informe tÉcnico n° 2: reserva del rÍo cochamÓ para la

54
GOBIERNO DE CHILE MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS DIVISIÓN DE ESTUDIOS Y PLANIFICACIÓN INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA CONSERVACIÓN AMBIENTAL Y EL DESARROLLO LOCAL DE LA CUENCA REALIZADO POR: DIVISIÓN DE ESTUDIOS Y PLANIFICACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS S.D.T. Nº 283 SANTIAGO, AGOSTO DE 2009

Upload: others

Post on 05-Oct-2021

6 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

GOBIERNO DE CHILE MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS DIVISIÓN DE ESTUDIOS Y PLANIFICACIÓN

INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

CONSERVACIÓN AMBIENTAL Y EL DESARROLLO LOCAL DE LA CUENCA

REALIZADO POR:

DIVISIÓN DE ESTUDIOS Y PLANIFICACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS

S.D.T. Nº 283

SANTIAGO, AGOSTO DE 2009

Page 2: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

CONSERVACIÓN AMBIENTAL Y EL DESARROLLO

LOCAL DE LA CUENCA

Gerhard Hüdepohl

Page 3: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

ESTE TRABAJO FUE REALIZADO POR LA DIVISIÓN DE

ESTUDIOS Y PLANIFICACIÓN, LA DIRECCIÓN REGIONAL DE

LOS LAGOS, Y EL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE

RECURSOS HÍDRICOS, CON EL OBJETIVO DE PROPONER Y

ANALIZAR TÉCNICAMENTE LOS PROCEDIMIENTOS Y

MECANISMOS PARA LA APLICACIÓN DE LA NORMA DE

RESERVA POR INTERÉS NACIONAL -ARTICULO 147 BIS

INCISO 3º DEL CÓDIGO DE AGUAS- PARA LA

CONSERVACIÓN AMBIENTAL Y EL DESARROLLO LOCAL DE LA

CUENCA DEL RÍO COCHAMÓ, TERRITORIO EN QUE EL

ESTADO DE CHILE HA DEFINIDO DISTINTOS INSTRUMENTOS

DE PROTECCIÓN AMBIENTAL. COLABORARON CON ESTE PROYECTO LOS DEPARTAMENTOS

DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DE RECURSOS

HÍDRICOS, Y LA DIVISIÓN LEGAL; TODOS DE LA

DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS.

DIVISIÓN DE ESTUDIOS Y PLANIFICACIÓN PEDRO RIVERA IZAM ESTEFANÍA ROJAS LÍBANO JULIO CORNEJO MORALES ANDREA OSSES VARGAS GUILLERMO TAPIA MOLINA DIRECCIÓN REGIONAL DE AGUAS LOS LAGOS LUIS MORENO RUBIO MILOSLAV GARDILCIC MOLINA KARIN VALVERDE GRAU JORGE HERNÁNDEZ RIVERA SEBASTIÁN PÉREZ MÉNDEZ DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS

HÍDRICOS XIMENA PAREDES YÁÑEZ JORGE ALARCÓN ROJAS DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DE

RECURSOS HÍDRICOS SONIA MENA JARA MARYSOL AZOCAR GUTIÉRREZ DIVISIÓN LEGAL TRINIDAD PRIETO ANDUEZA

Page 4: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

TABLA DE CONTENIDOS

1 INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................1

2 SITUACIONES EXCEPCIONALES Y DE INTERÉS NACIONAL EN LA CUENCA DEL RÍO COCHAMÓ...............................4

2.1 ASPECTOS GENERALES: LA LEY DE AGUAS Y EL VALOR AMBIENTAL DE LOS RÍOS DE CHILE ..........................4

2.2 COCHAMÓ: ZONA INALTERADA CON BOSQUES NATIVOS EN EXCELENTE ESTADO......................................9

2.3 TURISMO DE INTERESES ESPECIALES: DESARROLLO FUTURO ........................................................12

2.4 PLANTEAMIENTOS DE LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO REGIONAL DE LOS LAGOS ................................15

2.5 EL CAMBIO CLIMÁTICO: UN LLAMADO A VALORAR EL PATRIMONIO AMBIENTAL.....................................16

2.6 RESERVA DE LA BIOSFERA POR LA UNESCO Y PROYECCIONES DE AMPLIACIÓN DEL PARQUE NACIONAL VICENTE

PÉREZ ROSALES ....................................................................................................................17

3 ANÁLISIS DE LOS DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS ............................................................19

3.1 ANTECEDENTES DE LOS DERECHOS CONSTITUIDOS Y EN TRÁMITE...................................................19

3.2 IMPACTO POTENCIAL ASOCIADO AL EJERCICIO DE LOS DERECHOS NO CONSUNTIVOS EN TRÁMITE EN LA CUENCA

DEL RÍO COCHAMÓ .................................................................................................................22

4 HIDROLOGÍA DEL RÍO COCHAMÓ ..............................................................................................26

4.1 ESTIMACIÓN DE CAUDALES MEDIOS MENSUALES......................................................................26

4.2 ANÁLISIS HIDROLÓGICO EN LOS PUNTOS DE LAS SOLICITUDES .....................................................31

5 ANÁLISIS DEL CAUDAL ECOLÓGICO Y LA NORMA DE LA RESERVA: SU APLICACIÓN PARA MANTENER EL RÍO ............34

5.1 EL CAUDAL ECOLÓGICO: UNA MEDIDA POCO EFECTIVA PARA LA CONSERVACIÓN DEL RÍO .........................35

5.2 RESERVA DE CAUDAL PARA FINES DE INTERÉS NACIONAL ............................................................39

5.3 PROCEDIMIENTO TÉCNICO PARA DEFINIR CAUDAL DE RESERVA PARA CONSERVACIÓN AMBIENTAL. APLICACIÓN EN

LA CUENCA DEL RÍO COCHAMÓ ....................................................................................................41

6 DETERMINACIÓN DE LOS CAUDALES ECOLÓGICO, DE RESERVAS Y DISPONIBILIDAD PARA LAS SOLICITUDES UBICADAS EN

LA CUENCA..............................................................................................................................45

6.1 CAUDAL ECOLÓGICO, DE RESERVA Y DISPONIBILIDAD EVENTUAL....................................................45

6.2 DENEGACIÓN PARCIAL DE LAS SOLICITUDES DE DERECHO DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS EN LA CUENCA ....47

7 REFERENCIAS ...................................................................................................................49

Page 5: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

1

1 INTRODUCCIÓN

El Código de Aguas de 1981 diseñó la institucionalidad de las aguas en Chile, vigente

prácticamente en los mismos términos hasta el día de hoy. En este cuerpo legal las

atribuciones del Estado son muy reducidas, siendo su rol más importante la asignación

de los derechos de aprovechamiento de aguas. Esta asignación se realiza sin distinción

entre usos o usuarios; a perpetuidad; y con el carácter de un derecho real y por tanto,

privado. Así, la asignación y uso de los recursos hídricos se entrega a un mercado de

aguas, descuidando un rol esencial del Estado: garantizar el bienestar de la sociedad

en su conjunto, debiendo actuar en aquellos ámbitos que el interés privado no es

capaz de resolver.

Es así como se han otorgado derechos reales en prácticamente todas las aguas de los

ríos desde la Región de La Araucanía hacia el norte, sin criterios ambientales, excepto

lo referente al caudal ecológico en base a criterios hidrológicos y sólo en algunos ríos.

Los derechos de aguas superficiales otorgados han generado una situación de

agotamiento en la gran mayoría de los ríos en Chile.

En términos ambientales los ríos cumplen funciones esenciales para la preservación de

los ecosistemas y de las relaciones territoriales. Son parte importante del paisaje y de

la vida. Y es justamente por la belleza y riqueza natural, que el Estado de Chile ha

entregado protección oficial a través de distintos instrumentos a vastas zonas del

territorio nacional. Sin embargo, en algo tan esencial como la conservación de las

aguas que valorizan y mantienen estas zonas, no se han establecido restricciones

reales en cuanto al otorgamiento de los derechos de aguas. Siendo así, hoy en día

constituyen casos excepcionales aquellos ríos que poseen alto valor ambiental por

prestar servicios a zonas protegidas, y que no se encuentren mayoritariamente

otorgados.

Esta y otras situaciones derivadas del modelo de asignación han motivado la creación

del Comité Interministerial de Política Hídrica, mediante un instructivo presidencial de

fecha 12 de Junio del 2009. Dicho Comité ha aprobado las bases para el rediseño de la

política de aguas en Chile, destacando como elemento relevante el valor ambiental de

nuestros ríos y la necesidad de mantener relaciones elementales asociadas al agua en

el territorio. Es por esto que la Dirección General de Aguas (DGA) se encuentra

Page 6: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

2

analizando y aplicando los instrumentos de los que dispone el Estado de Chile para

satisfacer los planteamientos del Comité.

La legislación chilena resguarda la preservación de la calidad del agua a través de una

serie de instrumentos: las normas de agua potable, riego, normas secundarias de

calidad ambiental y el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Sin

embargo, cuando se trata de resguardar la cantidad de agua para la conservación del

medio ambiente, la legislación presenta desafíos en relación a resguardar la protección

del patrimonio ambiental.

En efecto, la ley 20.017 que modificó el Código de Aguas el año 2005, incluyó

formalmente el concepto del caudal ecológico en el artículo 129 bis 1, entendido como

un caudal mínimo para preservar la naturaleza y proteger el medioambiente. Sin

embargo, esto sólo es aplicable respecto de aquellas fuentes donde existan aguas

disponibles sobre las cuales constituir derechos de aprovechamiento, es decir, tan sólo

pocas fuentes en las regiones más australes del país. Además, el caudal ecológico está

limitado a un valor máximo definido por la ley que corresponde al 20% del caudal

medio anual de la respectiva fuente superficial. La misma ley establece que para casos

excepcionales, existe la atribución del Presidente de la República para definir caudales

ecológicos distintos al recién señalado y con un valor máximo del 40% del caudal

medio anual, lo que de todas formas significa, como se demuestra en este trabajo, una

medida no efectiva para una conservación ambiental real.

También a través de la ley 20.017 se consignó una norma en la que se le da atribución

al Presidente de la República para que, bajo ciertas condiciones, reserve recursos

hídricos, lo que se establece en el Artículo 147 bis inciso 3° de dicha ley. Mediante este

mecanismo es posible resguardar aquellos recursos hídricos relevantes para la

conservación ambiental y el desarrollo local, en la medida en que dichas aguas no se

hayan otorgado como derecho de aprovechamiento, y en que existan circunstancias

excepcionales y de interés nacional que ameriten la reserva.

Una de las cuencas en que se dan estas condiciones es la del río Cochamó. En efecto,

existe disponibilidad de agua ya que se encuentran otorgados pocos derechos de

aprovechamiento, y presenta condiciones ecológicas y ambientales particulares, con

mínima intervención antrópicas, y con importantes expectativas de desarrollo local.

En este informe se proponen criterios técnicos y se define la metodología para definir

el caudal de reserva con fines de conservación ambiental y desarrollo local de la

Page 7: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

3

cuenca del río Cochamó, mediante la denegación parcial de solicitudes no consuntivas

debido a circunstancias excepcionales y de interés nacional. En el Capítulo 2 se

plantean todos los elementos que hacen excepcional a la Cuenca del río Cochamó,

elementos que nutren el interés nacional tras el objetivo de conservación y desarrollo

local, además de una discusión general acerca de la ley de aguas y el valor ambiental

de los ríos de Chile y los aspectos que justifican el interés nacional para realizar una

conservación ambiental en dicho río. Luego, en el Capítulo 3 se recopila la información

de derechos de aprovechamiento en la cuenca y se analiza el impacto que podría tener

el ejercicio de estos derechos, la mayoría solicitados con fines hidroeléctricos, en

relación a las condiciones excepcionales presentes en la cuenca.

Posteriormente, en el Capítulo 4 se realiza un análisis hidrológico del río Cochamó y en

el Capítulo 5 se realiza un análisis de las posibilidades de aplicación de caudal

ecológico y de reserva en dicha hoya hidrográfica. En el Capítulo 6 se definen para

cada punto solicitado, el caudal ecológico, el de reserva y la disponibilidad para

constituir derechos.

