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Historia de Decreto Nº 63 Promulga el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas D. Oficial 05 de septiembre, 2011

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Historia de Decreto

Nº 63

Promulga el Tratado Constitutivo de la Unión de Nac iones Suramericanas

D. Oficial 05 de septiembre, 2011

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Téngase presente Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos. Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley. Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley. Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice. Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

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INDICE

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados 4 1.1. Mensaje Presidencial 4 1.2. Informe Comisión de Relaciones Exteriores 12 1.3. Informe Comisión Hacienda 21 1.4. Discusión en Sala 25 1.5. Oficio de Cámara de Origen a Cámara Revisora 51

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado 52 2.1. Informe Comisión de Relaciones Exteriores 52 2.2. Informe Comisión de Hacienda 90 2.3. Discusión en Sala 99 2.4. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen 108

3. Trámite de Finalización: Cámara de Diputados 109 3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo 109 4. Publicación de Decreto en Diario Oficial 110 4.1. Decreto N° 63 110

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MENSAJE PRESIDENCIAL

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje del Ejecutivo Mensaje de S.E. La Presidenta de la República. Fecha 18 de julio, 2008. Cuenta en Sesión 65, Legislatura 356. MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE ACUERDO QUE APRUEBA EL TRATADO CONSTITUTIVO DE LA UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS, SUSCRITO EN LA CIUDAD DE BRASILIA, REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, EL 23 DE MAYO DE 2008. _______________________________ SANTIAGO, julio 18 de 2008.- M E N S A J E Nº 533-356/

Honorable Cámara de Diputados:

Tengo el honor de someter a vuestra consideración el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), suscrito en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 23 de mayo de 2008.

ANTECEDENTES.

La Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) fue creada por medio de la Declaración de Cusco, el 8 de diciembre de 2004, bajo el nombre de Comunidad Sudamericana de Naciones, con el propósito de desarrollar un espacio sudamericano crecientemente integrado en lo político, social y económico, que fortalezca la identidad propia de América del Sur, otorgándole una mayor gravitación en los foros internacionales. Desde sus inicios, Chile ha participado activamente en esta iniciativa, sosteniendo que debe sustentarse en una concertación política, donde el proceso de integración sea gradual, y se fijen metas y objetivos claros y definidos.

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS.

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MENSAJE PRESIDENCIAL

En la I Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, celebrada en Brasilia, en septiembre de 2005, los Mandatarios adoptaron una Agenda Prioritaria y un Plan de Acción para comenzar la gestación del Tratado Constitutivo de UNASUR. Se definieron áreas de acción prioritarias, incluyendo el diálogo político; la integración física; el medio ambiente; la integración energética; los mecanismos financieros sudamericanos; las asimetrías; las telecomunicaciones, y la promoción de la cohesión social, la inclusión social y la justicia social. En la II Cumbre de Jefas y Jefes de Estado, realizada en Cochabamba en diciembre de 2006, se adoptó la Declaración de Cochabamba. En ella se establecieron las bases para profundizar la integración sudamericana, incluyendo el ámbito comercial y una articulación económica y productiva más amplia, como también nuevas formas de cooperación política, social y cultural, tomando para ello en cuenta lo logrado en el MERCOSUR y la Comunidad Andina de Naciones (CAN), y la experiencia de Chile, Guyana y Surinam. Los Estados Miembros reiteraron su compromiso con el proceso de integración regional como una forma de evitar la profundización de las asimetrías y la marginalidad económica, social y política en nuestros países. También en esa oportunidad se estableció un Plan Estratégico, que contempla reuniones periódicas de autoridades a distintos niveles: Jefes de Estado y de Gobierno (anuales), Cancilleres (semestrales), Ministeriales sectoriales, Comisión de Altos Funcionarios (en la actualidad, Consejo de Delegados), Secretaría General. Al Consejo de Delegados se le encargó la tarea de dirigir el proceso de integración y elaborar un Proyecto de Tratado Constitutivo. En su primera reunión, en enero de 2007, bajo la Presidencia Pro Tempore de Bolivia, se establecieron cinco Grupos de Trabajo y, posteriormente, se sumaron un sexto y un séptimo: - Integración Energética (a cargo de Venezuela). - Integración Financiera (a cargo de Argentina). - Integración en materia de Infraestructura (a cargo de Colombia). - Integración en materia de Políticas Sociales (a cargo de Chile). - Integración en materia Educativa (a cargo de Perú). - Mecanismos de Solución de Controversias en materia Inversiones (a cargo de Bolivia; creado en 2008). - Grupo de Trabajo sobre el Consejo de Defensa Suramericano (a cargo de Chile; creado en 2008). Chile asumió la responsabilidad de dirigir el Grupo de Trabajo sobre Políticas Sociales, por tratarse de un tema al que nuestro país y sus autoridades asignan gran prioridad. Asimismo, Chile asumió la tarea de dirigir el Grupo de Trabajo sobre el Consejo de Defensa, el que busca abrir un diálogo en estas materias dentro de la región. Durante la Tercera Reunión del Consejo de Delegados, celebrada en Isla Margarita, Venezuela, el 15 de abril 2007, se continuó trabajando en el Proyecto de Tratado Constitutivo. Posteriormente, en la Cumbre Energética realizada el 17 de abril y a la cual asistieron los Mandatarios, se adoptó el

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MENSAJE PRESIDENCIAL

documento “Decisiones del Diálogo Político entre Jefes de Estado y de Gobierno”. En la oportunidad, se modificó el nombre de la “Comunidad Sudamericana de Naciones” por el de “Unión de Naciones Suramericanas”; se estableció la creación de una Secretaría Permanente en Quito, Ecuador; y se decidió la redacción de su Tratado Constitutivo, cuyo proyecto sería presentado a consideración de las Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno durante el año 2008. Después de 17 meses, dos cumbres presidenciales y doce reuniones del Consejo de Delegados, se logró consensuar, el 6 de mayo en Caracas, el texto del Tratado Constitutivo. Además, se aprobaron dos Proyectos de Decisión: uno relativo al funcionamiento transitorio de la Secretaría General y otro sobre los lineamientos para el plan de acción 2008-2009 de UNASUR. Estos Documentos fueron aprobados el 23 de Mayo de 2008 en la Cumbre de Brasilia por las Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno. La adopción del Tratado Constitutivo de UNASUR es un logro político respecto del avance en la región en materia de integración y cooperación. En la medida que UNASUR se consolide, puede contribuir a fortalecer el diálogo político en la región y permitir participar unidos en el escenario internacional. Asimismo, puede contribuir a promover una mayor integración cultural, social, económica y política, y a eliminar las desigualdades, a lograr una mayor inclusión social, a fortalecer las democracias y a reducir las asimetrías.

EL TRATADO CONSTITUTIVO DE UNASUR.

Chile en UNASUR.

La participación de Chile en el Tratado Constitutivo de UNASUR se encuentra en plena concordancia con los objetivos de política exterior de promover procesos de integración que respeten la pluralidad de sus miembros y de sus diversos modelos de desarrollo, sin restringir nuestra vocación por el regionalismo abierto. Igualmente, la pertenencia al Tratado fortalece nuestro compromiso con el desarrollo de nuestra región latinoamericana y con el multilateralismo. En el proceso de formación de este Tratado Constitutivo, que descansa en el Derecho Internacional, Chile procuró que se fundara en cuatro principios fundamentales:

a. Respeto al pluralismo y a la diversidad. El Tratado combina en forma virtuosa la regla del consenso y la gradualidad. Si bien las decisiones se adoptan por consenso, una vez que se concurra a la creación de una política o institución, es decir, cuando una política o institución sea aprobada, los Estados Miembros pueden abstenerse o participar de ella en grados variables.

b. Visión latinoamericana de la integración. El Tratado, si bien se gesta dentro de la comunidad de América del Sur, contempla mecanismos de inclusión de otros países latinoamericanos.

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MENSAJE PRESIDENCIAL

c. Gradualidad. El Tratado prevé la necesidad de que la evolución de la institucionalidad de UNASUR sea gradual, considerando nuestras especificidades nacionales. d. Inexistencia de elementos de supranacionalidad. El Tratado favorece la integración y la cooperación de los Estados Miembros con el irrestricto respeto de la soberanía de los Estados.

Descripción del Tratado Constitutivo de UNASUR.

Conformación y objetivos de UNASUR.

Los Estados Partes del Tratado deciden constituir la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) como una organización dotada de personalidad jurídica internacional, cuyo objetivo principal es construir un espacio de integración y unión en lo cultural, social, económico y político entre sus pueblos en el marco de la soberanía e independencia de los Estados (Arts.1 y 2). Uno de los objetivos específicos centrales de UNASUR es el fortalecimiento del diálogo político entre los Estados Miembros (Art. 3, a). Esta concertación política será un factor de armonía y respeto mutuo que afiance la estabilidad regional y sustente la preservación de los valores democráticos y la promoción de los derechos humanos (Art. 14). Los otros objetivos específicos del Tratado detallan la integración y cooperación en los distintos ámbitos. Dentro de ellos, se incluyen el desarrollo social y humano con equidad e inclusión y una integración que contribuya a superar las asimetrías, así como un acceso universal a la seguridad social y a los servicios de salud (Art.3b, 3h y 3j); la integración energética (Art.3d); la cooperación en materia financiera, económica y comercial (Art. 3f y 3l); la protección de la biodiversidad, los recursos hídricos y los ecosistemas (Art. 3g); la cooperación en infraestructura para una mayor interconexión de la región (Art. 3e) y una mayor cooperación en materia migratoria (Art. 3k); la cooperación en materia de investigación, innovación y tecnología (Art. 3n); la consolidación de una identidad suramericana promoviendo a su vez la diversidad cultural y la participación ciudadana (Art. 3i, 3o y 3p); una mayor coordinación y cooperación entre los Estados Miembros para una región más segura y libre de amenazas transnacionales (3q), así como el intercambio de información y experiencias en materia de defensa (Art. 3s), seguridad ciudadana (Art. 3t) y otros sectores (Art. 3u).

Órganos de UNASUR y sus funciones.

El Tratado define cuatro órganos (Art. 4): - El Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno. Corresponde al órgano máximo de UNASUR. Establece y adopta los lineamientos políticos y planes de acción, convoca a reuniones Ministeriales Sectoriales y crea consejos a nivel Ministerial, decide sobre propuestas

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MENSAJE PRESIDENCIAL

presentadas por el Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores (Art.6); - El Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores. Le corresponde adoptar Resoluciones para implementar las decisiones del órgano máximo y, a su vez, le propone proyectos de decisiones; coordina posiciones en temas centrales de la integración suramericana y promueve el diálogo político entre los Estados Miembros; realiza el seguimiento y evaluación del proceso de integración en su conjunto y aprueba tanto el Programa anual de actividades como el presupuesto anual y de las iniciativas comunes de UNASUR; implementa lineamientos políticos en relaciones con terceros, aprueba resoluciones y reglamentos de carácter institucional y crea Grupos de Trabajo según las prioridades establecidas por el órgano máximo (Art. 8); - El Consejo de Delegadas y Delegados. Le compete implementar las decisiones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno y las Resoluciones del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, con el apoyo de la Presidencia Pro Tempore y la Secretaría General, además de apoyar el trabajo del Consejo de los Cancilleres en todos sus ámbitos; da seguimiento a los Grupos de Trabajo y promueve los espacios de diálogo que favorezcan la participación ciudadana (Art. 9); - La Secretaría General. Ejecuta los mandatos que le confieren los órganos de UNASUR y apoya a todos sus órganos en el cumplimiento de sus funciones; además, es la encargada de coordinar, con otras entidades de integración y cooperación en América Latina y el Caribe, actividades que le encomienden los órganos de UNASUR (Art. 10). Adicionalmente, en la Declaración de Margarita, del 17 de abril de 2007, se creó el Consejo Energético de Suramérica como parte de UNASUR (Art. 5).

La Presidencia Pro Tempore de UNASUR será ejercida por cada uno de los Estados Miembros en orden alfabético y por períodos anuales para los efectos de preparar las reuniones y actividades del calendario de UNASUR, así como la representación en eventos internacionales y asumir compromisos y firmar declaraciones con terceros, previa aprobación de los Estados Miembros (Art. 7).

Por su parte, el Parlamento Suramericano con sede en la ciudad de Cochabamba, Bolivia, será materia de un Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo (Art. 17).

Normas, políticas, instituciones, programas y solución de diferencias.

Toda la normativa de UNASUR se adoptará por consenso, estando presente al menos tres cuartos de los Estados Miembros. Para aquellas decisiones, resoluciones o disposiciones que se adopten sin la presencia de todos los

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MENSAJE PRESIDENCIAL

Estados Miembros, el Secretario General deberá someterlas a consulta con aquellos ausentes en un plazo máximo de 30 días calendario. Las normas que emanen de los órganos de UNASUR serán obligatorias para los Estados Miembros una vez que éstas hayan sido incorporadas en el ordenamiento jurídico de cada uno de ellos (Art. 12).

Por otra parte, uno o más Estados Miembros podrán presentar una propuesta de adopción de políticas, creación de instituciones, organizaciones o programas comunes a ser adoptado de manera consensuada, sobre la base de criterios flexibles y graduales de implementación. Estas propuestas deberán ser presentadas al Consejo de Delegadas y Delegados; luego de su aprobación, pasarán al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores y, subsecuentemente, al Consejo de Jefes y Jefas de Estado. Cuando no se alcance el consenso, la propuesta solo podrá ser sometida al Consejo de Delegadas y Delegados luego de seis meses de su última inclusión en la agenda. Finalmente, cualquier Estado Miembro podrá eximirse de aplicar total o parcialmente una política aprobada por un tiempo definido o indefinido, lo que no le impedirá incorporarse en forma posterior, total o parcialmente, a la política en cuestión. Para el caso de las instituciones, organizaciones y programas, cualquier Estado Miembro podrá participar como observador o eximirse total o parcialmente por tiempo definido o indefinido (Art. 13).

Por último, las diferencias respecto de la interpretación o aplicación de las disposiciones del Tratado se resolverán mediante negociaciones directas entre los Estados Partes. Si no se llega a acuerdo, la diferencia se someterá al Consejo de Delegadas y Delegados, el cual dentro de 60 días emitirá recomendaciones para la solución de la misma. En caso de no alcanzarse una solución, se elevará la diferencia al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores para su consideración (Art. 21).

Relaciones con terceros, Estados Asociados, nuevos miembros y participación ciudadana.

Con el objeto de establecer relaciones con terceros, UNASUR promoverá iniciativas de diálogo sobre temas de interés regional e internacional y buscará consolidar mecanismos de cooperación con otros grupos regionales, Estados y organizaciones internacionales (Art. 15).

Asimismo, los demás Estados de América Latina y el Caribe que expresen su interés en participar como Estado Asociado, lo podrán hacer previa aprobación del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno (Art. 19).

A partir del quinto año de la entrada en vigor del Tratado Constitutivo y en pos del fortalecimiento de la unidad de América Latina y el Caribe, el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno podrá examinar la adhesión de nuevos miembros entre aquellos Estados que hayan mantenido su status de Asociados por al menos cuatro años (Art. 20).

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MENSAJE PRESIDENCIAL

Este proceso de integración promueve la participación ciudadana a través del diálogo amplio y abierto. Los Estados Miembros y los órganos de UNASUR generarán espacios innovadores que incentiven la discusión de los distintos temas por parte de la ciudadanía y considerarán las propuestas que de ella emanen.

Financiamiento.

El Consejo de Delegadas y Delegados propondrá al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores el Proyecto de Presupuesto ordinario anual para el funcionamiento de la Secretaría General. El Presupuesto se realizará sobre la base de cuotas diferenciadas de los Estados Miembros y tomará en cuenta la capacidad económica de sus miembros, la responsabilidad común y el principio de equidad (Art. 16).

Entrada en vigor, duración, denuncia y enmiendas.

El Tratado Constitutivo de UNASUR entrará en vigor treinta días después de la fecha de recepción del noveno instrumento de ratificación. Estableciéndose que para el Estado Miembro que lo ratifique con posterioridad al noveno, el Tratado entrará en vigor treinta días después de la fecha en que tal Estado Miembro haya depositado el instrumento de ratificación en la Secretaría General (Art. 25).

Además, el Tratado tiene duración indefinida y podrá ser denunciado por cualquiera de los Estados Miembros mediante notificación escrita al Depositario. Ello no exime al Estado Miembro de la obligación de pago de las contribuciones ordinarias que tuviere pendientes (Art. 24).

Por otra parte, cualquier Estado Miembro de UNASUR puede proponer enmiendas, las que deberán ser sometidas a consideración de los otros Estados Miembros y aprobadas por el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno para su entrada en vigencia (Art. 26).

Idiomas.

Los idiomas oficiales de UNASUR serán el castellano, el inglés, el portugués y el neerlandés (Art. 23).

En mérito de lo expuesto, solicito a Vuestras Señorías aprobar el siguiente

P R O Y E C T O D E A C U E R D O:

“ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas, suscrito en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 23 de mayo de 2008.”.

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MENSAJE PRESIDENCIAL

Dios guarde a V.E., MICHELLE BACHELET JERIA Presidenta de la República ALEJANDRO FOXLEY RIOSECO Ministro de Relaciones Exteriores ANDRÉS VELASCO BRAÑES Ministro de Hacienda

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

1.2. Informe de Comisión de Relaciones Exteriores Cámara de Diputados. Fecha 11 de septiembre, 2008. Cuenta en Sesión 94, Legislatura 356. Boletín N° 6035-10.

INFORME DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, ASUNTOS INTERPARLAMENTARIOS E INTEGRACIÓN LATINOAMERICANA SOBRE EL PROYECTO APROBATORIO DEL TRATADO CONSTITUTIVO DE LA UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS, SUSCRITO EN LA CIUDAD DE BRASILIA, REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, EL 23 DE MAYO DE 2008.

================================================= HONORABLE CÁMARA: La Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana pasa a informar, en primer trámite constitucional y sin urgencia, acerca del proyecto de acuerdo aprobatorio del Tratado enunciado en el epígrafe, cuya finalidad es aprobar el instrumento constitutivo de la Unión Suramericana de Naciones (UNASUR) que tiene el propósito de desarrollar un espacio sudamericano progresivamente integrado en los político, social y económico, que fortalezca la identidad y gravitación internacional de América del Sur.

I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

Previamente a entrar al fondo de este instrumento internacional, se hace constar, para los efectos reglamentarios, lo siguiente:

1º) Que las normas del referido tratado no inciden en materias que requieran un quórum especial para su aprobación; pero, por la incidencia financiera que para el Estado tendrá su artículo 16, él deberá ser informado también por la H. Comisión de Hacienda, conforme con el artículo 17, inciso segundo, de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

2°) Que la Comisión aprobó el proyecto de acuerdo con el voto favorable de los Diputados presentes, señores Enrique Accorsi Opazo; Isabel Allende Bussi; Marcelo Díaz Díaz; Marcelo Forni Lobos; Renán Fuentealba Vildósola; Carlos Abel Jarpa Wevar; Juan Masferrer Pellizzari; Iván Moreira Barros; Osvaldo

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

Palma Flores , y Jorge Tarud Daccarett; y la abstención del Diputado señor Maximiano Errázuriz Eguiguren.

3°) Que Diputado informante se designó al señor Diputado Osvaldo Palma Flores.

II.- ANTECEDENTES GENERALES.

1°) Sobre los trabajos preparatorios del Tratado constitutivo de UNASUR. La Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) tiene su origen en la Declaración de Cusco, el 8 de diciembre de 2004, primeramente bajo el nombre de Comunidad Sudamericana de Naciones. En la Primera Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, celebrada en Brasilia, en septiembre de 2005, se definieron áreas de acción prioritarias: el diálogo político; la integración física; el medio ambiente; la integración energética; los mecanismos financieros sudamericanos; las asimetrías; las telecomunicaciones, y la promoción de la cohesión social, la inclusión social y la justicia social. En la Segunda Cumbre, realizada en Cochabamba en diciembre de 2006, se adoptó la Declaración de Cochabamba, en la cual se establecieron las bases para profundizar la integración sudamericana, abarcando el ámbito comercial; articulación económica y productiva más amplia y nuevas formas de cooperación política, social y cultural, tomando para ello en cuenta lo logrado en el MERCOSUR y la Comunidad Andina de Naciones (CAN), y la experiencia de Chile, Guyana y Surinam. Los Estados Miembros reiteraron su compromiso con el proceso de integración regional como una forma de evitar la profundización de las asimetrías y la marginalidad económica, social y política en nuestros países. Se estableció un Plan Estratégico, que contemplaba reuniones periódicas de autoridades a distintos niveles desde Jefes de Estado y de Gobierno (anuales), Cancilleres (semestrales) y Ministeriales sectoriales, Comisión de Altos Funcionarios (en la actualidad, Consejo de Delegados), y Secretaría General. Al Consejo de Delegados se le encargó la tarea de dirigir el proceso de integración y elaborar un Proyecto de Tratado Constitutivo. Chile asumió la responsabilidad de dirigir los Grupos de Trabajo sobre Políticas Sociales y sobre el Consejo de Defensa. Durante la Tercera Reunión del Consejo de Delegados, el 15 de abril 2007, se continuó trabajando en el Proyecto de Tratado Constitutivo. Posteriormente, en la Cumbre Energética realizada el 17 de abril y a la cual asistieron los Mandatarios, se adoptó el documento “Decisiones del Diálogo Político entre Jefes de Estado y de Gobierno”, en el cual nació la nueva denominación “Unión de Naciones Suramericanas”; se estableció la creación de una Secretaría Permanente en Quito, Ecuador; y se decidió la redacción de su Tratado

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

Constitutivo, cuyo proyecto sería presentado a consideración de las Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno durante el año 2008. Finalmente, se logró consensuar, el 6 de mayo de 2008, en Caracas, el texto del Tratado Constitutivo y, además, se aprobaron dos Proyectos de Decisión: uno relativo al funcionamiento transitorio de la Secretaría General y otro sobre los lineamientos para el plan de acción 2008-2009 de UNASUR. Estos Documentos fueron aprobados el 23 de mayo de 2008 en la Cumbre de Brasilia por las Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno. La adopción del Tratado Constitutivo de UNASUR es un logro político en la región en materia de integración y cooperación, dado que, en la medida que se consolide, podrá contribuir a fortalecer el diálogo político en la región y alcanzar una voz en el ámbito internacional. Asimismo, podrá contribuir a promover una mayor integración cultural, social, económica y política, y a eliminar las desigualdades, a lograr una mayor inclusión social, a fortalecer las democracias y a reducir las asimetrías. 2°) Sobre la participación de Chile en dichos trabajos preparatorios. El mensaje respectivo expresa que, desde sus inicios, Chile ha apoyado y participado en esta iniciativa, manifestando que debe sustentarse en una concertación política, con un proceso de integración gradual, con metas y objetivos claros y definidos. El mismo mensaje agrega que la participación de Chile en el Tratado Constitutivo se encuentra en plena concordancia con los objetivos de nuestra política exterior, orientada a promover procesos de integración que respeten la pluralidad de sus miembros y de sus diversos modelos de desarrollo, sin restringir su vocación por el regionalismo abierto. Igualmente, la pertenencia al Tratado fortalece el compromiso del país con el desarrollo de la región latinoamericana y con el multilateralismo. Añade, el mensaje, que en el proceso de formación de este Tratado Constitutivo, que descansa en el Derecho Internacional, Chile procuró que se fundara en cuatro principios fundamentales: respeto al pluralismo y a la diversidad; visión latinoamericana de la integración, no sólo sudamericana; gradualidad en la evolución de la institucionalidad de UNASUR, e inexistencia de elementos de supranacionalidad. III.-RESEÑA DEL TRATADO EN TRÁMITE. El Tratado consta de un preámbulo y una parte dispositiva que contiene 27 artículos permanentes, más uno transitorio. 1°) Contenido del preámbulo. En el preámbulo se reconoce a las naciones suramericanas como multiétnicas, plurilingües y multiculturales; las cuales manifiestan su propósito de alcanzar una identidad y ciudadanía suramericanas como también desarrollar un espacio de integración política; cultural; económica; social; energética; ambiental, y de infraestructura. Lo cual se ve como un requisito necesario para el desarrollo de sus pueblos; el fortalecimiento del multilateralismo; con irrestricto respeto a la soberanía de los Estados; autodeterminación de los pueblos; solidaridad;

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

cooperación; paz; democracia; participación ciudadana y pluralismo; derechos humanos universales; reducción de asimetrías, y desarrollo sustentable. 2° Contenido de la parte dispositiva. a) Conformación y objetivos de UNASUR. La Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) es una organización dotada de personalidad jurídica internacional, cuyo objetivo principal es construir un espacio de integración y unión en lo cultural, social, económico y político entre sus pueblos en el marco de la soberanía e independencia de los Estados (artículos 1 y 2). Un objetivo central específico de UNASUR es el fortalecimiento del diálogo político entre los Estados Miembros que afiance la estabilidad regional y sustente la preservación de los valores democráticos y la promoción de los derechos humanos (artículos 3, a) y artículo 14). Otros objetivos específicos del Tratado son: la integración y cooperación en los distintos ámbitos, tales como el desarrollo social y humano con equidad e inclusión y una integración que contribuya a superar las asimetrías, así como un acceso universal a la seguridad social y a los servicios de salud; la integración energética ; en materia financiera, económica y comercial; la protección de la biodiversidad, los recursos hídricos y los ecosistemas; en infraestructura para una mayor interconexión de la región y una mayor cooperación en materia migratoria; en materia de investigación, innovación y tecnología; la consolidación de una identidad suramericana promoviendo a su vez la diversidad cultural y la participación ciudadana; una mayor coordinación y cooperación entre los Estados Miembros para una región más segura y libre de amenazas transnacionales, así como el intercambio de información y experiencias en materia de defensa, seguridad ciudadana y otros sectores (artículo 3, letras b) a la u)). b) Órganos de UNASUR y sus funciones - El Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno: órgano máximo de UNASUR, que establece y adopta los lineamientos políticos y planes de acción, convoca a reuniones Ministeriales Sectoriales y crea consejos a nivel Ministerial, decide sobre propuestas presentadas por el Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores (artículos 4 y 6). - El Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores: le corresponde adoptar resoluciones para implementar las decisiones del órgano máximo, al cual le propone proyectos de decisiones; coordina en temas de la integración y promueve el diálogo político, entre otras funciones (artículo 8). - El Consejo de Delegadas y Delegados: implementa las decisiones de los órganos anteriores, con el apoyo de la Presidencia Pro Tempore y la Secretaría General, además de apoyar el trabajo del Consejo de los Cancilleres entre otras funciones (artículo 9). - La Secretaría General: ejecuta los mandatos que le confieren los órganos de UNASUR y apoya a todos sus órganos en el cumplimiento de sus funciones;

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

además, es la encargada de coordinar, con otras entidades de integración y cooperación en América Latina y el Caribe (artículo 10). - Adicionalmente, en la Declaración de Margarita, del 17 de abril de 2007, se creó el Consejo Energético de Suramérica como parte de UNASUR (artículo 5). La Presidencia Pro Tempore de UNASUR será ejercida por cada uno de los Estados Miembros en orden alfabético y por períodos anuales para los efectos de preparar las reuniones y actividades del calendario de UNASUR, entre otras funciones (artículo 7). El Parlamento Suramericano, con sede en la ciudad de Cochabamba, Bolivia, será materia de un Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo (artículo 17). c) Normas, políticas, instituciones, programas Toda la normativa de UNASUR se adoptará por consenso, estando presente al menos tres cuartos de los Estados Miembros. Los Estados Miembros ausentes en la votación serán consultados por el Secretario General en un plazo máximo de 30 días calendario. Las normas que emanen de los órganos de UNASUR serán obligatorias para los Estados Miembros una vez que éstas hayan sido incorporadas en el ordenamiento jurídico de cada uno de ellos (artículo 12). Uno o más Estados Miembros podrán presentar una propuesta de adopción de políticas, creación de instituciones, organizaciones o programas comunes a ser adoptado de manera consensuada, sobre la base de criterios flexibles y graduales de implementación. Estas propuestas deberán ser presentadas al Consejo de Delegadas y Delegados; luego de su aprobación, pasarán al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores y, subsecuentemente, al Consejo de Jefes y Jefas de Estado. Cuando no se alcance el consenso, la propuesta solo podrá ser sometida al Consejo de Delegadas y Delegados luego de seis meses de su última inclusión en la agenda. Cualquier Estado Miembro podrá eximirse de aplicar total o parcialmente una política aprobada por un tiempo definido o indefinido, lo que no le impedirá incorporarse en forma posterior, total o parcialmente, a la política en cuestión. Para el caso de las instituciones, organizaciones y programas, cualquier Estado Miembro podrá participar como observador o eximirse total o parcialmente por tiempo definido o indefinido (artículo 13). d) Solución de controversias Las diferencias respecto de la interpretación o aplicación de las disposiciones del Tratado se resolverán mediante negociaciones directas entre los Estados Partes. Si no se llega a acuerdo, la diferencia se someterá al Consejo de Delegadas y Delegados, el cual dentro de 60 días emitirá recomendaciones para la solución de la misma. En caso de no alcanzarse una solución, se elevará la diferencia al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores para su consideración (artículo 21). e) Relaciones con terceros, Estados Asociados, nuevos miembros y participación ciudadana. UNASUR promoverá iniciativas de diálogo sobre temas de interés regional e internacional y buscará consolidar mecanismos de cooperación con otros grupos regionales, Estados y organizaciones internacionales (artículo 15).

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

Los demás Estados de América Latina y el Caribe que expresen su interés en participar como Estado Asociado, lo podrán hacer previa aprobación del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno (artículo 19). A partir del quinto año de la entrada en vigor del Tratado Constitutivo y en pos del fortalecimiento de la unidad de América Latina y el Caribe, el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno podrá examinar la adhesión de nuevos miembros entre aquellos Estados que hayan mantenido su status de Asociados por al menos cuatro años (artículo 20). Los Estados Miembros y los órganos de UNASUR generarán espacios innovadores que incentiven la discusión de los distintos temas por parte de la ciudadanía. f) Financiamiento El Consejo de Delegadas y Delegados propondrá al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores el Proyecto de Presupuesto ordinario anual para el funcionamiento de la Secretaría General. El Presupuesto se realizará sobre la base de cuotas diferenciadas de los Estados Miembros (artículo 16). El Tratado Constitutivo de UNASUR entrará en vigor treinta días después de la fecha de recepción del noveno instrumento de ratificación; tendrá duración indefinida y podrá ser denunciado por cualquiera de los Estados Miembros mediante notificación escrita al Depositario (artículos 24 y 26). IV.- DECISIONES DE LA COMISIÓN. 1°) Personas recibidas por la Comisión. El estudio de este tratado se inició con una exposición del señor FOXLEY, don Alejandro (Ministro de Relaciones Exteriores) quien explicó que este tratado tiene su origen en un proceso de encuentros de Jefes de Estado, desde la Cumbre de Cusco, en diciembre de 2004, culminado en marzo de 2007, oportunidad en la cual se comenzó a trabajar en el tratado constitutivo, con motivo de una Cumbre Energética en la Isla Margarita, ocasión en la cual los Jefes de Estado tomaron la decisión de que se acordara designar una secretario permanente de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) y se ofreció que la sede estuviera en Quito. Sostuvo que UNASUR es un esquema de integración que tiene la virtud de fortalecer la relación de Chile con los países vecinos, y con toda la región. Aseveró que nuestro país tiene grandes expectativas en el sentido de que en Sudamérica tenga un esquema de integración y una sola voz en temas internacionales. Hizo presente que, tanto en el texto del tratado, como en las decisiones que se adoptarán en el camino, ha sido necesario el consenso, evitando intentos de hegemonizar el proceso de integración. Indicó que este tratado no establece órganos supranacionales ni impide pertenencias a otras entidades de integración regionales y que la idea es que UNASUR sea un bloque desde el cual se avance en la integración de la región,

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llegando a toda Latinoamérica. Explicó que hoy existen 7 u 8 grupos de trabajo en UNASUR, de los cuales Chile preside el de políticas sociales. Expresó que entre los principios de UNASUR, se encuentran los de irrestricto respeto a la soberanía y multilateralismo y que con este tratado se crea este organismo internacional, como un espacio de integración, que tiene organismos internos tales como el Consejo de Jefes de Estado, que se reúnen una vez al año; el Consejo de Cancilleres; el Consejo de Delegados, y una Secretaría. Añadió que su presidencia es pro témpore y la normativa se fija por consenso. Hizo presente que se plantea en el tratado la creación de un Parlamento Latinoamericano y que los países que no son parte de América del Sur, pueden ser Estados asociados y pueden llegar a ser miembros plenos, siempre que el Consejo de Jefes de Estado lo pruebe, a partir del quinto año de vigencia del tratado. Añadió que el tratado también contempla un mecanismo de solución de controversias. En seguida, el señor FLISFISCH, don Ángel (Director de Planificación de la Cancillería) expresó que los grupos de trabajo son la parte sustantiva de este acuerdo; que en la disposición transitoria del tratado se crea una Comisión para el estudio de la conformación de una Parlamento Suramericano, y que también existe una actividad en torno a poderes judiciales, mediante representantes de las Cortes Supremas, no para un crear un sistema judicial suramericano, sino para facilitar la cooperación entre los países suramericanos. Explicó que el Grupo de Trabajo sobre Integración Financiera persigue llegar a un consenso para diseñar una arquitectura financiera, con dos subgrupos en infraestructura y financiamiento de la infraestructura y para investigar propuestas de financiamiento en políticas sociales. En cuanto a integración energética, dio a conocer que existe un grupo de trabajo integrado por expertos y un Consejo Energético, integrado por los Ministros de Energía. Aseveró que este Grupo ha tenido un trabajo fecundo y que han identificado una estrategia energética y un plan de acción, para lo cual están trabajando en un tratado de integración energética en Sudamérica. En materia de integración en infraestructura, relató que este Grupo ha identificado 52 proyectos, tales como el corredor bioceánico. Añadió que se descansa sobre propuestas autónomas de cada país y se está analizando su viabilidad técnica y financiera, lo que verá el grupo de integración financiera, el cual que tiene un subgrupo para ello.

