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EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO A PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS MISIONALES Y DE APOYO INFORME DE AUDITORÍA VERIFICACION AL PROCEDIMIENTO DE PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS Y DENUNCIAS EN LA SUPERINTEDENCIA NACIONAL DE SALUD SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD OFICINA DE CONTROL INTERNO Bogotá D. C, Noviembre de 2013

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EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO A PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS MISIONALES Y DE APOYO

INFORME DE AUDITORÍA

VERIFICACION AL PROCEDIMIENTO DE PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS Y DENUNCIAS EN LA

SUPERINTEDENCIA NACIONAL DE SALUD

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

OFICINA DE CONTROL INTERNO Bogotá D. C, Noviembre de 2013

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Contenido

1. OBJETIVO ........................................................................................................................................................... 3

2. ALCANCE ........................................................................................................................................................... 3

3. METODO ............................................................................................................................................................. 3

4. JUSTIFICACIÓN ................................................................................................................................................ 3

5. INFORME ............................................................................................................................................................ 4

5.1 MARCO NORMATIVO .................................................................................................................................. 4

5.2 CANALES DE RECEPCIÓN DE PQR ...................................................................................................... 18

5.2.1 Atención Personalizada. ......................................................................................................................... 18

5.2.2 Atención Vía Escrito ................................................................................................................................ 21

5.2.3 Página Web .............................................................................................................................................. 22

5.2.4 Telefónico .................................................................................................................................................. 24

5.2.5 Atención Chat........................................................................................................................................... 27

5.3 ESTADÍSTICAS ........................................................................................................................................... 29

5.4 REDES SOCIALES ..................................................................................................................................... 31

5.5 CONTACT CENTER – PEOPLE CONTACT ........................................................................................... 33

6. SUPQR .............................................................................................................................................................. 43

7. CONLUSIONES ............................................................................................................................................... 53

8. RECOMENDACIONES ................................................................................................................................... 57

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1. OBJETIVO

El ejercicio de Auditoria tiene como objetivo ilustrar a la Alta Dirección, respecto, del

proceso de recepción, trámite y respuesta de PQRDs, que actualmente debe atender la

Entidad, en ejercicio y ejecución de sus funciones de inspección y vigilancia.

2. ALCANCE

El alcance de la auditoria se circunscribe a realizar la verificación en el lapso de tiempo

transcurrido entre los meses de Mayo a Octubre del año de 2013, en lo que corresponde

a los diferentes canales de recepción de que dispone la Entidad, para el desarrollo de

este proceso.

3. METODO

La metodología aplicar es la actualmente utilizada para agotar este tipo de prácticas,

entre lo que tenemos:

Programación de la auditoria.

Apertura y Solicitud de información.

Interpretación y valoración que se haga de la información.

Emisión de conclusiones.

Formulación de Recomendaciones. (de existir la necesidad de hacerlas).

Presentación de Informe Preliminar.

Conciliación del informe preliminar en ejercicio del derecho de contradicción.

Informe Final.

4. JUSTIFICACIÓN

De conformidad con las funciones contenidas en la Ley 87 de 1993, la Ley 1474 de 2011,

y los Decretos reglamentarios 1826 de 1994 y 1537 de 2001, entre otras, corresponde a

la Oficina de Control Interno, verificar que el Sistema de Control Interno esté formalmente

establecido dentro de la organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de

las funciones de todos los cargos; así como también, verificar que los controles asociados

con todas y cada una de las actividades de la organización, estén adecuadamente

definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente, de acuerdo con la evolución

de la entidad.

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Adicionalmente, justifica el presente ejercicio el hecho de que la optimización del

procedimiento implementado en la recepción y tramite de PQRDs, es una necesidad en

la medida en que esta, es la principal fuente de interacción entre la Superintendencia

Nacional de Salud, los usuarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud, las

entidades que hacen parte de él, los Estamentos Gubernamentales y/o institucionales

del país, y donde por demás resulta imperativo destacar que de esta forma los usuarios

del sistema hacen saber a la Institución de las presuntas dificultades o necesidades que

se les susciten al acudir al sistema, así como dar cumplimiento a los preceptos

contenidos en la Ley 1434 de 2.011 (Estatuto Anticorrupción).

Con el objeto materializar el ejercicio que ahora nos ocupa, dimensionaremos cual es el

proceso que una PQRD, debe agotar con el fin de ser resuelta por la persona natural o

jurídica que haga parte del sistema y de quien se requiera la respuesta a ella.

5. INFORME

La Superintendencia Nacional de Salud, para atender las Peticiones, Quejas, Reclamos

y Denuncias (PQRD) de los usuarios del Sistema General de Seguridad Social de Salud

(SGSSS), tiene disponible al servicio del ciudadano colombiano seis (6) canales de

atención que permiten la interacción que este tipo de procesos requiere, los cuales son:

Atención personalizada.

Vía Telefónica.

Página Web.

Escritas o Impresas.

Chat

Redes Sociales.

5.1 MARCO NORMATIVO

Los antecedentes legales que fijan los parámetros para el desarrollo de este proceso,

están preceptuados por la Ley 1437 de 2.011(Código Contencioso Administrativo y de

Procedimiento Administrativo), las Resoluciones 280 de 2009 y 3187 de 2011 de la

Superintendencia Nacional de Salud, las cuales adoptaron los preceptos legales dados

por la normatividad vigente al interior de la Entidad y la Ley 1474 de 2011 (Estatuto

Anticorrupción).

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El Equipo Auditor, de la normatividad en comento, extracta el articulado que regulan el

proceso objeto de Auditoria, así:

Ley 1437 de 2011 (Código Contencioso Administrativo y de Procedimiento

Administrativo).

En lo que corresponde a la regulación del Código en mención, debe aclararse que la

misma, ha sido objeto de declaratoria de inexequibilidad diferida hasta el 31 de Diciembre

de 2013, en todo caso es normatividad vigente para el lapso de tiempo que se fijo como

alcance en el presente ejercicio auditor.

Artículo 14. Términos para resolver las distintas modalidades de peticiones.

Salvo norma legal especial y so pena de sanción disciplinaria, toda petición deberá

resolverse dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción.

Estará sometida a término especial la resolución de las siguientes peticiones:

1. Las peticiones de documentos deberán resolverse dentro de los diez (10) días

siguientes a su recepción. Si en ese lapso no se ha dado respuesta al peticionario, se

entenderá, para todos los efectos legales, que la respectiva solicitud ha sido aceptada

y, por consiguiente, la administración ya no podrá negar la entrega de dichos

documentos al peticionario, y como consecuencia las copias se entregarán dentro de

los tres (3) días siguientes.

2. Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación

con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días

siguientes a su recepción.

Parágrafo.

Cuando excepcionalmente no fuere posible resolver la petición en los plazos aquí

señalados, la autoridad deberá informar de inmediato, y en todo caso antes del

vencimiento del término señalado en la ley, esta circunstancia al interesado expresando

los motivos de la demora y señalando a la vez el plazo razonable en que se resolverá o

dará respuesta, el cual no podrá exceder del doble del inicialmente previsto.

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Artículo 15. Presentación y radicación de peticiones.

(…) Cuando una petición no se acompañe de los documentos e informaciones requeridos

por la ley, en el acto de recibo la autoridad deberá indicar al peticionario los que falten.

Si este insiste en que se radique, así se hará dejando constancia de los requisitos o

documentos faltantes.

Si quien presenta una petición verbal pide constancia de haberla presentado, el

funcionario la expedirá en forma sucinta.

Las autoridades podrán exigir que ciertas peticiones se presenten por escrito, y pondrán

a disposición de los interesados, sin costo, a menos que una ley expresamente señale lo

contrario, formularios y otros instrumentos estandarizados para facilitar su

diligenciamiento. En todo caso, los peticionarios no quedarán impedidos para aportar o

formular con su petición argumentos, pruebas o documentos adicionales que los

formularios por su diseño no contemplen, sin que por su utilización las autoridades

queden relevadas del deber de resolver sobre todos los aspectos y pruebas que les sean

planteados o presentados más allá del contenido de dichos formularios.

A la petición escrita se podrá acompañar una copia que, autenticada por el funcionario

respectivo con anotación de la fecha y hora de su presentación, y del número y clase de

los documentos anexos, tendrá el mismo valor legal del original y se devolverá al

interesado. Esta autenticación no causará costo alguno al peticionario..

Artículo 53. Procedimientos y trámites administrativos a través de medios

electrónicos. Los procedimientos y trámites administrativos podrán realizarse a través

de medios electrónicos. Para garantizar la igualdad de acceso a la administración, la

autoridad deberá asegurar mecanismos suficientes y adecuados de acceso gratuito a los

medios electrónicos, o permitir el uso alternativo de otros procedimientos.

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Resolución No. 280 de 2.009, “Por la cual se adopta el Manual de Procesos y Procedimientos de la Superintendencia Nacional de Salud y se derogan las Resoluciones Numero 898 de 2005, 2880 de 2.006 y 1230 de 2008”.

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Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción) “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”.

