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247 VOLUMEN 2/14 I.9. SECRETARÍA DE CULTURA I.9.1. AUDITORÍA FINANCIERA I.9.1.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALESAuditoría ASCM/32/18 FUNDAMENTO LEGAL La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, base II, sexto y séptimo párrafos, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 62 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 13, fracción CXI, de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México, 1; 2, fracciones XIV y XLII, inciso a); 3; 8, fracciones I, II, IV, VI, IX, XXVI y XXXIII; 9; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36; 37; 61; y 62 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones V, VIII y XXXV; y 30 del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México. ANTECEDENTES La Secretaría de Cultura (SECULT) ocupó el decimoquinto lugar respecto del presupuesto ejercido en 2018 por las 22 dependencias de la Ciudad de México (82,316,737.9 miles de pesos), con un monto de 665,538.0 miles de pesos, de acuerdo con lo reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México del mismo año. Ese importe representó el 0.8% del total erogado por dichas dependencias y fue inferior en 3.7% (25,366.0 miles de pesos) al presupuesto asignado originalmente (690,904.0 miles de pesos) y en 11.5% (86,411.6 miles de pesos) al ejercido en 2017 (751,949.6 miles de pesos). Asimismo, reportó economías por 15,111.0 miles de pesos en 2018. En el capítulo 3000 “Servicios Generales”, la SECULT ejerció 271,871.9 miles de pesos, que representan el 40.8% del total erogado (665,538.0 miles de pesos) y fue superior en 2.6% (6,924.2 miles de pesos) al presupuesto aprobado (264,947.7 miles de pesos), e inferior en 20.4% (69,781.1 miles de pesos) al ejercido en 2017 (341,653.0 miles de pesos).

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247 VOLUMEN 2/14

I.9. SECRETARÍA DE CULTURA

I.9.1. AUDITORÍA FINANCIERA

I.9.1.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES”

Auditoría ASCM/32/18

FUNDAMENTO LEGAL

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, base II, sexto

y séptimo párrafos, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 62 de la

Constitución Política de la Ciudad de México; 13, fracción CXI, de la Ley Orgánica del

Congreso de la Ciudad de México, 1; 2, fracciones XIV y XLII, inciso a); 3; 8, fracciones I,

II, IV, VI, IX, XXVI y XXXIII; 9; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22;

24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36; 37; 61; y 62 de la Ley de Fiscalización Superior de la

Ciudad de México; y 1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones V, VIII y XXXV; y 30 del

Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.

ANTECEDENTES

La Secretaría de Cultura (SECULT) ocupó el decimoquinto lugar respecto del presupuesto

ejercido en 2018 por las 22 dependencias de la Ciudad de México (82,316,737.9 miles de

pesos), con un monto de 665,538.0 miles de pesos, de acuerdo con lo reportado en la

Cuenta Pública de la Ciudad de México del mismo año. Ese importe representó el 0.8% del

total erogado por dichas dependencias y fue inferior en 3.7% (25,366.0 miles de pesos) al

presupuesto asignado originalmente (690,904.0 miles de pesos) y en 11.5% (86,411.6 miles

de pesos) al ejercido en 2017 (751,949.6 miles de pesos). Asimismo, reportó economías

por 15,111.0 miles de pesos en 2018.

En el capítulo 3000 “Servicios Generales”, la SECULT ejerció 271,871.9 miles de pesos,

que representan el 40.8% del total erogado (665,538.0 miles de pesos) y fue superior en

2.6% (6,924.2 miles de pesos) al presupuesto aprobado (264,947.7 miles de pesos), e

inferior en 20.4% (69,781.1 miles de pesos) al ejercido en 2017 (341,653.0 miles de pesos).

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Asimismo, el rubro presentó economías por 11,640.4 miles de pesos en el ejercicio en

revisión; en dicho capítulo, destacó la partida 3821 “Espectáculos Culturales”, con

184,762.0 miles de pesos, que representa el 68.0% del total erogado en el capítulo.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se propuso de conformidad con los siguientes criterios generales de selección,

contenidos en el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad de fiscalización superior:

“Importancia Relativa”. Se consideró el capítulo 3000 “Servicios Generales”, porque el

presupuesto ejercido en 2018 (271,871.9 miles de pesos) fue inferior en 20.4% (69,781.0 miles

de pesos) en relación con lo ejercido en 2017 (341,653.0 miles de pesos).

“Exposición al Riesgo”. Se eligió el capítulo 3000 “Servicios Generales”, toda vez que, por

su naturaleza y características, puede estar expuesto a riesgo de errores, mal uso,

ineficiencias e incumplimiento de metas y objetivos.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Secretaría

de Cultura con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” se haya registrado, aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de acuerdo con la normatividad

y ordenamientos aplicables.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

Se revisó, en cuanto a los elementos que integran el objetivo de la auditoría, de manera

enunciativa, mas no limitativa, lo siguiente:

Registros Contable y Presupuestal

Se verificó que las operaciones del sujeto fiscalizado se encontraran registradas contable y

presupuestalmente, que los registros reflejaran las operaciones de cada uno de los

momentos contables del gasto y que explicaran la evolución del ejercicio presupuestal.

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Gasto Aprobado

Se verificó que el proceso de programación, presupuestación, integración y autorización del

presupuesto se haya ajustado a la normatividad aplicable; y que exista congruencia entre

la documentación soporte, como el Programa Operativo Anual (POA), el techo

presupuestal, el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y la autorización de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal (ALDF).

Gasto Modificado

Se verificó que el origen y destino de los recursos, materia de las afectaciones del

presupuesto se hayan justificado y autorizado, y que se hayan orientado al cumplimiento

de las metas y objetivos, de acuerdo con la normatividad aplicable.

Gasto Comprometido

Se verificó que los procesos de programación (Programa Anual de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios, PAAAPS), solicitud, autorización, adjudicación,

contratación y reporte de las operaciones a las instancias correspondientes se hayan

sujetado a la normatividad que los regula.

Gasto Devengado

Se verificó que los pagos realizados con cargo al presupuesto se encontraran debidamente

soportados con la documentación e información que comprobaran la recepción de los

servicios, conforme a la normatividad aplicable y en cumplimiento de los instrumentos

jurídicos formalizados.

Gasto Ejercido

Se verificó, mediante la revisión de la información del sujeto fiscalizado, que se haya

expedido y resguardado la documentación soporte justificativa y comprobatoria de las

operaciones y que ésta haya cumplido los requisitos establecidos en la normatividad

aplicable.

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Gasto Pagado

Se verificó que las obligaciones a cargo del sujeto fiscalizado se hayan extinguido mediante

el pago, y que éste se haya acreditado y realizado en cumplimiento de la normatividad

aplicable y de los instrumentos jurídicos que dieron origen a la obligación.

El gasto de la SECULT con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” ascendió a

271,871.9 miles de pesos, mediante 1,149 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC)

y 5 documentos múltiples, los cuales 252,341.0 miles de pesos se pagaron con recursos

fiscales y 19,530.9 miles de pesos con recursos de origen federal. Derivado de los trabajos

que se llevaron a cabo en la fase de planeación de la auditoría y del estudio y evaluación

del diseño del control interno, se determinó revisar un monto de 95,662.3 miles de pesos,

por medio de 578 CLC expedidas con cargo a una de las 37 partidas de gasto que integraron

el presupuesto ejercido en el rubro sujeto a revisión, así como su documentación justificativa

y comprobatoria, los cuales representaron 36.8% del total ejercido en el rubro examinado.

Para determinar la muestra sujeta a revisión, se consideraron los criterios siguientes:

1. Se integraron las cifras consignadas en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de

2018 y en la base de datos de las CLC que la Secretaría de Administración y Finanzas

proporcionó a esta entidad de fiscalización, correspondientes a la SECULT.

2. Se integró el presupuesto ejercido por partida de gasto del capítulo 3000 “Servicios

Generales” y se seleccionó la partida de gasto más representativa.

3. Se eligió la partida 3821 “Espectáculos Culturales”, que representó 68.0% (184,762.0 miles

de pesos) del total ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales”.

4. Se integraron las CLC emitidas con cargo a la partida 3821 “Espectáculos Culturales”,

en la que se ejercieron recursos con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”; y los

contratos de prestación de servicios celebrados por la SECULT con cargo a dicha

partida, y se seleccionó el contrato más representativo en cuanto a presupuesto ejercido.

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Derivado de los trabajos que se llevaron a cabo en la fase de planeación de la auditoría, se

determinó revisar un monto de 95,662.3 miles de pesos, como se detalla a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Partida

Universo Muestra

Cantidad Presupuesto ejercido

% Cantidad Presupuesto ejercido

Porcentaje de la partida CLC Documento

Múltiple CLC Documento

Múltiple

3821 “Espectáculos Culturales” 754 1 184,762.0 68.0 578 0 95,662.3 51.8

Otras 36 partidas del capítulo 3000 “Servicios Generales” 395 4 87,109.9 32.0 0 0 0.0 0.0

Total del capítulo 3000 “Servicios Generales” 1,149 5 271,871.9 100.0 578 0 95,662.3 35.2

Respecto al origen de los recursos, el universo del presupuesto ejercido (271,871.9 miles

de pesos) y la muestra sujeta a revisión (95,662.3), correspondieron a los recursos y fondos

o programas siguientes:

(Miles de pesos)

Origen de los recursos Fondo o programa al que pertenecen

los recursos de origen federal

Locales Federales Universo Muestra

Universo Muestra Universo Muestra Denominación del fondo

o programa

Importe Denominación del fondo

o programa

Importe

252,341.0 81,161.9 19,530.9 14,500.4 Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, Apoyo a Instituciones Estatales de Cultura

9,942.8 Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, Apoyo a Instituciones Estatales de Cultura

9,626.3

Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, La Traza del 68, Ciudad, Arte y Diseño 2018

2,000.0 Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, La Traza del 68, Ciudad, Arte y Diseño 2018

2,000.0

Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, por 100 Años más de Esperanza Iris 2018

2,485.9 Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, por 100 Años más de Esperanza Iris 2018

2,485.9

Fondo para la modernización del patrimonio Cultural Federal 2018 5,102.2

Fondo para la modernización del patrimonio Cultural Federal 2018 388.2

252,341.0 81,161.9 19,530.9 14,500.4 19,530.9 14,500.4

El contrato seleccionado fue el siguiente:

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(Miles de pesos)

Número de contrato Nombre del prestador

de servicios Objeto del contrato

Importe

Total* Muestra

FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018 Viajes Premier, S.A. Servicio integral de organización de eventos culturales de la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal de 2018 124,898.0 95,662.3

Total 124,898.0 95,662.3

* El contrato de prestación de servicios seleccionado como muestra fue de tipo abierto con un monto mínimo de 42,754.5 miles de pesos y uno máximo de 124,898.0 miles de pesos.

Del contrato seleccionado, se integró la totalidad de los eventos llevados a cabo en 2018,

se integraron por tema y se seleccionaron aquellos que fueron los más representativos, en

cuanto a presupuesto ejercido.

El muestreo de auditoría permite al auditor obtener y evaluar la evidencia de auditoría sobre

una determinada característica de los elementos seleccionados con el fin de alcanzar o

contribuir a alcanzar, una conclusión respecto de la población de la que se ha extraído la

muestra; y puede aplicarse utilizando enfoques de muestreo estadístico o no estadístico.

Tanto la muestra del universo por auditar de la partida 3821 “Espectáculos Culturales”,

como la selección del contrato de prestación de servicios, se determinó mediante un método

de muestreo no estadístico, con fundamento en la Norma Internacional de Auditoría (NIA)

530, “Muestreo de Auditoría”, emitida por la Federación Internacional de Contadores (IFAC),

en la Norma Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI) 1530,

“Muestreo de Auditoría”, emitida por el Comité de Normas Profesionales de la Organización

Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI); y en el Manual del

Proceso General de Fiscalización de la Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM).

Los trabajos de auditoría se efectuaron en las unidades administrativas de la SECULT y de

la Dirección Ejecutiva de Administración en dicha dependencia, por ser las unidades

administrativas encargadas del registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo,

ejercicio y pago de las operaciones con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, según

las atribuciones y funciones previstas en los manuales administrativos de la SECULT y de

la Dirección Ejecutiva de Administración en la dependencia, vigentes en 2018.

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PROCEDIMIENTOS, RESULTADOS Y OBSERVACIONES

Evaluación del Control Interno

1. Resultado

A fin de evaluar el diseño y la efectividad del control interno implementado por la SECULT

y por la Dirección Ejecutiva de Administración en la dependencia, y contar con una base

para determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas de auditoría, en

cuanto al diseño, se analizaron las atribuciones de la dependencia y de la Dirección

Ejecutiva de Administración en ésta, su marco normativo y manual administrativo, vigentes

en 2018; se aplicó un cuestionario de control interno, en particular, a servidores públicos de

la SECULT responsables del registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo, y

ejercicio del presupuesto, así como del pago de las operaciones con cargo al capítulo 3000

“Servicios Generales” en relación con los cinco componentes del control interno (Ambiente

de Control, Administración de Riesgos, Actividades de Control Interno, Información y

Comunicación, y Supervisión y Mejora Continua). Además, se requisitó la cédula de

evaluación del ambiente de control con base en las respuestas obtenidas de los servidores

públicos; y se elaboraron tres matrices: una de riesgos, para identificar los riesgos a que

están sujetas las operaciones del rubro en revisión; otra de control, para analizar la

probabilidad de ocurrencia y el impacto de cada riesgo; y una de unidades administrativas,

para determinar la participación conforme a las funciones y atribuciones de cada una de las

áreas de la dependencia relacionadas con las operaciones del rubro en revisión.

