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Intervención General Informe de Evaluación del Cumplimiento del Objetivo de Estabilidad Presupuestaria y del Límite de Deuda Fase: Aprobación del Presupuesto

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Intervención General

Informe de Evaluación del Cumplimiento del Objetivo de Estabilidad Presupuestaria y del Límite de Deuda

Fase:

Aprobación del Presupuesto

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Índice

Regulación de la Estabilidad Presupuestaria y el Límite de Deuda Pública. 2

Tramitación 3

Informe:

1. Verificación del Objetivo de Estabilidad Presupuestaria en la Fase: Elaboración del Presupuesto, Ejercicio 2016. 6

2.-Regla de Gasto en la Fase elaboración del Presupuesto: nueva normativa. 11

3.-Verificación del Objetivo de Deuda en la Fase: Elaboración del Presupuesto General del Ejercicio 2016. 13

ANEXOS

Presupuesto inicial consolidado de entes considerados Administración Pública (art. 2.1 LOEPFS) en términos de Contabilidad Presupuestaria. 19

Proyecto de Presupuestos consolidado de entes considerados Administración Pública en términos de Contabilidad Nacional. 20

Detalle de ajustes de Contabilidad Nacional totalizados por Capítulo. 21

Ajuste en Ingresos 22

Ajustes por Contabilidad Nacional por inejecución presupuestaria. Gastos en Organismos Autónomos. 24

Ajuste en Gastos 25

Ajuste en otros entes considerados Administración Pública 26

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REGULACION DE LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y EL LÍMITE DE DEUDA PÚBLICA.

La Estabilidad Presupuestaria se regula de forma principal en la siguiente normativa:

- Artículo 135 Constitución Española (CE).

- Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera

(LOEPSF).

- Ley Orgánica 3/2012, de 25 de julio, por la que se autoriza la ratificación de España del Tratado de

Estabilidad, Coordinación y Gobernanza en la Unión Europea y Monetaria entre el Reino de

Bélgica,…el Reino de España,…, firmado en Bruselas el 2 de marzo de 2012 (LOTECGUEM).

- Ley Orgánica 4/2012, de 28 de septiembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2012, de 27

de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOMEPSF).

- Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de creación de la Autoridad Independiente de

Responsabilidad Fiscal.

- Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial del sector público.

- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen

gobierno.

- Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de

las Haciendas Locales (TRLHL).

- Disposición Final Décima de la Ley 2/2012 de 29 de junio de Presupuestos Generales del Estado

para el año 2012 (LPG2012).

- Disposición Final Trigésima primera de la Ley 17/2012 de 29 de junio de Presupuestos Generales

del Estado para el año 2013 (LPG2013).

- Disposición Adicional Única Real Decreto-ley 12/2014 de 12 de septiembre por el que se conceden

suplementos de crédito y créditos extraordinarios en el presupuesto de los Ministerios de Asuntos

Exteriores y de Cooperación, de Educación, Cultura y Deporte, de Fomento y de Agricultura,

Alimentación y Medio Ambiente (RDL 12/2014).

- Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el que se regulan los criterios y procedimientos para

determinar y repercutir las responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea.

- Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo

de la Ley 18/2001 de 12 de diciembre de Estabilidad Presupuestaria en su aplicación a las

Entidades Locales (REPEL).

- Reglamento (UE) nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013,

relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC2010).

- Reglamento (CE) 479/2009, de 25 de mayo, de Aplicación del Protocolo sobre el procedimiento

aplicable en caso de déficit excesivo, anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

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- Reglamento (UE) núm. 220/2014, de 7 de marzo, modifica el Reglamento (CE) núm. 479/2009

respecto a las referencias al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión

Europea (SEC2010).

- Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de

información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y

Sostenibilidad Financiera.

- Orden HAP/1287/2015, de 23 de junio por la que se determina la información y procedimientos a

de remisión que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas tendrá con carácter

permanente a disposición de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.

- “Manual de Cálculo del Déficit en Contabilidad Nacional adaptado a las Corporaciones Locales”

(MANUAL IGAE), elaborado por la Intervención General de la Administración del Estado (Adapta

Normas Eurostat SEC95)1.

- “Guía para la determinación de la Regla de Gasto del artículo 12 de la Ley 2/2012 Orgánica de

Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, para las corporaciones locales” (GUIA

IGAE), elaborada por la Intervención General de la Administración del Estado.

- “Acuerdo del Pleno del Congreso de los Diputados de fecha 15 de julio de 2015, por el que,

conforme a lo establecido en el artículo 15 LOEPSF, se fijan los objetivos de estabilidad

presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de Administraciones Públicas y de cada uno de

sus subsectores, para el periodo 2016-2018 y el Límite de Gasto no financiero del Presupuesto del

Estado para 2016”.

- Instrucciones elaboradas por el Ministerio de Hacienda y Administración Pública para

cumplimentar en la Web de la Oficina Virtual de Coordinación con las Entidades Locales, la

información relativa a la aprobación de los Presupuestos.

- Resolución de la AIReF sobre Metodología del Informe sobre el análisis de la ejecución

presupuestaria, deuda pública y de la regla de gasto.

TRAMITACION

La competencia para la evaluación del incumplimiento de estabilidad de las entidades

definidas en el artículo 4.1. REPEL, compete a la Intervención local (artículo 16.2 REPEL) que elevará al

Pleno un informe sobre el cumplimiento de estabilidad de la propia entidad local y de sus organismos

y entidades dependientes.

El referido informe se emitirá con carácter independiente y se incorporará al previsto en el

artículo 168.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales, referido a la Aprobación del Presupuesto.

1 Todavía no se ha publicado nuevo Manual adaptado a las normas SEC2010.

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El interventor local detallará en su informe los cálculos efectuados y los ajustes practicados en

términos de Contabilidad Nacional, según el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales.

Este informe se remitirá anualmente al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,

antes del 31 de enero de cada año (junto con “….los presupuestos aprobados…) (artículo 15 Orden

HAP/2105/2012). Este artículo, de reciente modificación por la Orden HAP/2082/2014, de 7 de

noviembre, ha quedado redactado de forma que con los presupuestos aprobados hay que remitir “…c)

El informe de la intervención de evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad y del límite de

deuda”, lo que supone una delimitación sustantiva de carácter normativo del contenido del presente

informe al haberse eliminado la necesidad, que existía hasta esa fecha, de informar sobre el

cumplimiento de la regla de gasto en esta fase de aprobación del presupuesto.

Cuando el resultado de la evaluación sea de incumplimiento, la entidad local remitirá,

independientemente de las disposiciones anteriores, el informe correspondiente a la Dirección

General de Coordinación Financiera con Entidades Locales, en el plazo máximo de quince días hábiles,

contados desde el conocimiento del Pleno (artículo 16 in fine REPEL). En este caso la administración

incumplidora aprobará, en el plazo máximo de un mes desde que se constate el incumplimiento

(artículo 23.1 LOEPSF), un plan económico financiero que permita -en el año en curso y en el

siguiente- el cumplimiento de los objetivos o de la regla de gasto en su caso (artículo 21 LOEPSF).

Dicho Plan deberá entra en vigor como máximo tres meses después de haberse constatado el

incumplimiento (artículo 23 LOEPSF).

Además, para el caso del Ayuntamiento de Madrid, y, como consecuencia de haberse acogido

a la ampliación de plazo que para las liquidaciones definitivas de 2008 y 2009 se han ido regulando en

la Disposiciones Final Décima de la Ley 2/2012 de 29 de junio, de Presupuesto Generales de Estado

para 2012 y en la Adicional Única RDL 12/2014, el incumplimiento del objetivo de estabilidad, de los

límites del endeudamiento que les sean de aplicación o de los plazos establecidos en la Ley 3/2004, de

29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad de las operaciones

comerciales, implicará que deberán adoptarse las medidas dispuestas en la referidas Disposiciones.

Con respecto a las entidades del Art. 4.2 y en aplicación del art. 16.2 del REPEL, se elabora

informe de evaluación una vez aprobados los estados financieros y las cuentas anuales de cada

entidad. No obstante, en la aplicación informática que, de conformidad con el artículo 15.1 de la

Orden HAP/2105/2012, se ha habilitado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en

la Oficina Virtual de Coordinación con las Entidades Locales, se ha incluido la obligatoriedad de

cumplimentar un formulario donde se solicita “informe” de evaluación de las entidades dependientes

que no tienen la consideración de Administración Pública (entidades del art. 4.2 del REPEL), que

consiste en determinar si cada empresa tiene equilibrio o desequilibrio financiero dependiendo del

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resultado previsto en sus estados previsionales. Como consecuencia de ello, se incluye en este

informe epígrafe relativo a dicha evaluación.

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INFORME

1.-VERIFICACION DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA EN LA FASE: ELABORACION DEL

PRESUPUESTO GENERAL DEL EJERCICIO 2016.

El artículo 3 “Principio de estabilidad presupuestaria” LOEPSF, dispone que se entenderá por

estabilidad presupuestaria de las Administraciones Públicas la situación de equilibrio o superávit

estructural.

El artículo 11.1 LOEPSF, establece que “La elaboración, aprobación y ejecución de los

Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos e ingresos de las Administraciones Públicas

y demás entidades que forman parte del sector público se someterán al principio de estabilidad

presupuestaria”. Indica asimismo en su apartado 2 que “ninguna Administración Pública podrá incurrir

en déficit estructural, definido como déficit ajustado del ciclo, neto de medidas excepcionales y

temporales…”, disponiendo su apartado 4 que “las Corporaciones Locales deberán mantener una

posición de equilibrio o superávit presupuestario”. Finaliza dicho artículo estableciendo en su apartado

6 que, para el cálculo del déficit estructural, se aplicará la metodología utilizada por la Comisión

Europea en el marco de la normativa de estabilidad presupuestaria.

Se entenderá cumplido el objetivo de estabilidad por las entidades locales y demás entidades

que forman parte de su sector público, cuando -en cada fase de las ya indicadas-, sus presupuestos

alcancen -una vez consolidados y, en términos de capacidad de financiación de acuerdo con la

definición contenida en el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (SEC20102)- el

objetivo de equilibrio o superávit presupuestario (artículo 15 REPEL).

El Pleno del Congreso de los Diputados con fecha 15 de julio de 2015 fijó el objetivo de

estabilidad presupuestaria para el conjunto del sector público para 2016 en el -2,8 del PIB,

estableciendo para el conjunto de las Entidades Locales para el mismo ejercicio un objetivo de

equilibrio presupuestario (déficit cero). El precepto trascrito supone que la elaboración del

Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2016 queda sujeta al cumplimiento de déficit

cero en términos de contabilidad nacional.

Para evaluar el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, según lo ordenado en

el artículo 16 del referido Real Decreto 1463/2007, se ha calculado el resultado presupuestario no

financiero del Proyecto para 2016 del Presupuesto Consolidado del Ayuntamiento, sus Organismos

2 El Reglamento que aprobó el nuevo Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (SEC2010) entró en vigor en septiembre de 2014.

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Autónomos y las Sociedades del artículo 4.1 del REPEL, según el perímetro SEC2010, subsector

administraciones públicas municipal vigente a la fecha de este informe, que figura delimitado por las

entidades que perviven de las incluidas en la comunicaciones efectuadas a este Ayuntamiento por la

Subdirección General de Análisis y Cuentas del Sector Público de la Intervención General de la

Administración del Estado en fechas 29 de mayo y 27 de junio de 2014, que clasifica como subsector

administraciones públicas a las sociedades municipales Empresa Municipal de Vivienda y Suelo, SA,

Madrid Calle 30, SA y Madrid Destino, Cultura, Turismo y Negocio SA y a la entidad Consorcio de

Rehabilitación y Equipamientos de los Teatros de Madrid.

El Consorcio Institución Ferial de Madrid (IFEMA) ha quedado adscrito al Ayuntamiento de

Madrid, si bien clasificado también como Sociedad No Financiera.

El anteproyecto de Presupuesto General a consolidar para obtener la capacidad/necesidad de

financiación incorpora, por tanto, el impacto económico y financiero derivado de la nueva formulación

de unidades administrativas descrita

De acuerdo con lo anterior el Resultado no Financiero del Proyecto de Presupuesto para 2016 consolidado en los términos indicados anteriormente asciende a 802.389.842,18 euros.

Se hace constar que todos los presupuestos que se han consolidado han sido aprobados.

En cuanto a los ajustes a realizar, debido a la aplicación sobre el resultado así obtenido de los

criterios y principios del SEC2010, se señala lo siguiente:

ENTES ADMINISTRATIVOS:

- Ingresos:

Ajustes cuantitativos: No se realizan ajustes a las cifras presentadas por la obligación que

impone la técnica de la contabilidad nacional de atender exclusivamente al criterio de caja

para el cálculo de los ingresos de “Impuestos y cotizaciones sociales” (capítulos 1 a 3 del

Estado de Ingresos de todos los centros presupuestarios), por cuanto la Agencia Tributaria

Madrid ha calculado las previsiones de ingresos, y entre ellas las de los tributarios, en

términos de Caja, acorde con la normativa del Sistema Europeo de Cuentas (SEC2010) mas

restrictiva que la prevista en el TRLRHL para la confección del presupuesto de ingresos, que

prevé la utilización del criterio de devengo.

Se ajustan al alza las previsiones de ingresos del capítulo 4 por un importe total de

95.516.342,26 euros, resultado de las devoluciones que se le prevén realizar al Estado por las

liquidaciones definitivas de carácter negativo de la participación en los ingresos del Estado del

Ayuntamiento de Madrid de los ejercicios 2008, 2009 y 2013, cuyos ajustes a la baja se han

realizado en la liquidación del presupuesto de 2010 (por la totalidad de la liquidación negativa

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de 2008), en la del 2011 (por la totalidad de la liquidación negativa del ejercicio 2009) y en la

liquidación del presupuesto de 2015, a realizar en 2016, por la liquidación negativa del

ejercicio 2013 (4.231.959,24 €, 17.883.423 € y 73.400.960,02 € respectivamente).

Ajustes cualitativos: Los capítulos 1 y 2 se ajustan a la baja por importe de 128.476.839,29 € y

72.888.595,78 €, respectivamente, y el capítulo 4 se ajusta al alza por un importe total de

201.365.435,07 € por la estimación de Derechos Reconocidos por Participación en Tributos del

Estado, que de acuerdo con SEC 2010 han de considerarse transferencias; Reclasificación del

Capítulo 5 al 4 de 37.421.528,8 € por el cobro de dividendos de Madrid Calle 30 cuya carácter

en contabilidad nacional es el de transferencias.

De acuerdo con la doctrina puesta de manifiesto por EUROSTAT y la IGAE en relación al

tratamiento que se le debe dar en contabilidad nacional a las devoluciones de ingreso

pendientes de pago a cierre de ejercicio, es necesario realizar un ajuste en los ingresos

estimados que responda a la variación que se prevea que haya en el saldo de la cuenta 40800

Acreedores por Devolución de ingresos en el ejercicio 2016, respecto del existente a cierre del

ejercicio anterior: 2015. A este respecto se considera que el ajuste a realizar en 2016 es cero,

por cuanto no se prevé que haya variación en el saldo de la referida cuenta en los dos

ejercicios citados, por tratarse de un dato que ha adquirido un carácter de estructural al

ascender todos los años a una cifra muy parecida por responder al tiempo y forma de

tramitación de los servicios de las devoluciones de ingresos indebidos.

- Gastos:

Ajustes cuantitativos: Acorde con lo dispuesto en la “Guía para la determinación de la Regla de

Gasto del artículo 12 de la Ley 2/2012 Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad

Financiera, para las corporaciones locales”, elaborada por la Intervención General de la

Administración del Estado se realiza un ajuste por inejecución, que reducirá o aumentará los

empleos no financieros, equivalente a aplicar a los créditos de gastos por operaciones no

financieras del proyecto de presupuesto de gastos calculado según la experiencia cumulada

de años anteriores. En el Ayuntamiento de Madrid se ha acudido a obtener la media

aritmética de los porcentajes del grado de ejecución de los créditos por operaciones no

financieras del Presupuesto de Gastos de tres ejercicios anteriores (2012-2014) solo de los

entes administrativos, una vez eliminados los valores atípicos, (se obtendrá comparando las

obligaciones reconocidas en cada ejercicio con los créditos iniciales de los mismos). El

porcentaje de inejecución estimado es del -3,01 % y el ajuste realizado sobre los entes

administrativos (Ayuntamiento y OOAA) asciende a -121.919.258,97 €.

Se deberían ajustar los gastos del ejercicio con la variación prevista, entre el cierre de 2015 y

el de 2016, del saldo de la cuenta 41300 del Balance: “Acreedores por operaciones pendientes

de aplicar a Presupuesto”, que es la que recoge las obligaciones derivadas de gastos realizados

en bienes y servicios recibidos que se encuentren sin tramitar y cuya aplicación al presupuesto

de gastos de 2015, sin embargo, hubiera sido lo procedente. La operativa en contabilidad es la

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siguiente: si el saldo final de la cuenta (31/12/2016) es mayor/menor que el inicial

(31/12/2015), la diferencia da lugar a un ajuste como mayor/menor gasto no financiero,

aumentando/disminuyendo el déficit de la Corporación Local. En el Ayuntamiento de Madrid

para 2016 no se realiza ajuste por cuanto la previsión de saldo contable en Cuenta 413 a

cierre de los ejercicios 2016 y 2015 es el mismo por un importe, que se considera estructural,

que asciende a 22.500.000 €.

Ajuste por Swaps de cobertura de tipos de interés, por no formar parte de los empleos no

financieros a efectos de contabilidad nacional ni del cálculo del déficit conforme a la

normativa del Protocolo de Déficit Excesivo (SEC 2010), lo que produce una reclasificación del

capítulo 3 al capítulo 9 del Estado de Gastos por un importe de -43.940.257 euros a que

asciende la consignación para 2015 de este gasto.

Se efectúa, así mismo, ajuste a la baja en el Capítulo 3 del Estado de Gastos por un importe de

-558.215,95 € a que asciende la diferencia entre los intereses presupuestados y la estimación

de intereses devengados para 2016, variable esta última que es la que se debe considerar en

contabilidad nacional.

OTROS ENTES:

- Madrid Calle 30: Los dividendos previstos en Madrid Calle 30 para su abono al Ayuntamiento,

37.421.528,80 €, se reclasifican del capítulo 3 al 4 como transferencias corrientes.

- Empresa Municipal de Vivienda y Suelo SA: se elimina, de la cifra estimada de gasto, el

importe de aprovisionamientos previsto para 2016 que resulta necesario para producir las

ventas previstas en el mismo ejercicio, ajustándose a la baja, por el mismo importe, los

ingresos previstos para 2016 en concepto de ventas (-2.785.270,00 € en ambos casos). De esta

forma los ingresos por ventas que quedan reflejados en esta empresa responden al concepto

de margen de ventas conforme a lo determinado para las empresas destinadas al comercio al

por mayor en contabilidad nacional.

Se ajusta la cifra de gastos de la empresa al alza por el importe de 64.535.333,00 € a que

asciende la previsión para 2016 del traspaso contable de Existencias a Inmovilizado, como

consecuencia de puesta en régimen de alquiler de las viviendas que anteriormente estaban

destinadas a venta. En contabilidad nacional esta operación es un autoconsumo e incrementa

la cifra de gastos del ejercicio.

De los cálculos realizados para obtener los ajustes aquí reflejados, se adjuntan los oportunos

cuadros que se incluyen en el Anexo donde, para mayor claridad, las cifras se redondean eliminando

los decimales.

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PRESUPUESTO CONSOLIDADO, AYUNTAMIENTO, ORGANISMOS AUTONOMOS. Y SOCIEDADES ART. 2.1 LOEPSF

AJUSTES AL RESULTADO PRESUPUESTARIO NO FINANCIERO (EUROS)

CONCEPTOS 2016 (euros)

1. Ingresos no financieros 4.492.260.976,28

2. Gastos no financieros 3.887.269.875,28

3. Resultado Presupuestario no Financiero 604.991.101,00

4. Ajustes

Por los reintegros al Estado en 2015 de las liquidaciones definitivas de 2008, 2009 y 2013 de la participación del Ayuntamiento de Madrid en los ingresos del Estado

95.516.342,26

Por inejecución de Gastos 121.919.258,97€

Ajuste por Intereses de Operaciones de Cobertura 43.940.257,00

Ajuste por periodificación de intereses 558.215,95

Autoconsumo EMVS SA por traspaso de existencias a inmovilizado

-64.535.333,00

5. Capacidad (+) Necesidad (-) de financiación no Financiera 802.389.842,18

La capacidad/necesidad de financiación en términos del Sistema Europeo de Cuentas

Nacionales y Regionales (SEC95) del Presupuesto Consolidado del Ayuntamiento de Madrid para 2016,

presenta un importe positivo de 802.389.842,18 euros.

Equilibrio Financiero de las Entidades a que se refiere el artículo 4.2 del Real Decreto 1463/2007 de 2 de

noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de Estabilidad

Presupuestaria.

Los artículos 164 y 166.1.c TRLRHL disponen que el Presupuesto General de la entidad local

estará compuesto por el de la propia entidad, por el de sus OOAA y por los estados previsionales de

sus sociedades de capital íntegramente municipal, recogiéndose como uno de los Anexos del mismo

los estados previsionales de sus sociedades mixtas.

Todos los presupuestos (administrativos o previsionales) que integran el General, de acuerdo

con lo establecido en el artículo 165.4 TRLRHL, deben aprobarse sin déficit inicial.

En estado aparte, e impuesto por la normativa de estabilidad presupuestaria, se elabora un

consolidado de las entidades administrativas junto con las sociedades mercantiles y el resto de

entidades que figuren clasificadas como administraciones públicas, al objeto de verificar el equilibrio

de las cuentas públicas de cara al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, de la

verificación de la Regla de Gasto y del Límite de Deuda. Dicha verificación se produce en un informe

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independiente y elaborado ad hoc3, establecido en el artículo 16.1 del REPEL, relativo a las entidades

del art. 4.1 de ese Reglamento.

Con respecto a las entidades del Art. 4.2 y en aplicación del art. 16.2 de ese mismo Reglamento,

se debe elaborar su informe de evaluación una vez aprobados sus estados financieros y sus cuentas

anuales. No obstante todo lo anterior, de los estados previsionales presentados por estas entidades

dependientes se observa que presentan inicialmente equilibrio según se indica a continuación, si bien

se hace constar que estas previsiones carecen de carácter limitativo:

- Empresa Municipal de Transportes de Madrid, S.A.: Para el ejercicio 2016 la Cuenta de

Resultados de la EMT presenta un resultado equilibrado entre los gastos y los ingresos

(Resultado del Ejercicio: cero).

- Empresa Mixta de Servicios Funerarios de Madrid, S.A.: Prevé para el ejercicio 2016 un

beneficio antes de impuestos de 1.601.888 €, y como resultado del ejercicio una vez aplicado el

Impuesto sobre Sociedades, de 1.201. 416 €.

- Mercados Centrales de Abastecimiento de Madrid, S. A.: El beneficio antes de impuestos

presupuestado para 2016 se situaría en 8.366.591 €, y el resultado del ejercicio una vez

aplicado el Impuesto sobre sociedades, en 6.274.943 €.

- Club de Campo "Villa de Madrid", S.A.: El resultado del Ejercicio estimado es un beneficio

antes de impuestos de 3.966.284 €, y el resultado del ejercicio una vez aplicado el Impuesto

sobre Sociedades, de 2.401.745 €.

2.- REGLA DE GASTO EN LA FASE ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO: NUEVA NORMATIVA.

El artículo 12 LOEPSF “Regla de Gasto” dispone que la variación de gasto computable de la

Administración Central, de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales no podrá

superar la tasa de referencia de crecimiento del PIB a medio plazo de la economía española. A tal

efecto entiende que gasto computable serán –para las entidades locales- …los empleos no financieros

definidos en el SEC, excluidos los intereses de la deuda,…y la parte de gasto no financiado con fondos

finalistas procedentes de la Unión Europea o de otras Administraciones Públicas.

El Pleno del Congreso de los Diputados con fecha 15 de julio de 2015 fijó la tasa de referencia

del crecimiento del PIB de medio plazo de la economía española para 2016 en el 1,8%.

3 El presente informe. En el Estado estos cálculos se incluyen en la documentación que acompaña (Libro amarillo) los Presupuestos Generales en su remisión al Congreso.

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La “Guía para la determinación de la Regla de Gasto del artículo 12 de la Ley 2/2012 Orgánica

de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, para las corporaciones locales”, elaborada

por la Intervención General de la Administración del Estado y publicada en noviembre de 2014, ha

estable la forma de calcular los empleos no financieros del presupuesto conforme a los criterios de

contabilidad nacional al objeto de poder comprobar que la variación del gasto computable que se

produzca cada ejercicio no supere la tasa de referencia de crecimiento del PIB a medio plazo de la

economía española, tal y como se dispone en el precitado artículo 12 LOEPSF.

El informe sobre Regla de Gasto que se remitía anualmente al Ministerio de Hacienda y

Administraciones Públicas, antes del 31 de enero de cada año (junto con “….los presupuestos

aprobados…) (artículo 15 Orden HAP/2105/2012), sin embargo ha sido modificado en 2014 este

artículo por la Orden HAP/2082/2014, de 7 de noviembre, ha quedado redactado de forma que con

los presupuestos aprobados hay que remitir “…c) El informe de la intervención de evaluación del

cumplimiento del objetivo de estabilidad y del límite de deuda”, lo que supone una delimitación

sustantiva de carácter normativo del contenido del presente informe al haberse eliminado la

necesidad, que existía hasta esa fecha, de informar sobre el cumplimiento de la regla de gasto en esta

fase de aprobación del presupuesto. Siguiendo esta indicación no se emite informe sobre el

cumplimiento de la Regla de Gasto del Proyecto de Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid

para 2016.

En el mismo sentido el art. 15.1 de la citada Orden HAP/2105/2012 ha sido también

modificado, no incluyendo la verificación del cumplimiento de la Regla de Gasto con motivo de la

aprobación de las líneas fundamentales del Presupuesto. No obstante esta última precisión, y a

solicitud de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, conforme a lo establecido en el

artículo 17.1 LOEPSF en relación con el artículo 12 de la Orden HAP/1287/2015, de 23 de junio, con

posterioridad a la emisión del informe preceptivo a la propuesta de Líneas Fundamentales del

Presupuesto 2016, por esta Intervención se ha valorado el cumplimiento/incumplimiento de la Regla

de Gasto de dichas Líneas, aprobadas por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid el pasado 16

de octubre de 2015, con un resultado de posible incumplimiento conforme a las previsiones

contenidas en las mismas. Este riesgo, no obstante, deberá constatarse con la ejecución real del

Presupuesto de 2016, en relación con los resultados que ofrezcan la ejecución presupuestaria del

ejercicio 2015.

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3.-VERIFICACION DEL OBJETIVO DE DEUDA EN LA FASE: ELABORACION DEL PRESUPUESTO

GENERAL DEL EJERCICIO 2016.

El artículo 13 LOEPSF “Instrumentación del Principio de Sostenibilidad Financiera” dispone que

el volumen de deuda pública, definida de acuerdo con el Protocolo sobre Déficit Excesivo4, del total de

las Administraciones Públicas no podrá superar el 60% PIB, correspondiéndole al conjunto de las

Corporaciones Locales el 3% del PIB.

La Disposición Transitoria Primera LOEPSF dispone que será en 2020 cuando deba cumplirse el

límite establecido en al artículo 13 anterior, por lo que el Pleno del Congreso de los Diputados con

fecha 15 de julio de 2015 determinó que el Objetivo de deuda pública para 2016 para las Entidades

Locales es el 3,4% PIB5.

No obstante lo anterior, en la medida en que no se ha realizado por la Comisión Nacional de la

Administración Local transposición alguna del referido límite de deuda a un porcentaje concreto de los

ingresos corrientes liquidados y a la vista de lo dispuesto en el citado artículo 13.5 LOEPSF sobre el

régimen de autorizaciones a las corporaciones locales de sus operaciones de endeudamiento, que se

remite al artículo 53 TRLHL donde se establece el límite del 110% de los ingresos corrientes liquidados,

por encima del cual es preceptivo solicitar autorización a la entidad de tutela en las operaciones de

crédito, se ha considerado necesario ofrecer a estos efectos el porcentaje que, respecto los ingresos

corrientes liquidados, supone la deuda viva, calculada de acuerdo con el Protocolo sobre Déficit

Excesivo, del entorno SEC 95 del Ayuntamiento de Madrid.

Además la Disposición Final Trigésima Primera LPGE2013 ha dispuesto que con carácter

indefinido el citado límite del 110% (artículo 53 TRLHL) quede fijado en el del 75% de los ingresos

corrientes liquidados, descontando el efecto en los mismos del importe de los ingresos afectados.

Asimismo, la Disposición adicional única LOMEPSF determina que, a efectos del cumplimiento

de los límites de endeudamiento a que se refiere el párrafo segundo del artículo 13.1 (reparto del

límite del 60% PIB entre las administraciones públicas españolas), se tendrá en cuenta que “…el

incremento del volumen de deuda que pueda producirse en la Administración central de acuerdo con el

Protocolo de Déficit Excesivo, como consecuencia de las operaciones de endeudamiento que realice o

haya realizado el Estado con el fin de desarrollar los mecanismos adicionales de financiación, se

4 Artículo 1.5 del Reglamento (CE) 479/2009, de 25 de mayo de ”Aplicación del Protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea: “Por deuda Pública se entenderá el valor nominal total de las obligaciones brutas del sector administraciones Públicas (S.13) pendientes a final del año, a excepción de las obligaciones representadas por activos financieros que están en manos del sector Administraciones públicas (S.13)”. 5 Este objetivo incluye las medidas adicionales de liquidez a las que ha acudido el Ayuntamiento de Madrid a través de las diferentes fases del Plan de Pagos a Proveedores.

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computará, respectivamente, en las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales en la cuantía

equivalente a las cantidades percibidas por dichas Administraciones con cargo a aquellos

Mecanismos”.

Finalmente, la Disposición Adicional Septuagésima Cuarta de la Ley 22/2013, de 23 de

diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2014, establece que la aprobación por el

órgano competente del Ministerio de Hacienda y Administración Pública de un Plan de Reducción de

Deuda implicará que la Entidad Local está cumpliendo con los límites que fija la legislación reguladora

de las haciendas locales en materia de autorización de operaciones de endeudamiento, y en tal

sentido existe en el Ayuntamiento de Madrid el Plan de Reducción de Deuda 2013-2018 que fue

objeto de aprobación por el Pleno del Ayuntamiento el 25 de septiembre de 2013 y por la Secretaría

General de Coordinación Autonómica y Local del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

el 1 de octubre siguiente.

Se ha considerado, por tanto, que la financiación proveniente de la Administración el Estado,

tanto la obtenida del Plan Avanza (Ayudas reintegrables) a través del Ministerio de Industria, Turismo

y Comercio, como la de las devoluciones de las liquidaciones negativas de la participación de Tributos

del Estado de los ejercicios 2008, 2009 y 2013, a pesar de lo indicado en la Disposición Adicional Única

anterior, no pueden formar en ningún caso parte de la deuda pública por tratarse de operaciones a

largo plazo y a tipos de interés cero y carecer por tanto de las características que SEC2010 exige a los

operaciones que deban ser calificadas como préstamos. Asimismo, y a diferencia de lo que el TRLHL

dispone -a efectos del régimen de autorizaciones- para la cuantificación del impacto de las

operaciones de tesorería en el cálculo del ratio del 110% (se cuantifican por el importe contratado con

independencia de lo realmente dispuesto), la normativa de Protocolo de Déficit Excesivo, como ya se

ha indicado, atribuye el carácter de deuda al importe de las obligaciones brutas del sector

administraciones Públicas (S.13) pendientes a final del año, motivo por el cual, en los cuadros que a

continuación se incluyen, la valoración del pendiente de pago a 31 de diciembre por disposiciones de

las líneas de tesorería, responde a la previsión que a este respecto se ha realizado en el Plan de

Tesorería comunicado al Ministerio de Hacienda y Administraciones Publicas tanto en el Seguimiento

del tercer trimestre de 2015, como la que figura en el Estado de Previsión de Movimientos y Situación

de la Deuda que acompaña el Proyecto de Presupuesto General para 2016.

Teniendo en cuenta las hipótesis expresadas, a continuación se ofrecen cuadros demostrativos

de la situación de la deuda tal y como está prevista para esta anualidad en el Anteproyecto del

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Presupuesto General para 2016 en su Estado de Previsión y Situación de la Deuda, tanto a cierre del

ejercicio 2015 como al de 20166.

RATIO CAPITAL VIVO SOBRE INGRESOS CORRIENTES LIQUIDADOS DEL ESTADO CONSOLIDADO CALCULADO A 31 DE DICIEMBRE DE 2015 SEGÚN DEFINICIÓN "DEUDA PUBLICA" DEL PROTOCOLO SOBRE DEFICIT EXCESIVO (PDE)

Operaciones de crédito concertadas a largo plazo vigentes a 31.12.2015:

TOTAL CAPITAL VIVO AYUNTAMIENTO L/PLAZO 31.12.2015 excluidos los pasivos del Ayuntamiento en poder de otras AAPP (liquidaciones negativas en la participación en Tributos del Estado 2008 y 2009 y Plan Avanza 2007 y 2008) 4.581.923.115

TOTAL CAPITAL VIVO EMVS L/PLAZO 31.12.2015 (excluidos prestamos formalizados con IVIMA) 184.091.222

TOTAL CAPITAL VIVO AYTO Y EMVS L/PLAZO 31.12.2015 4.766.014.337

Operaciones de crédito concertadas a corto plazo vigentes a 31.12.2015:

Operaciones de crédito concertadas a corto plazo vigentes a 31.12.2015 0

Operaciones de crédito EMVS concertadas a corto plazo vigentes a 31.12.2015 0

TOTAL CAPITAL VIVO AYTO Y EMVS C/PLAZO 31.12.2015 0

TOTAL CAPITAL VIVO EMV Y AYTO DE OPERACIONES DE CRÉDITO VIGENTES A 31.12.2015 4.766.014.337

Ingresos corrientes liquidados en 2014 consolidados de Ayuntamiento, Organismos Autónomos y Sociedades Mercantiles perímetro SEC2010, deducidos los ingresos afectados según los criterios de Disposición Final Trigésima Primera de la Ley 17/2012 4.898.107.080

Ingresos corrientes 4.916.690.375

Ingresos corrientes afectados 18.583.295

Ratio capital vivo sobre Ingresos corrientes liquidados según definición "Deuda Pública" del

PROTOCOLO SOBRE DEFICIT EXCESIVO 97,30%

6 El ratio calculado para cierre de 2016 se obtiene por comparación con los la proyección de liquidación de los ingresos corrientes para 2015, contenida en la previsión de la liquidación de 2015, por no contarse a fecha de hoy con la liquidación de ese ejercicio.

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ANEXOS

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PRESUPUESTO INICIAL CONSOLIDADO DE ENTES CONSIDERADOS ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (artículo 2,1 LOEPSF) EN TÉRMINOS DE CONTABILIDAD PRESUPUESTARIA

Proyecto Presupuesto 2016 AYUNTAMIENTO DE MADRID

INFORMATICA AYUNTAMIENTO DE

MADRID AGENCIA PARA

EL EMPLEO

AGENCIA TRIBUTARIA

MADRID MADRID SALUD AGLA

OPERACIONES INTERNAS AYTO -

OOAA CONSOLIDADO AYTO

- OOAA AGREGADO ENTES

SEC 2010

ELIMINACIONES AYTO Y OO.AA -

EMPRESAS

CONSOLIDADO AYTO + OOAA + EMP. SEC

2010

Ingresos (en euros)

Cap. Denominación 1 Impuestos directos 2.249.404.702,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 2.249.404.702,00 0,00 0,00 2.249.404.702,00 2 Impuestos indirectos 138.541.479,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 138.541.479,00 0,00 0,00 138.541.479,00 3 Tasas y otros ingresos 574.460.129,00 57.500,00 5.000,00 2.000,00 0,00 0,00 0,00 574.524.629,00 0,00 0,00 574.524.629,00 4 Transferencias corrientes 1.415.869.649,00 83.352.031,00 29.141.236,00 53.072.051,00 80.768.283,00 14.419.507,00 256.664.416,00 1.419.958.341,00 119.498.809,00 116.325.162,00 1.423.131.988,00 5 Ingresos patrimoniales 92.208.959,00 22.500,00 0,00 7.655,00 150,00 1.200,00 0,00 92.240.464,00 181.422.126,00 185.527.239,72 88.135.350,28 Operaciones corrientes 4.470.484.918,00 83.432.031,00 29.146.236,00 53.081.706,00 80.768.433,00 14.420.707,00 256.664.416,00 4.474.669.615,00 300.920.935,00 301.852.401,72 4.473.738.148,28 6 Enaj. inversiones reales 18.317.828,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 18.317.828,00 0,00 0,00 18.317.828,00 7 Transferencias capital 5.000,00 18.792.624,00 540.000,00 195.819,00 1.172.598,00 22.496,00 20.723.537,00 5.000,00 25.756.873,00 25.556.873,00 205.000,00 Operaciones de capital 18.322.828,00 18.792.624,00 540.000,00 195.819,00 1.172.598,00 22.496,00 20.723.537,00 18.322.828,00 25.756.873,00 25.556.873,00 18.522.828,00 OPERACIONES NO FINANCIERAS 4.488.807.746,00 102.224.655,00 29.686.236,00 53.277.525,00 81.941.031,00 14.443.203,00 277.387.953,00 4.492.992.443,00 326.677.808,00 327.409.274,72 4.492.260.976,28 8 Activos financieros 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 1.147.198,00 0,00 1.147.198,00 9 Pasivos financieros 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 Operaciones Financieras 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 1.147.198,00 0,00 1.147.198,00 TOTAL INGRESOS 4.488.807.746,00 102.224.655,00 29.686.236,00 53.277.525,00 81.941.031,00 14.443.203,00 277.387.953,00 4.492.992.443,00 327.825.006,00 327.409.274,72 4.493.408.174,28 Gastos (en euros) Cap. Denominación 1 Gastos de personal 1.152.141.001,00 28.874.411,00 22.308.114,00 45.084.087,00 60.957.026,00 14.277.824,00 0,00 1.323.642.463,00 38.104.950,00 0,00 1.361.747.413,00 2 Gto. Bienes Corr. y Serv. 1.614.567.134,00 54.557.620,00 5.713.122,00 7.680.119,00 17.950.531,00 142.883,00 0,00 1.700.611.409,00 135.803.381,00 125.779.739,85 1.710.635.050,15 3 Gastos financieros 158.811.384,00 0,00 45.000,00 310.000,00 3.667,00 0,00 0,00 159.170.051,00 59.005.914,00 37.421.528,80 180.754.436,20 4 Transferencias corrientes 568.756.520,00 0,00 1.080.000,00 7.500,00 1.857.209,00 0,00 256.664.416,00 315.036.813,00 0,00 116.325.162,00 198.711.651,00 5 Fondo de contingencia 19.720.009,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 19.720.009,00 0,00 0,00 19.720.009,00 Operaciones corrientes 3.513.996.048,00 83.432.031,00 29.146.236,00 53.081.706,00 80.768.433,00 14.420.707,00 256.664.416,00 3.518.180.745,00 232.914.245,00 279.526.430,65 3.471.568.559,35 6 Inversiones reales 343.318.913,00 18.792.624,00 540.000,00 195.819,00 1.172.598,00 22.496,00 0,00 364.042.450,00 49.442.477,00 22.325.971,07 391.158.955,93 7 Transferencias capital 70.522.770,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 20.723.537,00 49.799.233,00 300.000,00 25.556.873,00 24.542.360,00 Operaciones de capital 413.841.683,00 18.792.624,00 540.000,00 195.819,00 1.172.598,00 22.496,00 20.723.537,00 413.841.683,00 49.742.477,00 47.882.844,07 415.701.315,93 OPERACIONES NO FINANCIERAS 3.927.837.731,00 102.224.655,00 29.686.236,00 53.277.525,00 81.941.031,00 14.443.203,00 277.387.953,00 3.932.022.428,00 282.656.722,00 327.409.274,72 3.887.269.875,28 8 Activos financieros 3.000.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 3.000.000,00 25.148.842,00 0,00 28.148.842,00 9 Pasivos financieros 557.970.015,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 557.970.015,00 20.019.442,00 0,00 577.989.457,00 Operaciones Financieras 560.970.015,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 560.970.015,00 45.168.284,00 0,00 606.138.299,00

TOTAL GASTOS 4.488.807.746,00 102.224.655,00 29.686.236,00 53.277.525,00 81.941.031,00 14.443.203,00 277.387.953,00 4.492.992.443,00 327.825.006,00 327.409.274,72 4.493.408.174,28

RTDO. PPTRIO. NO FINANCIERO 560.970.015,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 560.970.015,00 44.021.086,00 0,00 604.991.101,00

RTDO. PPTRIO. TOTAL 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

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PROYECTO DE PRESUPUESTOS CONSOLIDADO DE ENTES CONSIDERADOS ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN TERMINOS DE CONTABILIDAD NACIONAL

Proyecto de Presupuesto 2016

AYUNTAMIENTO DE MADRID

INFORMATICA AYUNTAMIENTO DE

MADRID AGENCIA PARA EL

EMPLEO

AGENCIA TRIBUTARIA

MADRID MADRID SALUD AGLA

OPERACIONES INTERNAS AYTO -

OOAA CONSOLIDADO AYTO -

OOAA

AGREGADO (homogenizado)

ENTES. SEC 2010 Cont. Nacional

ELIMINACIONES AYTO Y OO.AA -

EMPRESAS CONSOLIDADO AYTO + OOAA + EMP. SEC 2010

Ingresos (en euros)

Cap. Denominación

1 Impuestos directos 2.120.927.862,71 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 2.120.927.862,71 0,00 0,00 2.120.927.862,71

2 Impuestos indirectos 65.652.883,22 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 65.652.883,22 0,00 0,00 65.652.883,22

3 Tasas y otros ingresos 574.460.129,00 57.500,00 5.000,00 2.000,00 0,00 0,00 0,00 574.524.629,00 0,00 0,00 574.524.629,00

4 Transferencias corrientes 1.750.172.955,13 83.352.031,00 29.141.236,00 53.072.051,00 80.768.283,00 14.419.507,00 256.664.416,00 1.754.261.647,13 119.498.809,00 153.746.690,80 1.720.013.765,33

5 Ingresos patrimoniales 54.787.430,20 22.500,00 0,00 7.655,00 150,00 1.200,00 0,00 54.818.935,20 178.636.856,00 148.105.710,92 85.350.080,28

Operaciones corrientes 4.566.001.260,26 83.432.031,00 29.146.236,00 53.081.706,00 80.768.433,00 14.420.707,00 256.664.416,00 4.570.185.957,26 298.135.665,00 301.852.401,72 4.566.469.220,54

6 Enaj. inversiones reales 18.317.828,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 18.317.828,00 0,00 0,00 18.317.828,00

7 Transferencias capital 5.000,00 18.792.624,00 540.000,00 195.819,00 1.172.598,00 22.496,00 20.723.537,00 5.000,00 25.756.873,00 25.556.873,00 205.000,00

Operaciones de capital 18.322.828,00 18.792.624,00 540.000,00 195.819,00 1.172.598,00 22.496,00 20.723.537,00 18.322.828,00 25.756.873,00 25.556.873,00 18.522.828,00

OPERACIONES NO FINANCIERAS 4.584.324.088,26 102.224.655,00 29.686.236,00 53.277.525,00 81.941.031,00 14.443.203,00 277.387.953,00 4.588.508.785,26 323.892.538,00 327.409.274,72 4.584.992.048,54

8 Activos financieros 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 1.147.198,00 0,00 1.147.198,00

9 Pasivos financieros 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Operaciones Financieras 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 1.147.198,00 0,00 1.147.198,00

TOTAL INGRESOS 4.584.324.088,26 102.224.655,00 29.686.236,00 53.277.525,00 81.941.031,00 14.443.203,00 277.387.953,00 4.588.508.785,26 325.039.736,00 327.409.274,72 4.474.453.566,00

Gastos (en euros) Cap. Denominación

1 Gastos de personal 1.117.461.556,87 28.005.291,23 21.636.639,77 43.727.055,98 59.122.219,52 13.848.061,50 0,00 1.283.800.824,86 38.104.950,00 0,00 1.321.905.774,86

2 Gto. Bienes Corr. y Serv. 1.565.968.663,27 52.915.435,64 5.541.157,03 7.448.947,42 17.410.220,02 138.582,22 0,00 1.649.423.005,59 133.018.111,00 125.779.739,85 1.656.661.376,74

3 Gastos financieros 114.305.886,01 0,00 45.000,00 310.000,00 3.667,00 0,00 0,00 114.664.553,01 21.584.385,20 0,00 136.248.938,21

4 Transferencias corrientes 551.636.948,75 0,00 1.047.492,00 7.274,25 1.801.307,01 0,00 256.664.416,00 297.828.606,01 37.421.528,80 153.746.690,80 181.503.444,01

5 Fondo de contingencia 19.126.436,73 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 19.126.436,73 0,00 0,00 19.126.436,73

Operaciones corrientes 3.368.499.491,62 80.920.726,87 28.270.288,80 51.493.277,65 78.337.413,54 13.986.643,72 256.664.416,00 3.364.843.426,20 230.128.975,00 279.526.430,65 3.315.445.970,55

6 Inversiones reales 332.985.013,72 18.226.966,02 523.746,00 189.924,85 1.137.302,80 21.818,87 0,00 353.084.772,26 113.977.810,00 22.325.971,07 444.736.611,19

7 Transferencias capital 68.400.034,62 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 20.723.537,00 47.676.497,62 300.000,00 25.556.873,00 22.419.624,62

Operaciones de capital 401.385.048,34 18.226.966,02 523.746,00 189.924,85 1.137.302,80 21.818,87 20.723.537,00 400.761.269,88 114.277.810,00 47.882.844,07 467.156.235,81

OPERACIONES NO FINANCIERAS 3.769.884.539,97 99.147.692,88 28.794.034,80 51.683.202,50 79.474.716,34 14.008.462,59 277.387.953,00 3.765.604.696,08 344.406.785,00 327.409.274,72 3.782.602.206,36

8 Activos financieros 3.000.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 3.000.000,00 0,00 0,00 3.000.000,00

9 Pasivos financieros 601.910.272,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 601.910.272,00 20.019.442,00 0,00 621.929.714,00

Operaciones Financieras 604.910.272,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 604.910.272,00 20.019.442,00 0,00 624.929.714,00

TOTAL GASTOS 4.374.794.811,97 99.147.692,88 28.794.034,80 51.683.202,50 79.474.716,34 14.008.462,59 277.387.953,00 4.370.514.968,08 364.426.227,00 327.409.274,72 4.407.531.920,36

CAPACIDAD / NECESIDAD DE FINANCIACIÓN 814.439.548,29 3.076.962,12 892.201,20 1.594.322,50 2.466.314,66 434.740,41 0,00 822.904.089,18 -20.514.247,00 0,00 802.389.842,18

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DETALLE DE AJUSTES DE CONTABILIDAD NACIONAL TOTALIZADOS POR CAPITULOS

Proyecto de Presupuesto 2016 EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA

CONSOLIDADO SEC 2010 AJUSTES DE CONTABILIDAD

NACIONAL CONSOLIDADO SEC 2010 CONTABILIDAD NACIONAL CONSOLIDADO SEC 2010

Ingresos (en euros)

Cap. Denominación

1 Impuestos directos 2.249.404.702,00 -128.476.839,29 2.120.927.862,71

2 Impuestos indirectos 138.541.479,00 -72.888.595,78 65.652.883,22

3 Tasas y otros ingresos 574.524.629,00 0,00 574.524.629,00

4 Transferencias corrientes 1.423.131.988,00 296.881.777,33 1.720.013.765,33

5 Ingresos patrimoniales 88.135.350,28 -2.785.270,00 85.350.080,28

Operaciones corrientes 4.473.738.148,28 92.731.072,26 4.566.469.220,54

6 Enaj. inversiones reales 18.317.828,00 0,00 18.317.828,00

7 Transferencias capital 205.000,00 0,00 205.000,00

Operaciones de capital 18.522.828,00 0,00 18.522.828,00

OPERACIONES NO FINANCIERAS 4.492.260.976,28 92.731.072,26 4.584.992.048,54

8 Activos financieros 1.147.198,00 0,00 1.147.198,00

9 Pasivos financieros 0,00 0,00 0,00

Operaciones Financieras 1.147.198,00 0,00 1.147.198,00

TOTAL INGRESOS 4.493.408.174,28 92.731.072,26 4.586.139.246,54

Gastos (en euros)

Cap. Denominación

1 Gastos de personal 1.361.747.413,00 -39.841.638,14 1.321.905.774,86

2 Gto. Bienes Corr. y Serv. 1.710.635.050,15 -53.973.673,41 1.656.661.376,74

3 Gastos financieros 180.754.436,20 -44.505.497,99 136.248.938,21

4 Transferencias corrientes 198.711.651,00 -17.208.206,99 181.503.444,01

5 Fondo de contingencia 19.720.009,00 -593.572,27 19.126.436,73

Operaciones corrientes 3.471.568.559,35 -156.122.588,80 3.315.445.970,55

6 Inversiones reales 391.158.955,93 53.577.655,26 444.736.611,19

7 Transferencias capital 24.542.360,00 -2.122.735,38 22.419.624,62

Operaciones de capital 415.701.315,93 51.454.919,88 467.156.235,81

OPERACIONES NO FINANCIERAS 3.887.269.875,28 -104.667.668,92 3.782.602.206,36

8 Activos financieros 28.148.842,00 -25.148.842,00 3.000.000,00

9 Pasivos financieros 577.989.457,00 43.940.257,00 621.929.714,00

Operaciones Financieras 606.138.299,00 18.791.415,00 624.929.714,00

TOTAL GASTOS 4.493.408.174,28 -85.876.253,92 4.407.531.920,36

CAPACIDAD / NECESIDAD DE FINANCIACIÓN 604.991.101,00 197.398.741,18 802.389.842,18

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AYUNTAMIENTO DE MADRID. CENTRO 001: AJUSTE EN INGRESOS PRESUPUESTO INICIAL 2016

CAPITULOS PROYECTO PRESUPUESTO 2016

AYTO Ajustes Cont. Nacional (A) Ingresos Cont. Nacional

IMPUESTOS DIRECTOS 1 2.249.404.702,00 -128.476.839,29 2.120.927.862,71

IMPUESTOS INDIRECTOS 2 138.541.479,00 -72.888.595,78 65.652.883,22

TASAS Y OTROS INGRESOS 3 574.460.129,00 0,00 574.460.129,00

TRANSFERENCIAS CTES. 4 1.415.869.649,00 334.303.306,13 1.750.172.955,13

INGRESOS PATRIMONIALES 5 92.208.959,00 -37.421.528,80 54.787.430,20

OPERACIONES CORRIENTES 4.470.484.918,00 95.516.342,26 4.566.001.260,26

INVERSIONES REALES 6 18.317.828,00 18.317.828,00

TRANSFERENC. CAPITAL 7 5.000,00 5.000,00

OPERACIONES DE CAPITAL 18.322.828,00 0,00 18.322.828,00

TOTAL OPER. NO FINANCIERAS 4.488.807.746,00 95.516.342,26 4.584.324.088,26

ACTIVOS FINANCIEROS 8 0,00 0,00

PASIVOS FINANCIEROS 9 0,00 0,00

TOTAL OPER.FINANCIERAS 0,00 0,00 0,00

TOTAL INGRESOS 4.488.807.746,00 95.516.342,26 4.584.324.088,26

Detalle de ajustes: Cap. 1, 2 y 3: no se ajustan a la baja por criterio de caja por venir ya las previsiones de ingresos calculadas en términos de caja Los capítulos 1 y 2 se ajustan a la baja por importe de 128.476.839,29 € y 72.888.595,78 €, respectivamente, y el capítulo 4 se ajusta al alza por un importe total de 201.365.435,07 € por la estimación de Derechos Reconocidos por Participación en Tributos del Estado, que de acuerdo con el SEC 2010 han de considerarse transferencias. Cap 4: Se ajusta al alza por 37.421.528,8 € por el cobro de dividendos de Madrid Calle 30 Cap 5: Se ajusta a la baja por -37.421.528,8 € por el cobro de dividendos de Madrid Calle 30 Cap. 4: se ajusta al alza por las devoluciones de las liquidaciones negativas de las PIE 2008, 2009 y 2013 por importes de 4.231.959,24 €, 17.883.423 € y 73.400.960,02 € respectivamente.

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AJUSTES EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS POR LAS LIQUIDACIONES NEGATIVAS EN LA PARTICIPACIÓN EN TRIBUTOS DEL ESTADO AÑOS 2008, 2009 Y 2013

AMORTIZAR EN 2016

De 2008 De 2009 De 2013 TOTAL

III. Importe total (3)= (1)+(2) 4.231.959,24 17.883.423,00 73.400.960,02 95.516.342,26

I.CESION DE RENDIMIENTOS DE IMPUESTOS ESTATALES 376.820,04 2.053.738,44 2.290.112,38 4.720.670,86

- Cesión IRPF 0,00 808.285,44 0,00 808.285,44

- Cesión IVA 376.820,04 1.221.697,68 2.290.112,38 3.888.630,10

- Cesión impuestos sore el consumo espcífico 0,00 23.755,32 0,00 23.755,32

- Impuesto especial sobre Alcohol y Bebidas Derivadas 0,00 9.185,88 0,00 9.185,88

- Impuesto Especial sobre la Cerveza 0,00 838,08 0,00 838,08

- Impuesto Especial sobre las Labores del Tabaco 0,00 1.266,00 0,00 1.266,00

- Impuesto Especial sobre Hidrocarburos 0,00 12.283,80 0,00 12.283,80

- Impuestos Especiales sobre Productos Intermedios 0,00 181,56 0,00 181,56

II.FONDO COMPLEMENTARIO DE FINANCIACION 3.855.139,20 15.829.684,56 71.110.847,64 90.795.671,40

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AYUNTAMIENTO DE MADRID. CENTRO 001 PROYECTO DE PRESUPUESTOS 2016. GASTOS

CAPITULOS DE GASTOS PRESUPUESTO 2016

(1) Ajustes Cont. Nacional

(2) GASTOS CONTAB. NACIONAL

(3)=(1)+(2)

GASTOS PERSONAL 1 1.152.141.001,00 -34.679.444,13 1.117.461.556,87

GASTOS B.C.Y SERV. 2 1.614.567.134,00 -48.598.470,73 1.565.968.663,27

GASTOS FINANC. 3 158.811.384,00 -44.505.497,99 114.305.886,01

TRANSFER. CTES. 4 568.756.520,00 -17.119.571,25 551.636.948,75

FONDO DE CONTINGENCIA 5 19.720.009,00 -593.572,27 19.126.436,73

OPERACIONES CORRIENTES 3.513.996.048,00 -145.496.556,38 3.368.499.491,62

INVERS. REALES 6 343.318.913,00 -10.333.899,28 332.985.013,72

TRANSFER. CAPITAL 7 70.522.770,00 -2.122.735,38 68.400.034,62

OPERACIONES DE CAPITAL 413.841.683,00 -12.456.634,66 401.385.048,34

TOTAL OPERACIONES NO FINANCIERAS 3.927.837.731,00 -157.953.191,03 3.769.884.539,97

ACTIVOS FINANC. 8 3.000.000,00 3.000.000,00

PASIVOS FINANC 9 557.970.015,00 43.940.257,00 601.910.272,00

TOTAL OPERACIONES FINANCIERAS 560.970.015,00 43.940.257,00 604.910.272,00

TOTAL GASTOS 4.488.807.746,00 -114.012.934,03 4.374.794.811,97

Detalle de ajustes:

Cap. 1, 2,3,4,5, 6 y 7: Se efectúan ajustes a la baja por la estimación de la inejecución prevista por importe total de 112.895.806,08 € Cap. 3: Se efectúa ajuste a la baja por 43.940.257,00 € por la estimación del gasto presupuestario por intereses de operaciones de intercambio financiero del presupuesto 2016, por considerarse operaciones financieras en términos de contabilidad nacional. Cap. 3: Se efectúa ajuste a la baja por 558,215,95 € por la diferencia entre los intereses presupuestados y la estimación de intereses devengados a considerar en contabilidad nacional en 2016

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AJUSTE POR FACTURAS PENDIENTES DE APLICAR A PRESUPUESTO

CAPÍTULO Estimación Saldo Cuenta

413 a 31/12/2015 Estimación Saldo

Cuenta 413 a 31/12/2016 Estimación Ajuste Cont. Nacional a 31/12/2015

GASTOS PERSONAL 1

GASTOS B.C.Y SERV. 2 11.250.000,00 11.250.000,00

GASTOS FINANC. 3

TRANSFER. CTES. 4

INVERS. REALES 6 11.250.000,00 11.250.000,00

TRANSFER. CAPITAL 7

Total general 22.500.000,00 22.500.000,00

AJUSTE POR INEJECUCIÓN DE GASTOS CAPITULOS 1 A 7 (AYUNTAMIENTO)

CAPÍTULO CDTOS INICIALES ESTIMACION INEJEC. (3,01%) EJECUCION PREVISTA

GASTOS PERSONAL 1 1.152.141.001,00 -34.679.444,13 1.117.461.556,87

GASTOS B.C.Y SERV. 2 1.614.567.134,00 -48.598.470,73 1.565.968.663,27

GASTOS FINANCIEROS (sin intereses de deuda) 3 233.390,00 -7.025,04 226.364,96

GASTOS FINANCIEROS 3 158.577.994,00 158.577.994,00

TRANSFER. CTES. 4 568.756.520,00 -17.119.571,25 551.636.948,75

FONDO DE CONTINGENCIA 5 19.720.009,00 -593.572,27 19.126.436,73

INVERS. REALES 6 343.318.913,00 -10.333.899,28 332.985.013,72

TRANSFER. CAPITAL 7 70.522.770,00 -2.122.735,38 68.400.034,62

TOTAL INEJECUCIÓN CAP. 1 A 7 1 A 7 3.927.837.731,00 -113.454.718,08 3.814.383.012,92

IDENTIFICACIÓN DE LA DEUDA CDTOS INICIALES

PRESUPUESTO 2016 ESTIMACIÓN DE INTERESES DEVENGADOS A 31.12.2016

AJUSTE CONTABILIDAD NACIONAL A 31.12.2016

TOTAL PRÉSTAMOS (310.01) 71.427.007,00 70.853.643,05 -573.363,95

TOTAL OBLIGACIONES (300.01) 39.992.627,00 40.007.775,00 15.148,00

TOTAL OPERACIONES TESORERIA (310.00) 2.968.003,00 2.968.003,00

TOTAL GENERAL 114.387.637,00 113.829.421,05 -558.215,95

AJUSTE POR INTERESES DE OPERACIONES DE COBERTURA

Presupuesto 2016 Cap. Ej. Pptria Cap. Cont. Nacional Importe Ajuste

TOTAL SWAPS (353.02) 43.940.257,00 3 9 43.940.257,00

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AJUSTES CONTABILIDAD NACIONAL POR INEJECUCIÓN PRESUPUESTARIA GASTOS EN ORGANISMOS AUTONOMOS PROYECTO DE PRESUPUESTOS 2016

INEJECUCIÓN PREVISTA 2016 INFORMATICA

AYUNTAMIENTO DE MADRID

AGENCIA PARA EL EMPLEO

AGENCIA TRIBUTARIA MADRID

MADRID SALUD AGLA TOTAL INEJECUCIÓN

OOAA

Cap. Denominación

1 Gastos de personal -869.119,77 -671.474,23 -1.357.031,02 -1.834.806,48 -429.762,50 -5.162.194,01

2 Gto. Bienes Corr. y Serv. -1.642.184,36 -171.964,97 -231.171,58 -540.310,98 -4.300,78 -2.589.932,68

3 Gastos financieros 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

4 Transferencias corrientes 0,00 -32.508,00 -225,75 -55.901,99 0,00 -88.635,74

5 Fondo de Contingencia 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Operaciones corrientes -2.511.304,13 -875.947,20 -1.588.428,35 -2.431.019,46 -434.063,28 -7.840.762,42

6 Inversiones reales -565.657,98 -16.254,00 -5.894,15 -35.295,20 -677,13 -623.778,46

7 Transferencias capital 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Operaciones de capital -565.657,98 -16.254,00 -5.894,15 -35.295,20 -677,13 -623.778,46

OPERACIONES NO FINANCIERAS -3.076.962,12 -892.201,20 -1.594.322,50 -2.466.314,66 -434.740,41 -8.464.540,89

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AJUSTES EN OTROS ENTES CONSIDERADOS ADMINISTRACION PUBLICA (PROYECTO DE PRESUPUESTOS 2016)

AJUSTES CONTABILIDAD NACIONAL

OTROS AJUSTES EN MADRID CALLE 30

ENTIDAD Y DESCRIPCIÓN OPERACIÓN Cap. Ej. Pptria Cap. Cont. Nacional Importe Ajuste

Calle 30 - Dividendos (Acciones Ayuntamiento) 3 4 37.421.528,80

OTROS AJUSTES EN EMVS

ENTIDAD Y DESCRIPCIÓN OPERACIÓN Cap. Ej. pptria Cap. Cont. Nacional Importe Ajuste

Margen de ventas I 5 - -2.785.270,00

Aprovisionamientos necesarios para Ventas 2016 G 2 - -2.785.270,00

Traspaso Directos de Exist. a Inmovilizadoç G - 6 64.535.333,00

IMPACTO DE LOS AJUSTES POR CONTABILIDAD NACIONAL EN LA CAPACIDAD/NECESIDAD DE FINANCIACIÓN 64.535.333,00

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ELIMINACION DE OPERACIONES INTERNAS EN TÈRMINOS PRESUPUESTARIOS (LÍNEAS PROYECTO PRESUPUESTOS 2016)

Entidad ingreso

Entidad gasto

DESCRIPCIÓN OPERACIÓN Ingreso de la entidad

2014 Gasto reconocido

cliente 2014

Ajuste Pptrios por

homogenización (1)

Eliminación Pptria CAPÍTULO

INGRESOS EP CAPÍTULO GASTOS EP

MC30 Ayto Servicios 116.176.757,85 116.176.757,85 0,00 116.176.757,85 5 2

MC30 Ayto Reposicion activos 22.325.971,07 22.325.971,07 0,00 22.325.971,07 5 6

Ayto MC30 Canon 625.892,00 625.892,00 0,00 625.892,00 5 2

Ayto MC30 Pago de dividendos 37.421.528,80 37.421.528,80 0,00 37.421.528,80 5 3

M.Destino Ayto Servicios 8.879.107,00 8.879.107,00 0,00 8.879.107,00 5 2

M.Destino Ayto Transferencia corriente 53.122.035,00 53.122.035,00 0,00 53.122.035,00 4 4

M.Destino Ayto Transferencias capital 3.310.000,00 3.310.000,00 0,00 3.310.000,00 7 7

Teatros Ayto Transferencia 100.000,00 100.000,00 0,00 100.000,00 7 7

EMVS Ayto Transferencia corriente 63.203.127,00 63.203.127,00 0,00 63.203.127,00 4 4

EMVS Ayto Transferencias capital 22.146.873,00 22.146.873,00 0,00 22.146.873,00 7 7

EMVS Ayto Servicios 97.983,00 97.983,00 0,00 97.983,00 5 2

TOTAL 327.409.274,72 327.409.274,72 0,00 327.409.274,72

ELIMINACION DE OPERACIONES INTERNAS EN TÈRMINOS DE CONTABILIDAD NACIONAL (LÍNEAS PROYECTO PRESUPUESTOS 2016)

Entidad ingreso

Entidad gasto

DESCRIPCIÓN OPERACIÓN Ingreso de la entidad

2014 Gasto CN cliente 2014 (con 413)

Ajuste CN por homogenización

(1) Eliminación CN

CAPÍTULO INGRESOS CN

CAPÍTULO GASTOS CN

MC30 Ayto Servicios 116.176.757,85 116.176.757,85 0,00 116.176.757,85 5 2

MC30 Ayto Reposicion activos 22.325.971,07 22.325.971,07 0,00 22.325.971,07 5 6

Ayto MC30 Canon 625.892,00 625.892,00 0,00 625.892,00 5 2

Ayto MC30 Pago de dividendos 37.421.528,80 37.421.528,80 0,00 37.421.528,80 4 4

M.Destino Ayto Servicios 8.879.107,00 8.879.107,00 0,00 8.879.107,00 5 2

M.Destino Ayto Transferencia corriente 53.122.035,00 53.122.035,00 0,00 53.122.035,00 4 4

M.Destino Ayto Transferencias capital 3.310.000,00 3.310.000,00 0,00 3.310.000,00 7 7

Teatros Ayto Transferencia 100.000,00 100.000,00 0,00 100.000,00 7 7

EMVS Ayto Transferencia corriente 63.203.127,00 63.203.127,00 0,00 63.203.127,00 4 4

EMVS Ayto Transferencias capital 22.146.873,00 22.146.873,00 0,00 22.146.873,00 7 7

EMVS Ayto Servicios 97.983,00 97.983,00 0,00 97.983,00 5 2

TOTAL 327.409.274,72 327.409.274,72 0,00 327.409.274,72