esquemas reportables y sus efectos fiscales
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ESQUEMAS REPORTABLES
Y SUS EFECTOS FISCALES
Miércoles 02 de diciembre 2020
Horario 11:00 – 12:30 hrs. (México)
AGENDA
AMPLIACIÓN DE ESTÍMULO FISCAL
FRONTERA NORTE Y CREACIÓN DE UNO
NUEVO PARA FRONTERA SUR
CPC EVANGELINA
CONTRERAS CARO
Socia del Área de
Consultoría Fiscal
Oficina TIJ
APROBACIÓN A LA PRÓRROGA DEL
ESQUEMA FAST TRACK
MA. ARGEL ROMERO
DOMÍNGUEZ
Socio del Área de Precios
de Transferencia
Oficina CDMX
BIENVENIDA
CPC JAIME ZAGA HADID
Socio y Director Nacional
de Práctica Fiscal
REVELACIÓN DE ESQUEMAS
REPORTABLES | PARTE III
CP ROBERTO
ZARAGOZA CARRERA
Socio del Área de
Consultoría Fiscal
Oficina MTY
REVELACIÓN DE ESQUEMAS
REPORTABLES | PARTE II
CPC JUAN MANUEL
FRANCO GALLARDO
Socio del Área de
Consultoría Fiscal
Oficina CDMX
REVELACIÓN DE ESQUEMAS
REPORTABLES | PARTE I
CPC MIRELLA PLÁCIDO
HERNÁNDEZ
Socia del Área de
Consultoría Fiscal
Oficina CDMX
MA. ARGEL ROMERO DOMÍNGUEZ
APROBACIÓN A LA
PRÓRROGA DEL
ESQUEMA FAST TRACK
CPC EVANGELINA CONTRERAS CARO
ANTECEDENTES
• Safe Harbor
• EPT
• EPT considerando activos
del extranjero
• Safe Harbor
• APA
LISR 2014
LISR 2013
ANTECEDENTES
• Miles de empresas de este
tipo
• Generador de empleos
• Presencia en Estados
Fronterizos
Importancia del Sector
Maquilador
APROBACIÓN A LA PRÓRROGA DEL
ESQUEMA FAST TRACK
¿QUÉ ES UN APA?
Solicitud de revisión de la metodología de precios de transferencia.
Cubre un periodo de tiempo específico.
Acuerdo de voluntades entre contribuyente(s) y autoridad.
Pago de derechos:
• Solicitud: $ 248,686
• Revisión anual: $ 43,737
Año previoAño de
SolicitudEjercicio 1 Ejercicio 2 Ejercicio 3
APROBACIÓN A LA
PRÓRROGA DEL
ESQUEMA FAST TRACK
PROBLEMÁTICA
+700 solicitudes de APA del Sector
Maquilador (2014-2018).
30 APAs en promedio se atendían por
año.
2017: SAT ofrece solución Fast Track
como opción para atender las
solicitudes.
Ayudó a agilizar la resolución de APA’s.
APROBACIÓN A LA
PRÓRROGA DEL
ESQUEMA FAST TRACK
FAST TRACK
Proporción entre Activos (Nal y Ext)
entre Costos y Gastos de la
Maquiladora.
Costos y Gastos de la maquiladora.
En función el sector económico
(electrónico, eléctrico, automotriz u
otros) se considera un Margen de
Utilidad.
Un porcentaje de los inventarios.
Un porcentaje de los activos del
residente del extranjero.
Algunos elementos del RIF.
Rotación de las cuentas por cobrar > 60
días, procedimiento especial.
APROBACIÓN A LA
PRÓRROGA DEL
ESQUEMA FAST TRACK
FAST TRACK
Cumplir como Maquiladora como señala
LISR.
Riesgos mínimos.
No I&D, diseño, publicidad.
Ajustes de 2014 a 2016, aplicables para
ejercicio 2017.
APROBACIÓN A LA
PRÓRROGA DEL
ESQUEMA FAST TRACK
FAST TRACK 2.0
IRS / SAT.
Acuerdo para evitar doble tributación
para este sector.
Beneficia a más de 700 Maquiladoras.
Simplificación tributaria.
Links
https://www.irs.gov/businesses/corporations/re
newal-of-competent-authority-agreement-on-
maquiladoras
https://www.gob.mx/sat/prensa/el-sat-
simplifica-el-cumplimiento-de-las-maquiladoras-
y-asegura-que-contribuyan-equitativamente-en-
mexico-75-2020
APROBACIÓN A LA
PRÓRROGA DEL
ESQUEMA FAST TRACK
BENEFICIOS
Otorga una alternativa para tributar a
este sector.
En la mayor parte de los casos se
obtiene un mejor resultado contra Safe
Harbor.