En cuanto a la efectividad del control interno, durante la etapa de ejecución de la auditoría,

se aplicaron pruebas de controles y procedimientos sustantivos, que incluyeron pruebas de

detalle y analíticos sustantivos, para determinar la idoneidad, eficacia, eficiencia en la

aplicación del control interno en las unidades administrativas, así como en los procesos,

funciones y actividades de la dependencia.

La evaluación se realizó tomando como parámetro de referencia la Ley de Auditoría y

Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México núm. 146 Ter el 1o. de septiembre de 2017 y el Decreto por

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el que se Reforman, Adicionan y Derogan, Diversas Disposiciones de la citada Ley,

publicado en el mismo medio el 27 de noviembre de 2018; los Lineamientos de Control

Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicados en la Gaceta Oficial

de la Ciudad de México el 8 de enero de 2018; el Manual del Proceso General de Fiscalización,

en lo relativo a la evaluación del ambiente de control, y el Modelo de Evaluación del Control

Interno para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de la Ciudad de México de la

ASCM, elaborado con base en el Marco Integrado de Control Interno, para ser aplicado a

los sujetos de fiscalización de la Ciudad de México, con objeto de diagnosticar el estatus de su

control interno establecido y proponer acciones de mejora dirigidas a su fortalecimiento.

Ambiente de Control

Se identificaron las unidades administrativas de la SECULT y de la Dirección Ejecutiva de

Administración en la dependencia que estuvieron relacionadas con el registro, aprobación,

modificación, compromiso, devengo y ejercicio del presupuesto, así como con el pago de

las operaciones con cargo al rubro en revisión; las funciones, objetivos, actividades y

procedimientos aplicados; las normas, procesos y estructura orgánica que proporcionan la

base para llevar a cabo el control interno en el sujeto fiscalizado, así como la normatividad

que proporciona disciplina y estructura para apoyar al personal en la consecución de los

objetivos institucionales; y se verificó si la dependencia y su Dirección Ejecutiva de

Administración, establecieron y mantuvieron un ambiente de control que implicara una

actitud de respaldo hacia el control interno, como se indica a continuación:

Secretaría de Cultura

1. Durante 2018, la SECULT dispuso de la estructura orgánica núm. 20/2008, dictaminada

favorablemente por la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México (OM) y

notificada a la dependencia por medio del oficio núm. OM/2445/2008 del 12 de diciembre

de 2008, vigente a partir del 1o. de diciembre de 2008 y su actualización con el oficio

núm. CG/530/2012 del 20 de noviembre de 2012, vigente a partir del 16 de noviembre

de 2012.

255 VOLUMEN 2/14

En dicha estructura orgánica se previeron 69 plazas: 13 en la Oficina del Secretario de

la SECULT; 3 en la Coordinación Interinstitucional; 13 en la Coordinación de Vinculación

Cultural Comunitaria; 12 en la Coordinación de Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural;

4 en la Coordinación del Sistema de Teatros de la Ciudad de México; 7 en la

Coordinación de Producción en Espacios Públicos; 4 en la Dirección de Divulgación

Cultural; 12 en la Dirección Académica y 1 en la Dirección de Operación de la Orquesta

Filarmónica de la Ciudad de México.

2. En 2018, la SECULT contó con un manual administrativo (apartados de organización y

de procedimientos) elaborado conforme al dictamen de estructura orgánica núm.

20/2008, registrado por la Coordinación General de Modernización Administrativa

(CGMA) con el núm. MA-18/200715-D-SECULT-20/2008; notificado al titular de la

SECULT con el oficio núm. OM/CGMA/1326/2015 del 20 de julio de 2015; publicado en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de agosto de 2015, con el “Aviso por el que

se da a conocer el enlace electrónico al manual administrativo de la Secretaría de

Cultura con número de registro MA-18/200715-D-SECULT-20/2008”, en cuya consulta

se comprobó su publicación y vigencia a partir del día siguiente de su publicación; y

difundido a los servidores públicos encargados de su aplicación, con la circular

núm. SCA/DEA/0888/2015 del 26 de agosto de 2015, y con su incorporación en

el portal de transparencia de su página de internet

https://www.cultura.cdmx.gob.mx/secretaria/marco-normativo para consulta de los

servidores públicos.

El manual citado, se integró por los apartados de marco jurídico de actuación;

atribuciones; misión, visión y objetivos institucionales; organización, y procedimientos;

glosario; y aprobación del manual administrativo.

Sin embargo, dicho manual administrativo no se encontró actualizado, debido a que su

último registro (núm. MA-18/200715-D-SECULT-20/2008) se realizó en 2015.

En la reunión de confronta, celebrada el 11 de diciembre de 2019, la Directora General

de Administración y Finanzas, en representación del titular de la SECULT, proporcionó

el oficio núm. SC/DGAyF/3610/2019 del 4 del mismo mes y año, al que anexó copia del

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oficio núm. OM/CGMA/3415/2018 del 30 de noviembre de 2018, mediante el cual el

Coordinador General de Modernización Administrativa y Titular de la Unidad de Mejora

Regulatoria de la Ciudad de México comunicó al Secretario de Cultura que cancelaba

el “proceso de registro del Manual Administrativo de la [SECULT], en virtud de no haber

cumplido los tiempos para el registro del Manual Administrativo que nos ocupa previstos

en el Cronograma para la Substanciación de los Procesos de Registro de los Manuales

Administrativos de la Administración Pública de la Ciudad de México durante el ejercicio

de 2018”, lo que confirma que el manual administrativo no se encuentra actualizado,

por lo que la presente observación no se modifica.

Por no actualizar el manual administrativo en el período establecido, la SECULT incumplió

los lineamientos Quinto, fracciones I y III; y Décimo Segundo, fracción III, inciso h), de los

Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de

Operación de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicados en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México el 1o. de junio de 2018, que establece lo siguiente:

“Quinto. Los Órganos de la Administración Pública y los Órganos Administrativos

tendrán las siguientes obligaciones, según corresponda:

”l. Realizar el proceso de registro de sus Manuales conforme a los presentes

Lineamientos y demás disposiciones aplicables, a fin de mantenerlos actualizados y

vigentes, en estricto apego al marco jurídico vigente [...]

”III. Elaborar y aprobar, en los términos de los presentes Lineamientos, el Manual

Administrativo por conducto de la persona servidora pública que sea titular del Órgano de

la Administración Pública, en estricto apego a la estructura orgánica dictaminada vigente.”

“Décimo segundo. Los Órganos de la Administración Pública y los Órganos

Administrativos iniciarán el proceso de registro de sus Manuales ante la Coordinación

General cuando se configuren los supuestos siguientes: […]

”III. Se requiera actualizar los contenidos de los Manuales derivado de los siguientes

supuestos:

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”h) Que hayan transcurrido 2 años a partir del último registro del Manual.”

Dirección Ejecutiva de Administración en la Secretaría de Cultura

1. En 2018, la Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT contó con dos

estructuras orgánicas autorizadas por la OM con los dictámenes núms. D-SEFIN-

27/010917 y D-SEFIN-13/160618; la primera estructura orgánica estuvo vigente a partir

del 1o. de septiembre de 2017 hasta el 15 de junio de 2018, y la segunda, vigente a

partir del 16 de junio hasta el 31 de diciembre de 2018. Dichas estructuras fueron

notificadas al titular de la Secretaría de Finanzas (SEFIN) con los oficios núms.

OM/0616/2017 del 16 de octubre de 2017 y OM/0431/2018 del 20 de julio de 2018.

En dichas estructuras orgánicas, se previeron 23 plazas: 12 en la Dirección Ejecutiva

de Administración en la SECULT; 4 en la Dirección de Recursos Financieros; 3 en la

Dirección de Recursos Humanos, y 4 en la Dirección de Recursos Materiales y

Servicios Generales.

2. En 2018, la Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT dispuso de un manual

administrativo (apartados de organización y de procedimientos) elaborado conforme al

dictamen de estructura orgánica núm. D-OM-4/2014, el cual fue registrado por la CGMA

con el núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014; notificado al titular de la OM con el oficio

núm. OM/CGMA/1427/2015 del 30 de julio de 2015; y publicado en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 27 de agosto de 2015, con el “Aviso por el cual se da a

conocer el Manual Administrativo de la Oficialía Mayor, con número de registro

MA-28/300715-D-OM-4/2014, validado por la Coordinación General de Modernización

Administrativa, mediante oficio número Om/Cgma/1427/2015 de fecha 30 de julio

de 2015, a través de su enlace electrónico”, en el cual se menciona que se anexó dicho

manual en archivo digital, y que su vigencia sería a partir del día siguiente de su

publicación. La difusión del manual administrativo a los servidores públicos encargados

de su aplicación se realizó mediante 24 oficios, todos del 11 de septiembre de 2015, y

con su incorporación en el portal de transparencia de su página de internet

www.finanzas.cdmx.gob.mx/secretaria/marco-normativo para consulta de los

servidores públicos.

258 VOLUMEN 2/14

El manual citado se integró por los apartados de marco jurídico de actuación;

atribuciones; misión, visión y objetivos institucionales; organigrama de la estructura

básica; organización y procedimientos; glosario; y aprobación del manual

administrativo. Sin embargo, dicho manual no se encontró actualizado con base en la

última estructura orgánica autorizada (núm. D-SEFIN-13/160618).

No obstante lo anterior, la referida deficiencia de control interno ya se encuentra

subsanada, toda vez que, en el portal de internet de la Secretaría de Administración y

Finanzas, se verificó que en la liga electrónica https://cdmxassets.s3.amazonaws.com

/media/files/pdf/manual_admin/33_DIRECCION_GENERAL_DE_ADMINISTRACION_

Y_FINANZAS_EN_LA_SECRETRIA_DE_CULTURA.pdf, se encuentra el manual

administrativo de la Dirección General de Administración y Finanzas en la SECULT con

registro núm. MA-12/200919-D-SEAFIN-02/010119, de acuerdo con la estructura

orgánica núm. D-SEAFIN-02/010119. Además, dicho manual administrativo fue

publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México núm. 193 el 7 de octubre de

2019, para consulta de los servidores públicos, por lo que no se emite recomendación.

3. En 2018, los servidores públicos de la Administración Pública de la Ciudad de México,

incluidos los de la SECULT, contaron con un código de ética publicado en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 9 de julio de 2014, y si bien en 2018 el sujeto fiscalizado

no estaba obligado a tener un código de conducta, a partir del 6 de febrero de 2019

dispuso de él, toda vez que dicha obligación surgió en 2019, de acuerdo con el artículo

segundo transitorio del Código de Ética de la Administración Pública de la Ciudad de

México, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México núm. 26 el 7 de febrero

de 2019, en donde se indica que la dependencia lo debería publicar a más tardar dentro de

los 90 días naturales siguientes a su entrada en vigor (8 de febrero de 2019). Además,

la SECULT contó con unidades administrativas encargadas de cumplir las obligaciones

en materia de transparencia y acceso a la información, fiscalización, rendición de

cuentas y armonización contable, así como de administrar los recursos humanos y

financieros, para lo cual implementó procedimientos específicos que se formalizaron

con su registro ante la CGMA, y se incorporaron a su manual administrativo; y dispuso

de un programa de capacitación.

259 VOLUMEN 2/14

Con base en lo anterior, se determinó que la SECULT y la Dirección Ejecutiva de Administración

en la dependencia contaron con una estructura orgánica, un manual administrativo

dictaminado por la CGMA, con unidades administrativas encargadas de atender, dar cumplimiento

a las obligaciones en materia transparencia y acceso a la información, fiscalización,

rendición de cuentas y armonización contable, y con un programa de capacitación, por lo

que estableció y mantuvo un ambiente de control que implicó una actitud de respaldo hacia

el control interno; no obstante, que en el ejercicio de 2018 los manuales administrativos de

la SECULT y de la Dirección Ejecutiva de Administración en la dependencia no se

encontraron actualizados.

Administración de Riesgos

Se revisó si la dependencia contó con un Comité de Administración de Riesgos y Evaluación

de Control Interno (CARECI) que le haya permitido desarrollar respuestas al riesgo, así

como administrarlo y controlarlo; y con un Órgano Interno de Control que lo vigile y, en su

caso, que hubiese practicado auditorías al rubro sujeto a revisión. Los resultados se indican

a continuación:

1. La SECULT dispuso de un CARECI, el cual fue constituido el 15 de enero de 2018 de

conformidad con los Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de la

Ciudad de México, publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 8 de enero

de 2018; y de unidades administrativas encargadas de atender, dar seguimiento y

cumplir las obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información; de un

portal de transparencia y de ventanilla única en el sitio web de la SECULT; de un área

de armonización contable, y de áreas para la administración de recursos humanos

y financieros.

En el CARECI participó el Órgano Interno de Control en la dependencia, y tuvo

un Programa de Revisión de Control Interno, integrantes nombrados o ratificados, y un

manual de integración y funcionamiento; y en su operación dio seguimiento a las

observaciones determinadas por el Órgano Interno de Control en las revisiones de

control interno practicadas y en áreas identificadas de alto riesgo, lo cual propició la

implementación de controles internos.

260 VOLUMEN 2/14

2. El Órgano Interno de Control en la SECULT, adscrito a la Secretaría de la Contraloría

General de la Ciudad de México (SCGCDMX), contó con atribuciones para inspeccionar

y vigilar que la dependencia cumpliera las normas y disposiciones en materia de

información, estadística, organización, procedimientos, sistemas de registro y

contabilidad, contratación y pago de personal, contratación de servicios, obra pública,

adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, destino, afectación, enajenación y

baja de bienes muebles e inmuebles, almacenes y demás activos. Aunque en su

Programa de Auditorías no consideró revisiones a la dependencia relativas al capítulo

3000 “Servicios Generales” por el ejercicio de 2018, sí realizó dos auditorías de control

interno a diversas unidades administrativas de la dependencia en dicho ejercicio.

