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El papel de la familia en la formación de los menores de edad Fiscalía General de la República de Cuba

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El papel de la familia en la formación de los menores de edad

Fiscalía General de la República de Cuba

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1El papel de la familia en la formación de los menores de edad

La familia es la célula fundamental de la sociedad, a cuyo desarrollo contribuye, en tanto cumple importantes funciones en la formación de las nuevas generaciones, entrelazando intereses personales y sociales.

La Constitución de la República de Cuba dedica el Capítulo IV a la Familia y establece en su Artículo 35 que “el Estado protege la familia, la maternidad y el matrimonio”; y sobre esta base el Artículo 37 del texto constitucional establece que “todos los hijos tienen iguales derechos, sean habidos fuera o dentro del matrimonio”.

El papel de la familia en la formación de los menores de edad

La familia se sustenta en principios, incluyendo los deberes y derechos en los que resulta importante la asimilación de los patrones y normas de la sociedad en su conjunto. En ella existen relaciones entre hombre y mujer, padres e hijos, relaciones materiales, económicas, jurídicas, ideológicas y morales.

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2 El papel de la familia en la formación de los menores de edad

El matrimonio es la unión voluntariamente concertada de un hombre y una mujer con aptitud legal para ello, a fi n de hacer vida en común. Descansa en la igualdad absoluta de derechos y deberes de los cónyu-ges, los que deben atender al mantenimiento del hogar y a la formación integral de los hijos mediante el esfuerzo común, de modo que éste re-sulte compatible con el desarrollo de las actividades sociales de ambos.

La Ley regula la formalización, reconocimiento y disolución del ma-trimonio y los derechos y obligaciones que de dichos actos se derivan. (Artículo 36 de la Constitución de la República)

El reconocimiento de los hijos es un deber de los padres y al mismo tiempo constituye un derecho de las niñas y los niños.

La Ley del Registro del Estado Civil garantiza mediante sus procedi-mientos, que todos los recién nacidos queden debidamente inscriptos por sus padres, lo que puede realizarse en las horas posteriores al nacimiento, incluso antes de que egresen del centro asistencial de salud.

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3El papel de la familia en la formación de los menores de edad

Por otra parte, el Artículo 77 del Código de Familia prevé la posibilidad de reclamar el reconocimiento, tanto por los hijos como por el padre que lo hubiere realizado, respecto al que no lo hubiese hecho.

El primer problema que debe enfrentar la familia es la conducta y comportamiento de algunos aspectos o patrones de la vida familiar. En la familia debe existir amor, respeto mutuo, apoyo y verdadero interés por la educación de sus miembros y sobre todo del infante, debiendo caracterizarse por una adecuada comunicación.

Es deber de la familia fomentar los valores morales, patrióticos, esté-ticos y culturales.

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4 El papel de la familia en la formación de los menores de edad

Las condiciones de vida en que se desarrolla la familia, su grado de desarrollo moral y espiritual inciden decisivamente en los rasgos del in-dividuo, en su actitud ante el trabajo y su actividad social.

Una familia unida, completa, donde existe un efi ciente control de las actividades del menor y preocupación por los intereses de este, consti-tuye un medio favorable para crear patrones de conductas positivas en los menores.

Los padres tienen el deber de dar alimentos a sus hijos y asistirlos en la defensa de sus legítimos intereses y en la realización de sus justas aspiraciones, así como el de contribuir activamente a su educación y formación integral como ciudadanos útiles y preparados para la vida en la sociedad socialista.

El Artículo 85 del Código de Familia establece los deberes y derechos de los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos y en el Códi-

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5El papel de la familia en la formación de los menores de edad

go Penal se prevén las responsabilidades por el incumplimiento de tales obligaciones. También se establecen sanciones para quienes cometen delitos contra los menores de edad y contra el normal desarrollo de las relaciones sexuales, contra la familia, la infancia y la juventud.

Así por ejemplo, por el Delito de Otros Actos Contrarios al Normal Desarrollo del Menor, se sanciona a quien no atienda o descuide la edu-cación, manutención o asistencia de una persona menor de edad que tenga bajo su potestad o guarda y cuidado, así como al que habiendo sido privado de la patria potestad, no contribuye al sostenimiento de sus hijos. (Artículo 315 del Código Penal).

Los hijos, a su vez, están obligados a respetar y ayudar a sus padres. (Artículo 38 de la Constitución de la República).

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6 El papel de la familia en la formación de los menores de edad

La familia y la escuela constituyen espacios decisivos en la educación de niños y jóvenes, quienes adoptan determinados comportamientos en dependencia de los niveles de armonía o tensión existentes en el hogar y en su centro de estudios.

De ahí que fomentar un clima favorable al desarrollo de conductas adecuadas en los menores de edad, resulte esencial para su formación como ciudadanos de bien, que actúen de acuerdo a los principios de la sociedad y dentro del respeto a las leyes.

Resulta decisivo que la familia, como célula fundamental de la socie-dad, desempeñe correctamente su papel en la formación de todos sus miembros, de manera particular de los más jóvenes. También es preciso que cuando falte a ese deber, se le exija, mediante la aplicación de las normas legales vigentes, por el incumplimiento de sus responsabilidades.

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