guía de acceso a la vivienda - aavvmadrid.org · la alimentación, el vestido, la vivienda, la...

6
Los contenidos de esta publicación son exclusiva responsabilidad de la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid. La Comunidad de Madrid no asume responsabilidad alguna sobre los contenidos de las mismas Subvencionado por: Edita: Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid (FRAVM) C/ Bocángel, 2. 28028 Madrid tfno: 91 725 29 09 fax: 91 725 06 23 www.aavvmadrid.org [email protected] Guía de acceso a la vivienda Guía de acceso a la vivienda Utilidad de esta guía: Necesito una vivienda, ¿alquilo o compro? Voy a comprar una vivienda, ¿qué aspectos básicos debo tener en cuenta? Tipología de viviendas en la Comunidad de Madrid. Alquiler de viviendas y subarriendo de habitaciones, cosas que no debo olvidar. Aspectos a la hora de embarcarse en un crédito hipotecario. Recursos de interés.

Upload: dinhdieu

Post on 02-Nov-2018

226 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Guía de acceso a la vivienda - aavvmadrid.org · la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica...». Derecho que también es recogido en la Constitución española,

Los contenidos de esta publicación son exclusiva responsabilidad de la Federación Regional de

Asociaciones de Vecinos de Madrid. La Comunidad de Madrid no asume

responsabilidad alguna sobre los contenidos de las mismas

Subvencionado por:

Edita:Federación Regional

de Asociaciones de Vecinos de Madrid (FRAVM)

C/ Bocángel, 2. 28028 Madridtfno: 91 725 29 09fax: 91 725 06 23

[email protected]

Guía de acceso

a la vivienda

Guía de acceso

a la vivienda

Utilidad de esta guía:• Necesito una vivienda,

¿alquilo o compro?

• Voy a comprar una vivienda, ¿qué aspectos básicos debo tener en cuenta?

• Tipología de viviendasen la Comunidad de Madrid.

• Alquiler de viviendas y subarriendo de habitaciones, cosas que no debo olvidar.

• Aspectos a la hora de embarcarse en un crédito hipotecario.

• Recursos de interés.

Guía Guía de acceso de acceso

a la a la viviendavivienda

Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía Guía de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso de acceso

a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la a la viviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendaviviendavivienda

Utilidad Utilidad de esta guía:de esta guía:• Necesito una vivienda,

¿alquilo o compro?¿alquilo o compro?

• Voy a comprar una vivienda, ¿qué aspectos básicos ¿qué aspectos básicos debo tener en cuenta?debo tener en cuenta?

• Tipología de viviendasTipología de viviendasen la Comunidad de Madrid.

• Alquiler Alquiler de viviendas y subarriendo subarriendo de habitaciones, cosas que no debo olvidar.

• Aspectos a la hora de embarcarse en un crédito hipotecario. crédito hipotecario.

• Recursos de interés.Los contenidos de esta publicación

son exclusiva responsabilidad de la Federación Regional de

Asociaciones de Vecinos de Madrid. La Comunidad de Madrid no asume

responsabilidad alguna sobre los contenidos de las mismas

Subvencionado por:

Edita:Federación Regional

de Asociaciones de Vecinos de Madrid (FRAVM)

C/ Bocángel, 2. 28028 Madridtfno: 91 725 29 09fax: 91 725 06 23

[email protected]

Page 2: Guía de acceso a la vivienda - aavvmadrid.org · la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica...». Derecho que también es recogido en la Constitución española,

2

Guía de acceso a la vivienda

3

Con esta guía pretendemos facilitar la difusión de los aspectos bási-cos que la ciudadanía necesita conocer en el momento de acceder a una vivienda, tanto para adquirirla en propiedad como para convertirse en arrendatario. Incluye además información relativa a recursos sociales que existen de acceso a la vivienda, tanto del ámbito público como en el privado. Pretendemos que la guía sea una herramienta útil, en particular para todas aquellas personas que se enfrenten por primera vez a la tarea de la búsqueda de vivienda.

1.El derecho a una vivienda digna

La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece en su ar-ticulo 25, que «toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud, el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica...». Derecho que también es recogido en la Constitución española, haciendo alusión en su artículo 47 a una «vivienda digna y adecuada» y garantizando que «los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establece-rán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación».

