informe n° -0192 2020 - mincetur/sg/oga/oasa

22
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres" "Año de la Universalización de la Salud" San Isidro, INFORME N° - 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA A : MILAGROS YVONNE ESTELA DIAZ SALAZAR Directora General de la Oficina General de Administración ASUNTO : INFORME Evaluación del Plan Anual de Contrataciones del MINCETUR al Segundo Trimestre del año fiscal 2020 REFERENCIA : -- Me dirijo a usted, con relación a la evaluación correspondiente al segundo trimestre del año fiscal 2020, del Plan Anual de Contrataciones PAC, de la Unidad Ejecutora 001: Dirección General de Administración, perteneciente al Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo UE 001 del MINCETUR. I. OBJETO Evaluación del Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001: Dirección General de Administración, perteneciente al Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR, al Segundo Trimestre del año fiscal 2020; en cumplimiento a los lineamientos y disposiciones previstas en la Directiva N° 002-2019-OSCE/CD - Plan Anual de Contrataciones, aprobado mediante Resolución Nº 014-2019-OSCE-PRE. II. BASE LEGAL 2.1 Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2020. 2.2 Decreto Supremo N° 082-2019-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, “Ley de Contrataciones del Estado”. 2.3 Decreto Supremo N° 377-2019-EF, que modifica el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF. 2.4 Decreto Supremo N° 168-2020-EF, que establecen disposiciones en materia de contrataciones públicas para facilitar la reactivación de contratos de bienes y servicios y modifican el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. 2.5 Resolución Ministerial N° 058-2020-MINCETUR, que aprueba la actualización de metas al 2025 del PESEM 2016 2021 y del PEI 2017 2019. 2.6 Resolución Ministerial N° 451-2019-MINCETUR, que aprueba el Plan Operativo Institucional - POI 2020 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. 2.7 Resolución Ministerial N° 443-2019-MINCETUR, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal 2020 del MINCETUR. 2.8 Resolución Secretarial N° 011-2020-MINCETUR, que aprueba el Plan Anual de Contrataciones PAC 2020 de la Unidad Ejecutora 001: Dirección General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR, correspondiente al año fiscal 2020. 2.9 Directiva N° 002-2019-OSCE/CD - Plan Anual de Contrataciones, aprobado mediante Resolución Nº 014-2019-OSCE-PRE. 2.10 Resolución Ministerial N° 083-2020-PCM, que conforma el Grupo de Trabajo denominado “Comisión Multisectorial de Alto Nivel que conduce las labores de coordinación y articulación orientadas a la prevención, protección y control del Coronavirus (COVID-19)”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministro-PCM. 2.11 Decreto Supremo N° 020-2020-SA, que prorroga la Emergencia Sanitaria, declarada mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, por un plazo de noventa (90) días calendario, a partir del 10.06.2020 hasta el 07.09.2020. Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Secretaría General Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando la siguiente clave: 36WMSHH5 Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú 0192 29 de julio de 2020 Exp. 1315537 Firmado digitalmente por SALAMANCA HUIZA Gianina Gisella FAU 20504774288 soft Cargo: Directora de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares Motivo: Documento Electrónico Fecha: 2020/07/29 16:06:45-0500

Upload: others

Post on 27-Jul-2022

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"

"Año de la Universalización de la Salud"

San Isidro,

INFORME N° - 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

A : MILAGROS YVONNE ESTELA DIAZ SALAZAR Directora General de la Oficina General de Administración

ASUNTO : INFORME Evaluación del Plan Anual de Contrataciones del MINCETUR al Segundo Trimestre del año fiscal 2020

REFERENCIA : --

Me dirijo a usted, con relación a la evaluación correspondiente al segundo trimestre del año fiscal 2020, del Plan Anual de Contrataciones – PAC, de la Unidad Ejecutora 001: Dirección General de Administración, perteneciente al Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – UE 001 del MINCETUR.

I. OBJETO

Evaluación del Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001: Dirección General de Administración, perteneciente al Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, al Segundo Trimestre del año fiscal 2020; en cumplimiento a los lineamientos y disposiciones previstas en la Directiva N° 002-2019-OSCE/CD - Plan Anual de Contrataciones, aprobado mediante Resolución Nº 014-2019-OSCE-PRE.

II. BASE LEGAL

2.1 Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2020.

2.2 Decreto Supremo N° 082-2019-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, “Ley de Contrataciones del Estado”.

2.3 Decreto Supremo N° 377-2019-EF, que modifica el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF.

2.4 Decreto Supremo N° 168-2020-EF, que establecen disposiciones en materia de contrataciones públicas para facilitar la reactivación de contratos de bienes y servicios y modifican el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

2.5 Resolución Ministerial N° 058-2020-MINCETUR, que aprueba la actualización de metas al 2025 del PESEM 2016 – 2021 y del PEI 2017 – 2019.

2.6 Resolución Ministerial N° 451-2019-MINCETUR, que aprueba el Plan Operativo Institucional - POI 2020 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

2.7 Resolución Ministerial N° 443-2019-MINCETUR, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal 2020 del MINCETUR.

2.8 Resolución Secretarial N° 011-2020-MINCETUR, que aprueba el Plan Anual de Contrataciones – PAC 2020 de la Unidad Ejecutora 001: Dirección General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, correspondiente al año fiscal 2020.

2.9 Directiva N° 002-2019-OSCE/CD - Plan Anual de Contrataciones, aprobado mediante Resolución Nº 014-2019-OSCE-PRE.

2.10 Resolución Ministerial N° 083-2020-PCM, que conforma el Grupo de Trabajo denominado “Comisión Multisectorial de Alto Nivel que conduce las labores de coordinación y articulación orientadas a la prevención, protección y control del Coronavirus (COVID-19)”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministro-PCM.

2.11 Decreto Supremo N° 020-2020-SA, que prorroga la Emergencia Sanitaria, declarada mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, por un plazo de noventa (90) días calendario, a partir del 10.06.2020 hasta el 07.09.2020.

Ministerio

de Comercio Exterior

y Turismo

Secretaría General Oficina de Abastecimiento y

Servicios Auxiliares

Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lodispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad eintegridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando lasiguiente clave: 36WMSHH5

Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú

0192

29 de julio de 2020 Exp. 1315537

Firmado digitalmente por SALAMANCA HUIZA Gianina Gisella FAU20504774288 softCargo: Directora de la Oficina deAbastecimiento y Servicios AuxiliaresMotivo: Documento ElectrónicoFecha: 2020/07/29 16:06:45-0500

Page 2: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

2.12 Decreto Supremo N° 116-2020-PCM, que prorroga el Estado de Emergencia Nacional, declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y ampliado temporalmente mediante Decretos Supremos N° 051, 064, 075, 083 y 094-2020-PCM, a partir del 01.07.2020 hasta el 31.07.2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.

2.13 Decretos de Urgencia N° 031, 035 y 043-2020, que autoriza Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia, a favor del pliego Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR.

2.14 Decretos Supremos N° 074, 081 y 120-2020-EF, que autoriza Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del MEF, a favor del pliego MINCETUR.

2.15 Resolución Directoral N° 006-2020-EF-54.01, que dispone el reinicio de los plazos de los procedimientos suspendidos en los artículos 1 y 2 de la Resolución Directoral N° 001-2020-EF-54.01, prorrogados mediante Resoluciones Directorales N° 002, 003, 004 y 005-2020-EF-54.01, en el marco del Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM.

III. ANTECEDENTES: 3.1 De la planificación del Plan Anual de Contrataciones:

3.1.1. El Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM y el Plan Estratégico Institucional – PEI,

constituyen instrumentos orientadores de la gestión institucional, que sirven de marco para priorizar objetivos y acciones, así como hacer explícito y de conocimiento público, los lineamientos de política que vinculan lo económico a lo social, y que permiten mejorar la calidad de gasto de los organismos integrantes del Sector, los mismos que deben ser concordantes con los respectivos Planes Estratégicos y Operativos Institucionales.

3.1.2. Mediante Resolución Ministerial N° 058-2020-MINCETUR, de fecha 27.02.2020, y N° 512-2018-MINCETUR, de fecha 31.12.2018, se aprobaron las actualizaciones de metas al 2025 y al 2022, respectivamente, del PESEM 2016 – 2021, aprobado mediante RM Nº 230-2016-MINCETUR, de fecha 21.07.2016, así como del PEI 2017 – 2019, aprobado mediante RM Nº 271-2017-MINCETUR, de fecha 26.07.2017, los cuales fueron elaborados, en coordinación con los Órganos de Línea y Unidades Ejecutoras del MINCETUR, y los Organismos Técnicos Especializados, adscritos al Sector Comercio Exterior y Turismo.

3.1.3. Mediante Memorándum N° 2145-2018-MINCETUR/SG, de fecha 14.12.2018, la Secretaría General solicitó a los órganos y unidades orgánicas de la UE 001 del MINCETUR, elaborar y registrar en el Sistema GESTOR, la programación de metas físicas y financieras, correspondientes a la Formulación del Plan Operativo Institucional 2020, en el marco de la Programación Multianual de Presupuesto 2020 – 2022.

3.1.4. Mediante Memorándum N° 1618-2019-MINCETUR/SG, de fecha 19.09.2019, la Secretaría General solicitó a los órganos y unidades orgánicas de la UE 001 del MINCETUR efectuar, en el Sistema GESTOR, el ajuste de la programación física y financiera del Plan Operativo Institucional – POI 2020, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 130-2019-MINCETUR, de fecha 05.04.2019.

