formulario laboral acuerdo

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Ref. Expte.: 0472- Sec. N° ACTA DE CONCILIACIÓN En la Ciudad de Córdoba, a los días del mes de de dos mil siendo las horas comparecen por ante esta secretaría por la parte actora C.U.I.L.T. domiciliado en la calle y por la parte demandada C.U.I.L.T. Abierto el acto a las partes manifiestan haber arribado al siguiente acuerdo: --------------------------------- PRIMERO: Las partes dejan aclarado que el contrato de trabajo que los uniera fuera extinguido por: habiendo sido iniciado en fecha y culminado en fecha en la categoría de la actividad , con una remuneración de $ SEGUNDO: El actor reajusta el monto de sus pretensiones en la suma de pesos ($ ) por los siguientes rubros: TERCERO: el demandado acepta el monto reajustado por el actor y ofrece abonarlo de la siguiente forma: Para ser cobrado mediante depósito en el Banco de la Provincia de Córdoba, Sucursal , Consignación de Fondos de Terceros de la Direc. de Administ. del Ministerio de Producción, cuenta N° 3 042/3 con la indicación del presente expediente, debiendo acreditar el depósito efectuado con la presentación de la boleta correspondiente dentro de las 24 hs. De efectuado el depósito. Dentro de las 72 hs. Desde el día en que se acredite el depósito se procederá a hacer efectivo el pago en la Sucursal indicada precedentemente. Asimismo se compromete a depositar la tasa que fija para este trámite la Ley Impositiva Provincial vigente y los gastos de transferencia. CUARTO: El actor acepta la forma de pago propuesto. Ambas partes manifiestan que una vez abonado el monto pactado, nada quedará por reclamarse recíprocamente por los rubros señalados en virtud de la relación laboral habida. QUINTO: La falta de pago a su vencimiento de cualquiera de las cuotas, sin necesidad de interpretación alguna dará la opción al actor de reclamar la totalidad del saldo impago por vía ejecutiva prevista por la Ley 7987, como el fuesen de plazo vencido o darlo por rescindido para reclamar por vía ejecutiva ordinaria el crédito que se considere con derecho. En este caso las estipulaciones del presente acuerdo no podrán alegarse como prueba en contra de una mayor pretensión del actor y sí como una presunción a su favor por los rubros señalados. SEXTO: Las partes solicitan se homologue el presente convenio. SÉPTIMO: El demandado se compromete a entregar al Actor, en término de 15 días la Certificación de Servicios y Remuneraciones y la Certificación de Cesación de Servicio, debidamente confeccionados y certificados. El actor se compromete, en el término de 15 días posteriores a su recepción a presentar los certificados mencionados en el Organismo Previsional Regional Córdoba, para su verificación y/o reconocimiento de servicio. El funcionario actuante hace saber al actor que el asesoramiento de la Subsecretaría de Trabajo incluye la etapa administrativa, no así la judicial para lo cual se podrá recurrir a Letrados Particulares, Sindicales o Asesores Letrados del trabajo del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba. Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación del contenido, firman los comparecientes de plena conformidad por ante mi que certifico en lugar y fecha indicados supra. ----------------------------------------------------------------------------------------- MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN SECRETARÍA DE TRABAJO DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO Rivadavia 646 - 5000 Córdoba Form: 199

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Acta Pago en cuotas o en cheques, formulario laboral.

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  • Ref. Expte.: 0472-

    Sec. N

    ACTA DE CONCILIACIN En la Ciudad de Crdoba, a los das del mes de de dos mil siendo las horas comparecen por ante esta secretara por la parte actora

    C.U.I.L.T. N domiciliado en la calle

    y por la parte demandada

    C.U.I.L.T. N Abierto el acto a las partes manifiestan haber arribado al siguiente acuerdo: ---------------------------------

    PRIMERO: Las partes dejan aclarado que el contrato de trabajo que los uniera fuera extinguido por: habiendo sido iniciado en fecha y culminado en fecha en la categora de la actividad , con una remuneracin de $ SEGUNDO: El actor reajusta el monto de sus pretensiones en la suma de pesos ($ ) por los siguientes rubros:

    TERCERO: el demandado acepta el monto reajustado por el actor y ofrece abonarlo de la siguiente forma:

    Para ser cobrado mediante depsito en el Banco de la Provincia de Crdoba, Sucursal , Consignacin de Fondos de Terceros de la Direc. de Administ. del Ministerio de Produccin, cuenta N 3 042/3 con la indicacin del presente expediente, debiendo acreditar el depsito efectuado con la presentacin de la boleta correspondiente dentro de las 24 hs. De efectuado el depsito. Dentro de las 72 hs. Desde el da en que se acredite el depsito se proceder a hacer efectivo el pago en la Sucursal indicada precedentemente. Asimismo se compromete a depositar la tasa que fija para este trmite la Ley Impositiva Provincial vigente y los gastos de transferencia. CUARTO: El actor acepta la forma de pago propuesto. Ambas partes manifiestan que una vez abonado el monto pactado, nada quedar por reclamarse recprocamente por los rubros sealados en virtud de la relacin laboral habida. QUINTO: La falta de pago a su vencimiento de cualquiera de las cuotas, sin necesidad de interpretacin alguna dar la opcin al actor de reclamar la totalidad del saldo impago por va ejecutiva prevista por la Ley 7987, como el fuesen de plazo vencido o darlo por rescindido para reclamar por va ejecutiva ordinaria el crdito que se considere con derecho. En este caso las estipulaciones del presente acuerdo no podrn alegarse como prueba en contra de una mayor pretensin del actor y s como una presuncin a su favor por los rubros sealados. SEXTO: Las partes solicitan se homologue el presente convenio. SPTIMO: El demandado se compromete a entregar al Actor, en trmino de 15 das la Certificacin de Servicios y Remuneraciones y la Certificacin de Cesacin de Servicio, debidamente confeccionados y certificados. El actor se compromete, en el trmino de 15 das posteriores a su recepcin a presentar los certificados mencionados en el Organismo Previsional Regional Crdoba, para su verificacin y/o reconocimiento de servicio. El funcionario actuante hace saber al actor que el asesoramiento de la Subsecretara de Trabajo incluye la etapa administrativa, no as la judicial para lo cual se podr recurrir a Letrados Particulares, Sindicales o Asesores Letrados del trabajo del Poder Judicial de la Provincia de Crdoba. Con lo que termin el acto que previa lectura y ratificacin del contenido, firman los comparecientes de plena conformidad por ante mi que certifico en lugar y fecha indicados supra. -----------------------------------------------------------------------------------------

    MINISTERIO DE LA PRODUCCIN SECRETARA DE TRABAJO

    DIRECCIN DE INSPECCIN DEL TRABAJO Rivadavia 646 - 5000 Crdoba

    Form: 199