guia_contratación_pública_sostenible

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    gua decontratacin pblica

    sostenible

    Incorporacin deCRITERIOS SOCIALES

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    Gua de

    Contratacin Pblica Sostenible

    Incorporacin de

    Criterios SocialesEsta gua en su primera edicin digital es una publicacin del Foro de Consumo deNavarra, promovido por el Centro de Recursos Ambientales de Navarra y en colaboracincon el Servicio Navarro de Consumo y la Red de Economa Alternativa y Solidaria (REASNavarra).

    La Edicin impresa ampliada con el desarrollo de contenidos en Compra tica es de IDEAS.

    Edita:

    Patrocina:

    Colabora

    Autor: Santiago Lesmes ZabaleguiDesarrollo contenidos Compra tica: Laura Rodrguez Zugasti, IDEAS

    Diseo y maquetacin: Iaki (m81.net)

    Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual 2.5 Espaa

    Toda la documentacin de esta web est bajo una licencia de Creative Commons.

    Se permite libremente copiar, distribuir y comunicar libremente esta obra siempre y cuandose cite y reconozca la autora y no se use para fines comerciales o mercantiles, ni se obten-ga remuneracin econmica a cambio, para lo cual requerir de autorizacin expresa.

    Si se altera, transforma o genera una obra derivada, slo podr distribuirse bajo una licenciaidntica a esta.

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    1.- Introduccin.......................................................................7

    1.1 Qu es la Compra Pblica Sostenible? ................................81.2 Argumentario de la Compra Pblica Sostenible .....................11

    1.3 El ejemplo del medioambiente....................................... 12

    2.- Temticas y Buenas Prcticaspara la inclusin de Criterios Sociales...........................................17

    2.1 Insercin laboral de colectivos desfavorecidos ......................182.2 Discapacidad ..............................................................202.3 Comercio justo............................................................242.4 Convenciones internacionales ..........................................302.5 Calidad en el empleo ....................................................332.6 Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres ..............402.7 Accesibilidad universal para todas las personas .....................422.8 Empresas de insercin y centros especiales de empleo............442.9 Banca tica ................................................................462.10 Economa solidaria ......................................................48

    3.- Legislacin y metodologapara la Compra Pblica Sostenible...............................................51

    3.1 Determinacin del objeto del contrato...............................523.2 Justificacin en el expediente .........................................543.3 Especificaciones tcnicas ...............................................553.4 Exigencia de capacidad tcnica........................................583.5 Criterios de adjudicacin o valoracin................................593.6 Criterio de seleccin. reserva de mercado...........................623.7 Condiciones de ejecucin ...............................................65

    4.- Para saber ms: bibliografa y referencias .................................67

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    La presente gua nace de la colaboracin entre diver-sas entidades que estn fomentando la insercin de crite-rios sociales en la contratacin de las administracionespblicas. Por un lado IDEAS, organizacin especializadaen la incorporacin de criterios ticos y de Comercio Justoen empresas y administraciones y por otro lado la Funda-cin Centro de Recursos Ambientales de Navarra a travsdel Foro de Consumo de Navarra que busca acercar a lasociedad Navarra los diferentes mecanismos que se pue-den activar para avanzar hacia la sostenibilidad.

    Su objetivo es complementar y actualizar los conteni-dos de otras publicaciones anteriores como la Gua parauna Contratacin Pblica Sostenible editada en 2006 porla Red Navarra de Entidades Locales hacia laSostenibilidad (Red NELS) y Gobierno de Navarra quetrata sobre los aspectos ambientales de la ContratacinPblica Sostenible (CPS), ). As como el Manual para laCompra Pblica tica editado por IDEAS en 2005 y laGua para la Contratacin Pblica Responsable en

    Andaluca editada por la Consejera de Medio Ambientede la Junta de Andaluca e IDEAS en 2006. Por lo queaqu analizaremos de manera preferente los aspectossociales

    Nos hemos propuesto con la redaccin de esta Gua unsolo objetivo: su utilidad. Para ello hemos optado por unabordaje temtico con especial atencin a las buenasprcticas y que se acompaa de un anlisis de posibilida-des desde la perspectiva jurdica y metodolgica. Por lotanto no profundizaremos conceptualmente sobre el des-arrollo sostenible ni sus diversas facetas, sino que plante-amos con vocacin propositiva, ejemplarizante y de repli-cabilidad- una medida concreta y efectiva para su desarro-llo como es la Contratacin Pblica Sostenible.

    Consideramos que las Administraciones Pblicasdeben potenciar su capacidad de influencia en los mbitoseconmico, social y medioambiental, pero adems la sos-tenibilidad no es una responsabilidad exclusiva del sectorpblico. La idea clave es de corresponsabilidad social yprecisamente para fomentarla encontramos una excelentepalanca en la contratacin pblica, estableciendo sinergiasentre administraciones pblicas, empresas mercantiles,agentes sociales y la propia ciudadana, lo que nos condu-ce al territorio socialmente responsable.

    El sector pblico es el mayor contratante de bienes,obras y servicios, ya que las Administraciones Pblicasdedican a la contratacin un 16% del PIB, lo que les con-

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    1. introduccin

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    vierte en el mayor agente econmico por su volumen e impacto sobre el mer-cado y el entorno. Considerando esta importancia, resulta obvia la propues-ta de utilizar las cmpras pblicas con criterios sociales y ambientales.

    As, la filosofa de la Contratacin Pblica Sostenible (CPS) representa laopcin y accin positiva de las administraciones con las empresas que noslo evitan perjuicios sociales y ambientales sino que adems producen evi-dentes beneficios. Tomando prestado el concepto del ciclo de vida de losproductos nos proponemos reflexionar sobre el clculo de los costes y losbeneficios sociales y ambientales de las ofertas presentadas a las licitacio-nes, propugnando la adopcin de sistemas de seleccin, adjudicacin y eje-cucin que ms favorecen a la comunidad desde la triple visin econmica,social y ambiental.

    An considerando este potencial, los responsables de contratacin pade-cen dificultades para incorporar criterios sociales en las compras pblicas,por lo que pretendemos proporcionar una herramienta para un mejor cono-cimiento de la CPS conforme al marco legislativo actual, difundir buenasprcticas, aportar argumentos polticos, tcnicos y jurdicos, y en suma moti-var a la inclusin de clusulas sociales en la contratacin, de modo que elsector pblico se convierta en un referente de Consumo Responsable.Pretendemos pues incorporar criterios ticos, sociales y ambientales en lacadena de provisin, partiendo de las compras pblicas y extendindosehacia agentes socioeconmicos y la propia sociedad.

    Es preciso sealar la interesante coincidencia entre la entrada en vigor(30-10.2007) de la nueva Ley de Contratos del Sector Pblico, que al igualque la reciente normativa de contratos europea y foral navarra que a conti-nuacin analizaremos, se ha acomodado a exigencias sociales y ambienta-les, recogindolas en su articulado.

    1.1 qu es lacompra pblica sostenible?

    La Compra Pblica Sostenible consiste en la integracin de aspectossociales, ticos y ambientales en los procesos y fases de la contratacinpblica. Su contenido ana diferentes concepciones de la contratacin pbli-ca responsable como son la compra tica, la compra verde o la comprasocial, puesto que recoge sus caractersticas, fundamentos y objetivos.

    Las decisiones sostenibles de compra consisten noslo en contratar el producto o servicio requerido para unautilidad concreta sino que han de tener en cuenta otrosaspectos relacionados con el mtodo y las condiciones deproduccin, los materiales que los componen, las condi-ciones laborales de las personas trabajadoras o las conse-cuencias directas e indirectas que su produccin o prestacinsuponen a corto y a largo plazo. Al practicar la compra sos-tenible, las administraciones pblicas aportan un valoraadido a sus procesos de contratacin, gestionando demanera eficiente su presupuesto de modo que, al tiempo

    que satisface una necesidad, contribuye a objetivos msamplios de sus polticas.

    Resultara incongruente que obvisemos las conse-cuencias sociales que implican la contratacin de obras,suministros o servicios. Por desgracia en ocasiones elefecto de la contratacin o la externalizacin de serviciosse traduce en empleo precario, mal remunerado, con ele-vados ndices de siniestralidad, o desigual en las oportuni-dades para las personas con mayores dificultades deacceso al mismo. Por el contrario, con poco esfuerzo seconsigue transformar un efecto neutro o negativo en unimpacto positivo y altamente reconocido. Por ello sostene-mos que la contratacin pblica debe perseguir y contemplarobjetivos sociales, actuando como un eficaz instrumento

    de cohesin social y beneficio a la comunidad.

    Si bien durante mucho tiempo hemos permanecido enpenumbra respecto al uso de criterios sociales en la con-tratacin pblica, puesto que la normativa de contratos

    por omisin- no lo autorizaba de forma inequvoca, peroes preciso destacar que la controversia sobre su legalidad

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    COMPRA PBLICA SOSTENIBLE =COMPRA VERDE + COMPRA TICA + COMPRA SOCIAL

    La compra tica comprende la exigencia a las empresas y productores que operanen pases extracomunitarios, de garantas sobre el cumplimiento de condiciones labo-rales dignas y lucha contra el trabajo infantil a lo largo de toda la cadena de suministro.

    As como el apoyo expreso a las iniciativas y productos de Comercio Justo.

    La compra verde o ecolgica se basa en la incorporacin de requerimientosmedioambientales en los contratos de suministro, obras y servicios como la eficienciaenergtica, el uso de productos reutilizables, el empleo de energas renovables, laminimizacin de emisiones, la adecuada gestin de residuos, etctera.

    La compra social considera aspectos como la calidad en el empleo, la perspectiva

    de gnero, la contratacin de personas con discapacidad o la contratacin de empre-sas de insercin y centros especiales de empleo.

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    se encuentra ya superada. Afortunadamente la nuevalegislacin de contratos pblicos ha alumbrado la oscuri-dad legal que se cerna sobre la aplicacin de las clusu-las sociales, regulndolas expresamente e incorporandoincluso referencias especficas de carcter social, lo quesin duda celebramos. Como prueba citamos algn extrac-to significativo:

    Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y delConsejo de 31 de marzo de 2004, sobre coordinacin delos procedimientos de adjudicacin de los contratos pbli-cos de obras, de suministro y de servicios:

    El poder adjudicador podr regirse por criterios desti-nados a satisfacer exigencias sociales que, en particular,respondan a necesidades -definidas en las especificacio-nes del contrato- propias de las categoras de poblacinespecialmente desfavorecidas.

    Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Pblicosde Navarra:

    La presente Ley Foral es tambin sensible a las preo-cupaciones medioambientales y sociales y, por ello, prevla incorporacin de criterios de carcter social y medioam-

    biental en la contratacin, siempre que su empleo no limiteo restrinja indebidamente la competencia. Esta regulacinpermite que la contratacin sea un instrumento para la eje-cucin de las polticas pblicas de carcter social omedioambiental que determinen los poderes pblicos.Esta visin instrumental de la contratacin pblica al servi-cio de los valores superiores que consagra el ordenamien-to se ha trasladado al texto evitando el tratamiento de lacontratacin pblica con una visin economicista de carc-ter unilateral y simplista.

    Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del SectorPblico.

    Sintticamente expuestas, las principales novedades

    afectan a la previsin de mecanismos que permiten intro-ducir en la contratacin pblica consideraciones de tiposocial y medioambiental, configurndolas como condicio-nes especiales de ejecucin del contrato o como criteriospara valorar las ofertas, prefigurando una estructura quepermita acoger pautas de adecuacin de los contratos anuevos requerimientos ticos y sociales, como son los deacomodacin de las prestaciones a las exigencias de uncomercio justo con los pases subdesarrollados o envas de desarrollo como prev la Resolucin delParlamento Europeo en Comercio Justo y Desarrollo[2005/2245 (INI)]

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    Importacia Las Administraciones Pblicas dedican a la contratacin un 16% del PIB, lo queles convierte en el mayor contratante por su volumen e influencia sobre el merca-do y el entorno.

    Impacto Las polticas de CPS mejor an si se acompaan de acciones de sensibilizacin-poseen un potencial de cambio significativo, produciendo un efecto en cascadasobre los hbitos de consumo de las empresas y los ciudadanos.

    Legalidad Ciertamente la contratacin pblica debe cabalmente salvaguardar sus principiosbsicos (transparencia y no discriminacin) pero incorporando adems otros prin-

    cipios y objetivos de carcter social. Por ello, la legislacin ha incorporado ya ensu articulado los criterios sociales en las distintas fases de la contratacin.

    Eficacia Las administraciones tienen la responsabilidad de utilizar el presupuesto pblicode la forma ms eficiente, para ello deben asegurarse de elegir la mejor opcin,entendiendo por tal no slo la mejor oferta econmica sino aquella que proporcio-na beneficios adicionales. Sin duda ser ms eficiente la contratacin de aquellaempresa que adems de ejecutar una obra, lo haga contratando a personas dis-capacitadas.

    Ahorro Las prcticas de compra verde suponen un claro ahorro en energa, costes de uti-lizacin o gestin de residuos. Lo mismo ocurre con las estrategias de comprasocial orientadas al mercado laboral, ya que se traducen en una reduccin delpresupuesto pblico destinado a prestaciones sociales (rentas bsicas, subsidioso prestaciones), produciendo por aadidura ingresos a las Haciendas Pblicas,mediante las aportaciones fiscales de las personas incorporadas laboralmente.

    IntersPblicoLas prcticas de compra responsable pueden contribuir de modo significativo a laconsecucin de los objetivos estratgicos de la administracin y a que se atien-dan derechos constitucionalmente establecidos como el pleno empleo o la igual-dad de oportunidades.

    Referentey Modelo

    La compra sostenible debe colocar a la Administracin en posturas ejemplarizan-tes a la hora de demandar productos y servicios con criterios sociales, e incenti-vando a las empresas para que evalen sus cadenas de suministros y revisen suspolticas de empleo.

    Beneficios alas personas

    La calidad de vida de muchas personas mejora de manera directa por efecto delas clusulas sociales. As por ejemplo sucede con aquellas personas desfavore-cidas del mercado de trabajo que son contratadas para ejecutar una obra o pres-tar un servicio, gracias a lo cual acceden a un empleo remunerado y al sistemapblico de prestaciones.

    Beneficios a laComunidad local

    La incorporacin de criterios sociales fomenta el desarrollo local, mejora la cali-dad de vida, la cohesin social e incide en las zonas ms desatendidas.

    Beneficios a lasComunidades de

    Pases en Desarrollo

    En el mundo hay 25 millones de personas y sus familias que dependen del culti-vo del caf, cuyo precio no alcanza ni para cubrir sus necesidades bsicas. Laopcin por productos de Comercio proporciona unas condiciones laborales dignasy la mejora de sus condiciones de vida.

    ResponsabilidadSocial de las

    empresas

    La compra sostenible proporciona a travs de su contratacin un apoyo a lasempresas socialmente responsables, lo que supone una ventaja competitiva aaquellas que ya lo son y una motivacin a las que no han incorporado la respon-sabilidad social a su gestin.

    Sinergias La CPS supone una herramienta complementaria y sinrgica con las polticassociales que las Administraciones Pblicas vienen desarrollando, mejorando porejemplo la capacidad y eficacia de los servicios sociales en polticas de igualdad,de empleo o los programas de insercin laboral e inclusin social.

    Imagen La CPS supone un factor de legitimacin del mensaje que quieren trasladar a lasociedad las Administraciones Pblicas.

    1.2 argumentario de la compra pblica sostenible

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    Como Criterio de Solvencia Tcnica:El artculo 14 de la Ley Foral de Contratos deNavarra, indica que la solvencia tcnica o profesional podr acreditarse mediante laIndicacin de las medidas de gestin medioambiental que el licitador es capaz de eje-cutar. En consecuencia se podra exigir para acreditar la capacidad del licitador ypoder participar en la licitacin la acreditacin del cumplimiento de normas de gestinmedioambiental (EMAS o ISO 14001), la experiencia ambiental en el contrato que seva adjudicar, la presencia en el equipo profesional de personas con experiencia ycapacitacin en materia medioambiental, o contar con equipos tcnicos adecuadospara garantizar la proteccin del medioambiente

    Como Especificaciones Tcnicas: La Ley de Contratos del Sector Pblico en suartculo 101 (Reglas para el establecimiento de prescripciones tcnicas) indica quelas especificaciones tcnicas podrn definirse en trminos de rendimiento o de exi-gencias funcionales, incorporando a stas ltimas, cuando el objeto del contrato afecte

    o pueda afectar al medio ambiente, la contemplacin de caractersticas medioam-bientales. Por lo tanto podrn incorporarse prescripciones tcnicas que requierandeterminados criterios de eficiencia energtica, etiquetas ambientales, o bien produc-tos o procesos de produccin concretos que garanticen el respeto al medioambiente.

    Como Criterio de Adjudicacin: El artculo 51 de la Ley Foral de Contratos, al igualque el 134 de la Ley de Contratos del Sector Pblico y el artculo 53 de la DirectivaComunitaria 2004/18/CE, sealan expresamente la posibilidad de incorporar aspec-tos medioambientales como criterios de adjudicacin o valoracin de las ofertas. Enesta fase podremos introducir en el baremo de adjudicacin cuestiones como el aho-rro de agua, materiales o energa, el ciclo de vida de los productos, la reduccin deresiduos, el empleo de materiales reciclados o reciclables, o el sistema de eficienciadel transporte utilizado. Y adems de manera muy acertada- se plantea la posibili-dad de introducir variantes relativas a mejoras medioambientales.

    Como Condicin de Ejecucin: Tanto el artculo 49 de la Ley Foral de

    Contratos de Navarra, como el 102 de la Ley de Contratos del Sector Pblicoy el 26 de la Directiva Comunitaria 2004/18/CE, indican de forma explcitaque podrn sealarse requerimientos medioambientales como condicin deejecucin del contrato. En esta fase del procedimiento contractual los aspec-tos que anteriormente hemos sealado como criterios de adjudicacinadquieren carcter obligatorio y vinculan a la empresa adjudicataria a ejecu-tar o prestar el contrato de una determinada manera

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    EL DATO:

    Espaa no podr cumplir los objetivos fijados en el Protocolo de Kioto para reducir lasemisiones de gases de efecto invernadero con las polticas que aplica en la actualidad.

    Los 15 pases que formaban la UE en el 2004 debern reducir las emisiones un 8%del 2008 al 2012 con respecto a los niveles de 1990. El Protocolo autoriza a Espaa aincrementar en ese periodo sus emisiones hasta un 15% de la cifra que registraba en1990. Sin embargo las emisiones previstas en el 2010 son de un 51% ms que las regis-tradas en 1990. Bruselas amenaza con sanciones si se siguen incumpliendo los compro-misos.

    Barbara Hellferich, portavoz comunitaria de Medio Ambiente.

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    1.3 el ejemplo del medio ambiente

    Aunque en esta publicacin trataremos los aspectossociales en la contratacin, vamos a comenzar con unaalusin a los criterios medioambientales por la evidenterelacin entre la calidad ambiental y la calidad de vida, ypor el hecho de que la ambientalizacin de los pliegos de

    contratacin se encuentra ms avanzada que la incorpora-cin de criterios sociales.

    La consideracin de aspectos medioambientales hasido recogida todava con mayor claridad y extensin quelos criterios sociales en la legislacin comunitaria, nacionaly foral de contratos pblicos, ya que expresamente se indi-ca que podrn ser tenidos en cuanto al valorar la solven-cia tcnica, como especificaciones tcnicas, como criteriosde valoracin y como condiciones de ejecucin del contra-to. Es decir que siempre claro est- que se respeten losprincipios de la contratacin, podemos incorporarlos entodas las fases del procedimiento de licitacin. Vemoslo:

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    Por ejemplo podremos establecer condiciones de eje-cucin de carcter genrico como exigir la realizacin deun estudio de impacto ambiental, el uso de energas reno-

    vables, la reduccin de envasados, la utilizacin de pro-ductos libres de txicos, el empleo de recipientes reutiliza-bles, la exclusin de materiales nocivos como PVC, o laformacin y sensibilizacin ambiental a los trabajadores.

    O bien exigir requerimientos para productos y contrata-ciones determinadas como el suministro de madera proce-dente de bosques certificados, la contratacin de vehculosno contaminantes, el suministro de papel totalmente librede cloro (TFC), el compostaje de los restos de podas enlos contratos de jardinera, etctera.

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    BUENA PRCTICA: GOBIERNO DE ARAGN (1)

    El Gobierno de Aragn ha desarrollado una serie de especificaciones, con el fin deminimizar las afecciones al medio generadas por su propia actividad que tienen encuenta criterios de sostenibilidad.

    En la contratacin de servicios, destaca la exigencia contractual a la empresa adju-

    dicataria del servicio de limpieza de recoger de forma separada los residuos segrega-dos en origen en las dependencias del Gobierno de Aragn. De esta forma, se facilitala reutilizacin y reciclaje de papel y cartn, envases ligeros y vidrio en los centros detrabajo. En el caso de materiales peligrosos, como pilas, bateras y tner de impreso-ras, existen tambin las indicaciones precisas para que stos sean gestionadoscorrectamente.

