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Gobierno Guatemala Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales AGRONOMIA ADAPTATION FUND CARTA DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL PROYECTO "PAISAJES PRODUCTIVOS RESILIENTES AL CAMBIO CLIMÁTICO Y REDES SOCIOECONÓMICAS FORTALECIDAS EN GUATEMALA" Y LA FACULTAD DE AGRONOMÍA DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Nos encontramos reunidos, SIGRID GABRIELA CASTELLANOS MÉNDEZ, de treinta y cuatro años (34) años de edad, casada, guatemalteca. Ingeniero en Recursos Naturales Renovables de profesión, con domicilio en el Municipio de Amatitlán, quien se identifica con Documento Personal de Identificación (DPI) con Código Único de Identificación (CUI) número dos mil cuatrocientos noventa y tres ochenta y nueve mil setecientos cincuenta y cuatro mil setecientos doce (2493 89754 1712), extendido por el Registro Nacional de las Personas (RENAP), actuando en mi calidad de Directora del Proyecto Paisajes Productivos Resilientes al Cambio Climático y Redes Socio-Económicas Fortalecidas en Guatemala, denominado en adelante "Proyecto", lo cual acredito con oficio número trescientos noventa y seis guión dos mil quince diagonal OEMS guión jycr (396-2015/OEMS-jycr) de fecha dieciséis (16) de septiembre del año dos mil quince (2015) emitido por el Ministro de Ambiente y Recursos Naturales; en la calidad con que actúo señalo como lugar para recibir notificaciones la veinte (20) calle veintiocho guión cincuenta y ocho (28-58) zona 10, séptimo nivel. Y MARIO ANTONIO GODÍNEZ LÓPEZ, de cuarenta y siete (47) años de edad, soltero, guatemalteco. Ingeniero Agrónomo de profesión, de este domicilio, quien se identifica con el Documento de identificación Personal (DPI) con Código Único (CUI) de Identificación mil setecientos cuarenta y cinco; treinta y nueve mil doscientos noventa; un mil doscientos veintidós (1745 39290 1222), extendido por el Registro Nacional de las Personas (RENAP), de la República de Guatemala, actuó en mi calidad de Decano de la Facultad de Agronomía, denominada en adelante "FAUSAC", lo lo cual acredito con la certificación del punto Tercero del Acta Veintiuno guión dos mil quince (21-2015) de la Sesión Ordinaria del Consejo Superior Universitario, celebrada el veintitrés (23) de septiembre del año dos mil quince (2015); en la calidad con que actúo señalo como lugar para recibir citaciones y notificaciones la Ciudad Universitaria, zona doce de esta ciudad capital, edificio I guión nueve. Ambas partes con el objeto de establecer lo siguiente: CONSIDERANDO Que la Universidad de San Carlos de Guatemala, de conformidad con el artículo 82 de la Constitución Política de la República de Guatemala, goza de autonomía y personalidad jurídica propia y que en su carácter de única universidad estatal, le corresponde con exclusividad dirigir, organizar y desarrollar la educación superior del Estado, la educación profesional universitaria, así como la difusión de la cultura en todas sus manifestaciones. Promueve por todos los medios a su alcance la investigación en todas las esferas del saber humano y coopera al estudio y solución de los problemas nacionales. Que la Facultad de Agronomía de la Universidad de San Carlos de Guatemala, es una institución de educación superior dedicada a la formación de recursos humanos, investigación y extensión en temas relacionados con la agronomía, los recursos naturales y el ambiente, implementando programas de investigación y extensión que permiten la formulación de políticas públicas y leyes que propicien el uso sostenible de los recursos naturales renovables y el desarrollo rural, apoyando y contribuyendo al proceso de desarrollo del país, en coordinación con otras instancias del Estado. DIRcCCiON ^ pPRCC ¡¿'

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Gobierno dé Guatemala Ministerio de Ambiente y

Recursos Naturales

AGRONOMIA ADAPTATION FUND

CARTA DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL PROYECTO "PAISAJES PRODUCTIVOS RESILIENTES AL CAMBIO CLIMÁTICO Y REDES SOCIOECONÓMICAS FORTALECIDAS EN GUATEMALA" Y LA FACULTAD DE

