institucionalidad ambiental patricia de la torre

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Institucionalidad Ambiental Institucionalidad Ambiental Patricia de la Torre V Patricia de la Torre Vá squez squez Directora Regional Comisión Nacional del Medio Ambiente Región de Antofagasta GOBIERNO DE CHILE COMISIÓN NACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE

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Page 1: Institucionalidad Ambiental Patricia de La Torre

Institucionalidad AmbientalInstitucionalidad Ambiental

Patricia de la Torre VPatricia de la Torre VáásquezsquezDirectora RegionalComisión Nacional del Medio AmbienteRegión de Antofagasta

GOBIERNO DE CHILECOMISIÓN NACIONALDEL MEDIO AMBIENTE

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Institucionalidad Ambiental

Índice de la Presentación

1 ¿Qué es la Ley 19.300 Bases Generales delMedio Ambiente?

2 ¿Qué es CONAMA?

3 Gestión Ambiental Regional (COREMA).

4 En qué consiste el Sistema de Evaluación deImpacto Ambiental.

5 ¿Qué es la Participación Ciudadana?

6 Desafíos Medioambientales para el Chile delBicentenario.

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Institucionalidad Ambiental

1.- ¿Qué es la Ley 19.300 Bases Generales delMedio Ambiente?

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Institucionalidad Ambiental

La ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente, esla norma legal que dio origen a CONAMA, y es la primeraley en Chile que se hace cargo de la problemática ambientaldesde una perspectiva global y orgánica, incorporando atodos los servicios públicos con competencia ambiental bajouna misma coordinación; CONAMA es el órgano quecoordina los esfuerzos de los distintos servicios, mientraséstos últimos mantienen sus competencias ambientales.

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Institucionalidad Ambiental

2.- ¿Qué es CONAMA?

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Institucionalidad Ambiental

CONAMA - Comisión Nacional del Medio Ambiente - es lainstitución del Estado que tiene como misión velar por elderecho de la ciudadanía a vivir en un medio ambiente librede contaminación, la protección del medio ambiente, lapreservación de la naturaleza y la conservación delpatrimonio ambiental.

Es un servicio público sometido a la supervigilancia de laPresidenta de la República a través de la Ministra de MedioAmbiente, teniendo presencia en todas las regiones del paísa través de sus Direcciones Regionales y, a través de unente colegiado denominado COREMA.

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ORGANIGRAMAPresidenta de la

República

Presidenta de laRepública

Ministra deMedio Ambiente

Ministra deMedio Ambiente

Dirección EjecutivaDirector(a)Ejecutivo(a)

Dirección EjecutivaDirector(a)Ejecutivo(a)

Consejo DirectivoPreside

Ministra de Medio AmbienteIntegran ministerios de:

Economía, Obras Públicas,Transporte y Telecomunicaciones,Agricultura, Vivienda y Urbanismo,

Bienes Nacionales, Salud, Minería, Energía,Planificación y Cooperación, Educación,

Defensa, Relaciones Exteriores ySecretaria General de la Presidencia.

Consejo ConsultivoPreside

Ministra de Medio AmbienteIntegran: 2 científicos

2 Rep. de ONGs2 Rep. Centros Académicos

2 Rep. Empresariado2 Rep. Trabajadores1 Rep. Presidenta

CO

NA

MA

SER

VIC

IO P

ÚB

LIC

O

Institucionalidad Ambiental

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Institucionalidad Ambiental

Dirección RegionalDirectora Regional

Dirección RegionalDirectora Regional

Consejo ConsultivoRegionalIntegran:

2 científicos2 Rep. de ONGs

2 Rep. Centros Académicos2 Rep. Empresariado2 Rep. Trabajadores1 Rep. Presidenta

Comisiones Regionales deMedio Ambiente

PresideIntendenta Regional

Integran:Gobernadores Provinciales

Seremis de Ministerios integrantesdel Consejo Directivo y

4 Consejeros RegionalesCO

NA

MA

SER

VIC

IO P

ÚB

LIC

O

Consejo Técnico COREMAPreside

Directora Regional de CONAMAIntegran:

Directores Regionales delos Servicios Públicos que

tengan competencia enMateria de medio ambienteRelaciones:

JerarquíaFuncionalesConsulta

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Institucionalidad Ambiental

¿Para qué se creó CONAMA?