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En cuanto al grupo encargado de estudio de las políticas sociales, informó que éste trabaja para proponer en la próxima cumbre ordinaria de octubre, la creación de un observatorio regional para el desarrollo social, formas de intercambio de experiencia de cooperación técnica en políticas sociales e identificación de cooperación en temas concretos. Agregó que también labora un grupo de trabajo en materia de salud pública. En cuanto a integración en educación, señaló que existe un Grupo dedicado a analizar temas tales como la alfabetización; la creación de una beca suramericana y la homologación de certificados, más en el área de la educación técnica que en la profesional. Asimismo, indicó que también se ha creado un Grupo de Trabajo sobre Solución de Controversias en el marco de UNASUR. Dio a conocer que el Grupo de Trabajo del Consejo de Defensa, fue propuesto por el Presidente Lula Da Silva, el cual ha sostenido tres reuniones con representantes de Cancillería y Defensa. Comprende sólo cooperación en materia de defensa. Subrayó que el artículo 13 del tratado crea la norma del consenso, para hacer viable la integración y permitirá no ver en el consenso una oportunidad de veto, dado que pueden concurrir al consenso los países y no quedar comprometidos con él, para que cada país opere con sus propios ritmos. Por último el señor ERRÁZURIZ, don Hernán Felipe (Presidente del Consejo Chileno para las Relaciones Internacionales) sostuvo que el texto del tratado no implica compromisos de soberanía, que tiene un formato simple, y que presenta el problema de que hay un funcionamiento por consenso, que es difícil de lograr en una región tan fragmentada económica, política e ideológicamente, para alcanzar acuerdos de alguna importancia y calidad. Por ello prefirió referirse a la utilidad del Tratado, que identificó como la convergencia de instituciones existentes con el fin de avanzar en materia de integración. Manifestó tener enorme escepticismo, porque este tratado repite la organización de base consensual, como la OEA y otros organismos, con una débil estructura de solución de controversias y objetivos vagos. Subrayó que se excluye a México del tratado, lo cual espera se supere, y que este instrumento es impulsado por Brasil que tiene cada vez mas gravitación en América Latina, país amigo y socio importante para Chile y, por ello, hay que sumarse y apoyar esta iniciativa. Opinó que la posibilidad de que el ex Presidente de Argentina, señor Kirchner, sea Secretario General de UNASUR es improbable y, por ello, piensa que Brasil tendrá que tomar la iniciativa. Agregó que estamos frente a un proceso inevitable, donde existe un compromiso y la Presidenta de Chile preside UNASUR, por ello opina que hay que tener una visión de Estado y apoyarla. Sostuvo que, en cuanto a oportunidad, habría que ver el grado de compromiso

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que tiene Brasil con el Tratado, lo que determinará el éxito de este instrumento. 2°) Aprobación del proyecto de acuerdo.

Vistos los antecedentes expuestos, más los que podrá agregar el señor Diputado Informante, la Comisión decidió, por la votación ya informada en el punto 2) de las constancias reglamentarias, recomendar la aprobación del artículo único del proyecto de acuerdo, en los mismos términos en que lo propone el mensaje; es decir, en los siguientes: “Artículo único.- Apruébase el “Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas”, suscrito en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 23 de mayo de 2008.”. Discutido y despachado en las sesiones de 2 y 9 de septiembre de 2008, con asistencia de los señores Diputados Fuentealba Vildósola, don Renán (Presidente de la Comisión); Accorsi Opazo, don Enrique; Allende Bussi, doña Isabel; Álvarez-Salamanca Büchi, don Pedro Pablo; Díaz Díaz, don Marcelo; Errázuriz Eguiguren, don Maximiano; Forni Lobos, don Marcelo; Jarpa Wevar, don Carlos Abel; Masferrer Pellizzari, don Juan; Moreira Barros, don Iván; Palma Flores, don Osvaldo, y Tarud Daccarett, don Jorge, SALA DE LA COMISIÓN, a 11 de septiembre de 2008. Federico Vallejos de la Barra, Abogado Secretario de la Comisión.

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

1.3. Informe de Comisión de Hacienda Cámara de Diputados. Fecha 29 de octubre, 2008. Cuenta en Sesión 94, Legislatura 356. INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA RECAÍDO EN EL PROYECTO APROBATORIO DEL TRATADO CONSTITUTIVO DE LA UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS, SUSCRITO EN LA CIUDAD DE BRASILIA, REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, EL 23 DE MAYO DE 2008.

BOLETÍN Nº 6.035-10

HONORABLE CÁMARA: La Comisión de Hacienda pasa a informar el proyecto de Acuerdo mencionado en el epígrafe, en cumplimiento del inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y conforme a lo dispuesto en los artículos 220 y siguientes del Reglamento de la Corporación. La iniciativa tuvo su origen en la Cámara de Diputados por un mensaje de S.E. la Presidenta de la República. Asistieron a la Comisión durante el análisis del proyecto los señores Gonzalo Arenas, Subsecretario Subrogante del Ministerio de Relaciones Exteriores; Angel Flisfisch, Director de Planificación del Ministerio de Relaciones Exteriores y Patricio Pradel, Subdirector de Planificación de la Cancillería. El objeto de la iniciativa consiste en la aprobación del instrumento constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), cuyo propósito es desarrollar un espacio sudamericano progresivamente integrado en lo político, social y económico, que fortalezca la identidad y gravitación internacional de América del Sur. Entre los objetivos específicos de UNASUR está el fortalecimiento del diálogo político entre los Estados Miembros y la integración y cooperación en los distintos ámbitos. El Acuerdo consta de un preámbulo, 27 artículos permanentes y un artículo transitorio. La parte dispositiva regula las siguientes materias, enumeradas según el respectivo artículo: constitución de UNASUR (artículo 1°); objetivo central (artículo 2°); objetivos específicos (artículo 3°); órgano máximo (artículo 4°); desarrollo de la institucionalidad (artículo 5°); el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno (artículo 6°); la Presidencia Pro Tempore (artículo 7°); el Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores (artículo 8°) el Consejo de Delegadas y Delegados (artículo 9°); la Secretaría

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

General (artículo 10); fuentes jurídicas (artículo 11); aprobación de la normativa (artículo 12); adopción de políticas y creación de instituciones, organizaciones y programas (artículo 13); diálogo político (artículo 14); relaciones con terceros (artículo 15); financiamiento (artículo 16); Parlamento (artículo 17); participación ciudadana (artículo 18); Estados Asociados (artículo 19); adhesión de nuevos miembros (artículo 20); solución de diferencias (artículo 21); inmunidades y privilegios (artículo 22); idiomas (artículo 23); duración y denuncia (artículo 24); enmiendas (artículo 25); entrada en vigor (artículo 26) y registro (artículo 27). El artículo transitorio dispone que las Partes acuerdan designar una Comisión Especial, que será coordinada por el Consejo de Delegadas y Delegados y estará integrada por representantes de los Parlamentos Nacionales, Subregionales y Regionales con el objeto de elaborar un Proyecto de Protocolo Adicional que será considerado en la IV Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno. Esta Comisión sesionará en la ciudad de Cochabamba. Dicho Protocolo Adicional establecerá la composición, atribuciones y funcionamiento del Parlamento Suramericano. Por el artículo 16, que es de competencia de esta Comisión, se establece que el Consejo de Delegadas y Delegados propondrá para su consideración y aprobación al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores el proyecto de presupuesto ordinario anual de funcionamiento de la Secretaría General. El financiamiento del presupuesto ordinario de funcionamiento de la Secretaría General se realizará en base a cuotas diferenciadas de los Estados Miembros a ser determinadas por resolución del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, a propuesta del Consejo de Delegadas y Delegados, tomando en cuenta la capacidad económica de los Estados Miembros, la responsabilidad común y el principio de equidad. El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 27 de agosto de 2008, señala que el gasto fiscal involucrado será el que los Estados Miembros acuerden para Chile, de acuerdo a los principios contemplados en el artículo 16, luego que el Tratado sea ratificado por los países integrantes. El gasto fiscal se financiará con cargo a los recursos dispuestos en el ítem “Organismos Internacionales” del presupuesto en moneda extranjera que se asignen a la Secretaría y Administración General y Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores. En el debate de la Comisión el señor Angel Flisfisch señaló que desde un punto de vista financiero, hasta el momento UNASUR no ha implicado gastos fijos, generando sólo gastos variables que dicen relación con la celebración de reuniones presidenciales, de grupos de trabajo y de la comisión permanente de

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

delegados. Estos gastos han sido solventados por los países anfitriones de cada una de dichas reuniones. Agregó que la postura del Gobierno, en cuanto a la arquitectura institucional de UNASUR es que esta sea mínima, dotada de una burocracia pequeña y que irrogue un gasto menor para los doce Estados miembros que la componen y que, precisamente, éste fue el principio que orientó todas las deliberaciones relativas a la institucionalidad de la Unión. Mencionó que la única fuente potencial de gastos fijos de UNASUR es su Secretaría General, que es básicamente un órgano de apoyo. En la actualidad no hay un Secretario General ni una planta de funcionarios para dicho órgano. Añadió que de conformidad al Tratado, la Secretaría está radicada en Quito, Ecuador. Sostuvo que el gobierno de dicho país ha comprometido el financiamiento de todos los gastos de infraestructura que impliquen la instalación de la Secretaría General, teniendo una reserva de US $ 2 millones para ese fin. En cuanto al monto del gasto fijo anual que ocasionará la Secretaría General y la manera en que se distribuirá entre los doce países miembros, informó que aún no se conoce, siendo un tema que, sin embargo, está regulado en el artículo 16 del Tratado Constitutivo. Añadió que el Consejo de Delegados sólo se ha preocupado, fundamentalmente, del Tratado Constitutivo, por lo que el tema presupuestario no ha estado en la agenda, aun cuando este Consejo elaboró una tabla, que no ha sido aprobada, con los porcentajes que deberá costear cada país, correspondiéndole a Chile alrededor del 7% del gasto fijo que implique la Secretaría General. Si se considera un presupuesto anual del orden de 800 mil a un millón de dólares, la contribución chilena sería de aproximadamente 77 mil dólares, lo que concuerda con el propósito del gobierno de que el costo que debierá solventar Chile no exceda los 80 mil dólares anuales. Finalmente, precisó que el Tratado Constitutivo sólo entrará en vigor cuando a lo menos nueve países depositen el respectivo instrumento de ratificación en la ciudad de Quito. Su opinión es que ello sucederá a mediados del próximo año, por lo que el gasto fijo que demande la Secretaría General será definido el segundo semestre del 2009, de manera que el financiamiento de Chile se tendrá que contemplar en el proyecto de ley de presupuestos del próximo año. Consultado por el Diputado señor Delmastro acerca de la constitución de un Parlamento Suramericano al interior de UNASUR explicó que el Tratado Constitutivo de la Unión establece en su artículo transitorio que los Estados partes designarán una comisión especial para los efectos de estudiar un Protocolo Adicional al Tratado que establezca un Parlamento Suramericano, precisando, además, su composición, atribuciones y funcionamiento. La

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

vigencia de dicha norma está sujeta a la entrada en vigor del Tratado Constitutivo, por que aún no se ha constituido dicha comisión especial. Señaló que el Presidente del Congreso Nacional de Bolivia, que es a su vez Vicepresidente de la República, invitó a una reunión de trabajo a los distintos Parlamentos Nacionales, Subregionales y Regionales, para iniciar un estudio orientado a lo que posteriormente será la comisión especial que elabore el Protocolo Adicional para establecer el Parlamento Suramericano. En ningún caso este grupo de trabajo implica desde ya la creación de un Parlamento. Requerido por el Diputado señor Delmastro en cuanto a la constitución de un Consejo de Seguridad en UNASUR precisó que el Presidente Lula Da Silva en la reunión de Jefes de Estado y de Gobierno desarrollada en Brasilia propuso la creación de un Consejo de Defensa Sudamericano. Por su parte, la Presidenta Bachelet planteó que se creara un grupo de trabajo a fin de elaborar una posible arquitectura institucional del Consejo y se fijaran sus atribuciones y funcionamiento. De manera que lo que existe hoy es un grupo de trabajo que se ha reunido en tres ocasiones. La Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana dispuso en su informe que esta Comisión tomara conocimiento del referido proyecto de Acuerdo y, en especial, del artículo 16 de dicho instrumento, por la incidencia financiera que dicho precepto tendrá para el Estado. Teniendo presente los antecedentes de la iniciativa y las consideraciones expuestas en la Comisión, fue sometido a votación el artículo único del proyecto de Acuerdo propuesto por la Comisión Técnica, siendo aprobado por 3 votos a favor y 2 abstenciones. Tratado y acordado en sesión de fecha 28 de octubre de 2008, con la asistencia de los Diputados señores Tuma, don Eugenio (Presidente); Aedo, don René; Alvarado, don Claudio; Delmastro, don Roberto; Dittborn, don Julio; Jarpa, don Carlos Abel; Ortiz, don José Miguel; Sunico, don Raúl y Von Mühlenbrock, don Gastón. Se designó Diputado Informante al señor VON MÜHLENBROCK, don GASTÓN. SALA DE LA COMISIÓN, a 29 de octubre de 2008. JAVIER ROSSELOT JARAMILLO Abogado Secretario de la Comisión

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DISCUSIÓN SALA

1.4. Discusión en Sala Cámara de Diputados. Legislatura 356. Sesión 128. Fecha 21 de enero de 2009. Discusión unica. Se aprueba ACUERDO APROBATORIO DEL TRATADO CONSTITUTIVO DE LA UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS, UNASUR. Primer trámite constitucional. (Preferencia).

El señor CERONI (Vicepresidente).- Informo a la Sala que dejaremos

pendiente el proyecto que figura en el tercer lugar de la Tabla, porque la Comisión de Hacienda recién ha terminado la sesión en que analizó esa materia. Por lo tanto, corresponde tratar el proyecto de acuerdo, iniciado en mensaje

y con urgencia calificada de suma, que aprueba el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas, Unasur, suscrito en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 23 de mayo de 2008. Diputados informantes de las Comisiones de Relaciones Exteriores, Asuntos

Interparlamentarios e Integración Latinoamericana y de Hacienda son los señores Osvaldo Palma y Gastón Von Mühlenbrock, respectivamente. Antecedentes: -Mensaje, boletín Nº 6035-10, sesión 65ª, en 19 de agosto de 2008.

Documentos de la Cuenta Nº 1. -Primeros Informes de las Comisiones de Relaciones Exteriores, Asuntos

Interparlamentarios e Integración Latinoamericana y de Hacienda, sesión 94ª., en 30 de octubre de 2008. Documentos de la Cuenta N°s 9 y 10, respectivamente. El señor CERONI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Osvaldo Palma. El señor PALMA.- Señor Presidente, en representación de la Comisión de

Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, informo acerca del Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas, Unasur, organización internacional regional que tiene el propósito de desarrollar un espacio sudamericano progresivamente integrado en lo político, social y económico, que fortalezca la identidad y gravitación internacional de América del Sur. La Comisión lo aprobó con el voto favorable de los diputados señores

Enrique Accorsi, señora Isabel Allende, señores Marcelo Díaz, Marcelo Forni, Renán Fuentealba, Carlos Abel Jarpa, Juan Masferrer, Iván Moreira, Jorge Tarud y el que habla. Se abstuvo el diputado señor Maximiano Errázuriz.

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DISCUSIÓN SALA

En las primeras Cumbres de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, celebradas en los años 2005, 2006 y 2007, se definieron las áreas de acción prioritarias que tendrá Unasur, a saber, el diálogo político, la integración física, el medio ambiente, la integración energética y económica, los mecanismos financieros sudamericanos, las asimetrías, las telecomunicaciones, la promoción de la cohesión social, la inclusión social y la justicia social, tomando en cuenta lo logrado en el Mercosur y en la Comunidad Andina de Naciones, CAN, y la experiencia de Chile, Guyana y Surinam. Finalmente, el 6 de mayo de 2008, se logró consensuar, en Caracas, el texto

del Tratado Constitutivo y, además, se aprobaron dos Proyectos de Decisión: uno relativo al funcionamiento transitorio de la Secretaría General y, otro, sobre los lineamientos para el plan de acción 2008-2009 de Unasur. Se estima que el Tratado Constitutivo de Unasur podría ser un logro político

en la región, en la medida en que consolide o fortalezca el diálogo político y permita alcanzar una voz de la región en el ámbito internacional. Del mismo modo, se espera contribuya a promover una mayor integración cultural, social, económica y política; a eliminar las desigualdades, a lograr una mayor inclusión social, a fortalecer las democracias y a reducir las asimetrías. El mensaje expresa que, desde sus inicios, Chile ha apoyado y participado

en esta iniciativa, manifestando que debe sustentarse en una concertación política, con un proceso de integración gradual, con metas y objetivos claros y definidos. Agrega que la participación de Chile en el Tratado Constitutivo se encuentra en plena concordancia con los objetivos de nuestra política exterior, orientada a promover procesos de integración que respeten la pluralidad de sus miembros y de sus diversos modelos de desarrollo, sin restringir su vocación por el regionalismo abierto. Acerca del contenido específico de las diversas disposiciones de este

Tratado, me remito al informe escrito que los honorables colegas tienen a su disposición. El estudio de este Tratado se inició con una exposición del señor Alejandro

Foxley, ministro de Relaciones Exteriores, quien sostuvo que Unasur es un esquema de integración que tiene la virtud de fortalecer la relación de Chile con los países vecinos y con toda la región. Aseveró que nuestro país tiene grandes expectativas de que Sudamérica tenga un esquema de integración y una sola voz en temas internacionales. Hizo presente que tanto en el texto del tratado como en las decisiones que

se adoptarán en el camino, ha sido necesario el consenso, evitando intentos de hegemonizar el proceso. Indicó que el Tratado no establece órganos supranacionales ni impide

pertenencias a otras entidades de integración regionales y que la idea es que Unasur sea un bloque que llegue a toda Latinoamérica. Explicó que hoy existen siete u ocho grupos de trabajo en Unasur, de los

cuales Chile preside el de políticas sociales. Expresó que entre los principios de Unasur, se encuentran los de irrestricto

respeto a la soberanía y multilateralismo, y que este organismo internacional se crea como un espacio de integración, que tiene organismos internos tales

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DISCUSIÓN SALA

como el Consejo de Jefes de Estado, que se reúnen una vez al año; el Consejo de Cancilleres, el Consejo de Delegados y una Secretaría. Añadió que su presidencia es pro témpore y la normativa se fija por consenso. El señor Hernán Felipe Errázuriz, presidente del Consejo Chileno para las

Relaciones Internacionales, sostuvo que el texto del tratado no implica compromisos de soberanía, que tiene un formato simple y que presenta el problema de que hay un funcionamiento por consenso, que es difícil de lograr en una región tan fragmentada económica, política e ideológicamente para alcanzar acuerdos de alguna importancia y calidad. Manifestó tener enorme escepticismo respecto de este tratado, porque en él

se repite la organización de base consensual, como la OEA y otros organismos, con una débil estructura de solución de controversias y objetivos vagos. Subrayó que espera que la exclusión de México sea superada y que a esta

iniciativa impulsada por Brasil, país amigo y socio importante para Chile, hay que sumarse y apoyarla. Atendidos estos antecedentes más los que se indican en el informe escrito

que los honorables colegas tienen a su disposición, la Comisión decidió recomendar la aprobación del artículo único del proyecto de acuerdo en los mismos términos en que lo propone el mensaje. He dicho. El señor CERONI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Gastón Von Mühlenbrock, para rendir el informe de la Comisión de Hacienda. El señor VON MÜHLENBROCK.- Señor Presidente, en nombre de la

Comisión de Hacienda, paso a informar sobre el proyecto aprobatorio del tratado constitutivo de la Unión de Naciones Sudamericanas, suscrito en Brasilia, República Federativa de Brasil. La iniciativa tuvo su origen en un mensaje de la Presidenta de la República. Asistieron a la Comisión durante el análisis del proyecto los señores Gonzalo

Arenas, subsecretario subrogante del Ministerio de Relaciones Exteriores; Angel Flisfisch, director de Planificación del Ministerio de Relaciones Exteriores, y Patricio Pradel, subdirector de Planificación de la Cancillería. El objeto de la iniciativa consiste en la aprobación del instrumento

constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas, Unasur, cuyo propósito es desarrollar un espacio sudamericano progresivamente integrado en lo político, social y económico, que fortalezca la identidad y gravitación internacional de América del Sur. Entre los objetivos específicos de Unasur está el fortalecimiento del diálogo

político entre los estados miembros y la integración y cooperación en los distintos ámbitos. El acuerdo consta de un preámbulo, 27 artículos permanentes y un artículo

transitorio que están en conocimiento de los señores diputados. El artículo 16, de competencia de esta Comisión, establece que el Consejo

de Delegadas y Delegados propondrá para su consideración y aprobación al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores el proyecto de

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DISCUSIÓN SALA

presupuesto ordinario anual de funcionamiento de la Secretaría General. El financiamiento del presupuesto ordinario de funcionamiento de la

Secretaría General se realizará en base a cuotas diferenciadas de los Estados Miembros a ser determinadas por resolución del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, a propuesta del Consejo de Delegadas y Delegados, tomando en cuenta la capacidad económica de los Estados Miembros, la responsabilidad común y el principio de equidad. El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha

27 de agosto de 2008, señala que el gasto fiscal involucrado será el que los Estados Miembros acuerden para Chile, de acuerdo a los principios contemplados en el artículo 16, luego que el Tratado sea ratificado por los países integrantes. El gasto fiscal se financiará con cargo a los recursos dispuestos en el ítem

“Organismos Internacionales” del presupuesto en moneda extranjera que se asignen a la Secretaría y Administración General y Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores. En el debate de la Comisión, el señor Angel Flisfisch señaló que, desde un

punto de vista financiero, hasta el momento, Unasur no ha implicado gastos fijos, generando sólo gastos variables que dicen relación con la celebración de reuniones presidenciales, de grupos de trabajo y de la comisión permanente de delegados. Estos gastos han sido solventados por los países anfitriones de cada una de dichas reuniones. Agregó que la postura del Gobierno, en cuanto a la arquitectura institucional

de Unasur, es que ésta sea mínima, dotada de una burocracia pequeña y que irrogue un gasto menor para los doce Estados Miembros que la componen y que, precisamente, éste fue el principio que orientó todas las deliberaciones relativas a la institucionalidad de la Unión. Mencionó que la única fuente potencial de gastos fijos de Unasur es su

Secretaría General, que es básicamente un órgano de apoyo. En la actualidad no hay un secretario General ni una planta de funcionarios para dicho órgano. Añadió que de conformidad con el Tratado, la Secretaría está radicada en Quito, Ecuador, y que el gobierno de dicho país ha comprometido el financiamiento de todos los gastos de infraestructura que impliquen la instalación de la Secretaría General, teniendo una reserva de 2 millones de dólares para ese fin. En cuanto al monto del gasto fijo anual que ocasionará la Secretaría General

y la manera en que se distribuirá entre los doce países miembros, informó que aún no se conoce, pero que se trata de un tema regulado en el artículo 16 del tratado constitutivo. Añadió que el Consejo de Delegados se ha preocupado, fundamentalmente, del

tratado constitutivo, por lo que el tema presupuestario no ha estado en la agenda, aun cuando este Consejo elaboró una tabla, que no ha sido aprobada, con los porcentajes que deberá costear cada país, correspondiéndole a Chile alrededor del 7 por ciento del gasto fijo que implique la Secretaría General. Si se considera un presupuesto anual del orden de 800 mil a un millón de dólares, la contribución chilena sería de aproximadamente 77 mil dólares, lo que concuerda

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DISCUSIÓN SALA

con el propósito del gobierno de que el costo que deberá solventar Chile no exceda los 80 mil dólares anuales. Finalmente, precisó que el tratado constitutivo sólo entrará en vigor cuando

a lo menos nueve países depositen el respectivo instrumento de ratificación en la ciudad de Quito. Su opinión es que ello sucederá a mediados del próximo año, por lo que el gasto fijo que demande la Secretaría General será definido en el segundo semestre del 2009, de manera que el financiamiento de Chile se tendrá que contemplar en el proyecto de ley de presupuestos del próximo año. Consultado por el diputado señor Delmastro acerca de la constitución de un

Parlamento Suramericano al interior de Unasur, explicó que el tratado constitutivo de la Unión establece en su artículo transitorio que los estados partes designarán una comisión especial para los efectos de estudiar un protocolo adicional al tratado que establezca un Parlamento Suramericano, precisando, además, su composición, atribuciones y funcionamiento. La vigencia de dicha norma está sujeta a la entrada en vigor del tratado constitutivo, porque aún no se ha constituido dicha comisión especial. Señaló que el presidente del Congreso Nacional de Bolivia, que es a su vez

vicepresidente de la República, invitó a una reunión de trabajo a los distintos parlamentos nacionales, subregionales y regionales, para iniciar un estudio orientado a lo que posteriormente será la comisión especial que elabore el Protocolo Adicional para establecer el Parlamento Suramericano. En ningún caso, este grupo de trabajo implica desde ya la creación de un Parlamento. Requerido por el diputado señor Delmastro en cuanto a la constitución de un

Consejo de Seguridad en Unasur, precisó que el Presidente Lula Da Silva, en la reunión de jefes de estado y de gobierno desarrollada en Brasilia, propuso la creación de un Consejo de Defensa Sudamericano. Por su parte, la Presidenta Bachelet planteó que se creara un grupo de trabajo a fin de elaborar una posible arquitectura institucional del Consejo y se fijaran sus atribuciones y funcionamiento. De esa manera, lo que existe hoy es un grupo de trabajo que se ha reunido en tres ocasiones. La Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e

Integración Latinoamericana dispuso en su informe que esta Comisión tomara conocimiento del referido proyecto de acuerdo y, en especial, del artículo 16 de dicho instrumento, por la incidencia financiera que dicho precepto tendrá para el Estado. Teniendo presente los antecedentes de la iniciativa y las consideraciones

expuestas en la Comisión, fue sometido a votación el artículo único del proyecto de acuerdo propuesto por la Comisión Técnica, el cual fue aprobado por 3 votos a favor y 2 abstenciones. Tratado y acordado en sesión de fecha 28 de octubre de 2008, con la

asistencia de los diputados señores Tuma, don Eugenio (Presidente); Aedo, don René; Alvarado, don Claudio; Delmastro, don Roberto; Dittborn, don Julio; Jarpa, don Carlos Abel; Ortiz, don José Miguel; Súnico, don Raúl y quien habla, diputado informante. He dicho.

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DISCUSIÓN SALA

El señor CERONI (Vicepresidente).- En discusión. Tiene la palabra el diputado señor Iván Moreira. El señor MOREIRA.- Señor Presidente, recién se está iniciando el debate y

quizás no muchos tengan interés en intervenir sobre esta materia. Pero lo concreto y lo más importante aquí es que cuando se trata de acuerdos internacionales, siempre hay aprensiones. Lo señalo, porque Chile ha participado en distintos foros internacionales y uno se pregunta de qué manera nos sirve tanta participación. Éste es un foro más. Se pueden dar distintas argumentaciones sobre el

particular, pero tenemos nuestras aprensiones y quienes no están de acuerdo con este tipo de foros internacionales se preguntan para qué uno más. Las resoluciones de la Unasur no son imperativas, debe haber unanimidad

para adoptarlas. La primera pregunta es por qué no fortalecemos la OEA. Todos podríamos

hacer nuestros mayores esfuerzos para fortalecerla, porque se trata de una instancia interesante. Pero no por eso debemos negarnos a participar en un nuevo foro

internacional. Hay que estar. En política exterior se debe estar; donde haya un foro internacional, hay que estar. Chile es un país reconocido internacionalmente por su participación en el

exterior. Ésta es, claramente, una instancia regional importante. Sin embargo, en

muchas ocasiones hacemos análisis políticos muy de corto plazo. En esta materia, considero que en la Unasur hay gobiernos muy importantes, como el colombiano, el cual es muy afín al próximo gobierno de Chile: el de la Alianza. Independientemente de las diferencias ideológicas de los Presidentes que

puedan integrar la Unasur, ahí estará el Presidente de Colombia y el Presidente de Chile Sebastián Piñera. Por lo tanto, son instancias que debemos ir ganando en el escenario

internacional. Luego de los excelentes informes entregados por los diputados de Hacienda

y de Relaciones Exteriores, debo manifestar que llamé a los colegas a votar a favor el proyecto de acuerdo. Aun cuando respeto las distintas opiniones que hay en mi partido, yo lo votaré a favor, porque considero que debemos estar en este foro internacional. Quizás no reemplazará a la OEA y nos habría gustado fortalecer dicha organización, pero existe este instrumento, y en materia de política y relaciones exteriores, nunca hay que dejar de estar. Antes de votar a favor el proyecto, en la Comisión yo tenía ciertas

aprensiones por los efectos y la influencia que podía tener Chávez, con la personalidad que le caracteriza, y por el problema que enfrenta la Presidenta de Argentina, doña Cristina, quien se encuentra desesperada porque no sabe qué hacer con el señor Kirchner, puesto que se ha hablado mucho de que desea integrar la Secretaría General de la Unión de Naciones Suramericanas. Afortunadamente, tenemos la certeza, la tranquilidad de que ni el señor

Chávez ni el señor Kirchner dirigirán la Unasur.

