estados unidos “yo soy hijo de...

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“NO VEO NINGUNA RAZÓN PARA RENUNCIAR” SANTIAGO.— La presidenta de Chile, Michelle Bachelet, desmintió los rumores acerca de una posible dimisión ante una sostenida baja de su popularidad. A un año y medio de haber llegado al poder para su segundo mandato, actualmente se sitúa en 22%, la más baja de un mandatario desde el retorno a la democracia tras la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990). — AFP RECUPERAN EMAILS Los correos electrónicos personales y profesionales de Hillary Clinton, que habían sido borrados de su cuenta privada, fueron recuperados por el FBI, informaron medios estadunidenses. Hillary se ha visto acosada tras la revelación de que usaba una cuenta de correo personal y el servidor de su casa, en vez del oficial. >6 WASHINGTON Foto: AP Foto: AFP Foto: AFP “Yo soy hijo de migrantes” El Pontífice, que ayer abrió su visita a EU recordando los orígenes inmigrantes de su familia, llamó a los obispos estadunidenses a acoger “sin miedo” en sus iglesias a los inmigrantes latinoamericanos. También canonizó al misionero español Junípero Serra > 4 y 5 ESTADOS UNIDOS EU ROBARON HUELLAS El robo de datos de millones de funcionarios estadunidenses en dos ciberataques en julio implicó el hurto de unos 5.6 millones de sets de huellas dactilares, informaron fuentes oficiales. Los ataques fueron atribuidos a piratas informáticos basados en China. —AFP El Presidente colombiano dijo que acordaron que la firma del eventual acuerdo final será a más tardar en seis meses AFP, REUTERS, EFE Y AP [email protected] LA HABANA.— Las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) deberán entregar las armas en un pla- zo de 60 días tras la firma de un eventual acuerdo de paz definitivo entre el gobierno de Colombia y la guerrilla, anun- ciaron ayer en La Habana, sede de los diálogos de paz. Las partes anunciaron un trascendental acuerdo sobre justicia transicional, even- to al que asistieron el presi- dente Juan Manuel Santos y el líder máximo de las FARC, alias Timochenko. El mandatario colom- biano anunció que acorda- ron que la firma del pacto final de paz se producirá “a más tardar” en seis me- ses, plazo en el que termi- narán las negociaciones en La Habana. Ambos posaron para la foto, junto con el presi- dente de Cuba, Raúl Castro, quien dio la mano a Santos y a Timochenko, quienes tras unos segundos, tam- bién se dieron la mano; un simbólico gesto que apro- xima la paz. El acuerdo sobre justi- cia anunciado contempla, entre otras cosas, una am- nistía para delitos políticos, la creación de un tribunal especial para la paz, y esta- blece que la guerrilla debe- rá entregar las armas en un plazo de 60 días tras la firma del acuerdo definitivo. “El Estado colombia- no otorgará la amnistía más amplia posible por delitos políticos y conexos. (...) En todo caso no serán obje- to de amnistía o indulto las conductas tipificadas en la legislación nacional que se correspondan con los delitos de lesa humanidad, el geno- cidio y los graves crímenes de guerra, entre otros delitos graves como la toma de re- henes u otra privación gra- ve de la libertad, la tortura, el desplazamiento forzado, la desaparición forzada, las ejecuciones extrajudiciales y la violencia sexual”, señala el texto del acuerdo. Lo anunciado sobre jus- ticia transicional es uno de los avances más importan- tes logrados en este proceso de paz. Este es un acuerdo clave que prepara el terreno para poner fin al conflicto bélico de más de 50 años. Ponen fecha a la paz en Colombia LA HABANA GOBIERNO-FARC Foto: AFP El presidente colombiano, Juan Manuel Santos, su homólogo cubano, Raúl Castro y el líder de las FARC, Timochenko. El gobierno de Colombia estaría terminando con los operativos en contra de la guerrilla, siempre y cuando ellos cumplan con el pacto. El gobierno podría ofrecer beneficios adicionales a los guerrilleros para que se puedan reincorporar rápidamente a la sociedad colombiana, ahora que ya no serán perseguidos. Con Timochenko he- mos acordado que a más tardar en seis meses debe concluir esta negociación.” JUAN MANUEL SANTOS PRESIDENTE DE COLOMBIA Foto: AFP El presidente del Consejo Europeo, Donald Tusk, busca solucionar el problema. AFP [email protected] BRUSELAS.— La Unión Europea planea aumen- tar las partidas a las agen- cias de la ONU a cargo de la gestión de los campos de refugiados en los países vecinos de Siria y aumentar el control de las fronteras, ante la “posible” llegada de millones de refugiados que huyen de la guerra. Las propuestas que tie- nen sobre la mesa los jefes de Estado y de gobierno de la UE complemen- tan el acuerdo alcanzado el martes, con dificultad, para repartir entre los Es- tados miembros a 120 mil refugiados. Los conflictos que llevan a los refugiados a huir de sus países, en particular de Siria, “no acabarán pronto”, dijo el presidente del Con- sejo Europeo, Donald Tusk, al llegar a la reunión. Según un borrador de declaración final, los man- datarios decidirán aumen- tar las partidas de dinero para la Agencia de la ONU para los Refugiados, el Programa Mundial de Ali- mentos y otras agencias de la ONU, a cargo de la ges- tión de los campamentos de refugiados en Turquía, Jordania o Líbano. Desde que comenzó el conflicto en Siria, cuatro millones de sirios huyeron del país y siete millones son desplazados internos. La Comisión anunció por su parte la intención de movilizar 1,700 millo- nes de euros hasta fines de 2016, de los cuales 500 mi- llones son para las agen- cias humanitarias. UE ofrece dinero y el control de fronteras MIGRACIÓN 120 MIL refugiados son los que tendrán que repartirse en la Unión Europea VISITA PAPAL 2015 EXCELSIOR JUEVES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2015 [email protected] @Global_Exc GLOBAL LUNES A VIERNES 13:00 | con Paola Barquet SÁBADO 11:00 | con José Carreño Figueras FOTOGALERÍA Foro Internacional Anáhuac Yann Marcadet 2 MULTI MEDIA Planeta curioso Disfruta las imágenes más sobresalientes de la vida diaria internacional, alejada de conflictos, disturbios y tragedias.

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“NO VEO NINGUNA RAZÓN PARA RENUNCIAR”SANTIAGO.— La presidenta de Chile, Michelle Bachelet, desmintió los rumores acerca de una posible dimisión ante una sostenida baja de su popularidad. A un año y medio de haber llegado al poder para su

segundo mandato, actualmente se sitúa en 22%, la más baja de un mandatario desde el retorno a la democracia tras la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990).

— AFP

RECUPERAN EMAILSLos correos electrónicos personales y profesionales de Hillary Clinton, que habían sido borrados de su cuenta privada, fueron recuperados por el FBI, informaron medios estadunidenses. Hillary se ha visto acosada tras la revelación de que usaba una cuenta de correo personal y el servidor de su casa, en vez del oficial. >6

WASHINGTON

Foto

: AP

Foto: AFP

Foto: AFP

“Yo soy hijo de migrantes”

El Pontífice, que ayer abrió su visita a EU recordando los orígenes inmigrantes de su familia, llamó a los

obispos estadunidenses a acoger “sin miedo” en sus iglesias a los inmigrantes latinoamericanos. También canonizó al misionero español Junípero Serra > 4 y 5

ESTADOS UNIDOS

EU

ROBARON HUELLASEl robo de datos de millones de funcionarios estadunidenses en dos ciberataques en julio implicó el hurto de unos 5.6 millones de sets de huellas dactilares, informaron fuentes oficiales. Los ataques fueron atribuidos a piratas informáticos basados en China. —AFP

El Presidente colombiano dijo que acordaron que la firma del eventual acuerdo final será a más tardar en seis meses

AFP, REUTERS, EFE Y [email protected]

LA HABANA.— Las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) deberán entregar las armas en un pla-zo de 60 días tras la firma de un eventual acuerdo de paz definitivo entre el gobierno de Colombia y la guerrilla, anun-ciaron ayer en La Habana, sede de los diálogos de paz.

Las partes anunciaron un trascendental acuerdo sobre justicia transicional, even-to al que asistieron el presi-dente Juan Manuel Santos y el líder máximo de las FARC, alias Timochenko.

El mandatario colom-biano anunció que acorda-ron que la firma del pacto final de paz se producirá “a más tardar” en seis me-ses, plazo en el que termi-narán las negociaciones en La Habana.

Ambos posaron para la foto, junto con el presi-dente de Cuba, Raúl Castro, quien dio la mano a Santos y a Timochenko, quienes tras unos segundos, tam-bién se dieron la mano; un simbólico gesto que apro-xima la paz.

El acuerdo sobre justi-cia anunciado contempla, entre otras cosas, una am-nistía para delitos políticos, la creación de un tribunal especial para la paz, y esta-blece que la guerrilla debe-rá entregar las armas en un plazo de 60 días tras la firma del acuerdo definitivo.

“El Estado colombia-no otorgará la amnistía más

amplia posible por delitos políticos y conexos. (...) En todo caso no serán obje-to de amnistía o indulto las conductas tipificadas en la legislación nacional que se correspondan con los delitos de lesa humanidad, el geno-cidio y los graves crímenes de guerra, entre otros delitos graves como la toma de re-henes u otra privación gra-ve de la libertad, la tortura, el desplazamiento forzado, la desaparición forzada, las ejecuciones extrajudiciales y la violencia sexual”, señala el texto del acuerdo.

Lo anunciado sobre jus-ticia transicional es uno de los avances más importan-tes logrados en este proceso de paz.

Este es un acuerdo clave que prepara el terreno para poner fin al conflicto bélico de más de 50 años.

Ponen fecha a la paz en Colombia

LA HABANA GOBIERNO-FARC

Foto: AFP

El presidente colombiano, Juan Manuel Santos, su homólogo cubano, Raúl Castro y el líder de las FARC, Timochenko.

El gobierno de Colombia estaría terminando con los operativos en contra de la guerrilla, siempre y cuando ellos cumplan con el pacto.

El gobierno podría ofrecer beneficios adicionales a los guerrilleros para que se puedan reincorporar rápidamente a la sociedad colombiana, ahora que ya no serán perseguidos.

Con Timochenko he-mos acordado que a más tardar en seis meses debe concluir esta negociación.”

JUAN MANUEL SANTOS

PRESIDENTE DE COLOMBIA

Foto: AFP

El presidente del Consejo Europeo, Donald Tusk, busca solucionar el problema.

[email protected]

BRUSELAS.— La Unión Europea planea aumen-tar las partidas a las agen-cias de la ONU a cargo de la gestión de los campos de refugiados en los países vecinos de Siria y aumentar el control de las fronteras, ante la “posible” llegada de millones de refugiados que huyen de la guerra.

Las propuestas que tie-nen sobre la mesa los jefes de Estado y de gobierno de la UE complemen-tan el acuerdo alcanzado el martes, con dificultad, para repartir entre los Es-tados miembros a 120 mil refugiados.

Los conflictos que llevan a los refugiados a huir de sus países, en particular de Siria, “no acabarán pronto”, dijo el presidente del Con-sejo Europeo, Donald Tusk, al llegar a la reunión.

Según un borrador de declaración final, los man-datarios decidirán aumen-tar las partidas de dinero para la Agencia de la ONU para los Refugiados, el Programa Mundial de Ali-mentos y otras agencias de la ONU, a cargo de la ges-tión de los campamentos de refugiados en Turquía, Jordania o Líbano.

Desde que comenzó el conflicto en Siria, cuatro millones de sirios huyeron del país y siete millones son desplazados internos.

La Comisión anunció por su parte la intención de movilizar 1,700 millo-nes de euros hasta fines de 2016, de los cuales 500 mi-llones son para las agen-cias humanitarias.

UE ofrece dinero y el control de fronteras

MIGRACIÓN

120MIL

refugiados son los que tendrán que repartirse en la Unión Europea

VISITA PAPAL2015

EXCELSIORjuEvES 24 dE SEptIEmbRE dE 2015

[email protected] @Global_Exc

GLOBALLUNES A VIERNES13:00 | con Paola Barquet SÁBADO11:00 | con José Carreño Figueras

FOTOGALERÍA

Foro Internacional AnáhuacYann Marcadet 2

MULTI MEDIA

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GLOBAL jueves 24 de septiemBre de 2015 : eXCeLsiOr2

EL RADAR GLOBAL

LO QUE VIENE RELEVANTE

[email protected] @Global_Exc

Fallo sobre disputa entre Chile y BoliviaLa Corte Internacional de Justicia de La Haya emite el fallo sobre las objeciones de Chile acerca de la competencia del tribunal en la disputa con Bolivia.

Encuentro de ministros de sanidad europeosReunión informal en Luxemburgo del Consejo de Ministros de Empleo, Política Social y Sanidad de la Unión Europea.

