excepciones1

Upload: k-ritolamuslopez

Post on 06-Jul-2018

217 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 8/17/2019 EXCEPCIONES1

    1/6

    EXCEPCIONES 

    LAS EXCEPCIONES son los medios defensa que tiene el demandado para mejorar osanear el procedimiento o para atacar el derecho pretendido.

     Así como el demandante hace su ataque a través de la acción, el demandado sedefiende a través de las excepciones.

    Las excepciones deben ser declaradas de oficio por el juez, salvo lasde PRESCRIPCIÓN, COMPENSACIÓN Y NULIDAD RELATIVA, toda vez que éstasnecesariamente deben ser alegadas por el demandado, so pena de entenderse que harenunciado a ellas.

    CLASIFICACIÓN DE LAS EXCEPCIONES. Las excepciones en materia laboral seclasifican en previas o dilatorias de fondo o perentorias.

    1. EXCEPCIONES PREVIAS O DILATORIAS. !on aquellas encaminadas a atacar elprocedimiento su formulación propende por el mejoramiento de éste, de suerte quepuede llegar a suspender o terminar el proceso.

    "onforme al artículo #$ del "ódigo de %rocedimiento "ivil, se pueden proponer lassiguientes excepciones previas&

    a' (alta de jurisdicción.

    •  (alta de competencia.

    •  "l)usula compromisoria o compromiso.

    •  *nexistencia del demandante o del demandado.

    •  *ncapacidad o indebida representación del demandante o del demandado.

    •  +o haberse presentado prueba de la calidad de heredero, cónuge, curador de

    bienes, administrador de comunidad, albacea en general de la calidad en que acte eldemandante o se cite al demandado.

    •  *neptitud de la demanda por falta de los requisitos formales o por indebida

    acumulación de pretensiones.

    •  -abérsele dado a la demanda el tr)mite de un proceso diferente al que corresponde.

    •  +o comprender la demanda a todos los litisconsortes necesarios.

    •  %leito pendiente entre las mismas partes sobre el mismo asunto.

    •  +o haberse ordenado la citación de otras personas que la le dispone citar.

  • 8/17/2019 EXCEPCIONES1

    2/6

    •  -aberse notificado la admisión de la demanda a persona distinta de la que fue

    demandada.

    n el tr)mite de un proceso ordinario de primera /01' instancia, las excepciones previaspodr)n proponerse en la contestación de la demanda o en la primera /01' audiencia de

    tr)mite. l juez debe decidirlas en la primera /01' audiencia de tr)mite si el asunto fuerede puro derecho. !i hubiere hechos que probar, deber)n presentarse las pruebas el juez resolver) allí mismo. !i el demandante solicitare la celebración de una nuevaaudiencia para contraprobar, el juez, si lo considera conveniente, podr) decretarla .

    Las excepciones de COSA JUZGADA, TRANSACCIÓN Y CADUCIDAD de la acciónen el procedimiento civil se pueden proponer como previas2 no en el procedimientolaboral, por tener su propia reglamentación regularse íntegramente la materia, deconformidad con reiteradas interpretaciones jurisprudenciales.

    •  EXCEPCIONES DE FONDO O PERENTORIAS. !on aquellas encaminadas acontradecir el nacimiento del derecho pretendido, o para extinguirlo o para negar su

    exigibilidad, tales como el pago, la compensación, la prescripción, la transacción, lacosa juzgada, etcétera.

    3ales excepciones de fondo podr)n proponerse en la contestación de la demanda o enla primera /01' audiencia de tr)mite podr) solicitarse la pr)ctica de pruebas parademostrarlas. !er)n resueltas en la sentencia.

    "apítulo ***& xcepciones previas

     Art. #$.4 5odificado 6ecreto 7787 de 0#8#, Art. 0. +um. 9:. Limitaciones de lasexcepciones previas oportunidad para proponerlas. l demandado, en el proceso

    ordinario en los dem)s en que expresamente se autorice, dentro del término detraslado de la demanda podr) proponer las siguientes excepciones previas&

    0. (alta de jurisdicción.7. (alta de competencia.;. "ompromiso o cl)usula compromisoria.9. *nexistencia del demandante o del demandado.

  • 8/17/2019 EXCEPCIONES1

    3/6

    3ambién podr)n proponerse como previas las excepciones de cosa juzgada,transacción caducidad de la acción.

     Art. #8.4 5odificado. 6ecreto 7787 de 0#8#, Art. 0. +um. 9$. >portunidad forma deproponer las excepciones previas. Las excepciones previas se formular)n en el términodel traslado de la demanda, en escrito separado que deber) expresar las razones

    hechos en que se fundamentan. Al escrito deber)n acompa?arse los documentos lapruebas anticipadas que se pretenda hacer valer que se encuentren en poder deldemandado2 en él mismo podr) solicitarse al juez que pida copia de los dem)sdocumentos, siempre que se refieran a tales hechos.

    l juez se abstendr) de decretar pruebas de otra clase, salvo cuando se alegue la faltade competencia por el domicilio de persona natural o por el lugar donde ocurrió elhecho, o por la cuantía cuando no se tratare de dinero, o la falta de integración dellitisconsorcio necesario ésta no apareciere en documento. "asos en que podr)solicitarse hasta dos testimonios o el dictamen de un perito, el cual no es susceptiblede objeción.

