i±.,,data.triviasp.com.ar/files/parte4/conv60010acu152215.pdf · segovia, dnl n" 17.008.175...

3
f.yFOUQ\ .i±.,, UKFERENCIA: E.xpediente N" 149721- C - 95 del Ministeno de Trabajo. Empleo y ^ y Formacion de Recur.sos Humanos de la Nacion. relacionado con el Convenio Colectix o de ,_-= Trabajo N" 600/10 —En la ciudad de Santa Fe, a los ... dias del mes de Agosto de 2015, previa convocatoria, en la sede del Centro de Industriales Panaderos Santa Fe, sita en calle I" de Mayo N" 2248 de la ciudad de Santa Fe, siendo las 18.30 horas. se reunen las partes inier\inientes en el Convenio Colectivo de Trabajo N" 600/10 Expediente N'' 149721 -C - 95 del Ministerio de Trabajo. Empleo y Formaci6n de Recursos Humanos de la Nacion: por la Asociacion Empresaria Hotelera Gastronomica de Santa Fe. el Senor Luis HEDIGER, DNl N"^" 17.612.623; por el Centro de Industriales Panaderos Santa Fe, el Senor Alberto CARIGNANO. DNl N°: 6.613.102; por el Sindicato de Obreros Confiteros, Pasteleros, Factureros y Pizzeros de Santa Fe. el 1° Vocal Suplente Senor .luan Andres LORIMZ DNI N^' 16.863.570 y la 4" Vocal Suplente Senora Paola Noemi MENDEZ DNI N^' 28.939.881 y por la Federacion Argentina de Trahajadores Pasteleros, Contlleros. Fleladeros, Pizzeros y Airajoieros - como 2" Vocal Titular la Senora Silvia VILLAVERDE. DNI N" 13.631.404.' como 7" Vocal Titular el Senor Raul Antonio SEGOVIA, DNl N" 17.008.175 y/o el Secretario General el Sr. Luis Ramon HLEBOWICZ. DNI N" 13.025.603, a los fines de acordar un incremento en los haberes del personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo y a que alude el arti'culo 4to. del mismo: MANIFESTACION PREVIA - BASES DEL ACUERDO: Las partes paritarias expre.san que las discusiones e.xtensas, intensas y extraordinarias, se iniciaron en el mes dejulio pasado a los fines de lograr una recomposicion salarial para ios trabajadores del sector.— - El marco de acuerdo de esta Comision Negociadora, se encuentra reglado por las disposiciones del actual C C T . 600/10, por lo que .se ratifican los restantes articulos del C C T . 600/10, con las siguientes salvedades: Se acuerda establecer nuevos basicos de convenio a partir de Marzo de 2016 y una unica asignacion no remunerativa a abonarse desde Septiembre de 2015 hasta Febrero dc 2016.- Que las partes tienen conocimiento qiic diclia suma no remunerali\as es como principio. de origen legal, de alcance restrictivo y por ende la atribucion autonoma es de caracter excepcional. otorgandole una validez transitoria en el presente acuerdo. Que en funcion de ello. las partes establecen en la presente negociacion salarial plazo acotado en la vigencia de dicha suma.- Que por ello ajustan el presente acuerdo a la normativa laboral vigente y en particular con los cumplimientos de los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004). LAS PARTES ACUERDAN: PRI Ml ERO: Establecer nuevos basicos de convenio a partir de Marzo de 2016 y otorgar una gratificacion no remunerativa por unica vez de $ 7.800 que se abonara de la siguiente forma: $ 1.200 desde Septiembre a Diciembi-e/2015; $ 1.800.00 en Enero/2016 y $ 1.200.00 en Febrero/2016. para todas las ramas y categorias salariales bajo la denominacion: Gratificaciun Unicii no ReniuiR'rati\':i 2015-2016. Fil impoile de la asignacion acordada se entiende para trabajadores que presten servicio en jornada completa. Para el caso de trabajadores dc Jornada reducida >/o sin asistencia perfecta. esta asignacion se abonara en fonna proporcional. A tal Iin se tianscribe a continuacion un anexo para cada nivel de las categorias comprendidas en el C C T 600/10 y acordado en el presente: UIA.N A. LORIMZ .F.vP-