Page 8: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

4

2 SITUACIONES EXCEPCIONALES Y DE INTERÉS NACIONAL EN LA CUENCA DEL RÍO

COCHAMÓ

2.1 Aspectos generales: la ley de aguas y el valor ambiental de los ríos de Chile

Prácticamente la totalidad de la ley de aguas que está vigente hoy en Chile viene de

los planteamientos del Código de Aguas de 1981. Éste señala que es el mercado el

instrumento para la asignación del agua, la que a pesar de tratarse de un bien nacional

de uso público se concede a los privados en términos de un permiso perpetuo para el

uso. Entonces, los derechos de aprovechamiento se crean como bien totalmente

privado, transferible, y perpetuo. Este enfoque no sólo es contrapuesto al marco que

estableció tanto el Código de Aguas de Chile de 1951 como el de 1969, sino que

además resulta singular y único a nivel mundial.

En efecto, los Códigos de 1951 y 1969 planteaban un marcado protagonismo del

Estado en la asignación y administración del agua, reservando la asignación perpetua a

los casos en que se podía demostrar una serie de aspectos asociados con la concesión

y especificando prioridades dependiendo del uso. Desde una mayor prioridad a los usos

sociales a una menor a los usos industriales.

El Código de Aguas de 1981, en cambio, reduce enormemente las atribuciones del

Estado en esta materia, dejándole como rol más importante la asignación de los

derechos de aprovechamiento de aguas, sin distinción entre usos o usuarios. Entonces

dicho otorgamiento se realiza de acuerdo a la disponibilidad en las fuentes de agua y

según la fecha en que se presentan las solicitudes de derecho de aprovechamiento de

aguas ante la DGA, independiente del uso que se pretenda dar a dichas aguas. Así, la

asignación se deja finalmente entregada al mercado, descuidando el rol fundamental

del Estado que es garantizar el bienestar de la sociedad en su conjunto, debiendo

actuar en aquellos ámbitos donde el interés privado no es capaz de resolver.

Chile, dada sus características geográficas, tiene cuencas muy diversas, con

características distintas asociadas principalmente a su latitud y altura, asociado al

aislamiento que las caracteriza, lo que genera una enorme variedad de cuerpos de

agua. Es así como observamos desde bofedales en el altiplano hasta grandes ríos

Page 9: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

5

patagónicos, donde se mantiene una diversidad biológica única, repleta de especies

endémicas y ecosistemas particulares, muchos de ellos sumamente frágiles. Es

justamente en especies dulceacuícolas donde se presenta la mayor tasa de extinciones

a nivel mundial y Chile no es la excepción. Es posible que varios de los ecosistemas

vinculados al agua hayan desaparecido irremediablemente y con ellos muchas

especies. El deterioro de los ecosistemas acuáticos, el desecamiento de ríos, la

extinción de especies, la disminución drástica del agua dulce en las desembocaduras,

con sus consecuencias en los recursos bentónicos, pesqueros y en la diversidad

biológica, tiene directas consecuencias en la calidad de vida de la población que

depende de ellos.

La pérdida del patrimonio ambiental vinculado al agua presenta múltiples ejemplos.

Desde aquellos casos extremos de desecación total como en el río Copiapó, a aquellos

casos de desecación temporal como lo recientemente sucedido en el Salto del Laja.

Esta realidad se va extendiendo e implica preguntarse si Chile está dispuesto a

sacrificar sus ríos, humedales o lagos, pagando la sociedad en su conjunto los costos

que esto significa a su patrimonio.

Ahora bien, como los derechos de aguas son otorgados según disponibilidad real, hoy

la DGA esta mandatada por ley a entregar derechos de aguas en todas las fuentes

sobre las que se presenten solicitudes legal y técnicamente procedentes. Es así como

se han otorgado las aguas de prácticamente todos los ríos desde la Región La

Araucanía hacia el norte. Los derechos de aguas superficiales otorgados en todo Chile,

presentados en la Figura 1, generan una situación de agotamiento en la gran mayoría

de los ríos del país, como se aprecia en la Figura 2, donde además se incluyen las

cuencas agotadas por grandes solicitudes de derechos no consuntivos que igualmente

restringen el uso del agua para otros fines.

En términos ambientales los cauces y sus cuencas presentan funciones esenciales para

la preservación de los ecosistemas y de las relaciones territoriales. Forman parte del

paisaje y son fuente de vida. Por lo mismo, el Estado de Chile a través de diversos

instrumentos ha entregado protección oficial a vastas zonas del territorio nacional. Sin

embargo, en algo tan esencial como la conservación de las aguas que valorizan estas

zonas, no se han establecido restricciones reales en cuanto al otorgamiento de los

derechos de aguas. Siendo así, hoy en día constituyen casos excepcionales aquellos

ríos que poseen alto valor ambiental por prestar servicios a zonas protegidas y que

cuyas aguas no se encuentren mayoritariamente otorgadas.

Page 10: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

6

Figura 1. Derechos superficiales otorgados en los ríos de Chile.

Page 11: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

7

Figura 2. Ríos sin disponibilidad y agotados en Chile.

Page 12: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

8

Así es el caso del río Cochamó pues, a diferencia de la mayoría de los ríos de Chile,

este tiene disponibilidad remanente, o sea más allá de los derechos de aguas

otorgados, suficiente como para asegurar una conservación real del río y de la zona

ambientalmente protegida que sirve. En la Figura 3 se puede observar la ubicación

general de la cuenca del río Cochamó y su calidad de cuenca aún no agotada.

Figura 3. Situación excepcional de la cuenca del río Cochamó en términos de disponibilidad de agua en los ríos.

Page 13: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

9

A continuación se describen todos los aspectos ambientales particulares que hacen del

río Cochamó una zona de interés nacional.

2.2 Cochamó: zona inalterada con bosques nativos en excelente estado

De acuerdo al estudio “Plan de Ordenamiento Territorial para la cuenca del río

Cochamó” (2001), las características geomorfológicas, con sus variadas y singulares

formas y accidentes, sumado a las condiciones climáticas que imperan, le confieren a

la cuenca un carácter bastante hostil para la habitabilidad humana, razón por la cual

hasta ahora presenta una muy baja densidad poblacional y usos antrópicos. No

obstante, son estas mismas características las que le otorgan un interés especial desde

el punto de vista de la conservación y recreación cercana a lo natural, donde se busca

precisamente disfrutar de las condiciones naturales y culturales que ofrecen los

ambientes inalterados.

Foto 1: Valle río Cochamó.

Autor: Pablo Valenzuela.

El valle de Cochamó se caracteriza por tener altas pendientes, topografía abrupta con

relieve andino fuertemente erosionado por el río Cochamó, de alimentación fluvial

directa de los ríos Arcos, La junta, Valverde y del Este, todos de gran poder erosivo y

rápida capacidad de respuesta ante eventos climáticos, debido a su breve recorrido y

Page 14: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

10

gran diferencia de alturas entre las nacientes y la zona de confluencia con el río

Cochamó. Las gradientes de pendiente varían entre escarpada (de cerros) y muy

escarpada (de montañas) sobre 45 y 60%, siendo muy escasos los espacios planos,

dificultando el desarrollo de actividades agropecuarias.

Los suelos presentes en la zona cordillerana son muy inestables debido a que en su

mayoría poseen las pendientes descritas y una conformación dominada por rocas

ígneas y carencia de cobertura vegetal. En la zona del valle, los suelos son

principalmente de origen granítico, rocosos, de poca profundidad (delgados), textura

moderadamente gruesa, de pH medios a ácidos, clase de capacidad de uso de suelo

entre VII y VIII, es decir, son suelos con limitaciones severas que lo hacen inadecuado

para cultivos. Su uso esta limitado para la vida silvestre, recreación o protección de

hoyas hidrográficas. Mientras que en la parte baja, cercana a la desembocadura en el

estuario de Reloncaví, los suelos están clasificados como serie Ralún, definido como un

trumao típico compuesto de cenizas y arenas volcánicas recientes.

Sin embargo estas características hostiles para ciertos usos, son el ambiente ideal para

el desarrollo de bosques en la cuenca, los cuales cubren el 68% de su superficie

(Figura 4).

Cuerpos de agua/Humedales

0,64%

Áreas sin vegetación

6,27%

Nieves y glaciares20,33%

Praderas y matorrales

4,45%

Bosques68,31%

Figura 4. Usos de suelo y tipos de bosque en cuenca río Cochamó.

Fuente: Elaboración propia sobre la base de Conaf, 1999.

Page 15: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

11

Algunas especies según Hoffmann (1997) y Conaf (1999) son: Alerce (Fitzroya

cupressoides), especie endémica y monumento natural en Chile desde 1976 que cubre

cerca de 6.350 Ha en la cuenca; Coigüe (Nothofagus dombeii); Coigüe de Magallanes

(Nothofagus betuloides); Ulmo (Eucryphia cordifolia); Arrayán (Luma apiculata); Mañio

(Podocarpus sp.); Lenga (Nothofagus pumilio); Ñirre (Nothofagus Antarctica); Canelo

(Drymis winteri); Luma (Amomyrtus luma); Lingue (Persea lingue); Raulí (Nothofagus

alpina); Tepa (Laureliopsis philippiana).

En los bosques asociados al río Cochamó es posible encontrar una cantidad importante

de aves como el Rayadito (Aphrastura spinicauda); Come Sebo (Phrygilus

patagonicus); Fío Fío (Elaenia albiceps); Chucao (Scelorchilus rubecula); Peuquito

(Accipiter sp.) y en la parte alta de cóndores (Vultur gryphus), y mamíferos como

Puma (Felix concolor) y Pudú (Pudu pudu).

En específico, para el caso de los ecosistemas acuáticos se tornan relevantes aquellos

que dependan de manera directa de los recursos hídricos presentes en la cuenca,

poniendo especial atención en aquellos que se asocien a la mantención sostenida de

caudales en el río y sus afluentes. Según esto, la cuenca del río Cochamó presenta los

siguientes componentes ecológicos que son de importancia para la preservación de los

ecosistemas acuáticos:

• La diversidad acuática está representada por familias de macroinvertebrados

bentónicos como: Leptophlaebidae, Baetidae, Gripopterigiidae, Diamphipnoidae,

Hydropsichidae, Chilinidae, Aeglidae, Chironomidae, los que son importantes en

la descomposición y flujo de materia y energía proveniente de la ribera, que a

su vez forman parte de la dieta de consumidores secundarios como pequeños

peces nativos puyes (Galaxia maculatus), bagres y pequeñas truchas que

alimentan a grandes peces que son muy apetecidos para el ejercicio de la pesca

deportiva de gran relevancia en la zona (concepto de río continuo Vannote et.

al., 1980).

• La conservación del caudal también implica conservar los hábitats naturales

donde viven los diferentes organismos que componen los grupos tróficos del

sistema fluvial, además constituyen una rama importante en la trofía de la

cuenca, debido a la degradación constante de la materia que cae de los árboles

y nutrientes que son arrastrados de la cuenca, y que son sintetizadas a través

del ciclo de nutrientes antes que lleguen a la zona estuarina y finalmente al

mar.

Page 16: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

12

• A nivel nacional, la fauna íctica ha estado por muchos años bajo una gran

presión antrópica, la que aumentó con la introducción de salmónidos en los ríos

chilenos, produciendo competencia por hábitat, alimento y además ejercen

depredación sobre la especies nativas, es por esto también que la fauna íctica

de los ríos de Chile debe ser resguardada, dado que casi la totalidad de las

especies presentes en nuestro país están catalogadas en algún estado de

conservación (Campos et. al., 1998).

• Por otra parte, la pesquería artesanal, las inversiones en cultivos de Salmones y

de Mitílidos presente a lo largo del estuario del Reloncaví, dependen de éste, ya

que el río y su caudal aportan agua dulce al estuario, actuando como un reloj

biológico y manteniendo el ecosistema estable y sano. Es decir, el flujo de agua

dulce de este río, cumple la importante labor de oxigenar las salobres aguas del

estuario, reduciendo los niveles de salinidad y temperatura de la columna de

agua, y esto a su vez posibilita la existencia de una rica flora y fauna marina.

Por lo tanto, cualquier perturbación volumétrica, física o química del flujo de

agua, provocaría graves consecuencias ambientales y económicas al estuario y

seno del Reloncaví.

