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ENCICLOPEDIA DE LA CORRUPCIÓN EN BOLIVIA VII www.bolivialegal.com Página 1 LA DESCOLONIZACIÓN JUDICIAL EN RETRO Si algo tuvieron y tienen en común los procesos de colonización y su natural evolución hacia sistemas imperialistas, es el apego dogmático a manejar los códigos culturales, imponiendo los propios e invisibilizando los de los pueblos sometidos a las condiciones y reglas de juego establecidas por los conquistadores. No resulta nada casual, que hayan sido rasgos de lo que podría denominarse laberintos de oscuridad en los que la comunicación siempre fue unilateral, con productores activos y receptores pasivos, de arriba para abajo, impuesta por los detentadores de poder para someter a los dominados o colonizados, manteniéndolos en los mayores niveles de ignorancia posible. Sólo para citar algunos ejemplos notables de estas formas de dominación cultural, obviamente respaldadas por factores de poder material, como las armas o la economía, la Iglesia Católica con sus misas en latín o los rituales abogadiles plagados de

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LA DESCOLONIZACIÓN JUDICIAL EN RETRO Si algo tuvieron y tienen en común los procesos de colonización y su natural evolución hacia sistemas imperialistas, es el apego dogmático a manejar los códigos culturales, imponiendo los propios e invisibilizando los de los pueblos sometidos a las condiciones y reglas de juego establecidas por los conquistadores. No resulta nada casual, que hayan sido rasgos de lo que podría denominarse laberintos de oscuridad en los que la comunicación siempre fue unilateral, con productores activos y receptores pasivos, de arriba para abajo, impuesta por los detentadores de poder para someter a los dominados o colonizados, manteniéndolos en los mayores niveles de ignorancia posible. Sólo para citar algunos ejemplos notables de estas formas de dominación cultural, obviamente respaldadas por factores de poder material, como las armas o la economía, la Iglesia Católica con sus misas en latín o los rituales abogadiles plagados de

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latinajos que generalmente ni ellos mismos entendían y de una extraordinaria y enrevesada producción de normas, como leyes, decretos y ordenanzas, En el actual momento de la historia boliviana, en los temas de reformas jurídicas, a partir de la nueva Constitución Política del Estado, hay enunciados de cambios y hasta revoluciones radicales en el sistema jurídico nacional, con especial énfasis en la administración de justicia, a cargo del Órgano Judicial. Hasta aquí, todo bien y sólo cabe esperar que lo anunciado se concrete y se aplique adecuadamente. Pero, tal vez a contramano y en sentido contrario, no puede pasar desapercibida y causar justificada preocupación, una tendencia que se va acentuando hacia una excesiva y desordenada producción normativa que contempla diversos rangos jerárquicos pero, básicamente se vuelve potencialmente amenazadora y riesgosa en en el excesivo afán reglamentarista que parece haberse apoderado de la actual administración. Aunque pase desapercibido para el ciudadano común, se vienen produciendo gran cantidad de reglamentos que reglamentan lo ya estipulado en leyes o decretos (que esencialmente son reglamentarios de las leyes). A la cantidad de este tipo de disposiciones, se agrega la densidad, la cantidad de contradicciones con normas de superior o igual rango, la casi nula difusión y, consecuentemente, la inaccesibilidad de su conocimiento para la mayoría de los ciudadanos, supuestos sujetos y destinatarios de normas ampulosas y complejas, aprobadas mediante Resoluciones supremas, ministeriales y administrativas, entre las más significativas. De hecho, los principales programas de gobierno, como los créditos de vivienda, de desarrollo productivo o de fomento a diversas actividades económicas, se entrampan en reglamentos de excesivo detalle, que se modifican con inusitada frecuencia y que reproducen las tendencias coloniales de crear demasiado derecho para tan poca justicia, es decir, enredarnos con infinidad de disposiciones a los que solo pueden acceder, conocer y aplicar los privilegiados burócratas de turno, igual o peor que en las administraciones coloniales, si consideramos la importancia y la velocidad que tiene la comunicación y el conocimiento actualmente. Hay un consenso casi unánime de que en Bolivia necesitamos pocas, pero buenas, concisas y accesibles normas, lo contrario derivaría en la paradoja de un gobierno con discurso descolonizador, pero reproductor, en los hechos, de prácticas contemporáneas de neocolonización y oscurantismo en la administración de la cosa pública. En el mismo sentido y con estrecha relación, ¿cuándo llegará el momento de empezar a crear un derecho comunitario, con valores y principios propios, reglas simples, claras y comprensibles para todos, que permita pensar en una real justicia comunitaria?

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NUEVO ESCUDO ORIGINARIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

La Paz, 13 de abril de 1998 Señor: Gerardo Irusta Medrano Periodista OFICINA DE RELACIONES PÚBLICAS Y PRENSA DEL MINISTERIO DE GOBIERNO (PLANTA BAJA) Telfs. CELULAR 01546922 Teléfono 370153 Of. 368707 Domicilio Teléfono Fax 392936 La Paz – Bolivia: Estimado Señor Irusta: En primer término, le pido mil disculpas por el prolongado e involuntario retraso en responder a su cuestionario, pero espero que me entienda que, aparte de estar convaleciente de una operación de peritonitis, estuve con compromisos y una agenda de trabajo demasiado congestionada. A tiempo de adjuntarle mis antecedentes personales, me permito hacerle notar que, además de las obras publicadas, la parte más importante de mi

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producción intelectual y que, en gran medida ha sido decisiva para el nombramiento de Consejero de la Judicatura, ha sido el trabajo de inventariar, compilar, ordenar y clasificar más de 45.000 leyes y decretos desde la fundación de la República, hasta el presente, además de incorporar los textos íntegros y totalmente concordados de aproximadamente 1.600 normas de diverso rango, desde la CPE, Códigos, Leyes, Decretos, Reglamentos, Resoluciones y otras, de lo que se puede considerar legislación activa en Bolivia, todo ello en versión informática, bajo Windows y con tecnología de punta dentro de un trabajo que demandó más de 12 años, conocido como SILEG y utilizado por las más importantes instituciones públicas y privadas del país. Sobre el particular y a título referencial, me permito adjuntarle un tríptico algo desactualizado y la foto que me solicita. CUESTIONARIO PERIODÍSTICO: 1. En su opinión, cuáles son las tareas más urgentes que debe encarar el Consejo de la Judicatura, tomando en cuenta el enorme desprestigio que se tiende sobre la justicia boliviana?. R. Considero que, para asumir un cambio tan radical e importante, es necesario elaborar una reglamentación precisa, ágil y lo más completa posible, para que el Consejo pueda cumplir a cabalidad con las tareas técnicas, administrativas y disciplinarias que le asigna la ley, de tal manera que, tanto para la administración de recursos materiales, como humanos, se establezcan criterios objetivos y parámetros que permitan tomar decisiones imparciales y seleccionar recursos y soluciones idóneas y eficientes, permitiendo descongestionar y separar las funciones de los magistrados, quienes tendrán la oportunidad de dedicarse única y exclusivamente a la administración de justicia en la forma más proba y eficiente posible, pues ya no serán juez y parte, a partir del memento que existe un órgano que cuidará el aspecto disciplinario, la selección y control del personal judicial. 2. Tengo entendido que Ud. está especializado en legislación informática. En esta materia es creciente el número de delitos que se están cometiendo en el mundo. Cuál es su percepción de la legislación boliviana en esta materia?. R. La percepción que tengo, ante un fenómeno tan dinámico y complejo, es que nuestras normas sobre la materia son improvisadas, incipientes, contradictorias, insuficientes y, sobre todo, debido a la falta de mecanismos efectivos de aplicación y control, como suele suceder en muchos otros campos, resultan inaplicables. 3.- Hay una numerosa cantidad de fiscales, jueces y abogados que insistentemente son impugnados por presuntos actos ilegales en el ejercicio de sus funciones. Cuáles serán los pasos del Consejo de la Judicatura, o cuáles serán sus propuestas para encarar este problema, tomando en cuenta que una de las funciones de la Judicatura será devolverle la credibilidad al sistema

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judicial?. R. Primero, creo que el tema de la corrupción no es un monopolio exclusivo del Poder Judicial, ni en Bolivia ni en el mundo, pero es muy sensible porque afecta directamente intereses particulares. Segundo, nos hemos acostumbrado a formular denuncias de todo calibre y con la mayor facilidad, en muchos casos sin ningún fundamento serio, afectando la honra y reputación de personas e instituciones en forma irreparable, lo que constituye una modalidad grave de corrupción. Tercero, los medios de comunicación social no están acostumbrados a hacer investigación y seguimiento de los presuntos y graves escándalos de corrupción. Cuarto, el problema de fondo no es la corrupción, inherente a la naturaleza y vida en sociedad humana, sino a la impunidad con que se “premian” conductas ilegales, ilícitas o inmorales. Finalmente, en cuanto al rol del Consejo de la Judicatura, se tiene como tarea prioritaria la de diseñar y estructurar un sistema integrado de administración y seguimiento de personal, que establezca criterios y parámetros objetivos de evaluación, seguimiento y sanción de los funcionarios que cometan actos irregulares, dentro de los que se incluye la retardación de justicia. 3. Cree que es suficiente la elección del Consejo de la Judicatura para una reforma estructural del Poder Judicial o piensa que el Estado debe asumir otras tareas más (por ejemplo, nos ponemos a pensar en una reforma integral de la codificación boliviana para actualizarla a nuestros tiempos, v. gr.) R. Estoy convencido que el tema de la justicia debe ser encarado en forma integral y no solo tomando en cuenta algunos de sus aspectos más relevantes o sensibles; bajo esta perspectiva, el problema de fondo, en realidad, tiene que ver con lo que yo denomino “sistema jurídico nacional”, que implica el procesamiento de las normas y su aplicación desde su concepción hasta su administración, lo que, en términos simples, significa que, mientras no tengamos una legislación ordenada, sin grandes y frecuentes contradicciones y, básicamente accesible a los ciudadanos, no podemos hablar de verdaderas reformas estructurales. Al respecto, a manera de ilustración sobre lo sostenido, cómo podemos esperar que una sociedad se desenvuelva adecuadamente si sus componentes no conocen las más elementales reglas de juego y, en este componente, resulta penoso que esta situación particularmente crítica, sea la norma que rige la actividad y los criterios de abogados y jueces, es decir, precisamente de aquellos que están llamados por ley a interpretar y aplicar leyes que no conocen y a las que no tienen acceso. Para avanzar en este tema, no solo es necesaria una revisión y eventual reforma de nuestra codificación, básicamente es imprescindible una instancia permanente del más alto nivel y dotada de la tecnología adecuada, para así revisar, conciliar y actualizar permanentemente nuestra abundante y dispersa legislación. Con este motivo, saludo a usted atentamente. Luis Carlos Paravicini CONSEJERO DE LA JUDICATURA

