidado personal) por la excesiva discrecionalidad que entregaba al juzgador. Haciendo excesiva discrecionalidad que entregaba al juzgador. Haciendo referencia a la opinión extrema de Jon Elster, “ Este referencia a la opinión extrema de Jon Elster, “ Este principio es tan indeterminado, como criterio de adjudicación principio es tan indeterminado, como criterio de adjudicación que mas le vale al juez resolver por cara o sello”que mas le vale al juez resolver por cara o sello”

Concepto de interés superior del niñoConcepto de interés superior del niño

Page 6: Interes Superior Del Niño

CAUSA ROL: 4307-2010 Corte Suprema de CAUSA ROL: 4307-2010 Corte Suprema de Justicia.Justicia.

Décimo: …Así lo dispone, por lo demás, el artículo 16 de la Ley Décimo: …Así lo dispone, por lo demás, el artículo 16 de la Ley N°19.968 y aún cuando constituya un concepto indeterminado, cuyo N°19.968 y aún cuando constituya un concepto indeterminado, cuyo alcance se aprecia cuando es aplicado al caso concreto, puede alcance se aprecia cuando es aplicado al caso concreto, puede afirmarse que consiste afirmarse que consiste en el pleno respeto de los derechos en el pleno respeto de los derechos esenciales del niño, niña o adolescente, para procurar el cabal esenciales del niño, niña o adolescente, para procurar el cabal ejercicio y protección de sus derechos esenciales. Dicho ejercicio y protección de sus derechos esenciales. Dicho principio se identifica con la satisfacción plena de los derechos principio se identifica con la satisfacción plena de los derechos de los menores, en su calidad de personas y sujetos de derechos, de los menores, en su calidad de personas y sujetos de derechos, identificándose de esta manera Interés Superior con los derechos identificándose de esta manera Interés Superior con los derechos del niño y adolescente y si bien éste se encuentra presente y se del niño y adolescente y si bien éste se encuentra presente y se proyecta en todo el sistema jurídico, al erigirse como una proyecta en todo el sistema jurídico, al erigirse como una garantía de amplitud tal que obliga no sólo al legislador sino garantía de amplitud tal que obliga no sólo al legislador sino que a todas las autoridades e instituciones y a los propios que a todas las autoridades e instituciones y a los propios padres, interesa de sobremanera el aporte que tiene en el ámbito padres, interesa de sobremanera el aporte que tiene en el ámbito de la interpretación, al constituir una norma de resolución de de la interpretación, al constituir una norma de resolución de conflictos jurídicos, permitiendo decidir así situaciones de conflictos jurídicos, permitiendo decidir así situaciones de colisión de derechos, según su contenido y la ponderación de los colisión de derechos, según su contenido y la ponderación de los que se encuentran en pugnaque se encuentran en pugna… …

Page 7: Interes Superior Del Niño

EN SINTESÍS, este principio en materia de filiación, llevado EN SINTESÍS, este principio en materia de filiación, llevado a la practica consiste en:a la practica consiste en:

Permitirle la investigación de la filiaciónPermitirle la investigación de la filiación Garantiza los derechos que surgen de su calidad de ser humanoGarantiza los derechos que surgen de su calidad de ser humano Permite manifestar su opinión y tomarla en consideración de Permite manifestar su opinión y tomarla en consideración de

acuerdo a su edad y madurez acuerdo a su edad y madurez Permitirle permanecer con el padre que mejor asegure su Permitirle permanecer con el padre que mejor asegure su

bienestar físico y espiritual y al mismo tiempo facilite su bienestar físico y espiritual y al mismo tiempo facilite su vinculación con el otro padre, en caso de separación, nulidad vinculación con el otro padre, en caso de separación, nulidad o divorcio de los padreso divorcio de los padres

Velar porque se proteja su interés, para lo cual debe ser Velar porque se proteja su interés, para lo cual debe ser escuchado y tomado en cuenta de acuerdo a su edad y madurez escuchado y tomado en cuenta de acuerdo a su edad y madurez en caso de separación, divorcio o nulidad, tanto en los en caso de separación, divorcio o nulidad, tanto en los acuerdos regulatorios como en la mediación, en la que los acuerdos regulatorios como en la mediación, en la que los cónyuges decidan sobre materias atingentes a ellos.cónyuges decidan sobre materias atingentes a ellos.

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