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FRAUDES, INFRACCIONES EN TELECOMUNICACIONES JUAN CAMILO BUSTOS CAICEDO Septiembre de 2012 JUAN CAMILO BUTOS CAICEDO

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Fraudes, infracciones en Telecomunicaciones

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JUAN CAMILO BUTOS CAICEDO

FRAUDES, INFRACCIONES EN TELECOMUNICACIONES JUAN CAMILO BUSTOS

CAICEDOSeptiembre de 2012

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RÉGIMEN LEGAL Ley 1341 de 2009, Título IX “RÉGIMEN DE

INFRACCIONES Y SANCIONES”

*DISPOSICIONES GENERALES DEL RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES. Las infracciones a las normas contenidas en la presente Ley y sus decretos reglamentarios darán lugar a la imposición de sanciones legales por parte del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, salvo cuando esta facultad sancionatoria esté asignada por Ley o reglamento a otra entidad pública.

Por las infracciones que se cometan, además del autor de las mismas, responderá el titular de la licencia o del permiso o autorización, por acción u omisión en relación con aquellas.*ARTÍCULO 63

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RÉGIMEN LEGALLEY 1341 DE 2009, TÍTULO IX RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES

INFRACCIONES. Sin perjuicio de las infracciones y sanciones previstas en otras normas, constituyen infracciones específicas a este ordenamiento las siguientes:1. No respetar la confidencialidad o reserva de las comunicaciones.2. Proveer redes y servicios o realizar telecomunicaciones en forma

distinta a lo previsto en la Ley.3. Utilizar el espectro radioeléctrico sin el correspondiente permiso o

en forma distinta a las condiciones de su asignación.4. El incumplimiento de las obligaciones derivadas de las

concesiones, licencias, autorizaciones y permisos.5. Abstenerse de presentar a las autoridades la información

requerida o presentaría de forma inexacta o incompleta.6. Incumplir el pago de las contraprestaciones previstas en la ley.

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RÉGIMEN LEGALLEY 1341 DE 2009, TÍTULO IX RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES

INFRACCIONES. Sin perjuicio de las infracciones y sanciones previstas en otras normas, constituyen infracciones específicas a este ordenamiento las siguientes:7. Incumplir el régimen de acceso, uso, homologación e interconexión

de redes.8. Realizar subsidios cruzados o no adoptar contabilidad separada.9. Incumplir los parámetros de calidad y eficiencia que expida la CRC.10.Violar el régimen de inhabilidades, incompatibilidades y

prohibiciones previsto en la Ley.11.La modificación unilateral de parámetros técnicos esenciales y el

incumplimiento de los fines del servicio de radiodifusión sonora.12.Cualquiera otra forma de incumplimiento o violación de las

disposiciones legales, reglamentarias o contractuales o regulatorias en materia de telecomunicaciones.JUAN CAMILO BUTOS CAICEDO

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RÉGIMEN LEGALLEY 1341 DE 2009, TÍTULO IX RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES

INFRACCIONES. Sin perjuicio de las infracciones y sanciones previstas en otras normas, constituyen infracciones específicas a este ordenamiento las siguientes:13.Cualquier práctica o aplicación que afecte negativamente el

medio ambiente, en especial el entorno de los usuarios, el espectro electromagnético y las garantías de los demás proveedores y operadores y la salud pública.

Parágrafo. Cualquier proveedor de red o servicio que opere sin previo permiso para uso del espectro será considerado como clandestino y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así como las autoridades militares y de policía procederán a suspenderlo y a decomisar los equipos, sin perjuicio de las sanciones de orden administrativo o penal a que hubiere lugar, conforme a las normas legales y reglamentarias vigentes.