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[Entrevista Semanario La Época 2006] ”EI PEOR MOMENTO DE LA JUSTICIA”

El ex consejero de la Judicatura, Luis Carlos Paravicini, considera que la justicia boliviana, blanco de críticas inmemoriales, atraviesa su "peor crisis", cruzada por la injerencia política y marchita por una corrupción galopante en momentos en que jueces y magistrados se creen intocables, "más allá del bien y el mal". Paravicini acusa al líder opositor Jorge Quiroga de controlar a discreción, por vía de "sus ahijados", el poder Judicial. ¿Cuál es la actual situación de la justicia boliviana? Estamos viviendo su peor momento, es la peor crisis que atraviesa el Poder Judicial, debido a varios factores, algunos que datan desde que recuperamos la democracia (en 1982) y otros casos muy recientes, vinculados principalmente al accionar de la oposición política actual, que se ha convertido en aliada y responsable de esta crisis. ¿Cuál es el rol de la oposición en esta crisis del Poder Judicial? Ahora don Jorge "Tuto" Quiroga decide quién debe o no ser juzgado, quienes deben o no acatar los fallos. Es algo inadmisible, pese a que es un buen ingeniero y un hombre afecto a la rima fina, es el líder de partido dividido y está comandando las huestes de sus ahijados del Poder Judicial. Es algo descarado. El (Quiroga) dice huelga y hay huelga judicial, algo que va ocurrió dos veces. ¿Cuáles son los hitos de esta crisis? Hubo varios hitos en la crisis del Poder Judicial. El primero ocurrió durante la transición de la dictadura a la democracia, muchos creyeron que la justicia iba a cambiar pero nada de eso ocurrió. Todos sabían que las aduanas eran controladas por la familia del ex dictador Hugo Banzer, quien manejaba a su antojo el Poder Judicial, tanto en los años de dictadura como en los de democracia. No cambió nada, el descontento creció y llegamos hasta el gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada con una reforma constitucional de 1994 -el segundo hito- cuando se habló de fundar el Tribunal Constitucional, pues no se sabía si era un órgano independiente del Poder Judicial o si era una sala

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especializada de la Corte Suprema de Justicia. Luego se instituyo el Tribunal Agrario y también se creó el Consejo de la Judicatura como órgano administrativo y disciplinario y de mucha importancia (porque los ministros y vocales son más afectos a administrar chequeras, a construir edificios, sistemas de computación no le enrienden nada pero son negocios jugosos. Sin embargo, Gonzalo Sánchez de Lozada ya sabía que el Tribunal Constitucional no iba a permitir el proceso de capitalización y de la forma más infame incriminaron a Edgar Oblitas Fernández, de la mano tenebrosa de Carlos Sánchez Berzaín. El tercer hito fue en 1998, cuando se demostró que estos órganos judiciales estaban -y aún lo son- controlados por los partidos políticos y se había aprobado un nuevo Código de Procedimiento Penal, patrocinado por la Embajada de EEUU. Gracias a esta ley han prescrito 70 mil juicios en contra del Estado y se han perdido 2 mil millones de dólares. Pero sí benefició a delincuentes de cuello blanco, a los peces gordos del narcotráfico y al crimen organizado. ¿Cómo evalúa las recientes elecciones de magistrados de la Corte Suprema de Justicia? Ha sido una vergüenza porque ha sido totalmente manipulada, tomar un examen de conocimiento fue una payasada y hubo una puntuación tramposa porque en los curriculum que he visto advertí que casi ninguno tenía alguna producción intelectual, maestría o doctorados para alcanzar sus puntajes. También me di cuenta que habían dejado en blanco varios periodos de sus vidas, como si no hubieran trabajado. Y fue porque ejercieron puestos importantes en gobiernos dictatoriales durante dos o cuatro años. Si no me equivoco, el ministro Teófilo Tarquino fue vocal del Tribunal Agrario antes, y no importa si es originario o no. Entonces ¿cómo se podría salude esta situación? Lo que menos necesita el Poder Judicial es lumbreras ambulantes porque el derecho de sentido común dice que el problema nunca han sido las leyes sino la administración de justicia y la parte humana. Entonces habría que buscar un escalafón jurídico, que estuvimos a punto de armar cuando fui consejero de la Judicatura pero que no fue posible, y donde debían figurar los méritos y deméritos de todos los abogados en cualquier función, pública o privada, para que no muestren sólo el lado bonito de su trabajo en una selección. Actualmente se venden los cargos, no es ninguna novedad, y para acceder al Poder Judicial, aún hoy, se debe tener un padrino político o hay que pagar directamente a quienes manejan la justicia, cargos de jueces, vocales, notarios de fe pública... Es obvio, porque quién elige a los ministros del Poder Judicial, es el Congreso y los elegidos deben obedecer a los políticos, sean de MNR, Podemos o del MAS.

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Por ejemplo, la Imprenta Judicial de Sucre al año imprime unos 25 millones de dólares en valores y hay un extra de 10 millones que se negocia a través de mecanismos internos entre estos funcionarios, pues nadie controla esto. Recientemente cuatro miembros del Tribunal Constitucional retornaron a sus cargos pese a un juicio por prevaricato... Actualmente todos estos órganos están peor que nunca... Para comenzar los abogados Martha Rojas e Elizabeth Iñiguez son directamente fichas de Carlos Sánchez Berzaín (ministro de la Defensa de Gonzalo Sánchez de Lozada y acusado de genocidio en septiembre y octubre de 2003) y han cometido un prevaricato tremendo porque esa ley de 1911, sobre funcionarios públicos, ha sido totalmente derogada y abrogada y ellos se han aferrado a esa norma para continuar en sus cargos, cuando ya deberían ser sustituidos. Y luego se fueron a quejar a Tuto Quiroga, quien mediante el Senado logró que estos funcionarios retornen a sus curules.

EL LECTOR SALTEADO Oscar García UN DIA IGUAL

Coincidiendo con el día de la virgen de Manchathaya alto nació una persona y murió otra. También se acabó una relación de amor. Ese día amaneció como otros días, como todos los días. Ese día se vendió en el almacén del pueblo un montón de arroz y doce latas de paceña además de un chicle, creo. De ello no hay estadísticas confiables. Ese día también subió el precio de la carne de pollo y bajó el costo de la vida. Desde ese día la vida vale un poco menos. Sobre todo si se trata de la vida ajena. Poco antes de las diez de la mañana ese día, en los lugares que era de día, todos estaban de pie a excepción de unos ebrios, unas personas ancianas y todos los bebés. Por el contrario, en los lugares en los que ese día era de noche, todos estaban tendidos a excepción de unos ebrios, personas ancianas y todos los árboles. Ese día no debió haber sucedido nada especial pero todos los días sucede algo especial. Llegó una carta a la puerta de Fermín. La carta no llegó sola. Alguien la depositó al pie de la puerta de Fermín. Fermín, al salir de su casa la pisó. Luego la levantó, la limpió en su pantalón. Vio que estaba dirigida a él y procedió a su apertura. Para la apertura de la carta, como era su costumbre, invitó a varias personas como si se tratara de una licitación. El asunto es que terminó abriendo la carta. Primero se fijó quién la firmaba. Era de Casimira, su amor: Fermi, durante todo el tiempo que estuvimos juntos siempre me pareció sentirte distante. No supe decirte a tiempo que mientras estuve contigo siempre pensé en que tendría que conseguir alguien menos distante. Digamos que alguien con quien envejecer significara una especie de seguridad. No se trata, por supuesto, de que apareciese alguien a quien ame sino alguien que crea que lo amo y que me permita una tranquila vida en compañía de mis gatos. Tu no fuiste esa persona y aunque te ame qué me importa.

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Cuando comencé a escribirte esta carta te amaba, a la altura de este párrafo te amo menos. Seguramente cuando firme la carta te habré dejado de amar. El asunto es que la persona que te dije que buscaba mientras estuve contigo finalmente apareció. No de la nada, claro. Apareció en la oficina del lado y lo elegí. Me preguntó si quería salir, si estaba sola, sin compromisos y todo eso y le dije que si. Lo siento, Fermi, sabías que esto iba a ocurrir, sabías que lo nuestro era cosa de más. Te lo oculté hasta ahora por respecto a tus tías. La que alguna vez te amó: Casimira. Leído esto, ese día Fermín guardó su lápiz y más tarde intentó suicidarse.

CAMBIOS, INSTITUCIONALIDAD Y ESTADO DE DERECHO Luís Carlos Paravicini

Escribo estas líneas el día jueves previo al Referéndum, guiado básicamente por un afán reflexivo y testimonial. En tiempos en que voces agoreras muestran un panorama apocalíptico, en el que posiciones polarizadas, radicales, fundamentalistas, de conflicto, confrontación y hasta disgregación nacional parecieran haberse apoderado del ánimo colectivo, estimo pertinente analizar brevemente algunas de las causas, reales o artificiales, que nos han conducido al estado de cosas en que nos encontramos, en procura de encontrar la sensatez que nos permita recuperar, paulatinamente, actitudes de normalidad dentro de nuestra compleja sociedad. El resultado de los acontecimientos de octubre, debió haberse traducido en la inmediata convocatoria a la Asamblea Constituyente, principalmente por el descrédito en el sistema político (partidos, organizaciones sociales, instituciones), para incluir en forma seria, mesurada y analítica, temas como la política de hidrocarburos, tributación, referéndum , autonomía regionales, centralismo o federalización, lo que obviamente debió haber implicado el receso del Congreso Nacional. No se lo hizo. Cuando se parte de premisas falsas, es sabido que las conclusiones también serán erróneas. La llamada “Agenda de Octubre” no existe, no existió ni pudo existir. Aún siendo generosamente exagerados, no es concebible que, digamos, 100.000 personas en el altiplano, hayan decido articular sus protestas, justificadas si entendemos la miseria, el atraso, el desempleo, la corrupción y la exclusión, cada vez más agudas y ostensibles, e imponer sus planteamientos, bajo violencia y todo tipo de presiones, a las aspiraciones y derechos de 8 millones en todo el territorio nacional. También estirando los números al máximo, con seguridad no pasan de 5.000 los líderes y actores que han convertido al país en una gigante Torre de Babel, sino que, para colmos de males, dentro de sus propias organizaciones políticas