Asimismo, en la revisión del Programa Anual de Control Interno (PACI) de la

dependencia proporcionado por la SCGCDMX, no se observó la implementación de

controles internos relacionados con el rubro en revisión.

Con base en lo anterior, se determinó que la dependencia contó con mecanismos de control

efectivos para asegurar el control de sus operaciones, como son el CARECI, que le permitió

desarrollar respuestas al riesgo, así como administrarlo y controlarlo; con un Órgano Interno

de Control que lo vigiló, el cual no auditó el rubro sujeto a revisión en el ejercicio de 2018,

pero sí realizó dos auditorías de control interno a la dependencia; y con un PACI, en el que

no se observó la implementación de controles internos relacionados con el rubro en revisión.

Actividades de Control Interno

Se verificó si la SECULT y la Dirección Ejecutiva de Administración en la dependencia

dispusieron de procedimientos que les hayan permitido prevenir, minimizar y responder a

los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento y logro de los objetivos del rubro en

revisión y garantizar la eficacia y eficiencia de las operaciones; y si contaron con actividades

de control para asegurarse de que los informes y los reportes que generó el sujeto

fiscalizado fueran presentados oportunamente y con información confiable. Los resultados

se indican a continuación:

261 VOLUMEN 2/14

1. En 2018, la SECULT dispuso de 76 procedimientos integrados al manual administrativo

que la CGMA registró con el núm. MA-18/200715-D-SECULT-20/2008. Por su parte, la

Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT contó con 39 procedimientos integrados

al manual administrativo que la CGMA registró con el núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014.

Del total de 115 procedimientos que estuvieron vigentes en 2018, 12 tienen relación

con los momentos contables del gasto en las operaciones del capítulo 3000 “Servicios

Generales” y son los que se describen a continuación:

Momento contable Procedimiento

Gasto aprobado “Elaboración del Programa Operativo Anual”**

Gasto modificado “Afectaciones Programático-Presupuestarias”**

Gasto comprometido y devengado

“Revisión de Convenios”* “Revisión de Contratos”* “Adquisición de Bienes o Contratación de Servicios por Adjudicación Directa”** “Adquisición de Bienes y/o Servicios por Licitación Pública”** “Adquisición de Bienes y/o Servicios por Invitación Restringida”** “Gestión de Apoyos para la Realización de Festivales, mediante la Elaboración de Convenios de Colaboración con la Secretaría de Cultura”* “Elaboración de Convenios y/o Contratos de la Coordinación del Sistema de Teatros de la Ciudad de México”*

Gastos ejercido “Elaboración de Cuentas por Liquidar Certificadas”** “Elaboración de Documentos Múltiples”**

Gasto pagado “Trámite de Pago de los Prestadores de Servicios Culturales de la Partida Presupuestal 3821 Espectáculos Culturales”**

* Procedimiento de la SECULT. ** Procedimiento de la Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT.

2. Para la operación y desarrollo de sus actividades sustantivas, administrativas y financieras,

la Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT dispuso del Sistema de Planeación

de Recursos Gubernamentales (SAP-GRP), cuyas políticas y lineamientos de seguridad

fueron establecidos por la SEFIN, como autoridad administradora del sistema.

Con base en lo anterior, se determinó que la SECULT y la Dirección Ejecutiva de

Administración en la dependencia contaron con procedimientos que regularon las

actividades de los servidores públicos encargados de llevar las operaciones respecto de los

momentos contables del gasto aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido

y pagado y, por tanto, de mecanismos que les permitieran prevenir, minimizar y responder

a los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento y logro de los objetivos del rubro sujeto a

revisión, y garantizar la eficacia y eficiencia de las operaciones.

262 VOLUMEN 2/14

Información y Comunicación

Se revisó si la SECULT y la Dirección Ejecutiva de Administración en la dependencia

contaron con líneas de comunicación e información reguladas entre los mandos medios y

superiores con las personas servidoras públicas a su cargo que les permitieran

comunicarles sus responsabilidades, así como los objetivos y metas institucionales; y si

generaron información necesaria, oportuna, veraz y suficiente, tanto al interior como al

exterior del sujeto fiscalizado. Los resultados se indican a continuación:

1. De las respuestas al cuestionario de control interno, así como de la información y

documentación analizadas, se observó que la SECULT dispuso de líneas de

comunicación e información reguladas entre los mandos medios y superiores con el

personal a su cargo que le permitieron comunicarles sus responsabilidades, así como

los objetivos y metas institucionales.

2. La dependencia generó reportes e informes de la gestión de los recursos humanos y

financieros, así como en materia de transparencia y acceso a la información,

fiscalización, rendición de cuentas y contabilidad gubernamental. Sin embargo, la SECULT

presentó deficiencias en la entrega de informes, las cuales se detallan en el resultado

núm. 5 del presente informe.

3. La Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT contó con el SAP-GRP para

gestionar la información relativa a los recursos financieros y presupuestales con

unidades administrativas externas.

Por lo que corresponde al Sistema de Armonización de Información y Control (SAIC),

la dependencia informó que aún no se ha implementado.

Con base en lo anterior, se determinó que, aun cuando la dependencia y la Dirección

Ejecutiva de Administración en ésta dispusieron de líneas de comunicación e información

reguladas, no generaron información necesaria, oportuna y suficiente al interior y al exterior,

como se describe en el resultado núm. 5 del presente informe.

263 VOLUMEN 2/14

Supervisión y Mejora Continua

Se verificó si los manuales administrativos de la SECULT y de la Dirección Ejecutiva de

Administración en la dependencia consideraron actividades de supervisión, a fin de verificar

si las operaciones institucionales relacionadas con el rubro en revisión se ajustaron a las

líneas de mando y actividades establecidas en los citados manuales administrativos. Los

resultados se indican a continuación:

1. Con base en las respuestas al cuestionario de control interno y la información y

documentación analizadas, se determinó que la dependencia promovió el seguimiento

y mejora de los controles internos, y supervisó las actividades de los servidores públicos

respecto de sus funciones y atribuciones.

2. El CARECI de la dependencia no estableció controles para supervisar las actividades

susceptibles de corrupción, ni contó con planes y programas para supervisar las

actividades de control interno y las operaciones del rubro en revisión; asimismo, no llevó

a cabo autoevaluaciones para el mejor desarrollo del control interno y cumplimiento de

metas y objetivos, y no elaboró un programa de acciones para resolver las

problemáticas detectadas.

En la reunión de confronta, celebrada el 11 de diciembre de 2019, la Directora General

de Administración y Finanzas, en representación del titular de la SECULT, proporcionó

el oficio núm. SC/DGAyF/3610/2019 del 4 del mismo mes y año, al cual anexó copia de

la documentación siguiente:

a) Oficio núm. SAE/SSCHA/CGEMDA/1622/2019 del 30 de septiembre de 2019,

mediante el cual la Coordinación General de Evaluación, Modernización y

Desarrollo Administrativo comunicó a la SECULT y al Comité de Administración de

Riesgos y Evaluación de Control Interno Institucional de la SECULT, que se registró

el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Administración de

Riesgos y Evaluación del Control Interno Institucional de la SECULT.

264 VOLUMEN 2/14

b) Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 18 de octubre de 2019, núm. 202 Bis,

mediante la cual se comunicó el “Aviso por el que se da a conocer el enlace

electrónico donde podrá ser consultado el Manual de Integración y Funcionamiento

del Comité de Administración y Riesgos y Evaluación del Control Interno

Institucional, con número de registro MEO-229/300919-D-SECULT-14/010119”.

c) Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Administración y Riesgos y

Evaluación del Control Interno Institucional núm. MEO-229/300919-D-SECULT-14/010119.

Del análisis a la documentación proporcionada por la SECULT, se constató que aun

cuando dispuso en 2019 de un Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de

Administración y Riesgos y Evaluación del Control Interno Institucional, la dependencia

no proporcionó evidencia documental de haber establecido, en 2018, controles para

supervisar las actividades susceptibles de corrupción, contar con planes y programas

para supervisar las actividades de control interno y las operaciones del rubro en

revisión, llevar a cabo autoevaluaciones para el mejor desarrollo del control interno y

cumplimiento de metas y objetivos ni elaborar un programa de acciones para resolver

las problemáticas detectadas, por lo que la presente observación no se modifica.

3. En el manual administrativo de la SECULT se encuentran plasmados los tramos de

control y supervisión en los diferentes niveles jerárquicos para el cumplimiento de los

objetivos de la dependencia; sin embargo, se presentaron deficiencias en las operaciones

de los momentos contables del gasto aprobado, modificado, comprometido, devengado y

ejercido, lo que denotó debilidades en los procesos de supervisión establecidos, como

se detalla en los resultados núms. 3, 4, 5, 6, 7 y 8 del presente informe.

Con base en lo anterior, se determinó que la dependencia acreditó haber emprendido

acciones de supervisión y mejora continua para el ejercicio de 2018; sin embargo, el

CARECI no estableció controles para supervisar las actividades susceptibles de corrupción,

no contó con planes y programas para supervisar las actividades de control interno y las

operaciones del rubro en revisión, no llevó a cabo autoevaluaciones para el mejor desarrollo

del control interno y cumplimiento de metas y objetivos, y no elaboró un programa de

acciones para resolver las problemáticas detectadas.

265 VOLUMEN 2/14

Por lo expuesto, se determinó que el diseño del control interno del sujeto fiscalizado no fue

apropiado, toda vez que se observaron deficiencias en los componentes Ambiente de

Control, pues no acreditó que el manual administrativo de la dependencia y de la Dirección

Ejecutiva de Administración en la SECULT fueran actualizados; en Información y Comunicación,

debido a que la dependencia no generó información necesaria, oportuna y suficiente hacia

el exterior; y en Supervisión y Mejora Continua, ya que el CARECI en la dependencia no

estableció controles para supervisar las actividades susceptibles de corrupción, no contó

con planes y programas para supervisar las actividades de control interno, no llevó a cabo

autoevaluaciones para el mejor desarrollo del control interno y cumplimiento de metas y

objetivos, y no elaboró un programa de acciones para resolver las problemáticas detectadas.

En cuanto a su efectividad, el control interno de la SECULT no fue apropiado, ya que la

dependencia no se ajustó a los controles establecidos ni cumplió la normatividad aplicable

a los momentos contables del gasto aprobado, modificado, comprometido, devengado y

ejercido como se detalla en los resultados núms. 3, 4, 5, 6, 7 y 8 del presente informe.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno establecido y con base en las

herramientas utilizadas, se determinó que, en general, el sujeto fiscalizado no tuvo un

control interno apropiado, lo que impidió garantizar el cumplimiento a la normatividad, debido a

que las condiciones de los elementos de control no estuvieron documentadas; ello generó

deficiencias en la ejecución de las operaciones y la consecución de objetivos del rubro

sujeto a revisión, pues las observaciones señaladas impactaron en el cumplimiento de éstos.

Recomendación ASCM-32-18-1-SECULT

Es necesario que la Secretaría de Cultura implemente mecanismos de control y supervisión

para asegurarse de que su manual administrativo se encuentre actualizado, conforme a los

Lineamientos Generales para el Registro de los Manuales Administrativo y Específicos de

Operación de las Dependencias, Órganos, Entidades de la Administración Pública de la

Ciudad de México; así como de las Comisiones, Comités, Institutos y cualquier otro Órgano

Administrativo Colegiado o Unitario que Constituya la Administración Pública de la Ciudad

de México.

266 VOLUMEN 2/14

Recomendación ASCM-32-18-2-SECULT

Es conveniente que la Secretaría de Cultura implemente mecanismos de control y

supervisión para asegurarse de que su Comité de Administración de Riesgos y Evaluación

del Control Interno establezca controles para supervisar las actividades susceptibles de

corrupción, cuente con planes y programas para supervisar las actividades de control interno,

lleve a cabo autoevaluaciones para el mejor desarrollo del control interno, promueva el

seguimiento de metas y objetivos, y elabore un programa de acciones para resolver

problemáticas detectadas, a fin de fortalecer el control interno.

Registros Contable y Presupuestal

2. Resultado

Con objeto de verificar que las operaciones del sujeto fiscalizado se encuentren registradas

contable y presupuestalmente, que reflejen las operaciones de cada uno de los momentos

contables del gasto y que expliquen la evolución del ejercicio presupuestal, se revisó que

la SEFIN haya efectuado los registros contable y presupuestal de los momentos contables

del gasto aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado del sujeto

fiscalizado con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, en las cuentas contables y de

orden presupuestarias y por los importes correspondientes. Lo anterior, de conformidad con

el Manual de Contabilidad de la Ciudad de México Poder Ejecutivo, publicado en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México núm. 53 del 24 de abril de 2017, en correspondencia con las

normas Quinta a la Undécima de las Normas y Metodología para la Determinación de los

Momentos Contables de los Egresos, emitidas por el Consejo Nacional de Armonización

Contable (CONAC), publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 674, el

11 de septiembre de 2009, y de las Normas y Metodología para la Determinación de los

Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal implementadas por el Consejo de

Armonización Contable del Distrito Federal (CONSAC-DF) el 7 de noviembre de 2011,

ambos vigentes en 2018.

