ensayo ant. históricos garantias indiv

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ANTECEDENTES HISTÓRICOS. Al principio de la humanidad no existía concepción alguna sobre los derechos del hombre. Antes de la civilización , el hombre debió superar diversas etapas de salvajismo y otras barbaries para poder subsistir, basados en la caza, la recolección y la pesca. La autoridad se reunía en quienes poseían mayor fuerza física o moral, así, los mejores cazadores, los ancianos y los sacerdotes, tomaban decisiones que los demás debían seguir; so pena de recibir castigos físicos, morales, o la esclavitud. Se ignoraba la dignidad personal de los individuos particulares y los respetos que deben prestárseles por su propia calidad natural ni las leyes ni las costumbres contenían garantías de cualquier clase contra los errores o abusos de la autoridad. Debido a que los gobiernos en sus múltiples y variadas clases eran autocráticos y despóticos, manejando a su libre albedrio en la formulación de leyes y desconocían totalmente los derechos del hombre. No obstante, tras la aparición de las escrituras (Los Diez Mandamientos), el Código de Hammurabi contiene alrededor de 3,500 líneas de caracteres cuneiformes que guardan 282 reglas jurídicas; representa la existencia de un Estado de derecho evolucionando, donde la voluntad del monarca, al sujetarse de reglas, deja de ser suprema. Y en su parte final del prólogo del Código, Hammurabi, señala que fue enviado a gobernar a los hombres y a impartir justicia, así como poner orden en la tierra y procurar el bien del pueblo. Aun cuando algunas de las normas eran crueles, se basaban en un alto sentido de moralidad y rectitud; además que no había privilegios clasistas, lo que puede considerarse como una verdadera garantía individual en los términos en que actualmente se conciba. Por otro lado, en varios Estados del oriente Asiático tampoco se reconocían los derechos del hombre, vivían bajo las prohibiciones jurídicas en donde, sólo debían de obedecer y callar, excepto en la antigua India, en donde se respeto la personalidad humana, en lo particular el derecho a la libertad. Se considera que en el orden social solo podía

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ensayo de las garantías individuales

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ANTECEDENTES HISTRICOS.

Al principio de la humanidad no exista concepcin alguna sobre los derechos del hombre. Antes de la civilizacin , el hombre debi superar diversas etapas de salvajismo y otras barbaries para poder subsistir, basados en la caza, la recoleccin y la pesca. La autoridad se reuna en quienes posean mayor fuerza fsica o moral, as, los mejores cazadores, los ancianos y los sacerdotes, tomaban decisiones que los dems deban seguir; so pena de recibir castigos fsicos, morales, o la esclavitud. Se ignoraba la dignidad personal de los individuos particulares y los respetos que deben prestrseles por su propia calidad natural ni las leyes ni las costumbres contenan garantas de cualquier clase contra los errores o abusos de la autoridad. Debido a que los gobiernos en sus mltiples y variadas clases eran autocrticos y despticos, manejando a su libre albedrio en la formulacin de leyes y desconocan totalmente los derechos del hombre.No obstante, tras la aparicin de las escrituras (Los Diez Mandamientos), el Cdigo de Hammurabi contiene alrededor de 3,500 lneas de caracteres cuneiformes que guardan 282 reglas jurdicas; representa la existencia de un Estado de derecho evolucionando, donde la voluntad del monarca, al sujetarse de reglas, deja de ser suprema. Y en su parte final del prlogo del Cdigo, Hammurabi, seala que fue enviado a gobernar a los hombres y a impartir justicia, as como poner orden en la tierra y procurar el bien del pueblo. Aun cuando algunas de las normas eran crueles, se basaban en un alto sentido de moralidad y rectitud; adems que no haba privilegios clasistas, lo que puede considerarse como una verdadera garanta individual en los trminos en que actualmente se conciba.Por otro lado, en varios Estados del oriente Asitico tampoco se reconocan los derechos del hombre, vivan bajo las prohibiciones jurdicas en donde, slo deban de obedecer y callar, excepto en la antigua India, en donde se respeto la personalidad humana, en lo particular el derecho a la libertad. Se considera que en el orden social solo poda responder una autoridad superior a la voluntad divina, el poder deba ejercerlo un monarca, quien no deba actuar arbitrariamente, sino apegado a la justicia y la equidad.Cabe sealar, Que del Valle del Ganges, sus primeros pobladores los (arios indos), surgi un nuevo Cdigo (Man), ya que algunos destacados sacerdotes considerados hijos de Man Suayamb, presunto creador de la humanidad despus del diluvio; este les entrega una ley sagrada y que a travs de diversos libros, les indican prescripciones a seguir para que haya orden en las relaciones humanas. De las que figuran algunas que constituyen verdaderas garantas, en el sentido moderno del trmino, como la asercin de que: El Rey nunca debe separarse de las reglas que le sirven para determinar lo lcito y lo ilcito (Libro VII), de la cual se desprende que la actividad del monarca est limitada por la ley; o la afirmacin de que El castigo, aplicado con circunspeccin y oportunidad, asegura la felicidad de los pueblos; empleando sin consideracin destruye los reinos hasta en sus fundamentos (Libro VII), de la que deriva que las penas o castigos no podrn imponerse arbitrariamente.En China, pensadores como Confucio y Lao Ts, predicaron la igualdad entre los hombres y defendieron la democracia como la mejor forma de gobierno; asimismo abogaron por el justo derecho del gobernado a rebelarse contra el trato desptico de los gobernantes. Confucio no reconoca la diferencia de clases entre los hombres y consideraba que cada parte de la humanidad adquiere su mximo valor al colocarse en un lugar propio dentro de un sistema de relaciones. Para l, la forma de gobierno ideal era la republicana, que permite al pueblo elegir a quien ms vale para gobernar; dentro de una repblica, seran los hombres fuertes quienes trabajaran, mientras que la sociedad sustentara a los ancianos y los nios.Grecia: