ifapps.ift.org.mx/publicdata/p_ift_170517_247.pdf · dg¡'\-tdt le requirió información...

18
\ l ( / ' / if t INSTITUTO fEDERAL DE ÍELECOMUNICACIONES RESOLUCIÓN MEDIANTE LA CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES AUTORIZA EL ACCESO A LA MULTIPROGRAMACIÓN A TELEVISIÓN AZTECA, S.A. DE C.V., EN 28 ESTACIONES DE TELEVISIÓN EN DIVERSAS LOCALIDADES DE LA - -REPÚBLICA MEXICANA. - \ ,ANTECEDENTES l. Titulo de Refrendo de Concesión.- El 25 de agosto de 2004, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCfj, otorgó en favor de Television Azteca, S.A. ae- C.V. (Concesionario) 'un lTtúlo qje R<3frendo de Concesión para continuar usando comerd:ialmente una red de canales de televisión er¡ diversas localidades de la __ República Mexicana, con vigencia de 17 (diecisiete) años, contados a partir de la fecha de expedición y hasta el 31 de diciembre ,de 2021, entre las que se \ IL encuentran las señaladas en el cuadro siguiente: No Distintivo Población_ Estado - l XHENE-TV Ensenada B.C. 2 XHCOC-TV Cd. Constitución B.C.S. 3 XHJCC-TV San José del CG1bo B.C.S. 4 XHPEH-TV Camn. 5 - XHHPC-TV Hidalao del Parral Chih. 6 XHHE-TV Cd. Acuña Coah, 7 XHHC-TV Monclova Coa h. 8 XHPFC-TV Parras de la Fuente Coah. 9 XHCJ-TV --- Sabinas Coah. - 10 XHDR-TV Manzanillo ' Col. 11 XHTCA-TV --- Tecomán -Col. 12 XHGVH-TV Guadalupe. Victoria Dao. 13 XHPAP-TV Santiago / Dgo. Papasquiaro 14 XHIR-TV lauala Gro. 15 XHIB-TV Taxco de Alarcón Gro. 16 XHDU-TV Zihuatooejo Gro. 17 ! XHGJ-TV Puerto Vallarta Jal. 18 XHJN-TV Huajuapan de León Oax. 19 XHIG-TV Metías Romero Oax. 20 XHSCO-TV Salina Cruz Oax. 21 XHTHN-TV Tehuacán -- Pue. 22 XHPMS-TV Matehuala S.L.P. 23 XHTAZ-TV Tamazunchale S.L.P. 24 XHMSl-TV Los Mochis Sin. 25 XHCSO-TV Ciudad Obreaón Son. '26 XHFA-TV Noaales / Son. 27 XHSTV-TV Santiaao Tuxtla Ver. 28 XHKYU-TV VallaQolid' Yuc: Canel Analñnlco 13 (+) 7 5 9 5(+) 7 9(+1 7 4 2(-\ 2 8 4 2!-\ 4(+) 5 2(+\ 9(+) 12 7 11 5 12 6(-\ 6 2(.f-) 8 4(+) 1 \ ' Autorización de Canal Digital'.- MJldiante los oficios réferidos en la siguiente tabla, la extinta Comisión Federal de Telecorrl,unicaciones (COFETEL) autorizó al _/ ' (

Upload: others

Post on 16-May-2020

4 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: ifapps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_170517_247.pdf · DG¡'\-TDT le requirió información adicional (Réquerimiento de Información); Soli7ttud de Prórroga.-El 08 de febrero de 2017,

\

l

(

/ ' /

if t INSTITUTO fEDERAL DE ÍELECOMUNICACIONES

RESOLUCIÓN MEDIANTE LA CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES AUTORIZA EL ACCESO A LA MULTIPROGRAMACIÓN A TELEVISIÓN AZTECA, S.A. DE C.V., EN 28 ESTACIONES DE TELEVISIÓN EN DIVERSAS LOCALIDADES DE LA

- -REPÚBLICA MEXICANA. -

\

,ANTECEDENTES

l. Titulo de Refrendo de Concesión.- El 25 de agosto de 2004, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCfj, otorgó en favor de Television Azteca, S.A. ae­C.V. (Concesionario) 'un lTtúlo qje R<3frendo de Concesión para continuar usando comerd:ialmente una red de canales de televisión er¡ diversas localidades de la

__ República Mexicana, con vigencia de 17 (diecisiete) años, contados a partir de la fecha de expedición y hasta el 31 de diciembre ,de 2021, entre las que se \

IL

encuentran las señaladas en el cuadro siguiente:

No Distintivo Población_ Estado -

l XHENE-TV Ensenada B.C. 2 XHCOC-TV Cd. Constitución B.C.S. 3 XHJCC-TV San José del CG1bo B.C.S. 4 XHPEH-TV ~EScárcepa Camn. 5 - -~- XHHPC-TV Hidalao del Parral Chih. 6 XHHE-TV Cd. Acuña Coah, 7 XHHC-TV Monclova Coa h. 8 XHPFC-TV Parras de la Fuente Coah. 9 XHCJ-TV --- Sabinas Coah. -10 XHDR-TV Manzanillo ' Col. 11 XHTCA-TV --- Tecomán -Col. 12 XHGVH-TV Guadalupe. Victoria Dao.

13 XHPAP-TV Santiago / Dgo. Papasquiaro 14 XHIR-TV lauala Gro. 15 XHIB-TV Taxco de Alarcón Gro. 16 XHDU-TV Zihuatooejo Gro. 17 ! XHGJ-TV Puerto Vallarta Jal. 18 XHJN-TV Huajuapan de León Oax. 19 XHIG-TV Metías Romero Oax. 20 XHSCO-TV Salina Cruz Oax. 21 XHTHN-TV Tehuacán -- Pue. 22 XHPMS-TV Matehuala S.L.P. 23 XHTAZ-TV Tamazunchale S.L.P. 24 XHMSl-TV Los Mochis Sin. 25 XHCSO-TV Ciudad Obreaón Son.

