guÍa (2021): obligaciones, deberes y …

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La Universidad de Puerto Rico no discrimina por razones de edad, sexo, raza, color, nacionalidad, origen o condición social, ni por ideas políticas, religiosas e impedimentos físicos o mentales o por condición de veteranos. Patrono con Igualdad de Oportunidades en el Empleo. Rev-actualizado por: trc 9/2/2014/11-12-2018//6-11-2019//02-24-2020 OSEIRUM-FODRE02 GUÍA (2021): OBLIGACIONES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES DEL ESTUDIANTE Indique el semestre académico en que usted solicita los servicios: Primer Semestre 20_____S1 Segundo Semestre 20____S2 Verano 20_____ V1 Iniciales GUÍA DEL ESTUDIANTE: OBLIGACIONES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES (Colocar sus iniciales al lado de cada uno) 1. Solicitud de Modificaciones. a. El/La estudiante con diversidad funcional o impedimentos será responsable de solicitar las modificaciones razonables al inicio de cada sección académica (todos los semestres) o tan pronto tenga conocimiento del impedimento (de forma expedita y adecuada) y la modificación razonable necesaria, independientemente de si ha comenzado el semestre, acorde a la Política de Modificaciones Razonables y Servicios Académicos para Estudiantes con Impedimentos Matriculados en la Universidad de Puerto Rico (Certificación Número 133 2015-2016 de la Junta de Gobierno UPR). b. El/La estudiante es responsable de realizar todas las gestiones necesarias para identificar sus necesidades de modificaciones razonables y servicios académicos (tales como, solicitar evaluaciones a su especialista, solicitar a su especialista que complete documentos necesarios, completar documentos y procedimientos establecidos). c. Cumplir con sus responsabilidades para facilitar la implementación de las modificaciones razonables y servicios académicos, solicitados y acordados entre las partes. d. Las modificaciones solicitadas serán efectivas a partir de la fecha en que usted recibe la carta de

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La Universidad de Puerto Rico no discrimina por razones de edad, sexo, raza, color, nacionalidad, origen o condición social, ni por ideas políticas, religiosas e impedimentos físicos o mentales o por condición de veteranos. Patrono con Igualdad de Oportunidades en el Empleo. Rev-actualizado por: trc 9/2/2014/11-12-2018//6-11-2019//02-24-2020

OSEIRUM-FODRE02

GUÍA (2021): OBLIGACIONES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES

DEL ESTUDIANTE Indique el semestre académico en que usted solicita los servicios:

☐ Primer Semestre 20_____S1 ☐ Segundo Semestre 20____S2

☐ Verano 20_____ V1

Iniciales GUÍA DEL ESTUDIANTE: OBLIGACIONES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES

(Colocar sus iniciales al lado de cada uno) 1. Solicitud de Modificaciones.

a. El/La estudiante con diversidad funcional o impedimentos será responsable de solicitar las modificaciones razonables al inicio de cada sección académica (todos los semestres) o tan pronto tenga conocimiento del impedimento (de forma expedita y adecuada) y la modificación razonable necesaria, independientemente de si ha comenzado el semestre, acorde a la Política de Modificaciones Razonables y Servicios Académicos para Estudiantes con Impedimentos Matriculados en la Universidad de Puerto Rico (Certificación Número 133 2015-2016 de la Junta de Gobierno UPR).

b. El/La estudiante es responsable de realizar todas las gestiones necesarias para identificar sus necesidades de modificaciones razonables y servicios académicos (tales como, solicitar evaluaciones a su especialista, solicitar a su especialista que complete documentos necesarios, completar documentos y procedimientos establecidos).

c. Cumplir con sus responsabilidades para facilitar la implementación de las modificaciones razonables y servicios académicos, solicitados y acordados entre las partes.

d. Las modificaciones solicitadas serán efectivas a partir de la fecha en que usted recibe la carta de

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Modificaciones Razonables a Facultad en: portal.upr.edu – my course- acomodo razonable.

