equilibrio de poderes

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 Equilibrio de Poderes 2011 4 INTRODUCCIÓN Durante todas las etapas de la humanidad, los pueblos han sufrido del abuso de autoridad de sus gobernantes. Situaciones como la creación de impuestos excesivos y absurdos en la época feudal ó los horrores de la época del terror en Francia, por citar solo algunos ejemplos, provocaron que se dieran cantidades importantes de movimientos populares en contra de las acciones abusivas del Gobierno. Esto tiene gran relevancia porque permitió a las diferentes sociedades darse cuenta de que el poder en manos de una sola persona o grupo no era conveniente, es por ello que surgen grandes pensadores cuyas ideas, principalmente políticas, influyeron en hechos trascendentales para la humanidad. Bajo este marco de referencia, surge el pensador francés Montesquieu, de ideas liberales, quien consideraba a la justicia como la finalidad del Estado. Estas ideas innovadoras para aquella época quedaron plasmadas en su obra "el Espíritu de las leyes" e influyeron no solamente en Francia, si no que fueron seriamente consideradas por los pueblos latinoamericanos para crear sus primeras leyes independentistas.

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Equilibrio de Poderes

Equilibrio de Poderes2011

INTRODUCCIN

Durante todas las etapas de la humanidad, los pueblos han sufrido del abuso de autoridad de sus gobernantes. Situaciones como la creacin de impuestos excesivos y absurdos en la poca feudal los horrores de la poca del terror en Francia, por citar solo algunos ejemplos, provocaron que se dieran cantidades importantes de movimientos populares en contra de las acciones abusivas del Gobierno. Esto tiene gran relevancia porque permiti a las diferentes sociedades darse cuenta de que el poder en manos de una sola persona o grupo no era conveniente, es por ello que surgen grandes pensadores cuyas ideas, principalmente polticas, influyeron en hechos trascendentales para la humanidad.Bajo este marco de referencia, surge el pensador francs Montesquieu, de ideas liberales, quien consideraba a la justicia como la finalidad del Estado. Estas ideas innovadoras para aquella poca quedaron plasmadas en su obra "el Espritu de las leyes" e influyeron no solamente en Francia, si no que fueron seriamente consideradas por los pueblos latinoamericanos para crear sus primeras leyes independentistas.

Capitulo I: Antecedentes histricos referentes al equilibrio de poderes

Uno de los personajes que en la edad incidi en el equilibrio de poderes fue Polibio, este historiador griego (-200 a 120) exiliado a Italia (-167) intento buscar las causas de las victorias romanas que hicieron de roma una potencia mundial.Atribuyo esto a su constitucin, la cual englobaba el equilibrio de los tres poderes clsicos: una monarqua, representada en un consulado de dos miembros, una aristocracia, materializada en el senado, y la democracia, concretizada en las asambleas y personificada en el tribunado de la plebe. El equilibrio de estos tres poderes daba estabilidad y saneaba la sociedad romana, habilitndola para hacer posibles nuevas conquistas las cuales lograron su expansin en todo el orbe conocido.Pero Polibio aparece cuando la vieja casta sacerdotal estaba extinta completamente, el nico factor de poder de ese tiempo, era la riqueza. La nobleza de los quirites se haba fusionado con los plebeyos adinerados, creando la nobleza senatorial, la mayora de la poblacin segua siendo pobre y sin posibilidades de acceder a los altos puesto pblicos.Los plebeyos que ingresaron como cnsules eran los adinerados que haban logrado la asimilacin a travs de estas leyes populares cmo haban logrado la asimilacin estas clases adineradas? La historia romntica romana dice que gracias a heroicas luchas con alto contenido social. Un historiador serio tiene derecho a observar reservas frente a estos hechos tan difundidos. El tribunado de la plebe era copado tambin por la nueva clase, muchos nobles (en camino de ser pobres sobretodo) s hacan adoptar para acceder a estos cargos (el pago para la adopcin la daba un noble rico, el cual apadrinaba el asunto), de esta manera la clase oligrquica romana copaba todos estos cargos (v.g.Julio Cesar)El tema del equilibrio de poderes, empieza a volverse relevante con Montesquieu. Este pensador expresa baque en el sistema poltico ingles exista un saludable balanceo, debido a que la monarqua, la aristocracia y la democracia se encontraban segn Montesquieu balanceadas, puesto que la monarqua estaba representada por la Corona, la cual daba unidad al reino, mientras que la aristocracia y el pueblo se encontraban representadas en el Parlamento, por lo cual estos tres grupos, podan controlarse entre si: el poder frena al poder, esto da lugar a un sistema poltico saludable.