    Respecto a las compras de material, existe una especial sensibilidad hacia el usode papel reciclado. Gracias a ello, gran parte del papel consumido dispone de carac-tersticas de sostenibilidad ambiental, de forma que se prioriza la compra de papel reci-clado blanqueado sin cloro, tanto para el empleo en fotocopiadoras como para envosoficiales (sobres y bolsas).

    (1) Fuente: Insercin de la Compra Pblica Responsable en los Contratos Administrativos.

    Documento resumen de las I Jornadas formativas en compra pblica tica y sostenible en laConsejera de Medio Ambiente de la Junta de Andaluca. Sevilla, 4 de mayo de 2006. Autora:Bakeaz e Ideas.

    BUENA PRCTICA:BARCELONA: NORMALIZAR LA COMPRA VERDE (2)

    El programa Oficina Verde del Ayuntamiento de Barcelona pretende normalizar la

    compra verde en sus operaciones diarias y ha desarrollado mltiples actividades desensibilizacin entre los funcionarios:

    Ha distribuido la Gua de la Oficina Verde entre 12.000 funcionarios, se impartenhabitualmente cursos deformacin sobre compra verde y clusulas ambientales en loscontratos generales y las compras especficas de madera o papel reciclado, se puedeconsultar informacin actualizada a travs de un newsletter bimensual y una pginaweb especial (www.bcn.es/agenda21/oficinaverda) y se convocan reuniones peridi-cas de los grupos de trabajo internos que tratan de cuestiones como la promocin delcomercio justo y la compra responsable de madera y productos forestales.

    (2) Fuente: Gua CARPE de compra responsable.Autora: Silke Moschitz (Secretara de Eurocities).

    BUENA PRCTICA: AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA

    El Ayuntamiento de Pamplona en su apuesta por la integracin de criterios de sos-tenibilidad en los contratos ha seleccionado de entre los pliegos contratos inventaria-dos para incorporar criterios ambientales los siguientes:

    >>Adquisicin de material de oficina>> Mantenimiento de zonas verdes>> Limpieza de edificios>> Impresin de propaganda y programas de fiestas de San Fermn>>Adquisicin de equipamiento informtico>> Compra de impresoras

    En la seleccin de los contratos se han tenido en cuenta diversos criterios comosu impacto econmico, el carcter ejemplarizante, la sensibilizacin interna y ladifusin.

    Fuente: Gua para una Contratacin Pblica Sostenible elaborada por Prometea y edita-da en 2006 por la Red Navarra de Entidades Locales hacia la Sostenibilidad (Red NELS) y

    Gobierno de Navarra.

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    A lo largo de este captulo vamos a ir mostrando dife-rentes criterios sociales que pueden ser tenidos en cuentaen los procesos de contratacin pblica, as como expe-riencias ejemplarizantes y buenas prcticas que podremosutilizar como modelo replicable.

    Advertimos que la seleccin de la temtica no deberealizarse de forma automtica puesto que no todos loscontratos son aptos para incluir determinadas clusulassociales. Por el contrario aconsejamos realizar un anlisisprevio, plantear una estrategia coherente, disear las prio-

    ridades sociales, atender a las caractersticas del territorioy por supuesto analizar la idoneidad de cada contratosegn su sistema de adjudicacin, objeto contractual, sec-tor de actividad, plazo de ejecucin y presupuesto.

    2. TEMTICAS y BUENASPRCTICAS para la INCLUSIN de

    CRITERIOS SOCIALES

    BUENA PRCTICA: ADMINISTRACIN GENERAL DEL ESTADO

    La puesta en marcha del Plan de Contratacin Pblica Verde de la AdministracinGeneral del Estado va a ser sin duda un gran impulso para el desarrollo de la compraverde a nivel estatal. El Plan es el resultado del trabajo de una comisin ministerialliderada por el Ministerio de Medio Ambiente y tiene como objetivo alcanzar la meta

    establecida por la Comunidad Europea en la Estrategia revisada para un desarrolloSotenible. Para ello se establecen metas cuantificadas para los grupos de productos,servicios y obras considerados prioritarios por la Comisin Europea y se establecendirectrices para incorporar criterios ambientales en los procesos de contratacin.

    Adems se prevn diferentes acciones formativas e informativas y mecanismos departicipacin y seguimiento.

    Fuente: ORDEN PRE/116/2008, de 21 de enero, por la que se publica el Acuerdo deConsejo de Ministros por el que se aprueba el Plan de Contratacin Pblica Verde de la

    Administracin General del Estado y sus Organismos Pblicos, y las Entidades Gestoras de laSeguridad Social. ( BOE de 31 de enero de 2008.)

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    2.1 insercin laboralde colectivos desfavorecidos

    Una de las opciones de carcter social que la legisla-cin de contratos ha incorporado de manera ms clara esla temtica relacionada con el empleo de personas desfa-vorecidas del mercado laboral. As la Ley Foral deContratos de Navarra seala: Los pliegos de clusulasadministrativas particulares podrn incluir requerimientospormenorizados de carcter social tales como la obli-

    gacin de dar trabajo a desempleados de larga duracin.

    La Ley de Contratos del Sector Pblico es an ms pre-cisa al sealar en su artculo 102.1. Condiciones especialesde ejecucin del contrato. 1. Los rganos de contratacinpodrn establecer condiciones especiales en relacin conla ejecucin del contrato, siempre que sean compatiblescon el derecho comunitario y se indiquen en el anuncio delicitacin y en el pliego o en el contrato. Estas condicionesde ejecucin podrn referirse, en especial, a consideracio-nes de tipo medioambiental o a consideraciones de tiposocial, con el fin de promover el empleo de personas condificultades particulares de insercin en el mercado labo-ral.

    En la prctica esta obligacin de contratar a personasdesfavorecidas del mercado laboral se configura comouna condicin de ejecucin del contrato que los licitadoresasumen por el hecho de presentar su oferta y que laempresa adjudicataria deber ineludiblemente realizar.Para ello se incorpora al Pliego de Clusulas

    Administrativas Particulares de una forma muy sencilla:bien obligando a que un porcentaje de la plantilla que eje-cutar el contrato sean personas o colectivos desfavorecidos

    del mercado laboral, o bien concretando el nmero y elperfil de las personas que la empresa deber contratarpara la ejecucin de la obra o la prestacin del servicio.Veamos dos ejemplos:

    EL DATO:

    En Espaa viven 8.509.000 personas bajo el umbral de la pobreza (por debajo del

    50% de la renta media disponible neta), de las que 1.300.000 se encuentran en situacinde pobreza extrema.

    El desempleo y el empleo precario las principales causas de exclusin social, y por elcontrario el acceso al empleo de calidad conforma una de las mejores herramientas deinclusin social.

    Informe Foessa 2006.

    BUENA PRCTICA:AYUNTAMIENTO DE GIRONA.

    PLIEGO DE CONTRATACIN DE LAS OBRASDEL CENTRO CVICO Y BIBLIOTECA

    El contratista estar obligado a reservar tres puestos de trabajo entre los pro-puestos por el Ayuntamiento, preferentemente jvenes sin cualificacin y parados delarga duracin.

    BUENA PRCTICA:

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    2.2 discapacidad

    Pese a la crudeza de los datos, la discapacidad y con-cretamente el empleo de personas con discapacidad supo-nen la punta de lanza en la incorporacin de criteriossociales en la contratacin pblica, ya que se trata de unaclusula social elevada a categora legal y adems impe-rativa, segn establece la Ley 13/1982 de 7 de Abril, de

    Integracin Social de Minusvlidos, en su artculo 38.1:"Las Empresas pblicas y privadas que empleen un nme-ro de trabajadores fijos que exceda de cincuenta vendrnobligadas a emplear un nmero de trabajadores minusv-lidos no inferior al dos por ciento de la plantilla".

    La mala noticia es que en ocasiones las leyes por ssolas no bastan, y as el 80% de las empresas espaolasincumplen la cuota segn la FEAPS1 y eso a pesar deexistir medidas alternativas a su cumplimiento (RealDecreto 27/2000 de 14 de enero). Otro tanto cabra decirde las Administraciones Pblicas, tambin obligadas aconformar sus plantillas de personal con un porcentaje depersonas con discapacidad, y cuyo incumplimiento es

    igualmente notorio.

    En todo caso para algunos sectores sociales el sectorde la discapacidad supone un claro referente en cuanto aclusulas sociales y ello debido al hecho de constituir unsector capaz de ejercer presin ante los diferentes gobier-nos, lo que ha trado como consecuencia la profusin nor-mativa y las constante regulacin de la discapacidad en ladiversa legislacin, incluida la de contratos pblicos. Asvamos a sealar distintas posibilidades de incorporar refe-rencias a la discapacidad en la contratacin pblica:

    Como Prohibicin para contratar:

    El artculo 49 de la Ley de Contratos del Sector Pblico,de forma similar a la Ley Foral de Contratos en su artculo18 relativo a las prohibiciones para contratar, recogenentre otras la de No podrn contratar con el sector pbli-co las personas fsicas o jurdicas en quienes concurraalguna de las circunstancias siguientes :c) Haber sido san-cionadas con carcter firme por infraccin grave en mate-ria de disciplina de mercado, en materia profesional o enmateria de integracin laboral y de igualdad de oportunida-

    des y no discriminacin de las personas con discapacidado por infraccin muy grave en materia social Es decirque aquellas empresas que no cumplieran con el porcen-taje del 2% y hubieran sido sancionadas no podrn contra-tar con la Administracin.

    En realidad esta prohibicin debiera hacerse ms efec-tiva y no slo prohibir participar en la licitacin a aquellasempresas sancionadas firmemente sino a todas aquellasque no acreditasen su cumplimiento. Sirva como ejemploel artculo 4.1. del Decreto 213/1998 de 17 de diciembre dela Comunidad de Madrid, que exige a los licitadores la pre-sentacin de una declaracin jurada sealando que cum-plirn dicha obligacin si resultan adjudicatarios del contrato,

    debiendo probarlo mediante un certificado acreditativo delnmero de trabajadores en plantilla y copia compulsada delos contratos de trabajo realizados con personas con dis-capacidad. Como sistema de garanta se establece ade-ms que la fianza definitiva no se devolver a la empresahasta haber acreditado su cumplimiento.

    Como Criterio de Preferencia o Desempate:

    La Ley Foral de Contratos recoge en su artculo 51 queCuando se produjera empate en la puntuacin entre doso ms licitadores, ste se dirimir a favor de la empresaque tenga un mayor porcentaje de trabajadores con disca-pacidad, siempre que ste no sea inferior al 3 por 100. En

    parecidos trminos es recogido el criterio de preferenciaen la Disposicin Adicional Sexta de la Ley de Contratosdel Sector Pblico del Estado.

