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1 Calle Alcalá, 31 28014 Madrid [email protected] Secretaría General Técnica CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES INFORME TÉCNICO SOBRE LA LICITACIÓN DEL EXPEDIENTE A/SER-000779/2019 DENOMINADO “SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE EDIFICIOS DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES, DIVIDIDO EN CUATRO LOTES” De acuerdo al resultado de la documentación administrativa, han sido admitidas a licitación las siguientes empresas: - SASEGUR, S.L. - BILBO GUARDAS DE SEGURIDAD, S.L. - SEGURIDAD INTEGRAL SECOEX, S.A. - GRUPO CONTROL EMPRESA SEGURIDAD, S.A. En el Capítulo I, cláusula 1, punto 9, apartado B.2 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, se establecen los criterios que dependen de un juicio de valor: 9.B.2.1. Planes de igualdad: Hasta 10 puntos Contar con Planes de igualdad aprobados por la Representación Legal de los Trabajadores en lo que se atienda específicamente a la incorporación de la mujer al sector. Se asignarán de 0 a 10 puntos en función de que los planes de igualdad constituya un elemento estratégico de la empresa de manera que permita la introducción en la misma de formas innovadoras de gestión y mejora de su eficacia organizativa y que redunde, de forma efectiva, en que tanto los hombres como las mujeres cuenten con las mismas oportunidades en el acceso, participación y permanencia en la gestión del capital humano de la empresa. Se tendrá en cuenta para la valoración de este criterio, que los planes de igualdad recojan materias referidas a: - Acceso al empleo: o Representación de al menos un 20% de mujeres en la plantilla o Existencia de la figura de un agente de igualdad o de una comisión de igualdad o Modelos de solicitud de ofertas de empleo evitando el lenguaje sexista (aportar modelo). - Ordenación de los tiempos de trabajo para facilitar la conciliación de la vida personal, laboral y familiar: Se valorarán las mejoras en las medidas legales para facilitar la conciliación. - Retribución igualitaria efectiva entre hombres y mujeres - Mayor o igual número de mujeres en cargos directivos VALORACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD DE SASEGUR (para los cuatro lotes a los que se presenta, ya que es información común a todos los lotes): Dicha empresa presenta un Plan de Igualdad desde el año 2012, revisado en 2014, 2016 y 2019. Es un Plan aprobado por la representación legal de los trabajadores, pretende dar cumplimiento de la legislación vigente y garantizar la igualdad mediante un conjunto de medidas consensuadas entre la La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/csv mediante el siguiente código seguro de verificación: 0890146943738741204083 Ref: 09/837684.9/19

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INFORME TÉCNICO SOBRE LA LICITACIÓN DEL EXPEDIENTE A/SER-000779/2019 DENOMINADO “SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE EDIFICIOS DE LA

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES, DIVIDIDO EN CUATRO LOTES” De acuerdo al resultado de la documentación administrativa, han sido admitidas a licitación las siguientes empresas: - SASEGUR, S.L. - BILBO GUARDAS DE SEGURIDAD, S.L. - SEGURIDAD INTEGRAL SECOEX, S.A. - GRUPO CONTROL EMPRESA SEGURIDAD, S.A. En el Capítulo I, cláusula 1, punto 9, apartado B.2 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, se establecen los criterios que dependen de un juicio de valor: 9.B.2.1. Planes de igualdad: Hasta 10 puntos Contar con Planes de igualdad aprobados por la Representación Legal de los Trabajadores en lo que se atienda específicamente a la incorporación de la mujer al sector. Se asignarán de 0 a 10 puntos en función de que los planes de igualdad constituya un elemento estratégico de la empresa de manera que permita la introducción en la misma de formas innovadoras de gestión y mejora de su eficacia organizativa y que redunde, de forma efectiva, en que tanto los hombres como las mujeres cuenten con las mismas oportunidades en el acceso, participación y permanencia en la gestión del capital humano de la empresa. Se tendrá en cuenta para la valoración de este criterio, que los planes de igualdad recojan materias referidas a:

- Acceso al empleo: o Representación de al menos un 20% de mujeres en la plantilla o Existencia de la figura de un agente de igualdad o de una comisión de igualdad o Modelos de solicitud de ofertas de empleo evitando el lenguaje sexista (aportar

modelo). - Ordenación de los tiempos de trabajo para facilitar la conciliación de la vida personal,

laboral y familiar: Se valorarán las mejoras en las medidas legales para facilitar la conciliación.

- Retribución igualitaria efectiva entre hombres y mujeres - Mayor o igual número de mujeres en cargos directivos

VALORACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD DE SASEGUR (para los cuatro lotes a los que se presenta, ya que es información común a todos los lotes): Dicha empresa presenta un Plan de Igualdad desde el año 2012, revisado en 2014, 2016 y 2019. Es un Plan aprobado por la representación legal de los trabajadores, pretende dar cumplimiento de la legislación vigente y garantizar la igualdad mediante un conjunto de medidas consensuadas entre la

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Dirección de la empresa y los trabajadores, con el fin de lograr la igualdad en el amplio sentido del término. La empresa adjunta en documento anexo el Plan de Igualdad, firmado por todos los agentes sociales. El Plan de Igualdad de SASEGUR, presenta objetivos generales (integrar la igualdad de trato entre hombres y mujeres, integrar la perspectiva de género en la gestión de la empresa, lo que incluye la creación de la figura de Agente de Igualdad como garante de dicha integración, y finalmente facilitar la integración de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas que integran la plantilla de la empresa). A partir de los objetivos generales, se fijan objetivos específicos:

- ACCESO A LA EMPRESA: SASEGUR indica que se garantiza la igualdad de trato y oportunidades, y una representación equilibrada de las mujeres y los hombres en la estructura de la empresa. Los datos acumulados a diciembre de 2017 indican que la plantilla supera los 750 trabajadores, manteniendo la presencia de mujeres en el personal con funciones de seguridad en un 15,15%, no cumpliendo con el requisito de la representación de un 20% de mujeres en la plantilla.

En relación a la distribución por sexos en cargos directivos, SASEGUR indica que existe mayor o igual número de mujeres en dichos cargos.

- CONTRATACIÓN: posibilitando la transformación de contrato para facilitar la conciliación y fomentando la contratación a tiempo completo del sexo menos representado.

- PROMOCIÓN: Estableciendo objetivos mínimos de promoción de mujeres mejorando las posibilidades de acceso de las mujeres a puesto de responsabilidad.

- FORMACIÓN: Facilitando el acceso de hombres y mujeres a especialidades formativas de forma equilibrada y formación en igualdad de oportunidades a la plantilla en general.

- RETRIBUCIÓN: vigilando la aplicación de la política retributiva para garantizar la igualdad retributiva en trabajos de igual valor.

- CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL, facilitando su ejercicio mediante la información haciéndolos accesibles a toda la plantilla. El Plan de Igualdad de SASEGUR incluye una serie de medidas que facilitan la conciliación y mejoran el Convenio aplicable, como ejemplo de tales medidas se pueden destacar: la concesión de permisos no retribuidos, por el tiempo imprescindible para las trabajadoras en tratamiento de técnicas de reproducción asistida, previa justificación y con aviso dentro de los primeros quince días del mes anterior al tratamiento para no perjudicar la prestación del servicio; en caso de enfermedad muy grave o intervención quirúrgica grave se amplía a quince días desde el hecho causante, el período durante el cual podrá tomarse este permiso retribuido, regulado en el artículo 56.b del Convenio Colectivo vigente.

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- SALUD LABORAL, introduciendo la dimensión de género en la política y herramientas de prevención de riesgos laborales con el fin de adaptarlas a las necesidades y características de los trabajadores y trabajadoras.