Sin embargo, el acceso a una vivienda digna constituye una problemá-tica generalizada en nuestra sociedad actual, afectando de manera más directa a los grupos más desfavorecidos y vulnerables. Entre ellos cabe destacar a los inmigrantes, los jóvenes y las familias monoparentales, entre otros.

• Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

• Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal.

• RD 2066/2008 de 12 de Diciembre por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación.

• Decreto 181/1996, de 5 de diciembre, por el que se regula el régimen de de-pósito de fianzas de arrendamientos en la Comunidad de Madrid.

• Ley 12/1997, de 4 de junio, regula-dora de las Actuaciones Inspecto-ras y de la Potestad Sancionadora en Materia de Depósito de Fianzas de Arrendamientos de la Comuni-dad de Madrid.

• Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Coo-perativas de la Comunidad de Madrid que será de aplicación si la Coopera-tiva, está inscrita, o lo pretende, en el Registro de Cooperativas de la Comu-nidad de Madrid.

3.La vivienda y la ciudad

No podemos hablar de la vivienda sin hablar de la ciudad, de los ba-rrios. Porque cuando nos plantea-mos la necesidad de una vivienda, es indispensable pensarla en su contexto: infraestructuras, accesi-bilidad, zonas verdes, dotaciones y equipamientos que atiendan nues-tras necesidades. La vivienda es el espacio donde transcurren mu-chas horas (presenciales o no) de nuestras vidas, y por ello debemos elegir cuidadosamente, no sólo su contenido, sino también su entor-no, pues de él va a depender en muchas ocasiones nuestra salud, tanto en lo positivo (parques cer-canos, plazas o zonas de paseo…) como en lo negativo (tráfico, ruido, antenas de telefonía…). La accesi-bilidad es otro factor de importan-cia a tener en cuenta. Si la zona cuenta con muchos desniveles, escaleras o cuestas empinadas, la accesibilidad para personas mayo-res, niños/as pequeños/as, o perso-nas con cualquier minusvalía, ya sea coyuntural o permanente, será difícil. Quizá al principio pense-mos que esto no será un problema, pero la experiencia nos indica que la poca accesibilidad impide a mu-chas personas mayores moverse fuera de casa, por ejemplo.

Las zonas residenciales, en las que no existen el pequeño comer-cio ni otros servicios necesarios para la vida diaria, también supo-

nen un aspecto negativo a tener en cuenta. A la tranquilidad del espa-cio, se opone la necesidad de coger el coche para comprar el pan o ir a la farmacia, y también una ma-yor individualización de la vida, se tiende a vivir más hacia dentro, no hay barrio y las redes vecinales (si existen) son difusas. La existencia de servicios, del pequeño comercio, etc., a los que se puede acceder an-dando, facilitan las relaciones ve-cinales y la conciencia de vivir en un barrio cohesionado. Por otra parte, cuando se tienen o es pre-visible que se tengan hijos, es muy importante pensar en un entorno que facilite su autonomía progresi-va, de forma que poco a poco sean capaces de encontrar espacios con otros niños o jóvenes que permitan la realización de sus proyectos de vida en el propio barrio, con rela-ciones sociales satisfactorias y no recluidos en la vivienda, el ordena-dor y los juegos individualizantes. Evidentemente, es una elección de vida.

2.Legislación

Page 3: Guía de acceso a la vivienda - aavvmadrid.org · la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica...». Derecho que también es recogido en la Constitución española,

4

Guía de acceso a la vivienda

5

Otro aspecto relacionado con el entorno son las distancias. Si op-tamos por tener la vivienda lejos de los lugares donde nos movemos (trabajo, estudios, familia, ami-gos…), necesitaremos más tiempo para trasladarnos diariamente, y si para ello utilizamos el vehículo privado contribuiremos más a la contaminación del aire, al ruido, al

cambio climático…, y a empeorar nuestra salud. Y si utilizamos el transporte público, si no hay bue-nas combinaciones podemos pa-sarnos la vida en el metro o en los autobuses. Por eso, es importante que el factor distancia a esos luga-res claves de nuestra vida también lo tengamos en cuenta.

4.Necesito una vivienda, ¿alquilo o compro?

