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Cuadernillo Informativo de Prevención de Riesgos Laborales Cuadernillo Informativo de Prevención de Riesgos Laborales GUÍA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA TRABAJADORES DE LA ENSEÑANZA CON PERSONAS DISCAPACITADAS GUÍA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA TRABAJADORES DE LA ENSEÑANZA CON PERSONAS DISCAPACITADAS

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Cuadernillo Informativo de Prevención de Riesgos LaboralesCuadernillo Informativo de Prevención de Riesgos Laborales

GUÍA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA TRABAJADORESDE LA ENSEÑANZA CON PERSONAS DISCAPACITADAS

GUÍA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA TRABAJADORESDE LA ENSEÑANZA CON PERSONAS DISCAPACITADAS

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Guía de Prevención de Riesgos Laborales Para trabajadores de la Enseñanza con

Personas Discapacitadas

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Realiza: Secretaría de Salud Laboral UGT-Madrid. Edita: UGT-Madrid Imprime: Gráficas de Diego Depósito Legal: M-49758-2009

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INDICE

PRESENTACIÓN.............................................................................................1

1. INTRODUCCIÓN. .......................................................................................7

2. PRINCIPIOS GENERALES DE LA ACCIÓN PREVENTIVA ...............................9

3. PRINCIPALES RIESGOS SEGÚN LOS PUESTOS..........................................15

4. MEDIDAS PREVENTIVAS..........................................................................23

5. PROPUESTAS DE UGT-MADRID...............................................................33

6.ANEXOS ...................................................................................................37 1. Solicitud de convocatoria del Comité de Seguridad y Salud .................... 37 2. Solicitud de información a la empresa .................................................. 38 3. Modelo de denuncia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Madrid .................................................................................................. 39 4. Modelo de solicitud al Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.................................................................................................. 40 5. Modelo de comunicación urgente a la Autoridad Laboral en caso de accidente grave, muy grave o mortal, o leve si afecta a más de cuatro trabajadores/as ..................................................................................... 41 6. Acta de elección de delegados/as de prevención ................................... 42 7. Parte de Accidente de Trabajo ............................................................. 43 8. Modelo de comunicación urgente a la Autoridad Laboral en caso de accidente grave, muy grave o mortal, o leve si afecta a más de 4 trabajadores/as ..................................................................................... 45

7. DIRECCIONES DE INTERÉS.......................................................................47

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PRESENTACIÓN

Frecuentemente asociamos la prevención únicamente con la utilización de técnicas preventivas centradas en el entorno de trabajo, olvidándonos de importantes aspectos que han de ser tenidos en cuenta si realmente queremos acabar con esta lacra, aquellos que tienen en cuenta la evolución y las interrelaciones existentes entre las principales variables que caracterizan el desarrollo socio-laboral y económico.

El reconocimiento social de la precariedad, ha potenciado la adopción de políticas orientadas a eliminar sus nefastas consecuencias, que como todos reconocemos se manifiestan en forma de inseguridad en el empleo, bajos salarios, disminución de derechos laborales, dependencia personal respecto al empresario/a, y en general un continuo empeoramiento de las condiciones de trabajo.

A través del recurso a las empresas de trabajo temporal, los falsos autónomos, los contratos temporales, convirtiendo a trabajadores y trabajadoras en “fácilmente desechables”, también se pretende evitar la intervención de los sindicatos en las empresas y en la organización del trabajo; cuanto más pequeñas son las empresas en cuanto a su plantilla, más complicada es la actividad sindical en las mismas, se consigue una individualización de la relación laboral, más sencillo es para el empresario/a someter en todos los sentidos al trabajador/a, y más complicado es para éste reclamar sus derechos de todo tipo.

La subcontratación precariza porque tiene influencia sobre el salario, jornada laboral, el trabajador/a también recibe presiones de la empresa principal, aumenta la incomunicación entre los trabajadores/as, e incluso en ocasiones tiene influencia en los procesos de negociación colectiva de las empresas subcontratas. Mediante la precarización se transfiere el “riesgo económico” de la empresa a los trabajadores/as, convirtiendo parte o todos sus ingresos en completamente variables en función de las distintas situaciones que se pueden presentar en la empresa. Nos encontramos que las empresas subcontratistas están ubicadas en ámbitos de negociación colectiva diferentes de los de la empresa principal.

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En este contexto, no es extraño encontrar trabajadores/as que se ven obligados a realizar jornadas excesivas, a reducir o eliminar los descansos, a intensificar el ritmo de trabajo hasta límites inimaginables y todo ello, en muchos casos, como contraprestación de un salario mínimo.

La externalización de riesgos también la encontramos en el ámbito de la salud laboral, las diferentes formas de precarización tienden a concentrar los empleos más peligrosos en términos de siniestralidad laboral hacia los trabajadores/as más inestables, entendiendo como tales, los que tienen menor capacidad para exigir y negociar o imponer cambios en las condiciones de trabajo.

Las estadísticas confirman que los trabajadores/as temporales tienen tres veces más accidentes que los trabajadores/as fijos, que un porcentaje importante de accidentes mortales se producen en empresas subcontratas, que son los trabajadores/as jóvenes, menores de treinta años, los trabajadores/as inmigrantes y las mujeres los más vulnerables ante la siniestralidad laboral, que por otra parte son quienes soportan los contratos más precarios.

La experiencia demuestra que la ya extensa normativa de prevención de riesgos laborales no se ha traducido todavía, en la mayoría de las empresas, en una mejora de las condiciones de trabajo. La realidad a la que nos seguimos enfrentando es que los empresarios/as han optado, en el mejor de los casos, por una aplicación burocrática y formal de las normas, siendo excepcional encontrar empresas en las que la prevención se tenga en cuenta en las grandes decisiones estratégicas de las mismas, lo que sería el paso previo a la aplicación real de la normativa de prevención.

La falta de aplicación real de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), reflejada en la inexistencia y graves carencias de la organización preventiva en las empresas, ha tenido como consecuencia que el número total de los accidentes laborales y enfermedades profesionales producidos en la Comunidad de Madrid no haya descendido sustancialmente, sobre todo, teniendo en cuenta la reducción de la actividad y el aumento del paro.

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Esto ha provocado que la situación de la siniestralidad laboral en Madrid, siga siendo insostenible, una sociedad moderna no puede asumir de ninguna de las maneras la muerte de trabajadores/as cada día, ni tampoco que un accidente de trabajo o una enfermedad contraída como consecuencia del mismo, pueda provocar la incapacidad de un trabajador/a.

