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    nd ic e:

    1. INTRODUCCIN

    2. IDENTIFICACIN DE NECESIDADES: EVALUACIN PSICOPEDAGGICA

    3. DECISIONES DE ESCOLARIZACIN

    4. MODALIDADES DE ESCOLARIZACIN

    4.1. CENTROS ORDINARIOS

    4.2. CENTROS DE EDUCACIN ESPECIAL/ AULAS DE EDUCACINESPECIAL

    4.2.1. CENTROS DE EDUCACIN ESPECIAL

    4.2.2. AULAS DE EDUCACIN ESPECIAL EN CENTROS ORDINARIOS

    4.3. MODALIDAD COMBINADA

    5. ASPECTOS A TENER EN CUENTA EN LA PROPUESTA DEL DICTAMEN DEESCOLARIZACIN

    5.1. DE CARCTER GENERAL

    5.2. CENTROS ORDINARIOS:

    5.3. CENTROS DE EDUCACIN ESPECIAL/AULAS.

    5.4. ESCOLARIZACIN EN MODALIDAD COMBINADA

    6. DESARROLLO DEL PROCESO DE ESCOLARIZACIN

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    1 INTRODUCCIN

    La escolarizacin del alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a

    discapacidad o graves trastornos de conducta (ACNEE) en las distintas etapas deberrealizarse en el marco de la normativa vigente.

    La escolarizacin del alumnado con NEE tiene por finalidad proporcionar la respuestams adecuada a las necesidades personales, sociales y familiares, pretendiendo, endefinitiva, que cada uno de estos escolares consiga el mayor nivel de desarrolloposible de sus potencialidades y su inclusin educativa y social.

    Para ello, se debern determinar las necesidades especficas de apoyo educativo(recursos, apoyos y estrategias educativas) que presenta el alumnado condiscapacidad o trastornos graves de conducta en la evaluacin psicopedaggica quese concretarn elaborando el dictamen de escolarizacin que ser remitido al Serviciode Inspeccin Educativa y cuya propuesta confirmar la Comisin Provincial de

    Escolarizacin de ACNEE mediante Resolucin remitida al centro escolar.La escolarizacin de estos alumnos/as se realizar en funcin de criterios de carctertcnico.

    La modalidad y el centro de escolarizacin se indicar de acuerdo con las necesidadesde los alumnos/as ACNEE y con la conformidad de las familias (que en el casoconcreto de modalidad combinada ser imprescindible).

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    2 IDENTIFICACIN DE LAS NECESIDADES: EVALUACINPSICOPEDAGGICA

    La identificacin de las necesidades educativas especiales del alumnado es el paso

    previo a la intervencin educativa. Conocidas las NEE puede planificarse el trabajo adesarrollar.

    La finalidad del proceso de identificacin es el de valorar las dificultades yposibilidades del nio.

    Es necesario que sea un anlisis interactivo, en el que se tenga presente tanto alalumno, como a su entorno social y familiar, as como a la escuela. En este procesointervendrn distintos agentes, en mayor o menor medida, dependiendo del alumno ydel contexto.

    Los periodos de referencia son:

    Inicio de la etapa de Educacin Infantil (2 Ciclo).

    Promocin a la etapa de Educacin Primaria.

    Promocin a la etapa de Educacin Secundaria.

    Inicio de curso o ciclo en cualquiera de las etapas

    Esta identificacin se realiza mediante una evaluacin psicopedaggica, que es unaevaluacin basada en el currculo, es decir, que no slo presta atencin a lascaractersticas o dificultades del nio, sino tambin a las posibilidades o deficienciasdel entorno.

    Lo que pretende esta evaluacin es:

    Determinar si un alumno tiene necesidades educativas de apoyo educativo

    Tomar decisiones relativas a la escolarizacin.

    Sealar si necesita ciertas adaptaciones del currculo.

    Determinar los recursos y apoyos especficos.

    Orientar tanto al profesorado como a las familias.

    Orientar acadmica y profesionalmente al alumnado.

    Abarca informacin relacionada con el propio alumno (caractersticas personales:desarrollo general, competencia curricular, estilo de aprendizaje, etc.) y sobre elcontexto familiar y escolar.