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DISCUSIÓN SALA

¿Qué nos da seguridad? Que exista una potencia internacional al interior de la Unasur. Podremos tener diferencias ideológicas con su Presidente Lula da Silva, pero conocemos la fuerza de la diplomacia brasileña. En consecuencia, Brasil me da seguridad. He hecho todos los esfuerzos necesarios para convencer a los colegas, quienes legítimamente tienen opiniones distintas. Espero, sobre la base de consideraciones políticas y estratégicas, que el proyecto de acuerdo se apruebe en esta Cámara, porque si por una ventaja política mezquina -no digo de todos- no lo hacemos, dejaremos en muy mal pie no sólo a la Presidenta de la República, sino al país. Y debemos mantenernos en el foro internacional, con nuestras distintas participaciones, como un verdadero ejemplo. Señor Presidente, voto que sí. He dicho. El señor CERONI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge

Tarud. El señor TARUD.- Señor Presidente, por su intermedio, quiero iniciar mi

intervención felicitando al colega Iván Moreira por su decisión, porque significa que como miembro de la Comisión de Relaciones Exteriores él está viendo esto como un tema país. Las relaciones exteriores son un tema de Estado. En los últimos meses hemos escuchado en los medios de comunicación

muchas opiniones totalmente equivocadas. El propio diputado Moreira lo ha dicho hoy: la iniciativa de crear la Unasur es de Brasil, del Presidente Inácio Lula da Silva, no proviene del Presidente de Venezuela. Ahí hay un grave error. Quienes dicen que existe influencia de Venezuela en la Unasur deben ver los

resultados de la reunión celebrada por sus presidentes en Santiago. La convocatoria de la Presidenta Bachelet, que reunió a los presidentes de la Unasur en Santiago, en menos de 72 horas, prueba que se trata de un organismo realmente eficiente. Se estaba viviendo una situación interna dramática en Bolivia, con una convulsión social que podía desembocar en una guerra civil, y la Unasur sirvió para contribuir a la pacificación de Bolivia. Por consiguiente, es un organismo que realmente sirve para los intereses de

Sudamérica. No se trata de anteponerlo a la OEA, que cumple otra función, pues se ocupa de las Américas, América del Norte y América del Sur, mientras que la Unasur comprende los países de América del Sur. En consecuencia, hago un llamado a los colegas de la Alianza que estiman

que debe rechazarse el tratado constitutivo de la Unasur, porque sería un signo muy negativo no considerar las relaciones exteriores como un tema de Estado. Más aún, cuando la Presidenta de Chile es la Presidenta pro tempore de la Unasur, donde ha desarrollado una tarea eficiente y ejecutiva. Reitero: la Unasur ha probado ser un organismo que sirve para los intereses

del Continente, y para América del Sur en particular. He dicho. El señor CERONI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

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DISCUSIÓN SALA

Renán Fuentealba. El señor FUENTEALBA.- Señor Presidente, en primer lugar, me alegro de

escuchar la opinión del colega Iván Moreira respecto de esta iniciativa y, sobre todo, su disposición para aprobarla. Ciertamente, la Unión de Naciones Suramericanas, que se establece como

tal a través de este tratado constitutivo que hoy debatimos y que le da la forma orgánica que los Jefes de Estado de nuestros países acordaron, despierta ciertas suspicacias en cuanto a que puede ser un poco más de lo mismo, es decir, una institución que venga a superponer sus competencias con las de otros organismos similares. Si bien ésa es una objeción potencial que podría plantearse en contra de la

constitución de este nuevo organismo, lo cierto es que queda desvirtuada por las acciones que ha llevado a cabo desde su comienzo. La Unión de Naciones Suramericanas pretende fomentar el diálogo político

entre las naciones de la región, la integración física de los países, la preocupación por el medioambiente, la integración energética, los mecanismos financieros, tratar las asimetrías existentes, abordar las telecomunicaciones y también la promoción de la cohesión social, de la inclusión social y de la justicia social. La primera actuación que le cupo a la Unasur ocurrió recientemente, y dice

relación con la situación de Bolivia, a la cual se refirió el diputado señor Tarud, por lo que no ahondaré en ella. En todo caso, me parece que fue un buen estreno de la organización. No obstante, quiero hacer presente que es muy probable que la modalidad

de operación que ocupará la Unión de Naciones Suramericanas, que consiste en adoptar las resoluciones por consenso de todos sus miembros, puede ser un obstáculo, pues este esquema de participación política puede verse entorpecido o rigidizado en el futuro respecto de temas prioritarios e importantes que se debieran tratar en su seno. Ésa es una primera observación, y creo que debo manifestarla, a fin de que

adoptemos las previsiones necesarias para que ello no ocurra y esta nueva organización no derive hacia el estancamiento o la inacción. La segunda reflexión y preocupación que debemos manifestar se refiere a la

creación de un parlamento latinoamericano. Éste es un asunto que debemos tratar en esta Corporación y, en cierta medida, en conjunto con nuestros colegas del Senado, pues ya existen organizaciones parlamentarias dedicadas al mismo quehacer que nos corresponde impulsar en la región, como el Parlatino y el Parlamento del Mercosur. La creación de un parlamento de la Unasur es, entonces, una cuestión sobre

la que deberíamos reflexionar con mayor profundidad y tomarnos el tiempo que sea necesario para socializar la idea entre los países o naciones sudamericanas y, por consiguiente, adoptar las resoluciones que surjan de ese proceso de reflexión, discusión y diálogo. En todo caso, en nombre de la bancada democratacristiana anuncio que

vamos a aprobar el tratado constitutivo de la Unión de Naciones

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DISCUSIÓN SALA

Suramericanas, Unasur, por las perspectivas y las potencialidades que presenta su accionar, sus atribuciones y sus competencias, pero dejamos constancia de las preocupaciones o aprensiones que nos merece el proyecto. Un último comentario al este respecto. Resulta inquietante, por decir lo menos, que aún no se haya nombrado al

secretario general del organismo, por falta de acuerdo, de consenso entre los países que integran la organización respecto de dicha nominación, lo cual no habla bien de la misma. Señalamos y destacamos su primera actuación frente a la crisis de Bolivia.

Lo hizo bien. La Presidenta de Chile, en su calidad de presidenta pro témpore de la organización, citó a los países, se tomaron decisiones, y se está funcionando en la materia, porque hay seguimiento sobre lo que han hecho las comisiones que visitaron Bolivia. En fin, ha sido una actuación coherente, rápida, eficaz, responsable, oportuna. Pero la falta de nominación de un secretario general puede entorpecer esa labor. Ésa es otra de las aprensiones de la que queremos dejar constancia,

porque se debe, precisamente, a que se requiere la unanimidad, el consenso de todos los Jefes de Estado para realizar la nominación, lo cual puede entorpecer la marcha de la organización o ser el obstáculo principal que impida que entre en operaciones como corresponde. No obstante lo anterior, reitero la decisión de la bancada demócrata

cristiana de aprobar el tratado constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas, Unasur. He dicho. El señor CERONI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Marcelo Díaz. El señor DÍAZ (don Marcelo).- Señor Presidente, me sumo a las

intervenciones que han respaldado la aprobación de este tratado. No sería comprensible que Chile, en su esfuerzo constante por fortalecer los vínculos en la región, se ausentaran de la principal iniciativa institucional de integración de las últimas décadas en América Latina. No voy a desconocer que los antecedentes, los datos que uno tiene respecto

del estado de desarrollo de Unasur indican que es una institución incipiente, como corresponde a toda organización nueva. Pero, no debemos olvidar el contexto de diversidad política, económica y social que hay en la región, que la hace muy compleja. Precisamente por esa diversidad y esa complejidad que iniciativas de esta

naturaleza son de tremenda importancia. La presencia de Chile en ellas es fundamental, porque, sin falsa modestia y sin chauvinismo ni nacionalismos añejos, creo que nuestro país tiene una mirada importante que aportar, un camino de desarrollo institucional, de convergencia política y económica que debemos transmitir al resto de las naciones de América Latina, no a modo de ejemplo ni de camino, pero como experiencia, como intercambio de forma de construir país y de estrategia de desarrollo. La Unasur representa una herramienta fundamental para Chile de cara a su

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DISCUSIÓN SALA

propia agenda internacional, lo cual tiene que ver con la relación que hemos construido y fortalecido con países de la región, en particular con Brasil. Desde esa perspectiva, si nuestro país se mantuviera al margen de esta

iniciativa no sólo reforzaría ese viejo debate sobre el aislamiento de Chile, sino que debilitaría sus vínculos crecientes e importantes con naciones muy relevantes desde el punto de vista de los intereses de la política chilena y del Estado de Chile en América Latina y en el resto del mundo. Creo que nuestro país puede y debe hacer una contribución para que Unasur

sea un foro sudamericano efectivo de entendimiento, de encuentro, de desarrollo y de cooperación. América del Sur está en el camino de intentar construir una personalidad

política propia en el mundo y en la región, tarea de la cual Chile no puede restarse. Por el contrario, si queremos permear a los distintos espacios de convergencia regional y de América Latina con nuestra visión del mundo y de las cosas, sin duda que, al margen de las críticas, reparos, dudas, reservas que uno pueda tener sobre la conducta o actuación de ciertos foros internacionales, el peor camino sería no estar. Ésa sería la manera más ineficaz y menos pertinente para evitar, precisamente, que aquellas cosas que no nos gustan sigan ocurriendo. Y nos inhibiría, por el contrario, para hacer prevalecer o impulsar nuestros valores e intereses en el contexto regional y latinoamericano. Chile es un país con preocupaciones e intereses globales, pero, al mismo

tiempo, es una nación pequeña, ubicada en un extremo del mundo, que sólo puede manifestar su preocupación, exponer o hacer prevalecer sus intereses globales en el contexto de un proceso de convergencia e integración regional. Desde esa perspectiva, que Chile haga un aporte -como lo ha estado haciendo- a la convergencia política, económica, social y cultural, de integración física en la región, es fundamental. Si queremos ser exitosos en un mundo globalizado, Chile no tiene otro camino que la integración, con sus ripios, problemas, defectos y dificultades. Es un error pensar que la Unasur va a ser antagónica con otros organismos

internacionales. No será así; por el contrario, puede llegar a ser tremendamente complementaria, por ejemplo, con el papel que desempeña la OEA, aunque no lo parezca. En América Latina estamos llenos de experiencias institucionales que aparentemente cumplen los mismos roles, pero que, finalmente, terminan siendo convergentes. Y la Unasur es la primera posibilidad que tenemos de convertir este foro en algo que supere cualitativamente experiencias institucionales que todavía persisten en esta parte del continente. Además, sería un profundo error no considerar, no sólo desde la perspectiva

del Gobierno, sino como país, lo que significa que Chile haya asumido la presidencia de la Unasur como consecuencia de un reconocimiento al liderazgo y al consenso que nuestro país despierta hoy en América Latina. Quiero recordar a la Sala que a Chile no le correspondía asumir la presidencia de turno de la Unasur, sino -si mal no recuerdo- a Colombia, que desistió porque tendría que asumir ese cargo en medio del conflicto con Ecuador y porque en

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DISCUSIÓN SALA

ese momento no había sino un solo país que concitara el respeto, la adhesión y la confianza de todos para encabezar un período crítico como el de gestación de la Unasur: Chile. Nuestro país tuvo -particularmente, la Presidenta de la República- la valentía

y la osadía de asumir el liderazgo de esta unión en un momento de alta complejidad en América Latina, que se tradujo, incluso, en conatos de conflictos armados. Ese reconocimiento, que se traduce en el hecho de que la Presidenta Bachelet presida hoy la Unasur, no puede ser sino respaldado, sin mezquindad, por la Cámara de Diputados. Esto no tiene que ver con los logros de la Concertación, sino del país, y con un reconocimiento a la ubicación política, a lo que se ha denominado el liderazgo de conceptos que Chile desempeña en nuestra región y en el mundo. Por ello, nuestras dudas, aprensiones e inquietudes respecto del panorama

regional en Sudamérica y episodios como el que mencionó el diputado Renán Fuentealba sobre la imposibilidad de alcanzar el consenso en relación con el reemplazante del ex Presidente Borja como secretario general de la Unasur, que generan preocupación, no debieran ser de tal envergadura que signifiquen el rechazo de este tratado. No tengo recuerdos al respecto, pero me parece que, si ocurriera, sería la primera vez que Chile actuaría de tal forma. Aunque comparto muchas de las aprensiones -lo digo con mucha franqueza-

planteadas por varios colegas de las distintas bancadas respecto del escenario político regional en el que se gesta la Unasur, considero que esta instancia es una contribución y que Chile puede hacer un aporte en el marco de esta organización para impulsar los principios y valores de nuestra política exterior en el marco de la región. Por lo tanto, anuncio mi voto favorable y, por cierto, el de los diputados

socialistas al proyecto de acuerdo, porque entendemos que es una contribución de Chile a la convergencia y a la integración en América Latina. He dicho. El señor CERONI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Claudio Alvarado. El señor ALVARADO.- Señor Presidente, en el Congreso Nacional es

absolutamente legítimo tener discrepancias y diferencias. En la bancada de la UDI tenemos posiciones distintas de la manifestada por el diputado Iván Moreira. De acuerdo con lo que he escuchado en algunas intervenciones, pareciera

que Chile está completamente marginado y que la Unasur es una instancia prioritaria de integración regional. Pero no es así. Existe una serie de otros organismos en los que participa nuestro país que persiguen exactamente los mismos objetivos. Por ejemplo, somos miembro asociado de la Comunidad Andina de Naciones, una delegación del Congreso Nacional participó en el Parlamento Andino, formamos parte del Grupo de Río, etcétera, organismos que también buscan esos objetivos. En consecuencia, no nos parece razonable suscribir un nuevo tratado, en que el

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DISCUSIÓN SALA

patrocinio de países con capacidad para empujarlo política y económicamente aún es dudoso. Para fortalecer la integración regional de Chile debiéramos promover un plan

que busque potenciar a la Organización de Estados Americanos, que, a nuestro juicio, es el órgano político regional de mayor relevancia, donde se pueden formar los grupos específicos que se estimen necesarios para enfrentar eficientemente esas necesidades de carácter regional mencionadas en las intervenciones anteriores. Por lo tanto, nos parece una política poco adecuada y poco razonable

continuar con la conformación de organismos sin imperio, sin presupuesto y sin objetivos claros, más aun si esos fines están cubiertos en otras instancias y en otros foros. Es necesario recordar que el origen de la Unasur fue la convergencia de la

Aladi, el Mercosur y la CAN, procesos que todavía se encuentran detenidos. Por las razones expuestas, en mi calidad de jefe de bancada de la UDI,

anunció que mayoritariamente vamos a rechazar este proyecto de acuerdo. He dicho. El señor CERONI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Enrique Jaramillo. El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, pensé que no escucharía una

intervención en contra de este proyecto de acuerdo que nos hace pensar que Chile es considerado por el resto de las naciones. ¿Y por qué es considerado nuestro país? Por la capacidad demostrada por los gobiernos democráticos, que han logrado que seamos vistos desde los distintos ámbitos del planeta, lo cual debe alegrarnos. Hoy, Chile está inserto en todos los ámbitos del concierto mundial y es

invitado a todos los organismos -serios, por supuesto- que conducen el proyecto de progreso o posibilitan limar las asperezas y dificultades en el mundo en que vivimos. Por ello, me parecen un tanto extrañas ciertas posiciones, que respeto y tolero. Desde hace un par de décadas, nuestro país ha planteado ante el mundo

que las directrices de nuestra política exterior se guiarán por los principios del multilateralismo y de un regionalismo abierto, que implica asumir visiones modernas del concepto de soberanía, puesto que ha dejado de tener un carácter absoluto, exclusivo, autónomo y pleno. En el mundo globalizado de hoy, como nunca, la soberanía de unos está limitada por la de otros y, por lo tanto, debemos entender las competencias subordinadas al derecho internacional. En virtud de estos principios, nuestro país inició procesos de celebración de

tratados internacionales de libre comercio con la mayoría de las economías mundiales, por medio de los cuales adquiere derechos y deberes ante los Estados con los que celebra tales acuerdos. Para cumplir los lineamientos anteriores se requiere de un contexto internacional más seguro y sólido, y por eso se impulsan reglas de convivencia universal sustentadas en la paz, en la

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seguridad y en la igualdad de los Estados, lo que nos lleva a entender la democracia y la cohesión social, que, en el fondo, también contiene este proyecto de acuerdo. Se ha señalado que la prioridad de la política exterior de Chile es América

Latina, que constituye el espacio preferencial para su seguridad y desarrollo, pues los problemas de la región, más temprano que tarde, repercuten en nosotros y las potencialidades del entorno facilitan el progreso nacional. Este proyecto de integración subcontinental tiene la cualidad de permitir en

el futuro el ingreso de países de otras subregiones como observadores y, luego de algunos años, como integrantes plenos. Lo que busca este tratado, como señaló el canciller Foxley, es establecer un

esquema de integración que tiene la virtud de fortalecer la relación de Chile con los países vecinos y con toda la región. Nuestro país tiene grandes expectativas en el sentido de que Sudamérica cuente con un esquema de integración y una sola voz en temas internacionales, lo que significa una interesante propuesta. Hizo presente que tanto en el texto del tratado como en las decisiones que

se adoptarán en el camino ha sido necesario el consenso para evitar intentos de hegemonizar el proceso de integración. Indico que este tratado no establece órganos supranacionales ni impide

pertenencias a otras entidades de integración regional. La idea es que Unasur sea un bloque desde el cual se avance en la integración de la región, llegando a toda Latinoamérica. Como sabemos, Chile ejerce la presidencia pro tempore de Unasur y ha

tenido que jugar un gran papel para lograr la estabilización de países vecinos, como Bolivia, intentando que sean los países de la región quienes ejerzan sus buenos oficios para buscar caminos de solución a los problemas, lo cual se ha logrado. Esto nos da una base para considerar necesaria la creación de este organismo. Algunos sectores de la Derecha -no todos, porque el ex canciller de

Pinochet, señor Errázuriz, expresó su adhesión al acuerdo-, han señalado que este organismo de integración sudamericana pretendería erigirse como un ente paralelo y competitivo a la Organización de Naciones Unidas, pero no es así. Decir eso constituye volver a analizar la política internacional con el prisma de los años de la guerra fría y ese es un período que terminó hace más de veinte años. Equivaldría a decir, entonces, que el Consejo de Europa, que ha desempeñado un gran papel en la democratización y respeto de los derechos humanos en el viejo continente, queda obsoleto por la creación de la Unión Europea. Todos sabemos que hoy ambas instancias existen y trabajan en forma complementaria, con pleno dinamismo y se potencian unas con otras en pro de esa región del mundo. No se puede decir tampoco que éste es un organismo que pretende aislar a

los Estados Unidos y seguir el derrotero de algunos líderes que han querido interpretarlo de esa manera. Eso es un profundo error. Caer en esa interpretación implica compartir la visión de esos líderes y hacerle un flaco favor a lo que ha planteado nuestro país y otros de gran influencia continental,

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como Brasil. La creación de Unasur debemos entenderla como una oportunidad para la integración y el desarrollo -esa es la idea fundamental- y un mecanismo de cooperación para la resolución de conflictos a nivel subregional, que constantemente tenemos. No estamos mirando una vitrina diferente. Por lo demás, es muy difícil que alguien pueda guiar la toma de decisiones al interior del organismo, puesto que sus resoluciones se adoptan por consenso. Eso es lo que importa y lo que me lleva a pensar que éste es un proyecto sólido y espero que también se transforme en una sólida ley. Considero que la creación de este organismo es una buena oportunidad para

la integración. Puede ser el inicio de un proceso de unión mayor y una instancia en que Chile demuestre su capacidad de liderazgo internacional. Así lo está demostrando nuestro país en otros ámbitos, apostando a renovar la institucionalidad internacional y practicando el multilateralismo en una era globalizada. Me quedó una duda. En el informe de la Comisión de Hacienda se dice que el

gasto fiscal será el que los Estados miembros acuerden para Chile, de acuerdo a los principios contemplados en el artículo 16, luego que el tratado sea ratificado por los países integrantes. Siempre hay que ser muy claro cuando se trata de las finanzas. Me habría gustado que ese punto se hubiese discutido más a fondo. Algo entiendo de economía, por eso he podido advertir que el informe

financiero no está acorde con este tremendo tratado que se crea como una de las organizaciones interesantes en el mundo de las relaciones exteriores de nuestro país y no puede opacarlo una pequeña desviación de un informe financiero. Chile tiene que mirar hacia el futuro con ánimo y optimismo por la

consideración que se tiene de nuestro país en el ámbito internacional. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado don Pedro

Araya. El señor ARAYA.- Señor Presidente, en nombre de la bancada del Partido

Regionalista de los Independientes e Independientes, queremos anunciar nuestro voto favorable a este tratado internacional. Desde que retornó la democracia, Chile ha suscrito un conjunto de acuerdos

internacionales que le ha permitido tener una economía abierta y generar nuevamente relaciones internacionales al más alto nivel. Siempre hemos sostenido que Chile, por su condición geográfica, tiene que

mirar con mayor fuerza lo que está pasando en Latinoamérica. En esa línea, entendemos que el esfuerzo que se está haciendo hoy con la creación de Unasur apunta en la dirección de generar un espacio de convergencia con nuestros vecinos. Entendemos que las diferentes instancias de participación que existen y que

son muy legítimas, como la OEA y el Mercosur, están bien, ya que la integración no se logra sólo porque se firma un acuerdo, sino con instancias de

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participación. En esa línea, Unasur representa un esfuerzo más para lograr la integración latinoamericana. Nuestro Continente tiene que ir buscando estas formas de integración y Chile

no se puede restar a ello, sino que debe estar presente en estos foros internacionales. Si uno mira, por ejemplo, la creación de la Comunidad Económica Europea, se puede dar cuenta que ellos no llegaron de la noche a la mañana a esa instancia, sino que hubo una serie de tratados internacionales, acuerdos, ensayos y errores hasta llegar a lo que conocemos hoy. Latinoamérica está en ese período de ensayos y de errores, de ir aprendiendo y viendo qué organismos funcionan. Existe el Mercosur, del cual Chile es país asociado, pero nos gustaría tener una mayor participación y mayores vínculos. Hoy surge Unasur como una fuente para generar encuentros entre los jefes de Estado y los cancilleres para tratar políticas en común, temas que nos interesan a todos, incluida la ciudadanía, por ejemplo; lo que dice relación con la integración en materia energética, de carreteras, etcétera. En eso el país está haciendo un tremendo esfuerzo. Asimismo, nadie puede desconocer lo que ha hecho la Presidenta Bachelet y

el importante rol que le tocó jugar frente a la crisis que estaba viviendo el Estado boliviano. Esas son situaciones que demuestran que Unasur puede ser el comienzo de una mayor integración latinoamericana. Esperamos que este organismo se constituya en la base de esta integración

y en algún minuto se puedan crear instancias de diálogo común y por qué no pensar -como existe en Europa- en un parlamento latinoamericano común, donde podamos tener políticas claras en materias de inmigración, económicas, energéticas, de integración territorial, etcétera. El Comité Independiente quiere felicitar al ministro Foxley por el trabajo que

ha de-sarrollado en las negociaciones. Él ha representado dignamente al país y ha tenido claro que Chile debe tener un rol preponderante. Durante la discusión se ha insistido en la preocupación que algunos tienen

de que en Unasur surjan ciertos mandatarios o líderes latinoamericanos que quieran darle un sentido distinto o tener un mayor protagonismo. Creo que lo hecho por el Canciller respecto de este tratado, en cuanto a lograr que los acuerdos sean consensuados, le da una salvaguarda inmensa al país. Con eso quedamos tranquilos, porque se protegen inmediatamente los intereses nacionales. De esa forma, la preocupación que pueden tener algunos parlamentarios, a mi juicio, queda absolutamente resuelta, porque con el criterio de los consensos, es evidente que no habrá personalismos. Sin duda, algunos mandatarios podrán ser mediáticamente superiores a otros, pero en lo que respecta a la fijación de políticas, que es lo que nos inte-resa, éstas deberán ser de consenso. Como país, no podemos sustraernos de pertenecer a Unasur, porque puede

constituir la base de la integración latinoamericana en la que Chile debe estar presente. No podemos pensar que si nos restamos a participar en este organismo, no se va a crear. Unasur viene fuerte; hemos leído diarios de otros países y nos hemos dado cuenta del interés real de otros gobiernos por sacarla adelante. En esa línea, queremos hacer un llamado a otros señores diputados que aún tienen ciertas dudas respecto de la aprobación del tratado, en cuanto

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a que estamos preocupados del bien del país y de la integración latinoamericana. Chile nunca podrá cambiar su ubicación geográfica, eso demanda que

tengamos buena relación con nuestros vecinos y Unasur será el instrumento que generará esos espacios de diálogo. Hechas esas consideraciones y reiterando nuestras felicitaciones al canciller

Foxley, anuncio nuestra aprobación al tratado. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Antonio Leal. El señor LEAL.- Señor Presidente, quiero sumarme a las opiniones emitidas

por diputados de diversos sectores; en particular destaco la opinión del diputado Iván Moreira, en relación con la importancia de este gran mecanismo de integración regional que es Unasur, que surge a partir de la convergencia del Mercosur con los países andinos. Por años, muchos criticaron el hecho de que Chile se había situado fuera de

las fronteras de América Latina y había buscado la integración a través de un acuerdo social, económico y político con Europa, con los tratados de libre comercio con Estados Unidos y con diversos países asiáticos, y que había debilidad en nuestra política exterior respecto de América Latina. Durante este Gobierno, con Alejandro Foxley, en la Cancillería, se ha dado

un vuelco, un giro hacia una mayor preocupación, integración y presencia en los diversos organismos de la región, en particular en los del cono sur y de los países andinos. Eso es muy importante, porque aquí se sitúan los principales conflictos de

América Latina y, también, las principales políticas de integración. Hoy leo, por ejemplo, que en el norte grande la energía eléctrica va a subir 14

por ciento, en circunstancias de que en el resto del país va a bajar; es decir, en el sistema integrado del norte grande la luz subirá 14 por ciento y en el resto del sistema interconectado central, desde Taltal a Chiloé, bajará. Ése es un dato relevante, que debiera movernos a reflexión, porque en

materia de agua, de gas, de integración energética, nuestro futuro está asociado a las relaciones con Perú, Bolivia, Ecuador; con los países que son parte de Unasur, con los países andinos y con los países sudamericanos. Debemos apoyar la Unasur, porque Chile ha logrado un protagonismo especial

no sólo porque la Presidenta Michelle Bachelet lo encabeza, sino porque se ha reconocido a Chile por su solidez institucional, por la fuerza de sus instituciones -no me refiero solamente al Poder Ejecutivo, sino también a los otros poderes del Estado, como el Poder Legislativo-; por su solidez económica, por su equilibrio para avanzar en una política sostenida de cambios sociales, políticos, democráticos; por la presencia sólida de las fuerzas políticas del país como un actor relevante en la solución de conflictos en América Latina. Junto con otros parlamentarios, me correspondió acompañar a la Presidenta

Bachelet a Cochabamba, a una reunión de la Unasur, en medio de un conflicto interno muy agudo en Bolivia. Puedo dar fe de la importancia que el presidente

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DISCUSIÓN SALA

Evo Morales y también la oposición le asignan al rol de la Presidenta Bachelet y del embajador Juan Gabriel Valdés para entablar el diálogo en ese país que vive una situación de confrontación muy aguda. Es decir, Chile juega un rol de protagonismo y eso debe ser relevante a la hora de que el Congreso Nacional tome una decisión respecto de la Unasur. Quiero señalar también que este organismo no se contrapone con la OEA,

sino que es complementario. La OEA es una institución más amplia, involucra al conjunto de América; Unasur se refiere a nuestra región, que tiene problemas especiales y perspectivas de desarrollo distintas. Cuando hemos asistido a reuniones del Parlamento Andino con otros colegas, hemos dicho que la solución a nuestras dificultades pasa por la integración. El desarrollo del norte grande, de la nueva Región de Arica y Parinacota,

pasa por la integración, por la posibilidad de que tengamos mercados comunes con Tacna; de una mayor apertura comercial hacia el mercado boliviano, porque queremos -como se están haciendo las vías interoceánicas- que Arica y también Iquique se transformen en los grandes puertos de exportación de los productos brasileños, de los países del Mercosur y de la zona andina hacia el Asia. Por tanto, Chile tiene una posición privilegiada que desde Unasur puede ofrecer al resto de los países como plataforma de comercio internacional. Por otra parte, creo que las características de la Unasur son coherentes y

funcionales con la naturaleza latinoamericana que Chile, a través de su política exterior, quiere imprimir al proceso de integración regional. Sé que hay perplejidades de algunos diputados de diversos sectores por la

presencia de gobernantes considerados populistas dentro de Unasur, pero el diálogo es lo que más ayuda. Creo que la presencia del Presidente Lula, de la Presidenta Cristina Fernández, de la Presidenta Bachelet, del Presidente de Colombia y de otros mandatarios y el hecho de que exista una composición plural desde el punto de vista político, atenúa las posiciones más extremas de populismo que preocupan a algunos colegas. Creo que Unasur será un excelente lugar de diálogo, una excelente instancia

para la integración, para comprender los problemas de los países que la constituyen. Por ejemplo, hace pocos días Bolivia cerró las puertas a la llegada de

automóviles de más de cinco años y de vehículos pesados de más de siete años desde Chile, lo que nos ha creado un problema serio, pues con treinta mil vehículos aparcados en Iquique, ha lesionado un negocio de 300 millones de dólares y a 200 empresas. Nadie ha dicho que la ley boliviana aprobada hace dos años en el

Parlamento y su reglamento posterior sea ilegítima, porque Chile tiene una norma similar desde 1978. Lo que hemos discutido es lo intempestivo de la medida. El diálogo, aun cuando no resuelve el problema, permite comprender las

razones bolivianas, los problemas que ellos tienen con los hidrocarburos, con el aumento de la contaminación, y es probable que debamos rearticular ese negocio con vehículos más nuevos para mandar a un mercado que también se ha desarrollado.

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DISCUSIÓN SALA

Este ejemplo muestra cómo las tensiones en nuestros países, que de pronto son comerciales y pueden lesionar nuestras relaciones, tienen en Unasur una instancia de diálogo, de encuentro y de acuerdo muy importantes. Habiendo trabajado activamente por integrar a la Cámara de Diputados en

el Parlamento Andino y en la Comunidad Andina, me pesa mucho cómo Unasur puede jugar un rol muy relevante en los grandes proyectos energéticos, en los grandes proyectos de integración económica, en materia de infraestructura, energía y agua. Soy diputado de una zona del norte, del valle de Copiapó, que se encuentra

en una situación hídrica extremadamente delicada. Hay proyectos por 11 mil millones de dólares en el ámbito de la minería y por 6 mil millones de dólares, en el energético, todos los cuales necesitan agua. El problema del agua no lo vamos a resolver sólo con plantas desalinizadoras de agua de mar. Es probable que en el futuro se traiga agua desde Argentina para esa zona. También es posible que en el futuro se instalen plantas desalinizadoras en Arica y se logre la integración con los países vecinos en materia de energía eléctrica, de gas y de agua. Por tanto, para el norte de Chile, es muy importante la colaboración con los

países de la Unasur. Quiero señalar que no existe riesgo alguno para nuestra política exterior,

porque Chile tiene una política prestigiosa y sobria, que le permite enfrentar eventuales conflictos. A propósito de esto, hago presente que a fines de marzo vamos a tener una situación compleja con Perú. Nuestro canciller lo sabe. Avizoro que ese país entregará al Tribunal de La Haya algo extremo, una delimitación marítima que afectará no sólo el mar ariqueño y la configuración actual de los límites establecidos en los tratados que Chile ha respetado de manera categórica, sino que también interferirá en la soberanía territorial. Debemos estar preparados para dar una respuesta contundente a una ofensiva peruana que parte por el cambio del embajador en nuestro país. Justamente, por la existencia de esas tensiones requerimos una instancia

como la que se está creando, en la cual el diálogo sea fructífero, podamos atenuar esos conflictos y cada país preserve sus derechos territoriales y marítimos, pero en la que también apuntemos a la cooperación, a la paz, a la integración y al desarrollo. En ese sentido, convoco a todos los parlamentarios a dar un apoyo potente

a la Unasur. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Patricio Hales. El señor HALES.- Señor Presidente, la razón para votar a favor este tratado

nace, en primer lugar, de la necesidad de fortalecer la identidad sudamericana. Nuestros países tienen dificultades para fortalecer institucionalmente su

identidad y sus relaciones, mientras Europa, que ha enfrentado guerras hace sólo 60 años, ha llegado a tener mercado, moneda y tratados en común e

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DISCUSIÓN SALA

intercambio en todos los aspectos. Incluso, desde el punto de vista de la defensa, han ocurrido situaciones

increíbles: Francia le vende helicópteros artillados a Alemania. Construye un avión con el esfuerzo de traer la cola desde España, las alas desde Inglaterra, el aparato eléctrico desde Alemania y su armado y cabina se hace en la fábrica francesa. Han construido carreteras sólo para demostrar la necesidad del esfuerzo en común. Nuestra región ha tenido la ilusión de que basta el desarrollo de la economía

para que exista integración. No es así. Votar a favor de este tratado significa avanzar en la integración y el fortalecimiento de nuestra identidad. La crisis de identidad se expresa en distintos aspectos. Somos países relativamente nuevos. Por eso, quizás nos cuesta comprender el camino en común que tenemos por delante en Sudamérica. Además, existe un ámbito que se hace extraordinariamente fuerte si se

desarrolla Unasur. Se ha pensado en la creación de un Consejo de Defensa Suramericano. Eso se resolvió en la reunión preparatoria inicial de junio de 2008. Me gustaría que el canciller se refiriera a esas tareas en su comentario final,

que nos dijera qué valor tiene la creación de un Consejo de Defensa Suramericano. Soy un convencido de que esto tiene una perspectiva completamente inédita

que, además, calza muy bien con los nuevos conceptos que se están aplicando. Si revisamos los documentos de Chile, del Libro de la Defensa, sobre los conceptos de la defensa, veremos que una de las particularidades más distintivas de la evolución política de la defensa nacional ha sido justamente abandonar la exclusividad conceptual de la defensa en torno a la disuasión, y entender que al lado de ella, como concepción estratégica, debe asignársele ahora una importancia también a la cooperación internacional. Esto último es nuevo, de los últimos años; o sea, se insta a tener armas

para evitar conflictos y, al mismo tiempo, a desarrollar amistad. Ésta es una mirada nueva, muy fuerte, aplicada a la política de defensa. Si lleváramos eso a la Unasur podríamos avanzar, como deben hacerlo los países civilizados. Votar en contra este proyecto, significa negarse a fortalecer la identidad

sudamericana y a la posibilidad de tener miradas conjuntas de defensa hacia la cooperación internacional. Sólo hemos avanzado entre Chile y Argentina en los esfuerzos conjuntos, a

través de Cruz del Sur, en esta notable novedad de que fusileros chilenos sean comandados por oficiales argentinos, participando en operaciones de paz en otros lugares del mundo. ¡Cómo no va a ser bueno avanzar en esa línea con el resto de las fuerzas de defensa de nuestro subcontinente! En ese sentido, no puedo dejar de destacar que el Consejo Suramericano de

Defensa podría ser una oportunidad para poner énfasis en el diálogo de políticas de defensa, cuyas decisiones no tendrían por qué ser vinculantes. Se podrían tratar temas propios de defensa, más que cualquier definición difusa sobre seguridad regional, y con el principio de preeminencia de la autoridad civil, de la autoridad democráticamente elegida.