2. El/La estudiante es responsable de presentar y someter en OSEIRUM todos los documentos necesarios para que su Solicitud de Modificación Razonable sea evaluada y procesada a la brevedad posible. La prestación de servicios está sujeta a la elegibilidad basada en el impedimento.

a. Estos documentos serán propiedad y de USO exclusivo de la oficina por lo que deberá asegurarse de mantener copia para su récord, antes de enviar los mismos.

b. Los documentos formarán parte del expediente del estudiante con impedimento en la Oficina de OSEIRUM, por lo que no será duplicado para otras dependencias de la Institución sin el debido consentimiento por escrito del estudiante con impedimento y si es menor de edad (21 años) se requerirá el consentimiento de los padres. La evidencia médica debe tener una vigencia menor de dos años.

i. Caso nuevo: es la primera vez que solicitan los servicios, debe completar todos los formularios requeridos.

1. Completar la solicitud en línea 2. Obligaciones, Deberes y

Responsabilidades del Estudiante 3. Auto Reporte 4. Autorización para divulgar información 5. Consentimiento Informado para entrevista a

Distancia 6. Foto 2x2 7. Certificación y Recomendaciones del

Médico Especialista de la Condición 8. Incluir el informe de la evaluación o

evaluación psicología (psicométrica o psicoeducativa vigente -menos de tres años), y/o el programa educativo individualizado (PEI), Plan 504

ii. Caso de renovación: actualizar la información datos demográficos-solicitud de renovación de

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modificaciones razonables, se le indicará por escrito cuando debe actualizar la Certificación y Recomendaciones del Médico Especialista de la Condición para el escenario Académico.

iii. Inactivo: ya habían llenado los documentos, pero lleva varios semestres sin activar sus modificaciones razonables. Debe actualizar todos los documentos indicados en caso nuevo.

c. El estudiante con impedimentos que complete todo lo solicitado será citado para entrevista y su caso será evaluado. Las modificaciones razonables se aplicarán una vez concluya todo el proceso.

Se le garantiza la privacidad y confidencialidad en el manejo de documentos y prestación de servicios, según lo establece la Ley. Según la Certificación 133, la UPR no garantizará la confidencialidad de la información provista a la OSEI a través del correo electrónico.

3. Certificación y Recomendaciones del Médico Especialista para el Escenario Académico = Documento completado por el profesional de la salud que certifica diagnóstico(s) y cuál(es) modificaciones razonables son las que le corresponde para el escenario académico.

a. Si la discapacidad no es permanente o es temporal (fracturas, cirugías) anualmente se solicitará que actualice el documento de certificación y recomendaciones que aparece en su expediente. La modificación razonable puede estar sujeta a que se le solicite información adicional para justificar el mismo.

b. Si la discapacidad es permanente, el documento tendrá una vigencia de tres años.

c. El/La estudiante es responsable de actualizar los documentos médicos que sometió por primera vez.

d. La(s) modificaciones razonables pueden ser reevaluadas si han surgido cambios en la condición acorde a los parámetros que utilice el profesional de la salud y/o del especialista.

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i. La(s) modificaciones razonables son otorgados a base de las recomendaciones escritas por el profesional de la salud (médico especialista o psicólogo). (Formulario: Certificación y Recomendaciones Médicas para el Escenario Académico).

ii. Al otorgarse la(s) modificación(es) razonable(s) debe firmar la minuta que constituirá los acuerdos de las modificaciones (acomodos) razonables, según acordados y se le entregará una copia para sus archivos. En base a este documento ambas partes se comprometen a cumplir. En caso de usted indicar que requiere enmiendas al acomodo, se utilizará la minuta como base.

iii. Las modificaciones razonables se atemperan a la estructura, dinámica y diseño del curso incluyendo laboratorios, cursos presenciales o en la modalidad a distancia. La certificación 133 establece que las modificaciones razonables y los servicios académicos no pueden interferir con los propósitos del contenido e instrumentos de evaluación que se utilizan en los cursos. Igualmente, las modificaciones razonables y servicios no pueden alterar las destrezas o constructos que se miden en los mismos.