Desde que se aprobara la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en la Comunidad de Madrid se han producido más de 1.500.000 accidentes de trabajo.

Para UGT-Madrid, el incumplimiento de las normas preventivas no es sólo achacable a las empresas, sino que es compartido por algunas Administraciones Públicas, que ante esta lacra parecen estar expectantes, como si la situación pudiera solucionarse por sí misma, no habiendo establecido políticas suficientes.

Se ha aprobado a nivel nacional normativa suficiente para facilitar la implantación de la prevención en las empresas, pero la realidad nos marca que esto no es bastante, ya que una parte importante de los empresarios/as siguen incumpliéndola. No existe el mismo avance en su aplicación, ya que algunos empresarios/as madrileños siguen viendo la mejora de las condiciones de seguridad y salud como un gasto, y prefieren recurrir una posible sanción e incluso pagarla, a cumplir con la ley. Existe un importante sector empresarial que sigue poniendo en riesgo la seguridad y la salud de los trabajadores/as, con lo que supone a nivel moral para los trabajadores/as y sus familias, además del coste económico a la propia empresa (seguros, IT, cambio de maquinaria, tiempo perdido, impacto psicológico del accidente entre los trabajadores/as sustitución y formación de nuevos trabajadores/as, denuncias…), y el coste para toda la sociedad.

La prevención de riesgos laborales se ha convertido en un puro negocio para la mayoría de las organizaciones que se desarrollaron a partir de la LPRL, servicios de prevención ajenos, entidades formativas, mutuas y auditorias; y se está olvidando lo más importante: que estamos hablando de la seguridad y la salud de los trabajadores/as.

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También es necesaria, la mejora continua de las labores de vigilancia y control que se llevan a cabo desde la Inspección de Trabajo y Seguridad Social con la colaboración de los Técnicos Habilitados del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

La actuación de la Policía Judicial en los accidentes de trabajo, también es un elemento importante de mejora para la posterior actuación de Fiscales y Jueces en la aplicación del régimen sancionador. Todo ello debería verse complementado con la publicación de las empresas infractoras sancionadas, para evitar su acceso a posibles subvenciones públicas.

Desde UGT-Madrid, seguimos insistiendo en la necesidad de investigar tanto el accidente de trabajo con resultado de muerte o lesiones, como el delito de riesgo, como aspecto que tendrá una incidencia positiva sobre la siniestralidad laboral.

Por todo ello, consideramos imprescindible la actuación coordinada y conjunta de las distintas administraciones, General del Estado, Autonómica, Local, con el apoyo de los Sindicatos, en el ámbito de la prevención, y también en el ámbito de la vigilancia y control del cumplimiento de las normas laborales, administrativas, civiles y penales, así como la efectiva ejecución de las sentencias condenatorias que en dichos ámbitos puedan producirse.

La actuación unida de todas las partes implicadas en la prevención de riesgos laborales en el sentido más amplio, es la mejor de las herramientas para lograr la implantación de una auténtica cultura de la prevención, no sólo en los centros de trabajo, también en la sociedad en general.

Para UGT-Madrid, la lucha contra la siniestralidad laboral (contra los accidentes de trabajo y las enfermedades contraídas como consecuencia del mismo), es un objetivo prioritario, todos nuestros organismos están implicados y comprometidos con la prevención de riesgos laborales, potenciando la acción sindical en esta materia hacia todos los sectores y en todos los territorios que conforman la UGT-Madrid, ya que donde hay representación sindical hay mayor implantación de la prevención de riesgos laborales, y unas mejores condiciones de trabajo, el Delegado/a de

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Prevención es clave para conseguir la reducción de la siniestralidad en los centros de trabajo y la necesaria promoción de la salud en el propio puesto de trabajo.

Indudablemente la situación puede y debe mejorar, conocemos los riesgos en los lugares de trabajo, las medidas preventivas a aplicar para eliminarlos o al menos para minimizarlos, y su aplicación depende de todos nosotros, por ello desde UGT-Madrid, seguiremos actuando en todas aquellas ocasiones que lo requieran hasta acabar con esta lacra.

Secretaría de Salud Laboral UGT-Madrid

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1. INTRODUCCIÓN.

Es necesario recalcar la importancia de la protección de la Seguridad y la Salud de los trabajadores y trabajadoras de la enseñanza, y profundizar en su desarrollo y aplicación, desde un enfoque fundamentalmente preventivo, intentando lograr con ello una mejora continua de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

Para ello, además de tener presente la legislación aplicable, constituida por la Ley 31/1995 de 8 de Noviembre de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y toda la serie de normas que la desarrollan, así como las normas específicas sobre centros educativos, es imprescindible que la cultura preventiva se extienda impregnando toda la actividad profesional. Que la información para todas y todos los trabajadores sea lo más clara y exhaustiva posible, lo que, por otra parte, es también exigencia de la LPRL. En el caso de los y las que trabajan en centros docentes, tenemos el condicionante, y la satisfacción por otra parte, de trabajar con y para personas. Y, en vuestro caso, con personas con requerimientos especiales que tenéis que atender sin incrementar los riesgos para vuestra salud. Es conveniente incidir en los puntos fundamentales de la prevención de riesgos, tales como:

Impulsar la difusión y el conocimiento de las Enfermedades Profesionales y de las enfermedades derivadas del trabajo así como las medidas preventivas a adoptar, tanto por empresarios/as como por trabajadores/as, a fin de lograr implantar la cultura de la prevención.

Dirigir a determinados colectivos especialmente vulnerables a los

riesgos laborales, como mujeres, jóvenes, inmigrantes o discapacitados entre otros, las actuaciones preventivas recogidas

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con el fin de evitar o prevenir dichos riesgos, así como erradicar, o al menos disminuir, la siniestralidad laboral.

Fomentar, de acuerdo con los artículos 18 y 19 de la Ley de

Prevención de Riesgos Laborales, la acción informativa y especialmente la formativa tanto teórica como práctica en la prevención de riesgos laborales entre los trabajadores/as, al objeto de que puedan tener en todo momento un puntual conocimiento de los derechos que les corresponden en todas y cada una de las situaciones.

Llegar a la plena concienciación social de que el daño a la salud es

evitable si se aplica una adecuada prevención. Por tanto la salud no se negocia. Es un derecho fundamental, reconocido constitucionalmente, que debe ser protegido frente a cualquier vulneración que lo ponga en peligro.

