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    HISTORIA DE LA LEY

    CONSTITUCIN POLTICA DE LAREPBLICA DE CHILE DE 1980

    Artculo 2

    Emblemas nacionales

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    ndice

    NOTA DE CONTEXTO 4

    ANTECEDENTES CONSTITUYENTE 5

    1. Actas Oficiales de la Comisin Ortzar 5

    1.1. Sesin N 18 del 22 de noviembre de 1973 5

    1.2. Sesin N 40 del 14 de mayo de 1974 7

    1.3. Sesin N 48 del 25 de junio de 1974 8

    1.4. Sesin N 402 del 14 de julio de 1978 12

    2. Actas Oficiales del Consejo de Estado 14

    2.1. Sesin N 56 de 28 de noviembre de 1978 14

    3. Publicacin de texto original Constitucin Poltica. Textoaprobado 15

    3.1 DL. N 3464, artculo 2 15

    TEXTO VIGENTE ARTCULO 2 16

    1. Publicacin de Ley en Diario Oficial 16

    1.1 Decreto Supremo N 100, Artculo 2 16

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    ANTECEDENTES

    Esta Historia de Ley ha sido construida por profesionales de la Biblioteca delCongreso Nacional, Corte Suprema y de la Contralora General de laRepblica especializados en anlisis de Historia de la Ley, quienes hanrecopilado y seleccionado los antecedentes relevantes y el espritu dellegislador manifestados durante el proceso de formacin de la misma.

    Las instituciones sealadas no se hacen responsables de las alteraciones,transformaciones y/o del uso que se haga de esta informacin, las que sonde exclusiva responsabilidad de quienes la consultan y utilizan.

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    NOTA DE CONTEXTO

    La Historia del Artculo 2 de la Constitucin Poltica de la Repblica, setermin de construir en marzo del ao 2012 con los antecedentes existentesa esa fecha.1

    Su contenido ha sido recogido de las siguientes fuentes:

    1) Actas Oficiales de la Comisin Constituyente2) Actas del Consejo de Estado

    1 El texto original del artculo 2fue fijado en virtud del Decreto Ley N 3464 del 11 de agosto de 1980.Posteriormente, el Decreto N 100 de fecha 17 de septiembre de 2005, fij el actual texto refundido,

    coordinado y sistematizado de la Constitucin Poltica de la Repblica, manteniendo el artculo sunumeracin original.

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    Historia de la Constitucin Poltica, ART. 2 Pgina 5 de 16

    ANTECEDENTES CONSTITUYENTE

    1. Actas Oficiales de la Comisin Ortzar

    1.1. Sesin N 18 del 22 de noviembre de 1973

    Dentro de las metas y objetivos para la nueva Constitucin se mencionaexpresamente el contenido del artculo en anlisis, referido a los emblemasnacionales.

    La Comisin se rene bajo la presidencia del seor Enrique Ortzar Escobar,con asistencia de sus miembros seores Sergio Dez Urza, Enrique Evans dela Cuadra, Jaime Guzmn Errzuriz, Gustavo Lorca Rojas, Jorge Ovalle Quirozy Alejandro Silva Bascun.

    Acta de Secretario, el seor Rafael Eyzaguirre Echeverra.

    -o-

    Acontinuacin, el seor Presidente expresa que la presente sesin tiene porobjeto seguir ocupndose del memorndum de intenciones sobre las metas uobjetivos fundamentales en que deber inspirarse la nueva ConstitucinPoltica de la Repblica, cuya redaccin se encomend, en sesin anterior, alos seores Dez, Evans, Ortzar y Ovalle.

    Hace presente que, a fin de agilizar el proceso de redaccin, ha armonizadoalgunos conceptos con el objeto de evitar su innecesaria repeticin

    -o-

    METAS U OBJETIVOS FUNDAMENTALES PARA LA NUEVACONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA

    1. AFIRMACION DE LOS VALORES PERMANENTES DE LA CHILENIDAD.

    La nueva Constitucin Poltica fortalecer y destacar el imperio de los valoresesenciales de la chilenidad y cuidar de preservar la identidad histrico-culturalde la Patria.

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    Sern smbolos representativos de la nacionalidad, con jerarquaconstitucional, la Bandera, el Escudo y el Himno Nacionales.

    -o-

    Se levanta la sesin.