AGRONOMÍA DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA

Nos encontramos reunidos, SIGRID GABRIELA CASTELLANOS MÉNDEZ, de treinta y cuatro años (34) años de edad, casada, guatemalteca. Ingeniero en Recursos Naturales Renovables de profesión, con domicilio en el Municipio de Amatitlán, quien se identifica con Documento Personal de Identificación (DPI) con Código Único de Identificación (CUI) número dos mil cuatrocientos noventa y tres ochenta y nueve mil setecientos cincuenta y cuatro mil setecientos doce (2493 89754 1712), extendido por el Registro Nacional de las Personas (RENAP), actuando en mi calidad de Directora del Proyecto Paisajes Productivos Resilientes al Cambio Climático y Redes Socio-Económicas Fortalecidas en Guatemala, denominado en adelante "Proyecto", lo cual acredito con oficio número trescientos noventa y seis guión dos mil quince diagonal OEMS guión jycr (396-2015/OEMS-jycr) de fecha dieciséis (16) de septiembre del año dos mil quince (2015) emitido por el Ministro de Ambiente y Recursos Naturales; en la calidad con que actúo señalo como lugar para recibir notificaciones la veinte (20) calle veintiocho guión cincuenta y ocho (28-58) zona 10, séptimo nivel. Y MARIO ANTONIO GODÍNEZ LÓPEZ, de cuarenta y siete (47) años de edad, soltero, guatemalteco. Ingeniero Agrónomo de profesión, de este domicilio, quien se identifica con el Documento de identificación Personal (DPI) con Código Único (CUI) de Identificación mil setecientos cuarenta y cinco; treinta y nueve mil doscientos noventa; un mil doscientos veintidós (1745 39290 1222), extendido por el Registro Nacional de las Personas (RENAP), de la República de Guatemala, actuó en mi calidad de Decano de la Facultad de Agronomía, denominada en adelante "FAUSAC", lo lo cual acredito con la certificación del punto Tercero del Acta Veintiuno guión dos mil quince (21-2015) de la Sesión Ordinaria del Consejo Superior Universitario, celebrada el veintitrés (23) de septiembre del año dos mil quince (2015); en la calidad con que actúo señalo como lugar para recibir citaciones y notificaciones la Ciudad Universitaria, zona doce de esta ciudad capital, edificio I guión nueve. Ambas partes con el objeto de establecer lo siguiente:

CONSIDERANDO

Que la Universidad de San Carlos de Guatemala, de conformidad con el artículo 82 de la Constitución Política de la República de Guatemala, goza de autonomía y personalidad jurídica propia y que en su carácter de única universidad estatal, le corresponde con exclusividad dirigir, organizar y desarrollar la educación superior del Estado, la educación profesional universitaria, así como la difusión de la cultura en todas sus manifestaciones. Promueve por todos los medios a su alcance la investigación en todas las esferas del saber humano y coopera al estudio y solución de los problemas nacionales. Que la Facultad de Agronomía de la Universidad de San Carlos de Guatemala, es una institución de educación superior dedicada a la formación de recursos humanos, investigación y extensión en temas relacionados con la agronomía, los recursos naturales y el ambiente, implementando programas de investigación y extensión que permiten la formulación de políticas públicas y leyes que propicien el uso sostenible de los recursos naturales renovables y el desarrollo rural, apoyando y contribuyendo al proceso de desarrollo del país, en coordinación con otras instancias del Estado.

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Gobierno di'Guatemala Ministerio de Ambiente y

Recursos Naturales AGRONOMIA

ADAPTATION FUND

Que Guatemala está implementando una donación del Fondo de Adaptación para la ejecución del Proyecto "Paisajes Productivos Resilientes al Cambio Climático y Redes Socio-económicas Fortalecidas en Guatemala", cuyo organismo nacional ejecutor es el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) y la agencia implementadora es el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD); el objetivo del Proyecto es aumentar la resiliencia ante el clima de los paisajes productivos y de los sistemas socioeconómicos en once municipios de los departamentos de Solóla y Suchitepéquez con jurisdicción dentro de la cuenca del Río NahualateS amenazados por los impactos del cambio climático y la variabilidad climática, en particular por fenómenos hidrometeorológicos que están aumentando en frecuencia e intensidad.

POR TANTO,

ACUERDAN

Suscribir la presente Carta de Entendimiento para optimizar y potenciar el uso de los recursos institucionales, con el objeto de establecer los parámetros de cooperación interinstitucional, describiendo para ello los términos, alcances y contenido de la siguiente manera:

