iii congreso internacional de derecho electoral...

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Marzo - Abril 1998 Boletín del Centro de Capacitación Judicial Electoral Año 4 No. 2 ISSN 1405-3403 Cápsulas Electorales 8 a 9 - Información Electoral Para estar al día 7 ÍNDICE III Congreso Internacional de Derecho Electoral 1, 3 Régimen de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Tribunal Electoral 4 a 5 El significado fundamental de los sistemas electorales 10 a 13 Jurisprudencia Electoral 6 Reseña: 14 y 15 El presidencialismo mexicano. Génesis de un sistema imperfecto Estadística electoral 16 - Elecciones 1998 Internet: http://www.trife.gob.mx Secciones eniendo como marco el imponente Caribe mexicano, del 22 al 25 de marzo se llevó a cabo en el Centro de Convenciones de la ciudad de Cancún, Quintana Roo, el III Congreso Internacio- nal de Derecho Electoral, bajo el patrocinio del Tribunal Elec- toral del Poder Judicial de la Federación, el Instituto Federal Electoral, el Instituto de Inves- tigaciones Jurídicas de la Uni- versidad Nacional Autónoma de México, la Universidad de Quintana Roo y el Programa de las Naciones Unidas para el De- sarrollo. El III Congreso Internacional de Derecho Electoral, que tiene como antecedentes los congre- sos celebrados en la ciudad de Xalapa, Veracruz, en el año 1991 y en la ciudad de México en 1992, reunió a funcionarios electorales y a especialistas en la materia más destacados de Iberoamérica. Es importante mencionar que el objetivo principal del III Con- greso, consistió en propiciar un ámbito de reflexión académica sobre las modernas tendencias del Derecho Electoral en el mundo, haciéndose especial énfasis en aspectos de actuali- dad e interés común en Améri- ca Latina. La preparación del Congre- so estuvo a cargo de una Co- misión Organizadora, la cual contó con un Comité Directivo, integrado con los titulares de cada una de las instituciones convocantes, y una Secretaría Ejecutiva. Uno de los aspectos signifi- cativos del evento en cita, se hizo consistir en la asistencia de más de seiscientas personas, compuesta por juristas, politólogos, académicos, fun- cionarios electorales, especialis- tas en la materia, estudiantes y público en general. Asimismo, resulta importante señalar que se congregaron representantes de 17 países. 3 III Congreso Internacional de Derecho Electoral Lic. Adín de LEÓN GÁLVEZ y Lic. Alfredo ARANKOWSKY GARCÍA Coordinadores del CCJE Participantes del III Congreso Internacional de Derecho Electoral. Foto: David Rico Souza

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Marzo - Abril 1998 Boletín del Centro de Capacitación Judicial Electoral Año 4 No. 2

ISSN 1405-3403

eniendo como marco elimponente Caribemexicano, del 22 al 25

de marzo se llevó a cabo en elCentro de Convenciones de laciudad de Cancún, QuintanaRoo, el III Congreso Internacio-nal de Derecho Electoral, bajoel patrocinio del Tribunal Elec-toral del Poder Judicial de laFederación, el Instituto FederalElectoral, el Instituto de Inves-tigaciones Jurídicas de la Uni-versidad Nacional Autónomade México, la Universidad de

Quintana Roo y el Programa delas Naciones Unidas para el De-sarrollo.

El III Congreso Internacionalde Derecho Electoral, que tienecomo antecedentes los congre-sos celebrados en la ciudad deXalapa, Veracruz, en el año1991 y en la ciudad de Méxicoen 1992, reunió a funcionarioselectorales y a especialistas enla materia más destacados deIberoamérica.

Es importante mencionar queel objetivo principal del III Con-

greso, consistió en propiciar unámbito de reflexión académicasobre las modernas tendenciasdel Derecho Electoral en elmundo, haciéndose especialénfasis en aspectos de actuali-dad e interés común en Améri-ca Latina.

La preparación del Congre-so estuvo a cargo de una Co-misión Organizadora, la cualcontó con un Comité Directivo,integrado con los titulares decada una de las institucionesconvocantes, y una SecretaríaEjecutiva.

Uno de los aspectos signifi-cativos del evento en cita, sehizo consistir en la asistencia demás de seiscientas personas,compuesta por juristas,politólogos, académicos, fun-cionarios electorales, especialis-tas en la materia, estudiantes ypúblico en general. Asimismo,resulta importante señalar quese congregaron representantesde 17 países.

3

III Congreso Internacional de Derecho ElectoralLic. Adín de LEÓN GÁLVEZ y Lic. Alfredo ARANKOWSKY GARCÍA

Coordinadores del CCJE

Participantes del III Congreso Internacional de Derecho Electoral.

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ÍNDICE

III CongresoInternacional deDerecho Electoral 1, 3

Régimen deResponsabilidadesde los ServidoresPúblicos delTribunal Electoral 4 a 5

El significadofundamental delos sistemaselectorales 10 a 13

JurisprudenciaElectoral 6

Reseña: 14 y 15

•El presidencialismomexicano. Génesisde un sistemaimperfecto

Secciones

CápsulasElectorales 8 a 9- Información Electoral

Para estar al día 7

Estadística electoral 16- Elecciones 1998

Internet:http://www.trife.gob.mx

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Marzo - abril de 19982

ditorial

l Centro de Capacitación Judicial Electoralha mantenido su ritmo de trabajo en el áreade capacitación y divulgación de los distin-

tos temas del Derecho Electoral, sobre todo enun año como el presente en el que se llevan acabo procesos electorales en catorce entidadesfederativas. En consecuencia, se han efectuadolas siguientes actividades:

El Curso de Capacitación para los representan-tes del Partido de la Revolución Democrática, del16 al 17 de marzo, en el Auditorio del TribunalElectoral del Poder Judicial de la Federación enla ciudad de México.

La participación del Centro en el Segundo En-cuentro sobre Propuestas de Reformas y Adicio-nes al Código de Instituciones y ProcedimientosElectorales para el Estado de Guanajuato, el 20de marzo, en el Instituto Electoral de ese Estado,en la ciudad prócer de Guanajuato.

El Curso de Actualización en Materia Electoralpara funcionarios del Tribunal Electoral del Esta-do de Chiapas del Consejo Estatal Electoral y par-tidos políticos de esa entidad, del 1o. al 3 deabril, en ese Tribunal, en la ciudad de TuxtlaGutiérrez.

El Curso de Actualización en Materia Electoralpara funcionarios del Tribunal Local Electoral ydel Consejo Estatal Electoral del Estado deAguascalientes, del 15 al 17 de abril, en ese Tri-bunal, en la ciudad de Aguascalientes.

El Curso de Formación de Profesores referentea Técnicas de Enseñanza en el Centro de Capaci-tación Electoral de la Quinta Sede Regional, del23 al 26 de abril, en la ciudad de Toluca de Ler-do.

De igual manera, el Centro apoyó las tareasrelativas al desarrollo del Tercer Congreso Inter-nacional de Derecho Electoral, que con todo éxi-to se celebró del 23 al 25 de marzo en el puertode Cancún, Quintana Roo.

Es también de resaltarse que el Centro, en elcumplimiento de sus diversas tareas, orienta yapoya la divulgación de la cultura electoral enlas distintas instituciones académicas del país; enese contexto se desarrolló, el 11 de marzo, lavisita guiada de los estudiantes de la Universi-dad Latina de América en Michoacán, proceden-tes de la ciudad de Morelia.

Con todo lo hasta aquí expresado, puede mani-festarse que actualmente el Centro de Capacita-ción está empeñado en desplegar una intensa ac-tividad, en el cumplimiento de las tareas que leson propias a sus funciones.

DIRECTORIO

CONSEJO EDITORIAL:Presidente: Magdo. Mauro Miguel Reyes Zapata; Vocales: Magdo. José de Jesús OrozcoHenríquez, Lic. Edmundo Elías Musi, Lic. José Luis Díaz Vázquez, Dr. Héctor Fix Zamudio,Dr. José Ramón Cossío, Dr. Jaime del Arenal, Lic. Jorge Tlatelpa Meléndez, Lic. ArgeliaZarahy Cuevas Mendoza; Secretario Técnico: Lic. Jaime Esperón Díaz Ordaz.COORDINACIÓN DE INFORMACIÓN: Lic. Marco Antonio Pérez De los Reyes y Lic.Rodolfo Orozco Martínez. EDICIÓN: Lic. Argelia Zarahy Cuevas Mendoza. ARTE YDISEÑO: Lic. Carmen Cinta de María y Campos. IMPRESIÓN: Corporación EditorialGrafik, S.A. de C.V. COORDINACIÓN DE DISTRIBUCIÓN: Coordinación de Docu-mentación y Apoyo Técnico. DISTRIBUCIÓN: Secretaría Administrativa.