4. Deberes del Estudiante, (Artículo VI, pág. 7-10 de la Cert. 133 15-16 de JG de la UPR) a) Informar, cuando así lo entienda necesario, a la OSEI,

en forma expedita y adecuada, la necesidad de modificación razonable y servicios académicos, conforme a lo dispuesto en esta política.

b) Realizar las gestiones necesarias para identificar sus necesidades de modificaciones razonables y servicios académicos y solicitarlos a base de los procedimientos establecidos en la UPR.

c) Cumplir con sus responsabilidades para facilitar la implementación de las modificaciones razonables y

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servicios académicos, solicitados y acordados entre las partes.

d) Atender y responder, en forma expedita, las peticiones de información o acciones aplicables solicitadas por el personal de la OSEI u otro personal autorizado de la UPR, cuando ello sea necesario.

e) Comunicar de forma inmediata si surgen cambios en la condición que afecten las modificaciones razonables y los servicios académicos coordinados.

f) Solicitar las modificaciones razonables y servicios académicos en la OSEI al inicio de cada sesión académica para poder implementar dicha modificación.

g) Solicitar el apoyo e intervención del Procurador Estudiantil cuando considere que es necesario, según lo dispuesto en la Certificación 119, 2014-2015 de la Junta de Gobierno.

5. Dialogar con el profesor del curso las modificaciones y las alternativas proactivas sobre la misma.

a. Una vez completado el proceso en OSEIRUM, usted debe pasar a reunirse con el profesor para dialogar sobre sus modificaciones razonables.

i. En caso de que usted libre y voluntariamente llegue a algún acuerdo o alternativa proactiva, el profesor y el/la estudiante enviarán a OSEI las alternativas proactivas a las que han llegado.

b. La Carta Modificaciones Razonables a Facultad, estará disponible en portal.upr.edu bajo icono 'MyCourse' dentro del icono Acomodo Razonable.

i. En caso de que no aparezcan en el sistema el correo electrónico del profesor o instructor se le enviará vía correo electrónico la Carta Modificaciones Razonables a Facultad.

ii. Estudiante debe verificar la información de los profesores/instructores de laboratorios que no están indicados en su programa de clases para hacerle llegar la carta.

iii. Si usted realiza cambios en su matrícula, tiene que notificar a OSEIRUM inmediatamente.

iv. Si el primer día de clases el profesor le entrega una tarjeta para tener su información y le indica

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que aquellos que reciban algún servicio adicional o son de OSEIRUM lo escriban, usted debe escribir que está realizando los trámites correspondientes, si el proceso NO ha concluido.

v. Cuando dialogue con su profesor/ instructor le debe notificar que sus acomodos están disponibles en su portal nuevo (portal.upr.edu) bajo el icono "my course", luego buscar el icono de Acomodo Razonable para que todos confirmen.

c. El estudiante es responsable de confirmar los acomodos razonables todos los semestres en la plataforma.

d. El/La estudiante deberá indicar por escrito cuando libre y voluntariamente no desee una modificación razonable, aún cuando el especialista lo haya recomendado y el/la Coordinador de OSEI lo orientó sobre el mismo.

e. Es responsabilidad del estudiante recordarle al profesor sus acomodos con anticipación a la fecha de pruebas, exámenes parciales y finales, entrega de trabajos, asignaciones, lecturas asignadas y proyectos que no están incluidos en el prontuario con fecha determinada de entrega. Para prevenir que alguna de las partes se le olvide, pueden utilizar google calendar u otra aplicación para que le lleguen los recordatorios.

6. Deberes y funciones del Anotador/Lector OSEIRUM coordina con estudiantes que libre y voluntariamente realizan labor comunitaria para que puedan ser anotadores/lectores en cursos, en pruebas y exámenes parciales y finales. ¿Cuáles son los deberes del Anotador/Lector?

a. El anotador tomará apuntes de lo que dicte el profesor en clase, incluyendo comentarios, ejemplos, entre otros. Las anotaciones podrían ser a colores (utilizando marcadores o lápices de colores), subrayar

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lo más importante o sombrear lo más que mencionó o enfatizó el profesor versus lo que no es relevante.