    ENRIQUE ORTUZAR ESCOBARPresidente

    RAFAEL EYZAGUIRRE E.Secretario

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    1.2. Sesin N 40 del 14 de mayo de 1974

    En la presente sesin, se da cuenta de Indicaciones para redactar el CaptuloPreliminar de la nueva Constitucin Poltica presentadas por la Mesa y por elseor Dez. Cabe hacer presente, que el texto del actual artculo 2, referentea los emblemas nacionales, inicialmente tuvo distinta ubicacin, por cuanto seencontraba bajo la numeracin del artculo 3.

    -o-

    1. Indicacin de la Mesa.

    -o-

    Artculo 3- Los emblemas nacionales son el Escudo de Armas de la Repblica,la Bandera Nacional y la Cancin Nacional. Su forma, colores y proporciones, ysu texto y msica, respectivamente, son los que fija la legislacin actualmentevigente.

    -o-

    2. Indicacin del seor Dez.

    -o-

    Artculo 3- Los emblemas nacionales son el Escudo de Armas de la Repblica,la Bandera Nacional y la Cancin Nacional. Su forma, colores y proporciones, ysu texto y msica, respectivamente, son los que fija la legislacin actualmentevigente. (*)

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    1.3. Sesin N 48 del 25 de junio de 1974

    Discusin y aprobacin del texto del artculo 3 (actual artculo 2 de laConstitucin Poltica de la Repblica), concerniente a los emblemas nacionales.

    La Comisin se rene bajo la presidencia del seor Enrique Ortzar Escobar,con asistencia de sus miembros seores Sergio Dez Urza, Gustavo Lorca

    Rojas, Jorge Ovalle Quiroz y Alejandro Silva Bascun.

    Acta de Secretario Subrogante, el seor Rafael Larran Cruz.

    El seor ORTUZAR (Presidente) declara, en el nombre de Dios, abierta lasesin.

    -o-

    El seor ORTUZAR (Presidente) expresa que corresponde seguir ocupndose enel Captulo I de la Constitucin Poltica del Estado.

    -o-

    En seguida, corresponde tratar el artculo 3, relativo a los EmblemasNacionales, segn el orden propuesto en la indicacin de la Mesa.

    Artculo 3. _ Los Emblemas Nacionales son el Escudo de Armas de laRepblica, la Bandera Nacional y la Cancin Nacional. Su forma, colores yproporciones y su texto y su msica, respectivamente, son los que fija lalegislacin actualmente vigente.

    El seor DIEZ seala haber sido el redactor del artculo, por lo que desea daruna explicacin. El indicar en la Constitucin cules son las formas, colores,msica, etctera de los Emblemas Nacionales resulta imposible hacerlo sinreferirse a los textos legales vigentes, como tambin, es absolutamente ilgicocitar en la Constitucin que el Decreto 1.534, del Ministerio del Interior, y el3.737, del Ministerio de Educacin, etctera, fijaron las normas sobre lamateria. Resulta absurdo decir esto en la Constitucin. Por eso, lleg a laconclusin, y solicita dejar constancia para la historia fidedigna de ladisposicin, de que era mejor decir que las caractersticas de los Emblemas

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    Nacionales corresponden a las establecidas por las normas que actualmenteestn en vigor, las que estn sealadas en su indicacin.

    El seor SILVA BASCUAN seala no estar muy conforme con el contenidoesencial de este texto. Concuerda con l en la parte que recuerda que losEmblemas Nacionales son los que all se determinan, pero no con la drasticidade inmovilidad con que aparece la disposicin en este captulo introductorio dela Constitucin. Est muy bien que cuando se estudie la formacin de la ley o,incluso, la reforma constitucional, se vea la manera de cmo se debe modificarel Emblema, el Escudo y la Cancin Nacional. Pero en su concepto, suinmovilidad y su estabilidad absoluta no es tan determinante de la esencia delEstado chileno. No vaya a ser cosa, agreg que quede el pueblo sin laatribucin de modificar lo actualmente establecido. Por eso no es partidario dedar una drasticidad e inmovilidad tan grande al precepto.

    El seor DIEZ manifiesta que lo que ha querido expresar en su indicacin es,precisamente, que para modificar los Emblemas Nacionales se requieremodificar la Constitucin.

    El seor SILVA BASCUAN pregunta si para ello no bastara solo una ley.