CONAMA se creó en respuesta a la necesidad de enfrentarlos problemas ambientales que estaba padeciendo Chile,tales como la contaminación de las aguas y el aire, ladeforestación y, en general, la degradación de los recursosnaturales, organismo que además debe contribuir aincorporar la temática ambiental como un componente en elproceso de desarrollo del país.

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Institucionalidad Ambiental

¿Cuándo se creó CONAMA?

CONAMA nace como un servicio público en Marzo de1994, en virtud de la Ley de Bases del Medio Ambiente -Ley19.300 - y, después de una profunda discusión respecto a lamejor forma de hacer frente a nuestros problemasambientales.

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Institucionalidad Ambiental

Funciones de CONAMA:

La Ley de Bases Generales del Medio Ambiente establececomo responsabilidad de CONAMA, actuar como unservicio de consulta, análisis, comunicación y coordinaciónen materias relacionadas con el medio ambiente. Ademásdebe proponer a la Presidenta de la República, políticaspara la gestión ambiental e informar sobre el cumplimientode la legislación vigente.Además, es el órgano encargado de:

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Institucionalidad Ambiental

ØAdministrar el Sistema de Evaluación de ImpactoAmbiental, SEIA, para introducir la dimensión ambiental enel diseño, ejecución, seguimiento y fiscalización de proyectoso actividades que se realicen en el país.

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Institucionalidad Ambiental

ØPromover la Educación Ambiental para formar unaciudadanía que se reconozca como parte del mundo naturaly conviva armónicamente con él. Hoy existen los programas:Forjadores Ambientales y Sistema Nacional deCertificación Ambiental para Escuelas.

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Institucionalidad Ambiental

ØFinanciar proyectos o actividades destinados a la proteccióno reparación del medio ambiente, la preservación de lanaturaleza o la conservación del patrimonio ambiental, através del Fondo de Protección Ambiental.

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Institucionalidad Ambiental

ØElaborar normas ambientales y planes de prevención ydescontaminación, instrumentos de gestión orientados ala recuperación de la calidad ambiental en el país.

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Institucionalidad Ambiental

ØPromover la Participación Ciudadana en los procesos detoma de decisiones ambientales de los órganosadministrativos con competencia en estas materias.

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Institucionalidad Ambiental

ØMantener el Sistema Nacional de Información Ambiental,SINIA, para ofrecer gratuitamente el acceso ciudadano ainformación sobre diferentes temáticas ambientales.

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Institucionalidad Ambiental

ØCoordinar a los organismos vinculados con el apoyointernacional a proyectos ambientales y, junto con la Agenciade Cooperación Internacional del Ministerio de Planificacióny Cooperación, MIDEPLAN, ser contraparte en proyectosambientales con financiamiento internacional.

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Institucionalidad Ambiental

3.- Gestión Ambiental Regional (COREMA)

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Institucionalidad Ambiental

¿Qué es la COREMA?

La Comisión Regional de Medio Ambiente, COREMA, esaquella instancia resolutiva creada por la Ley 19.300 deBases Generales del Medio Ambiente que tiene porobjeto coordinar la Gestión Ambiental de la Región,así como calificar ambientalmente los proyectos oactividades sometidos al Sistema de Evaluación deImpacto Ambiental u otra decisión regional importante.

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Institucionalidad Ambiental

Las Comisiones Regionales de Medio Ambiente,COREMAS, Están integradas por:

4Los Gobernadores provinciales de la región.4Los Secretarios Regionales de aquellos Ministerios

que forman el Consejo Directivo de CONAMA.4Cuatro consejeros regionales elegidos por el

respectivo Consejo.

La preside la Intendenta Regional y actúa comosecretaria(o) la Directora Regional de la Comisión Nacionaldel Medio Ambiente.

