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GLOSARIO DE TERMINOS PARA EL PROCESO DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO EN EL SECTOR AGRICULTURA Y RIEGO Documento de Trabajo 2014

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  • GLOSARIO DE TERMINOS PARA EL PROCESO DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO EN EL SECTOR AGRICULTURA Y RIEGO Documento de Trabajo

    2014

  • INTRODUCCION

    Este Glosario de términos del Sector Agricultura ha sido elaborado en el marco de

    los talleres participativos que desarrolla el Equipo Técnico1 para el diseño del

    Modelo Conceptual del Sector Agricultura, en el marco del proceso de formulación

    del Plan Estratégico Sectorial Multianual 2015-2021-PESEM 2015-2021.

    El Glosario de términos del Sector Agricultura tiene como objetivo establecer un

    lenguaje y referencias conceptuales comunes que permitan facilitar la comunicación

    entre los especialistas del Ministerio de Agricultura y Riego. La elaboración de las

    definiciones y términos se ha efectuado a través de la revisión de diferentes fuentes

    como normas legales, diccionarios y artículos de internet.

    Entendemos que un mismo lenguaje nos ayuda a comunicarnos mejor, y sobre

    todo la socialización de los términos favorece la comprensión, el desarrollo de

    sinergias y el logro de los resultados que como Sector Agricultura y Riego

    queremos alcanzar.

    1 Creado mediante Resolución Ministerial N° 0333-2014-MINAGRI

  • GLOSARIO DE TÉRMINOS

    Modelo Conceptual

  • COMPONENTE: Institucional

    SUB - COMPONENTES MARCO NORMATIVO

    Gobernanza

    La gobernanza se refiere a los procesos a través del cual el

    gobierno realiza sus acciones, en las que se debe considerar

    no sólo lo que hace sino también como lo hace. Abarca la

    calidad de las instituciones y su eficacia en la traducción de

    la política en una implementación exitosa. Las instituciones

    son, en general, los órganos para el establecimiento de

    reglas formales (derechos de propiedad, estado de derecho,

    etc.), considerando las restricciones informales (creencias,

    tradiciones y normas sociales) que dan forma a la interacción

    humana.

    (Guidebook on Promoting Good Governance in Public-Private

    Partnerships, United Nations Economic Commission for

    Europe.2008. Naciones Unidas).

    Definimos “gobernabilidad” (governance) como el conjunto

    de

    tradiciones e instituciones que determinan cómo se ejerce la

    autoridad en un país; ésta comprende: 1) el proceso de

    selección,

    supervisión y sustitución de los gobiernos, y sus mecanismos

    de rendición de cuentas (accountability) al público en

    general;

    2) la capacidad del gobierno para administrar los recursos

    públicos

    de forma eficaz y elaborar, poner en marcha y ejecutar

    políticas y leyes adecuadas para el desarrollo del país y el

    bien

    común, y 3) el respeto, por parte de los ciudadanos y del

    Estado,

    de las instituciones que rigen sus relaciones económicas y

    Sociales.

    (La gobernabilidad es fundamental del análisis a la acción, en

    Finanzas & Desarrollo / Junio de 2000. Fondo Monetario

    Internacional

    )

    Ley 27658, Ley Marco de Modernización de

    la Gestión del Estado

    Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder

    Ejecutivo

    "Estrategia de Modernización de la Gestión

    Pública (2012-2016),Decreto Supremo N°

    109-2012-PCM

    Política Nacional de Modernización de la

    Gestión Pública, Decreto Supremo N° 004-

    2013-PCM

    Plan de Implementación de la Política

    Nacional de Modernización de la Gestión

    Pública 2013-2016, resolución Ministerial N°

    12S-2013-PCM

    Articulación intergubernamental e intersectorial

    Articulación intergubernamental

    Es la forma de desarrollar las relaciones

    intergubernamentales, en base al establecimiento de canales

    o sinergias interinstitucionales entre las diversas instancias

    (en y de los diversos niveles de gobierno) que gestionan las

    Ley 27658, Ley Marco de Modernización de

    la Gestión del Estado

    Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder

    Ejecutivo

    "Estrategia de Modernización de la Gestión

    Pública (2012-2016),Decreto Supremo N°

    109-2012-PCM

  • políticas públicas; buscando un fin común en el marco del

    papel del Estado.

    Desde la perspectiva de contribuir a la Gestión

    Descentralizada

    Articulación horizontal

    Interinstitucional: Cooperación entre entidades públicas y/o

    privadas.

    Intersectorial: integración de diversos sectores con vistas a la

    solución de problemas.

    Multisectorial: cuando además de los actores

    gubernamentales

    sumamos a los No gubernamentales.

    Transectorial: expresión práctica de la transversalidad en el

    sector público. Un tema o acción que cruza los sectores y es

    incorporado en su toma de decisiones.

    Articulación vertical

    Relaciones Intergubernamentales : GN-GR-GL / GR-GL

    (Comisiones Intergubernamentales)

    Mancomunidades y Gestión Conjunta de GRs: articulación

    con las Instancias específicas de los Niveles de Gobierno.

    Cadenas Institucionales en el Ciclo de Producción de BBySS

    Públicos.