3.1.5. Mediante Resolución Ministerial N° 451-2019-MINCETUR, de fecha 30.12.2019, se aprobó el Plan Operativo Institucional – POI 2020 del MINCETUR, consistente con el Plan Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal 2020, del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el cual considera las actividades a desarrollar por parte de la UE 001 del MINCETUR, vinculadas al cumplimiento de los objetivos y acciones estratégicas aprobadas en el PEI.

3.2 De la formulación y aprobación del Plan Anual de Contrataciones:

3.2.1. El Artículo 15, numeral 15.1 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante la Ley N° 30225, modificada por el Decreto Legislativo N° 1444, dispone que, teniendo en cuenta la etapa de formulación y programación presupuestaria correspondiente al siguiente año fiscal, cada Entidad debe programar, en el Cuadro de Necesidades, los requerimientos de bienes, servicios y obras necesarios para el cumplimiento de sus objetivos y actividades

Ministerio

de Comercio Exterior

y Turismo

Secretaría General Oficina de Abastecimiento y

Servicios Auxiliares

Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lodispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad eintegridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando lasiguiente clave: 36WMSHH5

Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú

Page 3: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

para dicho año, los que deben encontrarse vinculados al Plan Operativo Institucional, con la finalidad de elaborar el Plan Anual de Contrataciones.

3.2.2. Mediante Memorándums N° 1980 y 2212-2019-MINCETUR/SG/OGA, de fechas 23.09.2019 y 08.11.2019, respectivamente, la Oficina General de Administración solicitó a los órganos y unidades orgánicas de la UE 001 del MINCETUR concluir con el registro en el Sistema GESTOR, la programación del Cuadro de Necesidades para el año fiscal 2020, en función al POI 2020, adjuntando, para tal efecto, cotizaciones actualizadas, estructura de costos, precios históricos, Términos de Referencia y/o Especificaciones Técnicas de los requerimientos de bienes, servicios y obras, cuyos montos de contratación excedan las 8UIT (S/ 33,600.00), previstas a convocarse durante el año fiscal 2020.

3.2.3. El 22.11.2019, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto Anual de Gastos del Sector Publico para el año fiscal 2020, que comprende los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, agrupados en el Gobierno Central e instancias descentralizadas, conforme a la Constitución Política del Perú. Asimismo, en su Artículo 18 se establecen los montos para la determinación de los procedimientos de selección.

3.2.4. Mediante Resolución Ministerial N° 443-2019-MINCETUR, de fecha 26.12.2019, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal 2020, del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, asignándose a la UE 001 del MINCETUR los respectivos recursos presupuestales.

3.2.5. Mediante Memorándum N° 0055-2020-MINCETUR/SG/OGA/OASA, de fecha 14.01.2020, que adjunta el Informe N° 005-2020-MINCETUR/SG/OGA/OASAA/SDPCP, de fecha 08.01.2020, la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares solicitó a la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, evaluar y otorgar la disponibilidad presupuestal para el proyecto del Plan Anual de Contrataciones – PAC 2020, de la UE 001 del MINCETUR; asimismo, mediante correo electrónico, de fecha 17.01.2020, se informó, en coordinación con los órganos y unidades orgánicas involucradas, del ajuste correspondiente al proyecto de PAC 2020, con el objeto de que se otorguen los correspondientes Créditos Presupuestarios.

3.2.6. Mediante Resolución Ministerial N° 450-2019-MINCETUR, de fecha 30.12.2019, se resuelve delegar facultades a la Secretaria General, durante el año fiscal 2020, precisándose, entre otras funciones, en su Artículo 2, numeral 2.1, en el inciso a), aprobar el Plan Anual de Contrataciones de la UE 001 del MINCETUR, así como sus modificatorias.

3.2.7. Mediante Memorándum N° 0057-2020-MINCETUR/SG/OGPPD, de fecha 17.01.2020, que adjunta el Informe Nº 028-2020-MINCETUR/SG/OGPPD, de fecha 17.01.2020, la Oficina General de Planificación y Presupuesto, otorgó la disponibilidad presupuestal para el proyecto del Plan Anual de Contrataciones de la UE 001 del MINCETUR, correspondiente al año fiscal 2020 para su aprobación.

3.2.8. Mediante Memorándum N° 0075-2020-MINCETUR/SG/OGA, de fecha 17.01.2020, la Oficina General de Administración, conforme al informe Nº 005-2020-MINCETUR/SG/OGA-OASA, de fecha 17.01.2020, elaborado por la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, en su calidad de órgano encargado de las contrataciones, solicitó a la Secretaría General, la aprobación del Plan Anual de Contrataciones de la UE 001 del MINCETUR, correspondiente al año fiscal 2020.

3.2.9. Mediante Resolución Secretarial N° 011-2020-MINCETUR, de fecha 17.01.2020, se aprobó el Plan Anual de Contrataciones - PAC 2020 de la UE 001 del MINCETUR, en cumplimento a lo establecido en el Artículo 15 de la Ley de Contrataciones del Estado y el Artículo 6 de su Reglamento, el mismo que consideró Noventa y cinco (95) procedimientos de selección, por un valor estimado de S/ 24’523,245.25, efectuándose su registro y publicación, el 21.01.2020, en la plataforma del SEACE y en la página WEB del MINCETUR.

3.3 De la Declaratoria del Estado de Emergencia:

Ministerio

de Comercio Exterior

y Turismo

Secretaría General Oficina de Abastecimiento y

Servicios Auxiliares

Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lodispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad eintegridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando lasiguiente clave: 36WMSHH5

Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú

Page 4: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

3.3.1. Mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, de fecha 11.03.2020, se declara la

Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19.

3.3.2. Mediante Resolución Ministerial N° 083-2020-PCM, de fecha 12.03.2020, se conformó el Grupo de Trabajo denominado “Comisión Multisectorial de Alto Nivel que conduce las labores de coordinación y articulación orientadas a la prevención, protección y control del Coronavirus (COVID-19)”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros-PCM, con el objeto de conducir las labores de coordinación y articulación orientadas a la prevención, protección y control del Coronavirus (COVID-19), formando el MINCETUR parte de dicho Grupo de Trabajo.

3.3.3. Mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, de fecha 15.03.2020, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el termino de quince (15) días calendario, es decir hasta el 30.03.2020, el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19.

3.3.4. Mediante Decreto de Urgencia N° 031-2020, de fecha 23.03.2020, se autorizó al MINCETUR, de manera excepcional, para que durante el Año Fiscal 2020, a requerimiento y a favor del Ministerio de Salud (MINSA), efectúe las contrataciones para la adquisición de bienes y servicios para el alojamiento temporal en cuarentena y la alimentación completa diaria por un plazo máximo de catorce (14) días de los ciudadanos peruanos que retornen del extranjero durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional declarada por el Decreto Supremo N° 008-2020-SA. Las contrataciones podrán solicitarlas hasta por un plazo máximo de sesenta (60) días calendario contados a partir de la vigencia de la citada norma. Asimismo, con dicho Decreto, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia, a favor del pliego Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, hasta por la suma de S/ 3’500,000,00 (Tres millones quinientos mil y 00/100 soles) para financiar las contrataciones de bienes y servicios contemplados en el anteriormente mencionado Decreto de Urgencia.

3.3.5. Mediante Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, de fecha 27.03.2020, se prorrogó el Estado de Emergencia Nacional, declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, por el término de trece (13) días calendario, a partir del 31.03.2020, es decir, hasta el 12.04.2020.

3.3.6. Mediante Resolución Ministerial Nº 154-2020-MINSA, de fecha 31.03.2020, se aprueba la “Guia Técnica de Atención de Viajeros que ingresan y salen del país con sospecha de infección por COVID-19”.

3.3.7. Mediante Decreto de Urgencia N° 035-2020, de fecha 03.04.2020, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia, a favor del pliego Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, hasta por la suma de S/ 14’658,000.00 (Catorce millones seiscientos cincuenta y ocho mil y 00/100 Soles), para financiar las contrataciones para la adquisición de bienes y servicios para el alojamiento temporal en cuarentena y la alimentación completa diaria por un plazo máximo de catorce (14) días de los peruanos que retornen del extranjero.

3.3.8. Mediante Decreto Supremo N° 074-2020-EF, de fecha 08.04.2020, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del MEF, hasta por la suma de S/ 8’540,000.00 (Ocho millones quinientos cuarenta mil y 00/100 Soles), a favor del MINCETUR, para financiar el aislamiento social obligatorio para ciudadanos peruanos que retornen del extranjero, en el marco de lo dispuesto en los numerales 17.5 y 17.6 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 035-2020.

3.3.9. Mediante Decreto Supremo N° 064-2020-PCM, de fecha 10.04.2020, se prorrogó el Estado de Emergencia Nacional, declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y ampliado temporalmente mediante Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, por el término de

Ministerio

de Comercio Exterior

y Turismo

Secretaría General Oficina de Abastecimiento y

Servicios Auxiliares

Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lodispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad eintegridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando lasiguiente clave: 36WMSHH5

Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú

Page 5: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

catorce (14) días calendario, a partir del 13.04.2020 hasta el 26.04.2020. Asimismo, con dicho Decreto se modificó los numerales 3.1 y 3.8 del Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, estableciendo la inmovilización social obligatoria de todas las personas, dentro de un horario establecido en dicho dispositivo normativo.

