estados mediterraneos

10
E STADOS M EDITERRANEOS DERECHO DEL MAR. Ciencias Marítimas. Jahaziel Aquino García .

Upload: jahaziel-aquino

Post on 31-Jul-2015

154 views

Category:

Education


0 download

TRANSCRIPT

ESTADOS MEDITERRANE

OS

D E R E C H O D E L M A R .

C i e n c i a s M a r í t i m a s .

J a h a z i e l A q u i n o G a r c í a .

• Se denomina estado mediterráneo a un país rodeado de tierra o que carece de salida al mar o al océano.

• A principios de 2013 en el mundo había 44 países que pueden ser considerados como tales.

ESTADO MEDITERRANIO: BIELORUSIA

ESTADO MEDITERRANIO: CIUDAD DEL VATICANO.

No hay comercio.

Separados de la

Riqueza, marina.

ESTADOS MEDITERRANEOS

No hay pesca.

ESTADO MEDITERRANIO: CHAD

• Un Estado sin salida al mar, cuyas fronteras sean con otros Estados sin salida al mar, es un Estado doblemente aislado.

Doble Aislamiento.

Liechtenstein

Austria Suiza

Uzbekistán

Afganistán Kazajistán

Tayikistán  Turkmenistán

Kirguizistán

ESTADO MEDITERRANIO: KIRGUIZISTÁN.

República Democrática

del Congo (0,3%)

Bosnia Herzegovina (

1,4%)

Irak (1,6%)

Jordania (1,6%)

República del Congo (3,0%)

Togo (3,3%)

Eslovenia (3,4%)

Bélgica (4,6%)

Los siguientes Estados destacan por tener una pequeña salida al mar en comparación con sus fronteras terrestres.

ESTADO MEDITERRANIO: REPUBLICA CHECA.

Derecho del Mar y los países sin Litorales.

Convención y Estatuto de Barcelona

sobre libre tránsito del año 1921

Conferencia de La Haya

de 1930

GATT

ESTADO MEDITERRANIO: REPUBLICA CENTROAFRICANA.

• Establecen la libertad de navegación para todos los Estados, tengan costas o no.

• Libertad de tránsito

comercial no discriminatorio

C o n f e r e n c i a p r e l i m i n a r d e E s t a d o s s i n L i t o r a l

( 1 9 2 8 ) .

Derecho de navegación en alta mar, mares territoriales y aguas interiores en pie de igualdad con los Estados ribereños.

Derecho de libre acceso al

mar.

Salvaguarda de la Soberanía y seguridad de los Estados en tránsito.

Libre tránsito para personas y mercaderías por los territorios de los Estados ribereños vecinos.

Derecho de pabellón

No abrogación de tratados sobre libre tránsito más

favorable.

Utilización de los puertos.

ESTADO MEDITERRANIO: BUTAN.

Se consigna un estatuto en favor de los países sin litoral

Se reconoce la plena igualdad de los Estados sin litoral en el ejercicio de la libertad de los mares.

Al Estado sin Litoral, en condiciones de reciprocidad, el libre tránsito por su territorio.

A los buques que enarbolen la bandera de este Estado el mismo trato que a sus propios buques o a los buques de cualquier otro Estado en cuanto a la entrada a los puertos marítimos y a su utilización

CONFERENCIA DE GINEBRA

(1958)

ESTADO MEDITERRANIO: BOLIVIA.

CONVENCIÓN SOBRE EL COMERCIO DE TRÁNSITO DE LOS PAÍSES SIN LITORAL (NUEVA YORK, 8 DE JULIO DE 1965)

UNCTAD: “el derecho de todo Estado sin litoral a gozar de libre acceso al mar es un principio esencial para la expansión del comercio internacional y el desarrollo Económico”

Libertad de tránsito

comercial.

No

Discriminatorio.Exento de

gravámenes.

ESTADO MEDITERRANIO: LUXEMBURGO.