Asimismo, se constató que la SECULT haya registrado el gasto en la partida que le

corresponde de acuerdo con su naturaleza y con el Clasificador por Objeto del Gasto del

Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 1o. de julio de 2010

267 VOLUMEN 2/14

y sus modificaciones publicadas por el mismo medio el 31 de diciembre de 2014 y

21 de septiembre de 2015. Además, se verificó que los registros contables y presupuestales

del rubro sujeto a revisión contenidos en reportes auxiliares coincidieran con los importes

consignados en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2018.

En respuesta al oficio núm. ACF-A/19/0554 del 28 de junio de 2019, mediante los oficios

núms. SAF/SE/DGACyRC/3389/2019, SAF/SE/DGACyRC/3489/2019 y SAF/SE/DGACyRC/3702/2019

del 8 y 12 de julio, y 6 de agosto de 2019, en ese orden, la Dirección General de

Armonización Contable y Rendición de Cuentas de la Secretaría de Administración y

Finanzas proporcionó las pólizas de diario y de egresos por medio de las cuales se

realizaron los registros contable y presupuestal, en cuentas contables y de orden

presupuestarias de los momentos contables del gasto aprobado, modificado,

comprometido, devengado, ejercido y pagado de la dependencia. En su análisis, se

determinaron los registros contables y presupuestales siguientes:

Gasto Aprobado

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 690,904.0

8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 690,904.0

Total 690,904.0 690,904.0

Gasto Modificado

(Miles de pesos)

Cuenta Importe*

Debe Haber

8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 18,564.7

8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 18,564.7

Total 18,564.7 18,564.7

* El monto registrado corresponde al rubro sujeto a revisión.

268 VOLUMEN 2/14

Gasto Comprometido

(Miles de pesos)

Cuenta Importe*

Debe Haber

8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 95,662.3

8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 95,662.3

Total 95,662.3 95,662.3

* El monto registrado corresponde a la muestra seleccionada.

Gasto Devengado

1. Registro contable:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe*

Debe Haber

5138138211 “Espectáculos Culturales” 95,662.3

2112100001 “Proveedores por pagar a Corto Plazo Sector Central” 95,662.3

Total 95,662.3 95,662.3

* El monto registrado corresponde a la muestra seleccionada.

2. Registro presupuestal:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe*

Debe Haber

8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 95,662.3

8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 95,662.3

Total 95,662.3 95,662.3

* El monto registrado corresponde a la muestra seleccionada.

269 VOLUMEN 2/14

Gasto Ejercido

(Miles de pesos)

Cuenta Importe*

Debe Haber

8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 95,662.3

8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 95,662.3

Total 95,662.3 95,662.3

* El monto registrado corresponde a la muestra seleccionada.

Gasto Pagado

1. Registro contable:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe*

Debe Haber

5138138211 “Espectáculos Culturales” 95,662.3

2112100001 “Proveedores por pagar a Corto Plazo Sector Central” 95,662.3

Total 95,662.3 95,662.3

* El monto registrado corresponde a la muestra seleccionada.

2. Registro presupuestal:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe*

Debe Haber

8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 95,662.3

8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 95,662.3

Total 95,662.3 95,662.3

* El monto registrado corresponde a la muestra seleccionada.

Las cuentas contables y de orden presupuestarias afectadas, así como los asientos

realizados para registrar contable y presupuestalmente las transacciones en el SAP-GRP

fueron los que establece la normatividad; los montos registrados fueron congruentes con la

documentación justificativa y comprobatoria de la muestra seleccionada para su revisión,

con la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2018 y con los informes y registros

270 VOLUMEN 2/14

auxiliares de la dependencia; además, los recursos ejercidos fueron registrados por la

SECULT en las partidas presupuestales, atendiendo la naturaleza de las operaciones,

conforme a lo establecido en el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente

en 2018.

Por lo anterior, se concluye que el gasto se registró en las partidas correspondientes, de

acuerdo con su naturaleza, al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal y el

Manual de Contabilidad de la Ciudad de México Poder Ejecutivo, en correspondencia con

las normas quinta a la undécima de las Normas y Metodología para la Determinación de los

Momentos Contables de los Egresos emitidas por el CONAC y las implementadas por el

CONSAC-DF; y que las operaciones reflejaron el momento contable del gasto y su

evolución dentro del ejercicio presupuestal. Asimismo, los asientos realizados para registrar

contable y presupuestalmente las transacciones, contenidos en reportes auxiliares del rubro

sujeto a revisión, coincidieron con los importes consignados en la Cuenta Pública de la

Ciudad de México de 2018. La información contable y financiera se concentró en la SEFIN,

según lo establecido en los artículos 122 y 124 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

de la Ciudad de México vigente en 2018.

Gasto Aprobado

3. Resultado

De conformidad con la norma sexta de las Normas y Metodología para la Determinación de

los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal implementadas por el

CONSAC-DF y vigente en 2018, el momento contable del gasto aprobado considera

el registro de las asignaciones presupuestarias anuales contenidas en el Decreto de

Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México.

Con objeto de comprobar que el proceso de programación, presupuestación, integración,

autorización del presupuesto se haya ajustado a la normatividad aplicable; y que exista

congruencia entre la documentación soporte, como el POA, el techo presupuestal, el

Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y la autorización de la ALDF, se verificó que en

el POA del sujeto fiscalizado se haya reflejado de forma desglosada el presupuesto

271 VOLUMEN 2/14

asignado al rubro en revisión y que éste haya servido de base para la integración de su

anteproyecto de presupuesto anual; que se hayan considerado elementos de valoración

para la determinación de sus metas físicas y financieras, y que éstas hayan sido

congruentes con las necesidades operativas del sujeto fiscalizado; y que se haya tramitado

oportunamente ante la SEFIN la aprobación del anteproyecto y proyecto de presupuesto de

egresos del sujeto fiscalizado, conforme a la normatividad aplicable. Al respecto, se

determinó lo siguiente:

1. Con el oficio núm. SFCDMX/SE/5105/2017 del 3 de noviembre de 2017, la

Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó al titular de la SECULT el techo

presupuestal preliminar, por un monto de 664,737.1 miles de pesos; de los cuales,

280,788.5 miles de pesos se destinarían a otros gastos, entre ellos, al capítulo 3000

“Servicios Generales”.

Asimismo, la SEFIN indicó que los plazos establecidos para la entrega de los Módulos de

Integración por Resultados y de Integración Financiera serían el 10 y 17 de noviembre

de 2017, respectivamente, y para la versión impresa el 22 de noviembre de 2017.

Mediante el oficio núm. DEA/0861/2017 del 22 de noviembre 2017, con sello de

recepción de la misma fecha, la Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT

remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, en forma impresa, el Anteproyecto

de Presupuesto de Egresos para 2018, en el que se incluyó la información de los

Módulos de Integración por Resultados y de Integración Financiera, por un monto de

664,737.1 miles de pesos, de los cuales 280,788.5 miles de pesos se destinaron a otros

gastos, entre ellos, al capítulo 3000 “Servicios Generales”, por 241,532.7 miles de pesos.

2. La estructura del anteproyecto de presupuesto de egresos para 2018 consideró las

bases para la programación; es decir, incluyó los objetivos, políticas, prioridades y

metas del sujeto fiscalizado, y el rubro sujeto a revisión se programó en 20 actividades

institucionales, de conformidad con el Manual de Programación-Presupuestación para

la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2018, emitido por la

Subsecretaría de Egresos de la SEFIN.

272 VOLUMEN 2/14

No obstante, en el análisis de la información y documentación proporcionadas por la

SECULT, se determinó que para el ejercicio fiscal de 2018 no se consideraron

elementos de valoración para planear la contratación de servicios con cargo al capítulo

3000 “Servicios Generales”.

En la reunión de confronta, celebrada el 11 de diciembre de 2019, la Directora General

de Administración y Finanzas, en representación del titular de la SECULT, no presentó

información relacionada con la presente observación, por lo que ésta no se modifica.

Por no haber considerado elementos de valoración en su proceso de programación-

presupuestación, la SECULT incumplió la fracción VI, “De los Lineamientos para la

Presupuestación”; numeral 1, “Lineamientos Generales”, párrafo decimoquinto, del

Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de

Presupuesto de Egresos 2018, que establece lo siguiente:

“VI. Lineamientos para la Presupuestación […]

”1. Lineamientos Generales

”En la formulación de su respectivo Anteproyecto de Presupuesto, las Unidades

deberán atender los siguientes Lineamientos Generales […]

”Al presupuestar los bienes y servicios por adquirir, se deberán considerar elementos

reales de valoración, tales como: catálogos de precios unitarios […] cotizaciones con

proveedores […] así como licitaciones del ejercicio anterior y su comportamiento

histórico.”

3. En la Gaceta Oficial de la Ciudad de México núm. 230, tomo II, del 31 de diciembre de 2017,

se publicó el Decreto por el que se Expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de

México para el Ejercicio Fiscal 2018, en cuyo artículo 5 y Anexo VI, “Convenios”, se

estableció que a la SECULT se le asignó un presupuesto de 690,904.0 miles de pesos.

273 VOLUMEN 2/14

4. Mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/0180/2018 del 8 de enero de 2018, la

Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó al titular de la SECULT el Analítico de

Claves y el Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad

de México para el Ejercicio Fiscal 2018, correspondiente al presupuesto aprobado por

la ALDF, por 690,904.0 miles de pesos, de los cuales, 309,581.4 miles de pesos se

destinaron a otros gastos y, de ese monto, 264,947.7 miles de pesos al capítulo 3000

“Servicios Generales”, de los cuales 162,190.8 miles de pesos, fueron para la partida

3821 “Espectáculos Culturales” y se etiquetaron recursos por 15,500.0 miles de pesos

para el evento “Día de Muertos, Magna Ofrenda y Desfile”.

5. Con el oficio núm. SFCDMX/SE/476/2018 del 29 de enero de 2018, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó al titular de la SECULT el calendario presupuestal y

el POA definitivos para el ejercicio fiscal de 2018, por un monto de 690,904.0 miles

de pesos, importe que coincidió con el indicado en la Cuenta Pública de la Ciudad de

México de 2018.

6. En el Analítico de Claves, se asignaron 264,947.7 miles de pesos al capítulo 3000

“Servicios Generales”, los cuales fueron reportados en el Informe de Cuenta Pública

2018 de la SECULT. En específico, a la partida 3821 “Espectáculos Culturales”,

seleccionada como muestra, se asignaron 162,190.8 miles de pesos, y en otras

39 partidas se destinaron 102,756.9 miles de pesos, los que se programaron ejercer en

los ejes, finalidades, funciones, subfunciones y actividades institucionales del POA que

se indican a continuación:

274 VOLUMEN 2/14

(Miles de pesos)

Eje / Finalidad / Función / Subfunción / Actividad institucional Importe

Partida 3821 “Espectáculos Culturales”

1 “Equidad e Inclusión Social para el Desarrollo Humano”

1 “Gobierno”

2 “Justicia”

4 “Derechos Humanos”

313 “Fomento a la corresponsabilidad con OSC para beneficio de las mujeres” 1,115.0

318 “Seguimiento y coordinación de políticas de atención, prevención y acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia” 300.0

2 “Desarrollo Social”

4 “Recreación, Cultura y otras Manifestaciones Sociales”

2 “Cultura”

407 “Acciones de apoyo al desarrollo de filmaciones” 2,510.2

408 “Acciones de apoyo para la creación de empresas culturales” 1,000.0

409 “Acciones de vinculación cultural en comunidades marginadas” 15,153.4

410 “Acciones de vinculación cultural interinstitucional” 2,460.0

411 “Acciones para el desarrollo cultural comunitario” 6,150.0

412 “Agrupaciones musicales de la Ciudad de México” 3,510.5

414 “Divulgación y promoción del patrimonio de la Ciudad de México” 4,522.0

415 “Exposiciones en espacios públicos” 500.0

416 “Fomento a la lectura y el libro” 3,220.7

419 “Operación de biblioteca y archivo histórico del Distrito Federal” 1,373.4

420 “Operación de centros culturales” 7,910.0

421 “Operación de la red de fábricas de artes y oficios” 19,055.0

422 “Operación de museos” 8,753.8

423 “Operación de teatros” 29,834.4

427 “Orquesta filarmónica de la Ciudad de México” 11,605.8

428 “Promoción de espectáculos artísticos y culturales en espacios públicos” 18,712.0

3 “Radio, televisión y editoriales”

431 “Acciones de divulgación cultural” 5,495.6

5 “Educación”

6 “Otros servicios educativos y actividades inherentes”

455 “Operación de escuelas de educación artística y cultural” 19,009.0

Subtotal 162,190.8

Otras 39 partidas 102,756.9

Total 264,947.7

Por lo anterior, se concluye que la SECULT estimó originalmente recursos para el capítulo

3000 “Servicios Generales” por 264,947.7 miles de pesos, los cuales programó ejercer con

cargo a 40 partidas de gasto, entre ellas, la 3821 “Espectáculos Culturales”, seleccionada

para su revisión; sin embargo, la dependencia no consideró elementos de valoración para

planear la contratación de servicios en la presupuestación de los recursos del capítulo 3000

“Servicios Generales”.

275 VOLUMEN 2/14

Recomendación ASCM-32-18-3-SECULT

Es necesario que la Secretaría de Cultura establezca mecanismos de supervisión para

asegurarse de que en la elaboración de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos se

consideren elementos de valoración al presupuestar los servicios a contratar con recursos

del capítulo 3000 “Servicios Generales”, en cumplimiento del Manual de Programación-

Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del

ejercicio que corresponda.