    (Alcances de la Articulación Intergubernamental. Vlado

    Castañeda)

    Política Nacional de Modernización de la

    Gestión Pública, Decreto Supremo N° 004-

    2013-PCM

    Plan de Implementación de la Política

    Nacional de Modernización de la Gestión

    Pública 2013-2016, resolución Ministerial N°

    12S-2013-PCM

    Organizaciones Agrarias

    Organización de productores agrarios que se encuentran

    conformadas por dos (2) o más productores agrarios que

    desarrollan actividad agraria o pecuaria en veinte (20) o más

    hectáreas de tierras; o, por diez (10) o más productores

    agrarios independientemente de la extensión de tierra en las

    que desarrollan dichas actividades. (DL 1020. Art. 2°)

    DL 1020 Promoción de la Organización de

    los Productores Agrarios.

    DS 032-2008-AG, aprueba el reglamento del

    DL 1020.

    DS 001-2012-AG, aprueba normas

    complementarias.

    Ley 29972, promueve inclusión de

    productores en Cooperativas.

    Ley 28062 para el desarrollo y

    fortalecimiento de las organizaciones

    agrarias.

  • Recursos Humanos

    Conjunto de elementos disponibles para resolver una

    necesidad o llevar a cabo una empresa. Recursos naturales,

    hidráulicos, forestales, económicos, humanos. (Real

    Academia de la Lengua).

    El Servicio Civil – SERVIR peruano está conformado por

    todas las personas que trabajan al servicio del Estado. Los

    llamamos servidores públicos por el carácter de servicio a la

    ciudadanía que tienen las funciones y tareas que realizan.

    La reforma del Servicio Civil tiene como fin último mejorar la

    calidad y oportunidad de los servicios que se prestan a la

    ciudadanía. Así, busca mejorar el desempeño de los

    servidores, a través de la profesionalización, la instauración

    del principio de mérito y el ordenamiento de las reglas que

    regulan los deberes y derechos de los servidores.

    Ley N° 30057 - Ley del Servicio Civil

    DS N° 138 -2014-EF.- Reglamento de

    Compensaciones de la Ley N° 30057, Ley del

    Servicio Civil

    DS N° 040-2014-PCM.- Fe de Erratas,

    Aprueban Reglamento General de la Ley N°

    30057, Ley del Servicio Civil

    DS N° 138 -2014-EF.- Fe de Erratas,

    Reglamento de Compensaciones de la Ley

    N° 30057, Ley del Servicio Civil

    Normatividad

    Marco legal para el ámbito de competencia y funciones del

    Ministerio de agricultura y Riego.

    DL 997, que aprueba la ley de organización y

    funciones del ministerio de agricultura.

    Ley 30048 ley que modifica el Decreto

    Legislativo 997.

    DS Nº 008-2014-MINAGRI

    Descentralización

    La descentralización es la transferencia de facultades y

    competencias del Gobierno Central y de los recursos del

    Estado a las instancias descentralizadas. (Ley 26922. Art. 2°)

    La descentralización tiene como finalidad el desarrollo

    integral, armónico y sostenible del país, mediante la

    separación de competencias y funciones, y el equilibrado

    ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en

    beneficio de la población.

    (Ley 27783. Art. 3°)

    Ley 26922, Ley Marco de Descentralización.

    Ley 27783, Ley de Bases de la

    Descentralización

    Ley 27795, Ley de la Demarcación y

    0rganización Territorial.

    COMPONENTE: Territorio

    SUB - COMPONENTES MARCO NORMATIVO

    Patrimonio cultural (identidad y cultural)

  • Corredores económicos

    Un corredor es un concepto que integra cuatro

    componentes:

    · normas y prácticas comerciales y financieras;

    · exigencias gubernamentales;

    · infraestructura, vehículos, equipos e instalaciones; y

    · actores.

    (CEPAL)

    Ley 28298 Ley Marco para el Desarrollo

    Económico del Sector Rural.

    Ley 28828, Ley que modifica la Ley 28298.

    Ley Nº 28059 Ley Marco de Promoción de la

    Inversión Descentralizada.

    DS 059-2005-PCM, disponen formulación de

    planes de desarrollo de los corredores

    económicos productivos en áreas de

    influencia de la Carretera Interoceánica y

    crean Comisión Intergubernamental de Alto

    Nivel.

    Frontera

    Constituye área de frontera la franja de territorio nacional

    adyacente al límite internacional. El área de frontera, por

    extensión, puede comprender el ámbito de los distritos

    fronterizos en casos convenidos por el Consejo Nacional de

    Desarrollo de Frontera e Integración Fronteriza con el

    gobierno regional y el gobierno local que correspondan. (Ley

    29778. Art.7°)

    Ley 29778 Ley Marco para el Desarrollo e

    Integración Fronteriza

    DS 017- 2013-RE que aprueba el Reglamento

    de la Ley N° 29778

    Cuencas hidrográficas

    La cuenca hidrográfica es un territorio que es delimitado por

    la propia naturaleza, esencialmente por los límites de las

    zonas de escurrimiento de las aguas superficiales que

    convergen hacia un mismo cauce. En zonas de altas

    montañas y cordilleras de ejes longitudinales, las cuencas se

    constituyen en vías naturales de comunicación y de

    integración comercial, sea a lo largo de sus ríos, sea a lo

    largo de las cumbres que las separan unas de otras. El

    territorio de las cuencas facilita la relación entre sus

    habitantes, independientemente de que si éstos se agrupan

    dentro de dicho territorio en comunas delimitadas por

    razones político-administrativas, debido a su dependencia

    común a un sistema hídrico compartido, a los caminos y vías

    de acceso y al hecho que deben enfrentar peligros comunes.

