implementacion de un matadero

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construccion de un matadero municipal

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  • AYUNTAMIENTO DE MADRID 145

    PROYECTO D E

    NUEVO MATADERO GENERAL

    DOCUMENTO NUMERO 3

    PLIEGO DE CONDICIONES

    M A D l i l D I M P R E N T A . IVCTJJSrXCXFA-L

    1 9 O 0

    Ayuntamiento de Madrid

  • AYUNTAMIENTO DE MADRID

    PROYECTO D E

    NUEVO MATADERO GENERAL

    DOCUMENTO NUMERO 3 00

    PLIEGO DE CONDICIONES

    M A D R I D I M P B E N T A . U V I T X - N I C I P A L

    I S O

    Ayuntamiento de Madrid

  • Ayuntamiento de Madrid

  • PROYECTO DE MATADERO PBLICO Y MERCADO DE GANADOS PARA MADRID

    P L I E G O S D E C O N D I C I O N E S

    CONDICIONES FACULTATIVAS

    CAPITULO PRIMERO

    Descripcin e Tas obras.

    Artculo 1. Solar.No hallndose fijado todava el terreno en que ha de levantarse el edificio objeto de este contrato, si antes de la subasta no se hubiera resuelto este extremo, se entender que el contratista quien se adjudiquen las obras, se compromete ejecutarlas en el solar que luego se designe, cualquiera que sea su situacin y condiciones.

    Art. 2. Objeto de la contrata.Las o b r a s q u e c o n s t i t u y e n e l o b j e t o d e l a con-trata, son todas las que se describen en los diferentes documentos del presente proyecto, excepcin de la partida alzada que figura en el presupuesto para insta-laciones mecnicas, calderas, aparatos, etc., cuyos trabajos sern objeto de con-tratos especiales.

    En todo caso el Excmo. Ayuntamiento se reserva el derecho de aumentar dis-minuir, y hasta ce suprimir separar de la contrata las obras que tenga por con-veniente, sin derecho reclamacin de ningn gnero por parte del contratista.

    Art. 3. Especificacin de las obras.Las obras que se refiere el artculo anterior, y que en los sucesivos se detallarn, son las siguientes:

    Explanacin del terreno, desmontando y terraplenando las partes que se designen.

    Muros y verjas de cerramiento del permetro general. Edificio de la portera. Edificio de reconocimientos Sanitarios. Edificio de Direccin y Administracin, Edificio de la Bolsa de contratacin. Edificio del Fielato y Cuerpo de guardia. Edificio del puesto de incendios. Edificio del encerradero de perros. Edificio de las cuadras y cocheras para carros, coches y automviles. Edilicio de la nave de degello de ganado vacuno bravo. Edificio de la nave de degello de ganado vacuno manso.

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  • Edificio de la nave ele degello de terneras. Edificio de la nave de degello del ganado lanar. Edificio de la nave de degello del ganado de cerda. Edificio de los colgaderos, antecmaras y cmaras frigorficas. Edificios para sala de mquinas, sala de calderas, depsitos de agua, fbrica de

    hielo y carbonera. Edificio para mondonguera y secadero de pieles. Edificio para taller de vaciado. Edificio para exposicin y venta del ganado vacuno.

    ^ Edificio para establos del ganado vacuno. Edificio para exposicin, venta y estabulacin del ganado lanar. Edificio para exposicin, venta y estabulacin del ganado de cerda. Edificio para exposicin, venta y estabulacin de terneras. Edificio para exposicin y venta del ganado de trabajo. Edificio para cuadras del ganado de trabajo. Patio con cobertizos para mercado de carros. Cantina. Edificio del lazareto de ganado de trabajo, Edificios del lazareto de ganado de abasto. (Portera, establos para ganado va-

    cuno, terneras, lanares y cerdos). Edificios del Matadero sanitario. (Naves de degello para ganado vacuno, lanar,

    terneras y de cerda; taller do vaciado, pabellones para autopsias y reconocimien-tos, seccin de esterilizacin y destruccin de carnes).

    Depsito de estircol. Pabelln para desinfeccin de wagones de ferrocarril. Corrales y cobertizos para el ganado vacuno bravo. Corrales de entrada del ganado de abasto de todas clases. Corral y cobertizos para cabestros. Muros y verjas de separacin de corrales, calles y muelles de embarque y des-

    embarque. Andenes y muelles del ferrocarril. Alcantarillado general y parcial de cada uno de los edificios. Distribucin completa de aguas para riego, limpieza y servicio de todos los

    edificios. Pavimentacin de calles, aceras y corrales. Obras accesorias.

    CAPITULO II

    Gonieiones que eben reunir los materiales.

    Art. 4. TerraplenesSe harn precisamente con tierras vrgenes, procedentes ele desmontes y minados, no pudindose emplear escombros ni tierras de otra ca-lidad, sino en aquellos sitios en que el Arquitecto Director lo consienta expresa-mente.

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  • Art. 5. Arenas.La arena ser de mina, completamente silcea, de grano flno, exenta de partculas terrosas y dems materias extraas, y se pasar por zaranda cedazo antes de emplearla para mortero ordinario.

    La arena para el hormign y el mortero hidrulicos ser de ro, lavada cuar-zosa, bastante limpia de materia extraa y de grano flno igual.

    Art. 6. Cales.La cal de la Alcarria, Valdemorillo la que se admita de otro punto, provendr directamente del horno y llegar las obras en terrn, sin mez-cla de tierra blanca otras materias extraas, formando con el agua una pasta fina y untuosa al tacto. Al apagarse producir gran desprendimiento de vapores, y una vez apagada deber deshacerse en polvo blanco. Su extincin se har en balsas, tamizndola para separar el hueso y substancias inertes ,que tuviese, y se usar en pasta.

    Art. 7. Cemento.Slo se emplear de las marcas que admita el Arquitecto Director, debiendo hallarse siempre en perfecto estado de conservacin, para comprobar, lo cual dispondr aqul su ensayo siempre que lo crea conveniente.

    Art. 8. Sillera grantica.Ser de la llamada berroquea, de grano fino y compacto, color azulado y uniforme, dura, del interior de la cantera, dominando el cuarzo y sin pelos, desportillados, manchas, gabarros, ni ningn otro defecto, debiendo ser las piezas cuajadas por todos sus paramentos, como si fueran apilas-tradas, y con las creces necesarias para que queden en limpio de las dimensiones que prescriban las Memorias.

    Art. 9. Sillera caliza.La sillera caliza que haya de usarse, ser de las can-teras de la provincia de Madrid otras de buenas condiciones juicio del Arqui-tecto; que endurezca la intemperie, exenta de blandones, fsiles, depsitos trreos otros defectos que puedan perjudicar su solidez buen aspecto, desechando tambin las que tengan pelos de vetas metlicas, las heladizas y las de escasas di-mensiones para el objeto que hayan de aplicarse, que se deshojen la intem-perie.

    En caso de duda sobre la resistencia que puedan ofrecer la accin de las he-ladas, se las someter la disolucin del sulfato de sosa saturado en fro.

    Art. 10. Piedra de manipostera.Ser caliza de condiciones anlogas las se-aladas para la sillera, y de formas angulosas, que presenten buenos lechos para su asiento. Todas las piedras sern de regulares dimensiones, cine no bajen de 15 (quince) decmetros cbicos, y una cuarta parte, lo menos, cuajarn todo el espe-sor de los muros para formar llaves pasantes; no admitindose la piedra menuda sino para enripiar.

    Art. 11. Pedernal.El que se emplee en hormign ser vivo, machacado al ta-mao de 0'06 metros (seis centmetros) en su mximo de dimensiones, debiendo te-ner toda la piedra golpe que produzca aristas de sierra, sin polvo, detritus otra cualquiera materia extraa.

    Art. 12. Ladrillo. El ladrillo ser recocho, de la marca ordinaria, sea 0'28 por O114 por 0'04 (veintiocho centmetros de largo, catorce de ancho y cuatro de es-pesor), estando formado de tierra ai cillosa de buena calidad, sin caliches, de soni-do claro, bien cocido, de grano fino, bien moldeado, con los paramentos planos y aristas vivas, poco absorbente y no heladizo, y resistir una carga, do rotura de cien kilogramos por centmetro cuadrado como mnimo.

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  • Art. 13. Madera de armar.Toda la madera gruesa que se emplee en armados ser precisamente de Cuenca, salvo que el Arquitecto autorice por escrito otra cla-se en algunas piezas; cortada en sazn, escogida, limpia y sin veteaduras ni nudos saltadizos, cmpletamente seca, de fibra delgada y vertiderecha, bien labrada y escuadrada, debiendo tener el marco correspondiente, para las varias clases de la madera, los dos tercios del raigal, sin contar con la ua, continuando en una di-mensin proporcionada, pero que no podr exceder de 1'40 del grueso por metro li-neal. No se admitirn, bajo ningn concepto, rollizos, maderos de diez de los que miden quince pies, ni piezas que sean gomosas, estn pasmadas tengan defectos, como entracascos, nudos saltadizos, las fibras irregulares vetisesgadas.