'26 XHFA-TV Noaales / Son. 27 XHSTV-TV Santiaao Tuxtla Ver. 28 XHKYU-TV VallaQolid' Yuc:

Canel Analñnlco

13 (+) 7 5 9

5(+) 7

9(+1 7 4

2(-\ 2 8

4

2!-\

4(+) 5

2(+\ 9(+) 12 7

11 5 12

6(-\ 6

2(.f-)

8 4(+)

1

\

'

Autorización de Canal Digital'.- MJldiante los oficios réferidos en la siguiente tabla, la extinta Comisión Federal de Telecorrl,unicaciones (COFETEL) autorizó al

_/ '

(

Page 2: ifapps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_170517_247.pdf · DG¡'\-TDT le requirió información adicional (Réquerimiento de Información); Soli7ttud de Prórroga.-El 08 de febrero de 2017,

\

\ /

(

\

/

111.

) /

Concesionario la¡ instalación, 1operoción \ y uso te"mporal de los canales ', adicionales para realizar transmisiones digitales simultáneas de su canal analógico/para cada una de las estaciones de referencia, con las ,siguientes características: \

. Canal Frecuencia Número de Oficio

Fecha de .

No · Distintivo Dloltal Ml:!z Autorización ·.. . . ·, .

l XHENE-TDT 16 482-488 CFT/DOl /STP/2178/12 10-seo-l 2 2 XHCOC-TDT / 27 548-554 CFT/DOl /STP/2176/12 10-sep-12 / 1

3 XHJCC-TDT 24 530-536 CFT/Dül/STP/3859/l l 13-mar-12 4 XHPEH-TDT 29 560-566 CFT/DOl/STP/2194/l l ' 09-sep- 11 .. 5 XHHPC-TDT 25 536-542 CFT/DOl/STP/2031/l l 12-oct-ll 6 XHHE-TDT 25 536-542 CFT/[)01 /STP/2151 /12 IO-sep-12 7 XHHC-TDT 24 530-536 CFT/Dül /STP/2170/12 10-sep-12 \ 8. XHPFC-TDT 29 560-566 CFT /DO l /STP /2162/ 12 10-sep-l 2 9 XHCJ-TDT 26 542-548 CFT/DOl /STP/2158/12 lQ-sep-12 10 • XHDR-TDT 21 512-518 CFT /DOl /STP /1364/l l 09-seo-l l '

11 XHTCi\-TDT 22 518-524 CFT/DOI /STP/1693/11 09-sep- l l 12 XHGVH-TDT 45 656-662 CFT/DOl /STP/2181 /12 10-seo-l 2 13 XHPAP-TDT 27 548-554 CFT/Dül /STP/2161 /12 10-se(Fl 2 14 XHIR-TDT 41 632-638 CFT/Dül /SJP/1366/l. l 09-sep-1 l 15 XHIB-TDT -23 524-530 CFT/DOI /STP/2160/12 10-sep-l 2 _ 16 XHDU-TDT 22 518-524 CFT/Dül/STP/1155/l l 02-0QO-l l 17 XHGJ-TDT 25 536-542 . CFT/Dül/STP/1151/l l d2-a¡¡o-l l

. --18 XHJN-TDT 33 584-590 CFT/DDÍ /STP/753/11 29-Jui-l' l 19 XHIG-TDT 25 536-542 CFT/DOI /STP/501 /l l , 20-jun~IJ 20 XHSCO-TDT 46 662-668 CFT/DOT/STP/2035/l l ' Í2-oct-l l --21 XHTHN-TDT 28 554•560 CFT/DOl /STP/¡93/12 l l-abr-12 22 XHPMS-TDT 26 542-548 CFT/DOl /STP/2156/12 10-seo-12 23 XHTAZ-TDT 21 512-518 CFT /DOl /STP /1368/l l 09-seo- l l 24 XHMSl-TDT 27 ~-

548-554 CFT/DOl/STP/506/1 l 20-iun- l l 25 XHCSO-TDT _33 584-590 CFT/DOl/STP/762/l l • - 29-jul- l l 26 XHFA-TDT 15 476-482 CFT/Dül/STP/2159/12 10-sep-l 2 27 XHSN-TDT 33 584-590 CFT/DOl /STP/2190/12 10-seo-12 28 XHKYU-TDT 23 524-530 CFT /DO l /STP /2037/11 12-oct-ll

Decreto de ~eforma Constitucional.- El 11 de junio de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 60., lo., 27, 28; 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones" (Decreto de Reforma Constitucional), mediante el cual se creó el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Instituto), como un órgano, autónol)lo que tiene p0r objeto el desarrollo eficiente de la radiqdifusión y las' telecofnu9icaciones; ' '

IV. Decreto de Ley.- El 14 de julio de 2014, se publicó en el BOF el "Decreto por el· que se expiden la Ley Federal de Telécomunicaciones y Radiodjfusión y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estddo Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones

1 y radiodifusión" (Decreto de Ley), el cual entró en vigor-el 13 de agosto d~ 2014;

2

Page 3: ifapps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_170517_247.pdf · DG¡'\-TDT le requirió información adicional (Réquerimiento de Información); Soli7ttud de Prórroga.-El 08 de febrero de 2017,

/

/

\

\ ift INSllTUTO fEDERAL DE lHLCOMUNICACIONES

V. Estatuto Orgánico.- El 04 de septiemt5re de 2014, se publicó en el DOF el "Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones" (Estatuto Orgánico),-fnismo que entró en vigor el día 26 del mismo mes y año, el cual se modificó por (iltima vez el 17 de octubre de 2016;

v1. Política Para la Transición a la T~levisión Digital Terrestre,,,EI 11 de septiembre de 2014, se publicó en el DOF la "Polítiq1 para la Transición a la Televisión Digital Terrestre" (Política TDT)~. '

/

VII. Lineamientos Generales para el Acceso a la Multiprogramación.- El 17 de febrero de 2015, se publicaron en el DOF los "Lineamientos Generales para el Acceso a la Multiprogramación" (Lineamientos);

\ VIII. Solicitud de Multlprogramaclón.- El 21 )Je diciembre de 2016, el Concesionario

/

f')resentó arüe el Instituto un escrito mediant~ el cual solicita autorización para acceder a la multiprogramación en diversas estaciones, entre las qué- se encuentran las 28 (veintiocho) estaciones señaladas en el siguiente;cuadro. Al referido escrito la oficialía de partes le asignó el1núme50 de folio 060470 (Solicitud de Multiprogramación); '

/

No Distintivo --- Población Estado l XHENE-TDT Ensenada B.C. 2 XHCOC-TDT Cd. Constitución B.C.S. 3 XHJCC-TDT San José del Cabo B.C.S. 4 XHPEH-TDT Escárcena Camn.