- ACOSO SEXUAL, ACOSO POR RAZÓN DE SEXO Y VIOLENCIA DE SEXO, difundiendo el protocolo de acosos sexual y por razón de sexo para su prevención y promoviendo condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual o por razón de sexo. Mejorando y divulgando los derechos legalmente establecidos para las mujeres víctimas de violencia de género, contribuyendo así a su protección.

- COMUNICACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN, garantizando una comunicación que promueva una imagen igualitaria estableciendo canales de comunicación, y su accesibilidad y conocimiento por los trabajadores.

El Plan de Igualdad de SASEGUR, aparece muy articulado lo que debe ser juzgado positivamente conteniendo un conjunto ordenado de medidas de igualdad, y acciones positivas que persigue integrar el principio de igualdad entre hombres y mujeres de la empresa, describiendo las condiciones existentes, estableciendo objetivos acompañados de medidas y acciones correctoras, así como un plan de seguimiento. Se establece como instrumento participativo la Comisión de Igualdad, como órgano paritario competente para la aprobación del Plan de Igualdad y sus revisiones, y para el seguimiento y análisis de las medidas previstas en el Plan, como de las posibles situaciones de discriminación existentes. De esta manera aporta justificación de la existencia de la figura de un agente de igualdad o de una comisión de igualdad. Aun indicando en este Plan de Igualdad, que todas las ofertas de empleo están redactadas con lenguajes no sexista, no aporta el modelo de solicitud de ofertas de empleo valorado como requisito. Una vez analizada la documentación presentada, respecto al Plan de Igualdad, por SASEGUR y en comparación con el resto de empresas presentadas, se ha valorado con mayor puntuación por los siguientes motivos:

- Es la única empresa que presenta la figura femenina en cargos directivos. - Su plan presenta medidas innovadoras de gestión y de mejora de la eficacia organizativa

de los medios de trabajo, y ofrece beneficios para los trabajadores en el ámbito de la conciliación, ya implantados y en funcionamiento.

Por todo esto SASEGUR recibe un total de 8 puntos, en este criterio, y para cada uno de los cuatro lotes a los que se ha presentado. VALORACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD DE SECOEX para los cuatro lotes a los que se presenta, ya que es información común a todos los lotes): La empresa SECOEX presenta un documento indicando que su Plan de Igualdad se inscribe en el marco de la legalidad vigente, donde se impone la obligación genérica de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral.

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Esta empresa para dar cumplimiento a la ley, ha realizado un diagnóstico de situación relativo a las condiciones de acceso al empleo, retribución, promoción y formación, ordenación del tiempo de trabajo y prevención del acoso sexual. El contenido de este diagnóstico ha sido aceptado por la representación legal de los trabajadores. El Plan de Igualdad presentado por SECOEX es de aplicación a todos los centros de trabajo y a la totalidad de su personal, y está a disposición de los trabajadores y de sus órganos de representación en cada centro de trabajo. La vigencia del Plan es de cuatro años a partir de su firma y se comenzará su revisión tres meses antes de la finalización de la misma. El Plan cuenta con unos objetivos generales que son los siguientes:

- Promover las mismas oportunidades de acceso al empleo, formación, promoción profesional y condiciones de trabajo para hombres y mujeres.

De acuerdo con los datos que nos presenta la empresa SECOEX el personal operativo está compuesto en su mayoría por trabajadores del sexo masculino. Argumenta la empresa que está sometida a los desniveles de demanda propia del mercado de trabajo, sin que haya podido cambiar el rol social del trabajador varón en el sector, por lo que la empresa no cuenta con un 20% de mujeres en la plantilla. El Plan de Igualdad que presenta la empresa, refiere el dato de contar con tan solo el 11,02% de personal femenino en mandos intermedios. Igualmente se observa en este Plan de igualdad, que no se cumple con la exigencia de contar con un mayor o igual número de mujeres en cargos directivos, ya que se reduce este ratio hasta un 5,7% en áreas de Dirección.

La Comisión de Seguimiento y Evaluación tendrá la responsabilidad de establecer sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados en el Plan de Igualdad.

La empresa SECOEX establece un procedimiento estandarizado de selección para que sea objetivo, tiene en cuenta la perspectiva de género (sin connotaciones ni lenguaje sexista), indicando que lo utiliza en todos los procesos de selección, pero no presenta modelo de solicitud de dichas ofertas de empleo.

- Promover acciones de comunicación y formación sobre la igualdad de oportunidades en todos los niveles organizativos.

Ofertan un plan de formación consensuado con la representación legal de los trabajadores, existiendo un porcentaje similar de personal formado tanto del colectivo de hombres como de mujeres. Promoviendo la participación de la mujer en cursos específicos que les posibilite el acceso a puestos de responsabilidad.

- Garantizar la conciliación de la vida laboral, personal y familiar.

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SECOEX tiene unas condiciones adecuadas al Convenio de Seguridad Privada, respecto a las jornadas y a los permisos relacionados con la conciliación de la vida laboral y familiar destacando el alto grado de consenso entre empresa y trabajadores para la adaptación de la jornada y su posterior ampliación a completa.

La empresa presenta un programa de medidas entre las cuales destacamos las que garantizan el ejercicio de los derechos de conciliación, informando de ellos y haciéndoles accesibles para toda la plantilla de la empresa. Así mismo, e incrementando las medidas legales, establecen unas mejoras tales como: Ampliar hasta siete días más de permiso retribuido en caso de enfermedad/fallecimiento de familiares, cuando el hecho causante sea fuera del territorio español; establecer un permiso retribuido por el tiempo necesario con descendientes menores de quince años, para atender situaciones que exijan su presencia; dar preferencia en la movilidad geográfica voluntaria y solicitud de cambio de centro cuando esta sea por motivo de cuidado de personas dependientes.

- Eliminar situaciones de discriminación directa o indirecta, por razón de sexo, especialmente derivadas de la maternidad, paternidad, la asunción de obligaciones familiares, el estado civil y condiciones laborales.

- Prevenir conductas de acoso y para ello se implantará un protocolo de prevención del acoso.

En cuanto a la retribución fija la empresa equipara el salario base tanto en hombres como en mujeres, pero presenta una disparidad respecto a otros complementos, siendo más relevante las percepciones recibidas por los hombres. Una vez analizada la documentación presentada, respecto al Plan de Igualdad, por SECOEX y en comparación con el resto de empresas presentadas, su puntuación se basa en los siguientes motivos:

- Se valoran positivamente las medidas presentadas por la empresa ya que mejoran la normativa general, que facilita la conciliación de la vida familiar, personal y laboral. Así mismo se valora que estas medidas estén ya implantadas en la empresa.

- En base al diagnóstico de situación presentado por la empresa, se aportan datos que muestran que en la distribución de la plantilla, las mujeres no representan el 20% de esta.

- No se cuenta con la figura femenina en cargos directivos. Por todo esto SECOEX recibe un total de 6 puntos, en este criterio, y para cada uno de los cuatro lotes a los que se ha presentado. VALORACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD DE GRUPO CONTROL para los cuatro lotes a los que se presenta, ya que es información común a todos los lotes): El principal objetivo del Plan de Igualdad de GRUPO CONTROL es garantizar la igualdad entre hombres y mujeres, asegurando un entorno de trabajo libre de discriminación. Para ello indica una serie de objetivos específicos y acciones:

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- SELECCIÓN Y ACCESO AL EMPLEO: La empresa en 2017 contaba con 1.312 personas de las

cuales 1.156 eran hombres y 156 mujeres, lo que muestra una clara masculinización, ya que solo el 12% de la plantilla es personal femenino. Como no indica otras cifras actualizadas, se entiende que no cuenta con la representación del 20% de mujeres en la plantilla.

Así mismo no facilitan entre sus datos información sobre el número de mujeres en cargos directivos.

La empresa GRUPO CONTROL cuenta con una Comisión de Igualdad suscrita entre la dirección de la empresa y los representantes de los trabajadores. Así mismo, cuenta con un Agente de Igualdad.

