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Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura DE-693-2016 Informe Presupuesto Ordinario 2017 Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria Noviembre 2016

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Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura

DE-693-2016

Informe Presupuesto Ordinario 2017

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria

Noviembre 2016

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DE-693-2016 INCOPESCA: Presupuesto Ordinario 2017

ÍNDICE OBJETIVO GENERAL .................................................................................................................... 1

RESUMEN EJECUTIVO................................................................................................................. 1

INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................... 3

CAPÍTULO I: ANÁLIS PRESUPUESTO ORDINARIO Y POI 2017 ................................................. 4

1.1. Descripción general de la entidad ....................................................................... 4

1.2. Análisis de los ingresos ....................................................................................... 4

1.3. Análisis de los gastos presupuestados .............................................................. 11

1.4. Gastos ejecutados versus los gastos presupuestados ...................................... 13

1.5. Empleo y salarios .............................................................................................. 15

1.6. Vinculación del POI 2017 con el PND ............................................................... 16

CAPÍTULO II: VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS DIRECTRICES ........................... 18

CAPÍTULO III: DISPOSICIONES .................................................................................................. 19

BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................................................ 20

ÍNDICE DE GRÁFICOS Gráfico 1 INCOPESCA: Estructura de los Ingresos Presupuesto 2017 (Porcentajes) .................... 5 Gráfico 2 INCOPESCA: Estructura de la Venta de Bienes y Servicios Presupuesto 2017 (Porcentajes) .................................................................................................................................. 6 Gráfico 3 INCOPESCA: Ingresos presupuestados 2013 – 2017 Según tipo de ingreso (en millones de colones) ..................................................................................................................................... 7 Gráfico 4 INCOPESCA: Ventas de bienes y servicios e ingresos totales presupuestados 2013 - 2017 (en millones de colones) ........................................................................................................ 8 Gráfico 5 INCOPESCA: Estructura Egresos Presupuesto 2017 (Porcentajes) ............................. 11 Gráfico 6 INCOPESCA: Gastos presupuestados y efectivos 2013-2017 (en millones de colones) ..................................................................................................................................................... 14 Gráfico 7 INCOPESCA Estructura de los Gastos Efectivos y estimados Periodo 2013-2017 Distribución Porcentual ................................................................................................................. 14 Gráfico 8 INCOPESCA: Comportamiento de Remuneraciones y los grupos que la conforman Presupuestos ordinarios 2013 - 2017 (en millones de colones) .................................................... 16

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OBJETIVO GENERAL Realizar un análisis del presupuesto presentado por el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, con el fin de verificar el cumplimiento de la normativa y su alineación al logro de los objetivos, las prioridades institucionales, el Plan Operativo Institucional y del Plan Nacional de Desarrollo.

RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos 4, 23, 24 y 57 de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos –Ley No. 8131– y el artículo 20 inciso k) de su Reglamento, le corresponde a la Autoridad Presupuestaria dictaminar los documentos presupuestarios remitidos por las entidades y órganos desconcentrados, para verificar el cumplimiento de las Directrices Generales de Política Presupuestaria, Empleo, Salarial, Inversión y Endeudamiento. La Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria (STAP) procedió a realizar el estudio del Presupuesto Ordinario 2017 del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, con base en el comportamiento de los ingresos y egresos, normativa, logro de los objetivos, las prioridades institucionales, entre otros, los cuales son de utilidad para la toma de decisiones de las autoridades del Ministerio de Hacienda. El estudio consta de tres partes: primero se hace una breve descripción de las generalidades de la institución y se analiza el presupuesto ordinario 2017, en cuanto a ingresos, gastos, empleo y salarios y la vinculación del POI 2017 con el PND, para luego verificar el cumplimiento de las directrices, los procedimientos y demás normativa vigente y concluyendo con las disposiciones. El INCOPESCA es un ente público estatal, que pertenece al sector desarrollo agropecuario y rural, le corresponde “Apoyar la meta nacional de reducción de la pobreza mediante acciones que mejoren las condiciones de vida en los territorios rurales y propicien la

dignificación de la población rural”, a través del programa de “Fortalecimiento de las comunidades costeras y acuícolas para la ejecución sostenible de sus actividades productivas”. Del análisis realizado al presupuesto ordinario 2017 de la institución, se determinó que la principal fuente de ingresos proviene de las Transferencias Corrientes de Gobierno Central por medio del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), que representan el 48,6% de los ingresos. El monto restante de los ingresos lo conforman los Ingresos no Tributarios con el 42,3% de los recursos, siendo la Venta de Bienes y Servicios los ingresos más representativos, mientras que el Financiamiento corresponde al 9,1%. En el periodo 2013-2017, los ingresos presupuestados por la institución presentan un comportamiento variable, al mostrar crecimiento o decrecimiento, principalmente por las estimaciones por concepto de venta de bienes y servicios, que dependen de la afluencia de embarcaciones atuneras en el país y del tipo de cambio del colón con respecto al dólar, así como de los montos presupuestados por financiamiento.