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y sociales, replican y multiplican como hongos nuevas Torres de Babel internas, resultado que los verdaderos excluidos, los de antes, los de ahora y los de siempre, siguen siendo 8 millones de habitantes. La mayor parte de los países del mundo, han tenido mayores y más complejos problemas de diversidad social, étnica, lingüística, religiosa, territorial, cultural, geográfica y económica, pero pocos han hecho tanto por mantenerlas y acrecentar la brecha entre los que tienen mucho y los que no tienen nada. No es posible avanzar nada si se gobierna para la urgencia, para lo inmediato, para el momento, pero es mucho menos responsable introducir, bajo presión, cambios constitucionales improvisados, peor aún cuando se dictan leyes ambiguas, apresuradas y, obviamente, incompletas e inadecuadas. La Ley marco del Referéndum es poco seria y haciendo honor a su nombre, es un marco vacío, sin contenido. Existen muchos tipos de Referéndums que, también requieren regulaciones especiales (vinculante, consultivo, nacional, departamental, municipal, plebiscitario, revocatorio, constituyente, constitucional, administrativo, tributario, etc) que, mínimamente, tienen que ser normados cuidadosamente. La Ley de agrupaciones ciudadanas y pueblos originarios tiene demasiados vacíos y mayores interrogantes. En qué se diferencian de los partidos políticos? Pueden ser objeto de diversas manipulaciones por partidos políticos o grupos de poder? Hasta que punto contribuirán a una dispersión del voto y a la multiplicación de demandas sectoriales, regionales y hasta personales? En qué momento y bajo qué parámetros los originarios son reconocidos y en qué momento se puede determinar que dejaron de ser originarios? Es acaso el mismo comportamiento de un aymará del altiplano que el de un migrante hacia el oriente o es que los bolivianos tendremos que ser marcados con etiquetas o códigos de barra y condenados a realizar cierto tipo de actividades, de por vida, según nuestra marca de fábrica?. Hasta cuándo vamos a seguir reformando y refundando el país, mediante la producción industrial de leyes que, pueden ser muy bonitas y bien intencionadas, pero que casi nunca se cumplen?. Cuándo será el día en que se democraticen realmente los partidos políticos y se regule su actividad, haciendo que gobernantes y gobernados, todos iguales ante la ley, solo se sometan al Estado de Derecho, con los derechos y obligaciones que éste implica? Hasta dónde debemos seguir tolerando la gran corrupción, los grandes corruptos y la gran impunidad?. Los cambios y reformas institucionales y los avances democráticos son necesarios y hay que estimularlos y respetarlos, pero su legitimidad depende de que se los haga en forma ordenada, seria, coherente y adecuada a las necesidades sociales y a su dinámica. La improvisación, el atolondramiento y la irresponsabilidad solo nos acarrearán mayor frustración y desesperanza. Basta de agendas de bolsillo que no hacen otra cosa que fermentar una innecesaria confrontación permanente. Para cambiar normas de convivencia social existen los mecanismos democráticos y, si estos son insuficientes o defectuosos, existen los medios que brinda la propia democracia para corregirlos o

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mejorarlos. El país necesita producción, empleo, educación, salud e integración física y cultural. De bonitos discursos y promesas está plagado el camino a nuestro infierno. Luis Carlos Paravicini Consejero de la Judicatura [email protected]

REFORMA INTEGRAL DEL SISTEMA JURÍDICO NACIONAL Luis Carlos Paravicini* 1. CONTEXTO Las reflexiones expuestas seguidamente tienen su base en las conclusiones del trabajo de consultoría: “VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA – PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO - PNUD – PROYECTO BOL/91/019. FORMULACIÓN DE UN PROGRAMA NACIONAL DE GOBERNABILIDAD (REFORMA JUDICIAL). LUIS CARLOS PARAVICINI. INFORME FINAL 6/3/94”, el que se contrasta y compara con la experiencia resultante del ejercicio de funciones como Consejero de la Judicatura a partir de marzo de 1998. A. DESCRIPCIÓN DEL COMPON1ENTE Es un hecho irrefutable, plenamente confirmado por diversas encuestas y sondeos de opinión, que la justicia, como institución democrática fundamental, es una de las que menos confianza le merece a la población y, en todo caso, es uno de los factores que con más frecuencia se menciona al momento de tratar de reformas o modificaciones. Resulta algo más que curioso confirmar que, después de más de 6 años de haber realizado un análisis sobre el mismo tema, podamos establecer que los avances se han dado principalmente en el plano formal, aprobando reformas constitucionales que, entre otras cosas, consagraron la creación del Tribunal Constitucional, el Consejo de la Judicatura y el Defensor del Pueblo, instituciones que recién hace algo más de dos años entraron en vigencia y funcionamiento, naturalmente con diferentes impactos y resultados, pero que todavía dejar percibir la ausencia de una sustancial mejora en la calidad de nuestro sistema jurídico nacional y de la propia administración de justicia. Modernamente se concibe que el ejercicio democrático de la soberanía radica en el sometimiento de todos, gobernantes y gobernados, al Estado de Derecho, es decir, al ordenamiento jurídico positivo. Por ello, es conveniente hacer una primera gran distinción entre lo que, en

1 Consejero de la Judicatura

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términos globales podemos denominar como SISTEMA JURÍDICO NACIONAL, respecto a LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL, aquella por la cual el Estado, mediante tribunales y jueces, interpreta y administra la ley para dirimir conflictos entre particulares o entre éstos con el propio Estado. LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL es aquella que se le ha confiado al poder judicial y que en nuestro país encuentra su máxima autoridad en la Corte Suprema de Justicia, órgano que ejercía en forma simultánea un rudimentario y limitado control de la constitucionalidad, aspecto que, al presente, se encuentra plenamente a cargo del Tribunal Constitucional. En muchos casos olvidando el contexto y las limitaciones originadas en el SISTEMA JURÍDICO NACIONAL, se atribuyen a este poder defectos y deficiencias de todo orden y que se traducen en el convencimiento casi generalizado respecto a que atraviesa por una crisis cada vez mas profunda. En su descargo, hay que reconocer que la administración de justicia ha venido desarrollando sus actividades con una serie de limitaciones, la mayor parte de ellas comunes a nuestras instituciones democráticas, que parten de la forma de reclutamiento y designación de sus miembros hasta la escasez de recursos materiales para poder cumplir sus más elementales tareas. EL SISTEMA JURÍDICO NACIONAL, dentro del que podríamos considerar a todos los factores que hacen a la preparación, revisión, aprobación, interpretación y aplicación de las normas jurídicas, acusa una debilidad institucional congénita, carece de mecanismos de coordinación, entre poderes y funciones del Estado, no tiene elementales sistemas de investigación, información y difusión de leyes y mucho menos de proyectos o iniciativas legales o reglamentarias, por lo que no sería exagerado sostener que carecemos de una memoria histórica y de métodos adecuados para la elaboración y procesamiento de normas legales que hace que éstas, aun antes de entrar en vigencia, colisionen o sean motivo de conflictos con las preexistentes. No existen estrategia ni políticas coherentes respecto al manejo y administración del sistema y de sus componentes. LA REFORMA DEL PODER JUDICIAL, por lo descrito anteriormente, pasa necesaria e imprescindiblemente por un fortalecimiento institucional del SISTEMA JURÍDICO NACIONAL. De igual manera, cualquier intento de reforma del Poder Judicial debe encarar integralmente al conjunto de los factores básicos que hacen a las deficiencias y defectos en el actual modelo de administración de justicia, ya que, el buscar soluciones a problemas aislados puede significar una simple e inútil dispersión de esfuerzos cuyo impacto final será insignificante y hasta contraproducente en el objetivo final. B. ESTRATEGIAS Y POLÍTICAS NACIONALES

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El paulatino proceso de consolidación del sistema democrático de gobierno permitió también identificar y descubrir debilidades y deficiencias de fondo en el funcionamiento orgánico del Estado, lo que indujo y provocó la introducción de reformas políticas y económicas. Los sucesivos gobiernos democráticos comprendieron que, más allá de la necesidad social e institucional de emprender un amplio y profundo proceso de fortalecimiento del Sistema Jurídico Nacional, junto a una radical reforma del Poder Judicial, la propia viabilidad del proceso de Reforma y Modernización del Estado Nacional quedaba supeditada a la credibilidad, seguridad y garantías que pudieran expresar y ofrecer el Sistema Jurídico Nacional y la Administración de Justicia. Conscientes de la gravitación e importancia que asumían un Sistema Jurídico y una Administración de Justicia mínimamente confiables y eficientes, gobierno y oposición abrieron una etapa de concertación para adoptar decisiones de consenso que implicaron significativos aunque insuficientes avances, debido a una serie de limitaciones conceptuales y estructurales, entre las que podemos mencionar:

FALTA DE VISIÓN DE CONJUNTO Y SOLUCIONES NO INTEGRALES. Los instrumentos de creación, vigencia y evaluación de las instituciones jurídicas creadas bajo el paraguas de las reformas judiciales ejecutadas hasta el presente, estuvieron marcados por una acentuada y permanente visión subjetiva y casi exclusivamente formalista. Es imposible esperar resultados si, de partida, no se comprende que las deficiencias estructurales de la administración de justicia abarcan, para bien o para mal, a todos y cada uno de los actores del fenómeno judicial, que, institucionalmente, supone la concurrencia, en diversos roles y funciones, de la Corte Suprema de Justicia (justicia ordinaria), Tribunal Constitucional (control de la constitucionalidad), Consejo de la Judicatura (instancia administrativa y disciplinaria del Poder Judicial), Ministerio Público (representante de la sociedad y el Estado), Colegio de Abogados (organización gremial), Poder Legislativo (a través de sus Comisiones, principalmente de Constitución y Justicia), Ministerio de Justicia (esencialmente articulador de políticas y coordinador entre los tres Poderes del Estado), Policía Nacional (investigación ), sin considerar a otros actores indirectos y a la propia sociedad civil que debería tener un rol protagónico en el cambio de un sistema del cual resulta ser la gran víctima. El punto de partida para lograr que las nuevas instituciones, producto de las reformas judiciales, sean solución antes que problema, actúen coordinadamente y no sean motivo de traumas y conflictos innecesarios y artificiales, radica precisamente en complementar, antes que superponer, roles y funciones que tienen que estar definidos de tal manera que, cada organismo, asuma, conozca y respete su rol, pero también lo haga con los roles, funciones, atribuciones y obligaciones de los otros, evitando personalizar las fortalezas y debilidades de cada uno en el conjunto.