Upload: others

Post on 10-May-2020

16 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: i±.,,data.triviasp.com.ar/files/parte4/conv60010acu152215.pdf · SEGOVIA, DNl N" 17.008.175 y/o el Secretario General el Sr. Luis Ramon HLEBOWICZ. DNI N" 13.025.603, a los fines

f . y F O U Q \

.i±.,, UKFERENCIA: E.xpediente N" 149721- C - 95 del Ministeno de Trabajo. Empleo y ^ y Formacion de Recur.sos Humanos de la Nacion. relacionado con el Convenio Colectix o de ,_-= Trabajo N" 600/10 —En la ciudad de Santa Fe, a los ... dias del mes de Agosto de 2015, previa convocatoria, en la sede del Centro de Industriales Panaderos Santa Fe, sita en calle I" de Mayo N" 2248 de la ciudad de Santa Fe, siendo las 18.30 horas. se reunen las partes inier\inientes en el Convenio Colectivo de Trabajo N" 600/10 Expediente N'' 149721 -C - 95 del Ministerio de Trabajo. Empleo y Formaci6n de Recursos Humanos de la Nacion: por la Asociacion Empresaria Hotelera Gastronomica de Santa Fe. el Senor Luis HEDIGER, DNl N"̂" 17.612.623; por el Centro de Industriales Panaderos Santa Fe, el Senor Alberto CARIGNANO. DNl N°: 6.613.102; por el Sindicato de Obreros Confiteros, Pasteleros, Factureros y Pizzeros de Santa Fe. el 1° Vocal Suplente Senor .luan Andres LORIMZ DNI N '̂ 16.863.570 y la 4" Vocal Suplente Senora Paola Noemi MENDEZ DNI N '̂ 28.939.881 y por la Federacion Argentina de Trahajadores Pasteleros, Contlleros. Fleladeros, Pizzeros y Airajoieros - como 2" Vocal Titular la Senora Silvia VILLAVERDE. DNI N" 13.631.404.' como 7" Vocal Titular el Senor Raul Antonio SEGOVIA, DNl N" 17.008.175 y/o el Secretario General el Sr. Luis Ramon HLEBOWICZ. DNI N" 13.025.603, a los fines de acordar un incremento en los haberes del personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo y a que alude el arti'culo 4to. del mismo: MANIFESTACION PREVIA - BASES DEL ACUERDO: Las partes paritarias expre.san que las discusiones e.xtensas, intensas y extraordinarias, se iniciaron en el mes dejulio pasado a los fines de lograr una recomposicion salarial para ios trabajadores del sector.— - — El marco de acuerdo de esta Comision Negociadora, se encuentra reglado por las disposiciones del actual C C T . 600/10, por lo que .se ratifican los restantes articulos del C C T . 600/10, con las siguientes salvedades: Se acuerda establecer nuevos basicos de convenio a partir de Marzo de 2016 y una unica asignacion no remunerativa a abonarse desde Septiembre de 2015 hasta Febrero dc 2016.- Que las partes tienen conocimiento qiic diclia suma no remunerali\as es como principio. de origen legal, de alcance restrictivo y por ende la atribucion autonoma es de caracter excepcional. otorgandole una validez transitoria en el presente acuerdo. — Que en funcion de ello. las partes establecen en la presente negociacion salarial plazo acotado en la vigencia de dicha suma.-Que por ello ajustan el presente acuerdo a la normativa laboral vigente y en particular con los cumplimientos de los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

LAS PARTES ACUERDAN:

PRI Ml ERO: Establecer nuevos basicos de convenio a partir de Marzo de 2016 y otorgar una gratificacion no remunerativa por unica vez de $ 7.800 que se abonara de la siguiente forma: $ 1.200 desde Septiembre a Diciembi-e/2015; $ 1.800.00 en Enero/2016 y $ 1.200.00 en Febrero/2016. para todas las ramas y categorias salariales bajo la denominacion: Gratificaciun Unicii no ReniuiR'rati\':i 2015-2016. Fil impoile de la asignacion acordada se entiende para trabajadores que presten servicio en jornada completa. Para el caso de trabajadores dc Jornada reducida >/o sin asistencia perfecta. esta asignacion se abonara en fonna proporcional. A tal Iin se tianscribe a continuacion un anexo para cada nivel de las categorias comprendidas en el C C T 600/10 y acordado en el presente: —

UIA.N A. LORIMZ

.F .vP-

Page 2: i±.,,data.triviasp.com.ar/files/parte4/conv60010acu152215.pdf · SEGOVIA, DNl N" 17.008.175 y/o el Secretario General el Sr. Luis Ramon HLEBOWICZ. DNI N" 13.025.603, a los fines

Maestro Conf i tero y/o Pastelero

Periodo

Septiembre a Diciembre 2015

Enero 2016

Febrero 2016

Marzo a Junio 2016

Julio y Agosto 2016

Basico

8.915,00

8.915,00

8.915,00

11.144,00

11.857,00

Changas

498,10

498,10

498,10

553,63

589,06

UJK

Ih

M A E S T R O F A C T U R E R O - P I Z Z E R O - R O T I S E R O - G A M B U S E R O - C O C I N E R O - S A N D W I C H E R O -

S A L A D I T E R O - A L F A J O R E R O - C H U R R E R O - E N E S P E C I A L I D A D E S D U L C E Y S A L A D A S -E N C A R G A D O DE P R O D U C C I O N DE C U C U R U C H O S , C U B A N I T O , O B L E A S Y E N V A S E S DE