3.3.10. Mediante Decreto Supremo N° 068-2020-PCM, de fecha 14.04.2020, se incorporan el numeral 3.10 y 3.11 al artículo 3 del Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, estableciendo la inmovilización social obligatoria de las personas afectadas por Covid-19 las veinticuatro (24) horas del día y hasta que las autoridades sanitarias determinen su alta médica; y, autorizando de manera excepcional, por razones humanitarias y previa coordinación con el gobierno regional que corresponda, el transporte interprovincial de pasajeros, por medio terrestre y aéreo no comercial, que se encuentren fuera de su residencia o lugar de trabajo habitual, a consecuencia de la aplicación de las disposiciones de inmovilización social; correspondientemente.

3.3.11. Mediante Decreto Supremo N° 081-2020-EF, de fecha 16.04.2020, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del MEF, hasta por la suma de S/ 5’045,600.00 (Cinco millones cuarenta y cinco mil seiscientos y 00/100 Soles), a favor del MINCETUR, para financiar el aislamiento social obligatorio para ciudadanos peruanos que retornen del extranjero, en el marco de lo dispuesto en los numerales 17.5 y 17.6 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 035-2020.

3.3.12. Mediante Resolución Ministerial N° 097-2020-PCM, de fecha 16.04.2020, se aprueban los Lineamientos para el traslado y cuarentena de personas que se encuentran fuera de su domicilio habitual, como efecto de las medidas de aislamiento social por a Emergencia Nacional por el COVID-19.

3.3.13. Mediante la Resolución Ministerial N° 204-2020-MINSA, de fecha 17.04.2020, se aprueba la Guía Técnica para el traslado excepcional de personas que se encuentran fuera de su residencia habitual a consecuencia de la aplicación de las disposiciones de inmovilización social, cuyo objetivo es establecer los procedimientos para la implementación de medidas preventivas y control frente al COVID-19 durante los traslados.

3.3.14. Mediante Decreto de Urgencia N° 043-2020, de fecha 20.04.2020, se dictan medidas extraordinarias con la finalidad de adquirir bienes y servicios necesarios para el alojamiento en cuarentena y alimentación de las personas que deban desplazarse dentro del país a consecuencia de la Declaración del Estado de Emergencia Nacional, señalando en el numeral 3.1 del artículo 3, que se autoriza al MINCETUR, de manera excepcional durante el Año Fiscal 2020, a efectuar las contrataciones de bienes y servicios para el alojamiento temporal en cuarentena por catorce (14) días, alimentación completa de personas que retornen a su domicilio habitual en la jurisdicción de Lima Metropolitana, así como para el traslado y apoyo asistencial necesario para las personas que regresan del interior del país o repatriados del extranjero que requieran ser trasladados a la Villa Panamericana o a un establecimiento de salud durante la vigencia de la emergencia Sanitaria a nivel nacional, en el marco del Decreto Supremo Nº 008- 2020-SA.

3.3.15. En el citado Decreto de Urgencia se establece que las contrataciones podrán ser realizadas, hasta por un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario contados a partir de la vigencia de la norma, emitida el 20 de abril. Asimismo, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia, a favor del pliego Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, hasta por la suma de S/ 15’000,000.00 (Quince millones con 00/100 Soles), para financiar las contrataciones de bienes y servicios correspondientes.

3.3.16. Mediante Decreto de Urgencia N° 046-2020, de fecha 22.04.2020, se modificó el numeral 3.1 del artículo 3 y la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 043-2020, precisando que, para el traslado y apoyo asistencial necesario para las personas que regresan del interior del país o repatriados del extranjero que requieran ser trasladados, podrán tener como destino cualquier establecimiento de salud o destino dispuesto por la normativa del MINSA, durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria a

Ministerio

de Comercio Exterior

y Turismo

Secretaría General Oficina de Abastecimiento y

Servicios Auxiliares

Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lodispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad eintegridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando lasiguiente clave: 36WMSHH5

Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú

Page 6: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

nivel nacional declarada por el Decreto Supremo N° 008-2020-SA. Las contrataciones podrán ser realizadas hasta por un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario.

3.3.17. Mediante Decreto Supremo N° 075-2020-PCM, de fecha 25.04.2020, se prorrogó el Estado de Emergencia Nacional, declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y ampliado temporalmente mediante Decretos Supremos N° 051-2020-PCM y N° 064-2020-PCM, por el término de catorce (14) días calendario, a partir del 27.04.2020 hasta el 10.05.2020.

3.3.18. Mediante Decreto Supremo N° 083-2020-PCM, de fecha 10.05.2020, se prorrogó el Estado de Emergencia Nacional, declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y ampliado temporalmente mediante Decretos Supremos N° 051-2020-PCM, N° 064-2020-PCM y N° 075-2020-PCM, por el término de catorce (14) días calendario, a partir del 11.05.2020 hasta el 24.05.2020.

3.3.19. Mediante Decreto Supremo N° 094-2020-PCM, de fecha 23.05.2020, se prorrogó el Estado de Emergencia Nacional, declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y ampliado temporalmente mediante Decretos Supremos N° 051-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 075-2020-PCM y N° 083-2020-PCM, a partir del 25.05.2020 hasta el 30.06.2020; y, dispóngase el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.

3.3.20. Mediante Decreto Supremo N° 0120-2020-EF, de fecha 25.05.2020, se autorizó la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 21’411,670.00 (Veintiún millones cuatrocientos once mil seiscientos setenta y 00/100 soles), con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del MEF, a favor del pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para financiar las contrataciones de bienes y servicios para el aislamiento social obligatorio para 3,000 ciudadanos peruanos que retornan del extranjero; el alojamiento temporal en cuarentena por catorce (14) días y alimentación completa diaria de 5,000 peruanos que retornen a su domicilio habitual en la jurisdicción de Lima Metropolitana, así como, el traslado y apoyo asistencial necesario para las personas que regresan del interior del país o repatriados del extranjero que requieran ser trasladados a un establecimientos de salud o destino dispuesto por la normativa del Ministerio de Salud durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional; y, el alojamiento temporal hasta por cinco (05) días adicionales habiéndose culminado el periodo de cuarentena correspondiente, durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional.

3.3.21. Mediante Decreto Supremo N° 020-2020-SA, de fecha 04.06.2020, se prorroga la Emergencia Sanitaria, declarada mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, por un plazo de noventa (90) días calendario, a partir del 10.06.2020 hasta el 07.09.2020.

3.3.22. Mediante Decreto de Urgencia N° 067-2020, de fecha 12.06.2020, se autoriza al MINCETUR, de manera excepcional durante el Año Fiscal 2020, a efectuar las contrataciones de bienes y servicios para el alojamiento temporal en cuarentena por un plazo de hasta catorce (14) días, alimentación completa de personas que retornen del extranjero, las personas que retornen a su domicilio habitual en la jurisdicción de Lima Metropolitana, así como, para el traslado al destino que indique la autoridad sanitaria para ambos casos.

3.3.23. En el citado Decreto de Urgencia se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del MEF, a favor del pliego Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, hasta por la suma de S/ 10’500,000.00 (Diez millones quinientos mil con 00/100 Soles), para financiar las contrataciones de bienes y servicios correspondientes.

3.3.24. Mediante Resolución Ministerial N° 409-2020-MINSA, de fecha 17.06.2020, se aprueba la Guía Técnica: Protocolo de atención a viajeros que ingresaron y salen del país en el marco de la emergencia sanitaria.

Ministerio

de Comercio Exterior

y Turismo

Secretaría General Oficina de Abastecimiento y

Servicios Auxiliares

Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lodispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad eintegridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando lasiguiente clave: 36WMSHH5

Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú

Page 7: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

3.3.25. Mediante Decreto Supremo N° 116-2020-PCM, de fecha 26.06.2020, se prorroga el Estado de Emergencia Nacional, declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y ampliado temporalmente mediante Decretos Supremos N° 051-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 075-2020-PCM, N° 083-2020-PCM y N° 094-2020-PCM, a partir del 01.07.2020 hasta el 31.07.2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19. De las contrataciones realizadas en el marco de la emergencia:

3.3.26. A fin de coadyuvar a prevenir y mitigar los estragos de la pandemia que atraviesa el país por el COVID-19, al cierre del segundo trimestre del año fiscal 2020, se llevaron a cabo las contrataciones de los servicios de alojamiento y alimentación de los ciudadanos peruanos que retornen del extranjero, a través de las Contrataciones Directas N° 002, 003, 004, 005, 006, 010, 014 y 015-2020-MINCETUR. De igual forma, las contrataciones de los servicios de alojamiento y alimentación de los ciudadanos peruanos que regresen a su domicilio habitual al interior del país, a través de las Contrataciones Directas N° 007, 008, 011, 013 y 016-2020-MINCETUR. Y las contrataciones de servicio de traslados desde los establecimientos de hospedaje hacia los destinos designados por las Autoridades de Salud, a través de las Contrataciones Directas N° 009 y 012-2020-MINCETUR, dichas contrataciones fueron regularizadas, de acuerdo a lo establecido en al artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 y el artículo 100 de su Reglamento, en el marco de la emergencia sanitaria.

