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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999 AÑO XVII - Nº 7044 Pág. 179079 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA" P C M Declaran en situación de urgencia la adquisición de vehículos, repuestos y equipamiento destinados a la Policía Nacional del Perú DECRETO SUPREMO Nº 035-99-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por encargo del Ministerio del Interior, el Ministe- rio de Economía y Finanzas realizó el proceso de Licitación Pública Nº 003-99-EF/43 destinado a la adquisición de vehí- culos, repuestos y equipamiento para la Policía Nacional del Perú; Que, debido a defectos formales presentados durante el proceso de Licitación Pública, no será posible concretar la adquisición de los bienes antes mencionados oportuna- mente; Que, resulta de urgente necesidad el dotar a la Policía Nacional de un equipamiento moderno y adecuado, que le permita cumplir su función de resguardar el orden interno y hacer frente al flagelo de la delincuencia común y el crimen organizado; Que, es indispensable incrementar y mejorar la continui- dad del servicio de seguridad ciudadana que brinda la Policía Nacional; Que, la adquisición de dichos bienes cuenta con los recursos financieros respectivos, correspondiente a la opera- ción de financiamiento otorgado por The Export-Import Bank of Japan - EXIMBANK y del Pliego Ministerio del Interior como contrapartida, de conformidad con lo estable- cido en el Decreto Supremo Nº 079-99-EF y en el Decreto de Urgencia Nº 036-99; Que, la ausencia de dichos bienes constituye una situa- ción de urgencia prevista en los Artículos 19º, literal c), y 21º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en consecuencia, la ausencia de dichos bienes, la necesidad de contar con ellos a efectos de garantizar la seguridad ciudadana y la disponibilidad de recursos finan- cieros comprometidos, hacen necesario exonerar al Ministe- rio del Interior del requisito de Licitación Pública para la adquisición de los bienes antes mencionados, y, a autorizarlo a efectuar dicha adquisición mediante la modalidad de adjudicación directa de menor cuantía; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27013, Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999, en los Artículos 19º, 20º y 21º de la Ley Nº 26850 y en el Artículo 44º, literal c) de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 039- 98-PCM; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Declárase en situación de urgencia la adquisición de vehículos, sus repuestos y su equipamiento destinados a la Policía Nacional del Perú y financiados con recursos del The Export-Import Bank of Japan - EXIM- BANK, a fin de incrementar y mejorar el servicio de seguri- dad ciudadana brindado por la Policía Nacional y, en conse- cuencia, exonérase al Ministerio del Interior del requisito de Licitación Pública para la adquisición de los referidos bienes. Artículo 2º.- Autorízase al Ministerio del Interior a efectuar la adquisición antes referida mediante la modalidad de adjudicación directa de menor cuantía, con sujeción a lo establecido en la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demás normas complementarias. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será puesto en conocimiento de la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, de la Contraloría General de la República y del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a su aprobación. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 12754 Modifican Reglamento del Registro Na- cional de Contratistas y del Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado RESOLUCION MINISTERIAL Nº 089-99-PCM Lima, 4 de octubre de 1999 Visto el Oficio Nº 686-99 (GAE) del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 043-99-PCM, se aprobó el Reglamento del Registro Nacional de Contratistas y del Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado, los cuales se encuentran a cargo del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; Que, el Artículo 7º del acotado Reglamento dispone que cuando dos o más contratistas tengan socios comunes, debe- rán presentar una declaración jurada con firma de sus representantes, precisando que cuando se presenten a un mismo proceso de selección, sólo lo harán en consorcio y no independientemente; agregando que dicha declaración de- berá ser presentada al momento de inscribirse, renovar, solicitar aumento de capacidad de contratación o solicitar ampliación de especialidad ante el Registro; Que, la exigencia de la presentación de la declaración jurada mencionada sólo tiene sentido cuando el socio común es propietario de un porcentaje significativo de las acciones y participaciones de las sociedades involucradas, de modo tal que pueda influenciar sobre la adopción de las decisiones empresariales, originando con ello prácticas restrictivas de la libre competencia que, por mandato del Artículo 10º de la Ley Nº 26850, se encuentran prohibidas; Que, en consecuencia, es necesario modificar la citada norma reglamentaria a fin de precisar las situaciones que ameritan la presentación de la declaración jurada de socios comunes; De conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposi- ción Final del Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM;

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Page 1: F L S B N ORMAS L EGALES - fonafe.gob.pe · Pág. 179080 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999 SE RESUELVE: Artículo Unico.-Sustituir el Artículo 7º del Regla-mento

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR

NORMAS LEGALESLima, miércoles 6 de octubre de 1999 AÑO XVII - Nº 7044 Pág. 179079

Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe

"AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

P C MDeclaran en situación de urgencia laadquisición de vehículos, repuestos yequipamiento destinados a la PolicíaNacional del Perú

DECRETO SUPREMONº 035-99-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que, por encargo del Ministerio del Interior, el Ministe-rio de Economía y Finanzas realizó el proceso de LicitaciónPública Nº 003-99-EF/43 destinado a la adquisición de vehí-culos, repuestos y equipamiento para la Policía Nacional delPerú;

Que, debido a defectos formales presentados durante elproceso de Licitación Pública, no será posible concretar laadquisición de los bienes antes mencionados oportuna-mente;

Que, resulta de urgente necesidad el dotar a la PolicíaNacional de un equipamiento moderno y adecuado, que lepermita cumplir su función de resguardar el orden interno yhacer frente al flagelo de la delincuencia común y el crimenorganizado;

Que, es indispensable incrementar y mejorar la continui-dad del servicio de seguridad ciudadana que brinda la PolicíaNacional;

Que, la adquisición de dichos bienes cuenta con losrecursos financieros respectivos, correspondiente a la opera-ción de financiamiento otorgado por The Export-ImportBank of Japan - EXIMBANK y del Pliego Ministerio delInterior como contrapartida, de conformidad con lo estable-cido en el Decreto Supremo Nº 079-99-EF y en el Decreto deUrgencia Nº 036-99;

Que, la ausencia de dichos bienes constituye una situa-ción de urgencia prevista en los Artículos 19º, literal c), y 21ºde la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado;

Que, en consecuencia, la ausencia de dichos bienes, lanecesidad de contar con ellos a efectos de garantizar laseguridad ciudadana y la disponibilidad de recursos finan-cieros comprometidos, hacen necesario exonerar al Ministe-rio del Interior del requisito de Licitación Pública para laadquisición de los bienes antes mencionados, y, a autorizarloa efectuar dicha adquisición mediante la modalidad deadjudicación directa de menor cuantía;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27013, Leyde Presupuesto del Sector Público para 1999, en los Artículos19º, 20º y 21º de la Ley Nº 26850 y en el Artículo 44º, literalc) de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

DECRETA:

Artículo 1º.- Declárase en situación de urgencia laadquisición de vehículos, sus repuestos y su equipamientodestinados a la Policía Nacional del Perú y financiados conrecursos del The Export-Import Bank of Japan - EXIM-BANK, a fin de incrementar y mejorar el servicio de seguri-dad ciudadana brindado por la Policía Nacional y, en conse-cuencia, exonérase al Ministerio del Interior del requisito deLicitación Pública para la adquisición de los referidos bienes.

Artículo 2º.- Autorízase al Ministerio del Interior aefectuar la adquisición antes referida mediante la modalidadde adjudicación directa de menor cuantía, con sujeción a lo

establecido en la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, su Reglamento y demás normascomplementarias.

Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será puestoen conocimiento de la Comisión de Presupuesto del Congresode la República, de la Contraloría General de la República ydel Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los diez(10) días calendario siguientes a su aprobación.

Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refren-dado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministrode Economía y Finanzas y el Ministro del Interior.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días delmes de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República

VICTOR JOY WAY ROJASPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Economía y Finanzas

CESAR SAUCEDO SANCHEZMinistro del Interior

12754

Modifican Reglamento del Registro Na-cional de Contratistas y del Registrode Inhabilitados para contratar con elEstado

RESOLUCION MINISTERIALNº 089-99-PCM

Lima, 4 de octubre de 1999

Visto el Oficio Nº 686-99 (GAE) del Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 043-99-PCM, seaprobó el Reglamento del Registro Nacional de Contratistasy del Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado,los cuales se encuentran a cargo del Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE;

Que, el Artículo 7º del acotado Reglamento dispone quecuando dos o más contratistas tengan socios comunes, debe-rán presentar una declaración jurada con firma de susrepresentantes, precisando que cuando se presenten a unmismo proceso de selección, sólo lo harán en consorcio y noindependientemente; agregando que dicha declaración de-berá ser presentada al momento de inscribirse, renovar,solicitar aumento de capacidad de contratación o solicitarampliación de especialidad ante el Registro;

Que, la exigencia de la presentación de la declaraciónjurada mencionada sólo tiene sentido cuando el socio comúnes propietario de un porcentaje significativo de las accionesy participaciones de las sociedades involucradas, de modo talque pueda influenciar sobre la adopción de las decisionesempresariales, originando con ello prácticas restrictivas dela libre competencia que, por mandato del Artículo 10º de laLey Nº 26850, se encuentran prohibidas;

Que, en consecuencia, es necesario modificar la citadanorma reglamentaria a fin de precisar las situaciones queameritan la presentación de la declaración jurada de socioscomunes;

De conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposi-ción Final del Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado porDecreto Supremo Nº 039-98-PCM;

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Pág. 179080 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999

SE RESUELVE:

Artículo Unico.- Sustituir el Artículo 7º del Regla-mento del Registro Nacional de Contratistas y del Regis-tro de Inhabilitados para contratar con el Estado, aproba-do por Resolución Ministerial Nº 043-99-PCM, por el textosiguiente:

"SOCIOS COMUNES

Artículo 7º.- Cuando dos o más contratistas tengan socioscomunes cuyas participaciones o acciones sean iguales osuperiores al cinco por ciento (5%) del capital social en cadauna de ellas, junto con la solicitud de inscripción, de renova-ción, de aumento de capacidad de contratación o de amplia-ción de especialidad que formulen ante el Registro, deberánpresentar una Declaración Jurada con firma de sus represen-tantes legales, en la que precisen que cuando participen enun mismo proceso de selección, sólo lo harán en consorcio yno independientemente".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICTOR JOY WAY ROJASPresidente del Consejo de Ministros

12720

AGRICULTURADesignan Director Regional deAgricultura de San Martín

RESOLUCION SUPREMANº 103-99-AG

Lima, 5 de octubre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Suprema Nº 070-99-AG de fecha 21de julio de 1999, se designó a la Ing. ROSARIO UTIAPINEDO, en el cargo de confianza de Director de ProgramaSectorial IV (Director Regional) de la Dirección Regional deAgricultura de San Martín;

Que la mencionada funcionaria ha formulado renuncia alcargo, por lo que es necesario designar a su reemplazante;

De conformidad con lo dispuesto por Decreto Legisla-tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y los Decretos LeyesNºs. 25515 y 25902;

SE RESUELVE:

Artículo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha, la renun-cia formulada por la Ing. ROSARIO UTIA PINEDO al cargode confianza de Director de Programa Sectorial IV (DirectorRegional) de la Dirección Regional de Agricultura de SanMartín, dándosele las gracias por los servicios prestados;designándose en su reemplazo al Ing. DARWIN DEL AGUI-LA SOLANO.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República

BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRAMinistro de Agricultura

12756

ECONOMIA YFINANZAS

Designan Directora Ejecutiva delFONAFE

RESOLUCION SUPREMANº 461-99-EF

Lima, 4 de octubre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el Artículo 2º de la Ley Nº 27170 elFondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresa-rial del Estado -FONAFE- cuenta con un Directorio y unaDirección Ejecutiva;

Que, el citado Directorio ha sido conformado por laResolución Suprema Nº 471-99-PCM;

Que, es necesario designar al funcionario que desem-peñará el cargo de Director Ejecutivo del FONAFE;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis-lativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo- y el Decreto LeyNº 25515; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, a la señoraeconomista Rosario Almenara Díaz de Pezo como DirectoraEjecutiva del Fondo Nacional de Financiamiento de la Acti-vidad Empresarial del Estado -FONAFE-.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re-frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y Minis-tro de Economía y Finanzas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República

VICTOR JOY WAY ROJASPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Economía y Finanzas

12757

Autorizan viaje del Superintendente deBanca y Seguros a los EE.UU., paraparticipar en reuniones anuales delBanco Mundial y el FMI

RESOLUCION SUPREMANº 462-99-EF

Lima, 4 de octubre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, con Oficio Nº 9207-99, la Superintendencia de Bancay Seguros solicita se autorice el viaje del Superintendente alas ciudades de Washington D.C. y New York, EstadosUnidos de América, del 23 de setiembre al 1 de octubre de1999, como integrante de la delegación peruana que acompa-ñará al señor Ministro de Economía y Finanzas, con el fin departicipar en las Reuniones Anuales del Banco Mundial y elFondo Monetario Internacional;

Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje,cuyos gastos serán cubiertos con recursos del Presupuesto dela Superintendencia de Banca y Seguros correspondiente alejercicio 1999;

De conformidad con la Ley Nº 27170 y lo establecido en elnumeral 2.5. de la Directiva de Gestión y Proceso Presupues-tario, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Martín NaranjoLanderer, Superintendente de Banca y Seguros, a las ciuda-des de Washington D.C. y New York, Estados Unidos deAmérica, del 23 de setiembre al 1 de octubre de 1999, para losfines expuestos en la parte considerativa de la presenteResolución.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento delpresente dispositivo, según se indica, serán cubiertos conrecursos del Presupuesto de la Superintendencia de Banca ySeguros:

- Pasajes US$ 766,10- Viáticos US$ 1 980,00- Tarifa de CORPAC US$ 25,00

Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorgaderecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana

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Pág. 179081NORMAS LEGALESLima, miércoles 6 de octubre de 1999

de cualquier clase o denominación a favor del funcionariocuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República

VICTOR JOY WAY ROJASPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Economía y Finanzas

12758

Autorizan viaje de funcionarios delMinisterio a los EE.UU., en comisión deservicios

RESOLUCION SUPREMANº 463-99-EF

Lima, 4 de octubre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, del 25 al 29 de setiembre de 1999 se celebrarán enWashington D.C., Estados Unidos de América, las ReunionesAnuales de Gobernadores del Banco Mundial y Fondo Mone-tario Internacional, asimismo previo a las citadas ReunionesAnuales se desarrollarán las Reuniones del Comité Provisio-nal y del Comité para el Desarrollo y otras reuniones co-nexas, a partir del 23 de setiembre de 1999;

Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de losseñores Carlos Eduardo Paredes Lanatta, Jefe del Gabinetede Asesores del Despacho Ministerial y Jefe de la Unidad deCoordinación de Préstamos Sectoriales, Luis Carranza Ugartey Juan Miguel Cayo Mata, Asesores del Despacho Ministe-rial del Ministerio de Economía y Finanzas, como integran-tes de la delegación que acompañará al Presidente delConsejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzaspara que participen en las reuniones con los organismosantes mencionados;

Que, los gastos por concepto de pasajes y viáticos queirrogue la presente Resolución serán con cargo al presupues-to del Ministerio de Economía y Finanzas;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto LegislativoNº 560, Ley del Poder Ejecutivo y los Decretos Supremos Nºs.053-84-PCM; 074-85-PCM; 031-89-EF; 135-90-PCM y 037-91-PCM; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores CarlosEduardo Paredes Lanatta, Jefe del Gabinete de Asesores delDespacho Ministerial y Jefe de la Unidad de Coordinación dePréstamos Sectoriales, Luis Carranza Ugarte y Juan MiguelCayo Mata, Asesores del Despacho Ministerial del Ministeriode Economía y Finanzas, a la ciudad de Washington D.C.,Estados Unidos de América, del 23 de setiembre al 1 de

octubre de 1999, para los fines expuestos en la parte conside-rativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento delpresente dispositivo legal, según se indica, serán con cargo alpresupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas:

- Señor Carlos Eduardo Paredes Lanatta, del 30-9-99 al1-10-99

- Viáticos US$ 440,00- Tarifa de Corpac US$ 25,00

- Señor Luis Carranza Ugarte, del 24 al 29-9-99

- Pasajes US$ 769,64- Viáticos US$ 1 320,00- Tarifa de Corpac US$ 25,00

- Señor Juan Miguel Cayo Mata, del 23-9-99 al 1-10-99

- Pasajes US$ 766,10- Viáticos US$ 1 980,00- Tarifa de Corpac US$ 25,00

Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho aexoneración o liberación de impuestos de Aduana de cual-quier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyoviaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República

VICTOR JOY WAY ROJASPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Economía y Finanzas

12759

Autorizan viaje de funcionario del Minis-terio a Alemania, para participar enreuniones sobre cooperación financie-ra y técnica

RESOLUCION SUPREMANº 464-99-EF

Lima, 4 de octubre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, del 5 al 6 de octubre de 1999 se llevarán a cabo enla ciudad de Bonn, Alemania, las reuniones de las negociacio-nes intergubernamentales sobre la cooperación financiera ytécnica entre la República del Perú y la República Federal deAlemania; asimismo el día 4 de octubre se realizará en dichaciudad una reunión preliminar;

Que, con el fin de participar en las citadas reuniones, esnecesario autorizar el viaje del señor Humberto Gobitz

COLOCAR

AVISO

Contaduria Publica de la Nación

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Pág. 179082 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999

Colchado, Asesor del Despacho Ministerial y Jefe de laOficina de Inversiones del Ministerio de Economía y Finan-zas a la mencionada ciudad;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto LegislativoNº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en los Decretos SupremosNºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM y037-91-PCM; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor HumbertoGobitz Colchado, Asesor del Despacho Ministerial y Jefe dela Oficina de Inversiones del Ministerio de Economía yFinanzas a la ciudad de Bonn, Alemania, del 3 al 7 de octubrede 1999, para los fines a que se refiere la parte considerativade la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento delpresente dispositivo legal, según se indica, serán con cargo alpresupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, deacuerdo al siguiente detalle:

- Pasajes US$ 1 110,42- Viáticos US$ 1 300,00- Tarifa de CORPAC US$ 25,00

Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derechoa exoneración o liberación de impuestos de Aduana decualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyoviaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República

VICTOR JOY WAY ROJASPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Economía y Finanzas

12760

Designan representantes de acreedo-res de créditos, originados en la faltade pago de tributos ante las juntas quese convoquen en aplicación del D. LeyNº 26116 y el D. Leg. Nº 845

RESOLUCION MINISTERIALNº 210-99-EF/10

Lima, 4 de octubre de 1999

Visto el Oficio Nº 285-99-A00000 de la SuperintendenciaNacional de Administración Tributaria.

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 171-94-EF/10 se designaron como representantes de los acreedoresque tengan créditos que se originen en la falta de pago detributos ante las Juntas de Acreedores que se convoquenen aplicación del Decreto Ley Nº 26116, a la señoritaPatricia Díaz Núñez, Titular y al señor José Suárez Za-nabria, Suplente;

Que, dichos representantes han formulado renuncia alos cargos que venían desempeñando, por lo que esnecesario designar a sus reemplazantes, a efecto departicipar en las Juntas de Acreedores que se convoquenen el marco del Decreto Ley Nº 26116 y el DecretoLegislativo Nº 845;

De conformidad con el Artículo 37º del Decreto Legislati-vo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Artículo 29º delDecreto Legislativo Nº 845;

SE RESUELVE:

Artículo Unico.- Designar como representantes de loscréditos tributarios a que se refiere el Artículo 6º del DecretoLey Nº 26116 y el Artículo 29º del Decreto Legislativo Nº 845,a los señores Wilfredo Albarracín Montenegro y Luis MartínDelgado Ordóñez, en reemplazo de la señorita Patricia DíazNúñez y el señor José Suárez Zanabria, respectivamente, aquienes se les da las gracias por los servicios prestados alEstado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICTOR JOY WAY ROJASMinistro de Economía y Finanzas

12718

Designan representantes de crédi-tos de origen tributario ante Juntasde Acreedores que se convoquenen aplicación del D. Ley Nº 26116,D. Leg. Nº 845 y normas modifica-torias

RESOLUCION MINISTERIALNº 211-99-EF/10

Lima, 4 de octubre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 119-99-EF/10de 2 de junio de 1999, se designaron como representantes delos créditos de origen tributario y financiero ante las Juntasde Acreedores que se convoquen en aplicación del DecretoLey Nº 26116 y el Decreto Legislativo Nº 845, a los señoresEdmundo Pérez Buenaño, José Guerra Jurado, Luis FranciaFrancia y María Matsuo Iwashita;

Que, por razones de especialidad y con el objeto defacilitar el desenvolvimiento de los representantes de loscréditos del Estado, es conveniente que las personas a que serefiere el considerando anterior, se dediquen exclusivamen-te a representar a los créditos tributarios, en aplicación delArtículo 29º del Decreto Legislativo Nº 845;

Que, en virtud de lo manifestado es necesario dejar sinefecto el Artículo 5º de la Resolución Ministerial Nº 142-95-EF/10, sustituido por la Disposición Final del Reglamento dela Comisión Supervisora de los Créditos Tributarios y Finan-cieros del Estado, aprobado por la Resolución Ministerial Nº035-99-EF/10, referido a la Comisión Administradora deCarteras y su relación con la citada Comisión Supervisora;

De conformidad con el Artículo 37º del Decreto Legislati-vo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Artículo 29º delDecreto Legislativo Nº 845 y el Artículo 2º del DecretoSupremo Nº 176-97-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Designar como representantes de los crédi-tos de origen tributario ante las Juntas de Acreedores que seconvoquen en aplicación del Decreto Ley Nº 26116 y elDecreto Legislativo Nº 845 y normas modificatorias, a lassiguientes personas:

Sr. Edmundo Pérez BuenañoSr. Luis Francia FranciaSr. José Guerra JuradoSra. María Matsuo Iwashita

Dichos representantes actuarán en coordinación y bajo lasupervisión de la Comisión Supervisora de los CréditosTributarios y Financieros del Estado y están autorizados asuscribir los acuerdos y convenios que se adopten en lasjuntas de acreedores.