Boletín del Centro de Capacitación Judicial Electoral es una publicación bimestral del TribunalElectoral del Poder Judicial de la Federación.Marzo - abril de 1998Título registrado en la Dirección General del Derecho de Autor, mediante certificado de reserva dederechos al uso exclusivo 410/96, Certificado de licitud de título 9185 y de contenido 6431 ante la ComisiónCalificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación.D.R. Tribunal Electoral del Poder Judicial de la FederaciónCarlota Armero No. 5000, Edif. “C”, Culhuacán C.T.M., Delegación Coyoacán, México, D.F., C.P.04480, tels: 7-28-23-00 y 7-28-24-00 exts. 2213 y 2210.Impresión: Corporación Editorial Grafik, S.A. de C.V., Allori No. 173, Santa María Nonoalco(Mixcoac), C.P. 01420, México, D.F. Tels. 563-36-29, 598-60-77 y 598-71-91Distribución: Coordinación de Documentación y Apoyo Técnico, y Secretaría Administrativa. TribunalElectoral del Poder Judicial de la Federación. Carlota Armero No. 5000, Edifs. "C" y "B", Col. CulhuacánC.T.M., Delegación Coyoacán, México, D.F., C.P. 04480, tel: 728-23-00 ext. 2023.Las opiniones expresadas en los artículos publicados en este boletínson responsabilidad exclusiva de los autores.

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Marzo - abril de 19983

III Congreso Internacional de Derecho Electoral

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El domingo 22 de marzo, el Gobernador Constitucional delEstado de Quintana Roo, Mario Villanueva Madrid, declaró for-malmente inaugurado el III Congreso Internacional de DerechoElectoral, acto en el que también hicieron uso de la palabra elMagistrado José Luis de la Peza, Presidente del Tribunal Elec-toral del Poder Judicial de la Federación, el maestro JoséWoldenberg Karakowsky, Consejero Presidente del Consejo Ge-neral del Instituto Federal Electoral, el doctor José Luis SoberanesFernández, Director del Instituto de Investigaciones Jurídicas dela UNAM, el señor Bruno Guandalini, Coordinador Residentedel Sistema de las Naciones Unidas en México, el doctor Ma-nuel Aragón Reyes, Decano de la Facultad de Derecho de laUniversidad Autónoma de Madrid y Presidente del Consejo Eco-nómico y Social de la Comunidad de Madrid en representaciónde los ponentes extranjeros, así como el licenciado EfraínVillanueva Arcos, Rector de la Universidad de Quintana Roo.

Una vez inaugurado el III Congreso Internacional, el señorDong Nguyen Huu, Jefe de la Unidad de Asistencia Electoral dela Organización de las Naciones Unidas pronunció una confe-rencia magistral con la cual de manera formal se iniciaron lostrabajos programados.

Del lunes 23 al miércoles 25 de abril, en una apretada agen-da de trabajo con turnos matutino y vespertino, se dio lectura a64 ponencias, las cuales se distribuyeron en tres mesas de tra-bajo. La primera de ellas, con los temas «Democracia y repre-sentación» y «Ética y democracia electoral»; otra con los temas«Organización y administración electoral» y «Financiamiento yfiscalización de los recursos de los partidos políticos y equidaden la competencia electoral» y una tercera mesa que trató eltema «Justicia electoral y resolución de conflictos».

Durante el evento, antes del inicio de las actividades en cadauna de las mesas de trabajo, se dictaron en sesiones plenariasdos conferencias magistrales, mismas que estuvieron a cargo, eldía 23 de marzo, del Magistrado Presidente del Tribunal Electo-ral y del Consejero Presidente del Instituto Federal Electoral; eldía 24 de marzo, a cargo del doctor Manuel Aragón Reyes y deldoctor Luis Alberto Cordero, Director del Centro de Asesoría yPromoción Electoral del Instituto Interamericano de DerechosHumanos, y el último día del evento participaron el doctorRaymond Landry, Comisionado de la Canadian Elections y eldoctor Jorge Mario García Laguardia, Exdirector del IIDH/CAPEL y Exprocurador de Derechos Humanos de Guatemala.

Participaron como ponentes los siguientes funcionarios elec-torales del Continente Americano: el doctor Felipe GonzálezRoura, Secretario de la Cámara Nacional Electoral de la Repú-blica de Argentina; el doctor Juan Ignacio García Rodríguez,Director del Servicio Electoral de Chile; el doctor Carlos Ariel

Sánchez Torres, Presidente del Consejo Nacional de Colombia;el doctor Rafael Villegas Antillón, Magistrado Presidente del Tri-bunal Supremo de Elecciones de Costa Rica; el doctor PatricioVivanco Riofrío, Presidente del Tribunal Supremo de Ecuador;el doctor Guillermo Casco Callejas, Presidente del Tribunal Na-cional de Elecciones de la República de Honduras; la doctoraRosa Marina Zelaya, Presidenta del Consejo Supremo Electoralde Nicaragua; el doctor Eduardo Valdez Escoffery, Presidentedel Tribunal Electoral de Panamá, y el doctor Carlos Urruti,Ministro Presidente de la Corte Electoral de Uruguay.

También participaron como ponentes en el Congreso los maes-tros José de Jesús Orozco Henríquez y José Fernando OjestoMartínez Porcayo, magistrados de la Sala Superior del TribunalElectoral del Poder Judicial de la Federación, así como los licen-ciados Carlos Arenas Bátiz, David Cetina Menchi, Javier AguayoSilva, Ángel Rafael Díaz Ortiz, magistrados de las Salas Regio-nales de dicho Tribunal, y los doctores Flavio Galván Rivera yMacarita Elizondo Gasperín, Secretario General y Coordinado-ra de Jurisprudencia y Estadística, respectivamente, del mismoórgano jurisdiccional.

Por parte del Instituto Federal Electoral sobresalieron las po-nencias presentadas por la doctora Jacqueline Peschard Maris-cal, el licenciado José Barragán Barragán, el doctor Jaime Cár-denas Gracia, el maestro Juan Molinar Horcasitas y el maestroMauricio Merino Huerta, Consejeros Electorales del ConsejoGeneral, así como la participación del doctor Manuel GonzálezOropeza, Vocal Ejecutivo en el Distrito Federal, del licenciadoArturo Sánchez Gutiérrez y del maestro Alberto Begné Guerra,Directores Ejecutivos de Prerrogativas y Partidos Políticos, y deCapacitación Electoral y Educación Cívica, respectivamente.

Dentro de los trabajos presentados por ponentes extranjerosdestacaron los sustentados por el doctor Francisco Balaguer,profesor de la Universidad de Granada, España, el doctor FélixMarín, del Ministerio Interior de España y el doctor SantiagoMurray, Asesor Especial del Secretario General de la Organiza-ción de los Estados Americanos.

Además de las ponencias que se mencionaron anteriormen-te, otras más tuvieron gran relevancia durante el evento, y seránde lectura obligada para todos los interesados en la materiapolítico-electoral, las cuales en su oportunidad habrán depublicarse en la memoria relativa a tan importante evento, deconformidad con lo establecido en el Reglamento emitido por laComisión Organizadora del III Congreso Internacional de Dere-cho Electoral.

Consideramos que el III Congreso cumplió sobradamente conlas expectativas planteadas inicialmente por las institucionesconvocantes, las ponencias que se presentaron fueron de grancalidad, se contó con un aforo superior al estimado, y con laparticipación de especialistas en la materia, tanto nacionalescomo internacionales, que difícilmente pueden coincidir en estetipo de eventos.

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on la reforma electoral de 1996 se modificaron diversasdisposiciones de la Constitución, entre ellas cabe desta-car la que sufrió el artículo 94, en donde se señala que

ahora también se deposita el Poder Judicial de la Federación enel Tribunal Electoral. Por lo tanto, y conforme a lo dispuesto porel cuarto párrafo de este artículo, las responsabilidades en queincurran los servidores públicos de este Tribunal se regirán por loque dispongan las leyes, de conformidad con las bases que lapropia Constitución establece.

