guia para el uso de recursos del pi
DESCRIPTION
Plan de IncentivosTRANSCRIPT
Guía para el Uso de Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización MunicipalDirigida a Gobiernos Locales
Proyecto: “Fortalecimiento del Sistema Presupuestario en los tres niveles de gobierno”
Ministerio de Economía y Finanzas- Dirección General de Presupuesto PúblicoJirón Junín 319, Cercado de Lima, Lima, Perúwww.mef.gob.pe
Programa de Cooperación al Desarrollo Económico de la Secretaría de Estado para Asuntos Económicos de Suiza - SECOAvenida Salaverry 3240, San Isidro, LimaTeléfono: (511) 264-0305Web: www.cooperacionsuizaenperu.org.pe/secowww.seco-cooperation.admin.ch
Cooperación Alemana implementada por la GIZ- Programa Buen Gobierno y Reforma del EstadoAvenida Los Incas 172, piso 7, El Olivar, San Isidro, Lima, Perúwww.gobernabilidad.org.pe
Responsables de la contribución:MEF:Rodolfo Acuña, Director General de la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP – MEF)
Cooperación Suiza - SECO:Martin Peter – Director de la Cooperación Suiza – SECO en el Perú
GIZ:Hartmut Paulsen, Director del Programa Buen Gobierno y Reforma del Estado
Elaboración de contenidos:Sara Arobes, Consultora del Programa Buen Gobierno y Reforma del Estado
Coordinación, supervisión y edición de contenidos:Dirección de Calidad de Gasto Público (DGPP – MEF)Programa Buen Gobierno y Reforma del Estado
Diseño, diagramación e impresión:NEVA STUDIO SACCalle Tomás Ramsey 762, Lima 17, Perú
Tiraje:2,000 ejemplares, 1era edición, 2014
Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú:2015-00226
Cooperación Alemana al Desarrollo – Agencia de la GIZ en el PerúProl. Arenales 801, MirafloresSe autoriza la reproducción total o parcial de esta publicación, bajo la condición de que se cite la fuente.
17
1.Reajusteoincrementodebeneficios
Se prohíbe a las entidades del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, el ajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, estímulos, incentivos, compensaciones económicas y beneficios de toda índole, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad, mecanismo y fuente de financiamiento. Asimismo, se encuentra prohibida la aprobación de nuevas bonificaciones, asignaciones, incentivos, estímulos, retribuciones, dietas, compensaciones económicas y beneficios de toda índole con las mismas características señaladas anteriormente.
(Art. 6° de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 - Ley Nº 30281)
2. Contratación de personal
No es posible contratar personal por servicios personales o nombramiento, salvo en los supuestos que se contemplen en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal vigente.
(Art. 8°, numeral 8.1 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 - Ley Nº 30281)
3. Gastos por horas extras
Las entidades públicas, independientemente del régimen laboral que las regule, no se encuentran autorizadas para efectuar gastos por concepto de horas extras.
(Art. 8°, numeral 8.2 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 - Ley Nº 30281)
4.Modificacionespresupuestariasaniveldepliego
A nivel de pliego, la Partida de Gasto 2.1.1“Retribuciones y Complementos en Efectivo” no puede habilitar a otras partidas de gasto ni ser habilitada, salvo las habilitaciones que se realicen dentro de la indicada partida entre unidades ejecutoras del mismo pliego. (…)
Asimismo, a nivel de pliego, la Partida de Gasto 2.2.1 “Pensiones” no puede ser habilitadora, salvo para las habilitaciones que se realicen dentro de la misma partida entre unidades ejecutoras del mismo pliego presupuestario.
(Art. 9°, numerales 9.1 y 9.2 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 - Ley Nº 30281)
18
6. Honorarios mensuales
El monto máximo por concepto de honorarios mensuales es el tope de ingresos señalado en el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 038-2006 para la contratación por locación de servicios que se celebre con personas naturales, de manera directa o indirecta, y para la contratación bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057 y modificatorias. Dicho monto máximo no es aplicable para la contratación de abogados y peritos independientes para la defensa del Estado en el exterior, así como al personal contratado en el marco de la Ley que regula la contratación de personal altamente calificado en el sector público - Ley N° 29806 y dicta otras disposiciones, y sus normas complementarias.