Artículo 2º.- Dejar sin efecto el Artículo 5º de la Resolu-ción Ministerial Nº 142-95-EF/10, sustituido por la Disposi-ción Final del Reglamento de la Comisión Supervisora de losCréditos Tributarios y Financieros del Estado y la Resolu-ción Ministerial Nº 119-99-EF/10.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICTOR JOY WAY ROJASMinistro de Economía y Finanzas

12719

Amplían Calendario de Compromisoscorrespondiente al mes de setiembredel Ejercicio Fiscal 1999

RESOLUCION DIRECTORALNº 038-99-EF/76.01

Lima, 4 de octubre de 1999

Page 5: F L S B N ORMAS L EGALES - fonafe.gob.pe · Pág. 179080 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999 SE RESUELVE: Artículo Unico.-Sustituir el Artículo 7º del Regla-mento

Pág. 179083NORMAS LEGALESLima, miércoles 6 de octubre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Directoral Nº 033-99-EF/76.01se aprobó el Calendario de Compromisos del mes de setiem-bre del presente Ejercicio Fiscal;

Que, es necesario modificar, por ampliación, el Calen-dario de Compromisos del mes de setiembre de los Organis-mos comprometidos en las Secciones Primera: GobiernoCentral y Segunda: Instancias Descentralizadas;

Estando a lo informado por la Dirección de Progra-mación, Evaluación Presupuestal y Procesamiento de laDirección Nacional del Presupuesto Público;

De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 34º de laLey Nº 26703 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado yel Artículo 22º de la Directiva Nº 001-99-EF/76.01 aprobadapor Resolución Directoral Nº 044-98-EF/76.01;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Ampliar el Calendario de Compromisos delmes de setiembre del Ejercicio Fiscal 1999, en los montos quese detallan en el Anexo de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los montos aprobados en el Anexo que seseñala en el artículo precedente, se desagregan a nivel dePliego, Unidad Ejecutora, Función, Programa, Grupo Gené-rico de Gastos y Fuentes de Financiamiento de acuerdo a losreportes que forman parte de la ampliación de Calendario deCompromisos del mes de setiembre de 1999.

Artículo 3º.- Las modificaciones a los calendarios decompromisos autorizados por la Dirección Nacional del Pre-supuesto Público durante el Tercer Trimestre de 1999,reajustan el valor de la Asignación Trimestral aprobada porResolución Directoral Nº 024-99-EF/76.01.

Regístrese y comuníquese.

REYNALDO BRINGAS DELGADODirector GeneralDirección Nacional del Presupuesto Público

ANEXO DE LA RESOLUCION DIRECTORALNº 038-99-EF/76.01

AMPLIACION DE CALENDARIO DECOMPROMISOS

SETIEMBRE DE 1999

SECCIONES EN NUEVOS SOLES

PRIMERA: GOBIERNO CENTRAL 211 994 468

RECURSOS ORDINARIOS 180 003 764RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 10 610 742RECURSOS POR OPERAC. OFICIALES DECREDITO EXTERNO 16 543 825DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 4 836 137

SEGUNDA: INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 162 670 447

RECURSOS ORDINARIOS 64 833 238CANON Y SOBRECANON 5 567 646PARTICIPACION EN RENTAS DE ADUANAS 3 485 616CONTRIBUCIONES A FONDOS 25 578 073RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 26 672 728RECURSOS POR OPERAC. OFICIALES DECREDITO INTERNO 6 133 318RECURSOS POR OPERAC. OFICIALES DECREDITO EXTERNO 19 065 096DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 11 334 732

TOTAL GENERAL: 374 664 915

12737

ENERGIA Y MINASDesignan Presidente del Directorio deELECTROPUNO S.A.A.

RESOLUCION SUPREMANº 131-99-EM

Lima, 26 de setiembre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo de Presidente delDirectorio de la Empresa ELECTROPUNO S.A.A.;

Que, en consecuencia, es necesario designar al funciona-rio que desempeñará dicho cargo;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Leydel Poder Ejecutivo; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al Ing.RODOLFO REVEGGINO BARRIENTOS como Presidentedel Directorio de la Empresa ELECTROPUNO S.A.A.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República

DANIEL HOKAMA TOKASHIKIMinistro de Energía y Minas

12761

Imponen servidumbres de sistemas detelecomunicaciones y tránsito, paracustodia, conservación y reparaciónde estaciones repetidoras, a favor deETECEN

RESOLUCION MINISTERIALNº 529-99-EM/VME

Lima, 20 de setiembre de 1999

Visto, el Expediente Nº 41099899, que incluye los docu-mentos con Registros Nº 1240144, presentado por la Empre-sa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. - ETECEN,solicitando la imposición de las servidumbres de sistema detelecomunicaciones y de tránsito para custodia, conserva-ción y reparación de las obras e instalaciones de la EstaciónRepetidora Nueva Quilmaná, ubicada en el distrito de Quil-maná, provincia de Cañete y departamento de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, Empresa de Transmisión Eléctrica Centro NorteS.A. - ETECEN, empresa concesionaria de transmisión deenergía eléctrica, en mérito de las Resoluciones Supremas Nº081-94-EM de fecha 17 de noviembre de 1994 y Nº 071-96-EM

COLOCAR

AVISO

V CONVENCION NACIONAL DE TRIBUTACION

Page 6: F L S B N ORMAS L EGALES - fonafe.gob.pe · Pág. 179080 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999 SE RESUELVE: Artículo Unico.-Sustituir el Artículo 7º del Regla-mento

Pág. 179084 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999

de fecha 23 de agosto de 1996, ha solicitado la imposición delas servidumbres de sistema de telecomunicaciones y detránsito para la custodia, conservación y reparación de obrase instalaciones de la Estación Repetidora Nueva Quilmaná;

Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuestopor los incisos d) y f) del Artículo 110º y siguientes de la Leyde Concesiones Eléctricas - Decreto Ley Nº 25844 y elArtículo 220º y siguientes de su Reglamento, aprobado por elDecreto Supremo Nº 009-93-EM;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haberverificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitoslegales y procedimientos correspondientes, ha emitido elInforme favorable Nº 251-99-EM/DGE;

Con la opinión favorable del Director General de Electri-cidad y del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Imponer las servidumbres de sistema de teleco-municaciones y de tránsito para custodia, conservación y repara-ción de las obras e instalaciones de la Estación Repetidora NuevaQuilmaná ubicada en el distrito de Quilmaná, provincia deCañete y departamento de Lima, a favor de Empresa de Trans-misión Eléctrica Centro Norte S.A. - ETECEN con carácterpermanente de acuerdo a la documentación técnica y los planosproporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

Exp./Código NOMBRE Y UBICACION DE LA PROPIETARIO DATOS DE LAESTACION SERVIDUMBRE

41099899 Estación de Telecomunicaciones ESTADO SERVIDUMBRE DE TRANSITO: implicaNueva Quilmaná. el derecho de transitar por las rutasUbicación: necesarias aledañas a la Estación,Cota: 1188 m.s.n.m. con el fin de custodiar, mantener yDistrito: Quilmaná, reparar las instalaciones.provincia de Cañete y departamento de Lima.

Area de Servidumbre del Sistema: 130,00 m2(incluye la torre metálica y área adyacente).

Coordenadas UTM ESTE NORTE- Centro de Torre: 18L 0345976 8581712- Vértice A: 18L 0345970 8581712- Vértice B: 18L 0345970 8581703- Vértice C: 18L 0345979 8581700- Vértice D: 18L 0345973 8581700- Vértice E: 18L 0345970 8581706- Vértice F: 18L 0345970 8581712

Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes nopodrán construir obras de cualquier naturaleza ni podránrealizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio delas servidumbres constituidas.

Artículo 3º.- ETECEN, deberá adoptar las medidasnecesarias a fin de que los predios sirvientes no sufrandaño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedandosujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso deincumplimiento.

Artículo 4º.- ETECEN, deberá velar permanentementepara evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquiertipo de construcción.

Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigenciael día de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL HOKAMAMinistro de Energía y Minas

12405

RESOLUCION MINISTERIALNº 530-99-EM/VME

Lima, 20 de setiembre de 1999

Visto, el Expediente Nº 41099999, que incluye los docu-mentos con Registros Nº 1240199, presentado por la Empre-sa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. - ETECEN,solicitando la imposición de las servidumbres de sistema detelecomunicaciones y de tránsito para custodia, conserva-ción y reparación de las obras e instalaciones de la Estación

Repetidora Nueva Huaricangana, ubicada en el distrito deMarcona, provincia de Nasca, departamento de Ica;

CONSIDERANDO:

Que, Empresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. -ETECEN, empresa concesionaria de transmisión de energíaeléctrica, en mérito de las Resoluciones Supremas Nº 081-94-EMde fecha 17 de noviembre de 1994 y Nº 071-96-EM de fecha 23 deagosto de 1996, ha solicitado la imposición de las servidumbres desistema de telecomunicaciones y de tránsito para la custodia,conservación y reparación de obras e instalaciones de la EstaciónRepetidora Nueva Huaricangana;

Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuestopor los incisos d) y f) del Artículo 110º y siguientes de la Leyde Concesiones Eléctricas - Decreto Ley Nº 25844 y elArtículo 220º y siguientes de su Reglamento, aprobado por elDecreto Supremo Nº 009-93-EM;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haberverificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitoslegales y procedimientos correspondientes, ha emitido elInforme favorable Nº 254-99-EM/DGE;

Con la opinión favorable del Director General de Electri-cidad y del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Imponer las servidumbres de sistema de teleco-municaciones y de tránsito para custodia, conservación y repara-ción de las obras e instalaciones de la Estación Repetidora NuevaHuaricangana ubicada en el distrito de Marcona, provincia deNasca, departamento de Ica, a favor de Empresa de TransmisiónEléctrica Centro Norte S.A. - ETECEN con carácter permanentede acuerdo a la documentación técnica y los planos propor-cionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

Exp./Código NOMBRE Y UBICACION DE LA PROPIETARIO DATOS DE LAESTACION SERVIDUMBRE

41099999 Estación de Telecomunicaciones ESTADO SERVIDUMBRE DE TRANSITO: implicaNueva Huaricangana. el derecho de transitar por las rutasUbicación: necesarias aledañas a la Estación,Cota: 1791 m.s.n.m. con el fin de custodiar, mantener yDistrito: Marcona, provincia de reparar las instalaciones.Nasca, departamento de Ica.

Area de Servidumbre del Sistema: 128,04 m2(incluye la torre metálica y área adyacente).

Coordenadas UTM ESTE NORTE- Centro de Torre: 18L 0473392 8343222- Vértice A: 18L 0473398 8343231- Vértice B: 18L 0473398 8343219- Vértice C: 18L 0473389 8343219- Vértice D: 18L 0473389 8343231

Page 7: F L S B N ORMAS L EGALES - fonafe.gob.pe · Pág. 179080 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999 SE RESUELVE: Artículo Unico.-Sustituir el Artículo 7º del Regla-mento

Pág. 179085NORMAS LEGALESLima, miércoles 6 de octubre de 1999

Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes nopodrán construir obras de cualquier naturaleza ni podránrealizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio delas servidumbres constituidas.

Artículo 3º.- ETECEN, deberá adoptar las medidas nece-sarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño niperjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a laresponsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento.

Artículo 4º.- ETECEN, deberá velar permanentementepara evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquiertipo de construcción.

Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigenciael día de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL HOKAMAMinistro de Energía y Minas

12406

RESOLUCION MINISTERIALNº 531-99-EM/VME

Lima, 20 de setiembre de 1999

Visto, el Expediente Nº 41100199, que incluye los docu-mentos con Registros Nº 1240202, presentado por la Empre-sa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. - ETECEN,solicitando la imposición de las servidumbres de sistema detelecomunicaciones y de tránsito para custodia, conserva-ción y reparación de las obras e instalaciones de la EstaciónRepetidora Nueva Chipa, ubicada en el distrito de Pucusa-na, provincia y departamento de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, Empresa de Transmisión Eléctrica Centro NorteS.A. - ETECEN, empresa concesionaria de transmisión deenergía eléctrica, en mérito de las Resoluciones Supremas Nº081-94-EM de fecha 17 de noviembre de 1994 y Nº 071-96-EMde fecha 23 de agosto de 1996, ha solicitado la imposición delas servidumbres de sistema de telecomunicaciones y detránsito para la custodia, conservación y reparación de obrase instalaciones de la Estación Repetidora Nueva Chipa;

Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuestopor los incisos d) y f) del Artículo 110º y siguientes de la Leyde Concesiones Eléctricas - Decreto Ley Nº 25844 y elArtículo 220º y siguientes de su Reglamento, aprobado por elDecreto Supremo Nº 009-93-EM;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haberverificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitoslegales y procedimientos correspondientes, ha emitido elInforme favorable Nº 249-99-EM/DGE;

Con la opinión favorable del Director General de Electri-cidad y del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Imponer las servidumbres de sistema detelecomunicaciones y de tránsito para custodia, conservación yreparación de las obras e instalaciones de la Estación RepetidoraNueva Chipa, ubicada en el distrito de Pucusana, provincia ydepartamento de Lima, a favor de Empresa de TransmisiónEléctrica Centro Norte S.A. - ETECEN con carácter permanentede acuerdo a la documentación técnica y los planos proporciona-dos por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

Exp./Código NOMBRE Y UBICACION DE LA PROPIETARIO DATOS DE LAESTACION SERVIDUMBRE

41100199 Estación de Telecomunicaciones ESTADO SERVIDUMBRE DE TRANSITO: implica elNueva Chipa. derecho de transitar por las rutasUbicación: necesarias aledañas a la Estación,Cota: 380 m.s.n.m. con el fin de custodiar, mantener yDistrito: Pucusana, reparar las instalaciones.provincia y departamento de Lima

Area de Servidumbre del Sistema: 28,00 m2(incluye la torre metálica y área adyacente).

Coordenadas UTM ESTE NORTE- Centro de Torre: 18L 0307735 8622261- Vértice A: 18L 0307738 8622264- Vértice B: 18L 0307738 8622255- Vértice C: 18L 0307732 8622255- Vértice D: 18L 0307732 8622264

Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes nopodrán construir obras de cualquier naturaleza ni podránrealizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio delas servidumbres constituidas.

Artículo 3º.- ETECEN, deberá adoptar las medidas nece-sarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño niperjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a laresponsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento.

Artículo 4º.- ETECEN, deberá velar permanentementepara evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquiertipo de construcción.

Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigenciael día de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL HOKAMAMinistro de Energía y Minas

12407

MITINCIAutorizan viaje de representantes delMinisterio a los EE.UU. para participaren reuniones sobre pequeñas econo-mías, política de competencia y servi-cios en el marco del ALCA

RESOLUCION SUPREMANº 166-99-ITINCI

Lima, 2 de octubre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, el 3 de octubre de 1999, se realizará la reunión deCoordinación Andina y del 4 al 5 de octubre la Reunión deNegociación de Pequeñas Economías, asimismo, del 6 al 7 deoctubre, se llevará a cabo la Quinta Reunión del Grupo deNegociación de Política de Competencia, las mismas que sedesarrollarán en el marco del Area de Libre Comercio de lasAméricas, en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América;

Que, conforme al Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25831, esfunción del Ministerio de Industria, Turismo, Integración yNegociaciones Comerciales Internacionales, formular, diri-gir, supervisar y evaluar la política de integración y negocia-ciones comerciales internacionales;

Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la parti-cipación de una representante del Ministerio de Industria,Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Interna-cionales;

De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supre-mos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF, Nº 135-90-PCM y Resolución Ministerial Nº 009-96-ITINCI/DM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del 3 al 8 de octubre de1999, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, dela señorita Marcela Zea Barreto, para que en representacióndel Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia-ciones Comerciales Internacionales, asista y participe en lasreuniones señaladas en la parte considerativa de la presenteResolución Suprema.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimientode la presente Resolución Suprema, serán de cargo delMinisterio de Industria, Turismo, Integración y Negocia-ciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguientedetalle:

Page 8: F L S B N ORMAS L EGALES - fonafe.gob.pe · Pág. 179080 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999 SE RESUELVE: Artículo Unico.-Sustituir el Artículo 7º del Regla-mento

Pág. 179086 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999

Srta. MARCELA ZEA BARRETO

Pasajes US$ 755.48Viáticos US$ 1,320.00Tarifa CORPAC US$ 25.00

Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no liberani exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros,cualquiera fuera su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República

CESAR LUNA-VICTORIA LEONMinistro de Industria, Turismo, Integracióny Negociaciones Comerciales Internacionales

12762

RESOLUCION SUPREMANº 167-99-ITINCI

Lima, 4 de octubre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 159-99-ITINCI,de fecha 21 de setiembre de 1999, se autorizó el viaje delseñor Javier Illescas Mucha, para que asista y participe en laQuinta Reunión del Grupo de Negociación sobre Serviciosdel Area de Libre Comercio de las Américas, a realizarse enla ciudad de Miami, Estados Unidos de América, sin embargodicha reunión fue postergada por la Secretaría Administra-tiva del ALCA por razones de fuerza mayor, hasta los días 6y 7 de octubre del presente año;

Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la parti-cipación de un representante del Ministerio de Industria,Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Interna-cionales;

De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supre-mos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF, Nº 135-90-PCM y Resolución Ministerial Nº 009-96-ITINCI/DM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del 5 al 8 de octubre de 1999,a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del señorJavier Illescas Mucha, para que en representación del Ministe-rio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comercia-les Internacionales, asista y participe a la Quinta Reunión delGrupo de Negociación sobre Servicios del ALCA.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento dela presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministe-rio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Co-merciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle:

Sr. JAVIER ILLESCAS MUCHA

Pasajes US$ 720.08Viáticos US$ 660.00Tarifa CORPAC US$ 25.00

Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no liberani exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros,cualquiera fuera su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República

CESAR LUNA-VICTORIA LEONMinistro de Industria, Turismo, Integracióny Negociaciones Comerciales Internacionales

12763

INTERIORAutorizan transferencia de insumosquímicos incautados por TID a la Direc-ción de Salud Huánuco

RESOLUCION MINISTERIALNº 0988-99-IN/1101

Lima, 1 de octubre de 1999

Visto, los Oficios Nºs. 379-99-DE-UTES-TM del 24.MAR.99y Oficio Nº 721-99-DE-UTES-TM del 8.JUN.99 de la Direc-ción de Salud Huánuco - Cabecera Red de Salud Tingo María- Ministerio de Salud, que solicita a la Oficina Ejecutiva deControl de Drogas (OFECOD) del Ministerio del Interior laTransferencia de Insumos Químicos diversos.

CONSIDERANDO:

Que, la Dirección de Salud Huánuco - Cabecera Red deSalud Tingo María - Ministerio de Salud, solicita a la OFE-COD le transfiera Insumos Químicos diversos, para serutilizados en limpieza y desinfección de sus instalaciones, asícomo en el lavado de ropa contaminada y ser distribuidos enlos Sesenta y dos (62) Puestos de Salud, Tres (3) Centros deSalud y Un (1) Hospital de Ciento Treinta (130) camas queabarca su jurisdicción;

Que, en el Almacén de la Unidad de Operaciones TácticasAntidrogas - DINANDRO PNP, se encuentran inmovilizadosy bajo custodia cuatro mil trescientos ocho kilogramos conquinientos gramos (4 308,500 kg.) de HIPOCLORITO DESODIO (Lejía), que puede ser utilizado para los fines solici-tados;

Que, es necesario adoptar las medidas de seguridad ycontrol adecuados para garantizar la presente transferenciacon la intervención de las autoridades competentes, señala-das en la legislación pertinente para tal fin;

Que, la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFE-COD es la única entidad encargada de la administración deBienes Incautados por Tráfico Ilícito de Drogas;

De conformidad a lo establecido en el Artículo 79º incisod) del Decreto Ley Nº 22095; y,

Estando a lo informado por la Oficina Ejecutiva deControl de Drogas y con opinión favorable de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Transfiérase a la Dirección de Salud Huá-nuco - Cabecera Red de Salud Tingo María - Ministerio deSalud, cuatro mil trescientos ocho kilogramos con quinientosgramos (4 308,500 kg.) de HIPOCLORITO DE SODIO (Le-jía), que puede ser utilizado para los fines solicitados.

Artículo 2º.- La OFECOD procederá a la entrega delInsumo Químico, al representante acreditado de la Direcciónde Salud Huánuco - Cabecera Red de Salud Tingo María -Ministerio de Salud, en presencia del representante delMinisterio Público, previo pesaje y análisis certificado por unProfesional Químico levantándose el Acta de Transferencia.

Artículo 3º.- La Dirección de Salud Huánuco - CabeceraRed de Salud Tingo María - Ministerio de Salud, informaráa la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas, la distribucióny utilización del Insumo Químico transferido.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CESAR SAUCEDO SANCHEZMinistro del Interior

12691

P R E SRatifican afectación en uso de inmue-ble a favor del Colegio QuímicoFarmacéutico

RESOLUCION SUPREMANº 168-99-PRES

Lima, 5 de octubre de 1999

Visto, el Oficio Nº 4069-99/SBN-OAJ del 3 de agosto de1999 remitido por la Superintendencia de Bienes Nacionalesen relación al pedido de reversión parcial formulado por laMunicipalidad de Santiago de Surco del predio materia deafectación en uso a favor del Colegio Químico Farmacéuticodel Perú en virtud de la Resolución Suprema Nº 108-83-VI-5600 del 13 de mayo de 1983;

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de la Escritura Pública de Cesión a favordel Estado, suscrita entre la Asociación Pro-Vivienda de laGuardia Civil (ASVIGC) y la entonces Dirección General deBienes del Estado, se inscribió a favor del Estado, en elAsiento Nº 1-C de la Ficha Nº 1130364 del Registro de la

Page 9: F L S B N ORMAS L EGALES - fonafe.gob.pe · Pág. 179080 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999 SE RESUELVE: Artículo Unico.-Sustituir el Artículo 7º del Regla-mento

Pág. 179087NORMAS LEGALESLima, miércoles 6 de octubre de 1999

Propiedad Inmueble de Lima, la propiedad del predio ubica-do en la esquina de la avenida "A" y la calle "8" de la manzana"A-3" de la urbanización "Prolongación Benavides" del distri-to de Santiago de Surco, de la provincia de Lima;

Que, con informe técnico favorable de la entonces Direc-ción de Bienes Nacionales y del Viceministerio de Vivienday Construcción, mediante Resolución Suprema Nº 108-83-VI-5600 del 13 de mayo de 1983 se afectó en uso el predio descritoen el considerando precedente a favor del Colegio QuímicoFarmacéutico del Perú para la construcción de una sedeinstitucional en donde se realicen actividades académicas yde investigación, así como se instale laboratorios de análisisclínicos y un botiquín de medicamentos para la distribuciónde medicinas entre las poblaciones menos favorecidas;

Que, el Colegio Químico Farmacéutico del Perú ha cumpli-do con el mantenimiento y cercado del total del área del terrenocon el fin de destinarlo a su sede institucional y ha cumplidoasimismo, con edificar los ambientes físicos para los Laborato-rios de Análisis Clínicos y el botiquín de medicamentos;

Que, a través de las instalaciones descritas se ha prestadopor años un importante servicio a la comunidad constituyendouna colaboración con la función social del Estado, de acuerdocon lo dispuesto en el Artículo 67º del Reglamento de Propie-dad Fiscal, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-78-VC;

Que, por Resolución Nº 253-92, el Comité Nacional deMedicamentos, Alimentos y Drogas (CONAMAD), autorizóla transformación del botiquín de medicamentos esencialesa farmacia por estar permanentemente supervisada porprofesionales químicos farmacéuticos;

Que, la calidad de los servicios prestados a través de losLaboratorios de Análisis Clínicos, se encuentra garantizadaen virtud al Convenio suscrito con la Facultad de Farmaciay Bioquímica de la Universidad Mayor de San Marcos, enmarzo de 1993;

Que, lo expuesto muestra que el Colegio Químico Farma-céutico del Perú ha cumplido con dar al inmueble el fin parael cual fue otorgado mediante la Resolución Suprema Nº 108-83-VI-5600;

Que, en consecuencia, no se ha producido ninguno de lossupuestos del Artículo 72º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC, Reglamento de Propiedad Fiscal, dado que el inmueble,habiendo transcurrido más de 2 años desde la afectación enuso, ha sido y sigue siendo destinado al fin previsto en lamencionada Resolución;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25556y el Decreto Supremo Nº 025-78-VC;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Declárese infundada la solicitud de rever-sión parcial presentada por la Municipalidad de Santiago deSurco.