3.3.27. Al respecto, el PAC 2020 Inicial fue modificado mediante las Resoluciones Secretariales N° 056, 057, 058, 060, 065, 066, 068, 071, 072 y 073-2020-MINCETUR/SG, a través de los cuales se incluyeron Quince (15) procedimientos de selección de Contratación Directa bajo el supuesto de situación de emergencia por acontecimiento catastrófico, por un valor estimado de S/ 39’439,568.74, en atención a los requerimientos e informes de regularización de términos de referencia remitidos por la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico, de acuerdo al siguiente detalle:

a. Servicios de alojamiento temporal en cuarentena y la alimentación completa diaria, de los ciudadanos peruanos que retornen del extranjero durante la vigencia de la emergencia sanitaria a nivel nacional, del periodo del 24.03.2020 al 22.05.2020, a través de Ocho (08) procedimientos de selección, por un valor estimado de S/ 29’278,732.92.

b. Servicios de alojamiento temporal en cuarentena y alimentación completa diaria de las personas que retornen a su domicilio habitual en la jurisdicción de Lima Metropolitana, en el marco de la emergencia sanitaria generada por el COVID-19, del periodo del 21.04.2020 al 22.05.2020, a través de Cinco (05) procedimientos de selección, por un valor estimado de S/ 9’822,020.00.

c. Servicios de traslados para ciudadanos peruanos desde los establecimientos de hospedaje donde han cumplido cuarentena hacia los destinos designados por las autoridades de salud en el ámbito de Lima Metropolitana, en el marco de la emergencia por el COVID-19, del periodo 17.04.2020 al 20.05.2020, a través de Dos (02) procedimientos de selección, por un valor estimado de S/ 338,815.82. De la suspensión de plazos de procedimientos

3.3.28. Mediante Resolución Directoral N° 001-2020-EF-54.01, de fecha 16.03.2020, se resuelve, en su artículo 1, suspender, a partir del 16.03.2020 y por quince (15) días, el cómputo de los plazos de: i) los procedimientos de selección iniciados con anterioridad al 16.03.2020 y ii) perfeccionamiento de los contratos que deban celebrarse; asimismo, se establece en su artículo 2, suspender, a partir del 16.03.2020 y por quince (15) días, la convocatoria de los procedimientos de selección, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 y su Reglamento y los demás regímenes de contratación comprendidos por el Sistema Nacional de Abastecimiento, con excepción de aquellos procedimientos y contratos relacionados con la obligación de garantizar lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, para la prevención de la propagación del Coronavirus (COVID-19).

Ministerio

de Comercio Exterior

y Turismo

Secretaría General Oficina de Abastecimiento y

Servicios Auxiliares

Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lodispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad eintegridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando lasiguiente clave: 36WMSHH5

Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú

Page 8: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

3.3.29. Mediante Resolución Directoral N° 002-2020-EF-54.01, de fecha 30.03.2020, se prorrogó la suspensión de los plazos de los procedimientos indicados en los artículos 1 y 2 de la Resolución Directoral N° 001-2020-EF-54.01, por el término de trece (13) días calendario, a partir del 31.03.2020 hasta el 12.04.2020.

3.3.30. Mediante Resolución Directoral N° 003-2020-EF-54.01, de fecha 10.04.2020, se prorrogó la suspensión de los plazos de los procedimientos indicados en los artículos 1 y 2 de la Resolución Directoral N° 001-2020-EF-54.01, prorrogados mediante Resolución Directoral N° 002-2020-EF-54.01, por el término de catorce (14) días calendario, a partir del 13.04.2020 hasta el 26.04.2020.

3.3.31. Mediante Resolución Directoral N° 004-2020-EF-54.01, de fecha 26.04.2020, se prorrogó la suspensión de los plazos de los procedimientos indicados en los artículos 1 y 2 de la Resolución Directoral N° 001-2020-EF-54.01, prorrogados mediante Resoluciones Directorales N° 002-2020-EF-54.01 y N° 003-2020-EF-54.01, por el término de catorce (14) días calendario, a partir del 27.04.2020 hasta el 10.05.2020.

3.3.32. Mediante Resolución Directoral N° 005-2020-EF-54.01, de fecha 10.05.2020, se prorrogó la suspensión de los plazos de los procedimientos indicados en los artículos 1 y 2 de la Resolución Directoral N° 001-2020-EF-54.01, prorrogados mediante Resoluciones Directorales N° 002-2020-EF-54.01, N° 003-2020-EF-54.01 y N° 004-2020-EF-54.01, por el término de catorce (14) días calendario, a partir del 11.05.2020 hasta el 24.05.2020.

3.3.33. Mediante Resolución Directoral N° 006-2020-EF-54.01, de fecha 13.05.2020, se dispone el reinicio de los plazos de los procedimientos suspendidos en los artículos 1 y 2 de la Resolución Directoral N° 001-2020-EF-54.01, prorrogados mediante Resoluciones Directorales N° 002-2020-EF-54.01, N° 003-2020-EF-54.01, N° 004-2020-EF-54.01 y N° 005-2020-EF-54.01, en el marco del Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM, que aprueba la “Reanudación de actividades económicas en forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19”.

IV. ANALISIS Y EVALUACIÓN: 4.1 De las modificaciones del Plan Anual de Contrataciones:

4.1.1. En el transcurso de cada ejercicio presupuestal y como consecuencia de la reprogramación

de las metas institucionales, pueden presentarse nuevas necesidades que la Entidad debe satisfacer, en virtud a factores externos que no se pueden determinar al inicio de cada ejercicio presupuestal; asimismo, la Entidad puede prescindir de la realización de procedimientos de contratación que se encontraban previstos inicialmente en el PAC, conforme a lo establecido en el artículo 6 del Reglamento de la Ley 30225 – “Ley de Contrataciones del Estado”; y el numeral 7.6.1 de la Directiva Nº 002-2019-OSCE/CD:

“Luego de aprobado, el Plan Anual de Contrataciones, puede ser modificado

en cualquier momento durante el año fiscal para incluir o excluir

contrataciones”

4.1.2. El Plan Anual de Contrataciones, al segundo trimestre, ha sido modificado, mediante la emisión de Quince (15) Resoluciones Secretariales, incluyendo Veinticinco (25) procedimientos de selección y excluyendo Cincuenta y siete (57) de ellos, según se detalla en el Cuadro N° 01: Cuadro Nº 01: Resumen de las Modificatorias del PAC al segundo trimestre del 2020.

Ministerio

de Comercio Exterior

y Turismo

Secretaría General Oficina de Abastecimiento y

Servicios Auxiliares

Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lodispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad eintegridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando lasiguiente clave: 36WMSHH5

Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú

Page 9: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

4.1.3. De los Noventa y cinco (95) procedimientos considerados en el PAC 2020 inicial, las Veinticinco (25) inclusiones y Cincuenta y siete (57) exclusiones, han dado como resultado un total de Sesenta y tres (63) procedimientos hábiles a convocarse en el año fiscal 2020, observándose, entre inclusiones y exclusiones, un total de Ochenta y dos (82) procedimientos de selección, los que modifican en 86.32% en cantidad los procedimientos previstos en el PAC inicial, según se detalla en el Cuadro Nº 02: Cuadro Nº 02: Porcentaje de Modificación del PAC al segundo trimestre del 2020.

4.2 De la ejecución del Plan Anual de Contrataciones:

4.2.1. Al segundo trimestre del año fiscal 2020, el PAC Inicial fue modificado incluyendo Veinticinco (25) procedimientos, por un valor estimado de S/ 46’057,155.21, haciendo un total de Ciento veinte (120) procedimientos de selección programados, por un valor estimado de S/ 70’580,400.46. Se excluyeron Cincuenta y siete (57) procedimientos, por un valor estimado de S/ 11’820,528.99, quedando Sesenta y tres (63) procedimientos de selección hábiles, por un valor estimado de S/ 58’759,871.47, como se detalla en el Cuadro Nº 03: Cuadro Nº 03: Resumen de los procedimientos de selección hábiles al segundo trimestre del 2020, por cantidad,

valor estimado y valor referencial.

Asimismo, los Sesenta y tres (63) procedimientos de selección hábiles tienen un valor referencial (ajustado parcialmente, de acuerdo a los valores de convocatoria) de S/ 59’434,999.05.

4.2.2. La ejecución del PAC al segundo trimestre del año fiscal 2020, por cantidad y modalidad

de procedimiento de selección, se detalla en el cuadro Nº 04:

Ministerio

de Comercio Exterior

y Turismo

Secretaría General Oficina de Abastecimiento y

Servicios Auxiliares

Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lodispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad eintegridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando lasiguiente clave: 36WMSHH5

Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú

Page 10: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

Cuadro Nº 04: Resumen de los procedimientos convocados al segundo trimestre del 2020, por cantidad y modalidad del procedimiento de selección. 1 2

En el citado cuadro se aprecia que, de los Sesenta y tres (63) procedimientos hábiles programados en el PAC 2020, se convocaron Treinta y nueve (39) procedimientos, lo que representa un 61.90% de ejecución en cantidad, al segundo trimestre del año fiscal 2020, mostrándose en dicho cuadro, los avances por cada modalidad de selección.

4.2.3. La ejecución del PAC al segundo trimestre del año fiscal 2020, por valor referencial y modalidad del procedimiento de selección, se detalla en el cuadro Nº 05: Cuadro Nº 05: Resumen de los procedimientos convocados al segundo trimestre del 2020, por valor referencial y modalidad del procedimiento de selección.

En el citado cuadro se aprecia que, de los procedimientos hábiles programados en el PAC 2019, por un valor referencial de S/ 59’434,999.05, se realizaron convocatorias por un valor de S/ 49’998,468.21, lo que representa un 84.12% de ejecución en valor, al segundo trimestre del año fiscal 2020, mostrándose en dicho cuadro, los avances por cada modalidad de selección.