    Art. 14. Madera para carpintera de taller.Toda la madera para capintera de taller ser limpia y exenta de repelos otros defectos, bien desangrada y curada, emplendose de las Navas y Balsan, para largueros y peinazos, y todo el tableraje de Soria, sin nudos saltadizos, venteaduras ni repelos, y cortada en sazn.

    Art. 15. Hierro.El forjado ser dctil, sin hojas ni oquedades, desechndose el agrio quebradizo el que tenga cualquier otro defecto; iguales condiciones reunir el laminado en barras y hierros especiales. El de fundicin ser de la lla-mada gris, y deber presentar en sus secciones un grano menudo y regular, sus-ceptible de la lima, resultando limpio y sin faltas en sus perfiles y relieves. Todo hierro se pintar de minio, antes de colocarlo en obra, inmediatamente despus de colocado.

    Art. 16. Plomo y zinc.Debern ser uno y otro dctiles, de grueso uniforme, sin picaduras, hojas ni grietas, lo mismo el de planchas tiradas en cilindros, como tubos.

    Art. 17. Baldosn. Ser de primera calidad, del llamado cataln, de color uni-forme muy compacto, teniendo sus lados escuadra y aristas muy vivas.

    El baldosn de cemento comprimido satisfar las mismas condiciones. Art. 18. Pintura--Todos los colores que se empleen sern de la mejor calidad,

    para que ofrezcan una gran fijeza, cubran bien la superficie sobre que se extienda, se mezclen perfectamente con los diversos lquidos que sirvan para deslerlos, sequen rpidamente, insolubles en el agua, y no se descompongan por su combi-nacin con los dems.

    Los colores blancos sern carbonatos de zinc puros, sin contener sulfatos de barita, creta ni otras substancias extraas.

    El negro provendr de la combustin de aceites ms menos grasos, sin mezcla de otras materias.

    Los grises se obtendrn por la combinacin de los dos anteriores. Los amarillos debern proceder de substancias minerales, sean los llamados

    ocres, y de ninguna manera de substancias vegetales; debern molerse con facili-dad, y apoderarse del agua con rapidez.

    El azul deber ser del llamado de 1'rusia, ofreciendo en terrones un color ater-ciopelado, de tinta violeta.

    Cualquier otro color que se juzgue conveniente emplear, ser puro, y proceder de substancias minerales, debiendo someterse todos ellos las prueba- que el Ar-quitecto creyese necesarias.

    Los aceites que se empleen sern de lino, sin posos, poco viscosos, ambarados, tinos, de color amarillo, claros y exentos de otras substancias.

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  • Se clarificarn antes de mezclarlos con los colores, para quitarles la crasitud y el rancio que puedan contener. El litargirio ser de primera calidad y de un color amarillento y rojizo.

    Los barnices sern transparentes y con un brillo perfecto, debiendo secarse con prontitud y conservar estas propiedades una vez adquiridas.

    Art. 19. Otros materiales.El resto de los materiales no enumerados y que ha-yan de emplearse en la ejecucin de estas obras, se entender que han de ser, sin excepcin, de la mejor clase que se conozca en esta Capital, previa la aceptacin del Arquitecto Director de las obras, quien desechar los que no fueren de su agrado.

    Este examen previo no supone recepcin de los materiales, de consiguiente, la responsabilidad del contratista en el cumplimiento de estas obligaciones no cesar mientras no sean recibidas las obras en que se hayan empleado. Los detalles de las pruebas qu,e hayan de someterse los materiales y la obra hecha para cercio-rarse que satisfacen las condiciones de resistencia necesaria, se practicarn se-gn lo disponga el Arquitecto Director, bien sea en los talleres al pie de obra, y en cualquier estado de ella.

    CAPITULO III

    Ejecucin e fas obras.

    INSTRUCCIONES GENERALES Y TRABAJOS PREPARATORIOS

    Art. 20. Planos instrucciones.Todas las obras se ejecutarn con sujecin al presente pliego y los planos del proyecto, as como los detalles instrucciones que para su mejor interpretacin dar el Arquitecto Director oportunamente.

    De todos los detalles instrucciones acusar recibo el contratista, devolvindo-los con su firma, bien originales en copia, para ser archivados por la Direccin facultativa.

    El contratista no podr interpretar por s mismo ningn plano del proyecto, que sern considerados como de conjunto, sujetos las modificaciones que en sus detalles resulten al desarrollarlos mayor escala, y, por tanto, si alguna obra se hiciere defectuosamente por contravenir esta disposicin, ser considerada por el Arquitecto como hecha contra sus instrucciones.

    Art. 21. Valla y oficinas.Ser de cuenta del contratista la colocacin de una valla de tabla ripia de dos metros de altura, con sus correspondientes pilarotes y correas, rodeando todo el permetro del edificio, as como el pago de los derechos municipales correspondientes.

    Deber asimismo construir en el sitio que designe la Direccin facultativa, una caseta de construccin bastante slida y de capacidad suficiente para insta-lar en ella la oficina tcnica de las obras, y otras ms pequeas, distribuidas en varios puntos del terreno, para tener cerca de las diferentes secciones de los tra-bajos los detalles y documentos propios ele cada uno.

    Art. 22. Replanteos generales Designado el solar por el Excmo. Ayuntamien-

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  • to, se proceder su deslinde por el Arquitecto Director, auxiliado por el perso-nal de la oficina tcnica que el contratista deber montar su costa desde la ad-judicacin del remate; acotndose con toda precisin sus vrtices, en situacin y rasante, por medio de pilastras de fbrica coronadas con losas de cantera, y le-vantndose un plano exacto del terreno comprendido, para proceder la rectifi-cacin definitiva del proyecto.

    Realizado este trabajo, se har el replanteo general de calles y grupos de edifi-cios, establecindose las rasantes de unos y otros, fin de ejecutar las explanacio-nes que sean indispensables para comenzar las edificaciones. Los puntos impor-tantes de este trazado general, como encuentros de ejes alineaciones de calles, cambios de rasantes, etc., se fijarn en situacin y nivel del modo antes expresado, fin de que sirvan de referencia para el desarrollo de las obras.

    Art. 23. Replanteos parciales.Establecidas las bases generales para la implan-tacin de los diferentes grupos de edificios, se proceder la construccin simul-tnea de stos, haciendo sus replanteos particulares, que se fijarn por medio de camillas, miras fijas y dems medios acostumbrados que disponga el Arquitecto Director, atenindose las acotaciones del plano general de implantacin. No se empezarn abrir zanjas de cimientos hasta que aquel facultativo compruebe el replanteo de las mismas y firme su conformidad en el Libro de ctas que se llevar al efecto.

    Art. 24. Medicin de las obras de tierra. - Antes de empezar las explanaciones, se levantarn planos de la situacin de las tierras que deban desmontarse recre-cerse con terraplenes, refirindose las nivelaciones de los perfiles los puntos fijos del replanteo general, firmndose dichos planos por duplicado por el Arquitecto Director y el contratista, para que sirvan de base las cubicaciones de las tierras.

    Si el contratista comenzare mover aqullas sin haberse llenado dicho requi-sito, se entender que se conforma con la medicin que de las mismas haga el Di-rector de las obras.

    Art. 25. Pago de las explanaciones.a). El precio que para el metro cbico de desmonte en tierras, figura en el cuadro correspondiente al presupuesto, se entien-de que no variar, cualquiera que sea la altura que aqullas alcancen sobre la ra-sante definitiva, ni porque su dureza sea mayor menor. Slo en el caso de que, juicio del Arquitecto Director, deban considerarse como roca ms menos dura, podr alterarse dicho precio; pero entendindose que, tanto para la clasificacin de la calidad de las tierras y rocas, como para fijar su nuevo precio, si ello hu-biese lugar, ser nico rbitro el Arquitecto Director, sin derecho reclamacin ninguna por parte del contratista.

    En el precio del metro cbico de desmonte est incluido, no slo las diversas operaciones de ste, sino el transporte de los productos los sitios del solar en que el Director ordene formar terraplenes, y el arreglo y apisonado de stos. Slo en el caso improbable de que sea preciso transportar tierras sobrantes vertederos fuera del solar, se fijar por el Arquitecto el aumento de precio por razn de transporte.

    b). El precio que en el cuadro del presupuesto figura para el metro cbico de terraplenes, slo se aplicar los que se formen con tierras de prstamo, cuando agotadas todas las que resulten de los desmontes y excavaciones de cimientos, sea

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  • preciso, y as lo disponga por escrito el Arquitecto Director, "tomarlas fuera del solar; rigiendo en este caso el mismo precio cualquiera que sea la distancia de donde procedan.

