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REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO Y PLAN DE EMERGENCIA DE LA INSTALACIÓN RADIACTIVA DEL INSTITUTO DE BIOLOGÍA Y GENÉTICA MOLECULAR (IBGM) ÍNDICE 1. Dirección 2. Instalaciones 3. Personal 4. Radioisótopos autorizados 5. Usuarios del Servicio 6. Pedidos de Material Radiactivo 7. Normas de trabajo 7.1. Entrada y salida. 7.2. Antes del trabajo 7.3. Durante el trabajo. 7.4. Después del trabajo 7.5. Limpieza de Instalaciones 7.6. Operación con los detectores de contaminación. Manejo de un detector de contaminación. 8. Generación de residuos. 8.1. Residuos líquidos 8.2. Residuos sólidos 8.3. Viales de centelleo (residuos mixtos) 8.4. Normas Generales de Gestión de Residuos 9. Normas de Descontaminación 9.1. Descontaminación de superficies y objetos 9.2. Descontaminación personal. 9.3. Notas Importantes. 10. Programa de Inspecciones, Calibraciones y Verificaciones Periódicas 10.1. Inspecciones periódicas 10.2. Verificaciones y calibraciones de los equipos de medida 10.2.1.Calibración del contador de centelleo 10.2.2. Verificación y calibración de los detectores de contaminación y radiación 10.3. Plan de verificaciones 10.4. Registro 11. Plan de Emergencia: 11.1. Identificación de accidentes previsibles. 11.2. Línea de autoridad. 11.3. Planes establecidos para hacer frente a los accidentes. 11.4. Datos fundamentales que se recogerán en una emergencia. 12. Anexos: Anexo I: Impreso de solicitud de usuario de la Unidad Anexo II: Impresos de toma de datos de registro y control

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REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO Y PLAN DE EMERGENCIA DE LA INSTALACIÓN RADIACTIVA DEL

INSTITUTO DE BIOLOGÍA Y GENÉTICA MOLECULAR (IBGM) ÍNDICE 1. Dirección 2. Instalaciones 3. Personal 4. Radioisótopos autorizados 5. Usuarios del Servicio 6. Pedidos de Material Radiactivo 7. Normas de trabajo

7.1. Entrada y salida. 7.2. Antes del trabajo 7.3. Durante el trabajo. 7.4. Después del trabajo 7.5. Limpieza de Instalaciones 7.6. Operación con los detectores de contaminación. Manejo de un detector

de contaminación. 8. Generación de residuos.

8.1. Residuos líquidos 8.2. Residuos sólidos 8.3. Viales de centelleo (residuos mixtos) 8.4. Normas Generales de Gestión de Residuos

9. Normas de Descontaminación 9.1. Descontaminación de superficies y objetos 9.2. Descontaminación personal. 9.3. Notas Importantes.

10. Programa de Inspecciones, Calibraciones y Verificaciones Periódicas 10.1. Inspecciones periódicas 10.2. Verificaciones y calibraciones de los equipos de medida

10.2.1. Calibración del contador de centelleo 10.2.2. Verificación y calibración de los detectores de contaminación y

radiación 10.3. Plan de verificaciones 10.4. Registro

11. Plan de Emergencia:

11.1. Identificación de accidentes previsibles. 11.2. Línea de autoridad. 11.3. Planes establecidos para hacer frente a los accidentes. 11.4. Datos fundamentales que se recogerán en una emergencia.

12. Anexos: Anexo I: Impreso de solicitud de usuario de la Unidad Anexo II: Impresos de toma de datos de registro y control

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1. DIRECCIÓN Instituto de Biología y Genética Molecular

Edificio IBGM Universidad de Valladolid / CSIC

C/ Sanz y Forés s/n 47003- Valladolid Tfno.: 983 184801 - Fax: 983 184800 2. INSTALACIONES Descripción física de la ubicación de la instalación:

La Instalación Radiactiva del nuevo edificio del Instituto de Biología y

Genética Molecular consta de un laboratorio de unos 32 m2, aprox., situado en

la planta tercera del edificio IBGM. El acceso a la sala de isótopos tiene lugar

desde una antesala, donde se ubican algunos equipos de uso común, en el

espacio identificado como E-1, al que se accede desde el pasillo general de la

tercera planta.

Sala de Isótopos (Planta 3ª):

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El laboratorio de isótopos posee 2 amplias ventanas en uno de sus frentes, que

dan al exterior. Dos de las paredes de este laboratorio limitan con el exterior, ya

que configura una de las esquinas del edificio. Las otras dos paredes limitan

con el pasillo interior de la tercera planta y con un antesala o espacio destinado

a aparataje común, que es el lugar desde donde se tiene acceso al laboratorio

de isótopos propiamente dicho.

En el piso inferior, en la segunda planta, se encuentra la sala de lavado y

esterilización. Encima de la instalación, en la cuarta planta, está el tejado del

edificio.

Además, se ha acondicionado una pequeña área de trabajo consistente en una

zona de poyata de aproximadamente 70 cm2 en una de las mesadas del

laboratorio E-5, situado en la tercera planta del edificio. Esta superficie se

encuentra convenientemente señalizada y en ella se trabajará sobre bandeja

impermeable, únicamente con tritio (3H) y con actividades nunca superiores a

25 microcurios (25 µCi).

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3. PERSONAL

La instalación estará dirigida por un Supervisor de Instalaciones

Radiactivas acreditado por el Consejo de Seguridad Nuclear, miembro de

plantilla de la Universidad de Valladolid.

Jesús Fernández Gutiérrez (Supervisor Principal).

De acuerdo con el Consejo de Seguridad Nuclear, se pretende que en esta

unidad de isótopos haya un Operador de Instalaciones Radiactivas por

cada uno de los Grupos de Investigación autorizados o en su defecto

Operadores pertenecientes a servicios centrales de la UVA o del CSIC. El

personal que inicialmente está previsto que utilice con cierta asiduidad la

instalación radiactiva es el siguiente:

Mª Carmen García Rodríguez

Lucía Fuentes Royo

Ana Isabel González Vigo

Javier Casas Requena

Isela González Valera

Todos los trabajadores son considerados de tipo B a efectos de

clasificación para trabajar con radiaciones ionizantes, ya que resultará muy

improbable (en la práctica imposible) que reciban dosis superiores a 6 msv/año.

4. RADIOISÓTOPOS AUTORIZADOS

En la siguiente tabla se recogen las fuentes no encapsuladas autorizadas

para esta Instalación así como sus actividades máximas. El material

radiactivo se almacenará y utilizará preferentemente en la Instalación,

quedando terminantemente prohibido el almacenamiento y manipulación de material radiactivo fuera de la sala de isótopos o de los Laboratorios Autorizados.

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Nota
RELACIÓN DE USUARIOS AUTORIZADOS: (junio 2008) ·Gema Pérez Chacón ·Begoña Anta Rodríguez ·Cristina Municio Rueda ·Sara Alonso Martín ·Javier Casas Requena ·Mª Nieves Fernández García* ·Martín Valdearcos Contreras ·José Pindado García ·Violeta Ruipérez Prádanos ·Mª Yolanda Sáez Callejo ·Sandra Güemes Gutiérrez ·Yolanda Álvarez Muñoz ·Rubén Martín Montaña ·Alma Mª Astudillo del Valle
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La utilización de animales requerirá autorización expresa y por

escrito por parte de los responsables de la instalación (Titular (UVA), director

del IBGM y Supervisor Principal).

5. USUARIOS DEL SERVICIO

Para poder ser usuario de la Instalación Radiactiva será necesario ser

personal docente o investigador de la Universidad de Valladolid, personal

investigador del CSIC, personal PAS, personal con cargo a proyectos, becario,

colaborador o alumno de tercer ciclo de la Universidad de Valladolid o del

CSIC. Las personas ajenas al IBGM podrán también ser usuarias de la

Instalación Radiactiva siempre que se establezca algún vínculo de colaboración

con algún laboratorio del IBGM, con la Universidad o con la propia Instalación

Radiactiva.