En definitiva, la cuenca del río Cochamó presenta muy baja intervención antrópica y,

gracias a eso, el desarrollo casi pleno de fauna y flora en un muy buen estado. Por lo

mismo, la cuenca es de gran importancia pues cumple una función ecológica a nivel

local y regional, al ser capaz de acoger y permitir el desarrollo de gran variedad de

ecosistemas.

2.3 Turismo de intereses especiales: desarrollo futuro

La cuenca del río Cochamó cuenta con un atractivo turístico basado en su riqueza

natural extraordinariamente bien conservada. Este hecho es una de las características

que hoy la posicionan dentro de la región e incluso a nivel nacional y mundial como un

foco de desarrollo turístico que se vincula directamente a esa condición. En ese

sentido, mención especial merece el escenario geomorfológico de la cuenca, con

paredes de granito gigantes que hoy cuentan con largas rutas de escalada sin

glaciares, razón por la cual resultan ser tremendamente atractivas (Foto 2). En efecto,

estas rutas hoy son comparadas con las que se encuentran en el Parque Nacional

Page 17: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

13

Yosemite de Estados Unidos (Foto 3), que anualmente recibe cerca de 3 millones de

visitas.

Sernatur el año 2007 declaró como zona de interés turístico (ZOIT) las cuencas de

Cochamó y Puelo. La declaración de ZOIT se relaciona con aquellas áreas de

características esencialmente rurales y extensas, donde junto a recursos turísticos

relevantes coexisten otros usos o actividades compatibles. Los atractivos turísticos que

ofrecen son variados y favorecen la conformación de circuitos y/o áreas turísticas

generalmente no explotadas, pero que sí lo son potencialmente.

Foto 2: Cerro Capicúa en Cochamó.

Autor: Daniel Seeliger.

Foto 3: El Capitán en Yosemite Valley, USA.

Fuente: www.yosemitefund.org

Para el caso de Cochamó, la declaración de ZOIT se hizo en respuesta a un amplio

consenso tanto local como regional para fomentar y apoyar el turismo en estas

cuencas, siendo el turismo de intereses especiales el foco principal. En Cochamó, hoy

tiene lugar una actividad turística en los términos antes mencionados de forma

incipiente y con flujos reducidos que han contribuido a la conservación de las

condiciones naturales (Figura 5).

Page 18: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

14

Se determinó que tiene un alto valor paisajístico asociado a atractivos naturales (ríos,

lagos, escenarios de montaña únicos, bosque nativo, entre otros), presencia de

recursos termales, y una gran variedad de ecosistemas asociados fundamentalmente a

los bosques templados lluviosos, y flora y fauna endémicas.

Además, existen otras dos iniciativas estatales que se asocian al mejoramiento de la

conectividad entre los territorios y al desarrollo de actividades ligadas al turismo. En

primer lugar, está la Red Interlagos (Figura 5), iniciativa del Ministerio de Obras

Públicas (MOP) que tiene por objetivo generar un incremento en la actividad turística,

mejorar la calidad de vida de la población y contribuir al desarrollo socioeconómico de

las regiones del sur de Chile entre las regiones de La Araucanía y Los Lagos.

Figura 5. Figuras de protección y promoción ambiental y turística.

Fuente: Elaboración propia.

En segundo lugar, el valle de la cuenca forma parte de un tramo del Sendero de Chile

(Figura 5) denominado “Bosques, lagos y volcanes” que va desde Coñaripe hasta

Hornopirén. Esta es una iniciativa pública de carácter multisectorial que tiene por

objetivo unir a Chile desde Visviri a Cabo de Hornos en un gran sendero que sea

Page 19: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

15

posible de recorrer ya sea a pie, a caballo o en bicicleta; y busca con ello fomentar el

ecoturismo y la educación ambiental. Como se observa, el sendero en Cochamó está

trazado desde la desembocadura hasta su cabecera, para luego seguir a la cuenca del

río Manso. Los primeros 5 Km. es posible recorrerlos en vehículos motorizados, luego,

el camino está hecho para que sólo sea posible recorrerlo a pie o a caballo; esto podría

explicar en parte que el valle en general se ha visto expuesto a bajas presiones

antrópicas, sólo posibilitando intervenciones limitadas y una escala que parece ser la

adecuada para su preservación.

Es importante señalar que ninguna de estas dos iniciativas constituye una protección

ambiental propiamente tal; sin embargo, dejan de manifiesto una clara intención por

parte del Estado de fomentar el turismo en esta zona, y entregar a la población local

un rol indispensable en ello.

Por último, señalar que el turismo de intereses especiales y la preservación ambiental

se corresponden de manera armónica, potenciándose la una a la otra y con todos los

beneficios que las dos reportan tanto a la población en su conjunto como al medio

ambiente.

2.4 Planteamientos de la Estrategia de Desarrollo Regional de Los Lagos

La Estrategia de Desarrollo Regional (EDR) elaborada para el período 2009-2020 hace

mención a cinco ejes de desarrollo regional a través de los cuales se espera orientar de

manera general la toma de decisiones en la región, estos son: 1) Desarrollo humano y

calidad de vida, 2) Comunidad pluricultural, 3) Competitividad regional, 4) Democracia

y Gobernabilidad, 5) Sustentabilidad regional.

La sustentabilidad regional, es transversal en toda la EDR y supone valorar, fomentar y

reforzar iniciativas tendientes a la protección de la biodiversidad, la preservación de

ecosistemas y el uso sustentable del territorio regional. Lo anterior permitiría una

administración eficiente y racional de nuestros recursos naturales, con el propósito

final de mejorar el bienestar de la población actual sin comprometer la calidad de vida

de las futuras generaciones.

Así mismo, el proceso de planificación regional propuesto se orienta a considerar el

territorio como elemento fundamental para articular un modelo de desarrollo

Page 20: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

16

sustentable, sobre la base de las condiciones geográficas, económicas, culturales y

ambientales existentes. De esta manera, la estrategia territorial identifica siete zonas

estratégicas de desarrollo, una de las cuales corresponde a la Zona Lagos Andinos,

donde precisamente se localiza la Cuenca del Río Cochamó.

En la EDR, se espera que en el año 2020 la Zona Lagos Andinos se consolide como un

destino turístico internacional de alto nivel, integrado al ámbito nacional e

internacional, con una eficiente administración de sus recursos ambientales y

energéticos.

Además, la EDR considera la ejecución de cinco programas y proyectos regionales con

carácter estratégico, uno de los cuales corresponde al programa “Sistema regional de

áreas protegidas públicas y privadas”. El objetivo de este programa es coordinar los

esfuerzos que se llevan a cabo en la región respecto a la gestión, fortalecimiento y

mejoramiento de áreas protegidas públicas y privadas existentes y fomentar la

inclusión de nuevas áreas al sistema, con el objeto de conservar, proteger y usar de

manera sustentable la biodiversidad presente en el territorio regional.

Según esto, la presente iniciativa estaría alineada con la EDR y contribuiría con el eje

de desarrollo regional “Sustentabilidad Regional” y se enmarca dentro del Programa

Regional “Sistema Regional de Áreas Protegidas Públicas y Privadas”.

2.5 El Cambio Climático: un llamado a valorar el patrimonio ambiental

El cambio climático entendido como un efecto directo de la actividad humana, plantea

un escenario en que se hace evidente el impacto que nuestro quehacer genera en la

dinámica del planeta. La reflexión más profunda es que nuestro comportamiento puede

incidir sobre el medioambiente en mayor medida de lo que siempre hemos creído.

En efecto, a partir de los resultados existentes para el país en cuanto a

comportamiento de precipitaciones en situación de clima futuro, indican en general un

descenso entre un 50 y un 70% de las precipitaciones para el período diciembre –

febrero con un aumento de las temperaturas para el mismo período de 5 grados (U.

Chile, 2006).

Si a esto se suma las condiciones geomorfológicas de la cuenca del río Cochamó,

caracterizada por grandes pendientes y suelos con buen drenaje, se prevé que los

Page 21: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

17

cambios meteorológicos pueden alterarla enormemente, modificando la distribución de

caudales y variación estacional.

En definitiva, este paradigma sugiere que todas las naciones sean prudentes y

sustentables ambiental, social y económicamente en los modelos de desarrollo por los

que opten.

2.6 Reserva de la Biosfera por la UNESCO y proyecciones de ampliación del Parque Nacional Vicente Pérez Rosales

El mismo año en que Puelo y Cochamó fueron declaradas ZOIT, la Organización de las

Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) aceptó la

propuesta del Gobierno de Chile de crear la reserva de la biosfera denominada

“Bosques Templados Lluviosos de los Andes Australes” junto a otros 22 lugares,

distribuidos en 18 países (Figura 6). Esta solicitud particular correspondió en realidad a

una intención colectiva de los Gobiernos de Chile y Argentina, que buscaba una

protección ampliada de los bosques templados tanto de la vertiente oriental como de la

occidental de la cordillera de los Andes. Como se observa para el caso chileno, el área

cubre íntegramente la zona cordillerana de las regiones de Los Ríos y de Los Lagos.

El sitio incluye ecosistemas de alta montaña e importantes recursos de agua asociados.

Estos bosques se suman a otros nueve parajes de nuestro país que ya tienen la misma

categoría: el Parque Nacional Bosque Fray Jorge (designado en 1977), el archipiélago

de Juan Fernández (1977), Parque Nacional Torres del Paine (1978), Laguna San

Rafael (1979), Parque Nacional Lauca (1981), Araucarias (1983), Parque Nacional La

Campana y Lago Peñuelas (1984) y Cabo de Hornos (2005).

Las Reservas de la Biosfera son zonas de ecosistemas terrestres o costeros/marinos, o

una combinación de ellos, donde el objetivo es combinar el conocimiento científico con

estrategias gubernamentales para reducir la pérdida de biodiversidad, mejorar los

medios de subsistencia de la población y elevar sus condiciones sociales, económicas y

culturales para un medio ambiente sostenible. Así, no son sitios de protección

ambiental neta, sino donde se promueve una relación equilibrada entre las poblaciones

y el desarrollo de sus actividades y la naturaleza.

Por otro lado, cabe destacar que la cuenca del río Cochamó colinda por el norte con el

Parque Nacional Vicente Pérez Rosales (Figura 5). Así, Cochamó indudablemente juega

Page 22: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

18

un rol amortiguador y de transición a zonas con mayor intervención. Dicha condición y

el hecho de que Cochamó forma parte de una zona con abundante representación de

bosque nativo, fue motivo para que dentro de las alternativas que estudió la Comisión

Nacional del Medio Ambiente (CONAMA) en el año 2002 como sitios prioritarios para la

conservación de la biodiversidad se considerara la opción de ampliar los límites del

Parque Nacional Vicente Pérez Rosales hacia el sur, con el objetivo de unirlo al Parque

Nacional Hornopirén y con ello lograr una mayor cobertura de protección de los

bosques templados siempreverdes de la zona, principalmente de los compuestos por

Alerce (Fitzroya cupressoides). Esta alternativa fue ponderada en un nivel IV, lo que

implica que se considere en las acciones generales de la región y que se priorice según

las condiciones de factibilidad del momento.

Figura 6. Reservas de la Biosfera

Fuente: Elaboración propia.

Page 23: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

19

3 ANÁLISIS DE LOS DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS

3.1 Antecedentes de los derechos constituidos y en trámite

La situación actual en cuanto a los derechos de aprovechamiento de aguas en la

cuenca del río Cochamó muestra en general un bajo otorgamiento tal como se observa

en la Figura 7 y Figura 8, pero a la vez una gran demanda, fundamentalmente por

derechos de tipo no consuntivo (Tabla 1). En efecto, se observa que no hay derechos

de ningún tipo constituidos en el cauce principal, sino que sólo existen derechos

otorgados en afluentes al río Cochamó.

Por otra parte, se aprecia que la mayoría de las solicitudes actualmente en trámite

(84%) son derechos no consuntivos que cubren todo el cauce principal y casi todos los

afluentes a él. Es decir, hoy los derechos otorgados son muy pocos y no afectan al

cauce principal, pero en el supuesto que se otorgasen los derechos en trámite, la

situación variaría de manera tal que prácticamente todos los recursos hídricos de la

cuenca podrían ser aprovechados por privados en proyectos que no necesariamente

respeten los principios de conservación y desarrollo local que se plantean en este

informe (cuadros de la derecha de las figuras).