Las ofertas de empleo muestran el compromiso de la empresa con la igualdad de oportunidades, pero no se presenta el modelo de solicitud requerido en Pliegos.

- FORMACIÓN: Existe un plan de formación para todo el personal, incluyendo la relacionada con la sensibilización en igualdad de oportunidades.

- RETRIBUCIONES: Se están implantando medidas de políticas retributivas dentro de la empresa, para reducir las brechas salariales que pudieran darse, pero han sido insuficientes. A priori hombres y mujeres que ocupan el mismo puesto tienen el mismo salario base, pero sigue habiendo diferencias en la aplicación de complementos salariales, o el número de horas trabajadas que puede hacer variar el sueldo mensual.

- CONCILIACIÓN LABORAL, FAMILIAR Y PERSONAL: La empresa dispone de mecanismos para contribuir a la ordenación del tiempo de trabajo, estableciendo jornadas reducidas para los trabajadores que así lo soliciten, para el cuidado de personas dependientes. Se han llevado a cabo una serie de acciones, que se han valorado positivamente, tales como: Establecen la posibilidad de excedencia de cuatro a seis meses para las personas en trámites de adopción internacional, con reserva de su puesto de trabajo; Facilitan la unión del permiso de paternidad a las vacaciones, para facilitar el desplazamiento del otro/a progenitor/a, cuando el hijo/a haya nacido fuera de España.

Una vez analizada la documentación presentada, respecto al Plan de Igualdad, por GRUPO CONTROL y en comparación con el resto de empresas presentadas, su valoración se basa en los siguientes motivos:

- La ordenación de tiempos de trabajo sólo hace referencia a medidas para dar cumplimiento a las obligaciones legales. Pero no establece mejoras con respecto a la normativa general.

- Tiene un Plan de Igualdad actualizado y cuenta tanto con un Agente de Igualdad, como con una Comisión de Igualdad.

Por todo esto GRUPO CONTROL recibe un total de 3 puntos, en este criterio, y para cada uno de los cuatro lotes a los que se ha presentado.

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VALORACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD DE BILBO (para el lote 4, único lote al que se presenta): La empresa BILBO presenta un Plan de Igualdad publicado en el BOE del 23 de noviembre de 2018, en el que indica respecto a la representación de las mujeres en plantilla que es un 11%. Este Plan designa a las personas que van a formar parte de la Comisión de Igualdad. No presenta modelo de solicitud de oferta de empleo evitando el lenguaje sexista, requerido en Pliegos. Respecto a la Ordenación de los tiempos de trabajo sólo hace referencia a medidas para dar cumplimiento a las obligaciones legales en materia de igualdad, no presentando ninguna mejora a las mismas. No indica que haya retribución igualitaria entre hombres y mujeres, ni presenta el dato de si existe mayor o igual número de mujeres en cargos directivos. Una vez analizada la documentación presentada, respecto al Plan de Igualdad, por BILBO y en comparación con el resto de empresas, sólo cuenta con el requisito de la existencia de una Comisión de Igualdad, no pudiendo ser valorados el resto de requisitos por no acreditarlos.

Por todo esto BILBO recibe un total de 1 punto, en este criterio, en el lote número 4.

9.B.2.2. Código deontológico: Hasta 5 puntos Disponer de un código deontológico donde se determinen los comportamientos y conductas que debe desempeñar el personal.

Se tendrá en cuenta que el código deontológico de las empresas licitadoras contenga: - Deberes de la empresa - Deberes de los trabajadores

VALORACIÓN DEL CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE SASEGUR (para los cuatro lotes a los que se presenta, ya que es información común a todos los lotes): La empresa presenta un código ético que representa el compromiso expreso de la compañía de aceptar unos criterios de conducta, a cuyo estricto cumplimiento se vincula y que tiene una serie de premisas básicas, correspondiendo al órgano de administración la formulación del código ético, y a la Junta General de accionistas su aprobación. Se señalan como pautas básicas de actuación las siguientes:

- Respeto a la legalidad, derechos humanos y a los valores éticos. - Respeto a la personas y al medio ambiente.

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- Desarrollo profesional y de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. - Cooperación y dedicación tanto en el ámbito interno de la empresa, como con clientes,

proveedores y colaboradores. - Garantía prioritaria de la seguridad y salud en el trabajo. - Inadmisión, prevención, vigilancia y adopción de medidas disciplinarias y denuncia, en su

caso, ante las autoridades competentes de los comportamientos en que exista acoso, abuso o cualquier situación contraria a la intimidad y dignidad de los trabajadores.

- Cuidado y respeto a la imagen y reputación corporativas. - Lealtad a la empresa y abstención en los conflictos de intereses. - Veracidad, rigor, cumplimiento estricto de la legalidad y respeto a la intimidad y honor en

tratamiento del conocimiento y de la información, especialmente la de carácter personal. Este código se señala de obligado cumplimiento para todos los empleados de la empresa, y todos los empleados tienen el deber de informar a su superior jerárquico de cualquier incumplimiento o mala práctica. Para cumplir y hacer cumplir el código, existirá un órgano, el Comité de Ética, que estará integrado por las personas que desempeñen el puesto de director de área, o nivel superior y con suficiente poder para aplicar el código y corregir sus infracciones. A continuación se señalan los deberes y normas de conducta de los diferentes estamentos de la empresa, donde detalladamente se reflejan los criterios de profesionalidad que deberán mantener, de acuerdo a lo siguiente:

- Deberes y normas de conducta de accionistas y propietarios - Deberes y normas de conducta de consejeros, administradores y directivos - Deberes y normas de conducta de los empleados de SASEGUR

Por todo lo anterior y al establecer deberes tanto para los trabajadores, como para la empresa, se concede el máximo de la puntuación posible en este criterio, 5 puntos, para cada uno de los cuatro lotes a los que se ha presentado. VALORACIÓN DEL CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE SECOEX (para los cuatro lotes a los que se presenta, ya que es información común a todos los lotes): SEGURIDAD INTEGRAL SECOEX, establece un código que tiene como objeto, regir los principios básicos de actuación de la empresa, basándose en:

- Cumplimiento de la legislación relativa a las empresas de Seguridad Privada vigente en cada momento.

- Cumplimiento con los compromisos deontológicos. - Búsqueda contínua de la excelencia, que suponga una ventaja competitiva en el sector.

Su código deontológico determina principios generales de legalidad, transparencia y profesionalización y mejora continua.

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Así mismo recoge principios y requisitos dirigidos a los trabajadores de igualdad y no discriminación, de integración en la empresa, de confidencialidad, integridad, seguridad y salud en el trabajo, y empleo de calidad. Por otra parte recoge principios y requisitos orientados a clientes como son la confidencialidad y transparencia, integridad, trato justo y beneficio mutuo. Establece requisitos orientados a la sociedad, como son el compromiso y participación en el desarrollo local, y el cumplimiento de la legislación. Posteriormente hace mención a los deberes y código de buena conducta, a nivel de empresa, como por ejemplo: Colaborar en la erradicación de prácticas empresariales intrusivas; Colaborar en la aplicación de la normativa que les afecte y con las autoridades de control o Promover la formación en el Código de buenas prácticas en seguridad privada, así como a nivel de empleados, haciendo mención a los principios básicos de la Ley Reguladora de Seguridad Privada, y a los criterios éticos y de profesionalidad. Indica criterios respecto a la conducta de los vigilantes de seguridad respecto a su actitud e imagen. Por todo lo anterior y al establecer deberes tanto para los trabajadores, como para la empresa, se concede el máximo de la puntuación posible en este criterio, 5 puntos, para cada uno de los cuatro lotes a los que se ha presentado. VALORACIÓN DEL CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE GRUPO CONTROL (para los cuatro lotes a los que se presenta, ya que es información común a todos los lotes): Las relaciones de trabajo y métodos de actuación que rigen el código deontológico de la empresa GRUPO CONTROL son los siguientes:

1. Principios básicos de actuación. - Respetar la constitución y las leyes. - Actuar con neutralidad, integridad y dignidad - Poner voluntad y esmero en el desempeño de su profesión, teniendo siempre presente que

van en ello la seguridad de los demás y la propia. - Observar en el trato con las personas un comportamiento correcto y esmerado. - Intervenir con decisión y sin demora, cuando fuera necesario, y en el uso de la fuerza y,

sobre todo, de las armas, seguir un criterio restrictivo, según los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad.