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La ley contempla además, la existencia de un ComitéTécnico de COREMA, el que está integrado por laDirectora Regional de CONAMA, que lo preside, y por losDirectores Regionales de los servicios públicos que tengancompetencia en materias ambientales, incluido elGobernador Marítimo correspondiente.Las resoluciones de COREMA son notificadas a los titularesde los respectivos proyectos o actividades, y a los serviciospúblicos competentes, a fin de que velen por el efectivocumplimiento de las mismas, actuando el Director Regionalde CONAMA como coordinador para tales efectos,especialmente en el marco del seguimiento y fiscalizaciónde los mismos en conformidad a la ley.

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Lo anterior, además de lograr una gestión integrada delas diversas instituciones con competencia ambiental,permite hacer efectiva la necesaria participación de lascomunidades locales en la gestión de los temasambientales, a través de los municipios y organizacionessociales respectivas.

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Institucionalidad Ambiental

Funciones de COREMA:

4 Coordinar la gestión ambiental en el nivel regional.

4 Administrar el Sistema de Evaluación de Impacto Ambientaly la coordinación de los organismos del Estadoinvolucrados en éste. (Art. 8 ley 19.300)

4 Pronunciarse respecto de las Declaraciones de ImpactoAmbiental y de los Estudios de Impacto Ambiental en elámbito regional.

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Institucionalidad Ambiental

Ø Establecer los mecanismos que aseguren laparticipación informada de la comunidad organizada enel proceso de calificación de los Estudios de ImpactoAmbiental (Art. 26 ley 19.300)

Ø Iniciar y realizar el procedimiento para declarar una zonacomo saturada o latente.

Ø Verificar que se desarrollen las actividades que defina elplan de prevención o descontaminación.

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ØImponer sanciones (amonestación, multa o revocaciónde la resolución de calificación ambiental) a los titularesde los proyectos o actividades y, a petición de unorganismo del estado competente, por incumplimientode las normas y condiciones sobre las cuales se aprobóun Estudio de Impacto Ambiental o se aceptó unaDeclaración de Impacto Ambiental.

Institucionalidad Ambiental

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Institucionalidad Ambiental

CORRIGIENDO ALGUNOS ERRORES FRECUENTES

ES FALSOES FALSO

1) CONAMA fiscaliza y multa.

2) COREMA es CONAMA enRegiones.

3 )La Dirección Regional decideque proyectos se aprueban.

4) CONAMA es lo mismo queSEIA.

ES CORRECTOES CORRECTO

1) CONAMA coordina a otrosservicios en materia ambiental

2) Existe una CONAMA Nacionaly respectivas CONAMAs Regionales.

3) La instancia decidora en cuantoa los proyectos presentados

es COREMA.

4) CONAMA tiene varias funciones,sólo una de ellas es administrar

el SEIA

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Institucionalidad Ambiental

4.- ¿En qué consiste el Sistema de Evaluaciónde Impacto Ambiental?

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Institucionalidad Ambiental

¿En qué consiste el Sistema de Evaluación de ImpactoAmbiental?

Es un procedimiento que tiene por objeto identificar yevaluar los impactos ambientales que generará undeterminado proyecto o actividad antes que se ejecute,permitiendo diseñar medidas que reduzcan los efectosnegativos y fortalezcan los positivos.

Parte importante de éste procedimiento, se sustenta en laparticipación de los órganos del Estado con competenciaambiental, que revisan los proyectos, así como en laparticipación activa de la comunidad.

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Institucionalidad Ambiental

Por ello, el SEIA es un proceso informado, objetivo yparticipativo, que está al servicio de la toma de decisiones yque permite alcanzar un conocimiento amplio sobre losimpactos ambientales derivados de los proyectos. El sistemase encuentra vigente desde abril de 1997, siendo de cargode los interesados el conocer los proyectos y susevaluaciones y, recabar toda la información que pudiere serde su interés, pues ésta es pública.

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Institucionalidad Ambiental

Los proyectos que ingresan al SEIA, lo hacen a través de:

a) Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA), en la cuálel proponente declara, que los impactos ambientales de suproyecto se ajustan a las normas ambientales vigentes. Elplazo de evaluación es de 60 días hábiles y se puedenextender por 30 días más.