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PERSONALIZACIÓN DE LAS REFORMAS. Las evaluaciones ensayadas acerca del funcionamiento del sistema, con la inclusión de las nuevas instituciones, hasta ahora posiblemente con más defectos que virtudes, por lo general han pecado de un reduccionismo y de una simpleza que, además de asombrar, hacen inviable cualquier intento de debate o análisis de mediana seriedad: ha resultado normal conocer juicios de valor acerca del mejor o peor funcionamiento de unas instituciones en relación a otras, en función a la calidad de las personas, antes que a la distinta naturaleza o a los resultados de los órganos, al extremo ya no sorprendente, pero sí decepcionante, de conocer repetidas y absurdas analogías, como la formulada por una alta autoridad gubernamental, que pretende comparar al Poder Judicial con un carro de 3 (ó 4 si se incorpora al ministerio Público) ruedas, comparación imposible e inaudita si consideramos las abismales diferencias constitutivas de cada uno de los órganos, lo que significaría, en la misma línea metafórica, asumir el diseño de un vehículo que, simultáneamente, tenga una llanta de tractor, otra de vagoneta, otra de avión y tal vez una de bicicleta, sin que al caso importe que alguna se encuentre más o menos desinflada en relación a otras. Para la eventualidad, cabría preguntarse ¿dónde está el motor y quién sería el piloto de tan inusual vehículo?.

UN ROMPECABEZAS CUYAS PIEZAS NO ENCAJAN. No pueden menos que causarnos espanto algunas concepciones y analogías del Poder Judicial, pero el problema es más serio que una cuestión de ajuste funcional y orgánico que, muy bien y con cierta coherencia, podría ser de alguna manera resuelto con una criteriosa Ley Orgánica del Poder Judicial; en efecto, se pueden pulir divergencias, delimitar roles y funciones, lograr una coexistencia armónica y pacífica, pero una recomposición y ajuste formal dará respuestas y soluciones también meramente formales, con lo que apenas habremos logrado instituciones burocráticas mas “pacíficas” y, si el término vale, “decentes” en el comportamiento e interrelación de sus miembros, estabilizando entes vegetales que no le solucionan, ni siquiera le alivian, el gran problema de la mala justicia al país y a su gente.

SE HA EXTRAVIADO EL ESPÍRITU DE LAS REFORMAS AL SISTEMA JURÍDICO. La experiencia nos demuestra que el hecho de aprobar una avalancha de disposiciones legales, crear y poner en funcionamiento nuevas instituciones y organismos, de ninguna manera, significa disminuir la retardación de justicia, hacerla más accesible y menos selectiva, garantizar la seguridad jurídica y ciudadana, disminuir la corrupción en el Poder Judicial y, mucho menos, brindar un aceptable servicio de administración de justicia. Por el contrario, cada vez es más firme mi percepción en sentido de que, mientras más derecho formal generamos, menor es la posibilidad de justicia para el ciudadano boliviano, haciendo que, a menor grado de acceso a instancias de poder se tenga, menor es la posibilidad de justicia, valor que se ha convertido en una especie de mercancía aristocrática administrada y monopolizada por pequeños grupos de poder.

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REFORMAS HECHAS POR ABOGADOS, PARA SER EJECUTADAS POR ABOGADOS. Si bien es comprensible que lo medular de la reforma haya estado orientado a temas jurídicos y judiciales, incluyendo reformas de sus principales institutos y organismos, queda la percepción de que era inexcusable ir en el camino de acercar la justicia al ciudadano, lo que supone restarle a la justicia su excesiva ritualidad y, por qué no, además de despartidizar su administración, desjudicializar al propio Poder Judicial, por más contradictorio que esto pudiera parecer, pero no es así, si consideramos la tendencia mundial a resolver los conflictos y controversias a través de medios alternativos, jueces de paz, arbitraje y conciliación y diversos mecanismos que suponen transferir gran parte de la solución de controversias a la propia sociedad civil, incluyendo mecanismos eficaces y expeditos de desconcentración y descentralización. La Ley del Consejo de la Judicatura, sin detenernos en vicios de inconstitucionalidad o errores formales, es una patética muestra de la inconveniencia de dejar en manos de abogados la solución de problemas que, paradójicamente, contribuyeron ellos mismos a enraizar en el sistema desde la fundación de la República.

PASAR DEL DISCURSO A LA REALIDAD IMPLICA DEJAR EL ÁMBITO DE LAS SIMPLES APARIENCIAS. Los enunciados propósitos de despartidizar y despolitizar la designación de Jueces, la Carrera Judicial y el propio Instituto de la Judicatura, en la práctica han pasado a constituir ejercicios burocráticos estériles, desde el momento mismo en que, en la Ley del Consejo de la Judicatura, se introdujeron mecanismos de administración y selección de personal muy insuficientes. En la práctica, el Consejo de la Judicatura cumple un penoso rol de filtro demasiado primario, para efectuar convocatorias y presentar nóminas, dejando la verdadera designación en manos de instancias en las que persisten intereses políticos y de otra naturaleza. Dentro de las luces y sombras de la gestión que hasta ahora ha cumplido el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, merece considerarse como un aporte muy importante la sugerencia de encontrar mecanismos más “sinceros” y directos para que este tema pueda ser manejado con real independencia por el propio Poder Judicial, creando mecanismos objetivos, participativos y transparentes. Resulta por demás ilustrativa la percepción de muchos jueces seleccionados con el “nuevo” sistema, quienes opinan que, anteriormente, las gestiones de patrocinio, auspicio o padrinazgo de algún partido o político influyente eran directas, en contraste con las nuevas exigencias, que han añadido al componente político, complicados e intensos “lobies” , condicionamientos y exigencias a niveles personales de los miembros de órganos colegiados, como el Congreso, la Corte Suprema, el Tribunal Agrario o las Cortes de Distrito.

PECADO ORIGINAL: INCOHERENCIA ENTRE MEDIOS Y OBJETIVOS. Para una instancia disciplinaria, pero también administrativa del Poder Judicial, sin asumir para nada el perfil profesional o las características personales de los Consejeros designados por el Congreso, resulta relativamente comprensible que, para la parte disciplinaria, se nombren a abogados, pero no tiene justificativo ni explicación alguna, en relación a los propósitos perseguidos, el dejar que los temas administrativos, que requieren

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un alto componente de indispensable y acreditada experiencia en temas gerenciales y tecnológicos, prosigan bajo la administración, en este caso, de cuatro Consejeros Abogados, a los que se suma otro Abogado, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia. Si se hubiera actuado con un criterio más consecuente con el espíritu de las reformas, lo menos que pudo haberse aprobado fue un Consejo mixto, con una Sala conformada por Abogados y otra por profesionales expertos en administración, obviamente bajo una sola y propia Presidencia. Este es un sabroso ejemplo de cómo se puede cambiar todo para que nada cambie. Por si no fuera suficiente, el tiempo parece dar, cada vez más, la razón a quienes proponían una Sala Constitucional en la Corte Suprema, en lugar de crear un aparatoso y soberbio Tribunal Constitucional que, además de inflar desproporcionadamente los costos administrativos, sembró el germen de divisiones y conflictos de todo orden, rompiendo el principio básico de unidad jurisdiccional que, en países como el nuestro, que han adoptado un sistema presidencialista y no parlamentario de gobierno, le es más apropiado.

LA JUSTICIA AL SERVICIO DEL CIUDADANO Y NO AL CIUDADANO SIRVIENTE. Muchas autoridades comprometidas con las reformas y también las opiniones de analistas del proceso, han comenzado a cuestionar muchos aspectos y no se puede desconocer la creciente percepción en sentido de que varias o muchas cosas de las reformas judiciales han sido mal concebidas, están desfasadas o simplemente están fallando en su aplicación, es decir, no guardan un adecuado correlato entre un gigantesco, pero disperso y desordenado esfuerzo intelectual y teórico, respecto a la aplicación y adecuación efectiva de los cambios en la vida práctica de la organización social y del ciudadano, que, en primera y única instancia, es lo que realmente importa. En mi opinión, un proceso que nació fragmentado desde su concepción y que fue acumulando propuestas aisladas, contradictorias e incongruentes, al presente es un rotundo fracaso y tiene que ser reformulado de raíz; en otras palabras, hay que juntar los retazos rescatables y útiles y volver a fojas cero para plantear cambios estructurales de fondo, estableciendo los lineamientos básicos de una política judicial que, partiendo de un diagnóstico objetivo, identifique propuestas de cambio y, básicamente, ejecutores que trabajen en base a coordinación, unidad de gestión y continuidad, es decir bajo la premisa de hacerlo como política de Estado y no únicamente como resultado de medidas coyunturales adoptadas según la conveniencia de los gobiernos de turno. Solo con medidas de tal profundidad se podrá revertir el creciente clima de inseguridad e incertidumbre que ya no solo afecta a los ciudadanos y a la sociedad, sino que inclusive se ha extendido a los propios operadores de justicia, en sus diversas jerarquías, que cada vez se encuentran más incómodos y desasosegados, sin comprender las causas ni encontrar explicaciones razonables.

ACERCAR UNA JUSTICIA MÁS SIMPLE A UN CIUDADANO EN IGUALDAD DE CONDICIONES ANTE LA LEY. A estos propósitos, asume mayor justificación y urgencia diseñar mecanismos de administración judicial expeditos, mediante trámites sencillos y accesibles al ciudadano común; de inicio, deberían modificarse radicalmente los procedimientos judiciales

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vigentes, al punto de lograr que el grueso de los litigios se resuelvan y concluyan a nivel de Cortes Superiores de Distrito; para asuntos de mayor complejidad, se podrían descentralizar y desconcentrar las funciones del poder judicial mediante la creación de Cortes Regionales de Casación que tendrían varias ventajas: i) Reducirían costos y tiempo en los procesos; ii) Permitirían un mayor control social; iii) Permitirían un acceso mas directo y transparente de los litigantes; iv) Facilitarían la gestión administrativa de las Cortes Regionales. Finalmente, solo para asuntos de extraordinaria importancia o complejidad y expresamente a los fines de Corte de jurisprudencia, deberían ser muy pocos los asuntos que deben someterse al conocimiento de la Suprema Corte de Justicia, incluida una Sala Constitucional. Por otra parte, varias de las tareas que hoy se cumplen en tribunales y juzgados bien podrían ser delegadas a abogados, notarios, jueces de paz y otros auxiliares de la administración de justicia, como se hizo, por ejemplo, en los reconocimientos de firmas.