Rusia exhumará los restos de su último zarLos restos del zar Nicolás II y su familia serán exhumados para determinar si otras partes humanas desenterradas hace ocho años pertenecen a dos de sus hijos. La petición fue realizada por la Iglesia ortodoxa, que canonizó a la familia, pero considera que adorar falsos vestigios sería un sacrilegio.

Dan informe sobre desastres en el mundoLa Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja publica su informe anual sobre los desastres en el mundo.

El Papa emite discurso en el Congreso de EUEl papa Francisco interviene ante el Congreso estadunidense y parte rumbo a a Nueva York, la segunda etapa de su viaje a Estados Unidos.

Devolverán a Turquía sarcófago del siglo IILa fiscalía de Suiza decidió devolver a Turquía un “invaluable” sarcófago de mármol del Imperio Romano que data del siglo II, en el que se representan los 12 trabajos de Hércules. La pieza fue decomisada en 2010.

Atacan con huevos una protesta de la oposiciónOpositores en Nicaragua realizaron ayer la 24 marcha en favor de unas elecciones libres y transparentes, que fue interrumpida porque manifestantes les lanzaron piedras y huevos.

VIRAL

¿SABÍAS QUE?

La minera canadiense Barrick Gold dijo ayer que fueron mil 72 metros cúbicos de solución cianurada los que se derramaron en la mina de oro Veladero, en la norteña provincia argentina de San Juan.www.excelsior.com.mx

HOY CUMPLEAna Mato AdroverEXMINISTRA DE SANIDAD DE ESPAÑADimitió en 2014, cuando su entonces esposo fue acusado de corrupción.56 AÑOS

E l próximo 9 de octubre saldrá en las pantallas mexicanas Le-tras explícitas (en inglés, Straight Outta Compton), película que cuenta la biografía del grupo Nig-

gaz With Attitude (NWA), inventor del gangs-ta rap. El público podrá así descubrir el inicio musical de Dr. Dre, Ice Cube y Eazy-E, ra-peros afroamericanos originarios de Comp-ton, suburbio del sur de Los Ángeles.

En el contexto del ultraliberalismo de Ronald Reagan, la película subraya par-ticularmente los actos violentos y racistas del Departamento de Policía de Los Ángeles (LAPD, por sus siglas en inglés), que llevaron al grupo a la grabación en 1988 del hoy clá-sico título Fuck tha police. Con un ritmo funk minimalista, esta canción de protesta hace la parodia de una corte judicial, denunciando la mansedumbre de la justicia hacia los agentes de policía acusados de violencia. ¿Provoca-ción gratuita o profecía real?

El 3 de marzo de 1992, Rodney King, un afroamericano angelino, se negó a detener su coche mientras unas patrullas del LAPD lo perseguían. Finalmente arrestado, duran-te unos 20 minutos, los policías propina-ron más de 50 golpes a King. Grabado por un vecino, el video de esta agresión provo-có una gran indignación en todo el país. Sin embargo, el 29 de abril de 1992, los cuatro agentes acusados fueron absueltos por un jurado compuesto de 12 personas (ninguna de ellas afroamericana). Esta injusticia tuvo como consecuencia una ola de revueltas ur-banas graves que sacudieron durante seis días la metrópoli californiana.

Los aficionados de la cultura hip hop sa-ben que no es la única vez que un título de rap revela situaciones de violencia que se declaran unos años después. En Francia, por ejemplo, el grupo Suprême NTM sacó en 1995 la canción Qu’est-ce qu’on attend (¿Qué esperamos?) en la que se habla del riesgo de una insurrección de los jóvenes de los ba-rrios populares franceses, hartos del mal-trato de las diferentes instituciones galas, la

policía y la justicia en particular. En efecto, diez años después, en octu-

bre de 2005, en Clichy-sous-Bois (comuna del suburbio noreste de París), se desató una ola de disturbios a raíz de la muerte de dos adolescentes, Zyed Benna y Bouna Traoré, que perecieron tras recibir un shock eléc-trico en un transformador donde se habían escondido para escapar de una patrulla que los perseguía (sin razón alguna). Es la ola de violencia urbana más importante que Fran-cia haya conocido. Duró tres semanas y se difundió por todo el país.

En Reino Unido, el 6 de agosto de 2011 empezaron en el barrio londinense de Tottenham una serie de disturbios tras la muerte de Mark Duggan, un joven de raza negra asesinado por la Policía Metropoli-tana de Londres. Rápidamente la violencia se propagó por toda la ciudad, contagian-do unos días después, como en Francia, ciudades de provincia. La banda sonora de estos disturbios, ilustrando la ira de los jó-venes de origen popular, era una canción de rap británico llamado Pow! de Lethal Bizzle. Estrenado en 2004, el título pro-vocó controversia desde el inicio por su letra violenta.

El estreno de Letras explícitas nos recuer-da que los eventos ocurridos recientemente en Ferguson o Baltimore no son nuevos y, en todos los países del mundo, la música rap re-lata estos hechos, a veces de manera grosera, pero desafortunadamente muchas veces de manera realista.

— Profesor de la Facultad de Estudios Globales.

Universidad Anáhuac México Norte.

[email protected]

El estreno de Letras explícitas nos recuerda que los eventos ocurridos recientemente en Ferguson o Baltimore no son nuevos.

El termómetro global de las revueltas urbanasLa música rap relata estos hechos, a veces de manera grosera, pero desafortunadamente muchas veces de manera realista.

FORO INTERNACIONAL ANÁHUAC* YANN [email protected] Advierten a

los catalanesSi la región se independiza, sus habitantes perderán la ciudadanía española, dice el gobierno central

[email protected]

BARCELONA.– El ministro español de Asuntos Exterio-res, José Manuel García-Mar-gallo, advirtió ayer que los catalanes no podrán conser-var la nacionalidad española si esta región, que el domingo celebra unas elecciones cen-tradas en la independencia, se separa de España.

Esta cuestión crucial do-mina el debate previo a estos comicios, que los indepen-dentistas quieren utilizar como un plebiscito en fa-vor o en contra de iniciar un proceso de secesión en esta rica región de 7.5 millones de habitantes.

Los independentistas ase-guran que, en caso de sepa-ración, todos los catalanes podrán conservar la doble nacionalidad porque la Cons-titución española, de la que ellos reniegan, impide retirar la nacionalidad a los españo-les de origen.

Preguntado por la cues-tión, el ministro aseguró que “cuando uno se sale de un país es obvio que abandona todos los atributos que les da la pertenencia a ese país”.

“Cuando las repúblicas iberoamericanas declararon su independencia, perdie-ron la nacionalidad españo-la; cuando Argelia, que era un departamento francés y estaba dentro de la comunidad econó-mica europea, (se independizó y) los argelinos perdie-ron la nacionalidad francesa y la ciu-dadanía europea”, explicó.

En rea l idad , los argelinos naci-dos antes de la indepen-dencia, en 1963, sí pudieron conservar la nacionalidad francesa, según los acuerdos firmados entre ambos países.

“¿Se aspira a una república independiente de 7.5 millones de ciudadanos, pero todos con la nacionalidad españo-la? Es un poco absurdo”, ase-guró el ministro.

De perder la nacionalidad española, los habitantes de

ELECCIÓN REGIONAL

50POR CIENTOde los votos y la

mayoría en el Congreso local obtendrían los independentistas el

domingo, según un sondeo

“Si el Es-tado español no

cambia la Constitución, la nacionalidad espa-ñola para nosotros es

automática.”

ARTUR MASPRESIDENTE DE

CATALUÑA

Cataluña también perderían su derecho a un pasaporte español, y con ello dejarían de formar parte de la Unión Europea, pues sus tratados garantizan la ciudadanía eu-ropea sólo a quien “ostente la nacionalidad de un Esta-do miembro”.

Al respecto, el presidente

de Cataluña, Artur Mas, dijo que “si el Estado español no cambia la Constitución, la nacionalidad española para nosotros es automática”.

“En la medida en que los ciudadanos (catalanes) ten-gan la nacionalidad espa-ñola, serán ciudadanos de la Unión Europea”, añadió.

LOS ÁNGELES

ARRECIAN LAS DEPORTACIONES LOS ÁNGELES.– Defensores de migrantes denunciaron que el “efecto Donald Trump” provocó que alguaciles comenzaran a buscar presos deportables en cárceles del condado de Los Ángeles. Acusaron de la medida al nuevo jefe del Departamento del Sheriff, Jim McDonnell.

Foto: AP

Foto: Archivo

Foto: AP

Foto: Archivo

Foto: AFP

José Carreño FiguerasCoordinador

Iván VenturaEditor

Israel LópezCoeditor

Julio de la TorreCoeditor

Ilian CedeñoCoeditora

Daniel GonzálezCoeditor Visual

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RUSIA

INAUGURAN MEZQUITAEl presidente ruso, Vladimir Putin, destacó ayer las virtudes “humanistas” del Islam en la inauguración de la Gran Mezquita de Moscú, una de las mayores de Europa, en presencia de sus homólogos de Palestina y Turquía.

EGIPTO

INDULTA A PERIODISTASEl presidente Abdel Fatah al-Sisi indultó ayer a un centenar de prisioneros, entre ellos los periodistas de Al-Jazeera, Mohamed Fahmy y Baher Mohamed, así como a Shadi Ibrahim, acusados de apoyar a un grupo terrorista.

MALASIA

CAEN MÁS SOSPECHOSOSEl subdirector de la policía de Malasia, Noor Rashid Ibrahim, anunció que ocho personas, incluyendo cuatro que se cree que son de et-nia uigur, fueron detenidas por el atentado del mes pasado en un santuario de Bangkok.

NIGERIA

RESCATAN A 241 REHENESEl ejército afirmó ayer que rescató a 241 mujeres y niños en operaciones contra el grupo islamista Boko Haram. Mientras, más de 20 personas murieron en un atentado contra el mercado de la ciudad de Monguno.

BURKINA FASO

FRACASA EL GOLPEEl presidente interino de Burkina Faso, Michel Kafando, regresó al poder ayer en una ceremonia pública, una semana después del golpe de Estado iniciado por integrantes del Regimiento de Seguridad Presidencial.

ANGELA MERKEL

PIERDE POPULARIDADLa popularidad de la canciller alemana, Angela Merkel, cayó a 49%, su nivel más bajo este año en medio de las críticas dentro de su formación política por su gestión de la crisis de refugiados, informó la revista Stern.

SRI LANKA

EJERCICIOS MILITARESDos mil 500 soldados participaron ayer en una serie de ejercicios militares en la costa de Batticaloa. Representantes de China, Bangladesh, India, Nepal, Pakistán y Estados Unidos acudieron como observadores.

NICARAGUA

ENTRA EN ERUPCIÓNEl volcán Telica entró en erupción ayer, con explosiones acompañadas de cenizas y gases que se desplazaron hacia los departamentos de León y Chinandega. El gobierno envió brigadas médicas a la zona.

Foto: ReutersFoto: AFPFoto: AP

Foto: AP

Fotos: AFP

Foto: AP

Foto: AFP

Foto: AFP Imagen tomada de: www.twitter.com

A ctivistas del Movimiento de Trabajadores Sin Techo (MTST) ocuparon ayer las sedes del Ministerio de Hacienda en diferentes ciudades en protesta contra las medidas de austeridad del gobierno para reequilibrar las cuentas públicas. En Brasilia, la policía desalojó a los manifestantes que intentaron ocupar el Ministerio de Agricultura.

LA POLICÍA FRENA A LOS SIN TECHO

BRASIL

:3EXCELSIORjuEvES 24 dE SEptIEmbRE dE 2015

LATITUD

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4: EXCELSIORjuEvES 24 dE SEptIEmbRE dE 2015

PORTADA

VISITA PAPAL2015

El papa Francisco se dio un baño de multitudes en las cercanías de la residencia presidencial de Estados Unidos.

El jerarca católico en el altar de la Capilla del Santísimo Sacramento para una oración privada, en la Catedral de San Mateo.

El pontífice utilizó un auto compacto Fiat, después de su llegada a la Base Andrews de la Fuerza Aérea en Maryland.

El Papa defiende a migrantes

Francisco dijo en Washington que no se puede dejar a las nuevas generaciones la lucha contra el cambio climático

EFE, AFP, NOTIMEX Y [email protected]

WASHINGTON.– El Papa dijo ayer al presidente de Estados Unidos, Barack Obama, que se considera “hijo de una fa-milia de inmigrantes” y que éstos construyeron “en gran medida” ese país en su dis-curso en la bienvenida oficial ofrecida en la Casa Blanca.

Francisco se calificó a sí mismo de “hermano” de Es-tados Unidos y adelantó que en su intervención hoy ante el Congreso alentará a sus gobernantes a guiar al país “con fidelidad a sus principios fundadores”.