Los candidatos a usuarios de la Instalación Radiactiva deberán ser

presentados por su director de investigación o persona responsable, quien

rellenará la solicitud contenida en el Anexo I, en donde, tanto el candidato

como su director, se comprometerán a cumplir todas las normas del presente

Reglamento y a aceptar las responsabilidades derivadas de su incumplimiento.

Será el Supervisor principal de la instalación, con el visto bueno del

director del IBGM, quien finalmente autorice al candidato a ser usuario de la

Instalación y podrá prestarle el asesoramiento teórico y práctico necesario

sobre manipulación y protección radiológica.

Los usuarios habituales de larga vinculación con la Instalación

Radiactiva deberán llevar un dosímetro personal de termoluminiscencia que

será proporcionado por el Supervisor principal de la Instalación cuando el

Radionucleido Actividad Máxima

MBq mCi Tipo de emisión Energía (MeV)

3H 925 25 Beta 0.0186 14C 370 10 Beta 0.156 32P 565 15 Beta 1.710 35S 370 10 Beta 0.167

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director del IBGM autorice el cargo económico de las lecturas a la institución. El

dosímetro será cambiado y repuesto mensualmente por el supervisor de la

Instalación Radiactiva, siendo responsabilidad del usuario su buen uso y

mantenimiento. Las lecturas dosimétricas estarán a disposición de cada

usuario, previa petición al Supervisor.

Los usuarios de la Instalación Radiactiva deberán someterse a un

examen médico anual específico para radiaciones ionizantes, actualmente

concertado con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la

Universidad de Valladolid o del Consejo Superior de Investigaciones

Científicas. Aunque según el R.D. 783/2001 de 6 de Julio, B.O.E. nº 178,

26/Julio/01, se eliminó la obligatoriedad de reconocimiento médico para los

trabajadores de tipo B, los responsables de la instalación promoverán, siempre

que sea posible, la realización voluntaria de estos reconocimientos médicos.

Los servicios médicos deberán emitir un certificado en el que,

considerando la información sanitaria y laboral, reconozcan al trabajador su

cualidad de “Apto” o No apto” para trabajar con radiaciones ionizantes en su

puesto de trabajo, de conformidad con lo establecido en el Reglamento sobre

Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes.

La calidad de usuario de la Instalación Radiactiva puede ser retirada por

el Director del IBGM a petición del Supervisor Principal ante el incumplimiento

grave o reiterado de las normas del presente Reglamento. El usuario

sancionado deberá devolver el dosímetro si lo tuviere y le será expresamente

prohibida la petición, uso y manipulación de cualquier tipo de isótopo radiactivo

o equipo de la instalación, pasando a tener desde ese momento la misma

consideración que un miembro del público en general.

Tal circunstancia será reflejada en la memoria anual de funcionamiento y

remitida al Consejo de Seguridad Nuclear, quien podrá obrar en consecuencia.

Los usuarios autorizados que, voluntariamente, no vayan a utilizar más

la instalación radiactiva (bien por causar baja en el IBGM o por no utilizar más

técnicas que requieran el uso de isótopos radiactivos), deberán solicitar su baja

como usuarios de la instalación, comunicándoselo al Supervisor Principal.

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6. PEDIDOS DE MATERIAL RADIACTIVO

Todas las peticiones de material radiactivo deberán ser autorizadas

previamente por el Supervisor Principal de la Instalación. Excepcionalmente,

en ausencia de éste y previo acuerdo expreso, podrán ser autorizadas por los

Operadores designados e informados para este caso, con obligación de

comunicar lo antes posible tal circunstancia al Supervisor. El personal de

administración del IBGM deberá verificar sistemáticamente si un pedido de

material radiactivo está previamente autorizado, rehusando tramitarlo en caso

de que no lo estuviera, dando cuenta de ello al Supervisor principal.

La recepción del material radiactivo tendrá lugar exclusivamente en la

Instalación Principal. Será responsabilidad del Supervisor la apertura de los

embalajes, el alta y el registro de los productos recibidos, la comprobación de

la posible contaminación superficial externa y el almacenamiento apropiado.

Superados estos controles el Supervisor se encargará de avisar al peticionario

de la llegada del material radiactivo, que será almacenado en el frigorífico o en

el congelador que la Instalación Radiactiva tiene destinados para ese fin.

No se autorizará la entrada de un nuevo lote de un producto radiactivo a

un usuario que no haya gestionado correctamente un lote anterior del mismo

producto. 7. NORMAS DE TRABAJO

7.1. Acceso y estancia - Solo estará permitida la entrada a la sala de isótopos a los usuarios de

la Instalación Radiactiva y al personal de limpieza y mantenimiento

autorizados.

- En las zonas de trabajo será obligatorio llevar prendas de protección (al

menos bata y guantes).

- Mientras haya 32P al uso en la sala, todos los usuarios habituales

deberán entrar en las instalaciones con su dosímetro personal. Dicho

dosímetro deberá ser colocado mediante la pinza de sujeción en el

bolsillo de la bata situado junto al pecho.

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Nota
Ver Documento de solicitud en el anexo
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- Al finalizar las tareas previstas se procederá a comprobar la

contaminación de manos (despojándose de los guantes), pies y bata con

el detector de contaminación portátil.

- Las zonas de trabajo son áreas de acceso restringido, por lo que las

puertas deben permanecer cerradas siempre que no haya ningún

usuario dentro y en cualquier caso serán cerradas con llave al

abandonar la instalación.

- La puerta de acceso al laboratorio de isótopos será la puerta metálica

verde situada en el interior del laboratorio E-1 de la tercera planta.

- El horario de trabajo en los Laboratorios de la Instalación Principal será

de 9:00 a 19:00 h, estando sujeto a variaciones según periodos

vacacionales o festivos. El usuario deberá realizar su trabajo

ajustándose a ese horario. No obstante, el usuario podrá trabajar fuera

del horario laboral previa autorización, para lo cual se le proporcionará

una llave de acceso a la sala.

Es responsabilidad del usuario dejar las puertas del Laboratorio cerradas

al acabar su trabajo.

7.2 Antes del trabajo Antes de proceder a trabajar se efectuará un chequeo de las superficies

de trabajo y del instrumental que se vaya a usar (pipetas, baños, etc). Si

presentasen contaminación o se sospechara su posibilidad, se apuntará

la incidencia en las hojas de trabajo y se avisará al responsable

(Supervisor u Operador) para que tome las medidas oportunas.

-Las superficies de trabajo estarán cubiertas de papel de filtro o material

similar para recoger posibles derrames que se produzcan.

-Es OBLIGATORIO usar algún sistema de contención de líquido

(bandejas, bateas o similares) siempre que se manipule cualquier

producto radiactivo susceptible de derramarse.

- Siempre que sea posible se utilizarán los blindajes de metacrilato para

limitar la radiación recibida. (No aplica para tritio)

7.3 Durante el trabajo Dentro de las zonas de trabajo está PROHIBIDO:

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-Fumar

-Comer o beber.

-Llevar pelo largo suelto.

-Usar maquillaje.

-Llevar relojes, anillos, etc. cuando se manipulen isótopos

radiactivos no encapsulados.

- El usuario debe apuntar su nombre en las hojas de trabajo que hay en

el laboratorio cada vez que use la Instalación. En dicha hoja se

rellenarán todas las casillas que figuran en el formulario: (fecha, nombre

del usuario, Director del grupo de investigación, radioisótopo usado,

Lote, actividad y breve descripción del trabajo realizado). (Anexo II)

- Los trabajos con material radiactivo no encapsulado se realizarán en

las áreas de trabajo destinadas a tal fin (bandejas, bateas o similares

con o sin pantalla protectora de metacrilato, según el isótopo que se esté

usando).

7.4 Después del trabajo Después de finalizar las labores previstas será obligatorio, y

responsabilidad del usuario, el control de la contaminación de todos los

objetos y superficies utilizados, para lo cual se realizará un chequeo con

los monitores de contaminación disponibles en todas las superficies de

trabajo u objetos que se han usado, incluidas las manos del usuario. Si

alguna superficie estuviera contaminada es responsabilidad del usuario

su descontaminación inmediata (véase apartado correspondiente).

Es responsabilidad del usuario dejar las instalaciones y equipos en

perfecto estado de limpieza y uso al acabar su trabajo y antes de

abandonar la instalación.