ARTÍCULO 76. OFICINA DE QUEJAS, SUGERENCIAS Y RECLAMOS. En toda

entidad pública, deberá existir por lo menos una dependencia encargada de recibir,

tramitar y resolver las quejas, sugerencias y reclamos que los ciudadanos formulen, y

que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la entidad.

La oficina de control interno deberá vigilar que la atención se preste de acuerdo con

las normas legales vigentes y rendirá a la administración de la entidad un informe

semestral sobre el particular. En la página web principal de toda entidad pública deberá

existir un link de quejas, sugerencias y reclamos de fácil acceso para que los

ciudadanos realicen sus comentarios.

Todas las entidades públicas deberán contar con un espacio en su página web principal

para que los ciudadanos presenten quejas y denuncias de los actos de corrupción

realizados por funcionarios de la entidad, y de los cuales tengan conocimiento, así

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como las sugerencias que permitan realizar modificaciones a la manera como se presta

el servicio público.

La oficina de quejas, sugerencias y reclamos será la encargada de conocer dichas

quejas para realizar la investigación correspondiente en coordinación con el operador

disciplinario interno, con el fin de iniciar las investigaciones a que hubiere lugar.

El Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra

la Corrupción señalará los estándares que deben cumplir las entidades públicas para

dar cumplimiento a la presente norma.

Parágrafo. En aquellas entidades donde se tenga implementado un proceso de gestión

de denuncias, quejas y reclamos, se podrán validar sus características contra los

estándares exigidos por el Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia,

Transparencia y Lucha Contra la Corrupción.

Programa Gobierno en Línea

La Estrategia de Gobierno en línea es considerada un eje estratégico del Buen

Gobierno, ya que procura un Estado más eficiente, más transparente y participativo

que preste mejores servicios con la colaboración de toda la sociedad

La implementación de esta Estrategia en Colombia por el conjunto de entidades

públicas, ha generado logros muy importantes tales como el incremento en la provisión

de trámites y servicios por medios electrónicos, la mejora en la calidad de la

información de las entidades públicas en sus sitios web y la apertura de espacios de

participación, entre otros.

Gobierno en línea, posibilita a los colombianos a que tengan acceso a la información

pública en los sitios web del Estado, lo cual incluye a entidades de todas las ramas del

poder público del orden nacional y al 100% de los municipios y departamentos de

Colombia.

La Oficina de Control Interno, en consideración de estos avances además de los

nuevos retos que impone la evolución de la misma sociedad en temas tales como el

gobierno abierto, la multicanalidad, la conciencia del ambiente, la seguridad, el

continuo cambio de normatividad, y el entender al ciudadano como centro de la gestión

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pública, entre otros, considera que debe tenerse muy en cuenta los parámetros y

lineamientos de la Estrategia de Gobierno en línea liderada por el Ministerio de

Tecnologías de la Información y las Comunicaciones-Ministerio TIC, en coordinación

con el Departamento Administrativo de la Función Pública, el Departamento Nacional

de Planeación y la Alta Consejería para el Buen Gobierno.

Para cumplir con el objetivo trazado dentro del presente ejercicio de Auditoria, se tendrá

en cuenta los lineamientos de la Estrategia en mención, que correspondan al proceso

ahora auditado, los cuales en concreto son:

Componentes del programa de Gobierno en línea:

El equipo Auditor, ahora trae a colación los componentes que hacen parte de la

Estrategia de Gobierno en Línea, para así aterrizarlos, concentrándose en los que

tocan al proceso que ahora nos ocupa.

1. Elementos Transversales.Comprende las actividades que deben implementar

las entidades para conocer sus diferentes grupos de usuarios, identificar sus

necesidades e investigar permanentemente sobre los cambios en las tendencias de

comportamiento, para aplicar este conocimiento a sus diferentes momentos de

interacción. De igual forma, se promueve que las entidades cuenten con una

caracterización actualizada de la infraestructura tecnológica y establezcan un plan de

ajuste permanente.

Para alcanzar los objetivos de este componente, las entidades deberán desarrollar las

siguientes actividades: 1. Institucionalizar la Estrategia de Gobierno en línea; 2. Centrar

la atención en el usuario; 3. Implementar un sistema de gestión de Tecnologías de

Información; 4. Implementar un sistema de gestión de seguridad de la información

(SGSI).

2. Información en línea: Comprende todas las actividades a desarrollar para que

las entidades dispongan para los diferentes tipos de usuarios de un acceso electrónico

a toda la información relativa a su misión, planeación estratégica, trámites y servicios,

espacios de interacción, ejecución presupuestal, funcionamiento, inversión, estructura

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organizacional, datos de contacto, normatividad relacionada, novedades y contratación,

observando las reservas constitucionales y de Ley, cumpliendo todos los requisitos de

calidad, disponibilidad, accesibilidad, estándares de seguridad y dispuesta de forma tal

que sea fácil de ubicar, utilizar y reutilizar.

3. Interacción en línea: Comprende todas las actividades para que las entidades

habiliten herramientas de comunicación de doble vía entre los servidores públicos,

organizaciones, ciudadanos y empresas. Igualmente, este componente promueve la

habilitación de servicios de consulta en línea y de otros mecanismos que acerquen a

los usuarios a la administración pública, que les posibiliten contactarla y hacer uso de

la información que proveen las entidades por medios electrónicos.

4. Transacción en línea. Comprende todas las actividades para que las entidades

dispongan sus trámites y servicios para los diferentes tipos de usuarios, los cuales

podrán gestionarse por diversos canales electrónicos, permitiéndoles realizar desde la

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solicitud hasta la obtención del producto sin la necesidad de aportar documentos que

reposen en cualquier otra entidad pública o privada que cumpla funciones públicas.

La actividad a adelantar por parte de las entidades para dar cumplimiento al

Componente de Transacción en línea está relacionada principalmente con la posibilidad

del ciudadano de realizar trámites y servicios en línea, lo cual implica: 1. Formularios

para descarga y/o diligenciamiento en línea, 2. Expedición en línea de certificaciones y

constancias, 3. Automatización de trámites y servicios, 4.Ventanillas Únicas Virtuales,

5. Pagos en línea, 6 . Uso de firmas electrónicas y digitales, entre otros.

5. Transformación. Comprende todas las actividades para que las entidades realicen

cambios en la manera de operar para eliminar límites entre sus dependencias y con

otras entidades públicas, intercambiando información por medios electrónicos haciendo

uso del lenguaje común de intercambio de información, liderando o participando en

cadenas de trámites en línea

6. Democracia en Línea. Las actividades se clasifican en dos grupos: 1. Actividades

para hacer uso de medios electrónicos en procesos y procedimientos internos, y 2.

Actividades para intercambiar información entre entidades.

Plazos para la implementación del programa.

Los plazos para la implementación de la Estrategia establecidos en el Decreto 2693 de

2012 de Gobierno en línea son los siguientes Para entidades del orden nacional:

Fuente: Programa de Gobierno en Línea.

ANEXO 4

ALCANCE Y CARACTERÍSTICAS DEL

SISTEMA DE PETICIONES QUEJAS, RECLAMOS Y DENUNCIAS

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El equipo Auditor de la Oficina de Control Interno, realizó cotejo del contenido del Anexo

No. 4 del manual para la implementación de la Estrategia de Gobierno en Línea (Versión

3.1), y lo efectivamente implementado por la Superintendencia Nacional de Salud en lo

relativo a las Peticiones, Quejas, Reclamos y Denuncias PQRD. Convenciones:

N - No cumple

S – Cumple

P – Cumple Parcialmente

# ASPECTOS DESCRIPCIÓN CUMPLE OBSERVACION

1 Responsable del Sistema

El sistema debe tener un responsable de su administración, el cual debe estar claramente identificado en el documento de Política Editorial y de Actualización.

N

La Oficina de Control Interno recomienda al grupo de Comunicaciones Estratégica e Imagen Institucional de la Entidad, incorpore en la Política Editorial de la Institución, el responsable de la Administración del Sistema de PQRD, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el nuevo Decreto 2462 de 2.013 "Por el Cual se reestructura la Superintendencia Nacional de Salud”

2 Asignación de turno

El sistema debe manejar una asignación de turnos según lo establecido en el artículo 7 de la Ley 1437 de 2011 sin perjuicio de lo establecido en el numeral 6 del artículo 5 y el artículo 20 de la misma Ley y el artículo 13 del Decreto 0019 de 2012.

N

El equipo auditor de la Oficina de Control Interno, determinó que la Oficina de Atención personalizada perteneciente a la Superintendencia Delegada para la Protección al usuario y la Participación Ciudadana, no cuenta con un sistema de asignación de turnos “digi-turno”, que permite la clasificación, prelación y control en la asignación de turnos a los ciudadanos interesados en interponer una PQRD

3 Archivos de soporte

Se debe habilitar un espacio para que los usuarios del sistema envíen documentos o archivos (texto, hoja de cálculo, video, audio, imágenes, entre otros) de soporte de sus actuaciones ante la entidad. Para esto la entidad debe establecer un sistema de seguridad en la recepción de dichos documentos.