\ /

5 XHHPC-TDT Hidoloo del Parral Chih. 6 XHHE-TDT Cd. Acuña Coah. 7 XHHC-TDT Monclova Coah. 8 XHPFC-TDT Parras de la Fuente Coah. 9 XHCJ-TDT Sabinas-Nueva Rosita Coah. 10 XHDR-TDT Manzanillo Col. 11 XHTCA-TDT Tecomán Col. 12 XHGVH-TDT Guadalupe Victoria Dno. 13 XHPAP-TDT Santlaao Pap(lsquiaro Dao. 14 XHIR-TDT / lauala ' Gro. 15 XHIB-TDT Taxco de Alarcón Gro. 16 XHDU-TDT / Zihuataneio Gro. 17 ' XHGJ-TDT ' Puerto Vallartb Jal. 18 XHJN-TDT Huajuapan de León Oax. 19 XHIG-TDT Molías Romero Oax. 20 XHSCO-TDT / Salina Cruz Oax. 21 XHTHN-tDT Tehu6cán1 \ Pue. 22 XHPMS-TDT Matehuala S.L.P. 23 XHTAZ-TDT Tamazunchale S.L.P. 24 XHMSl-TDT• Los Mochis Sin. 25 :XHCSO-TDT Ciudad Obreaón Son. 26 XHFA-IDT / Nonales Son. 27 XHSN-TDT Santiaao T uxtla Ver. 28 XHKYU-TDT Valladolid Yuc.- \

3

/

Page 4: ifapps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_170517_247.pdf · DG¡'\-TDT le requirió información adicional (Réquerimiento de Información); Soli7ttud de Prórroga.-El 08 de febrero de 2017,

1 1

\ /

/

/

\ 1

IX. Solicitud de Opinión a la Unidad de Competencia Económica.- El 12 de enero c\r 2017, mediante oficio IFr/224/\JMCNDGA-TDT/010/2017, la Unidad-de Medios y Contenidos Audiovisuales (UMCA), a trayés de su Dirección Gerieral Adjunta de Televisión Digital Terrestre (DGA-TDl){ solicitó a la Dirección General delConsulta Económica (DGCE) dé la Unidad de,Competencia Económica del Instituto (UCEi), la opinión correspondiente a la Solicitud de Multiprogramación;

X.

\

XI.

XII.

/ Requerimiento de Información.- El 17 de enero <;le 2017, se notificó al Concesionario el oficio 1Fr/224/UMCA/DGA-TDT/Ól5/2017, a través del cual, la DG¡'\-TDT le requirió información adicional (Réquerimiento de Información);

- !

Soli7ttud de Prórroga.- El 08 de febrero de 2017, el Concesionario presentó ante el Instituto \,jn escrito mediante el cual solicita una prórroga para cumplir con la debida aterición al Requerimiento de Información, al que la oficialía de partes asi~nó el número de folio 009284: '

Autorización de Prórroga.- El 22 de febrero de 2017, la UMCA, a través del ofü;:io ' ! ·,

IFlJ224/UMCA/l 19//2017---; notific-ó al Concesionario la autorización de 'la ampliación dE¡I plazo para dar cumplimiento al Requerimiento de Información.

-- \ XIII. Aten~ón al Requerimiento de Información.- El 15 de marzo de 2017, el

Concesionario presentó ante el Instituto un escrito mediante el cual hace diversas manifestaciones y anexa diversa información a fin de dar cumplimiento al requerimiento precisad6 en el Antecedente X al que la oticialía de partes asignó el número/de folio 014345: ' '

XIV. LL~tado de Canales Virtuales.- El 29 de marzo de -2017, se publicó en el sitio_/

XV.

XVI.

XVII.

/ electrónico del Instituto la actualización del Listado de Canqles Virtuales \ asignados por la UMSf. al Concesionario. de acuerdo con el cual se corrobora la asignación del canal Virtual l. l para las estaciones- indicadas en el Antecederite 11; _

Opinión de la UCE.- El 04 de abril de 2017, mediante oficio IFr/226/UCE/DG­COEC/0;!8/2017, la DGCE de la UCE. {emitió a la UMCA la opinión para las esiaciones en ,¡nateria de competencia económica Y, libry concurrencia correspondiente a la Solicitud de Multiprogramacjón; ' ! / 1 ---

Alcance en Atención al Requerimiento de Información.- El 26 de abril de 2017, el Concesionario presentó ante el Instituto un alcance mediante el cut;JI realiza diversas precisiones, b fin de dar cumplimiento al requerimiento citado en el Antes;edente X al que la oficialía de partes asignó el número de folio 019542;

Segundo Alcance en Atención al Requerimiento de Información.- El 05,de mayo de 2017, el Concesionario presentó ante el Instituto un alcance el cÜal presenta diversas precisiones, a fin_c:je dar cumplimiento al requerimientoseñalado enel Antecedente X, al que la oficialía de partes asignó-ª' número de folio 021705, y

\

4--,_

! 1 /

Page 5: ifapps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_170517_247.pdf · DG¡'\-TDT le requirió información adicional (Réquerimiento de Información); Soli7ttud de Prórroga.-El 08 de febrero de 2017,

if t INS1 ITUTO FEDEPAL DE TELECOMUNICAc':lONES

I Er\'virtud de los Antecedentes referidos y,

CONSIDERANDO

Primero.- Competencia del Instituto. Conforme lo dispone el artículo 28, párrafos _décimo quinto y décimo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución), el Instituto es un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto él desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones. Para tal efecto, tiene a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, así como del acceso a infraestructura activa, pasiva y otros insumos esenciales;garantizando lo estableci~o en los artículos 60. y 7o. de la propia Constitución.

) Asimismo, el Instituto es la autoridad en materia de competencia económica de los sectores de radiodifu'siÓn y telecomunicaciones, por lo que, entre otros aspectos, regulará de forma asimétrica a los participantes en estos mercados con el objeto de eliminar eficazmente las barreras a la competencia y la libre concurrencia e impondrá / límites al concesionamiento y a la propiedad cru¡'.0da que cpntrole varios medios de comunicación que .-sean 'concesionarios de radiod~usión y télecomunicaciones lque sirvan a un mismo mercado o/zonáde cobertura geográfica.