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El INCOPESCA cuenta con capacidad legal para cobrar por los bienes y servicios que brinda, cubriendo los gastos operativos durante el periodo en estudio entre un 38,0% y un 43,4%. En cuanto a la participación porcentual de los egresos presupuestados por la institución para el año 2017, las partidas más significativas son Remuneraciones con el 55,8%, Servicios con el 20,2% y Transferencias Corrientes con el 15,5%. El rubro “incentivos salariales” es el gasto más representativo en la partida de remuneraciones, al contemplar los diferentes pluses que devengan los funcionarios del INCOPESCA, así como el salario escolar y el aguinaldo. El presupuesto de egresos de la institución durante el periodo en estudio muestra un comportamiento variable, al depender de los montos estimados para la partida de Remuneraciones, por representar más del 50% del presupuesto. La institución solo tiene un proyecto de inversión inscrito en el Banco de Proyectos de Inversión Pública del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica; pero todavía no han definido la posible fuente de financiamiento. Por su lado, los gastos efectivos durante el periodo en estudio muestran un comportamiento variable, reflejando crecimientos o decrecimientos, de acuerdo con los gastos ejecutados en las partidas de Transferencias Corrientes y Bienes Duraderos, por cuanto las partidas de Remuneraciones y Servicios muestran crecimiento, excepto para el periodo 2015-2016. Con relación al Plan Nacional de Desarrollo 2015-2018 “Alberto Cañas Escalante, en el Sector Desarrollo Agropecuario y Rural, al INCOPESCA le corresponde atender los objetivos de: “Fortalecer el crecimiento del valor agregado pesquero y acuícola mediante el aprovechamiento sostenible de los recursos en beneficio de las comunidades y el sector pesquero”, “Promoción de la comercialización e inocuidad de productos pesqueros y acuícolas para beneficio de los productores y consumidores” y “Generación e implementación de la Política Nacional para la implementación de las Directrices de pesca sostenible de pequeña escala”. Para cumplir con lo anterior, en la Programación Estratégica Presupuestaria del periodo 2017 incluye los mismos objetivos sectoriales del Plan Nacional de Desarrollo, por lo que considerando la Matriz de Articulación Plan Presupuesto (MAPP), es posible observar que existe vinculación directa entre el Plan Operativo Institucional 2017 con los objetivos, indicadores y metas del Plan Nacional de Desarrollo 2015. Sin embargo, dos de las metas establecidas en la gestión institucional no corresponden a la cronología establecida en el Plan Nacional de Desarrollo. Por último, se logró determinar que el presupuesto ordinario 2017 de la institución cumple con el gasto presupuestario máximo asignado para el periodo 2017, no quedando saldo a presupuestar.

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INTRODUCCIÓN La Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria procedió a estudiar el Presupuesto Ordinario 2017 presentado por el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (INCOPESCA), con el objetivo de verificar el cumplimiento de las Directrices Generales de Política Presupuestaria, Empleo, Salarial, Inversión y Endeudamiento para el año 2017. El estudio consta de tres capítulos, el primero corresponde a la parte sustantiva, donde se presenta un contexto general de la institución, mencionando aspectos como base legal, objetivos, productos o servicios que brinda y sector al que pertenece. Posteriormente se analiza el presupuesto ordinario 2017, para lo cual se desarrolla la estructura y comportamiento histórico de los ingresos y los gastos, considerando las diversas fuentes de financiamiento y la asignación de recursos entre los diferentes gastos, a nivel presupuestario y efectivo solo los gastos. Además, se incluye la referencia del proyecto de inversión incluido en el Banco de Proyectos de Inversión Pública. También se revisa la cantidad y tipo de plazas contempladas en la relación de puestos de la institución, la valoración salarial y los pluses salariales que devengan, así como el comportamiento de la cantidad de plazas con relación a la partida de Remuneraciones. Finalmente se analiza el Plan Operativo Institucional 2017, objetivos, indicadores y metas, con el fin de verificar su vinculación con el Plan Nacional de Desarrollo, así como los recursos asignados para el respectivo cumplimiento. El segundo capítulo corresponde a la parte de la verificación del cumplimiento de las Directrices, los Procedimientos y demás normativa vigente. En el tercer capítulo se incluyen las disposiciones que deberá atender la institución en el plazo establecido. Todo lo anterior, nos permite verificar el cumplimiento de las citadas Directrices Generales de Política Presupuestaria, Empleo, Salarial, Inversión y Endeudamiento, los Procedimientos para su aplicación y demás normativa vigente. Además, que incorpore recursos para la ejecución de los proyectos de inversión presupuestados y debidamente inscritos en el Banco de Proyectos de MIDEPLAN; así como su participación en la mejora del bien o servicio que brinda, su vinculación con el Plan Nacional de Desarrollo y con las prioridades del gobierno actual, para informar a la institución y a la Contraloría General de la República. Para el proceso de análisis, se utilizan fuentes de información primaria, documentadas en el Presupuesto Ordinario 2017, los informes de liquidación presupuestaria y demás documentos remitidos por la institución. También se hace uso de fuentes secundarias de información, como sistemas de datos existentes tales como el Sistema de Consolidación de Cifras del Sector Público (SICCNET), consultas electrónicas, entre otros.

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CAPÍTULO I: ANÁLIS PRESUPUESTO ORDINARIO Y POI 2017

1.1. Descripción general de la entidad El Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (INCOPESCA) se ubica en el Sector Ambiente, Energía, Mares y Ordenamiento Territorial de acuerdo con el DE-124-2016; sin embargo, de conformidad con el Decreto Ejecutivo No. 38536-MP-PLAN “Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo”, publicado en La Gaceta No. 159 del 20 de agosto de 2014, también se ubica en el Sector Desarrollo Agropecuario y Rural, siendo el Ministro de Agricultura y Ganadería el ministro rector. Mediante la Ley No. 7384 del 16 de marzo de 1994, publicada en La Gaceta No. 62 del 29 de marzo de 1994, fue creado el INCOPESCA como un ente público estatal, con personería jurídica y patrimonio propio. Según el artículo 2°, le corresponde atender las siguientes actividades: a) Coordinar el sector pesquero y el de acuicultura, promover y ordenar el desarrollo de la pesca, la caza marítima, la acuicultura y la investigación; asimismo, fomentar, sobre la base de criterios técnicos y científicos, la conservación, el aprovechamiento y el uso sostenible de los recursos biológicos del mar y de la acuicultura. b) Normar el aprovechamiento racional de los recursos pesqueros, que tiendan a lograr mayores rendimientos económicos, la protección de las especies marinas y de la acuicultura. c) Elaborar, vigilar y dar seguimiento a la aplicación de la legislación, para regular y evitar la contaminación de los recursos marítimos y de acuicultura, como resultado del ejercicio de la pesca, de la acuicultura y de las actividades que generen contaminación, la cual amenace dichos recursos. La institución atiende su gestión, por medio de dos programas presupuestarios: “Dirección Superior y Administrativa” y “Servicios de Apoyo al Sector Pesquero y Acuícola”, donde el programa sustantivo tiene los siguientes productos: Alternativas productivas de acuicultura continental, Alternativas productivas de maricultura, Iniciativas productivas para el aprovechamiento sostenible de la pesca y/o acuicultura, Ordenamiento pesquero formulado, Infraestructura con condiciones adecuadas para desarrollar actividades de proceso y comercialización de productos pesqueros y acuícolas, Infraestructura con condiciones adecuadas para acopiar productos pesqueros y acuícolas y distribución de combustibles, Infraestructura con condiciones adecuadas para desarrollar actividades de proceso y comercialización de productos pesqueros y acuícolas e Implementación de las directrices por las comunidades.