Artículo 2º.- Ratifícase la afectación en uso otorgada porla Resolución Suprema Nº 108-83-VC-5600 a favor del Cole-gio Químico Farmacéutico, para los fines previstos en dichaResolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República

EDGARDO MOSQUEIRA MEDINAMinistro de la Presidencia

12764

Designan Presidente del CTAR JunínRESOLUCION SUPREMA

Nº 169-99-PRES

Lima, 5 de octubre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo de Presidente delConsejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Junín;

Que, en consecuencia, es necesario designar al funciona-rio que ocupará el cargo mencionado en el considerandoprecedente;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto LegislativoNº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 26922 - Ley Marcode Descentralización, Ley Nº 26923 y Decreto Ley Nº 25515;

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha, al Ing.PEDRO HUMBERTO JINES ARROYO como Presidente del

Consejo Transitorio de Administración Regional - CTARJunín.

Artículo 2º.- La presente Resolución será refrendada porel Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de laPresidencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República

VICTOR JOY WAY ROJASPresidente del Consejo de Ministros

EDGARDO MOSQUEIRA MEDINAMinistro de la Presidencia

12765

Declaran improcedente solicitud detransferencia de terreno ubicado en eldistrito de La Molina, provincia de Lima

RESOLUCION MINISTERIALNº 241-99-PRES

Lima, 27 de setiembre de 1999

Visto el expediente Nº 00530-98, a través del cual laMunicipalidad Metropolitana de Lima solicita la transfe-rencia de un terreno de 6 950,51 m2, ubicado en la ladera delcerro con parte a la calle La Herradura y adyacente al lote 49de la Mz. E de la urbanización La Planicie, distrito de LaMolina, provincia y departamento de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº 219-98-MML-DMDU, de fecha27 de enero de 1998, la Municipalidad Metropolitana deLima, solicitó la transferencia del terreno de 6 950,51 m2,ubicado en la ladera del cerro con frente a la calle LaHerradura y adyacente al lote 49 de la Mz. E de la urbaniza-ción La Planicie, distrito de La Molina, provincia y departa-mento de Lima;

Que, mediante Certificado Registral expedido por laOficina Registral de Lima y Callao, de fecha 8 de febrero de1999, se sostiene que el terreno de 6 950,51 m2, descrito enel considerando precedente se encuentra comprendido den-tro de la zona denominada como Cerro del Medio, según ladivisión y partición del ex Fundo Rinconada de Ate, el cualcorre inscrito en mayor extensión a fojas 47 del tomo 1076 yasientos siguientes cuyo dominio pertenece a Germán, Feli-pe Napoleón, Feliciano, Rosa Mercedes, Carmen, Alfredo yLuis Ernesto Aparicio Valdez, Carmen Rosa Valdez viuda deAparicio y otros, en copropiedad con la Arenera La MolinaS.A.;

Que, mediante Informe Nº 042-98/SBN-DMAR, ampliadopor el Informe Nº 216-99/SBN-DMAR, la Dirección de Mar-gesí y Acciones Registrales de la Superintendencia de BienesNacionales establece que el terreno submateria no se en-cuentra registrado en el Margesí de Bienes Nacionales,correspondiente al departamento de Lima;

Que, el Decreto Supremo Nº 004-85-VC, que aprueba elReglamento de Adjudicación de Terrenos Fiscales para FinesUrbanos en aplicación de la Ley Orgánica de Municipalida-des, sus modificatorias y conexas, regula la normatividad dela adjudicación de terrenos de propiedad fiscal, ubicados enzonas urbanas o de expansión urbana que realice el Estadoa favor de las Municipalidades Provinciales y éstas a favor deterceros, razón por la cual el caso submateria no se ajusta adichos presupuestos legales en atención a que el terrenosolicitado es uno de propiedad privada;

Que, en consecuencia el Estado resulta incompetente depleno derecho para transferir terrenos de propiedad privadaa favor de las Municipalidades Provinciales mediante proce-dimiento administrativo;

Que, las acciones referidas a adjudicación de terrenosserán aprobadas mediante Resolución Suprema, corres-pondiendo declarar las improcedencias a través de la Reso-lución Ministerial correspondiente;

Estando a lo informado por la Superintendencia deBienes Nacionales;

Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídi-ca; y,

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº25554, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto LeyNº 25738 y Decreto Supremo Nº 005-93-PRES; y,

Page 10: F L S B N ORMAS L EGALES - fonafe.gob.pe · Pág. 179080 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999 SE RESUELVE: Artículo Unico.-Sustituir el Artículo 7º del Regla-mento

Pág. 179088 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999

SE RESUELVE:

Artículo Unico.- Declarar improcedente la solicitudde transferencia formulada por la Municipalidad Metro-politana de Lima respecto del terreno de 6 950,51 m2,ubicado en la ladera del cerro con frente a la calle LaHerradura y adyacente al lote 49 de la Mz. E de laurbanización La Planicie, distrito de La Molina, provinciay departamento de Lima, por formar parte del terreno demayor extensión de propiedad de Germán, Felipe Napo-león, Feliciano, Rosa Mercedes, Carmen, Alfredo y LuisErnesto Aparicio Valdez, Carmen Rosa Valdez viuda deAparicio y otros, en copropiedad con la Arenera La MolinaS.A., inscrito en mayor extensión a fojas 47 del tomo 1076y asientos siguientes del Registro de la Propiedad Inmue-ble de Lima.

Regístrese, publíquese y comuníquese.

EDGARDO MOSQUEIRA MEDINAMinistro de la Presidencia

12684

Acreditan a Director General de la Ofici-na de Administración como res-ponsable titular de diversas cuentascorrientes, de ahorros y centralizado-ra del Ministerio

RESOLUCION MINISTERIALNº 244-99-PRES

Lima, 28 de setiembre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Suprema Nº 162-99-PRES defecha 23 de setiembre de 1999, se aceptó la renunciaformulada por la Srta. Esther Gladys Revilla Carbajal,como Directora del Sistema Administrativo IV (DirectorGeneral) de la Oficina de Administración del Ministeriode la Presidencia;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 163-99/PRES defecha 23 de setiembre de 1999, se designó al Sr. JOSÉABRAHAM MISAD PAULET, como Director del SistemaAdministrativo IV (Director General) de la Oficina de Admi-nistración del Ministerio de la Presidencia;

Que, por Resolución Ministerial Nº 182-99-PRES del 5 dejulio de 1999, se designó a los funcionarios, titulares ysuplentes, responsables de la Subcuenta Bancaria de GastoNº 000202-99 - Cuenta Corriente Nº 00-000-0259527, autori-zada por la Dirección General del Tesoro Público, a nombrede la Unidad Ejecutora MINISTERIO DE LA PRESIDEN-CIA - OFICINA DE ADMINISTRACION;

Que, resulta necesario designar al funcionario titularresponsable del manejo de la cuenta descrita en el conside-rando precedente; y,

De conformidad con lo establecido en el Decreto LeyNº 25556, Ley Nº 26703, modificada por la Ley Nº 26884y la Resolución Directoral Nº 073-98-EF/77.15;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Acreditar al Sr. JOSE ABRAHAM MI-SAD PAULET, Director del Sistema Administrativo IV(Director General) de la Oficina de Administración delMinisterio de la Presidencia, como responsable titular,de la Subcuenta Bancaria de Gasto Nº 000202-99 - CuentaCorriente Nº 00-000-0259527 de la Unidad Ejecutora,MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA - OFICINA DEADMINISTRACION.

Artículo 2º.- Como consecuencia de lo señalado en elartículo precedente, el cuadro de funcionarios responsablesde la indicada cuenta, es como sigue:

De los Titulares:

Apellidos y Nombres Nº D.N.I./L.E. Cargo

a. Misad Paulet, José Abraham 07886426 Director General de la Ofi-cina de Administración

b. Wong Leonardi, José Fernando 06738079 Director de Sistema Ad-ministrativo I de la Uni-dad de Tesorería (e)

De los Suplentes:

Apellidos y Nombres Nº D.N.I./L.E. Cargo

a. Abanto Camacho, Giovanni 07926495 Director General de laOficina dePlanificación, Programa-ción y Presupuesto

b. Ballón Vizcarra, Carlos Augusto 06126721 Director de Sistema Ad-ministrativo I de la Uni-dad de Personal (e)

Artículo 3º.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, lodispuesto en la Resolución Ministerial Nº 182-99/PRES defecha 5 de julio de 1999.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGARDO MOSQUEIRA MEDINAMinistro de la Presidencia

12685

RESOLUCION MINISTERIALNº 245-99-PRES

Lima, 28 de setiembre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Suprema Nº 162-99-PRES de fecha23 de setiembre de 1999, se aceptó la renuncia formulada porla Srta. Esther Gladys Revilla Carbajal, como Directora delSistema Administrativo IV (Director General) de la Oficinade Administración del Ministerio de la Presidencia;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 163-99/PRES defecha 23 de setiembre de 1999, se designó al Sr. JOSÉABRAHAM MISAD PAULET, como Director del SistemaAdministrativo IV (Director General) de la Oficina de Admi-nistración del Ministerio de la Presidencia;

Que, por Resolución Ministerial Nº 183-99-PRES del 5 dejulio de 1999, se designó a los funcionarios, titulares ysuplentes, responsables de la Cuenta Corriente Nº 0000-250325 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS -MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA en el Banco de laNación;

Que, resulta necesario designar al funcionario titularresponsable del manejo de la cuenta descrita en el conside-rando precedente; y,

De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº25556, Ley Nº 26703, modificada por la Ley Nº 26884 y laResolución Directoral Nº 073-98-EF/77.15;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Acreditar al Sr. JOSE ABRAHAM MISADPAULET, Director del Sistema Administrativo IV (DirectorGeneral) de la Oficina de Administración del Ministerio de laPresidencia, como responsable titular, de la Cuenta Corrien-te Nº 0000-250325, RECURSOS DIRECTAMENTE RECAU-DADOS - MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA en el Bancode la Nación.

Artículo 2º.- Como consecuencia de lo señalado en elartículo precedente, el cuadro de funcionarios responsablesde la indicada cuenta, es como sigue:

TITULARES:

Sr. JOSE ABRAHAM MISAD PAULETDirector General de la Oficinade AdministraciónL. E. Nº 07886426

Sr. JOSE FERNANDO WONG LEONARDIDirector de Sistema Administrativo Ide la Unidad de Tesorería (e)D.N.I. Nº 06738079

SUPLENTES:

Econ. GIOVANNI ABANTO CAMACHODirector General de la Oficina de Planificación,Programación y PresupuestoD.N.I. Nº 07926495

Sr. CARLOS AUGUSTO BALLON VIZCARRADirector de Sistema Administrativo Ide la Unidad de Personal (e)D.N.I. Nº 06126721

Page 11: F L S B N ORMAS L EGALES - fonafe.gob.pe · Pág. 179080 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999 SE RESUELVE: Artículo Unico.-Sustituir el Artículo 7º del Regla-mento

Pág. 179089NORMAS LEGALESLima, miércoles 6 de octubre de 1999

Artículo 3º.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, lodispuesto en la Resolución Ministerial Nº 183-99/PRES defecha 5 de julio de 1999.

Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Ministe-rial al Banco de la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGARDO MOSQUEIRA MEDINAMinistro de la Presidencia

12686

RESOLUCION MINISTERIALNº 246-99-PRES

Lima, 28 de setiembre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Suprema Nº 162-99-PRES de fecha23 de setiembre de 1999, se aceptó la renuncia formulada porla Srta. Esther Gladys Revilla Carbajal, como Directora delSistema Administrativo IV (Director General) de la Oficinade Administración del Ministerio de la Presidencia;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 163-99/PRES defecha 23 de setiembre de 1999, se designó al Sr. JOSÉABRAHAM MISAD PAULET, como Director del SistemaAdministrativo IV (Director General) de la Oficina de Admi-nistración del Ministerio de la Presidencia;

Que, por Resolución Ministerial Nº 184-99-PRES del 5 dejulio de 1999, se designó a los funcionarios, titulares ysuplentes, responsables de la Cuenta Corriente Nº 00-044-107-0032-71 - Ministerio de la Presidencia - Remuneraciones,en el Banco de Lima - Sudameris;

Que, resulta necesario designar al funcionario titularresponsable del manejo de la cuenta descrita en el conside-rando precedente; y,

De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº25556, Ley Nº 26703, modificada por la Ley Nº 26884 y laResolución Directoral Nº 073-98-EF/77.15;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Acreditar al Sr. JOSE ABRAHAM MISADPAULET, Director del Sistema Administrativo IV (DirectorGeneral) de la Oficina de Administración del Ministerio de laPresidencia, como responsable titular, de la Cuenta Corrien-te Nº 00-044-107-0032-71, MINISTERIO DE LA PRESI-DENCIA - REMUNERACIONES, en el Banco de Lima-SUDAMERIS.

Artículo 2º.- Como consecuencia de lo señalado en elartículo precedente, el cuadro de funcionarios responsablesde la indicada cuenta, es como sigue:

TITULARES:

Sr. JOSE ABRAHAM MISAD PAULETDirector General de la Oficinade AdministraciónL. E. Nº 07886426

Sr. JOSE FERNANDO WONG LEONARDIDirector de Sistema Administrativo Ide la Unidad de Tesorería (e)D.N.I. Nº 06738079

SUPLENTES:

Econ. GIOVANNI ABANTO CAMACHODirector General de la Oficina de Planificación,Programación y PresupuestoD.N.I. Nº 07926495

Sr. CARLOS AUGUSTO BALLON VIZCARRADirector de Sistema Administrativo Ide la Unidad de Personal (e)D.N.I. Nº 06126721

Artículo 3º.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, lodispuesto en la Resolución Ministerial Nº 184-99/PRES defecha 5 de julio de 1999.

Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Ministe-rial al Banco de Lima - Sudameris.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGARDO MOSQUEIRA MEDINAMinistro de la Presidencia

12687

RESOLUCION MINISTERIALNº 247-99-PRES

Lima, 28 de setiembre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Suprema Nº 162-99-PRES de fecha23 de setiembre de 1999, se aceptó la renuncia formulada porla Srta. Esther Gladys Revilla Carbajal, como Directora delSistema Administrativo IV (Director General) de la Oficinade Administración del Ministerio de la Presidencia;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 163-99/PRES defecha 23 de setiembre de 1999, se designó al Sr. JOSÉABRAHAM MISAD PAULET, como Director del SistemaAdministrativo IV (Director General) de la Oficina de Admi-nistración del Ministerio de la Presidencia;

Que, por Resolución Ministerial Nº 185-99-PRES del 5 dejulio de 1999, se designó a los funcionarios, titulares ysuplentes, responsables de la Cuenta de Ahorros en la que sedepositan las retenciones que por concepto de Fondo deGarantía, efectúa el Ministerio de la Presidencia en el Bancode Lima - Sudameris;

Que, resulta necesario designar al funcionario titularresponsable del manejo de la cuenta descrita en el conside-rando precedente; y,

De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº25556, Ley Nº 26703, modificada por la Ley Nº 26884 y laResolución Directoral Nº 073-98-EF/77.15;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Acreditar al Sr. JOSE ABRAHAM MISADPAULET, Director del Sistema Administrativo IV (DirectorGeneral) de la Oficina de Administración del Ministerio de laPresidencia, como responsable titular, de la Cuenta deAhorros en la que se depositan las retenciones que porconcepto de Fondo de Garantía, efectúa el Ministerio de laPresidencia en el Banco de Lima - Sudameris.

Artículo 2º.- Como consecuencia de lo señalado en elartículo precedente, el cuadro de funcionarios responsablesde la indicada cuenta, es como sigue:

TITULARES:

Sr. JOSE ABRAHAM MISAD PAULETDirector General de la Oficinade AdministraciónL. E. Nº 07886426

Sr. JOSE FERNANDO WONG LEONARDIDirector de Sistema Administrativo Ide la Unidad de Tesorería (e)D.N.I. Nº 06738079

SUPLENTES:

Econ. GIOVANNI ABANTO CAMACHODirector General de la Oficina de Planificación,Programación y PresupuestoD.N.I. Nº 07926495

Sr. CARLOS AUGUSTO BALLON VIZCARRADirector de Sistema Administrativo Ide la Unidad de Personal (e)D.N.I. Nº 06126721

Artículo 3º.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, lodispuesto en la Resolución Ministerial Nº 185-99/PRES defecha 5 de julio de 1999.

Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Ministe-rial al Banco de Lima - Sudameris.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGARDO MOSQUEIRA MEDINAMinistro de la Presidencia

12688

RESOLUCION MINISTERIALNº 248-99-PRES

Lima, 28 de setiembre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Suprema Nº 162-99-PRES de fecha23 de setiembre de 1999, se aceptó la renuncia formulada por

Page 12: F L S B N ORMAS L EGALES - fonafe.gob.pe · Pág. 179080 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999 SE RESUELVE: Artículo Unico.-Sustituir el Artículo 7º del Regla-mento

Pág. 179090 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999

la Srta. Esther Gladys Revilla Carbajal, como Directora delSistema Administrativo IV (Director General) de la Oficinade Administración del Ministerio de la Presidencia;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 163-99/PRES defecha 23 de setiembre de 1999, se designó al Sr. JOSÉABRAHAM MISAD PAULET, como Director del SistemaAdministrativo IV (Director General) de la Oficina de Admi-nistración del Ministerio de la Presidencia;

Que, por Resolución Ministerial Nº 186-99-PRES del 5 dejulio de 1999, se designó a los funcionarios, titulares ysuplentes, responsables de la Cuenta Corriente Nº 6-0000-026881 (Dólares Americanos) RECURSOS DIRECTAMENTERECAUDADOS - MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA en elBanco de la Nación;

Que, resulta necesario designar al funcionario titularresponsable del manejo de la cuenta descrita en el conside-rando precedente; y,

De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº25556, Ley Nº 26703, modificada por la Ley Nº 26884 y laResolución Directoral Nº 073-98-EF/77.15;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Acreditar al Sr. JOSE ABRAHAM MISADPAULET, Director del Sistema Administrativo IV (DirectorGeneral) de la Oficina de Administración del Ministerio de laPresidencia, como responsable titular, de la Cuenta Corrien-te Nº 6-0000-026881 (Dólares Americanos) RECURSOSDIRECTAMENTE RECAUDADOS - MINISTERIO DE LAPRESIDENCIA en el Banco de la Nación.

Artículo 2º.- Como consecuencia de lo señalado en elartículo precedente, el cuadro de funcionarios responsablesde la indicada cuenta, es como sigue:

TITULARES:

Sr. JOSE ABRAHAM MISAD PAULETDirector General de la Oficinade AdministraciónL. E. Nº 07886426

Sr. JOSE FERNANDO WONG LEONARDIDirector de Sistema Administrativo Ide la Unidad de Tesorería (e)D.N.I. Nº 06738079

SUPLENTES:

Econ. GIOVANNI ABANTO CAMACHODirector General de la Oficina de Planificación,Programación y PresupuestoD.N.I. Nº 07926495

Sr. CARLOS AUGUSTO BALLON VIZCARRADirector de Sistema Administrativo Ide la Unidad de Personal (e)D.N.I. Nº 06126721

Artículo 3º.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, lodispuesto en la Resolución Ministerial Nº 186-99/PRES defecha 5 de julio de 1999.

Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Ministe-rial al Banco de la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGARDO MOSQUEIRA MEDINAMinistro de la Presidencia

12689

RESOLUCION MINISTERIALNº 249-99-PRES

Lima, 28 de setiembre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Suprema Nº 162-99-PRES de fecha23 de setiembre de 1999, se aceptó la renuncia formulada porla Srta. Esther Gladys Revilla Carbajal, como Directora delSistema Administrativo IV (Director General) de la Oficinade Administración del Ministerio de la Presidencia;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 163-99/PRES defecha 23 de setiembre de 1999, se designó al Sr. JOSÉABRAHAM MISAD PAULET, como Director del SistemaAdministrativo IV (Director General) de la Oficina de Admi-nistración del Ministerio de la Presidencia;

Que, por Resolución Ministerial Nº 187-99-PRES del 5 dejulio de 1999, se designó a los funcionarios, titulares y

suplentes, responsables de la Cuenta Centralizadora Nº 00-000-261556, Subcuenta Nº 26000 - Ministerio de la Presiden-cia - Oficina de Administración autorizada por la DirecciónGeneral del Tesoro Público, a nombre de la Unidad Ejecutora- MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA - OFICINA DE AD-MINISTRACIÓN;

Que, resulta necesario designar al funcionario titularresponsable del manejo de la cuenta descrita en el conside-rando precedente; y,

De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº25556, Ley Nº 26703, modificada por la Ley Nº 26884 y laResolución Directoral Nº 073-98-EF/77.15;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Acreditar al Sr. JOSE ABRAHAM MISADPAULET, Director del Sistema Administrativo IV (DirectorGeneral) de la Oficina de Administración del Ministerio de laPresidencia, como responsable titular, de la Cuenta Centra-lizadora Nº 00-000-261556, Subcuenta Nº 26000, de la Uni-dad Ejecutora - MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA -OFICINA DE ADMINISTRACIÓN.