\ / Por su parte, el artículo 158 de la Ley FedE:lral de Telecomunicaciones y Radiodifusión (Ley), EfStablece que el Instituto otorgará autorizaciones para el acceso a la • multiprogramación a los concesionarios que lo soliciten, conforme a los principios de competencia y calidad, garantizando el-derecho a la información .y atendiendo de manera particular la concentración nacional y regional de frecuencias.

1

De conformidad con lo establecido por los artfculbs 15, fracción)0/ll y 17, fracción 1 de la Ley, corresponde ql Pieno del Instituto la facultad de autorizar el acceso a. la multiprogramación q los concesionarios que lo soliciten.

! / /

Ahora bien, conforme al artículo 37 del Estatuto Orgánico, corresponden originariamente a la UMCA las. atrbycioi:ies conferid6s a la DGA,TDT;, por ende, corresponde a ésta en término~del artículo 40, fracción XIX del ordenamiento jurídico <pn cita, tramitar y evaluar las solicitudes de acceso a la multiprogramación de los concesionarios y permisionarios de radlbdifusión y someter a consideración del Pleno el proy11ecto de resolución correspondiente.

' \ \ ·¡'! .

y 1

Atento a lo señalado1

en virtud de que el Instituto tiene a su cargo la regulación, ~romoción y supervisión de las telecomunicaciones y la radiodifusión, así como la facultad de autorizar/el acceso a la multip(ogramación de los ,concesionarios y permisionariosBn materia de radiodifusión, el F'leno como órgano m6ximo de gobierno y decisión del Instituto, se encuentra facultado para resolver la Solicitud de Multiprogramación.

(

5

!

I ·-..

. ' ~ I'

Page 6: ifapps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_170517_247.pdf · DG¡'\-TDT le requirió información adicional (Réquerimiento de Información); Soli7ttud de Prórroga.-El 08 de febrero de 2017,

\

(

~ V

/

\ \'

Segundo.- Marco jurídico aplicable d la Solicitud de Multiprogramación: Ld multiprogramación es la distribución de más de un canal de prográmación en el mismo canal de transmisión. Esto representa la posibilidad d~ transmitir un mayor núm~ro de contenidos programáticos a través d~I mismo recurso espectral concesionado; situación que contribuye a la competencia, la diverlsidapy a la pluralidad en beneficio de las aqdiencias, de concesionarios ae radiodifusión, programadores y productores de contenidos.' \ _ \ ,

El Título Quinto, Capítulo IX Sección 11. de la Ley, relativo a la-multipro6amacióri, prevé las reglas genéricas a las que deben sujetarse los concesionarios que soliciten el acceso a la multipromamación.

En particular, los artículos 158 y 160 de la Ley señaléÍn: \ (

_\

·Artículo 158. El Instituto otorgará a,utorizaciones para el ac¡eso a fa multiprogramación a los concesionarios que fo soliciten, conforme a los pringpios de competencia y calidad, garantizando el 'derecho a fa información y atendiendo de manera particular fa concentración nacional y regional de frecuencias, incluyendo en su caso el pago de fas contraprestacionfs debidas bajo los siguientes criterios: - ' ¡

/l. Los concesionarios solicitarán el número de cdnafes de multiprogramación que quieran transmitir y fa calidad técnica que proponen para dicha transmisión;

11. Tratándose de concesionarios que pertenezcan a un agente económico declarado como preponderante o con poder sustancial, el Instituto no fes autorizará la.transmisión de un número de canales superior al cincuenta por ciento del total de los canales de televisión abierta, incluidos los de multiprogramación, autorizadds a otros conc:esionarios que se radiodifunden en fa región de cobertura;

/ f/f. El Instituto expedirá lineamientos para fa aplicación del presente artículo, así como para el pago dé-Ía coritraprestdclón qu~en su caso correspo~<;fa: ---

\ I ,, IV. Cuando el Instituto ffeve a cabo el otor(Jamiento ele nuevas concesiones, en

• todo caso contemplará en el objeto de l<ps mismas fa autorización para transmitir multiprogramación en términos del prfÍsente artícp/o, y

V. . E1'. ni~gún caso se autorizc;irb que lo~ ,c;oncesio~arios . utilicen,, el esrectrcz rad1oelectflco para prestar serv1c1os de tefev1s1on o audio restnng1dos.

"Artículo 160. Por cada éanaf bajo el esql/ema de multiprogramación, fas concesionarios deberán señalar en Ja solicitud fo siguiente: \

l. El canal de transmisión que será uti/izadb: (

Lb identidad del canal de programación; '·

//. /

1 Considerando Cuarto del Acuerdo ~or el que el Pleno del Instituto Federal de Telecornunlcaclones emi1e los "Lineamientos Generales para el Acceso a la Multiprogramoclónw, aprobado en lo general en su X Sesión Extraordinaria, celebrada el 9 de febrero de 2015, a través del Acuerdo P/IFT/EXT/090215/44. \

6

j

Page 7: ifapps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_170517_247.pdf · DG¡'\-TDT le requirió información adicional (Réquerimiento de Información); Soli7ttud de Prórroga.-El 08 de febrero de 2017,

)

!

\ ;f t ll~STIJUTO l1 EDfRAL DE TE ll'\OMUNICACIONES

111.J El número de horas de programación que transmita con una tecnología innpvadora, de conformidad con las disposiciones que emita el Instituto; \

! -

IV. La'fecha en que pretende iniciar transmisiones; ,

V, En el c,aso de televisión,, la calidad de video y el estáriaar ciB compresión de video utilizado pata las transmisiones, y

/

,l(I, Si se trata de un canal de programación cuyo contenido sea el mismo de algún canal radiodifundido en lcf'misma zona de cobertura pero ofrecido con utí retraso en las transmisiones. "

\ --,-

Los Lineamientos, de conformidad con su artículo l, tienen por objeto/regular la au-forización para el acceso a la multiprogramación, las características de operación técnica, así como sus condiciones integrales de funcionamiento C:onforme a los principios de competencia y calidad técnica, garantizando el derecho a la información y atéiidiendo de manera particular a la concentración nacionalJY regional de frecuencias.