Esta sería la primera pregunta a hacernos. La publicidad y la propa-ganda de las últimas décadas, rea-lizada por bancos y constructoras, unido al aumento constante de las cuotas de alquiler, han provocado que en el imaginario de la mayoría de la población, la compra de vi-vienda tenga un fuerte arraigo. Ya sea por “inversión”, ya porque las mensualidades de un alquiler son cercanas en muchos casos a las de compra, los diferentes sectores so-ciales se han volcado en la compra en detrimento del alquiler lo que, a su vez, ha provocado la subida o el mantenimiento en niveles altos de éste.

Existen muchas razones para buscar un alquiler en lugar de realizar una compra y, aunque por falta de espacio sólo vamos a mencionar tres, puedes acercarte a la asociación vecinal de tu barrio donde seguro te podrán comentar muchas más. • Una de ellas es la económica. Para

poder comprar una vivienda suele

ser necesario conseguir una hipo-teca, lo que supone pagar intere-ses que en la mayoría de los casos son superiores al valor neto de la vivienda. El alquiler, sin embargo, siempre es mucho más barato.

• No es fácil acertar en la elección de la vivienda que queremos, pu-diendo llegar a equivocarnos. Elec-ción que no siempre es reversible. Sin embargo, la opción del alquiler permite rectificar con relativa faci-lidad: no es demasiado complicado alquilar otra vivienda en otro en-torno que se adecue a nuestras ex-pectativas.

• A lo largo de la vida se pueden pro-ducir muchos imponderables: cam-bio de lugar de trabajo, cambio de pareja, etc. Por ejemplo, la propie-dad de la vivienda muchas veces actúa de freno a la promoción pro-fesional cuando ésta conlleva un cambio de ciudad. En las separa-ciones de pareja se producen situa-ciones difíciles de resolver: el que se queda con la vivienda tiene que resarcir económicamente a la otra persona por el valor de la mitad de la vivienda. En cambio con el alqui-ler todo es más fácil.

5. Alquiler de viviendas y subarriendo de habitaciones,

cosas que no debo olvidar.

• Solicitar una nota simple en el regis-tro de la propiedad para comprobar que efectivamente el arrendador/a es el/la propietario de la vivienda que se va a alquilar.

• Contrato de alquiler: Es importan-te que éste se haga por escrito para que sirva como prueba en caso de conflicto.

• La fianza es obligatoria y su impor-te es el de una mensualidad de la renta. Aunque la ley no prohíbe es-tablecer una cantidad mayor.

• Los propietarios tienen obligación de depositar la fianza en el organismo público competente hasta la extin-ción del contrato. En Madrid la fian-za deberá depositarse en el IVIMA (C/Basílica 23).

• El importe del alquiler equival-drá al acuerdo fijado libremen-te entre el/la arrendador/a y el/la

arrendatario/a. El pago se efectua-rá de la manera pactada (metálico, cheque, por transferencia, etc). La periodicidad del pago se puede pac-tar, pero si no existe nada acordado al respecto esta se hará mensual-mente y dentro de los siete prime-ros días de cada mes.

• Los gastos generales, aquellos desti-nados al mantenimiento del edificio, sus servicios, comunidad, cargas, IBI y responsabilidades que corres-pondan a la vivienda alquilada, co-rrerán a cargo del propiertario/a, a no ser que se acuerde algo diferente en el contrato.

• Los gastos de servicios (agua, luz, gas, etc), correrán a cargo del /a inquilino/a.

• Tanto los gastos generales como los gastos individuales se harán cons-tar mediante recibo de pago.

En caso de realización de obras o arreglos:

• Si la obra tiene una duración ma-yor de 20 días el inquilino tiene de-recho a pedir que se disminuya el precio del alquiler en proporción a la parte de la vivienda que no pueda utilizar.

• Cuando el inquilino se vea obligado a desalojar la vivienda por ser inha-bitable a consecuencia de las obras podrá:

» a) Suspender el contrato hasta que se acaben las obras, lo que

implica la paralización del pla-zo del contrato (posteriormente podrá volver a la vivienda) y la no obligación de pagar la renta durante el tiempo que duren las obras.

» b) Finalizar el contrato sin in-demnización alguna.

• El desgaste por el uso común de la vivienda correrá a cargo del arrendatario/a.