En específico, existen derechos consuntivos otorgados por caudales de 2 y 25 l/s en

promedio en el río Del Este, considerando en su constitución un caudal ecológico de 7

y 516 l/s, respectivamente. Las solicitudes en trámite son cuatro, las dos mayores

demandando 49 l/s cada una. Sólo una de ellas ubica su punto de extracción en el río

Cochamó, el resto lo hace en tributarios a él.

En relación a los derechos no consuntivos, se observa que son tres los constituidos,

encontrándose los dos mayores en el río Del Este con caudales promedio de 1.276 y

1.140 l/s de caudal permanente, y 82,5 y 860 l/s de caudal eventual promedio,

respectivamente. Se observa también que estos tres derechos fueron otorgados

considerando un caudal ecológico de la fuente.

En cuanto a los derechos no consuntivos en trámite, estas solicitudes demandan

caudales que van desde los 2.000 a los 200.000 l/s, y como se aprecia en la Figura 8

se distribuyen a lo largo del río principal y sus afluentes de manera tal que

prácticamente no queda sección del cauce que no esté solicitada.

Page 24: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

20

Figura 7. Situación de Derechos Consuntivos constituidos y en trámite en la cuenca del río Cochamó.

Figura 8. Situación de Derechos No Consuntivos constituidos y en trámite en la cuenca del río Cochamó. En el cuadro de derechos en trámite, en rojo se destaca la solicitud de AES Gener S.A.

Page 25: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

21

Además, se observa que varias solicitudes, sobre todo en la parte alta de la cuenca,

son idénticas tanto en caudal, como en punto de captación y restitución.

Tabla 1: Listado Solicitudes Derechos No Consuntivos en trámite, cuenca Cochamó (FUENTE: Dirección General de Aguas, región de Los Lagos. Información actualizada al 24 de julio de 2009).

CAUDAL SOLICITADO

CAPTACION UTM (m) PSAD 1956 h18

RESTITUCION UTM (m) PSAD 1956 h18

N° EXPEDIENTE PETICIONARIO PERM. (m3/s)

EVEN. (m3/s)

NORTE ESTE NORTE ESTE

1 ND-1003-144 AES Gener S.A. 37 0 5.410.900 739.100 5.407100 732.700

2 ND-1003-338 Saesa S.A. 2 0 5.410.000 735.800 5.408.500 734.450

3 ND-1003-1351 Jaime Ercoreca Negrón 10 0 5.410.025 735.800 5.407.925 733.580

4 ND-1003-1904 José Antonio Opazo Werner 4 0 5.401.480 730.660 5.402.300 730.080

5 ND-1003-1931 Colbún S. A. 4 0 5.401.480 730.660 5.402.300 730.080

6 ND-1003-2928 Ingeniería y Construcción Madrid S. A.

12 12 5.410.850 739.100 5.408.200 734.000

7 ND-1003-2936 Ingeniería y Construcción Madrid S. A.

8 13 5.410.850 739.100 5.408.200 734.000

8 ND-1003-3156 Exploraciones, Inversiones y Asesorías Huturi S. A.

26 0 5.410.900 739.000 5.407.900 733.550

9 ND-1003-3386 RPI Chile Energías Renovables S. A.

6 0 5.410.050 746.000 5.412.250 743.800

10 ND-1003-3722 Manuel Madrid Aris 50 0 5.417.850 742.250 5.412.350 743.020

11 ND-1003-3723 Manuel Madrid Aris 50 0 5.414.630 738.800 5.412.075 740.525

12 ND-1003-3726 Gonzalo Guajardo Pizarro 50 0 5.409.680 746.625 5.412.250 743.000

13 ND-1003-3732 Manuel Madrid Aris 50 0 5.406.970 732.500 5.403.410 729.650

14 ND-1003-3890 Endesa Eco S. A. 50 0 5.406.970 732.500 5.403.410 729.650

15 ND-1003-3890 Endesa Eco S. A. 50 0 5.414.630 738.800 5.412.075 740.525

16 ND-1003-3890 Endesa Eco S. A. 50 0 5.417.850 742.250 5.412.350 743.020

17 ND-1003-3903 Alberto Eduardo Cortes Nieme 50 0 5.409.680 746.625 5.412.250 743.000

18 ND-1003-4023 Alejandra Lamarca 3 0 5.407.350 736.100 5.408.800 734.950

19 ND-1003-4048 Marisol Alejandra Sotta Varg 50 0 5.417.850 742.250 5.412.350 743.020

20 ND-1003-4050 Armin Sethna 50 0 5.406.970 732.500 5.403.410 729.650

21 ND-1003-4051 Armin Sethna 50 0 5.414.630 738.800 5.412.075 740.525

22 ND-1003-4058 Marisol Alejandra Sotta Varg 6 0 5.410.050 746.000 5.412.250 743.800

23 ND-1003-4069 Robert James Gillmore Landon

3 0 5.407.300 736.500 5.408.875 735.200

24 ND-1003-4089 Robert James Gillmore Landon

31 0 5.412.375 742.750 5.410.875 739.200

25 ND-1003-4091 Manuel Madrid Aris 200 0 5.409.680 746.625 5.412.250 743.000

En definitiva, Cochamó es una cuenca con un bajo otorgamiento de derechos, tanto en

caudal como en cantidad; sin embargo, de acuerdo las solicitudes que hoy se

encuentran en trámite, se advierte un claro interés por el aprovechamiento de las

aguas para usos no consuntivos ligados a proyectos hidroeléctricos (Figura 8 y Tabla 1)

y que, en el evento de constituirse, restringirían la disponibilidad para otros usos

dentro de la cuenca incluyendo aquellos de desarrollo local asociado a las actividades

de mayor relevancia territorial.

Page 26: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

22

De otorgarse los derechos no consuntivos de manera tal que puedan ser ejercidos en

los distintos tramos de la cuenca, los titulares tendrían todas las facultades para

hacerlos efectivos con cualquier tipo de proyecto. Por lo mismo, a continuación se

realiza un análisis de cómo el ejercicio de estos derechos, en específico en proyectos

hidroeléctricos, podría afectar aspectos relevantes y excepcionales en la cuenca del

Cochamó de acuerdo a lo señalado en el Capítulo 2.

3.2 Impacto potencial asociado al ejercicio de los derechos no consuntivos en trámite en la cuenca del río Cochamó

En el supuesto que fueran constituidos los derechos no consuntivos en los distintos

tramos de la cuenca, podrían desarrollarse una escalada de proyectos hidroeléctricos

de tal magnitud que todos los tramos de la cuenca serían alterados de manera

significativa.

De modo general, es posible definir algunos impactos asociados a los proyectos

hidroeléctricos en sus distintas fases. Para la etapa de construcción éstos se relacionan

principalmente con la actividad de mejoramiento de los caminos existentes o, si no los

hay, con la construcción de nuevos, lo cual es necesario para el soporte del tránsito de

maquinarias, de personal y de los insumos. Las principales alteraciones ocurrirían

producto de la remoción de grandes masas de suelo y la pérdida de cobertura vegetal

del mismo; perturbación en las laderas y los procesos erosivos que ello puede

provocar; cortes de afloramientos rocosos que igualmente desequilibran la estabilidad

del relieve; disposición de los materiales removidos; alteración del equilibrio natural de

los ecosistemas terrestres y acuáticos; y perturbaciones en la población humana que

colinda al área de trabajo, por nombrar sólo algunos. Los impactos antes mencionados

serán mayores y más sensibles en zonas en que esta infraestructura no exista, sino

que deba generarse.

También en la etapa de construcción, las labores que se efectuarían en el cauce del río

producirían alteraciones importantes relacionadas con el manejo que se hace del curso

del río desviándolo en la medida que sea necesario según las obras; el manejo de las

riberas; y la contaminación acústica propio de las faenas. Todo ello repercute tanto en

los ecosistemas terrestres, ribereños y acuáticos como en el régimen de caudales, y en

otras actividades que se vinculan al área intervenida, como pesca, turismo, comercial,

residencial, etc. Así, supone una alteración tal en el territorio que éste se ve adaptado

Page 27: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

23

en función de ser soporte de las actividades relacionadas a la construcción de la

infraestructura asociada.

Ya para la etapa de operación, aparecen nuevas alteraciones, y otras advertidas en la

etapa anterior se instalan de forma permanente: se perturban los ecosistemas

terrestres y, en especial, los ribereños y acuáticos al cortar la continuidad del cauce; el

acceso y tránsito de la población cambia en función del nuevo escenario alterado; los

regímenes de caudales y el arrastre de sedimentos también sufren un desequilibrio.

Para el caso de la cuenca del río Cochamó, y siguiendo en el supuesto de que se

otorguen los derechos en trámite para los proyectos hidroeléctricos, la construcción de

represas como la vía para hacer ejercicio de los mismos, significaría impactos

negativos al menos en los términos señalados anteriormente. Y todo esto en una

cuenca que, como se aprecia en el Capítulo 2, precisamente tiene mínimas

intervenciones.

Con el objeto de observar el posible escenario derivado de lo anterior, se hizo el

ejercicio de definir las áreas máximas de inundación según las cotas de los puntos de

captación y restitución del listado de derechos solicitados. Resultado de ello es la

Figura 9, donde se observan las posibles áreas de inundación máximas.

En primer lugar, lo más importante y evidente es que habría una interrupción en la

continuidad de la cuenca en varios términos: primero, considerando el entorno natural

tan bien conservado, se alteraría el funcionamiento del río afectando ecosistemas

acuáticos y ribereños al existir condiciones completamente distintas, que afectaría su

rol como soporte ecológico. Segundo, habría una interrupción en el acceso y tránsito

por el camino del valle. Y tercero, se alteraría el régimen de caudal debido a la

regulación; además de la carga de sedimentos y nutrientes que estarían llegando

efectivamente al estuario al verse impedidos de fluir libremente por el cauce.

En segundo lugar, habría una pérdida de bosque nativo producto de la inundación y un

deterioro del mismo en los tramos donde transiten maquinarias y camiones. Si se

consideran todas las áreas máximas inundadas de la Figura 9, se tiene que la

superficie del tipo forestal Coigüe-Raulí-Tepa se reduciría en un 60% del total de la

cuenca; el tipo Roble-Raulí-Coigüe lo haría en un 28%; el Alerce en un 16% y el

Coigüe de Magallanes y la Lenga en cerca de un 2%.

Page 28: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

24

Figura 9: Áreas estimadas de máxima inundación según puntos de captación y restitución de los

derechos no consuntivos en trámite. Fuente: Elaboración propia.

Así, según lo anterior, las alteraciones producto de proyectos hidroeléctricos en la

cuenca, sea sólo uno o varios de ellos, provocarían un cambio radical en el escenario

natural de ésta. En primer lugar, el bosque nativo se vería alterado y reducido,

restándole con esto uno de los valores más particulares que posee esta cuenca, que es

el excelente estado de los bosques. Además, ocurriría una alteración en la continuidad

de los procesos biológicos de la cuenca y los servicios que ellos reportan en la zona.

Según esto, una intervención de este tipo restaría un valor ambiental único y casi

inalterado que posee la cuenca, afectando por ejemplo la iniciativa de sumarla al

Parque Nacional Vicente Pérez Rosales manifestada por CONAMA (2002).

Por otra parte, la intervención del escenario natural, provocaría una reducción de su

valor paisajístico, lo cual podría afectar el desarrollo de la actividad turística y todas las

Page 29: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

25

iniciativas que están apostando por ella en la zona, ya sea desde el nivel regional con

la Estrategia de Desarrollo Regional y su eje de “Sustentabilidad Regional”; como

desde el nivel nacional con la ZOIT, el Sendero de Chile y la Red Interlagos.

Tampoco se alinearía con el objetivo principal de las reservas de la biosfera que son la

promoción de una relación equilibrada entre las poblaciones y el desarrollo de sus

actividades y la naturaleza, ya que para el caso de la cuenca del río Cochamó, la

infraestructura y la alteración de los componentes naturales que se asocian a

proyectos hidroeléctricos se tornarían significativos, y poco armoniosos con el entorno

y la actividad turística a la cual se dedica parte de la población local.

Así, se estima que el desarrollo de proyectos hidroeléctricos sería totalmente

contrapuesto a la vocación definida para la cuenca del río Cochamó, cual es

principalmente, según todo lo anterior, la conservación del escenario natural y el

desarrollo actividades locales como el turismo de intereses especiales.