En concordancia c;:on lo anterior, las solicitudes de a~torización para el acceso a la multiprogramación C1eben observar las condiciones senaladas por los artículos 3 y 4 de los Lineamientos respecto de la operación técnica de las estaciones de radiodifusión y

_\los prindpios de i) competencia, ii) calidad técnica y iii) derecho a la información. ! 1

En específico, el ,artícul6 9. de los Lineamientos señala que los concesionarios de radiodifusión que deseen obtener aLÍtorización para acceder a la multiprogramación por sí mismos o para brindm acceso a terceros, deberán solicitarlo al Instituto y, para tal efectó: deberán precisar lo siguiente:

)l. El canal de transmisión de radiodifusión que se pretende'utilizar;

11. · Número de canales de programación en multiprogramación que se deseen distribuir, especificando si estos secón programados por el propio cohcesionario de radiodifusión o si pretenderá brindar acceso a ellos a un tercero;

111. Calidad técnica de transmisión de cada canal de programación, tales como la tasa de transferencia, estándar de compresión y, en1su caso, calidad de video HDN o SDN; ' _ .

1

/

IV. , Identidad de cada canal de programación; lo cual incluye lo siguient~:

a. Nombre con que se identificará;

'.,

b. Logotipo, y !

)

/

7

/

Page 8: ifapps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_170517_247.pdf · DG¡'\-TDT le requirió información adicional (Réquerimiento de Información); Soli7ttud de Prórroga.-El 08 de febrero de 2017,

(

_)

/

\ \

/\,-

\

c. Barra programática que se pretende incluir en cada canal de programación, especificando la duración y periodicidad de cada componente de éste.

V. El número de horas de programación que transmita con una te~c¡:iología innovadora, tal como la televisión móvil:

"' vi. Fecha en que pretende iniciar transmisiones por cada canal de programación solicitado; \ ¡

'{_VII. Cantidad de tiempo que se pretende manten~r la misma identidad del can_aí-de programación.y

VIII. - i .

Informa; si en los canales de programación pretenderá distribuir contenido que sea ermismo de algdn-canal de programación en la misma zona de cobertura pero ofrecido con un retraso en las transmisiories. --

//

Tercero.- Análisis de la Solicttud de Multiprogramación. Una vez analizada la Solicitud de Multipromamación, tomdndo-en cuenta el contenido de la opinión de la UCE y el análisis realizado por la UMCA es1e Pleno/considera que el Concesionario acreditd los

/

requisitos establecidos por el artículo 9 de los Lineamientos, a saber:

l. Artículo 9 de los Lineamientos

a) Fracciól'l I, canal de transmisión.de radiodifusión que)se pretende utilizar.- El Concesionario indica en l<ll Solicitud de Multiprogramación que utilizará los canales de transmisión de' radiOdifusión siguientes y que en tÓdos los casos u;ilizará los canalesyirtuales l. l y l.2. \

' ' Conoide Frecuencia No, Distintivo Transmisión .- . MHz . . - . . .

l e XHENE-TDT 16 482-488 2 XHCOC-TDT 27 5'18-554 3 XHJCC-TDT 24 530-536 4 XHPEH-TDT 29 560-566 5 XHHPC-TDT 25 536-542 6 XHHE-TDT 25 536-542 ' -

·-

7 XHHC-TDT - 24 530-536 . (

8 XHPFC-TbT - 29 560-566 9 XHCJ-TDT 21¡ 5'12-548 10 XHDR-TDT 211 512-518 11 XHTCA-T0T 22 5'18-524 12 XHGVH-IDT 45 656c662 J-3 XHPAP-TDT 27 548-55'1 14 XHIR-TDT 41 632-638 . 15 XHIB-TDT 23 524-530 16 XHDU-TDT . 22 518-524

\

8

Page 9: ifapps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_170517_247.pdf · DG¡'\-TDT le requirió información adicional (Réquerimiento de Información); Soli7ttud de Prórroga.-El 08 de febrero de 2017,

/ \

\

___ /,

.~. ) / , v· ..

/

No Distintivo

17 XHGJ-TDT 18 XHJN-TDT

,\ 19 XHIG-TDT 20 XHSCO-TDT 21 XHTHN-TDT 22 XHPMS .. TDT 23 XHTÁZ-TDT 24 X.HMSl-TDT 25 XHCSO-TDT 26 XHFA-TDT 27 XHSN-TDT 28 XHKYU-TDT

Conoide Transmisión

25 33 25 46 28 26 21 27 33 15 33 23

Frecuenclo MHz

536-542 584-590 536-542 662-668

,. 554-560--

542-548 512-518 548-554 584-590 476-482 584-590 524-530

if t l~ISTITUTO FEDERAL DE TE w':oM UN 1 CAC IONES

b) Fracción 11, número dé canales de programación \en multiprogramación que se desea distribuir.- De la documentación presentada y señalado en los Antecedentes Vlll;J<lll, XVI y XVII, se desprende que el número de canales de- programación que el Concesionario desea transmitir en multiprogramación por cada canal de transmisión son 2 (dos) y que

•. corresponden a los canales de programación "Azteca Trece" y "Proyecto 40", en relación con los canales virtuales 1.1 y 1.2,.respectivamehte. ·

Respecto del canal de prograf)1ación "Proyecto 40", de la información proporcic;nada por el concesionario, se . desprende que ..._transmitirá conteni¡Jos de tipo informativo (noticias, debate), deportivo; cultural, religioso, mercadeo, político, gobierno y entretenimiento.

De conformidad con lo anterior/se considera que laoferta programática que el Concesionario pretende 1multiprogramar a troves del canal de · programación "Proyecto 40" en el canal vi~ual 1.2, podría tener como efecto abonar a la-aiversidad, ~a que constituirá un contenido nuevo en las localidades de/fferencia.

c) Fracción 111, calidad técnica tj_e transmisión.- El Concesionario, con relación a la calidad técnica de los Oi?nales de programación (calidad pe video HDTV o SDTV, tasa de transferencia y estándar de compresión) para las 28 estaciones objeto de la presente Resolución, establece 16 siguiente:

(

d) Fracción IV, Identidad del canal de programación.-' El Concesionario, a·· través de la información y documentación se,ñalada en los Antecedentes referidos, indica la identidad de los canales de programación solicitados para las 28 estaciones objeto de la presente Resolución, a saber:

( \ 9

:;

' /·

Page 10: ifapps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_170517_247.pdf · DG¡'\-TDT le requirió información adicional (Réquerimiento de Información); Soli7ttud de Prórroga.-El 08 de febrero de 2017,

!

1.1 \ / Azteca Trece . / trece

XHENE-TbT /

¡1.2 Proyecto 40 ¡4:)

1.1 ....

Azteca Trece treCe 2 XHCOC-TDT .