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    3 DECISIONES DE ESCOLARIZACINLa evaluacin psicopedaggica que debe realizar el orientador/a ante la escolarizacindel alumnado de necesidades educativas especiales acerca del tipo y grado de las

    adaptaciones, condiciones y ayudas que va a requerir, es lo que determinar lapropuesta de modalidad de escolarizacin.

    La decisin que se adopte debe fundamentarse en la valoracin realizada teniendo encuenta todas las circunstancias y para que se haga efectiva se llevar a cabo elsiguiente procedimiento que incluir:

    Dictamen de escolarizacin.

    Estudio y anlisis de la Inspeccin Educativa (Comisin provincial deescolarizacin de ACNEE)

    Resolucin de escolarizacin de la Comisin.

    El Dictamen de escolarizacin se realizar al inicio de la escolarizacin, o cuando surja

    la demanda o necesidad de realizar la evaluacin y se revisar con carcter ordinariotras la conclusin de una etapa educativa (slo si hay cambio de centro), traslado decentro y con carcter extraordinario cuando se produzca una variacin significativa enla situacin del alumno.

    CONSIDERACIONES

    Una vez realizado el dictamen de escolarizacin no ser necesario haceruno nuevo si se mantienen las condiciones del primero, salvo cuandohaya cambio de etapa que suponga cambio de centro.

    Si las condiciones de escolarizacin del alumnado cambia con respecto alprimer documento elaborado ser necesario presentar un nuevo dictamen. En el caso de que los alumnos se trasladen a un centro que se encuentre

    fuera de la provincia ser necesario realizar la propuesta de dictamen pararemitirlo a las comisiones provinciales de escolarizacin de ACNEE's dedichas provincias.

    Si a partir de la valoracin, se propusiera la permanencia de un ao msen la etapa de infantil o en la etapa de primaria (2 permanencia), elorientador, el tutor y el equipo docente debern presentar junto con eldictamen la propuesta razonada de la permanencia al Servicio deInspeccin.

    La permanencia extraordinaria en la etapa de E.I. se plantear

    nicamente al final de la etapa. En el Dictamen de Escolarizacin se recoger entre otras, la propuesta de

    escolarizacin ms idnea para atender las necesidades educativas de lamanera ms normalizada y atendiendo a las circunstancias personales,familiares y de cualquier ndole que se pudieran dar, as como lascaractersticas de los recursos de apoyo y refuerzo que sean de carcterextraordinario, de accesibilidad al currculo, o de cualquier servicioeducativo necesario (comedor, transporte, residencia, etc.).

    En el caso de los Centros concertados, se remitir junto con la propuestade Dictamen el Informe Psicopedaggico de los alumnos.

    Cuando el alumno se incorpore al sistema educativo, solicite cambio decentro o venga de traslado de otra comunidad autnoma deber entregar

    la solicitud de admisin sealando que es ACNEE y se adjuntar copia dela solicitud de admisin junto con la resolucin de escolarizacin. Se

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    comunicar de inmediato a los Servicios Perifricos cuando sedetecte que un alumno recin escolarizado, del que no consta que seaACNEE, pero que padece limitaciones o necesidades importantes quehacen sospechar que lo pudiera ser. Para as poder orientarcorrectamente su escolarizacin.

    Cuando el alumno/a vaya a continuar estudios en las etapaspostobligatorias deber remitirse al Servicio de Inspeccin la propuesta dedictamen para las enseanzas solicitadas a fin de tenerse en cuenta suescolarizacin y las necesidades que pudiera requerir.

    4 MODAL IDADES DE ESCOLARIZACIN

    Las Decisiones de Escolarizacin tendrn siempre presente agotar las medidas deatencin a la diversidad generales (permanencia un ao ms en un curso, ciclo oetapa de acuerdo con la normativa, adaptacin de materiales curriculares) antes deadoptar medidas ms restrictivas (Escolarizacin Combinada o a tiempo total enCentro Especfico).

    Las Conductas Disruptivas NO son criterio Prioritario para resolver la modalidadde Escolarizacin de un alumno, en las modalidades de combinada o centroespecfico.

