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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por Doctor González, Nuevo León. Dictamen de la revisión de la Cuenta Pública 2016

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

Doctor González, Nuevo León.Dictamen de la revisión de la Cuenta Pública 2016

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

CONTENIDO

I. Dictamen del Auditor 1

II. Presentación 2

III. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y resultados generales de la revisión practicada

4

IV. Objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados

12

V. Descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión

15

A. La evaluación de la gestión financiera y del gasto público 15

B. Cumplimiento de las Normas de Información Financiera aplicables al sector gubernamental y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes

32

VI. Observaciones derivadas de la revisión practicada, las aclaraciones a las mismas por los funcionarios responsables y su análisis por la Auditoría Superior del Estado, incluyendo las acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán

33

VII. Trámite y resultados obtenidos, derivados de las solicitudes formuladas por el H. Congreso del Estado

103

VIII. Resultados de la revisión de situación excepcional 103

IX. Situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, respecto de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores

103

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 1

I. Dictamen del Auditor Opinión

Hemos auditado los estados de ingresos y egresos que integran la Cuenta Pública del municipio de Doctor González, Nuevo León, correspondiente al ejercicio fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016.

El Municipio no proporcionó las conciliaciones bancarias y los estados de cuenta de los saldos contables registrados al 31 de diciembre de 2016 de 28 cuentas por un importe de $2,622,496 por lo cual no nos fue posible cerciorarnos de la razonabilidad de estos saldos que se presentan en la Cuenta Pública en la sección de Disponibilidad.

En nuestra opinión, excepto por los ajustes que se pudieran determinar al revisar las conciliaciones bancarias no proporcionadas, los estados de ingresos y egresos adjuntos, presentan razonablemente, en todos los aspectos materiales, los ingresos y egresos del Municipio por el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016.

Responsabilidades de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León

La información mencionada en el párrafo anterior fue proporcionada por el Ente Público, por lo que nuestra responsabilidad consiste en expresar con seguridad razonable una opinión sobre la misma, la cual deriva del análisis del resultado de la gestión y situación financiera, la auditoría fue realizada en base a pruebas selectivas de acuerdo a Normas Internacionales de Auditoría (NIA), las cuales requieren que la revisión sea planeada y realizada de tal manera que permitan obtener elementos de juicio de que los estados financieros no contienen incorrecciones o errores importantes.

La auditoría se efectúa posterior a la gestión financiera, siendo de carácter externo, de manera independiente y autónoma del Ente Público fiscalizado y de cualquier otra forma de control y auditoría.

Responsabilidades del Ente Público

Es de señalar que el Ente Público es responsable de sus operaciones y del resultado de las mismas, así como de sus actos, hechos jurídicos y de la preparación y presentación fiel de la información financiera de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las normas contables emitidas por el CONAC y las Normas de Información Financiera aplicables, además de diseñar e implementar el control interno con base en planes, métodos y medidas necesarias que promuevan la eficiencia en su operación y permita la generación y preparación exacta y veraz de los estados e información financiera que conforman la Cuenta Pública.

Monterrey, Nuevo León, a 1 de septiembre de 2017

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 2

II. Presentación

La Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, de conformidad con lo establecido en los artículos 63, fracción XIII, 136, párrafos primero y segundo de la Constitución Política del Estado, 1, 2, fracciones I, VIII y X y 3 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se instituye como un órgano auxiliar del H. Congreso del Estado en su función de fiscalización de las Cuentas Públicas presentadas por los Poderes del Estado, los Organismos Constitucionalmente Autónomos, los Organismos Públicos Descentralizados y Fideicomisos Públicos de la Administración Pública del Estado, los Municipios y sus Organismos Descentralizados, así como las Instituciones Públicas de Educación que reciban recursos públicos.

En el ejercicio de las referidas funciones, para la revisión de la Cuenta Pública del ejercicio 2016 del Municipio de Doctor González, Nuevo León, la Auditoría Superior del Estado de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, evaluó los resultados de la gestión financiera, comprobó si el ejercicio de las Leyes de Ingresos y Egresos, y sus respectivos presupuestos se ajustaron a los criterios señalados en los mismos, verificó el cumplimiento de las leyes, los reglamentos y la normatividad aplicables en materia de gestión financiera.

En tal sentido, y en cumplimiento de lo preceptuado en los artículos 20 fracción XXXI y 82 fracción XV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, esta Auditoría Superior del Estado tiene a bien rendir el Informe del Resultado de la revisión practicada a la Cuenta Pública del ejercicio 2016 del Municipio de Doctor González, Nuevo León, al H. Congreso del Estado.

El Dictamen del Auditor, refleja la evaluación practicada al manejo y aplicación de los recursos públicos, además del cumplimiento de las Normas de Información Financiera aplicables al sector gubernamental. El cual fue elaborado por el C.P.C. Jorge Guadalupe Galván González, Auditor General y el Lic. Jesús Mendoza Uribe, Auditor Especial de Municipios, el 1 de septiembre de 2017 fecha que corresponde al último procedimiento de auditoría realizado por este Órgano Fiscalizador como parte de la revisión.

En el apartado IV de este informe, se incluyen los objetivos y alcances de la revisión practicada a la gestión como al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados.

Asimismo en el apartado V, se presenta una descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión, respecto de:

La evaluación de la gestión financiera y del gasto público; Cumplimiento de las Normas de Información Financiera aplicables al sector gubernamental

y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

En el apartado VI del presente informe, se detallan las observaciones no solventadas, con su fundamentación, derivadas de la revisión practicada, con las aclaraciones a las mismas y su análisis, así como las acciones que se ejercerán, recomendaciones que se formularán y las promociones o gestiones que se realizarán para la intervención de otras autoridades, las cuales se notificarán una vez entregado el Informe del Resultado al H. Congreso del Estado, en términos de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

Finalmente, se informa la situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, respecto de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores.

------------ EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ------------

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III. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y de los resultados generales de la revisión practicada

A. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y resultados generales de la revisión practicada

El Municipio de Doctor González, Nuevo León presentó el 31 de marzo de 2017 ante el H. Congreso del Estado su Cuenta Pública correspondiente al ejercicio de 2016, la cual fue remitida a esta Auditoría Superior del Estado el día 8 de mayo de 2017.

El Estado de Ingresos y Egresos, así como la Disponibilidad, se integran al 31 de diciembre de 2016 por las cifras presentadas en un cuadro comparativo del Presupuesto de Ingresos y Egresos por rubros y programas, contra lo ejercido y sus variaciones que se presenta a continuación:

Estado de Ingresos y Egresos

INGRESOS Importe Real % Importe Presupuesto

% Importe % Variación

Impuestos $ 1,633,249 5 $ 896,999 3 $ 736,250 82Derechos 138,629 - 283,077 1 (144,448) (51)Productos 46,500 - 20,169 - 26,332 131Aprovechamientos 45,080 - 440,974 2 (395,894) (90)Participaciones 16,147,034 45 15,071,753 51 1,075,281 7Fondo de Infraestructura Social 1,646,818 5 1,672,501 6 (25,683) (2)Fondo para el Fortalecimiento Municipal 1,860,717 5 1,813,606 6 47,111 3Fondo Descentralizado 1,647,857 5 3,621,467 12 (1,973,610) (54)Otras Aportaciones 12,062,071 34 4,440,633 15 7,621,438 172Financiamiento - - 1,119,566 4 (1,119,566) (100)Otros 467,639 1 - - 467,639 -

Total $ 35,695,594 100 $ 29,380,745 100 $ 6,314,850 21

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EGRESOS Importe Real % Importe Presupuesto

% Importe Variación

%

Administración Pública $ 14,502,171 42 $ 14,600,000 50 $ 97,829 1Servicios Comunitarios 789,395 2 901,000 1 111,605 12Desarrollo Social 1,137,291 3 1,200,000 6 62,709 5Seguridad Pública y Tránsito 155,260 1 200,000 - 44,740 22Mantenimiento y Conservación de Activos 2,513,394 7 2,200,000 10 (313,394) (14)Adquisiciones 382,075 1 500,000 - 117,925 24Fondo de Infraestructura Social Municipal 1,607,116 5 1,647,000 5 39,884 2Fondo de Fortalecimiento Municipal 1,991,297 6 1,861,000 5 (130,297) (7)Obligaciones Financieras 14,976 - 8,000 1 (6,976) (87)Aplicación de Otras Aportaciones 11,184,776 33 14,000,000 17 2,815,224 20

Total $ 34,277,751 100 $ 37,117,000 100 $ 2,839,249 8

Disponibilidad al cierre del ejercicio

Cuenta Importe

Fondos fijos $ 56,518Bancos 2,622,497Cuentas por cobrar 2,317,647

Subtotal $ 4,996,662Menos:Cuentas por pagar 5,722,696

Total $ (726,034)

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 6/111

B. Resultados generales de la revisión practicada

Observaciones Preliminares

Derivado de los trabajos de fiscalización de la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2016, y de manera previa a la presentación del presente Informe del Resultado de la revisión, acorde con lo preceptuado en el artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, la Auditoría Superior del Estado dio a conocer a los titulares de los Sujetos de Fiscalización y en su caso, a los titulares responsables de los sujetos de fiscalización durante el período objeto de revisión, en los casos en que tales funcionarios dejaron de desempeñar su cargo, las presuntas deficiencias o irregularidades detectadas (observaciones preliminares), a efecto de que éstos en un plazo improrrogable de treinta días naturales contados a partir del día de su notificación, presentaran las justificaciones y aclaraciones que correspondan.

A continuación se presenta el resumen de las observaciones preliminares detectadas durante la revisión, clasificadas por tipo de auditoría.

GRÁFICA: Observaciones preliminares detectadas en la revisión por tipo de auditoría

Resultado del análisis de las aclaraciones y justificaciones a las observaciones

Asimismo, en cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 137, cuarto párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, se comunicó al ente público auditado de manera previa a la emisión del presente informe, para efecto informativo, el resultado del análisis realizado por esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, respecto de las justificaciones y aclaraciones presentadas en su caso, en respuesta a las observaciones detectadas durante la fiscalización de la Cuenta Pública; señalando para tal efecto, las que a juicio de este órgano, resultaron o no solventadas.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 7/111

En la siguiente gráfica, se ilustran las observaciones solventadas, no solventadas y parcialmente solventadas, por tipo de auditoría, como resultado del análisis efectuado por esta Auditoría Superior del Estado a las justificaciones y aclaraciones presentadas.

GRÁFICA: Observaciones por tipo de auditoría

Asimismo, en función de las observaciones detectadas durante la fiscalización de la Cuenta Pública, en el siguiente CUADRO se presentan de manera sintetizada los resultados generales de la revisión.

Al efecto, es importante precisar que la clasificación adoptada, corresponde al tipo de auditoría de la cual se detectaron las observaciones preliminares respectivas, así como al aspecto preponderante con el que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados.

OBSERVACIONES PRELIMINARES OBSERVACIONES SUBSISTENTESNo. de

observaciones preliminares

Montoobservado1 $

No. deobservaciones solventadas

Montossolventados2 $

Recuperacionesoperadas3 $

No. deobservaciones

no solventadas

Montos nosolventados4 $

Probablesrecuperaciones5 $

GESTIÓN FINANCIERANormativaA 31 0 0 0 0 31 0 0

FinancieraB 1 56,519 0 0 0 1 56,519 0

EconómicaC 7 399,165 1 28,000 0 6 371,165 371,165Subtotal 39 455,684 1 28,000 0 38 427,684 371,165

OBRA PÚBLICANormativaA 65 0 51 0 0 14 0 0

EconómicaC 1 43,019 0 0 0 1 43,019 43,019Subtotal 66 43,019 51 0 0 15 43,019 43,019

DESARROLLO URBANO

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 8/111

OBSERVACIONES PRELIMINARES OBSERVACIONES SUBSISTENTESNo. de

observaciones preliminares

Montoobservado1 $

No. deobservaciones solventadas

Montossolventados2 $

Recuperaciones operadas3 $

No. de observaciones

no solventadas

Montos nosolventados4 $

Probables recuperaciones5 $

NormativaA 7 0 1 0 0 6 0 0Subtotal 7 0 1 0 0 6 0 0

Total 112 498,703 53 28,000 0 59 470,703 414,184

CUADRO: Resultados Generales de la revisión (PESOS)

A Normativa: Los actos u omisiones observados constituyen incumplimientos a las disposiciones legales o reglamentarias, en tanto no hagan presumir la existencia de daños o perjuicios estimables en dinero, causados a la hacienda pública o patrimonio de los entes (federación, estado, municipios, y sus organismos públicos descentralizados).

B Financiera: Los actos u omisiones observados están relacionados con el incumplimiento de las normas de información financiera aplicables.

C Económica: Los actos u omisiones observados hacen presumir la existencia de daños o perjuicios estimables en dinero, causados a la hacienda pública o patrimonio de los entes (federación, estado, municipios, y sus organismos públicos descentralizados).

Notas:

1El monto observado no constituye aún una cuantificación de tipo resarcitorio, y corresponde a la cantidad a la que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados (registro contable, monto de la operación observada, cantidades no justificadas o comprobadas, trabajos pagados no ejecutados, entre otros).

2Los montos solventados corresponden a observaciones vinculadas con aspectos económicos o financieros que fueron solventadas por el ente público o por quienes fungieron como titulares del mismo en el periodo objeto de revisión y dejaron de desempeñar dicho cargo, bien sea por haber exhibido la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente o desvirtuado los motivos o fundamentos que dieron sustento a la observación.

3Las recuperaciones operadas que se reportan, devienen de la acción fiscalizadora y del ejercicio de las facultades de la ASENL, y se refieren a procesos realizados por el ente auditado, concluidos y conciliados, cuyos montos han sido reintegrados a su hacienda pública o patrimonio o al fondo federal respectivo, tratándose de recursos federalizados.

4Se consideran como montos no solventados, la cantidad a la que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados.

5Se consideran como probables recuperaciones, aquellos montos observados en relación a los cuales existe la posibilidad de obtener su reintegro a la hacienda pública, patrimonio del ente o al fondo federal respectivo tratándose de recursos federalizados, o bien, la solventación del aspecto económico observado, derivado del pliego presuntivo de responsabilidades y en su caso, del procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias que instruya esta Auditoría Superior del Estado, o derivado de las gestiones de esta entidad de fiscalización ante la autoridad competente a la cual corresponde iniciar los procedimientos respectivos.

En alcance al CUADRO anterior, se presenta a continuación la integración de las observaciones indicadas como no solventadas del presente informe, así como su clasificación, señalando además las acciones que se emitirán o recomendaciones que se formularán con motivo de las mismas por esta Auditoría Superior del Estado.

Observación No. Aspecto Monto no solventado $ Acciones y recomendacionesGESTIÓN FINANCIERA

1 Normativa 0 PFRA2 Normativa 0 PFRA3 Normativa 0 PFRA4 Normativa 0 PFRA5 Normativa 0 PFRA6 Normativa 0 PFRA7 Normativa 0 PFRA8 Normativa 0 PFRA9 Normativa 0 PFRA10 Normativa 0 PFRA

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Observación No. Aspecto Monto no solventado $ Acciones y recomendaciones11 Normativa 0 PFRA12 Normativa 0 PFRA14 Normativa 0 PFRA15 Normativa 0 PFRA17 Normativa 0 PFRA19 Normativa 0 PFRA21 Normativa 0 PFRA22 Normativa 0 PFRA24 Normativa 0 PFRA25 Normativa 0 PFRA26 Normativa 0 PFRA27 Normativa 0 PFRA29 Normativa 0 PFRA31 Normativa 0 PFRA33 Normativa 0 PFRA35 Normativa 0 PFRA36 Normativa 0 PFRA34 Normativa 0 PFRA32 Normativa 0 PFRA37 Normativa 0 PFRA38 Normativa 0 PFRA28 Financiera 56,519 PFRA13 Económica 162,312 PFRA, PPR16 Económica 28,150 PPR, PFRA18 Económica 46,383 PPR, PFRA20 Económica 26,720 PPR, PFRA23 Económica 16,600 PPR, PFRA30 Económica 91,000 PPR, PFRA

Subtotal 427,684OBRA PÚBLICA

39 Normativa 0 PFRA, RG40 Normativa 0 PFRA41 Normativa 0 PFRA42 Normativa 0 PFRA, RG43 Normativa 0 PFRA, RG44 Normativa 0 PFRA, RG45 Normativa 0 PFRA46 Normativa 0 PFRA47 Normativa 0 PFRA48 Normativa 0 PFRA49 Normativa 0 PFRA50 Normativa 0 PFRA51 Normativa 0 PFRA52 Normativa 0 PFRA53 Económica 43,019 PFRA, PPR, RG

Subtotal 43,019DESARROLLO URBANO

54 Normativa 0 PFRA55 Normativa 0 PFRA56 Normativa 0 PFRA57 Normativa 0 PFRA58 Normativa 0 PFRA59 Normativa 0 PFRA

Subtotal 0Total 470,703

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CUADRO: Relación de observaciones con sus acciones y recomendaciones (PESOS)

Acciones

PPR.- Pliego Presuntivos de ResponsabilidadesPFRA.- Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa PIIC.- Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente

PEFCF.- Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal IDP.- Interposición de Denuncias PenalesIASF.- Informe a la Auditoría Superior de la Federación

Recomendaciones

RG.- Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno RD.- Recomendaciones Referentes al Desempeño

Acciones que se ejercerán, recomendaciones que se formularán, y la promoción o gestiones que se realizarán para la intervención de otras autoridades.

Una vez presentado este Informe del Resultado al H. Congreso del Estado, esta Auditoría Superior del Estado, en relación a los casos en que el ente público auditado o quienes fungieron como titulares del mismo en el periodo objeto de revisión y dejaron de desempeñar dicho cargo, no presentaron justificaciones y aclaraciones dentro del plazo señalado para solventar las observaciones preliminares formuladas o bien las presentadas resultaron insuficientes para dicho efecto (observaciones no solventadas o parcialmente solventadas en GRÁFICA: Observaciones por Tipo de Auditoría), a más tardar dentro de los diez días hábiles siguientes, en términos de lo preceptuado en el artículo 54 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, procederá a emitir, según corresponda, las acciones y recomendaciones que se anuncian en el siguiente CUADRO:

Tipo deauditoría

Obs. Acciones Recomendaciones Totalacciones

Monto nosolventad

o$

PPR1 PFRA2 PIIC3 PEFCF4 IDP5 IASF6 RG7 RD8

GESTIÓNFINANCIERA

38 6 38 44 427,684

OBRA PÚBLICA 15 1 15 5 21 43,019DESARROLLOURBANO

6 6 6 0

Total 59 7 59 5 71 470,703Monto no

solventado por tipo de acción $

414,184 470,703 0 0 0 0 43,019 0

CUADRO: Resumen de acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán derivadas de las observaciones en la revisión practicada

Acciones1 Pliego Presuntivos de Responsabilidades: Documento mediante el cual se notifica a los Sujetos de Fiscalización las observaciones, deficiencias e

irregularidades que permiten presumir la existencia de hechos y conductas que producen daños y perjuicios en contra de la hacienda o patrimonio de los entes públicos, a efecto de que proporcionen los elementos y demás información que permita localizar e identificar a los presuntos responsables, así como la de fijar en cantidad liquida el monto de los daños y perjuicios, a fin de estar en aptitud en su caso, de iniciar el procedimiento para el fincamiento de la responsabilidad resarcitoria a que haya lugar.

2 Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa: Acción mediante la cual se hacen del conocimiento de los superiores jerárquicos del ente público objeto de la revisión de una Cuenta Pública, las irregularidades detectadas en la revisión, que constituyen incumplimientos de sus servidores públicos respecto de sus obligaciones generales de salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

desempeño de sus funciones, empleos, cargos o comisiones, a efecto de que lleven a cabo las investigaciones respectivas, y en su caso inicien los procedimientos para el fincamiento de responsabilidades administrativas respectivos.

3 Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente: Acción mediante la cual se promueve la intervención de las instancias de control de las dependencias y entidades federales o de la Secretaría de la Función Pública de la Administración Pública Federal en relación con fondos y recursos de naturaleza federal (en términos de los convenios de coordinación y reasignación), o bien, de la instancia de control de un ente público ajeno a la revisión en la que se detectaron las irregularidades, a efecto de que realicen las investigaciones necesarias en relación a los hechos que se informan, y en su caso, inicien o promuevan los procedimientos administrativos a que haya lugar.

4 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal: Acción mediante la cual se informa a la autoridad fiscal competente sobre una posible evasión fiscal, detectada por la Auditoría Superior del Estado en el ejercicio de sus facultades de fiscalización, o bien por la presunción de errores aritméticos, omisiones u otros que aparezcan en las declaraciones, solicitudes, avisos fiscales, y demás documentos en los que conste la determinación y liquidación de contribuciones, a efecto de que ejerzan sus facultades de comprobación fiscal.

5 Interposición de Denuncias Penales: Acción en virtud de la cual, se interpone la denuncia penal en relación con hechos o conductas detectadas durante la fiscalización, que pudieran implicar la comisión de un delito. El ejercicio de esta acción, en términos de lo preceptuado en el artículo 48 tercer párrafo de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se encuentra condicionada a la autorización del H. Congreso del Estado.

6 Informe a la Auditoría Superior de la Federación: Informe que se envía a la Auditoría Superior de la Federación, a efecto de darle a conocer las irregularidades relacionadas con los recursos federales provenientes de los fondos previstos en el capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, cuando se hayan destinado a fines diversos a los establecidos en la referida ley, o bien, que permitan presumir la existencia de hechos o conductas que produzcan daños o perjuicios, o ambos, en contra de la hacienda pública federal, detectadas con motivo de la fiscalización practicada en términos de los convenios celebrados con la referida entidad de fiscalización federal.

Recomendaciones7 Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno: Sugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente fiscalizado para

fortalecer sus procesos administrativos y los sistemas de control. Tienen por objeto señalar las áreas con deficiencias en cuanto a la gestión financiera, así como áreas de oportunidad en el control interno y de gestión.

8 Recomendaciones Referentes al Desempeño: Sugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente público fiscalizado con el objeto de fortalecer su desempeño, la actuación de los servidores públicos y el cumplimiento de metas y objetivos, a fin de fomentar las prácticas de buen gobierno.

------------ EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ------------

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisisy conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 1

IV. Objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados

Auditorías programadas por tipo o materia

Con base en los criterios generales y particulares para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditoría 2017 para la Fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2016, presentado ante ese H. Congreso del Estado, para su conocimiento, por conducto de la Comisión de Vigilancia, en fecha 2 de agosto de 2017, y considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización, se determinaron las siguientes auditorías a practicar al Municipio de Doctor González, Nuevo León, por tipo o materia, a saber:

EntidadTipos de auditoría a Cuenta Pública 2016

Auditoría Financiera1

Auditoría Técnica a la

Obra Pública2

Auditoría en Desarrollo Urbano3

Laboratorio de Obra Pública4

Auditoría de Evaluación

al Desempeño5

Auditoría a Recursos Federales6

Total

Doctor González 1 1 1 - - - 3

CUADRO AUDITORÍAS PROGRAMADAS POR ENTE PÚBLICO Y TIPO DE AUDITORÍA

1Auditoría Financiera. Orientada fundamentalmente a comprobar que en la recaudación de los ingresos y en la aplicación del gasto se haya observado lo dispuesto en la Ley de Ingresos, Egresos y sus respectivos Presupuestos, así como en la demás legislación aplicable.2Auditoría Técnica a la Obra Pública. Consiste en la verificación del cumplimiento de los objetivos fijados en los planes y programas de obras públicas, a la justificación de los servicios que se contraten para este fin, al ejercicio de los recursos y al desempeño de las funciones de los entes fiscalizables a cargo, con base a la correcta integración y procedencia de los documentos que integran las etapas de planeación, programación, presupuesto y ejecución de las obras, contenidos en los expedientes técnicos.3 Auditoría en Desarrollo Urbano. Tiene por objeto verificar que las acciones de crecimiento, conservación y mejoramiento: licencias de uso de suelo, edificación, construcción, fraccionamientos, subdivisiones, parcelaciones, fusiones, conjuntos urbanos, entre otros, se hayan autorizado por los entes cumpliendo con los requisitos, lineamientos restrictivos y ambientales que establece la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, los planes y programas de desarrollo urbano y su zonificación, reglamentos de construcción, uso de suelo, y demás disposiciones aplicables; así como verificar que los derechos y demás contribuciones causadas con motivo de su aprobación, hayan sido cobradas conforme a las cuotas o tarifas establecidas en los ordenamientos jurídicos respectivos.4 Laboratorio de Obra Pública. Para la verificación de la obra pública, la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León cuenta con un laboratorio dedicado a comprobar la calidad de los materiales de la obra ejecutada o contratada por los entes públicos; mediante inspecciones físicas que se realizan a los inmuebles en los que se ejecutó la obra pública, se recaban muestras de materiales a efecto de practicar los ensayos o pruebas necesarias para verificar si la calidad de éstos se encuentran conforme a las especificaciones pactadas.5Auditoría de Evaluación al Desempeño. Consiste en verificar el cumplimiento de los objetivos y metas contenidos en los planes y programas, a través de indicadores establecidos; identificando las áreas de oportunidad que limitan la consecución de dichos objetivos, generando recomendaciones que promuevan una gestión gubernamental económica, eficaz y eficiente, además de contribuir a la rendición de cuentas.6Auditoría a los Recursos Federales. Su propósito es verificar y evaluar que los recursos fueron recibidos a través de los ramos generales y administrativos, o mediante reasignaciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y que se ejercieron y aplicaron de conformidad con lo dispuesto por la legislación y normativa en la materia.

