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    GUIA DEATENCIN

    PARAPERSONAL

    POLICIAL

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    GUA DE ATENCIN PARAPERSONAL POLICIAL

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    GUA DE ATENCIN PARA PERSONAL POLICIAL

    Moimiento Manuela RamosJuan Pablo Fernandini 1550, Pueblo Libre, Lima 21, PerTelfono (51 1 ) 423 [email protected]

    Revisin: Swamy De Len ContrerasPatricia Zanabria CastilloResponsable de Programa: Gina Yez De La Borda

    Impresin 1000 ejemplaresLima, Diciembre 2011

    Publicacin realizada en el marco del Convenio Por elejercicio de los derechos sexuales y reproductivos y una vidalibre de violencia en Bolivia, Ecuador y Per con el apoyo deSolidaridad Internacional, financiado por la Agencia Espaolade Cooperacin Internacional para el Desarrollo (AECID).

    GUA DEATENCIN

    PARAPERSONALPOLICIAL

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    poltico, jurdico, educacional, cultural yadministrativo que, por un lado, promuevan laproteccin de los derechos humanos; y por elotro, aseguren que su vulneracin sea sancionada,al igual que se genere la obligacin de indemnizar

    a las vctimas por las consecuencias perjudicialesen sus vidas.

    El Estado debe articular de manera integral lascapacidades de sus poderes, de los diferentesniveles de gobierno y contar con la participacinde las distintas instituciones y actores de lasociedad. Por ello, tras la creacin del Ministeriode Desarrollo e Inclusin Social, el Ministerio dela Mujer debe potenciar su rol y ser el rganorector, articulador y conductor de las polticas,planes, programas y proyectos de inversin dondese garantice una vida libre de violencia para lasmujeres, a la par que promover polticas pblicasde igualdad de gnero, as como transversalizarel enfoque de gnero en todas las instancias del

    Estado.Las Manuelas

    Diciemre 2011

    1 ORGANIZACIN DE LOS ESTADOS AMERICANOS. Acceso a la justicia para las vctimas de violencia en las Amricas CIDH: Washington D.C. 2007

    Desde Manuela Ramos estamos convencidasque no se podr erradicar la violencia contralas mujeres si en los ms altos niveles no existela voluntad poltica y el compromiso necesariopara que esa tarea tenga carcter prioritario en

    los espacios nacional, regional y local.Esperamos con esta Gua de Atencin de calidadseguir contribuyendo en la construccin de, unasociedad libre de machismo y violencia, tarea quenos compete a todas y todos.

    La violencia contra las mujeres es una violacin delos derechos humanos y es uno de los principalesobstculos para lograr la igualdad de gnero, laque sin su erradicacin no ser posible alcanzar.

    La violencia fsica, sexual y psicolgica, as comola explotacin, el abuso de carcter econmicoson las manifestaciones ms recurrentes de la

    violencia que se ejer ce contra las mujeres, tantoen el mbito privado como pblico.

    Tal como lo ha precisado la ComisinInteramericana de Derechos Humanos1, el deberde los Estados para prevenir la vulneracin dederechos abarca todas las medidas de carcter

    PRESENTACINLa violencia de gnero en el Per persiste en

    la cotidianidad de la vida de miles de mujeres,no obstante los importantes avances y logros

    normativos para reconocerla y enfrentarla.5

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    2. M Luisa Montero Garca-Celay y Mariano Nieto Navarro ElPatriarcado: una estructura Invisible. Julio, 2002

    MARCO TERICO yCONCEPTUAL SObRE LAvIOLENCIA DE GNERO

    PATRIARCADO:El patriarcado es toda la estructura socialen la diversos factores se entrelazan y refuerzanmutuamente para hacer posibles las actitudes yconductas machistas: categoras conceptuales,esquemas de percepcin, universo simblico,leyes, costumbres, instituciones, organizacineconmica, educacin, publicidad, etc.

