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Caso práctico ISR por retener en 2018 a cada trabajador por los ingresos de la PTU, conforme a las mecánicas que señalan los artículos 96 de la Ley del ISR, décimo del Decreto que establece el subsidio para el empleo y 1.12 del De- creto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, así como 174 del Reglamento de la Ley del ISR PLANTEAMIENTO Una persona moral que tributa en el régimen general de la Ley del ISR desea determinar el impuesto por rete- ner a cada trabajador por los ingresos de la PTU, aplicando las mecánicas señaladas en los artículos 96 de la Ley del ISR, décimo del Decreto que establece el subsidio para el empleo y 1.12 del Decreto que compila di- versos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, así como 174 del Reglamento de la Ley del ISR, con objeto de elegir la que más convenga a cada uno de ellos. DATOS q De los trabajadores con derecho a reparto: Trabajador 1 2 3 4 5 6 7 PTU total pagada $2,100.00 $2,750.00 $6,900.00 $9,700.00 $14,200.00 $17,900.00 $24,000.00 Sueldo mensual ordinario $3,000.00 $4,750.00 $8,900.00 $12,900.00 $15,600.00 $24,000.00 $30,400.00 q Valor diario de la unidad de medida y actualización (UMA) en 2018 $80.60 DESARROLLO 1. Determinación del importe exento por cada trabajador por concepto de la PTU. Valor diario de la UMA $80.60 (x) 15 días (artículo 93, fracción XIV, de la Ley del ISR) 15 (=) Importe exento por cada trabajador por concepto de la PTU $1,209.00 2. Deteminación de la parte gravada de la PTU por cada trabajador para base del impuesto. 1 2 3 4 5 6 7 PTU total pagada $2,100.00 $2,750.00 $6,900.00 $9,700.00 $14,200.00 $17,900.00 $24,000.00 (–) PTU exenta 1,209.00 1,209.00 1,209.00 1,209.00 1,209.00 1,209.00 1,209.00 (=) PTU gravada $891.00 $1,541.00 $5,691.00 $8,491.00 $12,991.00 $16,691.00 $22,791.00 FISCAL Taller de prácticas A32 1a. quincena mayo 2018 Taller fiscal 847- 2a parte.indd 32 20/04/18 17:36

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Caso práctico

ISR por retener en 2018 a cada trabajador por los ingresos de la PTU, conforme a las mecánicas que señalan los artículos 96 de la Ley del ISR, décimo del Decreto que establece el subsidio para el empleo y 1.12 del De-creto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, así como 174 del Reglamento de la Ley del ISR

PLANTEAMIENTO

Una persona moral que tributa en el régimen general de la Ley del ISR desea determinar el impuesto por rete-ner a cada trabajador por los ingresos de la PTU, aplicando las mecánicas señaladas en los artículos 96 de la Ley del ISR, décimo del Decreto que establece el subsidio para el empleo y 1.12 del Decreto que compila di-versos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, así como 174 del Reglamento de la Ley del ISR, con objeto de elegir la que más convenga a cada uno de ellos.

DATOS

q De los trabajadores con derecho a reparto:

Trabajador 1 2 3 4 5 6 7

PTU total pagada $2,100.00 $2,750.00 $6,900.00 $9,700.00 $14,200.00 $17,900.00 $24,000.00

Sueldo mensual ordinario $3,000.00 $4,750.00 $8,900.00 $12,900.00 $15,600.00 $24,000.00 $30,400.00

q Valor diario de la unidad de medida y actualización (UMA) en 2018 $80.60

DESARROLLO

1. Determinación del importe exento por cada trabajador por concepto de la PTU.

Valor diario de la UMA $80.60

(x) 15 días (artículo 93, fracción XIV, de la Ley del ISR) 15

(=) Importe exento por cada trabajador por concepto de la PTU $1,209.00

2. Deteminación de la parte gravada de la PTU por cada trabajador para base del impuesto.

1 2 3 4 5 6 7

PTU total pagada $2,100.00 $2,750.00 $6,900.00 $9,700.00 $14,200.00 $17,900.00 $24,000.00

(–) PTU exenta 1,209.00 1,209.00 1,209.00 1,209.00 1,209.00 1,209.00 1,209.00

(=) PTU gravada $891.00 $1,541.00 $5,691.00 $8,491.00 $12,991.00 $16,691.00 $22,791.00

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3. Cálculo del ISR conforme a la mecánica del artículo 96 de la Ley del ISR.

a) Determinación del importe total gravado en mayo de 2018.

PTU gravada $891.00 $1,541.00 $5,691.00 $8,491.00 $12,991.00 $16,691.00 $22,791.00

(+) Sueldo mensual ordinario 3,000.00 4,750.00 8,900.00 12,900.00 15,600.00 24,000.00 30,400.00

(=) Total de ingreso gravado en mayo de 2018 $3,891.00 $6,291.00 $14,591.00 $21,391.00 $28,591.00 $40,691.00 $53,191.00

b) Cálculo de ISR del total gravado en el mes.