Lamento decirles que esta tesis de Secondat no era ms que una farsa bien sabida por el propio barn: para 1748, fecha en que sale a la luz el Espritu de las leyes Inglaterra distaba mucho de ser lo expresado por Secondat.Durante la primera revolucin inglesa (1641-1659) la nobleza terrateniente haba sido derrotada por Cromwell, quien mando decapitar al Rey (1649) ejerciendo una Dictadura fantico-religiosa primero bajo el nombre de Repblica y despus como Protectorado. Despus surge la Restauracin de los Estuardo bajo una forma de absolutismo que provoca la escisin del Parlamento en dos: tories (realistas terratenientes conservadores) y whigs (liberales burgueses parlamentaristas) 1.1. MONOCRACIAEs un poder que descansa en el Estado, entendido este como un poder poltico jurdicamente legitimado. El poder monocrtico es en los Estado contemporneos permanente, debido a la necesidad de su existencia para dar unidad a la estructura poltica, y continuidad al ejercicio del poder.El poder monocrtico se materializa en la administracin de la autoridad con la facultad de decidir y el poder para cumplir, hacer cumplir u ordenar a otros cumplir lo decidido.En las viejas monarquas de la alta edad media la monocracia se hallaba bajo la forma de una monarqua cuyo titular el monarca, era conocido como el rey. Por eso el gobierno era autocrtico y unipersonal, adems si tenemos en cuenta el factor histrico de la legitimacin del poder divino, es decir el derecho divino de los reyes la monarqua era irresponsable ante el pueblo gobernado.Al principio el rey escoga a los funcionarios encargados de la administracin pblica a los cuales remuneraba con su peculio personal, eran los comienzos del Estado patrimonial donde los conceptos de lo publico y lo privado se hallaban mezclados y confundidos. Esto hace que en muchos casos los reyes hayan derivado en seres despticos cuyo germen absolutista haya desarrollado los Estados centralizados de la edad moderna.Con el absolutismo (S. XVI- XVIII) lo privado y lo publico se separan debido al desarrolla de la maquinaria burocrtico estatal, el Estado se vuelve mucho mas complejo y especializado al irrumpir esfera privada, pues sus fines anteriores: bsqueda del estado del salvacin, se ven reemplazados por fines mas terrenales: seguridad, orden, bienestar; que lo obligan a adentrarse con mas figuracin en las relaciones sociales Privadas.

1.2. OLIGOCRACIA

No es otra cosa que el poder que unos cuantos ejercen sobre la sociedad o el Estado. El poder no puede ejercerse por una fuente espontnea, el poder necesita de un sustento para que la oligocracia pueda hacer uso de ella, este sustento puede ser religioso, poltico o econmico.Las castas teocrticas son un ejemplo de oligocracia religiosa, son muy influyentes al comenzar la edad media. Los concilios, rganos colegiados que dictaron las pautas conforme a las cuales debera regirse y estructurarse la sociedad estaban conformados en su parte deliberante por el elemento sacerdotal bajo la supervisin del prncipe.La oligocracia poltica muchas veces s confunde con la monocracia en el sentido de que necesita de la maquinaria burocrtica estatal para poder subsistir, en algunas ocasiones se ha formado a travs de una oligarqua econmica o religiosa que ha visto como un paso prximo en sus planes de expansin la toma de la maquinaria estatal. Un ejemplo de oligocracia poltica seria el antiguo sistema poltico soviticoLa oligarqua plutocrtica nace de la actividad comercial, industrial o financiera (usura). Sus titulares son un numero aun mas reducido que la propia aristocracia terrateniente, su poder al no tener limites mas concretos que una legislacin con conceptos borrosos constituye un peligro para el sano funcionamiento del Estado y la armona de la sociedad civil.