    El patriarcado aparece asta en los detallesms nimios de nuestra ida diaria. En laestructura o sistema patriarcal, se asigna a lamujer un determinado estereotipo, papel social orol subordinado al varn, que condiciona la vida

    entera de las mujeres, del que les es muy difcilescapar y que es profundamente discriminatorio2

    Para abordar el problemade violencia contra lasmujeres es necesarioentenderla desde un

    enfoque de gneroy de derechoshumanos. Para

    ello revisaremosalgunos conceptos

    que nos sern deutilidad:

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    vIOLENCIA DEGNERO:La violencia de gnero se definecomo:

    Todo acto de violencia basado en la pertenenciaal sexo femenino, que causa o es susceptible decausar a las mujeres dao o sufrimiento fsico,psicolgico o sexual, incluidas las amenazas de

    tales actos y la coaccin o la privacin arbitrariade la libertad, tanto si se producen en la vidapblica como en la privada3

    La definicin anterior nos da el concepto deviolencia de gnero y la identifica como unatentado contra la integridad, la dignidad y lalibertad de las mujeres.

    No hace mucho que la violencia de gnerose mantena como un problema privado.

    Actualmente se reconoce que la violencia contralas mujeres es un acto inaceptable y que debe serdenunciado.

    La violencia de gnero es producto de lasrelaciones asimtricas de poder entre hombres

    y mujeres, la violencia de gnero se da encualquier estatus socioeconmico y se manifiestadentro del la estructura patriarcal familiar, pautasculturales, estructura social en la divisin sexual

    del trabajo y roles sociales todo basado en lasuperioridad del sexo masculino.

    La relacin de desigualdad de poder, entre

    mujeres y hombres, genera situacionesde violencia dentro y fuera del hogar. Ladiscriminacin de la mujer y la violencia de gnero,es la manifestacin ms brutal de desigualdades,es un problema que traspasa fronteras y que enla actualidad se hace presente en la mayor partede los pases del mundo.

    Producto de la aceptacin deroles de gnero de desigual

    valor social en funcin del sexo,configurando un sistema dedominacin - sometimiento.4 Gua para la Atencin a Mujeres Vctimas de Violencia de

    Gnero Instituto Canario de la Mujer. Dic. 2009

    vIOLENCIA DEGNERO4

    No es un fin en s mismasino un instrumento dedominacin control queconstituye un hecho social.

    Las causas de la violenciade gnero estn vinculadasal SISTEMA DE PODERPATRIARCAL y derivan de ladesigualdad de gnero Afecta alas mujeres por el simple hechode serlo.

    Las relaciones de poderhistricamente desiguales entrelos sexos, han conducido a ladominacin masculina y a ladiscriminacin de las mujeres,impidiendo a stas su plenodesarrollo y su autonoma yseguridad.

    3Art.1 de la Declaracin sobre la Eliminacin de la Violenciacontra la Mujer.Naciones Unidas, Conferencia de Viena, 1993.

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    TRATA DE MUjERESCdigo Penal Peruano (artculo 182)reconoce el delito de trata de personassancionando a la persona que promueveo facilita la captacin para la salida o entradadel pas o el traslado dentro del territorio dela Repblica de una persona para que ejerzala prostitucin, someterla a esclavitud sexual,pornografa u otras formas de explotacinsexual.

    vIOLACIN DE LOSDEREChOS SExUALES

    y REPRODUCTIvOS DELAS MUjERESCualquier tipo de actuacin que impida orestrinja el libre ejercicio por las mujeres de suderecho a la salud reproductiva y, por tanto,que afecte a su libertad para disfrutar de una

    vida sexual satisfactoria y sin riesgos para lasalud, as como a su libertad para decidir o nola procreacin y para acceder o no a serviciosde atencin a la salud sexual y rep roductiva y alos anticonceptivos.

    hOSTIGAMIENTOSExUALSegn la Ley N 27942 de Prevencin y Sancindel Hostigamiento Sexual, ste se refiera a: laconducta fsica o verbal reiterada de naturalezasexual no deseada y/o rechazada, realizada poruna persona o ms personas que se aprovechande una condicin de autoridad o jerarqua ocualquier otra situacin ventajosa, en contra deuna u otras, quienes rechazan estas conductaspor considerar que afectan su dignidad ascomo sus derechos fundamentales

    FEMINICIDIO:Cdigo Penal peruano (articulo 107) El que asabiendas mata a su ascendiente, descendiente,natural o adoptivo, o a quien es o ha sidosu cnyuge, su conviviente, o quien estsosteniendo o haya sostenido una relacinanloga ser reprimido con pena privativa delibertad no menor de quince aos.