El Papa, que llegó el mar-tes a la capital estadunidense y que con la bienvenida oficial en la Casa Blanca comenzó su agenda oficial en EU, que visita por primera vez en su vida, agregó que espera “es-cuchar y compartir muchas de las esperanzas y los sue-ños del pueblo americano (estadunidense)”.

Francisco explicó a Obama que los católicos estaduni-denses “están comprometi-dos en construir una sociedad verdaderamente tolerante e inclusiva, en la salvaguarda de los derechos de las perso-nas y las comunidades y en el rechazo a cualquier forma de discriminación injusta”.

Sobre la lucha contra el cambio climático, prioridad del gobierno de Obama, el pontífi-ce insistió en un combate “que no se puede dejar a la próxima generación”. Y celebró el plan de la Casa Blanca para reducir la contaminación ambiental.

NIÑA MENSAJERA Mientras, una niña de 5 años, con trenzas en el cabello y vestida en colores brillan-tes que fue llevada hasta el Papa para recibir la bendi-ción durante su recorrido por Washington, entregó al pontífi-ce un mensaje sobre migración.

La niña, Sophie Cruz de South Gate, California entregó al Papa una camiseta amarillo brillante y una carta en la que expresa su deseo de que a su madre, su padre y millones de personas más que no tienen re-sidencia legal en Estados Uni-dos se les permita permanecer

GIRA POR ESTADOS UNIDOS

El papa Francisco encabezó la ceremonia de canonización del misionero español Junípero Serra.

Una niña de 5 años, con trenzas en el cabello y vestida en colores brillantes fue llevada hasta el Papa para recibir la bendición y entregarle una carta para solicitar la legalización de sus padres, luego fue escoltada por un policía.

Atrevida

AP, EFE Y [email protected]

WASHINGTON.– El papa Francisco ofició ayer la pri-mera canonización jamás realizada en territorio es-tadunidense al conceder la santidad al misionero espa-ñol que llevó el catolicismo a California en el siglo XVIII, pese al rechazo expresado por algunos indígenas de ese estado que responsabilizan a Junípero Serra de aniquilar su cultura.

Durante una misa espe-cial celebrada en español ante 25 mil personas reuni-das a las afueras de la Basí-lica del Santuario Nacional de la Inmaculada Concep-ción, el cardenal de Wash-ington Donald Wuel dijo en español “agra-dezco a su San-tidad por hacer esta procla-mación y hu-mildemente le pido que decre-te se publique la carta apostólica sobre la canonización”, a lo que el pontífice le respondió: “así decretamos”.

El pontífice argentino dijo minutos después que “Junípero buscó defender la dignidad de la comunidad nativa, protegiéndola de cuantos la habían abusado. Abusos que hoy nos siguen provocando desagrado, es-pecialmente por el dolor que

causan en la vida de tantos”.Al menos 55 tribus de

California han condenado enérgicamente la canoniza-ción porque dicen que hon-ra al que consideran como uno de los grandes respon-sables de la desaparición de los pueblos originarios a través de sus prácticas evangelizadoras.

Deborah Miranda, per-teneciente a la tribu Ohlo-ne-Costanoan Esselen, dijo la víspera que Francisco “ha ofrecido disculpas por crímenes y pecados come-

tidos durante la co-lonización. Junípero Serra cometió esos crímenes y pecados. ¿Por qué entonces honrarlo en mane-ras que deshonran el sufrimiento de nues-tros ancestros?”

Durante su visita a Bolivia en julio, Francisco pidió perdón por los críme-nes que la Iglesia católica cometió contra los indíge-nas durante la conquista de América, pero no mencionó a Serra. Nació en Mallorca en 1713, se entrenó como pro-fesor de teología y recibió en 1767 el encargo de expandir el sistema de misiones cató-licas desde Baja California, México.

Pontífice canoniza a Junípero Serra

MISA ESPECIAL

Francisco concedió la santidad del misionero, pese al rechazo de algunos indígenas de California

Junípero buscó de-fender la dignidad de la comunidad nati-va, protegiéndola de cuantos la habían abusado...”

PAPA FRANCISCO

en el país, de acuerdo a Gloria Saucedo, directora de la Her-mandad Mexicana Transna-cional, un grupo defensor de inmigrantes.

Miles de personas acla-maron al Papa durante un breve recorrido que hizo con el papamóvil por algunas calles del centro de Wash-ington, tras ser recibido en la Casa Blanca por el presidente Obama, la única oportunidad para muchos de ver al pontí-fice en la capital de EU.

Obama regaló al Papa una escultura en metal de una pa-loma ascendente para honrar su “defensa incansable” de “los más vulnerables”.

Mensaje contra pederastia WASHINGTON.– En una sesión de oración con los obispos estaduniden-ses en la catedral de St. Matthews, el Papa envió directrices a la iglesia es-tadunidense, desde los casos de pederastia de sacerdotes a la acogida de inmigrantes.

“Sé cuánto les ha he-cho sufrir la herida de los últimos años, y he segui-do de cerca su generoso esfuerzo por curar a las víctimas, (...) y por seguir trabajando para que esos crímenes no se repitan nunca más”, dijo el pon-tífice en un corto pasaje de un largo discurso.

Unos 6,400 sacer-dotes católicos han sido acusados de abusar de menores en Estados Uni-dos entre 1950 y 1980, y expertos creen que el número de víctimas pue-de rondar los 100 mil.

Aún así, la visita de Francisco coincide con un crecimiento del nú-mero de católicos esta-dunidenses, que suman cerca de 82 millones de personas, un cuarto de la población del país, según la Universidad de Georgetown.

Mientras, Francisco será hoy el primer pon-tífice en hablar ante el Congreso de Estados Unidos, en el que repu-blicanos y demócratas aguardan sus palabras como respaldo o como munición contra el rival.

Hay mucha expecta-ción entre los políticos en el Congreso para ver al Papa. La oficina del presidente de la Cámara de Representantes, John Boehner, ha distribuido 50 mil entradas entre los congresistas y senadores.

— DPA y EFE

RECHAZOAl menos 55 tribus de California han condenado enérgi-camente la canoni-zación de Junípero Serra.

Los católicos estadunidenses están comprometidos en construir una so-ciedad verdaderamente tolerante e inclusiva.”

PAPA FRANCISCO

Tanto los católicos como quienes no lo son ven en Francisco un ejemplo de la enseñanza de Jesús, un líder cuya au-toridad moral deriva de sus acciones.”

BARACK OBAMA PRESIDENTE DE EU

82MILLONES

de personas son católicas en Estados Unidos,

según una encuesta

Foto: Reuters

Fotos: AFP

Foto: Reuters Foto: AFPFoto: AFP

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EXCELSIOR : juEvES 24 dE SEptIEmbRE dE 2015 GLObAL5

VISITA PAPAL2015 Obama agradece a Francisco

El Presidente estadunidense reconoció el apoyo del pontífice para el acercamiento con Cuba

[email protected]

WASHINGTON.– El presi-dente de Estados Unidos, Ba-rack Obama, destacó ayer su alianza con el papa Francisco en asuntos como el acerca-miento hacia Cuba y los refu-giados, al recibir al pontífice en la Casa Blanca y elogiar su “ejemplo moral”.

“Su Santidad, con sus pa-labras y acciones, usted es-tablece un profundo ejemplo moral. Y en los recordatorios suaves, pero firmes de nues-tras obligaciones con Dios y el prójimo nos sacude la com-placencia”, dijo Obama sobre el Papa, con él al lado, en un breve discurso en la ceremo-nia oficial de bienvenida a la Casa Blanca.

El Presidente quiso darle las gracias por “su inestimable apoyo” al “nuevo comienzo” entre Estados Unidos y Cuba, que ofrece, a su juicio, la “pro-mesa” de una mejor relación bi-lateral, mayor cooperación en todo el continente y “una vida mejor para el pueblo cubano”.

Tanto el gobierno de Esta-dos Unidos como el de Cuba han reconocido el papel cru-cial que desempeñó el Papa en las conversaciones secretas

GIRA POR ESTADOS UNIDOS

que derivaron en el acuer-do anunciado en diciem-bre para la normalización de las relaciones bilaterales y el restablecimiento de los lazos diplomáticos.

Sin citar en concreto el caso de Cuba, en su discur-so el santo padre elogió ante Obama los esfuerzos hechos recientemente para “reparar las relaciones rotas” y “abrir nuevas puertas de coopera-ción” en la humanidad.

Por otro lado, el Presi-dente recordó que el men-saje de misericordia del pontífice, que llegó el martes a Washington procedente de Cuba, abarca desde “los refu-giados que escapan de tierras en guerra hasta los inmigrantes

que dejan sus casas en busca de una vida mejor”.

A la ceremonia oficial de bienvenida, celebrada en los jardínes de la Casa Blanca en una mañana soleada, asistie-ron más de 11 mil invitados, sin contar al personal del recinto, militares, seguridad, periodis-tas y miembros de los partidos Demócrata y Republicano.

El acto contó con la actua-ción del coro de góspel de la iglesia de San Agustín, la más antigua de la comunidad ca-tólica negra de Washington, y

al final Obama, su esposa, Mi-chelle, y el pontífice subieron al balcón de la Casa Blanca para saludar a los invitados.

Entre esos invitados figu-raban algunos de origen ar-gentino como Maritza Gueler, quien explicó que le resultó “bastante difícil ver al Papa”, porque “el escenario no esta-ba muy alto y había demasia-da cámara”.

También estaba entre los invitados la niña hispa-na Jersey Vargas, de 11 años y quien visitó el año pasado al

Papa en el Vaticano para pe-dirle que intercediera para evitar la deportación de su padre, de origen mexicano e indocumentado.

El pontífice escuchó en-tonces a la menor y su padre, Mario Vargas, fue liberado. “Voy a necesitar otra opor-tunidad”, contó la niña, que quería acercarse a Jorge Ma-rio Bergoglio de nuevo en Washington y no ha podido hacerlo.

Tras la ceremonia, Oba-ma y el santo padre se reu-nieron en privado durante unos cuarenta minutos en La Oficina Oval, donde no hi-cieron declaraciones ni res-pondieron a preguntas de los periodistas.

Antes de llegar a Estados Unidos para su primera visi-ta al país, Francisco afrontaba críticas conservadoras hacia sus opiniones económicas. En su vuelo desde Cuba, el Papa dijo a la prensa que al-gunas personas podrían tener una impresión poco precisa de que está “un poco cargado hacia la izquierda”.

“Estoy seguro de que nun-ca ha dicho nada que vaya más allá de lo que pregona la doc-trina social de la Iglesia”, dijo.

En cuanto a los conservado-res que ponen en duda que sea un auténtico católico, añadió bromeando “si tengo que reci-tar el Credo, estoy dispuesto”.

Pese a todo el interés en los discursos de Francis-co, sus encuentros sin guión en los que se verá con mi-grantes, presos y personas sin hogar podrían resultar memorables.

El presidente estadunidense, Barack Obama, se reunió con el papa Francisco en la Oficina Oval de la Casa Blanca en Washington. El pontífice se encuentra en su primera visita a Estados Unidos.

11MIL

invitados asistieron a la ceremonia oficial de

bienvenida del Papa en la Casa Blanca

CRÍTICAS Antes de llegar a Estados Unidos para su primera visita al país, tras su paso por Cuba, Francisco afrontaba críticas conser-vadoras hacia sus opinio-nes económicas.

Foto: Reuters

“Agradez-co su inestimable

apoyo al nuevo comien-zo entre EU y Cuba,

que ofrece la promesa de una mejor relación

bilateral.”BARACK OBAMA

PRESIDENTE DE EU

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GLOBAL jueves 24 de septiemBre de 2015 : eXCeLsiOr6

GRECIA

JURAN EL CARGOATENAS.— El nuevo gobierno griego de Alexis Tsipras prestó juramento ayer, y su primera tarea será poner en marcha el plan de reformas concluido con los acreedores internacionales a cambio de una ayuda de 86 mil millones de euros. —EFE

Foto: AP

El FBI informó que restableció los mails que la precandidata presidencial Hillary Clinton eliminó de su cuenta personal

AFP Y [email protected]

WASHINGTON.— Los co-rreos electrónicos personales y profesionales que la ex-secretaria de Estado Hillary Clinton dijo que habían sido borrados de su cuenta priva-da, fueron recuperados por la Oficina Federal de Investiga-ciones (FBI), informaron ayer medios estadunidenses.

La candidata demócrata a la Casa Blanca Hillary Clin-ton se ha visto acosada tras la revelación de que usaba una cuenta de correo personal y el servidor de su casa, en vez del oficial del gobierno, mientras era secretaria de Estado de 2009 a 2013.

Clinton afirmó que el ser-vidor quedó limpio después de que asistentes determi-naran qué mensajes eran personales y cuáles estaban vinculados con su trabajo, y que los otros fueron entre-gados al Departamento de Estado.

Sin embargo, el diario The New York Times dijo el mar-tes que el FBI encontró los correos borrados, citando a dos responsables guberna-mentales, uno de los cuales afirmó que el proceso de re-cuperación no fue demasia-do difícil.