Objetivos y alcances de la revisión practicada

En la implementación y ejecución del Programa Anual de Auditoría 2017 para la revisión y fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2016, entre las cuales se encuentra el Municipio de Doctor González, Nuevo León, se observaron métodos y criterios objetivos, aplicando las mejores prácticas y procedimientos de auditoría, en ese sentido, en

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observancia de lo preceptuado en los artículos 18 y 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado y acorde en cada caso con el tipo o materia de auditoría practicada, en los términos previamente anunciados, el objeto y alcances de la revisión y fiscalización, fue el siguiente:

I. Para evaluar los resultados de la Gestión Financiera, se verificó:

a) Si se cumplió con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de sistemas de registro y contabilidad gubernamental; contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, usufructo, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; almacenes y demás activos; recursos materiales, y demás normatividad aplicable al ejercicio del gasto público; y

b) Si la captación, recaudación, administración, custodia, manejo, ejercicio y aplicación de recursos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, y si los actos, contratos, convenios, mandatos, fondos, fideicomisos, prestación de servicios públicos, operaciones o cualquier acto que los Entes Públicos, celebren o realicen, relacionados con el ingreso y el ejercicio del gasto público, se ajustaron a la legalidad, y si no han causado daños o perjuicios, o ambos, en contra de la Hacienda Pública Estatal o Municipal, o al Patrimonio de los Entes Públicos.

II. Para comprobar si el ejercicio de las Leyes de Ingresos y Egresos, y sus respectivos Presupuestos se ajustaron a los criterios señalados en los mismos; se revisó:

a) Si las cantidades correspondientes a los ingresos y a los egresos, se ajustaron o corresponden a los conceptos y a las partidas respectivas;

b) Si los programas y su ejecución se ajustaron a los términos y montos aprobados en el Presupuesto; y

c) Si los recursos provenientes de financiamientos se obtuvieron en los términos autorizados y se aplicaron con la periodicidad y formas establecidas por las leyes y demás disposiciones aplicables, y si se cumplieron los compromisos adquiridos en los actos respectivos.

III. Además, se realizaron pruebas de auditoría a fin de evaluar el cumplimiento de las leyes, los reglamentos y la normatividad aplicables en la materia de la gestión financiera.

IV. Para verificar que la obra pública se realizó conforme con lo establecido en la ley de la materia, lo preceptuado en los artículos 31 y 32 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, así como de otras disposiciones aplicables y a los programas y presupuestos autorizados, se realizó lo siguiente:

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a) La práctica de las auditorías, visitas e inspecciones para verificar el exacto cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas de obra pública, y obtener los datos técnicos y demás elementos relacionados con la revisión.

V. Además, se analizó, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 7 fracción III de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, la observancia de dicha ley, y de los planes y programas de desarrollo urbano y su zonificación por parte de las autoridades estatales y municipales.

VI. Asimismo, de conformidad con lo estipulado en el inciso a) de la fracción I, del artículo 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se verificó la aplicación por parte del ente fiscalizado, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como las disposiciones normativas emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable.

Aspectos generales sobre los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados

Las auditorías practicadas (por tipo o materia) se seleccionaron con base en los criterios establecidos para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditoría 2017 para la fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2016, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización.

El universo seleccionado para la revisión fue el conjunto de operaciones, registros o movimientos de entre los cuales, se seleccionaron muestras para aplicarles procedimientos o pruebas de auditoría, partiendo esencialmente, del presupuesto asignado al ente público, y ejercido en los capítulos, conceptos, partidas, proyectos de inversión, programas presupuestarios y fondos, así como los conceptos de ingreso, en su caso, y en general cualquier otro concepto que se estimó pertinente incluir en el alcance de la revisión.

La muestra auditada consistió en las operaciones, registros o movimientos fiscalizados a través de procedimientos o pruebas de auditoría, cuyos resultados permitieron la emisión, debidamente soportada y fundamentada del Dictamen del Auditor. Asimismo, las áreas revisadas, fueron esencialmente las unidades administrativas de la entidad fiscalizada responsables de la ejecución de las operaciones, actividades o programas objeto de la revisión.

Con base en lo anterior, en forma específica dentro del contenido del Informe del Resultado, se señalan las operaciones, registros o movimientos fiscalizados, las técnicas y pruebas de auditoría aplicadas, y en su caso, el resultado de las mismas, mediante las cuales se obtuvo evidencia suficiente, competente, relevante y pertinente acerca del objeto auditado y con base en la cual se determinaron los resultados y el dictamen correspondiente.

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V. Descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión

A)La evaluación de la gestión financiera y del gasto público

Para tal efecto se consideró el Estado de Ingresos y Egresos y sus presupuestos por el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016, así como la Disponibilidad al cierre del ejercicio que el Municipio de Doctor González, Nuevo León, presentó como parte de la información que integra la Cuenta Pública.

Las operaciones efectuadas se registran con base al método de efectivo, que implica reconocer, los ingresos hasta el momento en que se cobran y no cuando se realizan y los egresos cuando se pagan y no cuando se devengan, excepto por algunas partidas registradas como cuentas por cobrar o por pagar, que forman parte de la disponibilidad.

Para el desarrollo de la revisión, la Auditoría Superior del Estado, aplicó una serie de procedimientos enfocados para asegurarse de la razonabilidad de las cifras presentadas que forman parte de la gestión financiera y gasto público, que su presentación y registro estuvo conforme a las Normas de Información Financiera emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. (Cinif), además que se apegaron al cumplimiento de las Leyes, Decretos, Reglamentos y demás disposiciones aplicables y a los objetivos y metas establecidas en los programas.

Por lo anteriormente expuesto consideramos que la información proporcionada por el Municipio de Doctor González, Nuevo León, como Cuenta Pública correspondiente al ejercicio de 2016 presenta razonablemente el manejo, custodia y aplicación de los ingresos, egresos, fondos y en general de los recursos públicos, así como el cumplimiento de los programas y subprogramas, excepto en su caso, por lo mencionado en el apartado VI de este Informe.

El Estado de Ingresos y Egresos, así como la Disponibilidad presentados en pesos por el Municipio de Doctor González, Nuevo León al 31 de diciembre de 2016, que se mencionan en la Cuenta Pública, son las que se muestran a continuación:

INGRESOS

Análisis y Procedimientos de la Revisión de Ingresos

Del total de los ingresos manifestados en el Estado de Ingresos y Egresos por el ejercicio comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016, se eligieron partidas para su revisión de manera selectiva, verificando los recibos oficiales de ingresos expedidos, la documentación soporte que los originó, la normatividad aplicable para su cobro o las tarifas aprobadas por el R. Ayuntamiento, para servicios que no se contemplan en Ley y su depósito en las cuentas bancarias a nombre del Municipio, a efecto de comprobar su razonabilidad.

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Asimismo, por la totalidad de los ingresos obtenidos en el ejercicio 2016 reportados y registrados contablemente en los diferentes rubros y conceptos, se comprobó mediante los estados de cuenta que expiden las instituciones bancarias, que estos fueron depositados en un plazo razonable de tiempo.

Los importes que se muestran en la columna del alcance corresponden básicamente a la revisión de los recibos de ingresos y su documentación soporte.

A continuación, se presenta un cuadro comparativo de los ingresos recaudados en el año 2016 por rubros, determinando las variaciones contra los importes reales del ejercicio 2015:

Ingresos Reales VariacionesRubros 2016 % 2015 % Importe %

Impuestos $ 1,633,249 5 $ 696,647 3 $ 936,602 134Derechos 138,629 - 282,103 1 (143,474) (51)Productos 46,500 - 16,900 - 29,600 175Aprovechamientos 45,080 - 373,345 1 (328,265) (88)Participaciones 16,147,034 45 14,596,718 57 1,550,316 11Fondo de Infraestructura Social 1,646,818 5 1,901,161 7 (254,343) (13)Fondo para el Fortalecimiento Municipal 1,860,717 5 1,735,508 7 125,209 7Fondo Descentralizado 1,647,857 5 1,479,172 6 168,685 11Otras Aportaciones 12,062,071 34 4,638,609 18 7,423,462 160Otros 467,639 1 - - 467,639 100

Total $ 35,695,594 100 $ 25,720,163 100 $ 9,975,431 39

A continuación, se detallan los conceptos que integran los ingresos por Rubro, presentando los importes del alcance y porcentajes de las muestras tomadas de manera selectiva y en algunos casos se comentan procedimientos de auditoría adicionales aplicados en la revisión a los ya enunciados en el primer párrafo, al inicio de esta sección.

IMPUESTOS $1,633,249

Este rubro representa el 5% de los ingresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Predial $ 498,057 31 $ 77,399 16Adquisición de inmuebles 992,081 61 758,591 76Diversiones y espectáculos públicos 437 - 437 100Juegos permitidos 88,540 5 88,540 100Recargos y accesorios 54,134 3 9,299 17

Total $ 1,633,249 100 $ 934,266 57

Como procedimiento adicional de auditoría, se verificó que en los cobros que se realizan en este rubro, se efectúen en apego a la normatividad establecida.

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Predial $498,057

En este concepto se registraron cobros a contribuyentes por operaciones del Impuesto predial conforme a la facturación enviada por el Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León, recaudando la Administración Municipal el 19%.

Adicionalmente, se revisó la conciliación de este concepto que elaboró la Administración Municipal, confrontando el valor de las facturaciones enviadas por el Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León, contra la suma del Impuesto recaudado, reducciones, subsidios y el importe de la devolución de lo no cobrado enviado a la Dirección de Catastro, verificando que se hayan efectuado las gestiones de cobranza, así como las medidas necesarias y convenientes realizadas por la Tesorería Municipal para incrementar los ingresos por este concepto.

Adquisición de inmuebles $992,081

Se registraron en este concepto cobros a contribuyentes del Impuesto sobre adquisición de inmuebles, devengados principalmente de operaciones de compra-venta de bienes inmuebles.

Como procedimiento de auditoría se revisó en forma selectiva las partidas más representativas, cotejando los recibos oficiales de ingresos contra la nota declaratoria para determinar la base del impuesto de acuerdo a la normatividad establecida en el artículo 28 bis de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León.

Diversiones y espectáculos públicos $437

En este concepto se registraron ingresos por el 5% de la entrada al evento realizado en el Municipio.

Juegos permitidos $88,540

En este concepto se registraron ingresos por los cobros por de venta de bebidas e instalación de locales comerciales en la feria de aniversario del Municipio.

Recargos y accesorios $54,134

En este concepto se registraron ingresos generados de recargos y accesorios por operaciones del Impuesto predial por $57,885 y de adquisición de inmuebles por $211 menos los subsidios otorgados por $3,962.

Se verificó que el recargo y demás accesorios de los impuestos se hayan determinado de acuerdo a la normatividad establecida.

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DERECHOS $138,629

Este rubro se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Cooperación para obras públicas $ 1,906 1 $ 1,103 58Construcciones y urbanizaciones 55,123 40 50,988 92Certificaciones, autorizaciones, constancias y registros 22,394 16 3,257 15Inscripción y refrendo 40,470 29 21,339 53Revisión, inspección y servicios 18,736 14 1,786 10

Total $ 138,629 100 $ 78,473 57

Como procedimiento adicional de auditoría, se verificó en los cobros que se realizan en este rubro, se efectúen en apego a la normatividad establecida.

Cooperación para obras públicas $1,906

En este concepto se registraron los cobros de diversos contribuyentes por concepto de ruptura de pavimento.

Construcciones y urbanizaciones $55,123

En este concepto se registraron cobros por trámites de subdivisiones, licencias de uso de suelo y permisos para construcción, se integra como sigue:

Concepto Importe % Alcance %

Subdivisiones, fusiones y relotificaciones $ 24,096 44 $ 24,096 100Permisos para construcción 24,089 44 22,217 92Inicio de trámite de licencia de uso de suelo 4,528 8 4,528 100Asignación de números oficiales 2,410 4 146 6

Total $ 55,123 100 $ 50,987 93

De los servicios prestados en tramitaciones urbanísticas que se realizan en el Municipio en materia de desarrollo urbano, por los diferentes tipos de licencias por las cuales se registraron ingresos en los conceptos antes mencionados, la Dirección de Auditoría de Obra Pública y Desarrollo Urbano de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, revisó en forma selectiva el cumplimiento de los aspectos normativos y financieros establecidos en los artículos de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.

Certificaciones, autorizaciones, constancias y registros $22,394

En este concepto se registraron ingresos por expedición de constancias de residencia, posesión, buena conducta, cesión de derechos, no afectación de las vías públicas y número oficial.

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Inscripción y refrendo $40,470

En este concepto se registraron ingresos por refrendos anuales a establecimientos con venta de bebidas alcohólicas.

Revisión, inspección y servicios $18,736

En este concepto se registraron los ingresos por la autorización para la expedición de licencias de manejo.

PRODUCTOS $46,500

Este rubro se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Enajenación de bienes muebles e inmuebles $ 29,000 62 $ 5,000 17Arrendamiento o explotación de bienes muebles e inmuebles 17,500 38 10,000 57

Total $ 46,500 100 $ 15,000 32

Enajenación de bienes muebles e inmuebles $29,000

En este concepto se registraron los ingresos por concepto de enajenación de lotes de panteón.

Arrendamiento o explotación de bienes muebles e inmuebles $17,500

En este concepto se registraron ingresos por arrendamiento del centro social.

Como procedimiento de auditoría, adicionalmente de las dependencias que dan origen a este tipo de ingresos se cotejaron los recibos de ingresos con las fichas de depósito.

APROVECHAMIENTOS $45,080

Este rubro se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Multas $ 19,124 42 $ 10,359 54

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Concepto Importe % Alcance %Donativos 25,956 58 24,876 96

Total $ 45,080 100 $ 35,235 78

Multas $19,124

En este concepto se registraron cobros de multas por incumplimiento a los Reglamentos Administrativos Municipales y demás disposiciones en materia hacendaria aplicables.

Se solicitaron los recibos oficiales de ingresos y las boletas de multas las cuales se cotejaron contra los registros contables, además se verificó que el cobro se haya efectuado de conformidad a los Reglamentos de Policía y Buen Gobierno, así como el de Tránsito y Vialidad de Doctor González, Nuevo León.

Donativos $25,956

Se registraron en este concepto los ingresos por donativos de particulares para bacheo, por viajes de tierra y permisos por ruptura de pavimento.

PARTICIPACIONES $16,147,034

Este rubro representa el 45% de los ingresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Fondo general de participaciones $ 10,799,967 67 $ 10,799,967 100Fondo nacional de fomento municipal 1,360,726 8 1,360,726 100Tenencia 752,802 5 752,802 100Control vehicular 22,408 - 22,408 100Impuesto sobre automóviles nuevos 390,723 2 390,723 100Impuesto especial sobre producción y servicios 408,683 3 408,683 100Diversos 1,238,623 8 1,238,623 100Fondo de fiscalización 486,191 3 486,191 100Recaudación venta final gasolinas y diésel 565,098 3 565,098 100Extracción de hidrocarburos 121,813 1 121,813 100

Total $ 16,147,034 100 $ 16,147,034 100

Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se confirmaron las operaciones de las transferencias por participaciones efectuadas por Gobierno del Estado al Municipio, conciliando en su caso, las diferencias que se reflejaban contra los saldos registrados.

FONDO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL $1,646,818

Este rubro representa el 5% de los ingresos totales y se integra por aportaciones recibidas para el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal.

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Adicionalmente, como procedimientos de auditoría se verificó que las aportaciones registradas correspondan con las autorizadas en el Periódico Oficial del Estado y se confirman las operaciones de las transferencias por participaciones efectuadas por Gobierno del Estado al Municipio, conciliando en su caso, las diferencias que se reflejaban contra los saldos registrados.

FONDO PARA EL FORTALECIMIENTO MUNICIPAL $1,860,717

Este rubro representa el 5% de los ingresos totales y se integra por aportaciones recibidas para el Fondo de Aportaciones para Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

Adicionalmente, como procedimientos de auditoría se verificó que las aportaciones registradas correspondan con las autorizadas en el Periódico Oficial del Estado y se confirman las operaciones de las transferencias por participaciones efectuadas por Gobierno del Estado al Municipio, conciliando en su caso, las diferencias que se reflejaban contra los saldos registrados.

FONDO DESCENTRALIZADO $1,647,857

Este rubro representa el 5% de los ingresos totales y se integra por aportaciones recibidas de Gobierno del Estado por concepto de Fondos Descentralizados.

Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se confirmaron las operaciones de las transferencias de fondos descentralizados efectuadas por Gobierno del Estado al Municipio, conciliando en su caso, las diferencias que se reflejaban contra los saldos registrados.

OTRAS APORTACIONES $12,062,071

Este rubro representa el 34% de los ingresos totales y se integra por las aportaciones federales y estatales, recibidas de los programas y fondos que se detallan a continuación:

Concepto Importe % Alcance %Fondo desarrollo municipal $ 2,062,071 17 $ 2,062,071 100Fortalecimiento financiero 10,000,000 83 10,000,000 100

Total $ 12,062,071 100 $ 12,062,071 100

Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se confirmaron las operaciones de las transferencias efectuadas por el Gobierno Estatal al Municipio, conciliando en su caso, las diferencias que se reflejaban contra los saldos registrados.

OTROS $467,639

Este rubro representa el 1% de los ingresos totales y se registraron los importes correspondientes al impuesto del 3% sobre nóminas que absorbe Gobierno del Estado.

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EGRESOS

Análisis y Procedimientos de la Revisión de Egresos

Del total de los egresos manifestados en el Estado de Ingresos y Egresos por el ejercicio comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016, se eligieron para su revisión partidas de gastos en forma selectiva, verificando que las erogaciones e inversiones estuvieran amparadas con la documentación comprobatoria respectiva cerciorándonos de la autenticidad de los mismos en la página del Servicio de Administración Tributaria y que cumplieran con la normatividad aplicable a efecto de comprobar su razonabilidad.

Los importes del alcance corresponden básicamente a la revisión de las pólizas contables, comprobantes fiscales, órdenes y requisiciones de compra, contratos, entre otra documentación soporte de las partidas que integran el concepto de gasto.

El presupuesto de egresos aprobado por el R. Ayuntamiento está formulado por programas, los cuales señalan objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución, mismos que se cumplieron en forma general.

A continuación, se presenta un cuadro comparativo de los egresos ejercidos en el año 2016 por programas; determinando las variaciones contra los importes reales del ejercicio 2015:

Egresos Reales VariaciónProgramas 2016 % 2015 % Importe %

Administración Pública $ 14,502,171 42 $ 12,164,965 50 $ (2,337,206) (19)Servicios Comunitarios 789,395 2 214,372 1 (575,023) (268)Desarrollo Social 1,137,291 3 1,398,283 6 260,992 19Seguridad Pública y Tránsito 155,260 1 130,189 - (25,071) (19)Mantenimiento y Conservación de Activos 2,513,394 7 2,374,958 10 (138,436) (6)Adquisiciones 382,075 1 9,570 - (372,505) (3892)Desarrollo Urbano y Ecología - - 1,149,993 5 1,149,993 100Fondo de Infraestructura Social Municipal 1,607,116 5 1,178,898 5 (428,218) (36)Fondo de Fortalecimiento Municipal 1,991,297 6 1,259,289 5 (732,008) (58)Obligaciones Financieras 14,976 - 365,330 1 350,354 96Aplicación de Otras Aportaciones 11,184,776 33 4,166,740 17 (7,018,036) (168)

Total $ 34,277,751 100 $ 24,412,587 100 $ (9,865,164) (40)

En el Estado de Ingresos y Egresos, los egresos se presentan por Programas y Subprogramas los cuales se registran por Centros de Costos de las diferentes áreas con las que cuenta el Municipio para su operación, que detallan los conceptos del gasto.

Los Programas de Egresos de acuerdo con el origen del gasto se clasifican en los Capítulos siguientes:

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Egresos Reales VariaciónCapítulo 2016 % 2015 % Importe %

Servicios Personales $ 12,488,603 36 $ 10,657,689 44 $ (1,830,914) (17)Prestaciones 508,265 2 439,679 2 (68,586) (16)Servicios Generales 3,257,676 10 990,423 4 (2,267,253) (229)Materiales y Suministros 2,760,112 8 2,488,333 10 (271,779) (11)Mantenimientos 1,232,412 4 342,853 1 (889,559) (259)Apoyos 299,021 1 583,683 2 284,662 49Aportaciones 82,954 - 20,197 - (62,757) (311)Eventos 742,266 2 781,885 3 39,619 5Bienes Muebles 422,521 1 1,242,675 5 820,154 66Obras Públicas 12,462,818 36 5,316,733 22 (7,146,085) (134)Obligaciones Financieras 20,403 - 370,775 2 350,372 94Programa Rehabilitación de Escuelas 700 - - - (700) -Obras Infra - - 1,177,661 5 1,177,661 100

Total $ 34,277,751 100 $ 24,412,586 100 $ (9,865,165) (40)

La Entidad realizó sus operaciones económicas registradas en los Capítulos antes mencionados con diferentes proveedores de bienes y servicios, determinando mediante el análisis de la base de datos a los principales, los cuales se muestran en el cuadro siguiente:

Proveedor Concepto Importe

Infraestructura Regiomontana, S.A. de C.V. Edificio de Seguridad Pública $ 4,688,586Mega Global, S.A. de C.V. Obra pública 2,060,718Comisión Federal de Electricidad Servicio de energía eléctrica 2,048,847Construcciones Basic, S.A. de C.V. Obra pública 1,678,366Desarrolladora Dana, S.A. de C.V. Obra pública 1,414,670Berrendo Maquinaria y Servicios, S.A. de C.V. Introducción de drenaje sanitario en colonia

Buenos Aires (1)1,058,042

Construcciones Dinámicas Reyer, S.A. de C.V. Obra pública 745,588Enriqueta Tolentino García Material eléctrico 465,782Rolando Sotero Ortegón Riojas Grupos Musicales 386,280Desarrollos, Diseños y Construcciones Nacionales, S.A. de C.V.

Elaboración de proyectos y obra pública (1) 340,000

Cetaksa Constructora, S.A. de C.V. Obra pública 320,001Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. Servicio de telefonía 171,994Gas Económico de Hidalgo, S.A. de C.V. Servicio de Gas L.P. 116,112Rivero Linda Vista, S.A. de C.V. Enganche de 2 unidades Aveo 115,966Germán Gutiérrez Chapa Desazolve y renta de retroexcavadora (1) 114,720Servicio de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. Servicio de agua y drenaje 114,703José Encarnación Villarreal García Honorarios profesionales 113,811Adriana Martínez Rangel Mantenimiento de vehículos 106,209Abarrotes y Forrajes, S.A. de C.V. Consumo de alimentos del personal 96,066

(1) Como procedimiento adicional de auditoría se efectuó confirmación del proveedor.

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A continuación se detallan los conceptos de gastos que integran los egresos por Capítulo y Objeto del Gasto, presentando los alcances de revisión de las partidas registradas contablemente que integran dichos conceptos y en algunos casos se comentan procedimientos de auditoría aplicados adicionalmente a los ya enunciados en el primer párrafo, al inicio de esta sección.

SERVICIOS PERSONALES $12,488,603

Este capítulo representa el 36% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %

Sueldos $ 9,006,298 72 $ 4,197,006 47Aguinaldo 1,869,442 15 1,819,378 97Sueldos personal eventual 676,173 5 652,455 96Liquidaciones 413,166 3 240,000 58Tiempo extra 213,583 2 27,728 13Compensaciones 182,062 2 102,849 56Honorarios 113,811 1 51,434 45Vacaciones 13,000 - - -Prima vacacional 1,117 - - -Ajuste de nómina (49) - - -

Total $ 12,488,603 100 $ 7,090,850 57

Adicionalmente, se efectúo prueba global de las remuneraciones pagadas al personal registradas contablemente, conciliando estas contra las nóminas correspondientes, además de manera selectiva se examinaron recibos de pago, expedientes de personal, así como, entrevistas y visitas a las áreas de trabajo, asimismo, se verificaron los cálculos del Impuesto sobre la Renta retenido de algunos empleados.