Fomentar la coparticipación de todos/as en la defensa y protección

de la Salud Laboral por parte de los interlocutores sociales, institucionales y de la propia sociedad civil.

Por todo ello la Administración y los agentes sociales tienen que hacer todo lo posible para que los trabajadores/as no pierdan su salud en el trabajo y tengan garantizada su seguridad mientras permanezcan en el centro de trabajo o se hallen desarrollando su jornada laboral. UGT-Madrid, cumpliendo lo anteriormente dicho, elabora esta guía dirigida a todas y todos los profesionales que trabajáis con personas discapacitadas en el sector de la Enseñanza. Esperamos que os sea de utilidad.

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2. PRINCIPIOS GENERALES DE LA ACCIÓN PREVENTIVA

Los principios generales para una correcta acción preventiva recogidos en el Articulo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales son:

Evitar los riesgos. Evaluar los riesgos que no se pueden evitar. Combatir los riesgos en su origen. Adaptar el trabajo a la persona. Tener en cuenta la evolución de la técnica. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro. Planificar la prevención. Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la

protección individual. Dar formación e información a los trabajadores/as.

Para actuar de acuerdo con los principios básicos de la acción preventiva, no con el único fin de justificar formalmente el cumplimiento de la Ley y así poder evitar sanciones por parte de la Administración, sino con el fin primordial de evitar los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, es necesario integrar una cultura preventiva en el seno de la empresa, realizando una serie de actuaciones:

Plan de Prevención de Riesgos Laborales El Plan de Prevención de Riesgos Laborales es una herramienta para la integración y la gestión preventiva de la empresa, que deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa.

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La Evaluacion de Riesgos y la Planificación de la Actividad Preventiva son los instrumentos que deben ser utilizados por el empresario/a para aplicar y gestionar el Plan de Prevención.

A) Evaluación de Riesgos Si en el centro de trabajo existen riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores/as que no se pueden evitar, el empresario/a tiene la obligación de realizar la evaluación de los mismos. La evaluación de riesgos tendrá en cuenta la naturaleza de la actividad, las características de los puestos de trabajo existentes y de los trabajadores/as que deban desempeñarlos, la elección de los equipos de trabajo, las sustancias o preparados químicos utilizados y el acondicionamiento de los lugares de trabajo. Se actualizará cuando cambien las condiciones de trabajo y se revisará cuando se produzcan daños a la salud.

B) Planificación de la actividad preventiva Cuando los resultados de la evaluación de riesgos pongan de manifiesto la existencia de situaciones de riesgo, el empresario/a adoptará las medidas preventivas necesarias para eliminar, o reducir y controlar, dichos riesgos. El empresario/a tiene la obligación de planificar la adopción de estas medidas preventivas. Dicha planificación incluirá, para cada actividad preventiva, el plazo para llevarla a cabo, la designación del o de los responsables de aplicarlas y los recursos humanos, materiales y económicos necesarios para su ejecución.

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Medios de Protección colectivos e individuales

El empresario/a deberá facilitar a los trabajadores/as todos los medios de protección necesarios para garantizar que puedan realizar se trabajo en condiciones de seguridad y preservando su salud. Se antepondrán las medidas de protección colectiva a los medios de protección individual. Los equipos de protección individual (EPI) sólo deben ser utilizados cuando no se hayan podido garantizar unas condiciones de trabajo seguras mediante la aplicación de medidas de protección colectiva, métodos, procedimientos y organización del trabajo.

Formación e Información de los trabajadores/as Los trabajadores/as tienen derecho a ser informados, antes de su incorporación a su trabajo, de los riesgos a los que van a estar expuestos y de las medidas disponibles para evitarlos. Esta información debe incluir instrucciones sobre el uso y mantenimiento correcto de las máquinas, herramientas y equipos de protección individual. El empresario /a facilitará a los trabajadores/as formación:

• Teórica y práctica. • Suficiente y adecuada al puesto de trabajo. • Se impartirá antes de iniciar el trabajo y/o siempre que se

produzcan cambios en las funciones y/o equipos de trabajo. • Debe ser periódica y continuada en el tiempo.

El objetivo es que los trabajadores/as conozcan los riesgos a los que están expuestos, las medidas preventivas y de protección que sean de aplicación, y que puedan realizar su trabajo en condiciones de seguridad.

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La formación se realizará durante tu tiempo de trabajo, y, si no es posible, el tiempo empleado en ella se descontará de tu jornada laboral. En caso de que exista peligro grave o inminente para el trabajador/a, deberá recibir instrucciones concretas para poder interrumpir tu actividad y/o abandonar el centro de trabajo, si fuera preciso. Toda la formación, así como las instrucciones verbales, se transmitirán al trabajador/a de forma clara y comprensible.

Vigilancia de la salud El empresario/a tiene la obligación de realizar una vigilancia de la salud adecuada y específica de los riegos a los que esté expuesto cada trabajador/a en su puesto de trabajo. El trabajador/a tiene derecho a exigir reconocimientos médicos periódicos y específicos, teniendo en cuenta los riesgos a los que vaya a estar expuesto/a en su trabajo para controlar su estado de salud. Los reconocimientos médicos se harán de forma voluntaria siempre y cuando la actividad que se realice no suponga un peligro para su propia salud y/o para la de terceros, siempre bajo el consentimiento del trabajador/a; antes de incorporarse a su puesto de trabajo y de forma periódica durante el tiempo que permanezca en el mismo y cuando se produzca una variación de la tarea. El trabajador/a tiene derecho a conocer los resultados de las pruebas y a que se respete siempre su intimidad. Los resultados son confidenciales y no pueden usarse para discriminar o perjudicar al trabajador/a.

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Consulta y Participación

Los trabajadores/as tienen derecho a ser consultados sobre los riesgos y medidas de protección que existan en su puesto de trabajo, así como a participar con sus propuestas para solucionarlos. Para resolver sus dudas o proponer sugerencias, deben acudir a su Delegado/a de Prevención o Representante Sindical. Si el trabajador/a pertenece a una Empresa de Trabajo Temporal (ETT), todos estos derechos le corresponden igual que a los demás trabajadores/as de la empresa, pues el empresario está obligado a proteger la seguridad y salud de todos los trabajadores/as, sin exclusión ni discriminación alguna.