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DISCUSIÓN SALA

La formación de un Consejo Suramericano de Defensa permitiría crear una identidad sudamericana en materia de defensa, de manera que nuestras políticas de defensa obedecieran también al diálogo. Una vez que Unasur impulsara bien este consejo, podría constituirse en un espacio relevante para planificar la participación de futuras operaciones de paz. Me gustaría que primero se recurriera a las fuerzas de paz de esta entidad

y, en última instancia, a las de las Naciones Unidas. Se podría avanzar hacia esquemas más integrados. Habría que imaginar lo

que sucedería desde el punto de vista de la economía y las políticas de defensa. Se podrían crear espacios de cooperación entre industrias de defensa, lo que hoy es muy precario en la industria aeronáutica, en naves de entrenamiento. Con Brasil lo único que hemos hecho es la compra de aviones Tucano. Sin embargo, podría haber espacios de cooperación en el área naval, aeroespacial, en la aplicación de nuevas tecnologías de la defensa en el escenario de seguridad sudamericana para resguardar zonas extensas de territorios marítimos, terrestres, etcétera, donde la vigilancia es bastante precaria. Unasur podría ser un camino, a través del Consejo de Defensa, para avanzar

en las medidas de confianza mutua, punto que ya hemos logrado. El mundo avanza con convicción en la necesidad de la cooperación.

Irresponsable sería que el Congreso chileno votara en contra de algo que permitiera avanzar en esas medidas de cooperación. En el caso de las medidas de confianza mutua, es curioso cómo éstas han

avanzado más desde el punto de vista militar que desde el de otro tipo de autoridades. Lo encuentro curioso, porque desde la independencia de nuestros países, en el siglo XIX, las palabras “política de defensa” están asociadas más bien a la desintegración que a la integración. Entonces, si la idea es integrar también las tareas de defensa, incluyéndolas

en la agenda de integración y desarrollo en Sudamérica, lo lógico es no sólo fortalecer la idea en nuestra cabeza sobre el Consejo Suramericano de Defensa, sino aprobar la matriz básica. Eso significa aprobar la materia que nos convoca para el tratado constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas ya suscrito por Chile en Brasilia. Por lo tanto, votar a favor el tratado significa votar a favor no sólo de la

integración en términos abstractos, en el sentido restrictivo de que la integración es sólo comercio y economía, sino también de la ampliación en la relación de políticas de defensa. Me parece que es un elemento que vale la pena destacar en la decisión que hoy se adoptará. Si estamos avanzando en políticas de paz y hemos colocado la idea de la cooperación internacional al lado del concepto de la disuasión, un tratado como el que nos convoca, que contempla la creación de un Consejo Suramericano de Defensa, sólo debería ser aprobado y no rechazado por algún señor diputado. Por eso, pido a quienes han manifestado su voto en contra, que reflexionen

sobre lo que se ha propuesto. En lo relativo al Consejo Suramericano de Defensa, sólo he escuchado -que

me corrija el ministro si estoy equivocado- que Colombia tiene algunas

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DISCUSIÓN SALA

reticencias, ni siquiera la negativa definitiva, sobre la formación de dicho consejo. Todos los demás países lo han apoyado, a propuesta de Brasil. Por lo tanto, llamo a votar a favor de esa decisión. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Marco

Antonio Núñez. El señor NÚÑEZ.- Señor Presidente, la voluntad de integración regional y la

vieja idea de colaborar en el logro de la unidad latinoamericana están detrás de la aprobación, que espero ocurra en algunos minutos más, del Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas, Unasur, bloque económico, político y cultural que se pretende constituir. ¿Cuál es la razón de que hoy nuestro país ratifique y participe activamente,

con liderazgo, en dicha organización? Las razones son muchas y evidentes: la necesidad de integración energética, sobre todo dada la situación que hoy vive nuestro país, lo cual es clave para nuestro desarrollo futuro, y los temas de defensa, a los cuales mi colega Patricio Hales hizo especial referencia. Represento a una zona cuyo futuro depende de la instalación y el desarrollo

de corredores bioceánicos en el contexto de la comunicación con el cono sur de América, a través del paso Los Libertadores. Sin embargo, me quiero referir al enorme potencial que Unasur significa para el desarrollo de nuestras políticas sociales. Así como el Consejo de Defensa tiene grandes y evidentes ventajas, el Consejo

de Salud, integrado por los ministros de Salud de las naciones miembros, significa también para nosotros muchas ventajas y un avance espectacular. Primero, existe la posibilidad de que la información respecto de enfermedades de transmisión de cualquier tipo, en particular de aquellas que aparecen como epidemias, sea conocida por los países vecinos y se constituya un escudo epidemiológico sudamericano; segundo, también está la posibilidad de que comparemos nuestros sistemas de salud para la conformación de uno con acceso universal en todos nuestros países. ¿Qué significa Auge? Acceso Universal con Garantías Explícitas. ¿Merecen los peruanos residentes en Chile o los chilenos que residen en otros países que integran la Unasur formar parte de ese acceso universal? Por cierto. Ellos tienen acceso a patentes y a fármacos de calidad y a bajos precios. Algo muy importante es que Chile forma parte de los países que han estado a la vanguardia de las determinantes sociales en salud, que ciertamente son supranacionales, cuya determinación para mejorar la calidad de vida tiene que ver con estudios y análisis en el contexto regional de la Unasur. Por estas razones de políticas públicas de salud, hago un llamado a ratificar

el tratado, pues las ventajas son evidentes. Me parece que la voluntad de integración regional y el viejo sueño de la unidad latinoamericana, que nuestro sector ha empujado durante más de un siglo, están absolutamente garantizadas. Chile está llamado a tener un rol preponderante de liderazgo en la Unasur, lo cual ha hecho la Presidenta de la República al asumir la presidencia pro tempore de dicho bloque regional.

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DISCUSIÓN SALA

Entonces, por las razones expuestas, relacionadas con las políticas públicas de salud, es vital que aprobemos el proyecto, ojalá por amplia mayoría, sobre la Unión de Naciones Suramericanas. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos

Abel Jarpa. El señor JARPA.- Señor Presidente, adhiero a lo señalado por los diputados

que me antecedieron en el uso de la palabra respecto de la importancia de la Unasur. Dado que vivimos en un mundo globalizado, es muy importante todo el trabajo que se hace a nivel regional. Además, en octubre pasado tuve la oportunidad de acompañar a la

Presidenta de la República a Cochabamba, cuando se reunieron los diferentes parlamentos para trabajar en lo que será el nuevo comité parlamentario de la Unasur. Sin duda, fue muy importante el trabajo que le correspondió realizar a ella. Su diálogo tanto con la oposición como con el Presidente Evo Morales permitió llevar tranquilidad a Bolivia. Entonces, por la importancia que tiene y las gestiones que ha realizado esta

organización, anuncio el voto favorable de la bancada del Partido Radical Social Demócrata al proyecto aprobatorio del tratado de la Unasur. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el ministro señor

Alejandro Foxley. El señor FOXLEY (ministro de Relaciones Exteriores).- Señor Presidente,

quiero agradecer las intervenciones habidas durante esta sesión, las cuales han sido muy sustantivas, y hacer un breve comentario respecto de ellas. La razón por la que un país como Chile decide participar en una instancia

como la Unasur tiene que ver con un elemento fundamental muy simple. La política exterior es un instrumento para hacer concreto y explícito el interés nacional dentro del marco geográfico en el que está inserto un país. Como dijo un señor diputado, el único factor inamovible para desencadenar un proceso de desarrollo dinámico es la geografía. Por lo tanto, el interés nacional de un país debe tomar en cuenta la geografía, como primerísimo factor para su desarrollo económico. Además, nos guste o no a nivel de la discusión política, eso ya está ocurriendo. Cuando hablamos de interés nacional decimos que los principales actores de

la economía chilena, es decir, sus emprendedores y empresarios, ya han invertido más de 60 mil millones de dólares fuera de Chile, de los cuales 55 mil millones están en la región latinoamericana y de ellos más de 40 mil millones están invertidos en América del Sur, principalmente en nuestros países vecinos. Recién se anunció que una empresa chilena realizó una inversión por 480 millones de dólares en Perú. Si alguien visita un centro comercial de Medellín, en Colombia, se va a sentir

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DISCUSIÓN SALA

sorprendido, porque le va a parecer lo mismo que pasear por un centro comercial chileno, pues allá se encuentran representadas nuestras empresas, las que, con gran aceptación de los habitantes de dicha ciudad, hacen su trabajo día a día. Por lo tanto, estamos frente a la consecuencia lógica de un país que decidió,

hace más de veinte años, globalizarse; pararse en sus propios pies, competir y medirse con sus empresas, ingenieros y profesionales con otros países más desarrollados. Eso nos impulsa, en el plano político de nuestra responsabilidad como

Gobierno, a buscar las estructuras institucionales que protejan esos intereses nacionales; que nos permiten desarrollarlos más dinámicamente a futuro, en un marco de seguridad, de transparencia y de estabilidad. Por lo tanto, la Unasur es el esquema que hoy tiene las mejores posibilidades y

probabilidades de cumplir con esa vieja aspiración latinoamericana de lograr la integración regional. El dilema, como algunos lo han insinuado, es estar o no estar en la Unasur.

Se ha dicho: “Estamos en la OEA, estamos asociados a otras organizaciones de la región, como el CAN y el Mercosur.”. Los invito a observar lo que hacen otros países exitosos en su proceso de

globalización. ¿A cuántas organizaciones de integración pertenece México? México integra el Nafta y el Grupo de Río. Además, organizó un llamado P3, un esquema de integración con Colombia y Venezuela, que hoy, no tiene mucho vigor, pero ahí está; también forma parte de la Apec, de la Ocde, y, ahora, procura asociarse a la Unasur. Después de un período de cinco años, podría ser miembro pleno. Singapur, un país-isla, pequeñísimo, no tiene problema alguno para ser

miembro de la Asean y de la Apec, para participar junto con nosotros en el esquema de integración Transpacífico. Ello no les plantea ningún dilema, ninguna contradicción, porque Singapur y México, y un buen número de otros países exitosos, no se hacen problemas para avanzar y aprovechar las oportunidades que les permiten defender sus intereses, proyectar su país y lograr espacios para sus empresas y profesionales. Ellos participan en todas las instancias que abren oportunidades. Por lo demás, debo señalar que ésta ha sido la opción que tomó Chile hace

muchos años, hace muchos gobiernos, cuando se definió la doctrina del regionalismo abierto. A quienes tengan prevenciones por estar en Unasur, les diría que hay dos

resguardos fundamentales: Primero, como ya se ha dicho, no inhibe a Chile de seguir desarrollando

cualquier esquema de integración que le resulte favorable. Por ejemplo, esperamos que esta tarde se apruebe en el Senado el Tratado de Libre Comercio con Australia. En Nueva York, hace dos meses, invitamos a Australia, a integrarse al P4.

Además, invitamos a Estados Unidos y a Perú, que aceptaron. Por lo tanto, el P4 será un P7, y constituirá el foro de integración del Asia Pacífico. En un par de años se podrá comprobar que Chile ha sido un factor

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DISCUSIÓN SALA

determinante -lo digo con modestia- para que el P4 se convierta en un P7, y el día de mañana, en un P10. Finalmente, se va a producir la integración del Asia Pacífico. ¿Qué dilema? ¿Qué problema? ¡Un regionalismo abierto, coherente y consistente! Se van a tomar todas las iniciativas, se va a asumir liderazgo y se va a generar integración. Eso va en beneficio de nuestro interés nacional. El segundo resguardo, para quienes legítimamente tienen aprensiones

respecto de la Unasur, es la regla del consenso. Al respecto, quiero decir que la discusión en la Unasur no ha sido fácil,

porque representa a una diversidad de esquemas de desarrollo, de caminos políticos, de tipos de democracia que a los chilenos, para ser sincero y franco, no siempre nos resultan cómodos. También hay tensiones, ya que representantes de países de Unasur, de la

comunidad iberoamericana y del Mercosur plantean posiciones bien distintas de las que Chile defiende y ha defendido por un buen tiempo. Lo anterior se resuelve por la vía del consenso, del diálogo y de la capacidad

de persuasión. Con algunos países amigos con los cuales trabajamos mano a mano. Quiero mencionar a Brasil, con el que tenemos una relación particularmente cercana. El hecho de que la regla del consenso prevalezca en la práctica lo demuestra

algo que aquí se planteó como un problema: que Unasur no ha logrado todavía ponerse de acuerdo para nombrar a un secretario general. Quien lo dijo tiene razón; es un hecho evidente. Habría sido fácil ceder a la tentación que insinuaron algunos países y decir: “Bueno, si no tenemos pleno consenso, apliquemos una especie de mayoría especial, porque no podemos estar paralizados”. Y Chile, entre otros países, y también Brasil, han dicho: “No, señor, aquí aceptamos la diversidad. Cada uno puede pensar y decir lo que quiera; pero en el momento de tomar decisiones, tiene que ser por consenso”. Tal vez nos vamos a demorar en encontrar un secretario general apropiado, pero cuando se haga tendrá que ser por consenso. Por último, me voy a referir a algo que a veces cuesta un poco entender. En

el debate, no hoy, pero sí en ocasiones anteriores, los medios de comunicación han informado que algunos señores parlamentarios han dicho: “¿Cómo es que la Unasur se atreve a funcionar si el tratado constitutivo no está aprobado?” Bueno, los procesos de integración son así. Uno podría decir: “El tratado constitutivo de la Unión Europea todavía no está aprobado, cincuenta años después.”. ¿Por qué? Porque un país, Irlanda, hizo un referéndum, hace unos meses, y los irlandeses dijeron: “Así como está el tratado, no nos gusta.”. La discusión en la Unión Europea apunta a flexibilizar para lograr un consenso y aprobar el tratado. Es verdad que ellos han avanzado más que nosotros en todos los otros ámbitos; pero Unasur también está avanzando. Avanzó en la exitosa gestión orientada a ayudar a Bolivia en su proceso de paz, y está avanzando un grupo de trabajo -los grupos de trabajo reflejan las prioridades de Chile- sobre integración de infraestructura. Llevamos diez años hablando de ella y todavía no terminamos ni un solo corredor bioceánico. Michelle Bachelet, Evo Morales y Lula da Silva, dijeron: “Vamos a terminar uno”. Y, escúchenme bien, el 2010, lo vamos a terminar, desde el puerto de Santos a Arica e

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DISCUSIÓN SALA

Iquique. Queremos hacer otro corredor con Argentina, para lo cual tenemos un grupo de trabajo en Unasur que ya identificó diez proyectos claves que se pueden impulsar. Hay otros proyectos de salud -lo mencionó un diputado recién-, de energía y

de defensa. Me preguntaban qué va a hacer el grupo de defensa. Con su participación, por la vía del consenso, se acordó constituir un Consejo Suramericano de Defensa. ¿Qué sentido tiene esto? América del Sur es una de las pocas regiones del mundo en desarrollo que está libre de conflictos previos a una guerra, de guerras o de inseguridades entre naciones tan fuertes que pueden convertir a la región en una zona de alto riesgo para efectuar inversiones o para vivir en ella. Tal como lo señaló un señor diputado, un Consejo Suramericano de Defensa,

modestamente, daría una señal en cuanto a que las opciones que había tomado el continente en el Siglo XIX, época en que todos los países teníamos conflictos limítrofes o bélicos, dieron un grito en el siglo XXI. Y nosotros pensamos que, en este siglo Sudamérica tiene que ser el continente de la paz, de la estabilidad democrática y del desarrollo integral. Si logramos que los ministros de Defensa y las Fuerzas Armadas de los distintos países, sentados alrededor de una mesa, adopten los consensos necesarios para determinar cómo se deben enfrentar a los conflictos de carácter militar o semimilitar, o generados por fuerzas insurgentes, el Consejo significará un paso adelante en esta materia. Para terminar, agradezco el debate habido en la Sala, el respaldo de las

señoras parlamentarias y de los señores parlamentarios de los partidos de la Concertación y, muy especialmente, el de algunos diputados y diputadas de la Oposición, porque ello demuestra que siempre se puede conversar, aunque en principio no se esté de acuerdo. Repito que la última semana he conversado en varias oportunidades con parlamentarios de todas las bancadas, en especial con algunos de Oposición que, inicialmente, tenían una visión negativa respecto de este proyecto de acuerdo y de Unasur. Sin embargo, a través del diálogo, hemos llegado a cierto entendimiento. La política exterior es una política de Estado que debe reflejar unidad nacional.

Por eso, reitero mi agradecimiento, en forma muy especial, a los parlamentarios de Oposición que, a pesar de las legítimas observaciones o diferencias que tienen respecto de algunos de sus aspectos, han manifestado su voluntad de apoyar este proyecto de acuerdo. He dicho. -Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los

siguientes términos: El señor ENCINA (Presidente).- En votación el proyecto de acuerdo que

aprueba el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur), suscrito en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 23 de mayo de 2008. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el

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DISCUSIÓN SALA

siguiente resultado: por la afirmativa, 75 votos; por la negativa, 9 votos. Hubo 4 abstenciones.

El señor ENCINA (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Allende

Bussi Isabel; Pérez San Martín Lily; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Becker Alvear Germán; Burgos Varela Jorge; Schilling Rodríguez Marcelo; Ceroni Fuentes Guillermo; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Escobar Rufatt Alvaro; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; García García René Manuel; Girardi Briere Guido; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; Hales Dib Patricio; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Masferrer Pellizzari Juan; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Mulet Martínez Jaime; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Quintana Leal Jaime; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Suárez Eduardo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Soto González Laura; Sule Fernández Alejandro; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Tuma Zedan Eugenio; Valcarce Becerra Ximena; Valenzuela Van Treek Esteban; Vallespín López Patricio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Rubio Samuel; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Patricio. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Alvarado Andrade Claudio; Barros Montero Ramón; Cubillos Sigall Marcela; Forni

Lobos Marcelo; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Kast Rist José Antonio; Melero Abaroa Patricio; Norambuena Farías Iván; Ulloa Aguillón Jorge. -Se abstuvieron los diputados señores: Correa De La Cerda Sergio; Lobos Krause Juan; Sepúlveda Hermosilla

Roberto; Verdugo Soto Germán. El señor ENCINA (Presidente).- Despachado el proyecto. -Aplausos.

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OFICIO LEY

1.5. Oficio de Cámara de Origen a Cámara Revisora Oficio de ley al Senado. Comunica texto aprobado. Fecha 21 de enero, 2009. Cuenta en Sesión 89 Legislatura 356, Senado. Oficio Nº 7919 VALPARAISO, 21 de enero de 2009

Con motivo del Mensaje, Informes y

demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

PROYECTO DE ACUERDO:

“Artículo único.- Apruébase el “Tratado Constitutivo

de la Unión de Naciones Suramericanas”, suscrito en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 23 de mayo de 2008.”.

Dios guarde a V.E.

FRANCISCO ENCINA MORIAMEZ

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO Secretario General de la Cámara de Diputados

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe Comisión de Relaciones Exteriores Senado. Fecha, 31 de agosto, 2010. Cuenta en Sesión 47, Legislatura 358. INFORME DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), suscrito en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 23 de mayo de 2008. BOLETÍN Nº 6.035-10 __________________________________ HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros el proyecto de acuerdo de la referencia, en segundo trámite constitucional, iniciado en Mensaje de S.E. la señora Presidenta de la República, de fecha 18 de julio de 2008. Se dio cuenta de esta iniciativa ante la Sala del Honorable Senado en sesión celebrada el 21 de enero de 2009, donde se dispuso su estudio por las Comisiones de Relaciones Exteriores y por la de Hacienda, en su caso. A las sesiones en que se analizó el proyecto de acuerdo en informe, asistieron, especialmente invitados, las siguientes personas: - Del Ministerio de Relaciones Exteriores: el Ministro, señor Alfredo Moreno; el Director General de Política Exterior, señor Alfonso Silva; el Director General Adjunto para Asuntos Multilaterales y Globales, señor Adolfo Carafi; el Encargado de la Unidad de Integración Regional de la Dirección General de Política Exterior, señor Alberto Rodríguez, y el Jefe de Gabinete del Ministro, señor Milenko Skoknic.

- Del Instituto de Estudios Internacionales de la Universidad de Chile, el Director, señor José Morandé, y el profesor, señor Roberto Durán.

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

- El Director del Centro de Estudios Internacionales de la Pontificia Universidad Católica de Chile, señor Juan Emilio Cheyre. - El Director del Instituto Latinoamericano de Relaciones Internacionales de la Universidad Miguel de Cervantes, señor Patricio Leiva. - La Profesora de Derecho Internacional Público de la Universidad Adolfo Ibáñez y de la Universidad de Chile, señora Ximena Fuentes. - - - Asimismo, cabe señalar que, por tratarse de un proyecto de artículo único, en conformidad con lo prescrito en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, vuestra Comisión os propone discutirlo en general y en particular a la vez. - - - ANTECEDENTES GENERALES 1.- Antecedentes Jurídicos.- Para un adecuado estudio de esta iniciativa, se tuvieron presentes las siguientes disposiciones constitucionales y legales: a) Constitución Política de la República. En su artículo 54, Nº 1), entre las atribuciones exclusivas del Congreso Nacional, el constituyente establece la de "Aprobar o desechar los tratados internacionales que le presentare el Presidente de la República antes de su ratificación.". b) Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, promulgada por decreto supremo Nº 381, de 5 de mayo de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 22 de junio de 1981. 2.- Mensaje de S.E. la ex Presidenta de la República.- Señala el Mensaje, de 18 de julio de 2008, que la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) fue creada por medio de la Declaración de Cusco, el 8 de diciembre de 2004, bajo el nombre de Comunidad Sudamericana de Naciones, con el propósito de desarrollar un espacio sudamericano crecientemente integrado en lo político, social y económico, que fortalezca la identidad propia de América del Sur, otorgándole una mayor gravitación en los foros internacionales.

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

Agrega que desde sus inicios, Chile ha participado activamente en esta iniciativa, sosteniendo que debe sustentarse en una concertación política, donde el proceso de integración sea gradual, y se fijen metas y objetivos claros y definidos. Indica el Ejecutivo que en la I Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, celebrada en Brasilia, en septiembre de 2005, los Mandatarios adoptaron una Agenda Prioritaria y un Plan de Acción para comenzar la gestación del Tratado Constitutivo de UNASUR. Con tal fin se definieron áreas de acción prioritarias, incluyendo el diálogo político; la integración física; el medio ambiente; la integración energética; los mecanismos financieros sudamericanos; las asimetrías; las telecomunicaciones, y la promoción de la cohesión social, la inclusión social y la justicia social. Añade que en la II Cumbre de Jefas y Jefes de Estado, realizada en Cochabamba, en diciembre de 2006, se adoptó la Declaración de Cochabamba. En ella se establecieron las bases para profundizar la integración sudamericana, incluyendo el ámbito comercial y una articulación económica y productiva más amplia, como también nuevas formas de cooperación política, social y cultural, tomando para ello en cuenta lo logrado en el MERCOSUR y la Comunidad Andina de Naciones (CAN), y la experiencia de Chile, Guyana y Surinam. Señala el Mensaje que los Estados Miembros reiteraron su compromiso con el proceso de integración regional como una forma de evitar la profundización de las asimetrías y la marginalidad económica, social y política en nuestros países. En esa oportunidad, también se estableció un Plan Estratégico, que contempla reuniones periódicas de autoridades a distintos niveles: Jefes de Estado y de Gobierno (anuales), Cancilleres (semestrales), Ministeriales sectoriales, Comisión de Altos Funcionarios (en la actualidad, Consejo de Delegados), Secretaría General. Añade que al Consejo de Delegados se le encargó la tarea de dirigir el proceso de integración y elaborar un Proyecto de Tratado Constitutivo. En su primera reunión, en enero de 2007, bajo la Presidencia Pro Tempore de Bolivia, se establecieron cinco Grupos de Trabajo y, posteriormente, se sumaron un sexto y un séptimo, ellos son: integración energética (a cargo de Venezuela); integración financiera (a cargo de Argentina); integración en materia de infraestructura (a cargo de Colombia); integración en materia de políticas sociales (a cargo de Chile); integración en materia educativa (a cargo de Perú); mecanismos de solución de controversias en materia inversiones (a cargo de Bolivia; creado en 2008), y grupo de trabajo sobre el consejo de defensa suramericano (a cargo de Chile; creado en 2008). Agrega el Ejecutivo que Chile asumió la responsabilidad de dirigir el Grupo de Trabajo sobre Políticas Sociales, por

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tratarse de un tema al que nuestro país y sus autoridades asignan gran prioridad. Asimismo, Chile asumió la tarea de dirigir el Grupo de Trabajo sobre el Consejo de Defensa, el que busca abrir un diálogo en estas materias dentro de la región. Durante la Tercera Reunión del Consejo de Delegados, celebrada en Isla Margarita, Venezuela, el 15 de abril 2007, se continuó trabajando en el Proyecto de Tratado Constitutivo. Posteriormente, en la Cumbre Energética realizada el 17 de abril, y a la cual asistieron los Mandatarios, se adoptó el documento “Decisiones del Diálogo Político entre Jefes de Estado y de Gobierno”. En la oportunidad, se modificó el nombre de la “Comunidad Sudamericana de Naciones” por el de “Unión de Naciones Suramericanas”; se estableció la creación de una Secretaría Permanente en Quito, Ecuador; y se decidió la redacción de su Tratado Constitutivo, cuyo proyecto sería presentado a consideración de las Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno durante el año 2008. Indica que después de 17 meses, dos Cumbres Presidenciales y doce reuniones del Consejo de Delegados, se logró consensuar, el 6 de mayo en Caracas, el texto del Tratado Constitutivo. Además, se aprobaron dos Proyectos de Decisión: uno relativo al funcionamiento transitorio de la Secretaría General y otro sobre los lineamientos para el plan de acción 2008-2009 de UNASUR. Añade que estos Documentos fueron aprobados el 23 de Mayo de 2008 en la Cumbre de Brasilia por las Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno. Refiere el Mensaje que la adopción del Tratado Constitutivo de UNASUR es un logro político respecto del avance en la región en materia de integración y cooperación, ya que en la medida que el organismo se consolide, puede contribuir a fortalecer el diálogo político en la región y participar unidos en el escenario internacional. Asimismo, puede contribuir a promover una mayor integración cultural, social, económica y política, y a eliminar las desigualdades, a lograr una mayor inclusión social, a fortalecer las democracias y a reducir las asimetrías. Finalmente, señala el Mensaje que la participación de Chile en el Tratado Constitutivo de UNASUR se encuentra en plena concordancia con los objetivos de política exterior de promover procesos de integración que respeten la pluralidad de sus miembros y de sus diversos modelos de desarrollo, sin restringir nuestra vocación por el regionalismo abierto. Igualmente, la pertenencia al Tratado fortalece nuestro compromiso con el desarrollo de nuestra región latinoamericana y con el multilateralismo. En el proceso de formación de este Tratado Constitutivo, que descansa en el Derecho Internacional, Chile procuró que se fundara en cuatro principios fundamentales: a. Respeto al pluralismo y a la diversidad. El Tratado combina en forma virtuosa la regla del consenso y la gradualidad. Si bien las

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decisiones se adoptan por consenso, una vez que se concurra a la creación de una política o institución, es decir, cuando una política o institución sea aprobada, los Estados Miembros pueden abstenerse o participar de ella en grados variables. b. Visión latinoamericana de la integración. El Tratado, si bien se gesta dentro de la comunidad de América del Sur, contempla mecanismos de inclusión de otros países latinoamericanos. c. Gradualidad. El Tratado prevé la necesidad de que la evolución de la institucionalidad de UNASUR sea gradual, considerando nuestras especificidades nacionales. d. Inexistencia de elementos de supranacionalidad. El Tratado favorece la integración y la cooperación de los Estados Miembros con el irrestricto respeto de la soberanía de los Estados. 3.- Tramitación ante la Honorable Cámara de Diputados.- Se dio cuenta del Mensaje Presidencial, en sesión de la Honorable Cámara de Diputados, del 19 de agosto de 2008, donde se dispuso su análisis por parte de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana. Dicha Comisión estudió la materia en sesiones efectuadas los días 2 y 9 de septiembre de 2008 y aprobó, por la mayoría de los presentes, el proyecto en informe (10 votos a favor y una abstención). Posteriormente, en reunión de 28 de octubre de 2008, la Comisión de Hacienda aprobó este proyecto por tres votos a favor y dos abstenciones. Finalmente, la Sala de la Honorable Cámara de Diputados, en sesión realizada el día 21 de enero de 2009, aprobó el proyecto, en general y en particular, por la mayoría de los Honorables Diputados presentes (75 votos a favor, 9 en contra y 4 abstenciones). 4.- Instrumento Internacional.- El Convenio internacional en informe consta de un Preámbulo, 27 artículos permanentes y un artículo transitorio. El artículo 1 señala que los Estados Partes del Tratado deciden constituir la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) como una organización dotada de personalidad jurídica internacional. Por su parte, el artículo 2 establece que UNASUR tiene como objetivo construir un espacio de integración y unión en lo cultural, social, económico y político entre sus pueblos en el marco de la soberanía e independencia de los Estados.