4.2.4. De los Treinta y nueve (39) procedimientos de selección convocados al segundo trimestre, Treinta y un (31) fueron adjudicados y cuentan con buena pro, lo que representa un 79.49%, en cantidad de los procedimientos convocados, como se detalla en el Cuadro Nº 06: Cuadro Nº 06: Resumen de los procedimientos convocados al segundo trimestre, por cantidad y situación del procedimiento de selección. 3

1 El procedimiento de selección de REF. PAC N° 11: SERVICIO DE SOPORTE Y MANTENIMIENTO DE LICENCIA DE SOFTWARE DE VIRTUALIZACIÓN DE LA MARCA VMWARE

"O EQUIVALENTE", programado en el PAC 2020 Inicial como Adjudicación Simplificada, se convocó a través de un Concurso Público, como resultado de la indagación de mercado. 2 El procedimiento de selección de REF. PAC N° 7: ADQUISICIÓN DE UN SISTEMA DE AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN PARA EL DATA CENTER DE LA SEDE CENTRAL

DEL MINCETUR, programado en el PAC 2020 Inicial como Adjudicación Simplificada, se convocó a través de una Licitación Pública, como resultado de la indagación de mercado. 3

El procedimiento de selección de REF. PAC N° 27: ADQUISICIÓN DE ÚTILES DE OFICINA, está en proceso de compra a través de los Catálogos Electrónicos del

Acuerdo Marco

Ministerio

de Comercio Exterior

y Turismo

Secretaría General Oficina de Abastecimiento y

Servicios Auxiliares

Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lodispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad eintegridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando lasiguiente clave: 36WMSHH5

Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú

Page 11: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

4.2.5. De los procedimientos de selección convocados al segundo trimestre, por un valor referencial de S/ 49’998,468.21, fueron adjudicados y cuentan con buena pro otorgada, procedimientos por un valor referencial de S/ 47’465,075.13, lo que representa un 94.93%, en valor de los procedimientos convocados, como se detalla en el Cuadro Nº 07: Cuadro Nº 07: Resumen de los procedimientos convocados al segundo trimestre, por valor referencial y

resultado del procedimiento de selección.

4.2.6. Cabe precisar que, los Treinta y un (31) procedimientos de selección, por un valor referencial de S/ 47’465,075.13, con buena pro otorgada, señalados en los numerales 4.2.4 y 4.2.5, del presente informe, fueron adjudicados por un valor total de S/ 44’972,497.11, generando un ahorro parcial de S/ 2’492,578.02, respecto al valor referencial obtenido como resultado del estudio de posibilidades que ofrece el mercado, dicho ahorro equivale al 5.25% de su valor referencial, como se detalla en el Cuadro Nº 08: Cuadro Nº 08: Resumen del ahorro generado en los procedimientos adjudicados al segundo trimestre, por valor

estimado, valor referencial y valor adjudicado.

4.2.7. Asimismo, en los Anexos Nº 01 y Nº 02, adjuntos al presente informe, se consigna la ejecución del PAC al segundo trimestre del 2020, en función a la modalidad, por cantidad y valor de los procedimientos de selección convocados, respectivamente.

4.2.8. El órgano encargado de las contrataciones – OEC, para la adecuada ejecución del PAC, realizó las siguientes acciones:

a. La Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, en su calidad de órgano encargado de las contrataciones, requirió información y brindó oportuna y permanente asesoría a los órganos y unidades orgánicas del MINCETUR, para la elaboración y remisión de los Términos de Referencia y/o Especificaciones Técnicas de los procedimientos de selección previstos en el PAC 2020, para su correspondiente convocatoria, habiéndose cursado a las diferentes áreas usuarias, los siguientes documentos: Memorándum N° 0145-2020-MINCETUR/SG/OGA, de fecha 31.01.2020; mediante el

cual, la Oficina General de Administración solicitó a los órganos y unidades orgánicas del MINCETUR, remitan, a través del GESTOR, los Requerimientos de Gastos de Bienes y/o Servicios de los procedimientos de selección, cuya convocatoria se efectué en el primer trimestre, adjuntando para tal efecto, las Especificaciones Técnicas y/o Términos de Referencia, según corresponda; o de ser el caso, informar sobre la no persistencia de la necesidad.

Memorándums N° 0193, 0194 y 0195-2020-MINCETUR/SG/OGA/OASA, de fecha 10.02.2019, N° 0222, 0223, 0224, 0225, 0226, 0227, 0228, 0229 y 0230-2020-MINCETUR/ SG/OGA/OASA, de fecha 14.02.2020, y N° 0307, 308, 312, 313 y 0315-2020-MINCETUR/ SG/OGA/OASA, de fecha 28.02.2019; mediante los cuales, la

Ministerio

de Comercio Exterior

y Turismo

Secretaría General Oficina de Abastecimiento y

Servicios Auxiliares

Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lodispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad eintegridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando lasiguiente clave: 36WMSHH5

Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú

Page 12: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares solicitó a los órganos y unidades orgánicas del MINCETUR, remitan, a través del GESTOR, los Requerimientos de Gastos de Bienes y/o Servicios, de los procedimientos de selección, cuya convocatoria está prevista en los meses de febrero, marzo y abril, respectivamente, adjuntando para tal efecto, las Especificaciones Técnicas y/o Términos de Referencia, según corresponda; o de ser el caso, informar sobre la no persistencia de la necesidad.

Memorándums N° 0280, 0281, 0282, 0283, 0284, 0285, 0286, 0287, 0288, 0289, 0290 y 0291-2020-MINCETUR/SG/OGA, de fecha 03.03.2020, y N° 0531, 0532, 0533, 0534, 0535 y 0536-2020-MINCETUR/SG/OGA/OASA, de fecha 28.05.2020; mediante los cuales, se solicitó a los órganos y unidades orgánicas del MINCETUR, remitan, a través del GESTOR, los Requerimientos de Gastos de Bienes y/o Servicios, Términos de Referencia o Especificaciones Técnicas, pendientes de envío o reformulación, según corresponda de los procedimientos de selección, cuya convocatoria está prevista al segundo trimestre, adjuntando para tal efecto, las Especificaciones Técnicas y/o Términos de Referencia, según corresponda; asimismo, informar sobre la no persistencia de la necesidad de aquellos procedimientos ya no requiera o desestime con el propósito de reorientar el presupuesto a contrataciones que activen nuestro sector, solicitando su exclusión correspondiente.

b. La Sub Dirección de Programación y Control Patrimonial, en el marco de sus competencias,

ha estado en constante monitoreo de los procedimientos de selección, pendientes de convocatoria al segundo trimestre, programados en el PAC 2020, a efectos que, los órganos y unidades orgánicas del MINCETUR, procedan a remitir sus Requerimientos de Gastos, reprogramar el mes de su convocatoria o excluirlos, de no persistir la necesidad de los mismos.

c. Asimismo, la Sub Dirección de Adquisiciones, ha estado en permanente coordinación con los responsables de los órganos y unidades orgánicas del MINCETUR, haciendo las recomendaciones y/o modificaciones necesarias en los Requerimientos de Gastos, Especificaciones Técnicas y/o Términos de Referencia presentados, de los procedimientos de selección incluidos y no incluidos en el PAC 2020, afín de agilizar la convocatoria de los mismos.

4.2.9. Al segundo trimestre del año fiscal 2020, la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, en su calidad de órgano encargado de las contrataciones - OEC, con la participación de la Sub Dirección de Programación y Control Patrimonial, elaboró los Informes N° 016, 044, 057, 083, 086, 093, 099, 111, 117, 126, 128, 131, 136, 143 y 147-2020-MINCETUR/SG/OGA/ OASA, con la finalidad de modificar el PAC 2020, para incluir y excluir procedimientos de selección; de igual manera, reprogramó en el SEACE, el mes de convocatoria de procedimientos, en atención a lo solicitado por los órganos y unidades orgánicas de la UE 001 del MINCETUR:

a. De la reprogramación de procedimientos en el Plan Anual de Contrataciones al segundo trimestre del 2020 Memorándums N° 0042, de fecha 30.03.2020, y N° 0064-2020-MINCETUR/VMCE/

DGPDCE, de fecha 12.06.2020, mediante los cuales la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior - DGPDCE solicitó la reprogramación del mes de convocatoria de Siete (07) procedimientos de selección correspondientes a la Dirección de Desarrollo de Capacidades y Oferta Exportable, previstos en el PAC 2020.

Memorándum N° 0179-2020-MINCETUR/VMT/DGIETA, de fecha 08.06.2020, mediante el cual la Dirección General de Investigación y Estudios sobre Turismo y Artesanía - DGIETA solicitó la reprogramación del mes de convocatoria de Un (01) procedimiento de selección, previsto en el PAC 2020.

Memorándums N° 0205, de fecha 20.02.2020, y N° 0316-2020-MINCETUR/VMT/ DGPDT, de fecha 09.04.2020, mediante las cuales la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico - DGPDT solicitó la reprogramación del mes de convocatoria de Cinco (05) procedimientos de selección correspondientes a la Dirección de Normatividad y Calidad Turística y Uno (01) a la Dirección de Asuntos Ambientales Turísticos, previstos en el PAC 2020.

Ministerio

de Comercio Exterior

y Turismo

Secretaría General Oficina de Abastecimiento y

Servicios Auxiliares

Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lodispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad eintegridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando lasiguiente clave: 36WMSHH5

Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú

Page 13: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

Memorándum N° 0184-2020-MINCETUR/VMT/DGET, de fecha 19.02.2020, mediante el cual la Dirección General de Estrategia Turística - DGET solicitó la reprogramación del mes de convocatoria de Un (01) procedimiento de selección correspondiente a la Dirección de Innovación de la Oferta Turística, previsto en el PAC 2020.