Gasto Modificado

4. Resultado

De conformidad con la norma séptima de las Normas y Metodología para la Determinación

de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal implementadas por el

CONSAC-DF y vigentes en 2018, el momento contable del gasto modificado refleja la

asignación presupuestaria que resulta de incorporar el registro de las adecuaciones

presupuestarias autorizadas por la SEFIN y que afectan las asignaciones previstas en el

presupuesto aprobado.

Con objeto de comprobar que el origen y destino de los recursos materia de las afectaciones del

presupuesto se hayan justificado y autorizado, y que se hayan orientado al cumplimiento

de metas y objetivos, de acuerdo con la normatividad aplicable, se analizaron 52 afectaciones

presupuestarias y su documentación soporte, a fin de verificar que las modificaciones

al presupuesto original asignado al rubro en revisión se hayan sujetado a los montos

aprobados y contado con las justificaciones y autorizaciones correspondientes, en las que

se identifiquen las causas que las originaron. Asimismo, que dichas afectaciones presupuestarias

hayan sido consecuencia de un proceso de programación, presupuestación y/o calendarización

eficiente, y hayan contribuido al cumplimiento de las metas y objetivos del sujeto fiscalizado.

Al respecto, se observó lo siguiente:

1. En la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2018, la SECULT reportó en el capítulo

3000 “Servicios Generales” un presupuesto original de 264,947.7 miles de pesos, el

cual se incrementó en 18,564.7 miles de pesos (7.0%), para quedar en 283,512.4 miles

276 VOLUMEN 2/14

de pesos, de los cuales únicamente ejerció 271,871.9 miles de pesos, ya que presentó

economías por 11,640.5 miles de pesos. Los datos se muestran a continuación:

(Miles de pesos)

Concepto Cantidad

de movimientos

Importe

Parcial Total

Presupuesto original 264,947.7

Más:

Adiciones compensadas 15 11,741.7

Adiciones líquidas 8 22,920.6

Ampliaciones compensadas 253 204,420.5

Ampliaciones líquidas 2 89.8 239,172.6

Menos:

Reducciones compensadas 269 (212,925.0)

Reducciones líquidas 33 (7,682.9) (220,607.9)

Modificación neta 18,564.7

Presupuesto modificado 283,512.4

Economías (11,640.5)

Presupuesto ejercido 271,871.9

Los movimientos se soportaron con 52 afectaciones presupuestarias autorizadas por la

SEFIN, por conducto de la Dirección General de Egresos “A”, en el caso de las

afectaciones compensadas; y por medio de la Dirección General de Política Presupuestal,

cuando se trató de afectaciones líquidas, ambas áreas de la Subsecretaría de Egresos

de la SEFIN, en cumplimiento de los artículos 68, fracción V; y 70, fracción VI, del

Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y de los

numerales 77 y 79 del apartado A, “Adecuaciones Presupuestarias Compensadas”; y

80 y 83 del apartado B, “Adecuaciones Presupuestarias Líquidas”, de la sección tercera,

“Adecuaciones Presupuestarias”, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio

Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 4 de diciembre de 2012, vigente hasta el 30 de octubre de 2018.

Además de los numerales 78 y 80 del apartado A, “De las Adecuaciones Presupuestarias

Compensadas”; y 81 y 84 del apartado B, “De las Adecuaciones Presupuestarias Líquidas”,

de la sección tercera, “Adecuaciones Presupuestarias”, del Manual de Reglas y

Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública de la

Ciudad de México publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 30 de octubre

de 2018, vigente a partir del día siguiente de su publicación.

277 VOLUMEN 2/14

Las afectaciones programático-presupuestarias con las que se modificó el presupuesto

asignado al capítulo 3000 “Servicios Generales” fueron elaboradas, autorizadas y

tramitadas por los servidores públicos facultados para ello, en cumplimiento del artículo

78 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2018.

2. En el análisis de las afectaciones presupuestarias con las que se modificó el

presupuesto asignado al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se observó que las

justificaciones de los movimientos consistieron en lo siguiente:

a) Las adiciones compensadas, por un monto de 11,741.7 miles de pesos, tuvieron

por objeto la contratación de servicios de difusión para la promoción de las

actividades de la dependencia; asimismo, la distribución de recursos a distintos

proyectos culturales que llevó a cabo la SECULT.

b) Las adiciones líquidas, por un monto de 22,290.6 miles de pesos, tuvieron por

objeto llevar a cabo el proyecto denominado “Eventos culturales por el inicio de la

nueva administración del Gobierno de la Ciudad de México”.

c) Las ampliaciones compensadas, por un monto de 204,420.5 miles de pesos,

tuvieron por objeto atender diversas actividades de los espectáculos y eventos

culturales en óptimas condiciones de calidad, seguridad e higiene al público que

asiste, debido a que en algunos casos no fue posible contratar servicios integrales.

d) Las ampliaciones líquidas, por un monto de 89.8 miles de pesos, tuvieron por objeto

asignar recursos a la partida 3951 “Penas, Multas, Accesorios y Actualizaciones”

con la finalidad de cubrir actualizaciones y recargos por concepto del Impuesto

sobre la Renta (ISR).

e) Las reducciones compensadas, por un monto de 212,925.0 miles de pesos, se

gestionaron para atender los compromisos por concepto de sueldos y salarios y

otras prestaciones sociales y económicas.

f) Las reducciones líquidas, por un monto de 7,682.9 miles de pesos, se tramitaron

en razón de los recursos que no fueron ejercidos por la dependencia.

278 VOLUMEN 2/14

3. Los movimientos registrados en las afectaciones no fueron consecuencia de un proceso

de programación, presupuestación y calendarización eficiente, ni contribuyeron al

óptimo cumplimento de metas y objetivos programados, pues si bien dichas

afectaciones tuvieron las justificaciones correspondientes, se tramitaron 537 movimientos

compensados, y la SECULT no acreditó que haya realizado una evaluación respecto

del cumplimiento de metas y objetivos y, en su caso, obtenido el resultado

correspondiente y considerado situaciones coyunturales, contingentes y extraordinarias

que incidieron en el desarrollo de sus funciones.

En la reunión de confronta, celebrada el 11 de diciembre de 2019, la Directora General

de Administración y Finanzas, en representación del titular de la SECULT, no presentó

información relacionada con la presente observación, por lo que ésta, no se modifica.

Por no haber realizado una evaluación respecto del cumplimiento de los objetivos y

metas y, en su caso, dispuesto del resultado correspondiente y considerado las

situaciones coyunturales, contingentes y extraordinarias que incidieron en el desarrollo

de sus funciones, la SECULT incumplió los artículos 77, fracciones I y II, de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México; y 37, fracción IV, de su

Reglamento, ambos vigentes en 2018.

El artículo 77, fracciones I y II, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad

de México vigente en 2018 establece lo siguiente:

“Artículo 77. Las adecuaciones presupuestarias, se realizarán siempre que permitan

un mejor cumplimiento de los objetivos y metas de las funciones a cargo de las

Dependencias […] mismas que tomarán en cuenta:

”I. El resultado de la evaluación que realicen respecto del cumplimiento de los objetivos

y metas que lleven a cabo mensualmente, y

”II. Las situaciones coyunturales, contingentes y extraordinarias que incidan en el

desarrollo de las funciones.”

279 VOLUMEN 2/14

El artículo 37, fracción IV, del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

de la Ciudad de México vigente en 2018 establece lo siguiente:

“Artículo 37. En la elaboración de sus respectivos calendarios presupuestarios,

las dependencias […] deberán estar a lo siguiente: [...]

”IV. Se procurará una presupuestación eficiente que reduzca las solicitudes de

Adecuaciones Presupuestarias.”

Por lo expuesto, se determinó que el incremento neto por 18,564.7 miles de pesos,

realizado al presupuesto asignado al capítulo 3000 “Servicios Generales” (264,947.7 miles

de pesos), para quedar en un presupuesto modificado de 283,512.4 miles de pesos, de los

cuales únicamente se ejercieron 271,871.9 miles de pesos, ya que la dependencia generó

economías por 11,640.5 miles de pesos, se sujetó a los montos aprobados; que contó con

las justificaciones correspondientes, conforme al Manual de Reglas y Procedimientos para

el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal y al Manual

de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública de la

Ciudad de México, vigentes en 2018; y que los montos de los presupuestos autorizado,

modificado, y ejercido por la dependencia coincidieron con los reportados en la Cuenta

Pública de la Ciudad de México de 2018. Sin embargo, la SECULT tramitó adecuaciones

presupuestarias sin acreditar que realizó una evaluación respecto del cumplimiento de sus

objetivos y metas ni que tomó en cuenta las situaciones coyunturales, contingentes y

extraordinarias que incidieran en el desarrollo de sus funciones.

Recomendación ASCM-32-18-4-SECULT

Es necesario que la Secretaría de Cultura establezca mecanismos de control para asegurarse

de que, previo al trámite de afectaciones programático-presupuestarias, se evalúe el

cumplimiento de sus objetivos y metas, así como las situaciones coyunturales, contingentes

y extraordinarias que incidan el desarrollo de sus funciones para que permitan un mejor

cumplimiento de los objetivos y metas de las funciones a su cargo y una calendarización

eficiente, en cumplimiento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones,

Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México y su Reglamento.

280 VOLUMEN 2/14

Gasto Comprometido

5. Resultado

De conformidad con la norma octava de las Normas y Metodología para la Determinación

de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal implementadas por el

CONSAC-DF y vigentes en 2018, el momento contable del gasto comprometido refleja

el registro de los documentos que considera la aprobación de la autoridad competente de

un acto administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza una relación jurídica con

terceros para la contratación de servicios.

Con objeto de comprobar que los procesos de programación y reporte de las operaciones

a las instancias correspondientes se hayan sujetado a la normatividad que los regula, se

verificó que los reportes mensuales de presupuesto comprometido se hayan presentado a

la SEFIN en los plazos establecidos y que las cifras reportadas concordaran con las

operaciones del sujeto fiscalizado; que el PAAAPS se haya presentado a la instancia

administrativa correspondiente y publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México en

los plazos establecidos, que sus modificaciones se hayan capturado en el sitio web

establecido para tal efecto y que las cantidades reportadas concordaran con las operaciones

del sujeto fiscalizado; y que los informes de las operaciones realizadas al amparo de los

artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal se hayan presentado a

la instancia administrativa correspondiente. Al respecto, se observó lo siguiente:

Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

1. Mediante el oficio núm. DEA/083/2018 del 24 de enero de 2018, la Dirección Ejecutiva

de Administración en la SECULT remitió el PAAAPS de 2018 de la dependencia a la

Dirección General de Política Presupuestal de la Subsecretaría de Egresos de

la SEFIN, para su validación y autorización, de acuerdo con el artículo 19, primer

párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2018.

Con el oficio núm. SFCDMX/SE/DGPP/0245/2018 del 7 de febrero de 2018, la SEFIN

comunicó a la Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT la aprobación del

PAAAPS, por un importe de 279,488.1 miles de pesos, en virtud de que se sujetó a los

281 VOLUMEN 2/14

importes autorizados mediante el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad

de México para el Ejercicio Fiscal 2018.

2. De conformidad con el artículo 44 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad

de México para el Ejercicio Fiscal 2018, los montos máximos de adjudicación directa

y de adjudicación mediante invitación restringida a cuando menos tres proveedores

aplicables a la SECULT ascendieron a 290.0 miles de pesos y 4,390.0 miles de pesos,

respectivamente, para el ejercicio de 2018.

3. Con el oficio núm. DEA/124/2018 del 8 de febrero de 2018, la Dirección Ejecutiva de

Administración en la SECULT remitió a la Dirección General de Recursos Materiales y

Servicios Generales de la OM, con sello de recibido del 12 de febrero de 2018, su

PAAAPS de 2018, con copia de la validación y autorización presupuestal de la SEFIN,

sin embargo, fue presentado el 12 de febrero en lugar del 31 de enero de 2018.

En la reunión de confronta, celebrada el 11 de diciembre de 2019, la Directora General

de Administración y Finanzas, en representación del titular de la SECULT, no presentó

información relacionada con la presente observación, por lo que ésta, no se modifica.

Por no presentar a la OM el PAAAPS con copia de la validación y autorización

presupuestal de la SEFIN en el plazo establecido, la SECULT incumplió el numeral

4.2.1, párrafo segundo, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal (Circular Uno), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

núm. 179, tomo I, el 18 de septiembre de 2015, vigente en 2018, que establece lo

siguiente:

“4.2.1. De la versión definitiva del PAAAPS acompañada del oficio de validación emitido

por la SF [Secretaría de Finanzas], se deberá enviar copia a la DGRMSG [Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales] a más tardar el 31 de enero del

ejercicio presupuestal reportado y atendiendo la autorización presupuestal que le

corresponde, que emita la SF [Secretaría de Finanzas].”

282 VOLUMEN 2/14

4. La SECULT publicó su PAAAPS de 2018 en la Gaceta Oficial la Ciudad de México el

30 de enero de ese año, en cumplimiento del artículo 19, párrafo segundo, de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2018, así como una Nota aclaratoria al

Aviso por el cual se dio a conocer el PAAAPS el 21 de marzo de 2018 en el mismo medio.

5. El PAAAPS de 2018 de la SECULT y los montos máximos de actuación, se presentaron

al Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios en la

segunda sesión ordinaria de 2018, celebrada el 28 de febrero de 2018, en cumplimiento

del numeral 4.1.10, fracciones V y IX, de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigente en 2018.

6. La Dirección Ejecutiva de Administración en la dependencia capturó en el sitio web

establecido por la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de

la OM, las modificaciones trimestrales de su PAAAPS de 2018, así como las síntesis

que identificaron los movimientos efectuados, dentro del plazo establecido, en

cumplimiento del numeral 4.2.1, párrafo quinto, de la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y

Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigente

en 2018.