Es responsabilidad del usuario recoger y gestionar adecuadamente los

residuos generados de acuerdo a lo especificado en este reglamento. La

gestión de residuos se deberá llevar a cabo después de cada

experimento, prohibiéndose de manera expresa el abandono de viales y residuos en las poyatas y en el contador de centelleo. (Se

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considerarán viales abandonados los que permanezcan inmovilizados en la instalación

durante más de una semana)

El incumplimiento de estas normas por parte del usuario podría dar

lugar a la pérdida de la condición de usuario autorizado de la Instalación

Radiactiva de forma temporal, llegando a ser definitiva si dicho

incumplimiento es reiterado. En este sentido tendrá especial relevancia y

será objeto de la máxima vigilancia y rigurosidad en la aplicación de las

sanciones que contempla este reglamento, cualquier actividad que

pueda entrañar riesgos para terceros o para el propio usuario, como la

generación de contaminación superficial, la dispersión de la misma, la

incorrecta gestión de los residuos o la no comunicación de incidencias.

7.5 Limpieza de Instalaciones

En tanto en cuanto no haya un servicio específico de limpieza común de

la instalación, serán los propios usuarios los encargados de mantener la

instalación en un adecuado estado de limpieza y orden. Para ello se

establecerán turnos semanales entre todos los usuarios para que velen

por mantener limpios los suelos, poyatas, fregaderos, cubos de basura,

etc. utilizando exclusivamente el material de limpieza propio de la

instalación. (La gestión de residuos y el lavado y desclasificación de los viales de

centelleo será responsabilidad exclusiva de cada usuario, con la aprobación de la vía

de gestión por parte del supervisor).

7.6 Operación con los detectores de contaminación Siempre deberá existir en el laboratorio, al menos, un detector de

contaminación Geiger-Müller. El personal de la instalación puede facilitar

sus normas básicas de funcionamiento, rango de detección,

especificaciones, etc. Este monitor no es capaz de detectar contaminación por 3H ni por 14C (a no ser que exista una actividad

alta de este último).

Los detectores de contaminación serán sometidos a

comprobaciones periódicas:

1- Cada seis meses el Supervisor de la Instalación chequeará el

funcionamiento del sistema de detección del monitor mediante

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una fuente y apuntará en el diario de operaciones los resultados e

incidencias relativas a su estado.

2- Cada dos años el monitor será calibrado por un Laboratorio

Oficialmente reconocido.

Manejo del detector de contaminación:

Antes de utilizar un monitor de contaminación hay que

realizar 3 operaciones:

1. Puesta a cero: con el aparato desconectado, comprobar

que la lectura es cero.

2. Chequear el nivel de batería: existe una posición en los

controles para comprobar el estado de la batería. Hay una escala

que nos dice si el nivel es correcto.

3. Poner el conmutador en la posición “ON” y en la escala

de trabajo adecuada.

Es deseable orientar el detector en posición contraria a

donde estamos trabajando, de forma que su lectura sea la del

fondo. Cada vez que se ejecute una operación de riesgo se

chequearán las manos con el detector. Sólo si siguen sin

contaminar podremos tocar el detector o las demás herramientas

de trabajo. En caso contrario desecharemos los guantes en su

contenedor correspondiente por otros nuevos.

El orientar el detector hacia la zona de trabajo no nos

proporcionará ninguna información, ya que evidentemente

detectará radiaciones e impedirá una lectura fiable de la

contaminación de nuestras manos. Además, los detectores sufren

un deterioro rápido cuando reciben una señal muy elevada, por

ello y para disminuir la probabilidad de contaminación de las

ventanas de detección, no conviene acercar mucho los detectores

a las fuentes. En caso de duda el supervisor o los operadores de

la Instalación asesorarán a los usuarios.

Es muy aconsejable cubrir el detector con “parafilm”, o

película protectora plástica o similar. De esta forma, si a pesar de

las precauciones anteriores llegara a salpicar algún líquido la

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ventana de detección, la contaminación podrá eliminarse

fácilmente volviendo a poner un nuevo “parafilm”.

8. GENERACIÓN Y GESTION DE RESIDUOS

Los residuos radiactivos generados se han de segregar en función de su

estado físico, ya sea líquido o sólido. Esta segregación se lleva a cabo en

origen por parte del propio generador del residuo. Los residuos líquidos

provienen tanto de la solubilización de muestras biológicas y químicas, como

también de los líquidos de lavado y de descontaminación. Por lo que respecta a

los residuos sólidos, generalmente estarán formados por material de

laboratorio contaminado, considerado de rechazo (viales, puntas de pipetas,

guantes, papel absorbente, ...) y, si se ha autorizado su uso, por cadáveres de

animales de laboratorio contaminados con trazadores radiactivos. Para una

adecuada gestión de los residuos radiactivos, además de clasificarse en

función de la forma física, también hay que tener en cuenta los aspectos

siguientes:

• Forma química y física, teniendo presente tanto su toxicidad química, como

su solubilidad a fin de evaluar la viabilidad de las prácticas de desclasificación y

vertido con dilución.

• Carga biológica, para conocer los posibles riesgos biológicos.

• Radionucleido contaminante y su actividad. Es fundamental que los residuos

líquidos marcados con 3H y 14C no se mezclen con el resto de residuos

líquidos. Una adecuada clasificación y segregación en origen es la base para

poder implementar una correcta gestión de los residuos radiactivos que se

generan en la instalación, facilitando la optimización de su gestión, a la vez que

posibilita la desclasificación en los casos en que sea aplicable.

Los residuos radiactivos generados serán depositados en los contenedores

disponibles en la instalación, correspondientes al isótopo y a la forma física:

sólidos, líquidos ó mixtos (por residuos mixtos se entienden los viales con

líquido de centelleo) hasta su correcta gestión en origen.

La vía de gestión ha de ser necesariamente aprobada y revisada por el

Supervisor Principal, quien podrá autorizarla, modificarla o sugerir cuantas

cuestiones considere convenientes.

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8.1 Gestión de los residuos líquidos

En función de la actividad específica y de su período de semidesintegración, los residuos radiactivos líquidos se podrán retirar

por vía convencional procediendo a su desclasificación, o bien, en el

caso de que no se cumplieran los criterios de desclasificación, se

deberán retirar a través de ENRESA con el correspondiente tratamiento

como residuo radiactivo. La decisión de la vía de gestión a seguir se

adoptará en función de que cumplan o no una serie de criterios tales

como:

- Que su actividad específica sea media o baja.

- Que el vertido pueda o no comportar una superación de los límites de

incorporación anual por ingesta para los miembros del público.

- Que su periodo de semidesintegración sea mayor o no a 100 días.

- Que su dilución sea fácil y no comporte ningún otro riesgo.

En función de su actividad específica, se pueden distinguir residuos

líquidos de baja actividad específica y de media actividad específica.

8.1.1 Residuos líquidos de baja actividad específica: Se

considerarán dentro de este grupo las actividades específicas que

multiplicadas para consumo diario de agua de una persona (3 litros /día

aproximadamente) y multiplicado por el número de días que tiene el

año, dan valores de la actividad inferiores a los límites de incorporación

anuales por ingesta (LIAp), establecidos reglamentariamente para los

miembros del público. En base este criterio, se considerarán de baja

actividad específica, cuando su actividad por unidad de volumen no

supere el límite de actividad específica (LAE), dado por LAE = LIA p

(Bq)/106 (mL).

Ya que cada radionucleido tiene un LIAp específico, tendrá también un

LAE específico. Para los radionucleidos utilizados en esta instalación

radiactiva, resultan de baja actividad específica los que no superen:

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Radionucl.Límite

Activ.Especif.(LAE) LAE (µCi)/L

3H 274 Bq/mL 7,4 14C 8.2 Bq/mL 0,22 35S 18 Bq/mL 0,49 32P 1.8 Bq/mL 0,05

Se trata de una limitación de tipo conservadora, ya que el agua de

vertido no es utilizada directamente para la bebida, y además siempre

hay un importante factor de dilución. En caso de que la actividad

específica del residuo (AE) supere el valor de LAE en no más de un

factor 10 (LAE <AE <10 x LAE ), el residuo también podrá ser

considerado de baja actividad específica, con tal que en el transcurso

de su vertido se garantice un factor de dilución superior a 100.

