informe jurÍdico - inicio | gobierno abierto de … · la gestión de las visitas a la iglesia de...

3
ccin Nafarroako Gobernua m Gobierno de Navarra Kultura, Kirol eta Departamento de Cultura, Gazteria Departamentua Deporte y Juventud Idazkaritza Tekniko Nagusia Secretaria General Técnica Araubide Juridikoaren Atala Secci6n de Régimen Jurfdico Navarrería, 39-1. 31001 PAMPLONAIIRUÑA Te !. 848 42 46 45 [email protected] En relación con la autorización de la firma de un convenio de colaboración a suscribir entre Departamento de Cultura, Deporte y Juventud y el Ayuntamiento de Ibargoiti para la gestión de las visitas a la Iglesia de la Purificación de Vesolla, se emite el siguiente INFORME JURÍDICO 1.- Por el Servicio de Patrimonio Histórico se emite informe en el que se justifica la necesidad de aprobar un Convenio entre Departamento de Cultura, Deporte y Juventud y el Ayuntamiento de Ibargoiti para la gestión de las visitas a la Iglesia de la Purificación de Vesolla. Se trata de un templo adscrito a lo que se ha dado en denominar románico rural que cuenta, además, con una magnífica y bien conservada pintura renacentista. Tal y como consta en el expediente los propietarios del monumento, en escrito de 12 de marzo de 2013, autorizaron la visita pública a la iglesia consintiendo que el Gobierno de Navarra, directamente o a través de terceros, articulara las fórmulas que considerase más adecuada para dicha finalidad. 2.- El artículo 3 de la Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra, señala como uno de los principios que ha de guiar la actuación de la Comunidad Foral de Navarra en esta materia, el de facilitar el acceso a los bienes que integran el Patrimonio Cultural de Navarra para su disfrute de todos los ciudadanos a fin de contribuir a su conocimiento, aprecio y respeto. El artículo 1 del Decreto Foral 99/2015, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud, señala que corresponde a este Departamento ejercer las competencias atribuidas a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en las materias relativas a protección y acrecentamiento del Patrimonio Cultural y la democratización del acceso a la cultura por la ciudadanía. El objeto del convenio propuesto y los compromisos asumidos por las partes encuentran pleno acomodo en los artículos anteriormente citados.

Upload: nguyenliem

Post on 12-Oct-2018

215 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

ccin Nafarroako Gobernua m Gobierno de Navarra

Kultura, Kirol eta ~ Departamento de Cultura, Gazteria Departamentua Deporte y Juventud

Idazkaritza Tekniko Nagusia Secretaria General Técnica Araubide Juridikoaren Atala Secci6n de Régimen Jurfdico Navarrería, 39-1. 31001 PAMPLONAIIRUÑA Te !. 848 42 46 45 [email protected]

En relación con la autorización de la firma de un convenio de colaboración a suscribir

entre Departamento de Cultura, Deporte y Juventud y el Ayuntamiento de Ibargoiti para

la gestión de las visitas a la Iglesia de la Purificación de Vesolla, se emite el siguiente

INFORME JURÍDICO

1.- Por el Servicio de Patrimonio Histórico se emite informe en el que se justifica la

necesidad de aprobar un Convenio entre Departamento de Cultura, Deporte y Juventud

y el Ayuntamiento de Ibargoiti para la gestión de las visitas a la Iglesia de la

Purificación de Vesolla. Se trata de un templo adscrito a lo que se ha dado en denominar

románico rural que cuenta, además, con una magnífica y bien conservada pintura

renacentista. Tal y como consta en el expediente los propietarios del monumento, en

escrito de 12 de marzo de 2013, autorizaron la visita pública a la iglesia consintiendo

que el Gobierno de Navarra, directamente o a través de terceros, articulara las fórmulas

que considerase más adecuada para dicha finalidad.

2.- El artículo 3 de la Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural

de Navarra, señala como uno de los principios que ha de guiar la actuación de la

Comunidad Foral de Navarra en esta materia, el de facilitar el acceso a los bienes que

integran el Patrimonio Cultural de Navarra para su disfrute de todos los ciudadanos a

fin de contribuir a su conocimiento, aprecio y respeto.

El artículo 1 del Decreto Foral 99/2015, por el que se establece la estructura orgánica

del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud, señala que corresponde a este

Departamento ejercer las competencias atribuidas a la Administración de la Comunidad

Foral de Navarra en las materias relativas a protección y acrecentamiento del

Patrimonio Cultural y la democratización del acceso a la cultura por la ciudadanía.

El objeto del convenio propuesto y los compromisos asumidos por las partes encuentran

pleno acomodo en los artículos anteriormente citados.

3.- El artículo 88.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de

la Comunidad Foral de Navarra (LFACFN) establece que la Administración de la

Comunidad Foral de Navarra podrá suscribir convenios de colaboración con las demás

Administraciones Públicas en el ámbito de sus respectivas competencias.

A los efectos previstos en el artículo 88.4 LF ACFN, el instrumento de formalización del

convenio de colaboración especifica: los órganos que lo suscriben y la capacidad

jurídica con la que actúa cada una de las partes; la competencia que ejerce cada

Administración; la financiación; las actuaciones que se acuerdan desarrollar y el plazo

de vigencia.

4. - La firma del presente convenio no supone la autorización de gasto alguno por parte

del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud por lo que se encuentra exento de

fiscalización previa por parte de la Intervención Delegada de acuerdo con lo previsto en

el Decreto Foral 31 /2010, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de

Control Interno.

4.- Conforme al artículo 91 LFACFN, corresponde al Gobierno de Navarra la

aprobación del presente Convenio, adjuntándose su texto al Acuerdo de Gobierno

propuesto. Como parte firmante, por parte del Gobierno de Navarra, se designa al

Consejera del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud, de acuerdo con el artículo

90.1 LF ACFN.

5.- Finalmente, ha de señalarse que el informe del Registro de Convenios y Acuerdos,

previo a la tramitación del convenio, al que se refiere el artículo 6 del Decreto Foral

43/2010, de 9 de agosto, tiene carácter potestativo. En aplicación del artículo 7 de tal

disposición la Secretaría General Técnica deberá tramitar la inscripción, en el plazo de

quince días hábiles desde su firma, en el citado Registro.

(..!iD Nafarroako Gobernua m Gobierno de Navarra

Kultura, Kirol eta ~ Departamento de Cultura, Gaztería Departamentua Deporte y Juventud

CONCLUSIÓN

Idazkaritza Tekniko Nagusia Secretarfa General Técnica Araubide Juridikoaren Atara Sección de Régimen Jurídico Navarrerla, 39-1. 31001 PAMPLONNlRUÑA Tel. 848 42 46 45 [email protected]

A la vista de lo anteriormente expuesto, se considera que la autorización de la firma de

un convenio de colaboración a suscribir entre Departamento de Cultura, Deporte y

Juventud y el Ayuntamiento de Ibargoiti para la gestión de las visitas a la Iglesia de la

Purificación de Vesolla es conforme a Derecho.

Pamplona, a 26 de enero de 2016

EL 7;'i~!~RÍDICA)

/ n Carlos Orenes Ruiz