Informes sobre las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

La Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT presentó a la SEFIN los informes

mensuales (de enero a diciembre de 2018) de las adquisiciones, arrendamientos y

prestación de servicios realizadas con fundamento en los artículos 54 y 55 de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal, dentro del plazo establecido, y consideró las

operaciones de la partida 3821 “Espectáculos Culturales”; sin embargo, no acreditó que

dichos informes se hayan remitido en copia a la SCGCDMX y a la OM.

283 VOLUMEN 2/14

En la reunión de confronta, celebrada el 11 de diciembre de 2019, la Directora General de

Administración y Finanzas, en representación del titular de la SECULT, proporcionó el oficio

núm. SC/DGAyF/3610/2019 del 4 del mismo mes y año, al cual anexó la Circular por medio de

la cual se Racionaliza la Generación y Entrega de Copias de Conocimiento, derivadas

de la Actuación de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Distrito Federal,

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 1o. de octubre de 2015, así como

copia de los correos electrónicos enviados a una dirección electrónica con terminación

@finanzas.cdmx.gob.mx de enero, mayo y septiembre de 2018.

Del análisis a la documentación proporcionada por la SECULT, se determinó que los

correos electrónicos sólo fueron dirigidos a la entonces SEFIN y no incluían copia a la

SCGCDMX y a la OM, por lo que la presente observación no se modifica.

Por no haber remitido a la SCGCDMX y a la OM copia de los Informes sobre las

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, la SECUTL incumplió el artículo

53 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2018, que establece lo

siguiente:

“Artículo 53. Los titulares de las dependencias […] a más tardar dentro de los primeros diez

días naturales de cada mes, enviarán un informe a la Secretaría, una copia a la Contraloría

y otra a la Oficialía, en el que se referirán las operaciones autorizadas de conformidad con

los artículos 54 y 55 de la Ley, realizadas en el mes calendario inmediato anterior…”

Reportes Mensuales del Presupuesto Comprometido

La SECULT presentó a la Dirección General de Gasto Eficiente “A” de la SEFIN los reportes

mensuales del presupuesto comprometido de enero a diciembre de 2018 en el plazo

establecido, de conformidad con el artículo 56 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

de la Ciudad de México vigente en 2018.

Los reportes del presupuesto comprometido consignaron los recursos fiscales, crediticios y

provenientes de transferencias federales que se encontraban comprometidos a la fecha de

su presentación por la SECULT. En los informes correspondientes a los meses de marzo a

284 VOLUMEN 2/14

diciembre de 2018, se incluyó la información relativa al contrato seleccionado como

muestra, relacionada con la partida 3821 “Espectáculos Culturales”, por un monto de

95,662.3 miles de pesos, por lo que sí reflejaron las operaciones de la dependencia.

Por lo anterior, se concluye que la SECULT elaboró y publicó en la Gaceta Oficial de la

Ciudad de México su PAAAPS de 2018, obtuvo su validación presupuestal de la SEFIN;

capturó las modificaciones de su PAAAPS en el sitio web establecido para tal efecto;

además, presentó los reportes mensuales del presupuesto comprometido y los informes

sobre las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios en el plazo establecido,

y todos los reportes reflejaron las operaciones de la dependencia, en específico de la partida

3821 “Espectáculos Culturales”. Sin embargo, no remitió a la OM su PAAAPS de 2018 con

la copia de la validación y autorización presupuestal de la SEFIN en el plazo establecido; y

no remitió copia de los Informes sobre las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios a la SCGCDMX y a la OM.

Recomendación ASCM-32-18-5-SECULT

Es necesario que la Secretaría de Cultura establezca mecanismos de control y supervisión

a fin de asegurarse de que la copia del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios, con su validación presupuestal, se remita a la autoridad

administrativa competente en el plazo establecido en cumplimiento a la Circular Uno 2019,

Normatividad en Materia de Administración de Recursos.

Recomendación ASCM-32-18-6-SECULT

Es necesario que la Secretaría de Cultura implemente mecanismos de control y supervisión

a fin de asegurarse de que se remita una copia de los Informes sobre las Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios realizadas por excepción a la licitación pública

se presenten a las autoridades administrativas competentes en el plazo establecido, en

cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

285 VOLUMEN 2/14

6. Resultado

Con objeto de comprobar que los procesos de solicitud, autorización, adjudicación y

contratación de las operaciones se hayan sujetado a la normatividad que los regula, se

verificó que las solicitudes de servicios hayan contado con suficiencia presupuestal en la

partida seleccionada como muestra; que la contratación de servicios se haya ajustado a los

procedimientos de adjudicación (directa, invitación restringida a cuando menos tres

proveedores y licitación pública nacional o internacional) y que dichos procedimientos se

hayan sujetado a lo establecido en la normatividad aplicable; que los contratos se hayan

elaborado y formalizado con prestadores de servicios en los plazos y con los requisitos

establecidos en la normatividad, que hayan entregado la totalidad de la documentación

relativa, que hayan manifestado que se encuentran al corriente en el pago de sus

obligaciones fiscales, que no se encuentren inhabilitados por las autoridades administrativas

correspondientes y que hayan presentado las garantías correspondientes en los plazos

establecidos conforme a la normatividad aplicable; que no se hubieran contraído

compromisos que impliquen obligaciones anteriores a la fecha en que se suscribieron los

instrumentos jurídicos correspondientes; que el sujeto fiscalizado no haya suscrito

convenios modificatorios de los contratos con prestadores de servicios por montos y plazos

superiores al 25.0%; que la documentación legal y administrativa de los prestadores de

servicios adjudicados se haya recabado, y se encuentre debidamente integrada y

resguardada; y que se haya contado con la autorización expresa por el titular del sujeto

fiscalizado y con la justificación fundada y motivada para realizar un procedimiento de

adjudicación directa por excepción a la licitación pública.

En 2018, la SECULT ejerció 271,871.9 miles de pesos con cargo al capítulo 3000 “Servicios

Generales”, de dicho monto se determinó revisar 95,662.3 miles de pesos (35.1% del total

del capítulo), con cargo a la partida 3821 “Espectáculos Culturales”.

En la revisión del expediente del instrumento jurídico núm. FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018,

por un importe de 95,662.3 miles de pesos, seleccionado como muestra y adjudicado

mediante el procedimiento de licitación pública nacional, formalizado con cargo a la partida

3821 “Espectáculos Culturales”, se constató que el sujeto fiscalizado llevó a cabo el

procedimiento de contratación como sigue:

286 VOLUMEN 2/14

1. Mediante 32 requisiciones de servicios elaboradas entre el 28 de febrero y el

25 de marzo de 2018, las diferentes unidades administrativas de la SECULT solicitaron

el servicio integral de organización de eventos culturales para el ejercicio de 2018.

Dichas requisiciones contaron con el visto bueno de la Jefatura de Unidad

Departamental de Almacenes e Inventarios y de la Dirección de Recursos Financieros,

y la autorización de la Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT.

2. Las 32 requisiciones contaron con sello de autorización de suficiencia presupuestal de

la Dirección de Recursos Financieros para contratar los servicios solicitados, en

cumplimiento del artículo 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público vigente en 2018.

3. En la revisión del expediente de licitación pública nacional núm. LPN-431C000-03-2018

se observó lo siguiente:

a) La SECULT llevó a cabo el procedimiento de licitación pública nacional conforme

a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en

cumplimiento del artículo 4, párrafo último, de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal vigente en 2018.

b) La SECULT no realizó de manera previa el estudio de mercado para el procedimiento

de licitación pública nacional, toda vez que el estudio que obra en el expediente

data de 2016.

En la reunión de confronta, celebrada el 11 de diciembre de 2019, la Directora

General de Administración y Finanzas, en representación del titular de la SECULT,

proporcionó el oficio núm. SC/DGAyF/3610/2019 del 4 del mismo mes y año, con

el que informó lo siguiente:

“… el procedimiento del cual se hace referencia se ejecutó con recurso federal, por

lo que la normatividad aplicable es la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público y su Reglamento, del cual el artículo 28, establece:

287 VOLUMEN 2/14

”Para efectos de lo dispuesto en el sexto párrafo del artículo 26 de la Ley, la

investigación de mercado que realicen las dependencias y entidades deberá

integrarse de acuerdo con las características del bien o servicio a contratar, con

información obtenida de cuando menos dos de las fuentes siguientes:

”I. La que se encuentre disponible en CompraNet;

”II. La obtenida de Organismos especializados; de cámaras, asociaciones o

agrupaciones industriales, comerciales o de servicios, o bien de fabricantes,

proveedores, distribuidores o comercializadores del ramo correspondiente y

”III. La obtenida a través de páginas de Internet, por vía telefónica o por algún otro

medio, siempre y cuando se lleve registro de los medios y de la información que

permita su verificación.

”Para la debida integración de la investigación de mercado, en todos los casos

deberá consultarse la información a que hace referencia la fracción I de este

artículo. En el supuesto de que la información no se encuentre disponible en

CompraNet, se deberá consultar la información histórica con la que cuente el Área

contratante u otras áreas contratantes de la dependencia o entidad de que se trate.”

Del análisis a la información proporcionada por la SECULT se determinó que si bien

es cierto el citado Reglamento permite la utilización de expedientes históricos para

integrar la investigación de precios de mercado, también lo es que establece que

se deben de utilizar cuando menos dos fuentes de información, y la SECULT sólo

utilizó una, por lo que la presente observación persiste.

Por no acreditar que realizó un estudio de precios de mercado previo a la

celebración del procedimiento de licitación pública nacional, con al menos dos

fuentes de información, la SECULT incumplió el artículo 26, párrafo sexto, de la Ley

de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en relación con

el artículo 28 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público, ambos vigentes en 2018.

288 VOLUMEN 2/14

El artículo 26, párrafo sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público vigente en 2018 establece lo siguiente:

“Artículo 26. […] Previo al inicio de los procedimientos de contratación previstos en

este artículo, las dependencias […] deberán realizar una investigación de mercado

de la cual se desprendan las condiciones que imperan en el mismo, respecto del

bien, arrendamiento o servicio objeto de la contratación, a efecto de buscar las

mejores condiciones para el Estado.”

El artículo 28 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público vigente en 2018 dispone lo siguiente:

“Artículo 28. Para efectos de lo dispuesto en el sexto párrafo del artículo 26 de la

Ley, la investigación de mercado que realicen las dependencias y entidades deberá

integrarse, de acuerdo con las características del bien o servicio a contratar, con

información obtenida de cuando menos dos de las fuentes siguientes:

”I. La que se encuentre disponible en CompraNet;

”II. La obtenida de organismos especializados; de cámaras, asociaciones o

agrupaciones industriales, comerciales o de servicios, o bien de fabricantes,

proveedores, distribuidores o comercializadores del ramo correspondiente, y

”III. La obtenida a través de páginas de Internet, por vía telefónica o por algún otro

medio, siempre y cuando se lleve registro de los medios y de la información que

permita su verificación.

”Para la debida integración de la investigación de mercado, en todos los casos

deberá consultarse la información a que hace referencia la fracción I de este

artículo. En el supuesto de que la información no se encuentre disponible en

CompraNet, se deberá consultar la información histórica con la que cuente el Área

contratante u otras áreas contratantes de la dependencia o entidad de que se trate.”

289 VOLUMEN 2/14

c) El 7 de marzo de 2018, la SECULT publicó la convocatoria de la licitación pública

nacional núm. LPN-431C000-03-2018 en el portal de CompraNet de la Secretaría

de la Función Pública, y con el oficio núm. DEA/0220/2018 de la misma fecha, la

Dirección Ejecutiva de Administración en la dependencia remitió a la Dirección

General Adjunto del Diario Oficial de la Federación la solicitud de publicación de la

citada convocatoria; y el 13 de marzo de 2018, se publicó en el Diario Oficial de

la Federación la convocatoria número LA-909012954-E1-2018 relativa al servicio

integral de organización de eventos culturales para el ejercicio de 2018, en

cumplimiento del artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Prestación de Servicios del Sector Público vigente en 2018.

d) En la convocatoria a la licitación pública se establecieron las bases en las que se

desarrolló el procedimiento para la contratación del servicio integral de organización

de eventos culturales de la SECULT para el ejercicio de 2018, relativos a la

licitación pública nacional núm. LPN-431C000-03-2018, en la cual se describieron

las etapas del procedimiento y los requisitos para participar. Dichas bases cumplieron

con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios del Sector Público vigente en 2018.

e) La junta y acta de aclaraciones de bases se celebró en la fecha establecida en las

bases del concurso (15 de marzo de 2018, en la Dirección de Recursos Materiales

y Servicios Generales de la SECULT); y el 22 de marzo de 2018, se llevó acabo el

acto de presentación y apertura de proposiciones, en el cual los interesados

entregaron a la convocante las proposiciones técnica y económica, en cumplimiento

de los artículos 33 Bis, 34 y 35 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público vigente en 2018.

f) El 27 de marzo de 2018, la SECULT emitió el fallo de la licitación pública nacional

núm. LPN-431C000-03-2018, en el que participó el representante del Órgano

Interno de Control en la dependencia, con el cual se adjudicó a la persona jurídica

Viajes Premier, S.A., el servicio integral de organización de eventos culturales de

la SECULT para el ejercicio fiscal de 2018, toda vez que cumplió cuantitativamente

y cualitativamente todos los requisitos de la documentación legal y administrativa,

290 VOLUMEN 2/14

propuestas técnica y económica requeridas en la convocatoria y bases del

concurso; así como por haber ofertado las mejores condiciones en cuanto precio,

de conformidad con los artículos 36 Bis y 37 de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2018.