De acuerdo con el diario estadunidense, se desconoce

dónde encontró el FBI los 60 mil correos electrónicos de Cl inton, la favor i-ta en el lado demócrata para buscar la Presidencia estadunidense.

Recientemente el Depar-tamento de Justicia declaró que la precandidata tenía el derecho de borrar sus co-rreos electrónicos privados de la cuenta personal que utilizaba cuando era secre-taria de Estado.

“No hay duda alguna de que la exsecretaria de Esta-do Hillary Clinton tenía au-toridad como para borrar sus correos electrónicos pri-vados sin ser supervisada por el Departamento de Es-tado y podría haber actua-do de esa manera incluso si hubiera utilizado el servidor ministerial”, escribieron los responsables legales del De-partamento de Justicia en un documento remitido la se-mana pasada a la Corte Fe-deral de Washington.

Recuperan correos borrados ESTADOS UNIDOS

Foto: AP

(Usar mi cuenta con fines oficia-les) fue un error y lo siento. Asu-mo la responsabili-dad, y trato de ser tan transparen-te como me es posible.”HILLARY CLINTONEXSECRETARIA DE ESTADO

BATALLAELECTORAL

2016

BATALLAELECTORAL

2016

[email protected]

LOS ÁNGELES.— El presi-dente chino, Xi Jinping, pi-dió ayer mayor confianza y menos sospechas en la relación bilateral con Es-tados Unidos, previo a una reunión con el mandatario Barack Obama en la Casa Blanca.

Su primer discurso en Estados Unidos, ante em-presarios, se produjo en momentos en que un gru-po de empresas chinas firmó un acuerdo con la estadunidense Boeing para la compra de 300 aviones, según la agencia china Xinhua.

Xi insistió en que Pekín no quiere un conflicto con Estados Unidos, pese a las tensiones entre ambos paí-ses en varias áreas.

“Queremos ver un mejor entendimiento y confianza y menos distan-ciamiento y sospechas”, afirmó Xi”.

“Si se entrara en un conflicto y confronta-ción, eso llevaría al desas-tre para ambos países y, por ende, para el mundo”, sostuvo el mandatario, en Washington.

Xi Jinping pide más confianza

VISITA OFICIAL

LLAMADOEl presidente chino, Xi Jinping, insistió en que Pekín no quiere un con-flicto con Estados Uni-dos, pese a las tensiones entre ambos países en varias áreas.

Poder Judicial de la Federación.

Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Baja California Sur.

E D I C T OJuicio de amparo número 255/2014, promovido por BBVA-Bancomer, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer, fideicomiso identificado con el número F/17802-0, en contra del acto emitido por el Juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Civil, con residencia en Mazatlán, Sinaloa y otras, consistente en la orden de embargo del inmueble identificado como lote B1, del predio denominado El Tule, así como el ilegal emplazamiento al juicio ordinario mercantil 1028/1998. Se ordenó emplazar al tercero interesado Alfredo Enríquez González, por edictos, para que comparezca en treinta días, a partir del día siguiente de la última publicación, señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo, se harán por lista, conforme al artículo 27 de la Ley de Amparo vigente y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria.

La Paz, B.C.S., 14 de agosto de 2015.

(Rúbrica)Luis Felipe Vázquez Palacios

Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado.

Sello del JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR

(Un sello impreso)ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.

(Un sello a tinta)ESTADOS UNIDOS MEXICANOS JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS.-

EDICTO.

AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS. NUEVO LAREDO, TAMAULIPAS.

MARIA DE LOS ANGELES LERMA RAMIREZ.

En los autos del juicio de amparo número 304/2015-3, promovido por SANTIAGO CANDELARIO ARECHIGA GUAJARDO contra actos del Juez Primero de Primera Instancia de lo Penal con residencia en la ciudad de Nuevo Laredo y otras autoridades, en el que se le señaló a usted como tercera interesada, desconociéndose su domicilio cierto y actual, en cumplimiento al acuerdo dictado el seis de agosto de dos mil quince, se ha ordenado emplazarle a juicio por edictos, mismos que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación que se editan en la República, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 27, fracción III, inciso b), párrafo segundo de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria. Quedando a disposición de usted en la actuaría de este tribunal copia simple de la demanda de amparo, de la que se desprende se cita como acto reclamado una orden de aprehensión dictada en la causa penal 102/2012 del índice del juez responsable.

Haciéndole de su conocimiento que por auto de tres de julio de dos mil quince, este juzgado aceptó la competencia planteada por Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en esta ciudad.

Asimismo, que por auto de seis de agosto de dos mil quince, se señalaron las NUEVE HORAS DEL QUINCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, para llevar a cabo la audiencia constitucional y se ordenó emplazar por edictos a usted MARIA DE LOS ANGELES LERMA RAMIREZ.

Por último, infórmesele que cuenta con un término de treinta días contados a partir de la última publicación de los edictos para que ocurra ante este Juzgado Federal a hacer valer sus derechos; apercibida que de no hacerlo las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal, le surtirán por lista en los estrados de este tribunal.

Fíjese en los estrados de este juzgado, copia íntegra del presente acuerdo, por todo el tiempo que dure el emplazamiento.

Nuevo Laredo, Tamps., a 12 de Agosto de 2015.

A t e n t a m e n t e.

La Secretaria del Juzgado Tercero deDistrito en el Estado de Tamaulipas

(UNA FIRMA)

Patricia Arcos León.

(Un sello a tinta)ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS.

“2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón”

Dirección GeneralDirección de Administración

E D I C T O

AL MARGEN EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERCIÓN.- JUZGADO DECIMOCUARTO DE DISTRITO DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL DISTRITO FEDERAL.

Para notificar a la TERCERA INTERESADA DEL VALLE CONSULTORES Y CONSTRUCTORES, sociedad anónima de capital variable, en el amparo 652/2015, promovido por INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA GENÓMICA (INMEGEN), contra actos del agente del Ministerio Público de la Federación Titular de la Mesa XXX-DDF, adscrita a la Subdelegación de Procedimientos Especiales, de la Delegación en el Distrito Federal, de la Procuraduría General de la República y otras; habiéndose ordenado el emplazamiento por edictos en auto de veintisiete de agosto en curso, para que acuda a este juzgado por conducto de su apoderado legal, en el término de treinta días contados a partir de la última publicación, haga valer sus derechos y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad; apercibida que de no hacerlo, las subsecuentes, aun las de carácter personal, se le practicarán por lista, quedando a su disposición en la secretaría copia de la demanda para su traslado.

Atentamente

México, D.F., 28 de agosto de 2015.

Secretario del Juzgado Decimocuartode Distrito de Amparo en Materia Penal en el

Distrito Federal.

Pablo Sánchez Martínez

EDICTO

Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil. Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, con residencia oficial en la ciudad de San Andrés Cholula, Puebla.

En los autos del juicio de amparo número 1076/2015-II de este Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, promovido por Gustavo Zepeda García y Demetria Romero Hernández, contra actos del Juez Octavo de lo Civil de Puebla, Puebla y otra autoridad, se ha señalado como tercero interesado a Pedro Mario Cobos Marín, y ya que se desconoce su domicilio, se ha ordenado su emplazamiento por medio de edictos, que deberán publicarse tres veces consecutivas, de siete en siete días, en el “Diario Oficial de la Federación” y en el periódico “El Excelsior”, que es uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en el inciso b) fracción III del artículo 27 de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley citada. Haciéndole saber que queda a su disposición en la actuaría de este juzgado ubicado en Avenida Osa Menor número ochenta y dos, séptimo piso, ala sur, Ciudad Judicial siglo XXI, Reserva Territorial Atlixcayotl, San Andrés Cholula, Puebla, Código Postal 72810, copia simple de la demanda de amparo, y que deberán presentarse dentro del plazo de treinta días contados del siguiente al de la última publicación, bajo el apercibimiento que de no comparecer, las notificaciones que les correspondan les serán hechas mediante lista, en términos de la fracción II, del numeral 27, de la Ley de Amparo.

San Andrés Cholula, Puebla, uno de septiembre de dos mil quince.

(Rúbrica)Lic. Karla Villalba Rojas.

Secretaria del Juzgado Tercero de distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios

Federales en el Estado de Puebla.

E D I C T O

AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TLAXCALA.

VÍCTOR ALEJANDRO CÉSAR RAMÍREZ RODRÍGUEZ

SE LE HACE SABER QUE EN ESTE JUZGADO SE ESTÁ TRAMITANDO EL JUICIO DE AMPARO 410/2015-B, PROMOVIDO POR EDGARDO PORRAS MELCHOR, EN SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL DE ARCADIO MOTA ARROYO Y JAQUELINE SÁNCHEZ MORA, CONTRA ACTOS DEL JUEZ DE LO CIVIL Y DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MORELOS Y OTRAS AUTORIDADES, QUE HIZO CONSISTIR EN TODO LO ACTUADO EN AUTOS DEL EXPEDIENTE 245/2012 Y LAS INSERCIONES Y/O ANOTACIONES LLEVADAS A CABO EN CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DICTADA EN LOS AUTOS DEL EXPEDIENTE 245/2012; ASIMISMO, SE LE HACE SABER QUE DEBERÁ APERSONARSE DENTRO DEL PLAZO DE TREINTA DÍAS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN, APERCIBIDA QUE EN CASO DE NO HACERLO, SE SEGUIRÁ LASUBSTANCIACIÓN DEL JUICIO Y LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES INCLUSO LAS DE CARÁCTER PERSONAL SE LE PRACTICARÁN POR LISTA QUE SE FIJE EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO FEDERAL. LO QUE SE LE COMUNICA PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS LEGALES PROCEDENTES.

TLAXCALA, TLAXCALA, A 08 DE SEPTIEMBRE DE 2015.

LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TLAXCALA.

(Rúbrica)

LAURA ESTHER SÁNCHEZ OCHOA

Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. México. Juzgado Décimo Quinto Civil de Proceso Oral.

“AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DE LA JUSTICIA ORAL.”

E D I C T O.

C. ELITE MEDIA S.A. DE C.V.

En cumplimiento a lo ordenado mediante autos de fecha veintiocho de agosto y veintidós de junio, ambos del dos mil quince, dictados en el Juicio ORAL MERCANTIL, expediente 387/2015 promovido por FOLl DE MÉXICO, S.A. DE C,V. en contra de ELITE MEDIA, S.A. DE C.V., instruido ante el C. Juez Décimo Quinto de Proceso Oral Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, se le notifica mediante este edicto, que se presentó demanda en su contra, haciéndole saber que deberá presentarse ante este Juzgado, dentro del término de TREINTA DÍAS a recibir las copias de traslado de la demanda instaurada en su contra, contados a partir del día siguiente de la última publicación, en el entendido de que en caso de que concluya el término señalado anteriormente, se tendrá por precluido su derecho para hacerlo, continuando el juicio en su rebeldía. En el supuesto de que comparezca a recibir las copias de traslado, contará con NUEVE DÍAS para producir su contestación a partir del día siguiente en que reciba las copias respectivas, lo anterior con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia.

C. SECRETARIA DE ACUERDOS

(Rúbrica)

LIC. ROSA LINDA MARURE REYES

ESTADOS UNIDOS MEXICANOSPODER JUDICIAL DEL ESTADO DE JALISCO

CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCOPRIMER PARTIDO JUDICIAL

JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTILEDICTO

Juicio Mercantil Ordinario, expediente 2660/2014, promueve BANCO INVEX, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, INVEX GRUPO FINANCIERO, FIDUCIARIO VS. SANTANA BARAJAS BARAJAS Y MIREYA QUINTERO GUTIERREZ. por siguientes prestaciones: a) Por declaración judicial que se realice en sentencia definitiva que operó el vencimiento anticipado del plazo pactado en el contrato de Apertura de Crédito simple con Interés y garantía hipotecaria, celebrado entre METROFINANCIERA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA, ACTUALMENTE METROFINANCIERA SOCIEDAD ANONIMA PROMOTORA DE INVERSION DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA, con los ahora demandados SANTANA BARAJAS BARAJAS Y MIREYA QUINTERO GUTIERREZ, mediante escritura 11,768 de fecha 28 de diciembre de 2007, pasada ante la fe del licenciado ARTURO ZAMORA JIMENEZ, Notario Público Titular número 16 de Zapopan, Jalisco, al actualizarse la causal prevista en la cláusula DECIMA CUARTA inciso a) del fundatorio de la acción, dado que, tal y como se aprecia del contenido de la certificación contable emitida por el contador publico EDGAR ALBERTO ZAMBRANO MORALES, facultado por mi representada, el demandado, adeudo el pago de las amortizaciones comprendidas a partir del 1 de septiembre del año 2009.- b) .- Por cumplimiento total de las obligaciones derivadas del contrato de apertura de crédito simple en que se funda la acción ejercitada, y como consecuencia de ello, por: c) .- Pago de la cantidad de $111,687.92 UDIS en su equivalente en pesos, Moneda Nacional, al momento de efectuarse el pago total de la prestación que aquí se reclama, y que al día 30 de junio de 2014, corresponde a la cantidad de $573,083.00, de los cuales la cantidad de 104,573.50 UDIS, corresponde a capital vigente y la cantidad de 7,114.42 UDIS, corresponde a capital vencido, según se acredita con el estado de cuenta certificado que se acompaña con números al 30 treinta de junio de 2014.- d) .- Por el pago de la cantidad de 55,914.10 UDIS en su equivalente en pesos, Moneda Nacional, al momento de efectuarse el pago total de la prestación que aquí se reclama, y que al día 30 de junio de 2014, corresponde a la cantidad de $286,901.40 por concepto de intereses ordinarios adeuda a mi mandante, calculados a partir del 01 de septiembre de 2009 y hasta el 30 de junio de 2014 (fecha de corte del estado de cuenta) .- e).- Por el pago de la cantidad de 83,871.13 UDIS en su equivalente en pesos, Moneda Nacional, al momento de efectuarse el pago total de la prestación que aquí se reclama, y que al día 30 de junio de 2014, corresponde a la cantidad de $430,351.99 que por concepto de intereses moratorios adeuda mi mandante, calculados a partir del 1 de septiembre de 2009 y hasta el 30 de junio de 2014 ( fecha de corte del estado de cuenta) más las cantidades que se sigan devengando por este concepto a partir de la fecha antes indicada y hasta la total liquidación del adeudo.- f) .– Por la ejecución de la garantía hipotecaria y el remate del bien inmueble hipotecado para que con su producto se pague a mi mandante las prestaciones que reclama.- g) .- Por el pago de gastos y costas que se originen por la tramitación de este juicio. Se emplaza por este conducto a SANTANA BARAJAS BARAJAS Y MIREYA QUINTERO GUTIERREZ, haciéndoles saber tienen término 30 días contados partir del día siguiente de la última publicación, para contestar demanda, bajo apercibimiento que en caso de no hacerlo, les precluirá el derecho para ese fin, quedando a su disposición las copias simples de la demanda y documentos exhibidos en la misma, Secretaría de este Juzgado.

Zapopan, Jalisco, 22 de abril, de 2015SECRETARIO DE ACUERDOS

LIC. NORMA CELINA AGUIRRE PLASCENCIA

En el Juicio Especial de Fianzas 38/2014,promovido por COMISIÓN FEDERAL DEE L E C T R I C I D A D c o n t r a F I A N Z A SMONTERREY, SOCIEDAD ANÓNIMA,el Juez Tercero de Distrito en La Laguna,ordenó, el seis de febrero de dos milcatorce, EMPLAZAR POR MEDIO DEEDICTOS a Ia persona moral denominadaMAYOREO ELÉCTRICO, SOCIEDADANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,haciéndosele saber que: atendiendo a lasolicitud de la parte demandada, confundamento en lo dispuesto por el artículo118 bis, de la Ley Federal de Institucionesde Fianzas, se ordena llamar al presentejuicio al fiado MAYOREO ELÉCTRICO,SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPlTALVARIABLE, a fin de que, de conformidadcon el numeral invocado rinda las pruebasque estime convenientes y, de no hacerlo,en su caso, le perjudicará la sentencia quese pronuncie contra La institución defianzas. Asimismo, deberá comparecer aeste Juzgado Federal, ubicado enBoulevard Independencia 2111 oriente,colonia San Isidro, código postal 27100,de esta ciudad, por conducto de surepresentante legal, a contestar lademanda y a oponer excepcionesen un término de TREINTA DÍAS HÁBILES,contado a partir del día siguiente al de laúltima publicación y las copias simples dela demanda y sus anexos para correrletraslado, se encuentran a su disposiciónen este Juzgado. Además si transcurrido el término dereferencia, no comparece apoderado ogestor que pueda representado, se seguiráel juicio en rebeldía, haciéndosele lasulteriores notificaciones por rotulón.Publiquese el presente edicto por tres vecesen la forma ordenada en el acuerdo antesindicado. Torreón, Coahuila, a 06 deFebrero de 2015.

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EDICTOMAYOREO ELÉCTRICO SOCIEDADANÍÓNlMA DE CAPITAL VARIABLE.

LA SECRETARIA DEL JUZGADOTERCERO DE DISTRITO EN LA LAGUNA.

LIC. LAURA BEATRIZ ALCÁZARSOTOMAYOR.

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EXCELSIOR : juEvES 24 dE SEptIEmbRE dE 2015 GLObAL 7JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO MERCANTIL DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO.EXPEDIENTE NÚMERO 338/14-2015/M-II.-

CEDULA MERCANTIL DE NOTIFICACIÓN Y EMPLAZAMIENTOPERSONAL POR CONDUCTO DEL PERIÓDICO DE MAYOR

CIRCULACIÓN NACIONAL DENOMINADO EXCELSIOR.-A: CUBO ROJO S.A. DE C.V. A TRAVÉS DE QUIEN LEGALMENTE LA REPRESENTA (en su carácter de acreditada).- Hago saber: Que dentro de los autos del expediente antes señalado, Relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el C. LUIS FELIPE CHI CANUL, en carácter de apoderado legal de la empresa “UNION DE CREDITO MIXTA DEL CARMEN” S.A. DE C.V., en contra de la empresa denominada CUBO ROJO, S.A DE C.V., representada por la C. MARTHA PATRICIA PEÑA ESCAMILLA y/o quien legalmente la represente (en su carácter de acreditada) y la C. ADA IRMA ESCAMILLA ORDOÑEZ (como aval, deudor solidario y garante hipotecario); la C. Juez de conocimiento, dictó un auto de fecha VEINTIOCHO de AGOSTO del año dos mil quince, que a la letra dice: …“JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO MERCANTIL DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO.- CIUDAD DEL CAR-MEN, CAMPECHE, A VEINTIOCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE.-----------------VISTOS: La nota con la que cuenta la Secretaria de Acuerdos, es por lo que al respecto se acuerda.----------------------------------------------------------------------------------PRIMERO: Se tiene por presentada a la LIC. ORIANA ARACELY MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ, con su escrito de cuenta, solicitando llevar a efecto la diligencia de requerimiento de pago y/o embargo y emplazamiento a los demandados CUBO ROJO, S.A DE C.V. Y ADA IRMA ESCAMILLA ORDOÑEZ, a través del Periódico Oficial del Estado y de un Periódico de mayor circulación en la República Mexicana.Segundo: Ahora bien, como consta de autos en el presente juicio, se encuentran glosadas las contestaciones a los oficios que se enviaran, tal como la efectuada por el oficio DSPVyT/UJ//2015, remitido por el Comisario CANDELARIO ENRIQUE AKE NAVARRETE, Directos Interino de la Dirección de Se-guridad Pública, Vialidad y Tránsito Municipal, en relación al expediente 338/14-2015/1M-II, mediante el cual viene dando contestación al oficio número 1428/14-2015/1M-IIM informando domicilio de la C. MARTHA PATRICIA PEÑA ESCAMILLA siendo: Avenida Camarón No. 510 Col. Morelos de esta Ciudad y no de la C. ADA IRMA ESCAMILLA ORDOÑEZ, el oficio DG-RCG-826/2015 remitido por el ING. ROBERTO DEL CAMPO GONZÁLEZ, Director General del Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Carmen, mediante el cual viene dando contestación al oficio número 1425/14-2015/1M-II, informando domicilio de la C. MARTHA PATRICIA PEÑA ESCAMILLA siendo: Calle 65 No. 510 entre 68 y 66 Col. José María Morelos de esta Ciudad y de la C. ADA IRMA ESCAMILLA ORDOÑEZ siendo: Carretera Carmen Puerto Real KM. 4 Finca Huariche de esta ciudad, el oficio INE/02-JD-CAMP/OF/VRFE/1490/2015 remitido por la LIC. GLENY MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, encargada de la vocalía del R.F.E. de la 02 Junta Distrital Ejecutiva, mediante el cual viene dando contestación al oficio número 1422/14-2015/1M-II, informando domicilio de la C. MARTHA PATRICIA PEÑA ESCAMILLA siendo: Avenida Camarón No. 510 Col. Morelos de esta Ciudad y de la C. ADDA IRMA ESCAMILLA ORDOÑEZ siendo: Calle 50, Número 17, Col. Aviación de esta Ciudad, el oficio SF/DI/1RC/705/2015 remitido por la ARQ. ANA LUIS ABREU CALDERÓN, Subdirectora de Atención al Contribuyente de la Secretaria de Finanzas, mediante el cual viene dando contestación al oficio número 1424/14-2015/1M-II, en relación al expediente 338/14-2015/1M-II, donde informa que en su sistema integral tributario o refleja domicilio a nombre de las CC. MARTHA PATRICIA PEÑA ESCAMILLA Y ADDA IRMA ESCAMILLA ORDOÑEZ, el oficio ZCAR/ORAO-66/15 remitido por el LIC. OSCAR ROMÁN AMÉZQUITA OJEDA, Jefe de Oficina Jurídico Zona Carmen, mediante el cual viene dando contestación al oficio número 1426/14-2015/1M-II, informando que el domicilio de la persona moral CUBO ROJO S.A. DE C.V. siendo: Calle 35 2B por calle 22, Col. Centro de esta Ciudad y el escrito de la LIC. KARINE GONZÁLES ÁNGELES, SUPERVISORA COMERCIAL TELÉFONOS DE MÉXICO S.A.B DE C.V. mediante el cual viene dando contestación al oficio número 1427/14-2015/1M-II informando domicilio de la C. MARTHA PATRICIA PEÑA ESCAMILLA siendo: Avenida Camarón No. 510 Col. Morelos C.P. 24115 de esta Ciudad, y habiéndose constituido la actuaria a los diversos domicilios señalados por las dependencias, sin que se haya localizado a los demandados, se desprende y se corrobora que la empresa CUBO ROJO S.A. DE C.V. Y ADA IRMA ESCAMILLA ORDOÑEZ, no tiene domicilio cierto y conocido en esta Ciudad, esto es, se ignora su domicilio en tal razón como lo solicita la ocursante procédase a emplazar y correr traslado a los demandados CUBO ROJO S.A. DE C.V., A TARVES DE QUIEN LEGALMENTE LO REPRESENTE Y ADA IRMA ESCAMILLA ORDOÑEZ, a través del Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, mismas que deberán efectuarse y erogarse por conducto de la parte actora el LIC. LUIS FELIPE CHI CANUL, Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil UNION DE CREDITO MIXTA DEL CARMEN S.A. DE C.V. debiendo llevar a cabo dicha publicación en términos de lo establecido en el artículo 1070 del Código de Comercio en vigor que a la letra dice: “Cuando se ignore el domicilio de la persona que debe ser notificada, la primera notificación se hará publicando la determinación respectiva tres veces consecutivas en un periódico de circulación amplia y de cobertura nacional y en un periódico local del Estado o del Distrito Federal en que el comerciante deba ser demandado.” haciéndole saber a la parte demandada que se le concede el termino de TREINTA días para que comparezca ante este Juzgado Primero de Primera Instancia del Ramo Mercantil de este Segundo Distrito Judicial del Estado, a contestar la demanda insturada en su contra, dejándose sin efecto el termino de ocho días que señala el auto de inicio que a continuación se preinsertara.------------------------------------------------------------------------TERCERO: Asimismo se les arce de su conocimiento que las copias de traslado quedan en la Secretaria de este Juzgado, para que comparezca ante este juzgado en días y horas hábiles a recogerlas.-------------------------------------------------------------CUARTO: Igualmente se le requiere a la demandada para que dentro de dicho termino señale domicilio fijo y conocido en esta ciudad, para efectos de que se le hagan notificaciones, apercibida que en caso de no hacerlo las subsecuentes notificaciones aun las de carácter personal se le harán por medio de cedula que se fijara en los estrados de este Juzgado, lo anterior con fundamento en el número 1070 del Código de Comercio en vigor.----------------------------------------------------------QUINTO: autorizándose para hacerle entrega de dichos edictos a los CC. LUIS ENRIQUE AGUILAR CHÁVEZ, INGRI PAMELA CISNEROS AVILA Y/O YESICA LÓPEZ BERNAL previa identificación y constancia de recibido.---------------------------SEXTO: Por lo que procede a transcribir en sus términos el auto de fecha diez de abril del dos mil once, mismo que a la letra dice.----------------------------------------------JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO MERCANTIL DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO.- CIUDAD DEL CARMEN, CAMPECHE, A DIEZ DE ABRIL DEL DOS MIL QUINCE.----------------------------------VISTOS: Con lo que da cuenta la Secretaria de Acuerdos, al respecto SE ACUERDA:-----------------------------------------------------------------------------------------------A).- Se tiene por presente al LIC. LUIS FELIPE CHI CANUL, con su instan-cia de cuenta y documentación adjunta consistente en dos pagares originales, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en el predio número 295-A de la calle 38 entre 45 y 47 de la colonia Tecolutla de esta Ciudad.- Nombrando como sus Asesores Técnicos a los LICDOS. MARIA JESUS SANCHEZ CRUZ, ORIANA ARACELY MARTINEZ DOMINGUEZ Y JONATAN OMAR POLANCO TINAL y siendo que dichos profesionistas se encuentran inscrita en el libro de Cedulas Profesionales que se lleva ante este Juzgado, se les tiene como tal de conformidad con el artículo 1069 del Código de Comercio en vigor. Asimismo viene autorizando a los CC. INGRI PAMELA CISNEROS AVILA, YESSENIA MOSQUEDA BARRIENTOS Y YESICA LOPEZ BERNAL para oír, y recibir notificaciones e imponerse de autos, misma autorización que se le concede de conformidad con el párrafo sexto del artículo 1069 del Código de Comercio en vigor sin ninguna otra atribución que señala el numeral en comento.--------------------------------------------------B).- Por lo que se tiene al ocurasante compareciendo en su carácter de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil denominada UNION DE CREDITO MIXTA DEL CARMEN S.A. DE C.V., tal y como lo acredita con la copía certificada del la escritura Publica numero dos, que fuera pasada ante la fe del C. LIC. GONZALO VADILLO ESPINOSA, Notario Publico numero Catorce de este Segundo Distrito Judicial del Estado, relativa a la escritura publica numero dos, relativa al Poder General para Pleitor y Cobranzas que otorga dicha Sociedad por conducto de su Presidente del Consejo de Administración y Apoderado Legal el C.P. JOSE NICOLAS NOVELO NOBLE, de fecha doce abril del año dos mil cinco instrumento que fuera pasado ante la fe del LICENCIADO JUAN NARCISO DELGADO BARAJONA Notario Público No. 10 de esta ciudad, documento que se acompaña adjunto al escrito de la presente demanda; exhibiendo copia original y copia simple del mismo debiéndose dejar constancia en autos; personalidad que se le reconoce de conformidad con el artículo 1061 fracción II del Código de Comercio en vigor, promoviendo Juicio Ejecutivo Mercantil y en Ejercicio de la Acción Cambiaria Directa en contra de la empresa denominada CUBO ROJO S.A. DE C.V. representada por la C. MARTHA PATRICIA PEÑA ESCAMILLA y/o quien legalmente la represente, en su carácter de acreditada y la C. ADA IRMA ESCAMILLA ORDOÑEZ como aval, deudor solidario y garante hipotecario, mismos que pueden ser debidamente requeridos, en su caso embargados y emplazados a juicio ambas en los domicilios: CALLE 31-B, LOTE 1, NUMERO 1 DE LA COLONIA CAMARONEROS DE ESTA CIUDAD; Y/O PREDIO URBANO NUMERO 88 DE LA CALLE Y/O AVENIDA CAMARON ENTRE CALLES 68 Y 70 DE LA COLONIA MORELOS Y/O PREDIO NUMERO 100 DE LA AVENIDA CAMARON, COLONIA JUSTO SIERRA Y/O PREDIO URBANO NUMERO 16 DE LA COLONIA BENITO JUAREZ de esta ciudad.----------------------------------------------------------------------------------------------------C).- y trayendo aparejada ejecución el documento que sirve como base de su acción al actor, siendo un contrato de crédito simple con garantía hipotecaria original y contrato de cuenta corriente con garantía hipotecaria y prendaria en apego a lo establecido en los dispositivos legales 47 y 48 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito, en relación con los artículos 1391 Fracción VIII, 1392, 1394, 1396, 1399 y 1401 del Código de Comercio en Vigor, se admite la demanda de cuenta.--------------------------------------------------------D).- Fórmese expediente por duplicado, márquese con el número 338/14-2015/1M-II, y regístrese en el Sistema Sigelex que se usa en este Juzgado.---------E).- y teniendo este auto efectos de mandamiento en forma se turnan los autos a la ciudadana actuaria interina adscrita a este juzgado, a fin de que requiera a la parte demandada el pago inmediato de lo reclamado; para el caso de que se niegue a pagar, embárguesele bines bastantes y suficientes de su propiedad para agarantizar el monto de lo adeudado, debiendo quedar tales bienes en depósito de las personas que bajo su másestricta responsabilidad designe el actor, en el entendidoque, para el supuesto que el depositario de los bines embargados sea distinta al ejecutado, deberá dar cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 463 del código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la legislación mercantil, esto es , antes de ponerlo en posesión del encargado, deberá acreditar tener bienes raíces bastantes para responder del secuestro, o e su defecto tendrá que otorgar fianza, y para el caso de que se otorgue esta última en cualquiera de sus modalidades, deberá ser por el monto de un DIEZ POR CIENTO de la suerte principal; lo anterior en relación a los artículos 1393 y 1394 de Código de Comercio en vigor.- sirve de apoyo el siguiente criterio de jurisprudencia sustentada por la contradicción de tesis 140/2006-PP. Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado del mismo circuito (anteriormente Segundo Tribunal Colegiado del mismo Circuito) y el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. 3 de Octubre de 2007, cinco votos, ponente:Juan Silva Meza, Secretario: Manuel GonzálezDiaz. Tesis de Jurisprudencia 152/2007. Aprobada por la Primera Sala de esta Alto Tribunal, En Sesion De Fecha Diez De Octubre De Dos Mil Siete, De La Novena Época. Instantánea: Primera Sala Jurisprudencia: Fuente Semanario Judicial De La Federación Y Su Gaceta XXVI, Diciembre De 2007, Materia (S) Civil Tesis 1°/J. 152/2007, Visible En La Página 79 Bajo La Voz Y Texto.

DEPOSITARIOS JUDICIALES E INTERVENTORES CON CARGO A LA CAJA EN JUICIOS EJECUTIVOS MERCANTILES. PARA RESOLVER SOBRE EL OTORGAMIENTO DE LA CAUCIÓN PARA GARANTIZAR SU CARGO PROCEDE APLICAR SUPLETORIAMENTE LA LEGISLACIÓN PROCESAL CIVIL CORRESPONDIENTE.

La supletoriedad de normas en materia mercantil sólo procede respecto de aquellas instituciones establecidas en el Código de Comercio cuya regulación sea nula o insuficiente; de ahí que si en sus artículos 1392 a 1395 se prevé la institución procesal del embargo de bienes, pero no se regulan los derechos y deberes de los depositarios de éstos, es aplicable supletoriamente la legislación procesal civil, local o federal, dependiendo de la fecha de inicio del proceso mercantil respectivo, a fin de resolver sobre el otorgamiento de la caución para garantizar el depósito de los bienes embargados en el juicio ejecutivo mercantil. Ello se confirma con lo estatuido en el artículo 1392 de dicha legislación mercantil, en el sentido de que los bienes embargados deben ponerse bajo la responsabilidad del acreedor, en depósito de persona nombrada por éste; y al tenor del artículo 1414 del citado Código, el cual señala que cualquier incidente o cuestión que se suscite en los juicios ejecutivos mercantiles debe resolverse por el juez con apoyo en las disposiciones respectivas del Título Tercero del propio ordenamiento legal, y en su defecto en lo relativo a los incidentes en los juicios ordinarios mercantiles, y a falta de ambas, a lo establecido en el Código de Procedimientos Civiles respectivo, en aras de procurar la mayor equidad entre las partes; por lo que si lo estima conducente o lo solicita justificadamente el embargado, el juez puede decretar la caución para que el depositario o interventor -que no sea el demandado- designado por el actor responda del secuestro con fundamento en las disposiciones legales aplicables de la legislación procesal civil correspondiente.

Contradicción de tesis 140/2006-PS. Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, el Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito (anteriormente Segundo Tribunal Colegiado del mismo circuito) y el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. 3 de octubre de 2007. Cinco votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Manuel González Díaz.

Tesis de jurisprudencia 152/2007. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha diez de octubre de dos mil siete. ---------------------------------------------------------F).- en consecuencia, procederá el actuario por medio de cedula, copias simples de la demanda y demás documentos que se acompañan, debidamente selladas y requisitadas que lo sean por la Secretaria de Acuerdos de este juzgado, a correr el traslado de ley a la parte demandada, debiendo dejarse copia simple igualmente de la diligencia practicada, procediéndose a emplazar a juicio a dicho demandado, para que dentro del término de OCHO DIAS que señala el artículo 1396 reformado del código de Comercio comparezca ante este Juzgado Mercantil a hacer paga llana de la cantidad reclamada y demás prestaciones, o a contestar la demanda instaurad<a en su contra, o a oponerse a la ejecución si tuviera alguna excepción que hacer valer; asimismo dentro del término antes mencionado deberá contestar la demanda refiriéndose concretamente a cada hecho oponiendo únicamente las excepciones que permita la ley, ofreciendo en el mismo escrito las pruebas y acompañando los documentos que exigue la ley para las excepciones. Prevéngase a la parte demandada para que al momento de dar contestación a la demanda instaurada en su contra, se sirva señalar domicilio para oir y recibir notificaciones en esta Ciudad, debiendo señalar el nombre oficial de la calle, las calles entre las que se ubica; la numeración oficial que le corresponde; en la inteligencia que de no hacerlo así todas las notificaciones aun las de carácter personal se le harán a través de cedula que se fije en los estrados de este juzgado, esto último acorde a lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 1069 del Código de comercio y 316 del Código Federal de Procedimientos Civiles vigente, aplicado supletoriamente.- ---------------------------------------------------------------G).- Se le hace saber a la actuaria Interina que deberá ajustarse a lo regulado por los artículos 1393 al 1396 del Código de Comercio Reformado, publicado en el Diaria Oficial de la Federación el diez de enero de dos mil catorce, aplicado al presente asunto al haberse radicado ante este Juzgado con posterioridad a la fecha de su entrada en vigor.-----------------------------------------------------------------------H).- Y siendo que el artículo 17 Constitucional señala que la justicia debe ser pronta y expedita, se le requiere a la parte actora acuda a enterarse de la fecha y hora que el Actuario le fijara con motivo del presente acuerdo, pues en caso de que no comparezca a enterarse de la citada fecha ni acuda a la diligencia respec-tiva LA SUBSECUENTE SOLICITUD respecto de la ejecución del auto de exequendo, sin menoscabo de que se encuentre ajustado a derecho, se proveerá ordenado su realización de manera continua e ininterrumpida, sin necesidad de la presencia la parte actora y/o titular del derecho en dicha diligencia, toda vez que el artículo 1393 del Código de Comercio, no exige que dicho emplazamiento no pueda llevarse a cabo por falta de la presencia del actor, porque el citado precepto legal solo señala que el derecho para señalar bien para su embargo pasara al actor, pero no exige que este tenga que estar presente, por lo que no es pretexto para no realizar la diligencia de requerimiento de pago, embargo y emplazamiento, ya que así lo establece el Tribunal Colegiado del Décimo Cuarto Cir-cuito, en el Amparo en revisión 357/2009 emitido el tres de marzo de dos mil diez.--------------------------------------------------------------------------------------------------------I).- Se previene al actor, que en caso de embargar bienes muebles, deberá dar cumplimiento estricto a lo regulado por el numeral 463 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente al de Comercio, apercibido que de no dar cumplimiento a dicho precepto legal no se procederá a ordenar al desempeño de las funciones al depositario judicial designado.----------------------------J).- En cuanto a las probanzas ofrecidas por la parte actora, acumúlese a los autos para ser tomados en consideración en su momento procesal oportuno, acorde a lo regulado por el dispositivo 1401 párrafo tercero del Código en mención.-------------------------------------------------------------------------------------------------.K).- De conformidad con el articulo 1055 en su fracción VI del Código de Comercio, procederá a guardar en los secretos de este Juzgado los documentos originales consistentitas en dos DOS pagares y DOS contratos con garantía hipotecaria, dejando copia simple en autos.----------------------------------------------------L).- De igual forma se acumulan los presentes autos el contrato de prestación de servicios profesionales que se adjunta a la presente para ser tomada en consideración en su momento procesal oportuno.--------------------------------------------M).- Hágase saber a las partes, que de manera gratuita esta a su disposición el Centro de Justicia Alternativa, con sede en este Distrito Judicial en el Estado, creado por el Pleno del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado de Campeche, en sesión ordinaria verificada el día cuatro de septiembre del año dos mil quince.- y con la finalidad de una impartición de Justicia pronta expedita completa e imparcial se invita a las partes a que pueden llegar a un arreglo conciliatorio, respecto al presente asunto, ello de conformidad al articulo del Reglamento del Centro de Justicia Alternativa del Poder Judicial del Estado..- - - - - - - - - - - - - - - - N).- En cumplimiento con lo que se establece el artículo 6 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Estado de Campeche, se le hace saber a las partes que tienen expedito su derecho para oponerse a la publicación de sus datos personales a o solicitar acceso a algunas resoluciones o a las pruebas que obren en el presente expediente respectivo, siempre y cuando, la Unidad Administrativa que lo tenga bajo su resguardo determine si tal oposición puede o no surtir efectos, tomando en cuenta para ello, si la resolución solicitada que se estime definitiva, haya causado ejecutoria y que, en la etapa de allegar pruebas o constancias a juicio, pueden manifestar en forma expresa si las mismas deben considerarse como reservadas o confidenciales, en términos de ley del artículo 7 de la Ley antes citada, todo lo anterior, sin perjuicio de lo que determine la Unidad Administrativa al instante que le sea solicitada, por terceros, la información de este expediente. - - - - -- - - - - - - - - - - - - -- - - -- - - - -- - - - -- - . NOTIFIQUESE PERSONALMENTE Y CUMPLASE, ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA LICENCIADA CARMEN DORIS DE LA ASUNCIÓN CRUZ LÓPEZ, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO MERCANTIL DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO, POR ANTE LA LICENCIADA CLAUDIA LETI-CIA COBA RAMOS, SECRETARIA DE ACUERDOS CON QUIEN ACTUA Y CERTIFICA.---------------------------------------------------------------------------------------------.338/14-15/1M-II RCGC/CLCR*…”Lo que notifico y fundo de conformidad con el articulo 1070 del Código de Comercio en vigor, Ciudad del Carmen, Campeche a TRES de SEPTIEMBRE del año dos mil QUINCE.- Conste y Doy Fe.-

LIC. BIRDIS DEL JESUS MOLINA GOMEZ.ACTUARIO INTERINO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO MERCAQNTIL DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO.-

De igual forma certifico que el acuerdo de fecha de veintiocho de agosto del dos mil quince, que obra glosado en a foja ciento veintidós del expediente 338/14-15/1M-II, que se encuentra a mi cargo, contiene la firma autógrafa de la Juez y Secretaria de Acuerdos, constante de cinco fojas, en la Ciudad del Carmen, Estado de Campeche a los tres de septiembre del dos mil quince.-

LIC. CLAUDIA LETICIA COBA RAMOSSecretaria de Acuerdos

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO MERCANTIL DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO.EXPEDIENTE NÚMERO 338/14-2015/M-II.-

CEDULA MERCANTIL DE NOTIFICACIÓN Y EMPLAZAMIENTOPERSONAL POR CONDUCTO DEL PERIÓDICO DE MAYOR

CIRCULACIÓN NACIONAL DENOMINADO EXCELSIOR.-A: C. ADA IRMA ESCAMILLA ORDOÑEZ (como aval, deudor solidario y garante hipotecario)Hago saber: Que dentro de los autos del expediente antes señalado, Relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el C. LUIS FELIPE CHI CANUL, en carácter de apoderado legal de la empresa “UNION DE CREDITO MIXTA DEL CARMEN” S.A. DE C.V., en contra de la empresa denominada CUBO ROJO, S.A DE C.V., representada por la C. MARTHA PATRICIA PEÑA ESCAMILLA y/o quien legalmente la represente (en su carácter de acreditada) y la C. ADA IRMA ESCAMILLA ORDOÑEZ (como aval, deudor solidario y garante hipotecario); la C. Juez de conocimiento, dictó un auto de fecha VEINTIOCHO de AGOSTO del año dos mil quince, que a la letra dice: …“JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO MERCANTIL DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO.- CIUDAD DEL CAR-MEN, CAMPECHE, A VEINTIOCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE.-----------------VISTOS: La nota con la que cuenta la Secretaria de Acuerdos, es por lo que al respecto se acuerda.----------------------------------------------------------------------------------PRIMERO: Se tiene por presentada a la LIC. ORIANA ARACELY MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ, con su escrito de cuenta, solicitando llevar a efecto la diligencia de requerimiento de pago y/o embargo y emplazamiento a los demandados CUBO ROJO, S.A DE C.V. Y ADA IRMA ESCAMILLA ORDOÑEZ, a través del Periódico Oficial del Estado y de un Periódico de mayor circulación en la República Mexicana.Segundo: Ahora bien, como consta de autos en el presente juicio, se encuentran glosadas las contestaciones a los oficios que se enviaran, tal como la efectuada por el oficio DSPVyT/UJ//2015, remitido por el Comisario CANDELARIO ENRIQUE AKE NAVARRETE, Directos Interino de la Dirección de Seguridad Pública, Vialidad y Tránsito Municipal, en relación al expediente 338/14-2015/1M-II, mediante el cual viene dando contestación al oficio número 1428/14-2015/1M-IIM informando domicilio de la C. MARTHA PATRICIA PEÑA ESCAMILLA siendo: Avenida Camarón No. 510 Col. Morelos de esta Ciudad y no de la C. ADA IRMA ESCAMILLA ORDOÑEZ, el oficio DG-RCG-826/2015 remitido por el ING. ROBERTO DEL CAMPO GONZÁLEZ, Director General del Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Carmen, mediante el cual viene dando contestación al oficio número 1425/14-2015/1M-II, informando domicilio de la C. MARTHA PATRICIA PEÑA ESCAMILLA siendo: Calle 65 No. 510 entre 68 y 66 Col. José María Morelos de esta Ciudad y de la C. ADA IRMA ESCAMILLA ORDOÑEZ siendo: Carretera Carmen Puerto Real KM. 4 Finca Huariche de esta ciudad, el oficio INE/02-JD-CAMP/OF/VRFE/1490/2015 remitido por la LIC. GLENY MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, encargada de la vocalía del R.F.E. de la 02 Junta Distrital Ejecutiva, mediante el cual viene dando contestación al oficio número 1422/14-2015/1M-II, informando domicilio de la C. MARTHA PATRICIA PEÑA ESCAMILLA siendo: Avenida Camarón No. 510 Col. Morelos de esta Ciudad y de la C. ADDA IRMA ESCAMILLA ORDOÑEZ siendo: Calle 50, Número 17, Col. Aviación de esta Ciudad, el oficio SF/DI/1RC/705/2015 remitido por la ARQ. ANA LUIS ABREU CALDERÓN, Subdirectora de Atención al Contribuyente de la Secretaria de Finanzas, mediante el cual viene dando contestación al oficio número 1424/14-2015/1M-II, en relación al expediente 338/14-2015/1M-II, donde informa que en su sistema integral tributario o refleja domicilio a nombre de las CC. MARTHA PATRICIA PEÑA ESCAMILLA Y ADDA IRMA ESCAMILLA ORDOÑEZ, el oficio ZCAR/ORAO-66/15 remitido por el LIC. OSCAR ROMÁN AMÉZQUITA OJEDA, Jefe de Oficina Jurídico Zona Carmen, mediante el cual viene dando contestación al oficio número 1426/14-2015/1M-II, informando que el domicilio de la persona moral CUBO ROJO S.A. DE C.V. siendo: Calle 35 2B por calle 22, Col. Centro de esta Ciudad y el escrito de la LIC. KARINE GONZÁLES ÁNGELES, SU-PERVISORA COMERCIAL TELÉFONOS DE MÉXICO S.A.B DE C.V. mediante el cual viene dando contestación al oficio número 1427/14-2015/1M-II informando domicilio de la C. MARTHA PATRICIA PEÑA ESCAMILLA siendo: Avenida Camarón No. 510 Col. Morelos C.P. 24115 de esta Ciudad, y habiéndose constituido la actuaria a los diversos domicilios señalados por las dependencias, sin que se haya localizado a los demandados, se desprende y se corrobora que la empresa CUBO ROJO S.A. DE C.V. Y ADA IRMA ESCAMILLA ORDOÑEZ, no tiene domicilio cierto y conocido en esta Ciudad, esto es, se ignora su domicilio en tal razón como lo solicita la ocursante procédase a emplazar y correr traslado a los demandados CUBO ROJO S.A. DE C.V., A TARVES DE QUIEN LEGALMENTE LO REPRESENTE Y ADA IRMA ESCAMILLA ORDOÑEZ, a través del Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mex-icana, mismas que deberán efectuarse y erogarse por conducto de la parte actora el LIC. LUIS FELIPE CHI CANUL, Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil UNION DE CREDITO MIXTA DEL CARMEN S.A. DE C.V. debiendo llevar a cabo dicha publicación en términos de lo establecido en el artículo 1070 del Código de Comercio en vigor que a la letra dice: “Cuando se ignore el domicilio de la persona que debe ser notificada, la primera notificación se hará publicando la deter-minación respectiva tres veces consecutivas en un periódico de circulación amplia y de cobertura nacional y en un periódico local del Estado o del Distrito Federal en que el comerciante deba ser demandado.” haciéndole saber a la parte demandada que se le concede el termino de TREINTA días para que comparezca ante este Juzgado Primero de Primera Instancia del Ramo Mercantil de este Segundo Distrito Judicial del Estado, a contestar la demanda insturada en su contra, dejándose sin efecto el termino de ocho días que señala el auto de inicio que a continuación se preinsertara.------------------------------------------------------------------------TERCERO: Asimismo se les arce de su conocimiento que las copias de traslado quedan en la Secretaria de este Juzgado, para que comparezca ante este juzgado en días y horas hábiles a recogerlas.-------------------------------------------------------------CUARTO: Igualmente se le requiere a la demandada para que dentro de dicho termino señale domicilio fijo y conocido en esta ciudad, para efectos de que se le hagan notificaciones, apercibida que en caso de no hacerlo las subsecuentes notificaciones aun las de carácter personal se le harán por medio de cedula que se fijara en los estrados de este Juzgado, lo anterior con fundamento en el número 1070 del Código de Comercio en vigor.----------------------------------------------------------QUINTO: autorizándose para hacerle entrega de dichos edictos a los CC. LUIS ENRIQUE AGUILAR CHÁVEZ, INGRI PAMELA CISNEROS AVILA Y/O YESICA LÓPEZ BERNAL previa identificación y constancia de recibido.---------------------------SEXTO: Por lo que procede a transcribir en sus términos el auto de fecha diez de abril del dos mil once, mismo que a la letra dice.----------------------------------------------JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO MERCANTIL DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO.- CIUDAD DEL CARMEN, CAMPECHE, A DIEZ DE ABRIL DEL DOS MIL QUINCE.----------------------------------VISTOS: Con lo que da cuenta la Secretaria de Acuerdos, al respecto SE AC-UERDA:-----------------------------------------------------------------------------------------------A).- Se tiene por presente al LIC. LUIS FELIPE CHI CANUL, con su instancia de cuenta y documentación adjunta consistente en dos pagares originales, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en el predio número 295-A de la calle 38 entre 45 y 47 de la colonia Tecolutla de esta Ciudad.- Nombrando como sus Asesores Técnicos a los LICDOS. MARIA JESUS SANCHEZ CRUZ, ORIANA ARACELY MARTINEZ DOMINGUEZ Y JONATAN OMAR POLANCO TINAL y siendo que dichos profesionistas se encuentran inscrita en el libro de Cedulas Profesionales que se lleva ante este Juzgado, se les tiene como tal de conformidad con el artículo 1069 del Código de Comercio en vigor. Asimismo viene autorizando a los CC. INGRI PAMELA CISNEROS AVILA, YESSENIA MOSQUEDA BARRIENTOS Y YESICA LOPEZ BERNAL para oír, y recibir notifica-ciones e imponerse de autos, misma autorización que se le concede de conformidad con el párrafo sexto del artículo 1069 del Código de Comercio en vigor sin ninguna otra atribución que señala el numeral en comento.--------------------------------------------------B).- Por lo que se tiene al ocurasante compareciendo en su carácter de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil denominada UNION DE CREDITO MIX-TA DEL CARMEN S.A. DE C.V., tal y como lo acredita con la copía certificada del la escritura Publica numero dos, que fuera pasada ante la fe del C. LIC. GONZALO VADILLO ESPINOSA, Notario Publico numero Catorce de este Segundo Distrito Judicial del Estado, relativa a la escritura publica numero dos, relativa al Poder General para Pleitor y Cobranzas que otorga dicha Sociedad por conducto de su Presidente del Consejo de Administración y Apoderado Legal el C.P. JOSE NICOLAS NOVELO NOBLE, de fecha doce abril del año dos mil cinco instrumento que fuera pasado ante la fe del LICENCIADO JUAN NARCISO DELGADO BARAJONA Notario Público No. 10 de esta ciudad, documento que se acompaña adjunto al escrito de la presente demanda; exhibi-endo copia original y copia simple del mismo debiéndose dejar constancia en autos; personalidad que se le reconoce de conformidad con el artículo 1061 fracción II del Código de Comercio en vigor, promoviendo Juicio Ejecutivo Mercantil y en Ejercicio de la Acción Cambiaria Directa en contra de la empresa denominada CUBO ROJO S.A. DE C.V. representada por la C. MARTHA PATRICIA PEÑA ESCAMILLA y/o quien legalmente la represente, en su carácter de acreditada y la C. ADA IRMA ESCAMILLA ORDOÑEZ como aval, deudor solidario y garante hipotecario, mismos que pueden ser debidamente requeridos, en su caso embargados y emplazados a juicio ambas en los domicilios: CALLE 31-B, LOTE 1, NUMERO 1 DE LA COLONIA CAMARONEROS DE ESTA CIUDAD; Y/O PREDIO URBANO NUMERO 88 DE LA CALLE Y/O AVENIDA CAMARON ENTRE CALLES 68 Y 70 DE LA COLONIA MORELOS Y/O PREDIO NUMERO 100 DE LA AVENIDA CAMARON, COLONIA JUSTO SIERRA Y/O PREDIO URBANO NUMERO 16 DE LA COLONIA BENITO JUAREZ de esta ciudad.----------------------------------------------------------------------------------------------------C).- y trayendo aparejada ejecución el documento que sirve como base de su acción al actor, siendo un contrato de crédito simple con garantía hipotecaria original y contrato de cuenta corriente con garantía hipotecaria y prendaria en apego a lo establecido en los dispositivos legales 47 y 48 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito, en relación con los artículos 1391 Fracción VIII, 1392, 1394, 1396, 1399 y 1401 del Código de Comercio en Vigor, se admite la demanda de cuenta.--------------------------------------------------------D).- Fórmese expediente por duplicado, márquese con el número 338/14-2015/1M-II, y regístrese en el Sistema Sigelex que se usa en este Juzgado.---------E).- y teniendo este auto efectos de mandamiento en forma se turnan los autos a la ciudadana actuaria interina adscrita a este juzgado, a fin de que requiera a la parte demandada el pago inmediato de lo reclamado; para el caso de que se niegue a pagar, embárguesele bines bastantes y suficientes de su propiedad para agarantizar el monto de lo adeudado, debiendo quedar tales bienes en depósito de las personas que bajo su másestricta responsabilidad designe el actor, en el entendidoque, para el supuesto que el depositario de los bines embargados sea distinta al ejecutado, deberá dar cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 463 del código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la legislación mercantil, esto es , antes de ponerlo en posesión del encargado, deberá acreditar tener bienes raíces bastantes para responder del secuestro, o e su defecto tendrá que otorgar fianza, y para el caso de que se otorgue esta última en cualquiera de sus modalidades, deberá ser por el monto de un DIEZ POR CIENTO de la suerte principal; lo anterior en relación a los artículos 1393 y 1394 de Código de Comercio en vigor.- sirve de apoyo el siguiente criterio de jurisprudencia sustentada por la contradicción de tesis 140/2006-PP. Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado del mismo circuito (anteriormente Segundo Tribunal Colegiado del mismo Circuito) y el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. 3 de Octubre de 2007, cinco votos, ponente:Juan Silva Meza, Secretario: Manuel GonzálezDiaz. Tesis de Jurisprudencia 152/2007. Aprobada por la Primera Sala de esta Alto Tribunal, En Sesion De Fecha Diez De Octubre De Dos Mil Siete, De La Novena Época. Instantánea: Primera Sala Jurisprudencia: Fuente Semanario Judicial De La Federación Y Su Gaceta XXVI, Diciembre De 2007, Materia (S) Civil Tesis 1°/J. 152/2007, Visible En La Página 79 Bajo La Voz Y Texto.

DEPOSITARIOS JUDICIALES E INTERVENTORES CON CARGO A LA CAJA EN JUICIOS EJECUTIVOS MERCANTILES. PARA RESOLVER SOBRE EL OTORGAMIENTO DE LA CAUCIÓN PARA GARANTIZAR SU CARGO PROCEDE APLICAR SUPLETORIAMENTE LA LEGISLACIÓN PROCESAL CIVIL CORRESPONDIENTE.

La supletoriedad de normas en materia mercantil sólo procede respecto de aquellas instituciones establecidas en el Código de Comercio cuya regulación sea nula o insuficiente; de ahí que si en sus artículos 1392 a 1395 se prevé la institución procesal del embargo de bienes, pero no se regulan los derechos y deberes de los depositarios de éstos, es aplicable supletoriamente la legislación procesal civil, local o federal, dependiendo de la fecha de inicio del proceso mercantil respectivo, a fin de resolver sobre el otorgamiento de la caución para garantizar el depósito de los bienes embargados en el juicio ejecutivo mercantil. Ello se confirma con lo estatuido en el artículo 1392 de dicha legislación mercantil, en el sentido de que los bienes embargados deben ponerse bajo la responsabilidad del acreedor, en depósito de persona nombrada por éste; y al tenor del artículo 1414 del citado Código, el cual señala que cualquier incidente o cuestión que se suscite en los juicios ejecutivos mercantiles debe resolverse por el juez con apoyo en las disposiciones respectivas del Título Tercero del propio ordenamiento legal, y en su defecto en lo relativo a los incidentes en los juicios ordinarios mercantiles, y a falta de ambas, a lo establecido en el Código de Procedimientos Civiles respectivo, en aras de procurar la mayor equidad entre las partes; por lo que si lo estima conducente o lo solicita justificadamente el embargado, el juez puede decretar la caución para que el depositario o interventor -que no sea el demandado- designado por el actor responda del secuestro con fundamento en las disposiciones legales aplicables de la legislación procesal civil correspondiente.

Contradicción de tesis 140/2006-PS. Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, el Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito (anteriormente Segundo Tribunal Colegiado del mismo circuito) y el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. 3 de octubre de 2007. Cinco votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Manuel González Díaz.

Tesis de jurisprudencia 152/2007. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha diez de octubre de dos mil siete. ---------------------------------------------------------F).- en consecuencia, procederá el actuario por medio de cedula, copias simples de la demanda y demás documentos que se acompañan, debidamente selladas y requisitadas que lo sean por la Secretaria de Acuerdos de este juzgado, a correr el traslado de ley a la parte demandada, debiendo dejarse copia simple igual-mente de la diligencia practicada, procediéndose a emplazar a juicio a dicho demandado, para que dentro del término de OCHO DIAS que señala el artículo 1396 reformado del código de Comercio comparezca ante este Juzgado Mercantil a hacer paga llana de la cantidad reclamada y demás prestaciones, o a contestar la demanda instaurad<a en su contra, o a oponerse a la ejecución si tuviera alguna excepción que hacer valer; asimismo dentro del término antes mencionado deberá contestar la demanda refiriéndose concretamente a cada hecho oponiendo únicamente las excepciones que permita la ley, ofreciendo en el mismo escrito las pruebas y acompañando los documentos que exigue la ley para las excepciones. Prevéngase a la parte demandada para que al momento de dar contestación a la demanda instaurada en su contra, se sirva señalar domicilio para oir y recibir notificaciones en esta Ciudad, debiendo señalar el nombre oficial de la calle, las calles entre las que se ubica; la numeración oficial que le corresponde; en la inteligencia que de no hacerlo así todas las notificaciones aun las de carácter personal se le harán a través de cedula que se fije en los estrados de este juzgado, esto último acorde a lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 1069 del Código de comercio y 316 del Código Federal de Procedimientos Civiles vigente, aplicado supletoriamente.- ---------------------------------------------------------------G).- Se le hace saber a la actuaria Interina que deberá ajustarse a lo regulado por los artículos 1393 al 1396 del Código de Comercio Reformado, publicado en el Diaria Oficial de la Federación el diez de enero de dos mil catorce, aplicado al presente asunto al haberse radicado ante este Juzgado con posterioridad a la fecha de su entrada en vigor.-----------------------------------------------------------------------H).- Y siendo que el artículo 17 Constitucional señala que la justicia debe ser pronta y expedita, se le requiere a la parte actora acuda a enterarse de la fecha y hora que el Actuario le fijara con motivo del presente acuerdo, pues en caso de que no comparezca a enterarse de la citada fecha ni acuda a la diligencia respectiva LA SUBSECUENTE SOLICITUD respecto de la ejecución del auto de exequendo, sin menoscabo de que se encuentre ajustado a derecho, se proveerá ordenado su realización de manera continua e ininterrumpida, sin necesidad de la presencia la parte actora y/o titular del derecho en dicha diligencia, toda vez que el artículo 1393 del Código de Comercio, no exige que dicho emplazamiento no pueda llevarse a cabo por falta de la presencia del actor, porque el citado precepto legal solo señala que el derecho para señalar bien para su embargo pasara al actor, pero no exige que este tenga que estar presente, por lo que no es pretexto para no realizar la diligencia de requerimiento de pago, embargo y emplazamiento, ya que así lo establece el Tribunal Colegiado del Décimo Cuarto Circuito, en el Amparo en revisión 357/2009 emitido el tres de marzo de dos mil diez.--------------------------------------------------------------------------------------------------------I).- Se previene al actor, que en caso de embargar bienes muebles, deberá dar cumplimiento estricto a lo regulado por el numeral 463 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente al de Comercio, apercibido que de no dar cumplimiento a dicho precepto legal no se procederá a ordenar al desempeño de las funciones al depositario judicial designado.----------------------------J).- En cuanto a las probanzas ofrecidas por la parte actora, acumúlese a los autos para ser tomados en consideración en su momento procesal oportuno, acorde a lo regulado por el dispositivo 1401 párrafo tercero del Código en mención.-------------------------------------------------------------------------------------------------.K).- De conformidad con el articulo 1055 en su fracción VI del Código de Comercio, procederá a guardar en los secretos de este Juzgado los documentos originales consistentitas en dos DOS pagares y DOS contratos con garantía hipotecaria, dejando copia simple en autos.----------------------------------------------------L).- De igual forma se acumulan los presentes autos el contrato de prestación de servicios profesionales que se adjunta a la presente para ser tomada en consid-eración en su momento procesal oportuno.--------------------------------------------M).- Hágase saber a las partes, que de manera gratuita esta a su disposición el Centro de Justicia Alternativa, con sede en este Distrito Judicial en el Estado, creado por el Pleno del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado de Campeche, en sesión ordinaria verificada el día cuatro de septiembre del año dos mil quince.- y con la finalidad de una impartición de Justicia pronta expedita completa e imparcial se invita a las partes a que pueden llegar a un arreglo conciliatorio, respecto al presente asunto, ello de conformidad al articulo del Reglamento del Centro de Justicia Alternativa del Poder Judicial del Estado..- - - - - - - - - - - - - - - - N).- En cumplimiento con lo que se establece el artículo 6 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Estado de Campeche, se le hace saber a las partes que tienen expedito su derecho para oponerse a la publicación de sus datos personales a o solicitar acceso a algunas resoluciones o a las pruebas que obren en el presente expediente respectivo, siempre y cuando, la Unidad Administrativa que lo tenga bajo su resguardo determine si tal oposición puede o no surtir efectos, tomando en cuenta para ello, si la resolución solicitada que se estime definitiva, haya causado ejecutoria y que, en la etapa de allegar pruebas o constancias a juicio, pueden manifestar en forma expresa si las mismas deben considerarse como reservadas o confidenciales, en términos de ley del artículo 7 de la Ley antes citada, todo lo anterior, sin perjuicio de lo que determine la Unidad Administrativa al instante que le sea solicitada, por terceros, la información de este expediente. - - - - -- - - - - - - - - - - - - -- - - -- - - - -- - - - -- - . NOTIFIQUESE PERSONALMENTE Y CUMPLASE, ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA LICENCIADA CARMEN DORIS DE LA ASUNCIÓN CRUZ LÓPEZ, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO MERCANTIL DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO, POR ANTE LA LICENCIADA CLAUDIA LE-TICIA COBA RAMOS, SECRETARIA DE ACUERDOS CON QUIEN ACTUA Y CERTIFICA.---------------------------------------------------------------------------------------------.338/14-15/1M-II RCGC/CLCR*…”Lo que notifico y fundo de conformidad con el articulo 1070 del Código de Comercio en vigor, Ciudad del Carmen, Campeche a TRES de SEPTIEMBRE del año dos mil QUINCE.- Conste y Doy Fe.-

LIC. BIRDIS DEL JESUS MOLINA GOMEZ.ACTUARIO INTERINO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO MERCAQNTIL DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO.-

De igual forma certifico que el acuerdo de fecha de veintiocho de agosto del dos mil quince, que obra glosado en a foja ciento veintidós del expediente 338/14-15/1M-II, que se encuentra a mi cargo, contiene la firma autógrafa de la Juez y Secretaria de Acuerdos, constante de cinco fojas, en la Ciudad del Carmen, Estado de Campeche a los tres de septiembre del dos mil quince.-

LIC. CLAUDIA LETICIA COBA RAMOSSecretaria de Acuerdos

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GLOBAL jueves 24 de septiemBre de 2015 : eXCeLsiOr8