    Poco que decir sobre este dudoso criterio, si acasodesaconsejarlo debido a su completa intrascendenciapuesto que el empate es casi imposible en una licitacin

    EL DATO:

    Un 6% de la poblacin navarra (31.000 personas), tiene algn tipo de discapacidadsegn la Federacin de Asociaciones de Discapacitados Fsicos y Orgnicos de Navarra(Cocemfe).

    En Espaa hay tres millones y medio de personas con alguna discapacidad, de lasque un 50% padecen discapacidades sensoriales (1,7 millones), un 55% discapacidadesfsicas (1,5 millones), y un 15% (0,5 millones) discapacidad mental.

    Aunque el 40% se encuentra en edad de trabajar, su tasa de desempleo triplica a lamedia, teniendo adems una tasa de actividad bajsima ya que el 67% de las personascon discapacidad en edad laboral no busca trabajo debido a las escasas oportunidadeslaborales.

    Astrid Recojo. Revista Compromiso Empresarial. Diciembre 2005.

    1 Confederacin Espaola de Organizaciones en f avor de las Personas con Discapacidad Intelectual. Ao 2006.

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    pblica donde se dirimen dcimas y hasta centsimas. Porel contrario las preferencias deben concretarse a travs decriterios de adjudicacin o ejecucin que sean realmenteefectivos.

    Como Criterio de Adjudicacin:

    La normativa foral navarra no permite introducir crite-rios de valoracin de carcter social, aunque s lo hace laLey de Contratos del Sector Pblico con una redaccinque puede dar lugar a confusin.

    Destaquemos la triste paradoja de que la predecesorala Ley Foral 10/1998, de Contratos de Navarra, recoga ensu artculo 62 que "Los pliegos de clusulas administrati-vas particulares incorporarn, con carcter general, entrelos criterios de adjudicacin, el de integracin laboral depersonas con discapacidades, de forma que se valore ypunte positivamente a aquellas empresas, que en elmomento de acreditar su solvencia tengan en su plantillaun nmero superior al 3 por 100 de la misma .".

    Lo que antes era de obligatoria inclusin en todas lascontrataciones ahora no se permite en la normativa foral,pero la realidad es que son numerosas las

    Administraciones Pblicas que en sus pliegos de contrata-cin han incluido criterios de valoracin relacionados conel empleo de personas con discapacidad.

    Como Condicin de Ejecucin:

    El artculo 102 de la Ley de Contratos del SectorPblico seala como una posible condicin de ejecucindel contrato la de promover el empleo de personas condificultades particulares de insercin en el mercado labo-

    ral, y el artculo 49 de la Ley Foral de Contratos deNavarra, indica como ejemplo la obligacin de contratarpara la ejecucin del contrato a un nmero de personasdiscapacitadas superior al l egalmente establecido.

    Por lo tanto en esta fase del procedimiento contractualla fase de ejecucin-, podemos establecer un criterio obli-gatorio para la empresa adjudicataria en la que se sealela obligacin de contratar a un porcentaje de la plantilla oa un nmero de personas concreto con discapacidad.

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    BUENA PRCTICA:AYUNTAMIENTO DE ALCORCN

    El Ayuntamiento incluye en los pliegos de contratacin una clusula para que lasempresas contratadas cumplan la Ley de Integracin Social de Discapacitados, exi-giendo a todas las empresas con una plantilla superior a 50 personas la acreditacin

    de que cuentan al menos con un 2 por ciento de personas con discapacidad.

    Adems se establece una valoracin superior para aquellas empresas que mejorenlas exigencias de la legislacin en la materia.

    Con la inclusin de estas clusulas sociales cumplimos un compromiso que tienecomo objetivo el fomento de la insercin laboral de personas con discapacidad a travsde una iniciativa que ha de generar en los proveedores de la Administracin Local unacultura positiva hacia la insercin laboral de este colectivo de ciudadanos segn pala-bras del Alcalde de Alcorcn, Enrique Cascallana.

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    2.3 comercio justo

    Recientemente, las principales organizaciones deComercio Justo a escala internacional han consensuadola siguiente definicin: El Comercio Justo es una aso-ciacin de comercio, basada en el dilogo, la transpa-rencia y el respeto, que busca una mayor equidad en elcomercio internacional. Contribuye a un desarrollo sos-

    tenible ofreciendo mejores condiciones comerciales yasegurando los derechos de productores y trabajadoresmarginados, especialmente en el Sur. Las organizacio-nes de Comercio Justo, apoyadas por los consumidores,estn implicadas activamente en apoyar a los producto-res, sensibilizar y desarrollar campaas para conseguircambios en las reglas y prcticas del comercio interna-cional convencional.

    Es importante sealar que los estndares de ComercioJusto son un conjunto de criterios que deben cumplirse ensu totalidad, lo que diferencia a este movimiento de otrasiniciativas sociales o medioambientales con estndaresms bajos.

    As lo recoge El Parlamento Europeo en su recienteresolucin sobre Comercio Justo y Desarrollo(2005/2245(INI) a la que se alude en la Exposicin deMotivos de la Ley 30/2007 de Contratos del SectorPblico:

    Art. 2: Considera que, para eliminar el riesgo de abu-sos, el comercio justo debe cumplir una serie de criteriosdefinidos por el movimiento por el comercio justo enEuropa de la siguiente manera:

    a) un precio justo al productor, que garantice unosingresos justos y que permita cubrir unos costes

    sostenibles de produccin y los costes de subsistencia;este precio debe igualar, por lo menos, al precio y la primamnimos definidos por las asociaciones internacionales decomercio justo,

    b) parte del pago se debe efectuar por adelantado, si elproductor as lo solicita,

    c) una relacin estable y a largo plazo con los produc-tores, as como la intervencin de stos en el estableci-miento de normas de comercio justo,

    d) transparencia y rastreabilidad en toda la cadena deabastecimiento, a fin de garantizar una informacin ade-cuada al consumidor,

    e) unas condiciones de produccin que respeten losocho convenios fundamentales de la OrganizacinInternacional del Trabajo (OIT),

    f) el respeto del medio ambiente, la proteccin de losderechos humanos, en particular de los derechos de lasmujeres y los nios, as como el respeto de los mtodos de

    produccin tradicionales que favorezcan el desarrollo eco-nmico y social,

    g) programas de desarrollo de capacidades y capacita-cin para los productores, en especial para los pequeosproductores marginales de los pases en desarrollo, parasus organizaciones y para sus respectivas comunidades, afin de garantizar la sostenibilidad del comercio justo,

    h) el respaldo a la produccin y la entrada el mercadode las organizaciones de productores,

    i) actividades de sensibilizacin sobre la produccin ylas relaciones comerciales en el marco del comercio justo,su misin y sus objetivos, y sobre la injusticia reinante en

    las normas del comercio internacional,

    j) el seguimiento y la verificacin del cumplimiento deestos criterios, en cuyo marco debe corresponder unimportante papel a las organizaciones del hemisferio sur,con miras a una reduccin de costes y una mayor partici-pacin de las mismas en el proceso de certificacin

    Este movimiento alternativo beneficia a en la actualidada ms de ocho millones de productores, facilitando unacceso al mercado en mejores condiciones: prefinancia-cin, pago de un precio justo y relaciones a largo plazo. ElComercio Justo contribuye al empoderamiento de los grupos

    productores desfavorecidos y constituye una alternativasocial y medioambiental con estndares de calidad supe-riores al mercado.

    La opcin por productos de comercio justo representael compromiso por parte de las autoridades por criterios oestndares ticos ms exigentes y beneficia a los produc-

    EL DATO:

    El descenso de los precios en el mercado mundial -segn datos de la OrganizacinInternacional del Caf- ha pasado de 229,21 cntimos de dlar por libra en 1977 a los45,60 cntimos en 2001, subiendo hasta los 95,75 en 2006. Esta situacin provoca queel precio de las cosechas est por debajo del coste de produccin, cifra que no alcanzani para cubrir las necesidades bsicas de las familias productoras.

    En el mundo hay 25 millones de personas y sus familias que dependen del cultivo delcaf y afrontan las consecuencias de una grave crisis derivada de las mseras remune-raciones que reciben fruto de su trabajo.

    Fuente: Programa Buencaf de Setem y Ecodes.

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    tores que cumplen con las convenciones internacionalessobre condiciones laborales y salariales dignas, derechosde los y las trabajadoras, o lucha contra el trabajo infantil2.

    Es muy significativo que la Ley de Contratos del SectorPblico del Estado haya incorporado en su Exposicin deMotivos una referencia expresa y entrecomillada alComercio Justo: Sintticamente expuestas, las principalesnovedades afectan a la previsin de mecanismos que per-miten introducir en la contratacin pblica consideracionesde tipo social y medioambiental como son los de acomo-dacin de las prestaciones a las exigencias de un comer-cio justo con los pases subdesarrollados o en vas dedesarrollo como prev la Resolucin del ParlamentoEuropeo en Comercio Justo y Desarrollo 2005/2245 (INI).

    Igualmente se establece un criterio de preferencia en laDisposicin Adicional Sexta de la Ley de Contratos delSector Pblico al sealar: 4. Los rganos de contratacinpodrn sealar en los pliegos de clusulas administrativasparticulares la preferencia en la adjudicacin de loscontratos que tengan como objeto productos en los queexista alternativa de Comercio Justo para las proposicio-

    nes presentadas por aquellas entidades reconocidas comoOrganizaciones de Comercio Justo, siempre que dichasproposiciones igualen en sus trminos a las ms ventajo-sas desde el punto de vista de los criterios que sirvan debase para la adjudicacin.

    La posibilidad de contratar productos de ComercioJusto se cie casi en exclusiva a contratos de suministro(alimentos, materiales promocionales, cestas de Navidad uotro regalo institucional) y de servicios de restauracin(mquinas expendedoras, cafeteras, comedores y cateringpara eventos), por lo que vamos a analizar las posibilida-des de integrar sus criterios en la contratacin pblica.

    Por ltimo, la pertenencia a la Coordinadora Estatal de Comercio Justo,tambin es suficiente garanta del cumplimiento de los criterios, si bien, elsistema de monitoreo de la Coordinadora se encuentra todava en procesode desarrollo.

    Teniendo en cuenta la normativa de contratacin, y los sistemas de reco-nocimiento que actualmente existen, exponemos a continuacin un modelode definicin de Comercio Justo aplicable a un pliego de contratacin:

    DefinicinCuando se haga referencia a productos de Comercio Justo stos debenestar producidos y comercializados en consonancia con la descripcin esta-blecida por el Parlamento Europeo en el art. 2 de la Resolucin enComercio Justo y Desarrollo (2005/2245(INI)).

