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Síndic de Greuges de Catalunya INFORME AL PARLAMENT 2003 Resumen Síndic de Greuges de Catalunya SUMARIO El Síndic entrega al Presidente del Parlamento el Informe del 2003 Presentación El Síndic de Greuges, de conformidad con lo establecido en su ley reguladora, pre- sentó el 5 de marzo de 2004 al Parlamento de Catalunya el Informe correspondien- te a las actuaciones del año 2003, y que se publica íntegramente en el Butlletí Oficial del Parlament de Catalunya, VII legislatura, número 34, de 19 de marzo de 2004, así como también en nuestra web www .sindicgr eugescat.or g . Esta publicación es un resumen de aquello que valoramos como más significativo, manteniendo, sin embargo, la misma estructura del Informe. Encontrarán en ella todas las áreas materiales en las que organizamos nuestra actividad. En cada una de ellas destacamos determinadas actuaciones que o bien constituyen el grueso de las quejas que recibimos de los ciudadanos o bien ponen de manifiesto situaciones que consideramos importantes y a las que hay que prestar la debida atención. Algunas son situaciones que podemos considerar nuevas, fruto de nuestra sociedad cam- biante, y otras, desgraciadamente, se vuelven a repetir insistentemente. Añadimos un resumen también de nuestro Libro segundo, este año dedicado a los sis- temas electrónicos de videoviligancia, y concluimos con una referencia a nuestras actua- ciones de proyección institucional y a los datos estadísticos sobre las quejas: número, ori- gen, materia, administración afectada, estado de tramitación y grado de eficacia. El Síndic de Greuges de Catalunya es el comisionado del Parlamento de Catalunya para la defensa de los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos de Catalunya, y en este sentido, nuestro Informe responde al deber de informar al Parlamento de todas nuestras actuaciones durante el año. En la medida que el Parlamento de Catalunya representa a los ciudadanos de Catalunya, y que el acceso a la información es una garantía eficaz para la defensa de los derechos de los ciudada- nos, queremos llegar también a todos ellos de una manera más directa y sencilla, y esta edición, como otras medidas de divulgación que emprendemos, tiene este objetivo. La eficacia de nuestras instituciones democráticas no está, como se podría pensar, en la fuerza o en la capacidad de imponer sus decisiones sino en el grado de conciencia y par- ticipación de sus ciudadanos que, al hacer suyos los derechos y los deberes, su defensa y su cumplimiento, contribuyen a la mejora de la sociedad y de sus administraciones. Anton Cañellas Síndic de Greuges Procedimiento administrativo, función pública, participación en asuntos públicos y cuestiones electorales • Vivienda y urbanismo • Medio ambiente • Tributario • Consumo • Sanidad y servicios sociales • Trabajo y pensiones • Enseñanza universitaria, normalización lingüística y cultura • Justicia, prisiones y seguridad ciudadana • Infancia • Inmigración • Mujeres • Libro segundo: algunas consideraciones sobre los sistemas electrónicos de videovigilancia • Proyección institucional • Estadística

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SíndicdeGreuges

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El Síndic entrega al Presidente del Parlamento el Informe del 2003

PresentaciónEl Síndic de Greuges, de conformidad con lo establecido en su ley reguladora, pre-sentó el 5 de marzo de 2004 al Parlamento de Catalunya el Informe correspondien-te a las actuaciones del año 2003, y que se publica íntegramente en el Butlletí Oficialdel Parlament de Catalunya, VII legislatura, número 34, de 19 de marzo de 2004, asícomo también en nuestra web www.sindicgreugescat.org.Esta publicación es un resumen de aquello que valoramos como más significativo,manteniendo, sin embargo, la misma estructura del Informe. Encontrarán en ellatodas las áreas materiales en las que organizamos nuestra actividad. En cada una deellas destacamos determinadas actuaciones que o bien constituyen el grueso de lasquejas que recibimos de los ciudadanos o bien ponen de manifiesto situaciones queconsideramos importantes y a las que hay que prestar la debida atención. Algunasson situaciones que podemos considerar nuevas, fruto de nuestra sociedad cam-biante, y otras, desgraciadamente, se vuelven a repetir insistentemente. Añadimos un resumen también de nuestro Libro segundo, este año dedicado a los sis-temas electrónicos de videoviligancia, y concluimos con una referencia a nuestras actua-ciones de proyección institucional y a los datos estadísticos sobre las quejas: número, ori-gen, materia, administración afectada, estado de tramitación y grado de eficacia.El Síndic de Greuges de Catalunya es el comisionado del Parlamento de Catalunya parala defensa de los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos deCatalunya, y en este sentido, nuestro Informe responde al deber de informar alParlamento de todas nuestras actuaciones durante el año. En la medida que elParlamento de Catalunya representa a los ciudadanos de Catalunya, y que el acceso ala información es una garantía eficaz para la defensa de los derechos de los ciudada-nos, queremos llegar también a todos ellos de una manera más directa y sencilla, y estaedición, como otras medidas de divulgación que emprendemos, tiene este objetivo. La eficacia de nuestras instituciones democráticas no está, como se podría pensar, en lafuerza o en la capacidad de imponer sus decisiones sino en el grado de conciencia y par-ticipación de sus ciudadanos que, al hacer suyos los derechos y los deberes, su defensay su cumplimiento, contribuyen a la mejora de la sociedad y de sus administraciones.

Anton CañellasSíndic de Greuges

• Procedimiento administrativo,función pública, participación en asuntos públicos ycuestiones electorales

• Vivienda y urbanismo

• Medio ambiente

• Tributario

• Consumo

• Sanidad y servicios sociales

• Trabajo y pensiones

• Enseñanza universitaria,normalización lingüística y cultura

• Justicia, prisiones y seguridad ciudadana

• Infancia

• Inmigración

• Mujeres

• Libro segundo: algunasconsideraciones sobre lossistemas electrónicos devideovigilancia

• Proyección institucional

• Estadística

Identificación de losinfractores

La ley sobre tráfico establece para el titu-lar del vehículo la obligación de identifi-car al infractor en los supuestos en queél no sea el conductor. Si el titularincumple esta obligación sin causa justi-ficada, o si pese a haber identificado alinfractor no se puede notificar la denun-cia por causa imputable al titular delvehículo, este último será el sancionado.En ocasiones, aún cuando el titular delvehículo haya actuado con la diligenciaque le es exigible, la Administración hacontinuado la tramitación del procedimien-to incoado sin tener en cuenta la identifi-cación del presunto infractor, lo que hamotivado la presentación de varias quejas.

El Síndic entiende que la obligaciónimpuesta por la ley sobre tráfico nopuede comportar para el titular delvehículo un deber de colaboración quevaya más allá de lo razonablemente exi-gible, y que esta obligación tampocotiene que sustituir la actividad de laAdministración, eximiéndola de prose-guir las diligencias de investigación diri-gidas a averiguar la identidad de losresponsables de la comisión de lainfracción. En este sentido, las conside-raciones efectuadas al Instituto Muni-cipal de Hacienda de Barcelona y acep-tadas por este organismo hancomportado un cambio de criterio enrelación con los datos a aportar por eltitular del vehículo al considerar que hacumplido su deber de colaboración.

La privatización delLaboratorio Generalde Ensayos eInvestigacionesEl comité de empresa de LGAI Technolo-gical Center, SA, empresa resultante delproceso de privatización del LaboratorioGeneral de Ensayos e Investigaciones(LGAI), se dirigió al Síndic para transmi-tir su preocupación con determinadosaspectos de este proceso.Los promotores manifestaban suinquietud por la continuidad de los 300puestos de trabajo, así como tambiénpor el mantenimiento del rol social dedeterminadas funciones de esta enti-dad, la preocupación por el uso que lasociedad pueda hacer de la informacióntécnicamente sensible que los clientesfacilitan al laboratorio y, finalmente,consideraban que la operación de pri-vatización de la sociedad la tenía quedecidir el Parlamento de Catalunya, alhaber sido creada por ley. Después de estudiar el nuevo escenarioprevisto y las respuestas dadas por elmismo Departamento de Industria, elSíndic ha centrado sus recomendacionesen las garantías en favor de los usuariosde los servicios que presta el laboratorio,que continuará siendo de titularidadpública a través del mismo LGAI.El Síndic planteó si los mecanismos pre-vistos en todo el marco regulador de laoperación son, a los efectos de haceroperativas las funciones de control ydirección atribuidas al LGAI, suficiente-mente garantistas de los derechos delos usuarios y de la independencia yneutralidad que hay que preservar res-pecto a entidades que efectúan tareasde control en el ámbito de la calidad yla seguridad industrial y que, además,son de carácter público.Es por esto que sugirió incorporarexpresamente en el contrato reguladorde la prestación de servicios que la nue-va sociedad LGAI Technological Center,

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Procedimiento administrativo,función pública, participación en asuntospúblicos y cuestiones electorales

ActuacionesQuejas Actuaciones de oficio

Procedimiento administrativo 471 4Función pública 103 1Contratación administrativa 52Responsabilidad patrimonial 35Participación en asuntos públicos 22Cuestiones electorales 23 1

Total 706 6 712

SA únicamente tratará los datos decarácter personal conforme a las ins-trucciones del LGAI, que no las aplicaráo utilizará con finalidad diferente a laque figure en el contrato, ni las comu-nicará, ni siquiera para su conservación,a otras personas. En el contrato tam-bién habría que determinar las medidasde seguridad que la nueva sociedadestá obligada a implantar para hacerefectiva la protección de datos.El LGAI, como titular de los servicioscuya gestión se ha adjudicado a LGAITechnological Center, SA, ha de ejercerla potestad tarifaria mas allá de la pre-visión de no-discriminación y tiene quehacer públicas las tarifas que se acuer-den, a fin que los usuarios tenganconocimiento de las mismas. El Síndictambién propuso establecer e incorpo-rar en el contrato regulador las previ-siones relativas a los procedimientospara las reclamaciones que presentenlos usuarios y divulgarlos, con la finali-dad de que estos tengan conocimientode los citados procedimientos. La mayor parte de estas consideracionesfueron aceptadas por el Departamento deTrabajo, Industria, Comercio y Turismo.

El mal estado deconservación de lasaceras de la calle

Ya en otras ocasiones el Síndic se hapronunciado sobre la negativa sistemá-tica de la Administración a reconocerque se ha producido un supuesto deresponsabilidad patrimonial cuando unciudadano pide ser indemnizado porlesiones sufridas al caer al suelo a con-secuencia del mal estado de conserva-ción de las aceras de la calle. Las administraciones suelen considerarque no se ha acreditado la existencia delnexo causal en el sentido de relación decausa efecto entre el estado de la aceray los perjuicios sufridos, pero no motivancomo deberían esta afirmación. En otros casos, se niega la existencia deresponsabilidad patrimonial con elargumento que las deficiencias en elpavimento o en la acera entran en elámbito de lo permisible o que la perso-na afectada no ha adoptado las precau-ciones debidas, adecuando su actua-ción a las características de la vía. El Síndic entiende que hay que estar alcaso concreto para averiguar si, real-mente, la responsabilidad es imputablea la Administración. Pero es preocupan-te que, pese a haberse elaborado unoscriterios a tener en cuenta en estoscasos, consolidados por una jurispru-dencia reiterada que deriva de lasdemandas presentadas por los ciudada-nos que no han visto atendidas sus

reclamaciones, la Administración perse-vera en su posición como han hechovarios ayuntamientos.

Objeciones a estar enuna mesa electoralSiempre que hay una convocatoria electo-ral, y este año ha habido dos, recibimosquejas de ciudadanos que encuentranalgún impedimento para ejercer su dere-cho al voto o que ponen objeciones o tie-nen problemas para estar en una mesaelectoral para la cual han sido elegidos. Una señora que había sido escogida sedirigió al Síndic puesto que recelaba delprocedimiento del sorteo que elAyuntamiento había realizado paraescoger a los miembros de las mesaselectorales. Esta persona ya había sidocondenada en 1996 por su objeción aparticipar en una mesa electoral. Por lainformación documental y los comenta-rios facilitados por el Ayuntamiento,comprobamos que el sorteo había sidoregular y aleatorio. Otras cuestiones planteadas sobre estaproblemática hacían referencia al con-flicto que ocasiona a una pareja conobligaciones familiares el hecho dehaber sido elegidos los dos o el perjuicioeconómico que tendrá que soportar eltitular de un quiosco de prensa tambiénmiembro de una mesa electoral, situa-ciones no previstas en la ley electoral, enel segundo caso por ser un trabajadorautónomo. Estas últimas quejas han sidoenviadas al Defensor del Pueblo.

3HEMOS RECOMENDADO- Al Ayuntamiento de Barcelona que

valore la posibilidad de otorgar laslicencias para los pintores y dibujan-tes de la Rambla mediante licitación,seleccionando las peticiones deacuerdo con diversos criterios obje-tivos, como por ejemplo el de laantigüedad. También hemos sugeri-do que una normativa reguladora yla convocatoria de las licencias sepubliquen en un diario oficial, y laposibilidad que los servicios munici-pales inspeccionen la actividad delos pintores. El Ayuntamiento haaceptado la sugerencia relativa a lastareas de inspección.

HEMOS SUGERIDO - Al Ayuntamiento de Mollerussa que

efectúe la devolución del importeabonado por las entradas al concur-so nacional de vestidos de papel quehabían pagado un grupo de perso-nas mayores, concurso que no secelebró el día previsto a consecuen-cia del mal tiempo. El Ayuntamientoaceptó la sugerencia y ordenó ladevolución de ingresos.

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Insuficiencia devivienda protegida ymercado libre dedifícil acceso Hablar de insuficiencia de vivienda pro-tegida para satisfacer la demanda eshablar del precio de la vivienda en elmercado libre. Son dos cuestiones quevan íntimamente relacionadas. Dejandoa un lado la polémica sobre la existen-cia o no de una burbuja inmobiliaria, locierto es que es necesario un esfuerzoeconómico y un endeudamiento des-proporcionado respecto a la capacidadeconómica de muchas familias parapoder adquirir una vivienda. La Administración dispone, en la actua-lidad, de dos vías para corregir las dis-funciones del mercado. Una de estasvías consiste en la política de fomentode la promoción pública de viviendas,de alquiler o de compra. La otra vía,quizás la más olvidada en la práctica,

consiste en utilizar los instrumentosurbanísticos previstos en la ley para inci-dir en el mercado y disponer de suelopara construir vivienda protegida.Continuamos pensando que, dentro delmarco constitucional, hay un margen enel que el legislador se puede mover paralograr el objetivo de facilitar el acceso ala vivienda sin poner en peligro la esta-bilidad del sistema económico.