    Las caractersticas que se le atribuyen a cada modalidad educativa son lassiguientes:

    4.1 CENTROS ORDINARIOS

    Con carcter general, se propondr la escolarizacin en centro ordinario cuando lasnecesidades educativas especiales del alumnado puedan ser atendidas con losrecursos ordinarios, en el caso de los alumnos de Educacin Infantil en todos loscasos salvo excepciones que estn bien argumentadas.

    4.2 CENTROS DE EDUCACIN ESPECIAL / AULA S DE EDUCACINESPECIAL

    La escolarizacin del alumnado en unidades o centros de Educacin Especial slo sellevar a cabo cuando sus necesidades no puedan ser atendidas en el marco deatencin a la diversidad de los centros ordinarios

    4.2.1 CENTROS DE EDUCACIN ESPECIAL

    CRITERIOS A TENER EN CUENTA:

    - El alumno/a tenga al menos una discapacidad psquica moderada concarcter permanente que obligue a tener que hacer adaptaciones muysignificativas(de al menos tres cursos escolares). Esta discapacidad ademspuede tener asociadas otras discapacidades (motricas, sensoriales,conductuales.).

    - Conviene retrasar al mximo posible la salida del centro ordinario,estableciendo en ste la respuesta educativa que requiera.

    - Hay que agotar en el centro ordinario todas las medidas ordinarias yextraordinariasde atencin a la diversidad.

    - Las conductas disruptivas no soncriterio prioritario de escolarizacin en CEE.

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    Dependiendo de la etapa educativa/edad en que se encuentre el alumno, adems delos anteriores se plantean como criterios de escolarizacin en centros o aulas deeducacin especial los siguientes :

    EDUCACIN INFANTIL Y PRIMARIA

    -2 CICLO EDUCACIN INFANTIL (de 3 a 6 aos)1- Alumnos gravemente afectados por retraso grave en el desarrollo con

    discapacidad fsica y psquica (afectacin cognitiva profunda, motrica y/osensorial), y trastorno grave del lenguaje. En ocasiones tambin con necesidadde atencin sanitaria (DUE) en el contexto escolar.

    - 1ery 2 CICLO DE EDUCACIN PRIMARIA (de 6 a 10 aos)1- Alumnos que cumplan el criterio de 2 ciclo de Educacin Infantil, o bien2- Alumnos con discapacidad intelectual severa, asociada a TGD o a algn

    sndrome, alteracin gentica o enfermedad rara, a discapacidad motrica y

    con trastorno grave del lenguaje.

    - 3 CICLO DE EDUCACIN PRIMARIA (de 10 a 12 aos)1- Alumnos que cumplan el primer criterio de 1ery 2 ciclo de Educacin Primaria,

    o bien2- Alumnos que cumplan el segundo criterio, o bien3- Alumnos con discapacidad intelectual moderada asociada a TGD o a algn

    sndrome, alteracin gentica o enfermedad rara, o a discapacidad motrica;con trastorno grave del lenguaje y con o sin trastorno de conducta asociado.

    EDUCACION SECUNDARIA

    -EDUCACIN SECUNDARIO OBLIGATORIA (de 12 a 16 aos)1- Alumnos con discapacidad intelectual moderadaasociada a TGD o a algn

    sndrome, alteracin gentica o enfermedad rara, y con dificultades en lacomunicacin y lenguaje. Con carencias significativas en habilidadesdela vida diaria. Con o sin trastorno de personalidad o conducta asociados.

    -EDUCACIN POST-OBLIGATORIA (1erciclo de T.V.A. en CEE) (de 16 a 18 aos)1- Alumnos que cumplan el primer criterio de ESO, o bien2- Alumnos con discapacidad intelectual entre ligera y moderada. Con

    dificultades en la comunicacin y el lenguaje. Con carencias enautonoma personal y habilidades de la vida diaria. Con o sin trastorno depersonalidad o conducta asociados.