    VerificacinSe considerar que los productos que hayan sido importados y distribui-

    dos por Organizaciones de Comercio Justo acreditadas por IFAT o por laCoordinadota Estatal de Comercio Justo o que porten el sello de ComercioJusto Fairtrade, cumplen dichos criterios. Otros operadores econmicos(suministradores) deben demostrar la equivalencia con los estndaressealados por cualquier medio de prueba adecuado.

    Como criterio de adjudicacin: Es posible puntuar positivamen-te aquellas ofertas que incorporen productos de Comercio Justo siempreque se trate de criterios adicionales no determinantes y tenga relacin conel objeto del contrato.

    En el caso de los contratos de suministro, la relacin con el objeto delcontrato puede verse claramente cuando se solicitan productos deComercio Justo en la totalidad o parte del suministro. En el caso de los con-tratos de servicio esta relacin no es tan evidente, no obstante al igual queen el Manual Compra Verde de la Comisin Europea se admite que en losservicios de restauracin se exija cierto porcentaje de productos ecolgicoso que ciertos productos se hayan producido de acuerdo a los criterios de laagricultura ecolgica, analgicamente tambin sera admisible solicitar pro-ductos de Comercio Justo en servicios de restauracin o gestin de eventos.

    Como Condicin de Ejecucin: Otra posibilidad consiste en esta-blecer condiciones de ejecucin de carcter obligatorio, indicando que en eldesempeo del sevicio o provisin del suministro ciertos o la totalidad de losproductos cumplan los estndares de Comercio Justo. Para ello es necesa-rio describir claramente qu se entiende por Comercio Justo de acuerdo ala definicin sealada anteriormente.

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    2 El presente captulo dedicado al Comercio Justo se basa en el Manual para la Compra Pblica tica, redactadopor Inmaculada Rodrguez y editado por IDEAS (Iniciativas de Economa Alternativa y Solidaria) en 2005. Ascomo en la Gua para la Contratacin Pblica Responsable en Andaluca, elaborado por Laura Rodrguez Zugastiy Ana Izquierdo Lejardi, y editado por la Consejera de Medioambiente y la Secretara de Sostenibilidad de laJunta de Andaluca, e IDEAS. Recomendamos su lectura para obtener una exhaustiva informacin.

    Mediante Homologaciones o Certificados: Un poder adjudica-tario podra exigir la aportacin de certificaciones sociales, -cuyo tratamientoes idntico a las ecoetiquetas-, aunque deber permitir a los licitadores laposibilidad de aportar otras pruebas que demuestren las caractersticas deun producto equivalente al requerido.

    En este caso podremos hacer referencia a los dos sistemas de garantaexistentes en la actualidad: la marca IFAT -otorgada por la AsociacinInternacional de Comercio Justo- que avala a organizaciones, o el SelloFairTrade otorgado por la Fair Labelling Organisation/Organizacin delSello de Comercio Justo- que certifica productos.

    Las empresas convencionales pueden solicitar ser licenciatarias delSello Fairtade para aplicarlo a cierta lnea de productos siempre que sus

    prcticas en el resto de lneas de productos no sean contrarias al ComercioJusto. Sin embargo la marca IFAT slo puede otorgarse a organizaciones nolucrativas en las que el Comercio Justo sea la parte central de su actividad.

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    BUENAS PRCTICAS

    UNIVERSIDAD AUTNOMA DE BARCELONA

    Pionera en la insercin de productos de Comercio Justo en las mquinas expen-dedoras, estipula de forma obligatoria que en las mquinas de bebidas calientes sesirva caf de Comercio Justo.

    Los operadores debern justificar documentalmente la procedencia del mismomediante certificacin expedida por una organizacin de Comercio Justo y publicitarvisiblemente sobre la mquina, la procedencia del caf, haciendo constar la etiquetade Comercio Justo.

    La UAM establece adems que a medida que las condiciones tcnicas, econmi-cas y logsticas lo permitan, exigir que otros productos (t, azcar, cacao ..) debernser tambin de Comercio Justo. En consecuencia ya se est introduciendo azcar ennumerosas mquinas en la Universidad

    AYUNTAMIENTO DE BILBAO

    Con un enfoque adicional de sensibilizacin ha incluido productos de comerciojusto en las cestas de Navidad que se obsequian a los funcionarios. Las especifica-ciones tcnicas obligan a que parte de los contenidos sean productos de comercio

    justo y adems en la cesta se incluye un folleto informativo sobre los productos decomercio justo y cmo conseguirlos en Bilbao. La inclusin de productos de comercio

    justo no increment el presupuesto de 125.000 euros.

    COMUNIDAD DE NAVARRA

    Los Ayuntamientos de Noain, Pamplona, Burlada y Tudela han adoptado mocionesen sesin plenaria a favor del comercio justo. El 16 de marzo de 2006 el Pleno delParlamento de Navarra aprob la siguiente Resolucin: El Parlamento de Navarrainsta al Gobierno de Navarra a adoptar medidas jurdicas, financieras y organizativas

    para la participacin del comercio justo y el consumo responsable en lasAdministraciones Publicas, as como para el apoyo a determinadas actividades a des-arrollar por estas organizaciones en el mbito de la informacin a los consumidores,la educacin, la sensibilizacin, la informacin de interlocutores del mercado y la intro-duccin de las tecnologas de la sostenibilidad en toda la cadena comercial.

    Adems, en el marco del programa Buen Caf promovido por Setem, se ha logradola insercin de caf de Comercio Justo en las dependencias municipales del

    Ayuntamiento de Burlada, en el Parlamento de Navarra y en el Instituto Ibaialde.

    JUNTA DE ANDALUCIA

    La Consejera de Medio Ambiente y la empresa pblica EGMASA(Empresa deGestin Medioambiental) han apostado por el uso de camisetas, bolsas, mochilas deComercio Justo y algodn orgnico para las campaas educativas y promocionales.EGMASAadems ha incorporado el Comercio Justo en sus servicios de restauracin(mquinas expendedoras y catering).

    JUNTA DE EXTREMADURA

    La empresa pblica Gabinete de Iniciativa Joven, dependiente de la Consejera delos Jvenes y el Deporte, ha promovido la insercin de Comercio Justo en sus even-tos apoyando al mismo tiempo el desarrollo de un proyecto empresarial de cateringecojusto que pueda brindar este servicio dentro y fuera de la regin.

    AYUNTAMIENTO DE CRDOBA

    El Instituto Municipal de Deportes de Crdoba ha apoyado un programa de sensi-bilizacin mediante la adquisicin de balones de Comercio Justo y la realizacin detalleres formativos.

    Por otro lado la ciudad de Crdoba ha sido la primera ciudad en conseguir el ttulodel programa europeo Ciudades por el Comercio Justo, que se otorga al cumplir 5criterios: dictar una resolucin a favor del Comercio Justo e incorporar los productos deComercio Justo en el Ayuntamiento; presencia suficiente de productos de ComercioJusto en el sector minorista y de restauracin; insercin de productos en empresas yorganizaciones; comunicacin del programa y formacin de un grupo de trabajo local.

    AYUNTAMIENTO DE MADRID

    El rea de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Madrid ha optado en numerosos

    eventos por productos y camisetas de Comercio Justo (por ej. para la promocin dela candidatura olmpica Madrid 2012).Recientemente el Pleno del Ayuntamiento ha aprobado por unanimidad una

    Proposicin relativa a la Promocin del Comercio Justo en la ciudad de Madrid queestablece el compromiso para fomentar el Comercio Justo en el sector pblico y pri-vado e iniciar el proceso para que Madrid alcance el estatus de Ciudad por elComercio Justo.

    Ms informacin sobre buenas prcticas en:www.comprapublicaetica.org, www.ciudadjusta.org

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    2.4 convenios internacionales

    La deslocalizacin de empresas en terceros pases y laglobalizacin muestran su cara ms amarga en las condi-ciones laborales de los y las trabajadoras, privadas de losderechos bsicos establecidos por la OrganizacinInternacional del Trabajo.

    Como significativa toma de postura y velando por dere-chos bsicos, se desprende la propuesta de que las

    Administraciones Pblicas exijan a sus contratistas y pro-veedores que garanticen condiciones laborales dignas entoda la cadena de produccin, con especial mencin a la

    trazabilidad de los suministros.

    Para garantizarlo proponemos la incorporacin de unaclusula a modo de anexo en la que los licitadores decla-ren el cumplimiento de las convenciones de la OIT queabajo se citan, requiriendo adems a la empresaadju dica taria para que acredite de manera fehaciente sucumplimiento. As la declaracin responsable consistiraen la referencia a las normas bsicas relativas a derechoslabores sealadas por la Organizacin Internacional ensus principales convenciones:

    >> Convenciones 29 y 105, relativas a la supre-sin del trabajo forzado.

    >> Convenciones 87 y 98, sobre libertad sindical,de asociacin y negociacin colectiva.

    >> Convencin 100, sobre la igualdad salarialentre hombres y mujeres.

    >> Convencin 111, contra la discriminacin enacceso a empleo y las condiciones laborales porrazones de raza, color, sexo, religin, opinin pol-tica, extraccin nacional u origen social.

    >> Convencin 138, sobre la abolicin de la explo-tacin y el trabajo infantil.

    >> Convencin 182 sobre la prohibicin de laspeores formas de trabajo infantil y de la accininmediata para su eliminacin

    Esta clusula adems tiene todo el apoyo legal en elartculo 102 de la Ley de Contratos del Sector Pblico

    Condiciones especiales de ejecucin del contrato

    1. Los rganos de contratacin podrn establecercondiciones especiales en relacin con la ejecucin delcontrato, siempre que sean compatibles con el derechocomunitario y se indiquen en el anuncio de licitacin y enel pliego o en el contrato. Estas condiciones de ejecucinpodrn referirse, en especial, a consideraciones de tipomedioambiental o a consideraciones de tipo social, con elfin de promover el empleo de personas con dificultadesparticulares de insercin en el mercado laboral, eliminarlas desigualdades entre el hombre y la mujer en dicho mer-cado, combatir el paro, favorecer la formacin en el lugarde trabajo, u otras finalidades que se establezcan con refe-rencia a la estrategia coordinada para el empleo, definida

    en el artculo 125 del Tratado Constitutivo de laComunidad Europea, o garantizar el respeto a losderechos laborales bsicos a lo largo de la cadena deproduccin mediante la exigencia del cumplimiento de lasConvenciones fundamentales de la OrganizacinInternacional del Trabajo.

    EL DATO:

    La explotacin infantil afecta a 218 millones de nios en el mundo.

    Asia encabeza en el mundo la lista de trabajadores forzados con 9,5 millones, segui-da por Amrica Latina y el Caribe (1,3 millones), Africa subsahariana (660.000) y MedioOriente y Africa del Norte (260.000).

    Informe 2006 de la Organizacin Internacional del Trabajo (OIT).