- Obrar bajo los principios de obediencia y jerarquía, excepto en los actos que constituyan delito o sean contrarios a las leyes.

- Colaborar con la justicia y los cuerpos y fuerzas de seguridad en el ámbito de su trabajo. - Impedir la comisión de delitos en sus lugares de trabajo e informar a los cuerpos y fuerzas

de seguridad de aquéllos que conozcan en el ejercicio del mismo.

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- Guardar el secreto profesional respecto de las actividades empresariales, familiares y personales conocidas con ocasión del servicio.

- Ser consciente de la responsabilidad personal y directa por sus actuaciones profesionales. 2. Establece como criterios de profesionalidad para el personal de seguridad privada:

- La asistencia y presencia a su puesto o servicio asignado. - La correcta identificación y, en su caso, la uniformidad y distintivos del cargo cuando así

esté establecido. - El aprovechamiento de los recursos de formación y actualización que le sean facilitados,

especialmente los impuestos por la normativa vigente. - La economía de medios en el material adscrito a labores de seguridad. - El afán de calidad en su servicio. - La contribución solidaria a la buena imagen de su colectivo profesional y del servicio que

presta y, en su caso, la observancia de la Carta de Calidad que pueda establecerse para el mismo.

3. Con respecto a los deberes éticos el personal de GRUPO CONTROL: - Deberá evitar en todo momento intervenir en asuntos en los que se tenga un interés propio. - No se podrán aceptar ventajas, donativos o privilegios para uno mismo, o para su entorno. - Igualmente deberán mantener discreción sobre toda la información reservada a la que se

tiene acceso por motivo del cargo desempeñado. - Tampoco podrán ocupar tiempo de su jornada para fines ajenos a los del motivo de su

contratación. - No podrán efectuar denuncias ni fundamento, sin constatar, o con ánimo de perjudicar.

GRUPO CONTROL indica que se va a comprometer con todos los requisitos legales que le son de aplicación por la legislación vigente, con el fin de aportar seguridad y disminuir los riesgos de sus actuaciones. Por todo lo anterior y al establecer deberes tanto para los trabajadores, como para la empresa, se les concede el máximo de la puntuación posible en este criterio, 5 puntos, para cada uno de los cuatro lotes a los que se ha presentado. VALORACIÓN DEL CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE BILBO (para el lote 4, único lote al que se presenta): La empresa GRUPO BILBO GUARDAS, hace una exposición teórica en materia deontológica sin indicar los deberes de la empresa. Únicamente aporta la normativa para el cumplimiento del código ético y deontológico para los trabajadores. Hace referencia a horarios y relevos, la apariencia, las normas de conducta y actitudes inadecuadas. Describe la uniformidad de los trabajadores. Por todo ello obtiene 3 puntos, en este criterio, para el lote 4.

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9.B.2.3. Protocolo de tratamiento y prevención de situaciones de acoso laboral y acoso sexual: Hasta 5 puntos Contar con un protocolo de tratamiento y prevención de situaciones de acoso laboral y acoso sexual, integrando un registro de dichas situaciones y de las soluciones adoptadas. Se asignarán de 0 a 5 puntos a los protocolos de tratamiento y prevención de situaciones de acoso laboral y acoso sexual que permitan prevenir y eliminar las situaciones constitutivas de acoso, así como establecer un procedimiento a seguir en caso de conductas que puedan suponer acoso laboral y sexual en el ámbito de la empresa, con el fin de mantener un ambiente de trabajo saludable y garantizar el respeto entre las personas. Se tendrá en cuenta para la valoración de este criterio, la existencia en la empresa de: - Realización de sesiones informativas. - Existencia de normas que definan el acoso. - Existencia de procedimientos para formular quejas. - Medidas a implantar en situaciones de acoso. VALORACIÓN DEL PROTOCOLO DE TRATAMIENTO Y PREVENCIÓN DE SITUACIONES DE ACOSO LABORAL Y ACOSO SEXUAL DE SASEGUR (para los cuatro lotes a los que se presenta, ya que es información común a todos los lotes): La propuesta comienza afirmando que el Plan de Igualdad recoge un protocolo o procedimiento de prevención y tratamiento de situaciones de acoso sexual y acoso por razón de sexo. En el mismo se marcan una serie de medidas y/o acciones a acometer, unos indicadores de cumplimiento y fija unos responsables, así como el plazo del subproceso. Las principales acciones del Plan en esta materia se concretan en cuatro áreas:

- Difusión - Promoción - Mejora continua - Contribuir a la protección de las víctimas de violencia machista

En el plan se definen los siguientes objetivos con sus correspondientes medidas, indicadores y plazo:

- Difundir el Protocolo de Acoso Sexual y por razón de sexo para su prevención. - Promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual o por razón de sexo. - Mejorar y divulgar los derechos legalmente establecidos para las mujeres víctimas de

violencia de género contribuyendo así a su protección. En el Anexo III del Plan de Igualdad, se recoge el protocolo sobre procedimiento de Prevención y tratamiento de situaciones de acoso sexual y/o acoso por razón de sexo, firmado por la empresa y los

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sindicatos, en las comisiones de igualdad de oportunidades y de seguimiento y evaluación del Plan de Igualdad. La empresa se compromete a poner en marcha procedimientos que permitan prevenir, detectar y erradicar los riesgos psicosociales de los trabajadores, y protocolizar el proceso de actuación ante conductas que puedan suponer un acoso laboral. El mencionado protocolo contiene una declaración de principios y un procedimiento de actuación creando una comisión instructora de situaciones de acoso, como órgano encargado de tramitar el procedimiento, con una idéntica representación de la dirección y de los trabajadores, contando con las figuras de instructor, nombrado por la empresa, y asesor, elegido por la parte sindical. Se dará difusión de este protocolo mediante su publicación en el tablón de anuncios de todos los centros de trabajo, enviándose copia a todos los delegados de prevención, así como a toda la plantilla y su difusión en los canales de comunicación. En dicho protocolo la empresa se compromete a desarrollar acciones específicas para sensibilizar a la plantilla, aplicando estrategias de formación, seguimiento y evaluación. Se crea un registro de situaciones de acoso sexual y para facilitar a los trabajadores la denuncia de dichas situaciones, se facilitará el acceso a un modelo de denuncia. Por todo lo anterior se concede el máximo de la puntuación posible en este criterio, 5 puntos, para cada uno de los cuatro lotes a los que se ha presentado. VALORACIÓN DEL PROTOCOLO DE TRATAMIENTO Y PREVENCIÓN DE SITUACIONES DE ACOSO LABORAL Y ACOSO SEXUAL DE SECOEX (para los cuatro lotes a los que se presenta, ya que es información común a todos los lotes): La empresa indica que tiene como objetivo fundamental de la política preventiva procurar una condiciones de trabajo adecuadas, siendo éste principal valor de la empresa. Toma como la base de consecución de este objetivo, el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Para explicar el protocolo define conceptos de aplicación en el protocolo de Secoex. Señala cuales son las conductas de violencia física y cuales las de violencia psicológica (acoso discriminatorio, acoso laboral y acoso sexual). Indica una serie de estrategias características de la violencia laboral, que pueden agruparse en descrédito de la capacidad laboral, aislamiento social laboral, desprestigio personal, agresiones y humillaciones, robos y daños y amenazadas. Todos estos ítems que definen en el protocolo se aplican a todo el ámbito de la empresa.