1. Colocará la fecha, el tema y el número de páginas.

2. El material será enviado vía email y/o hard-copy (libreta del estudiante).

3. Debe dejar espacio entre las oraciones para facilitar la comprensión entre definiciones, ejemplos u otros. Letra legible. Otros detalles se le consultan al estudiante que solicitó el servicio.

b. Las partes se pueden reunir para coordinar o aclarar información de los cursos como clarificar información que se le quedó, dudas con lo escrito por el anotador o que el/la estudiante no comprendió la aseveración, concepto u otros mientras el profesor dictaba la clase.

c. En pruebas y exámenes parciales y finales. El anotador/lector solamente puede leer la aseveración las veces que sea necesario o marcar lo que usted le indique.

i. Completará el encabezado, luego comienza a leer las instrucciones y luego comienza a leerle cada ejercicio.

ii. Si el estudiante tiene dudas sobre algún ejercicio el profesor calificará la misma no el anotador/lector.

iii. Bajo ningún concepto el anotador/lector está autorizado a indicarle si la alternativa seleccionada por usted es la correcta o no.

iv. El anotador apuntará o marcará lo que le dicte o señale el estudiante.

d. Cuando es solamente leer la aseveración, el anotador:

i. Le repetirá las instrucciones y las aseveraciones indicadas en el documento las veces que sea necesario.

ii. Si el estudiante le indica que tiene preguntas más específicas o que le “dé un la” sobre el mismo, le deberá indicar: “dame un momento y llamó al profesor, el profesor es la persona que clarifica con exactitud la pregunta”.

e. Los trabajos (asignaciones, tareas, foros, lecturas, presentaciones, proyectos, exámenes “Home Test”,

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entre otros) establecidos en el prontuario del curso lo realizará el estudiante (NO el anotador/lector).

f. Todo anotador que colabora para OSEIRUM debe tener conocimiento básico de español, inglés y matemáticas.

g. Todo anotador deberá pasar por un proceso de entrevista, adiestramiento y evaluación.

h. Estos deberes se aplican a todo aquel que funja como anotador/lector.

7. Facultad y Estudiante (según en la plataforma “my course-acomodo razonable”: Las modificaciones razonables incluidas en la plataforma están vigentes durante el semestre académico en curso y efectivas hasta el último día de exámenes finales e incompletos. Es importante que ambas partes se reúnan para la implementación de las modificaciones establecidas. Es requerimiento de ley que todas las partes cumplan con su responsabilidad. Estas modificaciones razonables son acuerdos formales entre profesor y estudiante. Una modificación razonable implica que se está promoviendo la inclusión del estudiante en la comunidad universitaria. El seleccionar “confirmación” será equivalente a su firma digital y significa que acepta proveer las modificaciones aplicables en el ambiente académico. Los miembros de facultad que no seleccionen “confirmación” o la firma digital, NO están exentos de cumplir con las modificaciones razonables certificadas para el estudiante, coordinadas por OSEI y generadas a través del medio electrónico Oficial Institucional. Bajo ningún concepto un miembro de la facultad menciona el nombre del estudiante para indicar que es de acomodo razonable frente al resto de la clase. Los miembros de la Facultad podrán imprimir o descargar el documento una vez dialogado con el estudiante. La información acerca de la diversidad disfuncional no podrá ser divulgada sin la autorización escrita del estudiante. La información del estudiante debe ser tratada de forma confidencial, incluida la trituración o destrucción

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permanente de los documentos luego del tiempo establecido por las Políticas Institucionales. De tener alguna duda o requerir algún apoyo para la implementación de las modificaciones razonables deberá comunicarse a la Oficina de Servicios a Estudiantes con Impedimentos (OSEI).