1.2. Análisis de los ingresos Los ingresos proyectados por INCOPESCA en el presupuesto ordinario para el periodo 2017 ascienden a ¢4.736,6 millones, donde las Transferencias Corrientes de Gobierno Central -Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) constituyen el 48,6% de los recursos (¢2.300,0 millones), seguido por los ingresos no tributarios con el 42,3% (¢2.002,9 millones) y el financiamiento con el 9,1% (¢433,7 millones). El peso relativo de cada fuente de financiamiento que tiene la institución se muestra en el siguiente gráfico.

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Gráfico 1 INCOPESCA: Estructura de los Ingresos Presupuesto 2017 (Porcentajes)

Fuente: STAP con información del Presupuesto Ordinario 2017 de INCOPESCA

Dentro de los ingresos no tributarios, la Venta de bienes y servicios ascienden a ¢1.991,9 millones, que representa el 38,8% del total de ingresos estimados para el año 2017, por concepto de los diversos servicios que brinda INCOPESCA al Sector Pesquero como: la venta de agua y productos acuícolas, servicios de transporte portuario, alquiler de edificio, derechos administrativos a los servicios de transporte portuario (canon de $10,0 por tonelada neta de registro del barco), derechos administrativos actividades comerciales (licencias de caza y pesca, autorización exoneración de combustible, carnés de pesca comercial, deportiva, turística y para observación de cetáceos, inspecciones, autorizaciones al sector pesquero, cuota de acarreo de atún) y otros derechos administrativos a otros servicios públicos (derechos de pesca de atún – artículo 51 de la Ley No. 8436, de los cuales deben transferir el 80% a universidades, Colegio Universitario de Limón y al Servicio Nacional de Guardacostas). La institución indica que la proyección de productos acuícolas (alevines de tilapia y trucha, padrotes y especies adultas de trucha, tilapia, carpa y otros) se realiza con tarifas 2015 (Acuerdo AJDIP-318-2014- del 05 de setiembre de 2014), considerando que el índice inflacionario 2015 y 2016 se mantiene bajo, por lo que no han actualizado dichas tarifas. Los derechos administrativos constituyen el 96% de la Venta de bienes y servicios que estima la institución para el año 2017, como se muestra en el siguiente gráfico.

42,3% 48,6%

9,1%

Ingresos no tributarios Transferencias corrientes

Financiamiento

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Gráfico 2 INCOPESCA: Estructura de la Venta de Bienes y Servicios Presupuesto 2017

(Porcentajes)

Fuente: STAP con información del Presupuesto Ordinario 2017 de INCOPESCA

El monto remanente de los Ingresos no Tributarios lo conforman los Ingresos de la propiedad con ¢3,0 millones, que corresponde a los intereses sobre saldos en cuentas corrientes y las Multas, sanciones, remates y confiscaciones con ¢8,0 millones. Las Transferencias corrientes que le gira el MAG a la institución por ¢2.300,0 millones, son para cubrir gastos de operación, según el artículo 36 de la Ley No. 7384 antes citada. Los recursos por concepto de Financiamiento ascienden a ¢433,7 millones, por concepto de superávit específico, para financiar la adquisición de bienes duraderos, transferencias corrientes a entidades u organismos y al Fondo de recursos concursables 2013-2014 (proyectos de investigación en materia pesquera). Durante el periodo en estudio, los ingresos presupuestados por la institución presentan un comportamiento irregular, en parte por los recursos estimados por concepto de venta de bienes y servicios y por el financiamiento, que presentan variaciones importantes. No obstante, el componente de transferencias corrientes de Gobierno Central reflejan un comportamiento creciente (con excepción de los años 2016-2017 en que la transferencia mantiene el mismo monto), tal como se muestra en el siguiente gráfico:

3% 1%

96%

Venta de bienes Venta de servicios

Derechos administrativos

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Gráfico 3 INCOPESCA: Ingresos presupuestados 2013 – 2017

Según tipo de ingreso (en millones de colones)

Fuente: STAP con información de las Liquidaciones presupuestarias 2013-2014-2015, informe de ejecución a junio 2016 estimado a diciembre 2016 y presupuesto ordinario 2017 de INCOPESCA.

Por su parte, la venta de bienes y servicios refleja un comportamiento creciente, con excepción de los años 2016-2015 que decrece en un 9,5%, en parte debido a que los diversos derechos que cobra la institución a las embarcaciones atuneras, dependen de la afluencia de estas embarcaciones en el país y por la estimación del tipo de cambio del colón con respecto al dólar, entre otros. Con relación a la capacidad legal de la institución para cubrir sus gastos operativos con las estimaciones de ingresos por “Venta de bienes y servicios”, el porcentaje que cubre INCOPESCA oscila entre un 38,0% y un 43,4% durante el periodo en estudio, como se muestra en el gráfico siguiente, con lo cual la institución atiende lo estipulado en el artículo 28 del Decreto Ejecutivo No. 39613-H, Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento para el año 2017, que indica “Las entidades públicas y órganos desconcentrados que se financien con recursos provenientes de transferencias del Presupuesto de la República y que tienen capacidad legal para cobrar por los servicios que prestan, podrán establecer precios y tarifas que contribuyan a reducir gradualmente su dependencia del Presupuesto de la República.”

0,0

500,0

1.000,0

1.500,0

2.000,0

2.500,0

2013 2014 2015 2016 2017

Ingresos no Tributarios Transferencias Corrientes Financiamiento

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Gráfico 4 INCOPESCA: Ventas de bienes y servicios e ingresos totales presupuestados 2013 - 2017

(en millones de colones)

Fuente: STAP con información de las Liquidaciones presupuestarias 2013-2014-2015, informe de ejecución a junio 2016 estimado a diciembre 2016 y presupuesto ordinario 2017 de INCOPESCA.