    (FODEPAL)

    DL 1081 crea el Sistema Nacional de

    Recursos Hídricos.

  • Ordenamiento Territorial

    Es una política de Estado, un proceso político y técnico

    administrativo de toma de decisiones concertadas con los

    actores sociales, económicos, políticos y técnicos, para la

    ocupación ordenada y uso sostenible del territorio, la

    regulación y promoción de la localización y desarrollo

    sostenible de los asentamientos humanos; de las actividades

    económicas, sociales y el desarrollo físico espacial sobre la

    base de la identificación de potenciales y limitaciones,

    considerando criterios ambientales económicos,

    socioculturales, institucionales y geopolíticos. Asimismo,

    hace posible el desarrollo integral de la persona como

    garantía para una adecuada calidad de vida. . (Lineamientos

    de Política para el Ordenamiento Territorial. Numeral 1.2.

    Marco Conceptual)

    RM 026-2010- MINAM sobre Lineamientos

    de Política para el ordenamiento Territorial.

    DS 017-2009-AG que aprueba el reglamento

    de clasificación de tierras por su capacidad

    de uso mayor.

    Espacios geopolíticos

    (vulnerables, conflicto y pobreza)

    DS 074-2012-PCM que crea la Comisión

    Multisectorial para la Pacificación y

    Desarrollo Económico Social en el Valle de

    los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro,

    CODEVRAEM.

    DS 077-2013-PCM que aprueba la

    intervención en el VRAEM denominada

    "Programa de Intervención Multisectorial del

    Gobierno Central en los Valles de los Ríos

    Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) 2013 -

    2016"

    COMPONENTE: Mercado (Oferta y Demanda)

    SUB - COMPONENTES MARCO NORMATIVO

    Logística

  • Mercados emergentes

    Están referidos al mercado orgánico, mercado de precio

    justo, mercado de bioterapia, mercado nutracéuticos, entre

    otros.

    Una actividad orgánica es toda actividad agropecuaria que

    se sustenta en sistemas naturales, que busca mantener y

    recuperar la fertilidad de los suelos, la diversidad biológica y

    el manejo adecuado del agua. Excluye el uso de

    agroquímicos sintéticos, cuyos efectos tóxicos afecten la

    salud humana y causen deterioro del ambiente, y descarta el

    uso de organismos transgénicos. La actividad orgánica es

    conocida también como agricultura ecológica o biológica.

    (Ley 29196).

    Ley 29196 Promoción de Productos Orgánicos y

    su reglamento aprobado por DS 10-2012-AG.

    Maquinaria y equipos

    Maquinaria.(Del lat. machinarĭus).

    1. f. Conjunto de máquinas para un fin determinado.

    2. f. Mecanismo que da movimiento a un artefacto.

    3. f. ant. Arte que enseñaba a fabricar las máquinas

    (Real Academia de la Lengua)

    Máquina.

    (Del lat. machĭna, y este del gr. dórico μαχανά).

    1. f. Artificio para aprovechar, dirigir o regular la acción de

    una fuerza.

    2. f. Conjunto de aparatos combinados para recibir cierta

    forma de energía y transformarla en otra más adecuada, o

    para producir un efecto determinado.

    3. f. Agregado de diversas partes ordenadas entre sí y

    dirigidas a la formación de un todo.

    Como herramienta: La que por procedimientos mecánicos

    hace funcionar una herramienta, sustituyendo el trabajo del

    operario.

    (Real Academia de la Lengua)

    Equipo

    Colección de utensilios, instrumentos y aparatos especiales

    para un fin determinado.

    (Real Academia de la Lengua)

    Manual de Operaciones del Programa de

    Compensaciones para la Competitividad-

    AGROIDEAS

    Los bienes y servicios bajo el alcance del

    incentivo de Adopción de Tecnología son:

    A. Bienes necesarios para la adopción de

    tecnología, como:

    Insumos estratégicos para reconversión

    productiva (incluye abono orgánico), excepto

    plaguicidas.

    Insumos estratégicos para la instalación y/o

    manejo de cultivos (incluye pastos) y manejo

    de bosques que constituyan parte del capital

    de trabajo estructural y/o marginal críticos

    para la mejora de los sistemas de producción.

    Herramientas.

    Equipos.

    Maquinaria.

    Vehículos para la mecanización.

    Vehículos mayores para acopio y/o

    distribución de la producción de la

    organización agraria.

    Vehículos menores para la gestión del Plan

    de Negocios de Adopción de Tecnología.

    Infraestructura para dar valor agregado a la

    producción: almacenamiento, empaque,

    procesamiento.

    Infraestructura y equipos para riego

    tecnificado.