    FUNDACIONES

    Art. 26. Excavaciones para cimientos. E l contrat is ta tendr o b l i g a c i n de profundizar las zanjas de cimientos todo lo necesario para encontrar buen firme, sin derecho reclamacin de aumento en el precio unitario, aunque para hacerlo as sean precisos acodalamientos entivaciones, agotamientos de agua.

    Slo en el caso de tener que emplear procedimientos especiales para consolidar el terreno, otras clases de cimientos que las fbricas de manipostera ladrillo que se refiere el presupuesto, se alterarn los precios de las excavaciones; formn-dose en tales casos los correspondientes presupuestos adicionales, con precios esta-blecidos contradictoriamente, y no dando comienzo los trabajos hasta que aqullos sean aprobados por el Excmo. Ayuntamiento.

    Art. 27. Cimientos.Todas las zanjas de cimientos se macizarn con buena fbrica de manipostera de piedra, de las condiciones marcadas en el art. 10 y mortero de cal y arena. La piedra reunir las condiciones que se detallan en este pliego al tratar de los materiales, y el mortero se compondr en dos partes de arena y una de cal perfectamente batido. Se emplearn bancos de 0'42 de altura donde la piedra se ir colocando martillo, buscando sus asientos y calzando y enripian-do perfectamente todos los huecos. Los bancos se dejarn bien nivelados, enrasan-do la superficie de cada uno con ladrillo santo machacado en capas que no exce-dan de siete centmetros de espesor, que se apisonarn hasta que rebose la mezcla, regndolas adems con lechadas de cemento.

    Del anterior cimiento se har uso cuando el terreno de las paredes de la zanja sea suficientemente firme para impedir la huida del material al apisonarle, pero cuando no rena esta condicin juicio del Arquitecto Director, se formar con ladrillo santo escafilado, en hiladas como el resto de la fbrica, entrando por lo menos 18 en cada metro.

    En los puntos donde se designe se ejecutarn las fundaciones con hormign de piedra silcea machacada y mortero de portland, apisonando por tongadas que no excedan de 30 centmetros de espesor.

    Las zanjas de todos los cimientos quedarn enrasadas con 10 hiladas de ladri-llo recocho con mortero semihidrulico, por bajo de las rasantes respectivas, don-de siga fbrica de ladrillo, debajo del lecho de la piedra donde haya zcalos de cantera.

    Art. 28. Precio de los cimientos - El que se fija en el cuadro correspondiente del presupuesto regir para todos los cimientos de manipostera y ladrillo, cual-quiera que sea la forma en que estas fbricas se dispongan, ya sea en muros co-rridos en pozos y arcos, si el Arquitecto adoptase este sistema en los sitios en que la gran profundidad del firme as lo aconseje.

    La medicin de las fbricas se har por el verdadero volumen que resulte de las acotaciones de los planos y rdenes del Arquitecto Director, no aprecindose

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  • t o -los excesos de dimensiones que el contratista d las mismas por cualquier causa no reconocida previamente por dicho funcionario.

    EDIFICIOS DE ADMINISTRACIN

    Art. '29. Zcalos de cantera berroquea Tendrn las dimensiones que mar-quen las Memorias de cantera que se ciarn para cada edificio, abonndose slo los volmenes que resulten de dichas Memorias.

    En general se despiezarn los zcalos alternando los tizones, cuajando todo el espesor de muros en los puntos en que la resistencia deba ser mayor, y reducien-do el grueso en los dems.

    El trasdosado de zcalos se har con fbrica de ladrillo y cemento para la igualdad de asientos.

    Art. 30. Fbrica de manipostera y ladrillo en fachadas.Las fachadas por encima del zcalo de cantera sern de fbrica mixta de mampostera y ladrillo; ste en esquinas, huecos y verdugadas; y aqulla en los entrepaos, tal como representan los planos.

    La mampostera ir careada al paramento, que se rejuntar cuidadosamente con cemento juntas rehundidas.

    La fbrica de ladrillo se har con buen ladrillo recocho, escogindole para los paramentos de color uniforme y bien dimensionado. Estos se rejuntarn- tambin con mortero fino de cal.

    En el precio del metro cbico de fachada van comprendidos los frisos de los azulejos del pas que corren en algunas impostas.

    La medicin de estas fbricas se har por sus verdaderos volmenes, con el espesor que en cada parte tengan realmente. En las molduras y partes decoradas se medir cada elemento por su vuelo mayor. Los huecos se descontarn por las luces de mochetas;,las partes ocupadas por los tizones de la piedra artificial sille-ra se descontarn igualmente.

    Art. 31. Traviesas Sern de fbrica de ladrillo recocho, con mortero de cal y arena, y de los espesores que disponga el Arquitecto Inspector. En los enrases de pisos se harn diez hiladas con cemento, y la mitad de la altura de piso una cadena de seis hiladas en igual forma. Tambin se emplear el cemento para cerrar los arcos de huecos.

    Las mismas precauciones se adoptarn en los muros de fachadas. Art. 3'2. Piedra artificial.Todas las partes representadas en los planos como

    de sillera, excepcin de los zcalos de berroquea, se harn con piedra artificial. La fabricacin de sta ser de lo ms esmerado, encomendndose personal

    prctico y competente. La arena que se emplee en ella ser procedente de la trituracin de piedra caliza. La calidad del cemento se fijar despus de practicar los ensayos de dureza y

    color que disponga el Arquitecto Inspector. Las piedras se moldearn con toda la antelacin necesaria para que, al colocar-

    se en obra, se hayan endurecido debidamente, y el fraguado deber verificarse en atmsfera hmeda en lo posible, cuyo efecto se regarn las piezas menudo, pro-hibindose su ejecucin en las pocas de grandes calores.

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  • Una vez sentada la piedra, antes en las piezas ornamentales, se labrarn lige-ramente sus paramentos vistos con martellina y cinceles planos dentados, para quitar las superficies la patina lisa con que sale de los moldes, debiendo quedarles el aspecto de verdadera piedra.

    En las repisas, dinteles piezas de gran vuelo se metern hierros de seccin su-ficiente para aumentar su resistencia.

    Art. 33. Pisos.Sern de viguetas de doble T, forjados con bovedillas de un solo tabicado de rasilla y tablero de lo mismo para cielo raso. En los pisos sobre stano no se pondr este tablero, guarnecindose directamente sobre las bovedillas.

    En el precio de los pisos por metro cuadrado, va incluido el hierro y los forja-dos, hasta dejarlos enrasados para recibir los solados entarimados.

    Las dimensiones de las viguetas se fijarn con arreglo los vanos y destino de los locales, sobre la base de un ppso total (entre propio y sobrecarga) de trescien-tos kilogramos por metro cuadrado para habitaciones destinadas viviendas oficinas, y de cuatrocientos cincuenta kilogramos para locales destinados reunir-se pblico reuniones numerosas. En caso de duda, se estar para resolver este extremo lo que disponga el Arquitecto Director.

    Todos los embrochalados, cosidos, anclajes, jcenas y dems elementos auxi-liares que dicho facultativo crea necesarios para la debida solidez de los pisos, tendr el contratista obligacin de ejecutarlos dentro del precio unitario, sin de-recho reclamacin alguna.

    Art. 34- Solados.Los que vayan directamente sobre el terreno, bien en stano en planta baja, se sentarn sobre una capa de hormign de piedra ladrillo santo machacado y mortero de portland de cal de Tehil, segn disponga el Ar-quitecto, el cual fijar las proporciones segn la calidad del material aglome-rante. Esta capa de hormign tendr diez centmetros de espesor mnimo y se tender despus de bien apisonado y regado el terreno; el solado de baldosn de Ariza se sentar con cemento en los pisos que vayan sobre el terreno, y con yeso en los dems.

    El baldosn hidrulico ser de la mejor calidad, de color uniforme, en diferen-tes tonalidades del.gris. En los patios se pondr chaflanado ranurado.

    Art. 35. Entarimados Se harn con tabla de pino rojo del Norte, de pulgada de grueso y del ancho que seale eL Arquitecto, el cual designar tambin las ha-bitaciones en que se lia de colocar corte de pluma en recuadros, y en cules liso, hacindose aqullo slo en las habitaciones principales de las viviendas y en los despachos importantes.

    Unos y otros se construirn con tabla de buena calidad, que no tenga defec-tos que alteren su resistencia duracin perjudiquen sensiblemente su buen aspecto. Tambin se exigir que la tabla est perfectamente seca, y que se hagan los entarimados en poca proposito para evitar las influencias atmos-fricas.

    Por ltimo, se sentar sobre el nmero de rastreles necesarios para su buena sujecin, y recibidos stos con todas las precauciones debidas para que no se mue-van nunca.

    Art. 36. Armaduras y cubiertas.Todas las de estos edificios, excepcin do los patios centrales, sern de viguetas de doble T, de las dimensiones convenien-

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  • tes, segn los vanos, y apoyadas en los muros de fachada y traviesa, con los debi-dos asientos, uniones y codales.