8.1.1.1. Residuos líquidos de baja actividad específica

conteniendo radionucleidos de periodo de semidesintegración

largo (T1/2 > 100 días) (Tritio- 3H; Carbono-14- 14C).

8.1.1.1.a Líquidos acuosos u orgánicos de baja toxicidad o

biodegradables:

En todos estos casos, y siempre que el isótopo en cuestión

tenga un periodo de semidesintegración superior a 100

días, la vía de gestión será mediante el vertido controlado a

través de una pila vertedero emplazada dentro de la

instalación, determinando previamente que la actividad

específica no supere los valores antedichos. A tal fin, en

caso de que no se conozca con precisión, se ha de tomar

una alícuota para proceder a la determinación de la

actividad específica del residuo. Debe documentarse tanto

el proceso de determinación de la actividad como también

las fechas y el volumen del vertido, el radionucleido

contaminante y la actividad específica. Además del

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condicionado de tipo dosimétrico, para proceder al vertido

por el desagüe se han de garantizar los siguientes criterios:

• El líquido vertido, marcado con material radiactivo, ha de

ser soluble o bien fácilmente dispersable en el agua.

• Los residuos se han de arrastrar con una buena corriente

de agua. (>300 L/h)

• El líquido vertido no ha de entrañar ningún otro riesgo de

tipo químico o biológico que impida su evacuación.

8.1.1.1.b Residuos líquidos tóxicos o no biodegradables:

Si los restos generados de este tipo requieren más de un

año para su desclasificación como residuos radiactivos,

entonces serán gestionados a través de ENRESA u otra

empresa autorizada, debiéndose almacenar, conveniente-

mente etiquetados y envasados, hasta que se proceda a su

retirada. Cada grupo o línea de investigación se hará

responsable de los residuos gestionados a través de

ENRESA, de manera que deberá notificar su intención al

supervisor con antelación y deberá haber resuelto con la

dirección del IBGM el contrato de retirada y con cargo a

qué presupuesto se aplicará el gasto.

8.1.1.2. Residuos líquidos de baja actividad específica

conteniendo radionucleidos de periodo de

semidesintegración corto o medio (T1/2< 100 días) (Fósforo-

32; Azufre-35).

Estos residuos serán almacenados transitoriamente en el

laboratorio de isótopos hasta que su actividad decaiga por

debajo de los Límites de Actividad Específica legalmente

establecidos (1,8 Bq/ml para el P32 y 18Bq/ml para el S35),

derivados de los Límites de Incorporación Anual. Su

almacenamiento tendrá lugar en recipientes de plástico o

vidrio cerrados herméticamente dentro de una bolsa

convenientemente etiquetada en la que figurará el número

de lote, la fecha de entrada y la fecha prevista para su

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evacuación. Estas bolsas se almacenarán,

convenientemente protegidas, en los armarios destinados a

tal fin hasta su evacuación, una vez desclasificados, a

través del vertido controlado por el desagüe, diluyéndolos

al menos 10 veces, si el líquido es soluble en agua y no

entraña ningún otro riesgo químico o biológico. En otro

caso, una vez desclasificados como residuos radiactivos,

su evacuación se gestionará como residuos químicos o

biológicos clasificados como determine la Ley.

8.1.2 Residuos líquidos de media actividad específica: Este

grupo está formado por los residuos líquidos que presenten una

actividad específica superior a la indicada en el epígrafe anterior. El

proceso a seguir, además de depender del valor de la actividad

específica, estará también condicionado por los períodos de

semidesintegración (T1/2) del radionucleido contaminante. A tal fin se

determina el cociente entre el Límite ya definido de Actividad Específica

(LAE) y la actividad específica del residuo, resultando el denominado

Factor de Decrecimiento (FD) de la actividad:

FD =LAE /Activ.Espec.Actual

A continuación se indica el tiempo que ha de transcurrir, expresado en

número de períodos de semidesintegración, (N ºde T1/2 ), para conseguir

el valor de FD necesario para que los residuos sean considerados de

baja actividad y recibir el tratamiento como tales:

FD Nº de T1/2 FD Nº de T1/2

1 0 3.0 x 10-2 5

0.5 1 7.8 x 10-3 7

0.25 2 9.7 x 10-4 10

0.125 3 3.0 x 10-5 15

0.0625 4 9.5 x 10-7 20

donde FD =2 -(N ºde T1/2) o lo que es lo mismo, N ºde T 1/2 =-Ln (FD)/Ln 2

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Hasta que se alcancen los niveles de actividad que permita considerar a

los residuos como “de baja actividad”, estos se han de tener guardados

en el almacén de residuos radiactivos. Posteriormente se efectuará su

vertido controlado ( si ello es aplicable), garantizando que la su actividad

específica sea inferior al Límite de Actividad Específica (LAE). Como

criterio general, en caso que el tiempo de decrecimiento deba ser inferior

a 3 años, una vez transcurrido el periodo, el residuo se podrá gestionar

como residuo de baja actividad específica, siguiendo las pautas

mencionadas en el epígrafe correspondiente.

Ejemplo 1:

Suponiendo que los “clásicos” 250 microcurios de fósforo-32 de un lote

de un producto radiactivo han pasado a ser un residuo líquido acuoso de

1 litro. Para determinar su vía de gestión, en primer lugar se ha de

comparar su actividad específica con su correspondiente LAE y debido a

que el LAE para el 32P es de 1.8 Bq/mL y que 250 µCi/L=9250 Bq/mL;

entonces, resulta el Factor de Decaimiento:

FD= 1,8/9250= 1,94 x 10-4

resultando pues que el número de períodos de semidesintegración (Nº

de T1/2 ) que habrá que esperar para que la actividad específica del

residuo no supere el valor del LAE viene dado por

N º de T1/2 =-Ln (1.94 x 10-4 )/Ln 2 =12,3

Como para el 32P el T1/2 =14.3 días, resulta pues un tiempo de espera

mínimo de algo más de 6 meses (14.3 x 12.3 = 175.89 días)

Ejemplo 2:

Si se tiene un contenedor de 25 L con una solución acuosa marcada con 32P, del que se ha tomado una alícuota de 2 ml, a la que se ha medido

su actividad, resultando esta de 150.000 dpm. La actividad específica

viene dada por: [150.000 dpm x (1Bq/60dpm)]/2 mL =1250 Bq/mL.

(1Bq=1d/s) Conocido el LAE para el 32P que es de 1.8 Bq/mL, (como FD=

LAE / actv esp) resulta un FD de 1.44 x 10-3, resultando pues que el

número de períodos de semidesintegración que habrá que esperar para

que la actividad específica del residuo no supere el valor del LAE será:

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N º de T 1/2 =-ln (1.44 x 10 -3 )/ln 2 =9.4

Como para el 32P el T1/2 =14.3 días, resulta pues un tiempo de espera

mínimo de prácticamente 5 meses.

En caso de que ese tiempo requerido sea superior a 3 años (no se prevé

su generación en esta instalación radiactiva), estos residuos se deberán

gestionar a través de ENRESA, en cuyo, caso se notificará de ello al

supervisor para redactar el correspondiente contrato de retirada y

habilitación del presupuesto.

8.2 Gestión de los residuos sólidos

Para la gestión de materiales residuales sólidos con contenido

radiactivo, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Orden Ministerial

ECO/1449/2003 en la que se define el concepto de residuo radiactivo.

De acuerdo con ella y siguiendo criterios sobre Protección contra

Radiaciones Ionizantes, se podrán desclasificar los residuos sólidos que

presenten una actividad específica igual o inferior a unos valores dados

en la reglamentación, no teniendo entonces consideración de radiactivos

y por tanto, su gestión podrá ser realizada de forma convencional o de

acuerdo a la normativa que les sea de aplicación.