Ahora bien, toda vez que de acuerdo a lo dispuesto por elartículo 108 constitucional se reputan como servidores públicos,entre otros, a los miembros del Poder Judicial Federal, podemosafirmar que como consecuencia de esta reforma se agrega alsistema de responsabilidades contenido en el Título Cuarto dela Constitución, a los servidores públicos del Tribunal Electoraldel Poder Judicial de la Federación.

Este sistema de responsabilidades se compone de cuatromodalidades:1 la responsabilidad penal, aplicable sólo despuésde una declaración de procedencia, que acarreará una sanciónregulada por el Código Penal; la civil que se manifiesta en unareparación pecuniaria, establecida en el Código Civil; la admi-nistrativa, para sancionar actos u omisiones de legalidad, hon-radez, imparcialidad, economía y eficacia en la administraciónpública, que se regula a través de la Ley de Responsabilidadesde los Servidores Públicos; y finalmente la política, objeto deljuicio político, que se refiere a actos u omisiones que redundenen perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buendespacho, según se prevé en la Ley de Responsabilidades de losServidores Públicos.

Responsabilidad penal. La exposición de motivos deldecreto por el cual se expidió la Ley Federal de Responsabilida-

des de los Servidores Públicos, señala que la responsabilidadpenal va a responder al criterio de que todos los ciudadanos soniguales ante la ley, por lo tanto no hay cabida para fueros nitribunales especiales, por lo que los servidores públicos que co-metan algún delito podrán ser encausados por el juez ordinariocon sujeción a la ley penal como cualquier ciudadano, y sinmás requisito, cuando se trate de servidores con fuero, que ladeclaratoria de procedencia que dicte la H. Cámara de Dipu-tados, conforme a lo dispuesto por los artículos 111 y 112 de laConstitución.

En el caso de los servidores del Tribunal Electoral, de acuer-do a lo dispuesto por el artículo 111 constitucional, la declara-ción de procedencia de la Cámara de Diputados sólo será nece-saria para los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Elec-toral.

Tratándose de los magistrados de las Salas Regionales, deacuerdo con lo que señala el artículo 209 de la Ley Orgánicadel Poder Judicial de la Federación, la Comisión de Administra-ción será la encargada de suspenderlos de sus cargos, a solici-tud de una autoridad judicial que conozca del procedimientopenal que se siga en su contra, o cuando aparecieraninvolucrados en la comisión de un delito, en cuyo caso la propiaComisión deberá formular la denuncia correspondiente, cons-tituyendo esta suspensión un requisito previo indispensable parasu aprehensión y enjuiciamiento.

El efecto de la declaración de que ha lugar a proceder con-tra el inculpado, será separarlo de su encargo en tanto esté suje-to a proceso penal; pero si éste culmina en sentencia absolutoria,el inculpado podrá reasumir su función. En caso de que seniegue la procedencia de la acción penal, no habrá lugar a pro-cedimiento ulterior mientras subsista el fuero, sin que esta de-claración sea obstáculo para que el procedimiento continúe sucurso cuando el servidor público haya concluido el desempeñode su cargo.

En cuanto a los delitos en que puede incurrir un servidorpúblico, el Título Décimo del Código Penal para el Distrito Fede-ral establece que éstos pueden ser: ejercicio indebido de servicio

Régimen de Responsabilidadesde los Servidores Públicos

del Tribunal Electoral Lic. Yolli GARCÍA ÁLVAREZ

Profesora Investigadora del CCJE

1 Vid. GONZÁLEZ OROPEZA, Manuel. «Juicio Político» en DiccionarioJurídi co Mexicano; Porrúa, UNAM, Tercera Edición, México, 1989, p.1867.

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público, abuso de autoridad, coalición de servidores públicos,uso indebido de atribuciones y facultades, concusión, intimida-ción, ejercicio abusivo de funciones, tráfico de influencia, cohe-cho, peculado y enriquecimiento ilícito.

Responsabilidad civil. El artículo 111 de la Constituciónseñala que en el caso de las demandas del orden civil que seentablen contra cualquier servidor público, no se requerirá ladeclaración de procedencia de desafuero del servidor públicoimplicado.

Por su parte, el Código Civil para el Distrito Federal estable-ce, en su artículo 1927, que el Estado tiene obligación de res-ponder del pago de los daños y perjuicios causados por susservidores públicos con motivo del ejercicio de las atribucionesque le estén encomendadas. Esta responsabilidad será solida-ria tratándose de actos ilícitos dolosos, y subsidiaria en los de-más casos, en los que sólo podrá hacerse efectiva en contra delEstado cuando el servidor público directamente responsable notenga bienes o los que tenga no sean suficientes para responderde los daños y perjuicios causados.

Responsabilidad administrativa. La Constitución Fede-ral en su artículo 113 establece que las leyes sobre responsabili-dad administrativa de los servidores públicos determinarán susobligaciones a fin de salvaguardar la legalidad, honradez, leal-tad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funcio-nes, empleos, cargos y comisiones y que las sanciones aplica-bles por los actos u omisiones en que incurran podrán consistiren suspensión, destitución e inhabilitación, así como en sancio-nes económicas, debiendo establecerse de acuerdo con los be-neficios económicos obtenidos por el responsable y con los da-ños y perjuicios patrimoniales causados.

La Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Pú-blicos faculta, en su artículo 51, al Poder Judicial para estable-cer los órganos y sistemas para identificar, investigar y determi-nar las responsabilidades derivadas del incumplimiento a susobligaciones así como para aplicar las sanciones establecidas.

De esta forma la Ley Orgánica del Poder Judicial de laFederación, en su artículo 209, dispone que el órgano compe-tente para conocer y resolver sobre las responsabilidades admi-nistrativas en que incurran los servidores del Tribunal, es la Co-misión de Administración, pues a ella compete destituir o sus-pender a los magistrados de las Salas Regionales, decretar lasuspensión, remoción o cese de los secretarios generales, secre-tarios, así como del personal jurídico y administrativo de lasSalas Regionales, e imponer las sanciones que correspondanpor las irregularidades o faltas en que incurran en el desempeñode sus funciones, a partir del dictamen que le presente la Comi-sión Sustanciadora del propio Tribunal; así como investigar ydeterminar las responsabilidades y sanciones a los servidorespúblicos y empleados de la propia Comisión.

En relación a los Magistrados de la Sala Superior del Tribu-nal, la ley en su artículo 219 determina que éstos sólo podránser removidos de sus cargos a través de juicio político o por la

declaración de la Cámara de Diputados en la que se señale queha lugar a proceder en su contra por la comisión de delitoscometidos durante el tiempo de su encargo; sin embargo, elPleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estáfacultado, según el Acuerdo número 6/1996 del Tribunal en Ple-no del día cinco de diciembre de 1996,2 para sancionar a estosMagistrados cuando de las investigaciones y auditorías que seles realicen no se justifique la procedencia del incremento sus-tancial en su patrimonio, durante el tiempo de su encargo.

Finalmente y en cuanto a los titulares y personal de lascoordinaciones que dependan de la presidencia del Tribunal, asícomo del personal adscrito directamente a la misma, conformea lo que señala la fracción XXIII del artículo 191 de este orde-namiento, es el Presidente del Tribunal quien tiene la atribuciónde decretar su suspensión, remoción o cese, y conforme a lodispuesto por el Acuerdo número 6/1996 a que se hizo referen-cia anteriormente, si se realiza una investigación a las declara-ciones de situación patrimonial que presenten estos servidores,y de ella se desprenden elementos sobre un incremento sustan-cial no justificado en su patrimonio, será el Ministro Presidentede la Suprema Corte de Justicia de la Nación quien imponga lasanción que proceda y, en su caso, lo comunicará formalmenteal Ministerio Público Federal.

Responsabilidad política. Conforme a lo dispuesto porel artículo 110 constitucional, los sujetos de responsabilidadpolítica por integrar un poder público, por su jerarquía o bienpor la trascendencia de sus funciones son, entre otros, los ma-gistrados del Tribunal Electoral.