Adaptación del Puesto de Trabajo El puesto de trabajo tiene que adaptarse a cada trabajador, a sus características personales y físicas, teniendo en cuenta los espacios de trabajo, instalaciones, mesas, sillas, Equipos de Protección Individual (gafas, mascarillas, guantes), etc… Para los trabajadores/as especialmente sensibles a determinados riesgos como las personas con discapacidad, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, menores, etc., se deberá adaptar el puesto de trabajo a sus condiciones y circunstancias personales. Con las trabajadoras embarazadas, tras el parto o en periodo de lactancia, esta circunstancia se tendrá en consideración de forma especial para que las que no puedan realizar actividades que supongan un riesgo para su salud o para la de su hijo/a. Por tanto, el empresario/a debe garantizar la seguridad de la trabajadora mediante un cambio de sus funciones y de

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aquellas actividades especialmente peligrosas, como por ejemplo los trabajos a turnos y el trabajo nocturno.

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3. PRINCIPALES RIESGOS SEGÚN LOS PUESTOS

LOGOPEDA/AUDICIÓN Y LENGUAJE

Riesgos relacionados con la Seguridad en el Trabajo

Golpes y cortes por objetos y herramientas.

Golpes y cortes causados por seres vivos (alumnado con discapacidad).

Caídas al mismo nivel o a distinto nivel.

Caídas de objetos. Pisadas sobre objetos. Choques contra objetos por falta de

espacio y orden. Amenazas antisociales.

Riesgos relacionados con la Higiene Industrial

Exposición a niveles elevados de ruido.

Exposición a sustancias nocivas o tóxicas (por contacto o inhalación de polvo inorgánico de las tizas).

Exposición a agentes biológicos (virus, bacterias, hongos, parásitos).

Condiciones termohigométricas inadecuadas (temperatura, humedad…).

Riesgos relacionados con la Ergonomía

Carga física de trabajo. Diseño inadecuado del puesto de

trabajo. Fatiga visual por iluminación

inadecuada. Alteraciones de la voz.

Riesgos relacionados con la Psicosociología

Carga mental de trabajo. Estrés laboral. Acoso psicológico. Síndrome de Burnout o del

trabajador quemado. Características de la tarea

(cantidad de trabajo, complejidad, trabajo repetitivo).

Organización de trabajo (falta de definición de roles, autonomía, participación, ratios en aulas, monotonía, formación e información).

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FISIOTERAPEUTA / TERAPEUTA OCUPACIONAL

Riesgos relacionados con la Seguridad en el Trabajo

Golpes y cortes por objetos o herramientas.

Golpes y cortes causados por seres vivos (alumnado discapacitado).

Caídas al mismo nivel o a distinto nivel.

Caídas de objetos.

Exposición a contactos eléctricos.

Exposición a sustancias nocivas o tóxicas.

Sobreesfuerzos.

Atrapamiento por y entre objetos.

Choques contra objetos por falta de espacio y orden.

Amenazas antisociales.

Riesgos relacionados con la Higiene Industrial

Exposición a niveles elevados de ruido.

Exposición a agentes biológicos (virus, bacterias, hongos).

Condiciones termohigométricas inadecuadas (temperatura, humedad…).

Exposición a radiaciones ionizantes/ no ionizantes.

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FISIOTERAPEUTA / TERAPEUTA OCUPACIONAL

Riesgos relacionados con la Ergonomía

Carga física de trabajo.

Diseño inadecuado del puesto de trabajo.

Riesgos posturales (causantes de trastornos músculo esqueléticos).

Manipulación manual de cargas, al mover y manipular a los usuarios/as.

Fatiga visual por iluminación inadecuada.

Alteraciones de la voz.

Micromovimientos repetitivos.

Riesgos relacionados con la Psicosociologia

Carga mental de trabajo.

Estrés laboral.

Acoso psicológico.

Síndrome de Burnout o del trabajador quemado.

Características de la tarea (cantidad de trabajo, complejidad. Trabajo repetitivo)

Organización del trabajo (falta de definición, ratios en aulas, monotonía, formación e información).

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PSICÓLOGO/A, PEDAGOGO/A, ORIENTADOR/A

Riesgos relacionados con la Seguridad en el Trabajo

Golpes y cortes causados por seres vivos (alumnado con discapacidad)

Caídas al mismo nivel o a distinto nivel.

Caídas de objetos. Pisadas sobre objetos. Atrapamiento por y entre objetos. Choques contra objetos por falta de

espacio y orden. Amenazas antisociales.

Riesgos relacionados con la Higiene Industrial

Exposición a niveles elevados de ruido.

Exposición a sustancias nocivas o tóxicas (inhalación de polvo inorgánico de las tizas).

Exposición a agentes biológicos (virus, bacterias, hongos, parásitos).

Condiciones termohigrométricas inadecuadas (temperatura, humedad…).

Riesgos relacionados con la Ergonomía

Carga física de trabajo. Diseño inadecuado del puesto de

trabajo. Riesgos posturales (causantes de

trastornos músculo esqueléticos). Fatiga visual por iluminación

inadecuada. Alteraciones de la voz.

Riesgos relacionados con la Psicosociología

Carga mental de trabajo. Estrés laboral. Acoso psicológico. Síndrome de Burnout o del trabajador

quemado. Características de la tarea (cantidad

de trabajo, complejidad, trabajo repetitivo).

Organización del trabajo (falta de definición de roles, autonomía, participación, ratios en aulas, monotonía, formación e información).

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PROFESOR/A, PEDAG. TERAPÉUTICA

Riesgos relacionados con la Seguridad en el Trabajo

Golpes y cortes por objetos o herramientas.

Golpes y cortes causados por seres vivos (alumnado con discapacidad).

Caídas al mismo nivel o a distinto nivel.

Caídas de objetos. Pisadas sobre objetos. Sobreesfuerzos. Atrapamiento por y entre objetos Choques contra objetos por falta de

espacio y orden. Amenazas antisociales.

Riesgos relacionados con la Higiene Industrial

Exposición a niveles elevados de ruido.

Exposición a sustancias nocivas o tóxicas (inhalación de polvo inorgánico de las tizas).

Exposición a agentes biológicos (virus, bacterias, hongos, parásitos).

Condiciones termohigrométricas inadecuadas (temperatura, humedad…).

Riesgos relacionados con la Ergonomía

Carga física de trabajo. Diseño inadecuado del puesto de

trabajo. Riesgos posturales (causantes de

trastornos músculo esqueléticos). Fatiga visual por iluminación

inadecuada. Alteraciones de la voz.