Page 4: Guía de acceso a la vivienda - aavvmadrid.org · la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica...». Derecho que también es recogido en la Constitución española,

6

Guía de acceso a la vivienda

77. Voy a comprar una vivienda. ¿Qué aspectos básicos debo

tener en cuenta?

6.Subarriendo o alquiler de una parte de la vivienda

Cabe la posibilidad de que un in-quilino alquile una parte de la vi-vienda a una tercera persona a cambio de un precio. En este caso tendríamos dos contratos:

1. Contrato de alquiler o arrenda-miento: contrato inicial entre el propietario (arrendador) e inqui-lino originario.

2. Contrato de subarriendo: contrato entre el inquilino (subarrenda-

dor) y una tercera persona (sub-arrendatario).

Para poder subarrendar es ne-cesario el consentimiento previo del arrendador para llevarlo a cabo. Además, sólo se puede sub-arrendar una parte de la vivienda. El contrato de subarriendo finali-za cuándo lo haga el del subarren-dador.

Si se trata de una vivienda de segunda mano tenemos que tener en cuenta:

• Comprobar que no tiene deudas con la comunidad de vecinos.

• Solicitar una nota simple en el Registro de la Propiedad para ve-rificar que se encuentra libre de cargas, hipotecas y embargos.

• Comprobar que está al corriente en el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y otros tributos municipales.

• Comprobar que no existe contra-

to de alquiler en vigor ni vive na-die en ella.

• Comprobar que el edificio no se encuentra en estado de ruina y que tiene permiso de habitabili-dad (cédula de habitabilidad*).

• Comprobar la antigüedad del edi-ficio y su estado de conservación, si la estructura está reforzada, rehabilitada, o simplemente ne-cesita inspecciones periódicas de mantenimiento.

• Valorar los detalles más visibles. Es recomendable observar el es-tado de las puertas, ventanas, instalación eléctrica, calefacción, fontanería, etc. Si es necesario realizar alguna reparación con coste importante, interesa po-nerlo en conocimiento del vende-dor antes de negociar el precio de la compra.

• Es conveniente saber si la comu-nidad tiene prevista la realiza-ción de obras de mejora o alguna reparación importante. Los nue-vos propietarios deberán hacer frente a este gasto, con lo que se incrementa el precio final del piso.

• El pago del impuesto denomina-do “Plusvalías” corre a cargo del vendedor por ley. Este impuesto

grava el incremento del valor del terreno desde que se hizo la compra hasta que se ha hecho la venta.

• Los compradores han de pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que suele co-rresponder al 7% del valor de la compra del piso. El impuesto de transmisiones por ley lo paga el/la comprador/a, mientras que la plusvalía es asumida por el/la vendedor/a. También correspon-de a los compradores los gastos del/a notario/a y de la inscripción en el Registro Mercantil.

• La situación fiscal respecto al IRPF en cuanto a desgravaciones es la misma que para los pisos nuevos.

Si se trata de una vivienda nueva tenemos que tener en cuenta:

• La venta está gravada por el IVA al 8% por el total del importe. Esta cantidad se paga al promotor y éste a su vez paga a Hacienda. El comprador asume también los gastos del/a notario/a y del Regis-tro Mercantil.

• Tanto si la vivienda está pendien-te de construcción como si está construida, el vendedor/a debe te-ner a disposición del público, tal y como obliga la ley, la siguiente documentación referente a sus calidades: nombre, domicilio y datos de inscripción en el Regis-tro Mercantil, plano general de la situación de la vivienda y plano de la propia vivienda, documento detallado de las redes de suminis-

tro, descripción de la vivienda, indicando su superficie útil y la descripción del edificio con las zo-nas comunes.

• Asegurarse de la entrega en el acto de la firma, del documento de aval o seguro de los pagos an-ticipados, realizados por cuenta bancaria. Antes de firmar solici-tar una copia del documento en el que se formaliza esta garantía.