Los equipos decomisados serán depositados a órdenes del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el cual les dará la destinación y el uso que fijen las normas pertinentes.JUAN CAMILO BUTOS CAICEDO

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RÉGIMEN LEGALLEY 1341 DE 2009, TÍTULO IX RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES

ARTÍCULO 65.- SANCIONES. Sin perjuicio de la responsabilidad penal o civil en que pueda incurrir el infractor, la persona natural o jurídica que incurra en cualquiera de las infracciones señaladas en el artículo 64 de la presente ley, será sancionada, además de la orden de cesación inmediata de la conducta que sea contraria a las disposiciones previstas en esta Ley, con:

1. Amonestación.2. Multa hasta por el equivalente a dos mil (2.000) salarios

mínimos legales mensuales.3. Suspensión de la operación al público hasta por dos (2)

meses.4. Caducidad del contrato o cancelación de la licencia,

autorización o permiso.JUAN CAMILO BUTOS CAICEDO

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LOS FRAUDES MÁS COMUNES DE LA RED La reclamación que encabeza la lista es el "robo de

identidad" pero son muchas otras las presentadas por los usuarios: subastas en Internet, compras desde el hogar, premios y sorteos, quejas sobre la calidad de los servicios de Internet, oportunidades de trabajo desde casa, préstamos anticipados y servicios telefónicos entre otras.

Las quejas por fraude que incluyen "transferencia o giro" como método de pago están creciendo con métodos nuevos de phising que combinan el envió masivo de correos con la falsificación de una página que refuerza el reclamo solicitado buscando un mayor número de usuarios que "piquen el anzuelo".

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LOS FRAUDES MÁS COMUNES DE LA RED El correo no solicitado, no deseados o de remitente no

conocido (correo anónimo), habitualmente de tipo publicitario, generalmente enviados en grandes cantidades (incluso masivas) que perjudican de alguna o varias maneras al receptor. La acción de enviar dichos mensajes se denomina spamming.

Estos también son llamados correo basura o spam, ocupa el primer lugar entre las preocupaciones de los usuarios siendo el que más costes, molestias y desconfianza les genera. "El coste estimado que supone el Spam para un empleado de una empresa,contabilizando exclusivamente el tiempo que tarda en mirarlo. A esto hay que añadir que el 98% de los fraudes y de los problemas de seguridad tiene su origen en un correo no deseado”.

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LOS FRAUDES MÁS COMUNES DE LA RED La palabra spam proviene de la segunda guerra

mundial, cuando los familiares de los soldados en guerra les enviaban comida enlatada; entre estas comidas enlatadas estaba una carne enlatada llamada SPAM, que en los Estados Unidos era y sigue siendo muy común.

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LOS FRAUDES MÁS COMUNES DE LA RED El segundo problema en este momento está en la

falsificación de páginas web. Hay que destacar la respuesta positiva de las entidades financieras y comercios electrónicos que intentan buscar soluciones para combatirlo y para resolver los casos surgidos de estas prácticas en favor de sus clientes.

Se cree que es necesario crear una cultura y unas prácticas que permitan la identificación mutua tanto del usuario como de la aplicación que utilizamos, el reto es conseguirlo de una forma sencilla y segura.

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LOS FRAUDES MÁS COMUNES DE LA RED Robo de identidad. El robo de identidad se produce cuando alguien utiliza la

información particular de otra persona, sin su autorización, con fines fraudulentos o para cometer otros delitos en su nombre. "Obtener la información confidencial de una persona resulta relativamente sencillo", afirma Pérez Subías, "robando registros, documentos, correspondencia, mediante el engaño, revolviendo la basura de casa o incluso en los basureros públicos. También pueden obtener la información a través del correo electrónico, haciéndose pasar por una entidad conocida (phishing) o por teléfono".

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LOS FRAUDES MÁS COMUNES DE LA RED Robo de identidad. La dirección de correo electrónico es el medio más

utilizado para registrar la identidad de una persona en Internet y suele servir para acumular información de ella. Es muy fácil conseguir direcciones de correo electrónico sin nuestro consentimiento, en foros y chats (ingeniería social).