P A S T A - E N C A S A DE E M P A N A D A S , D ISCOS Y T A R T A S

Periodo

Septiembre a Diciembre 2015

Enero 2016

Febrero 2016

Marzo a Junio 2016

^Juiioy Agosto 2016

Basico

8.355,00

8.355,00

8.355,00

10.444,00

11.112,00

Changas

470,28

470,28

470,28

518,86

552,04

Oficial y Hornero

Periodo

Septiembre a Diciembre 2015

Enero 2016

Febrero 2016

Marzo a Junio 2016

Julio y Agosto 2016

Basico

8.000,00

8.000,00

8.000,00

10.000,00

10.640,00

Changas

452,64

452.64

452,64

496,80

528,60

Medio Oficial-Cajero- Encargado de Ventas -Dependiente de Salon -Administ rat ivo

Periodo

Septiembre a Diciembre 2015

Enero 2016

Febrero 2016

Marzo a Junio 2016

Julio y Agosto 2016

Basico

7.915,00

7.915,00

7.915,00

9.894,00

10.527,00

Changas

448.42

448,42

448,42

491,53

522,98

Tareas Mixtas

Periodo

Septiembre a Diciembre 2015

Enero 2016

Febrero 2016

Marzo a Junio 2016

^ Julio y Agosto 2016

Basico

7.800,00

7.800,00

7.800,00

9.750,00

10.374,00

Changas

442,70

442,70

442,70

484,38

515.38

V

Ayudante -Vendedor Dependiente Mostrador

Periodo

Septiembre a Diciembre 2015

Enero 2016

Febrero 2016

Marzo a Junio 2016

Julio y Agosto 2016

Basico

6.950,00

6.950,00

6.950,00

8.687,00

9.244,00

Changas

400,48

400,48

400,48

431,57

459,24

Page 3: i±.,,data.triviasp.com.ar/files/parte4/conv60010acu152215.pdf · SEGOVIA, DNl N" 17.008.175 y/o el Secretario General el Sr. Luis Ramon HLEBOWICZ. DNI N" 13.025.603, a los fines

Repartidor -Personal mantenimiento

Periodo Septiembre a Diciembre 2015

1 Enero 2016 Febrero 2016 Marzo a Junio 2016

1 Julio y Agosto 2016

Basico 6.950,00 6.950,00 6.950,00 8.687,00 9.244,00

/

Changas 1 400,48 1 400,48 1 400,48 1 431,57 1 459,24

/

Aprendiz hasta 1 ano antiguedad

Periodo Septiembre a Diciembre 2015 Enero 2016 Febrero 2016 Marzo a Junio 2016

Julio y Agosto 2016

Basico 5.900,00 5.900,00 5.900,00 7.375,00

7.847,00

Changas 348.31 348,31 348,31

366,39

389,84

.SEGIINDO: La suma no remunerativa pactadas en este nuevo acuerdo, devengara a partir del mes de Septiembre /2015. aportes y contribuciones sobre sus montos nominales por los siguientes conceptos convencionales: Art. 45: Obra Social, Art. 46: Subsidio por Turismo. Deporte y Beneficios Marglnales. Art. 47: Cuota de Prestaciones Servicios Sociales Sindicales y -Art.48: Cuota Sindical. -

I ERCERO: Las sumas no remunerativas acordadas no seran tenidas en cuenta a los fines del calculo del presentismo, bonificacion por antiguedad. sueldo anual complementario, vacaciones y rubros emergentes de la extineion o suspension de la relacion laboral.

CUARTO: Si durante este periodo alguna de las categorias mencionadas en la clausula pertinente. quedare por debajo del salario minimo vital y movil, el importe no remunerativo de e.sa categoria se elevara hasta el valor resultante de este conforme lo preve la ley y se deducira en igual suma el adicional wo remunerativo aqui pactado. -

OUINTO: Que en el supuesto que el Poder Ejecutivo Nacional otorgue incrementos que alcance a los trabajadores privados, los importes acordados en el presente acuerdo absorberan dichos aumentos hasta su concurrencia.

SEXTO: Las partes se reuniran en Agosto de 2016, a los electos de comenzar nuevas negociaciones de las escalas salariales que rigen la actividad. -

SEPTIMO: Las partes solicitan la homologacion del presente acuerdo.

Leida y ratificada la presente Acta Acuerdo los comparecientes firman al pie en seiiaj^de plena conformidad ante mi que certifico.

' ^ -6^\J^ RAjSl, A. SEGOVIA Tmo. VOCAL n rULAR

-*n|»l P.A.T.P.C.H.P. yA.

4to.VOCAl.TrTULAR

s. o. c. >. f- yP-FILIAL SANTA FE

JUANA, LORIivi^ I M VOCAL TITULAR

RILIAL SA^^T^ FE