    El seor ORTUZAR (Presidente) recuerda al seor Silva Bascun que lo que sequiere con esta disposicin es cumplir con una meta que se seal en elMemorndum tendiente a reafirmar los valores permanentes de nuestranacionalidad. No hay que olvidar, agreg, que el rgimen marxista pretendidestruir la institucionalidad y sustituir la Bandera. Entonces, es natural y lgicoexpresar en un artculo lo que se afirm en el Memorndum, y una manera dereafirmar los valores permanentes de la nacionalidad es dndole jerarquaconstitucional al Emblema Nacional, al Escudo de Armas de la Repblica y a laCancin Nacional.

    El seor DIEZ expresa que Chile es un pas que tiene una historia de tal

    naturaleza que permite que se pueda velar por algunas de sus tradiciones. Elhbito, la costumbre y la veneracin del pueblo por lo que simbolizan losemblemas, justifican que para su modificacin se requiera de una reformaconstitucional. Ese es el nico sentido del artculo 3; es decir que no baste,para modificar los emblemas, enmendar la ley, sino que sea necesariomodificar la Carta Fundamental.

    El seor OVALLE expresa estar de acuerdo con el principio. Estima que losEmblemas Nacionales estn tan incorporados al espritu y a la manera de ser ya la esencia del chileno, que ellos deben estar consagrados en la Constitucin,

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    y deben vincularse adems con nuestra propia manera de trabajar, de vivir yde desarrollarse poltica y socialmente. Tanto es as que, a su juicio, uno de loshechos que contribuy a desprestigiar al Gobierno anterior, fue el esfuerzo pormodificar el Emblema Nacional. Reitera que el principio debe estar consagradoen la Constitucin, y no le parece que sea el modo ms adecuado hacer unareferencia a la legislacin vigente.Es partidario de establecer que los emblemas nacionales son el Escudo, laBandera y la Cancin Nacional, y que sus signos o expresiones representativosse consideren parte integrante de la Constitucin, como el dibujo o la letra ymsica en su caso.

    El seor SILVA BASCUAN propone la siguiente redaccin para este artculo:Los Emblemas Nacionales son el Escudo de Armas de la Repblica, la BanderaNacional y la Cancin Nacional, conforme a las bases fijadas en la legislacinactualmente vigente.

    El seor OVALLE no es partidario de hacer referencia a la legislacin vigente,porque no es una buena tcnica constitucional.

    El seor DIEZ manifiesta que el emblema tiene plasticidad, tiene color, forma,proporciones y un texto y una msica, expresiones que ha usado en la

    redaccin del artculo, porque son las que seala la legislacin vigente. Sepreocup de buscar otra solucin e imagin la que propone el seor Ovalle,incluir su descripcin como anexo de la Constitucin, pero seala que laBandera tiene dimensiones, proporciones y colores, por lo cual, resulta muchoms difcil incorporar su dibujo como anexo de la Constitucin.

    El seor LORCA seala que con el propsito de encontrar una solucin proponedefinir en el texto constitucional lo que son los emblemas nacionales, suscolores, forma, proporciones, letra y msica, etctera, y establecer que sumodificacin requerir de enmienda constitucional.

    El seor OVALLE declara que referirse a la legislacin vigente en los primerosartculos del texto constitucional es una monstruosidad. Cree queconjuntamente con la Constitucin se debe dictar una ley interpretativa de ella,a fin, de incorporar todas las normas contenidas en la legislacin vigente sobreesta materia.

    La constancia aprobada por la Comisin expresa que:

    El Decreto N 1.534 de 18 de octubre de 1967, del Ministerio del Interior,publicado en el Diario Oficial el 12 de diciembre del mismo ao, es el texto

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    vigente que fija y define los emblemas nacionales y que son: la BanderaNacional, la Bandera Presidencial, el Escudo de Armas de la Repblica y laEscarapela o Cucarda.

    El Decreto N 3.482 de 12 de agosto de 1909, del Ministerio de EducacinPblica, inserto en el Boletn de las Leyes y Decretos del Gobierno, tomo 79,pg. 863, aprob oficialmente el texto y msica de la Cancin Nacional deChile. El Decreto N 3.737 de 24 de julio de 1941, del mismo Ministerio,publicado en el Diario Oficial el 9 de agosto del ao indicado, complement elanterior.