" 1.2 Proyecto 40 """'' ;4:) \ 1.1 Azteca Trece trece

3 XHJCC-TDT -, 1.2 Proyecto 40 ·40 ' "

1.1 Azteca Trece trece 4 XHP_EH-TDl'

\ 1.2 Proyecto 40 ·~i~~~~--·14J

1.1 Azteca Trece trece 5 XHHPC--TDT

__ )

\11, / 1.2 Proyecto 40 (:~~t-~4:>

/ 1.1 Azteca Trece - 'trece 6 XHHE-TDT ....

1.2 Proyecto40 --- ;4:) (

1.1 ·~eco Trece trece 1

7 XHHC-¡TDT

1.2 Pioyecto40 ;4)

\1.1 'Azteca Trece trece 8 XHPFC-TDT

1.2 Proyecto40 ',-.~~~~ -~4:) ----

1 .. 1 Azteca T rec~ trece 9 XHCJ-TDT

/ 1.2 Proyecto 40 ·-,~w-: '¡4:)

1.1 Azteca Trece trece" 10 XHDR-TDT

•, ....

/ 1.2 Proyecto 40 ;;,:;;, ,4:)

1.1 Azteca Trece trece\ 11 XHTCA-TDT

1

1.2 1

Proyecto 40 ;4:) 1 1

\

\ ¡10

..... ·.

Page 11: ifapps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_170517_247.pdf · DG¡'\-TDT le requirió información adicional (Réquerimiento de Información); Soli7ttud de Prórroga.-El 08 de febrero de 2017,

'ift l~ISTITU!O fEDERI" DE TELECOMUNICACIONES

Hl

Page 12: ifapps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_170517_247.pdf · DG¡'\-TDT le requirió información adicional (Réquerimiento de Información); Soli7ttud de Prórroga.-El 08 de febrero de 2017,

\

-- \

~'

! \ ( /•

l. l \

Azteca Trece -- b'ece 23 XHTAZ-TDT

1,2 Proyecto 40 ,4) \

24 \ XHMSl-TDT Lt Azt'?'a T rec_e b'ece 1.2 Proyecto 40 ,4:1 l. l Azteca Trece b'ece

'- --25 XHCSO-TDT f------+------

1.2 Proyecto 40 '¡4)

l. l Azteca Trece b'ece 26 XHFA-TDT

1.2 Proyecto 40 '•,4)

l. l Azteca Trece b'ece 1.2 Proyecto'10 ;4:)

27 XHS'[V-TDT +-------+----------+----------'

l 'l / Azteca Trece b'ece XHKYU-TDT

28 1.2 Proyecto40 ·-~¡4)

Asimismo, el C0ncesionario ha proporcionado las bcirras programáticas que pretende incluir en los canales de programación e indica la duraciónly periodicidad de cada componente.

e) Fracción V, horas de transmisión con una tecnología innovacjora.- Del análisis realizado e las manifestaciones y a la document\ación presentada por el Concesio[1ario, no se desp¡ende que a través del acceso a la multiprogramación que solicita, se_ vayan a realizar transmisiones cof\

¡ tecnologías innovadoras. \

f) fr6cción Vt fecha de Inicio de transmisiones.- El Concesionario indica que el can_al de programación "Proyecto 40" iniciará transmisiones dentro de los 60 (sesenta) días hábiles siguientes a la autorización por parte del Instituto, sin embargo, no pasa desapercibido para esta autoridad, en términós del Listado de ca7a1es Virtuales, que el canal identificado como "Azteca Trece" ya realiza ~oyen día transmisionE)s. i

g) Fracción VII, cantidad( de tiempo en que mantendrá la identidad.- El Concesion9rio indica que mantendrá la misma identidad en sus canales de programación de manera indefinida. _. __ _

12

\\

¡__

Page 13: ifapps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_170517_247.pdf · DG¡'\-TDT le requirió información adicional (Réquerimiento de Información); Soli7ttud de Prórroga.-El 08 de febrero de 2017,

: ___ _

if t INSI 1 IUTO FEDrnAL DE TfLECOMUNICACIONES

\ h) Fracción VIII, canal de programación ofrecido con retraso en las

tran~mlslones.- El Concesionario indica que no se distribuye -Qontenido de algún canal de programación con retraso en las transmisiones.

11. Opinión UCE

Respecto la opinión emitida pór la UCE a t(avés del oficio IFT /'226/UCE[DG" COEC/028/2017 de feéha 04 de abril de 2017, entre las que se encuentran las,28 estaciones objeto de la presente Reso1uc:;ión, contenidas en l<ii Solicitud de Multiprogramación, dicha unidad administrativa opinó que como consecuencia de la autorización de acceso d la multiprogramación, no se afectan las condicionés de competencia o libre concurrencia en las zonas de cobertura correspondienteB, como

"- .. se aprecia en li:'J siguiente cita de sus opiniones: ,

' 1 ",.,Se concluye que, como consecuehcia de lt51.. aytorización de 'Occeso a multiprogramación, no se afectán las condiciones de competencia 9 libre concurrencia, en la Zona de Cobertura: ·

i. Un-incremento en el número de canales de programación de TV l)tteca puede tener efectos positivos en la competencia al incrementar la oferta y vari7dad de contend/dos (sic)

ii. El Grupo de Interés Económico TV Azteca no tiene presencia respecta suscriptores de televisión restringida en (..,) · -

\

iii. TV l\ttec:a tiene una participación en las audiencias de C6(rca del 7 9% a nivel nacional, no se puede concluir que, como consecuencia de la autorización de acceso a la multiprogramación, se afectarían las condiciones de competenc:ia o libre concurrencia en (a Zona de Cobertura~

La presente opinión se emite únicamente respecto de la solicitud de la UMCA, la cual, de c9nformidad con - el oficio número IFT/224/UMCA/DGA­TDT/010/2017, solicitó la opinión "respectiva del asunto que nos ocupa de conformidad con la normatividad vigente que resulte aplicable-". La J>pinión se realiza en materia de compeféncia y libre concurrencia con el fin de analizar el otorgamiento a Televisión Azteca, S.A. de C. V. la autorización para acceder a la Multiprogramación en la estación yon distintivo df? llamada( .. ,)"

Consecuentemente, con la bpinién vertida por la UCE, se atiende a lo dispuesto en el artículo 4, inciso a), de los tineamientos, para el trámite y·análisis de las solicitudes de

( los concesionarios que soliciten acceso a la multiprogramación. -\ '

Por todo lo anterior, se considera lo siguiente:

/

13

-~'---

Page 14: ifapps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_170517_247.pdf · DG¡'\-TDT le requirió información adicional (Réquerimiento de Información); Soli7ttud de Prórroga.-El 08 de febrero de 2017,

\

1. El Concesionario clte~~ió pu¡ntualmente e-oda uno de los requisitos establecidos en los Lineamientos, y

2. La UCE, en el ámbito de sus facultades estatutarias, determinóA;imitir opinión favorable a la Solicitud de Multiprogramación.