    -EDUCACIN POST-OBLIGATORIA (2 ciclo de T.V.A en CEE) (de 18 a 20 aos)1- Alumnos que cumplan el primer criterio de 1erciclo de T.V.A., o bien2- Alumnos que cumplan el segundo criterio, o bien3- Excepcionalmente alumnos con discapacidad intelectual ligera que han

    agotado su edad de permanencia en centro ordinario y tienen seriasdificultades para insertarse en el mundo laboral, con limitaciones enautonoma personal y con o sin trastorno de personalidad o conductaasociados

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    4.2.2 AULAS DE EDUCACIN ESPECIAL EN CENTROSORDINARIOS

    CRITERIOS A TENER EN CUENTA:

    La proximidad al domicilio familiar y que no requiera atenciones especficas que slo pueda

    recibir en un CEE.

    4.3 MODALIDAD COMBINADA

    CRITERIOS A TENER EN CUENTA:

    - Debe reportar un beneficio para el alumnado en el desarrollo de las distintashabilidades adaptativas y para la mejora de la calidad de vida en funcin de suproblemtica especfica.

    - Tiene por objeto proporcionar una mayor interaccin e insercin social alalumno.

    - Proporciona al alumno una respuesta educativa que necesita por parte deprofesionales especializados (DUE, ATE, fisioterapeutas) as como derecursos materiales, con los que no cuenta el Centro ordinario.

    - Es recomendable que no se realice en la Etapa de Educacin Infantil, salvoexcepciones debidamente argumentadas.

    Y se caracteriza por:

    - Desarrollo compartido del proceso de enseanza y aprendizaje del alumno/a,

    - el Orientador propone la necesidad, la familia se muestra conforme yautoriza, se traslada al servicio de inspeccin que informa mediante

    resolucin de la comisin de escolarizacin.- La propuesta debe de incluir la distribucin de los das a los dos centros (no

    inferior a 2 das en el centro ordinario)

    - Es necesario tener en cuenta que se trata de una modalidad de escolarizacintemporal y revisable.

    Perfil de alumno: el propuesto para centro o aula especfica debidamenteargumentado.

    5 ASPECTOS A TENER EN CUENTA EN LA PROPUESTA DEL

    DICTAMEN DE ESCOLARIZACIN

    5.1 DE CARCTER GENERAL

    El dictamen de escolarizacin debe recoger con claridad la identificacin de ladiscapacidad que posee el alumno de acuerdo con la clasificacin Delphos.

    El dictamen de escolarizacin debe recoger con claridad la identificacin de losprofesionales que lo realizan, debiendo firmar el documento cada uno de ellos y elvisado del Director/a. Asimismo, como documento pblico, el dictamen llevar unregistro de salida, debindose remitir al Servicio de Inspeccin Educativa en lasfechas indicadas.

    Adjuntar en todos los casos documento firmado por ambos padres o tutoreslegales del alumno, donde conste que han sido informados de los contenidos del

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    dictamen de escolarizacin y quede expresada su opinin (acuerdo o desacuerdocon la propuesta)

    En aquellos casos en los que se prevean dificultades significativas para procedera la correspondiente escolarizacin (por falta de acuerdo de los padres u otrosmotivos), debern incluirse en el dictamen las opciones alternativas y razonablesque pudieran existir.

    La propuesta del Dictamen no deber ser modificada hasta que no se hayanpuesto en marcha las medidas descritas y no antes de un curso acadmico.

    Los alumnos independientemente de lo prescrito en el dictamen de escolarizacindebern presentar la solicitud de admisin por la va ordinaria contempladapara el proceso de admisin.

    5.2 CENTROS ORDINARIOS:

    Es conveniente recoger en el dictamen de escolarizacin algunas orientacionesacerca de la modalidad de apoyo ms conveniente para el alumno: dentro o fueradel aula, por un solo especialista o ms de uno (solo con carcter extraordinario),

    atencin individualizada o en pequeo grupo, etc.. Especificando las condicionesexistentes en el centro de procedencia; as como circunstancias relevantesrelacionadas con el proceso de enseanza/ aprendizaje que se hayan podidoproducir el curso anterior (materiales didcticos utilizados, metodologas msidneas, reforzadores ms destacados, etc.).

    En ningn caso conviene establecer indicaciones horarias cuantitativas referentesa la intervencin de los recursos personales de apoyo, siendo ms relevanteespecificar con claridad las necesidades educativas, con respecto al currculo y alacceso al mismo, que el alumno va a tener.