    B. Servicios conexos especializados vinculados a

    la(s) tecnología(s) que se están adoptando

    como:

    Servicios para la producción y

    transformación/procesamiento como:

  • capacitación y asistencia técnica para la

    producción y transformación/procesamiento,

    gestión de calidad, certificaciones (producción

    orgánica, comercio justo, buenas prácticas

    agrícolas, buenas prácticas de manufactura,

    entre otras), etc.

    Servicios para la comercialización.

    C. Gastos asociados a la provisión de servicios,

    como:

    Honorarios (servicios especializados

    temporales a nivel técnico y/o profesional

    como: asesorías, consultorías, proyectos,

    entre otros, directamente asociados a la

    adopción de la tecnología).

    Viáticos (pasajes, movilidad, alojamiento,

    alimentación, etc).

    Los servicios conexos especializados a ser

    considerados por el Programa, deberán

    sustentarse en gastos directamente asociados

    a la adopción de tecnología plasmados en el

    Plan de Negocios de Adopción de Tecnología

    presentado por la organización agraria.

    Gastos no elegibles:

    A. Plaguicidas químicos.

    B. Gastos para personal administrativo.

    C. Gastos fijos (ej. servicio telefónico, agua, luz,

    internet, seguridad, otros).

    D. Seguros o gastos similares.

    E. Alquiler de bienes duraderos, equipos e

    insumos.

    F. Adquisición y/o alquiler de inmuebles.

    G. Adquisición y/o alquiler de muebles.

    H. Alquiler de vehículos.

    I. Financiamiento de deudas y gastos

    financieros.

    J. Adquisición de bienes usados.

    K. Compra de acciones.

    El Programa AGROIDEAS no reconocerá los

    gastos incurridos en el asesoramiento,

    preparación de expediente, trámites u otros

    para la formulación de las Solicitudes de Apoyo

    que presente la organización agraria interesada

    en presentarse al Programa.

  • (Artículo 82° del Manual de Operaciones del

    Programa de Compensaciones para la

    Competitividad)

    Cadenas productivas

    El sistema que agrupa a los actores económicos

    interrelacionados por el mercado y que participan

    articuladamente en actividades que generan valor, alrededor

    de un bien o servicio, en las fases de provisión de insumos,

    producción, conservación, transformación, industrialización,

    comercialización y el consumo final en los mercados internos

    y externos (Ley 28846)

    Ley 28062 de desarrollo y fortalecimiento de

    Organizaciones Agrarias

    Ley 28846 para el fortalecimiento de cadenas

    productivas y conglomerados.

    Sanidad, inocuidad y calidad

    La Sanidad Agraria está referida a la salud animal y sanidad

    vegetal. La salud animal es el estado o condición de

    equilibrio entre los factores intrínsecos y extrínsecos en los

    animales, que determinan el comportamiento fisiológico y

    productivo en las actividades de cualquier especie humana.

    Mientras que, la sanidad vegetal es la conservación del buen

    estado sanitario de individuos, poblaciones y productos que

    pertenecen al reino vegetal, considerándose las especies

    agrícolas y forestales. (DL 1059. Anexos)

    La Inocuidad de alimentos es la garantía de que los

    alimentos no causarán daño cuando se preparen y/o

    consuman de acuerdo con el uso a que se destinan. (DL

    1062.Anexos)

    DL 1059 Ley General de Sanidad Agraria y su

    Reglamento aprobado por Decreto Supremo

    Nº 018-2008-AG.

    DL 1062 Ley de Inocuidad de los Alimentos.

    RS 271-2013-AG que declara de interés

    nacional la vigilancia, prevención y control

    de la Hidatidosis y se crea la Comisión

    Nacional.

    Ley 30190, que modifica el DL 1059

  • Semilla

    Es toda estructura botánica destinada a la propagación

    sexual o asexual de una especie. Sin embargo, no es en su

    definición donde radica su importancia, sino en sus atributos

    agronómicos, es decir, atributos sanitarios, fisiológicos,

    pureza e identidad genética y físicos que determinan su

    potencial de rendimiento. (Ley 27262)

    Los insumos son los fertilizantes (orgánicos como, el guano y

    no orgánicos como los plaguicidas) y el combustible.

    Ley 27262 Ley General de Semillas,

    modificada por DL 1080.

    DS 006-2012-AG aprueba el reglamento de

    la Ley de Semillas.

    Guano de las islas.

    Agricultor, Importador, Usuarios

    (Plaguicidas).

    Mano de obra

    Trabajo manual que se emplea para hacer una obra,

    independiente de los materiales y de la traza y dirección.

    (Real Academia de la Lengua)

    Mercado Financiero

    Un servicio financiero significa cualquier servicio de

    naturaleza financiera. Los servicios financieros comprenden

    todos los servicios bancarios, todos los servicios de seguros

    y relacionados con seguros y demás servicios financieros, así

    como todos los servicios accesorios o auxiliares a un servicio

    de naturaleza financiera. (Ley 26702.Anexo - Glosario)

    En el mercado peruano de créditos se puede distinguir al

    menos seis segmentos: corporativo, mediana empresa,

    pequeña empresa, hipotecario, consumo y microfinanzas.

