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Serme Posaos . Nmons• 0.6. Nt NOOGSM9 i ce 25G 95 A 56 brea Nar al Mee u: 210 : , Razón Socal CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA JUZGADO 1 DE LAMO IA Crearon:CALLE 26 N, 27-00 Chirlar TULLIA ICHF-Ceclha de La Fuente de Lleras Al contestar cite No. : E-2019-119028-01W Fecha: 2019-03-07 14:33:47 Rama Judicial No. Folios: 4 Consejo Superior de la JudicaRtnaile: JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE República de Colombia JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA TULUÁ, VALLE DEL CAUCA Palacio de Justicia Lizandro Martínez Calle 26 carrera 27 esquina Tel: 2339600 Departamento:VALLE DEL 4...4. Código Postal:763022302 Env 10:RA006507004C° Nombre! Razón Saeta: DESTINATARIO fuluá, V. Marzo 01 de 2019 ORA JULIANA PUNGILOPPI LEYVA D DFICIO No. 645 irectora G Mareo Coloro Dirección:AVENIDA CARRERA 68 Ne 64C-75 erucled.BOGOTA 0 Departamento: BOGOTA DO DOCTORA Código Postal:111061000 JULIANA PUNGILOPPI LEYVA Fecha Admisión: DIRECTORA GENERAL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR 04/03/2010 16 04 25 ImecrolortcmaTPM2d7C as r m _ME% 1:emnSanst ~Me AV Carrera 68 No. 64C —75 Bogotá D C Proceso: V.S RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS Demandante: I.C.B.F Niño: YULISA YURANI ORTEGA GARCIA T.I. 1.116.079.089 Radicación: 76-834-31-84-001-2019-000009-00 Para los fines pertinentes les informo que en proceso del epígrafe de la referencia se celebró audiencia oral en la cual se dispuso DAR INICIO al trámite incidental por desacato a una orden judicial, consagrado en el artículo 44 del Código General del Proceso' en contra de ANA LUCIA CHARRIA COLMENARES en calidad de Jefe la Oficina de comunicaciones y en contra de la doctora JULIANA PUNGILIPPI LEYVA en calidad de Directora General de ICBF, para lo cual se dispone dar traslado por el término de tres (3) días a las conminadas para que ejerzan su derecho de defensa y contradicción. La orden desacatada es la comunicada en Oficio No. 204 de enero 21 de 2019 y correo electrónico remitido el 16 de enero de 2019 por medio de los cuales se le requirió al ICBF la publicación de la citación a los parientes del menor en la Página WEB y en el programa "LOS NIÑOS BUSCAN SU HOGAR — ME CONOCES", las cuales a la fecha de la audiencia no habían sido realizadas, teniendo en cuenta 'Artículo 44. Poderes correccionales del juez: Sin perjuicio de la acción disciplinaria a que haya lugar, el juez tendrá los siguientes poderes correccionales: 3. Sancionar con multas hasta por diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv) a sus empleados, a los demás empleados públicos y a los particularbs que sin justa causa incumplan las órdenes que les imparta en ejercicio de sus funciones o demoren su ejecución.... PARÁGRAFO. Para la imposición de las sanciones previstas en los cinco primeros 'numerales, el juez seguirá el procedimiento previsto en el artículo 59 de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia. El juez aplicará la respectiva sanción, teniendo en cuenta la gravedad de la falta. Cuando el infractor no se encuentre presente, la sanción se impondrá por medio de incidente que se tramitará en forma independiente de la actuación principal del proceso. Contra las sanciones no correccionales solo procede el recurso de reposición, que se resolverá de piano. tri ... y tity-cylo'

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Serme Posaos . Nmons• 0.6. Nt NOOGSM9 i ce 25G 95 A 56 brea Nar al Mee u: 210 : ,

Razón Socal CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA JUZGADO 1 DE LAMO IA Crearon:CALLE 26 N, 27-00

Chirlar TULLIA

ICHF-Ceclha de La Fuente de Lleras

Al contestar cite No. : E-2019-119028-01W Fecha: 2019-03-07 14:33:47

Rama Judicial No. Folios: 4 Consejo Superior de la JudicaRtnaile: JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE República de Colombia

JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA TULUÁ, VALLE DEL CAUCA

Palacio de Justicia Lizandro Martínez Calle 26 carrera 27 esquina Tel: 2339600 Departamento:VALLE DEL 4...4.