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SECOEX aplica recursos humanos y técnicos para resolver todo tipo de conflictos derivados de acoso. Tiene así mismo estipulado el procedimiento a seguir en caso de acoso, componiéndose de dos trámites. Por un lado la denuncia ante la empresa, manifestando la situación de acoso, acompañándolo de un modelo de denuncia, que la empresa nos presenta en el anexo 1. Por otro lado, una vez que se interpone la denuncia la misma será trasladada al Comité de Seguridad y Salud, o al Delegado de Prevención correspondiente. Así mismo, la empresa establece como medidas preventivas dos grupos:

• Informativas y formativas, realizando al ingreso de un trabajador de la empresa un curso inicial de riesgos inherentes al puesto de trabajo y en colaboración con la Mutua Fremap se realizan campañas de cartelería para poner de manifiesto información sobre los riesgos laborales del puesto de trabajo.

• Organizativas y disciplinarias, tales como revisión de cuadrantes de trabajo, manual de convivencia para concretar funciones de los trabajadores, evitar turnos entre agresor y víctima.

Todo lo añadido anteriormente se valora de manera positiva para la puntuación de este criterio, ya que se realizan sesiones informativas y además se señalan procedimientos para formular quejas, tal como se recogía en el Pliego. Con independencia de que se pueda iniciar una vía judicial por el trabajador afectado, si finalmente se concluye que los hechos analizados son constitutivos de una falta, se procederá a la apertura de un procedimiento disciplinario. De manera cautelar se realiza la separación de la víctima del presunto agresor, así como otras medidas cautelares que se estimen oportunas. Estas medidas no supondrán para la víctima un perjuicio o menoscabo en las condiciones de trabajo, ni modificación de las mismas. Se indica que se toman medidas favorables en caso de que hubiera existido situación de represalias durante el proceso de acoso, garantizando también la protección de los testigos o terceras personas implicadas, ya que estas actuaciones de represalias podrían ser constitutivas de procedimientos disciplinarios. Será un agravante el hecho de que la situación de acoso se produzca por un superior jerárquico, o personas cuyas decisiones puedan tener efectos sobre el empleo y las decisiones de trabajo de la persona acosada. Todas ellas son medidas a implantar en situaciones de acoso que la empresa estipula en su protocolo. Protegiendo así a sus trabajadores, incluso frente a superiores jerárquicos. Por todo lo anterior se concede el máximo de la puntuación posible en este criterio, 5 puntos, para cada uno de los cuatro lotes a los que se ha presentado, ya que aporta los criterios que exige el Protocolo de Acoso.

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VALORACIÓN DEL PROTOCOLO DE TRATAMIENTO Y PREVENCIÓN DE SITUACIONES DE ACOSO LABORAL Y ACOSO SEXUAL DE GRUPO CONTROL (para los cuatro lotes a los que se presenta, ya que es información común a todos los lotes): En marzo de 2014 la empresa GRUPO CONTROL aprueba un protocolo de actuación para la prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo, así como un código de buenas prácticas que servirá para detectar y afrontar la existencia de este tipo de conductas en el seno de la empresa, y arbitrar así medidas específicas. Pasados unos meses se introduce dicho protocolo en el Plan de Igualdad. Los objetivos de dicho protocolo son:

- Promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y por razón de sexo. - Prevenir y solventar cualquier situación de acoso sexual o por razón de sexo. - Establecer procedimientos de actuación, fijar el régimen disciplinario y facilitar

información a toda la plantilla.

En este Protocolo aparecen normas que definen el acoso, que es un fenómeno que atenta contra los derechos fundamentales de la persona. Es un problema que han tenido que afrontar las muejeres tradicionalmente en el mercado de trabajo, siendo la prevención crucial para su tratamiento. Esta empresa entiende que es una cuestión de todas y cada una de las personas que forman parte de la organización, especialmente de aquellas que ostentan una autoridad. Para ello es importante difundir este protocolo y facilitar la información y formación a todos los miembros de la empresa. La empresa ha creado una Comisión de Prevención del acoso, compuesta por miembros del departamento de Recursos Humanos y del Comité de empresa, que estudiará y valorará las denuncias que se presenten, así como supervisará el efectivo cumplimiento de las sanciones impuestas. Se establecen medidas preventivas por parte de la empresa entre las que destacan:

- Sesiones informativas para los trabajadores - Información adjunta en las nóminas de los trabajadores. - Habilitar un buzón para plantear anónimamente quejas y propuestas de mejora.

La empresa establece un procedimiento de denuncias formal e informal, formal, para los casos de acoso grave o muy grave, e informal para los casos leves. En el procedimiento formal se tomarán medidas cautelares hasta el cierre del expediente sancionador, solicitando la separación de la víctima y la presunta persona acosadora. Existen también circunstancias agravantes que determinarán las sanciones, en caso de reincidencia o cuando existan dos o más víctimas. Se finalizará el procedimiento con la imposición de una sanción o el sobreseimiento. Imponiéndose dichas sanciones según el principio de proporcionalidad, podrán ser las siguientes:

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- En caso de faltas leves: amonestaciones verbales o escritas. - En caso de faltas graves: traslado del centro de trabajo. - En caso de faltas muy graves: suspensión del puesto de trabajo de 16 a 60 días.

La empresa GRUPO CONTROL aporta los criterios que se exigen en el protocolo de actuación para la prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo, exceptuando el referente al acoso laboral, por lo que la puntuación obtenida son 4 puntos, para cada uno de los cuatro lotes a los que se ha presentado. VALORACIÓN DEL PROTOCOLO DE TRATAMIENTO Y PREVENCIÓN DE SITUACIONES DE ACOSO LABORAL Y ACOSO SEXUAL DE BILBO (para el lote número 4): BILBO cuenta con una Comisión de Igualdad que aprueba el texto del protocolo de acoso laboral, sexual y por razón de sexo, por unanimidad. Se adopta por lo tanto una política contra este tipo de situaciones que exprese la intolerancia absoluta a las mismas, así como una política de divulgación y prevención, aprobando un procedimiento de denuncia específico. Se entiende por acoso sexual cualquier comportamiento verbal, no verbal, o físico no deseado. La empresa define el acoso sexual, por razón de sexo y el acoso moral. Manifiesta la empresa que es necesario que todas las personas conozcan dicho documento, no estableciendo los instrumentos necesarios para dicha divulgación, pero no realiza sesiones informativas tal y como se solicita en este criterio. Por otra parte, las denuncias se presentarán a través de la Comisión de acoso garantizando la confidencialidad en el tratamiento de cada caso. La empresa establece criterios para determinar si existe acoso sexual, por razón de sexo o laboral, siendo responsabilidad del personal directivo y/o supervisor, su prevención. No se puede ignorar si existen indicios de ambiente hostil o intimidante, siendo sintomático para la detección temprana de situaciones de acoso. Se establece un procedimiento de denuncia que puede ser informal, en el que la propia persona afectada explica claramente a la persona que muestra el comportamiento indeseado, que dicha conducta no es bien recibida, y un procedimiento formal si el anterior no da resultados. Las sanciones serán consideradas como falta laboral muy grave, de acuerdo con la normativa laboral vigente y el Convenio Colectivo de aplicación, pero no establece medidas específicas a implantar en situaciones de acoso. Se valora en este criterio que la empresa presenta normas que definen el acoso, y la existencia de procedimientos para formular quejas, sin embargo no se considera suficiente para el cumplir con el protocolo situaciones de acoso.

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Por todo lo anterior se conceden 3 puntos en este criterio, para el lote número 4. 9. B.2.4. Plan de seguridad: Hasta 10 puntos Se valorará:

- Recomendaciones de mejora de servicio en cada centro. - Órdenes de puesto de trabajo específico en cada centro. - Sistema de control de presencia de vigilantes. - Registro de incidencias.

VALORACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD DE SASEGUR (para los cuatro lotes a los que se presenta): El Plan de seguridad lo divide en los siguientes epígrafes: En el punto referido a las recomendaciones de mejora SASEGUR identifica, los medios auxiliares y de equipamiento con los que cuenta cada uno de los edificios de los diferentes lotes, pero el contenido de estas recomendaciones de mejora lo realiza de manera genérica para todos los lotes, aspecto que no se valora positivamente, ya que debería haberlo hecho de forma individual. Como recomendaciones de mejoras genéricas propone las siguientes: mantas antiexplosivos, digitalizar el sistema de CCTV, un kit de comunicación discreta, equipos de protección individual y kit de desfibrilación. Igualmente hace una serie de recomendaciones genéricas en casos de intrusión, encierros, hurtos, agresiones, inundaciones, manifestación, incendios o atentados terroristas, es decir, hacen una relación de los posibles escenarios compatibles con procedimientos a implantar en la seguridad de los edificios. Con respecto a las órdenes de puesto específicas, presenta un manual general para todos los edificios de los diferentes lotes en el que se definen las funciones a desempeñar por parte de los vigilantes de seguridad que se integran en la normativa de la Seguridad Privada, ajustada a los órganos judiciales, teniendo en cuenta el acceso a los edificios y el acceso de los vehículos a los mismos. Como lo señalado en el primer punto, las órdenes de puesto de trabajo deberían ser específicas en cada edificio, y la empresa presenta un manual genérico para todos los lotes igual. Las funciones del vigilantes de seguridad se describen haciendo hincapié en la protección y auxilio a empleados y visitantes de los edificios, rondas de control, vigilancia de dependencias y custodia de bienes, identificación de sospechosos, verificación de posibles intrusiones, verificación de posibles circunstancias que puedan desencadenar un incendio, revisión diaria de los diferentes sistemas de

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seguridad instalados, inspección semanal de todos los sistemas antincendios., control de llaves, control de personal de personal que accede a las dependencias fuera del horario de atención al público, participación activa en los planes de emergencia de evacuación, redacción de informes y partes de trabajo, así como gestión de alarmas. El sistema de control de presencia de vigilantes indica que cada centro dispondrá de un teléfono móvil, que tendrá línea abierta para poder mantener comunicaciones con el personal operático de la empresa, responsables de edificios, Fuerzas de Seguridad del Estado con un sistema de control de presencia por medio de etiquetas NFC. Se instalarán etiquetas NFC en los centros de trabajo, y los trabajadores marcarán las tareas asignadas como inicio y finalización del servicio, aportando este marcaje al sistema de manera automática el día, la hora, el lugar (aporta geolocalización) y la tarea (inicio/final, incidencia….). Se valora positivamente que el centro de control, de forma aleatoria realizará llamadas para confirmar la presencia del trabajador en el servicio, mediante la lectura de la etiqueta NFC instalada en cada edificio. Consideramos que es una forma de controlar la presencia del vigilante durante su servicio. En referencia al registro de incidencias, la empresa cuenta con un software de gestión de incidencias para facilitar las comunicaciones y poder comprobar en tiempo real el estado de resolución de las mismas. Para usar esta aplicación sólo hará falta tener un dispositivo fijo o móvil con conexión ADSL. Dado que la empresa indica con este punto que no es necesario utilizar medios de la Administración, sino que con los propios de la empresa pueden alcanzar el objetivo de registro de incidencias, es algo positivo respecto a la puntuación a otorgar en este criterio. Así mismo SASEGUR pone a disposición del servicio su centro de atención CRA, durante 24 horas y los 365 días para atender a todas las llamadas o avisos relativos al servicio de vigilancia y seguridad. Por todo lo anterior se puntúa este criterio con 8 puntos, para cada uno de los cuatro lotes a los que se ha presentado. VALORACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD DE SECOEX (para los cuatro lotes a los que se presenta): SECOEX presenta un plan de Seguridad con órdenes de puesto de trabajo y recomendaciones de mejora específicas para cada uno de los edificios de los diferentes lotes a los que se presentan, haciendo una descripción previa de cada centro, en el que se detalla la situación del edificio, las actividades que se desarrollan, así como la distribución por plantas de los mismos. Las recomendaciones de mejora que indica para el lote 1 son instalar un control de rondas, que permita gestionar las mismas de manera informatizada, aumentar la cantidad de transmisores; adscripción de

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un sistema de incidencias a tiempo real, que permita registrar el geoposicionamiento, o presencia, incidencias, alarmas…, además que este sistema permita la gestión real no sólo por parte de SECOEX, sino también por el cliente. En el control de accesos se recomienda que los partes de accesos se gestionen de manera informatizada. Al describir el edificio de Alcalá 31, y considerando que hay parking privado, a las rondas que hacen en este parking debería adscribirse al servicio espejos de control de bajos de vehículo. Las recomendaciones de mejora que indica para el lote 2, además de las recomendaciones indicadas en el lote 1, se recomienda para este lote que se aporte formación específica para el servicio, tal como vigilancia en museos y actuaciones sobre atención al público y al usuario. Así como dar a conocer y formar a los vigilantes en el Plan de Emergencia actual. En la Biblioteca Pública Manuel Alvar, se recomienda mejorar y actualizar del sistema CCTV, sustituyendo las cámaras actuales por otras de alta definición, HD. De igual modo, aparte de sustituir cámaras antiguas, instalar otras nuevas en puntos vulnerables. Además proponen sustituir el monitor actual por otro de mayor tamaño, que permita un mejor visionado de las cámaras. Igualmente se recomienda actualizar el sistema antintrusión. Las recomendaciones de mejora que indica para el lote 3. Además de las mejoras del lote 1, recomiendan la instalación de un ordenador donde el vigilante pueda realizar de manera informatizada el control de accesos, a través de un software de gestión, cabe indicar que SECOEX, cuenta con el suyo propio que permite gestionar tanto la entrada como la salida, así como otros datos, como es la gestión de llaves. Las recomendaciones de mejora que indica para el lote 4, además de las recomendaciones del lote 1, se indica para el local de la Oficina Joven TIVE, de la Comunidad de Madrid, dotar a los vigilantes de un teléfono móvil, así como formación específica de vigilancia, orientada a trato con menores y jóvenes que acuden a las instalaciones. Respecto a las órdenes de puesto de trabajo realiza una relación específica por cada centro de cada lote, lo que es un valor añadido con respecto a las otras empresas licitadoras. Como actuaciones genéricas, y a modo de resumen para todos los lotes, señalamos por ejemplo, el acceso de personas y paquetería, inspección y revisión de la correspondencia y paquetería, manejo y funcionamiento del arco y el escáner. Con respecto a las rondas se cumplirán las normas de régimen interior establecidas para cada centro.

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La empresa SECOEX dotará al servicio de una aplicación (E-MOVIFREE) para el control de tiempos, entradas y salidas, rondas (ya obligatorio en el Pliego), incidentes y tareas en tiempo real, que se aplicará como sistema de control de presencia (valorable este aspecto en la parte técnica) y como gestión de incidencias (también valorable en la parte técnica), entre otras cosas. SECOEX proporcionará al cliente un usuario y una contraseña para que pueda controlar las rondas, las entradas, etc. se realizan de manera correcta. Por todo lo anterior se puntúa este criterio con 10 puntos, para cada uno de los cuatro lotes a los que se ha presentado, siendo la empresa que presenta un Plan de Seguridad más completo, ya que ha hecho un estudio más pormenorizado de las mejoras en los distintos edificios de cada lote, así como especificar en cada centro las órdenes de trabajo de los vigilantes. VALORACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD DE GRUPO CONTROL (para los cuatro lotes a los que se presenta): La empresa presenta, en primer lugar, unas recomendaciones de mejora comunes a todos los servicios, que son mantas ignífugas, mantas térmicas, desfibriladores automáticos y software de control del servicio. Además nos presenta recomendaciones específicas, igual que la empresa SECOEX, de los edificios de cada lote:

Lote 1: - Escáner de explosivos - Sustitución de volumétricos detectores de movimiento, por unos de doble tecnología. - Instalación de sistemas de video análisis y visión nocturna. - Detector manual de metales en aquellos centros donde no existe escáner de paquetería. Lote 2: - Los recogidos para el Lote 1 - Sistema de control de aforo. - Instalación de focos sorpresivos. - Sistema de acceso biométrico mediante lector de huellas. Lote 3: similares a los lotes anteriores añadiendo: - Instalación de detectores de inundación. - Curso de inglés para el personal de seguridad. - Taquillas con llave independiente. - Acompañamiento al personal de la Consejería en el ingreso del dinero de la caja. - Instalación de una caja fuerte. - Establece servicios de mejora especificas por cada centro.