PRESTACIONES $508,265

Este capítulo representa el 2% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Consumos de alimentos del personal $ 244,256 48 $ 2,994 1Servicio médico 93,648 18 28,975 31Medicamentos 70,467 14 2,138 3Uniformes 49,767 10 13,056 26Análisis clínicos 18,319 4 2,065 11Capacitación 13,290 3 13,290 100Gastos funerarios 10,518 2 2,800 27Hospitalizaciones 8,000 1 - -

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Total $ 508,265 100 $ 65,318 13

SERVICIOS GENERALES $3,257,676

Este capítulo representa el 10% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Consumo de energía eléctrica $ 2,014,600 62 $ 941,491 47Impuesto sobre nómina 407,619 13 407,619 100Multas y sanciones 172,439 5 103,159 60Servicio telefónico 171,499 5 106,112 62Servicio de agua y drenaje 116,237 4 67,427 58Gastos de gestoría 100,760 3 74,556 74Atenciones a funcionarios 42,693 1 26,366 62Radio, prensa y televisión 42,290 1 26,520 63Seguros de vehículos 41,278 1 27,925 68Arrendamiento de maquinaria 41,160 1 11,600 28Arrendamiento de inmuebles 40,470 1 24,850 61Sistema de cómputo 27,882 1 18,359 66Refrendos, placas y tenencias 13,769 1 9,564 69Arrendamiento de equipo de transporte 13,398 1 9,280 69Gastos de cafetería 5,635 - 3,904 69Devoluciones 4,500 - 2,500 56Gastos de representación 1,236 - 1,026 83Gastos de viaje 211 - 140 66

Total $ 3,257,676 100 $ 1,862,398 57

Adicionalmente, se efectúo prueba global de los servicios prestados al Municipio más importantes registradas contablemente, conciliando estos contra las cláusulas y montos establecidos en los contratos celebrados con la Administración Municipal.

MATERIALES Y SUMINISTROS $2,760,112

Este capítulo representa el 8% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Gasolina $ 1,536,127 56 $ 13,000 1Refacciones 243,704 9 87,611 36Papelería y artículos de oficina 197,203 7 23,735 12Gas L.P. 181,326 6 87,179 48Material eléctrico 175,179 6 117,553 67Material de imprenta 109,346 4 57,304 52Llantas 100,754 4 32,344 32Artículos para aseo y limpieza 43,779 2 9,805 22Pintura 34,235 1 19,578 57Herramientas 32,204 1 20,584 64

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Concepto Importe % Alcance %Equipo para seguridad pública 29,426 1 13,642 46Aceites y lubricantes 29,229 1 - -Material de plomería 20,052 1 8,219 41Material de construcción 14,931 1 7,357 49Material deportivo y trofeos 11,772 - - -Diésel 500 - - -Fertilizantes y germicidas 154 - - -Material fotográfico 120 - - -Alimentos para animales 71 - - -

Total $ 2,760,112 100 $ 497,911 18

MANTENIMIENTOS $1,232,412

Este capítulo representa el 4% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Mantenimiento de edificios $ 447,876 36 $ 373,320 83Mantenimiento de alumbrado público 332,773 27 200,195 60Mantenimiento de vehículos 213,192 17 105,063 49Mantenimientos parques, jardines y plazas 194,351 16 144,060 74Mantenimiento de aparatos climatizadores 11,110 1 8,910 80Mantenimiento de panteones 10,625 1 10,625 100Mantenimiento a centros deportivos 7,278 1 7,278 100Mantenimiento de equipo de cómputo 6,670 1 5,104 77Mantenimiento de equipo pesado 4,610 - 4,611 100Mantenimiento de pavimento, calles y caminos 2,000 - 2,000 100Mantenimiento de barras de contención 1,377 - 1,377 100Mantenimiento de mallas ciclónicas 300 - 300 100Mantenimiento de equipo de oficina 150 - - -Lavado y engrasado 100 - - -

Total $ 1,232,412 100 $ 862,843 70

Adicionalmente, como procedimiento de auditoría, en los casos de las erogaciones relacionadas con los mantenimiento de calles, caminos, parques, jardines, plazas, centros deportivos, y edificios, se revisaron los respectivos contratos, conciliando los montos establecidos en estos contra lo registrado contablemente, así como, diversos acuerdos y lineamientos administrativos autorizados.

APOYOS $299,021

Este capítulo representa el 1% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

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Concepto Importe % Alcance %Apoyos para transportación a estudiantes $ 74,319 25 $ 18,459 25Apoyos económicos a personas de bajos recursos 60,800 20 19,970 33Programas asistenciales del DIF 38,259 13 18,789 49Apoyos económicos a escuelas 31,130 10 17,685 57Funerales a personas de escasos recursos 30,686 10 24,186 79Becas a estudiantes 17,559 6 11,034 63Capillas de velación 17,368 6 5,800 33Apoyos para arbitrajes 6,770 2 - -Apoyos a bandas de guerra 4,000 1 4,000 100Brigadas y apoyos para la salud pública 3,400 1 3,000 88Apoyos para transportación a personas de escasos recursos 2,449 1 1,500 61Apoyos para alimentación en eventos deportivos 2,359 1 1,359 58Apoyos de paquetes escolares a escuelas 2,308 1 1,000 43Apoyos económicos a equipos deportivos 2,110 1 1,960 93Atención médica a personas de escasos recursos 2,000 1 2,000 100Apoyos para mantenimiento de escuelas 1,560 1 1,560 100Farmacia del pueblo 1,124 - 1,124 100Apoyo alimentación escuelas 420 - 420 100Apoyo por limpieza de auditorio 400 - 400 100

Total $ 299,021 100 $ 134,246 45

Adicionalmente, en el caso de las erogaciones relacionadas con los apoyos en especie y económicos otorgados a instituciones de enseñanza, estudiantes y personas de escasos recursos, se revisó de manera selectiva que existiera el soporte documental de la solicitud de petición por parte de los beneficiados, así como la evidencia de su entrega-recepción.

APORTACIONES $82,954

Este capítulo se integra por las aportaciones efectuadas para el Programa de desarrollo cultural municipal, Programa funcionando con atención y calidad, así como donativo a la Cruz Roja Mexicana, entre otras aportaciones, de las cuales revisamos un importe de $73,384 que representa un 88% de alcance.

EVENTOS $742,266

Este capítulo representa el 2% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Aniversario del municipio $ 409,372 55 $ 338,080 83Festejos patronales (ferias) 95,571 13 76,226 80Eventos cívicos 89,435 12 41,745 47Día de las madres y del padre 65,426 9 45,568 70Día del niño y posadas navideñas 38,452 5 - -Posadas navideñas 11,541 2 3,000 26Día del maestro 8,500 1 - -

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Publicaciones y ediciones 8,250 1 - -Día del padre 6,000 1 - -Eventos culturales 4,950 1 4,350 88Día de la secretaria 2,449 - - -Eventos deportivos 2,320 - - -

Total $ 742,266 100 $ 508,969 69

Adicionalmente como procedimiento de auditoría, en algunos eventos se revisó que existiera la evidencia de la realización de los mismos, como su convocatoria, el material utilizado para la difusión, programa de actividades, trípticos publicitarios, material fotográfico, entre otra información. Asimismo, se requirió su respectivo informe de ingresos y egresos, conciliando los importes presentados en este documento contra lo registrado contablemente.

BIENES MUEBLES $422,521

Este capítulo representa el 1% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Equipo de transporte $ 247,947 59 $ 200,732 81Muebles y equipo de oficina 63,800 15 63,800 100Equipo de cómputo 60,546 14 52,531 87Consumo de energía eléctrica 40,446 10 40,446 100Mobiliario y equipo diverso 9,782 2 8,400 86

Total $ 422,521 100 $ 365,909 87

Adicionalmente como procedimiento de auditoría, se inspeccionaron físicamente las adquisiciones más importantes y se verificó su registro en el control del patrimonio municipal.

OBRAS PÚBLICAS $12,462,818

Este capítulo representa 36% de los egresos totales y se integra por inversiones en obra pública, las cuales según el origen de la disposición de los recursos se clasifican en los programas siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Programa Nuevo León Decidimos Todos (construcción de estación de policía y tránsito y de bardas en instituciones educativas) $ 9,124,056 73 $ 9,124,056 100Electrificaciones de calles y comunidades 2,060,720 17 2,060,720 100Drenaje sanitario en colonia Buenos Aires y Programa de ampliación de cuarto dormitorio 1,118,426 9 1,118,426 100Limpieza de lotes baldíos (limpieza de talud de río) 159,616 1 159,616 100

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

Total $ 12,462,818 100 $ 12,462,818 100

De la inversión ejercida al cierre del ejercicio, la Dirección de Auditoría de Obra Pública y Desarrollo Urbano de la Auditoría Superior del Estado, seleccionaron las obras públicas más importantes para comprobar el cumplimiento de los aspectos normativos, financieros y técnicos establecidos en los artículos de la Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León, así como, en la Ley de Coordinación Fiscal.

OBLIGACIONES FINANCIERAS $20,403

Este capítulo se integra por las comisiones bancarias del ejercicio.

DISPONIBILIDAD

Análisis y Procedimientos de la Revisión de la Disponibilidad

Para la revisión de la Disponibilidad contenida en el Estado de Ingresos y Egresos presentado en la Cuenta Pública al 31 de diciembre de 2016, al calce del Estado, se eligieron partidas que la integran de manera selectiva, verificando la documentación comprobatoria respectiva y que cumpliera con la normatividad aplicable, a efecto de comprobar su razonabilidad.

La disponibilidad de fondos al 31 de diciembre de 2016, se determina de la manera siguiente:

------------ EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ------------

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisisy conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 30/111

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

Concepto Importe

Saldo inicial $ (2,143,877)

Más:Ingresos 35,695,594

Subtotal $ 33,551,717Menos:Egresos 34,277,751

Saldo disponible al 31 de diciembre de 2016 $ (726,034)

A continuación se describen las cuentas que integran la disponibilidad y en algunos casos se explican los procedimientos adicionales aplicados en la revisión a los ya enunciados en el párrafo anterior:

Cuenta Importe

Fondos fijos $ 56,518Bancos 2,622,497Cuentas por cobrar 2,317,647

Subtotal $ 4,996,662Menos:Cuentas por pagar 5,722,696

Total $ (726,034)

Fondos fijos $56,518

Esta cuenta se integra por cuatro fondos fijos para gastos menores asignado a dependencias del Municipio, de los cuales se practicó arqueo a uno de ellos.

Bancos $2,622,497

Esta cuenta se integra por los saldos contables de las cuentas bancarias siguientes:

Fondo Importe

Cuenta de gasto corriente $ 2,332,516Fondo de Infraestructura Social Municipal 52,846Fondo de Fortalecimiento Municipal 234,631Cuenta Santander 1,000Fopadem 2015 1,504

Total $ 2,622,497

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

Se revisaron las conciliaciones bancarias al 31 de diciembre de 2016, verificando que estuvieran adecuadamente depuradas y confrontando sus saldos con los estados de cuenta y/o en su caso con las confirmaciones proporcionadas por las instituciones de crédito, así como con auxiliares contables.

Cuentas por cobrar $2,317,647

Esta cuenta se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe

Subsidio para el empleado $ 1,428,438Crédito al salario liquidado al personal 785,728Deudores diversos 137,143Otros estímulos (33,662)

Total $ 2,317,647

Adicionalmente, como procedimiento de auditoría por los Deudores diversos, se hizo un análisis mensual de los movimientos aplicados durante el ejercicio, además de manera selectiva se confirmaron saldos con el personal que tenía adeudo.

Cuentas por pagar $5,722,696

Esta cuenta se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe

I.S.R. Retenido al personal $ 5,411,684Documentos por pagar 289,253Impulsora Promobien 2012-2015 (21,922)Impulsora Promobien 16,210Retención del 0.2% sobre obras 12,91610% de I.S.R. retenido por honorarios y arrendamiento

11,722

Acreedores diversos 2,233Enciclopedia 600

Total $ 5,722,696

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

B)Cumplimiento de las Normas de Información Financiera aplicables al sector gubernamental y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes

Con posterioridad a la verificación realizada por la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, con relación a la Cuenta Pública, que se integra por el Estado de Ingresos y Egresos, sus Presupuestos y la Disponibilidad, se concluye que su presentación, está de acuerdo con las Normas de Información Financiera aplicables a este tipo de Entidades y que se apegaron al cumplimiento de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos, así como, a la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León y demás Ordenamientos aplicables en la materia, excepto en su caso, por lo mencionado en el apartado VI de este Informe.

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VI. Observaciones derivadas de la revisión practicada, las aclaraciones a las mismas por los funcionarios responsables y su análisis por la Auditoría Superior del Estado, incluyendo las acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán

GESTIÓN FINANCIERA

LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

1. Se revisó la observancia de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) y lanormatividad emitida por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac) publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León (POE), advirtiéndose incumplimientos por parte del ente público, a las obligaciones que diversos preceptos de la referida Ley le imponen, acorde con lo que se enuncia a continuación:

I. Registros Contables

a) Establecer una lista de cuentas alineadas al plan de cuentas emitido por el Conac (artículo 37 fracción II).

b) Contar con manuales de contabilidad (artículo 20).

c) Registrar en cuentas específicas de activo los bienes muebles e inmuebles (artículos 23 y 24, conforme a las Reglas específicas de registro y valoración del patrimonio publicadas en el POE).

d) Realizar la baja de bienes muebles e inmuebles (artículo 28, conforme a las Reglas específicas de registro y valoración del patrimonio y a los Lineamientos dirigidos a asegurar que el sistema de contabilidad gubernamental facilite el registro y control de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles de los entes públicos publicados en el POE).

e) Registrar las obras en proceso en una cuenta de activo, la cual refleja su grado de avance (artículo 29).

f) Realizar los registros contables con base acumulativa, el gasto conforme a su fecha de realización y el ingreso cuando exista jurídicamente derecho de cobro (artículo 34, conforme a Normas y metodología para la determinación de los momentos contables de los ingresos y Normas y metodología para la determinación de los momentos contables de los egresos, publicadas en el POE).

g) Mantener un registro histórico de sus operaciones en los libros diario, mayor e inventarios y balances (artículo 35 y cuarto transitorio del decreto por el que se expide

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la LGCG publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 31 de diciembre de 2008, conforme a los Lineamientos mínimos relativos al diseño e integración del registro en los libros diario, mayor e inventarios y balances (registro electrónico), publicado en el POE).

h) Constituir provisiones, revisarlas y ajustarlas periódicamente para mantener su vigencia (artículo 39).

i) Expresar en los estados financieros los esquemas de pasivos, incluyendo la deuda pública (artículo 45).

j) Disponer de listas de cuentas alineadas al plan de cuentas, catálogos de bienes y las respectivas matrices de conversión con las características señaladas en el artículo 41.

k) Registrar contablemente las inversiones en bienes de dominio público (artículo 26 párrafo segundo).

II. Registros Presupuestales

a) Realizar los registros de los egresos e ingresos, considerando los momentos contables que conforme al Sistema de Contabilidad aplicable: Simplificado General en Municipios con población entre 5,000 y 25,000 habitantes, sea exigido (artículo 38 conforme a las Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Ingresos, Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos y los Manuales de Contabilidad Gubernamental del Sistema Simplificado General (SSG) publicado en el POE).

b) Exhibir en los registros auxiliares los avances presupuestarios y contables (artículo 36).

III. Registros Administrativos

a) Llevar a cabo el levantamiento físico del inventario de los bienes muebles e inmuebles, publicarlo en internet, y además registrar en un plazo de 30 días hábiles los bienes que se adquieran (artículos 23 y 27).

b) Elaborar un registro auxiliar sujeto a inventario de los bienes muebles o inmuebles bajo custodia que, por su naturaleza, sean inalienables e imprescriptibles, como lo son los monumentos arqueológicos, artístico e históricos (artículo 25, conforme a los Lineamientos para el registro auxiliar sujeto a inventario de bienes arqueológicos, artísticos e históricos bajo custodia de los entes públicos el cual fue publicado en el POE).

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c) Respaldar la contabilización de las operaciones presupuestarias y contables con la documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen (artículo 42).

d) Realizar los pagos directamente en forma electrónica, mediante abono en cuenta del beneficiario (artículo 67 párrafo segundo).

IV. Transparencia

a) Publicar el inventario de los bienes (artículo 27 conforme al Acuerdo por el que se determina la norma para establecer la estructura del formato de la relación de bienes que componen el patrimonio del ente público).

b) Publicar para consulta de la población en general, en formatos accesibles, el contenido de la información financiera referida en el artículo 61 de la LGCG, conforme se dispone en su artículo 62.

c) Publicar la información relativa a los montos pagados por ayudas y subsidios (artículo 67 tercer párrafo conforme a la Norma para establecer la estructura de información de montos pagados por ayudas y subsidios).

V. Obligaciones sobre recursos federales transferidos

a) Incluir en la cuenta pública la relación de las cuentas bancarias productivas específicas en donde se depositaron los recursos federales transferidos (artículo 69 primer párrafo).

b) Observar para la integración de la información financiera relativa a los recursos federales transferidos lo siguiente (artículo 70):

b.1) Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido (fracción I del artículo 70).

b.2) Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la leyenda "Operado" o como se establezca en las disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio respectivo (fracción II del artículo 70).

b.3) Realizar en términos de la normativa que emita el consejo, el registro contable, presupuestario y patrimonial de las operaciones realizadas con los recursos federales conforme a los momentos contables y clasificadores de programas y fuentes de financiamiento (fracción III del artículo 70).

b.4) Concentrar en un solo apartado todas las obligaciones de garantía o pago causante de deuda pública u otros pasivos (fracción IV del artículo 70).

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c) Informar de forma pormenorizada el avance físico de las obras y accionesrespectivas y, en su caso, la diferencia entre el monto de los recursos transferidos y aquellos erogados, así como las evaluaciones realizadas (artículo 71, conforme a los Lineamientos sobre los indicadores para medir los avances físicos y financieros relacionados con los recursos públicos federales publicados en el POE).

d) Remitir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de las entidades federativas, a través del sistema de información la relativa al grado de avance en el ejercicio y destino de los recursos federales transferidos, de los recursos aplicados conforme a reglas de operación y de los proyectos, metas y resultados obtenidos con los recursos aplicados (artículo 72, en relación con el 85 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria).

NormativaRespuestaNo manifestaron comentario al respecto.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventa la observación de aspecto normativo, debido a que el Titular del Ente Público no contestó nada al respecto de lo observado.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS

General

2. Se revisó el cumplimiento de las obligaciones de publicación e integración de Cuenta Públicaque le imponen a los entes fiscalizados los "CRITERIOS para la elaboración y presentación homogénea de la información financiera y de los formatos, a que hacen referencia la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios", emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable en términos de los artículos 4, 5, 18 y vigésimo transitorio de la citada Ley, y publicados en el Diario Oficial de la Federación del 11 de octubre de 2016; observando lo siguiente:

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a) Obligaciones de integración de Cuenta Pública

En la Cuenta Pública 2016 presentada al H. Congreso de Estado y remitida el 08 de mayo de 2017 para su revisión y evaluación a la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, no se incluyeron los formatos: a) Formato 1: Estado de Situación Financiera Detallado;b) Formato 2: Informe Analítico de la Deuda Pública y Otros Pasivos; c) Formato 3: Informe Analítico de Obligaciones Diferentes de Financiamientos; d) Formato 4: Balance Presupuestario; e) Formato 5: Estado Analítico de Ingresos Detallado; y f) Formatos 6: Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado (Clasificación por Objeto del Gasto); Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado (Clasificación Administrativa); Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado (Clasificación Funcional); y Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado (Clasificación de Servicios Personales por Categoría), contraviniendo lo dispuesto en el apartado "Publicación y Entrega de Información" punto 8, de los referidos CRITERIOS.

b) Obligaciones de publicación

El Municipio de Doctor González, Nuevo León, no cuenta con una página oficial en internet, según consulta efectuada el día 28 de agosto de 2017, advirtiéndose que éste ente público ha sido omiso en publicar los formatos 1 al 6 antes mencionados para dar cumplimiento a la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios (en adelante LDF) y Guía de Cumplimiento de la LDF, especificados en los anexos 1 y 3 de los citados CRITERIOS, incumpliendo con lo dispuesto en los puntos 8 y 9 de los invocados CRITERIOS emitidos por el CONAC, y artículos 56 y 58 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; artículo 70, fracciones XXI y XXII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y artículo 95 fracciones XXII y XXIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León.

NormativaRespuestaNo manifestaron comentario al respecto.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventa la observación de aspecto normativo, debido a que el Titular del Ente Público no contestó nada al respecto de lo observado.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

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INGRESOS

GENERAL

3. Durante el proceso de la auditoría se otorgaron subsidios con cargo a diferentes ingresosmunicipales, observando que no se localizaron las bases generales para su otorgamiento en el ejercicio 2016, de conformidad con lo establecido en el artículo sexto, regla 1 de la Ley de Ingresos de los Municipios de Nuevo León para el año 2016.

Es de mencionarse que la documentación antes descrita, entre otros asuntos, fue solicitada al Titular mediante requerimiento ASENL-AEM-MU14-J3-329-R01/2017 recibido el 3 de septiembre de 2017 y al respecto en su contestación según oficio número MDGNL/125/2017 recibido el 13 de septiembre del mismo año, referente a este punto solamente se anexa Acta de Cabildo No. 5 donde se autorizan los descuentos del 15, 10 y 5 en los meses de enero, febrero y marzo respectivamente del impuesto predial.

Normativa

Respuesta"No se cuenta con una base ni algún tabulador de descuento ya que los cobros y descuentos se basaron en la administración anterior."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que los argumentos presentados no desvirtúan el incumplimiento al fundamento señalado en la observación, toda vez que afirman que no se cuenta con bases generales para el otorgamiento de subsidios.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

4. Durante el proceso de la auditoría se detectó que el Municipio cuenta con un comedorubicado en el Kiosco de la Plaza principal en el cual se ofrecen alimentos a bajo costo y según reporte de ingresos y egresos proporcionado por el Presidente Municipal, se percibieron en el ejercicio 2016 ingresos por $267,349, observando que no se localizó el registro contable y depósito en las cuentas bancarias del Municipio de dichos ingresos, incumpliendo con lo establecido en los artículos 8 y 9 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León; 99, 184 y 185 de la Ley de Gobierno Municipal del

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Estado de Nuevo León; 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y2, 16, 17, 18 19, 33, 34, 35, 36 y 42 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Es de mencionarse que la documentación antes descrita, entre otros asuntos, fue solicitada al Titular mediante requerimiento ASENL-AEM-MU14-J3-329-R01/2017 recibido el 3 de septiembre de 2017 y al respecto en su contestación según oficio número MDGNL/125/2017 recibido el 13 de septiembre del mismo año, referente a este punto anexaron un resumen anual del 2016 de los ingresos y egresos señalando que la ganancia es poca porque se donan alimentos a distintos funcionarios estatales así como a personas de escasos recursos, de lo cual no anexan evidencia documental que avale los ingresos y egresos manifestados ni de los apoyos otorgados, justificando el no depósito en Tesorería ni en ningún Banco por las comisiones que en ellos se cobran.

NormativaRespuesta"No se cuenta con registro contable ni con depósito del banco, ya que se maneja de forma independiente, ya que con las ganancias sirven para ayudar a servidores estatales, persona s de escasos recursos, algunos adultos mayores y niños de las rancherías. Se anexa evidencia documental que avala los ingresos y egresos manifestando los apoyos otorgados justificando el no depósito en esta tesorería."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la documentación y aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que aún y cuando anexaron oficio No. 194/2017 de fecha 30 de octubre de 2017 firmado por la C. Directora del DIF en el que se señala que fueron atendidos en el comedor mixto menores y adultos mayores de escasos recursos y funcionarios estatales, padrón de beneficiarios del mes de febrero de 2016 del Programa comedor mixto, además de algunas actas de nacimiento e identificaciones con fotografía, ésta documentación no desvirtúa el incumplimiento de los fundamentos señalados en la observación, ya que la administración municipal omitió el registro contable de dichos ingresos, así como su depósito en las cuentas bancarias del Municipio.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

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IMPUESTOS

Impuesto predial

5. De la facturación del impuesto predial enviada para su cobro por el Instituto Registral yCatastral del Estado de Nuevo León por $2,933,145 se observó que la Administración Municipal recaudó $563,837 que equivale al 19%, no localizando en el ejercicio 2016 evidencia documental de gestiones de cobranza ni propuesta del C. Tesorero Municipal al Ayuntamiento, para ejercer las medidas necesarias y convenientes para incrementar los ingresos por este concepto, de conformidad con lo establecido en el artículo 100, fracciones IV y X de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

Es de mencionarse que la documentación antes descrita, entre otros asuntos, fue solicitada al Titular mediante requerimiento ASENL-AEM-MU14-J3-329-R01/2017 recibido el 3 de septiembre de 2017 y al respecto en su contestación según oficio número MDGNL/125/2017 recibido el 13 de septiembre del mismo año, referente a este punto mencionan que no se realizaron acciones adicionales para incrementar la recaudación del impuesto predial, anexando solamente el Acta de Cabildo No. 5 donde se autorizan los descuentos del 15, 10 y 5 en los meses de enero, febrero y marzo respectivamente.

Normativa

Respuesta"Esta observación no se efectuó en el 2016, ya que el cabildo no llego a un acuerdo en cuestión de los descuentos especiales , pero en el 2017 se tomaran las siguientes medidas:

A) se voseara en todas las comunidades de Municipio para otorgar, descuentos en recargos y rezagos.