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El artículo 3 regula los objetivos específicos de UNASUR, a saber: el fortalecimiento del diálogo político entre los Estados Miembros; el desarrollo social y humano con equidad e inclusión; la erradicación del analfabetismo; la integración energética; el desarrollo de una infraestructura para una mayor interconexión de la región; la integración financiera; la protección de la biodiversidad; el desarrollo de mecanismos concretos y efectivos para la superación de las asimetrías; la consolidación de una identidad sudamericana; el acceso universal a la seguridad social y a los servicios de salud; la cooperación en materia migratoria; la cooperación en materia económica y comercial; la integración industrial y productiva; la definición e implementación de políticas y proyectos en materia de investigación, innovación y tecnología; la promoción de la diversidad cultural; la participación ciudadana; la coordinación entre los Estados Miembros para una región más segura y libre de amenazas transnacionales; la promoción de la cooperación entre las autoridades judiciales; el intercambio de información y experiencias en materia de defensa; el fortalecimiento de la seguridad ciudadana, y la cooperación sectorial para profundizar la integración sudamericana. Luego, el artículo 4 se refiere a los cuatro órganos de UNASUR: el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, el Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, el Consejo de Delegadas y Delegados y la Secretaría General. El artículo 5 contempla el desarrollo de la institucionalidad. A su vez, el artículo 6 regula el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, órgano máximo de UNASUR. El cual establece y adopta los lineamientos políticos y planes de acción, convoca a reuniones ministeriales sectoriales y crea consejos a nivel ministerial, decide sobre propuestas presentadas por el Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores. El artículo 7 norma que la Presidencia Pro Tempore de UNASUR será ejercida por cada uno de los Estados Miembros en orden alfabético y por períodos anuales para los efectos de preparar las reuniones y actividades del calendario de UNASUR, así como la representación en eventos internacionales y asumir compromisos y firmar declaraciones con terceros, previa aprobación de los Estados Miembros. A continuación, el artículo 8 se refiere al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, al cual le corresponde adoptar resoluciones para implementar las decisiones del órgano máximo y, a su vez, le propone proyectos de decisiones; coordina posiciones en temas centrales de

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la integración suramericana y promueve el diálogo político entre los Estados Miembros; realiza el seguimiento y evaluación del proceso de integración en su conjunto y aprueba tanto el programa anual de actividades como el presupuesto anual y de las iniciativas comunes de UNASUR; implementa lineamientos políticos en relaciones con terceros, aprueba resoluciones y reglamentos de carácter institucional y crea grupos de trabajo según las prioridades establecidas por el órgano máximo. El artículo 9 establece el Consejo de Delegadas y Delegados, al cual le compete implementar las decisiones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno y las Resoluciones del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, con el apoyo de la Presidencia Pro Tempore y la Secretaría General, además de apoyar el trabajo del Consejo de los Cancilleres en todos sus ámbitos; dar seguimiento a los grupos de trabajo y promover los espacios de diálogo que favorezcan la participación ciudadana. Por su parte, el artículo 10 regula la Secretaría General, la cual ejecuta los mandatos que le confieren los órganos de UNASUR y apoya a todos sus órganos en el cumplimiento de sus funciones. Además, es la encargada de coordinar, con otras entidades de integración y cooperación en América Latina y el Caribe, actividades que le encomienden los órganos de UNASUR. El artículo 11 señala las fuentes jurídicas de UNASUR, a saber: el Tratado constitutivo; los Acuerdos que celebren los Estados Miembros; las Decisiones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno; las Resoluciones del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, y las Disposiciones del Consejo de Delegadas y Delegados. A su vez, el artículo 12 señala que toda la normativa de UNASUR se adoptará por consenso, estando presente al menos tres cuartos de los Estados Miembros. Para aquellas decisiones, resoluciones o disposiciones que se adopten sin la presencia de todos los Estados Miembros, el Secretario General deberá someterlas a consulta con aquellos ausentes en un plazo máximo de 30 días calendario. Añade que las normas que emanen de los órganos de UNASUR serán obligatorias para los Estados Miembros una vez que éstas hayan sido incorporadas en el ordenamiento jurídico de cada uno de ellos. El artículo 13 dispone que uno o más Estados Miembros podrán presentar una propuesta de adopción de políticas, creación de instituciones, organizaciones o programas comunes a ser adoptado de manera consensuada, sobre la base de criterios flexibles y graduales de implementación. Estas propuestas deberán ser presentadas al Consejo de Delegadas y Delegados; luego de su aprobación, pasarán al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores y, subsecuentemente, al Consejo

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de Jefes y Jefas de Estado. Agrega que cuando no se alcance el consenso, la propuesta solo podrá ser sometida al Consejo de Delegadas y Delegados luego de seis meses de su última inclusión en la agenda. Finalmente, cualquier Estado Miembro podrá eximirse de aplicar total o parcialmente una política aprobada por un tiempo definido o indefinido, lo que no le impedirá incorporarse en forma posterior, total o parcialmente, a la política en cuestión. Para el caso de las instituciones, organizaciones y programas, cualquier Estado Miembro podrá participar como observador o eximirse total o parcialmente por tiempo definido o indefinido. Seguidamente, el artículo 14 norma que la concertación política será un factor de armonía y respeto mutuo que afiance la estabilidad regional y sustente la preservación de los valores democráticos y la promoción de los derechos humanos. El artículo 15 regula que UNASUR, con el objeto de establecer relaciones con terceros, promoverá iniciativas de diálogo sobre temas de interés regional e internacional y buscará consolidar mecanismos de cooperación con otros grupos regionales, Estados y organizaciones internacionales. Luego, el artículo 16 reglamenta que el Consejo de Delegadas y Delegados propondrá al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores el proyecto de presupuesto ordinario anual para el funcionamiento de la Secretaría General. Añade que dicho presupuesto se realizará sobre la base de cuotas diferenciadas de los Estados Miembros y tomará en cuenta la capacidad económica de sus miembros, la responsabilidad común y el principio de equidad. El artículo 17 señala que el Parlamento Suramericano tendrá su sede en la ciudad de Cochabamba, Bolivia, y será materia de un Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo. A continuación, el artículo 18 trata sobre la participación ciudadana. Añade que este proceso de integración promueve la participación ciudadana a través del diálogo amplio y abierto, para ello los Estados Miembros y los órganos de UNASUR generarán espacios innovadores que incentiven la discusión de los distintos temas por parte de la ciudadanía y considerarán las propuestas que de ella emanen. El artículo 19 dispone que los demás Estados de América Latina y el Caribe que expresen su interés en participar como Estado Asociado, lo podrán hacer previa aprobación del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno.

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Por su parte, el artículo 20 norma que a partir del quinto año de la entrada en vigor del Tratado Constitutivo y en pos del fortalecimiento de la unidad de América Latina y el Caribe, el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno podrá examinar la adhesión de nuevos miembros entre aquellos Estados que hayan mantenido su status de Asociados por al menos cuatro años. El artículo 21 regula que las diferencias respecto de la interpretación o aplicación de las disposiciones del Tratado se resolverán mediante negociaciones directas entre los Estados Partes. Si no se llega a acuerdo, la diferencia se someterá al Consejo de Delegadas y Delegados, el cual dentro de 60 días emitirá recomendaciones para la solución de la misma. En caso de no alcanzarse una solución, se elevará la diferencia al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores para su consideración. A su vez, el artículo 22 señala las inmunidades y privilegios de que gozará UNASUR, los representantes de los Estados Miembros y los funcionarios internacionales de ésta. El artículo 23 dispone que los idiomas oficiales de UNASUR serán el castellano, el inglés, el portugués y el neerlandés. A continuación, el artículo 24 regula que el Tratado tendrá duración indefinida y podrá ser denunciado por cualquiera de los Estados Miembros mediante notificación escrita al Depositario. Ello no exime al Estado Miembro de la obligación de pago de las contribuciones ordinarias que tuviere pendientes. El artículo 25 expresa que cualquier Estado Miembro de UNASUR puede proponer enmiendas, las que deberán ser sometidas a consideración de los otros Estados Miembros y aprobadas por el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno para su entrada en vigencia. Por su parte, el artículo 26 trata la entrada en vigor. Al respecto, señala que el Tratado Constitutivo de UNASUR entrará en vigor treinta días después de la fecha de recepción del noveno instrumento de ratificación. Estableciéndose que para el Estado Miembro que lo ratifique con posterioridad al noveno, el Tratado entrará en vigor treinta días después de la fecha en que tal Estado Miembro haya depositado el instrumento de ratificación en la Secretaría General. El artículo 27 señala que el Tratado Constitutivo y sus enmiendas serán registrados ante la Secretaría de la Organización de las Naciones Unidas.

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Por último, el artículo transitorio dispone que las Partes acuerdan designar una Comisión Especial con el objetivo de elaborar un proyecto de Protocolo sobre la composición, atribuciones y funcionamiento del Parlamento Sudamericano. 5.- Informe de la Profesora de Derecho Internacional Público de la Universidad Adolfo Ibáñez y de la Universidad de Chile, señora Ximena Fuentes Torrijo.- La Comisión estimó conveniente solicitar una opinión académica sobre la posibilidad de incluir una cláusula democrática en el Tratado en estudio. Al respecto, la profesora señora Ximena Fuentes informó lo siguiente: “UNASUR Y LA CLÁUSULA DEMOCRÁTICA A propósito de la ratificación pendiente del Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas, ha surgido el planteamiento de la necesidad de incluir una cláusula democrática en UNASUR. Esta pregunta se ha planteado en el Congreso chileno ya que es al poder legislativo a quien corresponde aprobar este tratado antes de su ratificación, conforme al artículo 54 de la Constitución Política del Estado. Se debe tener presente que el Congreso Nacional debe aprobar o rechazar el tratado en bloque, no pudiendo por sí mismo modificar el texto del tratado. Eso sí, el artículo 54 de la Constitución faculta al Congreso para sugerir la formulación de reservas y declaraciones interpretativas a un tratado internacional, en el curso del trámite de la aprobación, siempre que ellas procedan de conformidad a lo previsto en el propio tratado o en las normas generales de derecho internacional. Por otra parte, también se debe tener presente que la facultad de denunciar o retirarse de un tratado sólo corresponde al Presidente de la República, correspondiendo al Congreso solamente ser consultado respecto de la denuncia o retiro de tratados que hayan sido aprobados por el legislativo. El propósito de estas breves líneas es analizar en forma breve el sentido que podría tener la inclusión de una cláusula democrática y las alternativas de inclusión tendiendo presente el derecho internacional y las normas constitucionales. ¿Qué es la cláusula democrática? La cláusula democrática tiene dos versiones, una europea y otra americana. La cláusula democrática europea tiene su origen en algunos tratados de cooperación y/o asociación suscritos por la Unión Europea con terceros países. En este contexto, la cláusula democrática se puede ver una condición impuesta por la Unión Europa para sus tratados y programas de cooperación con países del tercer mundo, antiguos países de la órbita socialista y países no europeos, en general.

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En un comienzo la cláusula democrática europea consistió en la inclusión en el articulado del respectivo tratado de cooperación o asociación de una disposición estableciendo que uno de los fines del acuerdo era la promoción de la democracia y el respecto a los derechos humanos. La cláusula evolucionó posteriormente para convertirse en una condición esencial del tratado y otorgar el derecho a las partes a suspender el acuerdo en caso de violación de esa condición esencial. Un ejemplo de una cláusula democrática que otorga el derecho de suspensión es el caso del Acuerdo de Asociación entre Chile y la Unión Europea. El artículo 1(1) de este Acuerdo de Asociación establece, entre los principios básicos que lo inspiran, el principio democrático en los siguientes términos: ARTÍCULO 1 1. El respeto a los principios democráticos y a los derechos humanos fundamentales, tal como se enuncian en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, y al principio del Estado de Derecho inspira las políticas internas e internacionales de las Partes y constituye un elemento esencial del presente Acuerdo. El artículo 200 del Acuerdo de Asociación con la Unión Europea regula la posibilidad del incumplimiento, estableciendo que la Parte respectiva deben notificar al Consejo de Asociación antes de adoptar las medidas que estime apropiadas. Sin embargo, en el caso de una violación de los elementos esenciales señalados en el artículo 1, la Parte respectiva puede tomar las medidas apropiadas en forma inmediata: ARTICULO 200 3. No obstante lo dispuesto en el párrafo 2, cualquiera de las Partes podrá adoptar inmediatamente medidas apropiadas de conformidad con el Derecho internacional en el caso de: a) denuncia del presente Acuerdo no sancionada por las normas generales del Derecho internacional; b) incumplimiento por la otra Parte de los elementos esenciales del presente Acuerdo a que se refiere el párrafo 1 del artículo 1. La otra Parte podrá pedir que se convoque una reunión urgente para reunir a las Partes en un plazo de 15 días para proceder a un examen detallado de la situación con objeto de buscar una solución aceptable para las Partes. No todos los acuerdos de la Unión Europea llevan asociado a la cláusula democrática el derecho a tomar medidas apropiadas (las

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que incluirían la suspensión). En algunos de esos otros acuerdos en que no se ha establecido expresamente la cláusula de suspensión la Unión Europea ha realizado declaraciones interpretativas que señalan más o menos lo mismo que el artículo 200 del Acuerdo EU/Chile en el sentido de que cualquiera de las Partes quedan autorizadas para tomar medidas apropiadas conforme al derecho internacional en caso de no cumplimiento con la cláusula democrática. En el ámbito americano la cláusula democrática fue originalmente recogida por la Organización de los Estados Americanos. Ya en 1991 la Asamblea General de la OEA había aprobado la Resolución 1080 (Compromiso de Santiago) en la cual los gobiernos se comprometieron a establecer los mecanismos apropiados para defender la democracia representativa. Posteriormente, la OEA aprobó el Protocolo de Washington que reformó el artículo 9 de la Carta de la organización, quedando redactado de la siguiente manera: Artículo 9. Un Miembro de la Organización cuyo gobierno democráticamente constituido sea derrocado por la fuerza podrá ser suspendido del ejercicio del derecho de participación en las sesiones de la Asamblea General, de la Reunión de Consulta, de los Consejos de la Organización y de las Conferencias Especializadas, así como de las comisiones, grupos de trabajo y demás cuerpos que se hayan creado. a) La facultad de suspensión solamente será ejercida cuando hayan sido infructuosas las gestiones diplomáticas que la Organización hubiera emprendido con el objeto de propiciar el restablecimiento de la democracia representativa en el Estado Miembro afectado. b) La decisión sobre la suspensión deberá ser adoptada en un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General, por el voto afirmativo de los dos tercios de los Estados Miembros. c) La suspensión entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación por la Asamblea General. d) La Organización procurará, no obstante la medida de suspensión, emprender nuevas gestiones diplomáticas tendientes a coadyuvar al restablecimiento de la democracia representativa en el Estado Miembro afectado. e) El Miembro que hubiere sido objeto de suspensión deberá continuar observando el cumplimiento de sus obligaciones con la Organización.

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f) La Asamblea General podrá levantar la suspensión por decisión adoptada con la aprobación de dos tercios de los Estados Miembros. g) Las atribuciones a que se refiere este artículo se ejercerán de conformidad con la presente Carta. Este artículo 9 está referido a los golpes de estado, en otras palabras, al derrocamiento de un gobierno por la fuerza. Por este motivo es importante destacar que la Cumbre de las Américas, en su reunión de Quebec en 2001, acordó recurrir también a la facultad de suspender a un miembro de participar en las Cumbres en una hipótesis más amplia de quebrantamiento de la cláusula democrática. Así, la Declaración de Quebec reconoce que son varias las formas de violar la democracia y por eso estableció que: El mantenimiento y fortalecimiento del Estado de Derecho y el respeto estricto al sistema democrático son, al mismo tiempo, un propósito y un compromiso compartido, así como una condición esencial de nuestra presencia en ésta y en futuras Cumbres. En consecuencia, cualquier alteración o ruptura inconstitucional del orden democrático en un Estado del Hemisferio constituye un obstáculo insuperable para la participación del Gobierno de dicho Estado en el proceso de Cumbres de las Américas. Tomando debidamente en cuenta los mecanismos hemisféricos, regionales y subregionales, existentes, acordamos llevar a cabo consultas en el caso de una ruptura del sistema democrático de un país que participa en el proceso de Cumbres. Cumpliendo con el encargo que se les hizo en Quebec, los gobiernos elaboraron la Carta Democrática (2001), cuyos artículos 19 y 21 establecen que: Artículo 19. Basado en los principios de la Carta de la OEA y con sujeción a sus normas, y en concordancia con la cláusula democrática contenida en la Declaración de la ciudad de Quebec, la ruptura del orden democrático o una alteración del orden constitucional que afecte gravemente el orden democrático en un Estado Miembro constituye, mientras persista, un obstáculo insuperable para la participación de su gobierno en las sesiones de la Asamblea General, de la Reunión de Consulta, de los Consejos de la Organización y de las conferencias especializadas, de las comisiones, grupos de trabajo y demás órganos de la Organización. Artículo 21. Cuando la Asamblea General, convocada a un período extraordinario de sesiones, constate que se ha producido la ruptura del orden democrático en un Estado Miembro y que las gestiones diplomáticas han sido infructuosas, conforme a la Carta de la OEA tomará la

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decisión de suspender a dicho Estado Miembro del ejercicio de su derecho de participación en la OEA con el voto afirmativo de los dos tercios de los Estados Miembros. La suspensión entrará en vigor de inmediato. El Estado Miembro que hubiera sido objeto de suspensión deberá continuar observando el cumplimiento de sus obligaciones como miembro de la Organización, en particular en materia de derechos humanos. Adoptada la decisión de suspender a un gobierno, la Organización mantendrá sus gestiones diplomáticas para el restablecimiento de la democracia en el Estado Miembro afectado. Se ha señalado que la Carta Democrática no es un tratado. De esta afirmación se seguiría que el mismo no ha podido establecer derechos ni obligaciones jurídicamente vinculantes para los Estados que la han suscrito. Sin embargo, fue el artículo 21 de la misma el que se citó en la Resolución de la Asamblea General de la OEA para aplicar la suspensión de Honduras en la OEA. De esta manera, en la práctica, la Asamblea General aplica la Carta Democrática en el sentido que esta le ha otorgado el derecho de suspensión en situaciones que pueden no calzar con la situación de hecho descrita en el Art. 9 de la Carta de la OEA. El Tratado Constitutivo de UNASUR y la posibilidad de establecer en su articulado una cláusula democrática. La inclusión de una cláusula democrática en el tratado constitutivo de UNASUR puede, entonces, adoptar diversas formas. Puede incluirse tanto la cláusula de la condicionalidad democrática al estilo europeo para los acuerdos que suscriba UNASUR con terceros estados o con sus propios miembros. El artículo 3 del Tratado Constitutivo señala una serie de objetivos específicos de cooperación en las más diversas áreas. Esos futuros acuerdos podrían incluir una cláusula democrática al estilo europeo permitiendo la suspensión en caso de violación del principio de la democracia. Sin embargo, es claro que esta no es la preocupación fundamental del Congreso chileno. Por lo demás, este tipo de cláusula democrática es obvio que es mucho más efectiva tratándose de organizaciones o países desarrollados que otorgan cooperación o abren sus mercados a las economías menos desarrolladas, pues existe un interés económico por mantener los beneficios que se reciben del respectivo acuerdo. UNASUR, como tal, siendo una organización con objetivos eminentemente políticos no cuenta con el arma de la presión económica para establecer condiciones a la cooperación internacional. Por lo tanto, me concentraré en analizar las posibilidades de incluir una cláusula democrática interna (americana), como

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condición esencial para la participación en UNASUR. Para estos efectos, se debe tener presente en primer lugar el actual reconocimiento del principio de la democracia en el Tratado, tal como está redactado. El preámbulo del Tratado Constitutivo incluye a la democracia entre los principios rectores de esta iniciativa de integración y el mismo preámbulo establece que la plena vigencia de las instituciones democráticas y el respeto irrestricto de los derechos humanos es una condición esencial para los procesos de integración. Por lo tanto, se podría decir que la cláusula democrática, por lo menos en cuanto a la inclusión de la democracia como condición esencial del consentimiento de las Partes, ya se encuentra establecida en el preámbulo. Sin embargo, el preámbulo no crea derechos y obligaciones para las partes, sino que solamente puede ser utilizado para interpretar las cláusulas operativas del tratado. Habría sido preferible, entonces, que condición esencial del consentimiento de las partes se hubiera incluido en el articulado mismo del tratado. En la parte operativa del tratado, el principio de la democracia se contiene en dos de sus artículos. Primero, el fortalecimiento de la democracia se contiene como un objetivo general en el artículo 2. Por su parte, el artículo 14 dispone que: "La concertación política entre los Estados Miembros de UNASUR será un factor de armonía y respeto mutuo que afiance la estabilidad regional y sustente la preservación de los valores democráticos y la promoción de los derechos humanos." Como se puede apreciar, no se ha incluido una cláusula democrática propiamente tal en el articulado del tratado constitutivo de UNASUR. Frente a este silencio del propio tratado, se analizarán las siguientes opciones para incluir una cláusula democrática en el tratado constitutivo: Enmienda. La opción más clara sería incluir dicha cláusula por medio de una enmienda del Tratado. El artículo 25 del Tratado Constitutivo dispone en este sentido que: “Cualquier Estado Miembro podrá proponer enmiendas al presente Tratado Constitutivo. Las propuestas de enmienda serán comunicadas a la Secretaría General que las notificará a los Estados Miembros para su consideración por los órganos de UNASUR. Las enmiendas aprobadas por el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, seguirán el procedimiento establecido en el Artículo 26, para su posterior entrada en vigencia.”. Sin embargo, desde el punto de vista del Congreso chileno es probable que esta opción no sea satisfactoria. Se debe tener

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presente que el artículo 25 sólo entrará en vigor junto con el tratado para lo cual es necesario que 9 estados ratifiquen. Como se trata de una posibilidad que le compete a los Estados Partes, si Chile quisiera proponer una enmienda primero debe ratificar. Así, la negociación de la enmienda queda en manos del ejecutivo chileno y el Congreso carece de la facultad de obligar al Presidente de la República a negociar una futura enmienda a un tratado. Reservas Conforme al artículo 54 de la Constitución Política del Estado, el Congreso puede sugerir reservas al tratado antes de aprobarlo. Pero el Tratado Constitutivo no dice nada respecto de la posibilidad de realizar una reserva. Se podría argumentar que si el tratado no prohíbe las reservas éstas se regularán por las reglas establecidas en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, que establece un sistema flexible en que los estados que quieren llegar a ser parte de un tratado pueden realizar las reservas que no sean incompatibles con el objeto y fin del mismo. Los estados que formulan reservas se convierten en Parte del tratado cuando, por lo menos, un Estado Parte acepta sus reservas. Sin embargo, tratándose de un tratado por el cual se crea una organización internacional las reglas son diferentes. El Artículo 20 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados dispone que, tratándose de un tratado constitutivo de una organización internacional, una reserva requerirá de la aceptación del órgano competente de la organización. La interpretación y aplicación práctica de este Artículo 20 es algo complejo. En primer término se podría decir que si no se ha establecido la competencia para pronunciarse sobre eventuales reservas, entonces, se debería concluir que éstas no están permitidas en el Tratado Constitutivo de UNASUR. Una interpretación diferente podría sostener que si el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno tiene la competencia para pronunciarse sobre la adhesión de nuevos miembros y sobre las enmiendas, entonces, se debe asumir que también tendría la competencia para pronunciarse sobre las reservas realizadas por alguno de los candidatos a ingresar a UNASUR. Con todo, una posición más escéptica señalaría que toda esta discusión sobre la posibilidad de proponer una reserva que adicione una cláusula democrática al Tratado Constitutivo de UNASUR es una discusión estéril por cuanto no cumpliría el objeto que se persigue por aquellos que plantean la necesidad de una cláusula democrática. El objetivo que se persigue con la cláusula democrática es que todos los estados miembros y los órganos de la organización queden regidos por dicha cláusula democrática, de tal manera, que puedan ejercer determinadas facultades en relación con estados en los que se viole el principio de la democracia. La reserva, en la medida, que su función natural es sólo modificar la relación entre el estado que hace la reserva y los demás que lo aceptan como parte del tratado con la reserva, no

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es la forma adecuada de lograr una modificación general del tratado en su aspecto estructural. Las funciones de los órganos de organizaciones internacionales, en general, no admiten modificación parcializada respecto de sólo algunos de los estados miembros. Además, se debe tener presente que algunos Estados podrían objetar la reserva, lo que significa que no se aplicaría la facultad propuesta entre el autor de la reserva y los que la objetan. La relación entre los demás Estados Partes que no han formulado reservas seguiría regida por el Tratado en su versión original. Así, se puede concluir que la reserva no es el medio para incluir una cláusula democrática que permita a los respectivos órganos de la organización suspender a un Estado Parte. Declaración interpretativa. Muchas veces los Estados prefieren realizar declaraciones interpretativas en vez de reservas. Sin embargo, no es claro el efecto que pueden lograr con estas declaraciones en sus relaciones con el resto de los Estados Partes del respectivo tratado. Las declaraciones interpretativas recaen sobre alguna disposición existente en el tratado, otorgándole un determinado sentido a dicha disposición. El efecto jurídico que puede tener una declaración interpretativa dependerá de la reacción de los otros Estados Partes. Si nadie la objeta se podría argumentar que la interpretación presentada en la declaración interpretativa ha sido tácitamente aceptada por los demás Estados Partes. El punto interesante es verificar si existe alguna disposición del Tratado Constitutivo que permita, dentro del ámbito propio de una interpretación, ser leída en el sentido de establecer una cláusula democrática. En mi opinión, el Preámbulo y los artículos del Tratado Constitutivo permiten establecer que dentro de las competencias de los diversos órganos de UNASUR se pueden tomar decisiones relativas al fomento de la democracia y al restablecimiento de la democracia en países en que ésta se haya visto afectada. Pero la pregunta más importante es si se puede llegar a interpretar que las funciones de los respectivos órganos comprenden la facultad de suspender a un Estado Miembro que viole el principio de la democracia. Al respecto, se debe recordar que la cláusula democrática europea en su versión sancionadora (la sanción entendida como la facultad de suspensión) ha sido adicionada por la Unión Europea a veces por medio de declaraciones interpretativas. Sin embargo, se puede decir que esos casos se distinguen de UNASUR, ya que los acuerdos de la Unión Europea son tratados de cooperación donde existen derechos y obligaciones recíprocas entre los estados, de tal manera que la cláusula democrática opera dentro del contexto de una relación sinalagmática entre las partes. A diferencia de ese

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tipo de tratados, UNASUR es una organización internacional y los órganos poseen los poderes que las Partes han estado dispuestas otorgarle. En la medida que el Tratado Constitutivo no ha establecido la posibilidad de establecer como sanción la suspensión de la participación de un Estado Miembro es más difícil establecer esta facultad por medio de una declaración interpretativa. Pero, se conocen casos en que, a pesar de no haber estado prescrita la facultad, una organización ha expulsado a alguno de sus miembros. En base a estos escasos precedentes se podría decir que la suspensión puede correr el mismo destino. Se debe considerar eso sí que cada uno de esos casos ha sido polémico y teñido por la acusación de ilegalidad en la actuación del respectivo órgano. En todo caso, la declaración interpretativa que podría ser sugerida al ejecutivo por parte del Congreso Nacional sería, de todas maneras, una insuficiente garantía de que la cláusula democrática será leída en el articulado del Tratado Constitutivo de UNASUR. Por regla general, a menos que exista una aceptación expresa de todos los Estados Partes, los efectos de una declaración interpretativa solamente se materializan cuando surge el problema interpretativo en cuestión y no antes. Resoluciones de la organización internacional De acuerdo al artículo 11 del Tratado de UNASUR, las fuentes jurídicas de esta organización son las siguientes: 1. El Tratado Constitutivo de UNASUR y los demás instrumentos adicionales; 2. Los Acuerdos que celebren los Estados Miembros de UNASUR sobre la base de los instrumentos mencionados en el punto precedente; 3. Las Decisiones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno; 4. Las Resoluciones del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores; y 5. Las Disposiciones del Consejo de Delegadas y Delegados. Los Estados Miembros o el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno parecen ser los más apropiados para tomar acuerdos o decisiones relativas a la inclusión de una cláusula democrática. Estos acuerdos y decisiones deben tomarse por consenso, y sólo entran en vigor una

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vez que han sido incorporados en el ordenamiento jurídico de cada uno de los Estados Miembros (artículo 11). En atención a lo dispuesto en el artículo 11, la inclusión de la cláusula democrática por medio de un acuerdo o decisión del Consejo para ser más difícil que la entrada en vigor de una enmienda al tratado. La enmienda sólo exige la ratificación del acuerdo que tome el Consejo, en cambio, la decisión del Consejo exige además, la incorporación en el ordenamiento jurídico de cada uno de los Estados. Conclusión A modo de conclusión de este breve análisis, la incorporación de una cláusula democrática en el Tratado Constitutivo de UNASUR se puede realizar por distintas vías las que requerirán en todo caso de la aceptación de los Estados Miembros para surtir sus efectos. El Congreso chileno podría proponer al ejecutivo la realización de una declaración interpretativa. Lo ayuda el hecho de que el preámbulo del tratado contiene el principio democrático como un principio esencial del tratado. Pero los efectos de una declaración interpretativa quedarían pendientes hasta que se conozca la reacción de los demás Estados Miembros. Además, los efectos de la declaración interpretativa están ellos mismos sujetos a interpretación. La facultad de suspender a un Estado Miembro por incumplimiento de la cláusula democrática es una facultad mayor y antes de llegar a ese extremo los Estados Miembros podrían interpretar que los poderes de los órganos de UNASUR se limitan a otras medidas que no incluyan la suspensión. Por lo tanto, en mi opinión la única manera de obtener una cláusula democrática con la facultad de suspensión es a través de una enmienda del Tratado Constitutivo de UNASUR. Siendo ésta una prerrogativa de los Estados Partes, le correspondería promoverla al Presidente de la República luego de la ratificación.”. - - - DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR El Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Larraín, puso en discusión el proyecto. El Director del Centro de Estudios Internacionales de la Pontificia Universidad Católica de Chile, señor Juan Emilio Cheyre, agradeció la invitación para exponer en relación al proyecto de ley que aprueba el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas. Al respecto, valoró la oportunidad brindada por la Comisión para que, desde el mundo del conocimiento y el análisis, contribuya a las decisiones que al poder legislativo incumben en tan relevantes materias.