    (Banco Central de Reserva del Perú. Estructura del mercado de

    créditos y tasas de interés)

    Ley 26702, Ley General del Sistema

    Financiero y del Sistema de Seguros de la

    Superintendencia de Banca y Seguros.

    DU 027-2009 crea el Fondo AGROPERÚ y

    Resolución Ministerial 0230-2009-AG,

    establece condiciones para administrar el

    Fondo.

    DS 015-2009 aprueba el reglamento de

    fondos concursables del MINAG.

    Servicios complementarios

    Sistemas de mercadeo

    Involucra a las ferias, los mercados mayoristas, mercados

    minoristas y los retail como Wong, Metro, Plaza Vea, entre

    otros.

  • Derechos de propiedad

    Las reglas sobre la tenencia definen de qué manera pueden

    asignarse dentro de las sociedades los derechos de

    propiedad de la tierra. Definen cómo se otorga el acceso a

    los derechos de utilizar, controlar y transferir la tierra, así

    como las pertinentes responsabilidades y limitaciones. En

    otras palabras, los sistemas de tenencia de la tierra

    determinan quién puede utilizar qué recursos, durante

    cuánto tiempo y bajo qué circunstancias. (FAO)

    Ley 30048 asigna al MINAGRI la competencia

    exclusiva de dictar normas y lineamientos

    técnicos para el saneamiento físico-legal y

    formalización de la propiedad agraria.

    Ley 24657 Deslinde y titulación de las

    comunidades campesinas.

    Decreto Ley 22175 Ley de Comunidades

    nativas y desarrollo agrario en selva.

    DL 1089 que establece el régimen temporal

    extraordinario de formalización y titulación

    de predios rurales.

    Decreto Supremo Nº 008-96-ITINCI.

    Reglamento de Protección a los Derechos de

    los Obtentores de variedades vegetales.

    Riesgo

    La condición en que existe la posibilidad de que un evento

    ocurra e impacte negativamente sobre los objetivos de la

    cooperativa. (Resolución SBS 13278-2009. Generalidades)

    Riesgo de desastre en la sociedad (Ley 29664. Art. 3°)

    Desastres como fenómenos naturales y peligrosos, difíciles

    de controlar.

    Riesgos climáticos y presencia de plagas que afectan

    negativamente su producción y rentabilidad.

    Resolución SBS 13278-2009 que aprueba el

    Reglamento de la Gestión Integral de

    Riesgos para las Cooperativas de Ahorro y

    Crédito No Autorizadas a Operar con

    Recursos del Público.

    Ley 29664 que crea el Sistema Nacional de

    Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD)

    y su Reglamento aprobado por DS 048-

    2011-PCM.

    Ley 28939 que crea el FOGASA.

    Ley 28995 amplia la finalidad del Fondo.

    Ley 29148 sobre la implementación,

    funcionamiento del FOGASA.

    Ley 30114, sexagésima sexta disposición

    complementaria se establece un seguro para

    camélidos.

    DS 002-2014-MINAGRI aprueba nuevo

    reglamento del fideicomiso.

    Ley 27104 Ley de prevención de riesgos

    Derivados del uso de la Biotecnología

    Decreto Supremo Nº 108-2002-PCM.

    Reglamento de la Ley de Prevención de

    Riesgos derivados del uso de la

    Biotecnología.

  • Tierras

    Las tierras en el régimen agrario comprenden a todo predio

    susceptible de tener uso agrario, el que incluye el uso

    agrícola, forestal o pecuario. Son tierras de régimen agrario,

    entre otras, las tierras de pastoreo, las tierras destinadas al

    cultivo de forrajes, las tierras con recursos forestales y de

    fauna, las tierras eriazas, así como las riberas y márgenes de

    álveos y cauces de ríos y, en general, cualquier otra

    denominación legal que reciba el suelo del territorio

    peruano que sea susceptible de tener uso agrario.

    (DL 1064. Art. 4°)

    DL 1064 que aprueba el régimen jurídico

    para el aprovechamiento de las tierras de

    uso agrario.

    Ley 24656 Ley general de comunidades

    campesinas.

    Ley 29376 que suspende aplicación de DL

    1090 y DL 1064

    Ley 29382, deroga el DL 1064.

    DS 001-2013-AG, asigna al MINAGRI la

    rectoría normativa en la política nacional

    agraria en materia de saneamiento física

    legal y formalización de la propiedad agraria,

    comprendiendo las tierras de las

    comunidades campesinas y comunidades

    nativas.

    COMPONENTE: Infraestructura

    SUB - COMPONENTES MARCO NORMATIVO

    Infraestructura de Transporte

    Caminos Vecinales

    Los PIP que tienen por objeto proveer el camino vecinal a

    través de las acciones rehabilitación y mejoramiento.

    Rehabilitación: restaura el deterioro del camino. Comprende

    la rehabilitación del drenaje, mejoramientos en el trazado, el

    escarificado, reposición mayor del afirmado, reperfilado

    y recompactación. También el refuerzo en puntos selectivos

    en la estructura de la superficie de rodadura.