Fast Track 2.0 mayor agilidad en
respuesta, ya se tiene la autorización.
Se puede solicitar aunque no se tenga
la autorización anterior.
Diagnóstico (Costo Beneficio / Pago de
derechos).
CPC EVANGELINA CONTRERAS CARO
AMPLIACIÓN DE ESTÍMULO
FISCAL FRONTERA NORTE Y
CREACIÓN DE UNO NUEVO
PARA FRONTERA SUR
AMPLIACIÓN DE ESTÍMULO FISCAL
FRONTERA NORTE Y CREACIÓN DE
UNO NUEVO PARA FRONTERA SUR
ESTÍMULOS FISCALES
MATERIALIZADOS
EN 4 DECRETOS
VIGENCIA: 2024
Decreto de
estímulos fiscales
en la frontera sur.
Decreto que establece
los beneficios
arancelarios en la zona
libre de Chetumal.
Decreto de estímulo
de IEPS a gasolinas
en la frontera sur.
Ampliación de la
vigencia de estímulos
en la frontera norte.
AMPLIACIÓN DE ESTÍMULOS FISCALES
REGIÓN FRONTERIZA NORTE
CONTENIDO: Reducción del
ISR de 30% al
20%.
Estímulo de
IEPS a gasolinas.Reducción del
IVA de 16% al 8%.
CONTENIDO: Reducción del
ISR de 30% al
20%.
Estímulo de
IEPS a gasolinas.Reducción del
IVA de 16% al 8%.
AMPLIACIÓN DE ESTÍMULOS FISCALES
EN LA FRONTERA SUR
(Chiapas, Tabasco y Campeche)
CONTENIDO:Exención del
Derecho de
Trámite
Aduanero.
Reducción del
IVA del 16% al
8%.
Exención del
Impuesto
General a las
Importaciones.
Reducción del
ISR del 30% al
20%.
ESTÍMULOS FISCALES
PARA LA NUEVA ZONA LIBRE DE CHETUMAL
CPC MIRELLA PLÁCIDO HERNÁNDEZ
REVELACIÓN DE
ESQUEMAS REPORTABLES
PARTE I
OBLIGACIONES EN
ESQUEMAS
REPORTABLES (ER)
• Asesores fiscales,
ER generalizados
y personalizados.
• Se tiene obligación de
revelar el ER, sin
importar la residencia
fiscal del contribuyente
• Residente en México y
residente en el
extranjero con EP o
una parte relacionada
en México.
OBLIGADOS
MARCO GENERAL
BENEFICIO FISCAL
OBTENIDO EN MÉXICO
ASESOR FISCAL
OBLIGACIONES EN
ESQUEMAS
REPORTABLES (ER)
Entrega de información
(Regla RMF 2.22.1, ficha de trámite 298/CFF y por
modificación Regla RMF 2.22.2, ficha de trámite
299/CFF).
Emisión de constancias
A asesores fiscales liberados de esta obligación (Regla
RMF 2.22.23), cuando no estén de acuerdo podrán
presentar declaración complementaria (Regla RMF
2.22.3 ficha de trámite 300/CFF).
Participación de varios asesores
Se cumple con la obligación, si uno de ellos persona
física o moral revela el ER.
OBLIGACIONES EN
ESQUEMAS
REPORTABLES (ER)
Obligación del asesor fiscal
De presentar declaración informativa en febrero:
contribuyentes y RFC.
Justificación de la no revelación y secreto
profesional
Cuando no se esté obligado a reportar o se encuentre
impedido para ello.
Declaración informativa complementaria
Si algún asesor fiscal no recibe la constancia y anexos
o está en desacuerdo con su contenido.
CPC JUAN MANUEL FRANCO GALLARDO
REVELACIÓN DE
ESQUEMAS REPORTABLES
PARTE II
ESQUEMA REPORTABLE
CONTRIBUYENTES OBLIGADOS A RER
(Art. 198)
Cuando el asesor fiscal no proporcione número
ID ER emitido por el SAT, ni le otorgue
constancia que señale que el Esquema no es
reportable.
Cuando el ER haya sido diseñado organizado,
implementado y administrado por él.
Cuando obtenga beneficios fiscales en México,
cuyo esquema no haya sido diseñado,
comercializado , organizado, implementado o
administrado por persona no considerada como
asesor fiscal.
Cuando el asesor fiscal sea residente en el
extranjero sin EP en México.
ESQUEMA REPORTABLE
CONTRIBUYENTES OBLIGADOS A RER
(Art. 198)
Cuando exista impedimento legal.
Cuando exista un acuerdo entre el asesor fiscal
y éste, y como consecuencia este último se
obligue a revelar.
Los contribuyentes residentes en México y
residentes en el extranjero con EP, en México
cuando sus declaraciones reflejen un beneficio
fiscales del ER.
También deberán de reportar cuando realicen
operaciones con partes relacionadas residentes
en el extranjero y dichos esquemas generen
beneficios fiscales en México.
CONCEPTO DE ESQUEMA REPORTABLE
Cualquiera que genere o pueda generar, directa o indirectamente, la
obtención de un beneficio fiscal en México y tenga alguna de las
siguientes características.
I. Evite intercambio de información.
II. Evite la aplicación de REFIPRE.
III. Actos jurídicos que permitan la transmisión de pérdidas fiscales.
IV. Pagos u operaciones interconectadas que retornen a quien efectuó el
pago.
V. Involucren a un residente en el extranjero que aplique CDI respecto a
ingresos que no estén gravados en otro país o se graven a una tasa
reducida.
VI. Operaciones entre partes relacionadas.
VII. Evitar la constitución de un EP.
VIII. Transmisión de activos depreciados
parcial o totalmente.
IX. Involucre un mecanismo Híbrido.
X. Evite la identificación del beneficiario
efectivo.
XI. Cuando se tengan pérdidas fiscales cuyo
plazo para realizar su disminución este por
concluir, y se utilicen mecanismos para
generar utilidades fiscales.
XII. Evite la aplicación de la tasa adicional
del 10% sobre dividendos.
XIII. Se otorgue el uso o goce temporal de
un bien y el arrendatario subarriende a
una parte relacionada del arrendador.
XIV.Involucre operaciones cuyos registros
contables y fiscales presenten
diferencias mayores a un 20%.
CONCEPTO DE ESQUEMA REPORTABLE
CONCEPTO DE
ESQUEMAS
REPORTABLES
GENERALIZADOS Y
PERSONALIZADOS
Personalizados
Son aquellos que se diseñan, comercializan,
organizan, implementan o administran para adaptarse
a las circunstancias particulares, de algún
contribuyente.
Generalizados
Son aquellos que buscan comercializarse de manera
masiva a todo tipo de contribuyentes o a un grupo
específico de ellos, la forma de obtener un beneficio
fiscal sea la misma.
Es cualquier reducción, eliminación, o diferimiento temporal de una
contribución ya sea a través de deducciones, exenciones, no
sujeciones, no reconociendo de una ganancia o ingreso acumulable,
ajustes o ausencia de ajuste a la base imponible, el acreditamiento,
la recaracterización de algún pago.
BENEFICIO FISCAL
¿EN DÓNDE?
Y
¿CUANDO SE DEBEN
DE REPORTAR?http://omawww.sat.gob.m
x/EsquemasReportables/
EN EL PORTAL
DEL SAT:
LOS ESQUEMAS
REPORTABLES Personalizados
A más tardar dentro de los 30 días hábiles siguientes al
día en que el esquema este disponible para su
implementación, o se realice el primer hecho, o acto
jurídico que forme parte del esquema, lo que suceda
primero.
Generalizados
A más tardar dentro de los 30 días hábiles siguientes al
día en que se realiza el primer contacto para su
comercialización.
REQUISITOS
Llenar la declaración de
acuerdo con la Guía de
llenado de la
declaración informativa
para revelar esquemas
reportables
generalizados y
personalizados.
Contar con
e.Firma o
contraseña.
¿QUÉ DOCUMENTOS SE OBTIENEN?
DOCUMENTOS
Certificado que
contiene el
número de
identificación
del esquema
reportable.
Copia de la
declaración
informativa.
Acuse de recibo.
CPC ROBERTO GABRIEL ZARAGOZA CARRERA
REVELACIÓN DE
ESQUEMAS REPORTABLES
PARTE III
INFORMACIÓN QUE
DEBE CUMPLIR LA
REVELACIÓN DE UN
ESQUEMA
REPORTABLE• Publicada el 18-Nov
• Capítulo 2.22.
(Contiene 28 reglas)
Tercera Modificación a
la RM 2020
ART.200
Nombre y RFC
del AF o
contribuyente
.
Nombre de
representantes
legales de los
AF y
contribuyentes. Descripción
detallada del
ER, fundamento
legal y
beneficio fiscal.
Si son PM,
citar RFC de
las PF a las
que se libera.
Ejercicios
fiscales que
comprenda y
cualquier otra
información
útil.
INFORMACIÓN OBLIGATORIA
CAPÍTULO 2.22.
DE LA RM
REVELACIÓN DE ESQUEMAS
REPORTABLES
Referencia de las fichas técnicas para dar
cumplimiento a tales declaraciones
informativas y otras formas obligatorias, como
las constancias o presentación de información
adicional.
Información que se deberá adjuntar a la
declaración informativa:
• En forma general.
• Específica, en función del tipo o supuesto
considerado como esquema reportable.
Diagrama mostrando todas las
operaciones o actos jurídicos que
involucren el ER.
País o Legislación donde se ubican los
sujetos, así como en donde se realizarán
las operaciones o actos.
Antecedentes y conclusiones que
forman parte del contexto del ER, así
como los argumentos jurídicos y las
premisas.
Señalar detalladamente y en forma
concreta las operaciones mediante las
que se evita el supuesto del ER.
Señalar si se auxiliarán de personas,
entidades jurídicas o figuras jurídicas,
en el extranjero o en México. Para lo cual,
se deberá indicar el nombre, denominación
o razón social, según corresponda; así
como su clave en el RFC o número de
identificación fiscal; país o jurisdicción de
constitución; país de residencia; su
actividad o giro y su domicilio.
Indicar la secuencia en la que se llevarán
a cabo las operaciones.
INFORMACIÓN QUE DEBERÁ ADJUNTARSE:
INFORMACIÓN QUE
DEBERÁ
ADJUNTARSE
(CONTINUACIÓN)
Partes Relacionadas
En caso de que las personas que participan o
participarán en el esquema reportable lo sean, deberán
manifestar dicha situación.
Razón de negocios
Señalar la razón de negocios y los motivos por los que
la persona se verá beneficiado.
Indicar la fecha exacta o fecha aproximada
En que se llevaron o llevarán a cabo las operaciones,
así como, en su caso, el valor consignado o estimado
en dichas operaciones.
De forma particular, en función de cada tipo o supuesto de ER, se solicita
información en forma específica, tales como:
Transmisión de pérdidas fiscales
Estados financieros, monto de las pérdidas fiscales que se hayan transmitido,
escisiones o fusiones que se hayan llevado a cabo.
Aplicación de Tratados
El Convenio aplicable; tipos de ingresos: regalías, dividendos, rentas,
intereses, asistencia técnica; datos del residente en el extranjero.
Transmisión de activos intangibles
Valor de los activos intangibles, metodología utilizada, cálculos, registros
contables, normas de información financiera.
Reestructuras empresariales
Nombre del Grupo Empresarial; datos de las entidades del Grupo involucradas; si se obtuvo
algún ruling o autorización conforme a la Ley doméstica o Tratado; porcentaje que reducirá la
utilidad fiscal; cambios en los modelos operativos o de negocios, si se pagará algún ISR en
México, si se reubicarán activos, funciones y riesgo de las empresas del grupo; monto de los
ahorros netos financieros y fiscales.
Mecanismo híbrido
Señalar el motivo por el cual se genera el mecanismo híbrido, es decir, por qué la legislación
fiscal nacional o extranjera caracterizan de forma distinta a una persona moral, figura jurídica,
ingreso o al propietario de los activos o de un pago.
Impuesto sobre dividendos
Datos de la entidad que efectúa el pago.
Uso o goce temporal de un bien
Definir si se trata de un arrendamiento puro o financiero.
Mecanismos para evitar el ER
Datos generales y particulares.
GRACIASSESIÓN DE PREGUNTAS
Lago Alberto N° 442 piso 4
Col. Anáhuac, Deleg.
Miguel Hidalgo
C.P. 11320, México, CDMX.
Tel. +52 (55) 8503-4200
Oficina en CDMX
Blvd. Tomás Fernández 7930
Int. 302 Campestre Juárez
CP 32460, Ciudad Juárez,
Chihuahua, México
Tel. + 52 (65) 6611 – 5090 /
5080
Oficina en Ciudad Juárez
Edificio BDO
Privada Savotino, No. 101,
Col. del Valle, CP 66220,
San Pedro Garza García,
N.L.
Tel. + 52 (81) 8262 - 0800
Oficina en Monterrey
Edificio Centura
Blvrd. Agua Caliente
10611-1101
Colonia Aviación. 22014,
Tijuana
Teléfono +52 (664) 634 -
6110
Oficina en Tijuana
Líderes por un Servicio
Excepcional al Cliente
Paseo de la Reforma 505 –
Piso 31,
Torre Mayor, Mexico City,
CP 06500, Mexico
Tel. +52 (55) 8503-4200
Oficina en CDMX
Mar Báltico 2240-301
Colonia Country Club, CP
44610, Guadalajara, Jalisco,
México
Tel. +52 (33) 3817 - 3747
Oficina en Guadalajara
Paseo Río Sonora Norte
No.72 Local 207
Hermosillo, Sonora, CP
83270
Tel.:+52 (662) 260 2176/
2177
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Av. Camarón Sábalo #133,
CP 082110, Mazatlán,
Sinaloa
Tel. +52 (66) 9986-3723
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