(Art. 10°, numeral 10.3 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 - Ley Nº 30281)
7. Adquisición de vehículos
No se puede adquirir vehículos automotores, salvo en los siguientes casos:
a. Pérdida total del vehículob. Adquisiciones de ambulancias, vehículos de rescate y autobombasc. Vehículos destinados a las acciones de supervisión y fiscalización del servicio
de transporte terrestre en la Red Vial Nacionald. Vehículos destinados a la supervisión del mantenimiento de carreteras en la
Red Vial Nacionale. Vehículos destinados a la limpieza pública, seguridad ciudadana, seguridad
interna y defensa nacionalf. Vehículos destinados al servicio de alerta permanente y a la asistencia
humanitaria ante desastres
5. Viajes al exterior
Están prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos. (…) El requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados en los literales precedentes, (…) para el caso de los gobiernos locales, se autoriza mediante acuerdo del Concejo Municipal. El acuerdo es publicado en el diario oficial El Peruano. Los viajes que se autoricen en el marco de la presente disposición deben realizarse en categoría económica.
(Art. 10°, numeral 10.1 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 - Ley Nº 30281)
19
8. Acceso a la infraestructura urbana
Se puede utilizar hasta el 0,5% del presupuesto institucional para realizar obras, reparación o adecuación destinadas a mejorar o proveer de accesibilidad a la infraestructura urbana de las ciudades incluyendo el acceso a los palacios y demás sedes municipales.
(Cuadragésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 - Ley Nº 30281)
9. Atención a la persona con discapacidad
Se puede utilizar hasta el 0,5% del presupuesto institucional para financiar los gastos operativos, planes, programas y servicios que por ley deben realizar las oficinas de protección, participación y organización de vecinos con discapacidad a la persona con discapacidad (OMAPED).
(Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 - Ley Nº 30281)
g. Vehículos para las nuevas entidades públicas creadas a partir del año 2011h. Vehículos para el patrullaje, vigilancia, monitoreo, supervisión y fiscalización
del sector ambiental, en el marco del Decreto Legislativo N° 1013i. Vehículos adquiridos para la consecución de las metas de los proyectos de
inversiónj. Renovación de los vehículos automotores que tengan una antigüedad igual o
superior a diez años
k. Vehículos destinados para el levantamiento de información estadística de línea de base y evaluación del desempeño en el marco del PpR a cargo del INEI
(Art. 10°, numeral 10. 5 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 - Ley Nº 30281)
2011. Subvenciones a personas jurídicas
Las subvenciones que se otorguen a personas jurídicas, no pertenecientes al sector público en los años fiscales correspondientes, deben estar consideradas en anexo de la Ley de Presupuesto del Sector Público. Deben contar con el financiamiento respectivo y el informe técnico sustentatorio de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad correspondiente, bajo responsabilidad.
En el caso de los gobiernos locales las subvenciones se sujetan, estrictamente, a sus recursos directamente recaudados, debiendo ser aprobadas mediante el Acuerdo respectivo, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de la Entidad.
(Art. 60 de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto - Ley N° 28411)
10.Modificacionespresupuestariasanivelfuncional
Durante la ejecución del presupuesto, las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático se sujetan a las siguientes limitaciones:
a. Los grupos genéricos de gastos podrán ser objeto de anulaciones si:
� Luego de haberse cumplido el fin para el que estuvieron previstos generan saldos
� Se suprime la finalidad� Existe un cambio en la prioridad de los objetivos institucionales� Las proyecciones muestran que al cierre del año fiscal arrojen saldos de
libre disponibilidad, como consecuencia del cumplimiento o la supresión total o parcial de metas presupuestarias
b. Los grupos genéricos de gastos podrán ser objeto de habilitaciones si las proyecciones al cierre del año fiscal muestran déficit respecto de las metas programadas o si se incrementan o crean nuevas metas presupuestarias.
c. No se podrán autorizar habilitaciones para gastos corrientes con cargo a anulaciones presupuestarias, vinculadas a gastos de inversión.