    El Informe Anual (2006) de la Confederacin Internacional de OrganizacionesSindicales Libres, concluye que el derecho de sindicacin se ha visto regularmente vul-nerado, y denuncia ante la OIT a los pases donde no existe el derecho (Omn, ArabiaSaudita y Birmania, China, Egipto, Moldavia o Siria) y realiza miles de denuncias de coac-

    cin e intimidacin, particularmente en las zonas francas y plantaciones agrcolas deAmrica Latina.

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    2.5 calidad en el empleo

    Considerando el potencial presupuestario de loscontratos pblicos (16% del PIB) podramos deducirque un nmero proporcional -sobre la tasa de activi-dad- de trabajadores y trabajadoras se encuentraindirectamente en nmina de las AdministracionesPblicas, puesto que sus empresas estn ejecutan-

    do obras pblicas, prestando servicios pblicos oasistencia tcnica, o bien elaborando suministroscuyo destino es el sector pblico.

    Tal magnitud es incongruente con la despreocu-pacin que muestran los poderes adjudicadores porla calidad del empleo generado a travs de laadjudicacin de sus contratos. Esta razn y lospreocupantes datos arriba sealados debieranconstituir motivos suficientes para impulsar laContratacin Pblica Sostenible dirigida a la calidaden el empleo, ms an cuando se trata de clusulasde fcil inclusin para la casi totalidad de objetoscontractuales, sectores de actividad y sistemas de

    adjudicacin.EL DATO:

    Espaa sigue encabezando las cifras de siniestralidad laboral en la UE. La siniestra-lidad laboral ascendi un 4,7% durante el primer semestre de 2006 en relacin al mismoperiodo de 2005 tras contabilizarse un total de 481.415 accidentes laborales, con 492accidentes mortales entre enero y junio de 2006 (24 muertos y ms de 13.000 acciden-tes en Navarra en 2006). Informe de CCOO.

    Espaa bate rcords de precariedad laboral en Europa. Mientras que en Espaa msdel 30% de los contratos son temporales (27,6 % en Navarra), en el resto de Europa esteporcentaje baja al 11%. De hecho, nuestro pas es el que refleja la mayor tasa de tempo-ralidad. Europa Press

    Los asalariados que forman parte del club de los mileuristas en Espaa son ya 10,4millones de personas, se trata de trabajadores que cobran menos de mil euros mensuales.

    Encuesta de Condiciones de Vida (ECV) del Instituto Nacional de Estadstica (INE).

    BUENA PRCTICA:

    AYUNTAMIENTO DE BARCELONA.SUMINISTRO DE VESTUARIO PARA PARQUES Y JARDINES.

    El Pliego de Clusulas Administrativas exige a las empresas una Certificacin queacredite que los textiles y otros materiales especficos empleados en la produccin delmaterial suministrado sea de forma directa o mediante subcontratacin-, se ha realiza-

    do respetando los derechos laborales bsicos recogidos en la Declaracin de laOrganizacin Internacional del Trabajo, relativa a los principios y derechos fundamenta-les, y con una poltica comprometida de gestin en cuanto al medio ambiente y a la pre-vencin de derechos laborales.

    Lo cual podr acreditarse mediante:>> Compromiso tico de la empresa, cuyo modelo se incluye en el Pliego.>> Certificado de cdigo de conducta SA8000/Fair Wear Foundation>> Certificado de auditora hecha por empresas externas

    MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIONSUMINISTRO DE VESTUARIO PARA EL PERSONAL

    Los criterios ticos se incorporan dentro de las caractersticas tcnicas del vestuario:En cuanto a la confeccin se respetarn los derechos bsicos de los trabajadoresrecogidos en la Declaracin de la Organizacin Internacional Del Trabajo relativa a losderechos y principios fundamentales de los trabajadores y se seguir una poltica empre-sarial de prevencin de riesgos laborales..

    EMPRESA DE GESTION MEDIOAMBIENTALDE LA JUNTA DE ANDALUCIA

    En el marco del Programa de Compra Responsable iniciado por EGMASA en 2007,la empresa pblica ha incorporado en los contratos de suministros la obligatoriedad paralos proveedores de cumplimentar un Compromiso de produccin de acuerdo a lasConvenciones de la OIT.

    La insercin de nuevos criterios tanto ticos como ambientales est siendo acompa-

    ada de diversas acciones de dilogo y formacin con los proveedores, para facilitar almximo su adaptacin a los nuevos requerimientos y evitar que la nueva poltica de con-tratacin responsable afecte negativamente a los habituales suministradores, la mayoraempresas locales.

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    Ayuntamiento de Sevilla- se ha establecido que los repre-sentantes designados por las organizaciones sindicales(en posesin del ttulo oficial de Tcnico de Prevencin deRiesgos Laborales y debidamente acreditados por el

    Ayuntamiento) complementan la actuacin de los delega-dos de prevencin de riesgos laborales, ostentandofunc ione s de seguimiento y control del proceso preventivo,articulando la prevencin de riesgos de las subcontratascon los Comits de Seguridad y Salud y con los Delegadosde Prevencin, y asesorando tcnicamente a stos en elejercicio de sus funciones.

    Temporalidad Laboral: la derogada Ley Foral10/1998, de Contratos Pblicos de Navarra, en su artculo67 obligaba a incorporar en todos los pliegos de clusulasadministrativas particulares entre los criterios de adjudica-cin el de la situacin laboral de las empresas, de formaque se valore y punte positivamente a aquellas empresasque tengan en su plantilla un nmero de eventuales nosuperior al 10 por 100". Esta clusula posea carctergeneral y se aplicaba a todos los contratos pblicos, colo-cando adems el listn a una buena altura (90% de plantillaindefinida); como consecuencia en Navarra hemos pasadode la obligatoriedad a la prohibicin de incorporar la esta-bilidad laboral como criterio de adjudicacin.

    En el captulo relativo al anlisis normativo, sealamosque los criterios de valoracin de carcter social han sidoomitidos en la Ley Foral de Contratos y tmidamente reco-gidos en la Ley de Contratos del Sector Pblico. No obs-tante algunas administraciones locales han incorporado ensus pliegos la estabilidad en el empleo y significativo resul-ta el caso de la Comunidad de Madrid, que incorpor uncriterio de puntuacin segn el porcentaje de plantilla inde-finida que ha sido avalado por el Consejo Econmico ySocial, el Consejo de Estado, el Tribunal Superior deJusticia de Madrid y el Tribunal Supremo.

    AL margen del criterio de puntuacin lo que no revistaduda alguna es la inclusin de este criterio como condicin

    de ejecucin del contrato, por lo que puede establecerse laobligacin para la empresa adjudicataria de ejecutar elcontrato con un porcentaje determinado de plantilla indefi-nida (por ejemplo por encima de la media: el 75%).

    El artculo 102 de la Ley de Contratos del SectorPblico, seala que podrn establecerse condicionesespeciales de ejecucin conforme a las finalidades que seestablezcan con referencia a la estrategia coordinada parael empleo definida en el artculo 125 del TratadoConstitutivo de la Comunidad Europea. Acudimos al art-culo del Tratado y comprobamos que estas finalidadesconsisten en una mano de obra formada y cualificada,mercados laborales adaptados al cambio, y a un alto nivel

    de empleo y de proteccin social, la igualdad entre el hom-bre y la mujer, un crecimiento sostenible, un alto nivel deproteccin y de mejora de la calidad del medio ambiente,la elevacin del nivel y de la calidad de vida, y la cohesineconmica y social.

    Con estos fundamentos veamos distintas posibilidadesy ejemplos para establecer criterios sociales en relacincon la calidad en el empleo:

    Siniestralidad Laboral. La Ley Foral de Contratosestablece por un lado (art. 18) la prohibicin de contratarcon aquellas empresas que hubiesen sido sancionadascon carcter firme por infraccin grave en materia de segu-

    ridad y salud laboral, y adems (art. 54) seala que lacapacidad y solvencia tcnica de las empresas deberacreditarse mediante la declaracin de hallarse al corrien-te en el cumplimiento de las obligaciones de seguridad ysalud en el trabajo y de prevencin de riesgos laboralesimpuestas por las disposiciones vigentes.

    Sin duda puede irsems all y convertir esadeclaracin de intencionesen una actuacin efectiva:el Ayuntamiento de Sevillaaprob unos Pliegos deCondiciones Generales3

    que rigen en todos los con-tratos de obra municipales,mediante los cuales seestablece que tanto el con-tratista principal como lossubcontratistas estnobligados a integrar laprevencin en toda lacadena de mando y cumplirlas obligaciones de la Leyde Prevencin de RiesgosLaborales (Ley 31/1995 de8 de noviembre, el R/D1627/1997 de 24 de octu-bre, y la Ley 54/2003, de 12

    de diciembre) en materiade seguridad y salud, con especial atencin a la coordina-cin preventiva, que partir de la empresa principal.

    Para asegurar su cumplimiento -en virtud del Acuerdocontra la Siniestralidad Laboral en las EmpresasMunicipales y Organismos Autnomos dependientes del

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    3 Texto completo en: http://www.sevillaempleo.org/images/documentos_1_7_1.pdf

    BUENA PRCTICA:AYUNTAMIENTO DE SEVILLA

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    Condiciones Salarialesy Derechos Laborales: Al igual que el artculo 54

    de la Ley Foral de Contratos de Navarra seala que la enti-dad adjudicadora podr exigir la acreditacin de estar alcorriente en sus obligaciones fiscales y con la SeguridadSocial, tambin mediante sencillas clusulas en los contratospblicos podremos valorar o bien exigir el cumplimiento dediversas cuestiones relacionadas con los derechos labora-les de los trabajadores y trabajadoras que prestarn o eje-cutarn el contrato pblico.

    Citemos algunos ejemplos:

    >> Asegurar el alta de los trabajadores mediante lapresentacin de los contratos de trabajo.

    >> Acreditar el pago de las prestaciones socialesmediante la presentacin de los TC1 y TC2.

    >> Garantizar que las condiciones salariales se ajustanal convenio del sector o de empresa mediante la presenta-cin de contratos y boletines de cotizacin a la SeguridadSocial.

    En todos los casos resulta imprescindible establecer en

    los pliegos la obligacin para la empresa adjudicataria depresentar la documentacin que a tal efecto se establezca,as como indicar los mtodos de acreditacin y verificacinque correspondern a la autoridad adjudicataria.

    Al respecto resulta muy interesante el artculo 41 de laLey de Contratos del Sector Pblico, que introduce la figu-ra del Responsable del contrato, sealando que Losrganos de contratacin podrn designar un responsabledel contrato al que corresponder supervisar su ejecuciny adoptar las decisiones necesarias con el fin de asegurarla correcta realizacin de la prestacin pactada, dentro delmbito de facultades que aqullos le atribuyan. El respon-sable del contrato podr ser una persona fsica o jurdica,vinculada al ente, organismo o entidad contratante o ajena

    a l. As, mediante esta figura podr velarse por unempleo digno y de calidad en las personas trabajadorasque ejecutan o prestan los contratos pblicos.