El 27 de marzo de 2018, la SECULT suscribió el contrato abierto núm.

FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018 con el prestador de servicios Viajes

Premier, S.A., por un monto mínimo y máximo de 49,959.2 miles de pesos y

124,898.0 miles de pesos (IVA incluido), respectivamente, para la prestación del

servicio integral de organización de eventos culturales de la SECULT para

el ejercicio de 2018, con vigencia del 27 de marzo al 31 de diciembre de 2018.

Dicho contrato fue suscrito por el Director Ejecutivo de Administración en la SECULT

y por el apoderado legal de Viajes Premier, S.A., así como por las áreas: Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios General; Coordinación Interinstitucional;

Coordinación de Producción en Espacios Públicos; Vinculación Cultural

Comunitaria; Coordinación de Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural; Dirección de

Divulgación Cultural; Dirección Académica del Centro Cultural Ollin Yoliztli; Subdirección

de Enlace Administrativo de la Orquesta Filarmónica de la Ciudad de México; Dirección de

la Red de Faros de la Ciudad de México; Dirección General de la Comisión

de Filmaciones de la Ciudad de México y la Coordinación del Sistema de Teatros de

la Ciudad de México, todas de la SECULT y responsables de administrar y verificar el

cumplimiento del presente contrato. El contrato se celebró dentro del plazo establecido

en las bases de la licitación pública nacional y en el artículo 46, párrafo primero, de la Ley

de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2018; además,

cumplió los requisitos establecidos en los artículos 45 y 47 del mismo cuerpo normativo.

g) El prestador de servicios presentó a la SECULT en tiempo la garantía de cumplimiento

(póliza de fianza) por un importe de 10,767.1 miles de pesos, equivalente al 10.0%

del importe del contrato (sin considerar contribuciones), la cual fue expedida en favor de

la SEFIN por una afianzadora autorizada para garantizar el cumplimiento del

instrumento jurídico celebrado, de acuerdo con el artículo 48, fracción II, de la Ley

de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2018.

291 VOLUMEN 2/14

h) El prestador del servicio adjudicado presentó póliza de seguro de responsabilidad

civil, por la cantidad de 5,000.0 miles de pesos, contra daños a terceros, en su

persona y/o en sus bienes, en cumplimiento del numeral 3.5 “Garantías” de las

bases de la convocatoria de la licitación pública nacional núm. LPN-431C000-03-2018.

i) El prestador de servicios adjudicado contó con los acuses de recibo de las opiniones

ante la autoridad competente, respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales,

según el artículo 51, último párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de

la Ciudad de México vigente en 2018.

j) De acuerdo con el escrito “Bajo protesta de decir verdad” y de la consulta realizada

al portal de internet de la Secretaría de la Función Pública en la liga:

https://directoriosancionados.funcionpublica.gob.mx/SanFicTec/jsp/Ficha_Tecnica

/SancionadosN.htm el 11 de noviembre de 2019, se constató que el prestador de

servicios adjudicado no se encontró inhabilitado para celebrar contratos en materia

de prestación de servicios, de conformidad con el artículo 50, fracción IV, de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2018.

Con base a lo anterior, se concluye que la SECULT cumplió con el proceso de contratación

del servicio integral de organización de eventos culturales para el ejercicio de 2018, que

contó con la documentación justificativa legal y administrativa que soporta el compromiso,

y que el instrumento jurídico que ampara los servicios en comento fue suscrito por los

servidores públicos facultados para tal efecto; sin embargo, no realizó el estudio de precios

de mercado de manera previa a la celebración del procedimiento de licitación pública

nacional, con al menos dos fuentes de información.

Recomendación ASCM-32-18-7-SECULT

Es necesario que la Secretaría de Cultura establezca mecanismos de control y supervisión

a fin de asegurarse de que, previo al inicio de los procedimientos de contratación de

servicios, se realice una investigación de mercado con al menos dos fuentes de información

de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

y su Reglamento.

292 VOLUMEN 2/14

Gasto Devengado

7. Resultado

De conformidad con la norma novena de las Normas y Metodología para la Determinación

de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal implementadas por el

CONSAC-DF y vigentes en 2018, el momento contable del gasto devengado refleja

el registro de la solicitud de la CLC o documento equivalente, debidamente aprobado por la

autoridad competente de las Unidades Responsables del Gasto, mediante el cual

reconocen una obligación de pago a favor de terceros por la recepción de conformidad de

servicios contratados; así como de las obligaciones que derivan de leyes, decretos,

resoluciones y sentencias definitivas.

Con objeto de comprobar que los pagos realizados con cargo al presupuesto del sujeto

fiscalizado se encuentren debidamente soportados con la documentación e información que

compruebe la recepción de los servicios, conforme a la normatividad aplicable y en

cumplimiento del instrumento jurídico formalizado, se verificó que el servicio se haya

recibido oportunamente a entera satisfacción de la SECULT y que correspondan al objeto

y a las condiciones establecidas en el contrato celebrado con cargo a la partida 3821

“Espectáculos Culturales.

En 2018, la SECULT realizó un total de 578 eventos culturales al amparo del instrumento

jurídico núm. FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018, de los cuales se seleccionaron como

muestra 9 de ellos, por un importe de 36,209.8 miles de pesos (19.6% del total ejercido en

la partida 3821 “Espectáculos Públicos”), que se enlistan a continuación:

(Miles de pesos)

Evento Descripción del servicio prestado Período Importe

XVII Feria internacional del libro en el Zócalo de la Ciudad de México

Reservación de hospedaje para invitados, preproducción de la programación artística, dictaminadores de proyectos para propuestas realizadas por expositores, museografía y curaduría de la exposición “Mitología, Vida Material y Medio Ambiente entre los Humanos de Baja California, Ideas y Materia”, vitrinas, sistema de anclaje para cetario, sistema de ampliación fotográfica, mamparas, montaje de colección dentro de vitrinas, sistema de iluminación, cancha de juego de pelota, realización de proyectos electrónicos, preproducción y producción de impresos para difusión, entre otros.

Del 1/VIII/18 al 14/VIII/18 1,764.5

Continúa…

293 VOLUMEN 2/14

… Continuación

Evento Descripción del servicio prestado Período Importe

Servicio de hospedaje para prensa, servicios para proyecto electrónico, servicio de realización de proyecto arquitectónico y diseño, servicio de preproducción para operación foro para “Leer en Libertad” y preproducción y producción de impresos para difusión del evento, entre otros.

Del 1/IX/18 al 15/IX/18 1,463.6

Servicio de carpas de domo articulado, carpas convencionales, carpas tipo Jamaica, bidones, aperturas de carpas, procesador de video, pantallas, control remoto, distribuidor de video laptop, lote de cableado y operadores, entre otros.

Del 2/X/18 al 3/X/18 6,328.0

Renta de unidades sanitarias tipo estándar y móviles, caseta y cabina sanitarias, entre otros.

Del 12/X/18 al 24/X/18 430.0

3ra Feria del migrante Preproducción y apoyo logístico, lona, sillas, amplificador instrumentos musicales, entre otros.

Del 17/VIII/18 al 19/VIII/18 27.8

Feria del libro Enseñanza artística de talleres de artes, oficios e infantiles, enseñanza de reciclado, talleres ludotecas comunitarias, coordinación del 7° Festival Internacional de Poesía de la Ciudad de México, presentación de varios elencos, recital poético musical, presentación y concierto del método de educación musical, talleres, fábrica de libros, espectáculo escénico, espectáculo noche de leyendas y recorridos por el Centro Histórico, concierto Rafael Mendoza y concierto con Jaime Ades, entre otros.

Del 13/X/18 al 21/X/18 603.2

Día de muertos magna ofrenda y desfile 2018

Primera etapa de la conceptualización de desfile, temática propuesta de diseño logístico y operacional, entre otros.

Del 15/V/18 al 15/VI/18 2,060.0

Primera producción de vestuario, empujable segmento 1 “Gran Tenochtitlán”, producción segmento 2 “Los que llegaron para Quedarse”, y construcción de carro alegórico.

Del 2/VI/18 al 30/VI/18 2,389.6

Día de muertos magna ofrenda y desfile 2018, producción 2

Producción y construcción de carro alegórico, segmento 1. “Leyenda volcanes”, producción y construcción de carro alegórico segmento. 3. “Ciudad diversa” y producción y construcción de arcos del desfile, entre otros.

Del 1/VIII/18 al 31/VIII/18 2,249.2

Producción técnica, montaje y operación, composición musical y elaboración de pistas, elaboración, gestión y tramitación del plan de protección civil, carpas y estructuras de servicios médicos y protección civil, entre otros.

Del 10/IX/18 al 4/XI/18 502.3

Ensayos fotográficos, impresiones, instalación, armado y desarmado de carpas, plantas eléctricas, sillas, mesas, servicios médicos, indumentaria escénica, servicio de fletes, alimentación, baños móviles, elementos de seguridad, video memoria y registro fotográfico, entre otros.

Del 1/X/18 al 27/X/18 2,996.5

Conferencia de prensa, gafetes, tarjetones de desfile, postales, lonas, impresos, letreros, playeras y coordinación de logística.

Del 8/X/18 al 4/XI/18 816.1

Producción ejecutiva, diseño artístico, coordinación logística y programación para diferentes presentaciones artísticas, entre otros.

Del 27/X/18 al 4/XI/18 2,234.3

Celebración del día de muertos

Elementos del desfile “Sirena mercante”, elementos de utilería del desfile, composición, derechos de música, y reproducción de piezas musicales para los segmentos del desfile, diseño e implementación de elementos para la sonorización, audiciones y selección de voluntarios, producción y operación, entre otros.

Del 1/IX/18 al 30/IX/18 2,249.8

Ofrenda de muertos Presentación y montaje de la Compañía Teatro en Espiral, montaje de la exposición temporal ofrenda de muertos, presentación y montaje de la obra “Memorias de una catrina”, entre otros.

Del 20/X/18 al 28/X/18 30.0

Día de muertos Presentación y montaje de la Compañía Teatro en Espiral, montaje de la exposición temporal ofrenda de Muertos, presentación y montaje de la obra “Las Leyendas del abuelo”, entre otros.

Del 1/XI/18 al 16/XI/18 65.0

Eventos culturales por el inicio de la nueva administración del Gobierno de la Ciudad de México

Servicio de cuidado de plantas, árboles monumentales, diseño y supervisión de árboles cósmicos, exhibidores museográficos, diseño del operativo, conceptualización y curaduría de concierto “Voces de mujeres” (producción ejecutiva), elaboración del esquema general de requerimientos, preproducción logística, realización del plan de protección civil, entre otros.

Del 17/XI/18 al 4/XII/18 5,713.5

Valla de popotillo metálica, tablones, sillas, equipo de trazo y diseño de jardín, elementos de seguridad, nochebuenas, parrilla, bocinas, rack, procesador, motores, set de cableado, torre para anclaje, micrófonos, cajas directas, entre otros.

Del 6/XII/18 al 18/XII/18 4,286.4

Total 36,209.8

294 VOLUMEN 2/14

En la revisión de cada uno de los eventos seleccionados como muestra, se determinó lo siguiente:

1. La SECULT generó y presentó evidencia fotográfica, videográfica y de audio de los

eventos antes mencionados, como seguimiento al cumplimiento del contrato, con los

que se comprobó que se llevaron a cabo de acuerdo con las especificaciones señaladas

en el anexo 3 del contrato abierto núm. FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018 y, por

tanto, los servicios se encontraron devengados, en cumplimiento del artículo 69, fracción I,

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2018.

2. El prestador de servicios presentó 19 comprobantes fiscales para el pago del servicio, los

cuales tienen la leyenda “Recibí de conformidad, en cantidad y en calidad a satisfacción

los bienes y servicios descritos en esta factura” y con la firma de cada uno de los responsables

de las áreas requirentes de la SECULT, de conformidad con la cláusula Tercera, “Forma

de pago”, párrafo tercero, del contrato abierto núm. FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018.

3. La SECULT no acreditó haber llevado a cabo la supervisión de la prestación del servicio

integral de organización de eventos culturales del ejercicio de 2018 de acuerdo con la cláusula

Quinta, “Supervisión”, del contrato abierto núm. FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018.

En la reunión de confronta, celebrada el 11 de diciembre de 2019, la Directora General

de Administración y Finanzas, en representación del titular de la SECULT, proporcionó

el oficio núm. SC/DGAyF/3610/2019 del 4 del mismo mes y año, con el cual informó

que “realizó una búsqueda exhaustiva en el Archivo de Trámite de [esa] Dirección

General, a fin de localizar las documentales públicas que acreditaran la supervisión de

los eventos […] y únicamente se localizaron dos solicitudes de pago correspondientes

al evento XVIII Feria Internacional del Libro en el Zócalo de la Ciudad de México”.

Lo anterior confirma que la SECULT no supervisó la prestación del servicio integral de

organización de eventos culturales, por lo que la presente observación no se modifica.

Por no acreditar la supervisión de los servicios adquiridos mediante el contrato

núm. FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018, la SECULT incumplió la cláusula Quinta,

“Supervisión”, que señala:

295 VOLUMEN 2/14

“Quinta. ‘Supervisión’. El servicio que proporcione ‘El Prestador del Servicio’ será

supervisado por ‘La Secretaría’ a través de las áreas técnicas y requirentes […] con el

objeto de verificar el control, calidad y avances del mismo; quienes además serán las

responsables de administrar y verificar el cumplimiento del presente contrato

conjuntamente con la DRMSG.”