Memorándums N° 0091, de fecha 25.02.2020, y N° 0145-2020-MINCETUR/VMT/DGA, mediante los cuales la Dirección General de Artesanía - DGA solicitó la reprogramación del mes de convocatoria de Tres (03) procedimientos de selección correspondientes a la Dirección de Desarrollo Artesanal y Uno (01) a la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo, previstos en el PAC 2020.

b. De la inclusión de procedimientos en el Plan Anual de Contrataciones al segundo

trimestre del 2020 Resolución Secretarial N° 038-2020-MINCETUR/SG, mediante el cual se incluyó en el

PAC 2020, Dos (02) procedimientos de selección correspondientes a la Sub Dirección de Servicios y Seguridad de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares - OASA.

Resoluciones Secretariales N° 038 y 065-2020-MINCETUR/SG, mediante los cuales se incluyeron en el PAC 2020, Dos (02) procedimientos de selección correspondientes a la Dirección de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Plataformas Tecnológicas y Uno (01) a la Dirección de Zonas Económicas Especiales de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior - DGFCE.

Resoluciones Secretariales N° 038, 049 y 060-2020-MINCETUR/SG, mediante los cuales se incluyeron en el PAC 2020, Dos (02) procedimientos de selección correspondientes a la Dirección General de Investigación y Estudios sobre Turismo y Artesanía - DGIETA y Uno (01) a su Dirección de Investigación y Análisis de Información de Turismo y Artesanía.

Resoluciones Secretariales N° 024, 056, 057, 058, 060, 065, 066, 068, 071, 072 y 073-2020-MINCETUR/SG, mediante los cuales se incluyeron en el PAC 2020, Quince (15) procedimientos de selección correspondiente a la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico - DGPDT y Uno (01) a su Dirección de Facilitación y Cultura Turística.

Resolución Secretarial N° 049-2020-MINCETUR/SG, mediante el cual se incluyó en el PAC 2020, Un (01) procedimiento de selección correspondiente a la Dirección de Innovación de la Oferta Turística de la Dirección General de Estrategia Turística - DGET.

c. De la exclusión de procedimientos del Plan Anual de Contrataciones al segundo trimestre del 2020 Resolución Secretarial N° 069-2020-MINCETUR/SG, mediante el cual se excluyó del

PAC 2020, Un (01) procedimiento de selección correspondiente a la Oficina de Comunicaciones y Protocolo - OCOP.

Resolución Secretarial N° 049-2020-MINCETUR/SG, mediante el cual se excluyó del PAC 2020, Tres (03) procedimientos de selección correspondientes a la Oficina de Informática - OI.

Resoluciones Secretariales N° 069 y 075-2020-MINCETUR/SG, mediante los cuales se excluyeron del PAC 2020, Tres (03) procedimientos de selección correspondientes a la Oficina de Personal - OP.

Resoluciones Secretariales N° 049, 069 y 075-2020-MINCETUR/SG, mediante los cuales se excluyeron del PAC 2020, Un (01) procedimiento de selección correspondiente a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares - OASA, Dos (02) a su Sub Dirección de Programación y Control Patrimonial y Uno (01) más a su Sub Dirección de Servicios y Seguridad.

Resoluciones Secretariales N° 069 y 075-2020-MINCETUR/SG, mediante los cuales se excluyeron del PAC 2020, Nueve (09) procedimientos de selección correspondientes a la Dirección de Desarrollo y Capacidades de la Oferta Exportable de la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior - DGPDCE.

Resolución Secretarial N° 069-2020-MINCETUR/SG, mediante el cual se excluyó del PAC 2020, Un (01) procedimiento de selección correspondiente a la Dirección de

Ministerio

de Comercio Exterior

y Turismo

Secretaría General Oficina de Abastecimiento y

Servicios Auxiliares

Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lodispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad eintegridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando lasiguiente clave: 36WMSHH5

Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú

Page 14: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

América Latina, Caribe e Integración Regional de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales - DGNCI.

Resoluciones Secretariales N° 069 y 075-2020-MINCETUR/SG, mediante los cuales se excluyeron del PAC 2020, Tres (03) procedimientos de selección correspondientes a la Dirección General de Investigación y Estudios sobre Turismo y Artesanía - DGIETA y Uno (01) a su Dirección de Investigación y Análisis de Información de Turismo y Artesanía.

Resolución Secretarial N° 069-2020-MINCETUR/SG, mediante el cual se excluyó del PAC 2020, Cinco (05) procedimientos de selección correspondientes a la Dirección de Normatividad y Calidad Turística y Uno (01) a la Dirección de Asuntos Ambientales Turísticos de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turísticos - DGPDT.

Resoluciones Secretariales N° 038 y 069-2020-MINCETUR/SG, mediante los cuales se excluyeron del PAC 2020, Tres (03) procedimientos de selección correspondientes a la Dirección de Productos y Destinos Turísticos y Siete (07) a la Dirección de Innovación de la Oferta Turística de la Dirección General de Estrategia Turística - DGET.

Resoluciones Secretariales N° 049, 069 y 075-2020-MINCETUR/SG, mediante los cuales se excluyeron del PAC 2020, Ocho (08) procedimientos de selección correspondientes a la Dirección de Desarrollo Artesanal y Siete (07) a la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía - DGA.

Resolución Secretarial N° 049-2020-MINCETUR/SG, mediante el cual se excluyó del PAC 2020, Un (01) procedimiento de selección correspondiente a la Dirección General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas - DGJCMT.

4.3 Del seguimiento al Plan Anual de Contrataciones:

4.3.1. Las reprogramaciones y modificaciones del PAC al segundo trimestre del año fiscal 2020,

por cantidad, órgano y unidad orgánica involucrada, se detalla en el cuadro Nº 09: Cuadro Nº 09: Resumen de las reprogramaciones y modificaciones del PAC 2020 al segundo trimestre, por cantidad, órgano y unidad orgánica involucrada.

En el citado cuadro se aprecia que, se reprogramó el mes de convocatoria a Diecinueve (19) procedimientos de selección previstos en el PAC 2020, de los cuales, Siete (07) corresponden a procedimientos de la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior - DGPDCE, lo que representa un 36.84% en cantidad, del total de las reprogramaciones, realizados al segundo trimestre del año fiscal 2020, mostrándose en dicho cuadro, los avances por órgano y unidad orgánica involucrada. Asimismo, entre inclusiones y exclusiones al PAC 2020, se observó un total de Ochenta y dos (82) procedimientos, de los cuales, Veintidós (22) corresponden a procedimientos de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico - DGPDT, lo que representa un 26.83% en cantidad, del total de las modificaciones, realizados al segundo trimestre del año fiscal 2020, mostrándose en dicho cuadro, los avances por órgano y unidad orgánica involucrada.

4.3.2. La reprogramación y modificación del PAC al segundo trimestre del año fiscal 2020, por valor referencial, órgano y unidad orgánica involucrada, se detalla en el cuadro Nº 10:

Ministerio

de Comercio Exterior

y Turismo

Secretaría General Oficina de Abastecimiento y

Servicios Auxiliares

Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lodispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad eintegridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando lasiguiente clave: 36WMSHH5

Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú

Page 15: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

Cuadro Nº 10: Resumen de las reprogramaciones y modificaciones del PAC 2020 al segundo trimestre, por valor referencial, órgano y unidad orgánica involucrada.

En el citado cuadro se aprecia que, se reprogramó el mes de convocatoria a procedimientos de selección previstos en el PAC 2020, por un valor referencial de S/ 3’367,302.44, de los cuales, S/ 1’629,234.77 corresponden a procedimientos de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico - DGPDT, lo que representa un 48.39% en valor, del total de las reprogramaciones, realizados al segundo trimestre del año fiscal 2020, mostrándose en dicho cuadro, los avances por órgano y unidad orgánica involucrada. Asimismo, entre inclusiones y exclusiones al PAC 2020, se observó un total de procedimientos, por un valor referencial de S/ 57’867,039.04, de los cuales, S/ 41’215,473.55, corresponden a procedimientos de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico - DGPDT, lo que representa un 71.22% en valor, del total de las modificaciones, realizados al segundo trimestre del año fiscal 2020, mostrándose en dicho cuadro, los avances por órgano y unidad orgánica involucrada. De la Ejecución Trimestral

4.3.3. La ejecución del PAC durante el segundo trimestre del año fiscal 2020, por cantidad y trimestre programado, se detalla en el cuadro Nº 11: Cuadro Nº 11: Resumen de los procedimientos convocados al segundo trimestre, por cantidad y trimestre programado.

En el citado cuadro se aprecia que, como resultado de las reprogramaciones del mes de convocatoria, inclusiones y exclusiones de algunos procedimientos, se tiene para el segundo trimestre, Cincuenta (50) procedimientos hábiles programados en el PAC 2020, de los cuales, se realizaron Treinta y nueve (39) convocatorias, lo que representa un avance de ejecución del 78.00% en cantidad, de los procedimientos hábiles programados, mostrándose además en dicho cuadro, los avances por cada trimestre.

4.3.4. La ejecución del PAC durante el segundo trimestre del año fiscal 2020, por valor referencial y trimestre programado, se detalla en el cuadro Nº 12: Cuadro Nº 12: Resumen de los procedimientos convocados al segundo trimestre, por valor referencial y trimestre programado.