1.3. DEMOCRACIA

Significo en su tiempo, el poder del demos, ahora es el poder de todos, en los comienzos la democracia solo se ejercitaba en las comunas populares, hasta que estas fueron tomadas polticamente por oligocracias econmicas locales, y las diputaciones subastadas como sucedi en Castilla.Significo en su tiempo, el poder del demos, ahora es el poder de todos, en los comienzos la democracia solo se ejercitaba en las comunas populares, hasta que estas fueron tomadas polticamente por oligocracias econmicas locales, y las diputaciones subastadas como sucedi en Castilla.La democracia se manifiesta a travs del procedimiento electivo, donde se deja de lado el criterio dinstico o nobiliario para la eleccin y toma de decisiones. Es por ello que el poder democrtico nace en sus formas actuales en la contemporaneidad, hacindose extensiva a todo el territorio bajo jurisdiccin estatal. La democracia es una concepcin liberal y atomizante porque prima el criterio de la mayora donde cada individuo se encuentra separado de los dems y es visto como un ser abstracto sin pertenencia social mas que al poder que lo convoca. Al comenzar nuestra poca la democracia era restringida a los propietarios, los contribuyentes los letrados, estos no pasaban del 5% de toda poblacin hasta las reformas electorales de 1930, pero aun as no era suficiente para hablar de democracia radical.

Capitulo II: LOS PODERES DEL ESTADO Y SU EQUILIBRIO2.1. El equilibrio de poder El fundamento de la divisin de poderes es el de preservar el equilibrio de los rganos o instituciones del Estado, con el objetivo de garantizar la libertad al limitar la omnipotencia del poder. Por eso Montesquieu deca que la divisin de poderes es esencial para que el poder detenga al poder. Por otra parte, al separar y delimitar las competencias de los distintos rganos del poder, la divisin de poderes posibilita un mejor desenvolvimiento de las distintas funciones de gobierno expresadas en instituciones diferenciadas, que, sin embargo, concurren a la consecucin de un nico y exclusivo fin, que es el de gobernar. Y la accin de gobierno no es otra que la de ejercer el poder en una comunidad determinada. De all que se sostenga que el poder del Estado es uno solo, con pluralidad de funciones y actividades. Lo que se divide no es el poder, sino las funciones y los rganos que las cumplen. Cuando el Derecho Constitucional habla de poderes, en plural, quiere mentar los rganos-institucin con sus respectivas competencias. Tambin se concede, en la relacin gobernantes-gobernados, una mayor garanta a estos ltimos en lo referido a sus libertades y al ejercicio de sus derechos. Sin embargo, no se puede afirmar categricamente que existe una divisin tajante en las funciones de cada uno de los rganos del poder, aunque stas estn claramente delimitadas en las cartas constitucionales, pues las distintas esferas de influencia tienden a sobreponerse en diversos aspectos debido a la complejidad del quehacer gubernamental. Un poder est equilibrado cuando se verifica que:-Est al servicio del Pueblo, cumpliendo con las funciones que le corresponden. -Solamente se le atribuye la jurisdiccin necesaria para cumplir con sus funciones. -Acta segn su criterio, rinde cuentas a un poder diferente y a su vez supervisa a otro.-El conjunto de poderes est equilibrado s: Cada uno de los poderes del conjunto est equilibrado.-Para modificar cualquiera de sus estatutos se requiere un proceso institucional que puede llegar a la convocatoria de un referndum nacional.

2.2. Estabilidad del conjunto de poderes. Crculo de supervisinDe las condiciones necesarias para el equilibrio de poderes, la n 3 y la n 5 son las que proporcionan la estabilidad del conjunto, de forma que las atribuciones de cualquier poder estn supervisadas por otro.Los tres nuevos poderes se han introducido especficamente para supervisar a los poderes clsicos, a su vez stos debern supervisar a los nuevos para lograr la estabilidad del conjunto.Este conjunto de seis poderes forma una cadena de supervisin cerrada, el crculo de supervisin. En l que cada poder supervisa al siguiente, as hasta que el ltimo supervisa al primero de la lista. El orden de poderes en el crculo de supervisin se conoce parcialmente, pues dado un poder clsico, se conoce el nuevo poder que lo supervisa, pero no a la inversa. Pero es fcil determinar ese orden, pues al formar una cadena cerrada el conjunto de los seis poderes y estar definidos los supervisores de cada poder clsico, slo existen dos posibilidades de secuencias de supervisin, que son las siguientes: Ejecutivo Senado Legislativo Fiscal Judicial Interventor Ejecutivo Ejecutivo Fiscal Judicial Senado Legislativo Interventor Ejecutivo La secuencia b no es vlida pues el poder Fiscal no puede ser supervisado por el Ejecutivo ya que, en el ejercicio de sus funciones en defensa del Pueblo, el Fiscal debe emprender, en ocasiones, acciones judiciales en contra del Ejecutivo el cual podra presionar indebidamente al poder Fiscal. El razonamiento anterior hace que la secuencia a sea la nica vlida.