    Propone como solucin lo expresado, pues estima que los chilenos llevan en sufuero interno estos conceptos que les basta con decir la Bandera Nacional, elEscudo de Armas y la Cancin Nacional, para imaginarse cules son.El seor DIEZ manifiesta que la idea sera decir Los Emblemas Nacionales sonel Escudo de Armas de la Repblica, la Bandera Nacional y la CancinNacional. Y dejar constancia, para la historia fidedigna de la ley, de dos cosas:primero, de la forma, colores y proporciones, texto y msica, fijados en lasdisposiciones legales pertinentes y, segundo, que para modificar estadisposicin se requiere de una reforma constitucional.

    El seor ORTUZAR (Presidente) propone la siguiente redaccin para esteartculo, dejando constancia, para la historia fidedigna de la ley, de la intencincon que se aprueba:

    Son Emblemas Nacionales los actuales Escudo de Armas de la Repblica, laBandera Nacional y la Cancin Nacional.

    -o-

    Se levanta la sesin.

    ENRIQUE ORTUZAR ESCOBARPresidente

    RAFAEL LARRAIN CRUZSecretario Subrogante

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    1.4. Sesin N 402 del 14 de julio de 1978

    Continuacin de la discusin respecto de la norma en estudio. La Comisin,acuerda ubicacin definitiva de su texto bajo la numeracin del artculo 2.

    El seor ORTZAR (Presidente) anuncia que corresponde ocuparse en elCaptulo I del anteproyecto de nueva Carta Fundamental, respecto del cual elseor Carmona somete al juicio de los seores miembros de la Comisin el

    siguiente proyecto de articulado:

    CAPTULO I

    -o-

    Artculo 2 Son Emblemas Nacionales, el Escudo de Armas de la Repblica,la Bandera Nacional y el Himno Nacional.

    -o-

    El seor CARMONA conviene en que, desmenuzados los principios, habra quellegar a una redaccin ms especfica.

    Insiste en que ha luchado mucho en este ltimo tiempo por concebir algo quellame a la unidad de los chilenos y les permita tener un concepto de unidadsobre lo que es su pas, lo cual constituy, en buenas cuentas, el espritu dedefensa del chileno en contra del Gobierno de la Unidad Popular. Sostiene queel chileno puede tener diferencias polticas con el Gobierno, y hasta nogustarle, pero, en definitiva, considera que el Presidente es smbolo de unidad.

    Estima que la Constitucin debe empezar con una definicin de la Nacin

    chilena como objetivo fundamental, a fin de que exista un motivo de unidad,por lo cual, inmediatamente despus, se habla de los emblemas nacionales.

    -o-

    Se acuerda ubicar como artculo 2 el que dice: Son EmblemasNacionales, el Escudo de Armas de la Repblica, la Bandera Nacional yel Himno Nacional".

    -o-

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    Se levanta la sesin.

    ENRIQUE ORTZAR ESCOBAR,Presidente.

    RAFAEL LARRAN CRUZ,Prosecretario.

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    2. Actas Oficiales del Consejo de Estado

    2.1 Sesin N 56 de 28 de noviembre de 1978

    El artculo 2 no fue objeto de anlisis ni observaciones y fueaprobado por este Consejo en los mismos trminos que la ComisinConstituyente de estudio de la Constitucin.

    En Santiago, a 28 de Noviembre de 1978, siendo las 17:00hrs, se rene elConsejo de Estado bajo la presidencia del titular Don Jorge AlessandriRodrguez y con asistencia del Vicepresidente Don Gabriel Gonzlez Videla yde los siguientes Seores Consejeros: Don Enrique Urrutia Manzano,, General

    de Ejrcito (R) Don Oscar Izurieta Molina, Almirante (R) Don Ramn BarrosGonzlez, General del Aire (R) Don Renato Garca Vergara, General deCarabineros (R) Don Vicente Huerta Celis, Don Juan de Dios Carmona peralta,Don Hernn Figueroa Anguita, Don Juvenal Hernndez Jaque, Don EnriqueOrtzar Escobar, Don Carlos Cceres Contreras, Don Julio Philippi Izquierdo,Don Pedro Ibez Ojeda, Don Guillermo medina Glvez, Doa MercedesEzguerra Brizuela y Don Juan Antonio Coloma Correa.Excus su inasistencia el Pro Secretario Seor Arturo Marn Vicua, por haberdebido viajar al Per formando parte de la delegacin chilena a la reunin deMinistros del Trabajo que se celebrar en Lima en estos das.Asiste, tambin el Secretario abogado Seor Rafael Valdivieso Arizta

    -o-

    El Seor Presidente ofrece la palabra en relacin con el artculo 2 delanteproyecto. Se lo aprueba en la siguiente forma:

    Son Emblemas Nacionales de Bandera Nacional, el Escudo de Armasde la Repblica y el Himno Nacional.