    BUENA PRCTICA:COMUNIDAD DE MADRID

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    BUENA PRCTICA:EMPRESA DE GESTIN MEDIOAMBIENTALDE LA JUNTA DE ANDALUCA

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    BUENA PRCTICA:AYUNTAMIENTO DE HUELVACuadro de Criterios de Adjudicacin relacionados con la calidad en el empleo y elacceso al empleo en condiciones de igualdad.

    Criterio Indicadores Requisito a fecha anuncio licitacin Acreditacin Puntuacinsobre 25

    Fomento acceso alempleo en condi-ciones de igualdad

    10 puntos (40%)

    Insercin de colectivos desfavorecidos todos (mujeres, jve-nes, personas desempleadas de larga duracin, mayores de45 aos, personas discapacitadas, inmigrantes)

    Insercin del 10% plantilla en el ao inmediatamenteanterior a la fecha del anuncio

    Declaracin, contratos, plant il la total 2,5 (10%)

    Personalidad jurdica y objeto entidad l icitante Economa social (cooperat ivas, sociedades labora-les, empresario/a individual) Empresas de insercin

    Declaracin, escritura, estatutos, memoria 2,5 (10%)

    Insercin personas con discapacidad mejora ley 13/82 de 7 deAbril de Integracin Social de Minusvlidos

    > 2% en empresas >= 50 trabajadores/as >= 1 en empresas < 50 trabaj.

    Declaracin, contratos, plant il la total 2,5 (10%)

    Acceso de la mujer al empleo en condiciones de igualdad ensectores donde su representacin es desequilibrada respecto ala representacin de hombres

    Superar porcentaje mujer en sectores de actividaddonde la mujer est subrepresentada. Fuente EPA

    Declaracin, escritura, estatutos, plantillatotal, porcentaje mujeres y hombres

    2,5 (10%)

    Empleo estable5 puntos (20%)

    Grado de estabilidad en el empleo de la plantilla Mantenimiento o incremento en los tres ltimos aosdel n de contratos indefinidos

    Declaracin, contratos, plant il la total 1,25 (5%)

    Porcentaje contratos indefinidos > 67% en momento anuncio licitacin Declaracin, contratos, plantilla total 2,5 (10%)

    Ejecucin directa objeto contrato Ejecucin por la propia empresa o subcontratacinsin superar 33% objeto contrato

    Declaracin, justificacin y medios huma-nos y materiales para ejecucin contrato

    1,25 (5%)

    Empleo seguro5 puntos (20%)

    Plan de prevencin en la empresa Plan de prevencin adecuado y con la participacintrabajadores/as

    Presentacin plan de prevencin, segui-miento y evaluaciones, en su caso

    1,25 (5%)

    Inexistencia de infracciones Administrat. Graves No sancin en los ltimos 5 aos por sanciones graves Declaracin responsable y certificado negativoAutor. Lab.

    2,5 (10%)

    Representacin especializada Existencia delegado/a prevencin Designacin 1,25 (5%)

    Empleo conderechos5 puntos (20%)

    INDIVIDUALESConciliacin vida personal y laboral

    Mejora convencional de los mnimos legales Declaracin responsable avalada porrepresentacin trabajadores/as

    1,25 (5%)

    COLECTIVOS Representacin colectiva Acta de designacin representantes 1,25 (5%)

    Convenio aplicable Nombre CC, publicacin BOP o certificadoregistro en CARL

    1,25 (5%)

    TOTAL 25 (100%)

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    Tanto la normativa de contratos como la reciente LeyOrgnica 3/2007, nos facultan para incorporar en los con-tratos pblicos criterios relacionados con la igualdad entremujeres y hombres, como pudieran ser:

    Acceso de la mujer al empleo en condiciones de igual-dad. Pudiendo valorar a aquellas empresas que superen elporcentaje de contratacin de mujeres en sectores de acti-vidad donde est subrepresentada. O bien exigiendo a las

    empresas (conforme al articulado arriba referido) un por-centaje de mujeres entre la plantilla de la empresa queejecutar el contrato. En ambos casos podremos utilizarlas estadsticas de la Encuesta de Poblacin Activa, quesealan los porcentajes de mujeres y hombres contratadosen cada sector de actividad.

    Valorando a las empresas licitadoras o exigiendo a la adju-dicataria por ejemplo de ms de 250 trabajadores/as-:

    >> La elaboracin y aplicacin de Planes deIgualdad.

    >> Medidas de conciliacin de la vida personal,familiar y laboral.

    >> Medidas de promocin o porcentajes de repre-sentacin de mujeres en puestos directivos ocualificados.

    >> Planes de formacin en igualdad o perspecti-va de gnero.

    2.6 igualdad de oportunidadesentre mujeres y hombres

    El artculo 49 de la Ley Foral de Contratos de Navarray el artculo 102 de la Ley de Contratos del Sector Pblico,sealan expresa y respectivamente que podrn estable-cerse como condiciones especiales de ejecucin delcontrato la adopcin de medidas de promocin de laigualdad de sexos y medidas tendentes a eliminar las

    desigualdades entre el hombre y la mujer en el mercadolaboral.

    Adems es preciso aludir a la Ley Orgnica 3/2007, de22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hom-bres, cuyo artculo 33. Contratos de las AdministracionesPblicas, dice literalmente: Las AdministracionesPblicas, en el mbito de sus respectivas competencias, atravs de sus rganos de contratacin y, en relacin con laejecucin de los contratos que celebren, podrn establecercondiciones especiales con el fin de promover la igualdadentre mujeres y hombre en el mercado de trabajo, deacuerdo con lo establecido en la legislacin de contratosdel sector pblico.

    EL DATO:

    En el primer trimestre de 2007, la tasa de actividad de las mujeres se situ en el48,61%, muy inferior a la de los hombres (68,93%). Por tanto, la tasa de actividad feme-nina presenta una divergencia de 20 puntos respecto a la masculina. Encuesta dePoblacin Activa (EPA)

    Como media la mujer espaola gana un 28% menos que el hombre desempeandola misma labor, tiene contratos laborales ms precarios y una doble jornada laboral quese traduce en una reduccin de su tiempo de ocio.

    Informe de Sostenibilidad en Espaa 2006

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    BUENA PRCTICA:LEY 4/2005, DE 18 DE FEBRERO, PARA LA IGUALDAD DE MUJERES YHOMBRES DEL PARLAMENTO VASCO

    Artculo 20. Medidas para eliminar desigualdades y promover la igualdad.

    2. Sin perjuicio de otras medidas que se consideren oportunas, las administracionespblicas vascas, en la normativa que regula las subvenciones y en los supuestos en queas lo permita la legislacin de contratos, incluirn entre los criterios de adjudicacin unoque valore la integracin de la perspectiva de gnero en la oferta presentada y en elproyecto o actividad subvencionada. En los mismos supuestos, entre los criterios devaloracin de la capacidad tcnica de los candidatos o licitadores y, en su caso, entre losrequisitos que debern reunir los beneficiarios de subvenciones, valorarn la trayectoriade los mismos en el desarrollo de polticas o actuaciones dirigidas a la igualdad de muje-res y hombres.

    Asimismo, con sujecin a la legislacin de contratos y a lo previsto en el apartado

    siguiente, se contemplar, como condicin de ejecucin del contrato, la obligacin deladjudicatario de aplicar, al realizar la prestacin, medidas tendentes a promover la igual-dad de hombres y mujeres.

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    2.7 accesibilidad universalpara todas las personas

    La accesibilidad universal se define como la condicinque deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productosy servicios, as como los objetos, herramientas y dispositi-vos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por

    todas las personas en la mayor extensin posible, encondiciones de seguridad y comodidad y de la forma msautnoma y natural posible.

    Se trata de una medida imprescindible para lograr laintegracin y evitar la discriminacin de las personas condiscapacidad, pero es un concepto que se dirige a todas laspersonas, de forma que independientemente de su edad,gnero, origen, capacidades o bagaje cultural puedan par-ticipar en condiciones de igualdad de oportunidades enactividades econmicas, culturales, sociales o de ocio,pudiendo acceder, utilizar y comprender cualquier parte delentorno con tanta independencia como sea posible.

    La Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad deoportunidades, no discriminacin y accesibilidad universalde las personas con discapacidad ha venido a llenar elvaco existente en Espaa. Y en materia de contratospblicos tanto la Directiva Comunitaria 2004/18/CE comola Ley de Contratos del Sector Pblico se refieren a ellaexpresamente al indicar que en la medida de lo posible,estas especificaciones tcnicas deberan definirse tenien-do en cuenta los criterios de accesibilidad para personascon discapacidades o el diseo para todos los usuarios (yusuarias).

    La normativa de contratos pblicos no obliga a lasadministraciones a incluir criterios de accesibilidad aunques establece expresamente tal posibilidad en las especifi-caciones tcnicas, y adems existe legislacin especficaque obliga a su inclusin, veamos algunos ejemplos:

    La Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la socie-dad de la informacin y de comercio electrnico prescribeque las Administraciones Pblicas adoptarn las medidasnecesarias para que la informacin disponible en sus res-

    pectivas pginas de Internet pueda ser accesible a perso-nas con discapacidad y de edad avanzada de acuerdo conlos criterios de accesibilidad. Es decir que en la totalidadde contratos pblicos de asistencia tcnica que se licitenpara realizar pginas webs o dems medios electrnicosde comunicacin y documentacin debern estar disponi-bles en formato accesible, de acuerdo con los principios deigualdad de trato y no discriminacin.

    El 20 de abril de 2007 se aprob el Real Decreto por elque se garantizan las condiciones bsicas de accesibilidady no discriminacin de las personas con discapacidad parala utilizacin de edificios y espacios pblicos urbanizados,que fija las condiciones bsicas aplicables a los accesos alos mismos, a los desplazamientos en una misma planta oentre diferentes plantas, al equipamiento, a la informaciny sealizacin y a la seguridad en caso de incendio. Laspuertas de entrada requieren sealizacin e iluminacinque garantice su reconocimiento desde el interior y el exte-rior, carecer de desnivel en el umbral y contar a amboslados con un espacio para el acceso de usuarios en sillasde ruedas. El pavimento deber contar con la suficiente

    textura que disminuya los r iesgos de resbalamiento.

    En materia urbanstica existe una profusin normativaespecialmente de carcter autonmico- sobre accesibili-dad, destacando en Navarra la Ley Foral 22/2003, de 25de marzo, de modificacin de la Ley Foral 4/1998, de 11 deJulio, sobre Barreras Fsicas y Sensoriales. En lo que nosatae significa que los proyectos tcnicos debern dise-arse de acuerdo a criterios de accesibilidad, por ejemplolos viales, aceras, accesos, ascensores, aparcamientos,edificios, parques y jardines.

    No pretendemos realizar un catlogo exhaustivo, peroinsistimos en analizar las caractersticas de los contratospblicos y considerar la inclusin de criterios de accesibili-dad apropiados. Pensemos por ejemplo en el mobiliariourbano, en el transporte pblico, en el diseo de la docu-mentacin administrativa, en el acceso a edificios, en latraduccin de eventos a braille o al lenguaje de signos,etiquetados, comunicaciones o aplicaciones informticas.

    EL DATO:

    Las personas con discapacidad, las personas mayores y otras personas con movili-dad o capacidad reducida de manera temporal representan el 40% de la poblacin deEuropa. Existe una fuerte correlacin entre el envejecimiento y el aumento de lasdiscapacidades funcionales, por lo tanto es importante crear un entorno accesible paramantener una mayor poblacin activa.

    Manual de Referencia del Proyecto Buid For All.

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    BUENA PRCTICA:LEY 11/2003, DE 10 DE ABRIL, DE LA GENERALITAT VALENCIANA, SOBREEL ESTATUTO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

    En la adquisicin de productos y servicios tecnolgicos de informacin y comunica-cin, los pliegos de clusulas administrativas particulares de los contratos de la

    Administracin de la Generalitat recogern como criterio preferencial que la adjudicacin

    se efectuar a la empresa que acredite que los mencionados productos y servicios sonaccesibles para las personas con discapacidad.

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    2.8 empresas de inserciny centros especiales de empleo

    Las empresas de insercin son aquellas que contratana personas en situacin o riesgo de exclusin social y losCentros Especiales de Empleo a personas con discapaci-dad. Aunque nos hemos referido a la contratacin deambos colectivos anteriormente, es preciso aadir unamencin expresa a estas empresas, ya que su objetosocial es precisamente generar oportunidades laborales apersonas desfavorecidas del mercado laboral.

    En consecuencia parece lgico que la ContratacinPblica Sostenible se dirija de modo preferente hacia losCentros Especiales de Empleo y Empresas de Insercindebido a su evidente beneficio social, como as lo regulala normativa pblica de contratos, refirindose a ellasexpresamente e incluso estableciendo una reserva demercado, esto es, la posibilidad de adjudicarles contratospblicos de manera directa.

    Muy destacable resulta la motivacin que para ello dala Directiva Comunitaria 2004/18/CE al sealar que setrata de empresas que difcilmente pueden sostenerse enrgimen de competencia, o como indica la ComunicacinInterpretativa de la Comisin Europea, de 15 de octubre de2001, sobre la legislacin comunitaria de contratos pbli-cos y las posibilidades de integrar aspectos sociales: As,podrn admitirse las prcticas consistentes en reservar

    contratos en favor de ciertas categoras de personas, porejemplo, los discapacitados (talleres protegidos) o los des-empleados.

    No nos extenderemos sobre esta cuestin, ya que seaborda con detalle en el captulo del Criterio de Seleccin.Reserva de Mercado, al que nos remitimos.

    BUENA PRCTICA:

    ADISCO. CENTRO ESPECIAL DE EMPLEOEl Centro Especial de Empleo ADISCO ha resultado adjudicatario de los contratospblicos que a continuacin se citan, lo que ha supuesto diez puestos de trabajo parapersonas con discapacidad:

    1. Contrato para la atencin del servicio de Conserjera de la Casa de Cultura delAyuntamiento de San Adrin.2. Contrato para la atencin de los servicios de conserjera y limpieza de la Casade Cultura del Ayuntamiento de Corella.3. Contrato para la atencin de los servicios de portera, guardarropa, cuidado dela zona verde y limpieza de los vasos de las piscinas municipales del Ayuntamientode Corella.

    EL DATO:

    En el ao 2007 existen en Navarra 14 Centros Especiales de Empleo que emplean a1.400 personas y 10 Centros de Insercin Sociolaboral con unas 300 empleos.

    Fuente: Servicio Navarro de Empleo

    Segn el Ministerio de Trabajo, en Espaa hay entre 147 y 165 empresas de insercinque dan empleo a entre 3.500 y 3.800 trabajadores, cuya facturacin se cifra en 41,4millones de euros.

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    2.9 banca tica

    Entendemos que toda decisin econmica es ademsuna decisin tica, cuyas consecuencias favorecen a unosy perjudican a otros, por lo que cada vez ms personas yorganizaciones siendo conscientes de esta realidad inten-tan asumir decisiones sobre el destino de sus ahorros.

    El sistema financiero4

    , al regirse de modo casi exclusi-vo por criterios de beneficios y tamao, contribuye aincrementar las diferencias de renta y riqueza.Tradicionalmente se ha reconocido al dinero la funcin deser unidad de cambio y depsito de valor, y la combinacinde ambas funciones evidencia que su uso supone unafuente de poder, que es ejercido por las entidades financie-ras en funcin de sus propios intereses, en un rgimen deopacidad informativa e incapacidad decisoria sobre sudestino por las y los ahorradores.

    Como respuesta a esta situacin surge el concepto dela banca tica, con el objetivo de ampliar las posibilidadesde inversin y ofrecer cauces alternativos a todas aquellaspersonas defraudadas por el uso que de su ahorro se est

    haciendo. La inversin "socialmente responsable" sedifundi en los aos sesenta cuando tras la guerra deVietnam, numerosas personas y grupos que defendanvalores como la ecologa y la justicia comenzaron a preo-cuparse por el destino de sus ahorros. Otro de sus orge-nes se sita como respuesta al rgimen de apartheidexistente en Sudfrica, cuando las sociedades administra-doras de los fondos de pensiones de Nueva York,Massachusetts, California y muchas otras ciudades sedeshicieron de aquellos valores de su cartera invertidas enempresas que hacan negocios en Sudfrica, puesto quede ese modo se sustentaba la poltica de segregacin ydiscriminacin existente.

    La financiacin tica y solidaria carece de nimo delucro y, ofrece al ahorrador responsable informacin ydecisin sobre el destino de su dinero. Adems posee unefecto transformador, ya que por un lado excluye inversio-nes en empresas social y ambientalmente perniciosas ypor la otra produce efectos beneficiosos al promover

    proyectos de economa social o solidaria basados en elrespeto a los derechos humanos, la educacin, la protec-cin del medio ambiente, la ocupacin laboral de personascon discapacidades, los proyectos de desarrollo en pasesdel sur, etc.

    El ejemplo prctico lo tenemos en la hucha de las pen-siones que se nutre del supervit de la Seguridad Social(cuyo capital acumula ms de 40.000 millones de euros enpoco ms de seis aos de existencia). El ministro de

    Economa, Pedro Solbes, desvel en junio de 2007 el pro-yecto para privatizar la gestin de parte del Fondo deReserva de la Seguridad Social: la reforma prev que elfondo invierta una porcin de su patrimonio en Bolsa.Solbes precis que "ser siempre un porcentaje relativa-mente pequeo, en el entorno del 10% del total".Pensemos por lo tanto que una parte de ese supervit seemplease en la Banca tica con un fin claramente social,produciendo significativos beneficios.

    El artculo 6 de la Ley Foral de Contratos -al igual quela legislacin comn- excluye de su aplicacin a los pro-ductos y servicios financieros, pero el hecho de no estarsometidos a la normativa de contratos pblicos no signifi-ca que no sean objeto de contratacin pblica, por lo queel objetivo consiste en dirigir buena parte de los fondospblicos y los remanentes de tesorera a entidades finan-cieras que operan bajo los principios de la banca tica.

    BUENAS PRCTICAS:

    El Informe aprobado en el Congreso de los Diputados por la Subcomisin parapotenciar y promover la responsabilidad social de las empresas, en su reunin el 21de junio de 2006, seala como medida nmero 20 la de Impulsar la InversinSocialmente Responsable, aadiendo que el papel de los fondos pblicos puede

    jugar un papel fundamental. As en la prxima reforma del fondo de reserva de la

    Seguridad Social debera de estudiarse la inclusin de criterios sociales y ambienta-les en la gestin del mismo.

    EL DATO:

    Las cinco primeras entidades del sector financiero ( BSCH, BBVA, la Caixa, CajaMadrid y Banco Popular), ganaron 17.415 millones de euros en 2006, lo que supone unincremento del 31,54% respecto al ejercicio anterior. En 2006 los beneficios totales delsector bancario en Espaa superaron los 4 billones de las antiguas pesetas.

    Informe sobre Estabilidad Financiera del Banco de Espaa.

    En 2005 la cifra de inversin responsable ascendi en Espaa a 1.013 millones deeuros, slo el 0,49% del conjunto del patrimonio en fondos de inversin, creciendo un

    2,3% respecto al ao anterior.Observatorio de la Inversin Socialmente Responsable en Espaa 2006

    4Extracto de un artculo de Javier Mateo

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    2.10 economa solidaria

    "Otra economa es posible" es el lema empleado parapromover un modelo econmico cuyo objetivo no es elbeneficio econmico sino la calidad de vida de las perso-nas, y donde los valores sociales, ambientales y solidariosocupan el espacio central. Se asienta sobre la base de uti-lizar la economa como un instrumento de transformacin

    social y de construccin de un desarrollo humano, sostenibley ms justo. Sus principios fundamentales son: empleosdignos, igualdad, participacin colectiva, respeto al medioambiente, cooperacin, compromiso con el entorno local,y ausencia de nimo de lucro.

    Implantar criterios de accin positiva en la adjudicacinde contratos pblicos hacia las entidades de economasolidaria no resulta fcil debido al principio de la libreconcurrencia y el hecho de que la economa solidaria noposea una regulacin especfica como pudiera sucedercon los Centros Especiales de Empleo o las Empresas deInsercin. An asumiendo estas dificultades podemosapuntar dos frmulas:

    >> Conforme al artculo 49 de la Ley Foral deContratos Pblicos, es posible incorporar condiciones deejecucin de los contratos de carcter social, por lo que sepodra exigir en la ejecucin del contrato el cumplimientode todos o algunos de los seis criterios de la CartaSolidaria (Igualdad, Empleo, Medioambiente,Cooperacin, Carcter no Lucrativo, y Compromiso con elentorno).

    Para garantizar la seguridad jurdica y los principiosgenerales de la contratacin pblica es preciso establecersistemas de acreditacin, es decir, no basta con indicarque para participar en la presente licitacin debern serentidades inscritas en la Red de Economa Alternativa y

    Solidaria, puesto que