B) Estudios de Impacto Ambiental (EIA), es undocumento que describe en detalle las características de unproyecto y los eventuales impactos ambientales que pudiereocasionar, conteniendo todos los antecedentes queacrediten el cumplimiento de las normas y que permitanmitigar, compensar y reparar los eventuales impactosambientales. El plazo de evaluación es de 120 días hábileslos que se pueden extender por 60 días más.

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Institucionalidad Ambiental

DEFINICIÓN DE LA FORMA DE INGRESO AL SEIA

Para respuesta, uso Artículo3º del Reglamento del S.E.I.A.y Artículo 10 de la Ley 19.300

Para respuesta, uso Artículo3º del Reglamento del S.E.I.A.y Artículo 10 de la Ley 19.300

¿Debo ingresar alSEIA?

¿Deseo ingresarvoluntariamente al SEIA?

NONO

SISI

INGRESO MEDIANTE UNA D.I.A.Procedimiento del SEIA; Resolución en 60

días + 30 días ampliables

NONO

¿Mediante que forma ingreso?¿EIA o DIA?

INGRESO MEDIANTE UN E.I.A.Procedimiento del SEIA; Resolución en

120 días + 60 días ampliables

SISI

Para respuesta, usoArtículo 11 de la Ley19300 y Titulo II delReglamento del S.E.I.A.

Para respuesta, usoArtículo 11 de la Ley19300 y Titulo II delReglamento del S.E.I.A.

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Institucionalidad Ambiental

¿Qué organismos son responsables de administrar elSEIA?

La Comisión Nacional del Medio Ambiente - para proyectosemplazados en más de una Región y, las ComisionesRegionales del Medio Ambiente (COREMA) son lasinstancias encargadas de administrar el SEIA.

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Institucionalidad Ambiental

Evaluación delEIA/DIA

Evaluación delEIA/DIA

Titular presentaEIA o DIA

Titular presentaEIA o DIA

Solicitud al Titularde aclaraciones

al EIA/DIA

Solicitud al Titularde aclaraciones

al EIA/DIATitular presenta

AdendaTitular presenta

Adenda

Informe Consolidado deEvaluación

Informe Consolidado deEvaluación

COREMA/CONAMA dicta Resoluciónde Calificación Ambiental (incluye

ponderación de observacionesciudadanas)

COREMA/CONAMA dicta Resoluciónde Calificación Ambiental (incluye

ponderación de observacionesciudadanas)

Publicación extracto EIAPublicación extracto EIA

Ciudadanía hace llegarsus observaciones aCOREMA/CONAMA

Ciudadanía hace llegarsus observaciones aCOREMA/CONAMA

Instancia deReclamación del

Titular

Instancia deReclamación del

Titular

Instancia de Reclamaciónde la ciudadanía ante

autoridad superior

Instancia de Reclamaciónde la ciudadanía ante

autoridad superior

ParticipaciParticipacióón ciudadanan ciudadana(S(Sóólo para EIA)lo para EIA)

Plazo máximo: 60 díasRevisión por parte deO.C.C.A.

Revisión por parte deO.C.C.A.

Visar por parte deO.C.C.A.

EIA

DIA

Visar extracto EIAVisar extracto EIA

PROCEDIMIENTO DE EVYSA

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Institucionalidad Ambiental

¿Quién fiscaliza el cumplimiento de las Resolucionesde Calificación Ambiental?

De acuerdo a la ley, son los organismos del Estado concompetencias ambientales fiscalizadoras, losresponsables de velar que la Resolución de CalificaciónAmbiental se cumplan. Lo anterior, sin perjuicio queCONAMA pueda canalizar las denuncias por parte de laciudadanía e informar acerca de los resultados y accionesde la labor de fiscalización.

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Estudio de Impacto Ambiental Declaración de Impacto Ambiental

Documento extenso, descripción químicapormenorizada de los contaminantes. Es una cartilla menos extensa

120 días hábiles extensibles por 60 días.

Participación Ciudadana, 60 días para realizar observaciones.

El titular está obligado a publicar en el Diario Oficialy Local y/o Nacional.

Admite tramitar un seguro ambiental (Póliza de seguro) y elseguro es aprobado por la COREMA. Sí no se aprueba el

Proyecto se debe pagar por medidas de mitigación.

No requiere presentar Declaración Jurada.