     Art. ##.4 5odificado. 6ecreto 7787 de 0#8#, Art. 0. +um. 98. 3r)mite decisión de lasexcepciones previas. Las excepciones previas se tramitar)n decidir)n de la siguientemanera&

    0. Las propuestas por distintos demandados se tramitar)n conjuntamente, una vezvencido el traslado para todos.

    7. !i se hubiere reformado la demanda, sólo se tramitar)n una vez vencido el trasladode la reforma. !i con ésta se subsanan los defectos alegados en las excepciones, asíse declarar).

     A las aclaraciones correcciones de que trata el numeral 7. del artículo 8#, se aplicar)

    también lo dispuesto en la parte final del inciso anterior.

    6entro del traslado de la reforma, el demandado podr) proponer nuevas excepcionesprevias que versen sobre el contenido de aquella. stas las anteriores que no hubierequedado subsanadas, se tramitar)n conjuntamente una vez vencido dicho traslado.

    ;. 6e las excepciones se dar) traslado por tres días al demandante, dentro del cualpodr) éste pedir pruebas que versen sobre los hechos que configuren las excepcionespropuestas.

    9. "uando se trate de las excepciones contempladas en los numerales 9.,

  • 8/17/2019 EXCEPCIONES1

    4/6

    :. @encido el traslado el juez resolver) sobre las excepciones que no requieran pr)cticade pruebas2 si las requieren, el juez, con las limitaciones de que trata el artículo #8,decretar) las que considere necesarias, las cuales se practicar)n dentro de los diezdías siguientes a la notificación del auto que las decrete, resolver) sobre ellas en laaudiencia de que trata el artículo 0=0. ste auto no tendr) recurso alguno2 el que las

    niegue sólo el de reposición.n los procesos en que no se aplica el artículo 0=0, las excepciones previas seresolver)n, cuando deben practicarse pruebas, dentro de los cinco días siguientes alvencimiento del término para su pr)ctica.

    $. "uando prospere alguna de las excepciones previstas en los numerales 0., ;., 9.,

  • 8/17/2019 EXCEPCIONES1

    5/6

     Art. 0==. 5odificado. 6ecreto 7787 de 0#8#, Art. 0. +um. 9#. *noponibilidad posterior delos mismos hechos. Los hechos que configuran excepciones previas, no podr)n ser alegados como causal de nulidad por el demandante, ni por el demandado que tuvooportunidad de proponer dichas excepciones, salvo cuando sea insaneable.

    EXCEPCIONES PREVIAS

    !e?or 

    BC DDDDDDDDD "*@*L DDDDDDDDDDD 6 DDDDDDDDDDDD

    E(& DDDDDDDDDDDDDD

     DDDDDDDDD, maor vecino de esta ciudad, identificado como aparece al pie de mi

    correspondiente firma, en mi condición de apoderado del !e?or DDDDDDDDDDDDDD, igualmente

    maor vecino de esta ciudad, demandado dentro del proceso de la referencia,

    respetuosamente solicito a su 6espacho, que previo el tr)mite del proceso correspondiente,

    con citación audiencia del !e?or DDDDDD, persona maor vecino de esta ciudad,demandante dentro del proceso referido, proceda su 6espacho a efectuar las siguientes.

    6"LAEA"*>+! F ">+6+A!

    %E*5E>& 6eclarar probada la excepción previa de DDDDDDDDDDD .

    !GB+6>& "ondenar al !e?or DDDDDDDDD, como parte demandante dentro del proceso de la

    referencia, al pago de costas del proceso.

    3E"E>& "ondenar a la parte ejecutante en perjuicios.

    -"->!

    %E*5E>& l !e?or DDDDDDDD impetró ante su 6espacho demanda DDDDDDDD contra mi

    poderdante, DDDDDDDD, acción dirigida a DDDDDDDD.

    !GB+6>& 3al como puede observarse DDDDDD /explicar los hechos constitutivos de la

    excepción'.

    3E"E>& %or lo anterior, me permito invocar la excepción previa de DDDDDDD, regulada por el

    artículo #$ del "ódigo de %rocedimiento "ivil.

    6E"->

    *nvoco como fundamento de derecho el artículo #$ del "ódigo de %rocedimiento "ivil dem)s

    normas concordantes.

    %EBHA!

    !olicito se tengan como tales&

  • 8/17/2019 EXCEPCIONES1

    6/6

    0. La actuación del proceso principal.

    7. /...'

     A+I>!

    5e permito anexar poder a mi favor copia del presente escrito para archivo del juzgado.

    %E>"!> F ">5%3+"*A

     Al presente escrito debe d)rsele el tr)mite indicado en los artículos #$ ss. del "ódigo de

    %rocedimiento "ivil.

    s Bsted competente, !e?or uez, por estar conociendo del proceso principal.

    +>3*(*"A"*>+!

    5i poderdante en DDDDDDDD de esta ciudad.

    l demandante en la dirección aportada en la demanda.

    l suscrito en la !ecretaría del uzgado o en DDDDDDDD de esta ciudad.

    6el !e?or uez,

     Atentamente, DDDDDDDDDDDDDDDDDDDDDD

    ".". +o. DDDDDDDDDDDD de DDDDDDDDDDDD

    3.%. +o. DDDDDDDDDDDD del "onsejo !uperior de la udicatura