Sin embargo, parte de estos ingresos que percibe la institución por concepto de la venta de bienes y servicios, los debe transferir a otras entidades, constituir fondos o financiar ciertos gastos, de acuerdo con la normativa que la regula, a saber, de los ingresos que recaude por concepto de derechos de pesca de atún, el INCOPESCA debe girar a otras entidades el 80% de esos ingresos (¢400,0 millones en el año 2017), de conformidad con lo que estipula el artículo 51 de la Ley No. 8436 que indica:

“Del producto que se obtenga por los cánones por concepto de registro y licencia de pesca de los barcos atuneros con bandera extranjera, así como de las multas y los comisos generados por la pesca que realicen esos barcos en aguas de jurisdicción costarricense, le corresponderá:

a) Un veinticinco por ciento (25%) a la Universidad de Costa Rica (UCR), para financiar el funcionamiento, la docencia, la acción social y la investigación del Centro Regional Universitario con sede en Puntarenas.

b) Un veinticinco por ciento (25%) a la Universidad Nacional (UNA), para financiar el funcionamiento de la carrera de Biología Marina de su Escuela de Ciencias Biológicas, cuya sede estará en la ciudad de Puntarenas o sus alrededores; también para el establecimiento, el desarrollo y la protección de un sistema de reservas científicas, marinas y terrestres en el Golfo de Nicoya y las zonas adyacentes.

c) Un diez por ciento (10%) para el Servicio Nacional de Guardacostas. d) Un veinte por ciento (20%) para el INCOPESCA.

e) Un diez por ciento (10%) para distribuir, por partes iguales, entre los colegios universitarios y las sedes de la UCR para financiar docencia, acción social, investigación en el desarrollo de la pesca, la acuicultura y la industrialización de esos productos en la provincia de Limón.

f) Un diez por ciento (10%) para distribuir, por partes iguales, entre los colegios universitarios y las sedes de la UCR para financiar docencia, acción social,

1.639,5 1.814,4

2.015,8 1.827,1 1.991,9

4.312,2 4.680,3 4.649,9 4.525,4

4.736,6

0,0

500,0

1.000,0

1.500,0

2.000,0

2.500,0

3.000,0

3.500,0

4.000,0

4.500,0

5.000,0

2013 2014 2015 2016 2017

Venta de Bienes y Servicios Total Ingresos

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investigación en el desarrollo de la pesca, la acuicultura y la industrialización de esos productos en la provincia de Guanacaste.”

Por otra parte, los recursos que se recauden por concepto del artículo 52 de la Ley citada deben constituir un fondo, al establecer que “Los dineros obtenidos por las multas, los comisos y cualquier otro ingreso a favor del INCOPESCA previsto en la presente Ley, constituirán un fondo especial administrado por esta Institución. La Contraloría General de la República fiscalizará el manejo de los fondos y anualmente aprobará los programas de inversión.”

También, el artículo 154 de la Ley No. 8436, estipula que:

“a) Los dineros provenientes de las multas generados por la aplicación de la presente Ley, con la excepción de lo establecido en sus artículos 51 y 136, se destinarán:

1. El cincuenta por ciento (50%) al Servicio Nacional de Guardacostas para el Fondo Especial indicado en el artículo 34 de la Ley Nº 8000, de 5 de mayo del año 2000.

2. El cincuenta por ciento (50%) al INCOPESCA, para el Fondo indicado en el artículo 52 de esta Ley.

b) Los dineros provenientes de los comisos por la aplicación de la presente Ley, excepto lo establecido en los artículos 51 y 136, se destinarán:

1. El setenta por ciento (70%) al Servicio Nacional de Guardacostas para el Fondo Especial indicado en el artículo 34 de la Ley Nº 8000, de 5 de mayo del año 2000.

2. Un treinta por ciento (30%) al INCOPESCA para el fondo indicado en el artículo 52 de esta Ley.

No obstante, la institución solo proyecta el 50% de las multas, considerando que el otro 50% lo giran directamente al Servicio Nacional de Guardacostas (SNG), que para el 2017 asciende a ¢4,0 millones. En cuanto a los comisos INCOPESCA presupuesta ¢4,0 millones, de los cuales ¢2,8 millones debe transferirlos al SNG. Asimismo, el Decreto Ejecutivo No. 35827-MAG “Reforma Reglamento Licencias Pesca

Buques Extranjeros en Aguas de Costa Rica”, publicado en La Gaceta No. 57 del 23 de marzo de 2010, en el artículo 2° indica que se adicione el artículo 6° Bis al Decreto Ejecutivo No. 23943 de 5 de enero de 1995 y sus reformas, para que se lea de la siguiente forma:

"Artículo 6 bis: En adición a los cánones definidos anteriormente, los armadores o representantes de las embarcaciones atuneras con red de cerco, al momento de solicitar el otorgamiento de la respectiva licencia de pesca, deberán cancelar la suma de $10.00 (dólares), por tonelada neta de registro del barco, que serán destinados a la creación de un fondo especial con objetivo específico, para la atención de los compromisos asumidos por el país en condición de Parte Contratante, no Parte Cooperante o participante debidamente acreditado según corresponda, ya sea por determinación de Ley o por definición del Ministro de Agricultura y Ganadería, ante las Organizaciones Regionales de Ordenación Pesquera (OROPs) Atuneras, así como para la atención de cualquier otro objetivo afín con el cumplimiento de dichos compromisos y los intereses país en el desarrollo del sector pesquero costarricense. La recaudación la efectuará el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura simultáneamente con la recaudación de los cánones definidos en el artículo 6 de este Decreto, entidad que deberá mantener administrados los recursos correspondientes a este fondo en una cuenta separada y con destino específico, a la orden del Ministerio

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de Agricultura y Ganadería a fin de que éste disponga de lo recaudado en los términos del presente Decreto.

Los recursos recaudados se utilizarán prioritariamente para el pago los compromisos financieros asumidos por el país en condición de parte contratante, no parte cooperante o participante, en las Organizaciones Regionales de Ordenación Pesquera Atuneras.

El Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, en los meses de marzo y setiembre de cada año, procederá al pago de las obligaciones financieras pendientes y exigibles del país en las OROPs atuneras en concepto de cuota país, según detalle que se elaborará de conformidad con los parámetros definidos en las resoluciones vigentes en cada organización y mantendrá de cada desembolso, debidamente informado al Ministerio de Agricultura y Ganadería.

De los recursos que registre el fondo, una vez realizadas las previsiones correspondientes para atender el pago de los compromisos prioritarios definidos, el Ministro de Agricultura y Ganadería, atendiendo el criterio técnico avalado por el Consejo de Expertos en Competitividad de Pesca y Acuicultura establecido según decreto Ejecutivo 35188-MAG, podrá destinar partidas o montos, para sufragar en todo o en parte, el pago de los gastos que genere la gestión logística, técnica o científica de interés nacional desarrollada por el país en aplicación de las resoluciones que se emitan en el seno de las respectivas OROPs atuneras de interés para el país, tendientes a facilitar y atender el seguimiento de las políticas y regulaciones regionales para el aprovechamiento sostenible del recurso atunero, así como los costos correspondientes a todo gasto en que deba incurrirse para la participación en las sesiones de trabajo o plenarias que se convoquen en el marco de la actividad desarrollada por las mencionadas OROPs Atuneras, por medio de los Comisionados que con arreglo a la normativa vigente el Poder Ejecutivo designe, así como para atender el cumplimiento de los objetivos y fines complementarios dispuestos en el presente".

En el presupuesto de 2017, la institución estima ¢16,0 millones para las OROPs Atuneras y ¢12,5 millones para sufragar en todo o en parte los gastos que genere la gestión logística, técnica o científica de interés nacional desarrollada por el país. Además, el artículo 13 del Decreto Ejecutivo No. 37386-MAG “Reglamento para la utilización de la capacidad de pesca de Atún de Cerco reconocida a Costa Rica en el seno de la Comisión

Interamericana del Atún Tropical”, publicado en La Gaceta No. 225 del 21 de noviembre de 2012, establece que:

“Los recursos generados por el pago de los derechos anuales de uso de la capacidad de pesca de atún establecidos en el presente Reglamento, serán destinados exclusivamente a financiar el cumplimiento de los fines y objetivos establecidos por Ley al INCOPESCA, especialmente a financiar el desarrollo y fomento de las pesquerías de atún y especies afines y la participación del país en las Organizaciones Regionales de Ordenamiento Pesquero (OROP's) y otros Foros Internacionales de interés para la pesca y acuicultura, así como para contribuir a la aplicación e implementación del Plan Nacional de Desarrollo Pesquero y Acuícola, específicamente para mejorar la capacidad científica nacional y consolidar el recurso humano y técnico con formación académica en investigación y manejo pesquero.

Un porcentaje anual de un 15% del total de los recursos generados por la asignación de capacidad de pesca de atún, será destinado por el INCOPESCA a conformar un fondo para recursos concursables en materia de desarrollo de proyectos de

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investigación en materia pesquera, que podrán accesar las universidades públicas del país, mediante los parámetros, requerimientos y necesidades que sean definidos por el INCOPESCA o los proyectos de investigación que sean presentados por dichas universidades.

En lo que respecta al superávit específico por ¢444,53 millones que la institución incorpora en el presupuesto ordinario 2017, según certificación que adjunta del Departamento Financiero del 7 de setiembre de 2016, corresponde a las estimaciones que realiza a diciembre de 2016, para atender el artículo 13 del Decreto Ejecutivo No. 37386-MAG (15% para Fondo), artículo 6° bis del Decreto Ejecutivo No. 35827-MAG (atención de los compromisos asumidos por el país en condición de Parte Contratante, no Parte Cooperante o participante debidamente acreditado según corresponda, ante Organizaciones Regionales de Ordenación Pesquera (OROPs) Atuneras), el inciso h) del artículo 3° de la Ley No. 8149 Ley del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria (40% del superávit libre) y el artículo 46 de la Ley No. 8488 Ley Nacional de Emergencias y Prevención al Riesgo (3% del superávit libre para el Fondo Nacional de Emergencias), así como recursos del fondo especial de la institución para financiar parte del equipo y maquinaria y bienes intangibles.

1.3. Análisis de los gastos presupuestados Los egresos proyectados por INCOPESCA en el presupuesto ordinario para el periodo 2017 ascienden a ¢4.736,6 millones, donde las partidas más significativas son: Remuneraciones con ¢2.645,2 millones, Servicios con ¢957,0 millones y Transferencias corrientes con ¢732,6 millones. En el gráfico siguiente, se muestra el peso relativo de cada partida de gasto que estimó la institución para el próximo año:

Gráfico 5 INCOPESCA: Estructura Egresos Presupuesto 2017 (Porcentajes)

Fuente: STAP con información del Presupuesto Ordinario 2017 de INCOPESCA

Los gastos estimados para el 2017 en la partida de remuneraciones constituyen el 55,8% de los recursos, financian el costo de la planilla conformada por 138 plazas por cargos fijos (incluye 5 plazas que fueron solicitadas por la institución en el mes de setiembre de

55,8%

20,2%

2,7%

0,1%

5,7% 15,5%

Remuneraciones ServiciosMateriales y suministros Intereses y comisionesBienes duraderos Transferencias corrientes