Realojo por razonesurbanísticas Reordenar un sector supone una fuerteinversión si tenemos en cuenta que losafectados por una actuación urbanísti-ca, a los que se expropia la vivienda,tienen que ser realojados.Se nos ha planteado el problema defamilias expropiadas que tienen quetransmitir su piso sin cargas a laAdministración y se encuentran conque el importe de la indemnización nocubre el capital pendiente de la hipote-ca que grava la vivienda expropiada.Siempre hemos considerado, también,que los propietarios y afectados por unaocupación directa, cesión obligatoria desuelo al dominio público, además departicipar en el reparto justo de las car-gas y de los beneficios en el sector deactuación tenían que tener el derecho a

ser realojados en el momento de la ocu-pación para no afectar al derecho a lavivienda, como ya recoge la normativa.Los instrumentos de planificación gene-ral han de huir de zonificar de una for-ma estricta, y han de perseguir una ciu-dad más integrada para evitar lacreación de auténticos guetos urbanos.La distribución, de acuerdo con criteriosracionales en el territorio de los terre-nos cualificados para equipamientosdestinados a cultos religiosos, tambiénincidirá en una redistribución de losgrupos sociales y evitará la segregaciónespacial. Asimismo, mediante los ins-trumentos de intervención en el merca-do del suelo se han de procurar evitarconcentraciones sociales homogéneas.

Las entidadesurbanísticas deconservaciónLas entidades urbanísticas de conser-vación, denominadas juntas de conserva-ción, son agrupaciones de particularesconstituidas para conservar las obras deurbanización y mantener las dotaciones einstalaciones de servicios públicos hastaque los ayuntamientos puedan hacersecargo presupuestariamente de las mis-mas. Pero, hay entidades urbanísticas de

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Vivienda y urbanismo

HEMOS SUGERIDO- Al Patronato Municipal de la Vivien-

da del Ayuntamiento de Barcelonaque revisara unos expedientes yenmendara ante la Dirección gene-ral de Arquitectura y Vivienda elposible error por el que varios afec-tados por el PERI Diagonal-Poble-nou, al comprar una vivienda deprotección oficial en régimen espe-cial, no recibieron la ayuda consis-tente en una subvención a fondoperdido del 10 % que se aplica enprimeras residencias. El Patronatode la Vivienda ha aceptado nuestrasugerencia y ha revisado los expe-dientes a fin que los afectados pue-dan cobrar la ayuda.

- Al Ayuntamiento de Sant Ramon(Segarra) que respondiera a todaslas personas que habían presentadoalegaciones a las normas subsidia-rias de planeamiento del municipioy que estas se incorporaran a ladocumentación del Plan de ordena-ción urbanística, un nuevo instru-mento de planeamiento iniciado porel Ayuntamiento.

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ActuacionesActuaciones

Quejas de oficio

Vivienda 114Urbanismo 212 1

Total 326 1

conservación que, además de mantenerlos servicios, se ocupan de crear los quefaltan, puesto que en muchos casos lospromotores de la urbanización no hancumplido sus deberes.Uno de los problemas que se nos plan-tea a menudo es la disolución de lasentidades urbanísticas de conservacióncuando estas, por problemas de funcio-namiento interno, son inoperantes encuanto al cumplimiento de sus finalida-des. Los ayuntamientos han de intentarencontrar una solución sin apartarse delos límites de la ley y respetando losestatutos de las entidades.Otro tema frecuente de queja es el acce-so de los miembros de una entidad deconservación a las cuentas de ésta. Conla nueva normativa, el desarrollo parcialde la ley de urbanismo establece que losmiembros de la junta tienen derecho aobtener certificaciones de los librossociales. Esta nueva normativa ha resuel-

to o puede ayudar a resolver los proble-mas que se nos planteaban con las enti-dades urbanísticas de conservación porcarencia de una regulación específica.

La ejecuciónsubsidiariaCon mucha frecuencia, las quejas quenos dirigen los ciudadanos, tanto encuestiones relativas a la vivienda como enproblemas urbanísticos, están motivadasen el hecho que los particulares incum-plen las órdenes de los ayuntamientos. Setrata de situaciones que parecen no tenersolución: el promotor de la queja ha pre-sentado la denuncia al Ayuntamiento,que ha inspeccionado y constatado loshechos denunciados, ha tramitado elexpediente y, finalmente, ha resueltoordenando ejecutar unas obras o derribarlo que se había hecho de forma ilegal.Si el interesado a quien va dirigida laorden no la ejecuta voluntariamente,

empieza el calvario para el denunciantey el expediente se eterniza en lasdependencias municipales. Por todoesto, aportamos una serie de reflexio-nes en torno a la elección del mejormedio de ejecución forzosa.La tramitación de la ejecución forzosamediante multas tiene que ser ágil y si laAdministración no ejecuta todos losactos para cobrar el importe de la multa,no tiene ningún sentido esta medida. En el caso que las multas coercitivas nohayan sido eficaces, la Administraciónse debería de plantear la posibilidad deejecutar subsidiariamente sus órdenescon derribos o ejecuciones de obracomo sistema más útil para proteger lalegalidad urbanística y porque elincumplimiento de una orden de derri-bo puede consolidar unas obras contra-rias al ordenamiento y el de una ordende ejecución de obra contribuye aldeterioro de los edificios.

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Los caudales mínimosecológicos de los ríos de las cuencasinternas de CatalunyaHemos sugerido al Departamento deMedio Ambiente que, en el plazo máscorto posible, la autoridad hidráulica semanifieste en relación con la posibili-dad real de implantar los caudales eco-lógicos mínimos de mantenimiento delos ríos de las cuencas internas deCatalunya. En el caso de que no se hayahecho ya, se tendría que considerar elestado jurídico y de uso real y efectivoal menos de aquellas concesiones deaprovechamientos hidráulicos públicosque más incidencia pueden tener en ladefinición e implantación de los cauda-les mínimos ecológicos, por si es posi-ble proceder a su revisión, caducidad oindemnización para poderse adecuar alPlan Hidrológico de cuencas internas.Un grupo ecologista presentó una quejaal Síndic para que la Administracióndotara de un caudal ecológico el río

Gaià. Diversas leyes, catalanas, estatalesy europeas, hacen referencia a un caudalecológico para los ríos que haga posiblela continuidad de vida de las diferentescomunidades biológicas, una calidad delagua suficiente y el respeto al paisaje.El Síndic considera, en consecuencia,que fijar los caudales ecológicos es unmandato legal desde el año 1985,reforzado con la aprobación en julio del2001 del denominado Plan sectorial decaudales de mantenimiento de lascuencas internas de Catalunya.Es cierto, sin embargo, que, en determi-nados ríos o tramos de éstos, existe unatensión posiblemente muy difícil desuperar, entre los recursos hídricos suciosde una determinada cuenca y las necesi-dades de agua por atender. Podría ocu-rrir que en determinados tramos de ríosno fuera posible garantizar los caudalesecológicos, sin intervenir sobre los dere-chos concesionales otorgados o situacio-nes de imposible respeto del caudal pesea la ausencia de concesiones.Habrá que llegar a conclusiones e iden-tificar, incluso, posiblemente, zonas enlas cuales es materialmente imposibleestablecer cualquiera caudal o, alterna-tivamente, optar por la indemnizaciónde concesiones o revisar o declarar lacaducidad de otras concesiones de aguapara hacer posible el caudal ecológico.El Departamento de Medio Ambiente y

Vivienda ha respondido manifestandoque comparte los criterios del Síndic yque la Agencia Catalana del Agua estáelaborando una propuesta de actuacio-nes prioritarias de inspección y control,en relación con determinados ríos,entre los cuales se encuentra el Gaià.

Las actividades al airelibreLas actividades espontáneas que surgencuando un colectivo de personas conafinidades e inquietudes similares sereúne al aire libre para tocar instru-mentos musicales, o las actividades rea-lizadas en el marco de celebracionesfestivas, aún autorizadas por un ayun-tamiento, no siempre están exentas degenerar molestias por ruido.De esta tipología de quejas hemos reci-bido este año una queja sobre los tam-bores y otros instrumentos de percu-sión que suenan en el parque de laCiutadella de Barcelona y otra sobre lasmolestias que provocan las actividadesmusicales y lúdicas organizadas por elAyuntamiento con motivo de la fiestamayor de la Roca del Vallès.Con respecto al parque de la Ciutadellay pese a la intervención realizada por elAyuntamiento para parar esta proble-mática con una campaña de sensibiliza-ción y controles por parte de la GuardiaUrbana, la impulsora de la queja infor-mó al Síndic que las molestias conti-nuaban. El Síndic se dirigió nuevamen-te al Ayuntamiento para recordarle elmarco normativo del municipio, que esla ordenanza sobre el uso de las vías yespacios públicos. Esta ordenanza pre-vé que los ciudadanos tienen derecho acomportarse libremente en los espaciospúblicos de la ciudad, si bien el derechoestá limitado por el deber de respetar alas otras personas, por lo que no estápermitido producir ruidos que pertur-ben el descanso de los vecinos.A través de los medios de comunica-ción, hemos sabido que, a principiosdel 2004, el Ayuntamiento ha iniciadouna nueva campaña de sensibilización ycontrol en el parque de la cual todavíano hemos podido valorar los resultados.

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Medio ambiente

ActuacionesActuaciones

Quejas de oficio

Medio ambiente 238 4

Cuenca del río Gaià

En relación con las actividades de lafiesta mayor de la Roca del Vallès, elSíndic recomendó estudiar la idoneidaddel patio de la escuela como lugar don-de concentrar las actuaciones y que sevalorara la posibilidad de encontrarlugares alternativos más alejados de lasviviendas. El Ayuntamiento respondióque tiene que prevalecer el hecho deorganizar actividades culturales y festi-vas de las cuales disfrutan todos losvecinos del municipio, durante unosdías concretos, sobre el descanso de losvecinos, aún así se comprometió a limi-tar el número de actividades en el patiode la escuela durante la fiesta mayor.

Legalización yclausura de vertederosAún es frecuente en nuestro territorio lautilización de espacios de terreno comovertederos incontrolados de residuos queno están legalizados y que son toleradosy mantenidos por los ayuntamientos.Esta tolerancia tiene consecuencias en elmedio ambiente, repercute negativa-mente en el paisaje y puede afectar losderechos de terceros, propietarios deterrenos colindantes y que ven como semalogran por conductas incívicas quetienen origen en la tolerancia practicada.Este año hemos recibido varias quejas depersonas afectadas por la falta de con-troles de estos vertederos, entre otros,espacios situados en los términos muni-cipales de Rodonyà y l’Ametlla de Mar.Con respecto al caso de Rodonyà, elSíndic señaló que, al margen de la con-ducta incívica de los vecinos, la vigilanciay las condiciones de mantenimiento delvertedero podrían no ser las idóneas. ElSíndic también consideró que elAyuntamiento había de tomar las medi-das necesarias para legalizar el vertedero,si es que no lo estaba, y dotarlo de lascondiciones técnicas adecuadas para sufuncionamiento y para el control de losmateriales que se depositan en él y evitarmolestias a terceros como las que sufríala propietaria del terreno vecino, que sedirigió al Síndic porque consideraba queel vertedero, del que se recogían los de-sechos una vez al año, podría afectar lasalubridad de su domicilio particular.El Ayuntamiento de Rodonyà informó alSíndic que la puesta en marcha de un ver-tedero móvil comarcal y la colaboración

con el Consejo Comarcal de l’Alt Camppara conseguir la gestión correcta y lalegalización del vertedero mejorarían lasituación, pero no respondió a las consi-deraciones del Síndic sobre la convenien-cia de adoptar medidas por los efectosperjudiciales del vertedero en la propie-dad de la persona que presentó la queja.En l’Ametlla de Mar, el Síndic recordó alAyuntamiento el deber de regenerar ylimpiar los espacios degradados, eneste caso una finca privada que se utili-zaba como prolongación del vertederomunicipal de escombros sin consenti-miento del propietario.

La protección de losbosques ante elpeligro de incendioLa falta de mantenimiento adecuado deparcelas donde la vegetación crece sinuna mínima atención, conservación ycuidado puede generar, en determina-das circunstancias, una situación depeligro de incendio forestal.Pese a que la normativa actual prevéuna serie de medidas dirigidas a lasurbanizaciones que no tienen continui-dad inmediata con la trama urbana ysituadas a menos de quinientos metrosde terrenos forestales para prevenir yevitar grandes incendios forestales, lagestión de esta normativa provoca quenos lleguen quejas al Síndic de una pro-blemática que, desgraciadamente casicada verano, es actualidad.

Entre otras quejas sobre problemáticasparecidas, destacamos la de una seño-ra que se dirigió al Síndic ante la faltade respuesta del Ayuntamiento de laPalma de Cervelló a las demandas deintervención de una situación suscepti-ble de generar un incendio forestal. Elinteresado exponía que su casa con-fronta con un bosque o terreno depropiedad privada en situación dedejadez y que ni el propietario ni elAyuntamiento tomaban ninguna medi-da para prevenir un posible incendioforestal. Las gestiones del Síndic ante el Ayunta-miento ayudaron al hecho que el pro-pietario hiciera finalmente una limpiezaparcial del terreno y sirvieron para com-probar también que el municipio notenía un plan de protección de incen-dios forestales, tal y como marca la leyal estar situado en una zona de altoriesgo e instó al Ayuntamiento a iniciarlos trámites para dotarse, a la mayorbrevedad posible, de este plan.El Síndic también se dirigió al Departa-mento de Medio Ambiente ya que lanormativa no dejaba suficientementeclaro a quien competía la elaboraciónde este plan de prevención, puesto queparecía que correspondía la elaboracióny aprobación al Departamento, mien-tras que, según la Dirección general dePrevención y Riesgos del Medio Natural,la elaboración de los planes de preven-ción corresponde a los municipios.