Riesgos relacionados con la Psicosociología

Carga física de trabajo. Diseño inadecuado del puesto de

trabajo. Riesgos posturales (causantes de

trastornos músculo esqueléticos). Fatiga visual por iluminación

inadecuada. Alteraciones de la voz.

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PROFESOR /A DE TALLER

Riesgos relacionados con la Seguridad en el Trabajo

Golpes y cortes por objetos o herramientas.

Golpes y cortes causados por alumnado con discapacidad.

Caídas al mismo nivel o a distinto nivel. Caídas de objetos. Pisadas sobre objetos. Sobreesfuerzos. Atrapamiento por y entre objetos. Choques contra objetos por falta de

espacio y orden. Proyección de fragmentos o partículas. Exposición a contactos térmicos. Exposición a contactos eléctricos. Amenazas antisociales.

Riesgos relacionados con la Higiene Industrial

Exposición a niveles elevados de ruido. Exposición a sustancias nocivas o tóxicas

(inhalación de polvo inorgánico de las tizas).

Exposición a agentes biológicos (virus, bacterias, hongos, parásitos).

Condiciones termohigrométricas inadecuadas (temperatura, humedad...).

Riesgos relacionados con la Ergonomía

Carga física de trabajo. Diseño inadecuado del puesto de trabajo. Riesgos posturales (causantes de

trastornos músculo esqueléticos). Fatiga visual por iluminación inadecuada. Alteraciones de la voz.

Riesgos relacionados con la Psicosociología

Carga mental de trabajo. Estrés laboral. Acoso psicológico. Síndrome de Burnout o del trabajador

quemado. Características de la tarea (cantidad de

trabajo, complejidad, trabajo repetitivo). Organización del trabajo (falta de

definición de roles, autonomía, participación, ratios en aulas, monotonía, formación e información).

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TÉC. ESPECIALISTA, CUIDADOR/A

Riesgos relacionados con la Seguridad en el

Trabajo

Golpes y cortes por objetos o herramientas.

Golpes y cortes causados por alumnado con discapacidad.

Caídas al mismo nivel o a distinto nivel.

Caídas de objetos. Pisadas sobre objetos. Sobreesfuerzos. Atrapamiento por y entre objetos. Choques contra objetos por falta de

espacio y orden. Proyección de fragmentos o partículas. Exposición a contactos térmicos. Exposición a contactos eléctricos. Amenazas antisociales.

Riesgos relacionados con la Higiene Industrial

Exposición a niveles elevados de ruido.

Exposición a sustancias nocivas o tóxicas (polvo inorgánico de las tizas).

Exposición a agentes biológicos (virus, bacterias, hongos, parásitos).

Condiciones termohigrométricas inadecuadas (temperatura, humedad...).

Riesgos relacionados con la Ergonomía

Carga física de trabajo. Diseño inadecuado del puesto. Riesgos posturales (causantes de

trastornos músculo esqueléticos). Fatiga visual por iluminación

inadecuada. Alteraciones de la voz.

Riesgos relacionados con la Psicosociología

Carga mental de trabajo. Estrés laboral. Acoso psicológico. Síndrome de Burnout o del trabajador

quemado. Características de la tarea (cantidad

de trabajo, complejidad, trabajo repetitivo).

Organización del trabajo (falta de definición de roles, autonomía, participación, ratios en aulas, monotonía, formación e información)

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PERSONAL DE SERVICIOS (COCINA, AUX. HOSTELERÍA,

LIMPIEZA…)

Riesgos relacionados con la Seguridad en el

Trabajo

Golpes y choques contra objetos móviles/inmóviles.

Golpes y cortes por objetos. Agresiones causadas por alumnado Caídas al mismo o a distinto nivel. Caída de objetos. Pisadas sobre objetos. Sobreesfuerzos. Atrapamiento por y entre objetos. Choques contra objetos por falta de

espacio y orden. Proyección de fragmentos o partículas. Exposición a contactos térmicos. Exposición a contactos eléctricos. Incendios, explosiones. Amenazas antisociales.

Riesgos relacionados con la Higiene Industrial

Exposición a niveles elevados de ruido. Exposición a sustancias nocivas o tóxicas Exposición a agentes biológicos (virus,

bacterias, hongos, parásitos). Exposición a agentes químicos. Exposición a radiaciones. Condiciones termohigrométricas

inadecuadas.

Riesgos relacionados con la Ergonomía

Carga física de trabajo. Diseño inadecuado del puesto. Riesgos posturales Fatiga visual por iluminación inadecuada. Alteraciones de la voz.

Riesgos relacionados con la Psicosociología

Carga mental de trabajo. Estrés laboral. Acoso psicológico. Síndrome de Burnout o del trabajador

quemado. Características de la tarea (cantidad de

trabajo, complejidad, trabajo repetitivo). Organización del trabajo (falta de

definición de roles, autonomía, participación, ratios en aulas, monotonía, formación e información).

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4. MEDIDAS PREVENTIVAS

MEDIDAS PREVENTIVAS EN SEGURIDAD

Las zonas de paso han de estar libres de cualquier obstáculo.

Para evitar golpes con objetos como mesas, cajoneras etc, estas han de tener las aristas redondeadas.

Orden y limpieza evitando dejar cajas, papeleras en zonas de paso eliminando así caídas al mismo nivel.

No sobrecargar las estanterías, sobre todo los estantes superiores que son de difícil acceso.

Para alcanzar cualquier objeto en altura, es necesaria la utilización de escaleras, siempre y cuando estas reúnan las condiciones de Seguridad y Salud para una correcta utilización, para ello han de ir equipadas con zapatas antideslizantes, con un sistema de bloqueo que impida la abertura, o sistemas similares.

Las medidas que se han de tener en cuenta para la utilización de ayudas mecánicas son las siguientes:

Para un uso correcto, en un primer lugar hay que hacer un rápido análisis, eligiendo la ayuda más adecuada y planificando la movilización.

Los trabajadores/as han de recibir Formación/Información del correcto manejo.

Si se utilizan deslizadores, elevadoras o grúas mecánicas es necesario tener en cuenta que deben disponer de parada de emergencia y marcado CE, cumpliendo las disposiciones de Seguridad y Salud para la utilización de los Equipos de Trabajo (RD 1215/1997).

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MEDIDAS DE HIGIENE POSTURAL

En el caso de no disponer de ayudas mecánicas y tener que hacer la movilización de forma manual se han de adoptar las siguientes medidas:

Colocarse en una postura estable con los pies separados, con una pierna ligeramente adelantada para mejorar el equilibrio.