Para la aplicación de sanciones se establece el juicio políti-co, mismo que procede cuando los actos u omisiones de losservidores redunden en perjuicio de los intereses públicos funda-mentales o de su buen despacho. Este procedimiento se iniciaante la Cámara de Diputados, la que se encargará de sustan-ciarlo, actuando como órgano instructor y de acusación, si éstaresolviese que procede acusar al servidor remitirá la acusación ala Cámara de Senadores la cual, después de realizar las diligen-cias correspondientes, se erigirá en jurado de sentencia a fin deaplicar una sanción, que podrá consistir en la destitución delservidor y en su inhabilitación para desempeñar funciones, em-pleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el serviciopúblico, desde uno hasta veinte años.

Finalmente, podríamos concluir que con esta reforma cons-titucional se subsana una laguna que provocaba incertidumbreen los servidores del Tribunal, toda vez que antes de ella noestaban incluidos dentro del régimen de responsabilidades delos servidores públicos.

2 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 17 de diciembre de1996.

Régimen de Responsabilidades de los ServidoresPúblicos del Tribunal Electoral

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tario del entonces partido actor, toda vez que, la personalidadde las partes en el ejercicio de cualquier derecho, al igual que elde autoridad competente, son presupuestos procesales funda-mentales, para dirimir constitucionalmente cualquier conflicto,cuyo estudio, obliga, necesaria e indispensablemente debe reali-zarse aún de oficio, por la autoridad facultada por la ley paratal efecto; consecuentemente, el hecho de que el partidoinconforme omitiera intervenir como tercero interesado en elrecurso primigenio, no constituye obstáculo para que al interpo-ner el recurso de apelación ante la segunda instancia, alegara loque estimara pertinente, para impugnar la personalidad de quieninicialmente se ostentó como representante propietario de diver-so partido político. Aceptar lo contrario, sería tanto como equi-parar al tercero interesado a una de las partes que formalmenteconstituyen toda controversia (actor y demandado), especial-mente en materia electoral, en la que el actor es el que interpo-ne el recurso o medio de defensa y el demandado, la autoridademisora del acuerdo o resolución cuestionada, los que sí estánobligados, necesariamente, a producir contestación a las argu-mentaciones realizadas por la contraria, pues de no hacerlo,surge en su contra la presunción de certeza de los hechos quepudieran pararles perjuicios, lo que en la especie no acontece,respecto del tercero interesado, si en el caso a estudio no seaprecia acto o hecho alguno que, de no controvertirlo, obligaraa la autoridad a tenerlo por cierto, menos aún en lo inherente ala personería del promovente del recurso, porque es un presu-puesto procesal respecto del cual necesariamente debe pronun-ciarse el órgano resolutor.

Sala Superior. S3EL 010/97Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-025/97. Partido Ac-

ción Nacional. 3 de julio de 1997. Unanimidad de votos. Ponente:Alfonsina Berta Navarro Hidalgo.

NULIDAD DE ELECCIÓN. VIOLACIONES SUSTANCIA-LES QUE SON DETERMINANTES PARA EL RESULTADO DELA ELECCIÓN (LEGISLACIÓN DE SAN LUIS POTOSÍ). Deacuerdo con el artículo 181, fracción II, de la Ley Electoral delEstado de San Luis Potosí, ha lugar a la nulidad de la eleccióncuando se hayan cometido violaciones sustanciales en la pre-paración y desarrollo de la elección y se demuestre que las mis-mas son determinantes para su resultado. Para que se surta esteúltimo extremo de la llamada causal genérica de nulidad, bastacon que en autos se demuestre fehacientemente que se hanvulnerado principios rectores de la función estatal de organizarlas elecciones, lo cual se actualiza cuando fueron las propiasautoridades encargadas de preparar, desarrollar y vigilar la elec-ción de que se trata quienes originaron y cometieron dichasviolaciones sustanciales.

Sala Superior. S3EL 041/97Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-036/97. Partido de la

Revolución Democrática. 11 de septiembre de 1997. Unanimidad devotos. Ponente: José de Jesús Orozco Henríquez.

ELEGIBILIDAD DE CANDIDATOS. OPORTUNIDAD PARASU ANÁLISIS E IMPUGNACIÓN. Es criterio reiterado por laSala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de laFederación, que el análisis de la elegibilidad de los candidatospuede presentarse en dos momentos: el primero, cuando se lle-va a cabo el registro de los candidatos ante la autoridad electo-ral; y el segundo, cuando se califica la elección. En este segundocaso pueden existir dos instancias: la primera, ante la autoridadelectoral, y la segunda en forma definitiva e inatacable, ante laautoridad jurisdiccional; ya que, al referirse la elegibilidad a cues-tiones inherentes a la persona de los contendientes a ocupar elcargo para los cuales fueron propuestos e incluso indispensablespara el ejercicio del mismo, no basta que el momento en que serealice el registro de una candidatura para contender en un pro-ceso electoral se haga la calificación, sino que también resultatrascendente el examen que de nueva cuenta efectúe la autori-dad electoral al momento en que se realice el cómputo final,antes de proceder a realizar la declaración de validez y otorga-miento de constancia de mayoría y validez de las cuestionesrelativas a la elegibilidad de los candidatos que hayan resultadotriunfadores en la contienda electoral, pues solo de esa maneraquedará garantizado que estén cumpliendo los requisitos consti-tucionales y legales, para que los ciudadanos que obtuvieron elmayor número de votos puedan desempeñar los cargos para losque son postulados, situación cuya salvaguarda debe mante-nerse como imperativo esencial.

Sala Superior. S3ELJ 11/97Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-029/97. Partido Ac-

ción Nacional. 4 de agosto de 1997. Unanimidad de votos. Ponente:Mauro Miguel Reyes Zapata.

Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-076/97. Partido Revo-lucionario Institucional. 11 de septiembre de 1997. Unanimidad devotos. Ponente: José Fernando Ojesto Martínez Porcayo.

Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-106/97. Partido Ac-ción Nacional. 25 de septiembre de 1997. Unanimidad de votos. Po-nente: Eloy Fuentes Cerda.

TESIS DE JURISPRUDENCIA J.11/97. Tercera Época. Sala Superior.Materia Electoral. Aprobada por Unanimidad de votos.

PERSONERÍA DEL ACTOR EN PRIMERA INSTANCIA.DEBE ANALIZARSE EN SEGUNDA INSTANCIA AUNQUE NOSE HAYA CONTROVERTIDO POR EL TERCERO INTERE-SADO. Es inexacto que por haber omitido comparecer en pri-mera instancia, como tercero interesado el partido político recu-rrente, precluyera su derecho para impugnar, en segunda ins-tancia, la personería de quien se ostentó representante propie-

Jurisprudencia Electoral

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Marzo - abril de 19987

NEGOCIADORES DE LA REFORMAPOLÍTICA DEL DISTRITO FEDERAL

Unidad de Investigación y Análisisde la Coordinación de Comunicación Social

Integrantes Grupos de Trabajo

Mesa Central Ley Electoral Ley de Participación Organizac iónCiudadana Político Jurídica

Coordinador Rosario Robles Leonel Godoy Carlos Imaz Gispert Pedro EtienneBerlanga

Secretario Técnico Leonel Godoy Jaime González José Agustín Ortiz Manuel GonzálezGraff Pinchetti Oropeza

PARTIDO Gonzalo Altamirano Carmen Segura Sandra Segura Víctor M. OrduñaACCIÓN Dimas Rangel Rangel MuñozNACIONAL Miguel Hernández Jesús Galván Irma Islas León José Espina

Labastida Muñoz Von Roerich

PARTIDO Manuel Aguilera Alfonso Rivera Luis Miguel Ortiz A. Eduardo EscobedoREVOLUCIONARIO Gómez Domínguez MiramontesINSTITUCIONAL Oscar Levín Coppel José Manuel José Monroy Enrique Jackson

Gil Padilla Sorribas Ramírez

PARTIDO DE LA Armando Quintero Mauricio del Valle Ernesto Chávez Alejandro OrdoricaREVOLUCIÓN Martínez Morales ContrerasDEMOCRÁTICA Martí Batres Javier Hidalgo Isaías Villa David Cervantes

Guadarrama

PARTIDO VERDE Emilia Patricia Rodrigo Jara David Kahal Cirnet Armando HernándezECOLOGISTA Gómez Bravo Hernández CruzDE MÉXICO Sara Isabel Fernanda Alba Arturo Hernández Silvia Sánchez

Castellanos Ruiz Cabañas Bata Junquera

PARTIDO Alberto Anaya Ramón Trejo Roberto Hernández Renato MoronesDEL TRABAJO Hernández Cárdenas Galván

José Narro Céspedes Ricardo García Irene Soto Velázquez David MendozaHernández Arellano

NOTA: La mesa central opera como máxima instancia de discusión. Se integra con un coordinador a cargo del Gobierno del Distrito Federal, unsecretario técnico a cargo de la Subsecretaría de Gobierno, dos titulares por cada partido político encabezados por su presidente en el D.F. Se reunirá porlo menos cada 15 días. Los grupos de trabajo son la instancia de discusión y análisis, se compone por un coordinador designado por el gobierno de laciudad, un secretario técnico (sin filiación partidista) invitado por el gobierno de la ciudad y dos representantes de cada partido político. Al resultado de lostrabajos la Asamblea Legislativa, en pleno uso de sus facultades, dará forma de ley a los acuerdos de la Mesa de la Reforma Política.

ara estar al día

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Marzo - abril de 19988

Lic. Jacinto DÍAZ CAREAGAJefe de Unidad de Prensa y Difusión de

la Coordinación de Comunicación Social

ápsulas Electorales

INFORMACIÓN ELECTORAL

contar con las suficientes atri-buciones para ello.»