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Señaló que se referiría, desde una perspectiva académica, a tres materias que le parecen significativas, ellas son: la pertinencia de la aprobación del Tratado; una visión de ejes temáticos donde el Acuerdo abre opciones para el cumplimiento real de sus objetivos, y una conclusión de carácter general con respecto a los Convenios existentes en la región. Con respecto a la pertinencia de la aprobación del Tratado, expresó que considera necesario, pertinente y oportuno que nuestro país apruebe el Tratado Constitutivo de UNASUR, por los siguientes fundamentos. En primer lugar, corresponde a una iniciativa de largo debate que refleja la disposición política de los Estados para dar vida a un acuerdo, cuyos objetivos son plenamente concordantes con la Política Exterior de Chile y la necesidad de fortalecer el proceso de integración subregional. Agregó que nuestro país se encuentra en un nivel de desarrollo político, económico y de integración al mundo que le exige dar señales claras de que esa situación no constituye un obstáculo ni resulta antagónica con su profunda vocación en el fortalecimiento de los vínculos vecinales, en especial, con el Cono Sur de América. Adicionalmente, el haber tenido la presidencia Pro Témpore y habiendo cooperado a la primera fase de articulación de esta iniciativa y al corresponder, ahora a Ecuador, concretar y hacer realidad el tema aún pendiente, opinó que nos hace exigible cooperar a dicho Estado al logro de su mandato en esta etapa de desarrollo en la iniciativa en comento, lo que permitiría cerrar el proceso de dar vida plena al Tratado. Finalmente, destacó que la iniciativa de Brasil de impulsar la conformación del referente, teniendo presente su posición como una potencia mundial, abre espacios para que dicho Estado, sin hegemonías ni protagonismos impropios, encuentre en este Convenio caminos para aportar con sus capacidades a aquellos Estados de América del Sur que requieran del apoyo y complementación con un país de tanta potencialidad, como lo es la mencionada Nación. No obstante lo anterior, advirtió que este Tratado presenta características muy similares a otro tipo de proyectos orientados al mismo fin, los cuales han resultado insuficientes, ineficientes y no han logrado los objetivos que los fundamentaron. En ese sentido, indicó que no encuentra aspectos diferentes que hagan de esta iniciativa un proyecto que asegure por si el éxito de la misma, por el contrario, su enunciado, características, organismos, y concepción llevan a pensar que el grado de efectividad en el logro de sus propósitos es dudoso y permiten prever que el éxito del mismo se encuentra lejos de estar asegurado. Ante la dicotomía de por qué con una visión tan pesimista vinculada a la efectividad se inclina por la necesidad de aprobarlo, señaló que su respuesta esta en los fundamentos principales ya enunciados. Añadió que Chile, al formar parte del organismo, podría contribuir en el diseño e implementación de una estrategia orientada a concretar acciones proactivas,

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que busquen solucionar problemas concretos y carencias existentes en la subregión. En tal sentido, opinó que nuestro actuar como socios de pleno derecho debería marcar el centro de gravedad, para encontrar fórmulas que reviertan las tendencias en la existencia de una multiplicidad de tratados existentes, de carácter regional y subregional, los cuales han sido poco eficaces en relación a la implementación de acuerdos concretos que potencien el desarrollo de la región, su integración al mundo y la solución de algunos problemas crónicos. En síntesis, manifestó que, no obstante ser importante la aprobación, es mucho más relevante la forma de actuar al interior del Tratado, para detectar, aprovechar y proponer acciones vinculadas a las oportunidades que en el mismo se vislumbran. En cuanto los ejes temáticos donde el Tratado abre opciones para el cumplimiento real de sus objetivos, señaló que hay ciertas líneas de acción que permiten concretar una estrategia orientada a que Chile aproveche la oportunidad para cooperar a transformar este Tratado en un instrumento útil, de manera que no sea uno más de muchas iniciativas fallidas. Reiteró que la definición de acciones, en el marco de una estrategia orientada al fin de lograr un acuerdo eficiente, resulta de mayor importancia que la mera aprobación del Tratado. A vía ejemplar, señaló, en primer lugar, que se debería revertir la fórmula latinoamericana de abordar los proyectos de integración desde el enfoque top-down (se formula un resumen del sistema, sin especificar detalles. Luego, cada parte del sistema se diseña con mayor detalle) hacia un enfoque bottom-up (las partes individuales se diseñan con detalle y luego se enlazan para formar componentes más grandes, que a su vez se enlazan hasta que se forma el sistema completo), pues si se observan los tratados regionales se puede apreciar que la tendencia dominante ha sido la de las declaraciones de carácter retórico al más alto nivel, con un eminente contenido teórico y político y escaso o nulo vínculo con acciones concretas orientadas a la solución de problemas perfectamente abordables y donde existen claras posibilidades de implementar proyectos de integración, asociación y cooperación. Por tanto, opinó que cambiar el eje desde la teoría a la acción, la cual pueda ser cuantificada, medida y gestionada, es imperativo para que este Tratado tenga éxito en sus propósitos. En segundo término, agregó que deberían definirse con precisión las acciones concretas que permitan articular el cumplimiento de los objetivos específicos detallados en el artículo 3 del Tratado, ya que la descripción general de los mismos resulta insuficiente para que se constituyan por si solos en realidad los propósitos que de esos objetivos se deducen. A modo de ejemplo, señaló los siguientes: definición de un conjunto de normas que permitan la solución de trabas aduaneras, fitosanitarias, policiales;

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encontrar y priorizar un número concreto de obras de infraestructura y proyectos terrestres, aéreos y marítimos que permitan una vinculación eficaz; concretar un proyecto intrarregional de carácter energético, donde ganarían tanto los países productores como los consumidores. Agregó que este acuerdo subregional no debe constituirse en un obstáculo para generar una política multilateral, de manera de no interferir con iniciativas como las de la Organización de Estados Americanos (OEA). En ese sentido, visualizó a UNASUR como un primer nivel de consenso político para enfrentar crisis, para luego pasar a la OEA, que cuenta con una institucionalidad, un marco jurídico y una representatividad para articular y dar contenido a las soluciones de mediano y largo plazo. Por tanto, consideró vital fortalecer el rol del organismo regional, a través de la definición de competencias específicas y complementarias para lograr objetivos compartidos, de manera que UNASUR no se transforme en un órgano paralelo, sustituto y antagónico con la OEA. Añadió que el déficit y la precariedad de la OEA constituyen una debilidad que debería abordarse de manera creativa y con una clara voluntad política de los Estados. Allí la UNASUR debería jugar un rol propositivo y activo en lugar de caer en la tentación de constituirse en un organismo opuesto o competitivo. Al mismo tiempo, expresó que en el actuar de UNASUR se deben buscar consensos orientados a ampliar el resguardo de la democracia tanto en su origen como en la práctica. Añadió que consensuar y actuar en aras del fortalecimiento de las instituciones y de las democracias es un tema urgente y prioritario. En directa relación con los puntos anteriormente citados, mencionó que las acciones que desarrolle UNASUR jamás deberían visualizar a América del Norte como un actor hostil, antagónico o prescindible, pues el mundo globalizado exige complementariedad. Añadió que Estados Unidos de América, Canadá y México, son naciones compatibles y necesarias para la búsqueda de soluciones a los problemas de la región. Por último, dentro de las acciones concretas, estimó fundamental precaverse de iniciativas o declaraciones que fragmenten la unidad política, geopolítica y estratégica de América Latina, pues le preocupa la región de Centroamérica y El Caribe, que necesita de apoyo y asistencia para fortalecer sus instituciones, por ejemplo, en Haití. A continuación, reflexionó acerca de la realidad de Latinoamérica en general y del Cono Sur, en particular, en relación a la promoción, generación, ratificación, adhesión y protocolización de múltiples acuerdos de carácter similar a UNASUR, ya que independiente de opinar que debe ser ratificado, quiere dejar expresa constancia que observa con preocupación la gran cantidad de acuerdos sobre la materia (Aladi, Sela, Caf,

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Pacto Andino, Comunidad Suramericana de Naciones, Alba, Grupo de Rio, CARICOM, Mercosur, Sica, ALCA, BID, JID, TIAR, OEA) y la superposición de objetivos que existen, además del incumplimiento y carencia de logros concretos. Añadió que, en general, una revisión de cifras demuestra intenciones ambiciosas, aspiraciones fallidas y carencia de grandes avances. En cuanto a la mantención de todos estos acuerdos, manifestó que se debería generar una red menos densa de convenios, pero de mayor contenido, profundidad e impacto verdadero que el actualmente existente. Indicó que adherir a un pacto vinculante como el que se está ratificando en nada debe llevarnos a transar principios rectores de nuestra política exterior. Sin embargo, opinó que actuar en consecuencia a principios y valores exige extrema cautela y desarrollo de capacidades para hacer presente con fuerza la visión valórica del Derecho Internacional. Por ello, estimó necesario ratificar el acuerdo, pero enfatizó que el actuar dentro de UNASUR debe estar en plena concordancia con los valores e intereses nacionales. Agregó que se debe delinear una estrategia para actuar muy proactivamente, a fin de que se logren los objetivos que el Tratado plantea, mediante acciones concretas. Finalmente, sintetizó su opinión favorable a ratificar el tratado de UNASUR siempre que se defina un acuerdo a nivel de Política de Estado donde el actuar de Chile sea activo, definido y muy concreto en relación al respeto a los valores y principios del Derecho Internacional, la democracia, los derechos humanos y la búsqueda de la paz, evitando quedar atrapados en un organismo donde alguno o algunos de sus miembros pretenda instrumentalizarlo para los fines de su política interna e internacional. A continuación, el Director del Instituto Latinoamericano de Relaciones Internacionales de la Universidad Miguel de Cervantes, señor Patricio Leiva, expresó que el proceso de integración es necesario para alcanzar un mejor desarrollo en América Latina y el Caribe. Añadió que sólo se podrá contribuir decisivamente a lograr dicho objetivo cuando sea un proceso global, en el cual se incorporen los treinta y tres países de la región, se incluyan todos los ámbitos de la vida nacional e internacional y participen todos los estamentos de la sociedad. Afirmó que un proceso de integración requiere de una sólida, sistemática y permanente voluntad política para avanzar. Recordó que desde hace cincuenta años los países de América Latina y el Caribe han emprendido el camino de la integración y han avanzado hacia un proceso global. Añadió que todos los procesos han sido

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bilaterales, subregionales y de grupos de países, por lo que nunca ha existido un proyecto de integración verdaderamente regional que incluya a todos los países latinoamericanos y del Caribe, como sí lo han sido el proyecto ALCA con Estados Unidos y Canadá, en el ámbito económico, y el establecimiento de la Asociación con la Unión Europea, vigente desde 1999. Hizo presente que ninguno de los procesos emprendidos ha cumplido plenamente sus propios objetivos, ya que se han desenvuelto de manera irregular con avances, estancamientos y retrocesos. Sin embargo, indicó que durante el último decenio han surgido nuevas e importantes iniciativas de integración, entre las más recientes la Unión de Naciones Suramericanas (2000, 2004 y 2008), el Foro del Arco Pacífico Latinoamericano (2006) y la Comunidad de Estados Latinoamericanos y del Caribe (2008). Destacó que, en esta oportunidad, abordará la naturaleza y significado de la Unión de Naciones Suramericanas, UNASUR, y la conveniencia para Chile de suscribir el Tratado que crea esta nueva agrupación. Expresó que en el año 2000 Brasil invitó, por primera vez, a una Reunión Cumbre de los Presidentes de los países de América del Sur, iniciativa que dio origen a la búsqueda de una identidad sudamericana. Posteriormente, en el año 2004, en la III Reunión Cumbre, se firmó la Declaración del Cusco, destinada a crear la Comunidad Sudamericana de Naciones y, finalmente, nuevamente por iniciativa de Brasil, el 23 de Mayo del 2008, en Brasilia, culminó el proceso mediante la firma del Tratado que establece la Unión de Naciones Suramericanas. Manifestó que el Tratado de UNASUR representa la iniciativa más ambiciosa de todas las planteadas durante los primeros años del siglo XXI, ya que surge como un nuevo modelo de integración en la región pues incorpora, en un solo Convenio, a los doce países sudamericanos, es decir instaura un proceso subcontinental que persigue incluir al conjunto de las actividades entre los países miembros y las relaciones con el exterior, y propone incorporar a los diversos estamentos de la sociedad. No obstante, destacó que las disposiciones del Tratado demuestran que los Gobiernos han acordado mantener toda la capacidad de decisión, de cada uno de ellos, para aplicar las disposiciones convenidas y, en especial, sobre la definición de las prioridades para emprender las actividades conjuntas, su secuencia, gradualidad e, incluso, sus posibilidades de incorporación o no a las actividades conjuntas convenidas. En otras palabras, se ha creado una institución estrictamente intergubernamental y, por lo tanto, se avanzará en la medida que todos los Gobiernos estén

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dispuestos a marchar. Añadió que surge el desafío de superar la experiencia latinoamericana e internacional, que demuestra que los procesos intergubernamentales progresan al ritmo del país que desea el avance mínimo o el avance más lento. En su opinión, UNASUR constituye una nueva oportunidad que los países de América del Sur se conceden para avanzar tras dos objetivos centrales para su desarrollo: la integración de sus Estados miembros, y la concertación de posiciones en el escenario latinoamericano e internacional. Por otra parte, señaló que existen otros importantes elementos a examinar para confirmar la participación de Chile en el nuevo modelo de integración. Añadió que estos elementos se pueden reunir en cuatro ámbitos principales: la importancia de los doce Estados miembros; la naturaleza del Tratado y los beneficios potenciales que se pueden alcanzar; los costos que se pueden generar al quedar fuera del proceso; y los riesgos que asume el país al incorporarse al proceso. En cuanto a la importancia de los doce Estados miembros, expresó que ello se puede apreciar directamente al observar los siguientes indicadores: una geografía, historia y cultura compartida; una población de 400 millones de personas; una superficie de 18 millones de kilómetros cuadrados; una gran variedad, calidad y cantidad de recursos agropecuarios, alimentos, forestales, aguas, minerales, energías renovables y no renovables y biodiversidad; un producto interno bruto de 2.5 millones de millones de dólares; un comercio exterior de un millón de millones de dólares; una apertura con el exterior, amplia y prácticamente total en el marco de los acuerdos bilaterales y subregionales, y baja para los intercambios con terceros países; y una importancia recíproca de los mercados, relevantes para el dinamismo del crecimiento. En síntesis, indicó que el Tratado de la Unión de Naciones Suramericanas reúne a un grupo de países que, considerados como conjunto, podrían representar una potencia de nivel mundial. En relación a la naturaleza del Tratado y los beneficios potenciales que se pueden alcanzar, manifestó que éste presenta un conjunto de características generales de trascendencia, entre estas, las siguientes: el Tratado crea una organización intergubernamental, dotada de personalidad jurídica internacional; toda la normativa, es decir, las Decisiones, Resoluciones y Disposiciones se adoptarán por consenso, no puede haber voto negativo; flexibilidad para emprender sus actividades, ya que no existen plazos fijos para aplicar ninguna actividad; gradualidad para aplicar las normas que se decidan; voluntariedad, ya que cualesquier país se puede excluir de la gestación y, posteriormente, de la aplicación de las normas correspondientes;

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diversidad, pues el único requisito para pertenecer a UNASUR es ser país de América del Sur y, en el futuro, de América Latina y el Caribe; objetivos amplios como los de “construir un espacio de integración y unión en lo cultural, social, económico y político entre sus pueblos” y veintiún objetivos específicos, entre los cuales se deben destacan el diálogo político, defensa, energía, infraestructura, desarrollo social, medioambiente y cooperación económica, comercial, industrial y productiva; principios trascendentes (soberanía, integridad e inviolabilidad territorial, autodeterminación de los pueblos, paz, democracia, derechos humanos, participación ciudadana, pluralismo y armonía con la naturaleza); institucionalidad completa pero funcional, con cuatro órganos: el Consejo de Presidentes, el Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, el Consejo de Delegados y la Secretaría General. Además, dispone de una modalidad de solución de diferencias. Sobre los costos de quedar al margen del Tratado, afirmó que son elevados. Añadió que ello significa: marginarse de un proceso regional en marcha, en el cual Chile participó desde sus orígenes y que entrará en vigor pleno próximamente, pues ya lo han ratificado seis de los nueve países necesarios para ello; excluirse de participar en un nuevo proceso en favor de la integración y coordinación de América del Sur ante terceros; no participar en las decisiones que definirán las orientaciones generales y acciones concretas previstas en el Tratado; perder la oportunidad de apoyar una iniciativa promovida por cuatro países claves en las relaciones internacionales de Chile como son Brasil, Ecuador, Bolivia y Argentina; no utilizar la posibilidad de complementar los Acuerdos Bilaterales con países miembros y con la Comunidad Andina y Mercosur; perder la oportunidad de construir solidaridades concretas, en un marco sudamericano, con los vecinos y los demás países del subcontinente; proyectar una imagen de país desinteresado en la región; ser percibido como un país aislado. Observó, en consecuencia, que los costos de quedar fuera del proceso son considerables. Acerca de los riesgos de entrar en el proceso de UNASUR, señaló que como toda incorporación a una nueva Institución existen riesgos o costos que se deben tener en cuenta al tomar una decisión, entre ellos, mencionó los siguientes: instalar un proceso en el cual no participarán, al menos hasta los próximos cinco años, México, los países de América Central y las naciones del Caribe; posibilidad de debilitar la Comunidad Andina, el Mercosur y la red de Acuerdos bilaterales de Chile con los países sudamericanos; limitar la posibilidad de impulsar la Comunidad de Estados Latinoamericanos y del Caribe y el Foro del Arco del Pacífico Latinoamericano así como, eventualmente, de generar o apoyar nuevas iniciativas de integración. A ellos, agregó el costo derivado del financiamiento de la participación de Chile, sea debido al presupuesto de la Institucionalidad o a los gastos directos que involucra la participación en todas las instancias de UNASUR. Respecto de lo primero, mencionó que se espera una administración de bajo costo.

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Reflexionó, como síntesis, que los riesgos son bajos y corresponden a posibilidades que podrían tener mayor o menor importancia en función de las definiciones que el país adopte respecto a cada una de las circunstancias descritas. Por otra parte, precisó que las reglas del consenso y de exclusión impedirían que Chile se pueda ver forzado a adoptar posiciones o acciones contrarias a sus intereses. A continuación, se refirió a las perspectivas de la Unión de Naciones Suramericanas. Al respecto, manifestó que al ser una institución intergubernamental, dotada de una gran flexibilidad para el desarrollo de sus actividades, dependerá del consenso que se logre entre los doce Estados miembros en torno al cumplimiento de sus objetivos y de los medios que se utilicen para concretarlos. En ese sentido, sugirió que Chile debería adoptar estrategias y objetivos para su participación en UNASUR, en el contexto de una Política de Estado que defina como aplicar el Tratado para asegurar los mayores beneficios para nuestro país y los demás Estados miembros. Recalcó que dicha Política de Estado, a su vez, debe ser coherente con las definiciones de estrategias y objetivos que Chile persigue, especialmente, en sus relaciones bilaterales, vecinales y subregionales en América del Sur y con los demás países latinoamericanos y del Caribe, teniendo presente, asimismo, las relaciones internacionales con los países de América del Norte, la Unión Europea y Asia. Postuló que nuestro país, en lo inmediato, debería considerar las siguientes acciones: ratificar a la brevedad el Tratado, pues faltarían dos países para que entre en vigencia; participar activamente en las acciones que UNASUR ya viene realizando; participar plenamente en los Consejos sectoriales ya creados e impulsar acuerdos concretos, especialmente, en infraestructura, defensa y energía. Finalmente, indicó que Chile debería perseguir, de manera activa y permanente, los siguientes temas: asegurar el pleno cumplimiento de los objetivos, principios e instrumentos previstos en el Tratado a través de acciones concretos y en plazos definidos; impulsar acciones que tiendan a fortalecer las relaciones bilaterales, especialmente, con Bolivia y Perú; promover la integración real de América del Sur, en particular, a partir de los acuerdos bilaterales y subregionales vigentes, con vistas a ampliarlos y profundizarlos; promover la integración y el fortalecimiento de las relaciones con México, América Central y el Caribe, en especial, apoyando la Asociación y posterior adhesión de dichos países al Tratado de UNASUR; e impulsar la coordinación de los países miembros y, toda vez que corresponda, de los países de América Latina y el Caribe, en las acciones en el escenario internacional.

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Seguidamente, hizo uso de la palabra el Director del Instituto de Estudios Internacionales de la Universidad de Chile, señor José Morandé, quien coincidió en que existe una falta de entusiasmo acerca de los avances que puede lograr este Tratado. Sin embargo, explicó que el Tratado presenta fortalezas que apuntan a transformar esta organización subregional en una importante instancia de concertación política, económica, estratégica y social de los doce países signatarios. Además, recordó que en su corta existencia ha ejercido exitosamente parte de las tareas encomendadas, por ejemplo, la superación de la crisis institucional de Bolivia en el año 2008 y la Declaración de rechazo al quiebre democrático en la República de Honduras en el año 2009. Agregó que UNASUR ofrece también a Chile la oportunidad de ejercer un liderazgo institucional y democrático en el marco del multilateralismo regional. Añadió que nuestro país tendría la opción de fortalecer su política exterior regional, hacia Brasil, y vecinal, con Perú y Bolivia. No obstante lo anterior, opinó que, a la fecha, UNASUR evidencia algunas debilidades tanto en lo que respecta a la institucionalidad misma de la organización, como a las implicancias que éstas tendrían en la política exterior de Chile, entre estas: que Brasil, pese a su condición de precursor de UNASUR, y a su calidad de potencia regional, aún no ratifica el Tratado Constitutivo; que existen claras asimetrías de poder entre los miembros signatarios; el alcance limitado en cuanto a la membresía inicial de la Organización (caso de México); que el sistema de adopción de decisiones por consenso podría entrabar la discusión en materias de importancia y urgencia para el subcontinente, y, por último, la incertidumbre y desinformación en cuanto a la creación del Parlamento Suramericano. Respecto a las eventuales desventajas que representaría aprobar UNASUR, indicó que éstas serían las siguientes: debilitamiento del papel de la OEA en los asuntos subregionales; duplicación de responsabilidades y tareas debido al surgimiento de otras instancias similares en América Latina y el Caribe, y pérdida del sentido y objeto del Tratado Constitutivo producto del excesivo protagonismo personal y caudillismo político-ideológico que se observa en conductas de varios gobiernos en la región. Por su parte, el profesor del Instituto de Estudios Internacionales de la Universidad de Chile, señor Roberto Durán, complementó la exposición anterior. Al respecto, enfatizó que es partidario de la cooperación

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en todas sus formas, aunque los efectos más conocidos por la población dicen relación con la parte económica. Agregó que la cantidad de instituciones multinacionales ha atentado contra la eficacia de ellas mismas, por lo que sería conveniente una menor dispersión institucional. Indicó que UNASUR se perfila en el mismo ámbito del Grupo de Río, donde la deliberación política tiene más importancia que la económica. Dentro de los temas específicos que considera UNASUR, destacó los temas de energía y medio ambiente. Precisó que el tema energético es un debate político de gran envergadura, por las fuentes utilizadas, por el agotamiento de las mismas, y por un asunto que nos compete directamente, cual es el tema antártico. Asimismo, resaltó la importancia de que los países sudamericanos se comprometan con programas sociales específicos, pues esa práctica ha dado buenos resultados en Europa. Sin embargo, reconoció que en Latinoamérica es más difícil de hacer. Agregó que se encuentra pendiente en el continente, una discusión acerca de hacer una revisión de los criterios sobre la preeminencia del Estado, la economía de mercado, y la competencia de los mercados. En cuanto a políticas de defensa y política exterior, afirmó que deben estar ligadas entre sí, particularmente cuando se tratan multilateralmente, pues ayudan a la insuficiencia que se vive a nivel bilateral. En esta materia explicó que hay dos temas importantes: la transparencia presupuestaria y las medidas de confianza, materia en la que Chile ha hecho un esfuerzo con los Libros de la Defensa Nacional. Añadió que UNASUR le da un empuje distinto a las medidas de cooperación, al ser una experiencia de negociación multilateral. Advirtió que es necesario dilucidar el ámbito de atribuciones y competencias entre la OEA y UNASUR, asunto en el cual nuestro país puede ayudar mucho. A su vez, el Honorable Senador señor Larraín planteó algunas dudas. En primer término, señaló que en el Tratado no hay un compromiso democrático expreso, ya que no existe la cláusula democrática presente en otros Convenios. Al respecto, consultó si Chile debería insistir en incluir al menos una mención, como la que tiene la OEA.

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A continuación, señaló que su segunda inquietud dice relación con la naturaleza de la institución, si debería ser un foro o una entidad con una institucionalidad, lo que no necesariamente es antagónico, pues puede existir una evolución. En tercer lugar, expresó que se debería visualizar la relación de UNASUR con otros organismos internacionales, la cual podría complementarse si se institucionaliza. A continuación, el Honorable Senador señor Walker indicó que aunque existe cierto escepticismo respecto del Tratado, hay razones para no excluirse del mismo, a fin de cumplir con el anhelo de lograr la integración. Señaló que el modelo europeo es, a su juicio, el que debería tenerse presente al momento de pensar en una integración. Recordó que dicho modelo nació hace más de cincuenta años con la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, es decir partió con un ámbito de trabajo muy concreto, a partir del cual se fue construyendo una realidad mayor. En contrapartida, expresó que UNASUR inmediatamente trata de construir un aparato institucional, con Parlamento incluido. Advirtió que ese no parece ser el mejor modo para articular una integración sudamericana. Opinó que hay que ratificar el Tratado, pero que, al mismo tiempo, hay que darle un contenido. Recordó que en un comienzo se habló de integración en infraestructura vial, en energía y en una zona de libre comercio, para recién al final discutir la integración política. Añadió que esa es la forma correcta para construir una integración, donde predominan los hechos antes que la retórica. Finalmente, destacó los 21 objetivos específicos y la regla del consenso para adoptar acuerdos. El Honorable Senador señor Kuschel, por su parte, señaló que respecto del caso planteado por Colombia en la OEA, no ha existido un interés real por el tema, ni en la OEA ni en UNASUR. Opinó que siguen primando los caudillismos en muchos países de la zona, en lugar de políticas serias a largo plazo. Agregó que existen grandes oportunidades económicas para el continente, las cuales no se están aprovechando. El profesor señor Cheyre señaló que es conveniente ser muy precavido en cuanto a la oportunidad en que se produzca la ratificación del Tratado, para que nadie pueda tomarlo como un apoyo o rechazo a determinada postura.

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Coincidió el profesor señor Leiva en que no hay gran entusiasmo por este Tratado, todos quieren integración, pero ésta no se da, en su opinión, por un problema de fondo, cual es el desequilibrio que se produce entre Brasil y los demás países de América Latina, brecha que ha aumentado. Agregó que los demás países no han logrado ser un contrapeso para negociar en mejores condiciones con Brasil. Por otra parte, indicó que no se puede avanzar sin considerar a Brasil que es la potencia más importante de América del Sur. El Director del Instituto de Estudios Internacionales de la Universidad de Chile, señor José Morandé, quien en cuanto a la forma que debe adoptar, planteada por el Honorable Senador señor Larraín, estimó que debe ser un foro a nivel presidencial, que facilite el diálogo en materias conflictivas y contribuye a la gobernabilidad. A su vez, el profesor señor Durán indicó que la cláusula democrática no ha tenido mucho éxito, se diluye por el hecho que los países no se obligan a cumplirla. En su opinión, es más ventajoso que sea un foro. - - - A raíz de algunas inquietudes planteadas, la Comisión estimó conveniente consultar la opinión de la jurista Ximena Fuentes, respecto a la posibilidad de incluir la cláusula democrática en el Tratado. La respuesta a la consulta se reproduce en el N° 5, de los Antecedentes Generales del presente informe. - - - El Honorable Senador señor Larraín indicó que le interesaría que el Gobierno se comprometa a promover la cláusula democrática o alguna fórmula similar, con el objeto que pueda ser exigible dentro del marco institucional. El Honorable Senador señor Walker calificó la no inclusión de la cláusula democrática en el Tratado, como una omisión importante. A continuación, el Ministro de Relaciones Exteriores, señor Alfredo Moreno, señaló que UNASUR tiene como objetivo construir, de manera participativa y consensuada, un espacio de integración y unión en lo cultural, social, económico y político entre sus pueblos.

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Recordó que el Tratado Constitutivo se firmó el 23 de mayo de 2008, y que requiere, para su entrada en vigor, de la ratificación de nueve de los doce miembros de la UNASUR. Añadió que, a la fecha, Argentina, Bolivia, Ecuador, Guyana, Perú y Venezuela lo han ratificado. Explicó que UNASUR es el único mecanismo de la subregión en la cual Chile es miembro pleno, ya que en MERCOSUR y la Comunidad Andina (CAN) participa como Asociado, con las limitantes que ello conlleva, por ejemplo, no ha podido participar en instituciones como el Instituto Social o el de Derechos Humanos de MERCOSUR, reservado sólo a miembros plenos. Asimismo, la convergencia evitaría la duplicidad temática, simplificaría el uso del recurso humano, como de los financieros, y por sobre todo, permitiría alcanzar posiciones comunes regionales en los diferentes temas, que en definitiva es el objetivo del Tratado. En lo que dice relación con la participación de Chile, recordó que UNASUR nació como un referente político de integración suramericana en respuesta a la necesidad de complementar los intentos de integración comercial que han existido en la región por más de cuatro décadas y que no han prosperado. Indicó que tiene sus antecedentes históricos en las Cumbres de Jefes de Estado, que, a instancia de Brasil, se comenzaron a desarrollar desde el año 2000, y en la Comunidad Sudamericana de Naciones, formada en el año 2004, como un mecanismo de concertación política destinado a fortalecer la cooperación e integración regional e institucional y a consolidar la Iniciativa para la Integración de la Infraestructura Regional en América del Sur (IIRSA). Afirmó que la idea de la integración política es una tarea pendiente en la región, la cual no ha podido ser desarrollada, pese a los esfuerzos subregionales, tales como MERCOSUR y CAN, de comenzar a tratar agendas multidimensionales incorporando nuevos temas, como los sociales y ambientales. Por ello, estimó que era importante aprovechar el patrimonio de los procesos ya existentes. Enfatizó que la integración regional es una prioridad de la política exterior de Chile. Señaló que dicha afirmación tiene pleno respaldo y contenido en los tiempos actuales y contrasta abiertamente con aquel país que en el pasado fue “acusado de dar la espalda a la región”, al no integrarse como miembro pleno al MERCOSUR y tampoco participar en la CAN, luego de su retiro de la misma en 1976. Por ello, expresó, la participación de Chile en la UNASUR es concordante con los objetivos de política exterior nacionales, en orden a promover procesos de integración que respeten la pluralidad de sus miembros y de sus diversos modelos de desarrollo, sin restringir nuestra vocación por el regionalismo abierto. Añadió que fortalece nuestro compromiso

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con el desarrollo de Latinoamérica y con el multilateralismo, para promover y defender de manera mucho más efectiva los intereses de los países de América del Sur, en los foros y negociaciones internacionales. Indicó que en la discusión del texto del Tratado nuestro país procuró que el mismo se fundara en cuatro principios fundamentales: respeto al pluralismo y la diversidad, lo que se logra mediante la combinación de la regla del consenso y gradualidad; visión latinoamericana de la integración; gradualidad en la evolución institucional, lo que permite considerar nuestras especificidades, e inexistencia de elementos de supranacionalidad e irrestricto respeto a la soberanía de los Estados. Agregó que Chile logró, cuando ejerció la Presidencia Pro Tempore, que la UNASUR avanzara hacia su consolidación institucional instando al establecimiento de Consejos y Grupos de Trabajo en materias propias de integración física, energética, política y social. Manifestó que, pese a no haber entrado en vigor el Tratado Constitutivo, UNASUR es hoy una realidad, siendo un foro político relevante para el tratamiento de los temas regionales al más alto nivel. Sin embargo, advirtió que la profundización en temas importantes de la agenda de política regional, en especial, los sociales, de desarrollo y de cooperación, así como el poder acelerar la convergencia de los organismos subregionales hacia la UNASUR, encuentran como obstáculo la falta de entrada en vigor del Tratado, pues es complejo apostar a algo que jurídicamente no existe. Agregó que la ratificación del Tratado avanza inexorablemente, pues hay seis países que ya lo han hecho, incluyendo nuestros tres vecinos y Ecuador. Expresó que si bien el ratificar el Tratado no genera beneficios cuantificables en el corto plazo, el no hacerlo, significaría un costo político mucho mayor, y un retroceso mediáticamente visible en nuestra inserción regional. Por otra parte, en cuanto a la inquietud de que UNASUR sería un organismo que buscaría desplazar a la O.E.A, señaló que sólo se dará en la medida en que no seamos capaces de evitar que ello ocurra. Agregó que UNASUR debe ser capaz de dar un valor agregado regional al tratamiento de los diversos temas, cuestión en la que nuestro país puede ayudar. En lo que dice relación con las ventajas que representa para Chile la pertenencia a UNASUR, el señor Canciller mencionó los siguientes:

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En primer lugar, señaló que la integración regional es una prioridad de la política exterior de Chile. Enseguida, añadió, desde el año 2000 se ha participado activamente en los distintos referentes de la integración suramericana, que se iniciaron con las Cumbres de Jefes de Estado, siguieron con la Comunidad Sudamericana de Naciones (2004) y concluyeron con la posterior negociación y firma, junto a los otros 11 países de la región, del Tratado Constitutivo, el 23 de mayo de 2008. En tercer lugar, agregó que en UNASUR están presentes todos los países suramericanos, en un proyecto esencialmente político que busca incluir los logros y lo avanzado por los procesos de MERCOSUR y CAN, así como la experiencia de Chile, Guyana y Surinam. Destacó que en UNASUR Chile sería miembro pleno, en contraste con el MERCOSUR y la CAN, donde nuestro país es asociado, lo que restringe nuestra participación en diferentes ámbitos, reservados exclusivamente a los países miembros. Hizo presente, en quinto lugar, que nuestro país asumió un importante compromiso con la institucionalidad de UNASUR en el ejercicio de la Primera Presidencia Pro Tempore de la organización, desde mayo de 2008 hasta agosto de 2009, y ha cooperado con Ecuador en el ejercicio de su Presidencia Pro Tempore, desde agosto de 2009 a la fecha. Enfatizó que UNASUR es el foro donde se está avanzando en el desarrollo de temas que son de especial interés para nuestro país como son la integración física y la energética, además que se ha impulsado el tema de defensa. Añadió que, una vez aprobado el Tratado, en forma gradual UNASUR pasará a ser el referente regional en los temas de desarrollo social, educación, salud, ciencia y tecnología, entre otros, y será el organismo donde se impulsará la cooperación regional en las áreas antes identificadas. En el tema de la integración física, destacó los corredores bioceánicos, uno de los cuales se inaugurará con la presencia de los Presidentes de Brasil, Bolivia y Chile. Destacó que la importancia de la UNASUR como foro político regional quedó demostrada con motivo de la última crisis vivida entre Venezuela y Colombia. En ésta, fue nuevamente el órgano en el cual se radicó la solución del conflicto, instancia que fue reconocida por los propios Presidentes de MERCOSUR y Estados Asociados, y que permitió a Colombia y Venezuela disminuir tensiones y visualizar perspectivas de diálogo.

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Agregó que la participación de Chile en la UNASUR es concordante con nuestros objetivos de política exterior, en orden a promover procesos de integración que respeten la pluralidad de sus miembros y de sus diversos modelos de desarrollo, sin restringir el principio del regionalismo abierto. Por otra parte, precisó que la regla del consenso impide que se impongan decisiones que puedan ir contra nuestros intereses. Reiteró que la ratificación del Tratado avanza aceleradamente, ya que Argentina, Bolivia, Ecuador, Guyana, Perú y Venezuela, la han efectuado. Recordó que para la entrada en vigor se requiere de la ratificación de nueve de los doce países que lo suscribieron. Indicó que las más importantes autoridades del Ecuador, encabezadas por el Presidente Correa, han manifestado, en reiteradas oportunidades, su interés de entregar la Presidencia Pro Tempore en agosto, con el Tratado ratificado. Agregó que este mismo mensaje fue transmitido a nuestros representantes del Poder Legislativo, encabezados por el Presidente del Senado, Honorable Senador señor Pizarro, quienes participaron recientemente en Quito, en la I Cumbre de Presidentes de los Parlamentos de la UNASUR. En lo que dice relación con la inquietud planteada por algunos señores Senadores, acerca de la inclusión de una cláusula democrática, expresó que aún cuando coincide plenamente con la finalidad de ella, ésta idea ya está considerada en el Preámbulo y su inclusión sería meramente declarativa, puesto que este tipo de Tratados no admite reservas, salvo que lográramos que se modificara el mismo, pero eso podría ocurrir una vez que seamos parte del mismo. Agregó que esta inclusión podría generar situaciones paradojales como que frente a una misma situación la OEA y UNASUR tengan criterios distintos sobre la aplicación de una cláusula democrática. En su opinión, es una finalidad deseable pero es partidario de fijarlo como un objetivo a futuro. Por su parte, el Honorable Senador señor Tuma indicó que la integración sudamericana es un tema sumamente importante. Por tanto, señaló que no debe dilatarse más la aprobación del Convenio en estudio. Agregó que este proyecto fue estudiado en profundidad en la Honorable Cámara de Diputados, donde fue aprobado ampliamente.