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2016 y fueron autorizadas por la Autoridad Presupuestaria en el acuerdo No. 11570 tomado en la Sesión Ordinaria No. 11-2016 del 31 de octubre del corriente). Los rubros más representativos de esta partida lo conforman los “Incentivos salariales” con ¢1.138,5 millones, al contemplar las estimaciones para el pago de los incentivos que devengan los funcionarios y las previsiones para el pago de salario escolar y aguinaldo y las “Remuneraciones básicas” con ¢906,0 millones, donde ambos grupos representan el 77,3% de los recursos asignados a la partida. Si bien la institución contempla en el presupuesto, el costo de las contribuciones patronales que debe destinar a la Caja Costarricense de Seguro Social, no identifica a nivel de subpartida presupuestaria el monto correspondiente al seguro de pensiones, ya que la totalidad de los recursos los asigna al seguro de salud de los trabajadores, por lo que se recomienda que realice la reclasificación del gasto correspondiente, en el primer documento presupuestario que gestione en el año 2017. Por su parte, la partida de Servicios representa un 20,2% de los gastos estimados para el año 2017, donde los Servicios de Gestión y Apoyo ascienden a ¢507,9 millones, principalmente para financiar gastos en las subpartidas de Servicios generales y Otros Servicios de Gestión y Apoyo, para la contratación de “servicios de conserjería, vigilancia, operador de montacargas, recepcionistas de central telefónica, servicios secretariales y

mantenimiento de edificios y de cómputo”. Sin embargo, los servicios de mantenimiento deben presupuestarse en el grupo de Mantenimiento y Reparación. Además, los Servicios Básicos que suman ¢124,4 millones, donde el Servicio de energía eléctrica es el más representativo con ¢72,5 millones. El grupo de Mantenimiento y Reparación incluye recursos por ¢109,9 millones, siendo las principales subpartidas el Mantenimiento y reparación de equipo de transporte con ¢35,5 millones, para el mantenimiento de vehículos que utilizan para las inspecciones, visitas a regionales o comunidades, giras de muestreo, entre otros, así como equipo de navegación para los operativos por mar; mientras que el Mantenimiento de Edificios, Locales y Terrenos asciende a ¢22,5 millones, para el mantenimiento preventivo y habitual de los edificios. La partida de Transferencias corrientes constituye el 15,5% de los gastos proyectados, donde las transferencias corrientes al Sector Público suman ¢420,5 millones, para atender las transferencias dadas por normativa, como: la cuota de organismos internacionales estipulado en la Ley No. 3418 “Pago Cuotas a Organismos Internacionales por Estado y Entes

Públicos”; el 3% del superávit libre establecido en la Ley No. 8488 “Ley Nacional de

Emergencias y Prevención del Riesgo”; el 40% del superávit libre según la Ley No. 8149 “Ley

del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria”; y el 80% de los cánones por concepto de registro y licencia de pesca de los barcos atuneros con bandera extranjera, así como de las multas y los comisos generados por la pesca que realicen esos barcos en aguas de jurisdicción costarricense, a la Universidad de Costa Rica, Universidad Nacional, Universidad Técnica Nacional en Guanacaste, Colegio Universitario de Limón y al Servicio Nacional de Guardacostas de acuerdo con los artículos 51 y 154 de la Ley No. 8436, “Ley de Pesca y Acuicultura”. Durante el periodo en estudio el presupuesto de egresos de INCOPESCA muestra un comportamiento variable, al reflejar crecimientos de un 8,5% para los años 2014-2013 y

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un 4,7% para el 2017-2016, para los periodos restantes el presupuesto institucional decrece con tasas que oscilan entre un 0,6% a un 2,7%. La partida de Remuneraciones crece entre 5,1% y 6,4% durante el periodo en estudio, excepto en el año 2017 respecto de 2016 que decrece un 1,7%, debido a que el costo de la planilla de INCOPESCA disminuye por la cantidad de funcionarios que se pensionan este año, así como un porcentaje menor para la estimación de los incrementos salariales que decreta el Poder Ejecutivo, cuyo efecto se compensa en parte con el costo de las 5 plazas que se autorizaron por parte de la Autoridad Presupuestaria en octubre de 2016 y la asignación de más recursos en las subpartidas de Tiempo Extraordinario y Contribución Patronal a Fondos Administrados por Entes Privados. Por otra parte, la partida de Servicios refleja un comportamiento creciente durante los años en estudio, con excepción del año 2016, al estimarse un gasto menor en los servicios de gestión y apoyo, seguros, entre otros. La partida de Transferencias Corrientes presenta un comportamiento variable durante los años en estudio, principalmente por los montos que transfieren a los órganos desconcentrados y a las instituciones descentralizadas no empresariales. Con relación a los incrementos en el gasto presupuestario máximo, durante el periodo en estudio, a la institución se le autorizó incremento en el límite en el año 2016, para el financiamiento de gastos operativos y creación de 5 plazas por cargos fijos, por cuanto en los restantes años no requirió por quedarle más bien saldo por presupuestar. En cuanto a los proyectos de inversión, la institución presenta la certificación AI-005-16 del 07 de setiembre de 2016, emitida por el Director del Área de Inversiones del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, donde se detalla que INCOPESCA tiene inscrito 1 proyecto de inversión denominado “Mercado Regional Primera Venta de Productos Pesqueros y Acuícolas, Puntarenas, Costa Rica”, el cual se encuentra en proceso de inicio de elaboración de estudio de factibilidad, y con un monto programado de ¢1.403,8 millones, pero pendiente de definir la posible fuente de financiamiento del mismo.

1.4. Gastos ejecutados versus los gastos presupuestados El comportamiento de los gastos presupuestados y efectivos durante el periodo en estudio se muestra en el gráfico siguiente, donde el porcentaje de ejecución de los gastos oscila entre un 69,7% y 88,8%:

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Gráfico 6 INCOPESCA: Gastos presupuestados y efectivos 2013-2017 (en millones de colones)

Fuente: STAP con información de las Liquidaciones presupuestarias 2013-2014-2015, informe de ejecución a junio 2016 y estimado a diciembre 2016 y presupuesto ordinario 2017 de INCOPESCA.

Para facilitar el análisis de los demás gastos efectivos de la institución, en el siguiente gráfico se presenta el comportamiento de cada partida presupuestaria, agrupándose algunas de ellas por ser montos pequeños en relación a las demás partidas:

Gráfico 7 INCOPESCA Estructura de los Gastos Efectivos y estimados Periodo 2013-2017

Distribución Porcentual

Fuente: STAP con información de las Liquidaciones presupuestarias 2013-2014-2015, informe de ejecución a junio 2016 y estimado a diciembre 2016 y presupuesto ordinario 2017 de INCOPESCA.