(Art. 41 de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto - Ley N° 28411)
24
Los recursos asignados a los gobiernos locales por el PI se destinan exclusivamente al cumplimiento de los fines y 6 objetivos del Plan, mencionados en la sección 2 de la Guía.
Es por ello que las normas que regulan el PI, señalan que los recursos que se obtienen por el cumplimiento de las metas pueden utilizarse para:
Es así que el Alcalde tendrá la responsabilidad de:
� Supervisar que los recursos del PI efectivamente estén orientados a los objetivos del PI, y prioritariamente al sostenimiento y cumplimiento de las metas establecidas en cada año.
� Informar al Concejo Municipal y al Órgano de Control Interno, en el plazo que disponga la norma correspondiente, sobre el uso de los recursos transferidos durante el año anterior por el cumplimiento de metas del PI.
Cumplimiento de metas del
PI
Contribuir con los objetivos
del PI
Sostenimiento de las metas
3.1. Cumplimiento de metas
Al inicio de cada año, a través de un Decreto Supremo, el MEF establece las metas y procedimientos del PI, los cuales deben ser cumplidos por los gobiernos locales, a fin de recibir los recursos del PI.
44
Anexo N°1
Modelo de Resolución de Alcaldía para desagregación de recursos
Resolución para la desagregación de las transferencias de partidas y créditos suplementarios facultados mediante dispositivo legal
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N°
.......………, …. de ……....… de ….....
Considerando:
Que, (motivación de la Resolución y Sustento Legal)...................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Desagregación de recursos
Apruébese la desagregación de los recursos aprobados mediante el……… (dispositivo que autoriza la transferencia de partidas o el crédito suplementario) por un monto de……… Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/………), con cargo a la fuente de financiamiento………, de acuerdo al siguiente detalle1:
EGRESOS En nuevos soles
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas
PLIEGO :
CATEGORIA PRESUPUESTAL :
PRODUCTO / PROYECTO : (según sea el caso)
ACTIVIDAD :
FUENTE DE FINANCIAMIENTO : (Detallar la Categoría de Gasto y Tipo de Transacción Genérica del Gasto2)
TOTAL PLIEGO
1 Dependiendo de la magnitud y complejidad del desagregado de los recursos que debe especificar el dispositivo, el desagregado se realizará en un anexo adjunto.
2 Lo señalado entre paréntesis sólo indica el nivel de desagregación, por ello dicho texto no forma parte del dispositivo.
==================
xxxxxxxxxxxx==================
45
Artículo2º.-NotasparaModificaciónPresupuestaria
La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego elabora las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3º.- Remisión
Copia del presente dispositivo se remite a los organismos señalados en el artículo 54º numeral 54.1 literal b) de la Ley General del Sistema de Presupuesto - Ley N° 28411.
Regístrese y comuníquese.
56
Programa Presupuestal Producto/Proyecto Actividad/Obra
0068Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres
3000610Población con medidas de protección física ante peligros hidrometereo-lógicos
5003317Monumentación y control de la faja Marginal
5004259Tratamiento de cuencas altas
5004260Desarrollo de capacidades para la gestión del recurso hí-drico en los ríos y bienes aso-ciados relacionadas a la ges-tión de riesgos
5004261Identificación y control de zo-nas críticas en causes de ríos
5004262Mantenimiento y consolida-ción de cauces, defensas ribe-reñas, canales y drenajes en zonas urbanas y agrícolas
3000628Población con monito-reo, vigilancia y control de daños a la salud fren-te a emergencias y de-sastres
5003303Organización e implementa-ción de simulacros frente a emergencias y desastres
5004473Implementación de centros de operaciones de emergen-cias de salud para el análisis de información y toma de de-cisiones ante situaciones de emergencias y desastres
63
Prog
ram
ació
n de
las
tare
as re
quer
idas
par
a da
r cum
plim
ient
o a
la M
eta_
____
____
____
____
____
____
____
(Indi
car e
l nom
bre)
Indi
cado
res
/ Ac
tivid
ades
(Con
side
rar l
os
Indi
cado
res/
activ
idad
es
oblig
ator
ias
y ad
icio
nale
s qu
e es
tán
seña
lado
s en
el
cua
dro
de in
dica
dore
s se
gún
el in
stru
ctiv
o de
ca
da m
eta)
Plaz
o m
áxim
o pa
ra
el c
umpl
imie
nto
de c
ada
Indi
cado
r /
Activ
idad
(Con
side
rar l
os p
lazo
s m
áxim
os q
ue s
eñal
an
en lo
s in
stru
ctiv
os
para
el c
umpl
imie
nto
de la
s m
etas
)
Tare
as
asoc
iada
s a
cada
In
dica
dor/
Activ
idad
Fech
a de
l cu
mpl
imie
nto
de c
ada
tare
a
Recu
rsos
ne
cesa
rios
para
cad
a ta
rea
(Téc
nico
s,
mat
eria
les,
se
rvic
ios
etc.