    -o-

    Se levanta la sesin a las 20:00hrs.

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    TEXTO ORIGINAL ARTCULO3. Publicacin de texto original ConstitucinPoltica

    3.1 Decreto Ley N 3464, artculo 2

    Ti po Nor ma : Decr et o Ley 3464Fecha Publ i caci n : 11- 08- 1980Fecha Pr omul gaci n : 08- 08- 1980Or gani smo : MI NI STERI O DEL I NTERI OR

    T t ul o : APRUEBA NUEVA CONSTI TUCI ONPOLI TI CA Y LA SOMETE ARATI FI CACI ON POR PLEBI SCI TO

    Ti po Ver si n : Text o Or i gi nal De: 11- 08- 1980

    URL: ht t p: / / www. l eychi l e. cl / Navegar?i dNorma=7129&i dPar t e=871368

    APRUEBA NUEVA CONSTI TUCI ON POLI TI CA Y LA SOMETE ARATI FI CACI ON POR PLEBI SCI TO

    Nm. 3. 464. - Sant i ago, 8 de Agost o de 1980. - Vi st o: Lodi spuest o en l os decr etos l eyes Nos. 1 y 128, de 1973; 527

    y 788, de 1974; y 991, de 1976,La J unt a de Gobi er no de l a Repbl i ca de Chi l e, en

    ej er ci ci o de l a pot est ad const i t uyent e, ha acor dado apr obarcomo nueva Const i t uci n Pol t i ca de l a Repbl i ca de Chi l e,suj et a a r at i f i caci n por pl ebi sci t o, el s i gui ent e

    DECRETO LEY:

    CONSTI TUCI ON POLI TI CA DE LA REPUBLI CA DE CHI LE

    CAPI TULO IBases de l a I nst i t uci onal i dad

    Ar t cul o 2. - Son embl emas naci onal es l a banderanaci onal , el escudo de ar mas de l a Repbl i ca y el hi mnonaci onal .

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    TEXTO VIGENTE ARTCULO

    TEXTO VIGENTE ARTCULO

    1. Publicacin de Ley en Diario Oficial1.1 Decreto Supremo N 100, Artculo 2

    Ti po Nor ma : Decr et o 100Fecha Publ i caci n : 22- 09- 2005Fecha Promul gaci n : 17- 09- 2005Or gani smo : MI NI STERI O SECRETARI A GENERAL DE

    LA PRESI DENCI AT t ul o : FI J A EL TEXTO REFUNDI DO,

    COORDI NADO Y SI STEMATI ZADO DE LA

    CONSTI TUCI ON POLI TI CA DE LAREPUBLI CA DE CHI LETi po Ver si n : l t i ma Ver si n De: 12- 06- 2009URL:: ht t p: / / www. l eychi l e. cl / Navegar?i dNorma=242302&i dPar t e=8563469

    FI J A EL TEXTO REFUNDI DO, COORDI NADO Y SI STEMATI ZADO DE LACONSTI TUCI ON POLI TI CA DE LA REPUBLI CA DE CHI LE

    Nm. 100. - Sant i ago, 17 de sept i embr e de 2005. - Vi st o:En uso de l as f acul t ades que me conf i er e el ar t cul o 2 del a Ley N 20. 050, y t eni endo pr esent e l o di spuest o en elar t cul o 32 N8 de l a Const i t uci n Pol t i ca de 1980,

    Decreto:

    F j ase el si gui ent e t ext o r ef undi do, coor di nado ysi st emat i zado de l a Const i t uci n Pol t i ca de l a Repbl i ca:

    Cap t ul o IBASES DE LA I NSTI TUCI ONALI DAD

    Ar t cul o 2 . - Son embl emas naci onal es l a bander anaci onal , el escudo de ar mas de l a Repbl i ca y el hi mnonaci onal .