Código Postal:763022302

Env 10:RA006507004C°

Nombre! Razón Saeta:

DESTINATARIO

fuluá, V. Marzo 01 de 2019 ORA JULIANA PUNGILOPPI LEYVA D DFICIO No. 645 irectora G Mareo Coloro

Dirección:AVENIDA CARRERA 68 Ne 64C-75

erucled.BOGOTA 0

Departamento: BOGOTA DO DOCTORA

Código Postal:111061000 JULIANA PUNGILOPPI LEYVA

Fecha Admisión: DIRECTORA GENERAL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR 04/03/2010 16 04 25

ImecrolortcmaTPM2d7Casrm _ME% 1:emnSanst ~Me

AV Carrera 68 No. 64C —75 Bogotá D C

Proceso: V.S RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS Demandante: I.C.B.F Niño: YULISA YURANI ORTEGA GARCIA T.I. 1.116.079.089 Radicación: 76-834-31-84-001-2019-000009-00

Para los fines pertinentes les informo que en proceso del epígrafe de la referencia se celebró audiencia oral en la cual se dispuso DAR INICIO al trámite incidental por desacato a una orden judicial, consagrado en el artículo 44 del Código General del Proceso' en contra de ANA LUCIA CHARRIA COLMENARES en calidad de Jefe la Oficina de comunicaciones y en contra de la doctora JULIANA PUNGILIPPI LEYVA en calidad de Directora General de ICBF, para lo cual se dispone dar traslado por el término de tres (3) días a las conminadas para que ejerzan su derecho de defensa y contradicción.

La orden desacatada es la comunicada en Oficio No. 204 de enero 21 de 2019 y correo electrónico remitido el 16 de enero de 2019 por medio de los cuales se le requirió al ICBF la publicación de la citación a los parientes del menor en la Página WEB y en el programa "LOS NIÑOS BUSCAN SU HOGAR — ME CONOCES", las cuales a la fecha de la audiencia no habían sido realizadas, teniendo en cuenta

'Artículo 44. Poderes correccionales del juez: Sin perjuicio de la acción disciplinaria a que haya lugar, el juez tendrá los siguientes poderes correccionales: 3. Sancionar con multas hasta por diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv) a sus empleados, a los demás empleados públicos y a los particularbs que sin justa causa incumplan las órdenes que les imparta en ejercicio de sus funciones o demoren su ejecución.... PARÁGRAFO. Para la imposición de las sanciones previstas en los cinco primeros

'numerales, el juez seguirá el procedimiento previsto en el artículo 59 de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia. El juez aplicará la respectiva sanción, teniendo en cuenta la gravedad de la falta. Cuando el infractor no se encuentre presente, la sanción se impondrá por medio de incidente que se tramitará en forma independiente de la actuación principal del proceso. Contra las sanciones

no correccionales solo procede el recurso de reposición, que se resolverá de piano.tri... y

tity-cylo'

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que para el trámite de los procesos de Restablecimiento de Derechos esta instancia cuenta un término perentorio de dos meses para emitir el fallo.

Para efectos de su notificación y ejercicio del derecho de defensa y contradicción se le remite copia del acta donde' se drdenó adelantar el trámite incidental y las solicitudes desatendidas por su despacho.

Atentamente.

SI\

LUIS ALFONSO CARREÑO BEDOYA Secretario.

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Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura

República de Colombia

JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA Tuluá Valle.

CITACION Y EMPLAZAMIENTO.

Cita a la señora SANDRA PATRICIA ORTEGA GARCIA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 35,805.853 del litoral de San Juan Choco, ya todas las personas que de acuerdo con la ley, deban asumir el cuidado personal y crianza y educación o a quienes de hecho hubiesen tenido bajo su cuidado a la niña YULISA YURANI ORTEGA GARCIA, de 13 años de edad, identificada con el registro civil de nacimiento NUIP 1117019541 indicativo serial No. 40837655 de la notaria primera de Tuluá Valle, para que en el término de cinco (5) días hábiles se presente al Juzgado Primero Promiscuo de Familia, ubicado en la calle 26 Carrera 27 esquina Of. 101 de Tuluá Valle, con el fin de notificarle el auto No. 062 del 11 de enero de 2019 el cual avoca conocimiento del trámite de restablecimiento de derechos de la niña YULISA YURANI ORTEGA Át IA radicado con el No. 2019-00009, adelantado en favor de la m onada niña.