8. Deberes del Docente, (Artículo VI, pág. 7-10 de la Cert. 133 15-16 de JG de la UPR) La Certificación Núm. 133-2015-2016 de la Junta de Gobierno de la Universidad de Puerto Rico, conocida como Política de Modificaciones Razonables y Servicios Académicos para Estudiantes con Impedimentos Matriculados en la Universidad de Puerto Rico, establece en su Artículo VI, Incisos F y G, las responsabilidades y deberes del personal docente. El personal docente de la Universidad de Puerto Rico en Mayagüez tendrá la responsabilidad y el deber de:

● Participar de un mínimo de tres (3) horas de cada año

fiscal en orientaciones sobre modificaciones razonables y servicios académicos y temas relacionados con la Política.

● Ofrecer a los estudiantes con impedimentos las modificaciones razonables y servicios académicos coordinados y canalizados por OSEI.

● Solicitar orientación a OSEI cuando así lo entienda necesario, para implementar las modificaciones razonables y servicios académicos coordinados para el estudiante con impedimento.

● El personal docente deberá identificar los propósitos del contenido e instrumentos de evaluación que se utilizan en sus cursos y las destrezas o constructos que se miden en los mismos. Deberán estar disponibles para presentar la explicación ante OSEI u otros foros.

● El personal docente creará e implementará mecanismos que garanticen procesos de participación y evaluación libres de barreras que puedan representar posibles prácticas discriminatorias. Ello será aplicable, además, a los exámenes departamentales.

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● El personal docente describirá lo que se requiere para los procesos de participación y evaluación o exámenes como, por ejemplo, qué conlleva el proceso de entrevistas, exámenes orales, exámenes escritos, pruebas de campo, entre otras, previo a dichos procesos, para que así el estudiante con impedimentos tenga un cuadro claro de si tendrá la necesidad de solicitar modificación razonable en el proceso.

● El personal docente aplicará las prácticas de Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA).

8. Verificar el correo electrónico oficial (institucional) @upr.edu:

a. Es responsabilidad del estudiante revisar su correo electrónico oficial (@upr.edu) diariamente y responder a los mismos a la brevedad posible cuando así se le requiera.

i. Puede crear carpetas dentro del correo electrónico para separar los correos de las oficinas como, por ejemplo; OSEIRUM, Decanato de Asuntos Académicos, Asistencia Económica, entre otros que son recibidos.

b. La oficina cuenta con un correo electrónico oficial [[email protected]] en donde le informará sobre material educativo, profesional, evento, actividades, entre otros. Nuestra Oficina tiene página web www.uprm.edu/sei [Calendario de OSEI y Académico//Formularios//Leyes/Entre otro]

9. Proceso de reclamación de notas. ● La Certificación 12-73 del Senado Académico establece

el procedimiento para la reclamación de notas. Accede a la certificación: http://procuraduria.uprm.edu/docs/Cert12-73-ProcedimientoReclamaciondeNotas.pdf.

Tomado de la página de la Procuradora Estudiantil: https://www.uprm.edu/p/procuraduria/preguntas_frecuentes#11

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9. ¿Qué puedo hacer si no me brindan los acomodos o modificaciones razonables?

Alternativa I: Estudiante se comunica con Profesor y Departamento de Estudio

a. El estudiante se comunica con el profesor, le escribe y confirma los acomodos razonables. Si hay una controversia respecto a uno o varios acomodos razonables, el estudiante deberá comunicarse con prontitud con la o el Director de Departamento y copia a [email protected].

b. El Director de Departamento hablará con el estudiante y luego, se comunicará prontamente con el profesor para solucionar esta controversia. El Director de Departamento y el profesor podrán solicitar los servicios de OSEI para ayudar en la implementación del acomodo razonable y atender esta controversia.

c. De no resolverse esta controversia, el estudiante deberá completar el formulario de quejas. Además, los participantes se deben comunicar con prontitud con el personal de OSEI quienes asesorarán al personal sobre los acomodos razonables y atenderán la queja del estudiante para el seguimiento correspondiente.