1 2 3 4 5 6 7

Total gravado en el mes $3,891.00 $6,291.00 $14,591.00 $21,391.00 $28,591.00 $40,691.00 $53,191.00

(↓) Aplicación de la tarifa de los artículos 96 de la Ley del ISR, décimo del Decreto que establece el subsidio para el empleo y 1.12 del Decreto del 26/XII/2013, correspon-dientes a mayo de 2018 ↓ ↓ ↓ ↓ ↓ ↓ ↓

(=) ISR del total gravado en el mes

($159.35) $185.02 $1,823.18 $3,275.66 $4,907.95 $7,916.73 $11,666.73

c) Cálculo del ISR del sueldo mensual ordinario.

Sueldo mensual ordinario $3,000.00 $4,750.00 $8,900.00 $12,900.00 $15,600.00 $24,000.00 $30,400.00

(↓) Aplicación de la tarifa de los artículos 96 de la Ley del ISR, décimo del Decreto que establece el subsidio para el empleo y 1.12 del Decreto del 26/XII/2013, correspondientes a mayo de 2018 ↓ ↓ ↓ ↓ ↓ ↓ ↓

(=) ISR a cargo (subsidio para el empleo a devolver) del sueldo mensual ordinario

($240.53) ($46.78) $736.28 $1,461.91 $2,038.70 $3,832.94 $5,333.43

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d) Determinación del impuesto correspondiente al pago de la PTU.

ISR del total gravado en el mes $(159.35) $185.02 $1,823.18 $3,275.66 $4,907.95 $7,916.73 $11,666.73

(–/+) ISR a cargo (subsidio para el empleo a devolver) del sueldo mensual ordinario (240.53) (46.78) 736.28 1,461.91 2,038.70 3,832.94 5,333.43

(=) ISR correspondiente a la PTU $81.181 $231.802 $1,086.90 $1,813.75 $2,869.25 $4,083.79 $6,333.30

Notas

1. Cuando sobre el sueldo mensual ordinario se reciban $240.53 por concepto de subsidio para el empleo por devolver, pero al calcular el impues-to sobre el sueldo más la parte gravada de la PTU se determine una cantidad menor por concepto de subsidio para el empleo por devolver, es decir, $159.35, el impuesto que cause la parte mensual de la PTU será la diferencia entre ambas cifras, y que asciende a $81.18.

2. Si sobre el sueldo mensual ordinario se obtiene un subsidio para el empleo por devolver de $46.78, y sobre la percepción mensual promedio se obtiene ISR a cargo de $185.02, la suma de ambas cantidades será el impuesto que corresponda a la parte mensual de la PTU, es decir, $231.80.

4. Cálculo del ISR con base en el artículo 142 del Reglamento de la Ley del ISR.

a) Determinación de la parte mensual.

1 2 3 4 5 6 7

Importe gravado por concepto de PTU $891.00 $1,541.00 $5,691.00

$8,491.00 $12,991.00 $16,691.00 $22,791.00

(÷) Número de días del año 365 365 365 365 365 365 365

(=) Parte diaria de la PTU 2.44 4.22 15.59 23.26 35.59 45.72 62.44

(x) Número de días promedio del mes 30.4 30.4 30.4 30.4 30.4 30.4 30.4

(=) Parte mensual de PTU $74.20 $128.34 $473.99 $707.19 $1,081.99 $1,390.15 $1,898.20

b) Obtención del importe de la percepción mensual promedio.

Ingreso mensual ordinario $3,000.00 $4,750.00 $8,900.00 $12,900.00 $15,600.00 $24,000.00 $30,400.00

(+) Parte mensual de la PTU 74.20 128.34 473.99 707.19 1,081.99 1,390.15 1,898.20

(=) Percepción mensual promedio

$3,074.20 $4,878.34 $9,373.99 $13,607.19 $16,681.99 $25,390.15 $32,298.20

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c) Determinación del ISR de la percepción mensual promedio.

Percepción mensual promedio $3,074.20 $4,878.34 $9,373.99 $13,607.19 $16,681.99 $25,390.15 $32,298.20

(↓) Aplicación de la tarifa de los artículos 96 de la Ley del ISR, décimo del Decreto que estable-ce el subsidio para el empleo y 1.12 del Decreto del 26/XII/2013, correspondientes a mayo de 2018 ↓ ↓ ↓ ↓ ↓ ↓ ↓

(=) ISR a cargo (subsidio para el empleo a devolver) del sueldo mensual ordinario

($235.78) ($38.57) $812.12 $1,625.07 $2,269.81 $4,155.11 $5,779.88

d) Determinación del ISR del sueldo mensual ordinario.

