facturas y notas

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Practica III Resumen de la base legal. Factura: Documento comercial mercantil que refleja la información de compra-venta. Existen tres tipos de facturas: Factura consumidor final. Factura de venta simplificada. Factura de exportación. Ahora veamos más detalladamente cada una de las facturas mencionadas anteriormente: 1) Factura consumidor final: documento que se emite de un contribuyente a un consumidor final. Este adquiere un bien para su consumo, y no para revenderlo o transformarlo. Según el artículo 107, inciso segundo del código tributario, cuando se trate de operaciones realizadas con consumidores finales, deberán emitir y entregar, por cada operación, un documento que se denominara “factura”. Los contribuyentes del IVA, en ningún caso podrán tener para documentar las transferencias de compra-venta facturas comerciales, puesto que esta evade impuesto. Se faculta a la administración tributaria para proceder a la destrucción de los mismos. Requisitos de la factura de consumidor final: Según el código tributario en el artículo 114 literal b, especifica las partes que debe llevar la factura de consumidor final, de forma resumida los requisitos son los siguientes: Deben imprimirse en talonarios y estar pre numerados en forma correlativa. Indicar el nombre, denominación o razón social del contribuyente emisor, giro, dirección del establecimiento, NIT y NRC.

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Page 1: Facturas y Notas

Practica III Resumen de la base legal.

Factura: Documento comercial mercantil que refleja la información de compra-venta.

Existen tres tipos de facturas:

Factura consumidor final. Factura de venta simplificada. Factura de exportación.

Ahora veamos más detalladamente cada una de las facturas mencionadas anteriormente:

1) Factura consumidor final: documento que se emite de un contribuyente a un consumidor final. Este adquiere un bien para su consumo, y no para revenderlo o transformarlo.

Según el artículo 107, inciso segundo del código tributario, cuando se trate de operaciones realizadas con consumidores finales, deberán emitir y entregar, por cada operación, un documento que se denominara “factura”. Los contribuyentes del IVA, en ningún caso podrán tener para documentar las transferencias de compra-venta facturas comerciales, puesto que esta evade impuesto. Se faculta a la administración tributaria para proceder a la destrucción de los mismos.

Requisitos de la factura de consumidor final:

Según el código tributario en el artículo 114 literal b, especifica las partes que debe llevar la factura de consumidor final, de forma resumida los requisitos son los siguientes:

Deben imprimirse en talonarios y estar pre numerados en forma correlativa. Indicar el nombre, denominación o razón social del contribuyente emisor, giro,

dirección del establecimiento, NIT y NRC. Fecha de emisión. Se emitirán en duplicado en forma correlativa, entregándole la copia al cliente y la

original se la queda la empresa. Descripción de los bienes y servicios, especificando las características del mismo,

además del precio unitario, cantidad y monto total de la operación. Separación de las operaciones gravadas, exentas y no sujetas. Inclusión del impuesto respectivo en el precio delas operaciones gravadas. Valor total de la operación. En operaciones cuyo monto total sea igual o superior a $200.00, se deberá hacer

constar en la factura el nombre, denominación o razón social, NIT, en su defecto el DUI del cliente.

Page 2: Facturas y Notas

Practica III Resumen de la base legal.

2) Factura de venta simplificada: documento que se emite de un contribuyente a un consumidor final, cuando la venta ha sido menor a $12.00.

Según el artículo 107, inciso cuarto del código tributario, las personas naturales inscritas como contribuyentes del IVA, cuyas transferencias de bienes, en el año anterior sean iguales o inferiores a $50000.00 deberán emitir y entregar en operaciones que realicen con consumidores finales factura de venta simplificada, únicamente respecto a aquellas transferencias cuyo monto sea menor o igual a $12.00. Además los contribuyentes que inicien operaciones, podrán utilizar el primer año la factura de venta simplificada.

Requisitos de la factura de venta simplificada:

Según el código tributario en el artículo 114 literal d, especifica las partes que debe llevar la factura de venta simplificada, de forma resumida los requisitos son los siguientes:

Deben elaborarse por medio de imprenta en talonarios pre impresos y pre numerados en forma correlativa.

Indicar de manera pre impresa el nombre del contribuyente, giro, dirección del establecimiento, NIT y NRC.

Fecha de emisión del documento. Se emitirán en duplicado en forma correlativa, entregándole la copia al cliente y la

original se la queda la empresa. Valor total de la operación, deberán incluirse el impuesto respectivo de las

operaciones gravadas.

3) Factura de exportación: documento que se emite de un contribuyente a un cliente extranjero, se utiliza para sacar legalmente la mercancía del país, es confeccionada por el agente de aduanas.

Según el artículo 107, inciso tercero del código tributario y el artículo 42 del reglamento del código tributario, en el caso de las operaciones de exportación deberán emitir y entregar factura, las facturas que emitan los sujetos pasivos que realicen operaciones de exportación, deberán identificarse bajo la denominación “factura de exportación” poseer un numero correlativo independiente y diferente al utilizado por las facturas que amparan operaciones locales.

Requisitos de la factura de exportación:

Indicar el nombre, denominación o razón social del contribuyente emisor, giro, dirección del establecimiento, NIT y NRC.

Fecha de emisión.

Page 3: Facturas y Notas

Practica III Resumen de la base legal.

Se emitirán en duplicado, deberá entregarse el original al cliente y la copia la empresa.

Descripción de los bienes y servicios, especificando las características del mismo, además del precio unitario, cantidad y monto total de la operación.

Comprobante de crédito fiscal: documento que se emite de un contribuyente a otro contribuyente del IVA, acredita la transferencia de bienes.