• Recabar información general en el Ayuntamiento y en el Registro

* La Cédula de habitabilidad acredita, además de la habitabilidad, la solidez del edificio, garantizando unas condiciones de habitabilidad dignas a lo largo del tiempo. Es necesaria para alquilar y vender una vivienda, siendo requisito para que las compañías de agua, gas y electricidad suministren sus servicios

Page 5: Guía de acceso a la vivienda - aavvmadrid.org · la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica...». Derecho que también es recogido en la Constitución española,

8

Guía de acceso a la vivienda

9

8. ¿Qué tipo de viviendas existen en la Comunidad de Madrid

a la hora de realizar una compra? 9. Necesito pedir un crédito hipotecario para la compra de una vivienda.

¿Qué he de tener en cuenta?

Vivienda libre:

Son aquellas a las que se les asigna un precio libre según las circuns-tancias del mercado inmobiliario.

Vivienda libre de precio concertado:

Son viviendas libres de nueva cons-trucción ya terminadas ubicadas en la Comunidad de Madrid. Los pro-motores de las viviendas podrán ofrecer las mismas en régimen de compra y/o de arrendamiento con opción de compra. Estarán sujetas a un precio máximo de venta y los

adquirentes dispondrán de facili-dades en su financiación y una re-ducción en los gastos notariales y registrales.

Vivienda protegida (o viviendas de protección oficial):

Son viviendas de precio limitado y parcialmente subvencionadas por la administración pública. Esta ca-lificación suele tener una duración

determinada, a partir de la cual pasan a convertirse en viviendas libres.

Viviendas promovidas por cooperativa:

Son aquellas que pertenecen a una cooperativa de viviendas, que es una entidad que asocia normal-mente a personas físicas -en al-gunos supuestos también a deter-minadas personas jurídicas- que precisen alojamiento o locales para sí y/o sus familiares; permitien-do la ley que entre sus fines estén

también, entre otros, la construc-ción de edificaciones complemen-tarias (por ejemplo, plazas de aparcamiento) y la prestación de servicios a las viviendas y su re-habilitación. Las cooperativas de vivienda tienen, por tanto, como finalidad principal la adquisición de una vivienda al precio de coste.

• Calcular nuestra capacidad eco-nómica y que el importe de la cuota mensual de la hipoteca no supere el 40 % de nuestros ingresos mensuales. Los bancos no suelen financiar una canti-dad superior a esta cuantía.

• El plazo es el límite de tiempo que se acuerda entre el banco y el /la cliente para la devolución del importe solicitado. Cuanto mayor es más dinero se devuel-ve al banco. Así, lo aconseja-ble sería no sobrepasar los 25 años. Más adelante existe la po-sibilidad de ampliar este plazo si surge algún imprevisto.

• Tener en cuenta el tipo de in-terés (si es fijo o variable), ya que de esto depende el incre-mento de las cuotas mensua-les, en función de los cambios que se produzcan en el Euríbor

(que es el tipo de interés pro-medio al que las entidades fi-nancieras se prestan dinero en el mercado interbancario euro-peo).

• Es interesante pactar una comi-sión de cancelación a coste cero.

• Tener en cuenta todas las comi-siones que nos vayan a cobrar y las condiciones que nos piden

de la Propiedad. Deben proporcio-narle los datos del vendedor y se pueden realizar todas las compro-baciones necesarias a través del Registro Mercantil.

• Hay que exigir al vendedor toda la documentación acreditativa de que las instalaciones del agua, gas, electricidad y teléfono se adaptan a la normativa legal vi-gente, para poder contratar el su-

ministro de estos servicios.

• Siempre se debe exigir al promo-tor la memoria de calidades. Es un documento, firmado por el arquitecto/a o aparejador/a de la obra, en el que se recogen exhaus-tivamente todos los materiales y elementos empleados en la casa: tipo de suelos, puertas, ventanas, saneamientos, etc.

Page 6: Guía de acceso a la vivienda - aavvmadrid.org · la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica...». Derecho que también es recogido en la Constitución española,

10

Guía de acceso a la vivienda

11

Ayuntamiento de Madrid

Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S.A. (EMVS).

C/ Palos de la Frontera 13 Horario de lunes a viernes de 9 a 14 horas

Plan Primera Vivienda

Atención al Público: C/ Fray Luis de León 11 Horario de lunes a viernes de 9 a 14 horas

Atención Telefónica: 91 516 81 50

www.emvs.es/Webs/PPV/index.html

Oficina de Información de Vivienda

Servicio Integral de asesoramiento en materia de vivienda, tanto en la compra, el alquiler como otros aspectos legales y de tramitación, etc.