PRIMERA. ANTECEDENTES DEL PROYECTO: Dado lo descrito en el apartado de considerandos los resultados clave del proyecto son: (i) Aumentar la resiliencia de paisajes productivos y sistemas socio­económicos en las municipalidades seleccionadas, amenazadas por la variabilidad climática e impactos del cambio climático en particular a los eventos hidrometeorológicos que han aumentado en frecuencia e intensidad, (ii) Actividad de Resultado 1: Fortalecimiento de la capacidad institucional y política para la integración de los riesgos del cambio climático en la planificación nacional, departamental, municipal, en la inversión pública, el presupuesto y la toma de decisiones, (iii) Actividad de Resultado 2: Desarrollo e implementacion de la gestión de los ecosistemas para su resiliencia al cambio climático y prácticas Jíroductivas que reduzcan la vulnerabilidad de las comunidades, (iv) Actividad de Resultado 3: Aumento de la capacidad de las asociaciones de base comunitaria para reducir los riesgos asociados al clima y que resultan en pérdidas socio-económicas y ecosistémicas en los municipios seleccionados, (v) Actividad de Resultado 4: Establecimiento de un sistema de información, sobre la base de los actuales centros sub-nacionales y nacionales especializados, para apoyar el proceso de toma de decisiones sobre una base más sólida y científica.

SEGUNDA. OBJETO: La presente Carta de Entendimiento tiene por objeto establecer los parámetros de cooperación interinstitucional entre la FAUSAC a través del Programa de Ejercicio Profesional Supervisado (EPS) y el Proyecto, para el cumplimiento de las funciones y facultades conferidas a cada uno con el fin de unir esfuerzos para contribuir al manejo integral de la cuenca del Río Nahualate frente al cambio climático, mediante la implementacion de proyectos técnicos y de investigación, en coordinación con comunidades y actores territoriales directamente relacionados con la cuenca.

DIRECCION _ PPRCC S

El área de intervención del Proyecto corresponde a 19 subcuencas de la cuenca del R(o Nahualate, en las jurisdicciones municipales siguientes: Nahualá, Santa Catarina Ixtahuacán, Santa María Visitación, Santa Clara La Laguna, San Juan La Laguna y Santiago Atitlán, del departamento de Solóla; Santo Tonnás La Unión, San Antonio Suchitepéquez, Chicacao, Santa Bárbara y San Juan Bautista del departamento de Suchitepéquez.

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Gobierno de'Gijatemala Ministerio de Ambiente y

Recursos Naturales AGRONOMIA

ADAPTATION FUND

TERCERA. ÁREA DE ACCIÓN: Las acciones específicas a implementar serán enfocadas en organizaciones comunitarias ubicadas dentro de las 19 subcuencas seleccionadas en función de su vulnerabilidad, siendo estas: Alto Nahualate, Uguaixucube, Tzojomá, Paximbal, Igualcox, Masa, Ixtacapa, Yatzá, Panán, Mixpiyá, Nica, Moca, Paquiacamiyá, Tarro, Bravo, San Francisco, Chunajá, Siguacán y Coralito. El total de población priorizada para estas subcuencas es de 139,545 personas, de las cuales 85,341 (61%) son rurales y 69,918 (50%) son mujeres. Al menos veinticinco organizaciones comunitarias y no menos de 42,000 habitantes se beneficiarán directamente del Proyecto.

CUARTA. CONTRIBUCIÓN DE LAS PARTES: Las partes contribuirán al cumplimiento del objeto del presente instrumento de la siguiente manera:

a) De la FAUSAC:

(i) Asignar cada año al menos cuatro (4) estudiantes de Ejercicio Profesional Supervisado (EPS) para que desarrollen actividades de diagnóstico, servicios e investigación que se definan conjuntamente con el Proyecto, durante un periodo máximo de (3) tres años.

(ii) Asignar al menos a dos (2) profesores del EPS para que acompañen y oriente las actividades de los estudiantes de EPS, en coordinación con el Proyecto, durante un periodo máximo de (3) tres años.

b) Del Proyecto

Realizar la implementacion técnico-administrativa del Proyecto "Paisajes Productivos Resilientes al Cambio Climático y Redes Socio-Económicas Fortalecidas en Guatemala". Apoyar financieramente las actividades mutuamente acordadas entre las partes, que deriven de la implementacion de la presente Carta de Entendimiento, en apoyo al Programa de Ejercicio Profesional Supervisado.

De ambas partes:

(i) Contribuir con el desarrollo académico de la FAUSAC facilitando espacios de investigación y servicio comunitario sobre adaptación al cambio climático, por medio del Programa de Ejercicio Profesional Supervisado y del Proyecto.

(ii) Desarrollar un espacio académico de diálogo y reflexión sobre la importancia de los paisajes productivos resilientes y la adaptación al cambio climático.

(iii) Considerar dentro del desarrollo de las actividades a realizar, que los estudiantes asignados pueda asistir a la FAUSAC para cumplir con requisitos académicos contemplados en el programa de EPS.

(iv) Revisar y evaluar los avances de lo contemplado en la presente Carta de Entendimiento.