Evitar hacer giros de tronco, asegurándose de que los hombros y la pelvis se mantiene alineados.

Flexionar las rodillas, doblándolas ligeramente, manteniendo la curvatura natural de la espalda y evitando flexionar el tronco.

Colocar los brazos de tal forma que permita sostener la carga tan cerca del cuerpo como sea posible.

Realizar un agarre firme y cómodo, buscando una zona por la que se pueda asir la carga con facilidad, y usando tanto la palma de la mano como los dedos.

Mantener la cabeza recta evitando flexionar o girar el cuello.

Realizar movimientos suaves evitando los tirones y movimientos impulsivos.

No mantener la misma postura de forma prolongada ya que puede causar fatiga.

Sentarse con la espalda bien apoyada en el respaldo de la silla.

No utilizar asientos demasiado blandos.

Dormir en colchón firme y con almohada baja.

Dormir de costado o boca arriba.

Caminar con la espalada recta y la cabeza erguida.

No usar zapatos con un tacón de más de 5 cm. de alto, además este ha de ser antideslizante y bien sujeto.

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TÉCNICAS MANUALES A ADOPTAR.

Utilizando las leyes de la Biomecánica tendremos mejores resultados con nuestro esfuerzo.

TECNICAS MANUALES Cambio de posición de decúbito supino a decúbito lateral Colocación de la cuña.

INCORPORACIÓN EN LA CAMA Mantener la espalda recta para proceder a la incorporación en la camilla haciendo fuerza con la pierna flexionada.

Imágenes recogidas del INSHT

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DESPLAZAMIENTO LONGITUDINAL

Para realizar los desplazamientos el trabajador/a ha de apoyarse en el cabecero de la cama haciendo fuerza con la pierna flexionada y situando los hombros bien cerca del paciente.

DE LA CAMA A LA SILLA Soportar el peso con el hombro apoyando la otra mano en la cama y para su traslado a la silla apoyar las manos en la silla y flexionar las piernas.

SENTAR AL BORDE DE LA SILLA Para incorporar al paciente los pies del trabajador/a han de estar orientados en dirección al movimiento, acercar al máximo el peso a nuestro cuerpo manteniendo las piernas flexionadas, por último tener una buena fijación de la pierna eje de giro.

Imágenes recogidas del INSHT

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INCORPORACION EN LA SILLA

El trabajador/a presionará horizontalmente con las manos la pelvis del paciente haciendo fuerza con las piernas e inclinando el cuerpo hacia delante. La incorporación del paciente será hacia delante con las piernas flexionadas presionando con la rodilla.

DE LA CAMA A LA CAMILLA Se ha de desplazar al paciente hacia al borde de la cama flexionando las piernas utilizando el contrapeso. Para trasladar al paciente de la cama a la camilla el trabajador/a ha de agarrarlo en forma de abrazo acercando el peso a nuestro cuerpo. La espalda del trabajador/a ha de estar completamente vertical y los pies en la dirección del movimiento.

Imágenes recogidas del INSHT

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CAÍDA AL SUELO Si un paciente sufre una caída en el suelo no ha de cundir el pánico. Lo primero que ha de hacer el trabajador/a es buscar ayuda antes de proceder al levantamiento del paciente. Después hay que sujetar al paciente con una toalla por debajo de las axilas utilizando el contrapeso del cuerpo. Por último se bloquean las piernas del paciente para su levantamiento. ESTA TÉCNICA HA DE UTILIZARSE EN PACIENTES DE

POCO PESO.

Imágenes recogidas del INSHT RECOMENDADIONES BÁSICAS AL TRABAJADOR/A PARA UNA

MOVILIZACION SEGURA

• Colocarse en una postura estable: Los pies han de estar separados con una pierna ligeramente adelantada para mejorar el equilibrio.

• Evitar hacer los giros de tronco: Asegúrate de que los hombros y la pelvis se mantienen alineados.

• Flexiona las rodillas: Dobla ligeramente las rodillas, manteniendo la curvatura natural de tu espalda.

• Los brazos han de colocarse de tal forma que permitan sostener la carga tan cerca del cuerpo como sea posible.

• Realizar un agarre firme y cómodo: Busca una zona donde se pueda coger la carga con facilidad y usando tanto la palma de la mano como los dedos.

• Mantener la cabeza recta evitando así flexionar o girar el cuello. • Realizar movimientos suaves evitando así tirones y movimientos

impulsivos.

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Ejercicios de Relajación.

Imágenes recogidas del INSHT

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MEDIDAS ANTE RIESGOS PSICOSOCIALES Cuando hay un exceso de carga de trabajo, o la demanda de la tarea es superior a los conocimientos del trabajador/a, puede desencadenarse abatimiento, tristeza profunda, disminución de funciones psíquicas y pérdida de interés por cosas de las que antes disfrutaba. Estas sensaciones pueden venir dadas por una mala organización en el trabajo. Una correcta organización debería permitir:

Satisfacción con el trabajo, que dependerá de las relaciones con los compañeros/as y con la empresa.

Motivación en el trabajo, que dependerá de diversos factores, como la definición de roles en la empresa, la capacidad de control sobre la tarea, etc.

Se han de adoptar las siguientes medidas preventivas:

Incluir los aspectos psicosociales en la evaluación de riesgos laborales.

Definir las tareas. Adaptar la tarea a las capacidades del trabajador/a.

Establecer rotación y/o cambio de tareas. En caso de mujeres embarazadas, adaptar el puesto de trabajo

(pueden necesitar más espacio) y las tareas que puedan entrañar riesgo.

Facilitar la comunicación en todas y entre todas las estructuras de la Organización.

Posibilitar la participación y la consulta de los trabajadores/as. Informar y solicitar apoyo a los representantes sindicales y a los

delegados/as de Prevención.

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MUJER EMBARAZADA La Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 26, obliga a la protección de la maternidad frente a aquellos riesgos laborales que pueden afectar al embarazo, parto reciente y lactancia natural. Partiendo de la base de que el embarazo no es una enfermedad, sino un hecho biológico de gran importancia personal y social, es necesaria la aplicación de las normas y de los procedimientos que permitan garantizar la protección de la seguridad y salud de la mujer embarazada y del feto y, posteriormente, de su hijo/a durante el periodo de lactancia natural. Por todo ello es necesario que el empresario/a adopte las siguientes medidas:

El empresario/a, cuando sea conocedor de que la trabajadora está embarazada, deberá evaluar los riesgos específicos del puesto de trabajo y adoptar las medidas preventivas correspondientes.