Reforma, marzo 19de 1998, p. 27

«El Tribunal Electoral ratifi-có las sanciones económicasque impuso el IFE al PRD (unmillón 549 mil pesos) y al PT(404 mil 332 pesos) por irregu-laridades en gastos de campa-ña.»

La Jornada, marzo 19de 1998, p. 14

«Unos 600 politólogos, fun-cionarios y profesionales de lajurisprudencia procedentes de17 países participarán en el ter-cer Seminario Internacional deDerecho Electoral, a realizarsedel 22 al 25 de marzo enCancún, Quintana Roo...En elencuentro organizado por elIFE, el Tribunal Electoral delPoder Judicial de la Federación,el Instituto de InvestigacionesJurídicas de la UNAM, el Pro-grama de Naciones Unidas parael Desarrollo y la Universidad deQuintana Roo, se prevé la pre-sentación de 64 ponencias.»

La Jornada, marzo 22de 1998, p. 13

«En estricto derecho, el IFEno tiene representante jurídicopor la acéfala secretaría ejecu-tiva, y ‘todos estamos a la es-pera de su nombramiento’, dijoJosé Luis de la Peza MuñozCano. El magistrado presiden-te del Tribunal Electoral delPoder Judicial de la Federación,manifestó, en entrevista, que se-gún la ley, el secretario ejecuti-vo es nombrado por el ConsejoGeneral a propuesta del presi-dente del instituto; sin embar-go, de las propuestas de éste,ninguna ha sido aceptada.»

El Economista, marzo 23de 1998, p. 57

«...Durante la sesión inaugu-ral del tercer Congreso Interna-cional de Derecho Electoral, elgobernador de Quintana Roo,Mario Villanueva, criticó la par-ticipación del Tribunal Electo-ral del Poder Judicial de la Fe-deración en la revisión de lascontroversias legales derivadasde procesos electorales locales.Por su parte, el presidente delTribunal Electoral del PoderJudicial de la Federación, JoséLuis de la Peza, destacó el pro-ceso que ha tenido el derechoelectoral en México...hizo un lla-

«El magistrado de la SalaSuperior del Tribunal Electoraldel Poder Judicial de la Federa-ción, José de Jesus OrozcoHenríquez y coordinador deRelaciones Internacionales delInstituto Federal Electoral, Ma-nuel Carrillo, ofrecieron una rue-da de prensa para anunciar elTercer Congreso Internacionalde Derecho Electoral, que se lle-vará a cabo en Cancún, Quin-tana Roo, del 22 al 25 de mar-zo.»

Reforma, marzo 1 de 1998, p. 6

«Luego de que el TribunalEstatal Electoral de Tlaxcala,echara abajo el recurso de ape-lación que presentó el PRD conrespecto a la demarcación te-rritorial de los 19 distritos elec-torales, dicho instituto políticoanunció que acudirá al Tribu-nal Federal Electoral para de-fender esta impugnación.»

El Universal, marzo 5de 1998, p. 2

«En un acto de consolidacióndemocrática, el presidente delTribunal Electoral, José Luis dela Peza, entregó al Archivo Ge-

neral de la Nación, que presidela maestra Patricia Galeana,mil 126 expedientes de las elec-ciones de 1994 y 1995, quedesde hoy están a disposiciónde estudiosos y público en ge-neral, para su consulta.»

La Prensa, marzo 6de 1998, p. 21

«La Junta Local del IFE enDF concretó la destrucción de50 toneladas de documenta-ción electoral utilizada durantelas elecciones para jefe de Go-bierno, diputados locales y se-nadores, del pasado 6 de julio.»

La Jornada, marzo 18de 1998, p. 59

«El Tribunal Electoral delPoder Judicial de la Federaciónordenó la quema total del ma-terial electoral de 1997 y de estaforma anuló el acuerdo del IFE,en el sentido de guardar algu-nos paquetes para efectuar unestudio sobre la materia. Porunanimidad de votos, los ma-gistrados coincidieron en que elConsejo General del IFE se ex-tralimitó en sus funciones al re-servarse material electoral sin

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Marzo - abril de 19989

Cápsulas Electorales

mado a no querer copiar me-cánicamente modelos electora-les ajenos, aunque destacó lanecesidad de que México estéatento a los cambios que se danen la materia en el mundo.»

La Jornada, marzo 23de 1998, p. 9

«El presidente del TribunalElectoral del Poder Judicial dela Federación, José Luis de laPeza, se manifestó a favor deque las salas regionales traba-jen de manera permanente. En-trevistado, dijo que las salas re-gionales justificarían amplia-mente su permanencia si seredistribuyera la carga de tra-bajo, y comentó que tan sólocon los 14 procesos electoralesde este año, habrá una sobre-carga de trabajo en la SalaSuperior del Tribunal.»

La Jornada, marzo 24de 1998, p. 12

«Durante los trabajos del ter-cer Congreso Internacional deDerecho Electoral se propusoque el Tribunal Electoral delPoder Judicial de la Federacióntenga la facultad de iniciativade leyes de su competencia, taly como lo ha solicitado la Su-prema Corte de Justicia de laNación.»

La Jornada, marzo 25de 1998, p. 17

«En la medida que las elec-ciones a realizarse en 14 esta-dos este año ‘no sean favora-bles y presenten problemas deorganización’, cobrará fuerza latesis de que el IFE sea el que

organice los comicios federalesy estatales.»

Jaime Cárdenas Gracia,consejero electoral del IFE

La Jornada, marzo 26de 1998, p. 6

«El desgaste político de unamala administración de justiciaelectoral debe tomarse en cuen-ta con miras a los comicios lo-cales que se celebran este año,porque así como ‘se ha busca-do profesionalizar al IFE, paratener un manejo profesional delas elecciones, igual o con ma-yor razón debe haber personalprofesional en los tribunaleselectorales federales y locales.»

José Luis de la Peza, magistra-do presidente del TEPJF

La Jornada, abril 14de 1998, p. 10

«Para garantizar la plena au-tonomía del Tribunal Electoral

del DF, la designación de su pre-supuesto no debe depender delPoder Ejecutivo local. Del modocontrario el órgano jurisdiccio-nal electoral podría ser débil porestar a expensas de un presu-puesto modesto, tal como hasucedido en algunos estados dela República...Sobre la compo-sición del Tribunal Electoral delDF, podría considerarse la asig-nación de cuatro magistradospor cada 10 distritos electora-les locales y una segunda ins-tancia.»

José Luis de la Peza, magistra-do presidente del TEPJF Ponencia: «La nueva ley

electoral en el DF. Una perspec-tiva del órgano jurisdiccional y

los medios de impugnación» El Universal, abril 17, p. 7

«El actual panorama en las14 entidades federativas -en lasque se celebrarán comicios esteaño- resulta alentador para es-perar unas elecciones limpias,

aunque se estará pendientepara resolver cualquier contro-versia de inconformidad porparte de los representantes delos diversos partidos políticos.»