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LOS FRAUDES MÁS COMUNES DE LA RED Robo de identidad. Los ladrones pueden utilizar su información personal

para llamar al emisor de sus tarjetas de crédito para solicitar un cambio de domicilio, puede abrir cuentas a su nombre y extender cheques sin fondos, en definitiva pueden utilizar la información financiera a su antojo. El fraude con tarjetas de crédito fue la forma más común para el robo de identidad, seguido por el fraude de servicios telefónicos (slaming) u otros servicios de utilidades, fraude bancario y fraude relacionado al empleo.

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ALGUNAS RECOMENDACIONES PARA EVITAR EL FRAUDE ELECTRÓNICO Recomendaciones:

1. Siempre escribir directamente en la barra la dirección completa de su banco.

2. Los bancos nunca le van a solicitar sus datos por medios electrónicos (por ejemplo vía correo electrónico)

3. Cerciorarse que la barra tenga al inicio "httpS" al momento de poner cualquier dato de su tarjeta.

4. Cerciorarse que aparezca un candado en la parte inferior de la pantalla.

5. Cambiar su clave cada mes. 6. No hacer transacciones electrónicas en lugares como

café Internet.

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EXISTEN YA UNA SERIE DE DELITOS TIPIFICADOS: “Propiedad Intelectual" Delitos relacionados con

infracciones de la propiedad intelectual y de los derechos afines.

"Hacking" Delitos relacionados con el descubrimiento y revelación del secretos. El acceso ilegal, conseguir secretos de empresas, abusar de los dispositivos y causar daños en el sistema informático, también son hechos que entrañan delito.

"Falsificación y fraudes" Son causa de denuncia todo aquello que implique un delito contra la confidencialidad, la falsificación de documentos, la estafa informática, etc.

"Pedofilia" Delitos relacionados con el contenido. La difusión de la pornografía infantil, la provocación sexual y la prostitución, así como las amenazas, injurias, calumnias, la apología del racismo y la xenofobia son causa de denuncia.

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ACTUALIDAD…! En Colombia el 5 de enero de 2009, el Congreso de la

República de Colombia promulgó la Ley 1273 “Por medio del cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado - denominado ‘De la Protección de la información y de los datos’- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones”.

Dicha ley tipificó como delitos una serie de conductas relacionadas con el manejo de datos personales, por lo que es de gran importancia que las empresas se blinden jurídicamente para evitar incurrir en alguno de estos tipos penales.

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ACTUALIDAD…! No hay que olvidar que los avances tecnológicos y el

empleo de los mismos para apropiarse ilícitamente del patrimonio de terceros a través de clonación de tarjetas bancarias, vulneración y alteración de los sistemas de cómputo para recibir servicios y transferencias electrónicas de fondos mediante manipulación de programas y afectación de los cajeros automáticos, entre otras, son conductas cada vez más usuales en todas partes del mundo.

Según estadísticas, durante el 2007 en Colombia las empresas perdieron más de 6.6 billones de pesos a raíz de delitos informáticos.

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ACTUALIDAD…! De ahí la importancia de esta ley, que adiciona al

Código Penal colombiano el Título VII BIS denominado "De la Protección de la información y de los datos" que divide en dos capítulos, a saber: “De los atentados contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y de los sistemas informáticos” y “De los atentados informáticos y otras infracciones”.

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ACTUALIDAD…! En Colombia existen instituciones de educación como

UNICOLOMBIA que promueven capacitaciones en temas relacionados con Delitos Informáticos, el mejor manejo y uso de la prueba digital, establecer altos estándares científicos y éticos para Informáticos Forenses, Llevar a cabo investigación y desarrollo de nuevas tecnologías y los métodos de la ciencia del análisis forense digital e Instruir a los estudiantes en diversos campos específicos sobre nuevas tecnologías aplicadas a la informática Forense, la investigación científica y el proceso tecnológico de las mismas.

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