P

La Oficina de Control Interno, pudo comprobar que la Entidad cumple parcialmente el lineamiento antes descrito, dado que en el formulario Web que actualmente dispone la Institución en su Pagina Oficinal www. http://www.supersalud.gov.co/, no permite adjuntar ningún tipo de archivo de soporte, no obstante, el formulario utilizado en la Atención personalizada si dispone de la opción de anexar archivos de soporte.

4 Seguimiento en línea

Con el objeto de que el ciudadano que interpuso una solicitud, petición, queja, reclamo o denuncia, pueda realizar seguimiento a su estado y a la respuesta, la entidad debe habilitar un mecanismo a través del cual el ciudadano pueda hacer seguimiento en. Para esto la entidad debe contemplar que las peticiones pueden llegar por diversos canales y el usuario debe poder hacer seguimiento independiente del medio que utilizó. Igualmente, al interior de la entidad se debe contar con mecanismos de monitoreo para la recepción y respuesta oportuna de las peticiones, quejas, reclamos y denuncias.

S

Si, efectivamente el equipo auditor de la Oficina de Control Interno comprobó que existe formulario web en línea, donde se puede hacer seguimiento de la PQRD, por parte de la Ciudadanía debiendo para ello ingresar datos básicos de la PQRD radicada.

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# ASPECTOS DESCRIPCIÓN CUMPLE OBSERVACION

5 Uso de formularios estandarizados

El registro de la solicitud debe hacerse a través de formularios electrónicos que permitan identificar y seleccionar el tipo de solicitud. Dichos formularios deben habilitar su uso por parte de niños y adolescentes.

S

Si, efectivamente el equipo auditor de la Oficina de Control Interno comprobó que existen formularios electrónicos que permiten identificar y seleccionar el tipo de solicitud y el cual puede ser accedido por niño(a) o adolecente.

Los formularios de peticiones, quejas y reclamos deben hacer uso del lenguaje común de intercambio de información.

S Se percibe que el lenguaje y el metalenguaje utilizado son apropiados.

Debe permitir al ciudadano elegir el medio por el cual quiere recibir la respuesta.

N

El equipo auditor de la Oficina de Control Interno, en el monitorio realizado a todos y canal uno de los canales de recepción de PQRD, no percibió que la Superintendencia Nacional de Salud, permitiera al Ciudadano escoger el medio por el cual obtendría la respuesta a su PQRD.

Los formularios no deberán establecer requisitos adicionales a lo estipulado en la ley. En cuanto a las peticiones se deberá observar lo establecido en la Ley 1437 de 2011 o en la Ley estatutaria que para el efecto expida el Congreso de la República.

S

La Superintendencia Nacional de Salud, no establece requisitos adicionales a los establecidos en la Ley, para la radicación de una PQRD, tan solo solicita que se diligencia datos del remitente y algunos detalles de la petición.

Los formularios deberán contar con una validación de campos que permitan indicar al ciudadano si le hace falta incluir alguna información. Si el ciudadano insiste en la radicación con elementos faltantes, el formulario debe permitir la radicación y dejar constancia, en el acuse de recibo, de los requisitos o documentos faltantes en los términos del artículo 15 de la Ley 1437 de 2011.

P

Si, efectivamente el equipo auditor de la Oficina de Control Interno, pudo comprobar que los formularios tienen controles de validaciones en los campos obligatorios, los cuales son señalados con asterisco. No obstante, ante la insistencia de un Ciudadano al radicar una PQRD sin el lleno total de los campos de validación este no lo permite, lo cual en generará la respectiva recomendación en acápite diseñado para tal fin.

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# ASPECTOS DESCRIPCIÓN CUMPLE OBSERVACION

6 Ayudas

Para el uso adecuado de las solicitudes, peticiones, quejas y reclamos, debe existir un enlace de ayuda en donde se detallen las características, requisitos y plazos de respuesta de cada tipo de solicitud. Estas ayudas deben dar cuenta del uso que pueden dar niños y adolescentes del sistema

P

El equipo auditor de la Oficina de Control Interno, pudo comprobar que los canales WEB y CHAT para radicar una PQRD, no cuenta con enlaces de ayudas, debiendo precisar que los canales de atención personalizada y telefónica al tener un contacto directo con el ciudadano no es necesario el enlace de ayuda.

Los formularios deben estar acompañados de un demo o guía de diligenciamiento y deben contar con mecanismos que permitan a los usuarios la verificación de los errores cometidos en el proceso de diligenciamiento.

P

El equipo auditor de la Oficina de Control Interno, pudo comprobar que los canales WEB y CHAT para radicar una PQRD, no cuenta con demo o guía de diligenciamiento, debiendo precisar que los canales de atención personalizada y telefónica al tener un contacto directo con el ciudadano no es necesario el demo o guía de diligenciamiento.

Se deben indicar otros medios a través de los cuales se pueden hacer solicitudes, los requisitos y condiciones para ello y el funcionario responsable ante el cual se puede hacer la solicitud, de acuerdo con la ley. De igual forma la entidad debe publicar la dirección y los datos de contacto y el horario de atención de las oficinas o dependencias en donde se pueda realizar la totalidad de la actuación administrativa que implique la presencia del peticionario, de acuerdo con lo establecido en Decreto 1122 de 1999.

P

No se percibe en la Pagina Web de la Entidad, que describa cuales son los canales de recepción de una PQRD, y menos aun los requisitos y condiciones para ello. En lo relativo a la publicación de la dirección y en general todos los datos de Contacto, estos se encuentran a disposición de todos los Ciudadanos.

7 Acuse de recibido

Al momento de realizar una solicitud se debe generar un mensaje de confirmación del recibido por parte de la entidad, indicando la fecha y hora de la recepción así como el número de registro de la petición y la copia de la petición realizada con el detalle de los archivos de soporte enviados. En dado caso de presentarse una falla en el sistema, éste deberá arrojar un mensaje propio del aplicativo que indique el motivo de la misma y la opción con la que cuenta el peticionario. La entidad debe tener en cuenta que este acuse de recibo debe incluir la constancia de falta de documentos en los casos estipulados en el artículo 15 de la Ley 1437 de 2011.

P

El equipo auditor de la Oficina de Control Interno, pudo verificar que los formularios Web, al momento de radicar una PQRD genera automáticamente un acuse de recibido. En lo relativo a generar un acuse de recibido incluyendo la constancia de falta de documentos esto no esta disponible.

8

Seguridad de la información y los d

atos personales

Se debe garantizar la protección de los datos personales de los usuarios, conforme con las leyes sobre esta materia

N La Superintendencia Nacional de Salud, en la actualidad no tiene avance sobre la protección de los datos personales.

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5.2 CANALES DE RECEPCIÓN DE PQRD

5.2.1 Atención Personalizada.

A través de este canal el usuario se dirige personalmente a la Superintendencia Nacional

de Salud, donde le dan atención personalizada sobre la PQRD a tramitar, como lo ilustra

la siguiente imagen.

Usuario Peticionario

Realiza la PQR

ATENCION PERSONALIZADA DE PQR

El Contratista de Contact Center (People Contact), Realiza la

tabulación de este medio para generar Estadísticas

Establece Comunicación con la

EAPB para darle solución al Usuario

Respuesta

Recepciona la PQR, y la ingresa al Sistema de

Información

Remite PQR Dependiendo del caso de la PQR, se el indica al usuario que realice proceso escrito o se le informa la respuesta

dado por la EAPB

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En los meses de Mayo a Octubre en

la Oficina de Atención Personalizada

de la Superintendencia Nacional de

Salud, se atendieron 4.756 PQRD, l

o que representa un 1,16% del total

de PQRD recibidas por los cincos (5

) canales disponibles formalmente e

stablecidos para la recepción de las

PQRD.

El equipo auditor de la Oficina de Co

ntrol interno, tomo como muestra de

33 encuestas diligenciadas por los usuarios en el Mes de octubre de la presente vigenci

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a, practicada a los usuarios, teniendo como resultado las siguientes estadísticas:

El equipo auditor de la Oficina de Control Interno, observó que existen incongruencia en

la Información suministrada por este canal en el mes de Octubre en cuanto a lo reportado

por la firma contratista People Contact y la oficina de atención personalizada de la

Entidad, ya que en el primero se reporta un total de 724 PQRD atendidas y en el segundo

reporta 938, tal como lo refleja las siguientes imágenes.

En la gráfica suministrada por la Oficina de Atención Personalizada de la Entidad, se

percibe que los datos estadísticos allí incorporados fueron elaborados y suministrados

por el personal del servicio de vigilancia asignado a ese punto de la Entidad (Vigilante),

situación ésta que evidencia la falta de personal en ese punto de atención, además puede

generar situaciones de inseguridad tanto físicas del punto como de la información que el

área maneja, dado que puede ser manipulada y suministrada a personal ajeno de la

Superintendencia Nacional de Salud, aspecto éste que será objeto de recomendación en

acápite diseñado para tales efectos.