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La gestión tributariaCada año se repiten las reclamacionesde los ciudadanos que consideran quela Administración lesiona sus derechoscomo contribuyentes en todo el proce-so de gestión tributaria, que incluye lasactuaciones de liquidación, notifica-ción, recaudación e inspección.Como quejas en este apartado, destaca-mos la carencia de coordinación entrediferentes áreas de una misma Administra-ción, que ha provocado que se incoaranprocedimientos ejecutivos y se embarga-ran los bienes de un ciudadano que habíacumplido con sus obligaciones fiscales.También recibimos quejas en el sentidoque la Administración, pese haberadoptado una resolución favorable alcontribuyente que genera una devolu-ción de ingresos indebidos, se demoraen reintegrarlos.Encontramos reticencias o carencia deprevisión de las administraciones parareconocer beneficios fiscales a los con-tribuyentes y también que hay dudassobre el momento en que son vigentesestos beneficios.En otras ocasiones, aun cuando la norma-tiva determina que hay que reconocer unadeterminada exención, la Administraciónno lo considera suficientemente argumen-tado y si aquel supuesto no está incorpo-

rado a sus ordenanzas fiscales, no se avie-ne a conceder el beneficio solicitado.

Las subvenciones de la Administración por la domiciliaciónde los tributosUn ciudadano de Barcelona se dirigió alSíndic manifestando su disconformidadcon el sistema de pago subvencionadoque el Ayuntamiento de Barcelona apli-ca en relación con el impuesto de bie-nes inmuebles siempre que el pago sehaga a través de domiciliación bancariay de forma fraccionada.El reclamante consideraba discriminato-rio que la Administración actuara en elsentido expuesto y no lo hiciera cuandola cuota se paga íntegramente en laoficina de recaudación o en metálico enuna oficina bancaria.El Síndic considera, aún comprendiendoel razonamiento del reclamante, que noestamos ante un auténtico beneficiofiscal, puesto que no se integra dentrode la estructura de la obligación tribu-taria sino de una subvención. ElAyuntamiento está legitimado paraestablecer normas de subvención quetengan efectos de desgravación fiscalsiempre que se cumplan los requisitosprevistos por el ordenamiento jurídico. Posteriormente a la queja, la nueva leyde reforma de la ley reguladora de lashaciendas locales prevé de formaexpresa esta posibilidad y especificaque la bonificación puede llegar hastael 5 % de la cuota a favor de aquellosciudadanos que domicilien sus tributos

en una entidad financiera o que reali-cen actuaciones que impliquen colabo-ración en la recaudación de ingresos.

El impuesto sobresucesiones ydonaciones Este año se nos han dirigido varios ciu-dadanos en desacuerdo con la actualregulación del Impuesto de sucesionesy donaciones puesto que valoran quesu capacidad económica no es propor-cional al gasto que les comporta abo-nar la cuota del impuesto.El problema se centra en la coexistenciadel impuesto de sucesiones y donacio-nes y el impuesto sobre la renta de laspersonas físicas y las posibles duplicida-des que se pueden generar al meritarlos dos tributos.La doctrina tributaria se inclina por latesis que la renta es el índice más idó-neo y adecuado para medir la capaci-dad económica de una persona y, por lotanto, un sistema tributario más avan-zado y justo tiene que prestar atenciónespecial a un impuesto personal sobrela renta. Los partidarios de una desapa-rición progresiva del impuesto sobresucesiones y donaciones argumentanque los ingresos recaudados por estetributo no son demasiado elevados.El Síndic sólo quiere dejar patente el sen-tir de los ciudadanos que se nos han diri-gido solicitando que los poderes públi-cos se pronuncien sobre esta cuestión ysea objeto de estudio y la posterioradopción de las normas que se derivan.A través de la prensa hemos sabido que elGobierno tiene la intención de incremen-tar el mínimo exento del impuesto, quepodría comportar que quedaran libres detributación el 80 % de los contribuyentes.

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Tributario

ActuacionesQuejas

Tributario 196

HEMOS RECOMENDADO- Al Ayuntamiento de Reus que supri-

ma de la ordenanza fiscal los epígra-fes referentes a la tasa por expediciónde documentos administrativos comopor ejemplo las denuncias por habita-bilidad y los escritos de denuncia pormotivos que perjudiquen directamen-te el interés privado del denunciantey que no se refieran a servicios públi-cos municipales. El Ayuntamiento deReus ha informado al Síndic que, deacuerdo con su recomendación, latasa ha sido suprimida.

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Los registros demorosos Diversas quejas de ciudadanos quemanifestaban su desacuerdo con lagestión de los registros de solvenciapatrimonial y crédito, conocidos popu-larmente como registros de morosos,han llevado al Síndic a estudiar la nor-mativa vigente en este ámbito. Las quejas hacían referencia a las dificul-tades para obtener la cancelación de losdatos cuando ya no responden a un cré-dito vigente, con el perjuicio que ocasio-na a la actividad comercial o crediticiade los afectados. A pesar de que la leyestablece unos mecanismos y unos pla-zos por los que los interesados puedenpedir la modificación de los datos de losficheros y la posibilidad de ir a laAgencia Estatal de Protección de Datos,en caso de no efectuarse los cambios, elSíndic considera que muchos ciudada-nos desconocen esta posibilidad. Losperjuicios que pueden ocasionar la per-manencia de datos sobre deudas impa-gadas inexistentes justificaría un esfuer-zo informativo especial que tendría querecaer sobre los gestores de los ficheros,como responsables del adecuado trata-miento de los datos.Una información rigurosa y asequibletambién permitiría, según el Síndic, evi-tar en este caso concreto la sensaciónde desprotección y de falta de mecanis-mos de reacción que, cada vez con másfrecuencia, tienen los ciudadanos ensus relaciones, como consumidores debienes y servicios, con diferentes secto-res de actividad.La Agencia Estatal de Protección deDatos ha respondido al Síndic que esta-blecer la obligación de informaciónsobre la cancelación de datos seríaposible en el marco de la Ley de pro-tección de datos, pero que haría falta

una norma reglamentaria que lo esta-bleciera expresamente. También hainformado que está trabajando en estosmomentos en la elaboración de unborrador de este reglamento de la ley,para trasladarlo a la Administracióncompetente que ha de aprobarlo.Ante esto, el Síndic de Greuges se diri-gió al Defensor del Pueblo para quevalorara la posibilidad de recomendar ala Administración del Estado que seprevea esta obligación en el desplieguereglamentario de la ley, aprobada en1999, y que todavía está pendiente. ElDefensor del Pueblo informó que com-parte el planteamiento del Síndic sobreeste asunto, y efectuaba al Ministeriode Justicia una recomendación.

Informeextraordinario sobreel servicio público desuministro eléctricoEn enero de 2004, se entregó alParlamento un informe extraordinariosobre “El servicio de suministro eléctri-co. Una reflexión sobre los derechos delos ciudadanos”.Del conjunto de cuestiones relaciona-das con la energía eléctrica, económi-cas, técnicas y medioambientales, elInforme se centra en la tutela de losderechos de los usuarios del suministroeléctrico a partir del concepto actual deservicio público. La liberalización de la prestación del ser-vicio no tiene que comportar una pérdi-da de garantías del consumidor y usuariode estos servicios. El Síndic considera quela Administración, con su labor regulado-ra e inspectora con respecto a serviciosde interés general como el eléctrico,también tiene la responsabilidad de laprotección al consumidor y usuario. Poreso es por lo que el Informe acaba conuna serie de conclusiones que dan lugara unas recomendaciones al Gobiernocentradas en simplificar y facilitar lasreclamaciones de los usuarios en aspec-tos como la facturación, la verificaciónde los contadores, daños y perjuicioscausados por las empresas suministrado-ras, descuentos y una atención especial a

los usuarios más vulnerables por sus con-diciones económicas o personales.(Este informe fue presentado en el Parlament el dia24 de febrero de 2004. La totalidad de su conteni-do se encuentra disponible en nuestra página web:sindicgreugescat.org en el apartado de Informes/Informes extraodinarios)

El seguro obligatoriode motos yciclomotoresEl alto coste del seguro obligatorio paramotos y ciclomotores, proporcional-mente superior al de otros vehículos ylas dificultades para encontrar unacompañía aseguradora dispuesta a con-tratar la póliza, ocasiona muchas difi-cultades a los propietarios de motos yciclomotores y puede comportar, en lapráctica, que se circule con vehículossin asegurar. Por eso es por lo que elSíndic ha iniciado una actuación de ofi-cio sobre este tema porque implica unriesgo no sólo para los motoristas sinotambién para el resto de ciudadanos.El Síndic ha pedido información alDepartamento de Trabajo, Industria,Comercio y Turismo en relación con lasreclamaciones recibidas y al Departa-mento de Economía y Finanzas para quele informe de las actuaciones del gobier-no sobre este asunto en el marco de unaresolución del Parlamento de 6 de febre-ro de 2003, sobre el seguro obligatorio yotras medidas para contribuir a la circula-ción más segura de motos y ciclomotores.

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Consumo

ActuacionesActuaciones

Quejas de oficio

Cosumo 577 4

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Hospitalizaciónpsiquiátrica yatención comunitariaLa inversión en nuevos servicios y dispo-sitivos asistenciales psiquiátricos, sobretodo los comunitarios no hospitalarios,es todavía insuficiente, a consecuenciade la asociación histórica de la saludmental con la beneficencia y al hecho deestar apartada de la medicina. La crea-ción de centros de salud mental, de adul-tos e infantiles de referencia, la implan-tación de centros de rehabilitacióncomunitaria, hospitales de día, residen-cias y pisos asistidos ha sido lenta y condotaciones escasas, si se tiene en cuentael aumento de la demanda asistencial.

Esta insuficiencia de recursos contrastacon el buen funcionamiento de la clíni-ca hospitalaria y las buenas condicionesmateriales y asistenciales destinadas alos enfermos agudos y subagudos delos hospitales monográficos. La aten-ción a enfermos con estancias largas deinternamiento presenta, sin embargo,déficits de infraestructura.El Síndic ha querido verificar este año loscambios producidos en la atención psi-quiátrica de los hospitales monográficosde Salt y Lleida, ya visitados en 1997,con el objetivo de evaluar la efectividadde la tutela integral de la salud de losenfermos ingresados. Así, hemos puestoen consideración del Departamento deSanidad y Seguridad Social el análisis delas dos visitas efectuadas, señalando losconsiderables progresos y las cuestionestodavía pendientes.

Atención sanitaria alos inmigrantesGarantizar la atención sanitaria a losinmigrantes extranjeros empadronados

en Barcelona ciudad, mediante el serviciode ayuda a inmigrantes extranjeros resi-dentes, ha sido una de las preocupacio-nes del Síndic. Esta atención ha implicadotambién un incremento de la presión paralos equipos de atención primaria de lasáreas básicas de salud de diversos barriosde Barcelona. A los efectos de comprobarsi se han adoptado las medidas adecua-das para satisfacer las necesidades de losciudadanos (nacionales y extranjeros),sobre todo en referencia a la equidad yaccesibilidad al sistema sanitario, asícomo también otras medidas de recep-ción y tratamiento de los extranjeroscomo la información y el apoyo, hicimosdiversas indagaciones cerca del Departa-mento de Sanidad y Seguridad Social.Vista la respuesta de la Administración, seevidencia que se han ido tomando medi-das para afrontar la demanda de asisten-cia, quizá insuficientes, para contener lafuerte presión asistencial en algunos cen-tros de atención primaria (CAP). La crea-ción de la Oficina de CooperaciónSanitaria Internacional y Salud Migracio-nal ha significado un instrumento de inte-gración y respuesta a los problemas desalud de la población inmigrante.El Síndic ha propuesto al Departamentode Sanidad y Seguridad Social que con-tinuara mejorando las condiciones asis-tenciales y aumentando las evaluacio-nes continuadas del sistema así comotambién los recursos de los CAP conmás afluencia de inmigrantes en bene-ficio de todos los usuarios.

Las “igualas” Una denuncia anónima, que por su carác-ter no pudimos aceptar, llevó al Síndic aabrir una actuación de oficio sobre elpago por parte de vecinos a médicosdependientes de la sanidad pública deuna tasa mensual para asegurarse que losatenderán fuera de su horario. Segúninformaciones periodísticas, esta prácticahistórica conocida con el nombre de igua-la continuaba viva en decenas de pobla-ciones de la provincia de Lleida, aúncuando contraviene la legalidad vigente.Por todo esto, el Síndic sugirió alDepartamento de Sanidad que tomara

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Sanidad y servicios sociales

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Quejas de oficio

Sanidad 183 5Servicios sociales 142 3

Total 325 8

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las medidas adecuadas para corregir, siera el caso, la actuación de los faculta-tivos mencionados y que investigara laposibilidad de más casos en la regiónsanitaria de Lleida. El Departamentoinformó que había abierto un expedien-te informativo para aclarar los hechos.

Informe extraordinariosobre la atención a laspersonas mayoresdependientes enCatalunyaLa aproximación realizada a la problemáti-ca de la atención a las personas mayoresdependientes ha permitido al Síndic valo-rar el funcionamiento del sistema de aten-ción en nuestro país, analizar los principa-les parámetros sobre los que se puededefinir un modelo de atención, reflexionarsobre las posibilidades de mejora delactual sistema de atención y tratar deidentificar los derechos como la dignidady la intimidad y los deberes que tendríanque ser reconocidos en este ámbito.Estas valoraciones se han traducido enun conjunto de sugerencias y propues-tas sobre aspectos como cual podría serel modelo de atención -que el Síndicconsidera que tendría que ser de acce-so universal-, la priorización de progra-mas preventivos dirigidos a un envejeci-miento saludable y la creación de unente tipo “agencia” para la protecciónde las personas incapacitadas para velarpor el respeto a los derechos de las per-sonas incapacitadas legalmente, ade-más de establecer comités de ética enla atención residencial y promover larealización de testamentos vitales. Otras propuestas son potenciar lasmedidas dirigidas a la conciliación de lavida familiar y laboral, mejorar la capa-citación de los cuidadores, adoptarmedidas con la finalidad de favoreceruna imagen positiva del envejecimientocon campañas de sensibilización en laescuela o a través de los medios decomunicación, y elaborar una nueva leyde servicios sociales que defina el dere-cho a un listado de prestaciones que déprioridad a los servicios de proximidadpara que la gente pueda permaneceren casa o en su entorno, si lo desea.El trabajo se ha basado en las quejasrecibidas en la Institución sobre diferen-tes aspectos de esta problemática, en

las visitas efectuadas a varios recursosasistenciales como por ejemplo residen-cias y centros de día y ha contado conla colaboración de un grupo de exper-tos que han aportado sus conocimien-tos sobre diferentes aspectos.(Este informe fue presentado al Parlamento el día19 de marzo de 2004. La totalidad de su contenidose encuentra disponible en nuestra pàgina web:www.sindicgreugescat.org, en el apartado de Infor-mes/Informes extraordinarios).