60 días hábiles extensibles por 30 días

No tiene Participación Ciudadana

No se publica. COREMA o CONAMA, en su caso, publicarán el primerdía hábil de cada mes, en el Diario Oficial y en un periódico de

circulación regional o nacional, según corresponda, una lista de losproyectos o actividades sujetos a D.I.A que se hubieren

presentado a tramitación en el mes inmediatamente anterior,

La DIA se presenta bajo la forma de Declaración Jurada,en la cual se expresará que cumple con la legislación

ambiental vigente.

No se tramita seguro, no se incluye,

Institucionalidad Ambiental

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5.- ¿Qué es la Participación Ciudadana?

Institucionalidad Ambiental

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Institucionalidad Ambiental

¿Qué es la Participación Ciudadana?

La Participación Ciudadana juega un papel fundamentaldentro del SEIA, en tanto permite que las personas seinformen y opinen responsablemente acerca de un proyectodeterminado. De esta manera, la ciudadanía aportainformación relevante para mejorar las medidas propuestaspara mitigar, reparar o compensar los impactos, dartransparencia a la revisión de los estudios y solidez a ladecisión de las autoridades.

Según la Ley, corresponderá a las Comisiones Regionales ya la Comisión Nacional del Medio Ambiente, según sea elcaso, establecer los mecanismos que aseguren laparticipación ciudadana.

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Institucionalidad Ambiental

De acuerdo a lo anterior, el proponente deberá publicar a sucosta en el Diario Oficial y en un periódico de la capital de laregión o nacional, un extracto del Estudio de ImpactoAmbiental (EIA).

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Objetivos:

1 Asegurar que la diversidad de opiniones tenganexpresión durante el proceso de participaciónciudadana, organizado para la discusión de esteproyecto.

2 Facilitar y proporcionar información respecto delEstudio de Impacto Ambiental presentado, tanto delos impactos positivos como negativos delproyecto.

3 Identificar las principales preocupacionespercibidas por la comunidad en torno al proyecto

Institucionalidad Ambiental

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Institucionalidad Ambiental

1.- Que todos se informen sobre el proyecto.

2.- Que interactúen los actores involucrados.

3.- Que se produzca un diálogo abierto y respetuoso.

4.- Que los comentarios (debidamente realizados) seconsideren en la revisión del proyecto.

Principios de los Talleres de Participación Ciudadana

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Institucionalidad Ambiental

Existen Copias del Estudio de Impacto Ambiental en:

- Municipalidad de su Comuna

- CONAMA, ubicada en Arturo Prat Nº 461 Of. 1407,Antofagasta, Fono: 268200 - 283716.

¿Cómo me informo sobre el proyecto?

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Institucionalidad Ambiental

Observaciones Ciudadanas

¿Quiénes pueden formular observaciones ciudadanas?

Organizaciones ciudadanas y personas naturales afectadas

¿Cuándo pueden formular las observaciones?

Durante 60 días hábiles desde su publicación

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Institucionalidad Ambiental

¿Cómo se formulan las observaciones?

Las observaciones deben formularse por escrito y debencontener:

1. Nombre del proyecto de que se trata.2. Identificación de la organización ciudadana o de la o las

personas naturales solicitantes y su domicilio.3. Deben contener los fundamentos y señalar el nombre

del proyecto o actividad de que se trate.4. Organizaciones ciudadanas deben acreditar

personalidad jurídica y representación.5. La personas naturales deben expresar la forma en que

el proyecto les afecta.

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Institucionalidad Ambiental

Recepción de Observaciones

Las observaciones ciudadanas deberán ser llevadas oenviadas a la Dirección Regional de CONAMA a nombrede la Directora Regional Sra. Patricia de la Torre Vásquez,a la dirección Arturo Prat 461 Of. 1407, Antofagasta

Page 46: Institucionalidad Ambiental Patricia de La Torre

Institucionalidad Ambiental

ØOrdenamiento y sistematización de observacionesciudadanasØ Incorporación de las observaciones en el proceso de

calificación del proyectoØPonderación de las observaciones e incorporación en la

Resolución de Calificación Ambiental (RCA)ØExiste un expediente público sobre el proyectoØCONAMA debe responder a todas las personas que

enviaron observacionesØExisten instancias de reclamo

¿Qué pasa después del Taller de Participación Ciudadana?