Ministerio

de Comercio Exterior

y Turismo

Secretaría General Oficina de Abastecimiento y

Servicios Auxiliares

Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lodispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad eintegridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando lasiguiente clave: 36WMSHH5

Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú

Page 16: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

En el citado cuadro se aprecia que, como resultado de las reprogramaciones del mes de convocatoria, inclusiones y exclusiones de algunos procedimientos, se tiene para el segundo trimestre, procedimientos hábiles programados en el PAC 2020, por un valor referencial de S/ 52’389,909.19, de los cuales, se realizaron convocatorias, por un valor referencial de S/ 49’998,468.21, lo que representa un avance de ejecución del 95.44% en valor, de los procedimientos hábiles programados, mostrándose además en dicho cuadro, los avances por cada trimestre.

4.3.5. De los Cincuenta (50) procedimientos hábiles programados al segundo trimestre, se realizaron Treinta y nueve (39) convocatorias, quedando Once (11) procedimientos pendientes por convocar, los cuales están en actividades de la fase de actos preparatorios (Requerimiento, Términos de Referencia y/o Especificaciones Técnicas recepcionados), como se detalla en el cuadro Nº 13: Cuadro Nº 13: Resumen de los procedimientos no convocados al segundo trimestre, por cantidad, situación, órgano y unidad orgánica involucrada. 4 5 6

En el citado cuadro se aprecia que, de los Once (11) procedimientos pendientes de convocatoria al segundo trimestre, Nueve (09) corresponden a la Oficina de Informática - OI.

4.3.6. De los procedimientos hábiles programados al segundo trimestre, por un valor estimado de S/ 52’389,907.19, se realizaron convocatorias por un valor estimado de S/ 49’998,468.21, quedando procedimientos pendientes por convocar, por un valor estimado de S/ 2’391,438.98, los cuales están en actividades de la fase de actos preparatorios (Requerimiento, Términos de Referencia y/o Especificaciones Técnicas recepcionados), como se detalla en el cuadro Nº 14: Cuadro Nº 14: Resumen de los procedimientos no convocados al segundo trimestre, por valor estimado,

situación, órgano y unidad orgánica involucrada.

4 Mediante Memorándum N° 0290-2020-MINCETUR/SG/OI, de fecha 02.07.2020, la Oficina de Informática ha solicitado la exclusión de Tres (03) procedimientos de

selección, con REF. PAC N° 9, 10 y 14, debido a que el resultado de la indagación de mercado determinó un valor < 8 UIT, por lo que dichas contrataciones se atendieron a través de una adjudicación sin proceso; asimismo, mediante Memorándum N° 0307-2020-MINCETUR/SG/OI, de fecha 14.07.2020, solicitó la reprogramación del mes de convocatoria de Seis (06) procedimientos de selección, con REF. PAC N° 3, 12, 13, 15, 16 y 17. 5 Mediante Memorándum N° 0571-2020-MINCETUR/VMT/DGET, de fecha 06.07.2020, la Dirección General de Estrategia Turística ha solicitado la exclusión de Un

(01) procedimiento de selección, con REF. PAC N° 54, de la Dirección de Productos y Destinos Turísticos, debido a que las condiciones para su ejecución fueron afectadas por la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19. 6 Mediante Memorándum N° 0313-2020-MINCETUR/VMT/DGA, de fecha 15.07.2020, la Dirección General de Artesanía ha solicitado la reprogramación del mes de

convocatoria de Un (01) procedimiento de selección, con REF. PAC N° 78, de la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo.

Ministerio

de Comercio Exterior

y Turismo

Secretaría General Oficina de Abastecimiento y

Servicios Auxiliares

Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lodispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad eintegridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando lasiguiente clave: 36WMSHH5

Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú

Page 17: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

En el citado cuadro se aprecia que, de los procedimientos pendientes de convocatoria al segundo trimestre, por un valor estimado de S/ 2’391,440.98, procedimientos por un valor estimado de S/ 1’772,579.26 corresponden a la Oficina de Informática - OI.

V. CONCLUSIONES: 5.1 Mediante Memorándum N° 2145-2018-MINCETUR/SG, de fecha 14.12.2018, la Secretaría

General solicitó a los órganos y unidades orgánicas de la UE 001 del MINCETUR, elaborar y registrar en el Sistema GESTOR, la programación de metas físicas y financieras, correspondiente a la Formulación del Plan Operativo Institucional 2020, en tal sentido, la Oficina de Planificación y Presupuesto, en coordinación con la Sub Dirección de Programación y Control Patrimonial, brindaron el asesoramiento técnico a los responsables designados de las unidades orgánicas involucradas, para el debido y oportuno registro de la información correspondiente a la Formulación del POI 2020, el cual incluyó la programación de necesidades a ejecutarse en el año fiscal 2020.

5.2 Mediante la documentación señalada en el numeral 3.2.2, del presente informe, se solicitó a

los órganos y unidades orgánicas de la UE 001 del MINCETUR, adjuntar en el Sistema GESTOR, los Términos de Referencia y/o Especificaciones Técnicas, de los Requerimientos de Gastos de Bienes y Servicios mayores a 8UIT. Posteriormente, la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, en su calidad de órgano encargado de las contrataciones, realizó la consolidación y valorización correspondiente de las necesidades de la Entidad para el año fiscal 2020; asimismo, en coordinación con los órganos y unidades orgánicas involucradas, determinó los procedimientos de selección y elaboró el proyecto de PAC 2020.

5.3 Mediante la documentación señalada en el numeral 3.2.7, del presente informe, la Oficina de

Abastecimiento y Servicios Auxiliares, en coordinación con los órganos y unidades orgánicas involucradas, y en concordancia con el POI 2020 y el PIA aprobados para el año fiscal 2020, realizó el ajuste correspondiente al proyecto de PAC 2020, y solicitó a la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, la disponibilidad presupuestal para el citado proyecto de PAC 2020, de la UE 001 del MINCETUR, otorgándose dicha disponibilidad, mediante Memorándum N° 057-2020-MINCETUR/SG/OGPPD, de fecha 17.01.2020.

5.4 El Plan Anual de Contrataciones – PAC Inicial para el año fiscal 2020 de la UE 001 del

MINCETUR, se aprobó mediante Resolución Secretarial Nº 011-2020-MINCETUR/SG, de fecha 17.01.2020, dentro de los Quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura, y se registró en la plataforma del SEACE, dentro de los Cinco (05) días hábiles a la fecha de su aprobación, cumpliendo de este modo, los plazos establecidos en la Directiva Nº 002-2019-OSCE/CD, el mismo que consideró Noventa y cinco (95) procedimientos de selección, por un valor estimado de S/ 24’523,245.25.

5.5 Mediante Decreto Supremo N° 020-2020-SA, de fecha 04.06.2020, se prorroga la Emergencia Sanitaria, declarada mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, por un plazo de noventa (90) días calendario, a partir del 10.06.2020 hasta el 07.09.2020; asimismo, mediante Decreto Supremo N° 116-2020-PCM, de fecha 26.06.2020, se prorroga el Estado de Emergencia Nacional, declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y ampliado temporalmente mediante Decretos Supremos N° 051-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 075-2020-PCM, N° 083-2020-PCM y N° 094-2020-PCM, a partir del 01.07.2020 hasta el 31.07.2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.

5.6 Mediante la documentación señaladas en los numerales 3.4.4, 3.4.7, 3.4.8, 3.4.11, 3.4.15 y

3.4.23, del presente informe, se autorizaron Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia, a favor del pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para financiar las contrataciones de bienes y servicios para el aislamiento social obligatorio de ciudadanos peruanos que retornan del extranjero; el alojamiento temporal en cuarentena y alimentación completa diaria de peruanos que retornen a su domicilio habitual en la jurisdicción de Lima Metropolitana, así como, el traslado y apoyo asistencial necesario para las personas que regresan del interior del país o repatriados del extranjero que requieran ser trasladados a un establecimientos de salud o destino dispuesto por la normativa del Ministerio de Salud durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional.

Ministerio

de Comercio Exterior

y Turismo

Secretaría General Oficina de Abastecimiento y

Servicios Auxiliares

Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lodispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad eintegridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando lasiguiente clave: 36WMSHH5

Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú

Page 18: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

5.7 Por consiguiente, a fin de coadyuvar a prevenir y mitigar los estragos de la pandemia que atraviesa el país por el COVID-19, al cierre del segundo trimestre, se llevaron a cabo las contrataciones de los i) servicios de alojamiento y alimentación de los ciudadanos peruanos que retornen del extranjero, del periodo del 24.03.2020 al 22.05.2020, ii) servicios de alojamiento y alimentación de los ciudadanos peruanos que regresen a su domicilio habitual al interior del país, del periodo del 21.04.2020 al 22.05.2020 y iii) servicios de traslados desde los establecimientos de hospedaje hacia los destinos designados por las Autoridades de Salud, del periodo 17.04.2020 al 20.05.2020, dichas contrataciones se regularizaron de acuerdo al artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 y el artículo 100 de su Reglamento, en el marco de la emergencia sanitaria; para tal efecto, se ha incluido en el PAC 2020, Quince (15) procedimientos de selección de Contratación Directa bajo el supuesto de situación de emergencia por acontecimiento catastrófico, por un valor estimado de S/ 39’439,568.74, en atención a los requerimientos e informes de regularización de términos de referencia remitidos por la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico.