B) se colocaran cartelones anunciando los descuentos otorgados"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que los argumentos presentados no desvirtúan el incumplimiento de los fundamentos señalados en la observación respecto al ejercicio 2016.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

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6. Durante el proceso de la revisión no se localizó evidencia documental que soporte la baja de saldos efectuados durante el ejercicio según reporte Movimientos de Saldos emitido por el sistema Nemoteck, de adeudos (rezago) del Impuesto Predial de los años 1996 a 2015, incumpliendo con lo establecido en los artículos 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y 42 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, de los expedientes catastrales que se detallan a continuación:

Expediente 1996 1997 2001 2002 2003 2004 2005 2010 2011 2012 2013 2014 2015 Totalgeneral

00-000-733 333 177 184 191 199 1,08400-000-848 1,548 149 156 163 2,01601-001-001 576 57601-003-002 354 35401-020-002 95 99 104 109 40701-073-003 202 20201-079-001 222 222 44401-079-005 138 138 27601-085-001 426 42601-087-005 228 22801-087-006 137 13701-096-003 109 10901-096-005 109 10901-097-001 270 270 264 264 1,06801-097-002 123 128 25101-097-004 203 186 186 186 76101-110-020 720 72001-110-031 142 14201-110-032 160 16001-110-041 4,706 1,203 5,90901-112-003 228 228 45602-017-002 118 123 24102-018-001 1,029 1,02902-018-003 1,029 1,02902-018-004 1,029 1,02902-018-005 1,029 1,02902-018-009 1,029 1,02902-018-010 868 86802-018-011 2,011 123 2,13402-019-001 805 2,010 2,81502-023-006 104 109 21302-033-001 104 10402-042-012 104 109 21302-043-012 104 109 21302-043-014 104 109 21302-047-002 125 125 25002-060-002 133 133

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Expediente 1996 1997 2001 2002 2003 2004 2005 2010 2011 2012 2013 2014 2015 Totalgeneral

03-012-012 171 171 171 171 68403-034-001 218 21806-006-003 4,518 4,51806-010-045 805 99 104 109 1,11750-000-125 151 15150-000-216 16,194 16,19450-000-317 160 16050-000-422 666 666 666 666 2,66450-000-457 138 138 138 138 55250-000-595 1,758 1,758 3,51650-000-964 109 10950-001-004 109 10950-001-076 2,376 594 594 594 4,15850-001-163 123 12351-000-027 4,398 774 774 774 6,720Total 1,548 16,194 805 4,398 5,145 3,244 805 7,625 3,554 4,644 6,686 13,739 983 69,370

Es de mencionarse que la documentación antes descrita, entre otros asuntos, fue solicitada al Titular mediante requerimiento ASENL-AEM-MU14-J3-329-R01/2017 recibido el 3 de septiembre de 2017 y al respecto en su contestación según oficio número MDGNL/125/2017 recibido el 13 de septiembre del mismo año, referente a este punto mencionan que revisarán la eliminación de dichos importes y cuando se tenga la respuesta de dichos movimientos se enviará, motivo de la observación.

Normativa

Respuesta"Se eliminaron ya que las personas beneficiadas se dirigían con el Alcalde y Tesorero municipal y por error se eliminaban los saldos."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que los argumentos presentados no desvirtúan el incumplimiento de los fundamentos señalados en la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

Impuesto sobre adquisición de inmuebles

7. Durante el proceso de la auditoría no se localizó el recibo oficial de ingreso No. 10050211del 29 de septiembre de 2016 por $24,480 a nombre del C. José Felizardo Elizondo Elizondo

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ni su soporte documental por el cobro del Impuesto sobre adquisición de inmuebles,incumpliendo con lo establecido en los artículos 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y 42 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Es de mencionarse que la documentación antes descrita, entre otros asuntos, fue solicitada al Titular mediante requerimiento ASENL-AEM-MU14-J3-329-R01/2017 recibido el 3 de septiembre de 2017 y al respecto en su contestación según oficio número MDGNL/125/2017 recibido el 13 de septiembre del mismo año, referente a este punto no se adjunta el recibo oficial requerido ni su soporte, motivo de la observación.

Normativa

Respuesta"Se cuenta con recibo oficial de ingresos 10050211 del 29 de Septiembre del 2016, por la cantidad de 24,480.00 a nombre del C. José Felizardo Elizondo Elizondo, mas no se encuentra con soporte ya que por accidente se mojó y no esta legible. Se anexa recibo."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la documentación y aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que no anexaron el recibo oficial ni su soporte documental requerido, solo se adjuntó reporte de relación de recibos del día 29 de septiembre de 2016, emitido por el sistema de ingresos.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

DERECHOS

Inscripciones y refrendos

8. Se registró recibo oficial de ingresos No. 10049626 por $1,315 del 18 de mayo de 2016a nombre del C. Pedro Alejandro Padrón Gutiérrez por cobro de refrendo de anuencia municipal del año 2016, observando que no se localizó el cobro de los refrendos de los años 2012 a 2015 por $4,512 ni la evidencia documental de gestiones de cobranza ni propuesta del C. Tesorero Municipal al Ayuntamiento, para ejercer las medidas necesarias y convenientes para incrementar los ingresos por este concepto, de conformidad con lo establecido en el artículo 100, fracciones IV y X de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

Es de mencionarse que la documentación antes descrita, entre otros asuntos, fue solicitada al Titular mediante requerimiento ASENL-AEM-MU14-J3-329-R01/2017 recibido el 3 de

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septiembre de 2017 y al respecto en su contestación según oficio número MDGNL/125/2017recibido el 13 de septiembre del mismo año, referente a este punto mencionan que se verificará la información.

NormativaRespuesta"no existe registro de los cobro del 2012-2015, ya que el C. Pedro Alejandro Padrón Gutiérrez, manifestó que el deposito se encontró cerrado en dichos años."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que no anexaron evidencia documental de lo manifestado, por lo que no se desvirtúa el incumplimiento al fundamento señalado en la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

PRODUCTOS

9. Se registraron durante el ejercicio recibos oficiales de ingresos por conceptos deenajenación de lotes de panteón y arrendamiento del Centro Social Municipal por importes de $29,000 y $17,500 respectivamente, no localizando tabulador de las cuotas a cobrar autorizadas por el Tesorero Municipal, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León.

a) Además se detectó que por los ingresos del arrendamiento del Centro Social no se realizan contratos por el servicio prestado en el que se establezcan los derechos y obligaciones de ambas partes, incumpliendo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

Es de mencionarse que la documentación antes descrita, entre otros asuntos, fue solicitada al Titular mediante requerimiento ASENL-AEM-MU14-J3-329-R01/2017 recibido el 3 de septiembre de 2017 y al respecto en su contestación según oficio número MDGNL/125/2017 recibido el 13 de septiembre del mismo año, referente a este punto mencionan que se cobran las mismas cuotas que el año anterior y respecto a los contratos de arrendamientos manifiestan que no cuentan con ellos, anexando copia de una agenda que llevan como control de los eventos la cual carece de toda formalidad.

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Normativa

Respuesta"No se cuenta con un tabulador de cuotas, ya que se basaron en lo que se cobraba en la Administración pasada, tampoco se cuenta con contratos por los servicios prestados por el arrendamiento de dicho inmueble, lo cual se lleva el control con una agenda interna.

Se anexa copia de Agenda 2016."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la documentación y aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que afirman que no cuentan con tabulador de las cuotas a cobrar, motivo de la observación; con relación al inciso a) no solventa la observación, ya que señalan que no cuentan con los contratos de arrendamiento del Centro Social, solo adjuntaron agenda de 2016 la cual carece de toda formalidad.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

Multas

10. Durante el proceso de la auditoría se detectó que los cobros por infracciones de tránsitoy vialidad se realizaron con base al tabulador homologado del Reglamento de Tránsito y Vialidad de los Municipios conurbados, el cual no es aplicable en el territorio de ese municipio, ya que no se localizó su autorización por parte del R. Ayuntamiento, incumpliendo con lo establecido en el artículo 33, fracción I, inciso b) de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

Es de mencionarse que la documentación antes descrita, entre otros asuntos, fue solicitada al Titular mediante requerimiento ASENL-AEM-MU14-J3-329-R01/2017 recibido el 3 de septiembre de 2017 y al respecto en su contestación según oficio número MDGNL/125/2017 recibido el 13 de septiembre del mismo año, referente a este punto se anexan algunas hojas de un reglamento de tránsito que al calce de la última hoja se aprecia el nombre de funcionarios del municipio de Apodaca.

Normativa

Respuesta"Se anexa tabulador en el cual se basan en el cobro de infracciones."

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Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la documentación y aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que anexaron tabulador en el cual manifiestan que se basaron para el cobro de infracciones, sin embargo, no adjuntaron la autorización por parte del R. Ayuntamiento, motivo de la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

11. Se registraron recibos oficiales de ingresos por $12,391 por concepto de multas detránsito, detectando que según lo señalado en los mismos recibos se otorgaron descuentos, observando que no se localizó evidencia documental de la autorización, monto y registro contable de dichos subsidios, incumpliendo con lo establecido en el artículo sexto, reglas 1 y 3 de la Ley de Ingresos de los Municipios de Nuevo León para el año 2016, los cuales se detallan a continuación:

Fecha No. de Contribuyente Importe Descripción recibo

13/04/2016 10049494 Adrián Pérez Rodríguez $ 548 Se aplica 50 % de descuento por pronto pago 19/04/2016 10049510 José Luis Garza Garza 1,096 Por no portar lona 30 salarios mínimos se

aplica 50% de descuento por pronto pago27/04/2016 10049535 Concretos Técnicos de México 365 Exceso de velocidad en zona urbana se aplica

el 50% de descuento por pronto pago27/04/2016 10049560 José Garza Montemayor 5,000 Por conducir en estado de ebriedad, sin

licencia art. 28 y art. 40 se aplicó descuento por pronto pago

27/05/2016 10049682 Hg Transportaciones S.A de C.V. 548 Art 32 y art 28 se aplica descuento por prontopago

27/05/2016 10049690 Maquinaria y Fletes S.A. de C. V. 365 Se infracciono de acuerdo al artículo 25 seaplica 50% de descuento por pronto pago

27/05/2016 10049691 Maquinaria y Fletes S.A de S.C. 365 Se infracciono de acuerdo al artículo 25 seaplica 50% de descuento por pronto pago

07/07/2016 10049844 Emilio Garza Pérez 365 Artículo 77 fracción 1 se aplica descuento por pronto pago

07/09/2016 10050044 Eddy Gonzalez Hernández 548 Se aplicó multa artículo 55 con 15 salarios mínimos haciendo descuento del 50% por pronto pago

15/09/2016 10050076 Mauro Rodriguez 365 Artículo 55 fracción V se aplica 50% de descuento por pronto pago

26/10/2016 10050293 Gregorio Guerra Valdez 730 Se infracciono de acuerdo al artículo 14 se aplicó 50% descuento por pronto pago

28/10/2016 10050319 Javier Quiroga 1,000 Se aplica descuento por pronto pago26/09/2016 10050165 Jose Antonio Monsiváis 1,096 Infracción artículo 55 se realizó el 50%

de descuento por pronto pagoTotal $ 12,391

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 47/111

Es de mencionarse que la documentación antes descrita, entre otros asuntos, fue solicitadaal Titular mediante requerimiento ASENL-AEM-MU14-J3-329-R01/2017 recibido el 3 de septiembre de 2017 y al respecto en su contestación según oficio número MDGNL/125/2017 recibido el 13 de septiembre del mismo año, referente a este punto mencionan que se otorgaron los descuentos con base a lo establecido en el artículo 140 del Reglamento de Tránsito y Vialidad del cual no se localizó su autorización por parte del R. Ayuntamiento y si fuera así el caso en el citado artículo se menciona que se realizará 50% de descuento si se pagan antes de 15 días, información que no se puede validar ya que en la mayoría de los recibos no anexan las boletas de infracción y en los que si se anexa esta ilegible la información.

NormativaRespuesta"No se cuenta con autorización del ayuntamiento, los descuentos que se hicieron al 50%, aplicando el pronto pago (antes de 15 días), se carece de boleta de infracción ya que esta no se entrega a el departamento de Tesorería."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que afirman que no se cuenta con la autorización del R. Ayuntamiento y no anexaron evidencia documental que ampare el monto y registro contable de los subsidios otorgados.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

EGRESOS

GENERAL

12. Durante el proceso de la auditoría se detectaron pólizas de cheque que son elaboradasen forma manuscrita o en máquina de escribir y carecen de copia fotostática del cheque emitido para comprobar que contengan, en aquellos casos cuyos montos exceden a $2,000, la leyenda "Para Abono en Cuenta del Beneficiario", incumpliendo con lo establecido en el artículo 27, fracción III, último párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Normativa

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Respuesta"En referencia a este punto donde se detectan las pólizas de cheque que carecen de copia fotostática y de la leyenda para abono en cuenta del beneficiario se hace mención de que por anomalías del Ex tesorero municipal el C. Genaro Rodríguez Campos, no colocaba el sello como era debidamente."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que los argumentos presentados no desvirtúan el incumplimiento del fundamento señalado en la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

13. Durante el proceso de la revisión se detectaron erogaciones por $162,312 afectando adiversos capítulos y objetos del gasto, de los cuales no se localizaron sus respectivas pólizas de diario, ni la documentación comprobatoria que justifique el importe erogado y que evidencie la correcta aplicación de los recursos en actividades propias de la función municipal, incumpliendo con lo dispuesto en los artículos 15 y 16 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, 86 quinto párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y 42 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las cuales se detallan a continuación:

Tipo No. de póliza No. de cheque Fecha Beneficiario Concepto Importe

D 2016020005 Transferencia 15/02/2016 Servicio Topo Chico S.A. de Pago de gasolina $ 70,000C.V.

D 2016040006 Reposición 01/04/2016 Genaro Rodriguez Campos Comprobación de gastos 32,312 D 2016060002 Transferencia 01/06/2016 Servicio Topo Chico S.A. de Pago de gasolina 60,000

C.V.Total $ 162,312

a) Además, se registró la póliza de diario 2016120008 del 31 de diciembre de 2016 por$107,611 por concepto de reclasificaciones de cuentas y cancelación de cheque, observando que del total de la póliza no se localizó evidencia documental de la cancelación de los cheques por $30,309, incumpliendo lo establecido en los artículos 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y 42 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Económica - Monto no solventado $162,312

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 49/111

Respuesta"Se anexan pólizas de diario que justifican el importe por la cantidad de $ 162,312.00 de la cual se carece de evidencia comprobatoria."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la documentación y aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual solventa parcialmente la observación, debido a que anexaron las pólizas de diario emitidas del sistema contable, sin embargo no se exhibió documentación comprobatoria que justifique el importe erogado por lo cual subsiste la observación en el aspecto económico por $162,312 y con respecto al inciso a) no solventan lo observado ya que no efectuaron ningún comentario al respecto.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Pliego Presuntivos de Responsabilidades.

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

14. Se registraron erogaciones por $113,585 afectando a diversos capítulos y objetos del gastoobservando que la documentación comprobatoria no reúne los requisitos exigidos en las disposiciones fiscales aplicables, incumpliendo con lo establecido en el artículo 16 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y 86 quinto párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, las cuales se detallan a continuación:

No. de Fecha Beneficiario Concepto Importe Importe cheque del cheque observado

97 28 10/03/2016 Juan Antonio Rodriguez Lara Renta de bodega $ 9,970 $ 9,970 97 81 19/04/2016 Juan Antonio Rodriguez Lara Arrendamiento por guardar material 4,000 4,000

eléctrico97 113 03/05/2016 Gabriela Guadalupe Oliva Luna Reposición de caja chica por compra 9,971 4,060

de nieve para evento Día del Niño97 121 07/05/2016 Mueblería La Cúpula Compra de regalos para el evento del 15,930 15,930

10 de mayo97 184 06/06/2016 Gabriela Guadalupe Oliva Kuna Consumos en el Restaurante El 9,931 2,436

Caminante y panadería97 200 20/06/2016 Juan Jose Páez Guajardo Pintura a patrulla y calcomanías 4,000 4,000

diversas a vehículos oficiales97 206 23/06/2016 Gabriela Guadalupe Oliva Luna Artículos de limpieza 9,992 75597 209 24/06/2016 Maria del Carmen Flores Casanova Apoyo a Programa Funcionando Con 20,000 20,000

Atención y Calidad97 240 11/07/2016 Gabriela Guadalupe Oliva Pago a Juan Antonio Rodriguez Lara 9,997 4,000

por renta de bodega97 249 18/07/2016 Gabriela Guadalupe Oliva Pago a Esther Guerra Gutiérrez por 9,958 4,000

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No. de cheque

Fecha Beneficiario Concepto Importe del cheque

Importe observado

97 261 21/07/2016 Juan Humberto Vigil Vargas Reparación de llantas a vehículos de Presidencia

3,530 3,530

97 266 21/07/2016 Samuel Lucio Cedillo Atención médica por accidente motocicleta del C. Jonathan Lucio Leal

7,000 7,000

97 272 27/07/2016 Relojes Centenario S.A. de C.V. Mantenimiento del Reloj Monumental de la Plaza principal

12,500 12,500

97 275 28/07/2016 Gabriela Guadalupe Oliva Mantenimiento de climas 9,977 2,00097 289 05/08/2016 Gabriela Guadalupe Oliva Pago a Gregorio Rodriguez Vázquez

por diseño y pintura de traje típico de certamen

9,992 6,040

97 344 09/09/2016 Gabriela Guadalupe Oliva Reparación de llantas y cambio de motor

9,971 4,370

97 389 05/10/2016 Gabriela Guadalupe Oliva Pago a Esther Guerra Gutiérrez por renta de local para taller mecánico

9,945 3,000

97 459 24/11/2016 Gabriela Guadalupe Oliva Gastos por evento cívico 9,252 3,00088 2261 19/01/2016 Genaro Rodriguez Campos Consumo de alimentos 25,000 2,994Total $ $ 200,916 $ 113,585

a) Además, se detectó que en algunas pólizas de cheque existen pagos de facturas cuyo importe es mayor a $2,000 los cuales por control y administración de los recursos se debieron realizarse mediante cheque nominativo a nombre de quien expide la factura con la leyenda "Para Abono en Cuenta del Beneficiario", de conformidad con lo establecido en el artículo 27 fracción III, último párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, las cuales se detallan a continuación:

No. de cheque Proveedor No. de factura Fecha

de factura

Importe

97 206 Mirthala Caballero Martínez 17187 21/06/2016 $ 3,00097 206 Nueva Wall Mart de México S.A de C.V. ICASD231098 20/06/2016 2,33697 113 Supermercados Internacionales HEB, S.A de C.V. KI 17707 29/04/2016 2,20097 184 Tiendas Soriana S.A de C.V BAACC-170579 29/05/2016 2,26197 240 Gregorio Rodriguez Pérez D6-D080E3242 11/07/2016 2,14697 245 AutoZone de México S. de R.L. de C.V HBDE86226 12/07/2016 2,39497 249 AutoZone de México S. de R.L. de C.V HBDE86226 12/07/2016 2,394Total $ $ 16,731

b) Igualmente se detectó que en las pólizas de cheque Nos. 97 245 y 97 249 por concepto de reposición de gastos de caja chica, se incluye en ambos cheques la factura No. HBDE86226 por $2,394 a nombre de AutoZone de México S. de R.L. de C.V., observando su pago duplicado.

Es de mencionarse que la documentación descrita en el primer párrafo, entre otros asuntos, fue solicitada al Titular mediante requerimiento ASENL-AEM-MU14-J3-329- R01/2017 recibido el 3 de septiembre de 2017 y al respecto en su contestación según oficio número MDGNL/125/2017 recibido el 13 de septiembre del mismo año, referente a este

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punto mencionan que no se cuenta con la documentación comprobatoria requerida, motivode la observación.

NormativaRespuesta"Referente a este punto por la cantidad de 113,585.00, donde se observa que la documentación comprobatoria no reúne los requisitos fiscales ya que es gente del municipio que no emiten facturas. Se anexan pólizas con recibos de egresos expedidos por Tesorería Municipal.

a) Se desconocía que las facturas con un monto mayor a los $ 2,000.00, no podían cobrarse en reposición, se tomaran medidas para que a partir de este año se lleven correctamente.

b) Así mismo se menciona que las reposiciones las hacia el Ex tesorero, Genaro Rodríguez Campos duplicando la factura HBDE86226 por la cantidad de $ 2, 394.00 a nombre de AutoZone de México S. de R.L. de C.V. se desconocen los motivos."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la documentación y aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que los argumentos presentados no desvirtúan el incumplimiento a los fundamentos señalados; respecto al inciso a) no solventa la observación, ya que no anexaron evidencia documental de las acciones a seguir según lo manifestado; y en cuanto al inciso b) no solventan la observación ya que desconocen los motivos de la duplicidad de la citada factura.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

15. Se registraron pólizas de egresos por $14,105 afectando a diversos capítulos y objetosdel gasto, correspondientes a la contratación de diversos servicios por actividades profesionales, observando que durante la revisión no se localizó la documentación que evidencie la prestación de los mismos debidamente validada por quien recibió el servicio y quien autorizó su contratación, incumpliendo con lo establecido en el artículo 16 fracción II de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo, los cuales se detallan a continuación:

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Fecha No. de Beneficiario Descripción Importe cheque

26/02/2016 86 2263 Sistema de Información Mega S.A. de C.V. Pago de póliza de asesorías y soporte técnico $ 3,480 21/07/2016 97 260 Humberto Reyes Peña Lote medición y levantamiento topográfico 10,625

en panteón en Dr. González N.L. incluyeimpresión de planos y disco compacto con archivos electrónicos

Total $ 14,105

Es de mencionarse que la documentación descrita en el primer párrafo, entre otros asuntos, fue solicitada al Titular mediante requerimiento ASENL-AEM-MU14-J3-329- R01/2017 recibido el 3 de septiembre de 2017 y al respecto en su contestación según oficio número MDGNL/125/2017 recibido el 13 de septiembre del mismo año, referente a este punto se menciona que anexan documentación, no localizándola motivo de la observación.

NormativaRespuesta"Con referencia al cheque 2263 a nombre de Sistema Mega S.A. de C.V. no se cuenta con contrato, pero este sistema es el que se manejaba desde la administración anterior y el cheque 97260 a favor del Arquitecto Humberto Reyes Peña, se hace mención que el levantamiento topográfico se llevó a cabo en el panteón municipal de la venadera, el pago se efectuara en 4 parciales, Se anexa copia de plano de la lotificación."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la documentación y aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que los argumentos presentados no desvirtúan el incumplimiento del fundamento señalado.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

16. Se registró póliza de cheque No. 1 50 del 31 de marzo de 2016 por $46,530 a nombredel C. Isaías Abrego Montemayor, Director de Obras Públicas, por concepto de pago de horas extra, refacciones y mantenimiento de vehículos, observando que solamente se anexa soporte documental por $18,380 no localizando documentación comprobatoria por $28,150 que justifique la correcta aplicación de los recursos, incumpliendo con lo establecido en los artículos 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y 42 de la Ley de General de Contabilidad Gubernamental.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 53/111

a) Además, se anexa como soporte documental oficio de fecha 31 de marzo de2016 correspondiente al pago de $5,000 al C. José Manuel Fuantos Martínez, por concepto de vacaciones, no localizando evidencia documental de haber efectuado la retención del Impuesto Sobre la Renta establecido en el artículo 96 párrafos primero, segundo y penúltimo de la Ley del Impuesto sobre la Renta, incumpliendo con lo establecido en el artículo 86 quinto párrafo de la citada Ley.

Económica - Monto no solventado $28,150

Respuesta"Referente a este punto donde señalan una diferencia por l cantidad 28,150.00 se realizó una investigación el cual no se encontró la documentación comprobatoria."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto económico por $28,150, debido a que no anexaron documentación comprobatoria que justifique la correcta aplicación de los recursos, motivo de la observación; en cuanto al inciso a) no solventa la observación ya que no hacen ningún comentario al respecto.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Pliego Presuntivos de Responsabilidades.

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

SERVICIOS PERSONALES

Sueldos

17. Durante el proceso del auditoría se detectó que las condiciones de trabajo del personalcontratado para prestar servicios al Municipio, no se hace constar por escrito de conformidad con lo establecido en los artículos 24, 25, y 26 de la Ley Federal del Trabajo, disposición aplicable de manera supletoria en relación al artículo 7 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Nuevo León.