    La pena privativa de libertad ser no menor de

    veinticinco aos, cuando concurran cualquierade las circunstancias agravantes previstas en losnumerales 1, 2, 3 y 4 del artculo 108.

    vIOLENCIA FSICA:Pellizcos / Bofetadas / Apretones / Tirones,sacudidas, empujones/ Puetazos y patadas/

    Arrojar objetos contra el cuerpo / Golpes endiferentes partes del cuerpo / Quemaduras

    / Fracturas / Arrastrar jalandola del cabello /Agresiones fsicas.

    vIOLENCIA SExUAL:Crticar el comportamiento sexual de lamujer / No tomar en consideracin lossentimientos y necesidades sexuales de lamujer / Realizar tocamientos no gratos /Forzar a tener relaciones sexuales a la mujer/Infringir dolor durante el acto sexual.

    vIOLENCIAPSICOLGICA:Toda accion u omisin cuyo propositosea degradar o controlar acciones,comportamientos, creencias y decisiones queimplique un perjuicio en la salud piscolgica,el desarrollo integral o su autodeterminacin.Insultos verbales, gestuales constantes / Noreconocer aciertos / Ridiculizar / Manipular,

    explotar, gritar / Comparar / Distanciaafectiva / Culpabilizar / Amenazas / Crearclima de miedo / Mentiras, contradicciones,promesas o esperanzas falsas / Celos.

    TIPOS DEvIOLENCIADE GNEROToda accin u omisin cuyopropsito sea degradar o controlar

    acciones, comportamientos,creencias y decisiones, queimplique un perjuicio en la saludpsicolgica, el desarrollo integralo su autodeterminacin. Todaaccin u omisin que produce undao o menoscabo a la integridadcorporal.

    Toda conducta que entraeamenaza o intimidacinque afecte la integridad o la

    autodeterminacin sexual. Sebasa en las relaciones desigualesde poder entre los hombres y lasmujeres.

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    EFECTOSDE LA

    vIOLENCIA:

    TEMOR:Sentir miedo al actuar

    INSEGURIDAD:imposibilidad de tomardecisiones por s misma

    bAjA AUTOESTIMA:sentir que vale poco, pierde elamor y respeto por s misma

    DEPRESIN:sentir profunda tristezay prdida de sentido dela vida

    CULPA:considerar que loshechos de violenciason su responsabilidad

    vERGENzA:calla y guarda silenciosobre la situacin queatraviesa

    AISLAMIENTO:no poder comunicarsecon los dems

    DEPENDENCIA:sus decisiones vana depender de laaprobacin delagresor

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    A menudo, slo conel paso del tiempo, seconstata que la escalada yel ciclo de violencia puedeconducirla a la muerte.

    Es importante que lamujer sea consciente de lapeligrosidad y de la necesidadde protegerse a s misma ascomo de la dificultad paracorregir, controlar o cambiar lasconductas del agresor.

    LA ESCALA DE LAvIOLENCIA

    Es de ital importancia ueel personal policial rinde

    una adecuada orientacin atencin a la muer.

    La escalada de la violenciase define como un proceso

    paulatino y ascendente de etapasen las que la intensidady la frecuencia de las

    agresiones se vaincrementando a

    medida que pasa eltiempo.

    Se trata de conductas restrictivas y controladoras,que van minando la autonoma de la mujer, a la

    vez que la sitan en condiciones de dependencia yaislamiento. Un ejemplo son los celos, la vigilancia,la censura sobre la ropa, amistades o actividades,el control de los horarios, las salidas fuera dela casa, etc. Habitualmente estas conductas,que suelen ser la antesala del maltrato fsico,no se perciben por parte de las mujeres comoagresivas, sino como manifestaciones del carcterde la pareja o de rasgos masculinos por excelencia(rol dominante y protector a un tiempo), que sehan interiorizado como normales a travs de losprocesos de socializacin en la familia, la escuelao la calle, por lo que su importancia suele serminimizada y son admitidas tcitamente, lo que

    genera a las mujeres situaciones de indefensinaprendida y vulnerabilidad.