Con base en la estadísticas anteriormente descrita, el equipo auditor de la Oficina de

Control Interno, reitera la recomienda a la Superintendencia Nacional de Salud, y en

concreto a la Delegada de Protección al Usuario y a la Participación Ciudadana,

implementar un sistema de digi-turno electrónico, con el objeto, garantizar oportunidad

en la atención suministrada, como también establecer el tiempo de permanencia del

usuario desde su llegada hasta su salida.

En igual sentido, el equipo auditor se permite reiterar la recomendación en implementar

un sistema de encuesta digital de satisfacción al Usuario, con el objetivo de tabular y

conocer las necesidades reales de los usuarios en línea, sin que medie la manipulación

de la información suministrada por los usuarios del canal; y así mismo dar acciones de

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mejores con mayor rapidez.

5.2.2 Atención Vía Escrito

A través de este canal el usuario se dirige personalmente a la Superintendencia Nacional

de Salud y radica oficio de su PQRD; a continuación se ilustra en la siguiente gráfica el

proceso en mención.

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5.2.3 Página Web

A través de este canal, el usuario puede también efectuar la radicación de una PQRD,

debiendo para ello, ingresar a la Pagina Web de la Superintendencia Nacional de Salud,

http://www.supersalud.gov.co/, donde el usuario debe diligenciar formulario ingresando

datos biográficos y detalles de la petición; una vez surtido este trámite en línea, el sistema

genera en forma automática consecutivo de su radicado, el cual permite individualizar la

PQRD.

A continuación se ilustra en la siguiente gráfica el proceso en mención.

Usuario Peticionario

Registra la PQR en el formulario de la Pagina

Web de la Entidad

PQR VIA PÁGINA WEB

El Contratista de Contact Center (People Contact), Enlaza la PQR a su sistema

de Información

Envía Automáticamente PQR a la EAPB, para su

conocimiento y respuesta al usuario

Enví

a C

op

ia

de

resp

ues

ta

de

la P

QR

Una vez recibida respuesta de la EAPB

Enla

za r

esp

ues

ta

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up

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r

Rem

ite

Res

pu

esta

al

Gru

po

de

Eval

uac

ión

Evaluación de la Respuestas de

la EPS

Revisión de la Evaluación

Aprobación de la Evaluación

Radicación de la Evaluación

Firma de la Evaluación

Radicación en Correspondencia

Para envió al usuario

Envi

ó d

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om

un

icac

ión

de

la d

e

Eval

uac

ión

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lizad

a p

or

la S

NS

Acuse de recibido

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Por medio de este canal en los me

ses de Mayo a Octubre en la Supe

rintendencia Nacional de Salud, se

atendieron un total de 76.026 PQ

RD, lo que representa un 18,51% d

el total de PQRD recibidas por los

cincos (5) canales disponibles form

almente establecidos para la rece

pción de las PQRD.

El equipo auditor de la Oficina de c

ontrol Interno, al momento de reali

zar el ejercicio de formular una PQRD a través de este canal, comenzó diligenciando el f

ormulario que dispone la Entidad en su página web http://www.supersalud.gov.co/, en la

sección DETALLE DE LA PETICIÓN, en primera medida hay que seleccionar de la lis

ta desplegable el Tipo de Entidad, que para este ejercicio seleccionamos IPS PRIVAD

AS, y luego en la siguiente lista desplegable debemos seleccionar la Entidad Denuncia

da, donde se puede establecer que en el listado que arroja el formulario no están todas l

a IPS PRIVADAS existente en el territorio colombiano; lo que obliga al el equipo auditor

de la oficina de Control Interno a reiterar recomendación tendiente a que se efectué la a

ctualización del directorio de las IPS PRIVADAS, y en general se revise y se actualicen l

as demás opciones de este formulario, para así brindarle al usuario información actualiz

ada y real.

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5.2.4 Telefónico

A través de este canal, el usuario puede también efectuar la radicación de una PQRD,

debiendo para ello, llamar al PBX 4837000, o a la línea gratuita nacional 018000513700,

donde un agente del Contact Center atenderá la llamada y recepcionará la PQRD. La

siguiente imagen ilustra el proceso en mención.

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Usuario Peticionario

Llama a la línea de atención Telefónica 4837000

PQR VIA TELEFONICA

El Contratista de Contact Center (People Contact), Evalúa aleatoriamente las

respuesta de la EAPB

Envía Automáticamente resumen de la PQR a la

EAPB, para su conocimiento y respuesta al usuario

Escribe Respuesta en el Sistema de Información del Contratista

Envió Automático E-.mail al usuario de la respuesta dela EAPB o mensaje de texto al Celular

o mensaje de voz

Se establece la llamada con el usuario

a. Se validan datos del usuario

b. Se complementan los datos del usuario.

c. Si la preguntan es de información de competencia de la SNS, se le da respuesta inmediata.

d. Si es una PQR se le da traslado a la EAPB

Envía a funcionario de la SNS, informe de las respuesta de las EAPB

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Por medio de este canal en los mes

es de Mayo a Octubre en la Superin

tendencia Nacional de Salud, se ate

ndieron un total de 293.306 PQRD,

lo que representa un 71,42% del tot

al de PQRD recibidas por los cincos

(5) canales disponibles formalmente

establecidos para la recepción de la

s PQRD.

El equipo auditor de la Oficina de C

ontrol Interno, para el ejerció de auditoría en mención se traslado hacia las instalaciones

físicas del contratista de Contact Center – (People Contact), donde se tomo una muestr

a de cinco (5) grabaciones de las llamadas, así:

ITEM FECHA CEDULA NOMBRE

PETICIONARIO MOTIVO

CALIDAD DE LA LLAMADA

SATISFACCIÓN USUARIO

AGENTE CALL CENTER

CIUDAD

1 nov-15 31379758 CARMEN NO SUMINISTRO

DE MEDICAMENTO BUENA BUENA ELIANA RIVEROS Cali

2 nov-15 39707056 BLANCA

SANDOVAL NO SUMINISTRO

DE MEDICAMENTO BUENA BUENA TATIANA BASTIDAS Bogotá

3 nov-15 41700612 EDILMIRA

MELO SOLICITUD DE INFORMACIÓN

BUENA BUENA ANGIE GONZALEZ Bogotá

4 nov-15 40078094 MAGNOLIA

ZALAZAR ASIGNACIÓN DE

CITA BUENA BUENA KATIA LUCIA PEREZ

Florencia Caquetá

5 nov-15 42961146 BETTY

CORREA ASIGNACIÓN DE

CITA BUENA BUENA

ESPERANZA RODRIGUEZ

Bogotá

El equipo auditor de la Oficina de Control Interno, del muestreo selectivo pudo comprob

ar que los agentes utilizan un lenguaje adecuado, claro y formal para dar respuesta a la

s PQRD, como también satisfacieron las necesidades de los ciudadanos que realizaron

la llamada.

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5.2.5 Atención Chat

A través de este canal, el usuario puede también efectuar la radicación de una PQRD,

debiendo para ello, ingresar a la Pagina Web de la Superintendencia Nacional de Salud,

http://www.supersalud.gov.co/, donde el usuario debe ingresar por la opción CHAT, y una

vez escogido esta opción, debe digitar un nombre de usuario y seguidamente debe

diligenciar formulario ingresando datos biográficos y darle click en el botón conectar, para

que se inicie sesión con un agente del contact center.

Previamente, el hardware (PC) debe cumplir con unos requerimientos técnicos y habilitar

unas opciones en el navegador para poder iniciar sesión de forma adecuada y correcta.

La siguiente imagen ilustra el proceso en mención.

Usuario Peticionario

Llena el formulario previo para iniciar sesión en línea

PQR VIA CHAT

El Contratista de Contact Center (People Contact), Evalúa aleatoriamente las

respuesta de la EAPB

Envía Automáticamente E-MAIL con resumen de la PQR a la EAPB, para su

conocimiento y respuesta al usuario

Escribe Respuesta en el Sistema de Información del Contratista

(People Contact)

Envió Automático e-.mail al usuario de la respuesta dela EPS

Se establece la sesión de chat

a. Se validan datos del usuario

b. Se complementan los datos del usuario.

c. Si la preguntan es de información de competencia de la SNS, se le da respuesta inmediata.

d. Si es una PQR se le da traslado a la EAPB

Envía a funcionario de la SNS, informe de las respuesta de las EAPB

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Por medio de este canal en los me

ses de Mayo a Octubre en la Super

intendencia Nacional de Salud, se a

tendieron un total de 19.401 PQRD

, lo que representa un 4,72% del to

tal de PQRD recibidas por los cinco

s (5) canales disponibles formalme

nte establecidos para la recepción

de las PQRD.

El equipo auditor de la Oficina de

Control Interno, mediante auditoría

en situ, verificó como es el funcionamiento de una recepción de una PQRD en las

instalaciones de la firma contratista People Contact, para ello se tomo muestra de

imágenes de conversaciones en Línea.