AJUSTES COMPLEMENTARIOS. En un escenario de esta naturaleza, se hace perentoria la creación de: a) Una instancia de coordinación, investigación e información jurídica. b) Una Comisión Revisora y Codificadora Nacional permanente. c) Unidades de apoyo administrativo, principalmente en aspectos de ejecución presupuestaria, escalafón y gestión informática. d) Unidades de capacitación. La estrategia planteada implicará un gran esfuerzo nacional, de tal manera que los programas y proyectos de apoyo y fortalecimiento al Sistema Jurídico y al Poder Judicial deberán ser canalizados orgánica e institucionalmente, para así evitar la dispersión de esfuerzos y de recursos, asegurar la adecuada coordinación entre los Poderes del Estado y facilitar al Gobierno la adopción de políticas uniformes y coherentes, contrariamente a lo que sucede con la feudalización actual, donde coexisten similares instituciones y organismos tanto en los tres Poderes del Estado, como inclusive al interior del propio Poder Judicial. C. MÉTODOS Y MEDIOS PARA EL CAMBIO. Dada la gran magnitud y complejidad de rehacer una reforma mal concebida y peor ejecutada, creo que el único mecanismo adecuado, posible y legítimo para diseñar, debatir y aprobar cambios de tal magnitud radica únicamente en una Asamblea Constituyente. D. MARCO INSTITUCIONAL El Art. 2 de la CPE señala que “La soberanía reside en el pueblo; es inalienable e imprescriptible; su ejercicio está delegado a los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial. La independencia y coordinación de estos poderes es la base del gobierno. Las funciones del poder público:

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legislativa, ejecutiva y judicial, no pueden ser reunidas en el mismo órgano”. El marco institucional del sistema jurídico boliviano está conformado por la concurrencia de los tres Poderes del Estado, pero en forma aislada y desarticulada, carece de una estrategia de reforma y modernización y se caracteriza por varios factores: a) Sus normas se generan sobre la base de iniciativas completamente circunstanciales e improvisadas. b) Carece de una instancia de articulación y coordinación. c) No cuenta con normas y procedimientos de seguimiento, gestión e información que permitan la adecuada toma de decisiones. d) La elaboración y aprobación de normas jurídicas de distinto rango se supeditan a criterios y decisiones políticas. e) La falta de información y difusión hace que el cumplimiento de las normas asuma un carácter siempre relativo y hasta precario. f) Los procedimientos que se emplean para la consideración de proyectos y reformas, desde su presentación hasta su debate, son inadecuados e improductivos. Seminarios, coloquios y otros eventos, casi siempre, sólo cumplen con aspectos rituales y de formalidad, con participaciones de simple compromiso, en los que se plantean opiniones personales y cuyas conclusiones resultan casi siempre anodinas e intrascendentes, sin que se justifiquen los gastos y el tiempo que se distrae en su realización. Adicionalmente, estas reuniones suelen perjudicar las actividades de instituciones y autoridades de gobierno, pues sucede que es muy corriente oír que autoridades y jueces se encuentran ausentes en seminarios, en reuniones o en viajes de capacitación. El Poder Judicial atraviesa una crisis de credibilidad y confianza cada vez más aguda. Los índices de retardación de justicia, ineficiencia y actos de corrupción son crecientes. Es evidente la necesidad de modificar Códigos y Procedimientos inadecuados para la administración de Justicia, así como disponer una serie de reformas administrativas para un mejor funcionamiento. Sin embargo, como lo dijimos anteriormente, los problemas del Poder Judicial se originan en las deficiencias del sistema jurídico nacional, involucran a otros actores y funciones del Estado - la ineficiencia y la corrupción no son monopolio exclusivo del Poder Judicial ni mucho menos - y, en general, forman parte de los defectos y limitaciones de la administración estatal boliviana. Además de estas explicaciones, que podrían atenuar las durísimas críticas que se formulan en contra de la justicia boliviana, lo cierto es que, a diferencia de otros órganos y funciones del Estado, el Poder Judicial afecta intereses concretos e inmediatos de los ciudadanos, por lo que resulta más vulnerable y sus defectos se hacen más visibles y notorios.

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Las reformas planteadas, por sí solas, no garantizan la recuperación de niveles básicos de eficiencia, credibilidad y confianza en el sistema jurídico, factores que son gravitantes incluso para los propios planes de desarrollo económico. En efecto, ¿cómo se puede estimular la inversión externa con un sistema jurídico incierto, desordenado e inseguro?. La falta de un espacio de articulación y coordinación, la debilidad orgánica e institucional de los factores que intervienen en el sistema jurídico provoca otros efectos:

Los programas de apoyo y fortalecimiento no encuentran un interlocutor serio, responsable y válido para canalizar sus esfuerzos.

El Estado nacional no tiene un órgano que fije políticas, prioridades y objetivos en todo lo que concierne al sistema jurídico y al poder judicial, por lo que no asume control alguno sobre las iniciativas y los acontecimientos que se puedan dar en estos campos.

La carencia de una estrategia nacional para el sistema jurídico deriva en que las decisiones y las prioridades se las adopten en función a otros intereses y prioridades.

La concurrencia de intereses específicos, la ausencia de políticas globales y la falta de participación de los organismos estatales y de la sociedad civil en las grandes tareas de la reforma hace que, hasta ahora y por lo general, las reformas como los proyectos y programas de asistencia y fortalecimiento al sector judicial no hayan tenido el impacto o los resultados esperados.

La falta de coordinación y la dispersión de esfuerzos y objetivos provoca la inserción de propuestas de reformas judiciales inapropiadas o inoportunas para el sistema jurídico nacional, creando mayores factores de incertidumbre e inseguridad.

Por lo general, los programas y proyectos de fortalecimiento y apoyo a las reformas del Poder Judicial, así como las propias reformas que se vienen introduciendo en aspectos específicos, resultan útiles pero insuficientes o inadecuados para los requerimientos de fondo del sector. En algunos casos, se trata de la propia insuficiencia de la reforma en sí, pero en otros se hace perentoria la necesidad de un órgano que filtre y determina la conveniencia o viabilidad, dentro del contexto de los intereses, posibilidades, costumbres y hasta idiosincrasia nacional, para considerar propuestas de reformas, seguramente formuladas de buena fe, pero que pueden resultar inaplicables en lo inmediato o sin un proceso previo.

Por otra parte, tampoco es admisible desahuciar totalmente a nuestro sistema jurídico y al Poder Judicial. Una cosa es que existan limitaciones y deficiencias ostensibles, pero también hay muchas instancias, instituciones jurídicas, principios y factores que funcionan y tienen una aplicación razonablemente adecuada, que pueden ameritar procesos de reforma, mejora y modernización no traumáticos ni devoradores de grandes recursos o de proyectos faraónicos.

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Las expectativas desmesuradas, la impaciencia y otras formas de presión pueden también ser factores decisivos para entorpecer o impedir una adecuada ejecución.

Un gran riesgo para la ejecución de este tipo de reformas radica en la posibilidad de reproducir comisiones, comités o consejos de alto grado de representatividad interinstitucional pero de muy escaso poder de resolución, decisión y gestión. Tradicionalmente, las administraciones gubernamentales han acudido a este tipo de mecanismos que, en la práctica, no han cumplido ni producido más allá del plano protocolar y formalista con el que se crean y desarrollan. Cabe concluir con las reflexiones precedentes, invocando la generosa comprensión de los eventuales lectores, al expresar que el único propósito que me anima es el de contribuir a un sano y respetuoso debate, que no tiene ningún ánimo de agraviar u ofender a nadie y que, mucho menos, puede ser interpretado como factor de conflicto o confrontación personal. En todo caso, debemos asumir que la posibilidad de construir un Estado Nacional con dignidad, sin discriminaciones de ningún género y con JUSTICIA accesible, confiable y justa estará siempre por encima de inquinas o rencillas personales, 2que deben quedarse archivadas en el tiempo de las cosas pequeñas e intrascendentes que tanto daño le hicieron al país.

PERIODICO: GACETA JURIDICA FECHA: 21 DE DICIEMBRE DE 2001

SANTA CRUZ FUE EL DISTRITO PILOTO

INSTALACION DEL SISTEMA GEOTEMIS COMPLETA MODERNIZACION DEL DD.RR.

Rodrigo Barahona – Santa Cruz San Julián, municipio perteneciente al distrito judicial de Santa Cruz y distante a 120 kms., de la capital oriental, fue la localidad donde se llevó a cabo en septiembre la primera instalación, con carácter experimental, del Sistema Geotemis de Registro de Derechos Reales (DD.RR;), según indicaron fuentes de la Corte Superior de Justicia de Santa Cruz. FA proceso en sí arrancó en febrero pasado, pero la instalación preliminar en versión Beta fue en septiembre en el polígono de San Julián, área que abarca aproximadamente 6.000 parcelas recién saneadas.