La atención residenciala los discapacitadospsíquicos En los últimos años, y también en 2003,hemos visitado centros residencialespara discapacitados psíquicos a fin deconocer de cerca la realidad de los ser-vicios que se prestan a este colectivo. En el actual modelo de asistencia hemospodido constatar que se mezclan dife-rentes tipologías de usuarios en unamisma residencia y cuando no es posi-ble organizar áreas de convivencia dife-renciadas se hace difícil la convivenciaentre residentes y se hace difícil tambiénel poder prestar a cada residente laatención específica que necesita.Pensamos que tendría que ser posibledefinir perfiles diferenciados de usuariosde residencias para disminuidos psíqui-cos profundos, fijar las necesidades asis-tenciales de cada uno de ellos y lasratios de personal para cada tipología. Los disminuidos con enfermedad men-tal asociada y las personas discapacita-das que envejecen son dos colectivosque, normalmente, en las residenciasno disponen de profesionales específi-camente formados que puedan atendersus necesidades específicas ni tampocohay equipos externos de apoyo. En loscasos de las personas mayores queenvejecen, lo hacen antes y más rápida-mente, lo cual puede transformar unaratio de personal de suficiente a insufi-ciente en muy poco tiempo. También es necesario que el sistemapúblico de servicios sociales dediquemás esfuerzo a fomentar la creación demás pisos con apoyo como soluciónidónea para las personas que tienen unnivel de disminución que les permitevivir integrados en una comunidad devecinos con tan sólo apoyo puntual.Con respecto al colectivo de disminui-

dos con trastornos de conducta asocia-dos requieren un esfuerzo presupuesta-rio doble para aumentar la ratio de per-sonal de atención directa en los centrosy para dotar las residencias de nuevasplazas adecuadas a este perfil.

Pobreza A pesar de que el nivel de vida de parte dela población ha aumentado y que la provi-sión de servicios sociales es más alta quenunca, la pobreza que afecta personasconcretas de todas las edades existe entrenosotros. Junto a las bolsas de pobreza ymarginación tradicionales que continúanexistiendo (minorías étnicas, familias des-estructuradas, personas mayores queviven solas, toxicómanos), han aparecidonuevas formas de empobrecimiento queafectan a personas que antes estabanintegradas socialmente. La pérdida delpuesto de trabajo de personas que tienenmuy difícil encontrar otro, ha llevado aalgunas familias a situaciones de pobrezay marginación. A esta situación se aña-den, en especial los últimos años, las difi-cultades para acceder a una vivienda.

La dificultad dediferentes colectivospara encontrar trabajoLa mayoría de quejas que nos han llega-do en el ámbito de trabajo han sidoplanteadas por parados de larga dura-ción y mayores de 45 años. Pese a lasmedidas fiscales, administrativas y delorden social, previstas en la ley queacompaña los presupuestos del 2004, sevuelven a prever subvenciones y bonifi-

caciones a las cuotas sociales, a fin deincentivar la contratación indefinidapara determinados colectivos de trabaja-dores. Ni los ciclos económicos favora-bles ni el mercado laboral han podidosolucionar este tipo de paro estructural. El índice muy elevado de discapacitadossin trabajo es una exclusión inaceptablede este colectivo y, una vez más, secontinúa incumpliendo la ley de inte-gración social de los minusválidos porparte de las empresas de más de cin-cuenta trabajadores, y este colectivocontinúa sometido a barreras importan-tes para acceder a la ocupación.El acceso de personas con discapacidada la ocupación pública ofrece un pano-rama desolador y, pese a las exigenciaslegales, la realidad es el lamentableincumplimiento de la ley.

No se pueden aceptar más incumpli-mientos y dilaciones al respecto y hayque potenciar las medidas para erradi-car el índice de paro de los discapacita-dos, sobre todo de las mujeres.

Los retrasos en elpago a los centros deformación ocupacionalLas quejas sobre cursos de formaciónocupacional no siempre provienen deparados, sino también de entidadescolaboradoras del Departamento deTrabajo, que han denunciado las dificul-tades para mantener abiertos los cen-tros y poder continuar trabajando, acausa del retraso en el pago de los cur-sos, lo que perjudica la gestión y lasposibilidades de seguimiento de éstos.Una asociación, entidad colaboradora delDepartamento de Trabajo, Industria,Comercio y Turismo en la realización deacciones de renta mínima de inserción yen el programa experimental de inserto-res laborales, entre otros, se dirigió alSíndic denunciando su disconformidadpor el retraso en el pago de los cursos,hecho que ponía en peligro el futuro dela misma asociación puesto que la deudaera por un importe superior a los 180.000euros, además de otro importe de mayorcuantía de los cursos del mismo año quetampoco se había hecho efectivo.Tras recibir un informe sobre el estadodel pago a la asociación, el Síndic sugi-rió al Departamento de Economía yFinanzas agilizar los trámites para hacerefectivos los ingresos ya aprobados ytambién al Departamento de Trabajopara que programara los pagos del res-to de cursos pendientes.

Pensiones mínimas Garantizar la suficiencia económica delos ciudadanos durante la vejez,mediante pensiones adecuadas y actua-lizadas periódicamente es un mandatoconstitucional.Pese a la revalorización para compensarla pérdida de poder adquisitivo de laspensiones, no se han satisfecho lasexpectativas de los ciudadanos que tie-nen que percibir pensiones mínimas,

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Trabajo y pensiones

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ActuacionesActuaciones

Quejas de Oficio

Trabajo 50 1Pensiones 114

Total 164 1

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como las pensiones de viudedad, incom-patibles con las pensiones del seguroobligatorio de vejez e invalidez (SOVI),situación ampliamente denunciada porlas asociaciones de personas mayores.Esta situación se agrava en las comuni-dades autónomas donde el índice deprecios al consumo se sitúa por encimade la media estatal.Aun cuando la revalorización prevéincrementos superiores en determina-das pensiones, especialmente las míni-mas de jubilación, viudedad y las delSOVI, para entender el alcance del pro-blema sólo hay que mencionar las exi-guas cuantías fijadas: 4.195 eurosanuales en las del SOVI, 3.868 eurosanuales para las pensiones de la seguri-dad social no contributivas y 5.765euros al año para las de viudedad.Así pues, las cuantías de las pensionesmínimas son de las más bajas de Europay el tope para poder percibir el comple-mento por mínimos tampoco se haincrementado como debería.Un estudio enviado al Ministerio deTrabajo y Asuntos Sociales y a la comi-sión de seguimiento del Pacto deToledo, elaborado a partir de las quejasque hemos ido recibiendo los defenso-

res de todo el Estado, propone cambiospara mejorar la situación. Así, se hapropuesto, por ahora sin éxito, modifi-car el régimen de la pensión de viude-dad al objeto de reforzar los principiosde solidaridad y suficiencia económica.Para conseguirlo haría falta, entre otrasmedidas, el establecimiento de un sub-sidio de viudedad temporal por tenerhijos a cargo; la regulación de pensiónpara las uniones de hecho, la compati-bilidad de las pensiones de vejez o inva-lidez del SOVI con otros sistemas de laseguridad social y modificar la cuantíade las pensiones de viudedad de laspersonas menores de 60 años.

El régimen especialde los trabajadoresautónomosDesde siempre el Síndic ha recibidomuchas quejas referidas al régimenespecial de los trabajadores autónomosy siempre ha sugerido un trato máshomogéneo en las prestaciones de losdiferentes regímenes del sistema de laseguridad social. Últimamente se hanintroducido mejoras importantes comoel hecho que los trabajadores autóno-mos pueden mejorar de forma volunta-

ria la acción protectora con la incorpo-ración de la protección por accidenteslaborales y enfermedades profesiona-les, siempre que tengan cubierta laincapacidad temporal por contingen-cias comunes. También se ha incluido lamejora de incrementar en un 20 % lapensión de incapacidad total cuando eltrabajador tiene la edad de 55 años yno ejerce ninguna otra actividad y sehan reducido temporalmente las cotiza-ciones para los que se incorporan porprimera vez a este régimen especial.Ha quedado también parcialmenteresuelta la problemática que periódica-mente recibimos a través de quejas depersonas que habían abonado las cuo-tas para adquirir la condición de afilia-do mutualista cinco años antes de serdados de alta y que después éstas noeran consideradas válidas a efectos dejubilación.Pese a las mencionadas mejoras, conlas que se aceptan muchas de nuestrasrecomendaciones, continuamos reci-biendo quejas que denuncian la faltade eficacia retroactiva de estos benefi-cios y prestaciones y muchos de los tra-bajadores que se nos dirigen quedaninjustamente excluidos.

El coste de losestudios universitariosEl mayor número de quejas recibidas en elapartado universitario hacen referencia alcoste de los estudios universitarios, ya seapor denegación de becas o por el cobrode recargos por estudios de segundalicenciatura, o bien porque la Administra-ción no ha previsto una exención o ayudapara algún colectivo específico. Con oca-sión de la última reunión de defensoresde las universidades de Catalunya y lasIslas Baleares, a la que asistimos, se plan-teó la conveniencia de revisar y actualizarel sistema de becas a los estudiantes uni-versitarios. Un documento, consensuadopor todos los defensores universitarios delEstado, detecta que la mayoría de losproblemas en torno al sistema vigente de

concesión de becas son consecuencia deunas disposiciones administrativas obso-letas que no responden plenamente a lascondiciones actuales de vida de los estu-diantes, entre otras cosas porque losbaremos de renta para acceder a unaayuda son muy bajos. Los defensores creen que la profundatransformación social, el acceso generaliza-do a la formación universitaria, la implan-tación del distrito abierto, los constantescambios de estilo de vida de los jóvenes,requieren el replanteamiento global delcontenido y de los criterios que rigen el sis-tema de ayudas, que hay que adaptar a lanueva realidad social y económica.

El logotipo de CorreosLa decisión de la Sociedad Estatal deCorreos y Telégrafos, S.A. de utilizarúnicamente el castellano en su logotipoy la falta de impresos y otro material enlas oficinas de Catalunya en catalánmotivó la queja de un ciudadano.Aún cuando la ley excluye a los logotiposy las marcas comerciales de la obligaciónde traducirse, el Síndic entiende que eluso de una única lengua en el logotipo deuna empresa prestadora del servicio uni-versal de correo en un estado plurilingüeno contribuye, precisamente, al hechoque una parte de los ciudadanos, comopor ejemplo el que se ha dirigido a laInstitución, considere como propia la enti-dad que gestiona el servicio. El hecho deusar sólo el castellano en el logotipo no essensible con la realidad plurilingüe delEstado y el Síndic recordó al presidente dela compañía que otros estados de nuestroentorno con situaciones similares, comoSuiza, Bélgica o Finlandia, usan todas laslenguas oficiales. También en Gran Breta-ña, la Royal Mail Post Office hace servir ensu logotipo el galés y el gaélico escocés,lenguas con una población de hablantessensiblemente inferior a la catalana.Con respecto a la falta de impresos ypapel de información en catalán,

Correos manifestó la voluntad de la enti-dad de avanzar en la puesta a disposi-ción de los usuarios de impresos bilin-gües para los diferentes servicios quepresta, así como también la informacióntarifaria. También manifestó su compro-miso de atender a todo aquel que lodesee en catalán a través del teléfono deatención al cliente 902 197 197.

El uso del catalán en el ejercicio de la función notarial Durante el 2003 el Síndic ha hechovarias actuaciones relacionadas con eluso del catalán en la Administración dejusticia y en la función notarial.Destacamos las quejas recibidas por laentrega en castellano por parte de unnotario de unas copias compulsadas, o laredacción de una escritura de constituciónde una empresa en castellano sin respetarlos derechos lingüísticos del otorgante.En estos casos, que hacen referencia a laactuación de un notario, el Síndic sugirió alDepartamento de Cultura que estudiara laposibilidad de una actuación conjunta conel Ilustre Colegio de Notarios de Catalunyacon la finalidad de impulsar y asegurar elconocimiento, el uso y la protección de lalengua catalana en relación con la activi-dad profesional de este colectivo.El Colegio de Notarios, por su parte,expuso al Síndic el dilema con que seencuentran los notarios ante la disyunti-va de prestar sus funciones con la mayorceleridad posible o retrasar la menciona-da prestación ante la duda de cual serála lengua escogida por los otorgantes.Aún así el colegio comunicó al Síndicque había advertido al notario implicadode la necesidad de indagar la voluntadde los otorgantes en relación con la len-gua de redacción de los documentos.

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Enseñanza universitaria,normalización lingüística y cultura

HEMOS RECORDADO- A Renfe, que un reglamento interno

de una empresa no puede prevercomo infracción –ni tampoco estable-cer sanciones– las conductas que res-ponden sino al legítimo uso de losderechos lingüísticos que reconoce laConstitución, tras la sanción impuestapor la compañía a un trabajador conuna falta leve por usar el catalán en ellibro de bloqueo, en el que se anotantodas las incidencias de circulación deuna estación a tiempo pasado.

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ActuacionesQuejas

Enseñanza universitaria 28Normalización lingüística 47Cultura 11

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El Registro Civil enBarcelona y en el Prat de LlobregatUna queja de una mujer que hacía cua-tro meses que había pedido al RegistroCivil del Prat de Llobregat una certifica-ción de nacimiento de su hijo nacido enBarcelona sin que se le hubiera entre-gado, llevó al Síndic a interesarse por elfuncionamiento de estos dos juzgados.La investigación de la queja permitióconstatar varios factores que motiva-

ban la lentitud del Registro Civil delPrat en facilitar los datos. Así, comocuestión de alcance general, las normasprocesales que regulan el funciona-miento de las oficinas de registro y laentrega de certificaciones son antiguasy no se adecuan a la realidad presente.Pero, además, la oficina del Prat no habíasido informatizada, había sufrido sucesi-vas ausencias del personal auxiliar quegestiona estas solicitudes y las vacantesno siempre eran cubiertas con rapidez.También, a veces, según la juez titular, lapersona designada no tenía la formaciónni la experiencia adecuadas. A estos pro-blemas se añadía el hecho que la partidade nacimiento solicitada la tenía queentregar el Registro Civil de Barcelona,que tramitaba estas solicitudes con bas-tante lentitud, entre otras razones porquetampoco tenía la oficina informatizada. Ante esta situación, el Síndic se dirigióal Departamento de Justicia e Interior

para que le informara sobre la posibili-dad de adoptar medidas, junto con laprovisión de todas las plazas con celeri-dad y con personal bien formado. De acuerdo con la información facilita-da, el Síndic pidió al Defensor delPueblo que valorara la oportunidad depedir al Ministerio de Justicia el incre-mento de las plantillas y también infor-mación sobre la fase en que se encon-traba el proceso de instalación delsistema informático.

El programa deintercambio dejeringuillas en centrospenitenciariosEl 6 de febrero de 2003 el Parlamentoaprobó por unanimidad una proposiciónno de ley que instaba al gobierno a laaplicación progresiva del Programa deintercambio de jeringuillas en todos loscentros penitenciarios de Catalunya. Sepuso en marcha un programa piloto en elcentro penitenciario de Tarragona, cuyodesarrollo no fue fácil por la oposición deuna parte del personal funcionario. Tras la visita que el Síndic hizo al centropenitenciario de Tarragona el mes dejunio, se dirigió al Departamento deJusticia e Interior indicándole que enten-día que la implantación del programa senegoció con los sindicatos hasta lograrun acuerdo que alteraba substancial-mente el contenido inicialmente progra-mado puesto que eliminaba la interven-ción previa del personal sanitario asícomo también su seguimiento. Desde elpunto de vista institucional plantea difi-cultades que una política penitenciariaimpulsada por el Parlamento se negociecon los representantes sindicales.Determinar si el programa tiene quetener un contenido sanitario o bien seha de articular otro sistema no parece elcontenido propio de la negociación sin-dical, como sí que lo es la fijación decondiciones en el ámbito salarial, dehorarios, higiene en el trabajo, etc.El incumplimiento por parte del perso-nal del centro del acuerdo logradoentre el gobierno y los sindicatos rein-tegró el programa al ámbito sanitario.

Justicia, prisiones y seguridad ciudadana

ActuacionesActuaciones

Quejas de oficio

Justicia 397Servicios penitenciarios 67 5Seguridad ciudadana 78 1

Total 542 6

El Síndic considera que se ha de evaluarel programa piloto y si se confirman losdatos obtenidos, como que no se haproducido ninguna alta de VIH en laprisión ni ningún incidente remarcablederivado del uso de jeringuillas, sedebería de implantar en el resto de cen-tros penitenciarios de Catalunya.

La enfermedadmental en el ámbitopenitenciarioEn informes anteriores hemos señaladoque, pese a la mejora substancial experi-mentada en el ámbito de la sanidad peni-tenciaria en Catalunya, las enfermerías delos centros penitenciarios, incluso cuandotenían la separación adecuada entre losenfermos orgánicos y psiquiátricos, no seencontraban en disposición de dar deter-minada asistencia. Habilitar unas plazasen centros psiquiátricos para tratar inter-nos penitenciarios tampoco es la soluciónpuesto que este tipo de enfermos gene-raban disfunciones en el funcionamientode los centros, según nos indicaron losresponsables de los mismos.Por eso es por lo que valoramos muypositivamente la puesta en marcha de la

unidad hospitalaria psiquiátrica de 67plazas que se inauguró el mes de sep-tiembre, porque evidencia una mejoraimportante dentro del ámbito de lasalud mental penitenciaria en Catalunyay porque recoge una de nuestras reco-mendaciones hechas al Departamentode Sanidad y al de Justicia e Interior.Garantizar la función rehabilitadora yde reinserción social del enfermo men-tal encarcelado, junto con una buenacoordinación con el resto de la red asis-tencial, coronará una asistencia integraly personalizada a estos enfermos.

La percepción deinseguridadUno de los efectos de las situaciones demarginación y pobreza que persisten enla sociedad puede ser la generación desituaciones de inseguridad. La actua-ción policial y penal en estos casos,pese a ser necesaria, no puede ser laúnica respuesta. La atención a estassituaciones de necesidad conduciríaprobablemente a una disminución de lapequeña delincuencia, que tiene labase, aunque no la justificación, en lacarencia de recursos para sobrevivir.

Pero la solución a los problemas deinseguridad reclama aumentar lasmedidas de prevención con más pre-sencia policial en la calle y dar una res-puesta eficaz al delito, tanto de loscuerpos de seguridad en el momentode perseguirlo, como de los órganosjurisdiccionales al juzgarlo.Y para que esto sea así, hay que incre-mentar los medios personales y mate-riales de que disponen unos y otrospara evitar datos como los que dan losmismos profesionales de la justicia, queaseguran que un 40 % de los procedi-mientos iniciados no acaban con lacelebración de un juicio rápido por fal-ta de dotación adecuada de mediospersonales y materiales y una aplicaciónpoco equilibrada ya que el mayor volu-men de procedimientos se concentra enlas grandes ciudades.En el caso de la actividad jurisdiccionalpenal, hay que abordar también lasreformas legislativas necesarias, demanera que la norma procesal, aunmanteniendo las necesarias garantíasde los derechos constitucionales, nodevenga un obstáculo a la resoluciónágil y eficaz del proceso.

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Los centros dejusticia juvenilEste año se han continuado escuchandoalgunas voces que pedían el endureci-miento de la normativa que regula laresponsabilidad penal de los menores. ElSíndic cree que tenemos una buena nor-mativa, tanto en el ámbito estatal comoen Catalunya, que se adecua a las previ-siones de la Convención de los Derechosde los Niños, y lo que hace falta no esendurecerla sino explicarla, y destinar losrecursos necesarios para que se puedaaplicar y evitar el riesgo de ir hacia unmodelo cada vez más próximo al sistemapenitenciario de adultos.En las visitas que hemos hecho este año alos centros, hemos observado que haaumentado de forma insuficiente elnúmero de plazas y que este incrementose ha hecho efectivo en los centros que yaexisten. Esta opción no favorece la obten-ción de los objetivos de educación y rein-serción propios de la justicia de menores,porque, aunque se mantengan las ratiosde educadores, la dimensión de los cen-tros incide en el tipo de intervención en elsentido que se produce un debilitamientodel componente educativo-afectivo quediferencia un centro de menores de uncentro penitenciario de adultos. La masificación de los centros es otrofactor que distorsiona el funcionamien-to, incide en la calidad de la intervenciónrespecto a los chicos y chicas y generatensiones en el personal educativo.Otro aspecto que habría que mejorar es laatención al número creciente de adoles-centes con trastornos de salud mental enlos centros, a menudo asociado al consu-mo de tóxicos. En muchos casos necesitanuna atención específica y personalizadaque no se puede compaginar con las acti-vidades educativas ordinarias del centro.

La repatriación demenores inmigrantesno acompañados

La posible repatriación de menoresinmigrantes magrebíes no acompaña-dos, conocida a través de los medios decomunicación, llevó al Síndic a abriruna actuación de oficio con objeto deconocer las condiciones y circunstanciasen las que se preveía hacerla.Tras recibir del Departamento deBienestar y Familia la información sobreel tema, nos continuaba preocupandoel porqué no se asumía la tutela deestos chicos mientras se tramitaba elproceso de reagrupamiento familiar,qué requisitos mínimos del entornofamiliar se requerían para pedir el rea-grupamiento y de qué forma se garan-tizaba que el menor no estaría desam-parado en su país de origen.Consideramos, y así lo hemos sugerido,que hay que proceder a una protecciónadministrativa y material de los chicos noacompañados desde el primer momentoy que es necesario garantizar que vuelvena un entorno en el que no se aprecie unejercicio inadecuado o inexistente de lapatria potestad por parte de sus padres.Sobre este mismo tema hemos enviadoal Defensor del Pueblo, y lo hemospuesto en conocimiento de la Fiscalíadel Tribunal Superior de Justicia de

Catalunya, una queja de una ONG queentendía que la instrucción de laFiscalía General del Estado sobre elretorno de menores de edad que entranilegalmente en el territorio del Estadovulneraba la normativa nacional e inter-nacional sobre protección de menores.

El Programa deeducacióncompensatoria La revisión por parte del Departamentode Enseñanza del Programa de educa-ción compensatoria (en lo sucesivo PEC)ha provocado un alud de quejas (618) deprofesionales de la enseñanza, claustrosde centros educativos y de algún ayun-tamiento. Los promotores de las quejasconsideran que el PEC es un programaidóneo para luchar contra la exclusiónsocial en el campo de la enseñanza yconsideran que en esta revisión hay unamodificación substancial del PEC alempezar a aplicarse el Plan de actuaciónpara el alumnado de nacionalidadextranjera (en lo sucesivo PAANE).Según los interesados, había habido uncambio en el diseño de las funciones delos profesionales del PEC al abandonarla planificación y la aportación de pro-puestas y criterios de actuaciones ypasar a hacer sólo funciones de apoyo ala tarea docente del profesorado. Estecambio se había traducido, entre otras

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* 618 quejas de igual contenido correspondien-tes al Programa de educación compensatoria

cosas, en una reducción del profesora-do destinado a este programa.El Departamento de Enseñanza respon-dió, entre otras cosas, que el PEC habíasido adscrito al nuevo PAANE y queesto había comportado sólo una redis-tribución del personal para atendermejor las necesidades de cada zonapero que las finalidades y objetivos delprograma continuaban vigentes.Después de escuchar a las dos partes, elSíndic sugirió al Departamento de Ense-ñanza que potenciara, recuperara y revi-talizara la idea inicial del PEC y que aeste programa se le dé una relevanciasuperior y se engloben los otros progra-mas compensatorios resituando elPAANE dentro del PEC. El Síndic creeque este proceso se tendría que hacercon la participación de los diferentesequipos profesionales del sistema edu-cativo. Ya en el 2004, el Departamentoha respondido al Síndic manifestandoque comparte sus preocupaciones, quetiene previsto potenciar el PEC, así comotambién convertirlo en un servicio deinterculturalidad y cohesión social.

Nuevas formas defamiliaLa evolución de nuestra sociedad en elcampo de las nuevas realidades familia-res hace que algunas posibilidades noestén contempladas y algunos colecti-vos se sientan discriminados. Una asociación de lesbianas y gays pre-sentó una queja al Síndic al entender quehabía una discriminación hacia los hijosde familias lesbianas o gays, en compara-ción con los de familias heterosexuales.

La falta de reconocimiento legal de surealidad familiar hace que actualmentesólo una de las figuras parentales seareconocida legalmente y, en cambio, loshijos se sienten doblemente queridos. Tampoco se permite identificarse con losapellidos de dos madres y dos padres o losproblemas que se pueden plantear encaso de muerte de la madre o el padre.Estas discriminaciones podrían solucionar-se o al menos paliarse, según los interesa-dos, si se admitiera la figura de la adop-ción conjunta de las madres y los padres.El Departamento de Justicia e Interiorrespondió a la petición de informacióndel Síndic que se excluyó la adopciónconjunta por miembros de una parejahomosexual al considerar que la adop-ción no es una consecuencia necesariadel derecho de convivencia y que hastaahora en Europa la admisión de estaposibilidad había sido muy tímida y, conrespecto al Estado español, tan sólo doscomunidades autónomas habían apro-bado leyes en este sentido.

Informe extraordinariosobre los centrosresidenciales de acción educativaEl estudio pretende ver cómo funcionaeste recurso alternativo a la familia quees la atención residencial y qué vidahacen los más del millar de chicos y chi-cas acogidos en los centros. El informe es fruto de la visita hecha aquince centros, de una encuesta pasa-da a todos los centros y respondida porel 78 % de éstos y de las quejas recibi-das directamente sobre este tema.

La atención residencial es, hoy por hoy,en nuestro país, el principal recurso cuan-do un niño o adolescente no puede viviren casa y, en determinados casos, comolos adolescentes o grupos numerosos dehermanos, el único recurso disponible. Pese a ser un buen recurso, tienedemasiado peso dentro de los recursosalternativos, en el sentido que los otrosson escasos. A menudo es el únicorecurso viable pero puede no ser el idó-neo para un determinado adolescenteo niño. Esta falta de idoneidad compor-ta a menudo un esfuerzo desmesuradopor parte de los equipos educativos ydirectivos y un trastorno para el restode chicos y chicas del centro. El acogimiento familiar es la opción pre-ferida en la Convención de las NacionesUnidas sobre los Derechos de los Niñosdelante de cualquier recurso alternativoa la familia y es aconsejado como com-plemento a la crianza de los hijos porlos padres con dificultades, pero tam-bién para protegerlos. Los dos recursos,la atención residencial y el acogimientofamiliar, son válidos si se recurre a ellosdentro de un continuum constituido porla prevención, la separación y el regresoa casa y si están integrados en una redcoordinada y comparten los principalesobjetivos de la intervención. Todos los datos y la información recibidaconcluye en este informe en un conjuntode sugerencias y recomendaciones comopor ejemplo planificar el recurso de aten-ción residencial para que permita ofrecerla plaza adecuada a cada uno de losniños y adolescentes que lo necesiten. También se recomendaba la creación denuevos centros, especialmente paraadolescentes, para evitar la lista deespera y la implantación de un sistemade evaluación de la calidad de la aten-ción residencial que ponga especialénfasis en la atención educativa ade-más de regular la normativa especificade la inspección para centros residen-ciales de acción educativa, que parta delas condiciones más favorables paraque la vida cotidiana de los niños y ado-lescentes en los centros sea lo másparecido posible a la vida de los niñosque viven con la familia. (El informe fue presentado al Parlamento el 20-02-04. La totalidad de su contenido se puede encontraren nuestra página web: www.sindicgreugescat.org,en el apartado de Informes/Informes extraordinarios)

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El visado de estanciaEl visado de estancia de un ciudadanoextranjero se consigue si se demuestran unserie de requisitos como son acreditardocumentalmente el objeto del viaje, ladisposición de medios económicos sufi-cientes, la disposición de alojamiento en elterritorio español y las garantías de regresoal país de origen. Además, en el momentode presentar la solicitud del visado, el soli-citante deberá de aportar una carta de invi-tación de un ciudadano español realizada através de notario que tendrá que garanti-zar el cumplimiento de los requisitos.Este años hemos recibido, entre otras,quejas por la denegación del visado deunos abuelos que querían conocer a sunieta o de un hombre que ha vistocomo su prometida no ha podido entraren el país.Entre otras consideraciones, el Síndic creeque para acreditar los medios económicosse tendría que tener en cuenta la previsióncontenida en una orden ministerial queprevé que es suficiente el hecho de tenerabonado previamente el alojamiento enestablecimientos públicos y similares.También hemos mostrado nuestra preo-cupación por el hecho que se tengan quecomunicar los compromisos notariales deinvitación a las fuerzas y cuerpos de segu-ridad del Estado a través de un nuevobanco de datos denominado Vigía, crea-do por el Consejo General del Notariado.Por las quejas recibidas hemos observado,además, que la aportación del acta nota-rial de invitación no elimina los recelos delos consulados a otorgar el visado deestancia a los ciudadanos extranjeros. Poreso es por lo que, quizás, haría falta quese valorara si en el nuevo reglamento deextranjería vale la pena mantener estedocumento y, si se mantiene, explicitar sies un simple complemento para reforzarlos requisitos exigidos o, contrariamente,es suficiente por el mismo para obtenerlo.

Los datos del padrónmunicipalUna modificación de la ley habilitagenéricamente la Dirección General dela Policía a acceder a los datos de losextranjeros existentes en los padronesmunicipales, a los efectos del ejerciciode las facultades previstas en la ley deextranjería sobre el control y permanen-cia de los extranjeros en España.Pensamos que la legislación sólo habili-ta para la consulta ante casos concre-tos, por ejemplo con motivo de tramitaruno o varios expedientes de expulsión.Consideramos, pues, que no sería legí-timo emprender acciones de “peinado”de la base de datos.Aunque la ley fija unos mecanismos deseguridad, puede haber una afectaciónde otros derechos fundamentales vin-culados a la inscripción en el padrón,como es el derecho a la enseñanza y ala asistencia sanitaria si los extranjerosoptan por no empadronarse para evitarestos controles.Además, este registro administrativo enel que constan todos los vecinos delmunicipio, que es el padrón, se podríaver desvirtuado desde el momento enque unos determinados habitantes noosen inscribirse o los que se inscriban lohagan en domicilios falsos, para dificul-tar su localización.

Los cuarteles de Sant Andreu La situación de los cuarteles de SantAndreu de Barcelona puso de manifiestocarencias importantes en la materializa-ción efectiva de las previsiones que hande posibilitar la puesta en práctica de lared de acogida básica de alojamiento yatención integral a los inmigrantes ensituación de vulnerabilidad. Una situa-ción que ya se había producido con laocupación de la plaza de Catalunya enlos veranos del 2000 y 2001 y con elencierro de los inmigrantes en variasiglesias de la ciudad en enero del 2001.Además de la insuficiencia del sistema deservicios sociales para atender las necesi-dades de las personas más desvalidas,sean nacionales o extranjeras, la situaciónde los cuarteles constata la inadecuacióndel marco jurídico actual en materia deextranjería para dar respuesta a los colec-tivos de extranjeros en situación irregular.Creemos que hay que insistir en una coor-dinación eficaz en el diseño y la puesta enmarcha de un dispositivo de atención per-manente, que vaya más allá de una con-tención puntual y en el que las entidadessociales implicadas en la gestión de estaproblemática, además de participar en eldiseño de este dispositivo, puedan contarcon la dotación económica necesaria pararealizar la tarea que se les pide.

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Determinadas circunstancias particular-mente difíciles hacen que muchasmujeres se en encuentren en una situa-ción de vulnerabilidad. Por esto valora-mos positivamente el acuerdo delGobierno de la Generalitat de crear unfondo de garantía para el pago de laspensiones de divorcio, una recomenda-ción que el Síndic ya incluyó en elInforme del año 1995. Se trata de unaayuda muy importante para unas muje-res que, en la mayoría de casos, consti-tuyen junto a sus hijos una familiamonoparental, con una particular fragi-lidad en cuanto al nivel de ingresos.En los últimos años las administracioneshan desarrollado más medios para

luchar contra los malos tratos y lo hanhecho con más eficacia. Paralelamente,ha crecido mucho el rechazo social a lasconductas maltratadoras, hecho que hadecidido a muchas mujeres a rebelarsecontra una situación que padecían des-de hace muchos años. En casos aislados,esta rebelión conduce a una reaccióntodavía más violenta del agresor, pero enconjunto contribuye a consolidar ennuestra sociedad una manera de enten-der las relaciones entre hombres y muje-res más respetuosa con los derechos. El informe de la Organización MundialContra la Tortura presentado el año2002 a las Naciones Unidas destacabaque en el Estado español la lentitud delproceso judicial disuade a muchas vícti-mas de llevar las denuncias ante el tri-bunal, aún cuando en este ámbito losavances en estos últimos tiempos hansido importantes.Un paso positivo ha sido la aprobaciónde una ley de medidas concretas enmateria de violencia doméstica. Esta leyconceptúa como delito conductas reali-zadas en el ámbito doméstico que ante-riormente eran consideradas tan sólofalta de lesiones. Pero queda aún mucho trabajo porhacer. El número de mujeres muertasen todo el Estado a consecuencia de laviolencia de género aumentó el últimoaño un 47 % y pasó de 44 el año 2002a 65 el año 2003, de las que 14 –másde la quinta parte- murieron enCatalunya. Según el Observatorio de laViolencia Doméstica –dependiente delConsejo General del Poder Judicial–,Catalunya fue la comunidad que recibiómás demandas de protección.

Seguimiento delLibro Segundo del Informe del año 2001 sobre violenciadomésticaLos departamentos de la Generalitatrespondieron a los problemas relativosa la violencia doméstica que les había-mos planteado el año pasado en elseguimiento del Libro Segundo delInforme del año 2001.

Al Departamento de Bienestar y Familiase le destacaba, entre otros problemas,que el tiempo de espera para acceder alos centros era excesivo por falta deagilidad en la tramitación de los recur-sos. El Departamento ha informadoque desde finales del 2002 funciona unservicio de atención especializadaurgente que es complementario delservicio que pueden ofrecer las casasde acogida.Al Departamento de la Presidencia lerecordábamos que el protocolo deactuación para situaciones de malos tra-tos no acababa de funcionar por pro-blemas de coordinación. Presidencia hainformado que ha potenciado el proto-colo con un convenio entre el InstitutoCatalán de la Mujer y el Colegio dePsicólogos de Catalunya para que ésteproporcione profesionales para atendera las mujeres que lo soliciten y ha mani-festado su intención de centralizartodas las órdenes de protección a travésdel Servicio de Atención a la Víctima ylos Mossos d’Esquadra.Al Departamento de Política Territorial yObras Públicas le preguntábamos por lafalta de pisos de alquiler de bajo costecon facilidades específicas para las víc-timas de la violencia de género. La res-puesta destacó que en la adjudicaciónde viviendas de protección oficial hay laposibilidad de añadir unos criterios adi-cionales para favorecer a determinadoscolectivos, como las víctimas de la vio-lencia de género. Además, como conse-cuencia del convenio de colaboracióncon el Instituto Catalán de la Mujer y laCruz Roja de Catalunya, esta instituciónpuede subvencionar una parte delmenaje del hogar y hasta dos meses dealquiler. Por otra parte, todas las muje-res, al salir del centro de acogida, pue-den permanecer entre seis meses y unaño en un piso puente.A su vez, el Departamento de Sanidadinforma que ha potenciado programasde formación dirigidos a los profesiona-les sanitarios y que la mejora y el trata-miento de las situaciones de maltratoera ya uno de los objetivos del Plan deSalud de Catalunya 2002-2003.

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La utilización cada vez más frecuente delos sistemas electrónicos de videovigilan-cia también hace más habitual que laposible instalación de estos aparatos–con varias finalidades, y por las ventajasy los inconvenientes que comporta– seaobjeto de debate en los foros de opinión.Ya el año 1996, el Síndic recomendó alos ayuntamientos que suspendieran elfuncionamiento de los sistemas de vigi-lancia en las calles mediante cámaras devídeo mientras no se dispusiera de la pre-visión legal suficiente para instalarlas.Según el Síndic, en esta regulación erapreciso determinar los medios de controlde la concordancia entre su uso real conel autorizado y el almacenamiento, con-servación, tratamiento y destrucción delas filmaciones. Además, considerabaque la instalación fija de videocámarasno puede tener una duración indefinida,por lo que su continuidad tiene que serobjeto de revisiones periódicas. La mayo-ría de reflexiones formuladas por elSíndic fueron atendidas con la aproba-ción de una ley que regula el uso devideocámaras por parte de las fuerzas ycuerpos de seguridad en lugares públicos(Ley orgánica 4/1997, de 4 de agosto).Pero la expansión del uso de estos dis-positivos es, en la actualidad, una reali-dad palpable. En la tramitación dealgunos asuntos hemos tenido ocasiónde estudiar la mencionada ley y la nor-mativa de desarrollo, y consideramosconveniente abrir una actuación de ofi-cio para analizarla en tres aspectos.

La utilización devideocámaras para elcontrol del tránsitoEl uso de estos dispositivos para la vigilan-cia y la disciplina del tránsito es una herra-mienta que las administraciones utilizancada vez con más frecuencia, tanto en lasvías urbanas como en las interurbanas.Esta Institución se ha manifestado siem-pre a favor de adoptar medidas quereduzcan los accidentes de tránsito, consu secuela de muertes, lesionados, dañoseconómicos y dolor, pero todas estas

medidas han de estar sujetas a unasreglas que fija el ordenamiento jurídico.Después de estudiar la normativa vigenteen este caso, (Decreto 134/1999, de 18de mayo) el Síndic recomienda, entreotras cosas, informar a los conductoresen las vías donde se instalan las videocá-maras -esto no quiere decir el punto qui-lométrico donde están-, porque conside-ra que éstas tendrían que tener unobjetivo que fuera más allá de la consta-tación de infracciones y tendrían que ser-vir para disuadir conductas peligrosas conel objetivo de potenciar la prevención. Difícilmente los afectados pueden ejer-cer el derecho de acceso y cancelaciónde las grabaciones si no son informadosde la existencia de un dispositivo quepuede grabar las imágenes que captade su vehículo.Creemos también que haría falta desarro-llar el régimen de conservación y custodiade las grabaciones obtenidas, haciendomención expresa del plazo a partir delcual se tienen que destruir, como tambiéndel régimen jurídico para ejercer el dere-cho a acceder y a cancelarlas. También se pide la modificación de lanormativa en dos aspectos más, queson la mención expresa de los criteriosjustificadores de la instalación y la clari-ficación de la exigencia de autorización

expresa para instalarlas en vehículospara el control de tránsito.

La renovación de lasautorizaciones parainstalar dispositivosde grabación fijosLa instalación con carácter fijo y el usode dispositivos por parte de los Mossosd’Esquadra y de las policías locales confinalidades de seguridad ciudadanarequiere la autorización administrativaprevia que otorga el director general deSeguridad Ciudadana. Estas autoriza-ciones se otorgan por un período de unaño. Se puede solicitar su renovación, sipersisten los motivos que la originaron. Según la información facilitada por elDepartamento de Justicia e Interior, delas diecinueve peticiones de renovaciónpresentadas, once se han resuelto ensentido positivo. Analizada también lainformación que recoge las memoriasque publica la Comisión de Control delos Dispositivos de Videovigilancia deCatalunya, se evidencia que el númerode dispositivos instalados por ayunta-mientos es superior al de las solicitudesde renovación presentadas.Por eso es por lo que creemos que laDirección General de Seguridad Ciuda-dana, en cuanto que órgano competen-

Libro segundo: algunas consideraciones sobrelos sistemas electrónicos de videovigilancia

te para otorgar las autorizaciones yresolver su renovación, ha de articularmecanismos complementarios a los yadesarrollados para inspeccionar aquellosdispositivos que, habiendo sido autoriza-dos hace más de un año, no han sidoobjeto de la solicitud de renovación y nohan sido desactivados o desmontados.Con todo, consideramos que el cumpli-miento de la normativa correspondienterecae en quien instala estos dispositivosy solicita la autorización. Por esto tam-bién hemos dirigido este estudio a laFederación de Municipios de Catalunyay a la Asociación Catalana de Municipiosy Comarcas, pidiéndoles que recuerdenel cumplimiento de este deber legal a losayuntamientos asociados.Si analizamos, sin embargo, cuales sonlas consecuencias cuando se incumple eldeber legal de renovar la autorización,constatamos que las herramientas que

ofrece el régimen sancionador previstoen la norma son, ciertamente, pocoespecíficas y de una eficacia dudosa. Elmarco normativo no habilita expresa-mente al ente autorizador a adoptarmedidas coercitivas o sancionadorasante los incumplimientos, y no estableceun régimen sancionador y remite a lasnormativas reguladoras y al ámbito disci-plinario aplicables a las fuerzas y cuerposde seguridad del Estado.

El uso de cámaras devideovigilancia porparte de las empresasde seguridad privadaEl número de videocámaras utilizadaspor la vigilancia privada supera enmucho el de las instaladas por las fuer-zas y cuerpos de seguridad.En la medida que estamos ante una con-ducta que puede repercutir sobre dere-

chos fundamentales, la naturaleza públi-ca o privada del responsable de las gra-baciones no es relevante a estos efectos,y por lo tanto, consideramos que el régi-men jurídico aplicable a la videovigilanciapública también se debería de exigircuando se hace uso privado de videocá-maras con finalidades de vigilancia.La Ley orgánica 4/1997, de 4 de agos-to, que regula la utilización de la video-vigilancia que pueden hacer los cuerposy fuerzas de seguridad, establece queen el plazo de un año el Gobierno ela-borará la normativa correspondientepara adaptar los principios inspiradoresdel texto también al ámbito de la segu-ridad privada. Esta disposición todavíano se ha llevado a cabo. Tampoco eldesarrollo reglamentario de esta ley,aprobado en 1999, no hace ningunamención del uso privado de los siste-mas de videovigilancia.La única referencia que hay en relación alas videocámaras privadas es el uso quepuede hacer de ellas la policía. Sí que hayuna referencia expresa al uso privado devideocámaras en un artículo del regla-mento de seguridad privada, que regulasu uso en bancos y cajas de ahorro.Hasta ahora los límites de la instalacióny el uso privado de la videovigilanciahan sido definidos por la doctrina juris-prudencial emitida en los casos en quese ha planteado una posible vulnera-ción de determinados derechos funda-mentales, básicamente el derecho alhonor, a la intimidad personal y familiary a la propia imagen, por aplicación delprincipio de proporcionalidad, o enrelación con la admisión de una pruebaviodeográfica en un proceso judicial.Mientras no se dé cumplimiento a ladisposición adicional de la ley orgánicaque regula la videovigilancia por partede las fuerzas y cuerpos de seguridadde aprobar un reglamento para el usode la videovigilancia por la seguridadprivada, conviven dos regímenes jurídi-cos diferentes respecto a unas conduc-tas materialmente iguales.Como que esta iniciativa la tiene queadoptar la Administración del Estado,hemos remitido al Defensor del Pueblotodas estas consideraciones a los efec-tos que valore la oportunidad de recor-dar a la Administración del Estado elmandato pendiente de cumplir.

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El Servicio deInformación alCiudadano (SIC)Las actuaciones del Servicio de Informa-ción al Ciudadano (SIC) han sido 3.241, loque representa un 2,96 % de disminu-ción, puesto que se han hecho 99 actua-ciones menos que en el año 2002. Desdeel año 1997, en que se superó el umbralde las 3.000 actuaciones, se van produ-ciendo cada año oscilaciones poco signifi-cativas y nos movemos en cifras similares.Si que se mantiene al alza una tendenciaobservada en los últimos años que es elincremento de actuaciones a través de laconsulta telefónica en detrimento de lasvisitas personales a nuestra institución.En el 2003, respecto del año anterior, elincremento ha sido del 4,16 %.Estos datos son más relevantes si seanalizan desde el global de estos últi-mos años. Si en 1998 las consultas tele-fónicas representaban el 62 % y las visi-tas personales el 38 %, en el 2003 losporcentajes han pasado al 74 % en elcaso del teléfono y al 26 % en el casode la presencia personal.La mejor calidad del contacto humanofrente al telefónico se pone de manifies-to en el hecho que, desde el año 1999,entre el 67 % y el 72 % de las personasque nos han visitado y se les ha dichoque presentaran una queja lo han aca-bado haciendo, mientras que en el casode las consultas telefónicas los porcenta-jes oscilan entre el 21 y el 29 %.Con respecto a las características de losusuarios del SIC, un año más, los hom-bres son los que más nos visitan (58 %)y las mujeres (57 %) las que más nosllaman por teléfono.

Los desplazamientosfuera de la sedeEl Síndic ha continuado visitandopoblaciones de Catalunya para atenderdirectamente las consultas y las quejasde los ciudadanos. Los desplazamientosno se dirigen sólo a los residentes de lapoblación que se visita, sino a toda lacomarca y área de influencia.El hecho de no hacer coincidir ningúndesplazamiento de la oficina del Síndic

con períodos electorales para preservarla neutralidad e independencia de la ins-titución y evitar posibles utilizacionespartidistas, ha hecho que se hayan redu-cido el número de visitas respecto deaños anteriores, puesto que en el 2003ha habido dos convocatorias electorales.Hemos hecho, pues, cuatro desplaza-mientos. En el Vendrell (23/1/03) atendi-mos 11 visitas, en Cervera (20/2/03) 15visitas, en Valls (3/12/03) 13 visitas, y enMollerussa (17/12/03) 6 visitas.

Nueva página webdel Síndic de GreugesLa web www.sindicgreugescat.org haexperimentado, nuevamente, un incre-mento de uso como medio de difusióninstitucional. En el año 2003 se inserta-ron 58 noticias.Por eso es por lo que coincidiendo con elvigésimo aniversario de la aprobación,por el Parlamento de Catalunya, de laley del Síndic de Greuges, el pasado día20 de marzo de 2004 estrenamos nues-tra página web remodelada y moderni-zada, que se irá completando en los pró-ximos meses. El objetivo de esta nuevapágina web, es el de ofrecer un mejorservicio e información al ciudadano.El cambio viene motivado por el creci-miento espectacular de visitas que hatenido la web en los últimos años. Así,

en el 2001 el número de visitas fue de5.258, en el 2002 se pasó a 21.098,mientras que el 2003 se llegó ya a las41.199. Con respecto a los archivosdescargados, el 2001 fueron 2.181, el2002 16.887, mientras que el añopasado fueron 28.487.Internet también se está consolidandocomo un medio eficiente de contactocon el ciudadano para recibir quejas. Así,el 2003 recibimos por correo electrónico328 quejas, un 12,02 % del total.En esta primera fase de mejora de laweb destacamos como novedades laposibilidad de poder acceder a nuestroboletín bimensual Drets Ciutadans, undossier de prensa, un enlace directo conla Cátedra de Inmigración que promue-ve el Síndic junto con la Universidad y elObispado de Girona, así como tambiénla mejora y actualización de todos loscontenidos actuales.

Cátedra de inmigraciónLa Cátedra de Inmigración, Derechos yCiudadanía, creada bajo los auspicios dela Universidad de Girona, el Obispado deGirona y el Síndic de Greuges organizóel mes de marzo un simposio sobre Elfenómeno migratorio: nuevas respuestasa nuevas realidades. Este simposio fueinaugurado y clausurado por el Síndic deGreuges. El adjunto del Síndic participó

Proyección institucional

en la ponencia “Inmigración y ciudada-nía” junto con el Defensor del PuebloAndaluz, el Diputado del Común deCanarias y la adjunta del Defensor delPueblo de España.En diciembre se realizó una jornada deestudio sobre El nuevo marco legal dela extranjería en España y una sesión detrabajo del Consejo Científico de laCátedra con el profesor AntonioIzquierdo Escribano, Catedrático de laUniversidad de La Coruña, especialistaen el estudio del fenómeno migratorio.

Curso universitariosobre el Síndic deGreuges de CatalunyaDentro de los acuerdos relativos al con-venio subscrito con la UniversitatAutònoma de Barcelona (UAB) el 30 demayo de 2003 figura la realización deun curso universitario específico sobreel Síndic de Greuges de Catalunya.El curso se enmarca dentro del objetivode difundir el conocimiento y la tareaque desarrolla la institución a fin que losciudadanos conozcan su existencia y susposibilidades de intervención en materiade derechos humanos y libertades públi-cas. El curso también respondía al inte-rés del Síndic de reforzar los vínculos conla sociedad y, en este caso concreto, conlos ámbitos profesionales y educativos.En este primera edición, el curso se con-figuró como un crédito de libre eleccióndentro del programa de la licenciaturade Derecho de la UAB, y constó de 16sesiones con una duración de una horay media cada una, incorporando unavertiente teórica de conocimiento de la

institución y otra práctica con una visitaa la sede del Síndic en Barcelona. Los profesores fueron miembros delequipo del Síndic de Greuges, profeso-res de la misma universidad y otrosjuristas. Ante las valoraciones positivasde los alumnos participantes, se estápreparando ya la segunda edición deeste curso monográfico. La segundaedición se abrirá a la participación deotras licenciaturas que se imparten enla Universidad Autónoma.

Relaciones con otrosdefensores- En el ámbito catalán• El encuentro anual de Síndics yDefensores Locales de Catalunya secelebró en el 2003, el día 27 de marzo,en Santa Coloma de Gramenet, con lapresencia de diferentes miembros delequipo del Síndic.• Este año, además, se ha realizadootro encuentro de los síndics locales yel Síndic de Greuges de Catalunya, araíz de la jornada de intercambio entresíndics locales catalanes y difensorescivicos italianos de la región de laLombardía, que tuvo lugar en Badalonaorganizada por el Defensor de laCiudadanía de Badalona. El Síndic par-ticipó en los actos de apertura y declausura de la jornada.• Una asesora asistió en representacióndel Síndic al encuentro anual de síndicsde greuges de las universidades públi-cas catalanas y de las islas Baleares,organizado por la Síndica de laUniversitat de les Illes Balears, en Palmade Mallorca. Los temas tratados fueron,

entre otros, la propiedad intelectual ylos conflictos que surgen en torno deeste tema entre el profesorado, y entreel profesorado y los estudiantes, el sis-tema de otorgamiento de las becas.

- En el ámbito estatal• Las Jornadas de Coordinación entreDefensores del Pueblo del Estado espa-ñol se han consolidado como el principalmotivo de encuentro de todos losombudsman parlamentarios del Estado.En esta ocasión, la XVIIIa edición estabaorganizada por la Defensora del Pueblode Castilla-La Mancha, y se celebró losdías 19 a 22 de octubre en Toledo yAlbacete. Previamente, se hizo una reu-

24 HEMOS RECIBIDO LA VISITA - En el marco del fortalecimiento de las

relaciones institucionales nos hanvisitado, el Defensor del Pueblo deColombia, el Defensor del Pueblo deAustria, el adjunto al Defensor delPueblo de la ciudad de Buenos Aires,el Defensor del Pueblo Europeo, elDefensor del Pueblo del Ecuador yuna delegación de Bulgaria encabe-zada por el ministro de Justicia, quevisitó nuestra institución para cono-cer como funcionan las institucionesde Ombudsman ya consolidadasdentro del proceso de implantaciónde la figura del defensor en Bulgaria.

HAN VENIDO- A conocer nuestra institución y visi-

tar nuestra sede 9 grupos de centrosde enseñanza primaria, secundaria,universitaria y de entidades cultura-les, unas 250 personas. Durante lavisita, el Síndic y sus asesores expli-can el sentido y la función de la ins-titución y les informan de quemanera les puede ser útil.

HEMOS PRESENTADO- Tres informes extraordinarios al

Parlamento a principios del año2004 aunque elaborados en granparte durante el 2003. Los temas deestos informes son los centros resi-denciales de acción educativa, elsuministro eléctrico y la atención ala gente mayor dependiente.

HEMOS EDITADO- Los números del 3 al 7 de nuestro

boletín bimensual Drets Ciutadans.

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nión preparatoria en la sede delDefensor del Pueblo Andaluz, en Sevilla,el mes de junio.El programa incluía una ponencia baseque tenía por título Atención a la saludmental y fue desarrollada en nueve po-nencias y tres talleres de trabajo. Lasponencias más especificas se refirieron aservicios y recursos asistenciales a laatención de la salud mental, el enfermomental como sujeto de derechos y losapoyos de la salud mental: familias yasociaciones y la integración de las per-sonas con enfermedades mentales quefue desarrollada, entre otros, por elSíndic de Greuges de Catalunya.Durante las jornadas también se pre-sentaron las conclusiones de los trestalleres, elaboradas en varias reunionesde trabajo previas en las que habíanintervenido asesores del Síndic. Lostemas de los talleres fueron el acceso ala vivienda, la discapacidad física o psí-quica y la violencia doméstica. En el marco de estas jornadas, losdefensores autonómicos firmaron unconvenio de colaboración. La finalidadde este convenio es establecer un espa-cio de cooperación y de intercambio deexperiencias e información con objetode mejorar los niveles de eficacia de lasfunciones llevadas a cabo por cada unade las instituciones.• El 15 y 16 de septiembre se celebra-ron unas jornadas de intercambio entre

las instituciones del Síndic de Greugesde Catalunya y el Síndic de Greuges dela Comunidad Valenciana. Las jornadastuvieron lugar en la sede del Síndic deGreuges de Catalunya en Barcelona.Asesores y personal de ambas institu-ciones debatieron varios temas mono-gráficos vinculados con sus respectivasresponsabilidades, a la vez que los sín-dics analizaban aspectos relacionadoscon los objetivos y el funcionamientode las instituciones que representan.

- En el ámbito internacional• Los días 9 a 11 de abril se celebró el IVEncuentro de Ombudsman Regionalesde la Unión Europea en Valencia, al queasistió el Síndic de Greuges acompañadopor miembros de su equipo. En el marcode este encuentro, el Síndic pronuncióuna conferencia con el título El futuro deEuropa, y actuó de moderador en lamesa redonda posterior.Las mesas redondas giraron en torno avarios temas de actualidad comoInmigración y asilo. Papel de la UE y Laprotección del medio ambiente en la UEy el papel de los defensores regionales.• El Síndic de Greuges junto con elConsejo de Europa está preparandopara el mes de julio del 2004 la prime-ra mesa redonda de los OmbusdmanRegionales de Europa, que se celebraráen Barcelona dentro del Forum de lasCulturas 2004.

• Los días 15 al 17 de octubre tuvo lugaren Estocolmo, con la presencia de unarepresentante del Síndic de Greuges, lareunión anual de l’European NetworkOmbudsman for Children (ENOC), redeuropea de defensores de los derechosde los niños. Los temas tratados fueran lajusticia juvenil y la promoción de figurasde ombudsman infantiles, no sólo enEuropa sino en el mundo entero. Estacuestión ya había sido tratada en el ForoEuropeo para la Infancia y la Familia quetuvo lugar en Estrasburgo los días 25 y 26de marzo, en el que también participóuna representante del Síndic de Greuges.• El adjunto del Síndic participó el mesde octubre en la reunión anual de laregión europea del Instituto Internacio-nal del Ombudsman (IOI) en Nicosia(Chipre). En noviembre, también enrepresentación del Síndic, pronunció unaconferencia sobre las funciones y com-petencias de los ombudsman regionalesen el marco de la Conferencia Regionalde Ombusdman del sudeste de Europa,que tuvo lugar en Sofía (Bulgaria).

La FederaciónIberoamericana deOmbudsman (FIO)La Federación Iberoamericana deOmbudsman (FIO) agrupa a todos losdefensores del pueblo del ámbito ibero-americano. El Síndic de Greuges esmiembro de esta organización desde su

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Síndics y Defensores del Estado español reunidos en Toledo durante las XVIII Jornadas de Coordinación

constitución y fue vicepresidente ymiembro del consejo rector.Los miembros de la FIO participaron enlos actos de celebración del 25 aniver-sario de la Constitución Española enMadrid, dentro del marco de las jorna-das de defensores del pueblo y dere-chos constitucionales, organizadas porel Defensor del Pueblo.Posteriormente, el mes de noviembre,el Síndic participó en el VIII Congreso yen la Asamblea Anual de la FIO quetuvo lugar en la ciudad de Panamá. ElCongreso se organizó bajo el lema:Democracia y Derechos Humanos. ElSíndic de Greuges participó comoponente en la mesa redonda: “Expe-riencias de las intervenciones de losombudsman para el fortalecimiento dela transparencia y la democracia”.

Programa deCooperación con los BalcanesUn año más, con la financiación mayo-ritaria de la Agencia Española deCooperación Internacional (AECI),hemos desarrollado actividades de coo-peración en la zona de los Balcanes.Conjuntamente con el Defensor delPueblo y el Ilustre Colegio de Abogadosde Madrid, hemos puesto en marcha un

proyecto piloto de asistencia jurídicagratuita en la ciudad serbia de Nis.Al margen del proyecto financiado porla AECI, hemos continuado apoyando alas instituciones de Ombudsman regio-nales de Bosnia-Herzegovina y hemoscolaborado con la Región Autónoma deVojvodina (Serbia).

- La asistencia jurídica gratuita enSerbia: la experiencia de un proyec-to piloto.La finalidad del proyecto piloto ha sidoque los resultados de esta experienciaaportaran un modelo a tener en cuentaen el futuro diseño del sistema de asis-tencia jurídica gratuita en Serbia, dadoel actual proceso de elaboración de lanueva Constitución y de diferentesleyes relativas a la abogacía.El proyecto piloto establece un modelode asistencia jurídica gratuita pioneroen Serbia, gestionado por un colegio deabogados: el Colegio de Abogados deNis. Los abogados del Colegio de Nisdedicados al proyecto son 76, y a lo lar-go del año han utilizado estos servicioscerca de 1.500 ciudadanos.El apoyo técnico a las instituciones deNis lo hemos prestado durante las visi-tas de estudio a nuestro país y las diver-sas sesiones de trabajo en Serbia.La valoración del proyecto piloto por par-te de las instituciones serbias ha sidoexcelente. Además del compromiso de lasinstituciones de Nis, hemos de señalar labuena acogida que el proyecto ha tenidoen Belgrado, donde la Junta Directiva delColegio de Abogados aprobó la creaciónde la Comisión de Gestión del Proyectode Asistencia Jurídica Gratuita.La firme voluntad de las instituciones deNis y de Belgrado augura la permanenciadel sistema iniciado con nuestro proyectopiloto, puesto que gracias a la firma deconvenios, el año 2004, entre los colegiosde abogados de Nis y de Belgrado y susrespectivos ayuntamientos, se prestará,con financiación local, asistencia jurídicagratuita en las dos ciudades. Por otra parte, las instituciones y autori-dades serbias son conscientes del signi-ficado y la importancia del proyectopiloto y que el modelo de asistencia jurí-dica gratuita que proponemos se consi-dera viable a raíz de los buenos resulta-dos obtenidos y la decidida voluntad

política de las instituciones serbias.Hemos editado un tríptico que recogeel origen, las características y los datosestadísticos del proyecto piloto.

- Apoyo a las instituciones regiona-les de Ombudsman en Bosnia-Herze-govinaLos días 28 y 29 de febrero los Ombuds-man de la Republika Srpska (Bosnia-Herzegovina) organizaron en la ciudadde Banja Luka la conferencia titulada Elpapel de los Ombudsman regionales enla protección de los derechos humanosfundamentales. El adjunto del Síndic deGreuges y un asesor del Defensor delPueblo fueron invitados, junto conrepresentantes de Macedonia y Grecia,países donde sólo hay ombudsman esta-tales. El adjunto del Síndic participó ycondujo la sesión titulada “Relacionesentre los Ombudsman estatales y regio-nales en los Estados europeos comple-jos”, centrando su intervención en laexperiencia de las instituciones deOmbudsman del Estado Español en laarticulación de mecanismos de coopera-ción y colaboración entre ellas.

- Catalunya: un modelo para la regiónautónoma de Vojvodina (Serbia)Una delegación del Parlamento de laRegión Autónoma de Vojvodina, situadaal norte de Serbia y caracterizada por unapoblación multiétnica, visitó Barcelonadel 5 al 9 de noviembre, invitada por elSíndic, después de que el Presidente delParlamento de Vojvodina se lo pidiera,dado que los trabajos de redacción delEstatuto de Autonomía de Vojvodina, sehabían basado en el modelo de Estatutode Autonomía de Catalunya.

26 HEMOS EDITADO - Con la financiación de la AECI una

publicación en formato de revista quedivulga la tarea llevada a cabo por elPrograma Institucional de Coopera-ción desde el año 1999 y que ha sidoampliamente difundida, tanto en losBalcanes como en nuestro país.

NUEVOS OMBUDSMAN- Recibimos con entusiasmo la creación

de instituciones de ombudsman, elaño 2003, en la República de Monte-negro y en la Región Autónoma deVojvodina (República de Serbia).

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El número de expedientes iniciados el año 2003 ha sido de4.617. De éstos, 46 han sido actuaciones a iniciativa delSíndic o de oficio, y los 4.571 restantes, quejas presentadaspor personas físicas, jurídicas y colectivos.Se experimenta, así, un ligero incremento del 1,65 % en rela-ción con las actuaciones iniciadas el año 2002. Si el 2002explicábamos que habíamos tenido dos grupos de quejas deigual contenido que representaban 478 actuaciones, este año2003 hemos tenido uno, que ha representado 618, relativas ala disconformidad con la supresión del Programa de educa-ción compensatoria por parte del Departamento deEnseñanza de la Generalitat. Insistimos, sin embargo, que aúncuando la materia es la misma, con los interesados o promo-tores nos relacionamos personal e individualmente.Si resulta un dato más o menos estable –el número de actua-ciones iniciadas–, también lo es el del origen de las quejas,puesto que provienen mayoritariamente de las comarcas deBarcelona, si bien este año notamos una ligera disminución,que podría tener relación con las quejas antes mencionadaspor la supresión del PEC, que nos han llegado desde todaCatalunya.

Este también es el motivo del incremento de las quejas enmateria de infancia, donde incorporamos los temas relaciona-dos con la enseñanza. Al margen de esto, el ámbito donderecibimos más quejas continúa siendo el de Administracióngeneral, seguido de los de Consumo y de Ordenación delterritorio. En cuanto a las administraciones afectadas, el efecto del gru-po de quejas por el PEC es que la autonómica supera en estaocasión a la local, habitualmente en primer lugar. Los expedientes resueltos durante el año han sido 4.459, delos que 3.235 corresponden al mismo año 2003. Los asuntosen trámite a 31 de diciembre, 1.877, si descontamos los 618correspondientes al PEC, del que todavía estamos pendientesde respuesta de la Administración, se mantienen en unascifras parecidas a las de años anteriores.Con respecto al porcentaje de aceptación de las consideracio-nes del Síndic cuando pide a las administraciones que modifi-quen su actuación, se sitúa a 31 de diciembre de 2003 en el74,38 %. A 13 de abril de 2004, con más respuestas propor-cionadas por parte de las Administraciones, el porcentaje deaceptación ha subido hasta el 77 %.

Estadística

TOTAL ACTUACIONES DEL SÍNDIC DE GREUGESTOTAL: 4.617

52%

7,1%

39,9%

Quejas presentadas por correoordinario o fax (2.401)

Quejas presentadas por correoelectrónico (328)

Quejas presentadas a travésdel SIC (1.842)

Actuaciones de oficio (46)

1%

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Vald'Aran

AltaRibagorça

PallarsSobirà

AltUrgell

Cerdanya

Ripollès

Garrotxa

AltEmpordà

Pla del'Estany

BaixEmpordà

Gironès

Selva

VallèsOriental

MaresmeVallès

Occidental

Barcelonès

BaixLlobregat

AltPenedès

GarrafBaix

Penedès

AltCamp

TarragonèsBaix

Camp

Priorat

Riberad'Ebre

Baix Ebre

Montsià

TerraAlta

Garrigues

Segrià

Conca de Barberà

Urgell

Plad'Urgell

Segarra

Anoia

Bages

Solsonès

Berguedà

Osona

PallarsJussà

Noguera

13

2

42

8

15

2

31

2117 48

9

56

7

19

864

36

97

27

12

50

140

67

391

318

1.168

179307

76

56

63

80

299

11114

22

89

3

1 QUEJA POR:

de 0 a 1.000 habitantes

de 1.001 a 1.500 habitantes

de 1.501 a 2.000 habitantes

de 2.001 a 3.000 habitantes

de 3.001 a 5.000 habitantes

> de 5.000 habitantes

DISTRIBUCIÓN GEOGRÁFICA DE LAS QUEJASLas cifras en el mapa indican las quejas escritas recibidas durante el año 2003 procedentes de Catalunya, sinincluir las del resto del Estado español, las del extranjero o ni de aquellas de las que no disponemos del dato.

La intensidad de color indica el número de quejas relacionado con el índice de población.

A los efectos de los datos relacionados, debemos teneren cuenta que se incluyen las quejas presentadas porreclusos en centros penitenciarios, en el número y ladistribución comarcal siguiente:

Alt Empordà 1Barcelonès 13Baix Llobregat 9Gironès 1Segrià 7Tarragonès 8Vallès Oriental 13

Total 52

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CLASIFICACIÓN DE LAS QUEJAS PER ÁREASTOTAL: 4.571

1. Infancia (18,99%)(1)

2. Administración general (15,44%)3. Consumo (12,62%)4. Ordenación del territorio (12,34%)5. Justicia (11,86%)6. Privadas (8,53%)7. Tributario (4,29%)8. Sanidad (4%)9. Trabajo y pensiones (3,59%)

10. Immigración (3,22%)11. Servicios sociales (3,11%)12. Cultura (1,88%)13. Mujeres (0,13%)

(1) 618 quejas de igual contenido correspondientesal Programa de Educación Compensatoria.

1.000

800

600

400

200

0

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13

868

706

577 564 542

390

196 183 164 147 13286

6

CLASIFICACIÓN DE LAS QUEJAS POR ADMINISTRACIONES AFECTADASTOTAL: 4.571

1. Autonómica (35,68%)(3)

2. Local (24,61%)3. Privadas (17,06%)4. Judicial (6,04%)5. Central (4,94%)6. Periférica (4,92%)7. Universidad y Coleg. Prof. (3,20%)8. Servicios públicos privatizados (2,89%)9. Otras administraciones (0,66%)

(3) 618 quejas de igual contenido correspondientesal Programa de Educación Compensatoria y com-petencia del Departamento de Enseñanza.1

1.631

780

276 226 225146 132

300

200

400

600

800

1000

1200

1400

1600

1800

2 3 4 5 6 7 8 9

1.125

CLASIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES DE OFICIO POR ÁREASTOTAL: 46

1. Infancia (13,04%)2. Justicia (13,04%)3. Administración general (13,04%)4. Ordenación del territorio (10,87%)5. Sanidad (10,87%)6. Consumo (8,70)7. Servicios sociales (6,52%%)8. Immigración (2,17%)9. Trabajo y pensiones (2,17%)

1

15

6 65 5

1

0

2

4

6

8

10

12

14

16

2 3 4 5 6 7 8 9

1

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DISTRIBUCIÓN DE LAS QUEJAS CONCLUIDAS DURANTE EL 2003

Quejas admitidas y no admitidasTOTAL: 4.459

ADMITIDAS

2.893(64,88%)

NO ADMITIDAS1.566

(35,12%)

Asesoramientoal interesado32 (1,11%)

Enviadas al Defensor competente242 (8,37%)

Razón Administración1.850 (63,95%)

Razón reclamante (*)769 (26,58%)

Por el objeto 1.430 (91,32%)

No competencia poderes públicos 909Sub iudice 83Falta reclamación Administración 234Solicitud revisión sentencia 192Falta fundamento 6 Prescripción 6

Desistimiento 132

Anónimas 4

Por el sujeto136 (8,68%)

74,38%La Administración acepta

572(1)

11,84%La Administración

no acepta91(2)

13,78%Pendiente de respuesta

106(3)

(1) a 13.4.2004, fecha de cierre de esta edición, 591 (76,86%)(2) a 13.4.2004, fecha de cierre de esta edición, 97 (12,61%)(3) a 13.4.2004, fecha de cierre de esta edición, 81 (10,53%)

* Se agrupan bajo el epígrafe “Razón Reclamante” todos aquellos asuntos resueltos durante el año 2003, en los que el Síndicconsideró que, por una u otra razón, la Administración debería de haber actuado de una forma diferente de como lo había hecho,y aquellos en los que el Síndic pidió informe a la Administración, por haber recibido una queja, cuando había transcurrido el pla-zo que la Administración tiene para resolver y la información que ésta envió adjuntaba copia de la resolución ya adoptada.

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Si desea más información

sobre el Síndic de Greuges de Catalunyao quiere presentar una queja,contacte con nuestra oficina:

Síndic de Greuges de Catalunya

Josep Anselm Clavé, 3108002 Barcelona

Tel. 93 301 80 75Fax 93 301 31 87

Indicativo international: 34

Internet: www.sindicgreugescat.orge-mail: [email protected]

Fotografías: Págs. 1, 3, 5, 7, 8, 10-13, 15, 20: Jordi CanyameresPág. 2: Cristina Calderer / AvuiPágs. 16, 18: Robert Ramos / AvuiPág. 17: Francesc Melción / AvuiPág. 19: Pere Virgili / Avui

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