Page 30: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

26

4 HIDROLOGÍA DEL RÍO COCHAMÓ

El río Cochamó se encuentra en la región de Los Lagos, y es vecino de los ríos

Petrohué, por el norte, y Puelo por el sur. Su cuenca es andina de aproximadamente

300 Km², y su régimen fluviométrico aunque principalmente pluvial, tiene aportes de

nieves y hielos. Nace de la confluencia de los ríos Arcos y Botapiedras y en la sección

intermedia tiene como principales afluentes los ríos Valverde y Traidor. En su

desarrollo, el río mantiene rumbo general al sur-oeste hasta su desembocadura en la

bahía de Cochamó (estuario de Reloncaví), descargando un caudal medio de

aproximadamente 15 m³/s.

4.1 Estimación de caudales medios mensuales

El análisis hidrológico se obtuvo del estudio “Estimación de caudales río Cochamó”

realizado por la consultora CONIC-BF Ingenieros Civiles Consultores (Julio 2008) para

la solicitud de derecho de aprovechamiento de aguas de carácter no consuntivo

correspondiente al expediente administrativo ND-1003-144 presentada por AES Gener.

Estos resultados, provenientes de una estimación indirecta de acuerdo a una

metodología válida bajo ciertos supuestos, es la mejor estimación que se tiene de la

hidrología del río Cochamó. A continuación, se presenta una síntesis de los contenidos

de este estudio.

El estudio de CONIC-BF utiliza la cuenca del río Puelo para generar caudales en el río

Cochamó, ya que es la cuenca controlada de similares características más cercana

pues el río Cochamó no cuenta con estaciones de monitoreo de caudales. En efecto, la

cuenca del río Puelo cuenta con 6 estaciones, como se aprecia en la Figura 10.

El análisis de homologación fue realizado a partir de la comparación de las curvas

hipsométricas donde se observó que la morfología del río Manso (afluente del Puelo) se

asemeja a la del río Cochamó, razón por la que se eligió la serie estadística de la

cuenca intermedia del río Manso para generar los caudales mensuales en el río

Cochamó mediante el método de transposición.

Page 31: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

27

Finalmente, se obtuvo información de 12 caudales aforados, con frecuencia mensual en

los puntos de captación y restitución de la solicitud AES Gener. Estos caudales,

presentados en la Figura 11, representan la única medida real de la situación

hidrológica de la cuenca del río Cochamó, y fueron utilizados junto a la información de

precipitación de las estaciones meteorológicas Puelo y La Ensenada para corregir y

escalar la generación de caudales.

Figura 10. Estaciones fluviométricas en la cuenca del río Puelo. Hasta el año 1981 operadas por Endesa S.A., a partir del año 2001 operadas por la DGA.

Fuente: Elaboración propia.

De esta forma CONIC-BF estimó los caudales mensuales en el punto de captación de la

solicitud de AES Gener, valores que se muestran en la Tabla 2 y en Figura 12, con su

respectiva curva de frecuencia relativa empírica.

Page 32: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

28

Tabla 2. Caudales medios mensuales (m3/s), generados para el punto de captación de la solicitud de derecho de aprovechamiento de AES Gener S.A., expediente ND-1003-144.

AÑO ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC

1960 16,31 10,25 16,24 15,70 17,96 12,75 20,29 16,86 12,69

1961 18,76 8,76 5,60 10,71 15,14 32,15 19,60 21,47 14,73 17,57 17,13 10,04

1962 7,54 4,77 4,00 6,64 13,27 10,98 17,39 35,51 24,49 10,95 7,50 8,34

1963 11,01 7,82 6,57 28,39 20,55 8,49 15,90 16,00 6,98 13,48 11,47 11,58

1964 5,12 9,01 7,06 9,90 21,46 12,81 14,08 16,87 17,71 15,07 11,86 13,04

1965 9,40 18,60 6,84 8,54 13,08 21,46 6,23 46,85 15,83 5,31 16,85 16,62

1966 11,42 2,86 7,45 7,94 19,99 17,88 22,68 11,82 7,38 9,04 19,61 31,72

1967 14,99 8,86 5,11 6,66 12,26 12,84 15,63 21,40 18,03 19,47 23,80 13,22

1968 9,64 10,72 9,01 6,43 17,34 9,68 18,29 23,60 21,24 13,86 11,50 11,50

1969 10,56 0,62 6,11 3,98 23,12 14,16 2,29 32,28 18,54 17,08 19,16 15,41

1970 11,04 5,83 3,12 15,67 24,08 15,35 18,82 24,47 9,28 8,67 9,36 3,10

1971 16,72 19,87 7,41 8,50 15,94 6,49 13,40 23,86 19,52 17,47 16,56 22,57

1972 7,95 15,34 7,77 5,71 22,65 24,39 22,19 21,76 8,82 11,53 14,84 10,84

1973 12,84 4,14 4,14 4,59 13,16 25,27 15,39 12,88 12,75 12,63 17,78 1,20

1974 32,21 15,59 7,06 3,65 23,93 15,47 18,69 24,25 14,31 17,39 16,92 12,34

1975 6,04 12,22 6,11 21,23 17,48 14,78 16,87 14,73 15,03 13,20 17,95 16,37

1976 13,21 9,56 5,20 4,75 16,36 18,72 19,09 14,18 11,35 10,74 7,48 7,89

1977 13,48 4,32 4,88 9,20 15,38 29,57 16,81 15,89 18,23 20,08 19,82 10,93

1978 8,02 3,52 3,36 4,00 19,13 15,20 29,73 24,70 17,50 20,95 13,94 6,47

1979 5,47 1,30 3,57 2,02 17,22 14,30 12,61 31,68 19,89 12,99 17,99 15,83

1980 6,29 7,29 5,61 14,47 24,63 22,97 17,76 25,80 15,37 9,56 10,12 8,63

1981 9,62 5,03 5,17 7,96 39,38 23,69 18,48 16,71 16,29 10,95 9,19 6,47

1982 7,46 6,79 4,56 3,90 18,30 20,56 20,88 19,06 28,74 15,10 13,48 11,65

1983 10,38 6,38 5,29 10,25 18,44 11,28 16,80 16,20 13,36 18,68 19,17 8,48

1984 9,22 10,96 7,69 6,23 19,38 11,53 16,04 11,86 13,90 18,94 20,92 15,50

1985 12,52 10,19 7,70 22,10 29,06 28,25 19,06 15,31 15,15 8,03 11,89 3,28

1986 4,29 5,10 8,01 15,95 21,52 21,45 21,52 19,74 18,08 16,84 10,01 10,19

1987 5,74 3,44 4,77 10,18 9,88 18,62 27,49 22,14 16,22 16,87 13,50 8,55

1988 8,54 4,06 4,91 8,26 9,85 10,19 17,00 17,16 11,98 11,39 17,58 12,55

1989 9,02 4,41 4,84 10,30 4,77 12,65 17,52 25,71 18,27 12,99 9,78 12,85

1990 7,68 4,49 5,23 29,07 4,14 24,70 18,33 24,15 21,96 16,35 8,05 7,54

1991 5,59 2,31 5,17 5,77 16,73 10,27 15,17 16,76 23,90 16,58 15,75 21,17

1992 12,78 8,68 8,82 9,71 15,73 14,70 13,19 11,27 14,01 25,60 22,98 15,11

1993 9,86 5,47 10,84 19,03 24,03 23,05 23,78 17,16 13,70 11,44 11,94 14,70

1994 8,25 5,17 3,98 0,79 24,15 22,02 19,20 16,49 19,36 19,99 17,61 13,62

1995 10,50 4,55 3,63 7,33 17,68 21,59 18,94 16,39 23,49 17,56 18,01 10,44

1996 6,10 4,82 6,76 14,47 14,24 12,70 16,11 21,33 13,21 9,66 9,00 5,39

1997 5,81 10,96 5,27 16,40 16,08 15,32 23,23 31,09 19,04 15,12 14,96 4,50

1998 7,59 3,87 4,39 7,50 7,41 7,54 16,03 19,17 9,05 8,00 6,63 5,38

1999 4,33 2,62 3,88 4,94 8,38 13,89 18,60 37,69 22,58 15,30 11,73 10,11

2000 5,80 10,63 5,59 6,44 7,88 21,51 19,09 20,23 12,24 22,90 18,13 15,15

2001 3,31 14,44 10,40 5,31 16,51 24,19 22,09 22,39 13,69 16,43 13,77 11,09

2002 7,71 7,05 10,52 7,77 21,35 18,17 13,86 19,42 17,98 36,88 28,08 15,13

2003 10,56 6,78 3,27 4,65 12,19 22,06 19,32 20,25 21,80 17,33 16,67 14,48

2004 11,43 4,92 4,36 25,93 11,35 19,77 23,87 14,14 17,22 15,04 12,39 10,85

2005 10,06 5,91 8,30 9,78 22,13 21,89 17,31 16,15 10,69 11,67 22,06 13,70

2006 16,15 7,29 6,02 9,81 13,70 19,87 26,48 19,60 18,00 19,36 19,51 16,63

2007 13,61 7,67 3,13

Page 33: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

29

0

5

10

15

20

25

30

35

40

Dic

-06

Ene-

07

Feb-0

7

Mar

-07

Abr-

07

May

-07

Jun-0

7

Jul-07

Ago-

07

Sep

-07

Oct

-07

Nov

-07

Caudal (m

³/s)

Aforo Captacion AES Gener Aforo Retitución AES Gener

Figura 11. Mediciones de aforo en los puntos de captación y restitución de la solicitud AES Gener.

A partir del análisis empírico de la serie completa (Figura 12), es posible observar que

el 50% de los meses, el caudal del río Cochamó en el punto de captación solicitado por

AES Gener es inferior a 13,7 m³/s.

0

10

20

30

40

50

03-1960 09-1965 03-1971 08-1976 02-1982 08-1987 01-1993 07-1998 01-2004 07-2009

Cau

dal (

m3/

s)

0% 10% 20% 30% 40% 50%

Figura 12. Serie Hidrológica del río Cochamó para el punto de captación de la solicitud de AES Gener.

La Figura 13 muestra una gráfica mensual del caudal para la media en el punto de

interés de AES Gener. En este caso, se observa que los caudales medios mensuales

varían entre 15 y 20 m³/s aproximadamente para los meses de mayo a noviembre.

Page 34: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

30

0

5

10

15

20

25

30

35

40

45

50

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agost

o

Septiem

bre

Oct

ubre

Novie

mbre

Dic

iem

bre

Enero

Febre

ro

Marz

o

caudal m

edio

mensu

al (m

3/s

)

Q natural medio. Rango Min-Max

Figura 13. Caudales medios mensuales y rango mínimo y máximo para el punto AES Gener.

Para este mismo punto se realizó para cada mes el análisis de la serie hidrológica con

la función de distribución Gamma-3, que presenta un buen ajuste según la prueba chi-

cuadrado. De esta forma, para cada mes se obtuvo de esta distribución los caudales de

probabilidad de excedencia de 10%, 20%, 50%, 85% y 95%, como instancias

hidrológicas para la realización de las posteriores evaluaciones, lo que se muestra en la

Tabla 3 y gráficamente en la Figura 14.

Tabla 3. Distribución Gamma 3 ajustada a la serie de caudales mensuales

P. EXCED ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC

10 15,69 13,02 8,76 18,52 26,08 25,89 25,75 30,13 22,64 22,24 21,64 19,48

20 13,09 10,49 7,43 14,73 22,34 22,57 22,64 25,9 20,09 19,47 19,02 16,10

50 9,06 6,53 5,46 8,95 16,09 16,92 17,40 19,54 15,75 14,73 14,58 10,90

85 5,72 3,20 3,93 4,21 10,16 11,39 12,12 14,45 11,27 10,11 10,13 6,14

95 4,51 1,98 3,43 2,53 7,60 8,88 9,71 12,71 9,21 8,01 8,08 4,23

Page 35: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

31

0

5

10

15

20

25

30

35

ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC ENE FEB MAR

Caudal (m

³/s)

Q10% Q20% Q50% Q85% Q95%

Figura 14. Curva de variación estacional de caudales para el punto AES Gener. Ajuste Gamma 3.