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Las ayudas están clasificadas en (Protocolos, Preguntas, Consultas, Normatividad) lo

que permite ahora obtener las siguientes conclusiones preliminares:

Disponen de medios de ayuda que permite al agente optimizar el tiempo de sesión establecida entre el ciudadano y la firma de Contratista People Contact.

Agilizar la operación.

Suministrar fundamentos en derecho vigentes de las PQRD.

Minimiza la posibilidad de incurrir en errores gramaticales.

Genera ambiente adecuado de comunicación

5.3 ESTADÍSTICAS

TOTAL PQRD MENSUALIZADOS

CANALES MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE

TELEFONICOS 48.954 44.275 58.534 45.566 47.571 48.406

WEB 16.389 17.605 19.790 7.795 7.074 7.373

CHAT 2.941 2.743 4.736 3.109 2.902 2.970

ESCRITO 3.223 4.294 2.662 2.027 2.551 2.433

PERSONALIZADO 1.037 793 810 696 696 724

TOTAL PQR X MES 72.544 69.710 86.532 59.193 60.794 61.906

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Del periodo de Mayo a Octubre se han recibido un total de 410.679 PQRD, siendo el

canal telefónico es de mayor uso para radicación de una PQRD, el cual representa un

71,42% del total de PQRD que decepciona la Superintendencia Nacional de Salud.

La siguiente imagen ilustra el porcentaje por canal de recepción de PQRD

El equipo auditor de la Oficina de Control Interno, con base los porcentajes obtenidos lu

ego de graficar los tipos de solicitud que radican los usuarios del SGSSS, considera de

vital importancia que en la realización de campañas de información que en la actualidad

adelanta la firma contratista People Contact, las mismas se hagan focalizadas con base

a los motivos con mayor concurrencia y teniendo como insumo la base de datos con qu

e cuenta la firma contratista People Contact.

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5.4 REDES SOCIALES

Al ser la red social una estructura compuesta de grupos de personas, las cuales están

conectadas por uno o varios tipos de relaciones, por medio de las mismas se interactúa

constantemente y cada vez con mayor frecuencia, entre los usuarios del SGSSS y la

Superintendencia Nacional de Salud, convirtiéndose esta forma de comunicación en la

actualidad, en un canal mas de recepción de Peticiones, Quejas, Reclamos y Denuncias

sobre aspectos que tocan al sistema.

En la actualidad las redes sociales que maneja la Entidad, son Twitter y Facebook, redes

que son administradas por el grupo de Comunicaciones Estratégicas e Imagen

Institucional; en lo transcurrido en el periodo de Mayo a Octubre de la presente vigencia

se recepcionaron un total de 479 PQRD, como lo podemos visualizar en el siguiente

cuadro:

REDES SOCIALES MURO (PÚBLICO) MENSAJE (PRIVADO)

Información PQR Información PQR

FACEBOOK 21 21 47 88 TWITTER 79 207 4 12

TOTAL PQRD MAYO - OCTUBRE 100 228 51 100

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Cabe precisar que, estas PQRD tiene una tendencia de crecimiento exponencial, por lo

que desde ya significa una dificultad en la medida de que, este grupo de trabajo no cuenta

con la experticia necesaria para dar trámite a una Petición, Queja, Reclamo o Denuncia.

Es preciso indicar, que por medio del canal de redes sociales durante los meses de Mayo

a octubre de la presente vigencia el 68,48% obedecen a una solicitud de PQRD, y en los

cinco (5) canales disponibles formalmente establecidos para la recepción de las PQRD

durante el mismo periodo antes señalado, el total del tipo de solicitud referente a una

PQRD es del 49,20%.

Formalización Proceso

Al respecto debe señalarse, que se realizo trabajo conjunto entre las dependencias de

Comunicaciones e imagen institucional, la Oficina Asesora de Planeación y la Delegada

de Protección al Usuario y la Participación Ciudadana, donde se levanto el procedimiento

tendiente a formalizar este canal, trabajo el cual en la actualidad está siendo objeto de

revisión por el Superintendente Delegado para la Protección al Usuario y la Participación

Ciudadana y una vez este funcionario emita su visto bueno al mismo será incorporado al

manual de procesos y procedimientos de la Entidad.

En atención a los porcentajes anteriormente descritos y al creciente volumen de

recepción de PQRD por medio de este canal, resulta pertinente ahora recomendar al

Superintendente Delegado para la Protección al Usuario y la Participación Ciudadana

agilice la revisión del trabajo efectuado las áreas involucradas anteriormente descritas.

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5.5 CONTACT CENTER – PEOPLE CONTACT

La Superintendencia Nacional de Salud suscribió contrato den servicios especializados

de un centro de contacto a nivel nacional, previa licitación pública, efectuando la

adjudicación del contrato una vez se surtió el proceso de selección a la firma People

contact.

La Oficina de Control Interno, verificó algunas de las obligaciones contractuales en

ejecución del contrato No. 307 de 2.012, con el propósito de dimensionar la utilidad que

esta compañía presta al proceso ahora auditado.

Objeto Contractual:

“Prestar los servicios especializados de un centro de contacto a nivel nacional de la

Superintendencia Nacional de Salud, para la recepción y tramite de peticiones, quejas y

reclamos (PQR) de los Usuarios del Sistema de Seguridad Social en Salud”.

La Oficina de Control Interno, observo en la minuta contractual suscrita por las partes,

que las obligaciones en cabeza del contratista están contenidas en cuatro (4) capítulos,

denominados: Infraestructura, Recurso Humano, prestación del servicio, además de

los informes de la gestión realizada.

Extractando por parte del equipo Auditor los ítems expuestos, se encontraron como

principales obligaciones en cada uno de ellos las siguientes:

1. Infraestructura:

Disponibilidad de todos los elementos necesarios y de espacio suficiente para el

grupo de trabajo de los agentes.

Sala de juntas a disposición de la Superintendencia Nacional de Salud y en la cual

es posible disponer de equipos y demás dispositivos necesarios para establecer

comunicación con los usuarios y realizar seguimiento de toda la operación.

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El contratista deberá contar con una infraestructura tecnológica en

comunicaciones, necesaria para atender los requerimientos de la

Superintendencia Nacional de Salud, entre otros.

a. Canales Públicos.

b. Canales telefónicos.

c. Equipos de cómputo de iguales características para todos y cada uno de los

agentes y con las especificaciones que se requieran.

d. Equipos telefónicos.

e. Equipos de impresión.

f. Software de gestión.

g. Software operativo y herramientas ofimáticas.

h. Implementos de papelería necesaria.

El contratista contara con una plataforma tecnológica (hardware, software y

sistema de información propio), para un tráfico promedio mensual de cincuenta mil

(50.000) peticiones, reclamos y solicitudes formuladas por los usuarios del

Sistema, por los diferentes canales.

Conectividad: Se debe garantizar que el sistema de información de Contact

Center, cuente con la funcionalidad de consumo de servicios web, para el registro

inicial y actuaciones de solicitudes de Quejas, Peticiones o Reclamos.

El contratista deberá contar con ACD Multicanal para el servicio de llamada

telefónica y chat

.

El software a utilizar debe permitir el registro de todas las PQRDs, sea cualquier

canal de ingreso, como todas y cada una de las actuaciones realizadas a las PQR

registradas o atendidas.

El contratista se compromete a realizar en forma mensual entrega de un backup

de la base de datos correspondiente al manejo de las PQR, con la estructura

referencial de la misma.

El contratista deberá implementar un sistema de encuesta de satisfacción y de

medición del servicio prestado.

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Imágenes de la Infraestructura People Contact (Sede Bogotá).

La Oficina de Control Interno, observó que la firma contratista People Contact dispone de

una herramienta gerencial de Inteligencia de Negocios BI conocida como dashboards

que sirven para determinar lo que sucede en tiempo real, y permite reconocer

rápidamente que es lo que necesita su atención.

2. Recurso Humano:

El contratista garantizara un mínimo de 60 agentes asignados para cumplir y

garantizar el servicio durante el horario establecido, es decir, todos los días de la

semana 24 horas al día.

El contratista garantizara la disponibilidad de los agentes de manera simultánea o

por turno.

El contratista informara previamente sobre el reemplazo de los agentes.

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La Oficina de Control Interno se desplazo a las instalaciones de la sede de la empresa

contratista, lo que posibilito tener contacto personal y directo con algunos de sus

directivos y con el recurso humano a disposición de la Superintendencia Nacional de

Salud.

Se tuvo la oportunidad de conversar con cinco (5) agentes y/o asesores, con el propósito

de monitorear su capacidad e idoneidad para atender las peticiones, quejas, reclamos y

denuncias del sector a salud a nivel nacional.

Agentes y/o asesores con quienes se interactuó:

Cyndi Marcela Garay Buitrago. (Técnico Auxiliar de enfermería).

Maira Norella Llori Borja. (Técnico Auxiliar en enfermería).

María Yulieth Martínez Valencia. (Técnico Auxiliar de enfermería).

Julio Cesar Villalobos Guerrero. (Asesor Experto People Contact).

Miriam Yaneth Bolívar Mariño. (Comunicadora Social).

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Lista de Chequeo absuelta por los Agentes y/o Asesores.