    Entre estas viguetas se voltearn bovedillas de rasilla liechas con yeso puro y enrasadas con cascote y yeso, guarnecindose su parte inferior para que sirva de Cielo raso y encima se sentar la teja plana con mortero de cal.

    Las crujas laterales del edificio Bolsa, contiguas al patio central, se cubrirn en forma de azotea, disponiendo sobre las bovedillas tabiques colocados 50 cent-metros de distancia, y sobre elios un doble tablero de rasilla y un solado de baldo-sn cataln, todo ello hecho con portland y arena de ro.

    Art. 37. Cubiertas de los patios Sern de hierro y cristal, de la forma que marcan los planos, y para su construccin dar oportunamente detalles el Arqui-tecto Director. La parte de las mismas ms prxima los muros del patio, se cu-brir de zinc sobre listones y entarimado de madera.

    Art. 38. Limas y canalones Sern de zinc de los nmeros 12 y 14, segn su des-tino, y del ancho que seale el Arquitecto Director. Unas y otras se sentarn sobre camas de ladrillo y yeso, y dejando los resaltos y juntas de dilatacin conve-nientes.

    Art. 39. Carpintera de taller Ser objeto de Memorias especiales en que se expresarn sus medidas y circunstancias.

    Las clases de maderas y gruesos sern los que se marcan en el cuadro de pre-cios correspondiente. La medicin de las diferentes partes de la carpintera, se har de fuera fuera de los cercos, sea con todas, aplicndose el mismo precio toda la superficie. Los herrajes sern los usuales en la buena construccin corriente, pero de las clases ms fuertes; todos ellos se eligirn por el Arquitecto Director.

    Los vidrios corrientes sern perfectamente limpios y planos; las dems clases expresadas en el presupuesto las elegir el Arquitecto.

    La carpintera deber tenerse labrada y ensamblada, pero sin acuar, seis me-ses por lo menos antes de ser colgada; y se conservar durante ese tiempo en sitio seco y bien apilada para evitar alabeos.

    En cuanto el contratista reciba las Memorias, construir y presentar al Arqui-tecto modelos de cada clase de huecos con sus herrajes, los cuales una vez aproba-dos y sellados quedarn en la oficina de la Direccin para la confrontacin de toda la carpintera.

    Art. 40. Escaleras. Se construirn sobre bvedas la catalana del nmero de tabicados de rasillas que exijan las dimensiones de los tramos, forjando con cas-cote y yeso los peldaos, cuyos frentes se forrarn de azulejo, y las huellas de ta-bln de Cuenca de seis centmetros de grueso con sus correspondientes nudillos.

    Las barandillas sern de balaustre corriente, de hierro, y los pasamanos de pino-tea barnizado.

    EDIFICIOS AUXILIARES DE LA ADMINISTRACIN GENERAL

    Art. 41. Anloga construccin la sealada en artculos anteriores, ser la de los edicios para Portera, Fielato, Laboratorio. Cuadras y cocheras para coches y automviles y Encerradero de perros.

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  • Las tnicas obras especiales de los mismos que conviene especificar son las si-guientes:

    Art. 42. Armaduras de madera.Las de la Portera, Fielato y Cuadras, sern de madera de Cuenca del Norte, de la disposicin y dimensiones de sus piezas que sealar oportunamente el Arquitecto Director.

    Sobre el entramado se sentar la teja plana cogida con alambre sobre listones. En el precio del metro cuadrado de cubierta va incluido el cielo raso con su ati-rantado y enlistonado.

    Art. 43. Armaduras de madera y hierro.Las de las dos cocheras se compon-drn de formas de hierro, que se abonarn al contratista con arreglo su peso, y entramadof ormado por correas de hierro y parecillos de madera, estos ltimos labrados para ir al descubierto, sobre los cuales se clavar la tabla machihembra-da con la cara buena hacia abajo, que ser de pino rojo y de pulgada de grueso por cuatro de ancho.

    Encima de la tabla se clavarn los listones, los cuales se sujetar la teja plana. Art. 44. Pavimento de granito.En la Cochera para carros y coches, en la

    Cuadra y en el Puesto de incendios, se formar el pavimento con losas de cantera grantica sin sujetarse medidas fijas de superficie, siempre que stas no bajen de 0'80 por 0'60 metros, y cuyo grueso no deber ser inferior 10 centmetros.

    Estas losas sern de la cantera llamada de grano mediano, y labradas picn fino, con sus juntas perfectamente escuadradas en ambos sentidos; y se sentarn directamente sobre el terreno, apisonndolo y regndolo antes convenientemente, y rellenando bien todos los intersticios y juntas con lechada fuerte de portland.

    En el precio del metro cuadrado va incluido el trabajo de las regueras y limas para encauzar las aguas de limpieza y orines hacia los sumideros.

    El enlosado de la Cochera de automviles ser como el anterior, pero sentado sobrp una capa de hormign hidrulico, de quince centmetros de espesor, hecho con piedra silcea bien limpia, y mortero de portland.

    Art. 45. Pavimento de cemento y hormign. En el taller de reparaciones de automviles se har un piso compuesto por una primera capa de hormign forma-do por una parte de portland y seis partes de gravilla garbancillo, con doce cen-tmetros de espesor; esta capa se apisonar fuertemente con pisones de hierro es-peciales, y las veinticuatro horas se tender una segunda, capa de tres centme-tros de mortero, de una parte de portland y dos de arena de ro, trabajndola bien con paleta y remolinador, y dejando la superficie lisa pero sin bruir.

    Art. 46. Fosos de limpieza.Pura la limpieza de automviles se construirn en su cochera unos fosos de tres metros de longitud por uno de ancho y uno de altura, revestidos interiormente de portland y con peldaos en un extremo para el descen-so. En uno de sus costados tendrn practicada una pequea caja para alojar una lmpara elctrica, y en el suelo un sumidero en comunicacin con la alcantarilla.

    En el borde superior llevarn un rebajo, en el que se alojarn las tapas, que sern de chapa de hierro, reforzada por debajo con angulares, y divididas en tres trozos iguales, provistos de agarraderos para su fcil manejo.

    Art. 47. Pesebres.Los de la cuadra sern de madera de Cuenca, de la forma corriente y construccin muy slida, corridos en toda la longitud del local y divi-didos en plazas de 1'50 metros, convenientemente separados.

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  • Irn forrados interiormente de zinc del nmero catorce, bien doblado y sol-dado, de modo que no puedan los animales lastimarse con los bordes ni arrancar-los; y en su parte anterior llevarn una fuerte argolla de hierro, as como otra fija en la pared, sobre el pesebre.

    Art. 48. Vallas Se construirn tambin, para separar las plazas de las cua-dras, vallas de madera de las llamadas colgantes, formadas por tablones de Cuenca de seis centmetros de grueso, machihembrados y reforzados en ambos extremos con unas dobles llantas de hierro atornilladas que abracen toda su altura, y en cuya parte superior llevarn anillas para suspender dichos extremos, uno del pesebre por medio de un gancho, y el otro del techo con una cadena.

    Todo ello se pintar al leo.

    NAVES DE DEGELLO DE LAS DIFERENTES CLASES DE GANADO

    Art. 49. Fachadas.lAevwkri exteriormente zcalo de cantera berroquea, y sobre l se elevarn los muros con fbrica mixta de mampostera y ladrillo, ejecu-tado todo en las mismas condiciones que fijan los artculos 29 y 30.

    Art. 50. Traviesas.- Son en estos edificios unas corridas de fbrica, y otras formadas por apoyos aislados y jcenas de hierro; y, por ltimo, otras de esta ltima disposicin sosteniendo encima muros de ladrillo formando fachada en los lucernarios.

    Las primeras se ejecutarn como indica el art. 31. Los apoyos aislados, que sern de fundicin armados de hierros laminados,

    segn los casos, irn todos slidamente fijos en el suelo, empotrndolos en macizos de hormign hidrulico de l'OO metro en cuadro y de la altura necesaria, los cuales apoyarn su vez sobre el cimiento de mampostera ladrillo que llegue hasta el firme. Esos apoyos llevarn adems en su base un ensanchamiento para repartir la presin y asegurar el empotramiento.

    Sobre las cabezas de los apoyos descansarn las jcenas carreras formadas con viguetas en el nmero y dimensiones que correspondan cada caso, y las alturas convenientes se unirn ellas puentes formados por otras viguetas desti-nadas sostener los tornos y monorieles, todo lo cual completar adems el arrios-tramiento y rigidez del conjunto.

    Art. 51. Cubiertas de teja plana.Se emplearn en los lucernarios de todas las naves, y en las crujas ms altas de la nave de cerdos.

    En los lucernarios se compondrn las armaduras de ligeras formas de hierro, correspondindose con los apoyos pilastras, y unidas por un caballete y dos co-rreas; y sobre stas los parecillos de madera y tabla de entarimar, unos y otros la-brados para ir al descubierto; y, por ltimo, la teja plana colocada sobre listones.