QUINTA. MANEJO DE RECURSOS APORTADOS: Los recursos que a razón de la presente carta aporten ambas partes, serán manejados de acuerdo con las leyes vigentes en el país, en el marco de la transparencia, respetando los procedimientos y normativa propia de cada una, así como las políticas del PNUD como entidad implementadora.

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Gobierno de Guatemala Ministerio de Ambiente y

Recursos Naturales

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ra" ADAPTATION FUND

SEXTA. COMISIÓN DE ENLACE: Cada Parte nombrará un enlace institucional para la administración y coordinación de la presente Carta de Entendimiento, quienes tendrán la responsabilidad de dar seguimiento al cumplimiento de los compromisos asumidos por las partes, así como la elaboración de informes mensuales de las actividades realizadas que serán dirigidos a las autoridades superiores de cada institución, indicando los logros y avances de la ejecución de la presente. Por parte de la FAUSAC se nombra al Coordinador del Área Integrada y por parte del Proyecto se nombra al Coordinador del mismo.

SÉPTIMA. RELACIÓN LABORAL: Las Partes convenimos que el personal comisionado de enlace para la realización conjunta de cualquier acción, como consecuencia, de la presente Carta de Entendimiento continuará de forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la Parte con la cual tiene establecida su relación laboral o contractual. Si en la realización de una actividad interviene personal que preste sus servicios a instituciones o personas distintas a las Partes, éste continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha institución o persona que la contrató, por lo que su intervención no originará ninguna relación de carácter laboral.

OCTAVA. PROPIEDAD INTELECTUAL: Las publicaciones que resulten de las acciones realizadas en el marco de la presente Carta de Entendimiento, serán debidamente referenciadas en cuanto a su autoría e instituciones participantes.

NOVENA. CONTROVERSIAS: Las partes manifestamos que la presente Carta de Entendimiento es el producto de la buena fe, por lo que realizaremos todas las acciones posibles para su debido cumplimiento, sin embargo, en caso de presentarse un conflicto en cuanto a su interpretación y/o aplicación de sus cláusulas, estas se resolverá de común acuerdo entre los titulares de las Partes o por la Comisión de Enlace. Para tal efecto, ambas

.. Partes señalamos como lugar para recibir notificaciones y citaciones, las consignadas al inicio del presente documento, específicamente en el apartado de las comparecencia. Las soluciones o acuerdos a que lleguemos, se harán constar por escrito y nos obliga a las Partes al momento de su firma.

DÉCIMA. VIGENCIA: La presente Carta de Entendimiento entra en vigencia a partir de la fecha de suscripción y tendrá una duración inicial hasta el 31 de diciembre del año dos mil dieciocho (2018).

DÉCIMA PRIMERA. AMPLIACIÓN O MODIFICACIÓN: La presente Carta de Entendimiento podrá ser ampliada o modificada por mutuo consentimiento entre las Partes, utilizando cruce de comunicación escrita, mediante la cual se especificará la fecha de entrada en vigor de los acuerdos, los cuales pasarán a formar parte de la presente Carta de Entendimiento.

DÉCIMA SEGUNDA. TERMINACIÓN. La presente Carta de Entendimiento podrá darse por terminada por las siguientes causas:

a) Por mutuo acuerdo entre las partes. b) Finalización del plazo de vigencia. c) Por incumplimiento de una de las partes en los compromisos adquiridos.

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Recursos Naturales AGRONMIA

ADAPTATION FUND

d) Por situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobados y si ese fuera el caso las partes no incurrirán en incumplimiento, ni responsabilidad alguna.

e) Unilateralmente, por decisión de una de las partes, dando aviso por escrito a la otra, con al menos seis (6) meses de antelación sin perjuicio de los trabajos que se estén desarrollando en el marco del Programa de Ejercicio Profesional Supervisado, los que deberán continuarse hasta su total terminación, teniendo ambas partes que cumplir con lo acordado.

Nosotros las partes, terminamos la presente estando conformes con su contenido, objeto, validez y efectos legales, lo firmamos en tres ejemplares contenidos en cinco (5) páginas impresas en el anverso de cada una con logos que las partes han considerado, en la Ciudad de Guatemala el día treinta (30) de octubre del año dos mil quince (2015).

Sigrid Ga|; ríéla Casteíla/nd^éndez Directora de ProyectoJiis^TEMt^

Paisajes Productivos Resilientes al Cambio CTíTriatico y Redes Socio-Económicas Fortalecidas en Guatemala

Mario Antonio Godí;|iez López Decano ^

Facultad de Agronomía | DECANO Universidad de San Carlos de Guatemala

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