Atención al Público: C/ Cruz 18 Horario de lunes a viernes de 9 a 15 horas

Atención telefónica: 91 524 08 21

Correo electrónico: [email protected]

Servicio Municipal de Alquiler

Atención al público: C/ Paraguay 8 Horario de lunes a jueves de 9 a 17:30 horas

10.Recursosde interés

para concedernos el préstamo hipotecario (por ejemplo domi-ciliar la nómina).

• Todas las condiciones que se acuerden deben quedar refle-jadas por escrito. No se debe firmar nada con lo que no se esté de acuerdo o parezca abu-sivo.

• Al precio final de la vivienda, al que se suman los impues-tos (IVA o Impuesto de Tras-misiones Patrimoniales) hay que sumarle otra serie de gas-tos y comisiones que asume el/la comprador/a y que habrá que tener en cuenta dentro de nuestra planificación económi-ca. Estos son:

1. La tasación del inmueble.

2. Asociados al préstamos: comi-sión de apertura, de cancela-ción, por amortización anti-cipada o cancelación parcial (cantidad que se exige cuándo se quiere pagar una parte del crédito o finalizarlo antes del plazo estipulado).

3. También corren a cuenta del comprador los gastos de nota-ría, registro y gestión.

4. Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

5. Es obligatorio contratar un seguro básico de daños para la vivienda, pero el banco que nos concede el crédito no pue-de obligarnos a hacerlo con él.

Viernes de 9 a 13:30 horas Agosto de lunes a viernes de 9 a 13:30 horas

Atención telefónica: 91 300 52 40 91 521 55 90

Comunidad de Madrid

IVIMA

El Plan de Vivienda 2009-2012

El Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid regula el sistema de promoción y acceso a la vivienda de protección pública, estableciendo los precios máximos de venta y arrendamiento como principal ayuda a los beneficiarios de las mismas.

Plan Joven en el Plan de Vivienda 2009-2012

El Plan de Vivienda Joven es un conjunto de medidas de apoyo dirigidas a los jóvenes con edad inferior a 35 años, para acceder a viviendas en régimen de arrendamiento con opción a compra.

Para solicitar información sobre el Plan de Vivienda y Plan Alquila se puede hacer a través de los siguientes medios:

Avda. de Asturias 28 De lunes a viernes de 9 a 20 horas

C/ Braganza s/n.

Bolsa de Vivienda Jóven

Avda. de Asturias 28 y C/ Braganza s/n.

Atención Telefónica: 91 580 47 56

Ministerio de Fomento

Sociedad Pública de Alquiler

Paseo de la Castellana 91

Atención telefónica: 902 13 02 13

[email protected]

Renta de Emancipación

Los jóvenes de entre 22 y 30 años pueden recibir:

— 210 euros mensuales para el pago de alquiler de su vivienda habitual durante un máximo de cuatro años.

— 600 euros de préstamo que se pueden utilizar para la fianza.

— Si se necesita aval, 120 euros para los gastos de su tramitación.

Para más información: 900 90 07 07

http://www.alquilerjoven.es/consiste.html

Entidades sociales

PROVIVIENDA

C/ Rafael Salazar Alonso 17, 28007 Madrid. España www.provivienda.es

Atención telefónica: 91 557 01 30

Correo electrónico: [email protected]

Presta los siguientes servicios:

Bolsa de Vivienda Joven, bolsa de vivienda en alquiler e informaciones sobre hipotecas.

Además tiene programas específicos que es útil conocer:

— Programa de alojamiento para colectivos con dificultad:

C/ Urgel 9 Bajo Metro: Urgel

— Programa de acceso a la Vivienda para Inmigrantes:

Avda. de Oporto 8 Metro: Plaza Elíptica

ATIME

C/ Canillas 56 (local calle)

Atención telefónica: 91 744 00 70

Programa de Vivienda para Inmigrantes. Facilitando viviendas en régimen de alquiler.

Centro de acción social San Rafael

C/ Isla Saipán 35 Metro: Peñagrande

Acogida, asesoramiento e información sobre acceso a la vivienda para inmigrantes.

Además puedes acercarte a la Asociación de Vecinos más cercana a tu domicilio y pedir asesoramiento.