Conoce usted la misión y visión de la Superintendencia Nacional de Salud.

Conoce usted donde está ubicada la oficina de Atención personalizada de la

Superintendencia Nacional de Salud.

Conoce usted el nombre del señor Superintendente Nacional de Salud.

Puede un menor de edad acudir al pediatra sin antes ser valorado por Médico

General.

Conoce usted las limitaciones que se le dará al amparo de tutela, con ocasión de

la reforma a la salud.

Conoce usted del aplicativo SUPQR.

Cuál es el promedio de duración de una llamada o en qué tiempo debe usted

atenderla? y si se excede del tiempo límite usted que hace usted?.

De las respuestas se pudo concluir, que los Agentes cuentan con apropiada formación

en los temas de Seguridad Social en Salud y en general del sector Salud, que la firma

contratista tiene personal encargado de capacitar constantemente a los Agentes, que se

han elaborado bancos de preguntas frecuentes y las respuestas a las mismas, con el fin

de brindar información oportuna y veraz al ciudadano que acude o interpone una PQRD.

3. Prestación del Servicio:

El contratista garantizara la prestación del servicio a través de los siguientes

canales.

a. Telefónico.

b. Chat.

c. Pagina Web.

d. Peticiones Escritas y/o impresas.

e. Puntos de Atención personalizada.

El contratista realizara la gestión inicial a todas las PQR.

El contratista deberá realizar cinco (5) campañas puntuales de salida a nivel

nacional con un volumen de 15.000 ciudadanos por campaña; entre otros para

brindar información sobre el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

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Es de acotar que la Oficina de Control Interno, por intermedio del equipo Auditor

designado, pudo determinar con ocasión del ejercicio de verificación de las principales

obligaciones contractuales contraídas por los extremos contractuales en el contrato No.

307 de 2.012, que la obligación relativa a que la compañía People Contact, realizara

cinco (5) campañas puntuales de salida a nivel nacional con un volumen de 15.000

ciudadanos por campaña; entre otros para brindar información sobre el Sistema General

de Seguridad Social en Salud, se han cumplido, las campañas fueron diseñadas y

puestas en producción por el contratista, sin que las mismas fueran aprobadas por la

Superintendencia Delegada para la Protección al Usuario y la Participación Ciudadana,

es decir, el diseño, iniciativa y materialización de las mismas, se han efectuado por la

firma contratista en forma autónoma, sin mediar previa aprobación de la

Superintendencia Nacional de Salud. En las referidas campañas entre otras se realizan

las siguientes acciones:

Publicación de derechos contenidos en la normatividad vigente sobre cómo

acceder a servicios de Salud en el país, mensajes transmitidos vía telefónica al

usuario al llamar a las líneas habilitadas.

Mensajes sobre Audiencia pública de Rendición de cuentas a la ciudadanía,

enviado por medios electrónicos.

Información sobre reconocimiento de licencias a cotizantes del sistema, enviado

por medios electrónicos.

Nuevamente la Oficina de Control Interno, no da cuenta del soporte que permita inferir

que la Superintendencia Delegada para la Protección al Usuario y la Participación

Ciudadana analiza y aprueba, las propuestas de campañas informativas del SGSSS

realizadas por la firma contratista, por lo cual la Oficina de Control Interno se permitirá en

acápite respectivo formular la respectiva recomendación sobre el particular.

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El contratista diseñara cada una de las campañas salientes, y una vez aprobada por la

Superintendencia Nacional de Salud, realizara su configuración y puesta en producción.

El contratista deberá emitir como mínimo trimestralmente, conceptos enfocados a

optimizar la prestación del servicio y a realizar las mejores prácticas del negocio.

La Oficina de Control Interno realizó un breve análisis de la última campaña realizada por

la firma contratista People Contact, la cual se describe a continuación.

CAMPAÑAS DE SALIDA SUPERSALUD MENSAJES DEL SGSSS

OCTUBRE

Si usted es mayor de 62 años y presenta

demora en la entrega de medicamento y/o

asignación de citas, la ley 1171 de 2007 en su

artículo 12 y 13 lo ampara.

Mensaje de texto

enviado el 17 de octubre

de 2013

MENSAJE EFECTIVO A 15.199

USUARIOS

Del análisis efectuado por la Oficina de Control Interno se pudo determinar en primera

medida que las campañas llegan a lo largo y ancho del todo el territorio Nacional, tal

como lo podemos ver en la siguiente tabla.

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DEPARTAMENTO USUARIOS PORCENTAJE

BOGOTA D.C 4.422 30,03%

VALLE DEL CAUCA 3.098 21,04%

ANTIOQUIA 1.685 11,44%

SANTANDER 1.110 7,54%

CUNDINAMARCA 528 3,59%

TOLIMA 467 3,17%

CAUCA 356 2,42%

ATLANTICO 353 2,40%

CESAR 336 2,28%

BOLIVAR 334 2,27%

HUILA 266 1,81%

NORTE DE SANTANDER 245 1,66%

RISARALDA 231 1,57%

CALDAS 231 1,57%

META 166 1,13%

MAGDALENA 154 1,05%

QUINDIO 151 1,03%

NARIÑO 113 0,77%

BOYACA 108 0,73%

LA GUAJIRA 91 0,62%

CORDOBA 88 0,60%

CASANARE 41 0,28%

SUCRE 32 0,22%

ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA 26 0,18%

CAQUETA 23 0,16%

PUTUMAYO 20 0,14%

ARAUCA 13 0,09%

CHOCO 10 0,07%

GUAVIARE 7 0,05%

AMAZONAS 7 0,05%

VICHADA 5 0,03%

VAUPES 4 0,03%

GUAINIA 2 0,01%

TOTAL 14.723 100%

En segunda instancia, una vez realizado cruce de información de las bases de datos

enviadas por el Contratista People Contact, se obtuvo un resultado total de 14.723

usuarios únicos, a los cuales se les envió mensaje de texto de la campaña realizada en

el mes de Octubre del 2.013; es preciso señalar que la bases de datos envida por la firma

Contratista contenía 26.673 registros y una vez depurada se eliminaron 11.950 registros

duplicados.

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Además la Oficina de Control Interno, evidenció que los mensajes de texto enviados a

los usuarios del SGSSS, se concentraron en dos (2) operadores de telefonía móvil

celular. Así entonces el equipo auditor de la Oficina de Control Interno se permite

recomendar a la Superintendencia Delegada para la Protección al Usuario y la

Participación Ciudadana, solicité a la Firma contratista que incluya todos los operadores

de telefonía móvil dentro de las campañas que ha venido ejecutando.

Informes:

Informe mensual detallado sobre el control de calidad a las gestiones y respuestas

brindadas por los agentes, el cual deberá ser realizado sobre la muestra semanal

de cinco (5) procesos por agente, en el que se analice cuantitativa y

cualitativamente las gestiones realizadas, teniendo en cuenta la calidad del

contenido y oportunidad.

Informe del nivel de medición que exprese el porcentaje de satisfacción de los

Usuarios atendidos en un determinado periodo.

Informe consolidado por tipificación de PQR semanalmente y mensual.

Informe consolidado con los siguientes parámetros:

a. Niveles de servicio.

b. Número de peticiones, reclamos, solicitudes, consultas y requerimientos

presentados.

c. Numero de trámites interrumpidos y/o declinados.

d. Tasa de abandono.

e. Nivel de Atención.

f. Porcentaje de ocupación.

g. Promedio de gestión.

h. Tiempo medio de espera.

i. Número de agentes registrados por intervalos.

j. Informe de ejecución del mes del contrato.

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Así las cosas, una vez vistas las principales obligaciones contractuales en cabeza de la

firma contratista en cada uno de los ítems contenidos en el acuerdo de voluntades

suscrito, se puede advertir, que las mismas han sido cumplidas en los cuatro (4)

aspectos, ya que se percibe en lo que tiene que ver con infraestructura que la misma

en lo físico y tecnológico está acorde a lo pactado, debiendo acotar que, lo anterior fue

objeto de verificación en visitas realizadas en la firma contratista por parte del equipo

Auditor; que en lo que refiere a Recurso Humano, efectivamente hay un número igual

de 60 agentes encargados de realizar el trámite de las PQR recepcionadas y cumplen

con los perfiles profesionales y técnicos requeridos.

De otro lado en lo que toca a la prestación del servicio, se percibió que los canales

habilitados para que los usuarios radiquen una PQRD, son los mismos requeridos

contractualmente, los cuales por demás manejan el promedio contratado de recepción y

trafico de un total de (50.000) PQRDs por mes.

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6. Sistema de Información SUPQR

La Oficina de Tecnología de la Información de la Superintendencia Nacional de Salud,

lidero proyecto encaminado a adquirir software que permita dar tratamiento cabal a las

PQRD que son allegadas a la Entidad; para ello se agotó proceso de selección bajo la

modalidad de Licitación Pública, el cual permitió la suscripción del Contrato No. 175 de

2.012 con la firma SERTISOF S.A, siendo el Objeto: “Adquisición (licenciamiento),

adecuación y puesta en producción del Sistema Único de Peticiones Quejas y

Reclamos para la Superintendencia Nacional de Salud”.