De no asistir se entend rá surtida la notificación.

,C.-- NO BEDOYA. LUIS ALFONSO

Secretario.

diegoa.rodriguez
Texto escrito a máquina
Fijado el: 11 de marzo de 2019 Desfijar el: 18 de marzo de 2019 Oficina Asesora de Comunicaciones Artículo 102 del Código de la Infancia y la Adolescencia Artículo 318 del Código de Procedimiento Civil
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kAkTIAMI SANDR ILENA R

Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura

República de Colombia

JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA 'TULUÁ, VALLE DEL CAUCA

Palacio de Justicia Lizandro Martínez Calle 26 carrera 27 esquina Tel: 2339600

Tuluá, V. enero 21 de 2019 OFICIO No. 204

Doctora ANA LUCIA CHARRIA COLMENARES Oficina de Comunicaciones y Atención al Ciudadano Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Sede Nacional Avenida carrera 68 No. 64C-75 PBX: 4377630 Bogotá D.C.

Referencia: ENVIO FORMATO PARA PUBLICACIÓN EN EL PROGRAMA "ME CONOCES"

En mi calidad de Juez Primero Promiscuo de Familia de Tuluá, Valle y con el fin de darle cumplimiento al artículo 102 de la Ley de infancia y adolescencia, comedidamente le remito fotografía de los NNA que relaciono a continuación, para su respectiva publicaciones el programa "LOS NIÑOS BUSCAN SU HOGAR", y/o "ME CONOCES" y los demás datos requeridos por usted.

Nombre NNA : YULISA YURANI ORTEGA GARCIA Historia de Atención No. : 1.117.019.541

Sírvase proceder de conformidad.

Jueza Primera Promiscuo de Familia de Tuluá.

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ay Rama Judicial

on'' ' C sejo Superior de la Judicatura

\l'immesill Rerrjiblica de Colombia

JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA TULUÁ, VALLE DEL CAUCA

Palacio de Justicia Lisandro Martínez Callá 26 carrera 27 esquina Tel: 2339600

AUTORIZACION DE PUBLICACION

La suscrita Jueza Primera Promiscua de Familia de Tuluá, Valle AUTORIZA LA PUBLICACION DE LA FOTOGRAFIA Y LOS DATOS DE LOS SIGUIENTES NIÑOS:

SOLICITUD PUBLICACION PROGRAMA 'LOS NIÑOS BUSCAN SU HOGAR — ME CONOCES".

e

FECHA CIUDAD DESPACHO JUDICIAL CENTRO ZONAL DIRECCION JUZGADO TELEFONO NOMBRE COMPLETO NNA EDAD DEL NNA No. DE HISTORIA S.F. NOMBRE DE LA MADRE NOMBRE DEL PADRO NOMBRE DEL JUEZ

Se remite fotografía actualizada.

21 de enero de 2019 TULUA JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA TULUA Calle 26 Carrera 27 2258600 -2258041 YULISA YURANI ORTEGA GARCIA 13 AÑOS 1.117.021.066 SANDRA PATRICIA ORTEGA GARCIA NO REGISTRA SANDRA MILENA ROJAS RAMIREZ

Sírvase proceder de conformidad.

áANDRA MILEN RC-1-40JAS RAMI

Jueza Primera Promiscuo de Familia de Tuluá.

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16/1/2019 Correa - jOlfctulua©cendoj.ramajudicial.gov.co

PUBLICACIÓN DE EDICTO EMPLAZATORIO DEL NNA YULISA YURIANI ORTEGA GARCIA

Juzgado 01 Familia - Tulua - Secciona! Cali

rnié 11/01/2019 15:02

ParaicitaciOnesINRSH©icbfgov.co <citacionesLNESH@icbtgovco>;

1 archivos adjuntos (50 Ki3)

EDICTO EMPLAZA FORIO.pdf;

JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA TULUÁ, VALLE

MEDIO DE LA PRESENTE ADJUNTO EDICTO EMPLAZATORIO DE LOS PARIENTES DE LA NIÑA YULISA YUFtANI TEGA GARCIA, CON EL FIN DE QUE SEA INGRESADA EN LA PAGINA WEB DEL PROGRAMA "ME CONOCES" Y

"LOS NIÑOS BUSCAN SU HOGAR".