    En las crujas de la nave de cerdos en que stos se degellan y depilan, la dis-posicin ser la explicada en el art. 43, y como all, se pagar separadamente el hierro de las formas por su peso, y el entramado y el tejado por metros cuadrados.

    Por ltimo, en el cuerpo alto del pabelln del Laboratorio, la armadura ser toda de madera, con su cielo raso correspondiente.

    Art. 52. Cubiertas en azoteas.En todas las dems partes de estos edificios, se

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  • emplearn cubiertas en forma de azotea compuesta de viguetas de la seccin pro-porcionada los vanos, entre las cuales se voltearn bovedillas de simple tabicado de rasilla, rellenando sus enjutas con cascote y yeso. Encima se.formar un doble tablero plano de rasilla, heclio con cemento, sobre el cual se sentar el baldosn cataln, todo ello en sentido diagonal y alternando sus juntas.

    La parte inferior de las bovedillas, se guarnecer con yeso. Art. 53. Enlosado grantico sobre hormign Se emplear este pavimento en

    las naves de degello ele ganado vacuno. Se construir con losa de granito del ms duro y de grano flno de cincuenta

    centmetros de ancho por ochenta de largo; y se sentarn con portland sobre una capa de hormign de quince centmetros de grueso.

    Las losas tendrn un grueso mnimo de diez centmetros, se labrarn picn fino, con las juntas perfectamente hechas y escuadradas; y se sentarn de modo que sus juntas transversales, corten en partes iguales las longitudinales.

    El hormign se har con seis partes de piedra silcea, limpia, dos de arena de ro y una de portland; y se apisonar fuertemente, dejndole descansar veinticua-tro horas antes de tender el mortero sobre que han de sentarse las losas.

    En el precio del metro cuadrado de este piso, va comprendido el trabajo de ha-cer las regueras y badenes para encauzar las aguas hacia los sumideros.

    Art. 54. Piso de cemento sobre hormign.Se emplear en los corralillos de en-trada del ganado bravo la nave de degello, en toda la extensin de las naves de terneras, lanares y cerdos; y en los pasos de entrada todos estos edificios.

    Se construir con un espesor de veinte centmetros, formado de dos capas. La primera de diez y seis centmetros de grueso de hormign compuesto de seis partes de piedra silcea limpia, dos partes de arena de ro y una de portland; y la segun-da de cuatro centmetros de mortero compuesto de dos partes de arena de ro y una de portland.

    Al hacer estos pisos se dejarn las pedientes, regueras y desages perfecta-mente ejecutados, rebajando previamente el terreno debajo de los badenes para que el espesor no sea menor del sealado en ningn punto de la superficie.

    Art. 55. Ejecucin de los pisos de cemento. La perfecta ejecucin de todos los pisos de cemento comprendidos en esta contrata, es una de las cuestiones que la Direccin facultativa ha de dar ms importancia, pues de ella depende el que su resultado prctico sea bueno malo.

    Como quiera que esta clase de pavimentos se halla suficientemente ensayada en diversos puntos de Espaa y del extranjero con excelente xito, el Arquitecto obligar rehacer los pisos, antes de la recepcin definitiva de las obras, cuantas veces sea preciso hasta conseguir buena ejecucin.

    Para conseguir este fin, el contratista deber encomendar, desde luego, estos trabajos personal acostumbrado realizarlo con competencia, eligiendo con todo cuidado los materiales.

    Art. 56. Revestimiento de gres esmaltado sobre hormign.En todas las naves de degello se cubrirn los muros interiores hasta una altura de dos metros de placas de gres esmaltado blanco recibidas con portland, coronando este zcalo con una moldura del mismo material, y poniendo etr su parte inferior piezas en forma de media caa para redondear el ngulo de muros y pisos.

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  • Art. 57. Corralillos para ganado bravo.La entrada del ganado vacuno bravo la nave, se har por intermedio de unos pasadizos de 2'50 metros de ancho, divi-didos en pequeos corrales por medio de tabiques transversales de hierro.

    Estas divisiones constarn de dos partes, una fija y otra mvil, en forma de corredera, fin de encerrar las reses que hayan entrado en su corral chiquero.

    Por encima de estos corrales y contiguo al muro de fachada, correr un balcon-cillo de 80 centmetros de ancho, formado por una corredera de vigueta apoyada sobre montantes dobles de hierro de L y hierros de T en sentido transversal, en los cuales apoyarn bovedillas de rasilla con cemento y cubiertas con baldosn ca-taln.

    Una barandilla formada por montantes de T, cada cuatro metros de distancia, y dos hierros redondos horizontales completar el balconcillo.

    Los tabiques sern de chapa de hierro fuerte, reforzada con angulares, y fijos en los hierros de la armadura del balcn y en puentes horizontales.

    Las partes mviles de las mismas sern de anloga construccin, y corrern sobre una gua superior y otra inferior, esta ltima empotrada en el piso, de modo que slo sobresalga de l una pestaa para servir de carril. En su parte alta lleva-rn agarradero especial para que se pueda empujar fcilmente desde el balconcillo.

    Art. 58. Puertas de corredera.Las de entrada del ganado todas las naves sern de este sistema, de dimensiones variables segn la clase de animales, pero sin exceder de un metro de ancho por dos de altura; se colocarn los haces inte-riores de los muros, y sern de chapa de hierro reforzado con angulares, y corrien-do sobre guas superiores inferiores como las descriptas en el artculo anterior; y con cierre de condenar de modelo especial.

    Art. 59. Burladeros.Se dispondrn en la nave de vacuno bravo, y sern de chapa de hierro, y fijos en montantes verticales sujetos las columnas de la nave y en los muros.

    En sus detalles se sujetarn las instrucciones que dar oportunamente el Ar-quitecto, sin apartarse de la disposicin general representada en los planos de esta nave.

    Art. 60. Monorieles.Sern de vigueta doble T, de seccin proporcionada los vanos que resulten entre los puntos de suspensin. El contratista podr construir-los, as como las curvas y cambios agujas de los mismos, en los talleres que tenga por conveniente; pero estar obligado presentar previamente al Arqui-tecto Director un modelo de cada una de las casas constructoras especialistas, para una vez elegido el mejor, juicio de aquel facultativo, proceder la cons-truccin de toda esta obra con sujecin l.

    Las puntas de las agujas cambios sern precisamente de acero muy duro, para evitar su deterioro.

    Art. 61. Vidrieras de hierro.Todos los huecos de luz de las naves sern de hierro, con una varias partes mviles para la ventilacin, y provistas de un aparato especial de hierro movido con una manivela, al alcance de la mano, para hacer bascular fcilmente las partes mviles.

    Los cristales de estas vidrieras sern todos semidobles, transparentes estria-dos, segn disponga el Arquitecto Director.

    Art. 62. Ventiladores.Todos los editicios llevarn el nmero de ventiladores

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  • que la Direccin facultativa disponga, los cuales sern precisamente del sistema Aeolus, de construccin alemana, salvo que en la poca de su colocacin se tu-viere noticia de algn otro sistema ms perfecto y cuyo coste sea el mismo, en cuyo caso tendra el contratista obligacin de adoptarlo.

    Art. 63. Barras de ganchos.Las que se coloquen en todas las naves irn for-madas por una vigueta doble T de F, de seccin suficiente, en la cual se atorni-llarn con tuerca los ganchos para colgar las carnes, los cuales se sujetarn un modelo especial que ciar el Arquitecto Director.

    El precio que se fija en presupuesto regir, cualquiera que sea la seccin de las barras y el nmero y tamao de los ganchos.

    CMARAS FRIGORFICAS

    Art. 64. Muros.Su construccin exterior ser la misma que en los edificios descriptos en los artculos anteriores.

    Interiormente irn recubiertos de una capa de materia aislante, sobre el cual se adosar un tabique de panderete. El suministro y colocacin de la capa aisla-dora no es de cuenta del contratista, pues formar parte de la contrata especial de instalacin de las cmaras.

    Art. 65. Pisos.Los de planta baja sern de baldosn hidrulico, sentado sobre una capa de hormign de piedra silcea y portland de diez centmetros de espesor. El piso as formado, se sentar directamente sobre el terreno, bien apisonado, en las antecmaras colgaderos; y en las cmaras propiamente dichas, ir sobre una doble capa aisladora compuesta de treinta y cinco centmetros de grava, ms gruesa en su parte inferior y menuda encima, y quince centmetros de carbn ve-getal en polvo; regada la superficie de ste con lechada de cal fuerte, se sentar encima el hormign hidrulico.

    Los pisos de planta principal sern de vigueta doble T y bovedillas, stas lti-mas sirviendo de cielo raso; y una vez enjuntadas con cascote y yeso, se colocar la capa aisladora anloga la.de los muros (que como aquella no ser de cuenta del contratista), y encima se recibir el baldosn hidrulico. Antes de sentar ste, se regruesar el forjado del piso para dar las pendientes debidas, fin de que las aguas de limpieza tengan fcil salida.