José Luis de la Peza, magistra-do presidente del TEPJF

El Sol de México, abril 28de 1998, p. 4B

«Cuando los tribunales elec-torales forman parte del PoderJudicial se ven arropados porla justicia y contribuyen a ele-var su prestigio, porque mantie-nen su autonomía, ya que setrata de un órgano especializa-do cuyas resoluciones no sonrevisadas por ningún otro po-der, sino que son definitivas einatacables.»

José Luis de la Peza,magistrado presidente

del TEPJF. Entrevista para elSol de Morelia

El Sol de México, abril 28de 1998, p. 4B

Conferencia Magistral «La Nueva Ley Electoral para el Distrito Federal» dictada en el ComitéRegional del PAN en el D.F., por el Magistrado José Luis de la Peza, Presidente del TribunalElectoral, el día 15 de abril de 1998.

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candidatura, el procedimiento de votación, procedimien-tos de asignación de los votos computados, ámbito deadjudicación de los escaños y método de cómputo.

Algunos autores afirman que cuando nos referimosal sistema electoral se puede entender de dos formas,pues se dice que su significado es mínimo: muy similar alas instituciones políticas. Atender a la aplicación deeste significado es limitado, permitiendo el desarrollopolítico de otros factores conocidos por los antagonis-mos y conflictos de clases sociales. Mientras tanto, el otrode los significados induce al funcionamiento de distintosfactores: a la viabilidad de un sistema democrático, y lagobernabilidad de un país, ya que depende del sistemaelectoral. Además los sistemas electorales permiten eldesarrollo ecuánime de la participación electoral eligien-do a su candidato de preferencia y partido político queestos representan.

Pero además, los sistemas electorales conducen adiferentes resultados electorales. En este sentido, existeuna desproporcionalidad ante los votos y escaños. Losefectos son reflejados ante la reducción de la representa-ción de los partidos políticos en el parlamento. O bien, sies el caso, a la presidencia, mínimo que no le permiteobtener la magistratura. En algunas ocasiones, el signifi-cado del sistema electoral parece centrarse en los votosy escaños, y en lo reductivo y no reductivo. No obstante,existen otros factores que conforman su funcionamien-to. Entre ellos, encontramos la relación que existe entrevotante y elegido, auspiciado por aspectos que unen alvotante y votado, siempre dependiendo del tamaño de lacircunscripción.

Por consiguiente, cuando nos referimos al conceptode sistema electoral tiene que ser de forma más concre-

l término sistema electoral suele confundirse almomento de interpretarse con otros enunciados,mismos que encierra dicho vocablo. En este senti-

do, se mencionan al derecho electoral, régimen electoraly ley electoral. De tal forma, para la interpretación delsistema electoral se ofrecen dos sentidos: El primero es elamplio, entendido por las normas jurídico-positiva y con-suetudinaria, que regulan la elección de representanteso de personas para cargos públicos. Mientras que el se-gundo es el estricto, encargado del sufragio o el modo deconvertir votos en escaños. Entonces para delimitar elsignificado de sistema electoral, es necesario conocerprimero cada uno de estos conceptos, y así acercarnosal contenido de su formación.

Así tenemos que el sentido amplio de los sistemaselectorales abarca los siguientes conceptos: régimen elec-toral, determinado por todos los fenómenos relaciona-dos con la elección; derecho electoral, que viene a ser loregulado por la ley, conferido exclusivamente a las elec-ciones, como el sufragio, o sea, la participación en laselecciones, creándose el derecho a la participación; porúltimo, el sistema electoral como el sistema de represen-tación sustentable al procedimiento técnico otorgado porlos votos, convertidos por escaños o voto público. Por lotanto, mientras el sistema electoral sustente la «represen-tación política», tendrá como principio el mayoritario oproporcional.

El cumplimiento de estos principios depende de losreglamentos técnicos, contenidos en todo sistema electo-ral, sustentados siempre en el desarrollo del procesoelectoral a través de los elementos que lo integran, talescomo la subdivisión del territorio nacional que a su vezse clasifica en: circunscripciones electorales, forma de

El significado fundamentalde los sistemas electorales

Dr. Bernardino ESPARZA MARTÍNEZ Profesor Investigador del CCJE

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El significado fundamental de los sistemas electorales

ta, ya que nos permitirá situarnos al conocimiento de loselementos trascendentales que lo estructuran. Pero ade-más, para fines analíticos es fundamental situarnos des-de esta perspectiva. Ahora bien, como así lo apuntaDieter Nohlen, tenemos que «los sistemas electorales de-terminan las reglas según las cuales es posible convertirvotos en escaños parlamentarios (en caso de eleccionesparlamentarias) o en cargos de gobierno (en caso de elec-ciones de presidente, gobernador, alcalde)».1

Entonces, con el conocimiento de estos principios,ahora sí podemos identificar de modo preciso los ele-mentos que sirven de base para acceder a las funcionesdel sistema electoral. Es decir, el concepto de sistema elec-toral emprende su delimitación con los enunciados rela-tivos a circunscripciones, candidatura, votación y con-versión de votos en escaños.

Para conocer de los elementos antes enunciados nosólo basta concretizar el concepto de sistema electoral,sino también es fundamental los usos técnicos yprocedimentales del que disponen, como complementode la función electoral. Estos usos son otorgados por lasmismas preferencias políticas, a través del voto que inci-ta a convertir estos votos en escaños parlamentarios obien en cargos ejecutivos. La contribución de estos ele-mentos traen consigo identificar el análisis del sistemaelectoral con el estudio de factores electorales mayorescomo pudieran ser: las circunscripciones, la fórmula dedecisión o conversión, y la observación de la posiblebarrera legal en el momento de su construcción.

Cabe recordar que Dieter Nohlen es quien nos su-giere esta concepción analítica del sistema electoral. Noobstante, de ello también se fundamenta que delimitardicho concepto lleva beneficios, debido a que el estudioprevalece única y exclusivamente en los elementos quelo componen, esto es, de forma interna, como ya lo men-cionamos anteriormente.

También es cierto que la necesidad de inter-relacionarse con otros elementos que se encuentraninterconectados para su funcionamiento, estos son el sis-tema político y el sistema de partidos, pues con ello naceel análisis de la tipología de sistemas: sistema político-sistema de partidos-sistema electoral. Tema que por elmomento nos motiva a realizar en otra investigación.

Pues bien, la importancia de los sistemas electoralesestá principalmente en el proceso de formación de la vo-luntad política y en la transparencia de poder. Esta afir-mación es de suma consideración, ya que arrojainterrogantes de la importancia institucional que el siste-ma electoral representa en el sistema político. ¿Pues serámás importante el sistema electoral que el sistema de go-bierno? ¿O las circunstancias sociopolíticas disponen demayor relevancia que el sistema político a pesar de quecontribuyen al funcionamiento de la estructura social?

Me parece que cada una de estas posiciones socia-les o políticas tiene o demuestra sus valores funcionalesen todo Estado social y democrático de Derecho. Noobstante, de ello hay que tomar en consideración lasnecesidades tanto históricas y sociales del Estado, puesde ello depende, asimismo, el valor que se le pretendaotorgar al sistema electoral. Sin duda, como ya he afir-mado, el funcionamiento del sistema electoral dependetambién de la relación que guarda con otros factores esatipología de sistemas: político-partidos-electoral.

El sistema electoral presenta ciertas repercusionespolíticas, sobre todo en el caso, cuando se trata de siste-mas electorales mayoritarios. Este apuntamiento provie-ne del parlamentarismo británico, según lo afirma DieterNohlen. Pues la función mayoritaria relativa en circuns-cripciones uninominales, contribuye a la estabilidad po-lítica, concentración del sistema de partidos, y a uno delos aspectos más interesantes para la convivencia de-mocrática, la alternancia en el gobierno. Los que sonmayoría se conviertan en minoría y viceversa.

Mediante esta tesitura, por el contrario, los sistemasproporcionales fueron a menudo asociados con circuns-tancias desfavorables para el sistema político, entre ellosestá la inestabilidad política y sus consecuencias.

Sin embargo, al momento de ser exhibidos en cuantoa su aplicación este tipo de sistemas, pueden variar susresultados, es decir, puede tener mejores efectos políti-cos el proporcional que el mayoritario. Por supuesto, co-nocer los pormenores de cada uno, implica también larealización de un estudio aparte en este sentido.

Siendo así, que el funcionamiento de los sistemas elec-torales depende de los sucesos que giran en torno al tipode sistema que se pretende estudiar. En este sentido nosreferimos al país y época. Pues de ellos depende su valorhistórico y sociopolítico.