Artículo 2º.- Como consecuencia de lo señalado en elartículo precedente, el cuadro de funcionarios responsablesde la indicada cuenta, es como sigue:

De los Titulares:

Apellidos y nombres Nº D.N.I./L.E. Cargo

a. Misad Paulete, José Abraham 07886426 Director General de la Ofi-cina de Administración

b. Wong Leonardi, José Fernando 06738079 Director de Sistema Ad-ministrativo I de la Uni-dad de Tesorería (e)

De los Suplentes:

Apellidos y Nombres Nº D.N.I./L.E. Cargo

a. Abanto Camacho, Giovanni 07926495 Director General de la Ofi-cina de Planificación, Pro-gramación y Presupues-to

b. Ballón Vizcarra, Carlos Augusto 06126721 Director de Sistema Ad-ministrativo I de la Uni-dad de Personal (e)

Artículo 3º.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, lodispuesto en la Resolución Ministerial Nº 187-99/PRES defecha 5 de julio de 1999.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGARDO MOSQUEIRA MEDINAMinistro de la Presidencia

12690

PESQUERIAEstablecen disposiciones para la apli-cación de la Ley Nº 27165, que autorizóa Sociedad Paramonga Ltda. S.A., enliquidación, la adjudicación de inmue-bles a ex trabajadores

DECRETO SUPREMONº 018-99-PE

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 27165 se autorizó a la JuntaLiquidadora de la empresa Sociedad Paramonga Ltda. S.A.,en Liquidación, a adjudicar en venta directa a sus ex traba-jadores, sus cónyuges o sus convivientes con derecho alrégimen de gananciales, los inmuebles de su propiedad queocupen las citadas personas, como consecuencia de habérse-les asignado como condición de trabajo;

Page 13: F L S B N ORMAS L EGALES - fonafe.gob.pe · Pág. 179080 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999 SE RESUELVE: Artículo Unico.-Sustituir el Artículo 7º del Regla-mento

Pág. 179091NORMAS LEGALESLima, miércoles 6 de octubre de 1999

Que, es necesario dictar las normas reglamentarias parala aplicación de lo dispuesto en la referida Ley;

De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) delArtículo 118º de la Constitución Política del Perú;

DECRETA:

Artículo 1º.- BENEFICIARIOS.- Para la aplicación delo dispuesto en la Ley Nº 27165, en adelante la Ley, seentiende como beneficiarios de la misma a las siguientespersonas:

1. El ex trabajador de Sociedad Paramonga Ltda. S.A., enLiquidación, en adelante la Empresa, al que se hubieraasignado una vivienda como condición de trabajo, la cualviene ocupando.

2. La o el cónyuge sobreviviente del ex trabajador queviene ocupando el inmueble.

3. La o el conviviente sobreviviente del ex trabajador conderecho a régimen de gananciales conforme a las disposicio-nes del Código Civil que viene ocupando el inmueble.

Artículo 2º.- PROCEDIMIENTO DE ACOGIMIEN-TO.- Los beneficiarios deberán presentar una solicitud diri-gida a la Empresa en su sede de la ciudad de Lima, la cualcontendrá la siguiente información, así como los siguientesanexos:

1. Datos completos del ex trabajador indicando la fecha decese.

2. En caso de ser cónyuge sobreviviente, también sedeberá acompañar la partida de matrimonio civil.

3. En caso de ser conviviente sobreviviente, se deberánadjuntar los documentos que acrediten tal condición confor-me al Código Civil.

4. Fotocopia de la Libreta Electoral o Documento Nacio-nal de Identidad de los adquirientes.

5. Indicación del plazo para la cancelación del saldo delprecio del inmueble, el mismo que no deberá exceder de diez(10) años.

6. Certificado domiciliario expedido por el órgano compe-tente.

7. Certificado negativo de propiedad expedido por laOficina de Registros Públicos, en el que conste que no espropietario de un inmueble ubicado en el mismo ámbitoprovincial. En caso el beneficiario sea propietario de algúninmueble destinado a fines comerciales en el mismo ámbitoprovincial, debe acompañar el certificado correspondienteque lo acredite, expedido antes de la vigencia de la Ley; y,

8. Declaración Jurada de no poseer inmueble no inscritodestinado a casa habitación en el ámbito provincial, confirma legalizada ante notario público.

Artículo 3º.- PLAZO DE ACOGIMIENTO.- La solici-tud con los recaudos a que se refiere el artículo anteriordeberá ser presentada dentro de los treinta (30) días conta-dos a partir de la entrada en vigencia del presente reglamen-to; en caso contrario se presumirá que el beneficiario no haaceptado la oferta de venta autorizada por la Ley, quedandola empresa en libertad de ofrecer el inmueble a terceros deacuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 674.

Artículo 4º.- VALOR DE VENTA Y FORMA DEPAGO.- La venta se efectuará al precio base establecido parala última subasta conforme lo dispone la Ley, el cual seráabonado de la siguiente manera:

1. Cuota inicial mínima ascendente al 20% del precio deventa, que será pagado previamente a la firma de la Escritu-ra Pública de Compraventa correspondiente.

2. El saldo en cuotas mensuales iguales, más los intere-ses, en los plazos definidos por el beneficiario en cada caso,sin exceder el plazo de diez (10) años fijado en la Ley.

3. El saldo del precio devengará un interés que se calcu-lará aplicando la tasa activa del mercado promedio pondera-do efectiva en moneda extranjera - TAMEX fijada por elBanco Central de Reserva, a la fecha de cada pago, más elImpuesto General a las Ventas que grava dichos intereses.

Los contratos establecerán la existencia de hipoteca enfavor de la Empresa por el importe del saldo pendiente depago más los intereses, Impuesto General a las Ventas ygastos que pudieran generarse.

Artículo 5º.- Para efecto de lo dispuesto en el numeral2.2 del Artículo 2º de la Ley, la Empresa sólo reputará losbeneficios sociales como parte de pago del precio de ventacorrespondiente a aquellos que se encuentren reconocidosjudicialmente mediante resolución consentida o ejecutoria-da y adeudados a la fecha de presentación de la solicitud deopción de compra a que se refiere el Artículo 2º de estereglamento.

Los beneficios sociales que pudieran ser declarados yconsentidos judicialmente con posterioridad a la escriturapública de compraventa serán reputados, a solicitud delbeneficiario, como pago a cuenta, aplicándose en primertérmino a los intereses y las cuotas más antiguas del crono-grama de pagos.

Artículo 6º.- En caso los beneficiarios que hubierenpresentado su solicitud no cumpliesen con firmar la escriturapública en el plazo de treinta (30) días de presentada lasolicitud a que se refiere el Artículo 2º, la Empresa dejará sinefecto su opción de compra y procederá a la venta delinmueble conforme a las normas del Decreto Legislativo Nº674.

Artículo 7º.- La Empresa establecerá las demás condi-ciones de la contratación, incluyendo las penalidades, forma-lización de la transferencia y demás aspectos que estimepertinentes.

Artículo 8º.- El presente Decreto Supremo será refren-dado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro deEconomía y Finanzas y por el Ministro de Pesquería.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días delmes de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República

VICTOR JOY WAY ROJASPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Economía y Finanzas

GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALIMinistro de Pesquería

12755

Declaran caducidad de autorizaciónpara desarrollar actividad de acuicul-tura en la provincia de Coronel Portillo

RESOLUCION MINISTERIALNº 286-99-PE

Lima, 1 de octubre de 1999

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Ministerial Nº 425-95-PE de fecha 26de julio de 1995, se otorgó a CONSORCIO PERUANO RUSOS.A. autorización para desarrollar la actividad de acuicultu-ra con la especie Camarón Gigante de Malasia Macrobra-chium rosenbergii, en el fundo ubicado en el kilómetro 12de la carretera a Tournavista, margen izquierda, distrito deCampo Verde, provincia de Coronel Portillo, departamentode Ucayali;

Que el Artículo 115º del Reglamento de la Ley General dePesca aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, estableceque son causales de caducidad de la autorización, el incum-plimiento de los objetivos prefijados en los proyectos quemotivaron su otorgamiento;

Que durante las acciones de seguimiento y control de lasautorizaciones otorgadas para desarrollar la actividad deacuicultura, efectuadas por la Dirección Nacional de Acuicul-tura en el departamento de Ucayali en 1997, se verificó quela empresa Consorcio Peruano Ruso S.A., se encontrabaoperando a un nivel mínimo;

Que con Oficio Nº 375-98-PE/DNA del 19 de marzo de1998, se solicitó al mencionado titular, un informe detalladodel estado situacional de la unidad productora, además de losinformes semestrales pendientes de entrega, cuyo incumpli-miento es causal de caducidad de la autorización otorgada,conforme lo establece el Artículo 5º de la R.M. Nº 425-95-PE,no recibiéndose al presente comunicación alguna sobre elparticular;

Que mediante Oficio Nº 641-99-PE/DNA de fecha 24 demayo de 1999, se solicitó a la Dirección Regional de Pesque-ría de Ucayali, proceder a efectuar la acción de seguimientoy control al indicado criadero, a fin de verificar el cumpli-miento del Artículo 115º del Reglamento de la Ley Generalde Pesca, comunicando la referida dependencia con Oficio Nº589-99-CTAR-Ucayali-P-DRSP-UC de fecha 25 de agosto de1999, que la infraestructura de cultivo e hidráulica existenteen la empresa Consorcio Peruano Ruso S.A. se encuentrainoperativa y parcialmente cubierta de vegetación, incum-pliendo de esta forma con los objetivos prefijados en elproyecto que motivó su otorgamiento, por lo que procededeclarar la caducidad de la autorización;

Page 14: F L S B N ORMAS L EGALES - fonafe.gob.pe · Pág. 179080 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999 SE RESUELVE: Artículo Unico.-Sustituir el Artículo 7º del Regla-mento

Pág. 179092 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999

Estando a lo informado por la Dirección Nacional deAcuicultura y con la visación de la Oficina General deAsesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el Decreto LeyNº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento apro-bado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y,

Con la opinión favorable del Viceministro;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Declarar la caducidad de la autorizaciónpara desarrollar la actividad de acuicultura con la especieCamarón Gigante de Malasia "Macrobrachium rosenber-gii" otorgada a través de la Resolución Ministerial Nº 425-95-PE, de fecha 26 de julio de 1995, a favor de CONSORCIOPERUANO S.A., por las razones expuestas en la parteconsiderativa de la presente resolución.

Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución Minis-terial a la Dirección Regional de Pesquería de Ucayali y a laDirección General de Aguas y Suelos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALIMinistro de Pesquería

12673

PROMUDEHAceptan renuncias, dan por conclui-dos nombramientos y designan inte-grantes de Directorios de diversasSociedades de Beneficencia

RESOLUCION MINISTERIALNº 279-99-PROMUDEH

Lima, 5 de octubre de 1999

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Legislativo Nº 866, se transfirió alMinisterio de Promoción de la Mujer y del DesarrolloHumano, entre otros, al Instituto Nacional de BienestarFamiliar - INABIF, disponiéndose asimismo la transfe-rencia al referido Instituto, de las Beneficencias Públicasdel país y Juntas de Participación Social;

Que mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH,se dispone la nueva conformación de los Directorios de lasSociedades de Beneficencia y Juntas de Participación Social,los mismos que deben estar integrados, entre otros, por dosrepresentantes del Ministerio de Promoción de la Mujer y delDesarrollo Humano - PROMUDEH, uno de los cuales debepresidirlo;

Que la Ley de Creación del Sistema Nacional para laPoblación en Riesgo Nº 26918, establece que los Directores delas Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Partici-pación Social, continúan en sus funciones, mientras no seanexpresamente removidos de sus cargos, resultando necesa-rio aceptar las renuncias formuladas, así como dar porconcluida las designaciones como Presidentes del Directoriode las Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas deParticipación Social;

De conformidad con la Ley Nº 26918, Decreto LegislativoNº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio dePromoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificadopor Decreto Legislativo Nº 893 y Ley Nº 27050, y DecretoSupremo Nº 002-97-PROMUDEH;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, las renuncias,formuladas por los Presidentes de las Sociedades de Benefi-cencia Pública, dándoseles las gracias por los servicios pres-tados, los que se detallan a continuación:

Sociedad de Nombre CargoBeneficenciaPública. Huancané Daniel Quiroz Orihuela Presidente. Yungay Dina Carrasco Arteaga Presidenta

Artículo 2º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, lasdesignaciones como Presidentes y Miembros de los Directo-rios de las Sociedades de Beneficencia Pública, dándoseleslas gracias por los servicios prestados, los mismos que acontinuación se detallan:

Sociedad de Nombre CargoBeneficenciaPública. Cañete Manuel Guido Solo Lagos Presidente. Caraz Luis Enrique Romero Angeles Miembro. Concepción Carlos Alberto López Mostacero Presidente

Carlota Isabel Guerrero Duarte Miembro. Motupe María Nieto Arbulú Presidenta

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUISA MARIA CUCULIZA TORREMinistra de Promoción de la Mujery del Desarrollo Humano

12733

RESOLUCION MINISTERIALNº 280-99-PROMUDEH

Lima, 5 de octubre de 1999

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Legislativo Nº 866, se transfirió al Minis-terio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano,entre otros, al Instituto Nacional de Bienestar Familiar -INABIF, disponiéndose asimismo la transferencia al referidoInstituto, de las Beneficencias Públicas del país y Juntas deParticipación Social;

Que mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH,se dispone la nueva conformación de los Directorios de lasSociedades de Beneficencia y Juntas de Participación Social,los mismos que deben estar integrados, entre otros, por dosrepresentantes del Ministerio de Promoción de la Mujer y delDesarrollo Humano - PROMUDEH, uno de los cuales debepresidirlo;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley deOrganización y Funciones del Ministerio de Promoción de laMujer y del Desarrollo Humano, modificado por DecretoLegislativo Nº 893 y Ley Nº 27050, y Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, como Presidentesy Miembros de los Directorios de las Sociedades de BeneficenciaPública, en representación del Ministerio de Promoción de laMujer y del Desarrollo Humano, conforme al detalle siguiente:

Sociedad de Nombre CargoBeneficenciaPública

. Cañete María Cesarina Vera PresidentaGonzales del ValleEmilia Mercedes Ayala Cornejo Miembro

. Caraz Hugo Alberto Salazar Rincón Miembro

. Concepción Rosario Amparo Tenicela Yamamoto PresidentaLuis Julio Ramírez Peralta Miembro

. Huancané Antenor Salazar Rimache Presidente

. Lampa Nicolás Concepción Coyla Quiza PresidenteEdilberto Miranda Mamani Miembro

. Motupe Margarita López Becerra PresidentaMaría Ludomilia Obando Oliden Miembro

. Rodríguez de Modesto Bocanegra Collazos PresidenteMendoza José Herminio Grández Zumaeta Miembro

. Tayacaja - Félix Rolando Guisbert Delgado PresidentePampas

. Yungay Roque Pablo Cabeza Portilla PresidenteCirilo Rojas Solano Miembros

Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a la Lic.SANTOS TEODULA HILARIO RODRIGUEZ como Presi-denta y al señor ELI ABNEGO PERALTA VARGAS comoMiembro de la Junta de Participación Social de Julcán,ambos en representación del Ministerio de Promoción de laMujer y del Desarrollo Humano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUISA MARIA CUCULIZA TORREMinistra de Promoción de la Mujery del Desarrollo Humano

12734

Page 15: F L S B N ORMAS L EGALES - fonafe.gob.pe · Pág. 179080 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999 SE RESUELVE: Artículo Unico.-Sustituir el Artículo 7º del Regla-mento

Pág. 179093NORMAS LEGALESLima, miércoles 6 de octubre de 1999

Dejan sin efecto resolución que autori-zó a procuradora iniciar proceso judi-cial a presuntos usurpadores de terre-no de propiedad del INABIF

RESOLUCION MINISTERIALNº 281-99-PROMUDEH

Lima, 5 de octubre de 1999

Vistos el Oficio Nº 1459-99/PROMUDEH-PP, de fecha 2de setiembre de 1999, de la Procuraduría Pública del Minis-terio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 017-99-PRO-MUDEH, de fecha 20 de enero de 1999, se autorizó a laProcuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales delMinisterio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Huma-no, para que en representación y defensa de los intereses delEstado, inicie e impulse las acciones judiciales que corres-pondan contra los presuntos responsables de la usurpacióndel terreno de propiedad del Instituto Nacional de BienestarFamiliar - INABIF, ubicado en lote 10-C del Sector deMuyuna Chica, ciudad de Tingo María, provincia de LeoncioPrado, departamento de Huánuco;

Que mediante el documento de vistos la ProcuraduríaPública del Ministerio de Promoción de la Mujer y delDesarrollo Humano comunica que el Instituto Nacional deBienestar Familiar - INABIF efectuó el 28 de mayo de 1999,la venta en subasta pública de inmuebles de su propiedadentre los que se encontraba el inmueble mencionado en elconsiderando precedente, otorgándose la Buena Pro al señorTeófilo Antonio Araujo Hoyos, por lo que es necesario dejarsin efecto la Resolución Ministerial Nº 017-99-PROMUDEH,al haberse transferido la propiedad del referido inmueble;

Estando a lo opinado por la Oficina General de AsesoríaJurídica en el Informe Nº 132-99-PROMUDEH/OGAJ y porla Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales delMinisterio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Huma-no en el Informe Nº 007-99/PROMUDEH-PPJMCH;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley deOrganización y Funciones del Ministerio de Promoción de laMujer y del Desarrollo Humano, modificado por el DecretoLegislativo Nº 893 y Ley Nº 27050, Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, modificado por Decreto Supremo Nº 004-99-PROMUDEH;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº017-99-PROMUDEH que autorizó a la Procuradora Pública acargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción dela Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representacióny defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse lasacciones judiciales contra los presuntos responsables de lausurpación del terreno de propiedad del Instituto Nacional deBienestar Familiar - INABIF, ubicado en lote 10-C del Sector deMuyuna Chica, ciudad de Tingo María, provincia de LeoncioPrado, departamento de Huánuco, por las consideracionesexpuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución asícomo los antecedentes del caso a la mencionada ProcuradoraPública para los fines consiguientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUISA MARIA CUCULIZA TORREMinistra de Promoción de la Mujery del Desarrollo Humano

12730

RELACIONESEXTERIORES

Oficializan eventos sobre investigacióny endocrinología pediátrica, a realizar-se en la ciudad de Arequipa

RESOLUCION SUPREMANº 455-99-RE

Lima, 5 de octubre de 1999

Teniendo en cuenta el Oficio SA-DVM Nº 877-99, delViceministro de Salud, de 15 de setiembre de 1999, medianteel cual solicita la oficialización de la "XXXVII Reunión Anualde la Sociedad Latinoamericana de Investigación Pediátri-ca" (SLAIP) y la "XIII Reunión de la Sociedad Latinoameri-cana de Endocrinología Pediátrica" (SLEP), eventos organi-zados por la Sociedad Latinoamericana de InvestigaciónPediátrica, a realizarse en la ciudad de Arequipa, del 7 al 11de noviembre de 1999;

De conformidad con el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº0006-76-RE, de 25 de octubre de 1976; y, el inciso m) delArtículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica delMinisterio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de1992;

SE RESUELVE:

1º.- Oficializar la "XXXVII Reunión Anual de la SociedadLatinoamericana de Investigación Pediátrica" (SLAIP) y la"XIII Reunión de la Sociedad Latinoamericana de Endocri-nología Pediátrica" (SLEP), eventos organizados por la So-ciedad Latinoamericana de Investigación Pediátrica, a rea-lizarse en la ciudad de Arequipa, del 7 al 11 de noviembre de1999.

2º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno alPliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República

FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDAMinistro de Relaciones Exteriores

12766

M T COtorgan a empresa concesión paraprestar servicio público de transporteterrestre interprovincial de pasajerosen la ruta Lima-Piura

RESOLUCION DIRECTORALNº 2195-99-MTC/15.18

Lima, 17 de agosto de 1999

VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02317010 organi-zado por la empresa de transportes TURISMO CRUZ AZULE.I.R.L., sobre concesión de ruta: LIMA - PIURA y viceversae Informe Nº 535-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Dirección deTransporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional;

CONSIDERANDO:

Que, la referida empresa, mediante el expediente indica-do en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesión deruta: LIMA - PIURA y viceversa, al amparo de lo establecidoen el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terres-tre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibusaprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC;

Que, en el Informe Nº 535-99-MTC/15.18.04.1.RCM, seconcluye que la referida empresa cumple con los requisitosestablecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento yseñalados en el Texto Unico de Procedimientos Administra-tivos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendándose la procedencia del pedido formulado;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto LegislativoNº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado porDecreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedi-mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Su-premo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862;

SE RESUELVE:

Primero.- Otorgar a la empresa de transportes TURIS-MO CRUZ AZUL E.I.R.L., la concesión de ruta: LIMA -PIURA y viceversa, para prestar Servicio Público de Trans-porte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carreteraen Omnibus, por el período de diez (10) años, contados apartir de la fecha de expedición de la presente Resolución, deacuerdo con los siguientes términos.

Page 16: F L S B N ORMAS L EGALES - fonafe.gob.pe · Pág. 179080 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999 SE RESUELVE: Artículo Unico.-Sustituir el Artículo 7º del Regla-mento

Pág. 179094 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999

RUTA : LIMA - PIURA y viceversaORIGEN : LIMADESTINO : PIURAITINERARIO : CHIMBOTE - TRUJILLO -

CHICLAYOESCALACOMERCIAL : TRUJILLOFRECUENCIAS : Una semanalFLOTAVEHICULAR : Dos ómnibusFLOTAOPERATIVA : Un ómnibus

UD-3052 (1992)FLOTA DERESERVA : Un ómnibus

UD-2809 (1995)HORARIOS : Salidas de Lima: Domingo

a las 16.00 horasSalidas de Piura: Miércolesa las 16.00 horas

La Tarjeta de Circulación Vehicular será expedida conrelación al año de fabricación de los vehículos ofertados.

Segundo.- La empresa está obligada a cumplir con lasnormas legales establecidas en el Reglamento aprobado porDecreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vi-gentes, concernientes al Servicio Público de TransporteTerrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera enOmnibus.

Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá serpublicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruanodentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a lafecha de su notificación.

Cuarto.- La concesionaria está obligada a iniciar elServicio dentro de los treinta (30) días calendario contados apartir de la fecha de publicación de la presente Resolución.

Quinto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a laDirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional eInternacional.

Regístrese y comuníquese.

CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGODirector GeneralDirección General de Circulación Terrestre

12705

Sancionan a conductores coninhabilitación para obtener licenciasde conducir

RESOLUCION DIRECTORALNº 2267-99-MTC/15.18

Lima, 22 de agosto de 1999

VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 00391011,26856004, 00550011, 00263011, 00167011, 00717011, 00258011,00494011, 00208011, 00302011, 00559011, 00562011, 00339011,00555011, 00435011, 00138011, 00471011, 00264011, 28191004,00548011, 00549011, 00420011, 00352011, 27654004 y 00493011,organizados en torno a la infracción al Reglamento de Tránsito,por conducir vehículos motorizados sin haber obtenido suscorrespondientes licencias de conducir, Informe Técnico Nº1175-99-MTC/15.18.05.3 emitido por la Subdirección de Otor-gamiento de Licencias de Conducir y Memorándum Nº 1321-99-MTC/15.18.05 de la Dirección de Parque Automotor y Circula-ción Vial.

CONSIDERANDO:

Que, diversas Delegaciones de la Policía Nacional delPerú han remitido a la Dirección de Parque Automotor yCirculación Vial, oficios donde ponen en conocimiento haberintervenido a conductores de vehículos motorizados quienesCARECIAN DE LICENCIA DE CONDUCIR, con el agravan-te de encontrarse conduciendo en estado de ebriedad siendolas personas involucradas, las siguientes:

Nº APELLIDOS Y NOMBRES F. INICIO F. FIN

1 AUCCAPUCLLA RAMOS, Víctor Américo 20.1.99 20.1.20022 BELLIDO RIVERA, Edilberto 3.1.99 3.1.20023 CACERES O'BRIEN, Juan 23.1.99 23.1.20024 CANALES JERI, Juan Angel 16.1.99 16.1.20025 CASTRO PARIONA, Edwin 17.1.99 17.1.20026 CHACALTANA ALMEIDA, Miguel Humberto 1.1.99 1.1.2002

7 DARQUEA SANTIBAÑEZ, Moisés 1.1.99 1.1.20028 DIAZ NAVARRO, Antonio 6.1.99 6.1.20029 ESPINOZA BAÑEZ, Francisco 23.1.99 23.1.2002

10 GONZALEZ SOBERON, Jorge Domingo 14.1.99 14.1.200211 JUAREZ ASTO, Richard 28.1.99 28.1.200212 LAVADO MACHADO, José Luis 23.1.99 23.1.200213 LOZANO AYLAS, Helmer Oved 31.1.99 31.1.200214 MENA ANAPAN, Juan A. 22.1.99 22.1.200215 PAJA MAMANI, Elmer Javier 9.1.99 9.1.200216 QUISPE CONDORI, Leonidas 31.1.99 31.1.200217 RAYMUNDO LANDAMIRO, Fernando 12.1.99 12.1.200218 ROSAS ALVARADO, Sandro 26.1.99 26.1.200219 TEMPLE RAFAEL, Augusto 20.12.98 20.12.200120 THOMAS MONZON, Carlos 24.1.99 24.1.200221 VALDIVIA BRIONES, Segundo Manuel 17.1.99 17.1.200222 VALENZUELA ESPINAL, Alejo 12.1.99 12.1.200223 VARGAS FLORES, Raúl Edgar 22.1.99 22.1.200224 VASQUEZ TIHUAY, Carlos Alberto 2.1.99 22.1.2002

Que, los conductores indicados en el considerando ante-rior han infringido lo dispuesto en el literal F-1 del Artículo3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de Tránsito,aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC de fecha 16 dejunio de 1994, al CONDUCIR VEHICULOS MOTORIZA-DOS SIN HABER OBTENIDO LA CORRESPONDIENTELICENCIA DE CONDUCIR; siendo por lo tanto pasibles a lasanción administrativa de inhabilitación por el lapso de tresaños para obtener licencias de conducir establecida en elliteral e) del Artículo 6º del reglamento acotado;

Estando a lo opinado por la Subdirección de Otorga-miento de Licencias de Conducir en informe indicado enVistos y por la Asesoría Legal de la Dirección de ParqueAutomotor y Circulación Vial en Informe Nº 318-99-MTC/15.18.05.AL;

Con las visaciones de las Direcciones de Parque Automo-tor y Circulación Vial y Asesoría Legal de la DirecciónGeneral de Circulación Terrestre;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26322 y suReglamento de Licencias de Conducir para Vehículos Moto-rizados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Su-premo Nº 15-94-MTC, Reglamento de Infracciones y Sancio-nes de Tránsito aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generalesde Procedimientos Administrativos aprobado por DecretoSupremo Nº 02-94-JUS y Decreto Ley Nº 25862;

SE RESUELVE:

Primero.- Sancionar a las personas indicadas en elprimer considerando de esta resolución, con INHABILI-TACION por el término de tres años para obtener licenciasde conducir, computados a partir de la fecha de la ocurrenciao de la fecha de remisión de los oficios por parte de lasDelegaciones de la Policía Nacional del Perú, según corres-ponda, por las razones expuestas en la parte considerativa dela presente resolución.

Segundo.- De conformidad con lo establecido en laCuarta Disposición Complementaria del Reglamento paraobtener Licencias de Conducir para Vehículos Motorizadosde Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº15-94-MTC, la presente resolución se publicará en el DiarioOficial El Peruano.

Tercero.- Encargar la ejecución de esta resolución a laDirección de Parque Automotor y Circulación Vial.

Regístrese y comuníquese.

CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGODirector GeneralDirección General de Circulación Terrestre

12679

Otorgan concesión a empresa paraprestar servicio público de transporteterrestre interprovincial de pasajerosen la ruta Lima-Trujillo

RESOLUCION DIRECTORALNº 2345-99-MTC/15.18

Lima, 6 de setiembre de 1999

VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02578010 organi-zado por la empresa de transportes MOVIL TOURS S.A.,sobre concesión de ruta: LIMA - TRUJILLO y viceversa eInforme Nº 624-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Dirección deTransporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional;

Page 17: F L S B N ORMAS L EGALES - fonafe.gob.pe · Pág. 179080 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999 SE RESUELVE: Artículo Unico.-Sustituir el Artículo 7º del Regla-mento

Pág. 179095NORMAS LEGALESLima, miércoles 6 de octubre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, la referida empresa, mediante el expediente indi-cado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesiónde ruta: Lima - Trujillo y viceversa, al amparo de lo estable-cido en el Reglamento del Servicio Público de TransporteTerrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera enOmnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC;

Que, en el Informe Nº 624-99-MTC/15.18.04.1.RCM, seconcluye que la referida empresa cumple con los requisitosestablecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento yseñalados en el Texto Unico de Procedimientos Administra-tivos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendándose la procedencia del pedido formulado;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto LegislativoNº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado porDecreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedi-mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Su-premo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862;

SE RESUELVE:

Primero.- Otorgar a la empresa de transportes MOVILTOURS S.A. la concesión de ruta: LIMA - TRUJILLO yviceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Te-rrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omni-bus, por el período de diez (10) años, contados a partir de lafecha de expedición de la presente resolución, de acuerdo conlos siguientes términos:

RUTA : LIMA - TRUJILLO y viceversaORIGEN : LIMADESTINO : TRUJILLOITINERARIO : CHIMBOTEESCALACOMERCIAL : CHIMBOTEFRECUENCIAS : Dos diariasFLOTAVEHICULAR : Tres ómnibusFLOTAOPERATIVA : Dos ómnibus:

UI-7156 (1982) y UO-7878 (1995)FLOTA DERESERVA : Un ómnibus:

UI-7146 (1982)HORARIOS : Salidas de Lima:

10.00 a.m. y 10.00 p.m.Salidas de Trujillo:10.00 a.m. y 10.00 p.m.

La tarjeta de circulación será expedida con relación alaño de fabricación de los vehículos ofertados.

Segundo.- La empresa está obligada a cumplir con lasnormas legales establecidas en el Reglamento aprobado porDecreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vi-gentes, concernientes al Servicio Público de TransporteTerrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera enOmnibus.

Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá serpublicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruanodentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a lafecha de su notificación.

Cuarto.- La concesionaria está obligada a iniciar elservicio dentro de los treinta (30) días calendario contados apartir de la fecha de publicación de la presente Resolución.

Quinto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a laDirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional eInternacional.

Regístrese y comuníquese.

CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGODirector GeneralDirección General de Circulación Terrestre

12693

PODER JUDICIALDesignan Jefe del Centro OperativoRegistro Nacional de Condenas

RESOLUCION ADMINISTRATIVA DELTITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL

Nº 437-SE-TP-CME-PJ

Lima, 5 de octubre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo dispone el Artículo 60º del Reglamentode Organización y Funciones de la Gerencia General, apro-bado por Resolución Administrativa Nº 148-99-SE-TP-CME-PJ de fecha 12 de abril del año en curso, el Centro OperativoRegistro Nacional de Condenas es un Organo desconcentra-do de la Gerencia de Servicios Judiciales de la GerenciaGeneral del Poder Judicial, el mismo que contará con un Jefedesignado por el Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecu-tiva del Poder Judicial;

Que, habiéndose dejado sin efecto la Encargatura delCentro Operativo Registro Nacional de Condenas, realizadamediante Memorándum Nº 102-99-GSJ-GG-PJ y recaída enla Dra. Carolina Gayoso Benavides; es necesario nombrar unJefe del mencionado Centro Operativo conforme a lo expre-sado;

Que, conforme se acredita con el currículum vitae adjun-to, la señorita doctora Silvia Margot Dioses Panana, cumplecon los requisitos para ocupar el cargo de Jefa del CentroOperativo Registro Nacional de Condenas;

En uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs.26546, 26623, 26695 y 27009, así como por las ResolucionesAdministrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ y 031-98-SE-TP-CME-PJ;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR como Jefe del CentroOperativo Registro Nacional de Condenas a la señoritadoctora SILVIA MARGOT DIOSES PANANA.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DAVID PEZUA VIVANCOTitular del Pliegodel Poder Judicial

12751

COMISION EJECUTIVADEL PODER JUDICIAL

Designan Coordinadora del PersonalPolicial adscrito a los Juzgados Pena-les Permanentes para Procesos enReserva

RESOLUCION ADMINISTRATIVANº 989-CME-PJ

Lima, 4 de octubre de 1999

LA COMISION EJECUTIVA DEL PODERJUDICIAL

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Administrativa Nº 91-96-CME-PJ, se crearon Juzgados Especializados encargados de efec-tivizar las órdenes de captura de los reos ausentes y contu-maces;

Que por Resolución Administrativa Nº 409-CME-PJ defecha 7 de julio de 1997, la Comisión Ejecutiva del PoderJudicial, dispuso la conversión de 5 Juzgados Capturadoresy 5 Juzgados Sentenciadores, en 10 Juzgados Penales Per-manentes para Procesos en Reserva, cuya competencia estáexpresada en el Artículo 3º de la referida Resolución Admi-nistrativa;

Que a dichas judicaturas se les ha adscrito un equipo depersonal policial a fin de que colaboren y apoyen con la laborencomendada y hacer efectivas las órdenes de captura;

Que con Resolución Administrativa Nº 267-CME-PJ, sedesignó una Coordinadora del Personal Policial adscrito a losex Juzgados Transitorios Especiales Penales (actualmenteJuzgados Penales Permanentes para Procesos en Reserva),con la finalidad de controlar el cabal cumplimiento de lasfunciones asignadas al mencionado personal adscrito a loscitados juzgados, situación que debe continuar vigente;

Que mediante Resolución Administrativa Nº 134-99-P-CSJL de fecha 25 de febrero de 1999, fue removida del cargola doctora Raquel Beatriz Centeno Huamán, por lo que sehace necesario designar a otro magistrado que continúe conlas funciones encomendadas;

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Pág. 179096 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999

En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nº 26546sus modificatorias y ampliatorias, la Comisión Ejecutiva delPoder Judicial, en Sesión de la fecha;

RESUELVE:

Primero.- Designar a la doctora Nancy Marley GuzmánRuiz de Castilla, Juez Especializada en lo Penal, a cargo delSexto Juzgado Penal para Procesos en Reserva, Coordinado-ra del Personal Policial adscrito a los Juzgados PenalesPermanentes para Procesos en Reserva.

Segundo.- Transcribir la presente Resolución al Presi-dente de la Corte Superior de Justicia de Lima, GerenteGeneral del Poder Judicial y Jefe de la División de Apoyo ala Justicia de la Policía Nacional.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICTOR R. CASTILLO CASTILLO

ALIPIO MONTES DE OCA BEGAZO

JORGE BUENDIA GUTIERREZ

DAVID PEZUA VIVANCO

12732

CORTE SUPREMA DEJUSTICIA

Aceptan renuncia de magistrado a ladesignación de Juez Penal especiali-zado en tramitación de procesos pordelito de TID, con sede en la ciudad deTrujillo

RESOLUCION ADMINISTRATIVANº 086-STP-TID

Lima, 5 de octubre de 1999

SEGUNDA SALA PENAL TRANSITORIADE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

ESPECIALIZADA EN EL DELITO DETRAFICO ILICITO DE DROGAS

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Administrativa Nº 328-CME-PJ de fecha 25 de febrero de 1997 se facultó a la Segunda SalaPenal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia paraconocer en última instancia los casos de delito de tráficoilícito de drogas, así como crear las Salas Superiores yJuzgados Especializados en tráfico ilícito de drogas quefueran necesarios, con competencia en el territorio nacional.

Que, el doctor Atilio Regis Canelo Ramírez con fecha 4 deoctubre del año en curso ha presentado su renuncia a ladesignación que le fuera otorgada. Que ante esta situación eldoctor Juan Leoncio Matta Paredes debe asumir la cargaprocesal que tiene a la fecha el doctor Atilio Regis CaneloRamírez.

En uso de la facultad conferida por la Resolución Nº 328-CME-PJ y, estando a lo acordado en sesión de la fecha.

SE RESUELVE:

Primero.- Aceptar la renuncia del doctor Atilio RegisCanelo Ramírez a la designación como Juez Penal especiali-zado en la tramitación de procesos por delito de tráfico ilícitode drogas, con sede en la ciudad de Trujillo y con competenciaa nivel nacional contenida en la Resolución Administrativanúmero 035-STP-TID de fecha 27 de octubre de 1997.

Segundo.- El inventario de los procesos que giran en eldespacho del doctor Atilio Regis Canelo Ramírez, deberáentregarlo al doctor Juan Leoncio Matta Paredes en el plazode 24 horas contados a partir de la vigencia de la presenteresolución.

Tercero.- El doctor Atilio Regis Canelo Ramírez sereincorporará al lugar y ocupación de su distrito judicial.

Cuarto.- Transcribir la presente resolución al señor Presi-dente de la Corte Suprema de Justicia de la República, al señorPresidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, a la

Gerencia Central de la Reforma, al señor Fiscal de la Nación, a laseñorita Presidenta de la Comisión Ejecutiva del MinisterioPúblico, al señor Fiscal Supremo Provisional de la SegundaFiscalía Suprema en lo Penal y Especializada en Delito de TráficoIlícito de Drogas, a los señores Presidentes de las Cortes Superio-res del país, al señor Fiscal Superior de la Fiscalía Superior PenalEspecializada en el delito de tráfico ilícito de drogas, a la GerenciaGeneral del Poder Judicial, a la Oficina de Control de la Magistra-tura, al Jefe del Instituto Nacional Penitenciario y al señorDirector de la Dirección Nacional contra el Tráfico Ilícito deDrogas de la Policía Nacional del Perú (DINANDRO).

Quinto.- La presente Resolución entrará en vigencia aldía siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

SS. CARLOS SAPONARA MILLIGAN,JULIO FERNANDEZ URDAY,JOSE BACIGALUPO HURTADO,ISMAEL PAREDES LOZANO,y LUIS HERNAN ROJAS TAZZA.

12724

S B SProrrogan plazo para que instituciónbancaria proceda a enajenar bienesadjudicados en pago de deudas

RESOLUCION SBS Nº 0884-99

LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA

Lima, 29 de setiembre de 1999

VISTA:

La solicitud de prórroga del plazo para la enajenación delos bienes que forman parte del Anexo de la presente resolu-ción recibidos o adjudicados en cobro de acreencias, presen-tada por el Banco Banex S.A. conforme a lo previsto por elArtículo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del SistemaFinanciero y del Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros;

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 215º de la Ley General, establece quecuando como consecuencia del pago de una deuda contraídapreviamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pagototal o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa deque trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismoque podrá ser prorrogado por esta Superintendencia por unasola vez y por un máximo de seis (6) meses;

Que, en el segundo párrafo del referido artículo se precisaque vencido dicho plazo, sin que la enajenación se hayaefectuado, el Banco Banex S.A. deberá constituir una provi-sión hasta por el monto equivalente al costo en libros de losbienes no vendidos;

Que, el numeral 4 de la Circular Nº B-2017-98 se estableceque las solicitudes para prórroga del plazo establecido en elArtículo 215º de la Ley General, deberán ser presentadas conuna anticipación de, por lo menos, quince (15) días antes desu vencimiento, caso contrario será rechazada la solicitud;

Estando a lo informado por el Intendente de Institu-ciones Financieras "A" mediante Informe ASIF "A" 161-OT/99 de fecha 99.9.14 y a lo opinado por el SuperintendenteAdjunto de Banca; y,

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702,Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu-ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros yla facultad delegada por la Resolución SBS Nº 0807-99 del 26de agosto de 1999;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo aque se refiere el Artículo 215º de la Ley General, para que el BancoBanex S.A. proceda a la enajenación de los bienes señalados en elAnexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Vencido el plazo de prórroga que seotorga, el Banco Banex S.A. deberá proceder conforme a loestablecido en el segundo párrafo del Artículo 215º de la Leygeneral, debiendo constituirse la correspondiente provisión concargo a los resultados del mes en que se venció el referido plazo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SOCORRO HEYSEN ZEGARRASuperintendenta Adjunta de Banca

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Pág. 179097NORMAS LEGALESLima, miércoles 6 de octubre de 1999

ANEXO

BIENES INMUEBLES ADJUDICADOS POROBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS

CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA

TIPO DE DESCRIPCION/UBICACION FECHA DE VALOR EN PRORROGA DEBIEN ADJUDICACION LIBROS TENENCIA

(En Nuevos Soles)

Inmueble Con frente a un callejón denominado 23 de setiembre 1998 4 542 784,34 23 de marzo de 2000Pasaje Nº Tres, parte del FundoConde de la Vega - Valle deLa Legua con frente a lacalle Enrique Palacios.

Maquinaria Maquinaria industrial para molienda 23 de setiembre 1998 2 275 731,75 23 de marzo de 2000marca Sangati, Serie 0772-19H4994.

12721

Autorizan viaje de analistas de la SBS alos EEUU. y Argentina, en comisión deservicios

RESOLUCION ADMINISTRATIVA SBSNº 245-99

Lima, 24 de setiembre de 1999

EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DEADMINISTRACION GENERAL

VISTA:

La invitación de la Comisión de Lucha Contra el Consumode Drogas - CONTRADROGAS para participar en el "En-cuentro Subregional para la Coordinación de Políticas contrala Legitimación de Activos y el Desvío de Precursores Quími-cos", organizado por la Secretaría de Programación para laPrevención de la Drogadicción y la Lucha Contra el Narcotrá-fico de la República de Argentina, el mismo que se llevará acabo del 28 al 30 de setiembre de 1999, en la ciudad de BuenosAires, Argentina;

CONSIDERANDO:

Que, en el citado encuentro se desarrollarán temas deinterés para la Política Nacional de Lucha Contra las Drogas;por lo que es conveniente designar a la señorita CarlaChiappe Villegas, Analista Legal en el Departamento deRegulación de la Superintendencia Adjunta de AsesoríaJurídica, para que participe en el tema de Lavado de Dineroen el referido evento;

Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje,cuyos gastos serán cubiertos por el Programa de las NacionesUnidas para el Desarrollo;

De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5.2. dela Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario, aprobadamediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y,

En uso de las facultades delegadas mediante ResoluciónSBS Nº 0655-99 de fecha 15 de julio de 1999;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señoritaCarla Patricia Chiappe Villegas, Analista Legal en el Depar-tamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta deAsesoría Jurídica, a la ciudad de Buenos Aires, Argentina,del 27 de setiembre al 1 de octubre de 1999, para los finesexpuestos en la parte considerativa de la presente Resolu-ción.

Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumpli-miento del presente dispositivo legal, serán asumidos por elPrograma de las Naciones Unidas para el Desarrollo.

Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorgaderecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduanade cualquier clase o denominación a favor de la funcionariacuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ADOLFO MANDRIOTTI HURTADOSuperintendente Adjunto de Administración General

12676

RESOLUCION ADMINISTRATIVA SBSNº 247-99

Lima, 29 de setiembre de 1999

EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DEADMINISTRACION GENERAL

CONSIDERANDO:

Que, The National Association of Insurance Comims-sioners ha cursado comunicación confirmando la partici-pación de dos funcionarios de esta Superintendencia en TheNAIC 1999 Fall National Meeting del 2 al 6 de octubre de1999 y en The NAIC Internship del 11 al 29 de octubre de1999, que se llevarán a cabo en las ciudades de Atlanta,Kansas City, Washington D.C., Austin y Los Angeles, Esta-dos Unidos de América;

Que los señores Carlos Vaitman López e Iván ReáteguiPalomino, Analistas en el Departamento de Análisis y Su-pervisión del Sistema de Seguros, Cajas y Derramas de laSuperintendencia Adjunta de Seguros, han sido designadospara asistir a dichos eventos;

Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viajecuyos gastos serán cubiertos con cargo al Fondo de ApoyoTécnico - Préstamo BID Nº 985/OC-PE conforme a lo solicitadomediante Oficio SBS Nº 9203-99 y la Carta de no objeción delBanco Interamericano de Desarrollo, remitida por la Unidadde Coordinación de Préstamos Sectoriales - MEF;

De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5.2. dela Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario, aprobadamediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y,

En uso de las facultades delegadas mediante ResoluciónSBS Nº 655-99 de fecha 15 de julio de 1999;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar a los señores Carlos Vait-man López e Iván Reátegui Palomino, Analistas del Depar-tamento de Análisis y Supervisión del Sistema de Seguros,Cajas y Derramas de la Superintendencia Adjunta de Segu-ros, para asistir a las reuniones programadas por en TheNational Association of Insurance Comimssioners del 30 desetiembre al 1 de noviembre de 1999, que se llevarán a caboen las ciudades de Atlanta, Kansas City, Washington D.C.,Austin y Los Angeles, Estados Unidos de América.

Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumpli-miento del presente dispositivo legal, serán asumidos con cargoal Fondo de Apoyo Técnico - Préstamo BID Nº 985/OC-PE.

Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorgaderecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduanade cualquier clase o denominación a favor de los funcionarioscuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ADOLFO MANDRIOTTI HURTADOSuperintendente Adjunto de Administración General

12675

FE DE ERRATAS

CIRCULAR Nº B-2059-99

Por Oficio Nº 09759-99 la Superintendencia de Banca ySeguros solicita se publique Fe de Erratas de la Circular NºB-2059-99, publicada en nuestra edición del día vienes 1 deoctubre de 1999, en la página 178883.

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Pág. 179098 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999

ANEXO

DICE:

0216Información sobre los determinantes del costoefectivo por operaciones activas - créditos deconsumo e hipotecarios (7)

DEBE DECIR:

0216Información sobre los determinantes del costoefectivo por operaciones activas - créditos deconsumo e hipotecarios (6)

12692

UNIVERSIDADESSancionan con cese temporal aservidores de la Universidad NacionalJosé Faustino Sánchez Carrión

UNIVERSIDAD NACIONAL"JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRION"

RESOLUCION RECTORALNº 695-99-UH

Huacho, 6 de setiembre de 1999

Visto los Informes Finales Nºs. 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07,08, 09 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17, 18, 19, 20 y 21 de laComisión Permanente de Procesos Administrativos Discipli-narios; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Rectoral Nº 531-99-UH defecha 14 de julio de 1999, se aperturó proceso administrativodisciplinario a los funcionarios, servidores y ex servidores dela UNSACA: Ing. Carlos Chuquilín Terán, Augusto Escalan-te Apaéstegui, José Antonio Coca Romero, Gustavo LinoChilet, Taeo Ho Hang, Antonio de la Cruz Tasayco, AguedaOrdóñez Parraguez, Rosario Terry Noriega, José VelásquezBobadilla, Carmen Asca de Jara, Edwin Gálvez Torres,Segundo Hernández Molina, José Meza Pichilingue, CarlosPaís Ramírez, Juan Resurrección Huerta, Nery Solís Mateu,Luzmila Guzmán Guzmán, Luis Meza Collantes, FernandoNicho Velásquez, Silas Edgar Ramírez Changanaquí, CarlosFiestas Urbina, Juan Luna Romero, Carlos Job FiestasUrbina y Carlos Miguel Chuquilín Terán; quienes habríanincurrido en falta de carácter administrativo durante eldesempeño de sus funciones y cargos, faltas tipificadas en elArt. 28º incisos a), d) y f) del D.L. Nº 276 Ley de Bases de laCarrera Administrativa Pública;

Que, de los descargos presentados por cada una de laspersonas arriba mencionadas se desprende que el Lic. Au-gusto Escalante Apaéstegui, docente en su condición desecretario del CICITE, no habría cumplido con liquidar losanticipos recibidos según C/P 2937 del año 1995 por la sumade S/. 750.00 Nuevos soles; pero según documento queadjunta en su descargo ha demostrado que cumplió conefectuar la liquidación del citado anticipo, por lo que debeabsolvérsele de los cargos formulados en su contra; el Sr. JoséCoca Romero, trabajador administrativo se le responsabilizapor no haber demostrado documentariamente haber liquida-do los anticipos recibidos según C/P 180 del año 1991 por S/. 150.00 Nuevos soles y C/P 923 del año 1997 por S/. 200.00Nuevos soles, quien en su descargo, no ha acreditado conpruebas suficientes haber dado cumplimiento a las liquida-ciones antes referidas por lo que subsiste dicha responsabi-lidad como falta administrativa tipificado en el Art. 28ºincisos a) y f) del D.L. Nº 276; el Lic. Gustavo Lino Chilet, sele responsabiliza por no haber cumplido con efectuar laliquidación de los anticipos recibidos según C/P 1544 del año1991 por S/. 100.00 Nuevos soles y C/P 3326 del año 1996 porS/. 1,000.00 Nuevos soles; quien en sus descargos no hademostrado fehacientemente haber cumplido con acreditardocumentariamente la liquidación de los anticipos concedi-dos con los comprobantes de pago arriba mencionados, por loque subsiste la responsabilidad administrativa tipificada enel Art. 28º incisos a) y f) del D.L. Nº 276; la Sra. Rosario TerryNoriega, ex servidora administrativa se le responsabiliza porno haber cumplido con liquidar el anticipo recibido según C/

P 1057 del año 1996 por S/. 200.00 Nuevos soles, quien en sudescargo no ha acreditado fehacientemente con haber liqui-dado el anticipo concedido con el comprobante de pago antesmencionado, por lo que subsiste la responsabilidad adminis-trativa tipificada como falta disciplinaria en el Art. 28ºincisos a) y f) del D.L. Nº 276; el Sr. José Velásquez Bobadilla,se le responsabiliza por no haber cumplido con liquidar elanticipo recibido según C/P 2225 del año 1996 por S/. 65.00Nuevos soles, quien en su descargo no ha acreditado condocumento fehacientemente haber cumplido con liquidar elanticipo arriba indicado, subsistiendo la falta administrativaincurrida por el citado servidor; el Ing. Edwin Gálvez Torres,docente de la Universidad a quien se le responsabiliza por nohaber cumplido con liquidar el anticipo concedido medianteC/P 1845 del año 1996 por S/. 420.00 Nuevos soles, quien ensu escrito de descargo no ha acreditado documentariamenteni fehacientemente haber dado cumplimiento con liquidardicho anticipo subsistiendo la falta administrativa tipificadaen el Art. 28º incisos a) y f) del D.L. Nº 276; el Ing. SegundoHernández Molina, a quien se le responsabiliza por no habercumplido con liquidar los anticipos otorgados mediante C/P4011 del año 1996 por S/. 500.00 Nuevos soles y C/P 507 delaño 1997 por S/. 1,600.00 Nuevos soles, quien en su escrito dedescargo no ha demostrado fehacientemente con documen-tos sustentatorios haber liquidado dichos anticipos, subsis-tiendo la falta administrativa tipificada en el Art. 28º incisosa) y f) del D.L. Nº 276; el Sr. José Meza Pichilingue, docentea quien se le responsabiliza por no haber liquidado el anticipoconcedido mediante C/P del año 1996 por S/. 200.00 Nuevossoles, quien en su descargo ha demostrado que cumplió conpresentar en el término de Ley la liquidación del anticipoconcedido con fecha 26 de agosto del año 1996, por lo que debeabsolvérsele de los cargos formulados en su contra; el Sr.Juan Resurrección Huerta, se le responsabiliza de no haberliquidado el anticipo concedido según C/P 3803 del año 1996por la suma de S/. 27.50 Nuevos soles, quien en su escrito dedescargo no ha acreditado de manera fehaciente haberliquidado dicho anticipo recibido, por lo que subsiste laresponsabilidad administrativa; la Sra. Nery Solís Mateu, exdocente de la Universidad a quien se le responsabiliza de nohaber liquidado los anticipos concedidos mediante C/P 2190del año 1996 por S/. 1,066.50 y C/P 2230 del año 1996 por S/. 2,000.00 Nuevos soles, quien en su escrito de descargo hadesvirtuado en forma parcial dicha responsabilidad subsistien-do de liquidar el C/P 2230 por la suma e S/. 2,000.00 Nuevossoles, por lo que su conducta se tipifica como falta adminis-trativa en el Ar. 28º incisos a) y f) del D.L. Nº 276; la Lic.Luzmila Guzmán Guzmán, ex docente de la Universidad, aquien se le responsabiliza por no haber liquidado el anticipoconcedido según C/P 524 del año 1997 por la suma de S/.12,300.00 Nuevos soles, quien en su descargo no ha demos-trado con documento fehaciente haber liquidado el anticipoconcedido según comprobante de pago arriba indicado, por loque la responsabilidad subsiste y se encuentra tipificadadentro del Art. 28º incisos a) y f) del D.L. Nº 276; el Sr. LuisMeza Collantes, docente de la Universidad a quien se leresponsabiliza por no haber liquidado el anticipo concedidosegún C/P 2452 del año 1997 por S/. 3,000.00 Nuevos soles,quien de su escrito de descargo no ha demostrado fehaciente-mente haber efectuado la liquidación del anticipo que se leconcedió según comprobante de pago arriba indicado, por loque subsiste la falta tipificada en el Art. 28º incisos a) y f) delD.L. Nº 276; el Sr. Fernando Nicho Velásquez, a quien se leresponsabiliza por no haber cumplido fehacientemente conliquidar el anticipo concedido mediante C/P 293 del año 1997por la suma de S/. 200.00 Nuevos soles, quien en su escrito dedescargo no ha demostrado fehacientemente con documen-tos haber cumplido con liquidar el anticipo concedido concomprobante de pago antes indicado, por lo que subsiste lafalta administrativa tipificada en el Art. 28º incisos a) y f) delD.Leg. Nº 276; el Sr. Silas Ramírez Changanaquí, servidoradministrativo a quien se le responsabiliza por no habercumplido con liquidar el anticipo recibido según C/P 923 delaño 1997 por la suma de S/. 200.00 Nuevos soles, quien en suescrito de descargo no ha demostrado fehacientemente nidocumentariamente haber liquidado dicho anticipo por loque existe la responsabilidad administrativa tipificada en elArt. 28º incisos a) y f) del D.Leg. Nº 276; el Ing. Antonio De laCruz Tasayco, docente de la Universidad a quien se leresponsabiliza de no haber cumplido con liquidar los antici-pos recibidos, según C/P 1710 del año 1995, por la suma de S/. 1,500.00 Nuevos Soles destinados para ser utilizados en laRed de Embarcación de propiedad de la Universidad; sinembargo, del descargo presentado por el citado docente no sedesvirtúa de manera fehaciente ni documentariamente quehaya cumplido con liquidar el monto indicado, subsistiendoel cargo formulado en su contra como falta de carácteradministrativo tipificada en el Artículo 28º incisos a) y f) delD. Leg. Nº 276; el Lic. Carlos Job Fiestas Urbina, docente dela Universidad a quien se le responsabiliza por no habercumplido con liquidar los anticipos recibidos con C/P 3806 del

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Pág. 179099NORMAS LEGALESLima, miércoles 6 de octubre de 1999

año 1996 por la suma de S/. 2,000.00 Nuevos soles destinadoal pago de honorarios de trabajadores del CCI; sin embargoel procesado no cumplió con acreditar de manera fehacientey documentaria haber liquidado la suma recibida en calidadde anticipo, por cuanto los documentos que adjunta comodescargo no desvirtúan totalmente su negligencia, subsis-tiendo los cargos incoados en su contra; por lo que procede lasanción administrativa; La Lic. Agueda Ordóñez Parraguez,ex docente de la Universidad, a quien se le responsabiliza porno haber demostrado documentaria y fehacientemente conliquidar los anticipos recibidos según C/P 1201 y 2068 del año1995 por la suma S/. 1,200.00 y S/. 30,000.00 Nuevos Solesdestinados a la Comisión Ad hoc del PROFDOSA, en sucalidad de Tesorera; según el descargo presentado, la citadaex docente ha expuesto de manera clara y contundente habercumplido en su oportunidad con su obligación de presentarla liquidación documentada de los gastos efectuados en elPrograma de Formación de Profesionalización Docente Autofi-nanciado y Semiescolarizado, sustentando su argumento condocumentos probatorios; lo que conlleva a que ha desvirtua-do los cargos imputados en su contra y el Ing. Carlos MiguelChuquilín Terán, docente de la Universidad, a quien se leresponsabiliza no haber cumplido documentaria y fehaciente-mente con liquidar el anticipo recibido según C/P 4707 delaño 1995 por la suma de S/. 100.00 Nuevos soles, monto queestaba destinado a cubrir los gastos de movilidad a la ciudadde Lima (Universidad de San Marcos e Ingeniería); deldescargo presentado por el referido docente se encuentraacreditado que en su momento oportuno cumplió con efec-tuar la liquidación de la suma recibida, por lo que dicho cargoha quedado desvirtuado totalmente y procede su absolución;

Que, los servidores y docentes: Tae Ho Hang, CarmenAsca de Jara, Carlos País Ramírez, y Juan Luna Romero, nohan cumplido con efectuar sus descargos dentro del términode Ley, pese a habérseles notificado con las formalidades queestablece el D.L. Nº 276 y su Reglamento subsistiendo loscargos incoados en su contra;

Que, de los descargos presentados por cada uno de losprocesados, en mucho de ellos se desvirtúa totalmente, en otrossubsiste total y/o parcialmente los cargos formulados en sucontra por lo que procede emitir la Resolución correspondiente;

Estando al acuerdo y recomendación de la ComisiónPermanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, conla visación de los Vicerrectores Académico y Administrativo,Jefe de la Oficina de Asesoría Legal y Jefe de la Unidad dePersonal; y,

De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 26ºincisos c) y d) del D.L. Nº 276, su Reglamento D.S. Nº 005-90-PCM, con las facultades y atribuciones conferidas por lasLeyes Nºs. 26855, 26457, 26614 y Resolución Suprema 596-97-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- ABSOLVER, de los cargos formulados en sucontra a los siguientes servidores:

- AUGUSTO ESCALANTE APAESTEGUI- JOSE SANTIAGO MEZA PICHILINGUE- AGUEDA ORDOÑEZ PARRAGUEZ- CARLOS MIGUEL CHUQUILIN TERAN

Por los fundamentos expuestos en la parte considerativade la presente Resolución.

Artículo 2º.- IMPONER SANCION DISCIPLINARIA deCESE TEMPORAL de DOS (2) MESES sin goce deremuneraciones a don CARLOS JOB FIESTAS URBINA yCESE TEMPORAL de tres (3) MESES sin goce de remune-raciones a don ANTONIO DE LA CRUZ TASAYCO, por losfundamentos expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución.

Artículo 3º.- Imponer SANCION DISCIPLINARIA deCESE TEMPORAL de CUATRO (4) MESES sin goce deremuneraciones a los siguientes servidores:

- JOSE COCA ROMERO- GUSTAVO LINO CHILET- TAE HO HANG- ROSARIO TERRY NORIEGA- JOSE VELASQUEZ BOBADILLA- CARMEN ASCA DE JARA- EDWIN GALVEZ TORRES- SEGUNDO HERNANDEZ MOLINA- CARLOS PAIS RAMIREZ- JUAN RESURRECCION HUERTA- NERY SOLIS MATEU- FERNANDO NICHO VELASQUEZ- SILAS EDGAR RAMIREZ CHANGANAQUI- LUZMILA GUZMAN GUZMAN- LUIS MEZA COLLANTES- JUAN LUNA ROMERO

Por los fundamentos expuestos en la parte considerativade la presente Resolución.

Artículo 4º.- Encargar al Jefe de la Oficina de AsesoríaLegal de la Universidad en coordinación con el ProcuradorPúblico a cargo de los asuntos del Ministerio de Educación lasacciones legales correspondientes para recuperar los antici-pos otorgados a los servidores y ex servidores de la UNSACA.

Artículo 5º.- Notifíquese mediante el Diario Oficial ElPeruano a las personas arriba mencionadas para su conoci-miento y así como remitir copia de la Resolución al legajopersonal para los fines consiguientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LEONCIO RUIZ RIOSRectorPresidente Comisión Reorganizadora

ELA LEILA ESTRADA ORESecretaria General

12716

I N P EDeclaran improcedente reconsidera-ción contra resolución que sancionócon destitución a ex servidor

RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DELINSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO

Nº 695-99-INPE-P

Lima, 27 de setiembre de 1999

Visto, el Recurso de Reconsideración interpuesto por elservidor RICARDO EDUARDO COTRINA ROWE, contra laResolución de la Presidencia del Instituto Nacional Peniten-ciario Nº 589-99-INPE-P, de fecha 18 de agosto de 1999, yDictamen Nº 182-99-INPE/OGAJ, de fecha 24 de setiembrede 1999, de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de la Presidencia del InstitutoNacional Penitenciario Nº 589-99-INPE-P, de fecha 18 deagosto de 1999, se resuelve imponer la sanción disciplinariade Destitución al ex servidor del Instituto Nacional Peniten-ciario RICARDO EDUARDO COTRINA ROWE;

Que el impugnante alega en su Recurso Impugnatoriomateria del grado, que en su parte considerativa no hacumplido con las exigencias del Artículo 185º del D.S. Nº 005-90-PCM que señala el plazo de 30 días de anticipación parapresentar la solicitud de renuncia voluntaria, señalando ensu último párrafo que se exonera de este plazo en casosespeciales que se presenten, extremo en el que la comisión haomitido pronunciarse. Indica además que solicitó Licenciasin Goce de Haber de fecha 21 de diciembre de 1997 por 30días, los que fueron aceptados, solicitando luego la amplia-ción por 60 días más, en concordancia con el Artículo 115º delD. Ley Nº 276 que establece el período de Licencia hasta por90 días, pero por problemas familiares fuera de la ciudad deLima, se entera por terceras personas que su ampliación deLicencia sólo fue concedida por treinta días más y no por 60días como lo solicitó, pero al no poder regresar a Lima acumplir su labor dentro del INPE presentó su Carta deRenuncia Voluntaria de acuerdo al Artículo 185º del D.S.Nº005-90-PCM que exonera al servidor del plazo en situacionesde emergencia, agrega además que la Comisión de ProcesosAdministrativos se equivoca cuando indica que ha faltado asu centro de labores desde el 20 de febrero de 1997 al 26 demarzo de 1998 consecutivamente, siendo falso ya que el 5 demarzo de 1998 presentó su Carta de Renuncia por conductonotarial, en vista de no haber sido aceptado por el Jefe dePersonal, ni por la Mesa de Partes de Trámite Documentario;

Si bien el servidor solicitó Licencia sin Goce de Haber enel mes de diciembre de 1997 de acuerdo al Decreto Legisla-tivo Nº 276, en concordancia con el D.S. Nº 005-90-PCM, porun período de 30 días por problemas familiares, hay queindicar que el servidor solicitó posteriormente una amplia-ción de la Licencia por un período de 60 días de acuerdo alArtículo 24º, Inc. e) del Decreto Legislativo antes acotado, nosiendo concedida dicha ampliación presentando inmediata-mente su Carta de Renuncia Voluntaria, debiendo de indicarque al no concederle al servidor la ampliación de su Licenciaéste debió reincorporarse inmediatamente después de habervencido su primer y único goce de Licencia, hecho que no

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ocurrió puesto que no solamente presentó su Carta deRenuncia fuera del plazo, sino que lo hizo notarialmente,cuando lo correcto era presentarlo ante el Jefe de Personal enforma directa o a través de la Mesa de Partes;

Que, sustanciado el Recurso Impugnativo y merituadalas instrumentales que fluye en autos se evidencian queexiste documento que no desvirtúan los hechos que motiva-ron la presente Resolución de Presidencia;

Que las disposiciones contenidas en el Artículo 98º del"Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales deProcedimientos Administrativos" aprobado mediante Decre-to Supremo Nº 02-94-JUS, son de carácter imperativo alprescribir que "El Recurso de Reconsideración se interpon-drá ante el mismo órgano que dictó la primera resoluciónimpugnada, debiendo necesariamente sustentarse con nue-va prueba instrumental", que siendo el caso la prueba instru-mental anexada al Recurso de Reconsideración no desvir-túan los hechos que motivaron la Resolución recurrida;

Estando al Dictamen Nº 182-99-INPE/OGAJ, de fecha 24de setiembre de 1999 de la Oficina General de AsesoríaJurídica y con las visaciones de la Oficina de RecursosHumanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad a lo establecido en el Artículo 98º delDecreto Supremo Nº 02-94-JUS "Texto Unico Ordenado de laLey de Normas Generales de Procedimientos Administrati-vos", Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministerial Nº 199-98-JUS "Reglamen-to de Organización y Funciones del Instituto NacionalPenitenciario" y en uso de las facultades conferidas por laResolución Suprema Nº 189-99-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE el Recurso deReconsideración, interpuesto por el servidor RICARDOEDUARDO COTRINA ROWE, contra la Resolución de laPresidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 589-99-INPE-P, de fecha 18 de agosto de 1999, por los fundamentosexpuestos en la parte considerativa de la presente Resolu-ción.

Artículo 2º.- Notifíquese la presente Resolución a travésdel Diario Oficial El Peruano para los efectos legales perti-nentes.

Artículo 3º.- Remítase copia de la presente Resolución alas instancias pertinentes para los fines de ley.

Regístrese, comuníquese, archívese.