Es de mencionarse que la documentación antes descrita, entre otros asuntos, fue solicitada al Titular mediante requerimiento ASENL-AEM-MU14-J3-329-R01/2017 recibido el 4 septiembre de 2017 y al respecto en su contestación según oficio número MDGNL/125/2017 recibido el 13 de septiembre del mismo año, referente a este punto señalan que no se cuentan con Contratos Individuales y Colectivos, motivo de la observación.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 54/111

Normativa

Respuesta"Referente a este punto donde se señala que no se encuentra con contratos individuales y colectivos, se tomara en cuenta para a la siguiente auditoria."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que los argumentos presentados no desvirtúan el incumplimiento de los fundamentos señalados, respecto al ejercicio 2016.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

18. Durante el proceso de la auditoría se revisaron las nóminas correspondientes al ejercicio2016, las cuales se justifican con listados generados del sistema de nóminas y se pagan mediante pólizas de cheque, detectando diferencias por $46,383 entre los saldos generados por el sistema (sueldo neto) por $2,304,484 y el importe de las póliza de cheque emitidas para el pago de nóminas por $2,350,868, de las cuales no se localizó evidencia, ni documentación que compruebe y justifique que lo erogado se ejerció en actividades propias de la función del Municipio, incumpliendo con lo dispuesto en los artículos 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y 42 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las cuales se detallan a continuación:

Fecha No. de póliza No. de No. de quincena Sueldo neto Importe Diferencia cheque Sistema del cheque

de nómina

21/01/2016 2016010024 86 2268 2da. de enero $ 353,382 $ 370,000 $ 16,61829/02/2016 2016020009 97 11 2da.de febrero 354,419 361,948 7,52918/03/2016 2016030008 97 42 2da. de marzo 409,465 416,454 6,98928/04/2016 2016040048 97 97 2da. de abril 357,830 365,647 7,81731/05/2016 2016050003 97 169 2da. de mayo 409,397 413,550 4,15331/08/2016 2016080030 97 326 2da. de agosto 419,992 423,269 3,277Total $ 2,304,485 $ 2,350,868 $ 46,383

a) Además, no se localizó el registro contable de las retenciones de impuestos a los sueldos ni de subsidio al empleo, incumpliendo con lo establecido en los artículos 184 y 185 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León; y 33, 34, 35 y 36 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, de los meses que se detallan a continuación:

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No. de póliza No. de Quincena Subsidio I.S.R. cheque al empleo

2016030014 97 36 1era. de marzo $ 3,780 $ 27,4372016030008 97 42 2da. de marzo 3,487 27,1632016040027 97 64 1era. de abril 3,445 27,2432016040048 97 97 2da. de abril 3,475 27,7132016090020 97 350 1era. de septiembre 3,699 34,2962016090051 97 372 2da. de septiembre 3,627 35,8802016100007 97 400 1era. de octubre 3,802 35,5572016100014 97 423 2da. de octubre 3,802 35,9772016110029 97 449 1era. de noviembre 3,625 37,6352016110030 97 473 2da. de noviembre 3,566 34,981Total $ 36,308 $ 323,882

Económica - Monto no solventado $46,383

Respuesta"Referente a este punto donde se señala un diferencia de 46, 383.00 entre los saldos generados por el sistema y el importe de las pólizas de cheques se realizó una investigación, en la cual se detectaron estas anomalías llegando a la destitución Irrevocable del Tesorero Municipal GENARO RODRIGUEZ CAMPOS"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto económico por $46,383, debido a que los argumentos presentados no desvirtúan el incumplimiento de los fundamentos señalados, además no anexan evidencia documental de las acciones a seguir en cuanto a las anomalías detectadas para así proceder a la recuperación del importe observado; y en cuanto al inciso a) no solventa la observación ya que no hacen ningún comentario al respecto.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Pliego Presuntivos de Responsabilidades.

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

Liquidaciones

19. Se registraron pólizas de cheque por $223,166 por conceptos de pago de liquidaciones,finiquitos y demanda de juicio, algunos mediante reposiciones de caja chica, no localizando los cálculos para determinar los importes pagados que justifiquen la cantidad erogada ni los criterios para liquidar a los empleados en parcialidades, incumpliendo con lo establecido en

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los artículos 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, 42 de la LeyGeneral de Contabilidad Gubernamental y con lo preceptuado en el artículo 33 segundo párrafo de la Ley Federal del Trabajo aplicado de manera supletoria en términos del 7 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Nuevo León; las cuales se detallan a continuación:

Fecha No. de Nombre Importe cheque

15/04/201696 70 Manuel Galaviz Leos $ 10,00028/04/201697 100 Virginio Sánchez Garza 5,00028/04/201697 99 Maria Del Carmen Garza 15,00002/05/201697 106 Luis Antonio Avila M 16,00001/06/201697 175 Cinthia Andrea Ovalle 17,07001/06/201697 176 Jose Manuel Fuantos 17,07007/07/201697 233 Visente Marín Rodriguez 25,00003/08/201697 286 Hilda Juana Garza 20,00005/08/201697 288 Gabriela Guadalupe Oliva [Reposición De Caja Chica] 6,28008/08/201697 290 Vicente Flores Rodriguez 20,00008/08/201697 291 Roman Edén Peña 10,00016/08/201697 304 Maria Guadalupe Garza 16,74607/11/201697 439 Javier Montemayor 10,00029/11/201697 472 Javier Montemayor 10,00015/12/201697 494 Jesus Romo Reyna 10,00027/12/201697 504 Eleazar Emmanuel Anguiano Méndez 15,000Total $ 223,166

Es de mencionarse que la documentación antes descrita, entre otros asuntos, fue solicitada al Titular mediante requerimiento ASENL-AEM-MU14-J3-329-R01/2017 recibido el 4 septiembre de 2017 y al respecto en su contestación según oficio número MDGNL/125/2017 recibido el 13 de septiembre del mismo año, referente a este punto señalan que se están recabando los cálculos solicitados y en cuanto los tengan se nos harán llegar, sin anexar evidencia documental de lo dicho, motivo de la observación.

NormativaRespuesta"No se cuenta con los cálculos reales ya que se llegaba a un acuerdo verbal con el trabajador despedido, donde se beneficiaban ambas partes, el jurídico los trasladaba a conciliación y Albitraje en la Ciudad de Monterrey, N.L."

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 57/111

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que los argumentos presentados no desvirtúan el incumplimiento de los fundamentos señalados en la observación, además no exhibieron evidencia de lo manifestado en su respuesta.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

Compensaciones

20. Durante el ejercicio 2016 se registraron pólizas de cheque por concepto de compensacionespor $48,720, observando que no se localizaron los recibos firmados por la recepción de esta prestación de los empleados beneficiados, soporte documental del trabajo desarrollado, ni relación de días y horas trabajadas que justifique el importe erogado y que evidencie la correcta aplicación de los recursos en actividades propias de la función municipal; incumpliendo con lo establecido en los artículos 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y 42 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las cuales se detallan a continuación:

Nombre del Empleado Importe otorgado en el año

Rogelio Martinez Balderas $ 7,000 Luis Marcelo Robles 22,000Roberto Carlos Escamilla Tamez 3,480Antonio Hermilo Flores Salinas 14,500Rodolfo Reyes Cazares 1,740Total $ 48,720

Es de mencionarse que la documentación antes descrita, entre otros asuntos, fue solicitada al Titular mediante requerimiento ASENL-AEM-MU14-J3-329-R01/2017 recibido el 4 septiembre de 2017 y al respecto en su contestación según oficio número MDGNL/125/2017 recibido el 13 de septiembre del mismo año, referente a este punto mencionaron que las compensaciones no se otorgaron a las personas señaladas; los cheques se hicieron a favor de las citadas personas, pero el dinero se entregó a otros,

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 58/111

recabando la documentación solicitada y en cuanto se tenga se enviara con el soporterequerido, sin anexar evidencia documental de lo dicho.

Económica - Monto no solventado $26,720

Respuesta"Se anexan recibos de egresos expedidos por Tesorería Municipal donde firma la persona beneficiada con esta compensación y tiempo extra, se anexa copia de Acta de cabildo con el nombre de las 7 personas beneficiadas."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la documentación y aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual solventa parcialmente la observación de aspecto económico por $22,000, faltando de adjuntar recibos firmados por la recepción de esta prestación por $26,720, el acta de cabildo según lo manifestado y soporte documental del trabajo desarrollado, que justifique el importe erogado.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Pliego Presuntivos de Responsabilidades.

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

PRESTACIONES

Capacitación

21. Se registró póliza de cheque No. 97 104 del 2 de mayo de 2016 por $6,790 a nombredel C. Antonio Hermilo Flores Salinas, empleado del Municipio por gastos de capacitación, observando que solo se anexa como soporte documental cuatro facturas por un importe total de $5,957 a nombre de Gobierno del Estado por compra de dulces y productos comestibles, las cuales no reúnen los requisitos exigidos en las disposiciones fiscales aplicables, incumpliendo con lo establecido en los artículos 15 y 16 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y 42 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Normativa

Respuesta"En este punto donde se observa un faltante de $ 830.00 de se realizó una minuciosa búsqueda de la cual se detectó que no se cuenta con ese comprobante fiscal de la cual

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se buscó a l C. Antonio Hermilo Flores Salinas, quien manifiesta que ese sobrante se leentrego al ex tesorero."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que los argumentos presentados no desvirtúan el incumplimiento de los fundamentos señalados en la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

SERVICIOS GENERALES

Atención a funcionarios

22. Se registró póliza de cheque No. 77 del 18 de abril de 2016 por $6,566 a nombre dela C. María Felicitas Flores Hernández, empleada en el comedor del Municipio desde el 1 de noviembre de 2015, por concepto atención alimentaria a personas de fuerza civil, INE y entrenador de Ligas Pequeñas, anexando como soporte documental hojas de libreta donde se aprecia a detalle los consumo de los funcionarios antes citados, no localizando la autorización para otorgar dicha prestación y justifique la erogación de conformidad con lo establecido en los artículos 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y 42 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Normativa

Respuesta"En referencia a este punto, haciendo un búsqueda en el archivo no se encontró con oficio de autorización, mas sin embargo manifestó la C. María Felicitas Flores Hernández, que ella personalmente entrego el oficio al ex tesorero Genaro Rodríguez Campos."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que los argumentos presentados no desvirtúan el incumplimiento de los fundamentos señalados en la observación.

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Multas y sanciones

23. Se registraron erogaciones por $16,600 a nombre del C. Luis Carlos González Rodríguez,Director de Jurídico, por conceptos de diversos trámites, observando que no se localizó evidencia documental que justifique la correcta aplicación de los recursos en actividades propias de la función municipal, ni facturas con requisitos fiscales, incumpliendo con lo establecido en los artículos 15 y 16 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, 86 quinto párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y 42 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las cuales se detallan a continuación:

Fecha No. de Concepto Importe Importecheque del cheque observado

14/07/2016 97 245 Notificaciones Actuario Tribunal y certificación de demanda $ 9,963 $ 5,200 28/07/2016 97 275 Para notificación notario 9,977 5,50012/08/2016 97 300 Para diversos tramites 9,956 3,40023/08/2016 97 312 Traslado de juicio contencioso 9,971 2,500Total $ 39,867 $ 16,600

a) Además, se detectó que como soporte documental de los cheques Nos. 97 378 y 97 395 por importes de $7,000 y $10,400 respectivamente, se anexó la factura No. 292 por $17,400 a nombre del C. Allan Israel Mendez Luna, por concepto de peritaje en Auditorio Municipal, observando que el cheque no se elaboró a nombre del prestador de servicios que emite la factura, incumpliendo con lo establecido en los artículos 27, fracción III, último párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y 67 párrafo segundo de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Económica - Monto no solventado $16,600

Respuesta"No se cuenta con comprobantes fiscales con los gastos antes mencionados, si se realizaron."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto económico por $16,600, debido a que afirman que no se cuenta con los comprobantes fiscales y no adjuntan evidencia documental que justifique la correcta aplicación de los recursos en actividades propias de la función municipal; en cuanto al incisoa) no solventa lo observado ya que no se manifestó nada al respecto.

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Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Pliego Presuntivos de Responsabilidades.

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

MANTENIMIENTOS

24. No se localizaron durante el ejercicio 2016 bitácoras de uso diario debidamente autorizadas,

para el control de las erogaciones registradas por consumo de combustibles, llantas y mantenimientos de vehículos por unidad en las que se detallen los números económicos y de placas, kilometraje inicial y final e importe, que permita medir la eficiencia y razonabilidad del gasto, incumpliendo con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de los cuales se detallan los conceptos y valores siguientes:

Concepto Importe

Gasolina $ 1,536,127Gas LP 181,325Mantenimiento de vehículos 213,192Refacciones 243,704Llantas 100,754Total $ 2,275,102

Respuesta"Con referencia a este punto se hace mención, que los encargados de las bitácoras de combustible le entregaron al Ex tesorero que por descuido se le extraviaron."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que los argumentos presentados no desvirtúan el incumplimiento del fundamento señalado en la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

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APOYOS

25. Se registraron pólizas de cheque por $95,827 por concepto de apoyos diversos, observandoque en el respaldo de dichas operaciones, no se incluye la documentación relacionada con las personas que recibieron el apoyo, a saber, copia fotostática de alguna identificación con fotografía vigente expedida por autoridad competente, comprobante de domicilio, así como la firma autógrafa o huella digital o dactilar como manifestación de haber recibido el apoyo en cuestión y declaratoria bajo protesta de decir verdad, incumpliendo con lo establecido en el artículo 17 primer párrafo de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, las cuales se detallan a continuación:

Nombre de la cuenta Fecha No. de Beneficiario Concepto Importe Importe cheque del cheque observado

Apoyos económicos 08/03/2016 97 29 Isaías Abrego Reembolso de caja chica, $ 6,746 $ 3,000 a personas de bajos Montemayor préstamo a la C. Mariarecursos flores CatarinaApoyos económicos 18/03/2016 97 43 Isaías Abrego Reembolso de caja chica, 20,000 3,000 a personas de bajos Montemayor préstamo a la C. Cynthiarecursos Andrea Ovalle ReyesApoyos para transporte 28/03/2016 97 45 Gerardo Garza Gonzalez Reposiciones de caja 11,368 1,500 a personas de escasos chica, pago de facturarecursos a autobuses monterrey

Marín higueras además el gasto es del 2015

Apoyos a bandas de 07/05/2016 97 129 Gabriela Guadalupe Oliva Reposición de gastos 9,984 4,000 guerra LunaApoyos económicos 07/05/2016 97 127 Gabriela Guadalupe Oliva Reposición de gastos 9,986 5,000 a personas de bajos Luna variosrecursosAtención médica a 09/05/2016 97 134 Gabriela Guadalupe Oliva Reembolso de gastos. 9,950 2,000 personas de escasos Luna Apoyo económico al Sr.recursos Fidel Garza AlanísApoyos para 15/06/2016 97 195 Autobuses Monterrey Pago de boletos 9,318 9,318 transportación a Marín Higueras S.A. deestudiantes C.V.Apoyos económicos a 11/07/2016 97 239 Gabriela Guadalupe Oliva Reposición de caja chica 9,926 1,960 equipos deportivos LunaApoyos económicos a 14/07/2016 97 244 Gabriela Guadalupe Oliva Reposición de caja chica 9,985 8,485 escuelas LunaApoyos de paquetes 14/07/2016 97 245 Gabriela Guadalupe Oliva Reposición de caja chica 9,963 1,000 escolares a escuelas LunaApoyos económicos a 19/07/2016 97 256 Mayla Lopez Guzman Renta de sillas y capelos 5,200 5,200 escuelas para graduación de

primariaApoyos para 25/07/2016 97 268 Autobuses Monterrey Pago de boletos para 9,141 9,141 transportación a Marín Higueras S.A. de estudiantes folio 87501 alestudiantes C.V. 88500Becas a estudiantes 12/08/2016 97 300 Gabriela Guadalupe O Reposición de caja chica 9,956 5,564

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Nombre de la cuenta Fecha No. de Beneficiario Concepto Importe Importecheque del cheque observado

Capillas de velación 06/09/2016 97 341 Gabriela Guadalupe Oliva Reposición de caja chica 9,996 5,800Luna pago de factura por

$5,000 al Sr. Eulalio Rodriguez García por el servicio de la finada Maria Elena de la cruzRodriguez falleció el día 25-07-16

Apoyos para 09/09/2016 97 344 Gabriela Guadalupe Oliva Reposición de caja chica 9,971 1,560 mantenimiento de LunaescuelasBecas a estudiantes 20/09/2016 97 360 Gabriela Guadalupe Oliva Reposición de caja chica 9,971 3,200

LunaApoyos económicos 29/09/2016 97 377 Autobuses Monterrey, Compra de boletos de 8,970 8,970 a personas de bajos camiónrecursosApoyo alimentación 05/10/2016 97 389 Gabriela Guadalupe Oliva Reposición de caja chica, 9,945 420escuelas Luna compra de taquitos para

escuela primaria a la Sra. Maria de los Ángeles Melendez Avila

Becas a estudiantes 13/10/2016 97 399 Gabriela Guadalupe Oliva Reposición de caja chica, 9,993 2,270Luna apoyo a la estudiante

Adolfo Páez Guajardo, y apoyos para alimentación en eventos deportivos

Programas asistenciales 27/10/2016 97 417 Gabriela Guadalupe Oliva Reposición de caja chica 9,998 8,814 del DIF Luna gastos notas de consumo

del DIFProgramas asistenciales 27/10/2016 97 418 Gabriela Guadalupe Oliva Reposición de caja chica 9,997 5,625 del DIF Luna gastos notas de consumo

del DIFTotal $ 210,364 $ 95,827

Normativa

Respuesta"Se anexan con recibos de egresos expedidos por Tesorería Municipal."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la documentación y aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual solventa parcialmente la observación de aspecto normativo, debido a que en la mayoría de los recibos de egresos que anexaron, se adjunta copia de la identificación con fotografía de los beneficiarios, mas no así de algún comprobante de domicilio.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 64/111

BIENES MUEBLES

26. Durante la revisión se detectó que no fue localizado el Inventario de los bienes muebles,ni se anexa a la Cuenta Pública 2016 reporte alguno que contenga dicha información, incumpliendo con lo establecido en los articulos 23 último párrafo y 27 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y con el Acuerdo por el que se determina la norma para establecer la estructura del formato de la relación de bienes que componen el patrimonio del ente público, aplicable en términos del artículo 7 de la Ley antes citada, los cuales se detallan a continuación:

Descripción Importe

Equipo de Transporte $ 247,947 Muebles y Equipo de Oficina 63,800Equipo de Computo 60,545Mobiliario y Equipo Diverso 9,782Total $ 382,074

Es de mencionarse que la documentación antes descrita, entre otros asuntos, fue solicitada al Titular mediante requerimiento ASENL-AEM-MU14-J3-329-R01/2017 recibido el 4 septiembre de 2017 y al respecto en su contestación según oficio número MDGNL/125/2017 recibido el 13 de septiembre del mismo año, referente a este punto mencionan que no se cuenta con la información solicitada y que cuando se tenga se nos hará llegar una copia.

NormativaRespuesta"No se cuenta con la información solicitada, ya que en esta administración el encargado del departamento de Patrimonio Municipal era el Ex tesorero Genaro Rodríguez Campos y debido a sus anomalías no llevaba un control."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que los argumentos presentados no desvirtúan el incumplimiento de los fundamentos señalados en la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 65/111

27. Durante el proceso de la auditoría se detectaron seis vehículos entregados al Municipiopor parte de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de Nuevo León, observando que no se localizó su registro contable, ni el contrato de donación firmado que formalice la propiedad de los mencionados bienes muebles por parte del Municipio, incumpliendo con lo establecido en los artículos 23 fracción II de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, 100 fracción XIII, 184 y 185 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León, los cuales se detallan a continuación:

No. de inventario Marca y Tipo Modelo Serie 15722 V.W. Bora Sytle 2008 3VWJG1148M14970315121 Nissan, 2006 1N4AL11D26C2356596547 Chevrolet, G, Express Van 2000 IGNFG15R6Y1267577 14947 Dodge, Ram 2500 2005 1D7HA16D75J60850816004 Honda,XR650l 2008 JH2RD06038K60246516045 Honda,XR650L 2008 JH2RD06008K602889

Normativa

Respuesta"Se anexan los documentos que avalan el comodato de los vehículos antes mencionados."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la documentación y aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que no se anexa evidencia documental del registro contable, ni del contrato de donación firmado que formalice la propiedad de los bienes muebles a favor de Municipio.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

DISPONIBILIDAD

CAJA

28. Durante el proceso de revisión de la cuenta Fondo para Cajas se observaron saldos al 31de diciembre de 2016 por $56,519 no localizando a las personas responsables del fondo fijo ni quien los estuviera operando bajo su custodia para realizar el arqueo físico o en

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su caso evidencia de su devolución, excepto uno de $10,000, los cuales se mencionan acontinuación:

No. de cuenta contable Nombre Importe 10201-0001-0000 Perla Leticia Flores Garza $ 10,000 10201-0003-0000 DIF Municipal 31,51910201-0004-0000 Nelly Guadalupe Salazar Marín 10,00010201-0005-0000 Blanca Esthela Martinez Gtz. [DIF] 5,000Total $ 56,519

Cabe mencionar que según Formato del Importe de Fondo Fijo del 30 de agosto de 2017 firmado por el C. Tesorero Municipal manifiesta que desconoce a las personas y los fondos antes citados.

a) Además, se detectó que el C. Tesorero Municipal tiene a su cargo un fondo de caja chica por $10,000 al cual se le realizó arqueo, observando que no se encuentra registrado en contabilidad a su nombre, incumpliendo con lo establecido en los artículos 184 y 185 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

Asimismo, los cheques por reposición de este fondo se expiden a favor de la C. Gabriela Guadalupe Oliva Luna, quien manifiesta, en el Formato de Confirmación del Fondo Fijo del 31 de agosto de 2017, que no tiene a su cargo ningún fondo de caja.

Financiera - Monto no solventado $56,519

Respuesta"Esta observación de la información antes mencionada se señala lo siguiente: se aprobara en una junta de cabildo del mes de Noviembre del 2017, la depuración del sistema donde se aprecian las cuentas por cobrar de personal de que laboro en administraciones pasadas.

a) En este inciso se hace mención que el ex tesorero tenía a su cargo, fondo de caja, así mismo los cheques por reposición de este fondo salían a nombre de la C. Gabriela Guadalupe Oliva Luna, ya que por motivos bancarios no podían salir con la leyenda de nosotros mismos."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto financiero por $56,519, debido a que los argumentos presentados no desvirtúan lo observado, además no se anexa evidencia documental de lo manifestado

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en la respuesta; y respecto al inciso a) no solventa la observación ya que lo señalado nodesvirtúa el incumplimiento de los fundamentos establecidos en la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

BANCOS

29. Durante el proceso de la revisión no se localizaron las conciliaciones bancarias ni estadosde cuenta de las diferentes cuentas bancarias, que permita verificar la razonabilidad del saldo registrado en Bancos, esta situación representa riesgo en el manejo de los recursos municipales, debido a que las conciliaciones bancarias son el control más importante para la administración del efectivo, incumpliendo con lo establecido en los artículos 184 y 185 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León, las cuales se detallan a continuación:

No. de cuenta Nombre de la cuenta Saldo al 31- Conciliación Estado de cuenta faltanteXII-2016 bancaria que falta

10301 0001 0001 BANORTE NO. DE CTA. $ (90,948) Enero a diciembre Enero a diciembre 600-00407-7

10301 0001 0019 PRODUCTIVA 600-01959-7 (27,456) Enero a diciembre Enero a diciembre10301 0001 0049 UIE2010 065434425-9 21 Enero a diciembre Enero a diciembre10301 0001 0051 DIF 066510777-7 (348) Enero a diciembre Enero a diciembre10301 0001 0055 PROGRAMAS FDE - Enero a diciembre Enero a diciembre

068041038610301 0001 0058 CORRIENTE 085442077-5 6 Enero a diciembre Enero a diciembre

-2012-10301 0001 0059 BANORTE GASTO 1,558,187 Diciembre -

CORRIENTE 041681484810301 0001 0060 BANORTE 0416812899 21,990 Enero a diciembre Enero10301 0001 0061 FONDO DE DESARROLLO 110 Enero a diciembre -

MUNICIPAL10301 0001 0062 FORTALECE 875,847 Noviembre y diciembre -10301 0002 0001 AFIRME 000182101877 - Enero y de marzo a -

diciembre10301 0003 0001 AFIRME GASTO (6,894) Enero a diciembre Enero y de marzo a

CORRIENTE 182102857 - diciembre2013-

10301 0004 0001 AFIRME GASTO 2,000 Enero a diciembre Enero a diciembreCORRIENTE 182103764

10302 0001 0011 INFRA 2011 066738358-4 3 Enero a diciembre Enero a diciembre10302 0001 0012 INFRA 2012 0810610527 58 Enero a diciembre Enero a diciembre10302 0001 0013 INFRA 2013 083558157-2 2,961 Enero a diciembre Enero a diciembre10302 0001 0015 INFRA 2015 182103756 1,237 Enero a diciembre Enero a diciembre10302 0001 0016 INFRA 2016 0421901818 48,587 Enero a diciembre -10303 0001 0001 BANORTE NO. CTA. 94,000 Enero a diciembre Enero a diciembre

600-00973-7

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 68/111

No. de cuenta Nombre de la cuenta Saldo al 31- Conciliación Estado de cuenta faltanteXII-2016 bancaria que falta

10303 0001 0010 FORTA20100062993481-8 129 Enero a diciembre Enero a diciembre10303 0001 0012 FORTA 2012 0810610536 280 Enero a diciembre Enero a diciembre10303 0001 0013 FORTA 2013 082961113-3 997 Enero a diciembre Enero a diciembre10303 0001 0014 FORTA 2014 182103179 290 Enero a diciembre Enero a diciembre10303 0001 0015 FORTA 2015 182103101 13,107 Enero a diciembre Enero a diciembre10303 0001 0016 FORTA 2016 0421896129 125,640 Enero a diciembre -10307 0001 0000 SANTANDER 2014 1,000 Enero a diciembre Enero a diciembre

65-50459197-010309 0001 0000 BANORTE CTA. 1,504 Enero a diciembre Enero a diciembre

0275843438 FOPADEM2015

Total $ 2,622,496

Es de mencionarse que la documentación antes descrita, entre otros asuntos, fue solicitada al Titular mediante requerimiento ASENL-AEM-MU14-J3-329-R01/2017 recibido el 4 septiembre de 2017 y al respecto en su contestación según oficio número MDGNL/125/2017 recibido el 13 de septiembre del mismo año, referente a este punto señalan que algunos se encuentran extraviados, otros que no reconocen y que se turnará al Cabildo para su cancelación de lo cual no se anexó evidencia documental de lo dicho.

Normativa

Respuesta"En este punto por error u omisión debido a las conveniencias personales del Ex tesorero Genaro Rodríguez campos, no contesto ni mando lo solicitado, cabe mencionar que dicha información es errónea, por tal motivo la remoción del antes mencionado, agregando que el Genaro Rodríguez Campos argumentaba que las auditoras le habían extraviado esta papelería lo cual es falso, ya que después de su destitución se encontraron en el archivo."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la documentación y aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que no anexaron la documentación requerida, motivo de lo observado, adjuntando solamente la que en el proceso de la auditoría se había proporcionado.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

CUENTAS POR COBRAR

30. Durante el ejercicio 2016 se registraron préstamos al personal por $91,000 observandoque durante el año no se realizaron abonos o liquidación de los mismos, ni se localizaron

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 69/111

propuestas del C. Tesorero Municipal al Ayuntamiento para ejercer las medidas necesarias y convenientes para la recuperación de los adeudos observados, incumpliendo con lo establecido en el artículo 100, fracción X de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León, los cuales se detallan a continuación:

No. de cuenta contable Nombre del empleado Importe

10501 0117 0000 Vicente Marín Rodríguez $ 5,00010501 0153 0000 Sylvia Salinas Rodríguez 10,00010501 0250 0510 Tomasita Gonzalez López 5,00010501 0250 0515 Alfonso Cuellar Barrientos 12,00010501 0250 0529 Isaías Abrego Montemayor 20,00010501 0250 0529 Isaías Abrego Montemayor 20,00010501 0250 0534 Ángel Mario Montemayor Martinez 5,00010501 0250 0535 Luz Maria Huerta Flores 4,00010501 0250 0536 María Castañeda 10,000Total $ 91,000

Es de mencionarse que no se cuenta con políticas y procedimientos establecidos para su otorgamiento y control.

a) Además, se detectaron saldos por un importe total de $46,143 correspondiente a préstamos y gastos por comprobar con antigüedad mayor a un año, no localizando durante el ejercicio 2016 procedimiento alguno de cobranza para su recuperación, ni propuesta del C. Tesorero Municipal al Ayuntamiento para ejercer las medidas necesarias y convenientes para depurar o cancelar dichos saldos, de conformidad con lo establecido en el artículo 100, fracción X de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León, los cuales se detallan a continuación:

No. de cuenta contable Nombre del empleado Saldo al 31- XII-2016

10501-0003-0000 Jose Domingo Alonso Arellano $ (2,000)10501-0006-0000 Jose Ignacio Larraga Martinez (260)

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 70/111

No. de cuenta contable Nombre del empleado Saldo al 31-XII-2016

10501-0018-0000 Adán Gutiérrez López (85)10501-0019-0000 Ramón Hernández García 4,74910501-0025-0000 David Eduardo Cárdenas Vargas 1,00010501-0030-0000 Roberto Martínez Garza 8510501-0043-0000 Maria Domitila Flores Cedillo 6,79610501-0045-0000 Jose Melendez Garza 1,50010501-0048-0000 Jesus Rigoberto Chapa Martinez 16,00010501-0050-0000 Leandro González Marín 1,20010501-0054-0000 Manuel Martínez Robles (155)10501-0055-0000 Mario Caballero Gutiérrez 1,10010501-0067-0000 Miguel Ángel Ramírez Hernandez (4,500)10501-0068-0000 Nydia Deyanira Garza Herrera (250)10501-0074-0000 Jose Larraga Arévalo (3,750)10501-0078-0000 Juan José Ríos López 2,00010501-0093-0000 Rubina Chapa Gutiérrez 6,40010501-0113-0000 Rolando Castillo Arriaga (250)10501-0114-0000 Rolando Bravo Aguilar 1,00010501-0115-0000 Hilario Méndez Moreno 4,70010501-0119-0000 Gilberto Garza Elizondo 2,00010501-0130-0000 Karla Dennise Martínez Melendez 3,00010501-0132-0000 Josefina Salas Herrera (1,130)10501-0139-0000 Juan Ángel Larraga Martínez (250)10501-0143-0000 David Alejandro García Flores 1,00010501-0152-0000 Irma Teresa Rodríguez Melendez 50010501-0156-0000 Margarito Ramírez Treviño (750)10501-0165-0000 Rodolfo Reyes Cazares (3,100)10501-0169-0000 Román Moreno Rico 50010501-0171-0000 Joel Garza Mejía (250)10501-0173-0000 Deyanira Garza Herrera 50010501-0174-0000 Irma Teresa Rodríguez Melendez (250)10501-0176-0000 María Del Rosario Villarreal Montemayor (250)10501-0177-0000 Prisciliano Rodríguez Salinas (200)10501-0178-0000 Reynaldo Campos Martinez (200)10501-0179-0000 Roció Haydee Treviño Rocha (200)10501-0180-0000 Jose Larraga Arévalo 4,75010501-0181-0000 Juan Jose Ríos López (2,000)10501-0182-0000 Sofía Rosalinda Martinez Montemayor (200)10501-0183-0000 Rodolfo Reyes Cazares 3,10010501-0185-0000 Juan Matías González Camacho 10,50010501-0186-0000 Eva Leticia Garza González (4,050)

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 71/111

No. de cuenta contable Nombre del empleado Saldo al 31-XII-2016

10501-0187-0000 Alfredo Páez Hernández 70010501-0188-0000 Edgar Escamilla Cárdenas (7,000)10501-0189-0000 Juan Matías González Camacho (10,500)10501-0190-0000 Liliana Garza Rodríguez 12,00010501-0191-0000 Edgar Essau Escamilla Cárdenas 7,00010501-0192-0000 Maria Del Rosario Villarreal Montemayor 25010501-0193-0000 Margarito Ramírez Treviño 75010501-0194-0000 Liliana Garza Rodriguez 1,00010501-0195-0000 Eva Leticia Garza Gonzalez 4,05010501-0196-0000 Alfredo Páez Hernandez (700)10501-0197-0000 Pablo Pérez Martinez 2,40010501-0198-0000 Miguel Ángel Ramírez Hernandez 4,50010501-0200-0000 José Rogelio Rodríguez Hernández 3,50010501-0201-0000 Ramón Hernández García (1,000)10501-0202-0000 Josefina Salas Herrera 80010501-0203-0000 Maria De La Luz Flores Flores 2,25010501-0204-0000 David Alejandro García Flores (1,000)10501-0205-0000 Cruz Alberto García Garza 6,00010501-0206-0000 Rene Rodriguez Melendez (96)10501-0207-0000 José Rogelio Rodríguez Hernández (500)10501-0208-0000 Pablo Pérez Martínez (1,500)10501-0209-0000 Ramona Cuellar Caballero 1,50010501-0211-0000 Sonia De La Rosa Riojas 25010501-0213-0000 Reynol Martínez Gutiérrez 4,00010501-0218-0000 Paulina Ortiz Garza 2,70010501-0219-0000 Reynol Martínez Gutiérrez (4,000)10501-0220-0000 José Melendez Garza (1,500)10501-0221-0000 Paulina Ortiz Garza (2,700)10501-0223-0000 José Ángel Gracia De Leon 5010501-0225-0000 Juan Manuel Rodríguez Leal 1,00010501-0226-0000 Carlos Rodríguez Montoya 1,00010501-0227-0000 José Domingo Alonso Arellano 2,50010501-0228-0000 Edgar Orlando Ruiz Bautista 60010501-0229-0000 Rubina Chapa Gutiérrez (2,400)10501-0230-0000 Maria Ultima García Chapa 1,40010501-0231-0000 Felipe De Jesús Barajas Ramírez 1,00010501-0232-0000 Omar Castillo Colunga 2,00010501-0233-0000 Esperanza Bernal Rivera (3,800)10501-0234-0000 Prestamos Trabajadores (29,311)10501-0235-0000 Genaro Rodríguez Campos 650

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No. de cuenta contable Nombre del empleado Saldo al 31-XII-2016

Total $ 46,143

Es de mencionarse que la documentación antes descrita, entre otros asuntos, fue solicitada al Titular mediante requerimiento ASENL-AEM-MU14-J3-329-R01/2017 recibido el 4 septiembre de 2017 y al respecto en su contestación según oficio número MDGNL/125/2017 recibido el 13 de septiembre del mismo año, referente a este punto señalan que están revisando los saldos y de los que no estén en posibilidad de cobrarse se solicitará al Cabildo su cancelación, sin anexar evidencia documental de lo dicho.

Económica - Monto no solventado $91,000

Respuesta"Referente a este punto se observa que el personal que labora en presidencia líquido estos préstamos, pero por negligencia y abuso de confianza el ex tesorero Genaro Rodríguez Campos, no realizo los depósitos correspondientes, no habiendo evidencia y dinero en efectivo.

a) Así mismo se hace mención que se hará una depuración de las cuentas por cobrar de administraciones pasada."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto económico por $91,000, debido a que no anexan evidencia documental de las acciones a seguir en cuanto a las anomalías detectadas según lo manifestado para así proceder a la recuperación de los importes observados y en relación a que no se cuenta con políticas y procedimientos para el otorgamiento y control de los préstamos a empleado no hacen comentarios al respecto; en cuanto al inciso a) no solventa la observación ya que no adjuntaron evidencia documental de lo declarado.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Pliego Presuntivos de Responsabilidades.

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

CUENTAS POR PAGAR

31. Durante el proceso de la auditoría se revisaron las Cuentas por Pagar, observando unsaldo al 31 de diciembre de 2016 por $5,722,692 no localizando durante el ejercicio

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 73/111

procedimientos realizados para disminuir los adeudos contraídos, ni propuesta del C. Tesorero Municipal al Ayuntamiento para ejercer las medidas necesarias y convenientes para depurar o cancelar dichos saldos, de conformidad con lo establecido en el artículo 100, fracción X de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León, los cuales se detallan a continuación:

No. de cuenta contable Nombre de la cuenta contable Saldo al 31-XII-2016

20101 0001 0000 ISR Retenido al Personal $ 5,411,68420101 0002 0000 10% I.S.R. Retenido, Honorarios y Arren 11,72220101 0003 0000 Retenciones del 0.2% Sobre Obras 12,91620102 0001 0000 Deducciones Enciclopedias 60020103 0001 0000 Impulsora Promobien, S.A. de C.V. (1,455,145)20103 0002 0000 Andrea Salinas Rodriguez 9,51720103 0004 0000 San Juana Flores Hernandez 50220103 0005 0000 Juan Ángel Villarreal Gonzalez 1,92220103 0006 0000 Jesus Leonel Alemán Silva 27,87120103 0007 0000 Elsa Páez Páez 13,91820103 0008 0000 Jose Rolando Caballero Gutiérrez 15,49020103 0009 0000 Maria Aurora Larraga Alonso 2,14920103 0010 0000 Julia Adriana Sifuentes Netro 31,27120103 0011 0000 Nydia Deyanira Garza Herrera 7,32620103 0012 0000 Teresa De Jesus Montemayor Martin 28,15920103 0013 0000 Victoriana Martinez Alanís 54,06520103 0014 0000 Jose Ignacio Larraga Martinez 32,76520103 0015 0000 Eva Esparza Reséndiz 35,48720103 0017 0000 Perla Leticia Flores Garza 9,47820103 0018 0000 Carmen Carolina Molleda Moreno 33,99120103 0019 0000 Jose Domingo Alonso Arellano 42,60620103 0020 0000 Rubina Chapa Gutiérrez 44,65120103 0021 0000 Maria Magdalena Pompa Gonzalez 3,52820103 0022 0000 Jesus Leal Rivera 1,17620103 0023 0000 Horacio Ochoa Aranda 4,10220103 0024 0000 Jesus Rigoberto Chapa Martinez 20,18120103 0025 0000 Maria Julia Vázquez Pineda 20020103 0026 0000 Luis Antonio Alemán Miranda 75020103 0027 0000 Eloy Gpe. Gzz. Rdz. 10020103 0028 0000 Jose Santiago Ortegón Páez 40,65420103 0029 0000 Gilberto Saldívar Martinez 14,99020103 0030 0000 Blanca Esthela Martinez Gutiérrez 14,593

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 74/111

No. de cuenta contable Nombre de la cuenta contable Saldo al 31-XII-2016

20103 0031 0000 Rolando Castillo Arriaga 9,35720103 0032 0000 Ángel Emanuel Chapa García 27,01820103 0033 0000 Oscar Nicolás Ramírez Hernandez 51,98320103 0034 0000 Candelario Segovia Lopez 33620103 0035 0000 Miguel Ángel Ramírez Hernández 75,92220103 0036 0000 Ignacio Torres García 1,19020103 0037 0000 Hector Hernandez Siller 14,78020103 0038 0000 Ramona Cuellar Caballero 58,96620103 0039 0000 Juliana Denisse Estrada Riojas 7,02120103 0040 0000 Jose Andrés Delgado Castro 64320103 0041 0000 Mirtahala Garza Alanís 21,57720103 0042 0000 Ricardo Morado Lara 19,80720103 0043 0000 Elva Lely Rodriguez Garza 3,73820103 0044 0000 Jose Alberto Escamilla Rubio 19,89820103 0045 0000 Homero Gonzalez Salinas 9,55920103 0046 0000 Edna Selenia Alemán Silva 1,61820103 0047 0000 Juan Antonio Rodriguez Cuellar 22,55020103 0048 0000 Vicente Marín Rodriguez 26,87420103 0049 0000 Juan Ángel Larraga Martinez 1,37620103 0050 0000 Josefina Salas Herrera 26,61220103 0051 0000 Reynaldo Castillo Heredia 8,12620103 0052 0000 Benjamín Gutiérrez Rodriguez 5,21520103 0054 0000 Sylvia Salinas Rodriguez 10,09320103 0055 0000 Rolando Bravo Aguilar 5,19920103 0056 0000 Maria Antonia Peña Rodriguez 1,18020103 0057 0000 Dora Alicia Gutiérrez Martin 3,78720103 0058 0000 Marco Antonio Álvarez García 8,46020103 0059 0000 Juana Caballero Gutiérrez 15,72020103 0062 0000 Jorge Humberto Ortegón Páez 1,77120103 0063 0000 Joel Garza Mejía 12,10720103 0065 0000 Benita Gutiérrez Melendez 6,22020103 0066 0000 Gilberto Garza Elizondo 9,52920103 0070 0000 Jesus Marcos Flores Cuellar 4,51820103 0071 0000 Jose Juan Gonzalez Salinas 2,66320103 0072 0000 Rubina Chapa Gutiérrez 19,36620103 0073 0000 Homero Gonzalez Salinas 7,01520103 0074 0000 Gilberto Garza Elizondo 15,97920103 0075 0000 Carlos Emmanuel Gonzalez Flores 18,51920103 0076 0000 Teresita De Jesus Melendez Tamez 22,72220103 0077 0000 Karla Dennisse Martinez Melendez 33,240

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No. de cuenta contable Nombre de la cuenta contable Saldo al 31-XII-2016

20103 0078 0000 Maria Del Rosario Villarreal Montemayor 25,42220103 0079 0000 Juan Ríos Lopez 20,25720103 0080 0000 Esperanza Galván Rivera 22,20120103 0081 0000 Olga Guadalupe Gracia De Leon 19,11120103 0082 0000 Susana Carolina Rubalcava Chapa 4,66920103 0083 0000 Zoraida Cuellar Varela 21,52120103 0084 0000 Edelmiro Salinas Gonzalez 11,00820103 0085 0000 Rene Rodriguez Melendez 1,72420103 0086 0000 Jose Ángel Gracia De Leon 11,34620103 0087 0000 Maria Reyna Lopez Rodriguez 5,54520103 0088 0000 Alicia Pizano Lopez 12,34420103 0089 0000 Miguel Ángel Ramírez Hernandez 3,65120103 0090 0000 Manuel Martinez Robles 5,44720103 0091 0000 Jose Juan Gonzalez Salinas 34720103 0092 0000 Josefina Salas Herrera 3,29320103 0093 0000 Susana Carolina Rubalcava Chapa 60920103 0094 0000 Martina Gutiérrez Ortiz 12,37120103 0095 0000 Carlos Rodriguez Montoya 21,76320103 0096 0000 Adelfina Lopez Riojas 20,32420103 0097 0000 Jose Rogelio Rodriguez Hernandez 2,19120103 0098 0000 Pablo Pérez Martinez 12,77820103 0099 0000 Zaira Lisbeth Lopez Escamilla 14,82520103 0100 0000 Cornelia Lopez Rivera 16,30320103 0101 0000 Martha Patricia Moyeda Bernal 5,24620103 0102 0000 Irma Teresa Rodriguez Melendez 10,53220103 0103 0000 Maria Reyna Lopez Rodriguez 5,31520103 0104 0000 Viridiana Garza Gutiérrez 11,63120103 0105 0000 Liliana Garza Rodriguez 11,76720103 0106 0000 Sandra Leticia Páez Gracia 4,17020103 0107 0000 Maria De La Luz Flores Flores 7,80520103 0108 0000 Karla Denisse Campos Hernandez 2,37920103 0109 0000 Agustín Gutiérrez Sánchez 5,87920103 0110 0000 Raúl Gonzalez Lopez 5,91820103 0111 0000 Edgar Orlando Ruiz Bautista 3,18420103 0112 0000 Elizabeth Cuellar Chavez 1,40020103 0113 0000 Jorge Guadalupe Peña Esparza 4,18220103 0200 0000 Libertad Servicios Financieros 19,19920103 0300 0001 Benjamín Gutiérrez Rodriguez (2,507)20103 0300 0002 Rubina Chapa Gutiérrez (390)20103 0300 0004 Sandra Monserrat Medina Hernandez 24

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No. de cuenta contable Nombre de la cuenta contable Saldo al 31-XII-2016

20103 0300 0011 Linda Aidee Marín Elizondo [Tomas Martinez Rdz.] (1,399)20103 0300 0015 Bernardo Molleda Mendoza (698)20103 0300 0016 Jesus Romo Reyna 1,05320103 0300 0017 Dora Alicia Gutiérrez Martin 20420103 0300 0018 Gabriela Guadalupe Oliva Luna (8,768)20103 0300 0023 Guillermo Soriano Torres 15020103 0300 0024 Jesus Raúl Martinez Robledo 3,21620103 0300 0027 Jesus Raúl Martinez Robledo (3,752)20103 0300 0034 Cinthia Andrea Ovalle Reyes (3,132)20103 0300 0035 Jesus Rigoberto Chapa Martinez (255)20103 0300 0036 Maria Del Carmen Garza Alanís (172)20103 0300 0037 Jose Manuel Fuantos Martinez (3,955)20103 0300 0038 Maria Domitila Flores Cedillo (1,542)20104 0003 0000 Jesus A. Cuellar Barrientos 150,00020104 0004 0000 Luis Carlos Gonzalez Rodriguez (12,000)20104 0007 0000 Leopoldo Javier Villarreal Rodriguez 150,00020104 0010 0000 Genaro Rodriguez Campos 1,25320105 0001 0000 Metlife México, S.A. (76,038)20105 0002 0000 Marco Antonio Álvarez García 16820105 0003 0000 Edna Celenia Alemán Silva 27820105 0004 0000 Enrique Chavez Gutiérrez 1,62520105 0005 0000 Maria Elena Chavez Gutiérrez 91520105 0006 0000 Maria Guadalupe Cuellar Barrientos 30720105 0007 0000 Jose Alberto Escamilla Rubio 1,40620105 0008 0000 Perla Leticia Flores Garza 48420105 0009 0000 Jesus Flores Lopez 68820105 0010 0000 Mirthala Garza Alanís 61420105 0011 0000 Carlos Emmanuel Gonzalez Flores 85220105 0012 0000 Benita Gutiérrez Melendez 86620105 0013 0000 Dora Alicia Gutiérrez Martin 9120105 0014 0000 Martina Gutiérrez Ortiz 1,63920105 0015 0000 Victoriana Martinez Alanís 27420105 0016 0000 Román Martinez Caballero 1,48620105 0017 0000 Blanca Esthela Martinez Gutiérrez 71120105 0018 0000 Denise Guadalupe Martinez Gutiérrez 67120105 0019 0000 Vicente Marín Rodriguez 35920105 0020 0000 Carmen Carolina Molleda Moreno 55420105 0021 0000 Jose Santiago Ortegón Páez 62920105 0022 0000 Maria Antonia Peña Rodriguez 26620105 0023 0000 Miguel Ángel Ramírez Hernandez 1,069

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No. de cuenta contable Nombre de la cuenta contable Saldo al 31-XII-2016

20105 0024 0000 Elva Lely Rodriguez Garza 1,13620105 0025 0000 Josefina Salas Herrera 94520105 0026 0000 Sylvia Salinas Rodriguez 83820105 0027 0000 Julia Adriana Sifuentes Netro 64020105 0028 0000 Jesus Rigoberto Chapa Martinez 57720105 0029 0000 Jesus Leonel Alemán Silva 74620105 0030 0000 Jose Rolando Caballero Gutiérrez 1,04920105 0031 0000 Jose Luis Pizano Zavala 83820105 0032 0000 Rubina Chapa Gutiérrez 38020105 0033 0000 Pedro Rodriguez Barrientos 10820105 0034 0000 Teresa De Jesus Montemayor Martin 43520105 0035 0000 Sanjuanita Castañeda Hernandez 19520105 0036 0000 Juan Ignacio Reyes Cazares 63720105 0037 0000 Rodolfo Reyes Cazares 46420105 0038 0000 Jose Domingo Alonso Arellano 13420105 0039 0000 Jose Ignacio Larraga Martinez 88320105 0040 0000 Rocio Haydee Treviño Rocha 17,99920105 0041 0000 Teresita De Jesus Melendez Tamez 4,60020105 0042 0000 Zaira Lisbeth Lopez Escamilla 2,66920105 0043 0000 Karla Denisse Martinez Melendez 2,34320105 0044 0000 Zoraida Cuellar Varela 2,18620105 0045 0000 Mayra Alejandra Moyeda Bernal 10820105 0046 0000 Gerardo Peña Garza 3,21420105 0047 0000 Filomeno Martinez Martinez 13,57720105 0048 0000 Maria Isabel Visuet Vázquez 36720105 0049 0000 Elizabeth Cuellar Chavez 39120105 0050 0000 Usvaldo Lopez Rodriguez 3,58320105 0051 0000 Viridiana Garza Gutiérrez 89520105 0052 0000 Karla Denisse Martinez Melendez 381Total $ 5,722,692

Es de mencionarse que la documentación antes descrita, entre otros asuntos, fue solicitada al Titular mediante requerimiento ASENL-AEM-MU14-J3-329-R01/2017 recibido el 4septiembre de 2017 y al respecto en su contestación según oficio número MDGNL/125/2017 recibido el 13 de septiembre del mismo año, referente a este punto señalan que se solicitará al Cabildo su cancelación, sin anexar evidencia documental de lo dicho.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 78/111

Respuesta"Con autorización del H. Ayuntamiento se hará una depuración"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que los argumentos presentados no desvirtúan el incumplimiento de los fundamentos señalados en la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

NORMATIVIDAD

CÓDIGO DE ÉTICA, CÓDIGO DE CONDUCTA Y LOS LINEAMIENTOS DE INTEGRIDAD

32. Se observó que el Municipio no cuenta con los Códigos de Ética y el de Conducta, nicon los Lineamientos de Integridad, que rijan la actuación del personal en el desempeño de las funciones de su empleo, cargo o comisión, con la finalidad de establecer acciones permanentes para delimitar las conductas que en situaciones específicas deberán observarse en su proceder, y así asegurar el cabal cumplimiento de los principios y obligaciones que la ley impone al respecto, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 141, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Púbicos del Estado y Municipios de Nuevo León.

Normativa

Respuesta"Referente a este punto de normatividad en el 2016 no se contaba con códigos de conducta, ética e integridad, tratando que en el año en curso se apliquen dichos códigos."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que los argumentos manifestados no desvirtúan el incumplimiento a los fundamentos señalados en la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

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GENERAL

33. En el proceso de la auditoría, no se localizaron los manuales o lineamientos autorizadospor los funcionarios responsables de la administración pública municipal, a fin de que los recursos humanos y patrimoniales se apliquen con eficiencia y eficacia, entre los cuales se encuentran el de Fondos fijos, Deudores diversos, Gastos por comprobar, Gastos de viaje, Préstamos, entre otros, incumpliendo con lo establecido en los artículos 104 fracción IV en correlación con el 103 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

NormativaRespuesta"Referente a este punto en el 2016 no se contaba con los manuales o lineamentos autorizados por los funcionarios responsables de la administración pública, se hace mención que se tomara en cuenta para que se apliquen los manuales y lineamentos."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que los argumentos manifestados no desvirtúan el incumplimiento a los fundamentos señalados en la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

REGLAMENTOS MUNICIPALES

4

689

34. Durante el proceso de la auditoría se revisaron los Reglamentos Municipales, observandoque estos no se encuentran actualizados, incumpliendo con lo establecido en el artículo 228 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León, los cuales se enuncian a continuación:

Nombre del Reglamento Fecha depúblicación

Reglamento de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Municipio de Doctor González, 31/10/199 N.L.Reglamento de Cementerios 31/05/199Reglamento de Policía y Buen Gobierno. 10/07/199Reglamento de Tránsito y Vialidad 05/02/199

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 80/111

9

444

INFORMES DE AVANCE DE GESTIÓN FINANCIERA

35. En el proceso de revisión se observó que los Informes de Avances de Gestión Financieracorrespondientes al ejercicio 2016 del Ente Público, fueron remitidos por el H. Congreso del Estado en documento por escrito a este Órgano Fiscalizador, no localizando evidencia de que los mismos se hayan presentado también en forma digitalizada al citado Órgano Legislativo; incumpliendo con lo estipulado en el artículo 7 tercer párrafo de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

Normativa

RespuestaNo manifestaron comentario al respecto.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventa la observación de aspecto normativo, debido a que el Titular del Ente Público no contestó nada al respecto de lo observado.

Nombre del Reglamento Fecha depúblicación

Reglamento de Adquisiciones y Prestación de Servicios para el Municipio de Doctor González, 08/11/199 N.L.Reglamento de Bebidas Alcohólicas 13/02/200Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento 31/03/200

Reglamento del Instituto Municipal de las Mujeres Doctor González, Nuevo León 12/09/201

Normativa

Respuesta"En este punto se hace mención que todos los reglamentos se actualizaran aprobándose en una juna de cabildo ya que en el 2016 se entregaron mas no estaban actualizados"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que los argumentos manifestados no desvirtúan el incumplimiento a los fundamentos señalados en la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 81/111

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

36. Durante el proceso de la auditoría, no se localizaron las publicaciones trimestrales delEstado de Origen y Aplicación de Recursos del Municipio, en el Periódico Oficial del Estado o en la Gaceta Municipal, incumpliendo con lo establecido en los artículos 33, fracción III, inciso j), 64 y 66 fracciones III y V de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

Normativa

RespuestaNo manifestaron comentario al respecto.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventa la observación de aspecto normativo, debido a que el Titular del Ente Público no contestó nada al respecto de lo observado.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

PRESUPUESTO DE EGRESOS

37. Se observó que la modificación realizada al Presupuesto de Egresos del ejercicio 2016aprobada en la Acta No. 21 de la sesión extraordinaria de Cabildo del 21 de diciembre de 2016, no se publicó en el Periódico Oficial del Estado incumpliendo con lo establecido en el artículo 181, párrafo segundo de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

NormativaRespuesta"Referente a este punto se realizó una investigación con el secretario de ayuntamiento quien manifiesta que no se publicó en el periódico oficial"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que afirman que no se publicó en el Periódico Oficial del Estado la modificación realizada al Presupuesto de Egresos del ejercicio 2016.

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Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

38. Se observó que los sueldos aprobados y pagados al personal, así como las prestaciones,no están respaldadas con el tabulador de remuneraciones en el que se especifiquen y diferencien la totalidad de sus elementos fijos y variables tanto en efectivo como en especie, documento que se debió adjuntar al presupuesto de egresos autorizado para el año 2016 publicado en el Periódico Oficial del Estado el 28 de diciembre de 2015, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 115 fracción IV, penúltimo párrafo y 127 párrafos primero y segundo, fracciones I y V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 179 segundo párrafo de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

NormativaRespuesta"referente a este punto donde se hace mención que las prestaciones al personal no están respaldadas con el tabulador, así mismo se hace mención que a partir de esta observación se realizaran todos los detalles que abarque a lo referente al personal."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de aspecto normativo, debido a que afirman que las prestaciones al personal no están respaldadas con el tabulador de remuneraciones por lo cual no se desvirtúa el incumplimiento de los fundamentos señalados en la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

OBRA PÚBLICA

Las observaciones detectadas durante la revisión en materia de Obra Pública, fueroncomunicadas mediante el oficio ASENL-OPR-AEM-MU14-AOP088/2017-TE, al titular del Ente Público, otorgándole de conformidad con el párrafo primero del artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, un plazo de treinta días naturales contados a partir del día de su notificación, a fin de que presentara las justificaciones y aclaraciones de su intención, recibiéndose las mismas dentro del plazo otorgado.

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De un importe registrado para obras o servicios por contrato y en su caso, obras por administracióndirecta, por valor de $12,623,203, se seleccionaron $12,083,202, que representan un 96%, revisando la gestión financiera de los recursos públicos asignados a proyectos de obra pública, a fin de verificar si se planearon, programaron, adjudicaron, contrataron, ejecutaron y pagaron conforme con la legislación aplicable a saber: Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León (en adelante LOPEMNL), de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (en adelante LOPSRM) y del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (en adelante RLOPSRM); que se emplearon correctamente los precios unitarios autorizados; que los conceptos pagados se hayan ejecutado; y que su puesta en operación y posterior funcionamiento se efectuó acorde con lo contratado o especificado.

De la citada revisión se detectaron observaciones en las obras, mismas que referenciadas con ladenominación del contrato, la descripción y su importe expresado en pesos que se registró durante el ejercicio, se detallan a continuación:

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2016

1 MDG-02-R33-2016 Introducción de red de drenaje sanitario en las calles $ 898,426 Galicia, Buenos Aires y Santiago, en la colonia BuenosAires 2o. Sector.

2 MDG-DOF-R28-5491/2 Construcción de Estación de Policía y Tránsito. $ 4,688,586 015

3 MDG-DOF-R28-5647/2 Construcción de barda perimetral para el Jardín de $ 2,423,954015 Niños "Mariano Anzuela".

4 MDG-DOF-R28-5578/2 Construcción de barda perimetral, en la Secundaria $ 2,011,516015 Longinos Gutiérrez.

5 MDG-PDM- Alumbrado público en diversas localidades del $ 2,060,720 FDM-01/201 6 municipio.

Las observaciones aludidas se mencionan a continuación:

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OBRA PÚBLICA

FONDO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL

Obras

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2016

1 MDG-02-R33-2016 Introducción de red de drenaje sanitario en las calles $ 898,426 Galicia, Buenos Aires y Santiago, en la coloniaBuenos Aires 2o. Sector.

Nota: Esta obra registró inversión de acuerdo con lo siguiente:

Ejercicio Importe2016 $ 898,426.00Por pagar 208,391.00Total: $ 1,106,817.00

39. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que permita verificarque la obra fue incluida en el presupuesto anual del ejercicio 2016, acorde con lo dispuesto en el artículo 18, fracción IV, en relación con los artículos 19 y 22, de la LOPEMNL. (Obs. 1.1)

NormativaRespuesta"Se envía la información: MDG-02-R33-2016 Introducción de red de drenaje sanitario en las calles Galicia, Buenos Aires y Santiago en la colonia Buenos Aires 2 Sector".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de fichas técnicas del Ramo 33, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta el presupuesto del ejercicio y su desglose, que compruebe que la obra se haya incluido en el mismo.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

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Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, incluir en el presupuesto del ejercicio de que se trate, las obras en proceso, las inconclusas, las complementarias, las prioritarias y las que se van a iniciar y ejecutar durante el respectivo ejercicio, a efecto de que en este se recoja el monto de los recursos económicos que se requiera para la ejecución de cada una de las obras que se continuarán o iniciarán en el ejercicio de que se trate; sin limitarse a establecer de manera global un monto para ejercer en obra pública, debiendo especificar para cada una de las obras el monto de inversión correspondiente.

40. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que permita verificarque el Ente Público contaba con saldo disponible dentro de su presupuesto autorizado y aprobado previo a la realización de la obra, obligación establecida en el artículo 26, párrafo primero, de la LOPEMNL. (Obs. 1.4)

Normativa

Respuesta"Se envía la información: MDG-02-R33-2016 Introducción de red de drenaje sanitario en las calles Galicia, Buenos Aires y Santiago en la colonia Buenos Aires 2 Sector".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la que acredite el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

41. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la bitácora de obra, obligación establecidaen el artículo 67, fracción I, de la LOPEMNL. (Obs. 1.6)

NormativaRespuesta"Se envía la información: MDG-02-R33-2016 Introducción de red de drenaje sanitario en las calles Galicia, Buenos Aires y Santiago en la colonia Buenos Aires 2 Sector".

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 86/111

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de la bitácora de obra, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto a razón de que la bitácora que se adjunta, no cuenta con firmas del residente de supervisión por parte del municipio ni del contratista.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

42. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación (carátula de estimación,números generadores, croquis de ubicación, informes fotográficos u otros elementos que haya tenido en cuenta el Ente Público) que acredite la procedencia del pago de las estimaciones que se mencionan en la tabla, por un importe total de $585,040, y que evidencie la ejecución de los conceptos en ella incluidos, obligación establecida en el artículo 70, párrafos primero y segundo, de la LOPEMNL. (Obs. 1.8)

Estimación No. de No. de No. de Fecha Importe factura Cheque Póliza

1 Normal 395 98 5 2016070076 01-jul-16 $ 162,500.002 Normal 396 98 6 2016070077 01-ju-16 163,850.003 Normal 402 98 7 2016070078 14-jul-16 158,350.006 Normal 424 98 10 2016120035 30-dic-16 100,340.00

Total: $ 585,040.00

Nota: Importes expresados en pesos y centavos.

NormativaRespuesta"Se envía la información: MDG-02-R33-2016 Introducción de red de drenaje sanitario en las calles Galicia, Buenos Aires y Santiago en la colonia Buenos Aires 2 Sector".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de facturas de las estimaciones 1, 2, 3 normal y 1 aditiva; de la carátula del finiquito de la obra; de plano de la obra en secciones; y de fotografías de pozos de visita, no

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 87/111

acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto a razón de que no se adjuntaa su respuesta la carátula de la estimación, números generadores, croquis de ubicación, informes fotográficos u otros elementos que haya tenido en cuenta el Ente Público, que compruebe la procedencia del pago de los conceptos incluidos en las estimaciones 1, 2, 3 y 6 normal.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, crear mecanismos de control que aseguren que las estimaciones cuenten con toda la documentación que acredite la procedencia del pago de los conceptos en ellas incluidos, la cual deberá ser aprobada y autorizada por la supervisión de obra, para que posteriormente se proceda al trámite del pago correspondiente; verificando previamente a la autorización, que los conceptos estimados se hayan ejecutado conforme a las cantidades y especificaciones contratadas.

43. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los números generadores ycroquis de ubicación de los conceptos pagados mediante las estimaciones 4 y 5 normal, por un importe total de $313,384, obligación establecida en el artículo 70, párrafos primero y segundo, de la LOPEMNL. (Obs. 1.9)

Normativa

Respuesta"Se envía la información: MDG-02-R33-2016 Introducción de red de drenaje sanitario en las calles Galicia, Buenos Aires y Santiago en la colonia Buenos Aires 2 Sector".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de factura y carátula de las estimaciones 4 y 5 normal; de plano de la obra en secciones; y de fotografías de pozos de visita, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto a razón de que no se adjuntan los números generadores y croquis de ubicación, de los conceptos incluidos en las estimaciones 4 y 5 normal.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 88/111

En lo sucesivo, crear mecanismos de control que aseguren que las estimaciones cuentencon toda la documentación que acredite la procedencia del pago de los conceptos en ellas incluidos, la cual deberá ser aprobada y autorizada por la supervisión de obra, para que posteriormente se proceda al trámite del pago correspondiente; verificando previamente a la autorización, que los conceptos estimados se hayan ejecutado conforme a las cantidades y especificaciones contratadas.

44. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la garantía equivalente al diez por cientodel monto total ejercido de $1,106,817 a fin de asegurar que se responda por los defectos, vicios ocultos y cualquier otra obligación en los términos de la Ley, obligación establecida en el artículo 79, párrafo primero, de la LOPEMNL. (Obs. 1.10)

NormativaRespuesta"Se envía la información: MDG-02-R33-2016 Introducción de red de drenaje sanitario en las calles Galicia, Buenos Aires y Santiago en la colonia Buenos Aires 2 Sector".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que se adjunta a su respuesta, consistente en un oficio sin número, de fecha 16 de octubre de 2017, por medio del cual el Director de Obras Públicas, solicita al contratista que ejecutó la obra, una copia certificada de la fianza de 10% que garantiza los trabajos, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta a su respuesta la garantía equivalente al diez por ciento del monto total ejercido de $1,106,817 a fin de asegurar que se responda por los defectos, vicios ocultos y cualquier otra obligación en los términos de la Ley.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, exigir al contratista la presentación de la fianza que garantice que se responda por los defectos, vicios ocultos y cualquier otra obligación en los términos de la Ley, equivalente al diez por ciento del importe total ejercido, con el fin de evitar situaciones de riesgo para el Ente Público.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 89/111

OTROS

Programa de Gobierno del Estado

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2016

2 MDG-DOF- R28-5491/2 015 Construcción de Estación de Policía y Tránsito. $ 4,688,586

45. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, el acta administrativa que da porextinguidos los derechos y obligaciones entre el Ente Público y contratista, obligación establecida en el artículo 64, último párrafo, de la LOPSRM, en relación con los artículos 170, último párrafo y 172 del RLOPSRM. (Obs. 2.5)

Normativa

Respuesta"Se envía la información: MDG-DOF-R28-5491/2015 Construcción de Policía y Transito".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de un acta de entrega-recepción, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta a su respuesta el acta administrativa que da por extinguidos los derechos y obligaciones entre el Ente Público y contratista.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2016

3 MDG-DOF- R28-5647/2 015 Construcción de barda perimetral para el Jardín de

Niños "Mariano Anzuela".$ 2,423,954

46. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, el proyecto arquitectónico y/o deingeniería, obligación establecida en el artículo 21, fracción X, de la LOPSRM. (Obs. 3.1)

Normativa

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 90/111

Respuesta"Se envía la información: MDG-DOF-R28-5647-2015 Construcción de barda perimetral para el Jardín de Niños Mariano Azuela".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta, consistente en copia fotostática certificada de Nota técnica del Fondo de Proyectos de Desarrollo Regional 2015, con información general del proyecto, marco de referencia del proyecto, justificación del proyecto, calendario de ejecución y de factibilidad del proyecto; de Cédula de información básica por proyecto; de plano de localización; y de planta del conjunto, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no adjuntan a su respuesta el proyecto arquitectónico y/ o de ingeniería.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

47. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la invitación realizada a cada uno delos tres contratistas que participaron en el proceso de adjudicación de la obra, obligación establecida en el artículo 27, fracción II, de la LOPSRM. (Obs. 3.3)

NormativaRespuesta"Se envía la información: MDG-DOF-R28-5647-2015 Construcción de barda perimetral para el Jardín de Niños Mariano Azuela".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta, consistente en copia fotostática certificada de invitaciones para dos personas, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta la documentación que compruebe la invitación realizada a una tercera persona a participar en el proceso de adjudicación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 91/111

48. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, el acta administrativa que da porextinguidos los derechos y obligaciones entre el Ente Público y contratista, obligación establecida en el artículo 64, último párrafo, de la LOPSRM, en relación con los artículos 170, último párrafo y 172 del RLOPSRM. (Obs. 3.7)

Normativa

Respuesta"Se envía la información: MDG-DOF-R28-5647-2015 Construcción de barda perimetral para el Jardín de Niños Mariano Azuela".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de un acta de entrega-recepción, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta a su respuesta el acta administrativa que da por extinguidos los derechos y obligaciones entre el Ente Público y contratista.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

49. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la bitácora de obra elaborada por mediosremotos de comunicación electrónica, obligación establecida en el artículo 122, párrafo primero, en relación con el artículo 125, del RLOPSRM. (Obs. 3.19)

NormativaRespuesta"Se envía la información: MDG-DOF-R28-5647-2015 Construcción de barda perimetral para el Jardín de Niños Mariano Azuela".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta, consistente en copia fotostática certificada de bitácora de obra convencional, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta a su respuesta la bitácora de obra elaborada por medios remotos de comunicación electrónica.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 92/111

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2016

4 MDG-DOF- R28-5578/2 015 Construcción de barda perimetral, en la Secundaria

Longinos Gutiérrez.$ 2,011,516

50. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, el proyecto arquitectónico y/o deingeniería, obligación establecida en el artículo 21, fracción X, de la LOPSRM. (Obs. 4.1)

NormativaRespuesta"Se envía la información: MDG-DOF-R28-5578/2015 Construcción de barda perimetral en la Secundaria Longinos Gutiérrez".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta, consistente en copia fotostática certificada de Nota técnica del Fondo de Proyectos de Desarrollo Regional 2015, con información general del proyecto, marco de referencia del proyecto, justificación del proyecto, calendario de ejecución y de factibilidad del proyecto; de Cédula de información básica por proyecto; de presupuesto base para la obra; de plano de localización; de planta del conjunto; de programa de ejecución de los trabajos; y de propuesta de asignación de recursos para el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2015, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no adjuntan a su respuesta el proyecto arquitectónico y/ o de ingeniería.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

51. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, el acta administrativa que da porextinguidos los derechos y obligaciones entre el Ente Público y contratista, obligación establecida en el artículo 64, último párrafo, de la LOPSRM, en relación con los artículos 170, último párrafo, y 172 del RLOPSRM. (Obs. 4.6)

Normativa

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 93/111

Respuesta"Se envía la información: MDG-DOF-R28-5578/2015 Construcción de barda perimetral en la Secundaria Longinos Gutiérrez".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de un acta de entrega-recepción, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta a su respuesta el acta administrativa que da por extinguidos los derechos y obligaciones entre el Ente Público y contratista.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

52. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la bitácora de obra elaborada por mediosremotos de comunicación electrónica, obligación establecida en el artículo 122, párrafo primero, en relación con el artículo 125, del RLOPSRM. (Obs. 4.18)

NormativaRespuesta"Se envía la información: MDG-DOF-R28-5578/2015 Construcción de barda perimetral en la Secundaria Longinos Gutiérrez".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta, consistente en copia fotostática certificada de bitácora de obra convencional, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta a su respuesta la bitácora de obra elaborada por medios remotos de comunicación electrónica.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 94/111

Fondo de Desarrollo Municipal

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2016

5 MDG-PDM- Alumbrado público en diversas localidades del $ 2,060,720 FDM-01/201 6 municipio.

53. Personal adscrito a esta Auditoría realizó inspección a la obra, detectando que no se ejecutóel concepto "1.-Suministro de luminarias de aditivos metálicos", del cual se generaron y pagaron 22 piezas en la estimación 1 extra, que multiplicadas por su precio unitario de$1,685.70, más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), resulta un pago en exceso de$43,019. (Obs. 5.3)

Económica - Monto no solventado $43,019Respuesta"Se envía la información: MDG-PDM-FDM-01/2016 Alumbrado público en diversas localidades del municipio".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada de carácter económico, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotográficas certificadas de nota aclaratoria en la que se menciona: "Este concepto no se genero y por tal motivo no se registra cobro, esto debido a que no se instalaron los luminarios de aditivos metálicos, porque existe un proyecto de luminarias de alumbrado publico a base de energía led, avalada por la Secretaria de Energia y certificada por Conuee. Dicho proyecto será llevado a cabo a través del municipio en el siguiente ejercicio" y se enlistan los conceptos ejecutados en el proyecto de alumbrado del ejercicio 2016; de carátula de la estimación 1 extra en la que se incluyen los conceptos: EX1. Suministro e instalación de subestación eléctrica, con transformador trifásico de 45 Kva, 13200-220-127 VCA tipo poste, EX.2 Mantenimiento de boulevard de acceso al municipio desde la colonia Industrial al puente vehicular, EX.3 Suministro de concreto premezclado F´c=200 kg/cm² en camellón central y acceso a la colonia industrial, EX.4 Suministro de supresor de voltajes de 2 fases, con capacidad de voltaje 110 y 220 V, EX.5 Suministro de fotocelda automática con capacidad de voltaje 110 y 220 y EX.6 Suministro de cable THW No. 12, incluye 10 piezas de cinta aislante, por un importe total a facturar de $259,652.08; y de estimación 2 finiquito, no aclaran la observación ni comprueban el reintegro del importe observado, esto en razón de que durante la revisión del expediente, se localizó la estimación 1 extra, pagada mediante el cheque 100 5 y registro de póliza número 2016100046, de fecha 7 de octubre de 2016, por

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 95/111

un importe de $406,245.58 (incluye la estimación 3 normal por un importe de $146,593.48),la cual obra en los documentos de trabajo de esta Auditoría Superior, por un importe total a facturar de $259,652.08, pero incluyendo los conceptos Extra 2.- Suministro e instalación de subestación eléctrica, con transformador trifásico de 45 Kva, Mantenimiento de boulevard de acceso al municipio desde la colonia Industrial al puente vehicular, Extra 4.- Suministro de concreto premezclado F´c=kg/cm², en camellón central y acceso a la colonia industrial sobre boulevar principal y el concepto en estudio Extra 1.- Suministro de luminaria de aditivos metálicos 500 watts, por lo que no se puede tomar a cuenta la nueva estimación 1 extra que adjuntan a su respuesta; además, no adjuntan a su respuesta los números generadores, croquis de ubicación y soporte fotográfico o cualquier otro elemento que acredite la ejecución o suministro de los conceptos incluidos Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Pliego Presuntivos de Responsabilidades.

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control interno que eliminen el riesgo de realizar pagos en exceso.

DESARROLLO URBANO

De un total de ingresos por concepto de derechos en Desarrollo Urbano por un importe de $55,124se seleccionaron $50,988 que representan un 92%, revisando la gestión financiera de los ingresos registrados por concepto del otorgamiento de licencias urbanísticas, así como la revisión de los procesos de modificación sobre los planes, programas de desarrollo urbano y zonificación, a fin de verificar la observancia de la legislación aplicable a saber: Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León (en adelante LDUNL).

De la citada revisión se detectaron observaciones en las licencias urbanísticas, mismas que referenciadas con la denominación de la licencia, la descripción y el importe del ingreso expresado en pesos que se registró durante el ejercicio para las mismas, se detallan a continuación:

Las observaciones detectadas durante la revisión en materia de Desarrollo Urbano, fueroncomunicadas mediante el oficio ASENL-OPR-AEM-MU14-ADU089/2017-TE, al titular del Ente Público, otorgándole de conformidad con el párrafo primero del artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, un plazo de treinta días naturales contados a partir del día de su notificación, a fin de que presentara las justificaciones y aclaraciones de su intención, recibiéndose las mismas dentro del plazo otorgado.

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Ref. Expediente oNo. de Oficio

Tipo de Licencia Registradoen el 2016

1 Oficio No. 018/201 6 Autorización de la licencia de construcción para casa $ 15,609habitación, ubicada en la calle Galicia número 802,colonia Buenos Aires.

2 Oficio No. 032/201 6 Autorización de la subdivisión de un predio para quedar $ 8,760en 4-cuatro lotes resultantes, ubicados a 5 km delpoblado La Venadera.

3 Oficio No. 065/201 6 Autorización de la licencia de construcción para casa $ 6,608habitación, ubicada en la calle Cuauhtémoc número408, Zona Centro.

4 Oficio No. 027/201 6 Autorización de la subdivisión de un predio para quedar $ 4,380en 2-dos lotes resultantes, ubicados en la Copropiedadde Hualiches y Sartenejas.

5 S/E Revisión de Planes y Programas de Desarrollo Urbano 0y su Zonificación, así como de los ReglamentosMunicipales de Zonificación y Construcción.

Las observaciones aludidas se mencionan en cada licencia urbanística:

DESARROLLO URBANO

DERECHOS

Ref. Expediente o No. de Oficio

Tipo de Licencia Registradoen el 2016

1 Oficio No. 018/201 6 Autorización de la licencia de construcción paracasa habitación, ubicada en la calle Galicia número 802, colonia Buenos Aires.

$ 15,609

54. Se revisó la tramitación urbanística en referencia, observando en el reporte fotográfico quese adjunta al expediente, la existencia de la edificación objeto de estudio, misma que no se encuentra registrada según recibo de pago del impuesto predial con número A49305, correspondiente al año 2012 al 2016.

En ese contexto, se da vista a esa entidad para que ejerza las facultades de control e inspección que le reconoce el artículo 351 de la LDUNL, a efecto de verificar el cumplimiento en el caso concreto, de lo dispuesto en la Ley anteriormente invocada, reglamentos, planes, acuerdos y demás disposiciones aplicables en materia de desarrollo urbano y particularmente en los artículos 226, 227, 228, 281, de la LDUNL, y en su caso, aplique las medidas de seguridad o sanciones que correspondan de conformidad con los numerales 328, 331, 333, 341, 342, 343 y 344 de la Ley en primer término citado.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 97/111

Al respecto, se requiere a esa entidad para efecto de que informe a esta Auditoría, enel término definido del presente oficio, sobre los resultados obtenidos y las acciones a implementar en relación a la observación detectada.

Normativa

Respuesta"En respuesta a esta observación, cabe aclarar que es un error ya que se nombro licencia de construcción para casa habitación en lugar de regularización marcada en el plano que se anexa."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, confirman el incumplimiento normativo señalado. Es de mencionar, que si bien es cierto que el Ente Público manifiesta que se trata de una regularización, también es cierto que no informa sobre las acciones a implementar en relación al ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 351 de la LDUNL señalado en la presente observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

Ref. Expediente o No. de Oficio

Tipo de Licencia Registradoen el 2016

2 Oficio No. 032/201 6 Autorización de la subdivisión de un predio paraquedar en 4-cuatro lotes resultantes, ubicados a 5 km del poblado La Venadera.

$ 8,760

55. Se revisó la tramitación urbanística correspondiente a la subdivisión de un predio paraquedar en 4-cuatro lotes resultantes, observando que se contraviene con lo establecido en el artículo 221, fracción I de la LDUNL, esto en razón de que los lotes resultantes identificados como lote 1-B con superficie de 2,160.00 m² y lote 1-D con superficie de 3,000.00 m², no cuentan con frente a una vía pública, ya que el polígono denominado como Vialidad 1-A con superficie de 2,000.00 m² y polígono denominado como Vialidad 1-B con superficie de 2,021.010 m² que se registran en el plano del trámite que nos ocupa, no debieron ser consideradas como vías públicas, esto en razón de que no se presenta el trámite urbanístico que acredite la legalidad de las mismas, ni se encuentran contempladas en el plan y programa de desarrollo urbano, tal como se establece en el artículo 159, fracción II, de la citada Ley, además es de mencionar que para la apertura, prolongación y ampliación de carreteras, autopistas y libramientos, vías principales de acceso controlado,

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 98/111

vías arteriales y colectoras, no previstas en los respectivos planes y programas de desarrollourbano, será necesaria la formulación y aprobación de un programa parcial de desarrollo urbano que las contemple, así como de los derechos de vía, la obra en cuestión y los efectos y consecuencias que tenga en su zona de influencia, de conformidad con lo señalado en el artículo 163, de la multicitada Ley.

NormativaRespuesta"En respuesta a esta observación, no se cuenta con un plan urbanístico municipal por lo cual nos basamos en la Ley Territorial de los Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano y la Ley de Desarrollo Urbano del estado de Nuevo León."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, confirman la observación detectada; además, es de mencionar que el Ente Público no informa sobre las acciones a implementar en relación con el incumplimiento detectado a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 221, fracción I, de la LDUNL.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

Ref. Expediente o No. de Oficio

Tipo de Licencia Registradoen el 2016

3 Oficio No. 065/201 6 Autorización de la licencia de construcción paracasa habitación, ubicada en la calle Cuauhtémoc número 408, Zona Centro.

$ 6,608

56. No se localizaron, ni fueron exhibidas durante la auditoría, las memorias correspondientescon la responsiva otorgada por perito o peritos con carácter de director responsable de la obra o corresponsables, obligación establecida en el artículo 288, fracción II de la LDUNL.

Normativa

Respuesta"En respuesta a esta observacion, cabe aclarar que es un error ya que se nombro licencia de construcción para casa habitacion en lugar de regularizacion."

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 99/111

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta a su respuesta las memorias correspondientes con la responsiva otorgada por perito o peritos con carácter de director responsable de la obra o corresponsables. Cabe señalar, que el artículo 288, fracción II de la LDUNL, no exime de su cumplimiento a las licencias de construcción por tratarse de una regularización.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

57. Se revisó la tramitación urbanística en referencia, observando en el reporte fotográfico quese adjunta al expediente, la existencia de la edificación objeto de estudio, misma que no se encuentra registrada según recibo de pago del impuesto predial con número A50391, correspondiente al año 2014 al 2016.

En ese contexto, se da vista a esa entidad para que ejerza las facultades de control e inspección que le reconoce el artículo 351 de la LDUNL, a efecto de verificar el cumplimiento en el caso concreto, de lo dispuesto en la Ley anteriormente invocada, reglamentos, planes, acuerdos y demás disposiciones aplicables en materia de desarrollo urbano y particularmente en los artículos 226, 227, 228, 281, de la LDUNL, y en su caso, aplique las medidas de seguridad o sanciones que correspondan de conformidad con los numerales 328, 331, 333, 341, 342, 343 y 344 de la Ley en primer término citada.

Al respecto, se requiere a esa entidad para efecto de que informe a esta Auditoría, en el término definido del presente oficio, sobre los resultados obtenidos y las acciones a implementar en relación a la observación detectada.

Normativa

Respuesta"En respuesta a esta observacion, los solicitantes construccion para darla de alta en catastro."

pidieron la regularizacion de su

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, confirman el incumplimiento normativo señalado, además que no se adjuntan a su respuesta los documentos que comprueben que

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 100/111

dicha construcción se encuentra en proceso de su regularización y/o alta ante el Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

Ref. Expediente o No. de Oficio

Tipo de Licencia Registradoen el 2016

4 Oficio No. 027/201 6 Autorización de la subdivisión de un predio paraquedar en 2-dos lotes resultantes, ubicados en la Copropiedad de Hualiches y Sartenejas.

$ 4,380

58. Se revisó la tramitación urbanística correspondiente a la subdivisión de un predio para quedar en 2-dos lotes resultantes, observando que se contraviene con lo establecido en el artículo 221, fracción I de la LDUNL, esto en razón de que el lote resultante identificado como lote 3 con superficie de 42,671.274 m², no cuenta con frente a una vía pública, ya que el Camino Vecinal que se registra en el plano del trámite que nos ocupa, no debió ser considerado como vía pública, esto en razón de que no se presenta el trámite urbanístico que acredite la legalidad del mismo, ni se encuentra contemplado en el plan y programa de desarrollo urbano, tal como se establece en el artículo 159, fracción II, de la citada Ley, además es de mencionar que para la apertura, prolongación y ampliación de carreteras, autopistas y libramientos, vías principales de acceso controlado, vías arteriales y colectoras, no previstas en los respectivos planes y programas de desarrollo urbano, será necesaria la formulación y aprobación de un programa parcial de desarrollo urbano que las contemple, así como de los derechos de vía, la obra en cuestión y los efectos y consecuencias que tenga en su zona de influencia, de conformidad con lo señalado en el artículo 163, de la multicitada Ley.

Normativa

Respuesta"En respuesta a esta observación, no se cuenta con un Plan Urbanístico Municipal por lo cual nos basamos en la Ley Territorial de los Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano y la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León."

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 101/111

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, confirman la observación detectada; además, es de mencionar que el Ente Público no informa sobre las acciones a implementar en relación con el incumplimiento detectado a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 221, fracción I, de la LDUNL.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

Ref. Expediente o No. de Oficio

Tipo de Licencia Registradoen el 2016

5 S/E Revisión de Planes y Programas de Desarrollo $ 0Urbano y su Zonificación, así como de los Reglamentos Municipales de Zonificación y Construcción.

59. Durante el proceso de revisión se detectó que el municipio no cuenta con el Reglamentode Construcción, incumpliendo con la obligación establecida en el artículo 10, fracción I de la LDUNL.

Normativa

Respuesta"Respecto a esta observación, se dará inicio a la revisión del Plan de Desarrollo Municipal para su modificación e incluir los Planes de Desarrollo Urbano, de Centros de Población, Parciales y los demás que de estos deriven, en los Reglamentos y disposiciones de carácter general en materia de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano, Zonificación, Construcción, Establecimientos, así como vigilar su cumplimiento de la LDUNL."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que con ello se evidencia el incumplimiento normativo observado. Es de mencionar, que el no contar con el reglamento aducido, no le exime de cumplir con las obligaciones que en materia de desarrollo urbano, la fracción I del artículo 10 de la LDUNL, le reclama, a saber: "Elaborar, aprobar, administrar y ejecutar los planes o programas municipales de desarrollo urbano, de centros de población, parciales y los demás que de éstos deriven, los reglamentos y disposiciones de carácter

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisisy conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 10

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

general en materia de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, zonificación, construcción, estacionamientos, así como vigilar su cumplimiento".

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

------------ EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ------------

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisisy conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 10

VII. Trámite y resultados obtenidos, derivados de las solicitudes formuladas por el H. Congreso del Estado

No se recibieron solicitudes del H. Congreso del Estado relacionados con la Cuenta Pública cuya revisión se informa.

VIII. Resultados de la revisión de situación excepcional

En relación a la cuenta pública objeto de revisión, no se recibieron denuncias para la revisión de situaciones excepcionales, en los términos preceptuados en los artículos 136 quinto párrafo de la Constitución Política del Estado y 37 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

IX. Situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, respecto de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores

En este apartado se presenta una síntesis de las acciones y recomendaciones que con motivo de la revisión de las cuentas públicas 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015, se ejercieron o promovieron por esta Auditoría Superior del Estado.

Asimismo, se muestra un detalle del estado que guardan las acciones o recomendaciones que no fueron comunicadas como concluidas en el Informe del Resultado de la Cuenta Pública 2015 (en adelante IDR 2015), así como el de aquellas que en el citado informe, se anunciaron que se ejercerían o formularían.

SÍNTESIS DE ACCIONES Y RECOMENDACIONES EN FUNCIÓN DEL NÚMERO DE OBSERVACIONES DE LAS CUALES SE ORIGINANCUENTAS PÚBLICAS 2011, 2012 , 2013, 2014 y 2015

CUENTA PÚBLICA

ACCIÓN EJERCIDA/ RECOMENDACIÓN FORMULADA

CANTIDAD DE OBSERVACION

ES

2011

Pliego Presuntivo de Responsabilidades (PPR)

Gestión Financiera 7*

Obra Pública 3*

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas (PFRA) 64*

Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente (PIICC) 3*

Informe a la Auditoría Superior de la Federación (IASF) 3*

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 38*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 118*

2012Pliego Presuntivo de Responsabilidades (PPR) Gestión Financiera 12

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisisy conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 10

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

CUENTA PÚBLICA

ACCIÓN EJERCIDA/ RECOMENDACIÓN FORMULADA

CANTIDAD DE OBSERVACION

ES

Obra Pública 2

Recursos Federales 4

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas (PFRA) 69*

Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente (PIICC) 2*

Interposición de Denuncias Penales (IDP) 1*

Informe a la Auditoría Superior de la Federación (IASF) 1*

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 46*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 137*

2013

Pliegos Presuntivos de Responsabilidades (PPR) Gestión Financiera 2

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA) 49

Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente (PIICC) 1*

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 21*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 73

2014

Pliegos Presuntivos de Responsabilidades (PPR) Gestión Financiera 1

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA) 18

Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente (PIICC) 3*

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 15*Total de acciones y recomendaciones emitidas 37

2015

Pliegos Presuntivos de Responsabilidades (PPR)

Gestión Financiera 6

Obra Pública 3Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA) 87

Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente (PIICC) 3

Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal (PEFCF) 5

Informe a la Auditoría Superior de la Federación (IASF) 5Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 53

Total de acciones y recomendaciones emitidas 162 Acciones o recomendaciones comunicadas como concluidas en el IDR 2015, presentado al H. Congreso del

Estado el día 09 de noviembre de 2016.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

DETALLE DE LAS ACCIONES EJERCIDAS Y RECOMENDACIONES FORMULADAS (NO SE INCLUYEN LAS COMUNICADAS COMO CONCLUIDAS EN EL IDR 2015)

AL 15 DE JUNIO DE 2017

a) Pliegos Presuntivos de Responsabilidades (PPR)

.

Montos expresados en pesos

A través de estos instrumentos se le comunican al ente fiscalizado, aquellas observaciones que contienen irregularidades que permiten presumir la existencia de hechos y conductas que producen daños o perjuicios a la hacienda o patrimonio de los entes públicos, a efecto de que proporcionen datos de identificación y localización de los presuntos responsables, para en su caso, dar inicio al procedimiento para el fincamiento de responsabilidad resarcitoria.

PLIEGOS PRESUNTIVOS DE RESPONSABILIDADES

Cuenta Pública

Número de Pliego

Tipo de Auditoría del cual deriva

Tota

l de

Obs

erva

cion

es

Fech

a de

N

otifi

caci

ón

Monto de los Posibles

daños o perjuicios

Estado en la ASENL Comentarios

2012

ASENL-PPR- CP2012-GF- MU14-019/2013

Gestión Financiera 12 29-oct-13 $3,834,227 Concluido Pliego Resuelto

ASENL-PPR- CP2012-OP- MU14-010/2013

Obra Pública 2 29-oct-13 $402,520 Concluido Pliego Resuelto

ASENL-PPR- CP2012-MU14- 026/2013

Recursos Federales 4 29-oct-13 $2,229,091 Concluido Pliego Resuelto

Total de Observaciones 18

2013

ASENL-PPR- CP2013-GF- MU14-019/2014

Gestión Financiera 2 12-nov-14 $39,057 En trámite

Pendiente Dictamen Técnico de Auditoría

Total de Observaciones 2

2014

ASENL-PPR- CP2014-MU14- 035/2015

Gestión Financiera 1 06-nov-14 $30,000 En trámitePendiente

Dictamen Técnico de Auditoría

Total de Observaciones 1

2015

ASENL-PPR- CP2015-OP- MU14-022/2016

Gestión Financiera 6 22-nov-16 $2,921,012 En trámitePendiente

Dictamen Técnico de Auditoría

Total de Observaciones 6

ASENL-PPR- CP2015-OP- MU14-013/2016

Obra Pública 3 22-nov-16 $309,116 En trámite

Pendiente Dictamen Técnico de Auditoría

Total de Observaciones 3

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a c

Públi

a c

Públi

2012

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisisy conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 10

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

La información relativa a la resolución de los pliegos indicados como concluidos, se muestra a continuación:

PLIEGOS PRESUNTIVOS DE RESPONSABILIDADES

Cue

nta

Número de Pliego

Tipo de Auditoría del cual deriva

Monto de los posibles daños o

perjuicios

Sentido de la Resolución o Dictamen Técnico de Auditoría

Monto Desvirtuado

Monto Resarcido

MontoNo Justificado aclarado Determinación

ASENL- PPR- CP2012- GF-MU14- 019/2013

Gestión Financiera

$3,834,227 $2,502,394 $0 $1,331,833

Se determina iniciar Procedimiento para el

Fincamiento de Responsabilidades

Resarcitorias

ASENL- PPR- CP2012- OP-MU14- 010/2013

Obra Pública $402,520 $0 $0 $402,520

Se determina iniciar Procedimiento para el

Fincamiento de Responsabilidades

Resarcitorias

ASENL- PPR- CP2012- MU14- 026/2013

Recursos Federales $2,229,091 $2,229,091 $0 $0

Se determina no iniciar Procedimiento para el

Fincamiento de Responsabilidades

Resarcitorias

Los datos relativos a los Procedimientos para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias iniciados, se detallan en la siguiente tabla:

PROCEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES RESARCITORIAS

Cue

nta Número

de Pliego

Número de Expediente

Monto de daños o

perjuicios

Resolución del Procedimiento

Estado que Guarda el

Procedimiento

Fecha de Resolución

Sentido de la Resolución

Monto de Indemnización

2012

ASENL- PPR- CP2012- GF- MU14- 019/2013

ASENL-CP2012- MU14-FIRES-

038/2017$771,000.00 En Trámite

ASENL-CP2012- MU14-FIRES-

042/2017$120,400.00 En Trámite

ASENL-CP2012- MU14-FIRES-

045/2017$416,933.00 En Trámite

ASENL-CP2012- MU14-FIRES-

067/2017$23,500 En Trámite

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisisy conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 10

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

ASENL- PPR- CP2012- OP- MU14- 010/2013

ASENL-CP2012- MU14-FIRES-

24/2017

$141,520.00 En Trámite

ASENL-CP2012- MU14-FIRES-

27/2017

$261,000.00 En Trámite

El procedimiento tiene por finalidad determinar la existencia o inexistencia de responsabilidad resarcitoria, fijar en cantidad líquida del monto del daño causado a la hacienda o patrimonio de los entes públicos, y en su caso fincar a los servidores públicos o particulares, la indemnización y sanción correspondiente.

b) Promoción del Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA)

PROMOCIÓN DE FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA

Cuenta Pública

Datos de la PromociónÚltimo informe de acciones implementadas y

resultados obtenidos en atención a la Promoción formulada por la ASENL

Observaciones Objeto de la Promoción

Oficio de Promoción

Autoridad ante la cual se formuló la

PFRA

Número de Oficio

2013 49ASENL-PFRA- CP2013-MU14-

015/2014

Presidente Municipal

135/20172014 18ASENL-PFRA- CP2014-MU14-

014/2015

Presidente Municipal

2015 87ASENL-PFRA- CP2015-MU14-

014/2016

Presidente Municipal

PROMOCIÓN DE FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVARESULTADOS OBTENIDOS

Cuenta Pública Informe de la Autoridad

Procedimiento Administrativo de Responsabilidades Ante Autoridad que Atiende la Promoción

Estado

Servidores Públicos sancionados

(cargos en el periodo de la irregularidad)

Sanciones impuestas

2013Se determinó en sesión de cabildo el inicio del procedimiento para el fincamiento de

responsabilidades administrativasEn Trámite

2014Se determinó en sesión de cabildo el inicio del procedimiento para el fincamiento de

responsabilidades administrativasEn Trámite

2015Se determinó en sesión de cabildo el inicio del procedimiento para el fincamiento de

responsabilidades administrativasEn Trámite

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.

Obs

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisisy conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 10

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

Esta acción tiene por objeto, promover el ejercicio de las facultades de investigación y sancionatorias de los órganos de control o autoridades competentes en los entes públicos fiscalizados, en relación con las observaciones que a juicio de la Auditoría Superior del Estado, contienen datos que hacen presumir irregularidades derivadas de una acción u omisión de los servidores públicos del ente fiscalizado, a sus obligaciones generales de salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos o comisiones.

c) Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente (PIICC)

PROMOCIÓN DE INTERVENCIÓN DE LA INSTANCIA DE CONTROL COMPETENTE

Cuenta Pública

Oficio de Promoción

Total de Obs.

Instancia Ante la que

se Promueve

Fecha de Notificación

de Promoción

Motivo de la Promoción Estado en la ASENL

2015ASENL-PIICC-

CP2015- MUAP021/2016

3Secretaría de

la Función Pública

23-nov-16

Irregularidades relacionadas con la aplicación, manejo o

administración de recursos de naturaleza

federal

Concluido1

Con esta promoción se hace del conocimiento de la Secretaría de la Función Pública, en su calidad de entidad coordinadora de los órganos de control interno de las dependencias del gobierno federal y evaluadora de la gestión de las entidades paraestatales, las irregularidades relacionadas con recursos de naturaleza federal, en las que se desprendan hechos o conductas que impliquen incumplimientos de los servidores públicos a sus obligaciones generales de salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos o comisiones, y que en términos de los convenios celebrados para la asignación, reasignación o transferencia de dichos recursos, competa a las instancias federales evaluar, controlar y revisar el manejo, aplicación y destino de éstos, y en su caso instaurar los procedimientos administrativos a que haya lugar.

1 El trámite y resolución de los asuntos que se atienden mediante el ejercicio de esta acción, corresponde a las autoridades ante las cuales se realiza la promoción, por lo que la labor de la Auditoría Superior del Estado concluye con la emisión y notificación de la misma.

d) Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal

(PEFCF) Tesorería Municipal de Doctor González, Nuevo LeónPROMOCIÓN DEL EJERCICIO DE LA FACULTAD DE COMPROBACIÓN FISCAL

Cuenta Pública

Oficio de Promoción

Tota

l de Instancia

Ante la que se Promueve

Fecha de Notificación de

Promoción

Motivo de la Promoción

Número de Oficio de respuesta a

promoción

Fecha en que se recibió el Informe de atención a promoción

2015

ASENL- PECFCF- CP2015- MU14-

030/2016

1 Tesorería Municipal 22-nov-16

Ejercicio de las facultades de comprobación

(determinación y liquidación de

contribuciones en materia de desarrollo

urbano).

PMDGNL/006/2017 19-ene-17

ASENL- PECFCF- CP2015- MU14-

010/2016

4 Tesorería Municipal 22-nov-16

Irregularidades en la integración de los expedientes quesoportan ladeterminación yliquidación de contribuciones

PMDGNL/007/2017 19-ene-17

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Doctor González, Nuevo León.

causadas por la autorización de licencias en materia de desarrollo urbano.

PROMOCIÓN DEL EJERCICIO DE LA FACULTAD DE COMPROBACIÓN FISCAL

Cuenta Pública Informe de la tesorería Estado en la ASENL

2015No se ha iniciado procedimiento de cobro por no contar con los elementos necesarios

Concluido1

Se giraron oficios a los contribuyentes para obtener copia de los expedientes

Errores aritméticos en la determinación y liquidación de contribuciones o su omisión, son las irregularidades que dan nacimiento a esta acción, en virtud de la cual se informa a la autoridad fiscal competente, para que en ejercicio de sus facultades de comprobación, revise y en su caso, subsane tales irregularidades.

1 El trámite y resolución de los asuntos que se atienden mediante el ejercicio de esta acción, corresponde a la autoridad fiscal competente.

e) Informe a la Auditoría Superior de la Federación (IASF)

INFORME A LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN

Cuenta Pública

Oficio de informe

Total de Observaciones

Fecha de Notificación de Informe Estado en la ASENL

2015ASENL-IASF-CP2015-AGE-

2578/2016 5 22-nov-16 Concluido1

En este informe se comunican a la Auditoría Superior de la Federación las siguientes irregularidades: Las relacionadas con recursos federales provenientes de los fondos previstos en el capítulo V de la Ley

de Coordinación Fiscal, destinados a fines diversos a los establecidos en la referida Ley, acorde con lo preceptuado en el artículo 49, penúltimo párrafo del invocado ordenamiento ;

Aquellas que derivan de las auditorías practicadas en términos del convenio de colaboración y coordinación celebrado entre la citada Entidad Federal de Fiscalización y esta Auditoría Local, en las que se adviertan hechos o conductas que permitan presumir la existencia de daños o perjuicios a la hacienda pública federal.

1 El trámite y resolución de los asuntos que se atienden mediante el ejercicio de esta acción, corresponde a la Entidad Federal de Fiscalización Superior.

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f) Recomendaciones a la gestión o control interno (RG)

RECOMENDACIONES A LA GESTIÓN O CONTROL INTERNO

Cuenta Pública Oficio de Recomendaciones

Fecha Notificación

Fecha Respuesta por el Ente

PúblicoEstado en la ASENL

2015 ASENL-RG-CP2015- MU14-014/2016 17-nov-16 15-dic-16 Concluido

Las recomendaciones a la gestión o control interno tienen por objeto apoyar al ente público a fortalecer los procesos administrativos y los sistemas de control.

Detalle del trámite dado por el ente fiscalizado a las recomendaciones:RECOMENDACIONES

Cue

nta

Púb

lica

Materia EmitidasAtendidas por el Ente Público No atendidas

(Sin respuesta delEnte Público)

Aceptadas Rechazadas Medidas Alternas Inaplicables

2015

Recomendaciones a la gestión o control interno

Gestión Financiera 24 24 0 0 0 0

Obra Pública 29 29 0 0 0 0Total 53

------------ EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ------------

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Lo anteriormente expuesto, se pone en conocimiento de ese H. Congreso del Estado, por conducto de la Comisión de Vigilancia, para los efectos legales a que haya lugar, acorde con lo preceptuado en los artículos 20, fracción XXXI y 82 fracción XV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León; y, 8° fracción XVIII, 14 fracciones XI y XVI, 15 fracciones XIII y XVIII, y 18 fracción XV, del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León.

C.P.C. JORGE GUADALUPE GALVÁN GONZÁLEZ Auditor General del Estado de Nuevo León

LIC. JESÚS MENDOZA URIBEAuditor Especial de Municipios

ARQ. JOSÉ MARÍA RUÍZ MARTÍNEZDirector de Auditoría de Obra Pública y Desarrollo Urbano

C.P. ELIUD ROBERTO GARZA ARIZPEDirector General de Auditoría

C.P. JAIME ROBERTO CORTÉZ BARRAGÁNDirector de Auditoría (Gestión Financiera)

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