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Lote 4: - Instalación de un arco detector de metales modelo Garret.

Analizadas las órdenes de puesto de trabajo, observamos que no son más que lo exigido en el Pliego, de modo que no establece medidas específicas por cada centro. En el sistema de control de presencia de vigilantes (común para todos los lotes), la empresa cuenta con una app de seguridad, ControlApp, que permite establecer un sistema de alerta automático de manera que se les envíen las incidencias directamente y en tiempo real, pudiendo consultar en cualquier momento y desde cualquier lugar, estas incidencias registradas. Esta app permite un sistema de control de presencia, mediante geoposicionamiento, así como el envío de comunicaciones en forma de mensajes a todo el personal. También dispone de un botón de alarma para activarlo en caso de situaciones de emergencia y emite alertas periódicas que el personal de seguridad debe tener para controlar que el servicio transcurre con normalidad. El registro de incidencias se realiza a través de software de gestión del servicio ControlApp que permite mejorar el sistema de comunicación y destaca por su sencillez de uso. Si durante el servicio ocurriese alguna incidencia relevante como un incendio, una amenaza de bomba, una agresión, etc., los vigilantes de seguridad deberán:

- Poner el hecho en conocimiento del centro de control de la empresa. - Reflejar la incidencia en el informe de servicios. - Cumplimentar un informe de incidencias detallando el hecho concreto y remitirlo a la

oficina.

ControlApp permite al responsable de cada centro establecer junto a los responsables de GRUPO CONTROL, un sistema de alerta automático, de manera que se le envíen las incidencias en tiempo real al correo. Por todo lo anterior, se considera que se cumple lo exigido en referencia al plan de seguridad, excepto el criterio de órdenes de puesto de trabajo específico en cada centro, por lo que se otorgan 9 puntos en cada uno de los lotes a los que se presenta. VALORACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD DE BILBO (para el lote número 4): En la documentación aportada por la empresa BILBO, no aparecen recomendaciones de mejora de servicio en cada edificio. Si bien sí que define las funciones, horarios y tareas a realizar por el personal de seguridad asignado en cada centro del Lote 4, cumpliendo las exigencias del Pliego Técnico. No se detalla con precisión el sistema de control de presencia que usa la empresa para el control de personal, si bien en el parte de empresa de incidencia, se toma nota de la entrada y salida de los mismos.

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En cuanto a los informes de partes de incidencias, la empresa establece que se cumplimentarán dos partes diarios, uno para la empresa y otro para la Dirección General de Seguridad de la Comunidad de Madrid. El plan de seguridad presentado por BILBO es muy básico no detallando aspectos fundamentales como son las recomendaciones de mejora del servicio en cada centro, ni estableciendo un sistema de control de presencia suficientemente garantista, por lo que otorgamos 5 puntos en este criterio, para el lote 4.

9.B.2.5. Procedimientos de control e inspección de los servicios: Hasta 10 puntos Se valorará:

- Sistema de control de rondas. - Protocolo de visitas de inspección

VALORACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E INSPECCIÓN DE SASEGUR (para los cuatro lotes a los que se presenta, ya que es información común a todos los lotes) Se describe el organigrama de la empresa, así como el organigrama del personal técnico para el seguimiento de los servicios y se definen las funciones de cada personal del organigrama: coordinador del servicio, inspector del servicio, así como señalar los medios humanos de control y calidad del servicio, que son 8 inspectores en la Comunidad de Madrid, una unidad móvil de 24 horas en Navalcarnero, para el servicio de acuda, y una unidad móvil de 24 horas en Madrid Centro, para los servicios de refuerzos y acudas. En referencia al sistema de control de rondas la empresa se compromete a realizar un control de presencia y comunicación con el servicio, mediante la telefonía móvil, con tecnología NFC. A través de dichos dispositivos se podrá realizar seguimiento en tiempo real de la ubicación del personal y de las incidencias acontecidas. Con el propósito de ir ampliando dicho sistema, según se requiera. También se establece, a través de una plataforma digital el acceso a los cuadrantes, manuales operativos, incidencias, control de rondas e inicio y finalización de los servicios. Se comprometen a que dicha información quede a disposición del responsable del contrato por parte de la Administración, para su consulta, 24 horas al día. Se adjunta un plan de calidad de la empresa, en el que se define como certificada en calidad y medioambiente, mediante las normas ISO. El servicio de inspección estará habilitado 24 horas al día, y dispondrá de los operativos necesarios para dar cobertura entre el gestor del contrato y el coordinador del servicio.

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Se inspeccionará el servicio al menos una vez cada 15 días en cada una de las sedes, aunque aleatoriamente Sasegur inspeccionará cuantas veces sea necesarias, y como mínimo dejando constancia de las inspecciones realizadas, tanto en días laborables, como en fines de semana. De las inspecciones se proporcionará a los vigilantes de seguridad instrucciones necesarias para el buen desarrollo del servicio. Se revisarán los equipos y los medios de trabajo. Se estudiarán las sugerencias del personal, encaminadas a mejorar la calidad del servicio. Una vez examinada la propuesta, se comprueba que recoge las pautas que se deben tener en cuenta para su valoración, esto es: un control de rondas adecuado para la prestación del servicio y se cumple con el protocolo de visitas de inspección. Resulta adecuado el control de asistencia e inspección al poder contar en tiempo real con una plataforma digital para la gestión de incidencias, y de poder probar la resolución de las mismas en el momento. Por otro lado la estructura orgánica de la empresa en el organigrama presentado por Sasegur, presenta un equipo suficiente para el proceso de inspección. Por todo ello se ha valorado este criterio con 10 puntos. VALORACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E INSPECCIÓN DE SECOEX (para los cuatro lotes a los que se presenta, ya que es información común a todos los lotes) Para controlar periódicamente los servicios, SECOEX pondrá a disposición una aplicación (E-Movifree) para el control de tiempos, entradas y salidas, control de rondas, incidentes y tareas en tiempo real, que se aplicará para la realización de rondas, entre otras cosas. Esta aplicación se instalará en los distintos terminales adscritos al servicio y entre otras funcionalidades que se incluirán en esta aplicación, sin coste, están la geolocalización, control de entradas y salidas de personal, control de novedades, envío de alertas, envío de incidencias en el servicio, control de tareas por punto de control, control de tareas en el servicio y control de hombre muerto. Se cuenta con una disponibilidad de 24 horas de un inspector y un jefe de seguridad. SECOEX cuenta con un sistema con un plan propio de inspecciones y visitas adaptado a las necesidades del contrato. Los criterios que sirven de base para este Plan de inspección son los siguientes: asignación de mayores recursos a servicios con mayores necesidades de inspección debido a su naturaleza y según esto, se priorizará en las inspecciones nocturnas, ya que es el horarios más propenso a las distracciones y relajaciones, en las inspecciones en fines de semana, ya que son los horarios de cierres de edificios