FEDERICO G. HURTADO ESQUERREPresidente

12680

Inician procedimiento disciplinario aservidores de la Dirección RegionalOriente - Pucallpa

RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DELINSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO

Nº 699-99-INPE-P

Lima, 1 de octubre de 1999

VISTO, el Informe Nº 176-99-INPE-CPPAD de fecha 28de setiembre de 1999 de la Comisión Permanente de Proce-sos Administrativos Disciplinarios del Instituto NacionalPenitenciario;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Memorándum Nº 330-99-INPE/SG defecha 13.AGO.99, el Secretario General, remite la HojaInformativa Nº 006-99-INPE/DROP/AR en torno al "cobroindebido de cheque por dos servidores de la Región Orien-te - Pulcallpa", a esta Comisión Permanente de ProcesosAdministrativos Disciplinarios, a fin de determinar res-ponsabilidad administrativa de los servidores: Mario LO-ZANO SALDAÑA, Tesorero, y Lucio ARBILDO GON-ZALES, Jefe de Informática y Suplente para las firma decheques de la Dirección Regional Oriente - Pucallpa, queestarían involucrados en el cobro de cheque Nº 02099929,por el monto de S/. 1,100.15 Nuevos Soles;

Que, el servidor Mario LOZANO SALDAÑA, ex Teso-rero de la Dirección Regional Oriente - Pucallpa, se autogiróindebidamente el Cheque Nº 02099929, de la Cta. Cte. Nº05125675, Ingresos Propios por la suma de S/. 1,100.15Nuevos Soles, con fecha 27.FEB.98 y haciéndolo efectivo el21.MAR.98, sin que este documento cuente con las visaciones

del Jefe de Control de la Región Pucallpa, el encargado de laUnidad Financiera y de la responsable de la Oficina deAdministración. Sólo el cheque contaba con la firma delservidor Lucio ARBILDO GONZALES, Jefe de la Unidadde Informática y suplente para la firma de cheques, en casode que el Administrador, Nelson QUISPE POVES, quien erael Titular. Es por esta razón que la suma de S/. 1,100.15Nuevos Soles, se mantuvo en poder del servidor MarioLOZANO SALDAÑA hasta el 19.ABR.99, fecha en quedevolvió el referido monto a la Cta. Cte. Nº 0512-005675 delBanco de la Nación, al tomar conocimiento que se estabarealizando una investigación sumaria, ya que se detectó enel Movimiento Contable - al cierre del ejercicio 1998, unamayor ejecución de S/. 1,100.15 Nuevos Soles, según constaen el empoce Nº 6919064;

Que, en relación al Jefe de la Unidad de Informática dela Región Oriente - Pucallpa, firmó el cheque por ser desig-nado como suplente, ya que manifestaba que el titular, Sr.Nelson QUISPE POVES, no se encontraba presente, hechoque ha sido desmentido por la Tarjeta de Control de Asisten-cia del mes de febrero del 98, donde figuraba su asistencia;

Que, ha quedado evidenciado que existen suficienteselementos de juicio que permiten establecer que los servido-res de la Región Oriente - Pucallpa, Mario LOZANO SAL-DAÑA, habría incumplido el primero lo dispuesto en losincisos a) y d) del Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276,falta prevista en los incisos a), d) y h) del Artículo 28º delmismo dispositivo legal y en torno al Sr. Lucio ARBILDOGONZALES, habría incumplido lo dispuesto en los incisosa) y b) del Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, faltaprevista en los incisos a) y d) del Artículo 28º del mismodispositivo legal;

Que, asimismo este hecho irregular transgrede las si-guientes normas R.D. Nº 026-80-F-77 "Normas Generales delSistema de Tesorería", NGT-010 "Medidas de Seguridadpara el giro de cheques y traslado de fondos" y R.D. Nº 047-97-F-77.15 Decreto Supremo Nº 310-89-F, en su Artículo 14º;

Estando al Informe de la Comisión Permanente de Pro-cesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones dela Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina deRecursos Humanos;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legisla-tivo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamentode Organización y Funciones del Instituto Nacional Peniten-ciario y en uso de las facultades conferidas por la ResoluciónSuprema Nº 189-99-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- INSTAURAR proceso administrativo dis-ciplinario a los servidores: Mario LOZANO SALDAÑA,Tesorero y Lucio ARBILDO GONZALES, Jefe de la Uni-dad de Informática y Suplente para la firma de cheques, dela Dirección Regional Oriente - Pucallpa, por los fundamen-tos señalados en la parte considerativa de la presente reso-lución.

Artículo 2º.- Los servidores procesados pueden presen-tar sus descargos y pruebas convenientes a su defensa antela Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci-plinarios, conforme a ley.

Artículo 3º.- Notifíquese la presente Resolución a travésdel Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales perti-nentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FEDERICO G. HURTADO ESQUERREPresidente

12681

Absuelven a servidores de estableci-mientos penitenciarios de Río Seco yel Callao, de cargos formulados enprocesos disciplinarios

RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DELINSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO

Nº 700-99-INPE-P

Lima, 1 de octubre de 1999

VISTO, el Informe Nº 173-99-INPE-CPPAD de fecha 23de setiembre de 1999 de la Comisión Permanente de Proce-sos Administrativos Disciplinarios del Instituto NacionalPenitenciario;

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Pág. 179101NORMAS LEGALESLima, miércoles 6 de octubre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de la Presidencia del InstitutoNacional Penitenciario Nº 487-99-INPE-P de fecha 13 dejulio de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17de julio de 1999, se instauró proceso administrativo a losservidores: Samuel Elías TORRES MONTALVO, ex Direc-tor, José Fernando AGURTO CABRERA, Subdirector, Ale-jandro Arturo DAVILA SANCHEZ, ex Administrador e Is-mael MONTENEGRO ALVAREZ, Agente Penitenciario, ser-vidores del Establecimiento Penitenciario de SentenciadosRío Seco Piura;

Que, del análisis de los documentos, y descargo presen-tados por los servidores, se infiere que el Director RegionalNorte de Chiclayo Julio IRIGOIN MEDINA ordenó que seefectúe las investigaciones del caso, relacionadas a los inci-dentes ocurridos en el Establecimiento Penitenciario de RíoSeco Piura, (Motín), en torno a publicaciones periodísticasaparecidas en los diarios de Piura. Que, los servidorespresuntamente implicados en el hecho son Samuel ElíasTORRES MONTALVO, el cual manifiesta en su descargo queno estuvo presente el día del motín (25.OCT.98) en el Esta-blecimiento Penal de Río Seco - Piura y que encargó susfunciones de Director al Subdirector José Fernando AGUR-TO CABRERA, mediante Memorándum Nº 210-98-INPE-DES-RSP, que adjunta en su descargo como prueba de sudicho, asimismo, los documentos de su viaje hacia la ciudadde Chiclayo, por enfermedad de un familiar;

Que, el servidor Ismael MONTENEGRO ALVAREZ, ma-nifiesta que no estuvo de servicio el día del Motín (25.OCT.98),por lo que adjunta documentación probatoria, de los serviciosanterior y posterior, situación esta que enerva los argumen-tos presentados en su contra, ya que no estuvo el díaanteriormente mencionado en la cárcel de Río Seco - Piura;

Que, el servidor Alejandro Arturo DAVILA SANCHEZ,en su descargo de ex Administrador, manifiesta que lacomida servida en el Penal, no es de mala calidad muy porel contrario diariamente es verificada la paila en cuanto asu calidad por los médicos del Penal y ocasionalmente porlos representantes del Ministerio Público que periódica-mente inspeccionan a la población penitenciaria, paraverificar su situación jurídica de todos ellos. Asimismo, elmencionado servidor presenta Certificación del Directordel Penal (Samuel Torres Montalvo), donde se indica quetenía conocimiento que del día 21 al 25 de octubre de 1998,el servidor DAVILA SANCHEZ, se encontraba en Chicla-yo, por motivo de carácter personal. Admite el precitadoservidor que la encargatura del puesto de Administradorque le hizo al servidor Ricardo Jiménez González fue decarácter verbal sin documentación alguna, por motivo deque éste trabajaba con él, desde que se hizo cargo de laAdministración del E.P Río Seco - Piura, por lo que secolige que conocía el desempeño del cargo, es más ante-riormente había sido administrador del E.P Castilla dePiura y del Penal de Huancabamba, de lo que se deduce noera ningún improvisado y que conocía las funciones inheren-tes al cargo de Administrador;

Que, el servidor José Fernando AGURTO CABRERA, enrelación a la responsabilidad de Subdirector, en su descargoconsigna los testimonios de otros internos, que hace ver conel interno Socola Franco, no participó en el motín y muy porel contrario permaneció en su ambiente debido a una discu-sión que había sostenido con su pareja, ya que es homosexual,el mencionado interno presentó un principio de apendicitisaguda, corroborado esto por la medida tomada por los médi-cos del Penal, que ordenaron su traslado al Hospital Públicode Piura, después de dos días de presentado el dolor abdomi-nal y previa evaluación profesional;

Que, ha quedado evidenciado que el servidor SamuelElías TORRES MONTALVO, no estuvo presente el día25.OCT.98, por motivo de viaje, por lo que no estuvo en elE.P. cuando se produjo el Motín del Establecimiento Peni-tenciario de Río Seco - Piura y que encargó las funcionesde Director al Subdirector José Fernando AGURTO CA-BRERA, con Memorándum Nº 210-98-DESP-RSP, por loque ha enervado los cargos levantados en su contra, yprocede absolverlo. En relación al servidor Ismael MONTE-NEGRO ALVAREZ, Agente Penitenciario del Esta-blecimiento Penitenciario de Río Seco - Piura, de acuerdoa las pruebas presentadas que son partes de ocurrencias delos días 24 y 26 de octubre 98, el precitado servidor no seencontraba de servicio dentro del Penal, de lo que sededuce su no-responsabilidad en los cargos imputados, porlo que ha enervado los cargos formulados en su contra.Asimismo, en relación al Subdirector José Fernando AGUR-TO CABRERA, sí estuvo laborando en el momento delMotín, recibiendo una lesión en la espalda por los hechossucedidos, al ser agredido por los internos, sin embargo no

existe la seguridad que el interno Socola Franco hallaparticipado en estos hechos, ya que es de verse de acuerdoa los testimonios presentados por otros internos comoconsigna en su descargo del servidor José Fernando AGUR-TO CABRERA, no participó en el Motín y mucho menos fueagredido por el precitado servidor, el traslado de esteinterno al Hospital Público de Piura se produce dos díasdespués del Motín e inicialmente se pensó que lo que sufríael interno era un Cuadro de Apendicitis aguda. Todasestas circunstancias crean una duda razonable sobre laparticipación del servidor AGURTO CABRERA, en laagresión del interno mencionado, por lo que en este caso sedebe aplicar el principio del INDUBIO PRO OPERARIO yconsecuentemente debe ser absuelto de los cargos formu-lados en su contra;

Que, sobre el servidor Alejandro Arturo DAVILA SAN-CHEZ, ex Administrador del E.P. Río Seco Piura, enerva loscargos sobre la calidad de la comida que es revisada diaria-mente por los Médicos del Penal, que certifican su calidad.Asimismo, presenta la Constancia expedida por el Directordel Penal, donde éste reconoce que del 21 al 25 de octubrede 1998, el mencionado servidor se encontraba en Chiclayo,por motivos de salud familiar, de lo que se deduce no estuvoen el momento de los hechos. Asimismo, si bien es cierto queno dejó por escrito la encargatura como Administrador alservidor Ricardo Jiménez González, se la dejó verbalmentey no es menos cierto de acuerdo a la documentación presen-tada a fojas 137 y 139 que anteriormente había adminis-trado el referido servidor el E.P. Castilla y el Penal deHuancabamba, por lo que contaba con amplia experiencia.Por todos estos considerandos el servidor Alejandro ArturoDAVILA SANCHEZ queda absuelto de los cargos formula-dos en su contra;

Estando al Informe de la Comisión Permanente de Pro-cesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones dela Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina deRecursos Humanos;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legisla-tivo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamentode Organización y Funciones del Instituto Nacional Peniten-ciario y en uso de las facultades conferidas por la ResoluciónSuprema Nº 189-99-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- ABSOLVER a los servidores Samuel ElíasTORRES MONTALVO, ex Director, José Fernando AGUR-TO CABRERA, Subdirector, Alejandro Arturo DAVILA SAN-CHEZ, ex Administrador e Ismael MONTENEGRO ALVA-REZ, del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados deRío Seco - Piura, de los alcances formulados en la R.P Nº 487-99-INPE-P, por los fundamentos señalados en la parte con-siderativa de la presente resolución.

Artículo 2º.- Notifíquese la presente resolución a travésdel Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales perti-nentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FEDERICO G. HURTADO ESQUERREPresidente

12682

RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DELINSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO

Nº 701-99-INPE-P

Lima, 1 de octubre de 1999

VISTO, el Informe Nº 178-99-INPE-CPPAD de fecha 29de setiembre de 1999 de la Comisión Permanente de Proce-sos Administrativos Disciplinarios del Instituto NacionalPenitenciario;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de la Presidencia del Insti-tuto Nacional Penitenciario Nº 538-99-INPE-P.(4.AGOS.99) publicada en el Diario Oficial El Peruano confecha 5.AGO.99 se instaura proceso administrativo discipli-nario a los servidores ROSARIO CONSUELO MARCELOHERMOZA, ex Administradora, ALEJANDRO DEMUS-TENES MEJIA FIGUEROA, ex Jefe de Trabajo, ex servi-dores ADRIAN KELYN CAUCHE RAMIREZ, ex Jefe deTrabajo y LINDA IRENE MASIAS CASTILLO ex Admi-

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Pág. 179102 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999

nistradora del Establecimiento Penitenciario del Callao,al haberse establecido previa verificación y cruce de infor-mación del Jefe de Almacén y Dirección de la OficinaFinanciera, así como la revisión selectiva de los compro-bantes de pago relacionadas con las compras realizadasdurante el período de 1996 y 1997, y la constatación físicade las maquinarias, equipos y herramientas, determinán-dose que en el período 1996 y 1997 fueron recepcionados enel Establecimiento Penitenciario del Callao, la cantidadde 114 unidades completas de maquinarias, equipos yherramientas, de las cuales se hallan faltantes por el valorde S/.4,366.09. Nuevos soles, recayendo responsabilidadadministrativa disciplinaria en los servidores y ex servi-dores citados, al haber actuado negligentemente en eldesempeño de sus funciones, al no salvaguardar los inte-reses del Estado, incumpliendo lo dispuesto en los incisosa) y b) del Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276,faltas tipificadas en los incisos a) y d) del Artículo 28º delmismo dispositivo legal;

Que del análisis del descargo e informe oral presentadopor el servidor ALEJANDRO DEMUSTENES MEJIA FI-GUEROA alega que todos los bienes que ingresan al Esta-blecimiento Penitenciario se realiza a través de la Adminis-tración, habiendo desempeñado el cargo de Jefe de Trabajodel 18 de abril de 1996 hasta el 27 de febrero de 1997 y lasegunda gestión desde el 3 de marzo de 1998, hasta laactualidad, señala que no existe documento alguno quedemuestren que haya recibido bienes y que al momento desu verificación no se encuentren, siendo así que solicitó a laAdministradora del Establecimiento Penitenciario del Ca-llao, mediante Oficio Nº 176-98-INPE-EPC-ATP. (25.JUN.98)se remitan copia de las PECOSAS de entrega de maquina-rias y herramientas que recepcionó el área de Trabajodurante los años 96 y 97, adjunta la constancia expedida porel Jefe del Area Mantenimiento del E.P. Callao, quiencertifica la existencia de los supuestos bienes faltantes. Deotro lado la servidora ROSARIO CONSUELO MARCELOHERMOZA, ex Administradora, refiere en su descargo quedesempeñó el cargo en el período comprendido desde el mesde abril de 1996 al 31 de diciembre de 1997, aduce que lasmaquinarias, equipos y herramientas supuestamente des-aparecidas las entregó bajo cargo de Actas de relevo a laAdministradora entrante Sra. LINDA YRENE MASIASCASTILLO, dejando en claro que por necesidad de uso sonasignados a las áreas de Mantenimiento, Almacén, Trabajoy Educación, coincidiendo con el argumento del servidorAlejandro Mejía Figueroa. Que la Comisión Permanente deProcesos Administrativos, a tenor de lo dispuesto en elArtículo 76º del Decreto Supremo Nº 002-94-JUS "TextoUnico Ordenado de Procedimientos Administrativos" hadiligenciado la prueba de Inspección en las Instalacionesdel Establecimiento Penitenciario del Callao, levantando elActa de fecha 27.SET.99, donde se verifica la existenciafísica de casi la totalidad de los bienes en cuestión, aexcepción de los materiales de consumo que por su natura-leza son de carácter fungible y que ya han sido utilizados.No obstante, los ex servidores ADRIAN KELYN CAUCHERAMIREZ y LINDA IRENE MASIAS CASTILLO, no hanhecho uso de su derecho de réplica ante la acción adminis-trativa; sin embargo, al haberse desvanecido la responsabi-lidad conjunta, es favorable a todos los co procesados elresultado de la aplicación de la medida administrativa;

Que, del análisis de los descargos presentados por losservidores ALEJANDRO DEMUSTENES MEJIA FIGUE-ROA y ROSARIO CONSUELO MARCELO HERMOZA seconcluye que han desvirtuado los cargos formulados en sucontra descritos en la Resolución de la Presidencia Nº 538-99-INPE-P.(4.AGO.99);

Estando al Informe de la Comisión Permanente de Pro-cesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones dela Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina deRecursos Humanos;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legisla-tivo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamentode Organización y Funciones del Instituto Nacional Peniten-ciario y en uso de las facultades conferidas por la ResoluciónSuprema Nº 189-99-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- ABSOLVER a los servidores ALEJAN-DRO DEMUSTENES MEJIA FIGUEROA, Jefe de Trabajo.ROSARIO CONSUELO MARCELO HERMOZA, ex Admi-nistradora y ex servidores, ADRIAN KELYN CAUCHERAMIREZ y LINDA IRENE MASIAS CASTILLO, de losalcances formulados en la R.P Nº 538-99-INPE-P, por losfundamentos señalados en la parte considerativa de lapresente resolución.

Artículo 2º.- Notifíquese la presente resolución a travésdel Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales perti-nentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FEDERICO G. HURTADO ESQUERREPresidente

12683

MUNICIPALIDADMETROPOLITANA DE

LIMAAprueban Tablas de Factores para ac-tualizar deudas tributarias de contri-buyentes y deudores que se acojan alos BERTRIMUN de La Victoria, Ate y laMML en el mes de octubre de 1999

SERVICIO DE ADMINISTRACIONTRIBUTARIA - SAT

RESOLUCION JEFATURALNº 038-99-SAT-MML

Lima, 1 de octubre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza Nº 111, de fecha 7 de abril de1997, se estableció el Beneficio de Regularización TributariaMunicipal - BERTRIMUN, aplicable a los contribuyentes ydeudores de la Municipalidad Metropolitana de Lima, pordeudas generadas hasta el 31 de diciembre de 1995, que enla actualidad sean administradas por el Servicio de Adminis-tración Tributaria – SAT;

Que, asimismo, mediante Ordenanzas Nºs. 011-MDLV y010-MDA, se creó el Beneficio de Regularización TributariaMunicipal de La Victoria – BERTRIMUN LA VICTORIA y elBeneficio de Regularización Tributaria Municipal de Ate –BERTRIMUN ATE, respectivamente, aplicables a los deudo-res de las referidas municipalidades distritales;

Que, conforme al Artículo 2º de la Ordenanza Metropo-litana Nº 123, de fecha 26 de agosto de 1997, se facultó alSAT a reajustar mensualmente los factores de actualiza-ción de la Tabla aprobada mediante Ordenanza Nº 111 yampliada por la Ordenanza Nº 123, aplicando el Indice dePrecios al Consumidor de Lima Metropolitana (IPC), pu-blicado por el Instituto Nacional de Estadística e Informá-tica - INEI;

Que, asimismo, la Primera Disposición Final de lasOrdenanzas Nºs. 011- MDLV y 010-MDA facultan al SATa reajustar mensualmente los factores de actualización delas Tablas aprobadas en el Artículo 4º de las referidasnormas, aplicando el Indice referido en el considerandoanterior;

Que, se requieren aprobar las Tablas de Factores, reajus-tadas al 30 de setiembre de 1999, para actualizar las deudasde los contribuyentes y deudores que se acojan a los citadosBERTRIMUN, en el mes de octubre de 1999;

De conformidad con lo expuesto;

SE RESUELVE:

Artículo Unico.- Aprobar las Tablas de Factores, reajus-tadas al 30 de setiembre, las mismas que se utilizarán paraactualizar las deudas de los contribuyentes y deudores que seacojan al BERTRIMUN de la Municipalidad Metropolitanade Lima, BERTRIMUN LA VICTORIA y BERTRIMUN ATE,en el mes de octubre de 1999.

Las Tablas de Factores reajustadas se publican comoAnexo de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JOSE ARISTA ARBILDOJefe del Servicio de Administración Tributaria

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Pág. 179103NORMAS LEGALESLima, miércoles 6 de octubre de 1999

MUNICIPALIDAD DELRIMAC

Rectifican anexos de ordenanzas referi-dos al servicio de serenazgo y arbi-trios de Limpieza Pública, Parques yJardines

ORDENANZA Nº 027-MDR

Rímac, 23 de setiembre de 1999

POR CUANTO:

El Concejo Distrital del Rímac, en Sesión Ordinaria de lafecha; y,

CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 108-MLM, se aprobó la

Ordenanza Marco del Régimen Tributario de los Arbitrios deLimpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo;

Que, según el Art. 69º del Decreto Legislativo Nº 776 losimportes correspondientes a los arbitrios deben ser regula-dos en función al costo efectivo del servicio, según el númerode contribuyentes beneficiados;

Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 47-99-MDR, de fecha 10de abril de 1999, se aprobó la Ordenanza Nº 003 que crea el serviciode Serenazgo y el importe del mismo, correspondiente a 1999;

Que, en el Anexo I de la Ordenanza Nº 003-MDR no se haconsignado monto alguno en el tramo de más de 100 hasta150 UIT, lo que es necesario corregir;

Que, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 23853, y con voto Mayoritario de losmiembros del Concejo se dictó la siguiente norma municipal;

ORDENANZAArtículo Primero.- Rectificar el Anexo I de la Ordenan-

za Nº 003-MDR, de fecha 10 de abril de 1999, que crea elservicio de Serenazgo y establece el importe del mismocorrespondiente a 1999, en los términos siguientes:

Tabla de Factores de Actualización para el Beneficio de Regularización Tributaria Municipal - LIMAReajustada al 30 de setiembre de 1999(Aprobada por Ordenanza Nº 111 y ampliada por Ordenanza Nº 123)

MES 1986 1987 1988 1989 1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997

ENE 176.572,36 154.167,40 48.537,81 3.271,46 258,78 5,83 3,48 2,34 1,84 1,53 1,30 1,17FEB 176.572,36 149.848,58 42.708,39 2.549,29 228,41 5,52 3,38 2,27 1,82 1,51 1,29 1,15MAR 176.572,36 142.550,81 34.905,21 1.863,82 139,33 5,23 3,23 2,23 1,77 1,49 1,29 1,14ABR 176.572,36 134.701,48 27.102,05 1.479,10 112,80 4,99 3,11 2,18 1,75 1,46 1,29MAY 176.445,44 123.408,49 19.298,86 1.264,00 64,40 4,75 2,98 2,14 1,71 1,44 1,27JUN 176.318,52 109.662,07 17.081,78 1.108,03 43,44 4,56 2,88 2,10 1,69 1,43 1,25JUL 176.191,60 99.727,38 14.942,72 972,31 17,53 4,36 2,77 2,06 1,66 1,41 1,25AGO 176.064,68 89.792,85 11.640,36 783,75 8,75 4,18 2,67 2,02 1,63 1,38 1,23SET 174.858,07 79.858,23 8.554,75 538,36 7,50 4,02 2,61 1,98 1,61 1,37 1,22OCT 170.764,62 73.511,75 6.140,97 502,17 6,99 3,88 2,55 1,94 1,59 1,35 1,19NOV 164.861,76 66.974,66 4.597,60 421,03 6,55 3,74 2,47 1,91 1,57 1,34 1,18DIC 160.638,23 59.824,99 3.875,42 339,90 6,16 3,61 2,41 1,87 1,54 1,31 1,18

Fuente : Instituto Nacional de Estadística e InformáticaElaboración : SAT. Subgerencia de Desarrollo Tributario