    La prescripcin de atencin de maestros de audicin y lenguaje, deber tener encuenta lo establecido por la normativa vigente, que dice que aqulla ser limitada,prioritariamente, a aquellos alumnos con discapacidad auditiva significativa o muy

    significativa o con trastornos graves del lenguaje y la comunicacin asociados alesiones cerebrales o alteraciones graves de la personalidad, as como a laatencin educativa del alumnado con disfemias y dislalias orgnicas.

    En el caso que se prevea la necesidad de adquirir algn recurso materialimprescindible para el acceso al currculo del alumno, deber contactarse con elSAAE.

    En los casos que se requiera intervencin de ATE ser imprescindibleacompaar la descripcin justificada de dicha necesidad, as como elprograma detallado de intervencin que se llevar a cabo con el alumno cuando este en el centro.

    5.3 CENTROS DE EDUCACIN ESPECIAL/AULA S.

    Cuando se trate de realizar una propuesta de escolarizacin en un centro deeducacin especial o en un aula de EE en centro ordinario, tanto en modalidad decombinada como a tiempo total en dicho centro, ser necesario e imprescindibleque intervengan en el proceso los orientadores de ambos centros, as como otrosprofesionales cuando sea necesario, en cualquier caso el dictamen se presentardesde el centro ordinario. Por ello los orientadores que prevean una posibleescolarizacin en CEE o en AAEE acudirn en el mes de enero (en la fechaque establezcan los orientadores de los centros o aulas especficos) al centroprevisto para tratar y exponer el caso con el orientador del CEE o del AAEE.Si el caso cumple con los criterios mencionados, junto con las familias se

    visitar el centro de destino en las jornadas de puertas abiertas (o similar,segn cada centro especfico en el mes de febrero), tras lo cual se presentar a

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    los padres el dictamen para firma de conformidad. Finalmente el dictamenser enviado a los Servicios Perifricos.

    5.4 ESCOLARIZACIN EN MODAL IDAD COMBINADA

    Siguiendo el mismo proceso establecido para la modalidad de escolarizacin atiempo completo en centro o aula especfica:

    En aquellos casos en los que se prescriba la modalidad de escolarizacincombinada, deber incorporarse un documento donde se especifiquen aspectosesenciales para el adecuado desarrollo de esta modalidad escolar: determinacinclara del horario que el alumno tendr en cada uno de los centros, aspectoscurriculares y metodolgicos que se desarrollarn en cada uno de los centros,orientaciones sobre la asignacin de tutora en cada centro para el seguimiento yevaluacin del proceso de enseanza y aprendizaje y procedimiento deseguimiento y toma de decisiones.

    Cuando se decida la escolarizacin combinada los equipos de orientacin de los

    centros debern mantener reuniones con la familia para ofrecer informacin de lapropuesta y plan de actuacin conjunta de ambos centros. La decisin debe decontar con la autorizacin de la familia.

    6 DESARROLLO DEL PROCESO DE ESCOLARIZACIN

    La Consejera de Educacin, en la programacin de puestos escolares gratuitos, deacuerdo con lo establecido en la normativa tendr en cuenta una adecuada yequilibrada distribucin entre los centros escolares sostenidos con fondos pblicos del

    alumnado con NEE para garantizar su escolarizacin en las condiciones msapropiadas. Adems para prever los recursos necesarios para la correctaescolarizacin es fundamental que los dictmenes del alumnado ACNEE (tanto delque ha sido evaluado y considerado ACNEE, como del que cambia de etapa, como delque repite extraordinariamente al finalizar la etapa infantil o primaria, como del que seescolariza en centro especfico) sean enviados a los Servicios perifricos antes de finde mes de febrero de 2014. nicamente se considerarn aquellos dictmenesentregados fuera del mencionado plazo que sean de alumnado procedente de uncentro escolar perteneciente a otra comunidad autnoma o que haya llegado al centrodesde febrero hasta final de curso (en cualquier caso, las excepciones debern sercomunicadas a los Servicios Perifricos lo antes posible para poder prever losrecursos necesarios para la escolarizacin).