Alternativa II: Estudiante se comunica con OSEI d. Comunicación vía email e. Comunicación vía llamada telefónica f. Comunicación presencial g. Comunicación en Oficina virtual h. El estudiante con impedimento visitará la OSEI y

coordinará una entrevista con el personal designado. i. Durante la entrevista el personal designado orientará

al estudiante con impedimento sobre las reglamentaciones federales y estatales y normativas universitarias que garantizan sus derechos.

j. El estudiante con impedimento completará el formulario: Quejas presentadas por el estudiante con impedimento.

k. El personal de la OSEI deberá citar al profesor o empleado no docente en un término no menor de cinco (5) días laborables y al estudiante para resolver la queja presentada utilizando como

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herramienta la orientación al profesor o empleado no docente sobre la normativa institucional y los derechos de los estudiantes.

l. En el caso de que el personal designado de la OSEI no pueda resolver la queja, referirá al estudiante con impedimento a la Oficina de la Procuraduría Estudiantil para una resolución informal. La asistencia a la misma es voluntaria. El personal designado de la OSEI completará los formularios de: “Referido para servicios” y lo entregará personalmente en la Oficina de la Procuraduría Estudiantil. El estudiante con impedimento informará a la OSEI los acuerdos y acciones a seguir con relación a la relación a la queja presentada, según lo determinen las partes, debido a que el Procurador Estudiantil no interviene en procesos apelativos.

Alternativa III. Comunicación con Procuraduría Estudiantil

m. Si la queja es contra el personal de OSEI, el estudiante deberá llenar el formulario de quejas y se citará para la resolución del conflicto.

n. Si el personal designado de la OSEI no puede resolver la queja, el estudiante será referido a la Oficina de la Procuraduría Estudiantil para la resolución de la queja.

o. La Procuraduría Estudiantil informará al personal de la OSEI los acuerdos y acciones (pasadas o futuras) con relación a la queja en disputa.

p. Si la queja no se logra resolver el estudiante podrá radicar una queja en la Oficina del Asesor Legal del Recinto.

Artículo X, letra C: Procedimiento para atender quejas del estudiante con impedimento matriculado en la UPR, (pág. 18). Completar el formulario disponible en [https://www.uprm.edu/p/sei/procedimiento_para_atender_quejas].

10. Ley FERPA a. Es una ley federal de 1974 conocida como ‘Family

Educational Rights and Privacy Act’ por sus siglas en

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inglés, también es conocida como la Enmienda Buckley.

b. La ley consiste en proteger la privacidad de los expedientes educativos de los estudiantes. La misma le aplica a toda institución o agencia educativa que reciba fondos bajo cualquier programa administrador por el Departamento de Educación Federal.

c. Derecho de los estudiantes bajo FERPA i. El estudiante tiene el derecho de inspeccionar y

revisar sus expedientes académicos dentro de los 45 días siguientes al día en que la Universidad o Institución reciba la solicitud de ello.

ii. El estudiante tiene el derecho de pedir que se enmienden sus expedientes académicos.

iii. El estudiante tiene el derecho a permitir la divulgación de información personal contenida en los expedientes educativos, excepto en los casos que el FERPA autorice a divulgar información sin consentimiento.

iv. El derecho a presentar una querella al Departamento de Educación Federal por supuestas fallas de la Universidad del Estado en cumplir con los requisitos de FERPA.

(Tomado de la página del Registrador- https://www.uprm.edu/registraduria/ley-ferpa/)

11. Reglamento de Uso de Servicios y Comunicaciones Electrónicas (Marzo 2017)

a. El correo electrónico institucional es el método oficial de intercambio de información.

b. Establece que: "Las credenciales institucionales son confidenciales y bajo ninguna circunstancia deben ser compartidas".

c. Por tal razón, tienen un peso legal garantizado como documentos e información que provienen del uso exclusivo de a quién fueron otorgados.

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12. Permiso de Estacionamiento: El Reglamento Tránsito y Estacionamiento del Recinto en el Artículo XI: Permiso de Estacionamiento para Personas con Impedimento; según enmendados Certificación 19-20-056 del 7 de noviembre de 2019 (Certificación 14-15-197), establece que las oficinas encargadas para evaluar la solicitud para el permiso de estacionamiento son:

● Departamento de Servicios Médicos con los

documentos médicos para que el personal autorizado lo evalúe.

● De cumplir con los requisitos, es referido al Oficial de Tránsito en la Oficina de Tránsito y Vigilancia.

