es posible prevenir la trata de personas en el perú

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 ¿Es posible prevenir la trata de personas en el Perú? La Trata de Personas se ha convertido en unos de los delitos con mayor influencia a nivel mundial, consiste en la captación de las personas y finaliza con su explotación. Esta conducta ilícita viola los derechos fundamentales de toda persona como su libertad y dignidad en cuanto empieza con el  reclutamiento de la persona y luego es considerada como una cosa materia de transacción comercial. Los tratantes tienen como ob!etivo buscar un beneficio económico es por ello "ue agotan todos los medios para capturar a sus víctimas como la amenaza, el uso de la fuerza, el enga#o u otras formas de coacción, luego son trasladadas a otro departamento o fuera del país con el fin de explotarlas sexualmente, inducirlas a traba!os o servicios forzados, así como a la servidumbre o extracción de órganos. La Ley $o %&%'( agravó y amplió varios delitos del )ódigo Penal sobre todo contra el abuso y la explotación sexual *rt. (+- iolación sexual, (+(- iolación de persona en estado de inconsciencia o en la imposibilidad de resistir, (+%- iolación de persona en incapacidad de resistencia, (+/- iolación sexual de menor de catorce a#os de edad, (+0- iolación de persona ba!o autoridad o vigilancia, (+'- 1educción, (+2- *ctos contra el pudor, (+2* * ctos contra el pudor en menor de catorce a#os, (+3- 4avorecimiento a la prostitución, (&- 5ufianismo, (&(- Proxenetismo, (&%- Trata de personas, (&/- Exhibiciones y publicaciones obscenas, (&/* Pornografía 6nfantil e incorporó los *rt. (+3* 7suario 8 )liente, (&(* Turismo sexual infantil, (&%* Publicación en los medios de comunicación sobre delitos de libertad sexual a menores a los capítulos 69, 9 y 96 del Título 6, del  Libro 1egundo del )ódigo Penal, siendo estos los casos m:s frecuentes sobre la finalidad de la Trata. El artículo '- de la )onvención de Palermo, a la cual el Per; forma parte, establece la obligación, para cada Estado, de adoptar las medidas legislativas necesarias para tipificar el delito de trata de personas en el derecho interno. El Estado Peruano tipifica el delito de trata de personas en el *rt. (&%- del )ódigo Penal y se#ala< "El que  promueve o facilit a la captación para la salida o entrada de l país o el trasl ado dentro del territorio d e la República de una persona para que ejerza la prostitución, somet erla a esclavitud  sexual, pornografía u otras formas de explotación sexual será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni maor de diez a!os #a pena será no menor de diez ni maor de doce a!os, si media algunas de las circunstancias agravantes enumeradas en el artículo anterior" 1e consideran agravantes la minoría de edad, la realización del hecho como el integrante de una banda u organización delictiva, el uso de la violencia, amenaza, abuso de autoridad u otros medios de coerción, la situación de parentesco o cercanía, o si la víctima es entregada a un proxeneta.  =e lo expuesto, en el p:rrafo precedente, se infiere "ue< el bien !urídico protegido por el delito de trata de personas es la moral sexual social y la libertad sexual individual. El su!eto activo puede ser cual"uier persona salvo "ue los agentes "ue act>en organizadamente, ya sea como encargados del reclutamiento, el tr:mite de la documentación ilegal, acompa#ar a la víctima, entre otras acciones propias de las mafias tratantes. El su!eto pasivo puede ser cual"uier persona, varón o mu!er , ya sea menor o mayor de edad. )on relación a la tipicidad sub!etiva es necesaria la existencia de dolo, es decir esta acción se realiza con conciencia y voluntad. Es este caso se admite la tentativa.  *simismo en el =ecreto Legislati vo $o 2/' exist en otras figuras pena les "ue de alguna manera gu ardan relación con la finalidad de la trata entre ellos tenemos el *rt. (%&- Exposición a un peligro de persona dependiente, ('/- 5etención o traslado de menor de edad o de persona incapaz ?Tr:fico de ni#os@, (2&-  *tentado contra l a libertad de traba!o y *sociación 8 )oacción laboral, *rt. ('%- inc. ( 1ecuestro con finalidad de tr:fico de órganos y te!idos humanos, /(&* =elito de intermediación onerosa de órganos y te!idos ?Tr:fico de órganos y te!idos humanos@. ¿Es posible prevenir la trata de personas en el Perú?  La labor de prevención prevista en el Protocolo comprende la información y educación a las víctimas, así como a la sociedad civil y a los funcionarios y servidores p>blicos.

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Es posible prevenir la trata de personas en el Per?La Trata de Personas se ha convertido en unos de losdelitoscon mayor influencia a nivel mundial, consiste en la captacin de las personas y finaliza con su explotacin.Estaconductailcita viola losderechosfundamentales de todapersonacomo sulibertadydignidaden cuanto empieza con elreclutamientode la persona y luego es considerada como una "cosa"materiade transaccin comercial.Los tratantes tienen comoobjetivobuscar un beneficio econmico es por ello que agotan todos losmediospara capturar a sus vctimas como la amenaza, el uso de lafuerza, el engao u otras formas de coaccin, luego son trasladadas a otro departamento o fuera del pas con el fin de explotarlas sexualmente, inducirlas a trabajos oserviciosforzados, as como a la servidumbre o extraccin de rganos.LaLeyNo 28251 agrav y ampli varios delitos del Cdigo Penal sobre todo contra el abuso y la explotacin sexual Art. 170 Violacin sexual, 171 Violacin de persona enestadode inconsciencia o en la imposibilidad de resistir, 172 Violacin de persona en incapacidad deresistencia, 173 Violacin sexual de menor de catorce aos de edad, 174 Violacin de persona bajoautoridado vigilancia, 175 Seduccin, 176 Actos contra el pudor, 176A Actos contra el pudor en menor de catorce aos, 179 Favorecimiento a la prostitucin, 180 Rufianismo, 181 Proxenetismo, 182 Trata de personas, 183 Exhibiciones y publicaciones obscenas, 183A Pornografa Infantil e incorpor los Art. 179A Usuario -Cliente, 181ATurismosexual infantil, 182A Publicacin en los medios de comunicacin sobre delitos de libertad sexual a menores a los captulos IX, X y XI del Ttulo IV, delLibroSegundo del Cdigo Penal, siendo estos los casos ms frecuentes sobre la finalidad de la Trata.El artculo 5 de la Convencin de Palermo, a la cual el Per forma parte, establece la obligacin, para cada Estado, de adoptar las medidas legislativas necesarias para tipificar eldelitode trata de personas en el derecho interno.El Estado Peruano tipifica el delito de trata de personas en el Art. 182 del Cdigo Penal y seala:"El que promueve o facilita la captacin para la salida o entrada del pas o el traslado dentro del territorio de la Repblica de una persona para que ejerza la prostitucin, someterla aesclavitudsexual, pornografa u otras formas de explotacin sexual ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de diez aos. La pena ser no menor de diez ni mayor de doce aos, si media algunas de las circunstancias agravantes enumeradas en el artculo anterior".Se consideran agravantes la minora de edad, la realizacin del hecho como el integrante de una banda u organizacin delictiva, el uso de laviolencia, amenaza, abuso de autoridad u otros medios de coercin, la situacin de parentesco o cercana, o si la vctima es entregada a un proxeneta.De lo expuesto, en el prrafo precedente, se infiere que: el bien jurdico protegido por el delito de trata de personas esla moralsexual social y la libertad sexual individual. El sujeto activo puede ser cualquier persona salvo que los agentes que acten organizadamente, ya sea como encargados del reclutamiento, el trmite de la documentacin ilegal, acompaar a la vctima, entre otrasaccionespropias de las mafias tratantes. El sujeto pasivo puede ser cualquier persona, varn omujer, ya sea menor o mayor de edad. Con relacin a la tipicidad subjetiva es necesaria la existencia de dolo, es decir esta accin se realiza conconcienciay voluntad. Es este caso se admite la tentativa.Asimismo en el Decreto Legislativo No 635 existen otras figuras penales que de alguna manera guardan relacin con la finalidad de la trata entre ellos tenemos el Art. 128 Exposicin a un peligro de persona dependiente, 153 Retencin o traslado de menor de edad o de persona incapaz (Trfico de nios), 168 Atentado contra la libertad detrabajoy Asociacin - Coaccinlaboral, Art. 152 inc. 10Secuestrocon finalidad de trfico de rganos ytejidoshumanos, 318A Delito de intermediacin onerosa de rganos y tejidos (Trfico de rganos y tejidos humanos).Es posible prevenir la trata de personas en el Per?La labor de prevencin prevista en elProtocolocomprende la informacin y educacin a las vctimas, as como a lasociedad civily a los funcionarios yservidorespblicos.En nuestro pas se puede cooperar con la poblacin medianteprogramasque se trasmitan a travs de los medios de comunicacin ya sea enradio, televisin, charlas informativas y otros; sin embargo el problema surge en aquellos lugares alejados y olvidados de la costa, sierra y selva donde abunda la extremapobrezay los habitantes desconocen los hechos delictivos que vienen ocurriendo en la actualidad en cuanto son considerados lugares "olvidados" es por ello que constituyen para los tratantes piezas clave.

Leer ms:http://www.monografias.com/trabajos72/trata-personas-alcance-ordenamiento-juridico/trata-personas-alcance-ordenamiento-juridico.shtml#ixzz3fiwKqoHw