1 2 3 4 5 6 7

Sueldo mensual ordinario $3,000.00 $4,750.00 $8,900.00 $12,900.00 $15,600.00 $24,000.00 $30,400.00

(↓) Aplicación de la tarifa de los artículos 96 de la Ley del ISR, décimo del Decreto que establece el subsidio para el empleo y 1.12 del Decreto del 26/XII/2013, correspondientes a mayo de 2018 ↓ ↓ ↓ ↓ ↓ ↓ ↓

(=) ISR a cargo (subsidio para el empleo a devolver) del sueldo mensual ordinario

($240.53) ($46.78) $736.28 $1,461.91 $2,038.70 $3,832.94 $5,333.43

e) Cálculo del impuesto correspondiente a la parte mensual de la PTU.

ISR a cargo (subsidio para el empleo a devolver) de la per-cepción mensual promedio ($235.78) ($38.57) $812.12 $1,625.07 $2,269.81 $4,155.11 $5,779.88

(–/+) ISR a cargo (subsidio para el empleo a devolver) del sueldo mensual ordinario (240.53) (46.78) 736.28 1,461.91 2,038.70 3,832.94 5,333.43

(=) ISR correspondiente a la parte mensual de la PTU

$4.751 $8.212 $75.84 $163.16 $231.11 $322.17 $446.45

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Notas

1. Cuando sobre el sueldo mensual ordinario se reciben $240.53 por concepto de subsidio para el empleo por devolver, pero al calcular el impuesto sobre el sueldo más la parte gravada de la PTU se determina una cantidad menor por concepto de subsidio para el empleo a devolver $235.78, el impuesto que causa la parte mensual de la PTU es la diferencia entre ambas cifras, y que asciende a $4.75.

2. Cuando sobre el sueldo mensual ordinario se reciben $46.78 por concepto de subsidio para el empleo por devolver, pero al calcular el impuesto sobre el sueldo más la parte gravada de la PTU se determina una cantidad menor por concepto de subsidio para el empleo por devolver $38.57, el impuesto que causa la parte mensual de la PTU es la diferencia entre ambas cifras, y que asciende a $8.21.

g) Obtención del ISR por el pago de la PTU.

PTU gravada $891.00 $1,541.00 $5,691.00 $8,491.00 $12,991.00 $16,691.00 $22,791.00

(x) Tasa aplicable a la PTU 6.40% 6.39% 16.00% 23.07% 21.35% 23.17% 23.51%

(=) ISR por pago de la PTU $57.02 $98.46 $910.56 $1,958.87 $2,773.57 $3,867.30 $5,358.16

f) Determinación de la tasa aplicable a la PTU.

1 2 3 4 5 6 7

ISR correspondiente a la parte mensual de la PTU $4.75 $8.21 $75.84 $163.16 $231.11 $322.17 $446.45

(÷) Parte mensual de la PTU 74.20 128.34 473.99 707.19 1,081.99 1,390.15 1,898.20

(=) Cociente 0.0640 0.0639 0.1600 0.2307 0.2135 0.2317 0.2351

(x) Cien 100 100 100 100 100 100 100

(=) Tasa aplicable a la PTU 6.40% 6.39.% 16.00% 23.07% 21.35% 23.17% 23.51%

5. Cuadro comparativo de las mecánicas del cálculo conforme a la Ley del ISR y su reglamento.

Trabajador

Opción 1 ISR por retener aplicando las

disposiciones de ley (artículos 96 de la Ley del ISR y 1.12 del Decreto

del 26/XII/2013)

Opción 2ISR por retener aplicando las disposiciones del artículo 174 del Reglamento de la Ley del

ISR (opcional)

Opción que conviene al trabaja-dor (retención efectiva del ISR

por el pago de la PTU)

1 $81.18 $57.02 $57.02

2 $231.80 $98.46 $98.46

3 $1,086.90 $910.56 $910.56

4 $1,813.75 $1,958.87 $1,813.75

5 $2,869.25 $2,773.57 $2,773.57

6 $4,083.79 $3,867.30 $3,867.30

7 $6,333.30 $5,358.16 $5,358.16

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COMENTARIO

Se efectuó un comparativo entre las mecánicas de cálculo en materia de retención por concepto de la PTU, en las que se aplica la tarifa de los artículos 96 de la Ley del ISR, décimo del Decreto que establece el subsidio para el empleo y 1.12 del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplifica-ción, así como el procedimiento que dispone el artículo 174 del Reglamento de la Ley del ISR.

Se recomienda en todos los casos realizar ambos cálculos con objeto de elegir la opción que más convenga, pues no es posible establecer como regla general la mecánica que sea más benéfica.

FUNDAMENTO

Artículos 96 de la Ley del ISR, décimo del Decreto que establece el subsidio para elempleo, 1.12 del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas

de simplificación administrativa, y 174 del Reglamento de la Ley del ISR.

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