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registradores. Hasta el momento, según Arteaga, se ha invertido la cifra de $us. 8 310.000 en la adquisición de equipos para el manejo de imágenes en las ciudades de La Paz, Cochabamba. Santa Cruz y Chuquisaca. "Es decir, todo el apoyo todo el saneamiento que esta haciendo el INRA, á través de equipos y empresas especializadas, nos lo van a trasmitir con et mismo software", afirmó. En él caso de una transferencia de propiedad, por ejemplo, el nuevo sistema digitará la matricula y el catastro a fin de verificar si los datos son correctos. "Con esto, no habrá opción para que un señor esté registrando dos veces la misma propiedad. Lo propio en caso de desmembraciones", puntualizo la autoridad. Arteaga aclaró que esta primera fa.sr di prueba se extenderá a los departamentos que están trabajando con él Sistema Temis (La Paz. Cochabamba. Santa Cruz y Chuquisaca; y que luego se llegará a cubrir el resto del país. El polígono de San Julián, que se caracteriza por tener pequeñas parcelas, fue el primero en experimentar la nueva modalidad. El saneamiento, no obstante, no ha llegado aún a su fin, pues de acuerdo con cálculos efectuados éste abarca hasta el momento un 60 ó 70 por ciento. RECAUDACIONES Con relación a la apertura de nuevas oficinas de i)i).RR., en las provincias del departamento, Arteaga señaló que se planificó inicialmente la fase de estudio para la provincia Chiquitos y precisó que lodo depende del flujo de trámites que se realicen. Asimismo, evaluó la labor que desempeña la oficina di-DD.RR. de Montero, la cual abrió sus puertas a principio, de año. "En Montero empezamos con cuatro personas (trabajando) y ahora estamos con 10; es la mejor oficina que tenemos". En el tema de las recaudaciones, la autoridad departamental indicó que las mismas se mantuvieron pese a la crisis económica que padece el país. Indicó que a DD.RR. ingresaron 72.217 documentos y 116.620 trámites, y que hasta el 7 de diciembre las recaudaciones por este, concepto ascendieron a cerca de Bs. 45 millones, con lo que Santa Cruz se convierte en el departamento que más dinero recauda. Arteaga comentó que ano de los beneficios que tendrá el usuario será la prestación de servicios adicionales, como la consulta para verificar el estado de trámites previo ingreso a la página web de DD.RR. y la firma de un contrato especial. La dirección en Internet de Derechos: Reales es:

PERIODICO: LA GACETA JURIDICA FECHA: 21 DE DICIEMBRE DE 2001

ESPECIALISTAS INTEGRAN EL EQUIPO TECNICO INTERDISCIPLINARIO

Conociendo el trabajo del ETI de la Corte Suprema

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Soledad Domínguez – Sucre: Cuatro personas trabajan en el Equipo Técnico Interdisciplinario para la aplicación del Nuevo Código de Procedimiento Penal, bajo mando directo de la Corle Suprema. Un abogado especialista en informática encargado de procesar toda la información estadísticas, dos expertos la Corte Suprema y un comunicador para orientar sobre las difidencias y socializar la información sobre las ventajas y problemas de la aplicación. El ETI como lo llamaremos en adelante, se está constituyendo en valioso instrumento para que la Corte Suprema, como cabeza del Poder Judicial asuma un rol protagonice en la dirección del nuevo sistema procesal y en la liquidación del antiguo. Sobre este tema converso La Gaceta Jurídica con Julio Pimentel, periodista y consultor miembro del equipo. La gaceta Jurídica (GJ).- ¿Cuáles son las tareas que se ha planteado la Corte Suprema para este proceso? Julio Pimentel (JP).- Después de la implementación del Nuevo Código de Procedimiento Penal que estuvo a cargo del Consejo de la Judicatura, por mandato de la misma ley. y con la cooperación de organismos internacionales como la GTZ. MSD y USAID, le corresponde ya a la Corte Suprema de Justicia el control y el seguimiento de este proceso. Una vez que recibió informes recibió reportes de las diferentes Cortes Superiores de Justicia sobre todos los problemas que ha implicada la implementación la aplicación del NCCP. Sobre todo, en un aspecto que está establecido en ese código, su control jurisdiccional es sumamente importante. Eso está establecido cuando se habla de la estructura liquidadora. Esta estructura liquidadora, a cargo también del Consejo de la Judicatura tiene por objeto resolver todas las causas que estaban en movimiento o sin movimiento antes de la puesta en vigencia plena del Nuevo Código de Procedimiento Penal. En un artículo transitorio de la Ley 1970 se establecía que el Consejo debía publicar las listas de las causas sin movimiento. VA 22 de noviembre se procedió a esa publicación. Es una carga procesal realmente enorme, son casi 40 mil causas que figuran en esa publicación. Todas tienen un plazo fatal para resolverse y eso también se señala en la ley: es el 31 de mayo del año 2004, es decir cinco años después de la aplicación plena del código. GJ.- ¿Qué le loca hacer al ETI? JP.- Este equipo técnico va a hacer, justamente, el seguimiento, el monitoreo de toda esta estructura liquidadora coordinando con rada una de las Corles de Distrito, definiendo el número de jueces que van a estar a cargo de la resolución de las causas, los jueces liquidadores, de repente asignando o reasignando a todos ellos para que pueda acelerarse este proceso que recién ha empezado. Justamente es ahí donde tiene su parte su trabajo este Equipo Técnico de la Corte Suprema de Justicia. Por ejemplo, se ha abierto un sitio web para facilitar acceso a toda la información que se esta recibiendo de parte de las Corles de Distrito. A partir de la próxima gestión se va a tener un esquema de liquidación en coordinación con cada una de esas cortes. GJ.- ¿Sólo atenderán el problema de la estructura liquidadora? JP.- Este es el objetivo de este equipo, pero además el KTI no solamente va a

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ver el tema de la estructura liquidadora sino que hará un seguimiento de toda la aplicación del NCPP., anotando las deficiencias que se han ido presentando en materia de infraestructura, de capacitación de jueces, de operadores del sistema procesal. Asimismo, anotando la percepción de la misma población, de la opinión pública sobre las medidas cautelares que, por ejemplo, han sido sumamente cuestionadas por la población. De manera que ese es el marco global que tiene nuestro equipo. GJ.- Volvamos al tema de la estructura liquidadora. ¿Alguna percepción sobre el número tan grande de causas por resolver? JP.- El equipo tiene un plan estratégico para la liquidación de causas. Pero no creemos que todas las 40 mil causas que están sin movimiento se resuelvan. El número lo tendremos una vez que los litigantes, que las partes interesadas, los activen en los diversos juzgados del país y además cuando en cada una de las Cortes de Distrito se pueda asignar ya el número de causas de acuerdo u la capacidad de resolución que tiene cada uno de los jueces. En el caso de Chuquisaca, por ejemplo hemos hecho todo un ensayo, todo un ejercicio de diagnóstico, Leo. "En Chuquisaca se designaron dos jueces liquidadores, uno para la fase de instrucción y otro para el plenario. Al juez instructor se le asignaron para los tres años de liquidación (que son los que ahora quedan). 830 causas sin movimiento y 359 causas sin actividad procesal para ser publicadas. Este juez tiene una capacidad de resolución, en los tres primeros meses de liquidación de 30 causas mensuales, uno de los promedios más altos del país, ya que en los distritos como Santa Cruz resuelven un promedio de 10 causas mensuales Al juez de partido se le asignaron 433 causas sin movimiento y 306 causas sin actividad procesal. Este tiene una capacidad mensual de resolución de 8 causas. Tomando en cuenta el período que resta para la liquidación de lodos los procesos en la estructura liquidadora, el juez instructor en los tres años (sin tomar en cuenta los feriados y el período de las vacaciones) resolvería 1.080 causas, el juez de partido resolvería 288 causas. En el primer caso, el juez instructor despacharía todas sus causas y el juez de partido dejaría sin resolver 146 causas. En ambos casos, tanto las causas como autos finales de procesamiento, como las sentencias recurridas, se extinguirían por la falta de conclusión del proceso dentro del término previsto por ley". Este ligero análisis nos demuestra el riesgo que corren de extinguirse muchos procesos dentro de la estructura liquidadora, con graves perjuicios, no solamente para los particulares y la seguridad jurídica del país, sino que también podría dar lugar a pérdidas cuantiosas para el Estado y la sociedad. La Corte Suprema, preocupada por esta situación, que puede ser aún mayor. ha preparado un plan estratégico de trabajo que nos permitirá en primera instancia contar con toda la información necesaria para luego e inmediatamente realizar correctivos y proponerlos ante las instituciones pertinentes. GJ." ¿Qué actividades se ha previsto realizar de Inmediato? JP.- Inmediatamente comience el año judicial, se hará una visita de coordinación a todas las Corles de Distrito, lo que es un requisito, para ya ajustar toda la información que en algunos casos es insuficiente, contradictoria,

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incompleta Este sería el primer trabajo. Ajustar toda la información que se tiene sobre todas las causas que están con y sin movimiento. Y luego se debe coordinar el trabajo que van a desempeñar todos los Jueces. Inclusive se ha pensado en cierto tipo de incentivo para que puedan acelerar todo el trabajo que les queda. GJ.- Es mucha carga, en comparación con la que tienen los jueces del nuevo sistema. JP.- Sí. En algunos distritos, por ejemplo, hay jueces que estén asignados a sustancias controladas y que no tienen mucho trabajo, éstos pueden ser reasignados a la estructura liquidadora. Pero es más difícil que se aumente le cantidad de jueces ya asignados por el Consejo de la Judicatura, por las limitaciones presupuestarias que tiene el conjunto del Poder Judicial. Aunque sobre esto, quien tiene toda la información y debe dar la última palabra es el Consejo. El nuevo sistema procesal penal tiene ese pesado desafío, ese reto de liquidar todas las causas hasta el 2004. GJ.- ¿Que puede decir sobre los juicios orales que ya se han desarrollado en el país? JP.- Tenemos entendido que en los primeros seis meses de aplicación plena se han llevado adelante alrededor de diez juicios orales con tribunales de sentencia, en La Paz, Cochabamba y Santa Cruz. principalmente. En el caso de Cochabamba, se llevó a cabo un juicio oral en un caso de narcotráfico, donde estaba sindicado un campesino agricultor. La sentencia condenatoria se dio después de dos días y medio, después de una visita in situ pedida por la defensa. La prensa destacó justamente el hecho de que antes un proceso bajo la ley 1008, de narcotráfico, podía durar entre diez meses a dos años. En mérito al NCPP, en dos días se llegó a la sentencia condenatoria. Miera, ha habido muchísimas deficiencias que se han ido analizando a lo largo de estos seis meses, pero la Corle Suprema ésta -es la percepción que tiene el ETI- cree que seis meses es todavía tiempo muy escaso como para hacer una evaluación certera de un proceso que recién está empezando: además debiera considerarse este período como de transición entre el antiguo sistema inquisitivo y el nuevo acusatorio. GJ.- Es decir, ¿el trabajo del ETI será un instrumento que coadyuvará para monitorear ese proceso? JP." Además para que la Corte Suprema asuma, aparte del control jurisdiccional, un protagonismo y liderazgo que son necesarios para la aplicación del NCPP, porque como se ha dicho ya reiteradamente, es el nuevo rostro de la justicia boliviana.

PERIODICO: LA GACETA JURIDICA FECHA: 18 DE DICIEMBRE 2001

EL EJEMPLO DE DOS OFICINAS DEL PAIS

Avances para mejorar el registro de Derechos Reales Soledad Domínguez – Sucre Escollos vencidos, desafíos por superar, pero el trabajo siempre sostenido.