PROCESO : RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS SOLICITANTE: DARLOS ALBERTO VELASCO ARBELAEZ- DEFENSOR DE FAMILIA ICBF TLILUA MENOR: YULISA YURANI ORTEGA GARCIA RAD. 2019-00009

httpsWoutlook.office.com/owa/?path-/mailfsentitems 1,1

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Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura

República de Colombia

Juzgado Primero Promiscuo de Familia Tuluá Valle del Cauca

ACTA DE AUDIENCIA ORAL No. 46

FECHA. HORA INICIO: FINAL:

RADICACIÓN:

PROCESO: DEMANDANTE: MENOR: JUEZA:.

01 de febrero 2019. 09:50 AM. 10:01 A.M.

76-834-31-84-001-2019-00009-00

RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS DEFENSOR DE FAMILIA ICBF YULISA YURANI ORTEGA GARCIA SANDRA MILENA ROJAS RAMIREZ

Verificación de presencia de las partes:

ASISTENTES:

DEFENSOR DE FAMILIA ICBF: CARLOS ALBERTO VELASCO ARBELAEZ

Una vez verificada la asistencia del defensor de Familia de ICBF, haciendo presencia a la hora citada, la señora jueza declara instalada la audiencia para adelantar la diligencia programada, haciendo la salvedad de que a la fecha no se ha llevado a cabo la citación de los parientes en la página WEB conforme lo ordena la ley para estos procesos, ni la publicación de los datos en el programa "LOS NIÑOS BUSCAN SU HOGAR" por lo que se torna imposible proferir decisión de fondo sin la garantía del debido proceso y derecho de defensa que estos medios de publicidad ofrecen.

RESUMEN DE LA ACTUACIÓN:

Instalada la audiencia, procede la juez a verificar que a la diligencia no se han hecho presente ni los testigos citados ni la progenitora de la menor. Acto se concede el uso de la palabra al Defensora de Familia, quien manifiesta al despacho que a la fecha de la diligencia no ha recibido en su dependencia comunicación de haberse efectuado la publicación en la Página Web de ICBF ni la publicación en el programa "LOS NIÑOS BUSCAN SU HOGAR — ME CONOCES", situación que lo obliga a solicitar se decrete la suspensión del proceso, como herramienta jurídica para suspender los términos ante la imposibilidad de emitir sentencia por la ausencia de las publicaciones obligatorias dentro de este trámite. Encontrando el despacho procedente la solicitud se accede a ella en consideración a que la Ley 1098 de 2006 establece un término perentorio de dos meses para tramitar por parte de la autoridad judicial el Proceso de Restablecimiento de Derechos. Se considera además necesario disponer iniciar trámite de incidente de desacato a una orden judicial consagrado en el artículo 44 del Código General del Proceso en contra de ANA LUCIA CHARRIA COLMENARES en calidad de Jefe la Oficina de comunicaciones y en contra de la doctora JULIANA PUNGILIPPI LEYVA en calidad de Directora General dé ICBF, toda vez que en este despacho judicial con el presente cursan cuatro procesos de Restablecimiento de derechos dentro de los cuales se ha librado

Juez

- •

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SANDRA »I ÉVÁR JAS RAMI

Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura

República de Colombia

oficio solicitado a ICBF Ilevar'a cabo las publicaciones haciendo caso omiso a las mismas sin tener en cuenta que las mismas deben efectuarse dentro de los dos meses con los que cuenta la autoridad para tramitar y emitir fallo del proceso. En razón de lo anterior se realizaron las siguientes disposiciones: 1) ACEPTAR LA SOLICITUD DE SUSPENSION del proceso de restablecimiento de derechos de la menor YULISA YURANI ORTEGA GARCIA hasta tanto se verifique la realización de la publicación del trámite en la página Web de ICBF Y en el programa "LOS NIÑOS BUSCAN SU HOGAR — ME CONOCES . 2) DAR INICIO al trámite incidental por desacato a una -orden judicial, en contra de ANA LUCIA CHARRIA COLMENARES en calidad de Jefe la Oficina de comunicaciones y en contra de la doctora JULIANA PUNGILIPPI LEYVA en calidad de Directora General de ICBF, para lo cual se dispone dar traslado por el término de tres (3) días a las conminadas para que ejerzan su derecho de defensa y contradicción.

La Juez,

11,7 _