    Mejoramiento: mejoras de la geometría horizontal y vertical

    del camino, el ancho, el alineamiento, la curvatura o la

    pendiente longitudinal para incrementar la capacidad de la

    vía, la seguridad de los vehículos y la velocidad de

    circulación. También la ampliación de la calzada, la elevación

    del estándar del tipo de superficie y la construcción de

    estructuras como alcantarillas grandes, puentes o

    intersecciones.

    Infraestructura de Comercialización

    La componen subcomponentes como:

    - Almacenes

    - Mercados

    Los mercados de productores agropecuarios constituyen el

    conjunto de transacciones, acuerdos o intercambios de

    bienes y servicios que realizan los productores de

    comunidades campesinas, comunidades nativas y

    Ley 29676 de Promoción de Mercados

    Agropecuarios

  • productores individuales con los consumidores finales. No

    están comprendidos los intermediarios o acopiadores que

    no son productores. Los productos que se comercializan en

    estos mercados deben ser de origen agrario, pecuario,

    agroindustrial, avícola, apícola, acuícola o artesanal.

    Cuando el conjunto de transacciones se realiza en un

    espacio físico determinado, este debe estar autorizado por

    la autoridad competente. El espacio físico puede ser un bien

    de dominio público o un bien de dominio privado.

    Los mercados de productores agropecuarios tienen

    duración indefinida y se realizan una vez a la semana. La

    participación de los productores es según su nivel de

    asociatividad

    (Ley 29676. Art.2°).

    Infraestructura de Transformación

    La componen subcomponentes como:

    - Plantas de Empaque.

    - Plantas de Agroindustria.

    Una definición común y tradicional de la agroindustria se

    refiere a la subserie de actividades de manufacturación

    mediante las cuales se elaboran materias primas y productos

    intermedios derivados del sector agrícola. La agroindustria

    significa así la transformación de productos procedentes de

    la agricultura, la actividad forestal y la pesca.

    Sin embargo, hoy en día, resulta cada vez más difícil

    establecer una demarcación precisa de lo que debe

    considerarse actividad agroindustrial: los efectos de los

    procesos de innovación y las nuevas tecnologías obligan a

    ampliar la gama de los insumos agroindustriales que pueden

    tenerse en cuenta, incluyendo, por ejemplo, productos

    biotecnológicos y sintéticos. Esto significa que actualmente

    la agroindustria sigue elaborando artículos agrícolas

    sencillos, a la vez que transforma también insumos

    industriales muy especializados que frecuentemente son el

    resultado de notables inversiones en investigación,

    tecnología e inducciones. A esta complejidad creciente de

    los insumos corresponde una gama cada vez mayor de

    procesos de transformación, que se caracterizan por la

    alteración física y química y tienen por objeto mejorar la

    comerciabilidad de las materias primas según su uso final.

    (La Agroindustria y el Desarrollo Económico, en el Estado

    Mundial de la Agricultura y la Alimentación 1997)

    Ley 27360 que aprueba las Normas de

    Promoción del Sector Agrario

    Infraestructura Educativa

    - Colegios agropecuarios

  • - Institutos tecnológicos agropecuarios

    Infraestructura Energética

    - Electrificación rural

    Infraestructura Productiva

    La componen subcomponentes como:

    - Riego

    - Andenería

    - Protección de laderas y riberas (defensas ribereñas)

    Riego Menor

    Los PIP que tienen por objeto proveer el servicio de agua

    para riego a través de las acciones siguientes: instalación,

    mejoramiento o ampliación del sistema de riego

    Riego Mayor

    Los PIP de riego grandes y medianos son aquellos que

    involucren la construcción de obras de captación o

    derivación, de conducción, de distribución y de regulación

    de gran o mediana magnitud. Se considera un proyecto de

    riego grande aquel que involucre la irrigación de más de

    5,000 hectáreas, y uno mediano aquel que irrigue entre 500

    y 5,000 hectáreas.

    Obras de Defensa y Encauzamiento.

    Según el artículo 43º del referido reglamento, constituyen

    obras de defensa las que se ejecutan en las márgenes de los

    cursos de agua, en una o ambas riberas, para proteger las

    tierras, poblaciones, instalaciones y otras, contra las

    inundaciones y la acción erosiva del agua y conforme al

    artículo 47º, son obras de encauzamiento las que se ejecutan

    en las márgenes delos ríos en forma continua, para formar

    un canal de escurrimiento que permita establecer el cauce

    del río o quebrada dentro de una zona determinada; agrega

    que en principio ,las obras de encauzamiento tienen

    prioridad sobre las de defensa para la solución integral de

    los problemas creados por avenidas extraordinarias.

    Guías para formulación y evaluación social de

    Proyectos de Inversión Pública –PIP:

    Guía Simplificada para la Identificación,

    Formulación y Evaluación Social de

    Proyectos de Riego Menor a Nivel de Perfil

    Riego Grandes y Medianos

    Protección y/o Control de Inundaciones

    Lineamientos para la Formulación de Proyectos

    de Inversión Pública de Apoyo al Desarrollo

    Productivo. Aprobada por R.D. N° 009-2012-

    EF/63.01.

    Resolución Ministerial No 1135-2006-AG que

    aprueba los Lineamientos Básicos del

    Financiamiento Público para la Ejecución de los

    Proyectos del Programa de Encauzamiento de

    Ríos y Protección de Estructuras de Captación,

    periodo 2007-2009.