Según el artículo 107, inciso primero del código tributario, los contribuyentes del IVA, están obligados a emitir y entregar, por cada operación, a otros contribuyentes un documento que, se denominara “Comprobante de crédito fiscal”, podrá ser emitido en forma manual, computarizada, tanto para las transferencias de bienes muebles como para la prestación de servicios.

Requisitos del comprobante de crédito fiscal.

Según el código tributario en el artículo 114 literal a, específica las partes que debe llevar el comprobante de crédito fiscal, de forma resumida los requisitos son los siguientes:

Deben imprimirse en talonarios y estar pre numerados en forma correlativa. Emitirse en triplicado; original y segunda copia al cliente y la primera copia para la

revisión de la administración tributaria. Cuando el valor de la operación sea superior a cien mil colones ($11428.57), en el

documento original deberán hacerse constar los nombres, firmas y DUI de la persona que entrega y de la que recibe.

Indicar el nombre, denominación o razón social del contribuyente emisor, giro, dirección del establecimiento, NIT y NRC.

Separación de las operaciones gravadas, exentas y no sujetas. Fecha de emisión. Indicar el nombre, denominación o razón social del cliente, dirección, NIT y NRC. Descripción de los bienes y servicios, especificando las características del mismo,

además del precio unitario, cantidad y monto total de la operación. Cantidad recargada separadamente por concepto del presente impuesto. Condiciones de las operaciones al contado, al crédito, puesto en bodega y otras.

OJO: En las tres facturas y el comprobante de crédito fiscal En el pie de la imprenta se colocaran los datos siguientes: nombre, NIT, domicilio, NRC del propietario de la imprenta, Número y fecha de autorización de imprenta, tiraje de documentos y fecha de impresión.

Page 4: Facturas y Notas

Practica III Resumen de la base legal.

Nota de crédito: Es aquel documento comercial emitido por el vendedor en el cual se detallan conceptos por los que un comprador dispone de crédito a su favor en su cuenta comercial. Es un documento registrable y siempre genera un saldo positivo para el cliente.

Casos en los que se emite

Errores de facturación: Se facturó un importe superior y luego se lo corrige con NC. Aplicación de bonificaciones y/o descuentos Devoluciones Casos de roturas de mercadería.

¿En qué casos se utiliza la nota de crédito?

Un caso común es la devolución de productos, por ejemplo en un negocio de venta de vestimenta al realizar el pedido de la ropa, la misma se abona con una factura. Al llegar la mercadería se advierte que unas camisas llegaron con roturas y manchas por lo que se las envía nuevamente al proveedor y este mismo emite una nota de crédito por el valor de las mismas y la entrega al comprador.

Partes de la nota de crédito:

Razón social de la empresa, dirección del local, datos del cliente, nº de identificación tributaria, fecha de emisión, tipo y nº de comprobante, transacción realizada si la venta se hizo al crédito o al contado, venta afecta, exenta ,descripción y total, datos de la imprenta y el destinatario del comprobante.

Función:

El comerciante envía a su cliente, con el objeto de comunicar la acreditación en su cuenta una determinada cantidad, por el motivo expresado en la misma. Se usa para anular facturas incluidas en Cajas Cerradas. La Nota de Crédito siempre origina una disminución en la cuenta del comprador o deudor, por lo tanto es un documento registrable.

Nota de débito: Es un comprobante que una empresa envía a su cliente, en la que se le notifica haber cargado o debitado en su cuenta una determinada suma o valor, por el concepto que se indica en la misma nota. Este documento incrementa el valor de la deuda o saldo de la cuenta, ya sea por un error en la facturación, interés por mora en el pago, o cualquier otra circunstancia que signifique el incremento del saldo de una cuenta.

Partes de la nota de débito:

Nombre y dirección de la empresa. Un número seriado. Descripción detallada de la operación.

Page 5: Facturas y Notas

Practica III Resumen de la base legal.

Conceptos y cargos por cada uno de estos. Validez (periodo de emisión). Destinatarios. Datos de la imprenta.

Función de la Nota de Débito

Su función principal es notificar al cliente haber cargado o debitado en su cuenta una determinada suma o valor, por el concepto que la misma indica. Este documento incrementa la deuda, ya sea por un error en la facturación, interés por pago fuera de término, etc.

Cuál es la información básica que debe tener la Nota de Débito

Las notas de débito deben contener información del emisor, de los costos, gatos o intereses, del comprobante de venta al que hace referencia e identificación de quien la recibe; así como los datos de la autorización y de su caducidad.

La Nota de Remisión: es aquel documento que se utiliza casi excluyentemente a instancias de un contexto mercantil para acreditar o dejar constancia de la entrega de un pedido. El mismo para que tenga efecto y validez deberá ser sí o sí firmado por el receptor de la mercancía hecho que dará constancia que la mercadería ha sido recibida correctamente y de acuerdo a las condiciones convenidas.

PARTES DE LA NOTA DE REMISION:

Datos de la entidad comercial. Datos del cliente. Nº correlativo de comprobante emitido, serie y nit de la entidad. Datos relacionados con la fecha, giro, condición de pago de la operación emitida. Firma de los emisores y receptores. Datos de la imprenta.

FUNCION DE LA NOTA DE REMISON:

Al comprador le servirá para comparar con el pedido que haya realizado, a efectos de constatar si se trata de la mercadería solicitada y para controlar posteriormente si la misma corresponde a lo que se factura. Y para el vendedor, porque al recibir el duplicado de la nota de remisión, oportunamente firmada por el comprador, tendrá una constancia no solamente de haber entregado la mercadería y así poder facturarla, sino que además que la misma fue aceptada conforme. La nota de remisión deberá expedirse como mínimo por duplicado y deberá contener la lista de mercadería o de elementos suministrados. Lo más frecuente es que la misma se extienda por triplicado, el original para el comprador, la copia para el vendedor y la tercera para quien transporta la mercadería.