Reglamento de Tránsito y Estacionamiento del Recinto Universitario de Mayagüez Certificación Número 07-08-381 de la Junta Administrativa RUM

13. En el Manual del Profesor (pág. 32) y en el Catálogo Sub-graduado 2019-2020 (pág. 80) indica que: “la asistencia a clases es obligatoria. Las ausencias frecuentes afectan la nota final y la responsabilidad de reponer las tareas o trabajos recae en el estudiante. El estudiante es responsable de reponer los trabajos.” Por lo tanto, se recomienda mantener una relación de armonía y respeto (tanto al hablar como al escribir) con el profesorado, todo el personal administrativo del Recinto y con sus compañeros de clases.

a. ¿Usted tiene una cita previamente coordinada en alguna oficina o servicio de salud?

i. Informe al profesor con tiempo las fechas para que usted pueda realizar los trabajos según indicado en prontuario. Envíale un email al profesor los acuerdos llegados en esa cita, esa es su evidencia.

b. ¿Tardanzas? i. Debe informarlas a sus profesores.

c. ¿Ausencias? i. Presente evidencia de su ausencia tanto al

profesor como a la Oficina de OSEIRUM.

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ii. Usted es responsable en todo momento de reponer el material y los trabajos de cada clase. Recuerde que hay trabajos en grupo y con su ausencia usted podría estar afectando la nota del grupo si no realiza su trabajo.

d. Todo estudiante tiene que cumplir con los requisitos establecidos en el prontuario para aprobar el curso y cumplir con los deberes y responsabilidades como estudiante, según establecidas en el Reglamento General de Estudiantes de la UPR y del Reglamento de Estudiante del Recinto Universitario de Mayagüez (Certificación Número 161 2014-2015).

e. De ocurrir algún suceso, preocupación, duda, situación u otro deben notificar a la Oficina lo más pronto posible para asistirle y evaluar las alternativas viables para lo ocurrido.

14. Emancipación: a. Si usted está emancipado/a deberá proveer copia del

documento que así lo indique ya que en caso de una emergencia o situación se le requiere a todo menor de edad de 21 años tener autorización para divulgar información al tutor o encargado.

15. Dudas sobre alguna información correspondiente a otras dependencias u oficinas.

a. Visite la oficina para que le brinde la información correcta y precisa.

b. Evite asumir que lo que le pasó a otros le aplicará a usted.

16. Evaluación de Servicios a. El estudiante con impedimento completará, al finalizar

cada sección académica, una evaluación de los servicios recibidos [www.uprm.edu/sei]. Los datos obtenidos de las evaluaciones permitirán conocer la satisfacción, efectividad y mejorar la calidad de los servicios.

17. El personal de OSEI está en la mejor disposición de orientar, clarificar dudas e información, evaluar alternativas proactivas entre otros tanto para los estudiantes, la facultad y personal administrativo. Pueden

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hacer llegar sus inquietudes, preguntas, comentarios de varias maneras: visitando nuestra página de internet (https://www.uprm.edu/p/sei/preguntas_frecuentes), visitando OSEI, vía email ([email protected]) o por llamada telefónica (787-832-4040 ext. 3107). 1. Aproveche, anote o apunte la(s) pregunta(s). 2. No asuma lo que otros pueden inferir o asumir cosas

cuando desconocen la información. Certificación:

Yo _________________________________________, con número de

estudiante _____-_____-______, certifico haber leído y entendido cada una

de las Obligaciones, Deberes y Responsabilidades que aparecen en la

Guía (2021). Me comprometo a cumplir con lo que aquí se establece para

facilitar la implementación de mis modificaciones razonables durante mis

años de estudio en esta institución de la Universidad de Puerto Rico, Recinto

de Mayagüez. Entiendo que este documento se redactó con el propósito de

que yo asuma la responsabilidad por mis acciones y me comprometa con mi

futuro profesional.

______________________________________________________ Firma del Estudiante Fecha Hora

[Nombre y apellidos en letra de molde]

[Día/Mes/Año]