/_ En ese tenor de ideos, resulta procedente autorizar bl Concesionario el acceso a la multiprogramación, 'de conformidad con lo indicado en la siguiente tabla de

. características particulares: i

XHENE­TDT

__ 2

XHCOC­TDT

3 XH)CC-

I TDT

4

5

6

7

XHPEH­TDT

XHHPC­TDT

XHHE­TDT

XHHC­TDT

)

Ensenada

Cd. Constitución

San rosé del Cabo

\

\

Escárcega

Hidalgo del ~arra!

Cd. Acuña

Monclo~a / \

8 XHPFC- Parras de 'la ·

TDT Fuente

16

l.2

l. l

27 1.2

1.1

24

1.2

l. l

29 1..2

u 25

1.2

1.1

25

1.2

24 1.2

1.1" 29

l.2

HD MPEG-2 15

SD MPEG-2 3

HD MPEG-2 15

SD MPEG-2

HD MPEG-2 15

_Dt1PEG-2 3

HD MPEG-2 15

MPEG-2 3

HD MPEG-2

SD MPEG-2 3

HD MPEG-2 ¡5

SD MPEG-2 3

HD MPEG-2 15

SD MPEG-2

HD MPEG-2 15

SD MPEG-2 \ 3

/

Azteca Trece

Proyecto 40

Azteca Trece

Proyecto 40

Azteca Trece

Proyecto 40

Azteca Trece

Proyecto 40

Azteca Trece

Proyecto 40

Azteca Trece

Proyecto 40

Azteca Trece

Proyecto 40

Azteca Trec~.

Proyecto 40

trece

trece

trece

trece

<-''-~

trece

trece

14

!

Page 15: ifapps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_170517_247.pdf · DG¡'\-TDT le requirió información adicional (Réquerimiento de Información); Soli7ttud de Prórroga.-El 08 de febrero de 2017,

l. l HD XHCJ-

9 TDT

Sabinas 26

1.2 SD

l,l•' HD XHDR- Ma~zanillo 10

TDT 21

l.2 SD

l.l HD XHTCA-

11 Tecomán 22 TDT

1.2 SD

l.l HD

12 XHGVH- Guadalupe

TDT Victoria 45

1.2 SD -

l.l HD XHPAP- Santiago.-

13 TDT

27 Papasquiaro

1.2' SD

l. l HD

14 XHIR-TDT Iguala· 41

1.2 SD

l.l HD Taxco de

15 XHIB-TDT 23 Alarcán

1.2 SD

l. 1 HD XHDU-

16 TDT

Zihuatan'ejo 22

/ ¡l.2 SD

' \

l.l HD XHGJ- Puerto . _ ¡7

TDT 25

Vallarta l.2 SD

.--~ ' '

XH~N-l. l - HD

18 Huajuapan de

TDT León- 33 ( i 1.2 / SD

·~·

MPEG-2 15 Azteca Trece

MPEG-2 3 ,Proyecto

40

'MPE<:;-2 15 \ Azte\'a Trece

MPEG-2 3 ) Proyecto

40 /

MP,EG-~ 15 Azteca Trece

MPEG-2 3 Proyecto

40

MPEG-2 15 Azteca Trece

MPEG-2 3 Proyecto

_9 40

MPEG-2 15 Azteca Trece

MPEG-2 3 Proyecto

40

MPEG-2 15 Azteca

i Trece

MPEG-2 3 Proyecto

40

MPEG-2 15 Azteca Trece

MPEG-2 1 '

3 Proyecto

40

MPEG-2· 15 Azteca Trece

MPEG-2 3 Proyecto

40

MPEG-2 15 Azteca Trece

MPEG-2 3 Proyecto

40

Azteca -MPEG-2 15 Trece

Proyecto MPEG-2 3

40

'

if t INSTITUTO FEDERAL DE fELfCOMUNICACIO~JES

trece •,-""_:,;-,_-.J.; ,4:)

trece •· .. . 4:) ,,,;.;,!~ ;:

trece .4J

trece ._,:.,,:; :4J

trece

.4J

trece .,tp

trece .o-.:• ;4)

trece ,4)

trece ,4:)

trece

h~ /

15 \

'>

-,..- -~

) ¡

-

\

Page 16: ifapps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_170517_247.pdf · DG¡'\-TDT le requirió información adicional (Réquerimiento de Información); Soli7ttud de Prórroga.-El 08 de febrero de 2017,

/ \

19 XHIG­

TDT

\

Matías Romero

20• XHSCO-

TDT Salina Cruz¡

25

46

1.1 HD MPEG-2

1.2 s~ MPEG-2

15

3

Azteca Trece

Proyecto 40

trece

L__1._1 -+--H_D _ _¡_' •. MPEG-2\ 15 . Azteca trece , ·---t-------j-T~re~c~e"._+-___:__:___:_.=.J

1.2 SD MPEG-2 3.

11~-+~-~--+----'--Proyecto

40

1

1 MPEG-2 15 Azteca trece 21

XHTHN­TDT

Tehuaccín

XHPMS- / 22 TDT , Matehuala /

23

24

XHTAZ­TDT

XHMSl­TDT

25 XHCSO­

TDT

26 ,XHFA­

TDT

27 XHSTV­

TDT

28 XHKYU­TDT

iamazunchal e

\

Los Mochis

Ciudad , Obregón

\ Nogales

Santiago Tuxtla

Valladolid

28

26

21

27 )

33

15

33

23

1.1 HD 1----+---T-----t---+.....:T.":re::c~e_¡__:_::__.=::J

1.2 SD j MPEG-2 3 Pro~~cto . S4:í

1.1

1.2 .

1.1

1.2

1

l. 1

1.2

HD

SD

HD

SD

HD

SD.