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Coincidió con la exposición del señor Ministro sobre la necesidad de ratificar el Tratado. Además, consideró que no es necesario incluir una declaración interpretativa. A su vez, el Honorable Senador señor Letelier manifestó que el Tratado usa el modelo asiático de construcción multilateral, el cual es desideologizado. Al revés de otros sistemas que usan la cláusula democrática la que, en su opinión, podría ser utilizada con un sesgo ideológico. Agregó que hay de dar al Tratado un sentido positivo, por ejemplo, que Chile sea una plataforma comercial del Continente hacia Asia. El Honorable Senador señor Walker replicó que la cláusula democrática tiene un sólo sentido, cual es la defensa de la denominada “democracia representativa”, la cual se contrapone a una democracia de caudillismos. Como consecuencia del debate la Comisión, por la unanimidad de sus miembros, acordó que presentaría un proyecto de acuerdo, para ser votado en la Sala del Senado, que recomienda al Gobierno de la República promover un Protocolo Adicional que postule la defensa de la democracia y de los derechos humanos en UNASUR. Dicho proyecto de acuerdo es del siguiente tenor: “El preámbulo del Tratado constitutivo de la UNASUR expresa la voluntad de las naciones que lo integran, de ratificar “que la plena vigencia de las instituciones democráticas y el respeto irrestricto de los derechos humanos, son condiciones esenciales para la construcción de un futuro común de paz y prosperidad económica y social, y el desarrollo de los procesos de integración entre los Estados Miembros”. Sin embargo, en su contenido no se incorporan conceptos que garanticen el compromiso con la “Cláusula Democrática”, que ha acogido la región en diversos acuerdos internacionales, y, además, en las fuentes jurídicas de este Tratado no se hace mención a los instrumentos internacionales de protección de los Derechos Humanos ya existentes, tanto en el ámbito regional como en el universal. En virtud de lo anterior, el Senado de Chile, recomienda al Gobierno de la República promover un Protocolo Adicional que: 1. Explicite que los tratados e instrumentos internacionales de protección de los Derechos Humanos, vigentes tanto en el ámbito regional como en el universal, deben considerarse como aspectos integrantes del Tratado de la UNASUR. Lo anterior, en el entendido que dichas normas, en tanto conforman el paradigma ético de las sociedades democráticas, deben ser incorporadas al mecanismo de integración que se crea por consenso tal como lo dispone el artículo 12 de dicho Tratado, asumiéndolas

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como el mínimo común que todos los Estados Miembros deben obligarse a promover y respetar, para ser parte en el nuevo mecanismo de integración instaurado. 2. Apruebe una Cláusula Democrática del siguiente tenor: “La ruptura del orden democrático, la violación sistemática de los derechos humanos, o una alteración del orden constitucional que afecte gravemente el orden democrático en un Estado Miembro, constituye, mientras persista un obstáculo insuperable para la participación de su Gobierno en las sesiones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, del Consejo de Delegadas y Delegados, así como de las reuniones ministeriales sectoriales, Consejos de Nivel Ministerial, Grupos de Trabajo y otras instancias institucionales que se hayan creado.”.”. Puesto en votación, el proyecto de acuerdo fue aprobado, en general y en particular, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señores Kuschel, Larraín, Letelier, Tuma y Walker, don Ignacio. ---------- En consecuencia, vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de proponeros que aprobéis el proyecto de acuerdo en informe, en los mismos términos en que lo hizo la Honorable Cámara de Diputados, cuyo texto es el siguiente: PROYECTO DE ACUERDO “Artículo único.- Apruébase el “Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas”, suscrito en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 23 de mayo de 2008.”. ---------- Acordado en sesiones celebradas los días 27 de julio, y 10, 17 y 31 de agosto de 2010, con asistencia de los Honorables Senadores señores Hernán Larraín Fernández (Presidente), Carlos Ignacio Kuschel Silva, Juan Pablo Letelier Morel, Eugenio Tuma Zedán e Ignacio Walker Prieto. Sala de la Comisión, a 31 de agosto de 2010. JULIO CÁMARA OYARZO Secretario

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INFORME COMISIÓN RELACIONES EXTERIORES

RESUMEN EJECUTIVO _____________________________________________________________ INFORME DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), suscrito en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 23 de mayo de 2008. (Boletín Nº 6.035-10) I. PRINCIPAL OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: Crear la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), con el propósito de desarrollar un espacio sudamericano crecientemente integrado en lo político, social y económico, que fortalezca la identidad propia de América del Sur, otorgándole una mayor gravitación en los foros internacionales.

II. ACUERDO: aprobado en general y en particular, por la unanimidad de los miembros de la Comisión (5x0). III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: artículo único que aprueba el Convenio que consta de un Preámbulo, 27 artículos permanentes y un artículo transitorio. IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene. V. URGENCIA: no tiene. _____________________________________________________________ VI. ORIGEN INICIATIVA: Mensaje de S.E. la ex Presidenta de la República, enviado a la Cámara de Diputados. VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo. VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: en general y en particular, por la mayoría de los miembros presentes (75 votos a favor, 9 en contra y 4 abstenciones). IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 21 de enero de 2009. X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe. Pasa a la Comisión de Hacienda. XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, promulgada por decreto supremo Nº 381, de 5 de mayo de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 22 de junio de 1981. Valparaíso, 31 de agosto de 2010. JULIO CÁMARA OYARZO Secretario

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

2.2. Informe Comisión de Hacienda Senado. Fecha, 07 de septiembre, 2010. Cuenta en Sesión 47, Legislatura 358. INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), suscrito en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 23 de mayo de 2008. BOLETÍN Nº 6.035-10

__________________________________ HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de informaros el proyecto de acuerdo de la referencia, en segundo trámite constitucional, iniciado en Mensaje de la Ex Presidenta de la República, señora Michelle Bachelet Jeria.

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El proyecto de acuerdo en informe fue estudiado previamente por la Comisión de Relaciones Exteriores.

Cabe señalar que dicha Comisión ha hecho presente

en su informe que, por tratarse de un proyecto que consta de un artículo único, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento del Senado, propone discutir la iniciativa en general y en particular a la vez, proposición que hace suya vuestra Comisión de Hacienda.

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OBJETIVOS DEL PROYECTO

Crear la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), con el propósito de desarrollar un espacio sudamericano crecientemente integrado en lo político, social y económico, que fortalezca la identidad propia de América del Sur, otorgándole una mayor gravitación en los foros internacionales.

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

ANTECEDENTES

Para la cabal comprensión de esta iniciativa de ley, se ha tenido en consideración, entre otros, los siguientes:

A.- ANTECEDENTES JURÍDICOS

- La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, promulgada por decreto supremo Nº 381, de 5 de mayo de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 22 de junio de 1981.

B.- ANTECEDENTES DE HECHO

El Mensaje señala que la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) fue creada por medio de la Declaración de Cusco, el 8 de diciembre de 2004, bajo el nombre de Comunidad Sudamericana de Naciones, con el propósito de desarrollar un espacio crecientemente integrado en lo político, social y económico, que fortalezca la identidad propia de América del Sur, otorgándole una mayor gravitación en los foros internacionales. Agrega que desde sus inicios, Chile ha participado activamente en esta iniciativa, sosteniendo que debe sustentarse en una concertación política, donde el proceso de integración sea gradual, y se fijen metas y objetivos claros y definidos. Indica el Ejecutivo que en la I Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, celebrada en Brasilia, en septiembre de 2005, los Mandatarios adoptaron una Agenda Prioritaria y un Plan de Acción para comenzar la gestación del Tratado Constitutivo de UNASUR. Con tal fin se definieron áreas de acción prioritarias, incluyendo el diálogo político; la integración física; el medio ambiente; la integración energética; los mecanismos financieros sudamericanos; las asimetrías; las telecomunicaciones, y la promoción de la cohesión, la inclusión y la justicia social. Añade que en la II Cumbre de Jefas y Jefes de Estado, realizada en Cochabamba, en diciembre de 2006, se estableció un Plan Estratégico, que contempla reuniones periódicas de autoridades a distintos niveles: Jefes de Estado y de Gobierno (anuales), Cancilleres (semestrales), Ministeriales sectoriales, Comisión de Altos Funcionarios (en la actualidad, Consejo de Delegados) y Secretaría General. Añade que al Consejo de Delegados se le encargó la tarea de dirigir el proceso de integración y elaborar un Proyecto de Tratado Constitutivo. En su primera reunión, en enero de 2007,

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

bajo la Presidencia Pro Tempore de Bolivia, se establecieron cinco Grupos de Trabajo y, posteriormente, se sumaron un sexto y un séptimo. Agrega el Ejecutivo que Chile asumió la responsabilidad de dirigir el Grupo de Trabajo sobre Políticas Sociales, por tratarse de un tema al que nuestro país y sus autoridades asignan gran prioridad. Asimismo, Chile asumió la tarea de dirigir el Grupo de Trabajo sobre el Consejo de Defensa, el que busca abrir un diálogo en estas materias dentro de la región. Posteriormente, en la Cumbre Energética realizada el 17 de abril, y a la cual asistieron los Mandatarios, se adoptó el documento “Decisiones del Diálogo Político entre Jefes de Estado y de Gobierno”. En la oportunidad, se modificó el nombre de la “Comunidad Sudamericana de Naciones” por el de “Unión de Naciones Suramericanas”; se estableció la creación de una Secretaría Permanente en Quito, Ecuador; y se decidió la redacción de su Tratado Constitutivo, cuyo proyecto sería presentado a consideración de las Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno durante el año 2008. Indica que después de 17 meses, dos Cumbres Presidenciales y doce reuniones del Consejo de Delegados, se logró consensuar, el 6 de mayo en Caracas, el texto del Tratado Constitutivo. Además, se aprobaron dos Proyectos de Decisión: uno relativo al funcionamiento transitorio de la Secretaría General y otro sobre los lineamientos para el plan de acción 2008-2009 de UNASUR. Añade que estos documentos fueron aprobados el 23 de Mayo de 2008 en la Cumbre de Brasilia por las Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno. Refiere el Mensaje que la adopción del Tratado Constitutivo de UNASUR es un logro político respecto del avance en la región en materia de integración y cooperación, ya que en la medida que el organismo se consolide, puede contribuir a fortalecer el diálogo político en la región y participar unidos en el escenario internacional. Señala el Mensaje que la participación de Chile en el Tratado Constitutivo de UNASUR se encuentra en plena concordancia con los objetivos de política exterior de promover procesos de integración que respeten la pluralidad de sus miembros y de sus diversos modelos de desarrollo, sin restringir nuestra vocación por el regionalismo abierto. Igualmente, la pertenencia al Tratado fortalece nuestro compromiso con el desarrollo de nuestra región latinoamericana y con el multilateralismo. En el proceso de formación de este Tratado Constitutivo, que descansa en el Derecho Internacional, Chile procuró que se fundara en cuatro principios fundamentales: a. Respeto al pluralismo y a la diversidad. El Tratado combina en forma virtuosa la regla del consenso y la gradualidad. Si bien las decisiones se adoptan por consenso, una vez que se concurra a la creación de

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

una política o institución, es decir, cuando una política o institución sea aprobada, los Estados Miembros pueden abstenerse o participar de ella en grados variables. b. Visión latinoamericana de la integración. El Tratado, si bien se gesta dentro de la comunidad de América del Sur, contempla mecanismos de inclusión de otros países latinoamericanos. c. Gradualidad. El Tratado prevé la necesidad de que la evolución de la institucionalidad de UNASUR sea gradual, considerando nuestras especificidades nacionales. d. Inexistencia de elementos de supranacionalidad. El Tratado favorece la integración y la cooperación de los Estados Miembros con el irrestricto respeto de la soberanía de los Estados. Finalmente, se indica que el Convenio internacional en informe consta de un Preámbulo, 27 artículos permanentes y un artículo transitorio.

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DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

Se hizo presente que el Tratado Constitutivo de la

Unión de Naciones Suramericanas involucra gasto fiscal, asociado al establecimiento de una Secretaría General cuyo presupuesto anual de funcionamiento será financiado por cuotas diferenciadas de los Estados Miembros, tomando en cuenta su capacidad económica, la responsabilidad común y el principio de equidad, por lo que sólo una vez que el tratado sea ratificado por los países integrantes será posible saber el monto de la cuota que deberá solventar Chile.

Puesto en votación el proyecto de acuerdo, fue

aprobado en general y en particular con los votos a favor de los Honorables

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

Senadores señores Escalona, Frei y Lagos, y la abstención de la Honorable

Senadora señora Matthei.

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FINANCIAMIENTO

El Informe Financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, con fecha 27 de agosto de 2008, señala, de manera textual, lo siguiente:

“El proyecto tiene por objeto aprobar el acuerdo de

creación de UNASUR, conforme el propósito de los países firmantes de desarrollar un espacio sudamericano crecientemente integrado en lo político, social y económico, que fortalezca la identidad propia de América del Sur.

Su texto establece una Secretaría General cuyo

presupuesto anual de funcionamiento será financiado por cuotas diferenciadas de los Estados Miembros, tomando en cuenta su capacidad económica, la responsabilidad común y el principio de equidad.

En consecuencia, el gasto fiscal involucrado será el que

los Estados Miembros acuerden para Chile, de acuerdo a los principios señalados en el párrafo anterior, luego que el tratado sea ratificado por los países integrantes.

El gasto fiscal se financiará con cargo a los recursos

dispuestos en el ítem "Organismos Internacionales" del presupuesto en moneda extranjera que se asignen a la Secretaría y Administración General y Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores.”.

En consecuencia, las normas de la iniciativa legal en

informe no producirán desequilibrios macroeconómicos ni incidirán negativamente en la economía del país.

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En mérito de las consideraciones anteriores, vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de proponeros la aprobación del proyecto de acuerdo en informe, en los mismos términos en que lo hiciera la Comisión de Relaciones Exteriores, cuyo texto es el siguiente:

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

PROYECTO DE ACUERDO

“Artículo único.- Apruébase el “Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas”, suscrito en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 23 de mayo de 2008.”.

--- Acordado en sesión celebrada el día 6 de septiembre de 2010, con asistencia de los Honorables Senadores señor Camilo Escalona Medina (Presidente), señora Evelyn Matthei Fornet y señores Eduardo Frei Ruiz-Tagle y Ricardo Lagos Weber.

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

Sala de la Comisión, a 7 de septiembre de 2010.

ROBERTO BUSTOS LATORRE Secretario de la Comisión

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, recaído en el proyecto de acuerdo,

en segundo trámite constitucional, que aprueba el Tratado Constitutivo de la

Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), suscrito en la ciudad de Brasilia,

República Federativa del Brasil, el 23 de mayo de 2008.

(Boletín Nº 6. 035-10)

I. OBJETIVO(S) DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: crear la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), con el propósito de desarrollar un espacio sudamericano crecientemente integrado en lo político, social y económico, que fortalezca la identidad propia de América del Sur, otorgándole una mayor gravitación en los foros internacionales. II. ACUERDO: aprobado en general y en particular, por mayoría de votos, tres a favor y una abstención (3x1). III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: artículo único que aprueba el Convenio que consta de un Preámbulo, 27 artículos permanentes y un artículo transitorio. IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene. V. URGENCIA: no tiene. VI. ORIGEN INICIATIVA: Mensaje de la Ex Presidenta de la República, señora Michelle Bachelet Jeria, enviado a la Cámara de Diputados. VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo. VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: en general y en particular, por 75 votos a favor, 9 en contra y 4 abstenciones, en sesión de 21 de enero de 2009.

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 21 de enero de 2009. X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: informe de la Comisión de Hacienda. XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, promulgada por decreto supremo Nº 381, de 5 de mayo de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 22 de junio de 1981.

Valparaíso, 7 de septiembre de 2010.

ROBERTO BUSTOS LATORRE Secretario de la Comisión

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DISCUSIÓN SALA

2.3. Discusión en Sala Senado. Legislatura 358, Sesión 50. Fecha 08 de septiembre, 2010. Discusión unica. Se aprueba. TRATADO CONSTITUTIVO DE UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS

(UNASUR)

El señor PIZARRO (Presidente).- Corresponde tratar, como si fuera de Fácil Despacho, el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas, con informes de las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Hacienda. --Los antecedentes sobre el proyecto (6035-10) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de acuerdo: En segundo trámite, sesión 89ª, en 21 de enero de 2009. Informes de Comisión: Relaciones Exteriores, sesión 47ª, en 7 de septiembre de 2010. Hacienda, sesión 47ª, en 7 de septiembre de 2010. El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario General. El señor HOFFMANN (Secretario General).- El objetivo del instrumento internacional es crear la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), para impulsar el desarrollo de un espacio crecientemente integrado en lo político, lo social y lo económico que fortalezca la identidad propia de América del Sur y le otorgue a esta una mayor gravitación en los foros mundiales. La Comisión de Relaciones Exteriores escuchó la opinión de representantes de entidades dedicadas a los estudios internacionales y de académicos en la materia, habiendo aprobado el proyecto por la unanimidad de sus integrantes: Senadores señores Kuschel, Larraín, Letelier, Tuma e Ignacio Walker, en los mismos términos en que lo hizo la Honorable Cámara de Diputados. Asimismo, sus miembros presentaron a tramitación un proyecto de acuerdo para recomendar al Gobierno la promoción de un Protocolo Adicional, el que será votado luego de la aprobación de la iniciativa en análisis. La Comisión de Hacienda, por su parte, deja constancia de que el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas involucra un gasto fiscal, asociado al establecimiento de una Secretaría General cuyo presupuesto anual será financiado por cuotas diferenciadas de los Estados Miembros. Este último órgano técnico acogió el proyecto por tres votos a favor, de los Honorables señores Escalona, Frei (don Eduardo) y Lagos, y una abstención, de la Senadora señora Matthei. El señor PIZARRO (Presidente).- En discusión general y particular. Ofrezco la palabra.

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DISCUSIÓN SALA

La tiene el Honorable señor Larraín, por cinco minutos. El señor LARRAÍN.- Quisiera formular, como Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores, la solicitud de que la Sala acoja el proyecto de acuerdo aprobatorio del Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas, conocida como UNASUR. El instrumento fue suscrito en Brasilia, República Federativa de Brasil, el 23 de mayo de 2008. Ello siguió a la Declaración de Cusco, de 8 de diciembre de 2004, donde se buscó por primera vez la creación de la entidad, con el propósito de establecer en la región una unión política, económica y social que procurara la integración de América del Sur. El texto que nos ocupa es importante. Ha sido objeto de mucho debate, no solo en Chile, sino también en el resto de los países del continente, en la medida en que la aspiración de integración en este y, en general, en América Latina ha sido más retórica que real. Hemos enfrentado reiteradas dificultades para concretarla, a diferencia de lo ocurrido en otras latitudes. El ejemplo europeo ha sido bastante sólido en orden a cómo Estados distintos y con diversas historias y conflictos han logrado una unidad que les da provecho y progreso a sus pueblos. El Tratado busca, fundamentalmente, construir un espacio de integración y unión en todos los ámbitos: el cultural, el social, el económico y el político, y tiende a lograr estos objetivos con una regla que nos parece esencial entender, que es la del consenso. Vale decir, todos los acuerdos han de ser adoptados por la unanimidad de los miembros de UNASUR. Si eso no ocurriera, no se materializarán, obviamente. Ello quizás es complejo, por hacer muy difícil el funcionamiento de cualquier organismo, pero, al mismo tiempo, es la garantía que les permite integrarse a países como los nuestros y estar seguros de que sus principios y su vocación serán respetados. Para tomar su decisión, la Comisión de Relaciones Exteriores escuchó a la Cancillería, encabezada por el señor Alfredo Moreno, su titular, quien respaldó totalmente la iniciativa, y a distintos especialistas en Derecho Internacional o en estudios internacionales, como José Morandé, Roberto Durán, Juan Emilio Cheyre, Patricio Leiva y Ximena Fuentes. Habiendo conocido el parecer de distintos invitados, dicho órgano técnico aprobó el proyecto de acuerdo por unanimidad. De las opiniones recibidas surgieron muchas inquietudes, como las siguientes: -No engrosar la larga lista de organismos que han fracasado en América Latina en los propósitos de integración. -No ser parte de manipulaciones que algunos miembros de la entidad pudieran llevar adelante. -No debilitar a la OEA, que ya pasa por momentos de difícil funcionamiento, según un juicio bastante generalizado en nuestra región. Lo anterior no obsta para considerar también los aspectos positivos de la eventual aprobación del Tratado y de integrarlo:

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1.- La integración es vocación de Chile, que no puede restarse de participar en instituciones como esta. 2.- La región es prioridad de nuestra política exterior, de modo que hemos de aprovechar las instancias para hacerla valer. 3.- En UNASUR se abre la posibilidad de unificar los múltiples organismos existentes en América del Sur, lo que ayudaría a simplificar y a potenciar la unidad. 4.- Existen objetivos concretos que se buscará priorizar y que son los únicos que realmente hacen posible construir una integración: energía, infraestructura, conectividad, integración financiera, protección de la biodiversidad, etcétera. 5.- Finalmente, quizás lo más importante es que en la Comisión hemos avanzado, a iniciativa nuestra, en presentar un proyecto de acuerdo tendiente a pedir al Ejecutivo -y queremos que sea el Senado el que lo apruebe- el establecimiento de un Protocolo Adicional, para garantizar que la integración de Chile a UNASUR no es pasiva. Queremos aprovechar realmente esta instancia para múltiples objetivos en ese aspecto, en todos los sentidos. En particular, nuestra iniciativa, que será votada a continuación, busca potenciar dos aspectos definitivamente centrales. Por una parte, se apunta a asegurar la aprobación de una cláusula democrática, del tenor de las ya existentes -no hemos inventado la rueda-, y agregar el concepto de “violación sistemática de los derechos humanos”. De esa manera, la ruptura del orden democrático o la alteración del orden constitucional que afecte a un Estado lo hará inhábil para participar en la organización. Por la otra, se persigue un compromiso más explícito con los derechos humanos e incorporar como fuente los tratados vigentes en la materia. Era realmente difícil de entender que UNASUR hubiese existido sin incluir los dos elementos anteriores como parte esencial de su compromiso. Por las consideraciones expuestas, solicitamos que se acoja el proyecto de acuerdo aprobatorio del Tratado Constitutivo de UNASUR, que votaremos a favor con el mayor entusiasmo. El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro, por tres minutos. El señor NAVARRO.- Señor Presidente, UNASUR se ha constituido, por la vía de los hechos y, en particular, por la amplitud de la integración, en un referente decisivo a nivel de América del Sur. Tuvimos la oportunidad de que su Presidenta Pro Témpore fuera nuestra entonces Primera Mandataria, Michelle Bachelet. La entidad ha desempeñado un esencial rol cautelar de la democracia. Emerge como una instancia que garantiza la integración, el resguardo de los valores democráticos, y, en especial, como un foro permanente de coordinación de todos los países de América del Sur, que buscan el desarrollo frente a problemas comunes.

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Aquí no se encuentra en juego de quién fue la iniciativa, sino si el instrumento sirve o no para la unidad latinoamericana y sudamericana. Se ha conjugado de manera definitiva una sola y clara definición: UNASUR debe consolidarse como el espacio en donde pueden relacionarse naciones con destinos y problemas comunes. Ha constituido un mecanismo eficiente y activo para enfrentar diversos procesos, sobre todo cuando la democracia ha estado amenazada. El reconocimiento que el resto de los países le ha dado nos obliga a la ratificación, a darle vida en forma definitiva. Creo que el Congreso dará un paso decisivo y particularmente positivo al no entremezclar, en una decisión de esta envergadura, las diferencias internas. No se trata de una propuesta que pertenezca a la Oposición o al oficialismo, sino de una que ha logrado integrar a los Presidentes de las naciones de América del Sur, más allá del signo de sus Gobiernos. Por eso, más allá de la precisión a que se ha llegado en un proyecto de acuerdo distinto, que consideraremos en su momento, la ratificación de UNASUR dice relación a un documento oficial. No acepta modificaciones. Este último texto contiene los principios que se contemplan. Debe votarse “sí” o “no”. A mi juicio, habremos dado un paso decisivo para la unidad de América del Sur si nos pronunciamos por la aprobación. Por mi parte, así lo haré, porque creo que Chile pasará, de ese modo, a lograr una relación privilegiada de integración con sus vecinos, de los cuales hemos estado alejados durante mucho tiempo, lamentablemente. ¡Patagonia sin represas, señor Presidente! El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Ignacio Walker. El señor WALKER (don Ignacio).- Señor Presidente, la bancada del Partido Demócrata Cristiano concurrirá a votar a favor de este proyecto de integración. Siempre hemos sido partidarios de que tal proceso se materialice en el ámbito regional, subregional, aunque nunca hemos contado en América Latina y El Caribe -es cierto- con una organización que realmente lo permita. Quisiera recordar que el antecedente fundamental de UNASUR fue la Comunidad Sudamericana de Naciones, creada en diciembre de 2004 en el Cusco, Perú. En ese entonces, como Canciller, me correspondió concurrir con el Presidente Ricardo Lagos a dar inicio a un esquema de integración que incluía a los diez países tradicionales de América del Sur, más Surinam y Guyana. Hago presente, sin embargo, que el establecimiento mismo de UNASUR, la cual constituyó una modificación de ese otro organismo, experimentó en el camino un cambio de no poca importancia. ¿En qué sentido? La idea original de esta última entidad era avanzar en forma gradual, de menos a más, hacia la instauración de una comunidad sudamericana, tal vez el

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germen de una mayor, desde el punto de vista regional, de América Latina y el Caribe. Ello seguía, de alguna manera, el modelo del Viejo Continente, que partió con el Tratado del Carbón y del Acero, suscrito a comienzos de los años cincuenta, y continuó con el Tratado de Roma, en 1957, entre cinco países, para dar lugar hoy a la Unión Europea, de 27 Estados, pero después de todo un recorrido, de 50 ó 60 años. Por lo tanto, el diseño original de la Comunidad Sudamericana de Naciones incluía comenzar, por ejemplo, con la infraestructura. El Acuerdo de la Iniciativa para la Integración de la Infraestructura Regional Suramericana (IIRSA) decía relación a pasos fronterizos, corredores bioceánicos, complejos portuarios y aeroportuarios. La idea era un proceso que se iniciara por la infraestructura y prosiguiese con la energía. De hecho, se alcanzó a suscribir en Montevideo, Uruguay, el acuerdo sobre el anillo energético, entre cinco o seis países de América del Sur. En seguida se consideraba una zona de libre comercio, a la cual nos hemos aproximado a través de distintos mecanismos, como la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI). Y, finalmente, se iba a llegar a algún tipo de estructura política que culminara el proceso, sobre la base del modelo -repito- de la Unión Europea. El esquema era realista y ambicioso, pero partía de aspectos prácticos que pudieran hacer percibir a nuestros pueblos un progreso asociado a los mecanismos de integración. Rebautizada la Comunidad Sudamericana de Naciones, se creó UNASUR, y sobrevino el viejo asunto de la proliferación de organismos: OEA, Cumbre de Las Américas, Grupo de Río, MERCOSUR, Comunidad Andina de Naciones -de esta somos asociados-, con muchas duplicidades. Se estableció, además, un Parlamento Sudamericano, aun cuando ello requiere un protocolo adicional. Así y todo, nos parece que los 21 objetivos específicos ligados a la instauración de UNASUR permiten concretar algo que es más que un foro como el Grupo de Río y menos que una entidad supranacional, constituyendo, sí, un organismo con personalidad jurídica internacional. Este último se verá enriquecido con la cláusula que proponemos mediante nuestro proyecto de acuerdo -ojalá todos puedan suscribirla-, que considera la adhesión a los derechos humanos y al régimen democrático, factores que han sido la columna vertebral del sistema interamericano desde la creación de la OEA, en 1947. Por las razones expuestas, votaré a favor. El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Novoa, por tres minutos. El señor NOVOA.- Señor Presidente, a pesar de nuestro escepticismo respecto del Tratado, nos pronunciaremos a favor del proyecto que lo aprueba.

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¿Escepticismo por qué? La integración latinoamericana se halla, básicamente, en la retórica. Se observa una multiplicidad de alianzas, tratados, instrumentos y pactos, pero no se registran avances reales en la materia. El que nos ocupa constituye un texto que incrementará esa frondosa práctica. Pienso que los esfuerzos para integrar a nuestros países deben hacerse desde abajo y no con estos acuerdos grandilocuentes y cupulares. En seguida, me parece fundamental definir y delimitar adecuadamente las atribuciones y roles de la UNASUR, con relación a la OEA, porque para nuestro país y sus intereses permanentes no es indiferente el destino de este último organismo. Chile mantiene vínculos muy importantes con México, Estados Unidos, Canadá y Centroamérica, tanto en el ámbito económico como en el cultural, y cualquier intento de debilitar a la Organización como una entidad interamericana conspira contra ellos. El proyecto de acuerdo que se nos propone votar a continuación del que nos ocupa viene, por lo menos, a clarificar nuestras aprensiones con relación a dos aspectos: la incorporación de una cláusula democrática y la exigencia de que en UNASUR se respeten íntegramente los derechos humanos y políticos que hacen de la democracia un régimen al cual todos adherimos y esperamos fortalecer. ¿Y por qué nuestra prevención? Porque, simultáneamente con la creación y el impulso de UNASUR, hemos visto cómo en numerosos países, bajo formas aparentemente democráticas, se conculcan los derechos humanos, se violan los derechos políticos, se limita la libertad de expresión. Específicamente, además, quisiera plantear dos puntos. Uno de ellos dice relación a instar al Gobierno de Brasil, que fue el impulsor de la iniciativa, a que ratifique el Tratado, pues resulta bastante extraño que el país que desempeñó ese papel todavía no lo haga. En seguida, espero que seamos muy cuidadosos cuando consideremos el Parlamento de UNASUR, porque en América Latina ya existen cerca de diez que han probado su inutilidad. El señor NAVARRO.- ¡El Parlatino...! El señor NOVOA.- Por cierto, no me refiero al que encabeza nuestro Presidente, entidad que debiéramos fortalecer y preservar. El señor PIZARRO (Presidente).- ¡Valga la aclaración, Su Señoría! El señor NOVOA.- Finalmente, anuncio que estimularemos al Gobierno para que todas las razones que justifican nuestro escepticismo puedan ser desvirtuadas al interior de UNASUR. Y valoramos el compromiso que ha adoptado en el sentido de trabajar desde adentro para hacer que el organismo realmente colabore a la integración de América Latina. He dicho.

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El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Allamand, por tres minutos. El señor ALLAMAND.- Señor Presidente, los Senadores de Renovación Nacional también concurriremos a la aprobación de la iniciativa. Felicito a la Comisión de Relaciones Exteriores por el acucioso y metódico trabajo efectuado sobre la materia. La verdad es que el acuerdo alcanzado en términos de incorporar una norma específica de protección de los derechos humanos y de resguardo de la democracia (una cláusula democrática) era, desde nuestro punto de vista, absolutamente indispensable. Incluso, deberíamos ir más lejos -así lo plantearon el Presidente Piñera, en su programa, y el propio Secretario General de la Organización de los Estados Americanos, José Miguel Insulza-, porque los mecanismos de protección de la democracia en América Latina requieren un perfeccionamiento. En todo caso, el instar a las autoridades de Gobierno para que, a través de los propios mecanismos de la UNASUR, promuevan un Protocolo Adicional donde se establezca una cláusula democrática es, para nosotros, del todo imprescindible y allana la aprobación de este Tratado. Señor Presidente, reitero que compartimos los puntos de vista que aquí se han expresado, a fin de evitar la proliferación de este tipo de organismos internacionales en la región y, de alguna manera, “rayar la cancha” para que todos ellos cumplan sus funciones sin que se sobrepongan las de unos y otros. Eso es algo que hemos de tener muy en cuenta en nuestra política exterior. Finalmente, quiero hacer presente una cautela y formular una observación positiva. Desde el punto de vista de la cautela, concuerdo con lo manifestado por el Senador señor Novoa en cuanto a que el futuro Gobierno o el actual, según corresponda, deberá ser particularmente cuidadoso respecto de la implementación del Parlamento de la UNASUR. Porque, si ya existe duplicidad de organismos internacionales, el contar con una multiplicidad de Parlamentos carecería de sentido. De otro lado, pienso que la ratificación del Tratado por el número de Estados Miembros necesarios para su entrada en vigencia, también permitirá poner atajo -por así decirlo- a una situación de alguna manera anómala en el actual funcionamiento de la Unión de Naciones Suramericanas. Me explico. Con relación al cargo de Secretario General, la UNASUR plantea -con razón- que debería, primero, ser de dedicación exclusiva, y segundo, ceñirse a las normas de todos los organismos internacionales, conforme a las cuales quien se desempeñe como tal no puede involucrarse ni participar activamente, de manera simultánea, en tareas propias de la política contingente de su propio país. Ello es de sentido común.