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Recurso de Reclamación

4 Las organizaciones ciudadanas o personas naturalespueden interponer este recurso cuando considerenque las observaciones no fueron debidamenteponderadas.

4 Se debe formular dentro de los 15 días siguientes denotificada la Resolución de Calificación Ambiental.

4 Podrán reclamar sólo aquellas personas que hayanparticipado en la evaluación del proyecto respectivo.

Institucionalidad Ambiental

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Institucionalidad Ambiental

6.- Desafíos Medioambientales para el Chile delBicentenario.

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Institucionalidad Ambiental

Nueva Institucionalidad Ambiental Chilena

El Programa de Gobierno 2006-2010, establece un claromarco para el rediseño de la institucionalidad ambientalchilena.

El 15 de marzo de 2007 se promulgó la Ley 20.173 que creael cargo de Presidente del Consejo Directivo de la ComisiónNacional del Medio Ambiente, CONAMA, confiriéndole elrango de Ministro.

La actual Ministra de Medio Ambiente, es la Sra Ana LyaUriarte, quien tiene entre sus funciones ordenar y dar unanueva institucionalidad ambiental a Chile.

Page 50: Institucionalidad Ambiental Patricia de La Torre

Institucionalidad Ambiental

Principales críticas al actual diseño

Para llevar a cabo esta nueva etapa, el Gobierno encargóun estudio para conocer las principales críticas al actualdiseño. Este arroja entre sus resultado lo siguiente:

Ø Dispersión de competencias ambientales.

ØLos miembros de la COREMA no tienenindependencia real en la toma de decisiones.

ØAusencia de una autoridad independiente que ademásde coordinar fiscalice y responda a los intereses de losciudadanos afectados.

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ØDesequilibrio en aplicación de instrumentos (muchoSEIA, pocas normas, casi nada de protección derecursos naturales)

ØEn los planes y proyectos públicos el Estado sefiscaliza a sí mismo en materia de desempeñoambiental

Institucionalidad Ambiental

Fuente: Informe preliminar de Institucionalidad Ambiental, realizada por estudio deabogados FerradaNehme

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Institucionalidad Ambiental

Camino hacia un Ministerio

Por tanto, existe un amplio consenso político interno:

Ø Debemos avanzar hacia una institucionalidadfortalecida y capaz de generar e impulsar laspolíticas y estrategias que nos permitan alcanzar losestándares de protección y sostenibilidad ambientalque distinguen a las sociedades desarrolladas.

Ø Debemos avanzar en la fiscalización delcumplimiento de las normas ambientales y en losincentivos para su cumplimiento.

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ØCrear una Superintendencia de FiscalizaciónAmbiental, centrada en las funciones fiscalizadoras ysancionatorias, para garantizar que las normasambientales se cumplan.

ØCrear un Ministerio de Medio Ambiente, unainstitucionalidad ambiental renovada y de mayorestatura, dotada de una autoridad superior con lacompetencia y jerarquía necesarias para conducir lapolítica ambiental.

Institucionalidad Ambiental

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Institucionalidad Ambiental

¿Por qué un Ministerio?

ØUn responsable político de la gestión ambiental.

Ø Las políticas ambientales se resuelven en un sólolugar.

ØPara la existencia de una mayor coordinación ycontrol.

ØUn sistema integrado de regulación ambiental.

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Institucionalidad Ambiental

¿Cómo lo estamos haciendo?

Estamos estudiando diferentes experiencias comparadas.

§ En la UE el 100% de los países tiene Ministerios.

§ En América Latina sólo tres países no tienenMinisterios.(Perú, Panamá, Chile).

§ Los países con mejor desempeño ambiental que Chile,en general identifican adecuadamente lascompetencias de fiscalización y seguimiento.

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¿Qué viene ahora?

Las Direcciones Regionales de CONAMA, debensistematizar toda la información recibida en estos espaciosde participación y enviarlas a la Ministra, quien tiene elcompromiso de entregar a mediados del 2008, ante elCongreso, su propuesta para esta nueva institucionalidadambiental de Chile.

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