En igual sentido es pertinente ahora señalar que contrato 175 fue objeto de modificación,

adición y prorroga justificadas en “Realizar y entregar a la Superintendencia Nacional de

Salud el caso de uso que incluye el licenciamiento, adecuación y puesta en producción

del reportadeador del sistema único de peticiones, quejas y reclamos para la

Superintendencia Nacional de Salud, y realizar la implementación y puesta en producción

de los reportes requeridos por las áreas misionales y establecidos a través del supervisor

del contrato”.

Además el contrato No 175 fue objeto de prorroga justificada en:

"...Para la entrada en operación del sistema SUPQR es necesario que la

Superintendencia haya definido variables de parametrización como los tiempos máximos

de respuesta que se deben asignar a una PQR, roles y responsables dentro del sistema

y flujo de la PQR dependiendo de la clasificación y el motivo y que todas las delegadas

realicen un proceso unificado para dar respuesta a los Derechos de Petición.

Así mismo es importante realizar pruebas con entidades vigiladas que sirvan como piloto

en la primera etapa de producción e involucrar a otros actores del sistema como el

Ministerio de Salud y Protección Social, la Defensoría, la Contraloría, y otras entidades

que reten PQRs a la Superintendencia.

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Igualmente se requiere instruir a todas las vigiladas mediante acto administrativo para

que adopten el sistema, cumplan requerimientos de reporte, adopten la tipificación de

PQR establecida por la Superintendencia definir tiempos de respuesta validaciones y

seguimiento y monitoreo a las actuaciones dadas a los usuarios del sistema. Estas

actividades son responsabilidad de la Superintendencia y requieren el acompañamiento

de la firma contratista para entrar en producción total con el sistema."

Ahora bien con el ánimo de ilustrar al lector respecto a las especificaciones técnicas del

Sistema de Información SUPQR, la Oficina de Control Interno extrajo de los productos

entregados por la firma contratista un diagrama general de las características y

especificaciones de la herramienta en mención.

El modelo anteriormente ilustrado contempla los siguientes módulos:

Registro de PQR

Registro de actuaciones

Cierre de PQR

Módulo de consulta y reportes

Módulo de administración y seguridades

Módulo de Interoperabilidad con otros sistemas.

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Además de las especificaciones detalladas de los módulos adquiridos por la

Superintendencia Nacional de Salud en el contrato N. 175 de 2.012, es de vital

importancia conocer la infraestructura técnica adecuada para el correcto funcionamiento

del Sistema único de Peticiones, Quejas y Reclamos, la cual la podemos observar en la

siguiente grafica:

Dentro del ejercicio de auditoría practicado, a la Oficina de Tecnología de la Información,

se pudo comprobar que la firma Contratista SERTISOFT, realizó entrega del 100% de los

productos; y de igual manera la Oficina de Tecnología de la Información tiene los soportes

de entrega en medio físico como en Digital.

La Oficina de Control Interno mediante muestreo selectivo, solicitó a la Oficina de

Tecnología de la Información, las licencias del uso del Software por parte de la Firma

Contratista SERTISOFT, las cuales a continuación se ilustran.

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Es relevante señalar que el Sistema de Información para la peticiones quejas y reclamos

denominado SUPQR, en la actualidad se encuentra en una fase de pruebas, en lo cual

se tienen cuatro (4) Entidades vigiladas por la Superintendencia Nacional de Salud, las

cuales son:

COMPENSAR EPS

COOVEMA EPS S.A.

ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD MALLAMAS EPS

SANITAS EPS S.A

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Es preciso anotar, que la Firma Contratista SERTISOFT, realizó ejercicio de capacitación

a los cuatros (4) Entidades anteriormente citadas, para dar a conocer el funcionamiento

y el alcance del Sistema de Información SUPQR, así como también a funcionarios y

contratista de la Superintendencia Nacional de Salud, y fijando como objetivo Capacitar

e informar al personal de la Superintendencia Nacional de Salud sobre el

funcionamiento del Sistema único de peticiones quejas y reclamos SUPQR,

muestra de ello es la imagen que a continuación se ilustra.

La Oficina de Tecnología de la Información creo usuario a la Oficina de Control Interno

para que pudiera ingresar cualquier funcionario de esta Dependencia, al Sistema de

Información único de peticiones, quejas y reclamos SUPQR. Una vez ingresado al

sistema podemos evidenciar lo siguiente:

El Sistema de Información único de peticiones, quejas y reclamos SUPQR de

acuerdo al perfil del usuario creado a la Oficina de Control Interno, contempla el

siguiente menú (Mis asignados - Mis originados – Registrar – Gestionar –

Consultar – Analizar – Ayuda – Salir), donde lo podemos apreciar en la siguiente

imagen.

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Una vez ingresado Sistema de Información único de peticiones, quejas y reclamos

SUPQR, inmediatamente ingresamos a la opción del Menú – Mis asignados, el

cual muestra una semaforización en donde indica la cantidad de PQRD y la

muestra según su comportamiento de trámite las cuales pueden estar en un

estado: (A tiempo – Por Vencer – Vencidas), estas mismas opciones de

semaforización están disponible en el Menú – Mis originados.

La opción del menú – Registrar, es donde se ingresan al sistema de información

único de peticiones, quejas y reclamos SUPQR las PQRD realizadas por los

ciudadanos, el cual dispone del siguiente formulario.

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La opción de Gestionar, nos muestra las siguientes alternativas a seleccionar

(gestión de solicitudes repetidas – Consultar y evaluar PQRs – Resumen de

solicitudes por dependencia – Solicitudes con alertas – Solicitudes).

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La opción de Consultar nos muestra las siguientes alternativas a seleccionar

(Solicitudes Originadas – Documentos en borrador – Solicitudes búsqueda

avanzada).

La opción de Analizar nos muestra la alternativas a seleccionar (Indicadores de

gestión)

A seleccionar esta opción – Indicadores de gestión, nos arroja las siguientes

opciones a seleccionar.

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Al seleccionar cualquiera de las opciones anteriormente ilustradas,

inmediatamente nos arroja el consolidado del reporte, si tener la posibilidad de

seleccionar algún criterio de búsqueda ya sea por un rango de fecha, tal como lo

ilustra la siguiente grafica, donde seleccionamos la opción Análisis por entidad

responsable.

De lo anterior la Oficina de Control Interno, respetuosamente recomienda a la Delegada

de Protección al usuario y la Participación Ciudadana en conjunto con la Oficina de

Tecnología de la Información, se incluyan a las diferentes opciones disponibles en el

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menú Indicadores de gestión, criterios de consultas, evitando así que a futuro sea

demasiada información y sea imposible generar la consulta.

La opción de Ayuda, nos muestra el manual de usuario en línea para poder operar

adecuadamente el sistema de Información único de peticiones, quejas y reclamos

SUPQR.

De último tenemos la opción de Salir, la cual nos cierra la sesión establecida el

sistema de Información único de peticiones, quejas y reclamos SUPQR.

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7. CONLUSIONES

Especificas.

La normatividad que ahora regula el proceso de la Peticiones, Quejas y Reclamos

(PQR) ahora auditado por la Oficina de Control Interno, es la Ley 1437 de 2.011

(CPACA), resoluciones 280 de 2.009 y 3187 de 2.011, debiendo precisar que la

resolución 280 regula y articula de manera interna los canales de medio escrito o

impreso y personalizada, así como la 3187 hace lo propio, respecto, de los canales

telefónicos, chat y página web.

Que de conformidad con los plazos establecidos para el cumplimiento de la

Estrategia de Gobierno en línea, los cuales a continuación se describen:

La Superintendencia Delegada para la Protección al Usuario y la participación

Ciudadana, debe analizar cada componente o elemento que toque al proceso de

recepción y tramite de PQRD, identificando el porcentaje de cumplimiento y

cotejándolo con los plazos dispuestos y en caso de no obtener el porcentaje

ordenado, adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento en ese sentido

a la estrategia.

Que la Oficina de Atención personalizada perteneciente a la Superintendencia

Delegada para la Protección al usuario y la Participación Ciudadana, no cuenta

con un sistema de asignación de turnos “digi-turno”, que permite la clasificación,

prelación y control en la asignación de turnos a los ciudadanos interesados en

interponer una PQRD.

Que se debe habilitar un espacio para que los usuarios del sistema envíen

documentos o archivos adjuntos (texto, hoja de cálculo, video, audio, imágenes,

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entre otros) como soporte de sus actuaciones ante la entidad. Para esto se debe

establecer un sistema de seguridad en la recepción de dichos documentos.

Que la Entidad cuenta con formulario web en línea, el cual permite seguimiento de

la PQRD, por parte de la Ciudadanía debiendo para ello tan solo ingresar datos

básicos de la PQRD radicada, aunado a que esos formularios tienen controles de

validaciones en los campos obligatorios, los cuales son señalados con asterisco.

El equipo auditor de la Oficina de Control Interno, pudo verificar que los formularios

Web, al momento de radicar una PQRD genera automáticamente un acuse de

recibido.

Que la Entidad cuenta con formularios electrónicos que permiten identificar y

seleccionar el tipo de solicitud que el ciudadano necesita al momento de interponer

una PQRD, así como que el lenguaje y el metalenguaje utilizado son apropiados.

Que al momento en que un ciudadano radica una PQRD, no se le permite escoger

el medio por el cual obtendrá su respuesta.

Que La Superintendencia Nacional de Salud, no establece requisitos adicionales

a los establecidos en la Ley, para la radicación de una PQRD, tan solo solicita que

se diligencia datos del remitente y algunos detalles de la petición.

Que se pudo comprobar que los canales WEB y CHAT para radicar una PQRD,

no cuenta con demo o guía de diligenciamiento, debiendo precisar que los canales

de atención personalizada y telefónica al tener un contacto directo con el

ciudadano no es necesario utilizar el demo o guía de diligenciamiento de que habla

la estrategia de Gobierno en línea.

Que no se percibe en la Página Web de la Entidad, que se describa cuáles son

los canales de recepción de una PQRD, y menos aún los requisitos y condiciones

para ello.

La Superintendencia Nacional de Salud, en la actualidad no tiene avance sobre la

protección de datos personales.

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Que se adelantó trabajo mancomunado tendiente a formalizar el canal de

recepción de PQRD “redes sociales”, tan solo estando a la espera del aval del

señor Superintendente Delegado para la Protección al Usuario y la participación

Ciudadana para incorporarlo al manual de procesos y procedimientos de la

Entidad.

Que la firma People Contact da cabal cumplimiento al contrato de prestación de

servicios especializados suscrito con la Superintendencia Nacional de Salud, en

cada uno de los tópicos en que esos servicios deben prestarse como lo son,

infraestructura, recurso humano, prestación del servicio y presentación de

informes, que permitan a la Entidad tomar decisiones en ejecución de sus

funciones de inspección, vigilancia y control.

Que la ejecución del contrato No. 175 de 2.012 suscrito con la firma SERTISOF

S.A, el cual tuvo por Objeto: la Adquisición (licenciamiento), adecuación y puesta

en producción del Sistema Único de Peticiones Quejas y Reclamos para la

Superintendencia Nacional de Salud”, se ejecutó de conformidad con lo allí

pactado, que el sistema de información se encuentra en fase de prueba con cuatro

(4) entidades del SGSSS, para entrar en fase de producción.

Que en la Oficina de Atención personalizada de la Entidad, el vigilante de la misma

está realizando labores de compilación estadística, que en sentir de la Oficina de

Control Interno no le corresponden, situación que podría generar inseguridad del

sitio u oficina, así como de la información que la misma maneja ya que esta podría

resultar en manos de entidades o de personal ajeno a la Entidad.

Que en la actualidad la página principal de la Entidad www.supersalud.gov.co,

muestra claramente la dirección de atención personalizada, contenido el cual en

época anterior no se encontraba incorporado en la página oficial de la Entidad.

Se concluye que el canal con mayor tráfico de recepción de PQRD, es el canal

telefónico, seguidamente del canal página web, chat, escrito, personalizada y

redes sociales.

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General:

Que se percibe en la Superintendencia Delegada para la Protección al Usuario y

la participación Ciudadana, se están realizando ingentes esfuerzos para sacar

adelante el proceso de recepción y tramite de PQRD, máxime dada el alto volumen

que maneja la institución; sin para que ello de los resultados esperados y se

cumplan las expectativas de buena gestión, esta dependencia debe dar mayor

atención a los lineamientos y directrices de la estrategia de Gobierno el línea, la

cual si se adopta en forma integral, permitirá tener total control del proceso, contar

con volúmenes manejables de PQRD, además de tomar decisiones acertadas en

ejercicio de la función de control de que esta revestida la Superintendencia

Nacional de Salud.

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8. RECOMENDACIONES

El equipo auditor de la Oficina de Control Interno recomienda que, conforme a los

parámetros de la estrategia de Gobierno en Línea, se adopte la cultura de trámites

de Peticiones, Quejas, Reclamos y Denuncias PQRD, posibilitando así dar

cumplimiento a esos lineamientos fomentando la transparencia, en el giro

ordinario de la Entidad.

Se recomienda a la Superintendencia Delegada para la Protección al Usuario y la

Participación Ciudadana, implementar un sistema de digi-turno electrónico, en la

Oficina de Atención personalizada, con el objeto, garantizar oportunidad en la

atención suministrada, como también establecer el tiempo de permanencia del

usuario desde su llegada hasta su salida.

El equipo auditor de la Oficina de Control Interno recomienda a, realizar el más

pronto posible la actualización a la Página Web de la Entidad, indicando

claramente la dirección y hora de atención a los Ciudadanos en la Oficina de

Atención Personalizada.

Se recomienda se actualice el directorio de las IPS privadas, y en general se revise

y se actualicen las demás opciones del formulario para radicar una PQR, por el

canal de página web para así brindarle al usuario información actual y real.

El equipo auditor de la Oficina de control interno recomienda que, se sigan

fortaleciendo las capacitaciones al personal del Contact Center, para así

garantizar el uso adecuado de los términos que compone el metalenguaje que

utilizan las normas del SGSSS, evitando incurrir en imprecisiones al dar la

información a los usuarios.

La Oficina de Control Interno, se permite recomendar a la Oficina Asesora de

Planeación, se formalice el trabajo conjunto realizado por el grupo de

Comunicaciones Estratégicas e Imagen Institucional, la Oficina de Tecnología de

la Información, la Oficina Asesora de Planeación, la Superintendencia Delegada

para la Protección al Usuario y la Participación Ciudadana y la firma People

Contact, en procura de aprobar y socializar los procesos y procedimientos

levantados para el canal de redes sociales, fijando las actividades a desarrollar en

el proceso, los responsables del mismo, así como los puntos de control, toda vez

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que a la fecha de realización de la presente Auditoria los procedimientos

efectuados para tal fin, no han sido aprobados y menos socializados a las áreas

involucradas en el proceso.

La Oficina de Control Interno se permite recomendar, ante la no evaluación de las

respuesta de las EAPB a los usuarios del SGSSS, en el mes de abril de 2.013, por

el canal de Página Web, que se imparta la instrucción referente, que para el mes

de junio de 2.013, se realice por parte del grupo de evaluación (Página Web), las

valoraciones de las respuestas de las EAPB a los usuarios del SGSSS, del mes

de junio, así como las pendientes del mes de Abril del 2.013.

La Oficina de Control Interno se permite recomendar que, los supervisores del

contrato 307 de 2.012, suscrito con la firma People Contact, valoren y analicen

cuidadosamente las cifras reportadas por el contratista, y en caso de encontrar

imprecisiones e incoherencias como las aquí descritas, se requiera a esa

compañía, para que aclare, modifique o ajuste los contenidos de los informes

presentados en complimiento de sus obligaciones contractuales, máxime, cuando

los valores reportados fijan el derrotero que la Superintendencia Nacional de Salud

debe seguir al momento de cumplir sus funciones de Inspección, Vigilancia y

Control, respecto del proceso de PQR.

El quipo auditor de la Oficina de Control Interno considera, que se continúen

implementando las estrategias tendientes a concentrar esfuerzos, que permitan

trabajar con las cincos (5) EAPB con mayor número de Peticiones, Quejas y

Reclamos, con el ánimo de reducir ostensiblemente las situaciones y eventos que

generan la necesidad por parte de los usuarios del SGSSS, de radicar PQR, ó en

su defecto iniciar las acciones administrativas sancionatorias a que haya lugar.

El equipo auditor de la Oficina de Control Interno, con base en los porcentajes ob

tenidos luego de graficar los tipos de solicitud que radican los usuarios del SGSS

S, considera de vital importancia la realización de campañas de información que

en la actualidad adelanta la firma contratista People Contact, lo que reduciría ost

ensiblemente el porcentaje de recepción de PQR por el tipo de Consulta de infor

mación, debiendo para ello focalizar los temas de mayor concurrencia.

La Oficina de Control Interno de gestión recomienda, el fortalecimiento del grupo

de evaluación de PQR, bien sea con judicantes o profesionales con el perfil pertin

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ente con el fin de lograr la evaluación al 100% de PQR, tanto escritas como de

página web.

La Oficina de Control Interno recomienda que, se formalice los procesos y proced

imientos de la labor que ejecuta el grupo evaluador de la Superintendencia

Delegada para la Protección al Usuario y la Participación Ciudadana.

Cordialmente,

JUAN DAVID LEMUS PACHECO. JEFE OFICINA DE CONTROL INTERNO. Proyectó: María Cristina García Vargas – Profesional Especializado (OCI). Guillermo Alberto Corredor Martínez – Abogado contratista (OCI). Alejandro Isaza Pareja – Ing. de Sistemas Contratista (OCI). Peter Vargas Pinilla –Ingeniero Industrial Contratista (OCI).