informe jurÍdico - inicio | gobierno abierto de … · la gestión de las visitas a la iglesia de...
TRANSCRIPT
ccin Nafarroako Gobernua m Gobierno de Navarra
Kultura, Kirol eta ~ Departamento de Cultura, Gazteria Departamentua Deporte y Juventud
Idazkaritza Tekniko Nagusia Secretaria General Técnica Araubide Juridikoaren Atala Secci6n de Régimen Jurfdico Navarrería, 39-1. 31001 PAMPLONAIIRUÑA Te !. 848 42 46 45 [email protected]
En relación con la autorización de la firma de un convenio de colaboración a suscribir
entre Departamento de Cultura, Deporte y Juventud y el Ayuntamiento de Ibargoiti para
la gestión de las visitas a la Iglesia de la Purificación de Vesolla, se emite el siguiente
INFORME JURÍDICO
1.- Por el Servicio de Patrimonio Histórico se emite informe en el que se justifica la
necesidad de aprobar un Convenio entre Departamento de Cultura, Deporte y Juventud
y el Ayuntamiento de Ibargoiti para la gestión de las visitas a la Iglesia de la
Purificación de Vesolla. Se trata de un templo adscrito a lo que se ha dado en denominar
románico rural que cuenta, además, con una magnífica y bien conservada pintura
renacentista. Tal y como consta en el expediente los propietarios del monumento, en
escrito de 12 de marzo de 2013, autorizaron la visita pública a la iglesia consintiendo
que el Gobierno de Navarra, directamente o a través de terceros, articulara las fórmulas
que considerase más adecuada para dicha finalidad.
2.- El artículo 3 de la Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural
de Navarra, señala como uno de los principios que ha de guiar la actuación de la
Comunidad Foral de Navarra en esta materia, el de facilitar el acceso a los bienes que
integran el Patrimonio Cultural de Navarra para su disfrute de todos los ciudadanos a
fin de contribuir a su conocimiento, aprecio y respeto.
El artículo 1 del Decreto Foral 99/2015, por el que se establece la estructura orgánica
del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud, señala que corresponde a este
Departamento ejercer las competencias atribuidas a la Administración de la Comunidad
Foral de Navarra en las materias relativas a protección y acrecentamiento del
Patrimonio Cultural y la democratización del acceso a la cultura por la ciudadanía.
El objeto del convenio propuesto y los compromisos asumidos por las partes encuentran
pleno acomodo en los artículos anteriormente citados.
3.- El artículo 88.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de
la Comunidad Foral de Navarra (LFACFN) establece que la Administración de la
Comunidad Foral de Navarra podrá suscribir convenios de colaboración con las demás
Administraciones Públicas en el ámbito de sus respectivas competencias.
A los efectos previstos en el artículo 88.4 LF ACFN, el instrumento de formalización del
convenio de colaboración especifica: los órganos que lo suscriben y la capacidad
jurídica con la que actúa cada una de las partes; la competencia que ejerce cada
Administración; la financiación; las actuaciones que se acuerdan desarrollar y el plazo
de vigencia.
4. - La firma del presente convenio no supone la autorización de gasto alguno por parte
del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud por lo que se encuentra exento de
fiscalización previa por parte de la Intervención Delegada de acuerdo con lo previsto en
el Decreto Foral 31 /2010, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de
Control Interno.
4.- Conforme al artículo 91 LFACFN, corresponde al Gobierno de Navarra la
aprobación del presente Convenio, adjuntándose su texto al Acuerdo de Gobierno
propuesto. Como parte firmante, por parte del Gobierno de Navarra, se designa al
Consejera del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud, de acuerdo con el artículo
90.1 LF ACFN.
5.- Finalmente, ha de señalarse que el informe del Registro de Convenios y Acuerdos,
previo a la tramitación del convenio, al que se refiere el artículo 6 del Decreto Foral
43/2010, de 9 de agosto, tiene carácter potestativo. En aplicación del artículo 7 de tal
disposición la Secretaría General Técnica deberá tramitar la inscripción, en el plazo de
quince días hábiles desde su firma, en el citado Registro.
(..!iD Nafarroako Gobernua m Gobierno de Navarra
Kultura, Kirol eta ~ Departamento de Cultura, Gaztería Departamentua Deporte y Juventud
CONCLUSIÓN
Idazkaritza Tekniko Nagusia Secretarfa General Técnica Araubide Juridikoaren Atara Sección de Régimen Jurídico Navarrerla, 39-1. 31001 PAMPLONNlRUÑA Tel. 848 42 46 45 [email protected]
A la vista de lo anteriormente expuesto, se considera que la autorización de la firma de
un convenio de colaboración a suscribir entre Departamento de Cultura, Deporte y
Juventud y el Ayuntamiento de Ibargoiti para la gestión de las visitas a la Iglesia de la
Purificación de Vesolla es conforme a Derecho.
Pamplona, a 26 de enero de 2016
EL 7;'i~!~RÍDICA)
/ n Carlos Orenes Ruiz