    El aumento progresivo de la violencia, hastallegar a las agresiones fsicas e incluso a la muerte(feminicidio), puede extenderse a lo largo de unprolongado periodo de tiempo, durante el cual seincrementa la prdida de referencias, autoestima,seguridad personal, de manera que es difcil parala mujer vctima percibir y entender el significado

    y la trascendencia del proceso en el que estinmersa, as como el riesgo que corre.

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    CICLO DE LAvIOLENCIA

    Es importante conocer ycomprender el ciclo de violenciapara saber como detenerlo y/o

    prevenirloACUMULACIN DE

    TENSIN

    INCIDENTE AGUDO OExPLOSIN

    Con burlas sobre lo que se habla o hace,hay gritos y amenazas bajo el argumento

    que todo lo que hace, lo hace mal.

    Pese a que la mujer hace cosas para evitarel enojo de su pareja, llega el momento dela agresin fsica.

    ARREPENTIMIENTO OLUNA DE MIELDespus de la agresin la pareja pideperdn, promete que no va a volver aactuar. La mujer cree que la pareja va acambiar y vuelve a confiar.

    RECUERDA:Cada vez que se cierra un ciclo de violencia lamujer pierde confianza en s misma y se sienteindefensa. Por esto es necesario que reciba elapoyo y la atencin inmediata.

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    Estn recogidos en varios documentosinternacionales que han sido

    ratificados por casi todos los pases;deben ser respetados y garantizados

    por los Estados.

    Se aplican en todas partes y a todaslas personas sin distincin de su raza,

    sexo, credo, orientacin sexual,idioma o cualquier otra condicin.

    Los Derechos Humanos

    son universales, indivisibles,interdependientes e inalienables. Estnreconocidos expresamente en nuestroordenamiento legal en la Constitucin

    Poltica del Per

    La violencia contra lasmujeres es un obstculopara lograr los objetivos deigualdad, desarrollo y paz.

    DEREChOS hUMANOS

    Los derechos humanosson aquellos derechos que

    tienen todas las personaspor el solo hecho de serlo.

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    MbITOINTERNACIONALLa Declaracin Universal

    de los DerechosHumanos proclama quetodos los seres humanos

    nacen libres e iguales en

    dignidad y derechos.

    MARCO NORMATIvOLa Organizacin de Naciones Unidas, en la IVConferencia Mundial sobre la Mujer, (Beijing1995) la Declaracin de Beijing y Plataformapara la Accin. Esta ltima se centr en docereas de especial inters, que representan losprincipales obstculos que entorpecen el avance

    de la mujer, entre ellos, la violencia de gnero.La Convencin para la eliminacin de todas lasformas de discriminacin contra las mujeres(CEDAW), adoptada en 1.979 por la AsambleaGeneral de las Naciones Unidas es consideradacomo una declaracin internacional de losderechos de las mujeres.Compuesta por unprembulo y 30 artculos, define lo que constituyela discriminacin contra las mujeres y estableceuna agenda para que las administracionesnacionales terminen con dicha discriminacin.

    La CONVENCIN INTERAMERICANA PARAPREVENIR SANCIONAR Y ERRADICAR LA

    VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Adoptadaen Belm do Par, Brasil, el 9 de junio de 1994,define la violencia contra la mujer como cualquieraccin o conducta, basada en su gnero, quecause muerte, dao o sufrimiento fsico, sexual opsicolgico a la mujer, tanto en el mbito pblicocomo en el privado.

    Todos los sereshumanos nacenlibres e igualesen dignidad yderechos

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    LEy DEPROTECCINFRENTE A LAvIOLENCLAFAMILIARTTULO PRIMERO

    DISPOSICIONESGENERALES

    POLTICA y ACCIONES DELESTADO

    Artculo 3.- Es poltica permanente del Estadola lucha contra toda forma de violencia familiar,debiendo desarrollarse con este propsito lassiguientes acciones:

    a) Fortalecer en todos los niveles educativos,la enseanza de valores ticos, el irrestrictorespeto a la dignidad de la persona humana

    y de los derechos de la mujer, del nio yadolescente y de la familia, de conformidadcon la Constitucin Poltica del Estado y losInstrumentos Internacionales ratificadospor el Per.

    b) Emprender campaas de difusin, conel propsito de sensibilizar a la sociedadsobre la problemtica social antes sealada,difundir los alcances de la presente Ley ycondenar los actos de violencia familiar.