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Eso en lo que se pueda concluir después de conocer el trabajo del registro de Derechos Reales. Tomamos como nuestra dos oficinas que eran hasta hace algunos meses por demás conflictivas. Nos referimos a El Alto y la del departamento de Santa Cruz. Para ello nos entrevistamos con sus jueces registradores, los abogados Vilma Carreón y Johnny Arteaga, respectivamente. Entre el 10 y 14 de este mes cerca de 40 funcionarios, registradores, sobre-registrados e informáticos del Proyecto de Fortalecimiento y Modernización de Derechos Reales del Consejo de la Judicatura, se reunieron en la capital para un seminario. Como en un anterior numero ya se dijo, el objetivo era uniformar criterios y procedimientos para el tratamiento de los trámites de registro, pues ya funciona en toda Bolivia el sistema de registro bajo el Folio Real, en éxito gracias a lo acertado del programa informática Temis. EL ALTO Vilma Carreón Maldonado, jueza registradora de Derechos Reales de oficina de El Alto, considera que los problemas, como problemas internos, han desaparecido luego de que entrara en uso el sistema Temis a partir de enero de este año, pero sí hay desafíos que superar en lo que concierne al público usuario. La oficina de El Alto es una oficina desconcentrada, funciona en un edificio que fuera adquirido por la Corte Superior de Justicia de La Paz y un total de 24 personas trabajan allí, divididas en distintas secciones. "Es una cantidad de personal muy reducida ésta, considerando la cantidad de trabajo que se nos presenta y el movimiento que genera la ciudad de El Alto", señala de entrada la abogada Carreón. De hecho, El Alto es la cuarta urbe de Bolivia, por la cantidad de habitantes que tiene, alrededor de medio millón según señalara nuestra interlocutora. Por ello, pero sobre lodo por la cantidad de bienes inmuebles susceptibles de ser registrados, menudo trabajo se le plantea a esta oficina. Por eso se requiere más personal, informa la jueza registradora. Esta necesidad ya ha sido transmitida al Consejo de la Judicatura. Mientras se resuelve la solicitud, la oficina continúa trabajando. Y lo hace atendiendo diariamente entre 150 a 200 trámites. PRECISAR DATOS "Nuestro desafío principal es realizar un trabajo coordinado con el Municipio alteño", dijo Carreón y explicó por qué: Si bien la técnica de registro a través del Folio Real facilitó las cosas, colocando como principal elemento del registro el bien inmueble, ocurro que en la ciudad de El Alto no existe un catastro completo de toda la ciudad que facilite la información plena para alimentar los datos del Folio Real. "Esto hace que muchos propietarios no tengan determinada la ubicación física del inmueble: no hay datos correctos, precisos, pero hemos sostenido charlas con el Gobierno Municipal y ellos están ayudando en otorgar notificaciones, certificaciones pertinentes para que nosotros actualicemos la Información de los propietarios. Y esto se hace en el menor tiempo posible".

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Lo que hace el Municipio alteño con las propiedades que no están reguladas es otorgar un plano de ubicación, que determina las colindancias, la superficie de acuerdo a título de propiedad. Sin esos datos, el Folio Real ofrecería información Incompleta. Porque el documento detalla la ubicación del inmueble, superficie, colindancias, medidas, porcentajes. Según información de la jueza registradora, cerca de un 80 por ciento de bienes registrados en la oficina carecen de esos datos precisos. De todos modos, para superar este obstáculo, la oficina está matriculando a los propietarios, pero con la condición que en el menor tiempo posible regularicen dalos a través de la Alcaldía. "Por eso el Municipio tiene que coordinar con nosotros para que podamos brindar seguridad jurídica a los usuarios", subrayó Carreón y de paso afirmó que los habitantes de El Alto están coadyuvando en ello. El. SISTEMA FUNCIONA Johnny Arteaga, juez registrador de la oficina de Derechos Reales Santa Cruz es bastante optimista cuando evalúa los avances de su oficina. "Tomé un cargo que tenía cierto estigma a nivel local y nacional. Gracias a Dios, entramos en un proceso de transición de un programa informático a otro. El sistema Temis parecía tener problemas, porque parecía estar diseñado para un flujo bajo de trámites, como fue el caso de Sucre, que tiene como 100 trámites diarios, mientras Santa Cruz llegó a tener como 700 al día", manifestó. "Yo alabo el sistema, porque tiene muchas ventajas, partiendo principalmente del proceso de depuración que se tiene que hacer sobre propiedades grandes, cosa que ninguno de los dos sistemas anteriores tenía contemplado: saber cuántos propietarios tuvo, cuánto se vendió y cuánto de superficie queda actualmente". EN PROVINCIAS De acuerdo a la información proporcionada por Arteaga, una vez ajustado el sistema de registro, se abrió en Santa Cruz, para provincias, tres subregistros: uno para la provincia Cordillera, en Camiri; luego otro en Montero que abarca las provincias del Norte (Obispo Santisteban, Sara e Ichilo); posteriormente se abrió en frontera, en Puerto Suárez, para la provincia Germán Busch. De estas oficinas, la que más flujo de trámites registra, es la de Montero. "Es que es la zona productiva del departamento, es la zona agrícola donde más transacciones sobre inmuebles se registra", señaló a propósito de ello el informante. Y tanto es así que desde marzo hasta la fecha, la oficina de Montero tuvo que cambiar de inmueble y aumentar personal. Empezó con cuatro funcionarlos y actualmente tiene doce. Todo ello demuestra que los ajustes deben hacerse de acuerdo a las necesidades, según precisara Arteaga.

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Sin embargo, señaló el interlocutor, la apertura de oficinas de registro en provincias - al contrario de lo que se pensaba al principio- no descongestionó notoriamente el flujo en la ciudad de Santa Cruz. “Cada oficina ha creado su propio flujo. Montero, por ejemplo, creó su propio flujo y no ha repercutido casi en nada en la ciudad: registra 70 trámites al día. Ni que decir de la provincia Germán Busch, que por la lejanía que tenia con la capital, no había la costumbre de registrar bienes inmuebles, lo mismo que en la provincia Cordillera. Ahora estamos incentivando a través de los municipios que la gente Inscriba su derecho propietario”, preciso Arteaga. Camiri y Puerto Suarez tiene como diez tramites diarios. Mientras Santa Cruz de la Sierra, en épocas altas, alcanza a 700 trámites diarios y en épocas bajas la media es de 400 tramites. PROPIEDADES RURALES En cuanto a la inscripción de propiedades rurales, la oficina de Derechos Reales mantiene buenas relaciones con el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA). Gracias a esto, por ejemplo, el inmueble de Montero fue cedido por el INRA en calidad de comodato por un año. Pero las relaciones abarcan mucho más que un Inmueble. Arteaga dijo: "gracias a la colaboración con el INRA, ya estamos dando títulos ejecutoriales saneados. Hemos empezado por las Tierras Comunitarias de Origen y pequeñas propiedades. Para alegría de la oficina, la semana pasada recibí en la oficina de Derechos Reales Santa Cruz al vicepresidente del Banco Mundial, entidad que financiará la compra del equipo para guardar las imágenes gráficas que el INRA está tomando en su proceso de saneamiento de tierras. Tendremos una mapoteca e imágenes gráficas en computadora para evitar superposiciones de propiedades." Arteaga señaló otro proyecto para complementar la valiosa información que proporciona el INRA: coordinar con la Cooperativa Rural de Electrificación y Saguapac, cotejar los datos que tienen en mapas y gráficos sobre Inmuebles y adicionarlos al sistema de información. "Queremos que tanto en lo urbano como en lo rural haya Información gráfica y con estos datos brindar posteriormente mayor seguridad jurídica que debemos ofrecer a los usuarios"; concluyó.

PERIODICO: GACETA JURIDICA FECHA: 14 DE DICIEMBRE 2001

SE REALIZA SEMINARIO NACIONAL EN SUCRE

Avanza con buen pie el fortalecimiento de Derechos Reales Soledad Domínguez - Sucre El sistema Informático Temis, desarrollado por el equipo del Proyecto de Fortalecimiento Modernización de Derechos Reales dependiente del Consejo de la Judicatura es todo un logro, y no sólo porque la empresa Microsoft (cuya

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plataforma se usó para ponerlo en marcha) lo considera como un caso de estudio citándolo en su página Web. Ocurre que este sistema ha logrado superar los escollos geográficos para unificar la información de Derechos Reales en toda Bolivia registrar al detalle una cantidad enorme de transacciones (unos 2500 trámites se registran a diario en todo el país, que se resuelven entre 24 y 48 horas), y realizar un mantenimiento de información valioso para el interés de los usuarios. Pero con todo, los que trabajan en el Proyecto y en las oficinas del Registro no descansan. En este sentido, y para trabajar intensamente, del 10 al 14 de diciembre se reunieron en un seminario en Sucre cerca de 50 funcionarios, entre miembros del Proyecto y registradores v subregistradores de Derechos Reales de todo el país. El objetivo, según explicó el ingeniero Marcelo Aguirre, director de Tecnologías Informáticas del Proyecto de Fortalecimiento y Modernización de Derechos Reales, que uniformar procedimientos: desde el registro y certificación, la nomenclatura, las anotaciones preventivas hasta las inscripciones en general y los títulos ejecutoriales. ESCOLLOS Aguirre subrayó que la mayor cantidad de los problemas que surgen en Derechos Reales tiene su origen en la forma cómo se elaboran los documentos antes de que estos lleguen a las oficinas. Las transacciones entre parles, compraventas, anticréticos, usufructos o cualquier tipo de acción sobre un bien Inmueble que no es registrado sólo tienen efecto entre privados. Porque sólo cuando llegan a DD RR se los vuelve públicos, lo cual genera o-posibilidad a terceros. "Muchas personas recién acuden a la oficina cuando se presenta un conflicto. El Registro cumple una labor preventiva pero jamás una labor correctiva", aclaró Aguirre. El registro de Derechos Reales, en nuestra legislación, es completamente voluntario, aunque existe una corriente que considera que debe ser obligatorio. Al hacerlo así, se invalidaría cualquier transacción que un llegue a registrarse, señaló Aguirre cuando informó' que en el seminario se tocó el tema al analizar el Anteproyecto de la Nueva Ley de Derechos Reales. "En ese marco liemos pensado en buscar mecanismos para convertirlo paulatinamente en un registro obligatorio, sin embargo ésa es una modificación de fondo y afecta no sólo a la ley específica, sino al Derecho Civil en su conjunto, pues ha varios cuerpos legales que serían afectados apuntó Aguirre. NUEVAS TAREAS En todo caso, independientemente de este tema que resulta escabroso y toca