    Por ltimo, el piso de sotabanco de las cmaras ir formado como el anterior, pero sustituyendo el baldosn hidrulico por el de Ariza.

    Art. 66. Cubiertas.Las ele las antecmaras sern en forma de azotea, com-puesta de baldosn cataln sentado sobre doble tablero de rasilla, hecho todo con cemento; y ste apoyado sobre tabiques sencillos espaciados cincuenta centmetros, y descansando su vez en el cielo raso de viguetas y bovedillas. Los espacios com-prendidos entre el cielo raso y el tablero de azotea, se rellenarn con ceniza de carbn y carbn vegetal en polvo.

    La cubierta del cuerpo alto, sea de las cmaras, se construir con correas de hierro, apoyadas sobre las carreras del entramado metlico que forma el armazn interior del edificio, y sobre ellas parecillos horizontales, los que se clavar el

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  • entarimado, que ser de tabla machihembrada de pulgada de grueso. Encima se pondr la teja plana con listones, segn ya se ha explicado anteriormente.

    Art. 67. Entramados metlicos, monorieles y bdrras de ganchos.Sern todos formados con hierro doble T d e Q con arreglo detalles especiales.

    Los monorieles para el transporte de carnes y las barras de ganchos, sern iguales los de las naves de matanza.

    Art. 68. Carpintera de taller.Ser toda metlica y de disposicin especial excepcin de las puertas, que sern de madera con armadura interior y doble forro de tabln enrasado por las dos caras.

    Los cristales especiales de las vidrieras de las cmaras, no sern de cuenta del contratista.

    EDIFICIOS PARA MQUINAS Y CALDERAS

    Art. 69. Fachadas Su construccin ser la misma de los dems edificios, con slo la particularidad de que los machones principales que soportan las grandes formas, irn construidas interiormente con sillera grantica desbastada (para ir luego recubierta con el guarnecido), y cuyos sillares que se correspondan con las cadenas de piedra artificia] de la fachada, atizonarn toda la superficie de dichos machones para la debida trabazn igualdad de asientos.

    Art. 70. Pisos. Los de las salas de calderas, carboneras, stano de mquinas y planta baja de los depsitos de agua, sern de cemento portland sobre hormign, formado por una capa de este ltimo de ocho centmetros de espesor, compuesto de seis partes de gravilla grijo y una de portland, y dos centmetros de mortero, compuesto de dos partes de arena de ro y una de portland.

    El piso de la sala de mquinas, que va sobre el stano, se har de baldosn hi-drulico gris sobre viguetas de hierro y bovedillas, apoyando stas, su vez, en machones de fbrica entramados metlicos, segn aconseje el.montaje de las mquinas y aparatos y sus transmisiones.

    Por ltimo, los pisos de la torre de los depsitos de agua, sern de hormign armado y se construirn simultneamente con estos ltimos, los cuales sirven de fondo.

    Art. 71. 'Cubiertas.Las de los dos pabellones para mquinas y calderas, irn armadas con formas de hierro, sobre las que apoyar el entramado de correas de hierro, parecillos de madera, entarimado de tabla de pulgada y teja plana sobre listones; todo ello en las condiciones que ya se han detallado.

    Las de la carbonera y fbrica de hielo sern en forma de azotea, de baldosn cataln sobre un tablero de rasilla, bovedillas y viguetas doble T.

    Por ltimo, la del depsito de agua ser de hormign armado con enlucido de cemento.

    Art. 72. Chimenea.Llevar zcalo berroqueo, sobre el que se elevar el resto de la construccin de fbrica de ladrillo con algunas partes de piedra artificial.

    Sus dimensiones exactas y detalles de fundaciones se sealarn oportunamente de acuerdo con el plan general de la instalacin mecnica.

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  • MONDONGUERA Y SECADERO DE PIELES

    Art. 73. Sistema general de construccin.Consistir en muros de recinto de fbrica de ladrillo y manipostera, con algunas piezas de piedra artificial y zcalo exterior de sillera berroquea, las cuales, en las tres plantas superiores, se redu-cirn pilares de planta rectangular, de ladrillo y cemento, alternados con otros de cemento armado.

    Todo el resto de estos edificios, que sern cuatro pabellones iguales y aislados, unidos slo por pasadizos, ir construido de cemento armado, tanto los apoyos como los pisos y la cubierta.

    Estos ltimos sobresaldrn fuera del paramento exterior de fachadas, en forma de voladizos, fin de resguardar de la lluvia y del sol las pieles; sirvien-do adems esos vuelos de pasadizos para el servicio, cuyo efecto irn rodeados de una sencilla barandilla de hierro, formada por montantes de Mero forjado, un metro de distancia prximamente, y dos barras redondas horizontales.

    Art. 74. Cemento armado. a). El contratista tendr obligacin de ejecutar todos los pisos, cielo-rasos y apoyos de la obra, por los precios unitarios correspondien-tes de la contrata, cualquiera que sea la distribucin que los mismos crea con-veniente dar el Arquitecto Director.

    En el precio del metro cuadrado de piso se supone incluido el de las vigas y vi-guetas correspondientes, as como el enlucido de portland que se dar sobre su superficie.

    Igualmente en el precio del metro cuadrado de cubierta va incluido el baldosn cataln recibido con portland, de que aqulla se recubrir, adems de las vigas y viguetas de su estructura.

    En el precio del metro lineal de pilar, se supone asimismo incluido el de las za-patas que pueda aqul llevar en sus extremos superior inferior, abonndose la longitud que haya entre la superficie de cada piso y la cara inferior de la viga correspondiente/

    b). El Arquitecto Director dar al contratista planos detallados de la distribu-cin de apoyos, vigas y viguetas de los pisos.

    Con estos datos el contratista encargar toda la obra de hormign armado, precisamente una Sociedad persona que tenga patente para esta clase de construcciones, la cual, bajo su responsabilidad y la del contratista, estudiar el proyecto en sus detalles de dimensiones, sometindolo la aprobacin del Ayun-

    tamiento y Arquitecto Director. Esta aprobacin ser requisito indispensable para ejecutar la obra do hormi-

    gn armado; pero no exime de la responsabilidad del buen xito de la misma que ser ntegra del constructor y en su defecto del contratista, hasta que las obras hayan sido recibidas definitivamente despus de probadas como se expresa en el apartado siguiente:

    c). Se sometern pruebas todas las partes de la obra que el Director facultati-vo crea conveniente, bajo las condiciones que siguen:

    1.a Con la carga del clculo, que es de 400.kilogramos por metro cuadrado, la flecha no alcanzar cinco milmetros en las vigas ni en las viguetas.

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  • 2.a El Director facultativo podr ordenar que la carga de prueba se eleve 500 kilogramos por metro cuadrado, y en este caso la flecha de las vigas y viguetas no deber exceder de 10 milmetros.

    3.a Si excedieran las flechas de las cifras indicadas, podr el Director de la obra ordenar la demolicin de lo ejecutado, recibir el tramo con un descuento en el precio, si la obra pesar de su defecto fuera aceptada.

    4.a Los gastos de estas pruebas sern de cuenta del contratista. Art. 75. Pisos de planta baja.Los de planta baja, en el interior de las mon-

    dongueras, sern de losas granticas de igual clase, y sentadas sobre hormign en igual forma, y con arreglo las mismas condiciones descriptas para las naves de degello de ganado vacuno en el art. 53.

    Los patios intermedios, entre los pabellones, se pavimentarn de portland sobre hormign, con arreglo las condiciones que establecen los artculos 54 y 55.

    Art. 76. Otras obras.Los diferentes talleres de mondonguera llevarn zcalos de gres esmaltado blanco, en la forma y condiciones que fija el art. 56.

    Las vidrieras sern de hierro con vidrios semidobles, translcidos estriados, segn disponga el Arquitecto; y con paneles movibles por medio de aparatos de tornillo del sistema descripto.

    TALLER DE VACIADO

    Art. 77. Sistema general de construccin.Los muros de fachada sern anlo-gos los de todos los edificios reseados.

    La cubierta consistir en formas de hierro, sobre las que se apoyar el entra-mado de correas de hierro, parecillos de madera, entarimado y teja plana sobre listones, en condiciones iguales las ya fijadas en anteriores artculos.

    El piso, de portland sobre hormign de veinte centmetros de grueso, tambin descripto anteriormente.

    Los muros llevarn zcalo de gres esmaltado blanco. Art. 78. Vertederos.Para verter las materias estercolceas sobre los vagones

    que han de recogerlas, se construirn cinco vertederos formados por planos incli-nados de forma trapecial y con bordes laterales, dispuestos en voladizo.

    Sern de cemento armado irn slidamente empotradas sus armaduras en el zcalo de fbrica, sobre el que se apoyarn.

    Art. 79. Persianas y puertas.- La carpintera de taller de las ventanas, se re-ducir persianas de madera de tablillas fijas bastante espaciadas, que evitando el sol y la lluvia, permitan el paso del aire.

    En las puertas se colocarn rejas de hierro que se rebatan sobre los muros.