Los valores límite de actividad por unidad de masa tanto de exención

(no se gestionan como residuo radiactivo) como de desclasificación (no

se consideran material radiactivo) para los radioisótopos de esta

instalación radiactiva se expresan en la siguiente tabla:

Radionucleido

Valores de

Exención

(Orden 1449/2003) Actividad específica

(KBq/Kg)

Valores de desclasificación (Reglamento sobre Protección contra

Radiaciones Ionizantes) (KBq/Kg)

H-3 10 6 100 Bq/g (2,7 nCi/g)

C-14 10 4 30 Bq/g (0,8 nCi/g)

P-32 10 3 30 Bq/g (0,8 nCi/g)

S-35 10 5 100 Bq/g (2,7 nCi/g)

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Vías de gestión: 8.2.1 Residuos sólidos o sólidos-húmedos conteniendo

radionucleidos de periodo de semidesintegración largo (T1/2 > 100

días). (Tritio-3H; Carbono14-14C).

El material sólido descontaminable residual (recipientes de

plástico o vidrio, puntas de pipeta, microtubos, viales etc.)

contaminados con isótopos radiactivos de baja o media actividad,

baja energía y medio o largo periodo de semidesintegración (para

esta instalación radiactiva 3H y 14C,) será sometido a un proceso

de descontaminación mediante lavado, para lo cual, se sumergirá

en una solución comercial de detergente-secuestrante de

laboratorio, específico para radiactividad. En esta operación y

según especificaciones del fabricante, al menos el 90% de la

actividad residual debería pasar a formar parte de la fase líquida

acuosa y estos líquidos residuales serán gestionados de acuerdo

a su actividad específica, como se ha reflejado más arriba. Los

sólidos resultantes, con valores de actividad específica inferiores

a los referenciados en la tabla anterior, no tendrían consideración

de residuos radiactivos gestionables y, una vez realizados los

controles pertinentes, estarían en condiciones de desclasificarse

como residuos radiactivos, por lo que serían evacuados en forma

de basura convencional o según la normativa que les sea de

aplicación, pero sin signos externos que hagan referencia a su

anterior condición de radiactivos.

Si hubiere materiales sólidos no descontaminables que

contengan o estén contaminados con radionucleidos en

concentraciones o niveles de actividad superiores a los valores

expresados en la Orden ECO/1449/2003 y el tiempo necesario

para que su actividad decaiga por debajo de los mismos sea

superior a tres años, serán envasados en bolsas de plástico (tipo

Galga-500), cerradas y etiquetadas con referencia al

radionucleido contaminante y actividad en la fecha de recogida.

Estas bolsas serán convenientemente almacenadas en

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recipientes de plástico hasta su evacuación por una entidad

autorizada, concretamente ENRESA. En todo momento se

seguirán los criterios, recomendaciones y especificaciones dadas

por ENRESA para la preparación de los residuos que habrían de

ser evacuados por esta entidad. Cada grupo o línea de

investigación se hará responsable de los residuos gestionados a

través de ENRESA, de manera que deberá notificar su intención

al supervisor con antelación y deberá haber resuelto con la

dirección del IBGM con cargo a qué presupuesto se aplicará el

gasto.

8.2.2. Residuos sólidos o sólidos-húmedos conteniendo

radionucleidos de periodo de semidesintegración corto o medio

(T1/2 < 100 días) (Fósforo-32, Azufre-35).

Los materiales con restos de isótopos de corto periodo de

desintegración, (<3 meses), en los que el tiempo necesario para

que la actividad específica decaiga por debajo de los valores de

referencia sea menor de tres años, se dejarán decaer en las arcas

de metacrilato y en los armarios destinados para tal fin en la

instalación y serán posteriormente evacuados mediante un

proceso previo de desclasificación, con una actividad específica

inferior a lo que se considera legalmente un residuo radiactivo.

Los residuos serán considerados entonces como basura no

radiactiva pero se evacuarán también de forma controlada,

siguiendo los criterios generales mencionados anteriormente y

eliminando cualquier anotación o símbolo externo de

radiactividad.

Ejemplo: Habitualmente se pedirán lotes de productos marcados con

fósforo-32 de 250 µCi de actividad. Los 250 µCi de cada entrada decaen

al cabo de 7 meses hasta una actividad de unos 15 nCi. (7 meses es

periodo de tiempo a partir del cual se considerará que se pueden

eliminar los lotes de residuos de fósforo-32 de 250 µCi de actividad

inicial y más de 100 gr de masa total, como residuos no radiactivos, ya

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que se puede asegurar que la actividad final no supera los valores de

desclasificación).

Todo material utilizado en cada lote de fósforo-32 o azufre-35, (material

desechable, guantes, puntas, matraces, viales, geles, etc.) o que haya

estado en contacto con él, se guardará en su conjunto en un arcón de

metacrilato, en una misma bolsa, convenientemente etiquetada en la que

figurará el número de lote, la fecha de entrada y la fecha prevista para su

evacuación. Estas bolsas se almacenarán, convenientemente

protegidas, en la instalación hasta que su actividad esté por debajo de

los criterios de exención dados en la Orden ECO/144972003 y alcancen

los valores de desclasificación recomendados en este Reglamento.

Se prohíbe introducir en estas bolsas cualquier objeto que contenga el

pictograma internacional de radiactividad o cualquier anotación que haga

referencia a la misma.

Se prohíbe introducir en una misma bolsa residuos procedentes de lotes

distintos.

8.3 Viales de centelleo El procesado de los viales de centelleo será el siguiente:

- Se utilizará un líquido de centelleo miscible o dispersable en agua y

biodegradable.

- Tras ser contados, después de los experimentos, se evacuará el

líquido de los viales a través del desagüe de vertidos, diluyendo

convenientemente y de forma controlada.

- En los viales húmedos, se calcula que podría conservarse un 10% de

la actividad inicial.

- Se sumergen estos viales en una solución comercial de detergente -

secuestrante específica para radiactividad, en la que los viales

perderían como mínimo el 90% (según especificaciones) de su

contenido radiactivo.

- A continuación, una vez secos, los viales serán desclasificados,

inutilizados y desechados como basura convencional, sin signos

externos de radiactividad.

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8.4 Normas generales de gestión de residuos

- En los protocolos experimentales y de gestión de desechos, siempre se

procurará utilizar aquellas técnicas y modos de trabajo que permitan

reducir en lo posible las actividades vertidas a la red pública y el

volumen de residuos a gestionar por ENRESA.

- Los residuos no desclasificables de diferentes isótopos no deberán

mezclarse. Para ellos, existirán tantos contenedores como tipos de

isótopos se estén manejando y formas físicas tengan, en cuanto a

actividad específica y periodo de semidesintegración se refiere. Los

contenedores estarán perfectamente identificados y será responsabilidad

del usuario hacer el uso correcto de los mismos.

- Los recipientes de residuos (en cualquier caso) no deberán llenarse

hasta el límite de su capacidad, especialmente en el caso de

contenedores de residuos sólidos, en los que no se deben comprimir los

residuos para aumentar la capacidad del envase.

- Está prohibido introducir envases u otros materiales con el pictograma

internacional de radiactividad u otra anotación equivalente en los

recipientes o bolsas que contengan los lotes de residuos de vida media

baja (32P, 35S) o que vayan a ser desclasificados en un futuro próximo.

-Cualquier generación de residuos no rutinaria deberá ser comentada al

Supervisor Principal de la Instalación, quien asesorará al usuario sobre

la forma de proceder en la segregación de residuos y en su gestión.

- Está prohibido evacuar residuos radiactivos líquidos por un desagüe

distinto al destinado para tal fin en la instalación radiactiva.

- Toda baja de actividad radiactiva deberá reflejarse en las hojas de

toma de datos correspondientes, haciendo notar si se trata de un vertido

o va a ser gestionada a través de una entidad autorizada. (ENRESA).

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9. NORMAS DE DESCONTAMINACIÓN

En el momento en que se produzca una contaminación remarcable se

procederá a informar al Supervisor u operadores de la Instalación Radiactiva

para que asesoren al usuario y se establezcan las pautas de actuación.

Hay que recordar que cada persona sabe con qué, cuánto, cómo y

dónde ha realizado su trabajo y que, por tanto, es la más adecuada para

proceder a su limpieza.

Cuando se produzca una contaminación radiactiva se pueden distinguir

dos procedimientos de descontaminación en función de si la contaminación es

de los objetos y superficies de trabajo (contaminación de superficies y objetos)

o del propio usuario (contaminación personal).