    c) Promover el estudio e investigacin sobrelas causas de violencia familiar y medidas aadoptarse para su correccin;

    d) Establecer procesos legales eficaces para las

    vctimas de violencia familiar, caracterizadospor el mnimo de formalismo y la tendencia abrindar medidas cautelares y resarcimientopor los daos y perjuicios causados, ascomo para facilitar la atencin gratuita enlas reconocimientos mdicos requeridospor la Polica, Ministerio Pblico o Poder

    Judicial.

    e) Promover la participacin activa deorganizaciones, entidades pblicas o privadasdedicadas a la proteccin de menores,mujeres y en general a los asuntos familiares,para el desarrollo de labores preventivas yde control sobre la ejecucin de medidascautelares, de apoyo y tratamiento de

    vctimas de violencia y agresores.

    f) Reforzar las actuales delegaciones policialescon unidades especializadas dotndolas de

    personal capacitado en la atencin de loscasos de violencia familiar.

    La Polica Nacional garantizar que, laformacin policial incluya en la currcula y enel ejercicio de la carrera, capacitacin integralsobre la violencia familiar y su adecuadaatencin.

    g) Promover el establecimiento de hogarestemporales de refugio para vctimasde violencia y la creacin y desarrollode instituciones para el tratamiento deagresores, a nivel municipal.

    h) Capacitar al personal policial, fiscales, jueces,mdicos legistas, agentes de salud, agentes

    de educacin y personal de las DefensorasMunicipales, para que asuman un rol eficazen la lucha contra la violencia familiar.

    Las acciones dispuestas en el presenteartculo sern coordinadas por el Ministeriode Promocin de la Mujer y del DesarrolloHumano.

    ALCANCE DE LA LEyArtculo 1.- Por la presente Ley, se establecela poltica del Estado y de la sociedad frente ala violencia familiar, as como las medidas de

    proteccin que correspondan.

    DEFINICIN DE vIOLENCIAFAMILIAR

    Artculo 2.- A los efectos de la p resente Ley,se entender por violencia familiar cualquieraccin u omisin que cause dao fsico opsicolgico, maltrato sin lesin, inclusive laamenaza o coaccin graves, que se produzcanentre:

    a. Cnyuges;

    b. Convivientes;

    c. Ascendientes;

    d. Descendientes;e. Parientes colaterales hasta el cuarto grado

    de consanguinidad y segundo de afinidad; o,

    f. Quienes habitan en el mismo hogar, siempreque no medien relaciones contractuales olaborales.

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    COMPETENCIA

    DE LOS FORMULARIOS TIPOy DE LA CAPACITACINPOLICIAL

    Artculo 5.- Para tal efecto, el Ministerio delInterior expedir formularios tipo, para facilitarlas denuncias y asimismo, cartillas informativasde difusin masiva. Asimismo dispondr lacapacitacin de personal especializado enla Polica Nacional, para la atencin en lodispuesto en esta Ley.

    DE LA INvESTIGACINPOLICIALArtculo 6.- La investigacin policial se sigue

    de oficio, independientemente del impulso deldenunciante y concluye con un parte o atestadoque contiene los resultados de la investigacin.Durante la misma, pueden solicitarse losinformes necesarios para el esclarecimiento delos hechos. La Polica Nacional, a solicitud dela vctima brindar las garantas necesarias enresguardo de su integridad.

    LEy DEPROTECCINFRENTE A LAvIOLENCIAFAMILIARTTULO SEGUNDO

    CAPTULO PRIMERO

    DE LA INTERVENCIN DE

    LA POLICA NACIONALDE LA DENUNCIA POLICIAL

    Artculo 4.- La Polica Nacional en todaslas delegaciones policiales, recibir lasdenuncias por violencia familiar y realizar lasinvestigaciones preliminares correspondientes.

    Las denuncias podrn ser presentadas en formaverbal o escrita.

    DE LAS ATRIbUCIONESESPECFICAS DE LA POLICA

    Artculo 7.- En caso de flagrante delito o de

    muy grave peligro de su perp etracin, la PolicaNacional est facultada para allanar el domiciliodel agresor. Podr detener a ste en caso deflagrante delito y realizar la investigacin en unplazo mximo de 24 horas, poniendo el atestadoen conocimiento de la fiscala provincial penalque corresponda.