    Infraestructura de Información y comunicación

    La componen subcomponentes como:

    - TICs en el sector rural y agroalimentario

    R.D. N° 004-2013-EF/63.01 que aprueba los

    Contenidos Mínimos Específicos (CME 18) de

    estudios de pre inversión a nivel de perfil de

    proyectos de telecomunicaciones en el ámbito

    rural.

  • COMPONENTE: Recursos Naturales

    SUB - COMPONENTES MARCO NORMATIVO

    Clima

    De acuerdo al IPCC (2009), el clima es el estado medio del

    tiempo, una descripción del conjunto de condiciones

    atmosféricas, como precipitación, temperatura, humedad

    relativa, etc., en términos de valores medios que caracterizan

    una región, durante un periodo representativo, de 30 a más

    años.

    Por su parte, la variabilidad climática es una fluctuación del

    clima, e indica las variaciones naturales comunes de un año

    al siguiente, o cambios de una década a la siguiente. La

    variabilidad del clima se refiere a las variaciones en el estado

    promedio y otros datos estadísticos (como las desviaciones

    típicas, la ocurrencia de fenómenos extremos, etc.) del clima

    en todas las escalas temporales y espaciales, más allá de

    fenómenos meteorológicos determinados. (Plan GRACC-A.

    Numeral 1.1. Marco Conceptual)

    DL 1078 modifica la Ley 27446.

    Ley 27446 Ley del Sistema Nacional de

    Evaluación Ambiental.

    Ley 28245, Ley Marco del Sistema Nacional

    de Gestión Ambiental, modificada por la Ley

    N° 29050.

    DS 019-2012-AG aprueba el reglamento de

    Gestión Ambiental del sector agrario.

    DS 004-2013-AG modifica el DS 019.

    RM 265-2012-AG que aprueba el Plan

    GRACC.

    Flora y Fauna

    Flora, se refiere al conjunto de las plantas que pueblan una

    región. Es el conjunto de especies vegetales que se pueden

    encontrar en una región geográfica, que son propias de un

    periodo geológico o que habitan en un ecosistema

    determinado. La flora atiende al número de especies

    mientras que la vegetación hace referencia a la distribución

    de las especies y a la importancia relativa, por número de

    individuos y tamaño, de cada una de ellas. Por tanto, la flora,

    según el clima y otros factores ambientales, determina la

    vegetación. (www.ecoloquia.com)

    Son subcomponentes de la flora: los bosques naturales y las

    plantaciones forestales.

    (Ley 29763. Art. 5°)

    Son recursos de fauna silvestre las especies animales no

    domesticadas, nativas o exóticas, incluyendo su diversidad

    genética, que viven libremente en el territorio nacional, así

    como los ejemplares de especies domesticadas que, por

    abandono u otras causas, se asimilen en sus hábitos a la vida

    silvestre, excepto las especies diferentes a los anfibios que

    nacen en las aguas marinas y continentales, que se rigen por

    sus propias leyes.

    (Ley 29763. Art. 6°)

    Ley 27308 de Forestal y Fauna Silvestre y su

    reglamento aprobado por DS 014-

    2001-AG.

    Ley 29763 Ley de Forestal y Fauna Silvestre

    RM 0374-2013-MINAGRI Proyecto de

    Decreto Supremo que aprueba el

    Reglamento de la Ley 29763.

    DS 007-2013-MINAGRI aprueba ROF del

    SERFOR.

    DS 009-2013-MINAGRI aprueba la política

    nacional forestal y fauna silvestre.

    http://www.ecoloquia.com/

  • Agua

    Es un recurso natural renovable, indispensable para la vida,

    vulnerable y estratégico para el desarrollo sostenible, el

    mantenimiento de los sistemas y ciclos naturales que la

    sustentan, y la seguridad de la Nación.

    (Ley 29338.Art. 1°)

    DL 1081 crea el Sistema Nacional de

    Recursos Hídricos.

    DL 1083 que promueve el aprovechamiento

    y eficiente de conservación de los recursos

    hídricos.

    Ley 28585 crea el Programa de Riego

    Tecnificado, su reglamento aprobado por DS

    004-2006-AG y modificado por DS 008-

    2013-MINAGRI.

    Ley 29338 Ley de Recursos Hídricos y su

    Reglamento aprobado por Decreto Supremo

    Nº 001-2010-AG, modificado por DS 005-

    2013-AG.

    Ley 29951 Presupuesto del 2013, que crea el

    Fondo de Promoción Mi Riego y DS 002-

    2013-AG que aprueba el reglamento del

    Fondo.

    Ley 30157 de organizaciones de usuarios de

    agua.

    Ley 30160 declara de interés nacional y

    utilidad pública la construcción y

    mejoramiento de infraestructura de riego

    para la ampliación de la frontera agrícola en

    la sierra.

  • Suelo

    El suelo es uno de los componentes principales de la tierra,

    que cumple funciones principales tanto de sostenimiento de

    la planta como de fuente de nutrientes para el desarrollo de

    las mismas. La limitación por el suelo está dada por la

    deficiencia de alguna de las características mencionadas, lo

    cual incide en el crecimiento y desarrollo de la planta, así

    como en su capacidad productiva.