Si se trata de un objeto, lugar o superficie de cuyo uso se pueda

prescindir durante un tiempo y el material contaminante es de vida

relativamente corta, será preferible esperar a que desaparezca la

contaminación por decaimiento de la actividad.

Si ello no fuera posible o si se trata de una contaminación de personas,

se deberá proceder a la descontaminación “activa” siguiendo las pautas que se

indican más abajo.

La decisión acerca de qué posibilidad seguir será tomada por el

Supervisor, una vez le sea comunicada la contaminación ocurrida.

En general, una vez decididos por la descontaminación, hay que tener

en cuenta lo siguiente:

1. Los métodos de descontaminación por vía húmeda son preferibles a

los de vía seca.

2. Deben intentarse métodos suaves de descontaminación antes de

recurrir a un tratamiento que pueda deteriorar superficies.

3. La contaminación debida a radionucleidos de periodo de

semidesintegración corto debe aislarse (para contaminación de

materiales) con el fin de que la desintegración siga su curso y evite o

facilite la descontaminación.

4. Debe evitarse en todo caso que la contaminación personal externa se

convierta en contaminación interna.

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5. La descontaminación se realizará con la protección radiológica

adecuada: guantes desechables, cubre-batas desechables, patucos,

etc...

6. Cualquier material utilizado en la descontaminación debe ser

considerado como un residuo radiactivo potencial; sólo una vez

comprobada que la actividad específica del mismo es inferior a los

límites marcados por la Ley, podrá ser eliminado como basura

convencional.

9.1 Descontaminación de superficies y objetos

- En primer lugar hay que evitar que continúe avanzando la contaminación,

limitando su progresión con papel absorbente, colocando recipientes, etc.

- Seguidamente hay que acotar perfectamente la zona contaminada y

señalizarla en ese mismo momento (para ello hay rollos de cinta adhesiva con

la señal internacional de radiactividad).

- A continuación hay que valorar si procede:

o la descontaminación ( y estudiar en su caso el método a emplear),

o esperar a que la actividad decaiga espontáneamente

o tratar el objeto contaminado como un residuo radiactivo y deshacernos

de él como tal, siguiendo las especificaciones de este reglamento.

Esta última opción se considerará en el caso de ser un objeto de escaso

valor económico y fácilmente sustituible.

- Si decidimos descontaminar, siempre se debe comenzar por procedimientos

menos enérgicos para, comprobando periódicamente la contaminación que va

quedando, pasar a procedimientos más enérgicos. Los lavados serán siempre

desde la zona periférica de la superficie contaminada hacia el centro para

disminuir la posibilidad de extender la contaminación.

De manera genérica se usará líquido descontaminante comercial (disponible en

la Instalación) diluido a la proporción que aconseje el fabricante. Con dicho

líquido se impregnarán papeles con los que se frotará la superficie

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contaminada monitorizándose con el detector Geiger o mediante frotis, la

radiactividad absorbida. Si esto no fuera suficiente se podrán utilizar otro tipo

de sustancias limpiadoras más específicas (véase punto siguiente) junto con

métodos más abrasivos, como cepillos suaves y, si persistiese la

contaminación, estropajos o métodos más enérgicos. Todos los líquidos y

sólidos utilizados serán considerados como residuos potencialmente

radiactivos.

Es de vital importancia evitar la contaminación de nuevas superficies al aplicar

estos métodos de descontaminación.

- En el supuesto de que no se pueda lograr una descontaminación total, se

procederá a cubrir la superficie contaminada con material adhesivo e identificar

perfectamente la zona contaminada.

Procedimientos de descontaminación y descontaminantes utilizados en

distintas superficies

Para todo tipo de superficies:

- Utilizar solución de detergente comercial recomendada para

radiactividad (disponible en la instalación), a 25ºC, frotando. Si no desaparece

la contaminación, introducir el material en un tanque con dicha solución, con

ácido fosfórico o crómico al 10 %.

- Utilizar EDTA 10 % (conviene neutralizar a pH= 7 con NaOH).

Para material de laboratorio y equipos:

-Superficies pintadas: agua con el detergente comercial. Si no

desaparece usar un disolvente como glicerina o acetona.

-Superficies barnizadas: disolvente (xileno). Si no desaparece, usar

papel de lija (con mascarilla).

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-Superficies porosas: si la contaminación está incrustada, se usará un

aspirador provisto de un filtro adecuado.

-Acero inoxidable: ácido fosfórico o sulfúrico del 3 al 5%

-Metales: Detergentes comerciales, frotando con un cepillo o si no es

suficiente con ácido nítrico al 10%.

-Vidrio: Usar mezcla crómica.

- Ropa: Solución EDTA 3% templada (25ºC). Considerar la posibilidad

de desecharla.

- Para 32P: usar solución de EDTA y fosfórico al 10%, solución de EDTA

10% o etanol impregnado en gasa. (Considerar la posiblidad de inmovilizar el

objeto hasta el decaimiento de la radiactividad)

- Para un objeto grande, en general se usarán gasas o algodones

empapados en el disolvente correspondiente, que pasarán a ser residuo

sólido.

Una vez realizado el proceso de descontaminación se comprobará que la

contaminación ha desaparecido. Se reintentará el procedimiento las veces que

sean necesarias; si no desaparece la contaminación, bien se dejará decaer la

actividad del material hasta niveles aceptables, bien se tratará éste como

residuo radiactivo.

9.2 Descontaminación personal:

Se distinguen en este caso la contaminación externa (piel) e interna

(interior del organismo). En cualquiera de los casos hay que informar al Supervisor inmediatamente.

9.2.1 Descontaminación externa

Todas las medidas irán encaminadas a evitar la entrada de contaminación

al organismo, poniendo especial cuidado en cavidades externas, piel irritada

y heridas. Por tanto no hay que utilizar procedimientos muy abrasivos, que

dañen la piel, puesto que favorecerían que la contaminación penetrara en el

organismo a través de las erosiones.

En general el procedimiento a seguir será el siguiente:

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1. Se despojará al accidentado de ropa, bata y otras prendas

presumiblemente contaminadas así como relojes, anillos, etc. se

controlará el material retirado con el detector o mediante frotis.

2. Se lavará la zona de la piel afectada sucesivas veces con agua tibia

abundante y con jabón, poniendo especial atención en pliegues y

uñas y cuidando de no extender la contaminación. En caso necesario

se usarán procedimientos más enérgicos. Se usará un cepillo suave,

comprobando la contaminación. Se tendrá especial cuidado en los

orificios naturales para evitar incorporaciones internas. No utilizar

agua muy caliente ni disolventes orgánicos que pudieran irritar la piel.

Secar con papel absorbente y calor.

3. Si persistiera la contaminación tras los lavados con agua, puede

lavarse con hipoclorito sódico al 5%. A continuación cubrir la piel con

glicerina.

4. En el caso de contaminación en heridas abiertas, se deberá lavar con

chorro de agua abriendo bien la herida hasta que sangre. A

continuación lavar con jabón neutro líquido, aplicar un antiséptico y

cubrir la herida.

Descontaminantes más utilizados en casos de contaminación personal

externa

- Manos: solución de permanganato potásico al 1% y

posteriormente sumergirlas en bisulfito sódico 5%, para eliminar la

mancha producida por el permanganato.

- Pelo: para el cuero cabelludo se usará un champú, colocando la

cabeza hacia atrás con especial cuidado de no contaminar ojos,

oídos, nariz y boca. A continuación lavar con soluciones de ácido

cítrico 3% o ácido acético 1%. Enjuagar y volver a lavar con

champú. Secar preferiblemente con aire caliente. Controlar

finalmente la contaminación con un monitor de radiación o con

una muestra del mismo. Si persistiera, cortar el cabello.

-Ojos: Lavar con agua tibia estéril, suero salino o ácido bórico al

2%, preferiblemente con frasco lavaojos durante 15 minutos como

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mínimo, comenzando por la parte exterior de los párpados y

después, separando bien éstos haciendo correr el líquido desde el

ángulo interno al externo para no contaminar el lacrimal. Existe,

junto a la puerta de la instalación, un lavabo lavaojos que puede

ser usado para este fin.