1 MPEG-2 '

MPEG-2

MPEG-2

/ ' MPEG-2 ·

\ MPEG-2

MPEG-2

15

3

15

3' \

15

3

Azteca Trece

Proyecto 40

Azteca Trece

Proyecto 40

Azt ca Trece

Proyecto 40

i trece

trece

.. 4J

trece

l 1 HD MPEG-2 15 Azteca tr ¡--·-¡----t---+-----1--T~re=c~e'_J_ ece

1.2

1.1

1.2

. l. 1

1.2

1.1

1.2

SD

HD

SD

HD

SD

HD

/ SD

MPEG-2

MPEG-2

MPEG-2 /

MPEG-2

MPEG-2

MPEG-2

MPEG-2

/ \

3

15

3

15

3

15

3

/ )

Proyecto 40

Azteca Trece

Proyecto 40

Azteca Trece

Proyecto 40

Azteca Trece

Proyecto 40 '

.·.()

trece

trece

trece

.. 4J

16

- \

)

\ .

Page 17: ifapps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_170517_247.pdf · DG¡'\-TDT le requirió información adicional (Réquerimiento de Información); Soli7ttud de Prórroga.-El 08 de febrero de 2017,

\

----------------- -----·

if t l~ISTITUTO fWfRAL 0[ lfl FCOMllNICA?ONES

-, Conforme a lo expuesto y con fundamento en los artículos 28, párrafos décimo quinto, décimo sexto y décimo séptimo, de la Constitucjón Política de los Estados Unidos Mexicanos: l, 2, 6, fracción IV, 7, 15, fracción XVII, 17fracción-I, 158, 160y 162de11a Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; 35, fracción I, 36, 38, 39 y 57, fracción I, de la Ley Federal de P'rocedimiento Administrativo: 3, 4, 5, 8, 9, 14, 15, 24 y 25 de los Lineamientos Generales para el Acceso a la Multiprogramación y l, 4, fracción 1 y 6, fracciones 1 y XXXVIII, del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, este órgano autónomo emite los siguientes: /

/RESOLUTIVOS

1 \ - r

PRIMERO.- Se autoriza a Televist6n Azteca, S.A. de C.V., concesionario de los canales / -- \

indicados en el ConsiderarídóTercero de la presente Resolución, et-acceso a la/ multiprogramación para realizar la transmisión de los·- canales de programación_ "Azteca Trece" y "Proyecto 40", generados por el propio solicitante, en los términos señalados en el Considerando citado.

SEGUNDO.- Se instruye a la Unidad de Medios Y Contenidos Audiovi~uales a notific~r personalmente a Televisión Azteca, S. A. de C. V., la presente Resolución.

1 ' / /

TERCERO.- Televisión Azteca, S.A. de C.V., /déberá iniciar transmisiones del canal de programación "Proyecto 40", a· través del canal virtual 1.2, dentro del plazo de 60 (sesenta) días hábiles c;ontados a _ _partir de que surta efectos la notificación que de la presente Res9lución se realice y deberá dar aviso al Instituto de dicho inicio dentro del plazo de 5 (ci[ico) días hábiles posteriores a su realización. Concluidos dichos plazos sin que se hubiera dado cumplimiento al presente resolutivo, esta Resolución dejará de surtir efectos jurídicos, ante lo cual se tendrá que solicitarona nueva autoiización.

/

/\

CUARTO.- La prestación del servicio en los canales de pr~gramación "Azteca Treqe" y "Proyecto 40" y la operación técnica de éstos,-estará sujeta a las disposiciones legales y administrativas aplicables en materia de radiodifusión, en Id general, y de

~-

multiprogramación en particular. / /

QUl)\JTO.- Se instruye a la Unidad de Mecjios y Contenidos Audiovisuales a remitir la presente Resolución, así como sus constancias de notificación, a la Dirección General-­Adjunta del Registro 1Público de Tel~comunicaciones, para efectos de su debida inscripció'7 en el Registro Público dE'.__Concesiones. 1 \

17

I

(

Page 18: ifapps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_170517_247.pdf · DG¡'\-TDT le requirió información adicional (Réquerimiento de Información); Soli7ttud de Prórroga.-El 08 de febrero de 2017,

1

(

)

/

., SEXTO.- Se instruye a la Unidad de Medios 'y' Contenidos Audiovii>uaies que haga de! conocimiento de la Dirección General de Radio. Televisión y Cinematograña de la Secretaría de Goberna;::ión y al Instituto l~acional Electoral, el contenido de la presente Resolución para los efectos legales 'conducentes.

Gabriel Oswaldo Contreras Saldívar Comisionado Presi<;lentE:l/

__ _¡__ . . --;~ _ __) .

-~~ci!,Lt~ Seña Labardlnl lnzunza Comisionada 1

Mario ~ermán Fromow Rang~I Comisionado

Javier árez ojica Comisionado

María Elena stavHlo Flores Comisionol:la

/

~~ .fcí4(; Cuevas Teja

Comisionado

• La presente ReJ01uclón fue aprobada por el Pleno del Instituto Federal de Telecomunlcaciones en su XVIII Sesión Ordinaria celebEgda el 17,~e mayo de 2017, por unanimidad de voto5 de los Comisionados Gabriel Oswaldo Contreras Saldívar, Adriana Sofía'Lobordlni lnzunza, María Elena Estavlllo Flo-res, Mario Germán Fromow Rangel, Adolfo Cuevas Teja, Javier Juárez Mojica y Arturo Robles Rovalo; con fundamento en lcjs párrafos vigésimo, fracciones 1 y 111; y vigésimo primero, del artículo 28 de lci / Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 7, 16 y 45 de la Ley Federal de Telecomunlcaclones y Radiodifusión; así como en Jos artículos l, 7, 8 y 12 del'Estatuto Orgánico del lns1ituto Federoi de Telecomunicaciones, rnedianle Acuerdo P/IFT/170517 /247.

El Comlsi6nado P~Ssldente Gabriel Oswqldo Contreras Saldívar y el Comls19nado Mario GerrríOn rrornoW l~angel; previendo su - -ausencia justlflcqda a la sesión, emitieron ~u Yoto ¡azonado por escrito. en términos de los artículcs 45 tercer párrafo de la Le,y

\ Federa! de Telecomunicaciones y Radiodifusión. y 8 segundo párrafo del Estatu1o Orgánico d~I Instituto F€deral de Telecorr,~nicociones.

1,

V J

)

1

/ 18

/