    De igual manera, podr conducir de grado ofuerza al denunciado renuente a concurrir a ladelegacin policial.

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    CALIDAD DE ATENCINSEGN EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS POLICIALES OPERATIvOS EN LA INTERvENCION DE LA FAMILIA:R.D. N 174-2006-DGPNP/EMG-PNP

    Recibir informacin ydeterminar si es de contenidocivil (alimentos, asistenciamdica), en cuyo caso se les

    orientar sobre el lugar dondedeben recurrir, o si correspondela intervencin; esta debe serregistrada y atendida.

    Si la persona denunciante esttranquila y puede aportar lainformacin necesaria, conconocimiento del Comisario

    y Jefe del Departamento deIntervencin Policial, sernconducidos al Departamentode Familia donde se registra ladenuncia.

    Si su estado de salud requiereatencin mdica de urgencia,recibir la denuncia y conducidaa una institucin de salud. All sesolicitar su atencin y se redactarla ocurrencia del auxilio prestado, laque se sumar a la denuncia.

    Registrar la denuncia,consignando lainformacin con lamayor precisin,exactitud yobjetividad.

    Comunicar elhecho a la Fiscala,solicitandopresencia parala recepcin dela manifestacin/declaracin.

    Recibir lasmanifestaciones(personas adultas) ydeclaraciones (nias,nios y adolescentes) enpresencia del / la Fiscal yde su abogado / a.

    Solicitar sepractique elReconocimientoMdico Legal.

    Disponer sepractiqueel examenpsicolgico.

    Informar a la denunciante oagraviada sobre el procedimientopolicial que se seguir hasta laremisin del caso a la Fiscala o

    Juzgado, as como los derechosque le asisten y los servicios queque ofrece la Comisara.

    Si la integridad de lasvctimas y familiares esten peligro, se brindar las

    garantas necesarias dando

    Recibir a losdenunciantes en un

    ambiente limpio yventilado, tratando deinspirar tranquilidad yconfianza.

    SObRE LAS

    DISPOSICIONESESPECFICAS ENLA DENUNCIA:

    5 Copia textual: Manual de procedimientos Policiales Operativos en la intervencin con Familia. "Disposiciones Especficas: CriteriosEspecificos. En la denuncia. (pp. 61-62) Lima-Peru 2006

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    Redactar el Informe y remitirlo a laautoridad competente en el lapso decinco das hbiles luego de recibida ladenuncia:

    - Si es delito, la Fiscala Provincial deTurno.

    - Si es falta, a la Fiscala de Familia, y ensu ausencia al Juzgado de Paz Letrado.

    - Si se trata de violencia psicolgica laFiscala de Familia, y en su ausencia, al

    Juzgado de Paz Letrado.

    EN LA INvESTIGACIN:CALIDAD DE ATENCIN

    De no encontrarseal denunciado en sudomicilio, el personalpolicial redactar unparte policial, queser sentado en ellibro respectivo y seanexar al atestado.

    Solicitar a la Divisinde Requisitoriaslos antecedentespoliciales deldenunciado y,

    de considerarsenecesario, deldenunciante.

    De no presentarse ala primera citacin,se enviar la segundacon apercibimientode ser denunciado

    por desacato ala autoridad. Deno recurrir, secomunicar a laFiscala, solicitandola resolucin paraconducirlo de gradoo fuerza.

    Solicitarinforme a la

    institucin desalud en laque recibiatencin deemergencia,el mismo quese adjuntar alatestado.

    Emitir lacitacin ocitaciones a

    las personasimplicadas,indicando elnombre delinstructorpolicial acargo de lainvestigacin.

    Recibir elCertificado deReconocimientoMdico Legal,el informede periciapsicolgica yotros exmenesque se hayansolicitado.

    Analizar lainformacin recibida

    tanto pericial, escritay testimonial.

    Se anexar laspruebas periciales,

    testimoniales yotras obtenidasen el proceso deinvestigacin.

    Si no es posible esclarecerel hecho denunciado, por

    la imposibilidad de ubicaral agresor o porquelos agraviados/as no sehan presentado a lasdiligencias esclarecedoras,se formular un parte a laautoridad competente.