2.3. El proceso de supervisin El acto de supervisar corresponde al presidente del poder supervisor, pero normalmente delegar en el oficial ms apropiado de ese poder.Los presidentes de los poderes supervisor y supervisado, en caso de detectarse alguna anormalidad, deben analizar las soluciones al problema, proponiendo cada uno su propia solucin.Si no encuentran una solucin comn, el presidente supervisor convoca a la Junta de Supervisin, compuesta por los presidentes de todos los poderes, para que tome la accin adecuada por mayora simple, considerando las propuestas de ambos poderes. Si la Junta de Supervisin no tiene jurisdiccin sobre ese problema, debe trasladar su propuesta y la del poder afectado al Tribunal Constitucional para que dicte sentencia. Si el Tribunal Constitucional no tiene competencias para dictaminar sentencia, debe realizar su propia propuesta y convocar un referndum nacional, para que se elija por mayora simple, entre su propuesta, la de la Junta de Supervisin y la del poder afectado.

2.4. Razn de ser del Estado: servir al puebloLa razn de ser del Estado es la de estar al servicio del Pueblo. Se entiende que el Estado est al servicio del Pueblo, cuando cada uno de sus poderes cumple con la parte que le corresponde de las siguientes funciones:a) Acciones directas -Respetar y hacer respetar la Ley-Mantener el Orden Pblico.-Defender la integridad nacional.-Ofrecer trabajo, no especializado, a cualquier hombre o mujer que lo necesite.-Mantener dignamente a todo ciudadano que ni pueda trabajar ni tenga medios para vivir.-Facilitar el derecho de los ciudadanos a la sanidad necesaria.-Facilitar el derecho de los ciudadanos a una vivienda digna.-Facilitar el derecho de los padres a elegir la educacin de sus hijos.-Intervenir en las actividades econmicas necesarias al ciudadano, pero slo cuando la iniciativa privada no las pueda cubrir en su totalidad. b) Acciones legislativas necesariasLeyes electorales cercanas al ciudadano:-Distritos electorales variables segn su poblacin, slo para dos escaos.-El peso de un voto, igual para todos, no depende de quien y en donde se emite.-Establecer la segunda vuelta en caso de no existir mayora absoluta en la primera.Dar a personas y empresas el mximo de libertad en todos los rdenes, en especial la libertad de expresin, slo limitada por los derechos humanos de las personas implicadas.La polica debe tener todos los medios legales a su alcance, incluidos juicios rpidos en casos leves, para actuar contra el delincuente en especial contra los reincidentes. No debe existir la posibilidad de que un delincuente, despus de detenido con pruebas de haber delinquido, entre en la comisara, se rellene un formulario y salga inmediatamente, listo para nuevos delitos en espera de un lejano juicio. Realizar un cdigo penal con el objetivo principal de disuadir al delincuente: -Justicia rpida, aplicando la menor de las penas que correspondan. -Si la prueba del delito cometido es cierta, es legal. Si para obtener esa prueba se han transgredido los derechos de algn ciudadano, se debe juzgar ese delito.-Gran severidad contra los crmenes en serie y aumento de las penas en la reincidencia de los delitos comunes.-Sin aceptar la pena de muerte, pero si la cadena perpetua para algunos delitos.-Condiciones carcelarias rigurosas, slo mitigadas ligeramente para los presos que acepten realizar trabajos duros en beneficio de la sociedad. -Las penas impuestas en el juicio se cumplirn siempre en su totalidad. -Conseguir la igualdad de derechos y obligaciones para todos los ciudadanos. En especial, si un menor comete un delito como si fuese un mayor, se le deben aplicar las mismas leyes, con el eximente que corresponda; cumpliendo las penas en las mismas crceles, aunque con la oportunidad de elegir entre trabajos duros, aprendizaje de un oficio o estudio de una carrera, para mitigar las condiciones carcelarias. -Leyes sobre la educacin en las que, adems de los conocimientos necesarios, se premie el esfuerzo y la capacidad de aprender de los alumnos, y se fomente el respeto a los profesores y a los compaeros. -Por su condicin de gua de la juventud, el profesor debe ser convenientemente seleccionado para ocupar su cargo, garantizado slo por un tiempo determinado. Que se le renovar segn sea la labor realizada y la opinin de sus alumnos sobre la misma.-Proteger el derecho de los ciudadanos a la propiedad privada, delimitndolo de la propiedad pblica:-Las costas, lagos y ros con sus riberas, acuferos y parques naturales, no pueden pertenecer a un particular.-La tierra, no dedicada a uso pblico, si es un bien privado. Pudiendo edificar en ella si cumple con la reglamentacin existente aprobada a nivel nacional, no a nivel local.-Los pozos tambin pueden ser propiedad privada, pero la extraccin de agua debe estar reglamentada por la cuenca hidrogrfica a la que pertenecen. -Proteger las races cristianas de la sociedad, por ser la base en que se asienta la democracia.2.5. La divisin de poderes, Montesquieu La formulacin mas extendida de la teora de la divisin o separacin de poderes corresponde a la realizada por Montesquieu.De acuerdo con la filosofa de Montesquieu, en todo Estado es posible encontrar tres clases de poderes: El poder legislativo, el poder ejecutivo de los asuntos que dependen del derecho de gentes y el poder ejecutivo de los que dependen del derecho civil, a este ltimo tambin lo denomina judicial. Mediante el poder legislativo, el prncipe o el magistrado promulgan leyes transitorias o definitivas y enmienda o deroga las leyes existentes. En el caso del poder ejecutivo, este dispone de la guerra o la paz, se ocupa de las relaciones exteriores y de establecer la seguridad publica. El poder judicial castiga los delitos o juzga las diferencias entre particulares.Estos distintos poderes, dentro de este esquema, pueden ser ejercidos por la misma persona o cuerpo o no. En el caso de darse la primera posibilidad, no hay libertad. Para que la libertad impregne el proceso poltico es necesario un gobierno tal, que ningn ciudadano pueda temer a otro. Y para ello deben atribuirse los distintos poderes a distintos rganos.Todo estara perdido si el mismo hombre, el mismo cuerpo de personas principales, los hombres o el pueblo, ejerciera los tres poderes: el de hacer las leyes, el de ejecutar las resoluciones pblicas y el de juzgar los delitos o las diferencias entre los particulares.Cuando Montesquieu habl de separacin de poderes se debe entender literalmente que a cada rgano distinto habr de atribuirle un poder tambin distinto, con las respectivas funciones a su cargo. Cada poder, con su respectiva funcin, deba ser ejercido por cada rgano. Al analizar el sistema ingls Montesquieu va mas all, al afirmar que la separacin de poderes es una condicin necesaria para la libertad: "cuando el poder legislativo esta unido al poder ejecutivo en la misma persona o en el mismo cuerpo, no hay libertad". Tampoco hay libertad si el poder judicial no est separado del legislativo, ni del ejecutivo si va unido al poder legislativo, el poder sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sera arbitrario, pues el juez sera al mismo tiempo legislador. Si va unido al poder ejecutivo, el juez podra tener la fuerza de un opresor. Finalmente asoma la conclusin: "El poder, frena al poder". La separacin de poderes consiste en el hecho de que cada una de las ramas del gobierno -ejecutivo, legislativo y judicial- tiene poderes claramente definidos. Estos poderes recaen en diferentes personas y una persona no puede desempear simultneamente dos funciones.Toda intromisin de una rama del gobierno en otra es importante, porque, de acuerdo con la teora de Montesquieu, "el propsito de la separacin de poderes es la preservacin de la libertad".

a) Deuda de gratitudPara evitar el poder absoluto, Montesquieu estableci los tres poderes independientes del Estado, estos poderes han probado su utilidad durante tres siglos de uso, prestando un inmenso servicio a la Humanidad. b) Falta de contrapesos Pero despus de tres siglos de uso es hora de mejorarlos, pues en demasiadas ocasiones, como muestra la historia y la actualidad, los contrapesos institucionales previstos no han sido suficientes, permitiendo que gobernantes sin escrpulos utilicen el exceso de poder dado al Ejecutivo para ir transformando la democracia en dictadura.

Capitulo III: Modificacin de los poderes clsicosA continuacin se analizan algunos de los fallos que los poderes clsicos pueden tener con relativa facilidad y que habr de evitarse para poder mejorar la divisin clsica de poderes. Esto seala un camino a seguir a partir de la idea original de Montesquieu. Ni se analizan todos los fallos ni todas las democracias, se intenta ir directamente al centro del problema, ya que un exceso de datos podra ocultar el camino a seguir pues los fallos que se dan en un pas pueden no darse en otro. Son varias las razones: Se necesita voluntad, ocasin y tiempo para poder corromper las instituciones. En cada nacin, los contrapesos utilizados son distintos, unos ms efectivos que otros.Y sobre todo, dos naciones diferentes difieren siempre en su tradicin democrtica y en el calado popular de la democracia.Sin embargo, si las circunstancias son apropiadas estos fallos podran materializarse en cualquier nacin, motivo suficiente para que sean modificados los poderes clsicos. 3.1. Legislativoa) Disciplina de votoCasi siempre el Ejecutivo, a travs de su partido poltico, tiene el control del Legislativo, lo que hace imposible la independencia de poderes, pues el Legislativo legislar arbitrariamente lo que desee el Ejecutivo, convenga o no a los intereses del Pueblo.Se puede suponer que la mayora de los diputados actan honestamente, bajo este supuesto, para que la aprobacin de las leyes importantes, leyes de Estado, beneficien al Pueblo bastar con imponer su aprobacin mediante votacin secreta no sujeta a la disciplina de voto de los partidos.b) SenadoEsta es una segunda cmara, normalmente infrautilizada en la redaccin de las leyes pues, como debe ser, su peso es mucho menor que el del Legislativo, Congreso. No justificando, su papel institucional, el gasto de mantener activa esta cmara. Si el Senado tuviese la experiencia que parece indicar su nombre y fuese elegido apolticamente, podra supervisar y asesorar al Legislativo en la elaboracin de las leyes. c) Arbitrariedad en las acciones del LegislativoPuede ocurrir que aun siendo secreta la votacin de una ley, los diputados del partido en el poder siguiesen las instrucciones de su partido y no las de su conciencia. Se aprobaran as leyes que podran deteriorar gravemente la democracia. Para evitar, en gran parte, esta posibilidad, es necesario supervisar la aprobacin de las distintas leyes en el Legislativo. La supervisin debe centrarse en la deteccin de fallos en la tramitacin y en la falta de constitucionalidad de los proyectos de ley, indicando lo que debera modificarse. El partido mayoritario podra continuar adelante con la ley, aunque atenindose a las posibles consecuencias, que habran de establecerse.Para que el Senado pueda hacer frente con eficacia a la funcin de supervisar al Legislativo es necesario que tenga adquirida una experiencia de tipo legal sobre toda clase de problemas humanos, de tipo social sobre las diferentes regiones de la nacin y de tipo tcnico sobre las diferentes profesiones y especialidades laborales. Condiciones que deben conformar la eleccin de senadores y su permanencia en el cargo.

3.2. Exceso de atribuciones del Ejecutivoa) Defensa del ciudadanoUna funcin de los fiscales es la de defender al ciudadano, pero institucionalmente los fiscales pueden estar supeditados al Ejecutivo. En los pases en donde esto ocurre, cuando el Ejecutivo daa los intereses de un ciudadano, Cmo defiende el fiscal a ese ciudadano? Se necesita crear un nuevo poder que reciba su autoridad directamente del Pueblo, que pueda defender al ciudadano y que adems supervise la actuacin del Judicial. Este es el poder Fiscal, que debe aglutinar a todas las instituciones, o parte de ellas, que actualmente estn relacionadas con esas tareas o parte de las mismas, p.e. El defensor del Pueblo.b) Gasto pblicoEl gasto pblico es efectuado por el Ejecutivo, esto es comn a todas las naciones, pero no en todas las naciones se tienen instituciones que, con efectividad, supervisen y pidan cuentas por ese gasto. Falta la funcin de rendir cuentas a una autoridad adecuada y por tanto falta la necesaria transparencia del gasto efectuado, realmente slo sujeto en algunos pases a la voluntad del Ejecutivo.Se necesita crear un nuevo poder para supervisar, da a da, el buen uso del gasto pblico. Ese es el poder Interventor, que debe aglutinar a todas las instituciones, o parte de las mismas, que actualmente desempean alguna funcin relacionada con la transparencia del gasto pblico.Arbitrariedad del Judicial Los jueces, en el momento de dictar sentencia tienen potestad sobre ella, aun en el caso de ser arbitraria. Esto se deriva de la independencia del poder Judicial. Para evitarlo, manteniendo esa independencia, es necesario que el juez tenga conciencia de que sus sentencias son supervisadas y revisadas, pudiendo llegar a ser apartado de su cargo en casos de gravedad. Esta funcin puede ser realizada por el poder Fiscal, pues puede conocer directamente la actuacin de los jueces.

3.3. La divisin de poderes en la actualidadSlo cuando los diversos detentadores del poder son independientes entre s y se controlan mutuamente, la sociedad estar protegida del abuso de poder por parte de quienes ocupan el poder. Esta idea ha impregnado todo el pensamiento poltico desde su primera manifestacin, e incluso ha quedado plasmado en las ms modernas constituciones posteriores a la Segunda Guerra Mundial. Esto, sin embargo, no significa que no haya habido criticas a la doctrina de la divisin de poderes y de su aplicacin.Esta desviacin es necesaria por las dificultades tericas y prcticas que acarrea el intento de cumplir con la doctrina. Para Jellinek el fundamento de la concepcin jurdica del Estado est constituido por el reconocimiento del Estado como una unidad, de donde se deduce inevitablemente o como condicin necesaria, la teora de la indivisibilidad del poder del Estado.Dentro de este enfoque terico, cada rgano del Estado representa, dentro de sus lmites, el poder del Estado. Es posible, entonces, hablar de una divisin de competencias, pero no de una divisin de poderes. El poder del Estado es uno solo a pesar de la existencia de diversos rganos. Asimismo, Jellinek hace notar que empricamente no existen constituciones desde las cuales se aplique estrictamente la divisin de poderes y por lo tanto se produce continuamente la preeminencia de algn rgano.Kelsen, desde otra perspectiva, realiza un interesante aporte al relacionar la separacin de poderes con la democracia. Seala en este sentido que a la idea de democracia le corresponde la nocin de que todo el poder debe concentrarse en el pueblo de manera tal que all donde no es posible la democracia directa sino solo la indirecta, todo poder tiene que ser ejercitado por un rgano colegiado cuyos miembros han sido electos por el pueblo y son jurdicamente responsables ante este. Coincide en este caso con Jellinek en cuanto a que el poder es uno e indivisible. En trminos actuales, la famosa divisin de poderes responde a la necesidad de distribuir y controlar el ejercicio del poder poltico. Estos diversos rganos estatales que se distribuyen el ejercicio del poder se ven necesitados a cooperar en la tarea de gobernar. Si el poder est distribuido y ejercido conjuntamente est, al mismo tiempo, limitado y controlado. Quien ms claramente ha formulado esta teora ha sido Karl Loewenstein quien, si bien considera superada la teora original sobre la divisin de poderes, admite sin embargo, que lo que perdura an de ella es que por un lado el Estado tiene que cumplir determinadas funciones provenientes de la propia divisin del trabajo y por otro, los destinatarios del poder se ven beneficiados si las funciones estn distribuidas entre distintos rganos. Loewenstein reemplaz el concepto de separacin de poderes por el de "control". Este control se realiza mediante diversas tcnicas institucionales y de procedimiento, en general avaladas constitucionalmente, que limitan y controlan los rganos del poder en el ejercicio de las funciones que tienen asignadas. Son mecanismos que influyen entre s a los rganos y logran de esa manera que una tarea de cooperacin cuente al mismo tiempo con controles recprocos.Esos controles del poder poltico estatal son clasificados por Loewenstein en intraorganos e interorganos. De los controles intraorganos son principalmente aquellos que operan dentro de la organizacin de un poder. Este tipo de control acta, por ejemplo, cuando las dos cmaras de un congreso estn obligadas a cooperar en la promulgacin de una ley o cuando un primer ministro necesita la aprobacin de sus colegas, en el consejo de ministros, para tomar una decisin poltica.En cuanto a los controles interorganos, stos constituyen la dinmica de la interaccin de los poderes entre s en el proceso poltico. De acuerdo con Loewenstein, se trata fundamentalmente de dos clases: en primer lugar, los poderes estn, desde el punto de vista constitucional, en una conjuncin tal que slo conjuntamente pueden llevar a cabo determinadas tareas; as por ejemplo, un tratado internacional firmado por el poder ejecutivo en Argentina tiene que ser aprobado por el congreso. Es decir, que los poderes, en este caso el ejecutivo y el legislativo, tienen que compartir constitucionalmente el ejercicio de la funcin con lo cual se controlarn mutuamente. En segundo lugar, un poder est autorizado constitucionalmente a intervenir discrecionalmente en la actividad de otro poder, frustrando de esta manera una iniciativa; este es el caso cuando el poder ejecutivo tiene la facultad de imponer su veto a una ley emitida por el congreso. Si bien se trata de mecanismos distintos ya que el primero es indispensable para que un acto tenga lugar y en cambio el otro es optativo, los dos son controles interorganos.De acuerdo a lo anterior, el poder poltico esta distribuido entre diferentes poderes y sometido a control mutuo. Ese poder poltico ha ido conformndose y adaptndose a distintas formas sobre todo despus de las revoluciones el siglo XVIII, en cada una de las cuales los poderes ocupan situaciones relativamente diferentes. En general, los "tipos" no se presentan en forma pura y, en cambio, estn fuertemente influenciados por diversos elementos, por lo tanto es ms frecuente la presentacin de combinaciones en las cuales un determinado tipo adopta rasgos caractersticos de otros. Tambin la preferencia de un pas por una determinada estructuracin de su poder parece estar influenciada por distintos factores, entre los cuales no son de desechar sus tradiciones y experiencias.

3.4. SOBRE EL EQUILIBRIO DE PODERES EN EL PEREl equilibrio de poderes, es visto en el Per desde un punto de vista demasiado formalista, se cree que el balance entre los poderes solo debe limitarte a los poderes poltico-formales es decir el Ejecutivo, el Legislativo y el Poder Judicial los cuales a pesar de no ser en nuestro actual Estado de Derecho los nicos poderes autnomos. Existen otros poderes que tienen en sus manos las decisiones ms importantes de nuestra repblica y no se encuentran mencionados en la Constitucin, ellos redactan la Constitucin.Podemos encuadrar aqu al Tribunal Constitucional o los conjunto de familias que se reparten la dirigencia de los espacios polticos, econmicos, sociales y culturales del pas Desde la colonia hasta nuestros das; pues sus decisiones son importantes, al igual como los poderes anteriormente mencionados.

CONCLUSIONES:

1-Para evitar el poder absoluto, Montesquieu estableci los tres poderes independientes del Estado.2-Casi siempre el Ejecutivo tiene el control del Legislativo, lo que hace imposible la independencia de poderes.3-Los jueces son como un ejemplo en el equilibrio de poderes ya que ellos tienen el poder de sentenciar a otras personas pero su poder va ser equilibrado por que sus sentencias van a ser revisada y supervisadas.4-La razn de ser del Estado es la de estar al servicio del Pueblo. Se entiende que el Estado est al servicio del Pueblo, cuando cada uno de sus poderes cumple con la parte que le corresponde.5-La divisin de poderes posibilita un mejor desenvolvimiento de las distintas funciones de gobierno expresadas en instituciones diferenciadas, que, sin embargo, concurren a la consecucin de un nico y exclusivo fin, que es el de gobernar.6-Un poder esta equilibrado cuando acta segn su criterio, rinde cuentas a un poder diferente y a su vez supervisa a otro.7-Lo que se divide no es el poder, sino las funciones y los rganos que las cumplen. Cuando el Derecho Constitucional habla de poderes, en plural, quiere mentar los rganos-institucin con sus respectivas competencias.

BIBLIOGRAFA:

-PEREZ ROYO, Javier. Curso de Derecho Constitucional.-ELICE NAVARRO, Jos. "El procedimiento legislativo en el Per".-GARCIA TOMA, Vctor, Teora del Estado y Derecho Constitucional-DUVERGER, Maurice. Instituciones Polticas y Derecho Constitucional.-SOTO VALLENAS, Gastn. "La democracia y el control de poderes.

INDICE

Introduccin4Captulo I5 MONOCRACIA OLIGOCRACIA DEMOCRACIA Captulo II9 El equilibrio de poder Estabilidad del conjunto de poderes El proceso de supervisin Razn de ser del Estado: servir al pueblo La divisin de poderes, Montesquieu Captulo III15 Legislativo Exceso de atribuciones del Ejecutivo La divisin de poderes en la actualidad SOBRE EL EQUILIBRIO DE PODERES EN EL PERConclusiones20Bibliografa21

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