4. Para llevar a cabo cada evento, la SECULT elaboró las fichas técnicas, en las cuales

se plasma el período y lugar sede para el mismo, así como los requerimientos (número,

cantidad, fecha de abastecimiento, especificaciones, costo por unidad, subtotal e

importe total), con la finalidad de que sean consideradas por el prestador de servicios,

y que éste presente a la dependencia por lo menos dos cotizaciones diferentes, para

seleccionar la más conveniente. Sin embargo, la SECULT no acreditó que el prestador

de servicios hubiese presentado dichas cotizaciones por los eventos revisados.

En la reunión de confronta, celebrada el 11 de diciembre de 2019, la Directora General

de Administración y Finanzas, en representación del titular de la SECULT, no presentó

información relacionada con la presente observación, por lo que ésta, no se modifica.

Por no acreditar que el prestador de servicios hubiese expuesto al menos dos

cotizaciones previo a llevar a cabo los nueve eventos culturales revisados, la SECULT

no vigiló el cumplimiento del Anexo 3, “Condiciones y Especificaciones Técnicas del

Servicio”; numeral 2, “Organización de eventos”, segundo párrafo, del contrato abierto

núm. FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018, que señala lo siguiente:

“2. Organización de Eventos […]

”Para la organización de cualquier evento requerido por la convocante, el prestador de

servicios adjudicado se compromete a presentar a la Dirección de Recursos Materiales

y Servicios Generales por lo menos dos diferentes cotizaciones, realizadas a partir de

la ficha técnica que elabore el área solicitante, de las cuales se elegirá la que presente

las mejores condiciones de contratación para la dependencia, en función de la relación

de costo-beneficio.”

296 VOLUMEN 2/14

Por lo expuesto, se determinó que si bien los servicios contratados por la SECULT al

amparo del contrato abierto núm. FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018 correspondientes

a la muestra sujeta a revisión, se recibieron a entera satisfacción de la dependencia y se

encuentran devengados; la SECULT no acreditó haber realizado la supervisión de la

prestación del servicio integral de organización de eventos culturales ni que el prestador de

servicios le hubiese presentado al menos dos cotizaciones previas a los eventos revisados.

Recomendación ASCM-32-18-8-SECULT

Es necesario que la Secretaría de Cultura establezca mecanismos de control y supervisión

para asegurarse de que se supervise la prestación de los servicios contratados, de

conformidad con los instrumentos jurídicos que se suscriban.

Recomendación ASCM-32-18-9-SECULT

Es necesario que la Secretaría de Cultura establezca mecanismos de control y supervisión

para garantizar que los prestadores de servicios contratados presenten cotizaciones previo

a los eventos culturales solicitados, de conformidad con los instrumentos jurídicos que se

suscriban.

Gasto Ejercido

8. Resultado

De conformidad con la norma décima de las Normas y Metodología para la Determinación

de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal implementadas por el

CONSAC-DF y vigentes en 2018, el momento contable del gasto ejercido refleja el registro

de una CLC o documento equivalente debidamente aprobado por la autoridad competente.

Con objeto de comprobar que se haya expedido y resguardado la documentación soporte

justificativa y comprobatoria de las operaciones y que ésta reúna los requisitos establecidos

en la normatividad aplicable, se verificó que no se hayan efectuado pagos de adeudos de

ejercicios anteriores o de pasivos sin que éstos se hubieran registrado y reportado a la

SEFIN en el ejercicio en que se devengaron; que se hayan aplicado las penas convencionales

297 VOLUMEN 2/14

y/o sanciones a los prestadores de servicios por incumplimiento de los contratos; que los

prestadores de servicios hayan entregado comprobantes de pago a nombre del Gobierno

de la Ciudad de México, con los requisitos fiscales que establece el Código Fiscal de la

Federación vigente en 2018; que se haya resguardado y conservado la documentación

original justificativa y comprobatoria de los pagos realizados; que los recursos no devengados

al 31 de diciembre del ejercicio fiscalizado hayan sido enterados a la SEFIN en los plazos

establecidos; que las CLC indiquen el importe, fuente de financiamiento, temporalidad,

número de oficio mediante el cual se autorizó por el titular y hayan cumplido los requisitos

establecidos en la normatividad aplicable. Al respecto se determinó lo siguiente:

1. Las 578 CLC emitidas entre el 5 de julio y el 31 de diciembre de 2018, por un monto de

95,662.3 miles de pesos (IVA incluido), con cargo a la partida 3821 “Espectáculos

Culturales”, fueron tramitadas para pagar al prestador de servicios Viajes Premier, S.A.,

el servicio integral de organización de eventos culturales de la SECULT para el ejercicio

de 2018, que amparan el contrato núm. FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018, seleccionado

como muestra, y se encuentran soportadas con los 578 comprobantes fiscales

expedidos a nombre del Gobierno de la Ciudad de México, junto con los documentos que

acreditaron la prestación de los servicios. Las CLC fueron elaboradas y autorizadas por

los servidores públicos facultados para ello, y tienen los comprobantes fiscales

correspondientes a resguardo de la SECULT.

2. Los comprobantes fiscales revisados reunieron los requisitos fiscales y administrativos

establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2018; y

se confirmó su autenticidad mediante la consulta realizada en la página del Sistema de

Administración Tributaria (SAT) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

3. Las cifras reportadas por la SECULT coinciden con lo reflejado en la Cuenta Pública de

la Ciudad de México de 2018, en cumplimiento del artículo 44 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, y con el Manual de Reglas y Procedimientos

para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública de la Ciudad de México,

ambos vigentes en 2018.

298 VOLUMEN 2/14

4. Mediante el oficio núm. SC/DGAF/0054/2019 del 10 de enero de 2019, la SECULT

remitió a la Subsecretaría de Egresos, el pasivo circulante el cual incluyó las

operaciones de la partida 3821 “Espectáculos Culturales”, seleccionada como muestra.

El pasivo correspondió a los compromisos no cubiertos por la SECULT durante el

ejercicio de 2018, y se reportó dentro del plazo establecido en el oficio circular de cierre

núm. SFCDMX/SE/4461/2018 del 19 de octubre de 2018, firmado por la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN, en cumplimiento de los artículos 60 y 70 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2018.

5. En 2018, la SECULT generó economías por 11,640.5 miles de pesos con cargo

al capítulo 3000 “Servicios Generales”; sin embargo, no acreditó haber puesto a

disposición de la SEFIN dichos recursos.

En la reunión de confronta, celebrada el 11 de diciembre de 2019, la Directora General

de Administración y Finanzas, en representación del titular de la SECULT, no presentó

información relacionada con la presente observación, por lo que ésta no se modifica.

Por no haber puesto a disposición de la SEFIN 11,640.5 miles de pesos, relativos a

economías generadas en el capítulo 3000 “Servicios Generales” en 2018, la SECULT

incumplió el artículo 71, párrafo cuarto, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de

la Ciudad de México vigente en 2018, que establece lo siguiente:

“Artículo 71. […] Las unidades responsables del gasto que por cualquier motivo al

término del ejercicio fiscal que corresponda conserve fondos presupuestales o recursos

que no hayan sido devengados y, en su caso, los rendimientos obtenidos, los enterarán

a la Secretaría dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio…”

Por lo anterior, se determinó que la SECULT dispuso de la documentación comprobatoria

original de los pagos efectuados por los servicios contratados, la cual cumplió los requisitos

fiscales y administrativos establecidos en la normatividad aplicable, y reportó cifras que

coinciden con lo reflejado con la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2018; sin embargo,

no puso a disposición de la SEFIN el monto de 11,640.5 miles de pesos, correspondientes

a las economías generadas en el capítulo 3000 “Servicios Generales” en 2018.

299 VOLUMEN 2/14

Recomendación ASCM-32-18-10-SECULT

Es necesario que la Secretaría de Cultura implemente mecanismos de control y supervisión

para asegurarse de que, al término del ejercicio fiscal que corresponda, los fondos

presupuestales o recursos que no hayan sido comprometidos ni devengados y, en su caso,

los rendimientos obtenidos se enteren a la Secretaría de Administración y Finanzas dentro

del plazo establecido, en cumplimiento de la Ley de Austeridad, Transparencia en

Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México.

Gasto Pagado

9. Resultado

De conformidad con la norma undécima de las Normas y Metodología para la Determinación de

los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal implementadas por el CONSAC-DF

y vigentes en 2018, el momento contable del gasto pagado refleja el registro de la cancelación

total o parcial de las obligaciones de pago documentadas mediante CLC o documento

equivalente, que se concreta mediante el desembolso de efectivo o cualquier otro medio de pago.

Con objeto de comprobar que las obligaciones a cargo del sujeto fiscalizado se hayan

extinguido mediante el pago, y que éste se haya acreditado y realizado en cumplimiento de

la normatividad aplicable y de los instrumentos jurídicos que dieron origen a la obligación,

se verificó la efectiva extinción de las obligaciones de pago a cargo del sujeto fiscalizado; y

que dichos pagos se hayan realizado por los medios establecidos en la normatividad

aplicable. Al respecto, se determinó lo siguiente:

1. Con el oficio núm. ACF-A/19/1015 del 30 de octubre de 2019, se solicitó a Viajes

Premier, S.A., información de las operaciones realizadas con la SECULT por el período

del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2018.

En respuesta, mediante escritos del 8 y 11 de noviembre de 2019, dicho prestador de

servicios remitió contrato, su documentación legal y administrativa, comprobantes fiscales y

los estados de cuenta bancarios que acreditaron la recepción total de los recursos, los cuales

coincidieron con los montos registrados en las CLC seleccionadas para su revisión.

300 VOLUMEN 2/14

2. De acuerdo con los “Reportes de Pago de 2018” emitidos por el SAP-GRP, las

obligaciones derivadas de la contratación del servicio integral de organización de

eventos culturales de la SECULT para el ejercicio de 2018 fueron cubiertas mediante

transferencias electrónicas, por un importe de 95,662.3 miles de pesos, de la partida

3821 “Espectáculos Culturales”.

3. En las operaciones revisadas como muestra de auditoría, se comprobó que el prestador

de servicios cumplió sus obligaciones contractuales, por lo que no fue necesario

aplicarle sanciones o penas convencionales.

Con base en lo anterior, se concluye que el prestador del servicio integral de organización

de eventos culturales de la SECULT para el ejercicio de 2018, recibió el pago por las

cantidades pactadas en el instrumento jurídico correspondiente.

RESUMEN DE OBSERVACIONES Y ACCIONES

Se determinaron 9 resultados; de éstos, 7 resultados generaron 11 observaciones, las

cuales corresponden a 10 recomendaciones.

Del total de observaciones identificadas y mencionadas en el párrafo anterior, de una

observación no se emite recomendación debido a que la deficiencia de control interno

detectada ya fue subsanada.

La información contenida en el presente apartado refleja las acciones derivadas de la

auditoría que hasta el momento se han detectado por la práctica de pruebas y

procedimientos de auditoría; sin embargo, podrían sumarse observaciones y acciones

adicionales a las señaladas, producto de los procesos institucionales, de la recepción de

denuncias y del ejercicio de las funciones de investigación y sustanciación a cargo de esta

entidad de fiscalización superior.

301 VOLUMEN 2/14

JUSTIFICACIONES Y ACLARACIONES

La documentación e información presentadas por el sujeto fiscalizado mediante el oficio

núm. SC/DGAyF/3610/2019 del 4 de diciembre de 2019, aclaró y justificó parcialmente las

observaciones incorporadas por la Auditoría Superior de la Ciudad de México en el Informe

de Resultados de Auditoría para Confronta, por lo que se modificaron los resultados como

se plasman en el presente Informe Individual, que forma parte del Informe General Ejecutivo

del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de la Ciudad de México.

DICTAMEN

La auditoría se realizó con base en las guías de auditoría, manuales, reglas y lineamientos

de la Auditoría Superior de la Ciudad de México; las Normas Profesionales del Sistema de

Fiscalización; las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores,

emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores; y

demás disposiciones de orden e interés públicos aplicables a la práctica de la auditoría.

Este dictamen se emite el 17 de enero de 2020, una vez concluidos los trabajos de la

auditoría, la cual se practicó sobre la información proporcionada por el sujeto fiscalizado,

que es responsable de su veracidad. Con base en los resultados obtenidos en la auditoría,

cuyo objetivo fue verificar que el presupuesto aplicado por la Secretaría de Cultura con

cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” se haya registrado, aprobado, modificado,

comprometido, devengado, ejercido y pagado de acuerdo con la normatividad y

ordenamientos aplicables, y específicamente respecto de la muestra revisada que se

establece en el apartado relativo al alcance y determinación de la muestra, se concluye

que, en términos generales, el sujeto fiscalizado cumplió parcialmente las disposiciones

legales y normativas aplicables en la materia.

302 VOLUMEN 2/14

PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA

En cumplimiento del artículo 36, párrafo decimotercero, de la Ley de Fiscalización Superior

de la Ciudad de México, se enlistan los nombres y cargos de las personas servidoras

públicas de la Auditoría Superior de la Ciudad de México involucradas en la realización de

la auditoría:

Persona servidora pública Cargo

L.C. María Guadalupe Xolalpa García Directora General

L.C. y L.D. Christian Tinajero Santana Director de Auditoría “C”

C.P. Patricia Carmela Rodríguez Pérez Subdirectora de Área

L.A. Maricela Garibay Carrillo Auditora Fiscalizadora “A”

C.P. Laura González Martínez Auditora Fiscalizadora “C”