    EDIFICIOS DE LOS MERCADOS DE GANADOS DE ABASTO Y DE TRABAJO

    Art. 80. Sistema general de construccin Puede dividirse en dos sistemas: el de edificios completamente metlicos, para las naves de exposicin y venta de ga-nado grande, sea el vacuno y el de trabajo; y el de edificios con muros de fbri-ca y cubierta de teja sobre armadura mixta de madera y hierro, para exposicin

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  • y estabulacin del ganado pequeo (terneras, lanares y cerdos), y cuadras y esta-blos del grande.

    Art. 81. Naves de hierro.Aunque la disposicin y magnitud de los dos edificios mencionados en el artculo anterior es diferente, su construccin ser la misma.

    Consistir en apoyos aislados de hierro laminado, fuertemente empotrados en macizos de hormign hidrulico, en igual forma que se describi en el art. 50, so-bre los cuales se apoyarn las armaduras, y en stas, su vez, descansar la cu-bierta de chapa ondmada por intermedio de parecillos y correas de hierro.

    Los peraltes de unas armaduras sobre otras llevarn vidrieras movibles de hie-rro con cristal semidoble estriado, provisto de aparatos para hacerlos bascular; y sobre ellas, persianas de baldosilla de vidrio.

    Art. 82. Pisos de cemento Tendrn quince centmetros de espesor irn for-mados por una capa de hormign de doce centmetros, compuesta de sei's partes de gravilla y una de portland, y otra de dos centmetros, compuesta de dos partes de de arena y una de portland.

    En el precio de este piso van incluidas las regueras y vertientes que se dejarn con todo el espesor sealado; cuyo efecto se preparar'convenientemente el te-rreno antes de tender el hormign.

    Art. 83. Chapa ondulada Ser galvanizada, de 1'50 milmetros de gruesa, y con las ondulaciones bien pronunciadas y perfectamente rectas, fin de que al po-nerse en obra formen todas ellas lneas paralelas y rectas en toda la extensin de los faldones.

    El contratista deber presentar al Arquitecto Director muestras de las mejores clases de estas chapas que se fabriquen, para que dicho facultativo elija la que crea conveniente.

    Art. 84. Peso del hierro Abonndose todo el hierro de apoyos y formas de ar-madura por su peso, ste habr de comprobarse al pie de obra, de acuerdo entre el Arquitecto y el contratista, para todas las piezas antes de su colocacin, hacindose en ellas una marca numeracin que permita distinguirlas de sus semejantes, y llevndose un libro de pesos en el que se hagan constar los que resulten ele cada pesada, con las firmas de ambas personas expresadas.

    S el contratista colocase en obra alguna pieza que no hubiera sido pesada con los requisitos anteriores, tendr que conformarse con el peso que en la liquidacin le asigne el Arquitecto Director.

    Para los efectos de este artculo, habr siempre en la obra una potente bscula debidamente rectificada.

    Art. 85. Edificios de fbrica. Los muros de fachada y traviesas sern de la misma construcciu que los anteriormente descriptos.

    El interior de las naves de exposicin de ganado ele cerda, lanar y terneras, se construir enteramente difano por medio de apoyos de hierro aislados, sobre los que descansarn las cubiertas ele teja con armaduras mixtas de madera y hierro.

    Todo lo consignado en anteriores artculos para los edificios en que entra esta clase de construccin, se aplicar los que son objeto del presente, sin que en ellos haya ninguna unidad de obra, que no haya sido descripta,

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  • EDIFICIOS DE LA SECCIN SANITARIA

    Art. 86. Sistema general de construccin.Sern en todo los mismos de los edifi-cios de las otras secciones ya explicadas, pues en rigor los de la Sanitaria vienen ser como la reduccin de aqullos, pero reuniendo todas sus condiciones.

    Se les aplicar por tanto, todo lo expuesto en los artculos anteriores.

    CALLES Y ACERAS

    Art. 87: Calles.Todas las calles y plazas sern pavimentadas de portland sobre hormign, con las mismas condiciones que marca el art. 54.

    Art. 88. Aceras.Se pavimentarn tambin con cemento con un espesor de diez centmetros, formado por una capa de hormign de gravilla y portland en propor-cin de seis uno y de ocho centmetros de espesor, y otra de mortero de dos partes de arena de ro y una de portland, de dos centmetros de grueso. Esta segunda se dividir en cuadros por medio de ranuras hechas con cuchilla especial de acero, despus de pasar sobre la pasta un cilindro de dientes que produzca el efecto de un agradinado.

    Los bordes de las aceras se defendern con un encintado grantico formado por adoquines de veinte centmetros de ancho por veintiocho de altura y un metro lo menos de longitud, labrados picn fino en sus caras vistas.

    El asiento del encintado se har sobre capa de arena de diez centmetros, tendida en la caja abierta en el terreno, despus de bien apisonada sta.

    Las partes de las aceras situadas enfrente de las puertas por donde hayan de entrar carros carrillos del servicio interior del establecimiento, se harn con el mismo espesor de hormign y cemento que los centros de calle.

    Art. 89. Espacios no edificados Se dejarn sin ninguna clase de pavimento, pero con la tierra bien nivelada y extendida, fin de que puedan plantarse rboles en su contorno y convertir en campos esos espacios para que contribuyan sanear el ambiente.

    ALCANTARILLADO

    Art. 90. Disposicin general.La red de desages, se compondr: De dos colectores principales que, partiendo del centro de la plaza de entrada

    al establecimiento, rodearn ste siguiendo los ejes de sus dos calles principales, hasta reunirse nuevamente en la acometida general que conduzca las aguas al exterior, bien directamente por intermedio de un depsito sptico de esteriliza-cin, segn lo aconseje el estado de adelanto deficiencia de los medios de eva-cuacin con que cuente la Capital en el momento de hacerse estas obras. Otro tercer colector de igual seccin unir los dos anteriores, recorriendo toda la calle que limita las fachadas posteriores de las naves de degello,

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  • De alcantarillas secundarias que formen las arterias generales de desage de los edificios importantes y de las dems calles.

    Y de tuberas de gres que comuniquen los diferentes absorbederos, tanto de los edificios como de las calles y espacios descubiertos, con las alcantarillas y co-lectores.

    Como elementos complementarios de la red se construirn pozos de registro, absorbederos, sumideros, depsitos de limpia por descargas de agua, y, si fuera preciso, como queda dicho, un gran depsito de depuracin bacteriolgica.

    Adems se construirn galeras para servicios subterrneos, que sin ser exclu-sivamente para desage, puedan considerarse como formando parte de la red de alcantarillado.

    Art. 91. Colectores principales.Tendrn de luces uh metro setenta centme-tros (1'70) de altura, por setenta centmetros (0'70) en la solera y ochenta y cuatro en el arranque de la bveda.

    Su construccin ser: Una solera de hormign hidrulico de veinticinco centmetros de espesor y un

    metro veintisis centmetros (1'26) de latitud, en cuyo centro llevar un badn de todo el ancho de la luz por diez centmetros de fondo de seccin elptica.

    Dos muretes de veintiocho centmetros de espesor y un metro diez y ocho cent-metros (1'28) de altura, hechos con fbrica de ladrillo recocho y mortero ordina-rio, excepcin de las seis primeras hiladas que se sentarn con portland.

    Una bveda de medio punto de veintiocho centmetros de espesor en sus dos tercios de arranque, y de catorce en el central clave, de ladrillo recocho y mor-tero ordinario.

    Y de un tendido de portland de quince milmetros de espesor, en todo el badn y treinta centmetros de altura de los muretes.

    Art. 92. Alcantarillas secundarias.Tendrn de luces noventa centmetros de altura por cincuenta de ancho y su construccin ser:

    Una solera de hormign hidrulico de veinte centmetros de espesor y badn de cinco centmetros de fondo igual disposicin que el de los colectores prin-cipales.

    Dos paredillas muretes de catorce centmetros de espesor hechas con ladrillo recocho y mortero ordinario, menos las cinco primeras hiladas, que se sentarn con portland.

    Una bveda de medio punto, de ladrillo y mortero ordinario, y de catorce cen-tmetros de espesor.

    Y de un tendido de portland de quince centmetros de espesor en todo el badn y veinticinco centmetros de altura en los muretes.

    Art. 93. Tuberas de gres.- -Sern de la mejor calidad, de fabricacin inglesa, bien nacional, si reuniese tan buenas condiciones como aqullas.

    Los tubos tendrn sus enchufes estriados para que agarre mejor el cemento en las juntas, y stas, se harn con todo cuidado y precauciones.

    El asiento de los tubos se har despus de apisonar y regar perfectamente el fondo de las zanjas; y, si descansasen sobre terreno echadizo, ste deber estar completamente consolidado antes de sentar sobre l los tubos.

    Abonndose estas tuberas por metro lineal, todas las piezas especiales que en-

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  • tren en su colocacin, tales como tes, ingertos, codos, etc., se pagarn por el des-arrollo que den sus diferentes trozos, medidos como si fuesen tubos rectos.