Pero además también es de entenderse que para lasinterpretaciones de los sistemas electorales, muchas oca-1 NOHLEN, Dieter. «Sistemas Electorales», en Dicccionario Electoral ,

CAPEL-Costa Rica, 1989, pp. 636 y ss.

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El significado fundamental de los sistemas electorales

siones dependen del grado de participación de los acto-res políticos. En este caso de los partidos políticos, sien-do que según la estructura que los compone emiten laevolución de los efectos de un sistema electoral. O sea,esto es por el tamaño de partido político, un partido demenor estructura evaluará de forma distinta dicho siste-ma, por el mismo grado de participación que un partidode mayor estructura. Con ello se intenta señalar que es-tas figuras de participación tienen interés, por tanto, deacuerdo con los intereses se pronunciaran. Intereses departido con el sistema electoral.

El sentido de interpretación también lo encontramoscuando se puede dar por situaciones valorativas del sis-tema político, sobre todo por la necesidad de la funciónpública. Nos referimos a la transición y consolidaciónde la democracia.

De esta forma, el estudio de los sistemas electoralesse pronuncia por distintas vías. Como la clásica sosteni-da por convicciones teóricas, que a su vez se relacionancon las teorías de la democracia. Estudio que requierede la comprobación de las ventajas y desventajas de losprincipios de representación, su votación con las institu-ciones políticas, interrelacionándose con la actividad delos procesos electorales. El estudio clásico no realiza elsentido de tiempo y lugar. La segunda vía se refiere a lascuestiones metodológicas de la observación con sentidoestadístico. Ya que permite el acceso al análisis desafo-rado de los sistemas electorales desde la concepción his-tórica e internacional.

Por último, conviene analizar a los sistemas electora-les desde el campo empírico histórico. Pues con ello, seintroduce al análisis de los sistemas electorales determi-nados, instrumentados por el ambiente sociopolítico.Además, va más allá de los límites, es decir, comparati-vo. Por lo tanto, de esta forma se introduce el conoci-miento teórico. Respaldado por la hipótesis y teoríasdadas para la comprobación de lo sostenido.

Una vez afirmadas estas consideraciones, podemosafirmar que los sistemas electorales son los determinan-tes de los propios elementos de todo proceso electoral,pues establecen el resultado y designación de escaños,otorgando confiabilidad al sistema político.

De este primer acercamiento al significado del siste-ma electoral, nos encontramos con la composición de sufuncionamiento más importante, sin duda nos referimosal sistema mayoritario y proporcional. Cabe destacar queeste tipo de sistemas son imprescindibles para conducir

un Estado democrático y plural en su articulación elec-toral. Por tanto, su actividad electoral depende tambiénde otras figuras electorales que contribuyen al desarrollo.Por ejemplo, la estabilidad del gobierno con el sistemapolítico y la representación de todos los grupos de intere-ses vinculados a la sociedad.

Ahora bien, el sistema mayoritario trae consigo laasignación de escaños que le corresponde a la voluntadde la mayoría de los electores. Sin duda estos princi-pios son vinculados al hecho de que el electorado estérepartido o no, en distritos. Eso permite que en cuantomayor es el número de distritos, existe una proporciona-lidad electoral correspondiente al reparto de la mayoríay minoría en las distintas circunscripciones. Todo obe-dece a que la mayoría requerida puede ser simple o rela-tiva, o absoluta o diversamente calificada.

Pero además este tipo de sistema, para su funciona-miento cabal, requiere necesariamente de algunos su-puestos fundamentales, entre ellos encontramos al equi-librio de los electores en las circunscripciones, pues de éldependerá su funcionalidad. Con ello los votos no secargan a un solo lado el número de votos. De tal formalimitan la sobrerrepresentación. Estos talantes indicansoslayar que los partidos dispongan de mayor privilegiorespecto a los límites que les corresponden, y logran evi-tar al máximo la mayoría favorecida. Actos determina-dos por la proporcionalidad de las áreas de circunscrip-ciones marcando con claridad los espacios políticos, ta-les como las divisiones étnicas que llegasen a votar porla línea política impuesta. Pues bien, el principio mayo-ritario surge con la representación de Colegios Electora-les conocidos como plurinominales y uninominales.

En otras palabras, el sistema mayoritario es la elec-ción de candidatos individuales que han tenido el núme-ro mayor de votos. Para ello se distinguen dos tipos defórmulas: la de mayoría simple o relativa y la fórmula demayoría absoluta. La primera fórmula, es cuando el can-didato reúne más votos, independientemente del núme-ro de sufragios conseguidos por los demás contrincan-tes. Puede ser aplicada a distritos uninominales yplurinominales. La segunda fórmula, sirve para reforzarla posición de los elegidos, según el principio de mayoríase han instrumentado procedimientos que exigen al me-nos una mayoría absoluta de sufragios válidos emitidos.Es decir, la mitad más uno de los votos.

Ahora bien, como lo afirma el tratadista DieterNohlen que el sistema proporcional o de representación

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El significado fundamental de los sistemas electorales

proporcional, «es aquel que la representación políticarefleja la distribución de los sufragios entre los partidos».2

En este sentido, persigue establecer una relación deproporcionalidad entre los votos obtenidos y escañosatribuidos, ya que pretenden distribuir los escaños entrelas candidaturas contendientes en función de los votosobtenidos por cada una de ellas.

De modo que estos tipos de sistema electoral ofrecentendencias de estabilidad política, aportando con su apli-cación la representación de todas las opiniones en elparlamento, por lo cual impide el surgimiento de un par-tido dominante. Cabe resaltar que la función de estossistemas corresponde a las circunstancias históricas ysociopolíticas del sistema político.

De estas fórmulas surgen en cierta medida los siste-mas mixtos. Ha dado lugar a sistemas electorales quecombinan el uso de más de una fórmula, cuando proce-den a la distribución de escaños entre partidos o candi-daturas. Esto suele darse en los sistemas electorales con-temporáneos.

En algunos casos los sistemas electorales son instru-mentos de menor medida, debido a que el funciona-miento del sistema político depende de otros factores re-levantes, principalmente lo relacionado al funcionamien-to democrático, como pudieran ser: la cultura política,las relaciones de poder sociopolíticas de los partidos ysu constitución interna. También existen otros factoresque dañan su funcionamiento democrático, como la co-rrupción. Esta a su vez llega a convertirse en corrupciónelectoral, siendo las prácticas corruptas que contribuyenal mal funcionamiento de todo sistema político. Prácti-cas propagadas por una tipología de la corrupción, nosreferimos a la corrupción-política-administrativa-electo-ral.

No obstante, las reformas electorales no traen consi-go los elementos jurídicos suficientes para evitar estetipo de malestares en los sistemas electorales, porquesiempre están dirigidas a otro tipo de elementos de par-ticipación electoral. Enunciando de tal forma caracterís-ticas de participación territorial, de escaños, de votos.Es decir, no delimita muchas de las veces con claridadelementos que contribuyen al quebrantamiento de losprincipios electorales, como pudieran ser la falsificaciónde resultados electorales. Cuando se incurre en actos

violatorios del sistema electoral se corre el riesgo de ines-tabilidad política.

Existen también varios planteamientos en torno alfuncionamiento del sistema electoral. Por ejemplo, cuan-do se afirma que todo sistema político depende del siste-ma electoral. Si fuera cierta esta afirmación, pues sellegaría a obstaculizar la legitimidad y la gobernabilidaddel país, y por ende, la eficacia del sistema político. So-bre todo porque el sistema político no puede dependerexclusivamente del sistema electoral. En consecuencia,a la existencia de un sistema político se estructura parasu funcionamiento la tipología sistema político-sistemade partidos-sistema electoral.

De este particular significado expresamos que los sis-temas electorales se circunscriben a una determinadafunción electoral en forma y tiempo. Es decir, su funcióny estructura obedece al tipo de elección celebrada, yaque el sistema electoral se forma por componentes y es-tructuras distintas en cada elección. Si no, véase el obje-to de estudio que ha funcionado como debate nacionalacerca de las reformas electorales. Me refiero al sistemaelectoral alemán.

En conclusión, el funcionamiento del sistema electo-ral depende de circunstancias históricas y sociales,instrumentadas mediante otros elementos de participación.