Una vez realizada la evaluación de riesgos, la trabajadora deberá ser informada de aquellos riesgos a los que está expuesta así como de las medidas que la empresa va a adoptar. Igualmente se les ha de comunicar a la representación de los trabajadores.

Si no pueden eliminarse los riesgos, la trabajadora o sus representantes solicitarán a la empresa el cambio de puesto de trabajo.

Si esto último no fuese posible, hay que solicitar la baja por riesgo durante el embarazo ante el Instituto Nacional de Seguridad Social. No confundir con la licencia por maternidad que se puede disfrutar en parte antes del momento del parto.

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5. PROPUESTAS DE UGT-MADRID

Las propuestas que desde UGT-Madrid hacemos para intentar solventar la siniestralidad laboral de la Comunidad de Madrid, irían encaminadas hacia:

♣ Exigir el cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en relación a los derechos de los trabajadores/as.

♣ Continuidad de Acuerdos firmados con Agentes Sociales y mayor duración de los mismos.

♣ Aplicación del Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, e instar a la Administración a que se publique no sólo en el Boletín Oficial del Estado o de la Comunidad Autónoma, sino también a través de los medios de comunicación de forma que se de la mayor publicidad posible.

♣ Exclusión de las subvenciones públicas de las empresas que hayan sido sancionadas por infracción grave y muy grave en materia de seguridad y salud.

♣ La comunicación inmediata, al Ministerio de Economía y Hacienda, de las empresas que hayan sido sancionadas con carácter grave o muy grave, en los términos previstos por la Ley de Contratos del Estado y la normativa reglamentaria que la desarrolla.

♣ Instar a la Administración a que se persone como acusación popular en aquellos casos en que exista presunción de delito por parte del empresario/a.

♣ Demandar una efectiva coordinación entre la Inspección de Trabajo, Fiscalía y Judicatura, con la participación de los agentes sociales para conseguir mejorar la efectividad de las actuaciones llevadas a cabo en materia de siniestralidad laboral; a través del protocolo marco de colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Fiscalía General del Estado para la investigación eficaz y rápida de los delitos contra la vida, la salud y la integridad física de los trabajadores/as y la ejecución de las sentencias condenatorias.

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♣ Solicitar una aplicación efectiva del convenio de colaboración firmado entre la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, el Decano de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para actuar contra la Siniestralidad Laboral, e instar a la Comunidad de Madrid a que impulse la firma de convenios con otros municipios para perseguir el delito en materia de seguridad y salud.

♣ Aumentar los recursos materiales y humanos de la Inspección Provincial de Trabajo de la Comunidad de Madrid, así como del IRSST (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo), solicitando un incremento del número de técnicos habilitados para una mayor vigilancia y control de la norma.

♣ Desarrollar una ley integral que aglutine las distintas normas de aplicación en el conjunto de jurisdicciones y que contemple las lagunas que aún encontramos en la normativa de salud laboral.

♣ Desarrollar y consolidar una cultura preventiva en la sociedad española en todos los ámbitos, impulsando el tratamiento de la prevención de riesgos laborales en los diferentes niveles del sistema educativo, de forma que se de cumplimiento a uno de los objetivos marcados en la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007-2012.

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NO OLVIDES QUE

Uno de nuestros objetivos es desarrollar actividades de promoción de la salud de los trabajadores/as y mejorar las condiciones de trabajo existentes en la empresa, de forma que podamos disminuir la siniestralidad existente en nuestra Comunidad.

Es importante que contemos con representación de los trabajadores/as en todas las empresas, ya que a través de ésta haremos llegar al empresario/a nuestras propuestas, dado que los trabajadores/as somos los que mejor conocemos nuestro puesto de trabajo y las condiciones en que desarrollamos el mismo.

Los Delegados/as de Prevención y los Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo son los órganos de defensa de los intereses de los trabajadores/as, vigilan el cumplimiento en las empresas y centros de trabajo de la legislación vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales y promueven la participación de los trabajadores/as, desarrollando una política preventiva y de promoción de la seguridad y salud, en definitiva ejercen una labor de vigilancia y control de las condiciones de salud y seguridad en el desarrollo del trabajo en la empresa.

... PONTE EN CONTACTO CON UGT, ¡TU SINDICATO!

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6.ANEXOS

1. Solicitud de convocatoria del Comité de Seguridad y Salud

Don________________________________________________________ Presidente Comité de Seguridad y Salud Departamento de Recursos Humanos de la Empresa

En ________, a ___de_____________de 200___

Estimado Sr. ___________________________ (Nombre y Apellidos) _____________________________________como Delegado/a de Prevención de esta empresa y según lo previsto en el artículo 38.3 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, mediante el presente escrito solicito que a la mayor brevedad posible sea convocado el Comité de Seguridad y Salud para tratar los siguientes temas:

Orden del día: Enumerar los temas a tratar: a) ......... b) ......... c) Ruegos y preguntas. Atentamente,

Firmado: Delegado/a de Prevención *Si se quiere apoyo del sindicato, añadir el siguiente párrafo: A esta reunión asistirá D./Dña_______________________________, como Técnico de Prevención ajeno a la empresa, en apoyo de la representación de los trabajadores en este Comité y en base al artículo 38 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

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2. Solicitud de información a la empresa

*Asunto: • Inspección sobre absentismo • Relación de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (artículo 36.2 de

la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales). • Mayor Nivel de consulta y participación (artículos 33 y 34 de la Ley 31/1995 de

Prevención de Riesgos Laborales). • Propuesta de mejora de las condiciones de trabajo (artículo 36.2.f de la Ley

31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales). • Formación e información a los trabajadores/as (artículos 19 y 18 de la Ley 31/95 de

Prevención de Riesgos Laborales). • Asistencia a un curso para Delegados/as de Prevención (artículo 37.2 de Ley

31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales). • Información sobre la evaluación de riesgos (artículo 33 de la Ley 31/1995 de

Prevención de Riesgos Laborales y artículo 3.2 del Reglamento de los Servicios de Prevención).