5.8 En este contexto, se puede inferir que el PAC 2020 inicial se aprobó con Noventa y cinco (95)

procedimientos de selección, habiéndose realizado, al cierre del segundo trimestre del año fiscal 2020, Dieciséis (16) modificatorias al PAC, en las que se incluyeron Veinticinco (25) procedimientos y excluyeron Cincuenta y siete (57) de ellos, haciendo un total de Sesenta y tres (63) procedimientos hábiles, por un valor referencial de S/ 59’434,999.05; asimismo, entre inclusiones y exclusiones, se modificaron un total de Ochenta y dos (82) procedimientos de selección, lo que representa en 86.32% los procedimientos programados en el PAC 2020 inicial.

5.9 Sobre el particular, cabe precisar que, mediante Resolución Directoral Nº 001-2020-EF-54.01,

se suspendieron, a partir del 16.03.2020 y por quince (15) días, el cómputo de plazos de procedimientos de selección, procedimientos de impugnación que forman parte de procedimientos de selección y procesos administrativos sancionadores, y se dictan otras medidas en materia de abastecimiento; habiéndose prorrogado, dicho plazo, mediante las Resoluciones Directorales Nº 002, 003, 004 y 005-2020-54.01, hasta el 24.05.2020; no obstante, mediante Resolución Directoral N° 006-2020-EF-54.01, de fecha 13.05.2020, se dispuso el reinicio de los plazos de los procedimientos suspendidos, en el marco del Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM, que aprueba la “Reanudación de actividades económicas en forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19”.

5.10 De los Sesenta y tres (63) procedimientos de selección hábiles, al cierre del segundo trimestre

del año fiscal 2020, se ha convocado Treinta y nueve (39), por un valor referencial de S/ 49’998,468.21, lo que representa un avance de ejecución del 61.90% y 84.12%, en cantidad y valor referencial, respectivamente, de los procedimientos de selección hábiles en el PAC 2020, en atención a las necesidades de los órganos y unidades orgánicas del MINCETUR.

5.11 De las Treinta y nueve (39) convocatorias, Treinta y un (31) procedimientos fueron adjudicados

y cuentan con buena pro otorgada, por un valor referencial de S/ 47’465,075.13, lo que representa un 79.49% y 94.93%, en cantidad y valor referencial, respectivamente, de los procedimientos convocados; asimismo, al cierre del segundo trimestre del año fiscal 2020, Cuatro (04) fueron Cancelados y Cuatro (04) 7 más se encuentran en proceso de convocatoria, los cuales están previstos a ser adjudicados en el presente mes.

5.12 Los Treinta y un (31) procedimientos de selección adjudicados al cierre del segundo trimestre

del año fiscal 2020, generó un ahorro de S/ 2’492,578.02, obtenido de la diferencia entre el valor referencial (ajustado parcialmente, de acuerdo a los valores de convocatoria) y el valor adjudicado, lo que representa al 5.25% del valor referencial de los mismos.

5.13 La Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, a través de la Sub Dirección de

Programación y Control Patrimonial y la Sub Dirección de Adquisiciones, han estado realizando acciones permanentes de control, seguimiento y coordinación, con los órganos y unidades orgánicas del MINCETUR, respectivamente, sobre el avance de ejecución de los

7

Al cierre del presente informe, de los Cuatro (04) procedimientos de selección que quedaron en proceso de convocatoria al segundo trimestre del ejercicio 2020,

Dos (02) fueron adjudicados y se les otorgó la buena pro por un monto total de S/ 558,591.93.

Ministerio

de Comercio Exterior

y Turismo

Secretaría General Oficina de Abastecimiento y

Servicios Auxiliares

Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lodispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad eintegridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando lasiguiente clave: 36WMSHH5

Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú

Page 19: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

procedimientos de selección incluidos y no incluidos en el PAC 2020, a fin de agilizar la convocatoria, inclusión y/o exclusión de los mismos.

5.14 Los órganos y unidades orgánicas de la UE 001 del MINCETUR solicitaron la reprogramación

del mes de convocatoria de Diecinueve (19) procedimientos de selección, previstos en el PAC 2020, por un valor referencial de S/ 3’367,302.44, de los cuales, Siete (07), por un valor referencial de S/ 484,000.00, corresponden a procedimientos de la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior - DGPDCE, lo que representa un 36.84% en cantidad, del total de las reprogramaciones; asimismo, Seis (06), por un valor referencial de S/ 1’629,324.77, corresponden a procedimientos de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico - DGPDT, lo que representa un 48.39% en valor, del total de las reprogramaciones, realizados al cierre del segundo trimestre del año fiscal 2020.

5.15 Entre inclusiones y exclusiones al PAC 2020, se modificaron un total de Ochenta y dos (82)

procedimientos de selección, por un valor referencial de S/ 57’867,039.04, de los cuales, Veintidós (22), por un valor referencial de S/ 41’215,473.55, corresponden a procedimientos de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico - DGPDT, lo que representa un 26.83% y 71.22%, en cantidad y valor, respectivamente, del total de las modificaciones, realizados al cierre del segundo trimestre del año fiscal 2020.

5.16 Asimismo, como resultado de las reprogramaciones del mes de convocatoria, inclusiones y

exclusiones de algunos procedimientos, se tiene que, para el segundo trimestre, Cincuenta (50) procedimientos hábiles programados en el PAC 2020, por un valor referencial de S/ 52’389,909.19, de los cuales, se realizaron Treinta y nueve (39) convocatorias, por un valor referencial de S/ 49’998,468.21, lo que representa un avance de ejecución del 78.00% y 95.44%, en cantidad y valor referencial, respectivamente, de los procedimientos de selección hábiles, programados al segundo trimestre del año fiscal 2020.

5.17 Por último, de los Once (11) procedimientos, por un valor estimado de S/ 2’391,440.98,

pendientes de convocatoria para el segundo trimestre, Nueve (09) procedimientos, por un valor estimado de S/ 1’772,579.26, corresponden a la Oficina de Informática - OI, los cuales están en actividades de la fase de actos preparatorios.

VI. RECOMENDACIONES:

6.1 Efectuar las acciones que correspondan, a fin de continuar con la regularización de las

contrataciones de los i) servicios de alojamiento y alimentación de los ciudadanos peruanos que retornen del extranjero, ii) servicios de alojamiento y alimentación de los ciudadanos peruanos que regresen a su domicilio habitual al interior del país y iii) servicios de traslados desde los establecimientos de hospedaje hacia los destinos designados por las Autoridades de Salud, de acuerdo al artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 y el artículo 100 de su Reglamento, en el marco de la emergencia sanitaria, en atención a los requerimientos e informes de regularización de términos de referencia remitidos por la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico.

6.2 En el contexto del “Estado de Emergencia”, se continúe con las acciones que correspondan, a fin de que los órganos y unidades orgánicas de la UE 001 del MINCETUR, en su calidad de área usuaria, evalúen la persistencia de la necesidad de los procedimientos de selección programados en el PAC 2020, e identifiquen aquellos que requieren ser reprogramados y/o excluidos durante el presente año fiscal, con el propósito de reorientar el presupuesto a contrataciones que activen nuestro sector.

6.3 Continuar con las acciones de seguimiento y coordinación, por parte de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, a través de la Sub Dirección de Programación y Control Patrimonial, con los órganos y unidades orgánicas de la UE 001 del MINCETUR, a fin que remitan oportunamente, a través del Sistema GESTOR, los Requerimientos de Gastos de Bienes y/o Servicios programados para su convocatoria durante el tercer trimestre del año fiscal 2020, adjuntando las Especificaciones Técnicas y/o Términos de Referencia correspondientes, y que las modificaciones sean de carácter excepcional para las actividades no programadas, y no debido a una inadecuada programación.

Ministerio

de Comercio Exterior

y Turismo

Secretaría General Oficina de Abastecimiento y

Servicios Auxiliares

Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lodispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad eintegridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando lasiguiente clave: 36WMSHH5

Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú

Page 20: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

6.4 Continuar con el asesoramiento técnico, que realiza la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, a través de la Sub Dirección de Adquisiciones, en la definición y elaboración de los Términos de Referencia y/o Especificaciones Técnicas a los órganos y unidades orgánicas de la UE 001 del MINCETUR, de los procedimientos pendientes de convocatoria, así como los no incluidos en el PAC 2020, afín de agilizar la convocatoria de los mismos.

6.5 Por todo lo anteriormente señalado, se recomienda elevar el siguiente informe a la Secretaría General, afín de que, en función a los resultados obtenidos en la evaluación del PAC al segundo trimestre del año fiscal 2020, se exhorte a los órganos y unidades orgánicas de la UE 001 del MINCETUR, que adopten las medidas pertinentes, en la programación, presentación oportuna de los requerimientos y elaboración de los Términos de Referencia y Especificaciones Técnicas.

Atentamente,

Documento firmado digitalmente GIANINA GISELLA SALAMANCA HUIZA Directora de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares

Adj.: ANEXOS N° 01 y N° 02.pdf cgs Expediente N° 1315537

Ministerio

de Comercio Exterior

y Turismo

Secretaría General Oficina de Abastecimiento y

Servicios Auxiliares

Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lodispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad eintegridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando lasiguiente clave: 36WMSHH5

Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú

Page 21: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

“Año de la Universalización de la Salud”

21

ANEXO N° 01

Cantidad de los Procedimientos del PAC al segundo trimestre del 2020 – Por modalidad del procedimiento de selección convocado

Page 22: INFORME N° -0192 2020 - MINCETUR/SG/OGA/OASA

“Año de la Universalización de la Salud”

22

ANEXO N° 02

Valor Referencial de los Procedimientos del PAC al segundo trimestre del 2020 – Por modalidad del procedimiento de selección convocado