OBRAS CONSULTADASNOHLEN, Dieter. «Sistemas electorales», en Diccionario electo-

ral, CAPEL-Costa Rica, 1989.---- Elecciones y sistemas electorales, 3ª ed., Fundación Friedrich

Ebert, Editorial Nueva Sociedad, México 1995.---- «Sistemas electorales y reforma electoral. Una Introducción»,

en La reforma del Estado. Estudios comparados, UNAM,Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Presidenciade la República, México, 1996.

---- «Sistemas Electorales y representación política. Apuntes parael debate sobre Reforma electoral», en Tendencias Con-temporáneas del Derecho electoral en el mundo . (Memo-ria II Congreso Internacional de Derecho electoral), Cá-mara de Diputados del H. Congreso de la Unión, TribunalFederal Electoral, Instituto de Investigaciones Jurídicas dela UNAM, México, 1993. MAROTTA, Emanuele. «Siste-mas electorales», en, Diccionario de política, 10ª ed., Si-glo XXI, México, 1997.

VALLÉS, Josep M., y Agustí Bosch Guardella. Sistemas electo-rales y Gobierno representativo, Ariel Ciencia Política, Bar-celona, 1997.2 Ibid. p. 638.

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eseña

urante los últimos añosy particularmente en losque corresponden al go-

bierno actual, hablar del presi-dencialismo mexicano es untema de actualidad.

Esta figura tiene vigenciacuando se habla de federalismo,del equilibrio de los poderes eincluso en temas como el de larelación que guarda el titular delPoder Ejecutivo con el partidoque lo postuló.

Por ello resulta atractivoasomarse al libro El presiden-cialismo mexicano. Génesis deun s is t ema imper fe c to escritopor Eliseo Mendoza Berrueto,que fue coeditado por el Fondode Cultura Económica y El Co-legio de la Frontera Norte, en1996. Mendoza Berrueto es unhombre del sistema. Ha sidoSenador de la República, Dipu-tado Federal, líder de la Cáma-ra de Diputados, tres veces sub-secretario en un mismo núme-ro de administraciones federa-les y Gobernador del Estado deCoahuila de 1987 a 1993.

Su carrera político-admi-nistrativa le permite hablar «des-de dentro» del sistema políticomexicano y su formación aca-démica (estudios de posgradoen Holanda, profesor e investi-gador en varias universidadesdel país, incluyendo El Colegiode México), le proporcionan laherramienta metodológica yconceptual para el análisis delos temas que plantea en suobra.

Nuestro país vive un pro-ceso de cambio y de hondastransformaciones en lo político,en lo económico y en lo social.Nuevas condiciones electoralescon el consiguiente acrecenta-miento de la competencia polí-tica, han permitido la irrupciónde nuevos actores y una mayorparticipación de la sociedad enlos destinos del país.

Esto ha conducido alcuestionamiento generalizadodel quehacer político y por elloel cuestionamiento de la figuradel presidencialismo aun den-tro de las propias esferas delpoder. En este momento estápendiente la reforma del Esta-do y ello ofrece un marco deactualidad a la obra deMendoza Berrueto.

El autor hace un recorridopor la historia política del paísdesde el nacimiento de nuestraRepública para hablarnos de las

causas pragmáticas y constitu-cionales que fortalecieron elpoder presidencial; el paso ytransformación de esta figura através de la sucesiva evolucióncomo producto de los cambiosviolentos y pacíficos que hancaracterizado los dos últimossiglos en México.

Analiza las luchas entrefederalistas y centralistas que seresolvieron a favor de los pri-meros, y que en realidad, en suopinión, han producido con eltiempo el binomio político enel que presidencialismo y cen-tralización se retroalimentan re-cíprocamente, y que han fun-cionado dentro del sistema po-lítico mexicano como causa yefecto, en detrimento de las te-sis federalistas.

Si bien no es una conclu-sión formal del autor, éste veen las deficiencias de nuestrofederalismo, uno de los elemen-tos centrales que permiten per-cibir la necesidad de acotar lafuerza presidencial.

En términos más generales,responder a la pregunta de cuálha sido la actuación de cadaPresidente en relación alpresidencialismo, requeriría, se-gún el autor, un estudio porme-norizado del período guberna-mental de todos ellos; es por esoque emprende la tarea de estu-diar, aunque en forma breve, las

figuras de diversos presidentes,resaltando en el libro las carac-terísticas autoritarias, más omenos definidas, del compor-tamiento de cada uno.

Por su participación privi-legiada en los últimos años dela vida política mexicana, elanalista nos ofrece visiones másclaras sobre el presidencialismoactuado por los últimos presi-dentes de México, incluyendoalgunos aspectos del gobiernoactual del Presidente ErnestoZedillo.

El autor afirma que las crí-ticas al sexenio del expresiden-te Carlos Salinas de Gortari hanvenido «a apuntalar el punto devista de muchos mexicanos enel sentido de que hay que can-celar el presidencialismo, sobretodo porque se ha desorbitado,y de que hay que acotar los pri-vilegios y reducir las atribucio-nes del Presidente de la Repú-blica. En la administraciónsalinista (dice el autor), elpresidencialismo alcanzó nive-les insospechados».

Paradójicamente, señalaMendoza Berrueto, el licencia-do Salinas se apoyó en elpresidencialismo para comba-tir algunas expresiones del pro-pio presidencialismo.

Lo cierto es que directa oindirectamente, el resultado demuchas de sus medidas fueron

1MENDOZA BERRUETO, Eliseo.El pres idenc ia l i smo mexicano. Géne-sis de un sistema imperfecto, México,Fondo de Cultura Económica y otra,1996, 299 pp.

El presidencialismo mexicano.Génesis de un sistema imperfecto1

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Marzo - abril de 199815

Reseña

el de una reducción, en lasáreas en donde se aplicarontales cambios, de la preeminen-cia del Gobierno Federal y enespecial del Presidente de laRepública.

El autor sugiere que la«federalización administrativainiciada en el sexenio anteriordebe seguir, a efecto de culmi-nar el propósito de construir unaauténtica República Federal, acuyos gobiernos estatales ymunicipales se les asignen,constitucionalmente, las labo-res propias de su soberanía».

También propone para for-talecer el sistema político mexi-cano la cancelación delpresidencialismo a ultranza, yafirma que el acotamiento delsistema presidencial puedelograrse mediante reformasconstitucionales y cambios enlas leyes secundarias, así comocon ajustes de tipo institucionaly administrativo cuyo propósi-to final sea lograr un mayorequilibrio entre las institucionesdel sistema político, así comocoadyuvar a la fundación de lasbases para una nueva democra-cia.

Más adelante agrega: «paralograr este objetivo existen va-rias opciones. En primer lugarestá el fortalecimiento de losotros dos poderes de la Unión(el legislativo y el judicial), nosolo en cuanto a sus aspectosformales, sino como resultadode una auténtica división depoderes basada en el recíprocorespeto de tales institucionesrepublicanas. Otras medidasson la redefinición de las rela-ciones Presidente-partido y con-tinuar con los procesos de lo quese ha llamado ‘federalizaciónadministrativa’, o lo que es lomismo, la descentralización delaparato gubernamental inclu-

yendo la revisión del sistema decoordinación fiscal».

Por lo anterior, concluimos,que esta obra coincide, de algu-na manera, con lo que elconstitucionalista Jorge Carpizoafirmaba hace veinte años: «...no propugno por un ejecutivodébil; soy consciente de que unaNación como México, agobiadapor grandes problemas, necesitaun Presidente fuerte, pero dentrode los marcos constitucionales.El Presidente debe ejercer plena-

mente los poderes que le otorgala ley fundamental, pero ningúnotro; su actuación debe estar su-bordinada a la Carta Magna,debe existir un equilibrio entre losdos poderes políticos (el ejecuti-vo y el legislativo), y el judicialdebe actuar realmente con inde-pendencia. Ésta es mi tesis, éstaes mi utopía».2

Hace veinte años el doctorCarpizo no visualizaba aún loscambios que habrían de produ-cirse en todo este tiempo; peroactualmente todo es posible ya,y muchos actores políticos es-tán conscientes de ello.

Mónica LOZANO AYALATécnica Académica

del Centro de CapacitaciónJudicial Electoral2CARPIZO MCGREGOR, Jorge.

El presidencialismo mexicano, 9a. ed,México, siglo XXI, 1989.

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Marzo - abril de 199816

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