4.2 Análisis Hidrológico en los puntos de las solicitudes

La metodología para la estimación de los caudales en cada una de las solicitudes de

derecho no consuntivo se basa en la transposición de caudales de acuerdo al área de

cuenca aportante. Para ello se estimaron las áreas de las cuencas aportantes al punto

de captación de cada una de las solicitudes (Figura 15). Se calculó entonces un

coeficiente de área para cada solicitud, presentado en la Tabla 4, que corresponde al

cociente entre el área de la cuenca respectiva, y el área de la cuenca del punto de

captación solicitado por AES Gener (ND-1003-144). Luego, para cada solicitud se

multiplicó dicho coeficiente por el caudal calculado para la solicitud AES Gener, en cada

mes, para las distintas probabilidades de excedencia de la Tabla 3. De este análisis, se

obtuvieron los valores de caudal para cada probabilidad de excedencia en cada punto

de interés de la cuenca.

Page 36: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

32

Tabla 4. Coeficientes de área para cada petición de derechos no consuntivos

CAPTACION UTM (m) PSAD 1956 huso 18 N° EXPEDIENTE

NORTE ESTE

Área de la cuenca aportante (Km2)

Coeficiente de Área

1 ND-1003-144 5.410.900 739.100 169,28 1,00

2 ND-1003-338 5.410.000 735.800 185,29 1,09

3 ND-1003-1351 5.410.025 735.800 185,29 1,09

4 ND-1003-1904 5.401.480 730.660 33,29 0,20

5 ND-1003-1931 5.401.408 730.660 33,29 0,20

6 ND-1003-2928 5.410.850 739.100 169,28 1,00

7 ND-1003-2936 5.410.850 739.100 169,28 1,00

8 ND-1003-3156 5.410.900 739.000 169,28 1,00

9 ND-1003-3386 5.410.050 746.000 62,81 0,37

10 ND-1003-3722 5.417.850 742.250 17,40 0,10

11 ND-1003-3723 5.414.630 738.800 9,68 0,06

12 ND-1003-3726 5.409.680 746.625 59,98 0,35

13 ND-1003-3732 5.406.970 732.500 231,38 1,37

14 ND-1003-3890 5.406.970 732.500 231,38 1,37

15 ND-1003-3890 5.414.630 738.800 9,68 0,06

16 ND-1003-3890 5.417.850 742.250 17,40 0,10

17 ND-1003-3903 5.409.680 746.625 59,98 0,35

18 ND-1003-4023 5.407.350 736.100 11,51 0,07

19 ND-1003-4048 5.417.850 742.250 17,40 0,10

20 ND-1003-4050 5.406.970 732.500 231,38 1,37

21 ND-1003-4051 5.414.630 738.800 9,68 0,06

22 ND-1003-4058 5.410.050 746.000 62,81 0,37

23 ND-1003-4069 5.407.300 736.500 11,51 0,07

24 ND-1003-4089 5.412.375 742.750 132,22 0,78

25 ND-1003-4091 5.409.680 746.625 59,98 0,35

Page 37: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

33

Figura 15. Cuencas aportantes a las solicitudes de derechos no consuntivo.

Fuente: Elaboración propia.

Page 38: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

34

5 ANÁLISIS DEL CAUDAL ECOLÓGICO Y LA NORMA DE LA RESERVA: SU APLICACIÓN PARA

MANTENER EL RÍO

En la legislación chilena, el caudal ecológico está limitado a un valor máximo definido

por el Código de Aguas que corresponde al 20% del caudal medio anual. Para casos

excepcionales, en el mismo código se indica que el Presidente de la República tiene la

atribución para definir un caudal ecológico distinto al recién señalado, no pudiendo

sobrepasar el valor de 40% del caudal medio anual, de acuerdo a Ley 20.017, artículo

129 bis 1 Código de Aguas.

Aunque recién se crea en la legislación el año 2005, este instrumento se aplica desde

finales de los 90 con el objetivo final de conservar los ecosistemas de aguadulce. Sobre

la efectividad de este instrumento se ha discutido en diversas publicaciones tal como lo

plantea Jammet y Rodrigues (2005) en la publicación “Evaluación de del Instrumento

Caudal Ecológico, panorama legal e institucional en Chile y Brasil”. En efecto, los

autores plantean que en muchos casos lo que se denomina caudal ecológico

corresponde en la realidad a un caudal mínimo. El caudal ecológico tendría como

propósito la conservación de ecosistemas específicos y el caudal mínimo es apenas el

límite inferior de un caudal que puede ser mantenido dentro del cauce de un río para

que se alcancen otros tipos de intereses de protección.

El método considerado en la ley chilena para la fijación de caudales ecológico se basa

entonces en la hidrología del río, y considera este valor como un porcentaje del caudal

medio anual. Este método hidrológico tiene como supuesto base que los organismos

del ecosistema ribereño están adaptados a las variaciones estacionales, y recoge el

método desarrollado por Tennant. Este investigador realizó experimentos en 11

arroyos ubicados en Nebraska, Montana y Wyoming, con el objetivo de encontrar una

relación entre el caudal estacional, como porcentaje del caudal medio anual, y la

disponibilidad de hábitat para la biota acuática. Sus resultados señalaron que el hábitat

comienza a degradarse con caudales menores al 10% del caudal medio anual, asociado

a velocidades inferiores a 0,25 m/s y una profundidad media de 0,3 m. La aplicación

en Chile ha sido sin evaluar realmente la pérdida de hábitat de peces y se ha

extrapolado desde la situación investigada por Tennant. Situación que de ninguna

Page 39: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

35

forma considera al ecosistema, sino que solamente peces. Siendo así, la medida

resulta de base insatisfactoria para la conservación de los ecosistemas del río.

Por otra parte, no existe en Chile regulación de otros aspectos tan relevantes como el

caudal para conseguir el propósito de conservación: normas para gestión del uso del

cauce, conservación de riberas, mantención de vegetación ribereña, entre otros. Esto

hace que aunque se cumpla un caudal ecológico, la conservación de ecosistemas

pueda no ser posible.

Por otra parte, la posibilidad de mantener caudales ecológicos sólo existe respecto de

aquellos ríos en que queden derechos de agua sin otorgar a partir del año 2005, es

decir, tan sólo unos pocos ríos en las regiones más australes del país. Por esto mismo,

el río Cochamó es un caso en que se podría aplicar caudal ecológico, y en efecto, este

constituye un instrumento que se analiza a continuación para efectos de determinar

sus posibilidades en la conservación del río, en cuanto al caudal solamente.

5.1 El caudal ecológico: una medida poco efectiva para la conservación del río

En la Figura 16 se muestra el valor medio del caudal de acuerdo a la solicitud de AES

Gener (expediente ND-1003-144), y el rango mínimo y máximo, además del caudal

ecológico máximo posible de establecer por la DGA, que en este caso es el 20% del

caudal medio anual. El punto de la solicitud de AES Gener será, para efectos de este

capítulo, el punto de referencia de cálculo de los valores de caudales. Como se

observa, el caudal ecológico es, en la mayoría de los casos, menor incluso al mínimo

histórico.

En la Figura 17 se muestran las series de caudales y como se aprecia el río Cochamó

se modificaría totalmente en el caso de mantener el caudal ecológico máximo

permitido por la DGA, correspondiente al 20% del caudal medio anual. En efecto, con

caudal ecológico calculado de esta forma el río se conserva el 1% del tiempo en

condiciones equivalentes a la del río natural. Si el caudal ecológico fuera el 40% del

caudal medio anual, la situación cambia parcialmente (ver Figura 18) y en ese caso el

río se conserva el 12% del tiempo.

Page 40: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

36

0

5

10

15

20

25

30

35

40

45

50

Abril

May

o

Junio

Julio

Agos

to

Sep

tiem

bre

Oct

ubre

Nov

iem

bre

Dic

iem

bre

Ener

o

Febre

ro

Mar

zo

caudal

med

io m

ensu

al (

m3/s

)

Q natural medio. Rango Min-Max

Q ecol=20% caudal medio anual

Figura 16. Valores medios mensuales y rango mínimo y máximo de la serie de caudales mensuales en el punto de referencia.

0

5

10

15

20

25

30

35

40

45

50

12-1959 06-1965 11-1970 05-1976 11-1981 05-1987 10-1992 04-1998 10-2003

caudal (m

3/s

)

Q naturalQ ecologico

Figura 17. Serie de caudales mensuales en el punto de referencia y serie de caudal ecológico en el mismo punto, calculado como el 20% del caudal medio anual por mes.

Page 41: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

37

0

5

10

15

20

25

30

35

40

45

50

12-1959 06-1965 11-1970 05-1976 11-1981 05-1987 10-1992 04-1998 10-2003

caudal

(m

3/s

)

Q naturalQ ecologico

Figura 18. Serie de caudales mensuales de la solicitud de AES Gener y serie de caudal ecológico en el mismo punto, calculado como el 40% del caudal medio anual por mes.

A continuación, se calculó la distribución probabilística del caudal natural y del caudal

ecológico, como se muestra en la Figura 19. Se observa que con un caudal ecológico

del 40% el caudal medio anual, no se observarían en el río caudales superiores a 8

m3/s, monto de alta frecuencia en la serie de caudal natural. En efecto, este valor en el

río se da con una probabilidad de excedencia del 90% aproximadamente.

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

0 10 20 30 40 50 60

Caudal (m3/s)

Pro

babili

dad d

e e

xce

denci

a

Q ecol 40% caudalmedioQ natural

Q ecol 20% caudalmedio

Figura 19. Probabilidad de excedencia de caudal para las series del río, y del caudal ecológico en el punto de referencia.

Page 42: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

38

Desde el punto de vista de la conservación del río, el desempeño del caudal ecológico

no se vislumbra muy satisfactorio y siendo así, en este caso esta medida es de poco

impacto en la conservación ambiental del río, ya que como se observó en la figura

anterior, estos valores son casi siempre excedidos en la distribución normal del cauce.

En efecto, aún aplicando los valores máximos permitidos por la norma, el caudal

ecológico no permite conservar en el régimen de caudales completamente la magnitud,

la frecuencia y la duración. Todos estos aspectos son señalados tanto por Poff et. al.

(1997) como por Díez-Hernández (2005) como los elementos claves para asegurar

mantención de ecosistemas y preservación ambiental.

En específico, Díez-Hernández (2005) citando a varios autores señala las alteraciones

que provocan modificaciones significativas en los ríos, asociados a aprovechamientos

hidroeléctricos o en general a cualquier tipo de intervención que opere de manera

similar: la magnitud y frecuencia de los caudales extremos provocados por cambios

súbitos afectan dañinamente a muchos organismos que son arrastrados durante los

caudales máximos o quedan aislados en seco durante los caudales mínimos; favorecen

la instalación de especies generalistas que pueden desplazar a las nativas; pueden

romper el ciclo vital de algunas especies; propician el desarrollo excesivo de algas; y

modifican el sustrato.

En cuanto a las alteraciones en la duración del caudal, el alargamiento del período de

caudales bajos limita el hábitat disponible e incrementa la concentración de

organismos acuáticos; reduce el refugio proporcionado por la cobertura vegetal, y

rompe la conexión entre el cauce y los márgenes; por su parte, el alargamiento del

período de inundación modifica la composición del bosque ribereño y reduce las zonas

de rápidos para los peces.

En resumen, el caudal ecológico calculado aún con los valores máximos permitidos en

la ley chilena presenta tantos inconvenientes, que no asegura en ningún caso una

conservación del río pues las cuantías de caudal ecológico son bajas y destruye la

estructura hidrológica del río. Y sumado a esto no asegura la mantención de

ecosistemas y hábitat, pues se calcula en base a procedimientos hidrológicos sin

evaluación de pérdida de hábitat y con métodos desarrollados para otras realidades

que no persiguen siquiera el objetivo de conservación de ecosistemas. Además,

permite alteraciones no reguladas ambientalmente de cauces, de ribera, y de otros

aspectos tan importantes para la mantención de ecosistemas como el caudal, y alteran

características tan esenciales del régimen como magnitud, duración, y frecuencia.