    (DS 017-2009-AG. Art. 9°)

    DS 017-2009-AG que aprueba el reglamento

    de clasificación de tierras por su capacidad

    de uso mayor.

    COMPONENTE: Conocimiento

    SUB - COMPONENTES MARCO NORMATIVO

    Conocimientos tradicionales o ancestrales

    Recursos genéticos

    Todo material de naturaleza biológica que contenga

    información genética de valor o utilidad real o potencial.

    (Decisión 391 de la Comunidad Andina. Art. 1°).

    Decisión 391 de la Comunidad Andina que

    decide el Régimen Común sobre Acceso a

    los Recursos Genéticos

    Ley 27811, Ley que establece el régimen de

    protección de los conocimientos colectivos

    de los pueblos indígenas vinculados a los

    recursos biológicos.

    RM 087-2008-MINAM que aprueba el

    Reglamento de acceso a los recursos

    genéticos.

    Convenio sobre la Diversidad Biológica

    DS 022-2005-AG que aprueba el reglamento

    de la Ley de Promoción del Mejoramiento

    Genético y Conservación de las Razas de

    Camélidos Sudamericanos Domésticos.

    Información

    Son datos estadísticos sobre precios, hectáreas, producción,

    clima, comercialización, entre otros. La información puede

    contribuir a mejorar la operación del mercado, favoreciendo

    la toma de decisiones oportunas y acertadas del sector

    público y privado, y la dinamización de la producción de los

    rubros con ventajas comparativas y competitivas, al entregar

    señales claras. (DL 1082).

    La información reduce incertidumbre, y por lo tanto, ayuda a

    minimizar el riesgo de una mala toma de decisiones. (Estudio

    de Preinversión a nivel perfil del proyecto de inversión pública

    Mejoramiento del Sistema de Información Estadística Agraria)

    DL 1082 Crea el Sistema Integrado de

    Estadística Agraria-SIEA y el DS 021-2009-AG

    que aprueba el reglamento del SIEA.

    DS 014-2012-AG crea la Red Nacional de

    Difusión de Información Agraria REDIAGRO.

    DS 014-2013-MINAGRI que modifica el Art 4

    del DS 014-2012-AG.

  • Investigación

    a. Investigación Básica, es la actividad de investigación

    dirigida al avance del conocimiento científico, contribuye

    a la ampliación de éste, creando nuevas teorías o

    modificando las ya existentes. Investiga leyes y

    principios.

    b. Investigación Aplicada, es la actividad de investigación

    dirigida al desarrollo de productos o procesos aplicables

    a diferentes tipos de actividades y/o problemas,

    generalmente en provecho de la sociedad.

    c. Investigación Adaptativa, es la actividad de investigación

    dirigida a la modificación de productos o procesos,

    desarrollados por la investigación aplicada, para nuevos

    usos y contextos.

    d. Investigación Estratégica, es la actividad de investigación

    dirigida a la generación de conocimientos, métodos e

    instrumentos, como insumos, pretecnológicos, para la

    investigación aplicada.

    (Glosario del INIA. http://www.inia.gob.pe/nosotros/glosario-

    terminos)

    DL 1060 Regula el Sistema Nacional de

    Innovación Agraria y su Reglamento

    aprobado por Decreto Supremo Nº 040-

    2008-AG.

    Innovación

    Referido a la generación de nuevos productos y/o procesos

    en el agro o a la mejora significativa de los mismos en un

    determinado espacio de tiempo. El proceso de la innovación

    tecnológica agraria implica la creación, desarrollo, uso y

    difusión de un nuevo producto, proceso o servicio en el agro

    y los cambios significativos de éstos. (Glosario del INIA).

    DL 1060 Regula el Sistema Nacional de

    Innovación Agraria.

    DS 040-2008-AG que apruebe el Reglamento

    del DL 1060.

    Ley 27104 de Prevención de Riesgos

    derivados del uso de la Biotecnología.

    Transferencia

    Es el proceso por el cual se transfieren conocimientos e

    informaciones sobre tecnologías para ser adoptadas, como

    productos nuevos y procesos conducentes a mejorar la

    producción y productividad de los productores y

    empresarios agrarios.

    (Glosario del INIA).

    DL 1060 Regula el Sistema Nacional de

    Innovación Agraria.

    DS 040-2008-AG que apruebe el Reglamento

    del DL 1060.

    Biotecnología

    Toda aplicación tecnológica que utilice sistemas biológicos u

    organismos vivos, partes de ellos o sus derivados, para la

    creación o modificación de productos o procesos para usos

    específicos. (Decisión 391 de la Comunidad Andina. Art. 1°).

    Decisión 391 de la Comunidad Andina que

    decide el Régimen Común sobre Acceso a

    los Recursos Genéticos.

    Ley 12033, Ley General de Desarrollo de la

    Biotecnología Moderna en el Perú

    Ley 27104 Ley de prevención de riesgos

    Derivados del uso de la Biotecnología

    http://www.inia.gob.pe/nosotros/glosario-terminoshttp://www.inia.gob.pe/nosotros/glosario-terminos