De: __________________________________ Delegado/a de Prevención A: _______________________(Director, Gerente, Jefe de Personal, etc.) de la Empresa ______________________________________________ Lugar y Fecha___________________________________ La Ley de Prevención de Riesgos Laborales en su articulo_____ establece que los Delegados de Prevención: “_______________” (*Asunto que corresponda). Le rogamos que nos facilite ____________________________________ En espera de su pronta contestación, reciba un saludo Firmado Delegado/a de Prevención.

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3. Modelo de denuncia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Madrid

INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE MADRID C/ Ramírez Arellano, 19 28043 MADRID. D./Dña. __________________________, con DNI _________________ y con domicilio a efectos de notificaciones en la calle ___________________ nº ____ y localidad _________________ante este organismo comparece y,

DICE Que por medio del presente escrito viene a formular DENUNCIA en materia de prevención de riesgos laborales contra la/s empresa/s _____________________________, con domicilio/s _________________ HECHOS Exponer de manera detallada los hechos. ______________________________________________________________________________________________________________________ Por todo lo expuesto, SOLICITAMOS A ESTA INSPECCIÓN, que tenga por presentado este escrito de DENUNCIA, con sus copias y de acuerdo con las alegaciones vertidas, realice las oportunas averiguaciones de los hechos denunciados al poder ser constitutivos de una infracción laboral y sancione como corresponda. En ________ a ___ de ______________ de 2.00___ NOMBRES Y FIRMAS

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4. Modelo de solicitud al Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo

*Asunto: • Visita a la empresa (artículo 4 de la Ley 23/1997, de 19 de noviembre, Creación del

Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo). • Asesoramiento (artículo 4 de la Ley 23/1997, de 19 de noviembre, Creación del

Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo). • Consulta (artículo 4 de la Ley 23/1997, de 19 de noviembre, Creación del Instituto

Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo). GERENTE I.R.S.S.T. C/ Ventura Rodríguez, 7-6ª 28008 MADRID En ________ a ____ de _____________ de 2.00___

Estimado Gerente: D. (Nombre y apellidos del solicitante) con DNI______________, como (Delegado/a, Trabajador/a, etc) de la empresa __________________ con CIF _______________ y domicilio en (Localidad), calle_______________, nº ____, solicita al IRSST. (*Asunto que corresponda) (Exposición de motivos, haciendo referencia a los artículos legales que correspondan) ______________________________________________________________________________________________________________________ En espera de su pronta contestación, reciba un saludo Firmado.: NOMBRE...... CARGO

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5. Modelo de comunicación urgente a la Autoridad Laboral en caso de accidente grave, muy grave o mortal, o leve si afecta a más de cuatro trabajadores/as

En ________ a ____ de ____________ de _______

Dirección Provincial de Trabajo Director General C/ Princesa, 5, Planta baja 28008 Madrid Muy Sr. Nuestro: Por la presente le comunico con carácter urgente que el día _____de ____________ de ______ a las _______ horas, ocurrió un accidente con lesiones _______________________ (1) en el centro de trabajo, sito en la localidad _______________ calle o término _______________ nº___, que afectó al/los siguiente/s trabajador/es __________________________(2).

Atentamente

(1) Elegir según los casos: grave, muy grave, mortal o leve que afecten a más de 4 trabajadores.

(2) Relacionar el/los trabajador/es accidentados

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6. Acta de elección de delegados/as de prevención

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7. Parte de Accidente de Trabajo

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8. Modelo de comunicación urgente a la Autoridad Laboral en caso de accidente grave, muy grave o mortal, o leve si afecta a más de 4 trabajadores/as

En ________ a ____ de ____________ de _______

Dirección Provincial de Trabajo Director General C/ Princesa, 5, Planta baja 28008 Madrid Muy Sr. Nuestro: Por la presente le comunico con carácter urgente que el día _____de ____________ de ______ a las _______ horas, ocurrió un accidente con lesiones _______________________ (1) en el centro de trabajo, sito en la localidad _______________ calle o término _______________ nº___, que afectó al/los siguiente/s trabajador/es __________________________(2).

Atentamente

(1) Elegir según los casos: grave, muy grave, mortal o leve que afecten a más de 4 trabajadores. (2)Relacionar el/los trabajador/es accidentados

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7. DIRECCIONES DE INTERÉS

SECRETARÍA DE SALUD LABORAL UGT-MADRID

Avda. de América, 25. 28002 Madrid. Tel.: 91 589 09 09/10 / Fax: 91 589 71 45

e-mail: [email protected] Web: http://www.saludlaboralugtmadrid.org

OFICINA TÉCNICA PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES UGT- MADRID

C/ Alcántara 67-69, Bajo Dcha. 28006 Madrid Tel.: 900 36 36 37/91 309 24 11

e-mail: [email protected] / [email protected] SERVICIO DE PREVENCIÓN, INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL SOBRE LAS

DROGODEPENDENCIAS EN EL ÁMBITO LABORAL Avda. de América, 25, planta baja, 28002 Madrid

Tel.: 91 589 09 09 e-mail: [email protected] // Web: www.saludlaboralugtmadrid.org

FETE UGT-MADRID Avda. de América,25 3ª planta, 28002- Madrid

Tel. 91 387 92 38 e-mail: [email protected]

UNIÓN COMARCAL NORTE UGT- MADRID

Avda. Valdelaparra, 108, 28100 Alcobendas Telf.: 91 662 08 75

e-mail: [email protected]

UNIÓN COMARCAL SUR UGT- MADRID

Avda. Los Ángeles, 20, 28903 Getafe Telf. 91 696 05 11

e-mail: [email protected] UNIÓN COMARCAL ESTE

UGT- MADRID C/ Simón García de Pedro, 2, 28805 Alcalá de

Henares Telf.: 91 888 08 18/09 92

e-mail: [email protected]

UNIÓN COMARCAL OESTE UGT- MADRID

C/ Clara Campoamor, 2, 28400 Collado Villalba

Telf.: 91 850 13 01 / 91 849 11 97 e-mail: [email protected]

UNIÓN COMARCAL SURESTE UGT- MADRID

C/ Silos, 27, 28500 Arganda del Rey Telf.: 91 876 89 65

e-mail: [email protected]

UNIÓN COMARCAL SUROESTE UGT- MADRID

C/ Huesca, 2, 28941 Fuenlabrada Telf.: 91 690 40 68

e-mail: [email protected] INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

C/ Ventura Rodríguez, 7, 28008 Madrid Tel.: 900 71 31 23

e-mail: [email protected] INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO

C/ Ramírez de Arellano, 19, 28043 Madrid. Tel.: 91 363 56 00

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