Page 43: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

39

5.2 Reserva de caudal para fines de interés nacional

En la ley 20.017 que modificó el Código de Aguas se consignó una norma en la que se

le da atribución al Presidente de la República para que bajo ciertas condiciones reserve

recursos hídricos. El inciso 3° del Artículo 147 bis del Código de Aguas señala:

“Asimismo, cuando sea necesario reservar el recurso para el abastecimiento de la

población por no existir otros medios para obtener el agua, o bien, tratándose de

solicitudes de derechos no consuntivos y por circunstancias excepcionales y de interés

nacional, el Presidente de la República, podrá mediante decreto fundado, con informe

de la Dirección General de Aguas, disponer la denegación parcial de una petición de

derecho de aprovechamiento. Este decreto se publicará por una sola vez en el Diario

Oficial, el día primero o quince de cada mes, o el primer día hábil inmediatamente

siguiente si aquellos fueran feriados”.

Entonces, el Presidente de la República mediante Decreto Supremo puede denegar

parcialmente una petición de derecho de aprovechamiento de aguas, si concurren

algunas de las siguientes situaciones:

• que sea necesario reservar el recurso para el abastecimiento de la población por no

existir otros medios para obtener el agua.

• tratándose de solicitudes de derechos no consuntivos y por circunstancias

excepcionales y de interés nacional.

Tal denegación de la solicitud de derecho de aprovechamiento, se deberá materializar

mediante un decreto fundado, respaldado técnicamente por un informe de la Dirección

General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas.

En lo que respecta a las circunstancias excepcionales y de interés nacional, no existe

base en la ley para establecer el marco técnico que defina el ámbito de aplicación,

pues este es discrecional, ajustándose cada vez a criterios de oportunidad, merito o

conveniencia. En un contexto amplio, se ha considerado pertinente utilizar el término

de Interés Nacional indistintamente para hacer referencia a la importancia o

conveniencia de zonas específicas del país asociadas a algún interés de tipo colectivo

relacionadas con los ámbitos económico, territorial, social, cultural, ambiental,

geopolítico e incluso de tipo moral que compromete a la nación.

Page 44: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

40

Otra definición está relacionada con aquellas áreas del país, asociadas a las distintas

aspiraciones y prioridades que presenta la nación para su desarrollo actual y futuro.

Desde este punto de vista, la definición del caudal de reserva puede ser utilizada en el

caso de conservación ambiental y desarrollo local en la cuenca del río Cochamó, pues

es de interés nacional para el Estado de Chile apoyar desde los derechos de

aprovechamiento de recursos hídricos, el desarrollo ambiental y turístico de los

territorios que el Estado ha protegido a través de diferentes instrumentos.

Sintetizando lo señalado en el Capítulo 2, la cuenca del río Cochamó es de interés

nacional para efectos de la aplicación del inciso 3° del Artículo 147 bis del Código de

Aguas debido a que:

• Presenta una intervención antrópica muy reducida, por lo que todos los elementos

naturales sean bióticos o abióticos, se encuentran en un excelente y poco común

estado de conservación. Lo anterior sitúa a Cochamó con un rol de funciones y

relaciones ecológicas relevantes en la zona.

• Es una de las pocas cuencas en Chile que no presenta grandes derechos de

aprovechamiento de aguas otorgados. En este sentido, es una de las pocas que

mantiene su régimen natural casi inalterado, lo cual brinda una oportunidad de

gestión ambiental desde el punto de vista de los recursos hídricos.

• Posee extensas zonas con bosque nativo en excelente estado de conservación

(cerca del 68% de la cuenca), entre ellos de Alerce (Fitzroya cupressoides),

Monumento Natural desde 1976.

• Junto a la cuenca del río Puelo, fue declarada zona de interés turístico (ZOIT) por

Sernatur, atendiendo principalmente a su alto valor paisajístico y atractivos

naturales, teniendo como foco el desarrollo del turismo de intereses especiales.

• Relacionado con lo anterior, una característica que merece especial mención son

las imponentes paredes de granito que posee, en las cuales se han creado largas

rutas de escalada, hoy reconocidas a nivel mundial y comparadas con el

emblemático Parque Nacional Yosemite de Estados Unidos.

• Está incluida en las rutas Interlagos (MOP) y el Sendero de Chile, las cuales tienen

como propósito impulsar el desarrollo de actividades ligadas al turismo, la

educación ambiental y la conectividad, depositando en las poblaciones locales un

rol protagónico.

Page 45: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

41

• Contribuiría con el eje de desarrollo regional “Sustentabilidad Regional” y se

enmarcaría dentro del Programa Regional “Sistema Regional de Áreas Protegidas

Públicas y Privadas” que define la EDR.

• Forma parte de la Reserva de la Biosfera propuesta por el Gobierno de Chile y

ratificada por la UNESCO denominada “Bosques Templados Lluviosos de los Andes

Australes”, con la cual se busca tender a una relación racional y sustentable de los

recursos naturales con las actividades antrópicas en el área que comprende.

5.3 Procedimiento técnico para definir caudal de reserva para conservación ambiental. Aplicación en la cuenca del río Cochamó

En el Capítulo 5.1, se señalaron los inconvenientes que tiene el caudal ecológico como

medio para lograr la conservación ambiental, en especial, en la cuenca del río

Cochamó. El principal de ellos es sin duda el monto, pues aún aplicando el equivalente

al 40% del caudal medio anual, este resulta bajísimo. La reserva por su parte, no tiene

límites relacionados a un caudal específico.

A continuación, se señala un procedimiento para normar la aplicación del instrumento

de caudal de reserva, bajo la premisa de que existe la circunstancia excepcional y el

interés nacional.

Como procedimiento para fijar el monto de caudal a reservar se estimaron los

siguientes principios:

• De acuerdo a la ley, existe en el río un caudal ecológico.

• Se busca encontrar un caudal de conservación ambiental, definido por la suma del

caudal ecológico, que para este caso será el 20% del caudal medio anual más el de

reserva por interés nacional, que es el tramo comprendido entre el caudal ecológico

y el 20 % de probabilidad de excedencia. Esto permitirá mantener la mayor parte

del tiempo, en su condición natural, la distribución de caudales en la cuenca (área

gris en la Figura 20) y de esta manera mantener prácticamente inalterada la

magnitud, frecuencia, y duración del régimen.

• La disponibilidad de caudales para constituir derechos de aprovechamiento de

aguas, será el tramo comprendido entre 20% y el 10% de probabilidad de

Page 46: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

42

excedencia. El caudal de reserva fija disponibilidad real a partir del valor de reserva

(área de disponibilidad en la Figura 20).

frecuencia

caudalQ conservación ambiental

Disponibilidad

Q ecológico

Reserva

Figura 20. Procedimiento para definir reserva (incluyendo caudal ecológico) para conservación ambiental y disponibilidad.

La Figura 21 muestra la comparación entre el régimen natural y el régimen en caso de

aplicar la reserva por sobre el caudal ecológico. A nivel mensual (Figura 22), se

observa que la distribución del régimen natural se trunca en el valor de probabilidad de

excedencia del 20%, con lo que la reserva resulta ser efectiva para la mantención del

río Cochamó.

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

0 5 10 15 20 25 30 35 40 45 50

Caudal (m3/s)

Probab

ilidad

de

exce

den

cia Q natural

Q cons ambiental.20% probexcedencia

Figura 21. Distribución de probabilidad del río Cochamó en el punto de referencia en condiciones naturales y considerando un caudal de conservación ambiental equivalente al de 20% de probabilidad de excedencia en condiciones naturales.

Page 47: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

43

0

5

10

15

20

25

30

35

40

45

50

12-1959 06-1965 11-1970 05-1976 11-1981 05-1987 10-1992 04-1998 10-2003

caudal

(m

3/s

)Q naturalQ conservación ambiental

Figura 22. Serie de caudales mensuales en el punto de referencia y serie de caudal de conservación ambiental en el mismo punto, calculado como el valor mensual de probabilidad de excedencia 20%.

A nivel mensual, y para el punto de referencia, se presenta en la Figura 23 los valores

de caudal ecológico (considerado como el 20% del caudal medio anual), el de reserva

y el de disponibilidad para constituir derechos no consuntivos. Los valores se presentan

en la Tabla 5.

0

5

10

15

20

25

30

35

Abri

l

Mayo

Junio

Julio

Agost

o

Septiem

bre

Oct

ubre

Novie

mbre

Dic

iem

bre

Enero

Febre

ro

Marz

o

caudal (m

3/s

)

ecologico reserva disponibilidad eventual

Figura 23. Caudal ecológico, de reserva y de disponibilidad eventual en el punto de referencia.

Page 48: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

44

Tabla 5. Caudal ecológico, de reserva y de disponibilidad eventual en el punto de referencia.

Caudal (m3/s) Meses

Ecológico Reserva Disponibilidad

eventual Abril 2,76 11,97 3,79 Mayo 2,76 19,58 3,74 Junio 2,76 19,81 3,32 Julio 2,76 19,88 3,11 Agosto 2,76 23,14 4,23 Septiembre 2,76 17,33 2,55 Octubre 2,76 16,71 2,77 Noviembre 2,76 16,26 2,62 Diciembre 2,76 13,34 3,38 Enero 2,76 10,33 2,60 Febrero 2,76 7,73 2,53 Marzo 2,76 4,67 1,33

Page 49: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

45

6 DETERMINACIÓN DE LOS CAUDALES ECOLÓGICO, DE RESERVAS Y DISPONIBILIDAD PARA

LAS SOLICITUDES UBICADAS EN LA CUENCA

6.1 Caudal ecológico, de reserva y disponibilidad eventual

De acuerdo al procedimiento descrito en el punto 5.3 y considerando que existen

varias solicitudes de derechos de aprovechamiento de aguas de carácter no consuntivo

en tramitación, el procedimiento para determinar el caudal ecológico, es el descrito

para el caso del expediente ND-1003-144, ajustado por proporción de área al punto de

captación de cada solicitud de acuerdo a los coeficientes de área.

Al respecto, se observa que varias solicitudes son idénticas tanto en el caudal

solicitado como en el punto de captación. Por lo tanto, para generar la reserva en el

punto solicitado, basta con calcular el caudal de reserva sólo para una solicitud y las

siguientes que solicitan captar en el mismo punto, se verán gravadas de igual forma.

De esta manera, el listado de solicitudes que serán denegadas parcialmente con el fin

de generar la reserva es el que se presenta en la Tabla 6:

Tabla 6. Solicitudes que serán denegadas parcialmente para generar el caudal a reservar.

Caudal Solicitado

Captación UTM (m)

Restitución UTM (m)

N° Expediente Peticionario Fuente Perm. (m3/s)

Even. (m3/s)

Norte Este Norte Este

RazónÁreas

1 ND-1003-144 AES Gener S. A. Río Cochamó 37 0 5.410.900 739.100 5.407.100 732.700 1,0000

2 ND-1003-1904 Jose Antonio Opazo Werner

Río Del Este 4 0 5.401.480 730.660 5.402.300 730.080 0,1967

3 ND-1003-3722 Manuel Madrid Aris Río Valverde 50 0 5.417.850 742.250 5.412.350 743.020 0,1028

4 ND-1003-3723 Manuel Madrid Aris Río La Junta 50 0 5.414.630 738.800 5.412.075 740.525 0,0572

5 ND-1003-3726 Gonzalo Guajardo Pizarro

Río Botapiedras 50 0 5.409.680 746.625 5.412.250 743.000 0,3543

6 ND-1003-3732 Manuel Madrid Aris Río Cochamó 50 0 5.406.970 732.500 5.403.410 729.650 1,3669

7 ND-1003-4023 Alejandra Lamarca Río Sin Nombre 3 0 5.407.350 736.100 5.408.800 734.950 0,0680

8 ND-1003-4069 Robert James Gillmore Landon

Estero Sin Nombre

3 0 5.407.300 736.500 5.408.875 735.200 0,0611

9 ND-1003-4089 Robert James Gillmore Landon

Río Cochamó 31 0 5.412.375 742.750 5.410.875 739.200 0,7811

Page 50: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

46

El caudal ecológico a respetar para cada una de las solicitudes indicada anteriormente,

correspondiente al 20% del caudal medio anual calculado para cada solicitud (Tabla 7):

Tabla 7. Caudales ecológicos a respetar aguas abajo de la captación de las solicitudes de derecho de aprovechamiento de aguas presentadas.