Como se observa en el gráfico anterior, el gasto efectivo más significativo de la institución corresponde a la partida de Remuneraciones, que pasa de una participación relativa de un 59,9% en el año 2012 a un 55,8% en el 2017, aunque en el año 2016 alcanzó la participación más alta. Al representar esta partida más del 50% de los gastos estimados anualmente por la institución, su comportamiento incide significativamente en el porcentaje de ejecución anual.

4.312,2 4.680,3 4.649,9 4.525,4 4.736,6

3.444,1

4.157,6 3.759,7

3.153,8

0,0

1.000,0

2.000,0

3.000,0

4.000,0

5.000,0

2013 2014 2015 2016 2017

Presupuestado Efectivo

0,0%

20,0%

40,0%

60,0%

80,0%

100,0%

2013 2014 2015 2016 2017

59,9% 51,7% 59,0% 66,2%

55,8%

17,3% 16,1%

18,9% 18,5%

20,2%

12,4% 16,7%

11,5% 13,3%

15,5%

10,4% 15,5% 10,7% 1,9%

8,5%

Remuneraciones Servicios Transferencias corrientes Otras partidas

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Durante el periodo en estudio, los porcentajes de ejecución anual de la partida de Remuneraciones van disminuyendo de un año a otro, producto de los recursos no ejecutados por la cantidad de plazas vacantes, incapacidades de los funcionarios, la presupuestación de un monto mayor para el incremento salarial y montos mayores incorporados para posibles reasignaciones. Este comportamiento genera en parte que los gastos efectivos totales del INCOPESCA muestren decrecimiento en los años 2015-2014 y 2016-2015, excepto en el año 2014-2013 que crecen un 20,7% producto de que las Transferencias corrientes crecieron un 63,4% para ese periodo. También, para el periodo 2017-2016 la partida de Transferencias Corrientes crece un 74,3%, al presupuestar la institución mayores recursos para las transferencias al sector público, a personas, al sector privado y a organismos internacionales, así como para el pago de prestaciones legales. Finalmente, los gastos efectivos de la partida de Servicios representan entre el 16,1% y el 20,2%, siendo los gastos más representativos el pago de servicios básicos, la contratación de personal profesional o técnico, el mantenimiento de instalaciones y equipo y los gastos de viaje y transporte.

1.5. Empleo y salarios En el presupuesto ordinario de 2017, INCOPESCA contempla en el resumen de la relación de puestos 138 plazas por cargos fijos, al incluir las 5 plazas de cargos fijos creadas en el mes de octubre de 2016 (3 plazas de nivel profesional y 2 plazas de técnico), la cual es consistente con la modificación en la cantidad de plazas autorizadas por la Autoridad Presupuestaria, en el Acuerdo No. 11570, tomado en la Sesión Ordinaria No. 11-2016 del 31 de octubre de 2016. Las plazas que tiene la institución están homologadas al Régimen de Servicio Civil, con excepción de un puesto de confianza (Presidente Ejecutivo), uno de confianza subalterno (Asistente técnico) y uno de fiscalización superior (Auditor Interno), por lo que son valoradas por la Autoridad Presupuestaria. El INCOPESCA no cuenta con jornales ni plazas de servicios especiales. Para la estimación salarial, la institución consideró los salarios vigentes al primer semestre de 2016, los cuales coinciden con los aprobados por la Autoridad Presupuestaria. En el caso de la revaloración salarial de la plaza de la Serie Gerencial de la Entidades Públicas (Presidente Ejecutivo) y Serie de Fiscalización de las Entidades Públicas (Auditor), están conforme con lo aprobado en los Acuerdos No.11121 y No. 11122 de la Autoridad Presupuestaria, en su Sesión Ordinaria No. 10-2015 del 21 de octubre de 2015 y la revaloración salarial del puesto de confianza subalterno, según el Acuerdo No. 11316 tomado en la Sesión Ordinaria No. 04-2016 del 19 de abril de 2016.

Con relación a los pluses salariales, el INCOPESCA considera las anualidades, carrera profesional, dedicación exclusiva, prohibición, zonaje e incentivo por regionalización; embargo, la base legal indicada para las anualidades no corresponde, el decreto ejecutivo para el incentivo de regionalización está derogado y la ley citada para el pago de prohibición, no aplica para todos los puestos incluidos en la relación de puestos; por lo que es necesario que la institución aclare la normativa que respalda dichos incentivos.

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Por otra parte, el comportamiento de la cantidad de plazas con que cuenta la institución para la ejecución de sus funciones, no afecta la partida de Remuneraciones, por cuanto se mantuvo la cantidad de plazas autorizadas para los años 2013 hasta octubre 2016, en que se crearon 5 plazas; siendo los incentivos salariales y las remuneraciones básicas las que inciden en el comportamiento de la partida de Remuneraciones, como se muestra en el gráfico siguiente:

Gráfico 8 INCOPESCA: Comportamiento de Remuneraciones y los grupos que la conforman Presupuestos ordinarios 2013 - 2017

(en millones de colones)

Fuente: STAP con información del Presupuesto Ordinario 2013 - 2017 de INCOPESCA

1.6. Vinculación del POI 2017 con el PND En el Plan Nacional de Desarrollo 2015-2018 “Alberto Cañas Escalante, en el Sector Desarrollo Agropecuario y Rural, a INCOPESCA le corresponde atender los siguientes objetivos sectoriales:

2.3.1 Fortalecer el crecimiento del valor agregado pesquero y acuícola mediante el

aprovechamiento sostenible de los recursos en beneficio de las comunidades y el

sector pesquero.

2.3.2 Promoción de la comercialización e inocuidad de productos pesqueros y

acuícolas para beneficio de los productores y consumidores.

2.3.3 Generación e implementación de la Política Nacional para la implementación de

las Directrices de pesca sostenible de pequeña escala.