    Los casos de violenciapsicolgica, ancuando no puedanser acreditadoscon los respectivosinformes de

    evaluacin psicolgicay psiquitrica,terminarn con elInforme Policial a laFiscala de Familiao al Juzgado de PazLetrado.

    Para los casosde violenciafamiliar, si la

    parte interesadasolicita copia delinforme policial,ste le serentregado pormandato de laLey.

    En los caso deviolencia sexual

    en agravio denias, nios yadolescentes, ladeclaracin de la

    vctima debe serante Fiscal y poruna sola vez.

    En el curso de la investigacinpreliminar la Polica,con conocimiento delrepresentante del MinisterioPblico, podr solicitar losinformes necesarios, para elesclarecimiento de los hechos,a las entidades pblicas oprivadas. Las solicitudes deinformes dirigidas a entidadesprivadas debern solicitarse a

    travs del Fiscal.

    6 Copia textual: Manual de procedimientos Policiales Operativos en la intervencin con Familia. "Disposiciones Especficas: CriteriosEspecificos. E n la Investigacin. (pp. 62-63) Lima-Peru 2006

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    MANTENER UN bUEN

    CONTACTO vISUALSer amable y respetuoso.

    COMUNICARCON EL CUERPO(mantener una distancia prudencial conla usuaria). Poner atencin a la actitudcorporal y posturas de las personas.

    PONER ATENCINAL TONO DE vOzlas palabras que se utilizan y la

    velocidad con la que se habla.

    CALIDAD DEATENCIN

    PARA LOGRARUNA bUENACOMUNICACIN,SE REqUIERE:

    COMISARASEl personal del servicio debe estar preparado,ser competente, sensible, con conocimiento yhabilidades para el desarrollo de su trabajo. Esimprescindible tener capacidad profesional y

    humana para dar el trato correcto a la usuariay hacer el seguimiento correspondiente, ascomo, saber derivar y recibir las derivacionesde los casos.

    Si no se cuenta con el tiempo suficientepara la atencin, se debe informarpreviamente a la usuaria del tiempo quedispone para ser atendida, disculparse y

    explicar el motivo.

    Hacer preguntas adecuadas quepermitan obtener respuestasclaras y pertinentes. Las pregun-

    tas abiertas dan posibilidad demayor libertad para que la usua-ria exprese sus ideas, sentimien-

    tos y la versin de los hechos.

    Hablar en tiempo presentepermite que las vctimasexpresen lo que siente ydesean.

    Contar con un directoriode servicio actualizado parahacer las derivaciones res-pectivas. Se debe fomentarla relacin entre los diversosservicios que hay en la loca-lidad.

    Es importante la privacidad yconfidencialidad del serviciopara lograr la aceptabilidad delas usuarias.

    El servicio debe estarpreparado para enfrentarsituaciones de crisis, la ac-

    titud con la que se atiendaayudar a que la vctimase tranquilice.

    Brindar informacin adecuadasobre los procedimientos, ser-

    vicios y todos los medios quepermitan a las usuarias el cese dela violencia y la recuperacin fsica

    y emocional.

    ELEMENTOS DE CALIDADDE ATENCINMostrar respeto, amabilidad e inters porel problema. La persona que atiende a una

    vctima de violencia de gnero, debe ofrecer unambiente de seguridad, privacidad y confianza,debiendo tener en cuenta lo siguiente:

    Brindar acceso oportuno al servicio yque ste responda a las necesidades yexpectativas que tienen las usuarias cuandoacuden a una dependencia policial.

    Atender con prontitud y amabilidad, yexplicarles claramente en que consiste lafuncin que cumplen.

    Establecer una relacin interpersonal positivaen base a trato horizontales que permitan

    lograr su confianza. (trato respetuoso ypersonalizado y el reconocimiento de la usuariacomo sujeta(o) de derechos).

    Escuchar atentamente el testimonioy comportamiento de las personasque denuncian, demostrando intersen el problema, obtener una buenacomunicacin.

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    GUA DE ATENCIN PARA PERSONAL POLICIALse termin de imprimir en los talleres de Ymagino Publicidad

    S.A.C. Mz. E Lt. 8 II Etapa Urb. Santa Elisa - Los Olivos

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