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y/o mayor afluencia de vigilantes en su caso, y en las inspecciones extraordinarias, ya que hay posibilidad de eventos y afluencia de visitantes. Se realizará una inspección semanal por sede, como mínimo. En los medios humanos dedicados a la plantilla de inspecciones, se cuenta con un inspector titular y un inspector suplente, con categoría de director de seguridad, así como, con un delegado regional. Si existen incidencias, se comunicarán el mismo día de la inspección, lo que es un valor añadido en este Plan de inspección. En el caso de encontrar irregularidades en las inspecciones, y no sean leves, serán puestas en común con el responsable de seguridad del centro, y en caso de ser necesario se establecerán medidas correctoras. Se valora este criterio con la máxima puntuación, ya que se consideran las medidas presentadas como adecuadas en el control de asistencia e inspección y más eficientes al poder contar en tiempo real con una plataforma digital para la gestión de incidencias, y de poder probar la resolución de las mismas en el momento. Por otro lado, presenta un equipo suficiente para cumplir los objetivos del control de los servicios que van a realizar. Por todo ello se ha valorado este criterio con 10 puntos VALORACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONTROL E INSPECCIÓN DE LOS SERVICIOS DE GRUPO CONTROL (para los cuatro lotes a los que se presenta, ya que es información común a todos los lotes): En cuanto al informe de control de rondas, la empresa pone a disposición del cliente la aplicación ControlApp, que permite realizar los controles de rondas utilizando la tecnología NFC del dispositivo móvil. Desde la aplicación ControlApp se marcan los puntos de control de rondas, repartidos por las instalaciones con especial atención a las zonas estratégicas y vulnerables. ControlApp es una aplicación que permite mejorar el control de diversas áreas de la empresa, que permite interactuar con otros departamentos para dar solución a las incidencias en el menor tiempo posible. La empresa GRUPO CONTROL elaborará un Plan de Inspección y Control con el fin de controlar la calidad de la prestación del servicio, apoyado por los inspectores de servicios, supervisado por el delegado de seguridad, el director de operaciones y controlado por el director del expediente. Dicho

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Plan puede ser modificado en primer momento y es la herramienta fundamental a la hora de realizar controles “in situ”. Se debe de entender la inspección como una herramienta de mejora continua de la calidad de los servicios a prestar, corrigiendo la desviación que se produce entre el trabajo previsto, y el ejecutado realmente. Se realizarán inspecciones diarias de lunes a domingo en horario diurno o nocturno, y el procedimiento de envío es a través del sistema ControlApp, que permite desde cualquier lugar y en cualquier momento, realizar una inspección de control de posición al inspector. Se realizarán diferentes tipos de inspecciones tales como la visual, de conocimientos de las funciones por el responsable de seguridad del centro, de inspección documental de cada uno de los checklist que debe cumplimentar el vigilante de seguridad, así como de los medios materiales puestos a disposición del servicio. Los indicadores a la hora de realizar una inspección serán: uniformidad, área de actuación, atención al público, uso y cuidado de los recursos materiales, resolución de incidencias y conocimiento de procedimientos de la operativa en función de su puesto de trabajo. Se dejará constancia de las inspecciones en el Libro de Inspecciones, y mediante el sistema de control de rondas. Los responsables del servicio de inspección son: los inspectores de servicio, el jefe de servicios y el delegado de seguridad, y deberán realizar un informe plasmando el resultado de la inspección y de aquellas medidas correctoras que consideren oportunas para producir una mejora continua en el servicio a prestar. GRUPO CONTROL cumple con todo lo exigido en este criterio. Las herramientas con las que cuenta son adecuadas y suficientes para conseguir los objetivos de control y mejora del servicio de seguridad por lo que se le otorgan 10 puntos. VALORACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONTROL E INSPECCIÓN DE LOS SERVICIOS DE BILBO (para el lote número 4): El objeto principal de las rondas de vigilancia es la prevención de riesgos en el recinto a vigilar, detectar conductas sospechosas, descubrir anomalías y evitar intrusiones. Los medios auxiliares con los que cuenta la empresa BILBO para controlar estas rondas son: diseño de un itinerario de rondas especificando los puntos a controlar, equipos de transmisión, linterna, móvil de empresa, etc. Se realizará una ronda del edificio antes de la entrada del personal. Durante el horario de apertura al público no se realizarán rondas, y aproximadamente a las 20:30 se realizará la ronda de cierre.

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Con objeto de mantener la excelencia en la prestación de servicio de seguridad la empresa BILBO ha establecido un sistema de control de calidad propio, con objeto de evaluar de forma continua los distintos aspectos que incluyen en la prestación del servicio de seguridad. Se confeccionará una ficha de evaluación individual, con carácter bimensual para obtener una conclusión sobre la profesionalidad y comportamiento de cada uno de ellos. Existe una unidad de inspección permanente a los servicios, integrada por el personal de promoción interna altamente cualificado, y otro de inspección externa de acreditado bagaje profesional. Para la realización del protocolo de control e inspección la empresa diseña un plan de inspección semanal para asegurar que la actividad desarrollada por los vigilantes, tenga una constante supervisión. La valoración del control por parte de la empresa se basa en los siguientes elementos: uniformidad y aseo, puntualidad, conocimiento de las misiones a desarrollar, conocimiento de los equipos a emplear, comportamiento y quejas, entre otros. Estas inspecciones realizadas por inspector asignado se harán de forma aleatoria, siendo reforzada la supervisión por la unidad de inspección permanente de los servicios, que se encarga de la inspección de los mencionados durante la noche y los festivos. La empresa BILBO cuenta con una aplicación para el control de rondas a tiempo real, que sirve a su vez de soporte a los inspectores asignados en cada centro. El sistema dispone de geolocalización, control de entradas y salidas, envío de alertas e incidencias, control de tareas y control de hombre muerto. Así mismo la empresa cuenta con un equipo de inspección compuesto por tres inspectores que controla la correcta prestación de servicio y una unidad de apoyo de inspección permanente a los servicios, por lo que se le otorga la máxima puntuación en este criterio, 10 puntos, por lo que garantiza la calidad del servicio prestado y un sistema de mejoras que lo incrementa. A continuación se detalla el resultado del estudio realizado de las ofertas incluidas en el sobre 2: Como consecuencia de las valoraciones anteriormente efectuadas, la puntuación de los criterios que dependen de un juicio de valor queda de la siguiente manera:

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En Madrid LA SUBDIRECTORA GENERAL

DE ANÁLISIS Y ORGANIZACIÓN

Fdo.: Irene Ortiz Calvo

EMPRESA SASEGUR, S.L. SEGURIDAD INTEGRAL

SECOEX, S.A. GRUPO CONTROL EMPRESA

DE SEGURIDAD, S.A. BILBO GUARDAS SEGURIDAD, S.L.

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4 LOTE 4 9.B.2.1.- PLANES DE IGUALDAD (hasta 10 puntos) 8,00 8,00 8,00 8,00 6,00 6,00 6,00 6,00 3,00 3,00 3,00 3,00 1,00 9.B.2.2. CÓDIGO DEONTOLÓGICO (hasta 5 puntos) 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 3,00 9.B.2.3.- PROTOCOLO DE TRATAMIENTO Y PREVENCIÓN DE SITUACIONES DE ACOSO LABORAL Y ACOSO SEXUAL (hasta 5 puntos) 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 4,00 4,00 4,00 4,00 3,00 9.B.2.4.- PLAN DE SEGURIDAD (hasta 10 puntos) 8,00 8,00 8,00 8,00 10,00 10,00 10,00 10,00 9,00 9,00 9,00 9,00 5,00 9.B.2.5. PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E INSPECCIÓN DE LOS SERVICIOS (hasta 10 puntos) 10,00 10,00 10,00 10,00 10,00 10,00 10,00 10,00 10,00 10,00 10,00 10,00 10,00

TOTAL 36,00 36,00 36,00 36,00 36,00 36,00 36,00 36,00 31,00 31,00 31,00 31,00 22,00

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