    Art. 94. Galeras para servicios subterrneos.Tienen por objeto principal conducir el vapor de agua, desde los generadores hasta las calderas ele las mon-dongueras, las de escaldado de cerdos y las de tripera de esta ltima nave, fin de calentar el agua de las mismas.

    Adems se aprovechar esa galera para conducir la luz elctrica, y para las tuberas de gres de desage de los edificios que afecta.

    Estas galeras tendrn de luces un metro (1 metro) de ancho por un metro ochen-ta centmetros (1'80 metro) de altura, irn formadas:

    De una solera de hormign hidrulico de un metro cincuenta y seis centmetros de ancho por cincuenta centmetros de espesor en la mitad de la latitud, y de vein-ticinco en la otra mitad. En aqulla ir empotrada la tubera de gres de desage, que ser de treinta centmetros de luz, de modo que no sobresalgan del nivel de la solera sino los collares y tapas de los registros. A la superficie de la solera se le dar un desnivel de 2 por 100 en el sentido opuesto al del tubo de gres, fin de que las filtraciones humedades de cualquier clase vayan una reguera de diez por diez centmetros que se practicar en ese lado junto al mrete.

    Las paredillas sern de veintiocho centmetros de espesor, hechas con fbrica de ladrillo recocho y mortero ordinario, salvo las cinso primeras hiladas que se sentarn con portland.

    La bveda ser de medio punto y de veintiocho centmetros de grueso en los arranques y catorce en la clave.

    Por ltimo, la solera y veinticinco centmetros de altura de muretes, irn enlu-cidas con portland.

    En el precio del metro lineal de esta galera, ir incluido la tubera de gres de desage, y las escarpias y mnsulas de hierro necesarias para sostener las dems canalizaciones.

    CAPITULO IY

    (Sonieiones generales.

    Art. 95. Todo trabajo que no estuviere ejecutado con arreglo las prescripcio-nes anteriores, lo especificado en el presupuesto y cuadro de precios, ser obli-gacin del contratista el deshacerlo y ejecutarlo de nuevo con la debida perfeccin; en la inteligencia de que nunca servir de pretexto el que no se haya notado por el Arquitecto Director, que las obras estn terminadas, porque sea cualquiera el es-tado en que se encuentren, se harn en ellas los trabajos necesarios para dejarlas en las debidas condiciones, atenindose siempre las instrucciones verbales es-critas que recibiere del Arquitecto Director.

    Art. 96. El contratista se obliga hacer todos los recorridos que sean necesarios hasta la completa terminacin de las obras, sin que por ello pueda exigir remune-racin alguna. Ser tambin de su cuenta la reparacin de todos los desperfectos que se ocasionen en la construccin con motivo de las heladas, lluvias, impruden-

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  • cia de la gente, otras causas, hasta la recepcin definitiva de las obras, para lo que adoptar las medidas indispensables prevenir aquellos daos, teniendo la correspondiente guardera hasta que dicha recepcin se verifique.

    Art. 97. Todos los materiales que fuesen rechazados por carecer de las condi-ciones prescriptas, sern retirados inmediatamente dlas obras, sin excusa ni pre-texto alguno, por cuenta del contratista.

    El contratista se obliga antes de emplear cualquier material en la construccin, llevar muestras al Arquitecto Director, que har su eleccin; tambin presentar modelos de huecos de carpintera, tmpanos de los diferentes trabajos de herrera y muestras de los diferentes oficios, hacindose las variaciones neceserias para que la mano de obra y materiales de estos trabajos resulten con las debidas con-diciones de solidez y mejor aspecto.

    Art. 98. Ser de cuenta del contratista, sin que esto le d derecho remunera-cin alguna por hallarse comprendido en los cuadros de precios, el coste de la formacin de andamios, herramientas, tiros y cuantos medios auxiliares fuesen precisos en los distintos trabajos objeto de esta contrata.

    En la formacin de andamios adoptar el contratista las medidas convenientes para evitar desgracias los operarios al pblico, en la inteligencia que ser di-rectamente responsable de los accidentes que pudiera dar lugar su impericia imprevisin.

    Art. 99. Ser responsable el contratista de todos los accidentes que por impe-ricia, descuido mala fe, deficiencias de medios mala construccin pudieran sobrevenir en las obras hasta la recepcin definitiva, as como tambin de las des-gracias personales que por dichas cuasas pudieran ocurrir.

    El contratista, asimismo, es el patrono definido en el art. i. del Reglamento de 28 de Julio de 1900, para la aplicacin de la ley de Accidentes del trabajo de 30 de Enero del mismo ao, quedando obligado tambin al cumplimiento de todas las disposiciones que se dicten sobre este particular.

    Art. 100. Las obras estarn siempre despejadas y limpias en cuanto sea posi-ble. Se pondrn chaperas cmodas y se cuidar de tapar los huecos horizontales y de tomar toda clase de precauciones para evitar cadas.

    Art. 101. El contratista ser responsable de los daos y perjuicios que se oca-sionen durante las obras por fuerza mayor de incendio, para lo cual deber ase-gurarlas pur el valor en que se estipule, en una Sociedad de seguros prima fija, abonando los gastos de inscripcin.

    Esta inscripcin se har nombre del Excmo. Ayuntamiento, entregando al Exento. Sr. Alcalde el resguardo de la pliza, por si ocurriese incendio cobrar el valor de su indemnizacin y reservarse la cantidad que importen los daos y per-juicios que se originen, entregando el resto al contratista.

    Art. 102. El contratista no podr ceder el todo ni parte de la contrata, y ser el nico responsable desde el principio al final de las obras.

    Art. 103. El Arquitecto Director de las obras tendr derecho exigir del con-tratista que cualquiera de sus operarios sea despedido de ella por insubordina-cin, inmoralidad otra causa que influya en el buen orden de los trabajos.

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  • CAPITULO V

    Gonieiones econmico facufafiuas.

    Art. 104. Pago de las obras.El pago de las obras se har al contratista men-sualmente, previas liquidaciones parciales practicadas por el Arquitecto Direc-tor, comprensivas de las realmente ejecutadas y en estado de abonarse; pero entendindose que estas liquidaciones y las certificaciones correspondientes, son slo documentos provisionales para pagos buena cuenta, sujetos la rectifica-cin oficial, sin que impliquen de ningn modo recepcin de las obras que com-prendan.

    Art. 105. Plazo de ejecucin.El contratista deber dar comienzo las obras en el trmino de dos meses, contados desde la fecha en que firme la escritura de su contrata, y tendr la obligacin de terminarlas en el plazo de aos, partir de la misma fecha.

    Art. 106. Pago del proyecto.Es obligacin del contratista el pagar al Arqui-tecto autor del proyecto de las obras contratadas, el valor del mismo, con arreglo la tarifa de honorarios vigente. Este abono deber realizarlo antes de otorgarse la escritura, cuyo efecto no se le autorizar para firmar sta, sin que' previamente presente documento justificativo de haber realizado el expresado pago del pro-yecto.

    Art. 107. Oficina tcnica. Ser igualmente obligacin del contratista el costear el personal necesario para los trabajos de direccin tcnica de las obras, tanto de gabinete como de campo, y el nmero de sobrestantes y vigilantes que el des-arrollo de aqullas exija. Estos ltimos habrn de ser precisamente nombrados por el Arquitecto Director, del cual sern delegados en la inspeccin de las obras, pu-diendo separarlos cuando lo juzgue conveniente; y en general, todo el expresado personal habr de merecer su confianza para la mayor eficacia de los trabajos.

    Al frente de esa oficina y como representante tcnico del contratista, habr precisamente un Arquitecto.

    Art. 108. Responsabilidades El Arquitecto municipal encargado de la inspec-cin de las obras, ser al propio tiempo su Director tcnico y como tal ejecutar por s mismo, y con el auxilio del personal que se refiere el artculo anterior, todos los trabajos de desarrollo del proyecto y detalles necesarios para su realiza-cin, asumiendo por tanto toda la responsabilidad en lo concerniente planos instrucciones tcnicas.

    Fuera de sto, sea en la forma de cumplir estas instrucciones y rdenes ver-bales y escritas, as como la organizacin de los trabajos y seguridad de los obre-ros, la responsabilidad ser del contratista.

    Como indemnizacin por los trabajos de direccin de las obras, el contratista tendr que abonar al Arquitecto municipal encargado de la misma, el medio por ciento del importe de todas las certificaciones mensuales medida que stas se le vayan expidiendo.

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  • *

    Art. 109. Condiciones supletorias.Para todos los casos no previstos por las clusulas de este pliego, regirn como supletorias, las contenidas en el pliego ge-neral vigente para la contratacin de obras pblicas, aprobado por Real decreto de 13 de Marzo de 1903.

    Madrid, Mayo de 1908. El Arquitecto,

    Jyui cB&Uibo.

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