-Mucosas, fosas nasales y boca: se utilizará NaCl (8%) o jabón

ácido líquido, procurando no tragar nada. Con un cepillo de

dientes se lavarán los dientes y encías.

-Garganta: gárgaras con agua oxigenada diluida. (4%)

- Oídos: Se utilizará una jeringa.

9.2.2 Descontaminación interna

Pueden existir tres vías de contaminación interna: absorción (percutánea y

heridas abiertas), inhalación o ingestión. Es muy importante saber con

precisión qué vía de contaminación es la ocurrida, en qué momento, qué

isótopo es el causante y cuánta actividad estaba manejando la persona

afectada. Una vez que el isótopo se incorpora, generalmente en primer

lugar se deposita en la entrada (mucosas, tubo digestivo, pulmón...), luego

pasa a la sangre y finalmente se incorpora al posible órgano crítico.

La actuación, en cualquier caso guiada por el Supervisor Principal o un

miembro responsable del IBGM, dependerá del momento del accidente, tipo

de vía de entrada del radioisótopo, radio nucleido incorporado, estado físico

y químico y actividad aproximada incorporada:

+Si hay heridas:

- Se someterá la herida a un chorro de agua a presión hasta que

sangre.

- Se monitorizará la contaminación.

- Se lavará la herida con agua oxigenada o suero fisiológico

- Se aplicará un antiséptico y pomada antibacteriana.

- Se cubrirá para evitar la infección y posible dispersión de restos

de contaminación.

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+Si se ha producido una contaminación interna:

Se intentará reducir la absorción mediante lavado de estómago,

bloqueo de la actividad intestinal y aceleración del tránsito

intestinal y se favorecerá la eliminación del contaminante

aumentando la diuresis o provocando vómitos o expectoración.

Se buscará facilitar la eliminación formando complejos, diluyendo

con gran cantidad de isótopos no reactivos (siempre que no sea

tóxica la cantidad) o modificando el metabolismo del órgano

crítico.

En cualquier caso se consultará con un servicio médico apropiado

lo antes posible para realizar estas prácticas o seguir sus

consejos.

9.3 NOTAS IMPORTANTES

Dadas las características de esta instalación radiactiva, es prácticamente

imposible sobrepasar las dosis anuales equivalentes legalmente establecidas,

sin embargo conviene reflejar en el presente reglamento lo siguiente:

La Guía de Seguridad nº 7.5 del CSN (Consejo de Seguridad Nuclear)

recopila las actuaciones a seguir en el caso en que se produzca una situación

de accidente en la cual una persona haya podido recibir real o potencialmente

una dosis por irradiación externa y/o contaminación interna que, en principio,

pudiera sobrepasar en una exposición única, los límites de dosis establecidos

en la legislación española (50 mSv/año para la dosis equivalente efectiva, 150

mSv/año para el cristalino y 500 mSv/año para cualquier otro órgano aislado).

En dicha guía se especifica que es de obligado cumplimiento la notificación

inmediata por parte del Supervisor Principal al CSN del accidente (en un plazo

máximo de 24 horas). También relaciona las actuaciones a seguir en el lugar

del suceso, los datos a recopilar sobre la persona afectada y la forma de

proceder para su traslado.

Existen 9 centros médicos autorizados de tratamiento de irradiados y

contaminados. Ocho de ellos están en las 8 Centrales Nucleares españolas. El

noveno es el Centro de Radioprotección del Hospital Gregorio Marañón c/ Ibiza

nº 45 –Madrid-.Tfno 91-586 80 00 ext 8180. Éste es el Centro al que se acudirá

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en última instancia para el tratamiento de las personas irradiadas/contaminadas

en el caso en que se sospeche que pueden sobrepasar los límites de dosis

establecidos en la legislación española.

10. PROGRAMA DE INSPECCIONES, CALIBRACIONES Y VERIFICACIONES PERIÓDICAS 10.1 Inspecciones Periódicas De conformidad con el artículo 43 del Real Decreto 1836/1999 por el que

se aprueba el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas el

personal facultativo que designe el Ministerio de Industria y Energía

(actualmente competencia transferida a la Consejería de Economía y Empleo

de la Junta de Castilla y León) y el Consejo de Seguridad Nuclear, junto con los

expertos que consideren necesarios, podrán efectuar sin previo aviso una

inspección a las instalaciones radiactivas.

Es obligación del Titular de la Instalación (es decir, de la Universidad de

Valladolid y del Instituto de Biología y Genética Molecular y, por tanto de todos

los usuarios de la Instalación Radiactiva, en especial del Supervisor principal):

- Permitir y facilitar el acceso de los inspectores al Centro y a las

dependencias de la Instalación Radiactiva (Instalación Principal y Laboratorios

Autorizados).

- Poner a disposición de los inspectores toda la información,

documentación de personas y equipos y todos los elementos precisos para el

cumplimiento de sus funciones.

- Facilitar la colocación del equipo de instrumentación necesario para

realizar las comprobaciones y pruebas oportunas.

- Permitir la toma de muestras para realizar los análisis y

comprobaciones pertinentes.

El Titular de la Instalación representado por el Supervisor Principal será

invitado a presenciar la inspección y a firmar el acta de la cual se le entregará

una copia.

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10.2 Verificaciones y calibraciones de los equipos de medida

10.2.1 Calibración del contador de centelleo:

El Contador de Centelleo situado en la Instalación será calibrado

periódicamente por el Supervisor de la Instalación, utilizando las fuentes

radiactivas de referencia (3H y 14C) suministradas por el fabricante y de

acuerdo a los protocolos de calibración reflejados en los manuales del

aparato. La Instalación Radiactiva mantendrá un registro de las

calibraciones efectuadas.

10.2.2 Verificación y calibración de los detectores de contaminación y

radiación:

De acuerdo con lo establecido en la circular CSN/SRO/CIRC-13 del

Consejo de Seguridad Nuclear, se realizará el siguiente Programa de

Calibración y Verificación:

- Equipo : monitor de contaminación tipo Geiger-Müller portátil con sonda

estándar y sonda de alta sensibilidad. Marca: IMPO

Modelo: RM3

Nº de serie: 0001

- Equipo de sustitución : monitor de contaminación tipo Geiger-Muller portátil

con sonda estándar.

Marca: minimonitor

Modelo: series900 minimonitor

Nº serie: 0508765

10.3 Plan de verificaciones

Cada día que se utilice el monitor de contaminación:

a) Inspección visual: comprobación del buen estado de conservación del

equipo (ausencia de golpes, roturas o deformaciones)

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b) Verificación del estado de carga de las baterías: encendido del

aparato y comprobación de que la escala señala el estado de carga

correcto, procediendo a sustituir las baterías en el caso de bajo nivel de

carga de las mismas.

c) Verificación de componentes e indicaciones electrónicas: encender el

equipo y ver las indicaciones de la pantalla, comprobar la medida con

radiación ambiental (cercana a cero) y la ausencia de oscilaciones

injustificadas en la misma.

d) Verificación de las partes fácilmente accesibles y/o visibles:

-accionamiento preciso de los conmutadores de encendido y

selectores de escala.

-contactos y aislamientos en buen estado.

-ausencia de sulfatación ni rotura de las baterías.

Trimestralmente:

e) Comprobación de la normal lectura del monitor aproximando la sonda

a un vial conteniendo 32P abierto. Dicha operación deberá ser realizada

por el Supervisor de la Instalación Radiactiva.

Bianualmente:

Las operaciones de calibración serán realizada en un Laboratorio

Oficialmente reconocido y acreditado (normalmente el CIEMAT), al

menos una vez cada dos años. Los monitores serán enviados al

Laboratorio de calibración consecutivamente para asegurar la

permanencia de un monitor en la Instalación Radiactiva. En cualquier

caso se cuenta con el monitor de sustitución de la Instalación Radiactiva

de la Facultad de Medicina, de la cual se ha escindido la presente

instalación.

10.4. Registro Las verificaciones periódicas serán anotadas en libro de operaciones.

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Los certificados de Calibración de Laboratorios externos serán, así

mismo, conservados en la Instalación junto con el resto de la documentación

de cada equipo. El Supervisor Principal evaluará la validez del aparato para su

uso según indicaciones del certificado.