Lo anterior, para atender el pilar transversal del Gobierno de “Combate a la pobreza y

reducción de la desigualdad”. En la Programación Estratégica Presupuestaria del periodo 2017 incluye los mismos objetivos sectoriales del Plan Nacional de Desarrollo, por lo que considerando la Matriz de Articulación Plan Presupuesto (MAPP), es posible observar que existe vinculación directa entre el Plan Operativo Institucional 2017 con los objetivos, indicadores y metas del Plan Nacional de Desarrollo 2015-2018. Sin embargo, dos de las metas establecidas en la gestión institucional del programa “Servicios de apoyo al Sector Pesquero y Acuícola” no corresponden con la cronología

0,0

1000,0

2000,0

3000,0

2013 2014 2015 2016 2017

Remuneraciones básicas Remuneraciones eventualesIncentivos salariales Cargas patronalesRemuneraciones

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establecida en el Plan Nacional de Desarrollo, por cuanto el proyecto “Mercado de Mariscos

de Puntarenas construido y operando” consta de III etapas y está programada la III etapa: mercado construido para el año 2017, pero INCOPESCA incluye para el próximo año la II etapa, señalando que el cumplimiento de la etapa depende de la donación del terreno por parte de la Municipalidad de Puntarenas (etapa I) y del aporte financiero del proyecto por parte del IMAS y el INCOP. Mientras que el proyecto “Mercado Regional Pesquero del

Pacífico construido y operando” establece para el año 2017 III etapa Conclusión de la construcción, pero la institución incluye la II etapa, anotando que están buscando el financiamiento del proyecto, por lo que el estudio de factibilidad (etapa I) está atrasado, ya que el aporte de la institución es logístico y técnico. La institución está asignando recursos por ¢328,8 millones en la Programación Estratégica Presupuestaria, de los ¢2.900,2 millones presupuestados para el programa sustantivo y no incluye el programa 1 Dirección Superior y Administrativa. Por otra parte, en el Sector Ambiente, Energía, Mares y Ordenamiento Territorial, INCOPESCA está incluido para financiar en parte la atención del objetivo sectorial 1.6.1. “Promover la conservación, uso sostenible y distribución justa y equitativa de los beneficios que se derivan de los ecosistemas marinos productivos y una mayor resiliencia en los grupos vulnerables”; sin embargo, la institución no incluyó este objetivo en la MAPP. Finalmente, la institución no adjunta el acuerdo de aprobación por parte de la Junta Directiva, del Plan Operativo Institucional 2017.

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CAPÍTULO II: VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS DIRECTRICES Se verificó que el presupuesto ordinario 2017 presentado por el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura cumpla con lo estipulado en los Decretos Ejecutivos No. 39613-H y No. 38916-H, Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento para el año 2017 y sus Procedimientos, respectivamente, con relación a:

1. El gasto presupuestario máximo asignado para el año 2017 por un monto de ¢4.736,6 millones, no quedando saldo a presupuestar.

2. Los recursos incorporados por la institución coinciden con el monto asignado en el

Proyecto de Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2017.

3. La institución adjunta certificación con las proyecciones del superávit libre y específico al 31 de diciembre de 2016.

4. La institución financia parte de los gastos de operación con la venta de bienes y servicios.

5. La relación de puestos presentada por la institución no contempla la totalidad de plazas de cargos fijos (138).

6. La institución no cuenta con un Manual de Clases de Puestos Institucional, sin embargo, en la relación de puestos utilizan las clasificaciones Régimen de Servicio Civil, por estar homologados de hecho a dicho Régimen, y su valoración coincide con los salarios del primer semestre de 2016. Asimismo, la clasificación y valoración del puesto gerencial, de fiscalización superior y de confianza subalternos se ajustan a lo autorizado por la Autoridad Presupuestaria al primer semestre del año en curso.

7. La institución no detalla la base legal o la indicada no corresponde o está derogada,

para respaldar algunos de los pluses salariales considerados en el presupuesto, por lo que deberá remitirla para determinar su aplicación.

8. El INCOPESCA adjunta la certificación del proyecto de inversión que está incluido en

el Banco de Proyectos de Inversión Pública.

9. La institución cumple con el envío de las ejecuciones presupuestarias, así como los informes de títulos valores, flujo de caja, títulos valores, nivel de empleo y conciliaciones bancarias, y su inclusión en el SICCNET.

10. La institución indica que estima recursos para pautar al menos el 10% del presupuesto

de publicidad para atender el artículo 19 de la Ley No. 8346 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural (SINART), pero no especifica el monto a pautar.

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CAPÍTULO III: DISPOSICIONES La institución tendrá un plazo de 10 días hábiles después de recibido este informe, para atender lo siguiente: 1. Remitir la base legal que respalda el reconocimiento de “Prohibición” e “Incentivo de

Regionalización”, indicado en el numeral 1.5 “Empleo y Salarios”. 2. Atender las observaciones señaladas en el apartado 1.6 “Vinculación del POI 2017

con el PND” y realizar los ajustes que considere pertinentes.

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BIBLIOGRAFÍA Decreto Ejecutivo 39613-H. Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial,

Empleo, Inversión y Endeudamiento para entidades públicas, ministerios y órganos desconcentrados, según corresponda, cubiertos por ámbito de Autoridad Presupuestaria, para el año 2017. Diario Oficial La Gaceta, 61, Alcance 46. San José, Costa Rica, 30 de marzo de 2016.

Decreto Ejecutivo 38916-H. Procedimientos de las Directrices Generales de Política

Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento para Entidades Públicas, Ministerios y Órganos Desconcentrados, según corresponda cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria. Diario Oficial La Gaceta, 61. San José, Costa Rica, 27 de marzo de 2015.

Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (2014). Plan Nacional de

Desarrollo 2015-2018 “Alberto Cañas Escalante”. San José, CR. Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura. Presupuesto Ordinario y Plan Operativo

Institucional 2017. San José, CR: Institucional, Setiembre 2016. Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura., Liquidaciones Presupuestarias 2013 al

2015 e Informe de Ejecución II Trimestre 2016. San José, CR: Institucional, 2013, 2014, 2015 y 2016.

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria. (2016). Oficio STAP-CIRCULAR-

1801-2016, Información para análisis del Presupuesto Ordinario 2017. Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria. (2016). Oficio STAP-0637-2016,

Comunicado del gasto presupuestario máximo para el 2017 del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura.

Elaborado por: Rosibel Vargas Segura Analista

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria

Revisado por: Olga Lacayo Monge Jefe Sectorial

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria