entidad economica: empresa

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UNIDAD II: ENTIDAD ECONOMICA PERSONA: una persona es todo ente que, por sus características, está habilitado para tener derechos y asumir obligaciones. El Artículo 15 del código civil venezolano establece que existen personas naturales y jurídicas. PERSONA NATURAL: El Articulo 16 del código civil venezolano establece el concepto de persona natural “Todos los individuos de la especie humana son personas naturales.”. La persona, legalmente hablando, es todo ser capaz de tener y contraer derechos y obligaciones. Cuando los derechos y obligaciones los ejerce un individuo en forma particular se habla de persona física o natural. Son todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición. La existencia legal de la persona natural comienza al nacer y termina con la muerte. Al construir una empresa como persona natural, la persona asume a título personal todas las obligaciones de la empresa con el patrimonio que posea (los bienes que estén a su nombre), las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa. PERSONA JURIDICA: Desde el punto de vista legal, es todo ente ficticio, abstracto creado por la ley y que es capaz de contraer y ejercer derechos y obligaciones. Se considera separado de los miembros que la conforman. Es susceptible de tener y ejercer derechos y obligaciones. Es abstracta porque no tiene forma definida y ficticia porque nace espontáneamente. Existen dos tipos de personas jurídicas: 1. Personas jurídicas de derecho público: Aquéllas que representan a la autoridad en sus funciones administrativas (el Estado, las municipalidades, etc.). 2. Personas jurídicas de derecho privado: aquéllas que dependen de la iniciativa particular, siendo de dos tipos:

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Personas, Empresa, Tipos de empresa, Documentos mercantiles, Clasificacion de los documentos mercantiles.

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UNIDAD II: ENTIDAD ECONOMICAPERSONA: una persona es todo ente que, por sus caractersticas, est habilitado para tener derechos y asumir obligaciones. El Artculo 15 del cdigo civil venezolano establece que existen personas naturales y jurdicas.PERSONA NATURAL: El Articulo 16 del cdigo civil venezolano establece el concepto de persona natural Todos los individuos de la especie humana son personas naturales.. La persona, legalmente hablando, es todo ser capaz de tener y contraer derechos y obligaciones. Cuando los derechos y obligaciones los ejerce un individuo en forma particular se habla de persona fsica o natural. Son todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condicin. La existencia legal de la persona natural comienza al nacer y termina con la muerte.Al construir una empresa como persona natural, la persona asume a ttulo personal todas las obligaciones de la empresa con el patrimonio que posea (los bienes que estn a su nombre), las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa.PERSONA JURIDICA: Desde el punto de vista legal, es todo ente ficticio, abstracto creado por la ley y que es capaz de contraer y ejercer derechos y obligaciones. Se considera separado de los miembros que la conforman. Es susceptible de tener y ejercer derechos y obligaciones. Es abstracta porque no tiene forma definida y ficticia porque nace espontneamente.Existen dos tipos de personas jurdicas:

1. Personas jurdicas de derecho pblico: Aqullas que representan a la autoridad en sus funciones administrativas (el Estado, las municipalidades, etc.).

2. Personas jurdicas de derecho privado: aqullas que dependen de la iniciativa particular, siendo de dos tipos:

1. las que persiguen fines de lucro llamadas sociedades civiles y comerciales.

2. las que no persiguen ganancias,como las corporaciones y las fundaciones.

Las corporaciones son personas jurdicas que no persiguen fines de lucro y que estn formadas por un cierto nmero de personas asociadas para conseguir la realizacin de un fin o inters comn.

Las fundaciones si bien tienen un fin lcito de inters general, ste se realiza por medio de bienes determinados afectos permanentemente a su consecucin. Ambas requieren la autorizacin del poder pblico.

Persona Jurdica es una empresa que ejerce derechos y cumple obligaciones a nombre de sta. Al constituir una empresa como Persona Jurdica, es la empresa (y no el dueo) quien asume todas las obligaciones de sta.Ttulo IDe las personas en general y de las personas en cuanto a su NacionalidadCaptulo IDe las personas en generalArtculo 15 Las personas son naturales jurdicas.

Seccin IDe las personas naturales.Artculo 16 Todos los individuos de la especie humana son personas naturales.

Artculo 17 El feto se tendr como nacido cuando se trate de su bien; y para que sea reputado como persona, basta que haya nacido vivo.

Artculo 18 Es mayor de edad quien haya cumplido dieciocho (18) aos.

El mayor de edad es capaz para todos los actos de la vida civil, con las excepciones establecidas por disposiciones especiales.

Seccin IIDe las personas jurdicasArtculo 19 Son personas jurdicas y por lo tanto, capaces de obligaciones y derechos:

1. La Nacin y las Entidades polticas que la componen;

2. Las iglesias, de cualquier credo que sean, las universidades y, en general, todos los seres o cuerpos morales de carcter pblico;

3. Las asociaciones, corporaciones y fundaciones lcitas de carcter privado. La personalidad la adquirirn con la protocolizacin de su acta constitutiva en la Oficina Subalterna de Registro del Departamento o Distrito en que hayan sido creadas, donde se archivar un ejemplar autntico de sus Estatutos.

El acta constitutiva expresar: el nombre, domicilio, objeto de la asociacin, corporacin y fundacin, y la forma en que ser administrada y dirigida.

Se protocolizar igualmente, dentro del trmino de quince (15) das, cualquier cambio en sus Estatutos.

EMPRESA:Es una unidad econmica, constituida por combinaciones de recursos humanos (personas), recursos naturales y capitales (dinero), con un fin de lucro. La entidad puede ser una persona natural o una persona jurdica, o una parte o combinacin de ellas. Implica factores productivos (trabajo, tierra y capital).Las empresas puedan clasificarse de acuerdo a diferentes factores desde el punto de vista jurdico o legal, teniendo las siguientes clasificaciones:

Segn la titularidad del capital: Empresas privadas (su capital est en mano de particulares), pblicas (controladas por el Estado), mixtas (el capital es compartido por particulares y por el Estado) y empresas de autogestin (el capital es propiedad de los trabajadores).

Segn su tamao: El criterio ms utilizado suele ser segn el nmero de trabajadores (siempre dependiendo del tipo de empresa, sea construccin, servicios, agropecuario, etc). Este criterio delimita la magnitud de las empresas de la forma mostrada a continuacin: Microempresa: si posee menos de 10 trabajadores.

Pequea empresa: si tiene un nmero entre 10 y 49 trabajadores.

Mediana empresa: si tiene un nmero entre 50 y 250 trabajadores.

Gran empresa: si posee 250 o ms trabajadores.

Segn la actividad econmica que desarrollan: Empresas del sector primario (que obtienen los recursos a partir de la naturaleza, como las mineras, agrcolas, pesqueras o ganaderas, forestales), del sector secundario (dedicadas a la transformacin de bienes, como las industriales y de la construccin) y del sector terciario (empresas que se dedican a la oferta de servicios o al comercio).

Segn su mbito geogrfico /desempeo y ubicacin): En funcin del mbito geogrfico en el que las empresas realizan su actividad, se pueden distinguir:

1. Empresas locales: son aquellas empresas que venden sus productos o servicios dentro de una localidad o ciudad determinada.

2. Empresas nacionales: son aquellas empresas que actan dentro de un solo pas.3. Empresas regionales: Ubicadas en los estados o regiones.4. Empresas multinacionales: o empresas internacionales, son aquellas que actan en varios pases.

5. Empresas Transnacionales: las empresas transnacionales son las que no solo estn establecidas en su pas de origen, sino que tambin se constituyen en otros pases, para realizar sus actividades mercantiles no slo de venta y compra, sino de produccin en los pases donde se han establecido.

El cdigo civil muestra una clasificacin de las empresas, de acuerdo a su modo de organizacin, obviando unas que ya no son viables: Firma unipersonal o Firma personal: Las cuales tienen un solo dueo y administrador en una slo persona y responde a obligaciones con terceros. Son la forma ms comn de las organizaciones.

Sociedades de capital o Compaa Annima: Es una empresa que forman varios individuos o socios con un capital. En ella los socios no estn obligados a responder con sus bienes a la hora de quebrar. Sociedades annimas: Es una entidad legal que se crea con una autorizacin estatal y cuyos activos y pasivos difieren de los correspondientes a sus propietarios. Pueden ser privadas o pblicas .Y sus propietarios son los accionistas. Con caractersticas parecidas a las C.A.

IMPORTANCIA DE LA CONTABILIDAD

La contabilidad en la empresa es un proceso necesario que sirve para conocer los estados patrimoniales de la misma. Es prcticamente imposible tener un manejo razonable de una organizacin sin conocer con exactitud sus nmeros y circunstancias patrimoniales, sus relaciones entre activos y activos. Todas las empresas tienen la necesidad de llevar un control de sus negociaciones mercantiles y financieras. As obtendr mayor productividad y aprovechamiento de su patrimonio. Por otra parte, los servicios aportados por la contabilidad son imprescindibles para obtener informacin de carcter legal.La contabilidad se encarga de: Analizar y valorar los resultados econmicos.

Agrupar y comparar resultados.

Planificar y sintetizar los procedimientos a seguir.

Controlar el cumplimiento de lo programado. DOCUMENTOS MERCANTILES

Son todas aquellas constancias que sirven para aprobar la realizacin de alguna operacin mercantil. Documento bilateral que certifica el entendimiento que existe entre las dos partes que han efectuado un convenio, a manera de garanta. Los documentos mercantiles suelen tomar forma en el momento en que la operacin se realiza, y su objeto es el de certificar entendimiento que existe entre las dos partes que han efectuado un convenio. Puede ser el ticket que emite una caja registradora de ventas, el cual se entrega a el cliente que ha hecho una compra al contado, o bien un complicado contrato de muchas pginas relativo al arrendamiento de una costosa maquinaria; pero tanto en uno como en otro caso describe la operacin en forma escrita, reduciendo as en gran parte las posibilidades de discrepancia futuras por parte de los interesados.Se comprenden no solamente los papeles revestidos de caractersticas formales, sino todos los que puedan sustituirlos y tomen otra forma como ocurrira en ltimo extremo con la correspondencia.

Los documentos mercantiles son ttulos, efectos, recibos, facturas, notas de dbito y crdito, planillas de sueldos, vales de mercaderas, etc. Los cuales sirven para legitimar el ejercicio de las transacciones y documentar las operaciones mercantiles en los comprobantes de contabilidad. Estos documentos mercantiles se concentran en el Departamento de Contabilidad, donde el profesional contador obtiene los datos necesarios para procesar las cuentas y efectuar los asientos contables en los comprobantes de contabilidad.

CLASES DE DOCUMENTOS MERCANTILES: Dentro la idea de documentacin mercantil, toda constancia escrita de una transaccin comercial se puede utilizar para: Certificar los registros contables realizados en libros de contabilidad.

Probar un hecho desde el punto de vista legal.

Partiendo desde el segundo uso, podemos observar que los libros de contabilidad son tan slo un medio de prueba y en ciertos casos puede convertirse en elemento fundamental para decidir un fallo. Por tal importancia estos documentos son clasificados en:

1. Documentos Negociables. Son todos aquellos documentos que se pueden negociar a travs de endosos, descuentos en una entidad financiera antes de su vencimiento.

2. Documentos no Negociables. Son todos aquellos documentos que sirven de base para los registros en los libros de contabilidad y a la vez pueden formar pruebas desde el punto de vista legal.

DOCUMENTOS MERCANTILES NEGOCIABLES.

*LETRA DE CAMBIO: Documento mediante el cual una persona ordena, a otra que pague a favor de un tercero una determinada cantidad de dinero.

*PAGARE: Es un documento mediante el cual la persona que firma es denominada suscriptor, y est obligado a pagar incondicionalmente una cantidad de dinero en una fecha determinada.

*CHEQUE: Documento escrito a travs del cual se ordena un instituto de crdito donde se tenga una cierta cantidad de dinero.

DOCUMENTOS MERCANTILES NO NEGOCIABLES.

*RECIBO: Documento en el cual quien firma, reconoce haber recibido la cantidad que en el mismo se expresa por concepto de dinero u otra cosa.

*FACTURA: Es la nota que el vendedor entrega al comprador, en el que se detallan las mercancas compradas.

*VALE: Es un documento de crdito que se utiliza como promesa de pago por el cual el deudor se compromete a pagar a su acreedor cierta cantidad de dinero, en el lugar y fecha que se determinan en el mismo documento.*TICKET*COMPROBANTE DE COMPRA

*NOTA DEPEDIDO

*DOCUMENTOS BANCARIOS

*ESTADOS DE CUENTA

*RECIBOS DE CAJA.