11. PLAN DE EMERGENCIA

11.1 Identificación de accidentes previsibles: 1) Contaminaciones externas:

- De superficies de trabajo y pavimento.

- De material de Laboratorio.

- Ropa de Trabajo.

- Personas.

2) Contaminaciones personales internas. - Inhalación.

- Penetración por heridas o mucosas.

- Ingestión.

3) Incendio. 11.2 Línea de autoridad:

Cualquier incidencia que ocurra en la instalación y que afecte a la

seguridad de la misma y a las normas de protección radiológica será

comunicada inmediatamente al Supervisor responsable de la Instalación, para

que determine las acciones a seguir a fin de recuperar los niveles radiológicos

de seguridad exigidos en la instalación, así como mitigar sus consecuencias.

De encontrarse solos, los Operadores (o en su defecto los usuarios

habituales) quedan autorizados para detener el funcionamiento de la

instalación si, a su juicio, por alguna anomalía en su funcionamiento, quedan

reducidas las condiciones de seguridad de la misma, debiendo localizar en el

menor tiempo posible al Supervisor para que adopte las medidas definitivas.

11.3 Planes establecidos para hacer frente a los accidentes

Contaminaciones externas:

Se procederá según lo reflejado en el apartado 9.2.1 de este

Reglamento.

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Contaminaciones internas: Se procederá según lo reflejado en el apartado 9.2.2 de este

Reglamento.

Incendio: En caso de incendio, con el fin de disminuir riesgos, se procederá

de forma inmediata a evacuar la zona afectada y la circundante,

tomando las medidas adecuadas para que sea mínima la dispersión de

material radiactivo. Así mismo, se intentará conseguir su extinción con

los propios medios de la instalación, dándose aviso simultáneamente al

servicio público contra incendios. La actuación del mismo será

asesorada en todo momento por los responsables de la Instalación.

La ocurrencia de un accidente de esta magnitud será puesta en

conocimiento de las autoridades competentes y del Consejo de

Seguridad Nuclear en el plazo más breve posible.

Finalizada la extinción, se procederá a un control de la posible

contaminación de las personas que en ella hayan intervenido y se

dispondrá, en su caso, de forma urgente, su descontaminación o el

tratamiento adecuado. Se procederá, así mismo, a descontaminar la

zona. Simultáneamente se recogerán los datos relevantes necesarios

para la redacción del preceptivo informe al Consejo de Seguridad

Nuclear, en el que figurará una estimación del riesgo recibido por los

afectados.

Para la extinción de incendios, la Instalación dispone de un

extintor de polvo situado en el pasillo de la tercera planta, junto a la

puerta del laboratorio E-1. La evacuación de la Instalación se realizaría

bien a través del pasillo de la tercera planta, bien por la escalera

principal o la de servicio.

11.4 Datos fundamentales que se recogerán durante una emergencia.

Superada la situación de emergencia, se procederá a recoger los

siguientes datos para su transmisión a los organismos competentes:

- Descripción del tipo de accidente.

- Fecha y hora en que se ha producido.

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- Identificación del motivo probable del incidente o accidente.

- Personas que han intervenido en la emergencia.

- Personas ajenas a la instalación y presentes durante la misma.

- Informe médico sobre reconocimientos clínicos, análisis efectuados y

posibles lesiones.

- Niveles de radiación y contaminación originados.

- Duración estimada de la exposición.

-Dosis equivalentes individualizadas estimadas o medidas.

- Enumeración de las medidas adoptadas.

- Relación de la instrumentación y material utilizado en la solución de la

emergencia.

- Identificación y forma de control de los residuos radiactivos.

- Tratamiento de los residuos radiactivos producidos.

-Medidas adoptadas en cuanto al funcionamiento futuro de la instalación.

El envío del informe se registrará en el Diario de Operación y se reseñará,

igualmente, en el Informe Anual de la misma.

En Valladolid a 15 de enero de 2007

VºBº

José Ramón López Jesús Fernández Gutiérrez

Director del IBGM Supervisor Principal

NOTA.- Los responsables de la Instalación (Supervisor Principal con el visto bueno del Director del IBGM), serán los encargados de revisar y actualizar el presente Reglamento, modificando o introduciendo los cambios que se estimen necesarios de acuerdo a la legislación vigente y a las necesidades futuras del Servicio.

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C/ Sanz y Forés s/n

47003 Valladolid (Spain) Telf: 983-184800 Fax: 983-184801

http://www.ibgm.med.uva.es

SOLICITUD PARA USUARIO DE LA INSTALACIÓN RADIACTIVA DEL IBGM

D/Dña.: ____________________________________________________________ e-mail: ____________________________________Tfn______________________ Grupo de Investigación: _______________________________________________ Cargo que ocupa: ____________________________________________________

SOLICITA que D/Dña: _________________________________________________________ NIF:________________________ e-mail___________________________________ Tlf.______________________

Sea admitido/a como usuario/a de la Instalación Radiactiva al estar adscrito a dicho

Grupo en calidad de: _________________________________________________

El Solicitante y el Candidato a usuario poseen copia (o acceso a copia) del

Reglamento y normativa de Funcionamiento y del Plan de Emergencia de la

Instalación Radiactiva del IBGM, han leído íntegramente estos documentos y se

comprometen a cumplir la normativa de dicho reglamento. El SOLICITANTE EL CANDIDATO A USUARIO

Fdo.: ________________ Fdo.: ____________________

D/Dª__________________________________________Supervisor/a de la

Instalación Radiactiva del IBGM (IRA 2832), AUTORIZA a

________________________________como Usuario/a de la Instalación Radiactiva.

En Valladolid a de de 20____ VºBº

El Supervisor El Director del IBGM

Fdo:____________________ Fdo.:_____________________

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GESTION DE RESIDUOS

FECHA ACTIVIDAD QUE CAUSA BAJA (en µCi)

RADIONUCLEIDO y PRODUCTO

LOTE (Imprescindible) USUARIO LABORA-

TORIO VERTIDO

(indicar la actividad específica)

ACONDICIONADO PARA SU RETIRADA

(Sólo mixtos o alta actividad)

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FECHA ACTIVIDAD EXTRAIDA (en µCi)

RADIONUCLEIDO y PRODUCTO

LOTE (Imprescindible) USUARIO LABORA

TORIO SE EMPLEARÁ PARA:

(Breve descripción del uso)

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UNIV CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES

Instituto de Biología y Genética MolecularC/ Sanz y Forés, s/n

47011 Valladolid (Spain) Telf: 983-184801 Fax: 983-184800

UNIVERSIDAD DE VALLADOLID CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES

Instituto de Biología y Genética Molecular C/ Sanz y Forés, s/n

47011 Valladolid (Spain) Telf: 983-184801 Fax: 983-184800

INSTALACIONES RADIACTIVAS DEL IBGM INSTALACIONES RADIACTIVAS DEL IBGM

DOLID ERSIDAD DE VALLA

SOLICITUD DE RESERVA DE ENTRADA DE SOLICITUD DE RESERVA DE ENTRADA DE MATERIAL RADIACTIVO (Pedidos)

IRA: 2832 (Nueva) IRA 1340 (Medicina) NOMBRE DE USUARIO: GRUPO DE INVESTIGACIÓN: PRODUCTO QUE SE QUIERE PEDIR: ISÓTOPO CON QUE ESTA MARCADO: ACTIVIDAD: (en microcurios)

FECHA: NOTAS.- - La solicitud de reserva de entrada caduca a los 15 días si no se ha realizado el

pedido.

- La dirección de entrega de los pedidos de radiactividad deberá especificarse claramente y será el supervisor quien los reciba y dé de alta.

MATERIAL RADIACTIVO (Pedidos)

IRA: 2832 (Nueva) IRA 1340 (Medicina) NOMBRE DE USUARIO: GRUPO DE INVESTIGACIÓN: PRODUCTO QUE SE QUIERE PEDIR: ISÓTOPO CON QUE ESTA MARCADO: ACTIVIDAD: (en microcurios)

FECHA: NOTAS.- - La solicitud de reserva de entrada caduca a los 15 días si no se ha

realizado el pedido.

- La dirección de entrega de los pedidos de radiactividad deberá especificarse claramente y será el supervisor quien los reciba y dé de alta.