Tabla de Factores de Actualización para el Beneficio de Regularización Tributaria Municipal - LA VICTORIAReajustada al 30 de setiembre de 1999(Aprobada por Ordenanza Nº 011-MDLV)

MES 1986 1987 1988 1989 1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998

ENE 176.560,29 154.156,86 48.534,49 3.271,24 258,76 5,83 3,48 2,34 1,84 1,53 1,30 1,17 1,08FEB 176.560,29 149.838,33 42.705,47 2.549,12 228,39 5,52 3,38 2,27 1,82 1,51 1,29 1,15 1,07MAR 176.560,29 142.541,07 34.902,82 1.863,69 139,32 5,23 3,23 2,23 1,77 1,49 1,29 1,14 1,06ABR 176.560,29 134.692,27 27.100,19 1.479,00 112,79 4,99 3,11 2,18 1,75 1,46 1,29 1,14 1,05MAY 176.433,38 123.400,05 19.297,54 1.263,92 64,39 4,75 2,98 2,14 1,71 1,44 1,27 1,13 1,04JUN 176.306,46 109.654,57 17.080,61 1.107,95 43,44 4,56 2,88 2,10 1,69 1,43 1,25 1,12 1,04JUL 176.179,55 99.720,56 14.941,70 972,24 17,53 4,36 2,76 2,06 1,66 1,41 1,25 1,11 1,03AGO 176.052,64 89.786,71 11.639,57 783,70 8,75 4,18 2,67 2,02 1,63 1,38 1,23 1,11 1,03SET 174.846,11 79.852,77 8.554,17 538,33 7,50 4,02 2,60 1,98 1,61 1,37 1,22 1,10 1,03OCT 170.752,95 73.506,72 6.140,55 502,13 6,99 3,88 2,55 1,94 1,59 1,35 1,19 1,10 1,04NOV 164.850,49 66.970,08 4.597,28 421,00 6,55 3,74 2,47 1,91 1,57 1,34 1,18 1,10 1,04DIC 160.627,25 59.820,90 3.875,16 339,88 6,16 3,61 2,41 1,87 1,54 1,31 1,18 1,09 1,03

Fuente : Instituto Nacional de Estadística e InformáticaElaboración : SAT. Subgerencia de Desarrollo Tributario

Tabla de Factores de Actualización para el Beneficio de Regularización Tributaria Municipal - ATEReajustada al 30 de setiembre de 1999(Aprobada por Ordenanza Nº 010-MDA)

MES 1986 1987 1988 1989 1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998

ENE 176.560,29 154.156,86 48.534,49 3.271,24 258,76 5,83 3,48 2,34 1,84 1,53 1,30 1,17 1,08FEB 176.560,29 149.838,33 42.705,47 2.549,12 228,39 5,52 3,38 2,27 1,82 1,51 1,29 1,15 1,07MAR 176.560,29 142.541,07 34.902,82 1.863,69 139,32 5,23 3,23 2,23 1,77 1,49 1,29 1,14 1,06ABR 176.560,29 134.692,27 27.100,19 1.479,00 112,79 4,99 3,11 2,18 1,75 1,46 1,29 1,14 1,05MAY 176.433,38 123.400,05 19.297,54 1.263,92 64,39 4,75 2,98 2,14 1,71 1,44 1,27 1,13 1,04JUN 176.306,46 109.654,57 17.080,61 1.107,95 43,44 4,56 2,88 2,10 1,69 1,43 1,25 1,12 1,04JUL 176.179,55 99.720,56 14.941,70 972,24 17,53 4,36 2,76 2,06 1,66 1,41 1,25 1,11 1,03AGO 176.052,64 89.786,71 11.639,57 783,70 8,75 4,18 2,67 2,02 1,63 1,38 1,23 1,11 1,03SET 174.846,11 79.852,77 8.554,17 538,33 7,50 4,02 2,60 1,98 1,61 1,37 1,22 1,10 1,03OCT 170.752,95 73.506,72 6.140,55 502,13 6,99 3,88 2,55 1,94 1,59 1,35 1,19 1,10 1,04NOV 164.850,49 66.970,08 4.597,28 421,00 6,55 3,74 2,47 1,91 1,57 1,34 1,18 1,10 1,04DIC 160.627,25 59.820,90 3.875,16 339,88 6,16 3,61 2,41 1,87 1,54 1,31 1,18 1,09 1,03

Fuente : Instituto Nacional de Estadística e InformáticaElaboración : SAT. Subgerencia de Desarrollo Tributario

12722

Dice:

TRAMOS EN UIT ZONA ZONA CASA COMER./INDUS. SINBAJA ALTA HABITACION OTROS CONSTRUIR

Mas de 100 hasta 150 0 0 9.2 0 9.0

Debe decir:

TRAMOS EN UIT ZONA ZONA CASA COMER./INDUS. SINBAJA ALTA HABITACION OTROS CONSTRUIR

Más de 100 hasta 150 0 0 9.2 56.00 9.0

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Pág. 179104 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

GLORIA JARAMILLO AGUILARAlcaldesa

12703

ORDENANZA Nº 029-MDR

Rímac, 23 de setiembre de 1999

POR CUANTO:

El Concejo Distrital del Rímac, en Sesión Ordinaria de lafecha; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza Nº 108-MLM, se aprobó laOrdenanza Marco del Régimen Tributario de los Arbitrios deLimpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo;

Que, según el Art. 69º del Decreto Legislativo Nº 776 losimportes correspondientes a los arbitrios deben ser regula-dos en función al costo efectivo del servicio, según el númerode contribuyentes beneficiados;

Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 50-99-MDR, defecha 26 de abril de 1999, se aprobó la Ordenanza Nº 004sobre el importe de los Arbitrios de Limpieza Pública, Par-ques y Jardines Públicos correspondientes a 1999;

Que, en el Anexo IV de la Ordenanza Nº 004-MDR no seha consignado monto alguno en el tramo de más de 100 hasta150 UIT, lo que es necesario corregir;

Que, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 23853, y con voto Mayoritario de losmiembros del Concejo se dictó la siguiente norma municipal;

ORDENANZA

Artículo Primero.- Rectificar el Anexo IV de la Orde-nanza Nº 004-MDR, de fecha 26 de abril de 1999, queestablece el importe de los Arbitrios de Limpieza Pública,Parques y Jardines Públicos correspondientes a 1999, en lostérminos siguientes:

MUNICIPALIDAD DESAN LUIS

Facultan al despacho de la Alcaldíaaprobar mediante decreto los TUO deordenanzas y modificatorias sanciona-das por el Concejo Distrital

ORDENANZA Nº 039-MDSL

San Luis, 16 de setiembre de 1999

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE SAN LUIS

POR CUANTO:

El Concejo de la Municipalidad de San Luis en SesiónOrdinaria de fecha 31 de agosto de 1999, aprobó por Unanimi-dad el Dictamen Nº 093-99-CEPAL-CDSL presentado por laComisión de Economía, Presupuesto y Asuntos Legales queestablece la Implementación de los Textos Unicos Ordenados(TUO) de las Ordenanzas y sus modificatorias sancionadas porel Concejo Distrital de la Municipalidad de San Luis;

CONSIDERANDO:Que, conforme a las facultades señaladas en la Constitu-

ción Política del Perú, en la Ley Orgánica de Municipalida-des Nº 23853, en el Código Tributario y demás normas legalesvigentes, el Concejo de la Municipalidad Distrital de SanLuis ha aprobado y sigue aprobando Ordenanzas, las mismasque constitucionalmente tienen rango de Ley;

Que, en el ejercicio de esta facultad legislativa, existennormas que han modificado a las anteriores aprobadas,siendo necesario para su correcta aplicación la emisión deTextos Unicos Ordenados (TUO);

Que, corresponde aprobar mediante Ordenanza, la dele-gación de facultades al Despacho de Alcaldía, quien median-te Decreto apruebe los Textos Unicos Ordenados (TUO)necesarios para una mejor gestión Municipal, así comomediante Resolución establezca la conformación de la Comi-sión encargada de implementarla;

Que, estando a lo expuesto de conformidad con la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 23853, se expidió la siguiente:

ORDENANZAArtículo Primero.- FACULTAR al Despacho de Alcaldía

para que mediante Decreto apruebe los Textos Unicos Ordenados(TUO) de las Ordenanzas y sus modificatorias, sancionadas por elConcejo Distrital de la Municipalidad de San Luis, y medianteResolución establezca la conformación de la Comisión integradapor cuatro miembros que se encargue de implementarla.

Artículo Segundo.- Los proyectos de los Textos UnicosOrdenados (TUO) serán presentados a la Alcaldía por laDirección Municipal, a pedido de la Dirección encargada desu cumplimiento e incluirán la correspondiente exposiciónde motivos y en lo posible, las concordancias y sumillas quesean necesarias para su mejor aplicación.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

VICTOR ALEGRIA GONZALESAlcalde

12698

Amplían zonas de parqueo vehicularen el distrito

ORDENANZA Nº 040-MDSLSan Luis, 16 de setiembre de 1999

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE SAN LUIS

POR CUANTO:

El Concejo de la Municipalidad de San Luis en SesiónOrdinaria de fecha 31 de agosto de 1999 aprobó por Unani-midad el Dictamen Nº 006-99-CDUV-CDSL presentado porla Comisión de Desarrollo Urbano y Vialidad que proponeAmpliar las Zonas de Parqueo Vehicular en la Jurisdicciónde San Luis establecidas en la Ordenanza Nº 021-MDSL.

CONSIDERANDO:

Que, la Dirección de Rentas remite a la Oficina de Desarro-llo Urbano un plano sobre las posibles áreas de ampliación delParqueo Vehicular conforme al comportamiento que se ha

Dice:

TRAMOS EN UIT LIMPIEZA PARQUES Y TOTALPUBLICA JARDINES MENSUAL

Mas de 100 hasta 150 0.0 0.0 0.0

Debe decir:

TRAMOS EN UIT LIMPIEZA PARQUES Y TOTALPUBLICA JARDINES MENSUAL

Más de 100 hasta 150 300.40 35.30 335.70

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

GLORIA JARAMILLO AGUILARAlcaldesa

12704

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Pág. 179105NORMAS LEGALESLima, miércoles 6 de octubre de 1999

venido dando, por lo que sugiere se amplíe y se tomen las zonaspropuestas para incluirlas dentro de este rubro;

Que, de conformidad con el plano de Zonificación deldistrito de San Luis Nº 020-91-MLM/DMDU/ZGM las aveni-das y calles propuestas poseen diferentes zonificaciones;

Que, de la zonificación efectuada se tiene que las zonascomerciales son aquellas que crean una afluencia de vehículosque hacen uso del espacio físico y que su frecuencia deterioralas pistas, motivo por el cual estas áreas pueden ser incluidasen la ampliación de las zonas de Parqueo Vehicular;

Que, mediante Ordenanza Nº 021-MDSL de fecha 20 deabril de 1999 se restableció el derecho de Parqueo Vehicularen la Jurisdicción del distrito de San Luis, siendo necesarioampliar las zonas de Parqueo Vehicular de acuerdo al InformeNº 383-99-DDU-MDSL de la Dirección de Desarrollo Urbanoque zonifica las diferentes calles y avenidas propuestas;

Que, estando a lo expuesto de conformidad con el Artículo192º inciso 3) de la Constitución Política del Perú, Artículo 10ºinciso 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853,Artículo 68º inciso d) del Decreto Legislativo Nº 776, la NormaIV del Decreto Legislativo Nº 816, de la Ordenanza Nº 212 de laMunicipalidad Metropolitana de Lima, se expidió la siguiente:

ORDENANZAArtículo Primero.- AMPLIAR las zonas de Parqueo

Vehicular en la jurisdicción de San Luis establecidas en laOrdenanza Nº 021-MDSL, en las siguientes calles y avenidas:

Jr. Mariscal Santa Cruz cuadras 1 a 3Jr. General Salaverry cuadras 1 a 6Jr. Mariscal Gamarra cuadras 1 a 5Av. Mariscal Nieto cuadras 1 a 3

Artículo Segundo.- ENCARGAR a las Direcciones deAdministración y Rentas el cumplimiento de la presenteOrdenanza.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

VICTOR ALEGRIA GONZALESAlcalde

12699

Inician proceso disciplinario contra exfuncionarios de la Municipalidad

RESOLUCION DE ALCALDIANº 842-99-MDSL

San Luis, 22 de setiembre de 1999

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE SAN LUIS

Visto el Informe Nº 00001-99-MDSL/CEPAD de fecha12.8.99 de la Comisión Especial de Procesos Administrati-vos, solicitando Instauración de Proceso Administrativo Dis-ciplinario a ex Funcionarios; y estando a lo recomendado enel Examen Especial al Programa del Vaso de Leche, Período1996-1997, Informe Nº 001-99-OAI/MDSL de Organo deAuditoría Interna; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos através de su Informe Nº 00001-99-MDSL/CEPAD, ha reco-mendado a Alcaldía, que se proceda a la apertura del ProcesoAdministrativo correspondiente contra ex Funcionarios dela Municipalidad por la Comisión de faltas disciplinariasdetectadas en el Examen Especial al Programa del Vaso deLeche, Período 1 de octubre de 1996 al 31 de diciembre de1997, Informe Nº 001-99-OAI/MDSL;

Que, el Organo de Auditoría Interna en su Informe Nº 025-99-MDSL-OAI de 4 de agosto de 1999, ha identificado que los exFuncionarios involucrados en dicho Examen son: PatriciaSalinas Andrade (ex Tesorera), Jaime Pérez García (ex Directorde Planificación y Presupuesto), Oscar Suclla Flores (ex Alcal-de) y Humberto Fernández (ex Director de Administración), porlo que debe entenderse que ése es el dato que debe tenerse encuenta para la apertura del proceso correspondiente;

Que, el Examen Especial realizado por Auditoría Inter-na, aduce que se ha determinado que 952 Guías de Entregamediante las cuales se entregaron los insumos de leche,avena y lácteo a las Coordinadoras de los Comités delPrograma del Vaso de Leche, han sido adulteradas en contra-vención de lo dispuesto en los incisos a) y d) del Art. 21º delDecreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la CarreraAdministrativa y la Norma General del Sistema de Contabi-lidad Nº 04 - Verificación Interna, situación que le restacredibilidad y transparencia a dichos instrumentos;

Que, igualmente afirma que en el ejercicio 1997 no severificó la preparación de los insumos referidos y su distribu-ción a los beneficiarios de 17 Comités transgrediendo el incisoa) del Art. 20º de la Directiva Nº 002-97-EF/76.01 "Directivapara el Proceso Presupuestario de los Gobiernos Locales",situación que no ha permitido evaluar si la preparación, consis-tencia y salubridad de los mismos ha estado garantizada;

Que, el Examen Especial precisa que el cuaderno decontrol de productos de las Coordinadoras se ha mantenidodesactualizado en contra de lo previsto en el inciso a) del Art.20º de la Directiva antedicha y los incisos a) y d) del Art. 21ºdel Decreto Legislativo Nº 276; que se han anulado 914 Guíasde Entrega, 131 se encuentran en blanco, en desuso y noanuladas y faltan 63, incumpliéndose lo previsto en losincisos a) y d) del Art. 21º de este último cuerpo de leyes; y quepor último se ha constatado que la Información Mensual delPrograma de diciembre de 1996 a diciembre de 1997, aexcepción de junio y julio de ese último año, fue remitida a laContraloría General de la República con atraso, en contra delo establecido en el numeral 5.3 de la Directiva Nº 04-96-CG/DOS, el numeral 6 de la Directiva Nº 002-96-EF/76.01 y losArtículos 33º de la Ley Nº 26553, 20º de la Directiva Nº 002-97-EF/76.01 y el Art. 15º de la Ley Nº 26706 - Ley dePresupuesto del Sector Público para 1997;

Que, en ese orden de cosas; y con las facultades que prevéla Ley, y lo recomendado por el Organo de Auditoría Internay la Comisión Especial de Procesos Administrativos;

RESUELVE:

Artículo Unico.- ABRASE Proceso Administrativo Dis-ciplinario por las razones expuestas, contra los ex Funciona-rios de la Municipalidad: Patricia Salinas Andrade (ex Teso-rera), Jaime Pérez García (ex Director de Planificación yPresupuesto), Oscar Suclla Flores (ex Alcalde) y HumbertoFernández Mendoza (ex Director de Administración); auto-rizándose a la Comisión Especial de Procesos AdministrativosDisciplinarios (CEPAD), a realizar, en el término que prevéla ley, las investigaciones que correspondan y proponer lassanciones a que hubiera lugar, en defensa del interés moraly económico de la Municipalidad.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

VICTOR ALEGRIA GONZALESAlcalde

12700

MUNICIPALIDAD DESAN MARTIN DE

PORRESRatifican la R.A. Nº 303-86 y otorganplazo a comerciantes para la ejecu-ción de proyectos de construcciónde puestos

ACUERDO DE CONCEJO Nº 091-99

San Martín de Porres, 28 de setiembre de 1999

Visto, en la Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 28de setiembre de 1999, el punto referente a la Determinacióndel Comercio Informal de la Av. Abancay del distrito de SanMartín de Porres;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0303-86 defecha 6 de febrero de 1986, se resuelve anular las Licenciasde Mercados a los comerciantes del Mercadillo Fátima,empadronados por esta Corporación Edilicia;

Que, el Art. 68º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº23853 señala que son funciones de la Municipalidad enmateria de abastecimiento y comercialización de productos,el regular y controlar el comercio en la jurisdicción deldistrito a través de sus Organos competentes;

De conformidad con los Artículos 36º, numeral 3 y 110º dela Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y con el votoUNANIME de los señores Regidores;

ACUERDA:

Artículo Unico.- RATIFIQUESE Y ACTUALICESE entodos sus extremos la Resolución de Alcaldía Nº 303-86 yproponer:

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Pág. 179106 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999

a). Dar un plazo de 30 días a todos los comerciantes queocupan la Av. Abancay, altura de la Cdra. 30 de la Av. Perú,para que inicien la ejecución de los proyectos de construcciónde sus puestos de trabajo en los terrenos adjuntos.

b). Iniciada la ejecución de las obras en el plazo dado, seautorizaría a seis (6) meses la culminación de los mismos.

c). En caso de incumplimiento del plazo de 30 días, sedeberá ejecutar la Resolución de Alcaldía Nº 303-86 de fecha6 de febrero de 1986.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

GLADYS UGAZ VERAAlcaldesa

12738

MUNICIPALIDAD DESAN MIGUEL

Amplían período de regularización tri-butaria y administrativa otorgado a fa-vor de contribuyentes del distrito

DECRETO DE ALCALDIANº 12-99-MDSM

San Miguel, 30 de setiembre de 1999

LA ALCALDESA DE SAN MIGUEL

POR CUANTO:

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 191º de laConstitución Política del Perú las Municipalidades son losórganos de gobierno local y tienen autonomía política, económi-ca y administrativa en los asuntos que son de su competencia;

Que, mediante Ordenanza Nº 007-99 y su modificatoriaOrdenanza Nº 010-99 se dispuso un período de regularizacióntributaria y administrativa a favor de los contribuyentes deldistrito, hasta el 23 de setiembre de 1999. Asimismo, me-diante Decreto de Alcaldía Nº 009-99 se amplió el plazo delvencimiento del período de Regularización y beneficios tri-butarios y administrativos hasta el 30 de setiembre de 1999.

Que, existe el pedido por parte de los vecinos para que seamplíe el plazo de los beneficios tributarios y administrati-vos otorgados;

Que, es política de la actual Administración otorgar elmáximo de facilidades a los contribuyentes de la Muncipali-dad de San Miguel para que puedan cumplir con sus obliga-ciones tributarias pendientes de pago;

Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidaspor el inciso 6) Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipa-lidades (Nº 23853) y con cargo a dar cuenta al Concejo;

DECRETA:

Artículo Primero.- Amplíese los alcances de la Orde-nanza Nº 07-99 y su modificatoria Ordenanza Nº 010-99 y elDecreto de Alcaldía Nº 009-99 hasta el 7 de octubre de 1999.

Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del pre-sente decreto a las oficinas de Rentas, Administración,Ejecutoría Coactiva e Imagen Institucional.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

MARINA SEQUEIROS MONTESINOSAlcaldesa

12742

MUNICIPALIDAD DECHACLACAYO

FE DE ERRATAS

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-99

Fe de Erratas de la Ordenanza Municipal Nº 008-99,publicada en nuestra edición del día 2 de octubre de 1999, enla página 178981.

DICE:

Chachaclayo, 20 de setiembre de 1999

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDADDE CHACHACLAYO

POR CUANTO:Reunido el Honorable Concejo Distrital de Chachaclayo...

DEBE DECIR:

Chaclacayo, 20 de setiembre de 1999

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDADDE CHACLACAYO

POR CUANTO:Reunido el Honorable Concejo Distrital de Chaclacayo...

- En el segundo considerando

DICE:

... la Municipalidad Distrital de Chachaclayo ...

DEBE DECIR:

... la Municipalidad Distrital de Chaclacayo ...

12767

MUNICIPALIDAD DESANTIAGO DE SURCO

FE DE ERRATAS

ORDENANZA Nº 011-99-MSS

Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 011-99-MSS, publicadaen nuestra edición del día 2 de octubre de 1999, en la página178987.

En el artículo primero:

DICE:

"Otorgar el beneficio de deducción del cincuenta porciento (50%) del monto de las multas administrativas a losinfractores que hayan sido sancionados antes de la entradaen vigencia de la Ordenanza Nº 008-99-MSS, siempre que nohayan interpuesto recurso de impugnación alguno o sedesignan del mismo y se cancelen hasta el 30 de noviembrede 1999 inclusive."

DEBE DECIR:

"Otorgar el beneficio de deducción del cincuenta porciento (50%) del monto de las multas administrativas a losinfractores que hayan sido sancionados antes de la entradaen vigencia de la Ordenanza Nº 008-99-MSS, siempre que nohayan interpuesto recurso de impugnación alguno o sedesistan del mismo y se cancelen hasta el 30 de noviembrede 1999 inclusive."

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CONVENIOSINTERNACIONALES

Entrada en vigencia del Convenio deTransporte Marítimo entre el Gobiernode la República del Perú y el Gobiernodel Reino de Tailandia

CONVENIOS INTERNACIONALES

De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 6º de laLey Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores, me-diante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/52, comunica que el referidoconvenio, suscrito en la ciudad de Lima el 4 de junio de 1999,ratificado mediante Decreto Supremo Nº 038-99-RE y publi-cado en el Diario Oficial El Peruano el 12 de julio del mismoaño, entró en vigencia el 26 de setiembre de 1999.

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