)
Cant
idad
de
re
curs
os
nece
sario
s
Cost
o to
tal (
*)
estim
ados
en
nuev
os s
oles
(cos
tos
de
los
recu
rsos
ne
cesa
rios
para
la
eje
cuci
ón d
e la
s ta
reas
)
Cuen
ta c
on
financiamiento
(Si o
no)
Resp
onsa
bles
de
la
ejec
ució
n de
ca
da ta
rea
Indi
cado
r/Ac
tivid
ad 1
Tare
a 1.
1Ta
rea
1.2
Tare
a 1.
3Ta
rea
1.4
Tare
a 1.
5Ta
rea
1.6
……
..
Indi
cado
r/Ac
tivid
ad 2
Tare
a 2.
1Ta
rea
2.2
Tare
a 2.
3Ta
rea
2.4
Tare
a 2.
5Ta
rea
2.6
……
..
Indi
cado
r/Ac
tivid
ad 3
Tare
a 3.
1Ta
rea
3.2
Tare
a 3.
3Ta
rea
3.4
Tare
a 3.
5Ta
rea
3.6
……
..
(*) N
o se
pod
rá fi
nanc
iar
inic
iativ
as q
ue b
usqu
en c
ubrir
gas
tos
corr
ient
es d
e la
org
aniz
ació
n ni
con
trat
ar p
erso
nal d
e ca
ráct
er p
erm
anen
te n
i tam
poco
asu
mir
oblig
acio
nes
que
pued
an
vers
e af
ecta
das
por e
l inc
umpl
imie
nto
de la
met
a y
la n
o tr
ansf
eren
cia
de re
curs
os y
dem
ás re
stric
cion
es e
stab
leci
das
en la
s no
rmas
y re
gula
cion
es d
e lo
s si
stem
as a
dmin
istr
ativ
os.
65
Anexo N°5
Programas Presupuestales con Articulación Territorial 2015
La articulación territorial se define como la integración de dos o más entidades de distinto nivel de gobierno en las distintas fases del proceso presupuestario asociados a un PP. Los PP, como unidad de programación de los recursos públicos, reflejan una articulación vertical al incluir a los distintos niveles de gobierno.
Las actividades y los productos de un PP pueden ser ejecutados tanto por entidades del gobierno nacional como por los gobiernos regionales y locales en el marco de sus competencias. En estos casos, el responsable de la identificación, diseño y remisión de los “Contenidos mínimos de un Programa Presupuestal” es el gobierno nacional. Los gobiernos regionales y gobiernos locales participan en la programación, formulación y ejecución de productos de un PP en el marco de sus competencias y cuando corresponda9.
9 Fuente: Directiva N° 001-2014-EF/50.01. “Directiva para los Programas Presupuestales en el marco de la programación y formulación del presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2015”.
TemáticaCódigo
PPNombre del PP
Programas presupuestales ambientales
0036 Gestión integral de residuos sólidos
0096 Gestión de la calidad del aire
0130Competitividad y aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de la fauna sil-vestre
Programas presupuestales de infraestructura
0046 Acceso y uso de la electrificación rural
0061Reducción del costo, tiempo e inseguridad vial en el sistema de transporte terrestre
0068Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres
0082 Programa nacional de saneamiento urbano
0083 Programa nacional de saneamiento rural
0108 Mejoramiento integral de barrios
0109 Nuestras ciudades