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Hago presente lo anterior porque, en mi opinión, lo que sucede ahora es irregular, pues actúa como Secretario General el ex Presidente de Argentina señor Néstor Kirchner, en circunstancias de que es pública y notoria su condición de candidato a la Presidencia de la República para la próxima elección en el vecino país. Además, actualmente es Diputado y no ha renunciado a tal investidura. En consecuencia, con la entrada en vigor del Tratado que nos ocupa se pondrá coto a dicha situación, que es anómala y obviamente ajena al espíritu que se tuvo al momento de suscribirlo. Por las razones expuestas, señor Presidente, los Senadores de Renovación Nacional aprobaremos el proyecto de acuerdo. He dicho. El señor PIZARRO (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. El señor HOFFMANN (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto? El señor PIZARRO (Presidente).- Terminada la votación. --Se aprueba en general y en particular el proyecto de acuerdo (25 votos a favor y una abstención). Votaron por la afirmativa, las señoras Allende, Alvear, Pérez (doña Lily) y Rincón, y los señores Allamand, Bianchi, Chahuán, Escalona, Frei (don Eduardo), García, Girardi, Kuschel, Lagos, Larraín, Longueira, Muñoz Aburto, Novoa, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Ruiz-Esquide, Tuma, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés). Se abstuvo la señora Matthei. Se transcribe a continuación debate y aprobación de un proyecto de acuerdo de la misma sesión del anterior debate, por el cual el Senado recomienda el establecimiento de un Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) ESTABLECIMIENTO DE PROTOCOLO ADICIONAL A TRATADO DE UNASUR. PROYECTO DE ACUERDO El señor PIZARRO (Presidente).- Conforme a la resolución adoptada ayer por los Comités, corresponde votar el proyecto de acuerdo presentado por los Senadores señores Larraín, Kuschel, Letelier, Tuma y Patricio Walker. --Los antecedentes sobre el proyecto (S 1294-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica: Se da cuenta en sesión 47ª, en 7 de septiembre de 2010.

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El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario. El señor HOFFMANN (Secretario General).- El propósito de la iniciativa es recomendar al Gobierno que promueva el establecimiento de un Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), donde se explicite que los convenios e instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos deben considerarse como integrantes de dicho Tratado y, asimismo, se apruebe una cláusula democrática que exprese lo siguiente: “La ruptura del orden democrático, la violación sistemática de los derechos humanos, o una alteración del orden constitucional que afecte gravemente el orden democrático en un Estado Miembro, constituye, mientras persista, un obstáculo insuperable para la participación de su Gobierno en las sesiones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, del Consejo de Delegadas y Delegados, así como de las reuniones ministeriales, Consejos de Nivel Ministerial, Grupos de Trabajo y otras instancias institucionales que se hayan creado.”. El señor PIZARRO (Presidente).- En votación. Si le pareciera a la Sala, se aprobaría con la misma votación anterior. --Se aprueba en general y en particular el proyecto de acuerdo, con la misma votación anterior (25 votos a favor y una abstención).

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OFICIO APROBACIÓN PROYECTO

2.4. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen Oficio de aprobación de proyecto. Fecha 08 de septiembre, 2010. Cuenta en Sesión 74, Legislatura 358. Cámara de Diputados. Nº 735/SEC/10 Valparaíso, 8 de septiembre de 2010. Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de acuerdo que aprueba el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), suscrito en Brasilia, República federativa del Brasil, el 23 de mayo de 2008”, correspondiente al Boletín Nº 6.035-10. Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 7.919, de 21 de enero de 2009.

Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a Vuestra Excelencia. JORGE PIZARRO SOTO Presidente del Senado CARLOS HOFFMANN CONTRERAS Secretario General del Senado

A S.E. la Presidenta de la Honorable Cámara

de Diputados

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OFICIO LEY AL EJECUTIVO

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados 3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo. Oficio de Ley a S.E. El Presidente de la República. Comunica texto aprobado por el Congreso Nacional. Fecha 09 de septiembre, 2010. Oficio Nº 8985

VALPARAISO, 9 de septiembre de 2010 Tengo a honra comunicar a V.E., que el Congreso Nacional

ha dado su aprobación al siguiente:

PROYECTO DE ACUERDO: “Artículo único.- Apruébase el “Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas”, suscrito en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 23 de mayo de 2008.”. Dios guarde a V.E. ALEJANDRA SEPÚLVEDA ORBENES Presidenta de la Cámara de Diputados ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ Secretario General Accidental de la Cámara de Diputados

A S.E. EL PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

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DECRETO

4. Publicación de Decreto en Diario Oficial

4.1. Decreto N° 63 Tipo Norma : Decreto 63 Fecha Publicación : 05-09-2011 Fecha Promulgación : 20-04-2011 Organismo : MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Título : PROMULGA EL TRATADO CONSTITUTIVO DE LA UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS Tipo Versión : Única De: 05-09-2011 URL :http://www.leychile.cl PROMULGA EL TRATADO CONSTITUTIVO DE LA UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS Núm. 63.- Santiago, 20 de abril de 2011.- Vistos: Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso primero, de la Constitución Política de la República. Considerando: Que el 23 de mayo de 2008 se suscribió, en Brasilia, República Federativa del Brasil, el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas. Que dicho Tratado fue aprobado por el Congreso Nacional, según consta en el oficio Nº 8.985, de 9 de septiembre de 2010, de la Honorable Cámara de Diputados. Que con fecha 22 de noviembre de 2010 se depositó, ante el Gobierno de la República del Ecuador, el Instrumento de Ratificación del referido Tratado. Que, de conformidad con el artículo 26 del señalado Tratado, éste entró en vigor internacional el 11 de marzo de 2011. Decreto: Artículo único: Promúlgase el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas, suscrito en Brasilia, República Federativa del Brasil, el 23 de mayo de 2008; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

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cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial. Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SE BASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Alfr edo Moreno Charme, Ministro de Relaciones Exteriores. Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Igna cio Larraín Arroyo, Embajador, Director General Adminis trativo. TRATADO CONSTITUTIVO DE LA UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS La República Argentina, la República de Bolivia, la República Federativa del Brasil, la República de Colombia, la República de Chile, la República del Ecuador, la República Co operativa de Guyana, la República del Paraguay, la República del Perú, la República de Suriname, la República Oriental del Uruguay y la República Bolivariana de Venezuela, PREÁMBULO Apoyadas en la historia compartida y solidaria de n uestras naciones, multiétnicas, plurilingües y multicultura les, que han luchado por la emancipación y la unidad suramer icana, honrando el pensamiento de quienes forjaron nuestra independencia y libertad a favor de esa unión y la construcción de un futuro común; Inspiradas en las Declaraciones de Cusco (8 de dici embre de 2004), Brasilia (30 de septiembre de 2005) y Cochab amba (9 de diciembre de 2006); Afirman su determinación de construir una identidad y ciudadanía suramericanas y desarrollar un espacio r egional integrado en lo político, económico, social, cultur al, ambiental, energético y de infraestructura, para co ntribuir al fortalecimiento de la unidad de América Latina y el Caribe; Convencidas de que la integración y la unión surame ricanas son necesarias para avanzar en el desarrollo sosten ible y el bienestar de nuestros pueblos, así como para contri buir a resolver los problemas que aún afectan a la región, como son la pobreza, la exclusión y la desigualdad social persistentes; Seguras de que la integración es un paso decisivo h acia el fortalecimiento del multilateralismo y la vigencia del derecho en las relaciones internacionales para logr ar un

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mundo multipolar, equilibrado y justo en el que pri me la igualdad soberana de los Estados y una cultura de p az en un mundo libre de armas nucleares y de destrucción mas iva; Ratifican que tanto la integración como la unión suramericanas se fundan en los principios rectores de: irrestricto respeto a la soberanía, integridad e inviolabilidad territorial de los Estados; autodete rminación de los pueblos; solidaridad; cooperación; paz; demo cracia; participación ciudadana y pluralismo; derechos huma nos universales, indivisibles e interdependientes; redu cción de las asimetrías y armonía con la naturaleza para un desarrollo sostenible; Entienden que la integración suramericana debe ser alcanzada a través de un proceso innovador, que incluya todos los logros y lo avanzado por los procesos de MERCOSUR y la CAN, así como la experiencia de Chile, Guyana y Suriname , yendo más allá de la convergencia de los mismos; Conscientes de que este proceso de construcción de la integración y la unión suramericanas es ambicioso e n sus objetivos estratégicos, que deberá ser flexible y g radual en su implementación, asegurando que cada Estado adqui era los compromisos según su realidad; Ratifican que la plena vigencia de las institucione s democráticas y el respeto irrestricto de los derech os humanos son condiciones esenciales para la construcción de un futuro común de paz y prosperidad económica y social y el desarrollo de los procesos de integración entre los Estados Mi embros; Acuerdan: Artículo 1 Constitución de UNASUR Los Estados Parte del presente Tratado deciden cons tituir la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) como una organización dotada de personalidad jurídica intern acional. Artículo 2 Objetivo La Unión de Naciones Suramericanas tiene corno obje tivo construir, de manera participativa y consensuada, u n espacio de integración y unión en lo cultural, social, econ ómico y político entre sus pueblos, otorgando prioridad al diálogo político, las políticas sociales, la educación, la energía, la infraestructura, el financiamiento y el medio am biente,

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entre otros, con miras a eliminar la desigualdad socioeconómica, lograr la inclusión social y la par ticipación ciudadana, fortalecer la democracia y reducir las a simetrías en el marco del fortalecimiento de la soberanía e independencia de los Estados. Artículo 3 Objetivos Específicos La Unión de Naciones Suramericanas tiene como objet ivos específicos: a) el fortalecimiento del diálogo político entre l os Estados Miembros que asegure un espacio de concerta ción para reforzar la integración. suramericana y la particip ación de UNASUR en el escenario internacional; b) el desarrollo social y humano con equidad e inc lusión para erradicar la pobreza y superar las desigualdad es en la región; c) la erradicación del analfabetismo, el acceso un iversal a una educación de calidad y el reconocimiento region al de estudios y títulos; d) la integración energética para el aprovechamien to integral, sostenible y solidario de los recursos de la región; e) el desarrollo de una infraestructura para la interconexión de la región y entre nuestros pueblos de acuerdo a criterios de desarrollo social y económic o sustentables; f) la integración financiera mediante la adopción de mecanismos compatibles con las políticas económicas y fiscales de los Estados Miembros; g) la protección de la biodiversidad, los recursos hídricos y los ecosistemas, así como la cooperación en la pr evención de las catástrofes y en la lucha contra las causas y los efectos del cambio climático; h) el desarrollo de mecanismos concretos y efectiv os para la superación de las asimetrías, logrando así una i ntegración equitativa; i) la consolidación de una identidad suramericana a través del reconocimiento progresivo de derechos a los nac ionales de un Estado Miembro residentes en cualquiera de los o tros Estados Miembros, con el fin de alcanzar una ciudad anía suramericana; j) el acceso universal a la seguridad social y a l os servicios de salud;

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k) la cooperación en materia de migración, con un enfoque integral, bajo el respeto irrestricto de los derech os humanos y laborales para la regularización migratoria y la armonización de políticas; l) la cooperación económica y comercial para logra r el avance y la consolidación de un proceso innovador, dinámico, transparente, equitativo y equilibrado, que contemp le un acceso efectivo, promoviendo el crecimiento y el de sarrollo económico que supere las asimetrías mediante la complementación de las economías de los países de A mérica del Sur, así como la promoción del bienestar de todos l os sectores de la población y la reducción de la pobre za; m) la integración industrial y productiva, con esp ecial atención en las pequeñas y medianas empresas, las cooperativas, las redes y otras formas de organizac ión productiva; n) la definición e implemenlación de políticas y p royectos comunes o complementarios de investigación, innovac ión, transferencia y producción tecnológica, con miras a incrementar la capacidad, la sustentabilidad y el d esarrollo científico y tecnológico propios; o) la promoción de la diversidad cultural y de las expresiones de la memoria y de los conocimientos y saberes de los pueblos de la región, para el fortalecimiento d e sus identidades; p) la participación ciudadana a través de mecanism os de interacción y diálogo entre UNASUR y los diversos a ctores sociales en la formulación de políticas de integrac ión suramericana; q) la coordinación entre los organismos especializ ados de los Estados Miembros, teniendo en cuenta las normas internacionales, para fortalecer la lucha contra el terrorismo, la corrupción, el problema mundial de l as drogas, la trata de personas, el tráfico de armas pequeñas y ligeras, el crimen organizado transnacional y otras amenazas , así como para el desarme, la no proliferación de armas nucle ares y de destrucción masiva, y el desminado; r) la promoción de la cooperación entre las autori dades judiciales de los Estados Miembros de UNASUR; s) el intercambio de información y de experiencias en materia de defensa; t) la cooperación para el fortalecimiento de la se guridad ciudadana, y

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u) la cooperación sectorial como un mecanismo de profundización de la integración suramericana, medi ante el intercambio de información, experiencias y capacita ción. Artículo 4 Órganos Los órganos de UNASUR son: 1. El Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobie rno; 2. El Consejo de Ministras y Ministros de Relacione s Exteriores; 3. El Consejo de Delegadas y Delegados; 4. La Secretaría General. Artículo 5 Desarrollo de la Institucionalidad Podrán convocarse y conformarse reuniones Ministeri ales Sectoriales, Consejos de nivel Ministerial, Grupos de Trabajo y otras instancias institucionales que se requieran , de naturaleza permanente o temporal, para dar cumplimi ento a los mandatos y recomendaciones de los órganos competent es. Estas instancias rendirán cuenta del desempeño de sus com etidos a través del Consejo de Delegadas y Delegados, que lo elevará al Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno o al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exte riores, según corresponda. Los acuerdos adoptados por las Reuniones Ministeria les Sectoriales, Consejos de nivel Ministerial, los Gru pos de Trabajo y otras instancias institucionales serán pr esentados a consideración del órgano competente que los ha cr eado o convocado. El Consejo Energético de Suramérica, creado en la D eclaración de Margarita (17 de abril de 2007), es parte de UNA SUR. Artículo 6 El Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno El Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno es el órgano máximo de UNASUR. Sus atribuciones son: a) establecer los lineamientos políticos, planes d e acción, programas y proyectos del proceso de integración su ramericana y decidir las prioridades para su implementación;

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b) convocar Reuniones Ministeriales Sectoriales y crear Consejos de nivel Ministerial; c) decidir sobre las propuestas presentadas por el Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores; d) adoptar los lineamientos políticos para las rel aciones con terceros. Las reuniones ordinarias del Consejo de Jefas y Jef es de Estado y de Gobierno tendrán una periodicidad anual . A petición de un Estado Miembro se podrá convocar a r euniones extraordinarias, a través de la Presidencia Pro Tem pore, con el consenso de todos los Estados Miembros de UNASUR . Artículo 7 La Presidencia Pro Tempore La Presidencia Pro Tempore de UNASUR será ejercida sucesivamente por cada uno de los Estados Miembros, en orden alfabético, por períodos anuales. Sus atribuciones son: a) preparar, convocar y presidir las reuniones de los órganos de UNASUR; b) presentar para su consideración al Consejo de M inistras y Ministros de Relaciones Exteriores y al Consejo d e Delegadas y Delegados el Programa anual de activida des de UNASUR, con fechas, sedes y agenda de las reuniones de sus órganos en coordinación con la Secretaría General; c) representar a UNASUR en eventos internacionales , previa delegación aprobada por los Estados Miembros; d) asumir compromisos y firmar declaraciones con t erceros, previo consentimiento de los órganos correspondient es de UNASUR. Artículo 8 El Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones E xteriores El Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones E xteriores tiene las siguientes atribuciones: a) adoptar resoluciones para implementar las Decis iones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno; b) proponer proyectos de decisiones y preparar las reuniones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno; c) coordinar posiciones en temas centrales de la in tegración suramericana;

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d) desarrollar y promover el diálogo político y la concertación sobre temas de interés regional e inte rnacional; e) realizar el seguimiento y evaluación del proces o de integración en su conjunto; f) aprobar el Programa anual de actividades y el presupuesto anual de funcionamiento de UNASUR; g) aprobar el financiamiento de las iniciativas co munes de UNASUR; h) implementar los lineamientos políticos en las r elaciones con terceros; i) aprobar resoluciones y reglamentos de carácter institucional o sobre otros temas que sean de su co mpetencia; j) crear Grupos de Trabajo en el marco de las prio ridades fijadas por el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno. Las reuniones ordinarias del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores tendrán una periodicidad s emestral, pudiendo convocar la Presidencia Pro Tempore a reun iones extraordinarias a petición de la mitad de los Estad os Miembros. Artículo 9 El Consejo de Delegadas y Delegados El Consejo de Delegadas y Delegados tiene las sigui entes atribuciones: a) implementar mediante la adopción de las Disposi ciones pertinentes, las Decisiones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, y las resoluciones del Consej o de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, con el apoyo de la Presidencia Pro Tempore y la Secretaría Gener al; b) preparar las reuniones del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores; c) elaborar proyectos de decisiones, resoluciones y reglamentos para la consideración del Consejo de Mi nistras y Ministros de Relaciones Exteriores; d) compatibilizar y coordinar las iniciativas de U NASUR con otros procesos de integración regional y subregiona l vigentes, con la finalidad de promover la complemen tariedad de esfuerzos; e) conformar, coordinar y dar seguimiento a los Gr upos de Trabajo; f) dar seguimiento al diálogo político y a la conc ertación sobre temas de interés regional e internacional;

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g) promover los espacios de diálogo que favorezcan la participación ciudadana en el proceso de integració n suramericana; h) proponer al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores el proyecto de presupuesto or dinario anual de funcionamiento para su consideración y apr obación. El Consejo de Delegadas y Delegados está conformado por una o un representante acreditado por cada Estado Miembro . Se reúne con una periodicidad preferentemente bimestral, en el territorio del Estado que ejerce la Presidencia Pro Tempore u otro lugar que se acuerde. Artículo 10 La Secretaría General La Secretaría General es el órgano que, bajo la con ducción del Secretario General, ejecuta los mandatos que le confieren los órganos de UNASUR y ejerce su representación po r delegación expresa de los mismos. Tiene su sede en Quito, Ecuador. Sus atribuciones son: a) apoyar al Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, al Consejo de Ministras y Ministros de Re laciones Exteriores, al Consejo de Delegadas y Delegados y a la Presidencia Pro Tempore, en el cumplimiento de sus funciones; b) proponer iniciativas y efectuar el seguimiento a las directrices de los órganos de UNASUR; c) participar con derecho a voz y ejercer la funci ón de secretaría en las reuniones de los órganos de UNASU R; d) preparar y presentar la Memoria Anual y los inf ormes respectivos a los órganos correspondientes de UNASU R; e) servir como depositaria de los acuerdos en el á mbito de UNASUR y disponer su publicación correspondiente, f) preparar el proyecto de presupuesto anual para la consideración del Consejo de Delegadas y Delegados y adoptar las medidas necesarias para su buena gestión y ejec ución; g) preparar los proyectos de Reglamento para el funcionamiento de la Secretaría General, y someterl os a la consideración y aprobación de los órganos correspon dientes; h) coordinar con otras entidades de integración y cooperación de América Latina y el Caribe para el d esarrollo de las actividades que le encomienden los órganos d e UNASUR; i) celebrar, de acuerdo con los reglamentos, todos los actos jurídicos necesarios para la buena administra ción y gestión de la Secretaría General.

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El Secretario General será designado por el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno a propuesta del Con sejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, por un período de dos años, renovable por una sola vez. El Secretario General no podrá ser sucedido por una pe rsona de la misma nacionalidad. Durante el ejercicio de sus funciones, el Secretari o General y los funcionarios de la Secretaría tendrán dedicac ión exclusiva, no solicitarán ni recibirán instruccione s de ningún Gobierno, ni entidad ajena a UNASUR, y se ab stendrán de actuar en forma incompatible con su condición de funcionarios internacionales responsables únicament e ante esta organización internacional. El Secretario General ejerce la representación lega l de la Secretaría General. En la selección de los funcionarios de la Secretarí a General se garantizará una representación equitativa entre los Estados Miembros, tomando en cuenta, en lo posible, criterios de género, idiomas, étnicos y otros. Artículo 11 Fuentes Jurídicas Las fuentes jurídicas de UNASUR son las siguientes: 1. El Tratado Constitutivo de UNASUR y los demás in strumentos adicionales; 2. Los acuerdos que celebren los Estados Miembros d e UNASUR sobre la base de los instrumentos mencionados en el punto precedente; 3. Las decisiones del Consejo de Jefas y Jefes de E stado y de Gobierno; 4. Las resoluciones del Consejo de Ministras y Mini stros de Relaciones Exteriores; y 5. Las disposiciones del Consejo de Delegadas y Del egados. Artículo 12 Aprobación de la Normativa Toda la normativa de UNASUR se adoptará por consens o. Las decisiones del Consejo de Jefas y Jefes de Esta do y de Gobierno, las resoluciones del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores y las disposicio nes del Consejo de Delegadas y Delegados, se podrán acordar estando presentes al menos tres cuartos (3/4) de los Estado s Miembros.

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Las decisiones del Consejo de Jefas y Jefes de Esta do y de Gobierno, las resoluciones del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, que se acuerden sin la presencia de todos los Estados Miembros deberán ser consultadas por el Secretario General a los Estados Miembros ausentes, los que deberán pronunciarse en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, luego de haber recibi do el documento en el idioma correspondiente. En el caso del Consejo de Delegadas y Delegados, dicho plazo será de quince (15) días. Los Grupos de Trabajo podrán sesionar y realizar pr opuestas siempre que el quórum de las reuniones sea de mitad más uno de los Estados Miembros. Los actos normativos emanados de los órganos de UNA SUR, serán obligatorios para los Estados Miembros una vez que hayan sido incorporados en el ordenamiento jurídico de cada un o de ellos, de acuerdo a sus respectivos procedimientos internos. Artículo 13 Adopción de Políticas y Creación de Instituciones, Organizaciones y Programas Uno o más Estados Miembros podrán someter a conside ración del Consejo de Delegadas y Delegados una propuesta de a dopción de políticas, creación de instituciones, organizacione s o programas comunes para ser adoptados de manera cons ensuada, sobre la base de criterios flexibles y graduales de implementación según los objetivos de UNASUR y lo d ispuesto en los Artículos 5 y 12 del presente Tratado. En el caso de programas, instituciones u organizaci ones en que participen Estados Miembros con anterioridad a la vigencia de este Tratado podrán ser considerados co mo programas, instituciones u organizaciones de UNASUR de acuerdo a los procedimientos señalados en este artí culo y en consonancia con los objetivos de este Tratado. Las propuestas se presentarán al Consejo de Delegad as y Delegados. Una vez aprobadas por consenso se remiti rán al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exte riores y, subsecuentemente, al Consejo de Jefas y Jefes de Es tado y de Gobierno, para su aprobación por consenso. Cuando u na propuesta no sea objeto de consenso, la misma sólo podrá ser sometida nuevamente al Consejo de Delegadas y Deleg ados seis meses después de su última inclusión en agenda. Aprobada una propuesta por la instancia máxima de U NASUR, tres o más Estados Miembros podrán iniciar su desar rollo,

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siempre y cuando se asegure, tanto la posibilidad d e incorporación de otros Estados Miembros, como la in formación periódica de su avance al Consejo de Delegadas y De legados. Cualquier Estado Miembro podrá eximirse de aplicar total o parcialmente una política aprobada, sea por tiempo definido o indefinido; sin que ello impida su posterior incorp oración total o parcial a la misma. En el caso de las insti tuciones, organizaciones o programas que se creen, cualquiera de los Estados Miembros podrá participar como observador o eximirse total o parcialmente de participar por tiempo defin ido o indefinido. La adopción de políticas y creación de institucione s, organizaciones y programas será reglamentada por el Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, a propuesta del Consejo de Delegadas y Delegados. Artículo 14 Diálogo Político La concertación política entre los Estados Miembros de UNASUR será factor de armonía y respeto mutuo que afiance la estabilidad regional y sustente la preservación de los valores democráticos y la promoción de los derechos humanos. Los Estados Miembros reforzaron la práctica de cons trucción de consensos en lo que se refiere a los temas centr ales de la agenda internacional y promoverán iniciativas que a firmen la identidad de la región como un factor dinámico en l as relaciones internacionales. Artículo 15 Relaciones con Terceros UNASUR promoverá iniciativas de diálogo sobre temas de interés regional o internacional y buscará consolid ar mecanismos de cooperación con otros grupos regional es, Estados y otras entidades con personalidad jurídica internacional, priorizando proyectos en las áreas d e energía, financiamiento, infraestructura, políticas sociales , educación y otras a definirse. El Consejo de Delegadas y Delegados es el responsab le de hacer seguimiento a las actividades de implementaci ón con el apoyo de la Presidencia Pro Tempore y de la Secreta ría General. Con el propósito de contar con una adecuad a coordinación, el Consejo de Delegadas y Delegados d eberá

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conocer y considerar expresamente las posiciones qu e sustentará UNASUR en su relacionamiento con tercero s. Artículo 16 Financiamiento El Consejo de Delegadas y Delegados propondrá para su consideración y aprobación al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores el Proyecto de P resupuesto ordinario anual de funcionamiento de la Secretaría General. El financiamiento del presupuesto ordinario de func ionamiento de la Secretaría General se realizará en base a cuo tas diferenciadas de los Estados Miembros a ser determi nadas por resolución del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, a propuesta del Consejo de Delegadas y Delegados, tomando en cuenta la capacidad económica de los Est ados Miembros, la responsabilidad común y el principio d e equidad. Artículo 17 Parlamento La conformación de un Parlamento Suramericano con s ede en la ciudad de Cochabamba, Bolivia, será materia de un P rotocolo Adicional al presente Tratado. Artículo 18 Participación Ciudadana Se promoverá la participación plena de la ciudadaní a en el proceso de la integración y la unión suramericanas, a través del diálogo y la interacción amplia, democrática, transparente, pluralista, diversa e independiente c on los diversos actores sociales, estableciendo canales ef ectivos de información, consulta y seguimiento en las diferent es instancias de UNASUR. Los Estados Miembros y los órganos de UNASUR genera rán mecanismos y espacios innovadores que incentiven la discusión de los diferentes temas garantizando que las propue stas que hayan sido presentadas por la ciudadanía reciban un a adecuada consideración y respuesta. Artículo 19 Estados Asociados

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Los demás Estados de América Latina y el Caribe que soliciten su participación como Estados Asociados de UNASUR, podrán ser admitidos con la aprobación del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno. Los derechos y obligaciones de los Estados Asociado s serán objeto de reglamentación por parte del Consejo de M inistras y Ministros de Relaciones Exteriores. Artículo 20 Adhesión de Nuevos Miembros A partir del quinto año de la entrada en vigor del presente Tratado y teniendo en cuenta el propósito de fortal ecer la unidad de América Latina y el Caribe, el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno podrá examinar solici tudes de adhesión como Estados Miembros por parte de Estados Asociados, que tengan este status por cuatro (4) añ os, mediante recomendación por consenso del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores. Los respectiv os Protocolos de Adhesión entrarán en vigor a los 30 d ías de la fecha en que se complete su proceso de ratificación por todos los Estados Miembros y el Estado Adherente. Artículo 21 Solución de Diferencias Las diferencias que pudieren surgir entre Estados P artes respecto a la interpretación o aplicación de las disposiciones del presente Tratado Constitutivo ser án resueltas mediante negociaciones directas. En caso de no lograr una solución mediante la negoc iación directa, dichos Estados Miembros someterán la difer encia a consideración del Consejo de Delegadas y Delegados, el cual, dentro de los 60 días de su recepción, formulará la s recomendaciones pertinentes para la solución de la misma. En caso de no alcanzarse una solución, ésta instanc ia elevará la diferencia al Consejo de Ministras y Ministros d e Relaciones Exteriores, para su consideración en su próxima reunión. Artículo 22 Inmunidades y Privilegios

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UNASUR gozará, en el territorio de cada uno de los Estados Miembros, de los privilegios e inmunidades necesari os para la realización de sus propósitos. Los representantes de los Estados Miembros de UNASU R y los funcionarios internacionales de ésta, gozarán asimi smo de los privilegios e inmunidades necesarios para desempeña r con independencia sus funciones, en relación con este T ratado. UNASUR celebrará con la República del Ecuador el correspondiente Acuerdo de Sede, que establecerá lo s privilegios e inmunidades específicos. Artículo 23 Idiomas Los idiomas oficiales de la Unión de Naciones Suram ericanas serán el castellano, el inglés, el portugués y el n eerlandés. Artículo 24 Duración y Denuncia El presente Tratado Constitutivo tendrá una duració n indefinida. Podrá ser denunciado por cualquiera de los Estados Miembros mediante notificación escrita al Depositario, que comunicará dicha denuncia a los de más Estados Miembros. La denuncia surtirá efectos una vez transcurrido el plazo de seis (6) meses desde la fecha en que la notificació n haya sido recibida por el Depositario. La notificación de denuncia no eximirá al Estado Mi embro de la obligación de pago de las contribuciones ordinar ias que tuviere pendientes. Artículo 25 Enmiendas Cualquier Estado Miembro podrá proponer enmiendas a l presente Tratado Constitutivo. Las propuestas de enmienda se rán comunicadas a la Secretaría General que las notific ará a los Estados Miembros para su consideración por los órga nos de UNASUR. Las enmiendas aprobadas por el Consejo de Jefas y J efes de Estado y de Gobierno, seguirán el procedimiento est ablecido en el Artículo 26, para su posterior entrada en vig encia.

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Artículo 26 Entrada en Vigor El presente Tratado Constitutivo de la Unión de Nac iones Suramericanas entrará en vigor treinta días después de la fecha de recepción del noveno (9º) instrumento de ratificación. Los instrumentos de ratificación serán depositados ante el Gobierno de la República del Ecuador, que comunicar á la fecha de depósito a los demás Estados Miembros, así como la fecha de entrada en vigor del presente Tratado Constituti vo, Para el Estado Miembro que ratifique el Tratado Con stitutivo luego de haber sido depositado el noveno instrument o de ratificación, el mismo entrará en vigor treinta día s después de la fecha en que tal Estado Miembro haya deposita do su instrumento de ratificación. Artículo 27 Registro El presente Tratado Constitutivo y sus enmiendas se rán registrados ante la Secretaría de la Organización d e Naciones Unidas. Artículo Transitorio Las Partes acuerdan designar una Comisión Especial, que será coordinada por el Consejo de Delegadas y Delegados y estará integrada por representantes de los Parlamentos Nac ionales, Subregionales y Regionales con el objetivo de elabo rar un Proyecto de Protocolo Adicional que será considerad o en la IV Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno. Es ta Comisión sesionará en la ciudad de Cochabamba. Dich o Protocolo Adicional establecerá la composición, atr ibuciones y funcionamiento del Parlamento Suramericano. Suscrito en la Ciudad de Brasilia, República Federa tiva del Brasil, a los veintitrés días del mes de mayo del a ño dos mil ocho, en originales en los idiomas portugués, caste llano, inglés y neerlandés, siendo los cuatro textos igual mente auténticos. Por la República Argentina.- Por la República de Bo livia.- Por la República Federativa del Brasil.- Por la Rep ública de Colombia.- Por la República de Chile.- Por la Repúb lica del Ecuador.- Por la República Cooperativa de Guyana.- Por la República del Paraguay.- Por la República del Perú. - Por la

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República de Suriname.-Por la República Oriental de l Uruguay.- Por la República Bolivariana de Venezuela . Ministerio Secretaría General de Gobierno