Caudal Ecológico por mes (m3/s) N° Expediente Fuente

ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC

1 ND-1003-144 Río Cochamó 2,76 2,76 2,76 2,76 2,76 2,76 2,76 2,76 2,76 2,76 2,76 2,76

2 ND-1003-1904 Río Del Este 0,54 0,54 0,54 0,54 0,54 0,54 0,54 0,54 0,54 0,54 0,54 0,54

3 ND-1003-3722 Río Valverde 0,28 0,28 0,28 0,28 0,28 0,28 0,28 0,28 0,28 0,28 0,28 0,28

4 ND-1003-3723 Río La Junta 0,16 0,16 0,16 0,16 0,16 0,16 0,16 0,16 0,16 0,16 0,16 0,16

5 ND-1003-3726 Río Botapiedras 0,98 0,98 0,98 0,98 0,98 0,98 0,98 0,98 0,98 0,98 0,98 0,98

6 ND-1003-3732 Río Cochamó 3,77 3,77 3,77 3,77 3,77 3,77 3,77 3,77 3,77 3,77 3,77 3,77

7 ND-1003-4023 Río Sin Nombre 0,19 0,19 0,19 0,19 0,19 0,19 0,19 0,19 0,19 0,19 0,19 0,19

8 ND-1003-4069 Estero Sin Nombre 0,17 0,17 0,17 0,17 0,17 0,17 0,17 0,17 0,17 0,17 0,17 0,17

9 ND-1003-4089 Río Cochamó 2,16 2,16 2,16 2,16 2,16 2,16 2,16 2,16 2,16 2,16 2,16 2,16

Posteriormente, se calcularon los montos de las denegaciones parciales para cada una

de las solicitudes indicadas. De esta forma, el monto de la reserva en cada uno de los

puntos de captación respectivo es el siguiente:

Tabla 8. Caudales de reserva a respetar en cada punto de captación de las solicitudes de derecho de aprovechamiento de aguas presentadas.

Caudal por mes a denegar parcialmente y a reservar (m3/s) N° Expediente Fuente

ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC

1 ND-1003-144 Río Cochamó 10,33 7,73 4,67 11,97 19,58 19,81 19,88 23,14 17,33 16,71 16,26 13,34

2 ND-1003-1904 Río Del Este 2,03 1,52 0,92 2,35 3,85 3,90 3,91 3,99 3,41 3,29 3,20 2,62

3 ND-1003-3722 Río Valverde 1,06 0,79 0,48 1,23 2,01 2,04 2,04 2,38 1,78 1,72 1,67 1,37

4 ND-1003-3723 Río La Junta 0,59 0,44 0,27 0,68 1,12 1,13 1,14 1,32 0,99 0,96 0,93 0,76

5 ND-1003-3726 Río Botapiedras 3,66 2,74 1,65 4,24 6,94 7,02 7,04 8,20 6,14 5,92 5,76 4,73

6 ND-1003-3732 Río Cochamó 14,12 10,57 6,38 16,36 26,76 27,08 27,17 31,63 23,69 22,84 22,23 18,23

7 ND-1003-4023 Río Sin Nombre 0,70 0,53 0,32 0,81 1,33 1,35 1,35 1,57 1,18 1,14 1,11 0,91

8 ND-1003-4069 Estero Sin Nombre 0,63 0,47 0,29 0,73 1,20 1,21 1,22 1,41 1,06 1,02 0,99 0,82

9 ND-1003-4089 Río Cochamó 8,07 6,04 3,65 9,35 15,29 15,47 15,53 18,07 13,54 13,05 12,70 10,42

Por último, se determinó el caudal disponible para otorgar a las solicitudes en ejercicio

eventual con una probabilidad de excedencia entre el 20% y el 10% (Tabla 9). Cabe

destacar que el valor que se indica corresponde a la disponibilidad en el punto de

captación.

Page 51: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

47

Tabla 9. Caudales disponibles para otorgar en cada punto de captación de las solicitudes de derecho de aprovechamiento de aguas presentadas.

Caudal disponible en ejercicio eventual (m3/s), entre el 20% y 10% P.E. N° Expediente Fuente

ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC

1 ND-1003-144 Río Cochamó 2,60 2,53 1,33 3,79 3,74 3,32 3,11 4,23 2,55 2,77 2,62 3,38

2 ND-1003-1904 Río Del Este 0,51 0,50 0,26 0,75 0,74 0,65 0,61 0,83 0,50 0,54 0,52 0,66

3 ND-1003-3722 Río Valverde 0,27 0,26 0,14 0,39 0,38 0,34 0,32 0,43 0,26 0,28 0,27 0,35

4 ND-1003-3723 Río La Junta 0,15 0,14 0,08 0,22 0,21 0,19 0,18 0,24 0,15 0,16 0,15 0,19

5 ND-1003-3726 Río Botapiedras 0,92 0,90 0,47 1,34 1,33 1,18 1,10 1,50 0,90 0,98 0,93 1,20

6 ND-1003-3732 Río Cochamó 3,55 3,46 1,82 5,18 5,11 4,54 4,25 5,78 3,49 3,79 3,58 4,62

7 ND-1003-4023 Río Sin Nombre 0,18 0,17 0,09 0,26 0,25 0,23 0,21 0,29 0,17 0,19 0,18 0,23

8 ND-1003-4069 Estero Sin Nombre 0,16 0,15 0,08 0,23 0,23 0,20 0,19 0,26 0,16 0,17 0,16 0,21

9 ND-1003-4089 Río Cochamó 2,03 1,98 1,04 2,96 2,92 2,59 2,43 3,30 1,99 2,16 2,05 2,64

Para cada caso, habrá que verificar si las solicitudes indicadas se encuentran en

condición de remate con otras que solicitan las mismas, según lo establecido en el

Artículo 142 del Código de Aguas.

6.2 Denegación parcial de las solicitudes de derecho de aprovechamiento de aguas en la cuenca

De acuerdo a lo anterior, se denegarán parcialmente las solicitudes de derecho de

aprovechamiento de aguas de carácter no consuntivo indicadas en la Tabla 8, en el

monto indicado. Los montos de los caudales a denegar en cada caso, son los que se

indican en la Tabla 10:

Tabla 10. Montos de caudal que deben ser denegados en cada una de las solicitudes indicadas.

Caudal por mes a denegar parcialmente (m3/s) N° Expediente Fuente

ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC

1 ND-1003-144 Río Cochamó 10,33 7,73 4,67 11,97 19,58 19,81 19,88 23,14 17,33 16,71 16,26 13,34

2 ND-1003-1904 Río Del Este 2,03 1,52 0,92 2,35 3,85 3,90 3,91 3,99 3,41 3,29 3,20 2,62

3 ND-1003-3722 Río Valverde 1,06 0,79 0,48 1,23 2,01 2,04 2,04 2,38 1,78 1,72 1,67 1,37

4 ND-1003-3723 Río La Junta 0,59 0,44 0,27 0,68 1,12 1,13 1,14 1,32 0,99 0,96 0,93 0,76

5 ND-1003-3726 Río Botapiedras 3,66 2,74 1,65 4,24 6,94 7,02 7,04 8,20 6,14 5,92 5,76 4,73

6 ND-1003-3732 Río Cochamó 14,12 10,57 6,38 16,36 26,76 27,08 27,17 31,63 23,69 22,84 22,23 18,23

7 ND-1003-4023 Río Sin Nombre 0,70 0,53 0,32 0,81 1,33 1,35 1,35 1,57 1,18 1,14 1,11 0,91

8 ND-1003-4069 Estero Sin Nombre 0,63 0,47 0,29 0,73 1,20 1,21 1,22 1,41 1,06 1,02 0,99 0,82

9 ND-1003-4089 Río Cochamó 8,07 6,04 3,65 9,35 15,29 15,47 15,53 18,07 13,54 13,05 12,70 10,42

Además, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 147 bis inciso 4° del Código de

Aguas, se deberá ofrecer a los solicitantes el caudal remanente disponible en cada

Page 52: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

48

caso, haciendo hincapié en que dicho caudal tiene una probabilidad de excedencia

entre el 20% y el 10%, y sólo estará disponible una vez que el caudal del río supere,

para cada mes, los caudales ecológicos sumados a los caudales de reserva respectivos.

Sólo en el evento de tener respuesta favorable, se podrá proceder al otorgamiento del

derecho.

Por último, cabe hacer presente que, para aquellos tramos de la cuenca en que no

hayan sido solicitados y que no tengan asociado un caudal de reserva, el

procedimiento para estimar el caudal disponible para constituir, será el descrito en el

punto presente.

Page 53: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

49

7 REFERENCIAS

• Campos, H., G. Dazarola, B. Dyer, L. Fuentes, J. Gavilán, L. Huaquín, G.

Martínez, R. Meléndez, G. Pequeño, F. Ponce, V. Ruiz, W. Sielfeld, D. Soto, R.

Vega & I. Vila. Categorías de conservación de peces nativos de aguas

continentales de Chile. Boletín del Museo Nacional de Historia Natural (Chile)

47:101-122. 1998.

• Comisión Nacional del Medio Ambiente. Estrategia Regional para la conservación

y utilización sostenible de la biodiversidad, Décima Región de Los Lagos. 2002.

• De Groot, R., M. Wilson y R. Boumans. A typology for the classification,

descriptions and valuation of ecosystem functions, goods and services. Ecological

Economics 41: 393-408. 2002.

• Díez-Hernández, J. Bases metodológicas para el establecimiento de caudales

ecológicos en el ordenamiento de cuencas hidrográficas. Revista Ingeniería y

Competitividad, Facultad de Ingeniería de la Universidad del Valle, Colombia.

Volumen 7, N° 2, p. 11-18. 2005.

• Dirección General de Aguas. Análisis y Determinación de Caudales de Reserva

para abastecimiento de la población y usos de Interés Nacional. Realizado por AC

Ingenieros Consultores Ltda. Ayala, Cabrera y Asociados Ltda. SIT Nº 116.

Santiago, 2006.

• Fundación Lahuén-Ifanos Chile S.A. Estudio Plan de Ordenamiento Territorial

para la cuenca del río Cochamó. 2001.

• Habit, E, B Dyer2 & I Vila. Estado de conocimiento de los peces dulceacuícolas de

Chile. Gayana 70(1): 100-113. 2006.

• Hoffmann, A. Flora silvestre de Chile. Zona araucana. Árboles, arbustos y

enredaderas leñosas. Una guía ilustrada para la identificación de las especies de

plantas leñosas del sur de Chile. Ediciones Claudio Gay. 258 pp. 1997.

• Instituto Geográfico Militar. Hidrografía, Tomo VIII. Colección Geografía de Chile.

Autores Hans Niemeyer Fernández y Pilar Cereceda Troncoso. 1984.

Page 54: INFORME TÉCNICO N° 2: RESERVA DEL RÍO COCHAMÓ PARA LA

Dirección General de Aguas

50

• Jamett, G. y Rodrigues, A. Evaluación del Instrumento Caudal Ecológico,

panorama legal e institucional en Chile y Brasil. 2005.

• Poff, N.L., J.D. Allan, M. B. Bain, J.R. Karr, K.L. Prestegaard, B. Richter, R.

Sparks, and J. Stromberg. The natural flow regime: a new paradigm for riverine

conservation and restoration. BioScience 47:769-784. 1997.

• Secretaría Regional Ministerial de Planificación y Cooperación, Región de Los

Lagos. Estrategia de Desarrollo Regional 2009 – 2020.

• Servicio Nacional de Turismo. Centros y Zonas de Interés Turístico Nacional.

Antecedentes básicos para una Estrategia de Ordenamiento Territorial. Versión

2008.

• Universidad de Chile, Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas, Departamento

de Geofísica. Estudio de la variabilidad climática en Chile para el siglo XXI. 2006.

• Vannote R.L., G.W. Minshall, K.W. Cummins, J.R. Sedell y C.E. Cushing. The

River Continuum Concept. Can. J. Fish. Aquat. Sci., 37: 130-137. 1980.

Normativas:

• Decreto con Fuerza de Ley 1.122, Código de Aguas, Ministerio de Justicia. Agosto

1981.

• Ley 20.017 que modifica el Código de Aguas de 1981. Junio 2005.

• Decreto Ley 1.224 que Crea el Servicio Nacional de Turismo. Octubre 1975.

• Manual de normas y procedimientos para la Administración de Recursos Hídricos,

Dirección General de Aguas, 2008.