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más al derecho que a la informática, el balance de las labores del Registro fue positivo. Los funcionarios reunidos consideraron que ello se desprende del hecho de que la propia población, el usuario de este registro, percibe las mejoras a través del sistema del Folio Real, que se entrega a todo aquel que solicita información. "Antes los registros se realizaban pero no se entregaba un documento de cómo estaban inscritos, ahora esto se indica", puntualizó Marcelo Aguirre. Pero el sistema va más allá. Está creando un Registro Único de Participantes. ¿Cómo? Nuestro interlocutor explica: "En el caso de las personas, es un requisito formal la presentación del documento de Identidad. Nosotros cruzamos esa información para evitar homónimos y alimentamos al Registro Único de Participantes, que garantizaría que el derecho propietario está plenamente resguardando. Este sistema funciona de manera idéntica al Folio Real, que crea un registro único de inmueble. En el caso de las personas, esto se hace con el número de carnet de identidad. Con ese sistema, un propietario de dos o tres inmuebles sólo será registrado una sola vez y no dos o tres veces”, explicó Aguirre. AREA RURAL Para el registro de bienes inmuebles en el área rural las características son otras. Pero el Proyecto no descuida este tema. Para ello, se está trabajando estrechamente con el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), que esta llamando por ley a efectuar el saneamiento de tierras, explicó Aguirre. Con esta cooperación. Derechos Reales no sólo contará con un registro legal de esas propiedades sino instalará un registro gráfico, con un sistema de mapas elaborado por el INRA. El objeto es evitar sobreposiciones y ambigüedades, porque en documentos y partidas no se suele especificar con precisión la ubicación de un terreno, lo cual hace que cuatro o cinco diferentes propietarios para un solo inmueble. Derechos Reales hará el manteamiento de esa información, mientras el INRA obliga a ese propietario a registrar sus títulos a través de trabajos técnico-legales. Ese es el reto del Proyecto para el área rural, aunque ciertamente en el área urbana también existen otros Por ejemplo, sanear las propiedades de los municipios, con ayuda de las propias alcaldías.

PERIODICO: GACETA JURIDICA FECHA: 14 DE DICIEMBRE DE 2001

Labores productivas del Instituto de la judicatura

Soledad Domínguez - Sucre Nos encontramos a escasas semanas del inicio en Bolivia del sistema de Carrera Judicial, cuyo objetivo final es brindar una mejor administración de

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justicia a leí sociedad a través de jueces probos v bien capacitados. Por eso importante es la labor, callada pero sostenida que hasta la fecha ha venido desarrollando el Instituto de la Judicatura, cuya sede funciona en la capital. “La capacitación continua y la capacitación inicial que brinda este instituto no tendrían razón de ser si no existe la Carrera Judicial", consideró a propósito del tema el ahogado Lucio Valda, actual director general interino del Instituto de la Judicatura. La labor que le toca al Instituto es amplia. Rn su programa de Informaciones, ya entregó a los jueces todo un compilado de documentos, códigos sobre todo, y en estos días entregará un compendio de legislación positiva (Constitución Política, Ley de Organización Judicial) y un compendio de instrumentos internacionales para la aplicación doctrinal. En el Programa de Capacitación permanente, está por concluir el curso en áreas transversales o instrumentales, tal cual se denomina. Se inició en Cobija, luego en Trinidad, en La Paz se hizo en tres turnos (dos para la ciudad y uno en Copacabana), luego en Oruro, Tarija, Cochabamba Santa Cruz y finalmente en Sucre para esta ciudad y Potosí. Con ello, el Instituto dio vuelta al país capacitando a los jueces en temas como Derecho Constitucional o la redacción de sentencias en materia civil y penal. Pero la labor tan sólo empieza. Según la información proporcionada por el director general interino, en marzo del 2002, se dará inicio a un plan curricular para la capacitación continua que tendrá dentro de sus características principales el evaluar a los participantes para el escalafón que será considerado cuando llegue el momento de los ascensos, dentro de la Carrera Judicial. "Nuestra labor la medimos por los resultados. Por eso no es extraño que a veces nos visiten a las diez de la noche v nosotros sigamos trabajando, aun los domingos", dijo Lucio Valda. En tas últimas semanas de diciembre, ese trabajo también se notó por el centenar de alumnos que colmaban el pequeño edificio académico. Cuarenta alumnos en el Primer Curso de Formación Inicial para aspirantes a jueces, cuya primera fase está por concluir: y cuarenta y siete en el curso de capacitación a futuros capacitadores (entre fiscales, jueces, defensores públicos e investigadores de la Policía Técnica judicial) para la aplicación del Circuito Procesal Penal Modelo, iniciado el 3 de diciembre y finalizado el 14. El contar con un Instituto de la Judicatura fue un anhelo centenario del Poder Judicial. Hoy, esta unidad académica desconcentrada pero dependiente del Consejo de la Judicatura con poco más de un año de vigencia demuestra mucho trabajo, notorio pese a que en su interior trabajan tan solo 21 personas, según nos contó su director general interino.

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TRANSPARENCIA Nº 1 NOTA EDITORIAL PRESENTACIÓN

En cumplimiento de las atribuciones conferidas por la Ley del Consejo de la Judicatura, inauguramos la publicación de este medio de comunicación, concebido inicialmente como el órgano informativo del Poder Judicial y del Ministerio Público. Inicialmente, incluimos un detalle sinóptico de causas y denuncias que se procesan en la Corte Suprema de Justicia, La Fiscalía General de la República y el Consejo de la Judicatura, además información estadística de Cortes Superiores de Justicia. Con esta primera entrega, publicamos reglamentos y circulares, cuyo conocimiento y divulgación resultan de particular interés para la ciudadanía, muy especialmente en las circunstancias de cambios y reformas judiciales que tenemos el privilegio y la enorme responsabilidad de protagonizar. No siendo de interés y al no corresponder hacer publicidad sobre tareas realizadas por funcionarios o propaganda sobre obligaciones que corresponden al mero cumplimiento de obligaciones de componentes del Poder Judicial, a más de la opinión editorial, que de acuerdo a las regulaciones vigentes solo expresa el punto de vista del Director y, en modo alguno, compromete a miembros u órganos del Poder Judicial o del Ministerio Público, los propósitos, fines y objetivos inmediatos y a mediano plazo se orientan única y exclusivamente a brindar la mayor cantidad posible de información objetiva y útil a los ministros, magistrados, consejeros, fiscales, vocales, jueces, abogados y ciudadanía en general. Tenemos la plena seguridad de que el presente esfuerzo no quedará como un esfuerzo aislado y eventual, por el contrario, serán los requerimientos y la participación institucional y ciudadana, los factores que determinen una mayor cantidad y calidad en el contenido, ensayar nuevas formas de presentación y formatos, considerando la adecuada y oportuna introducción de recursos tecnológicos y, si Dios lo permite, contar con un órgano de difusión periódica, en el que se pueda concentrar toda la información de interés judicial, lo que implicaría todas las publicaciones de avisos judiciales, en sus diversas modalidades, como una respuesta puntual para contribuir a la seguridad jurídica de los ciudadanos y a un auténtico y completo acceso democrático a la información especializada. Creemos que el CAMBIO es un desafío titánico, pero también asumimos la responsabilidad de aportar con este órgano de difusión para que sea posible que, antes de traspasar los umbrales del nuevo milenio, Bolivia pueda contar con una justicia justa, accesible, transparente, eficiente y creíble, en la que los únicos privilegiados serán los que tengan la razón y el derecho. Gracias a quienes, de una u otra manera, hacen posible esta tarea informativa y de difusión que iniciamos y les convocamos, muy fraternalmente, a que

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mantengamos una relación de complicidad – en el sano sentido de la palabra- para realizar un trabajo conjunto y coordinado, donde el interés supremo sea el supremo interés nacional.

El Director

TRANSPARENCIA 3 CAPACITACION DE FUNCIONARIOS JUDICIALES

Este es un objetivo que, además de ser eje central de la reforma y modernización del Poder Judicial, asume características intrínsecas muy particulares y que ameritan un análisis desglosado de sus aspectos sustanciales. Desde luego, hay que descartar que, al hablar de capacitación, estemos dando por supuesto que los funcionarios actuales, genéricamente, estén incapacitados o discapacitados, nada más absurdo. Por el contrario, debemos partir de un análisis que comprenda las fortalezas y debilidades de nuestros recursos humanos, así como del entorno en el que desenvuelven sus actividades, sin descuidar el gran dinamismo y la continuidad que esta actividad supone, pues en ningún caso se la puede concebir como una iniciativa estática o eventual. Para solucionar problemas o deficiencias, no es suficiente hacer un diagnóstico de las mismas, para proponer soluciones; en temas como el que hoy nos ocupa, es fundamental indagar e identificar las causas estructurales que son el origen real de tales problemas. En este orden de ideas, estamos todos concientes de las agudas deficiencias del sistema educativo nacional, que, ya cuando se trata del tema judicial, encuentra grandes limitaciones en la formación universitaria de recursos humanos, es decir, en la Facultades de Derecho, en las que, además de limitaciones materiales, existen diversas limitaciones que son de conocimiento general. Al respecto, cabe incidir en la ausencia de políticas de especialización que ha sido una constante en el campo del Derecho y que produce abogados “todólogos”, única forma de expresión que encontramos para describir a nuestros profesionales que, a diferencia de lo que sucede en otras disciplinas o en otros países, saben un poco de todo y no todo de un poco, tal como es la tendencia mundial en esta disciplina. Por otra parte, la dinámica social, el avance tecnológico y otros factores de la vida contemporánea, obligan a introducir cambios normativos y procedimentales con una rapidez extraordinaria y con una frecuencia cada vez mayor, lo que implica la imperiosa necesidad de actualizarse permanentemente y aprender técnicas y destrezas imprescindibles para desarrollar labores judiciales, en todos sus niveles, con eficiencia y eficacia. Por las consideraciones expuestas, si bien los cursos de capacitación y la creación del Instituto de la Judicatura constituyen avances de gran importancia, por sí solos no darán la solución estructural que se requiere en este tema crucial, por lo que es un desafío y una obligación de los organismos públicos y

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privados, académicos, gremiales y de diversa índole, el contribuir en la medida de sus posibilidades con esta importante tarea. EL DIRECTOR

DESIGNACIONES E INDEPENDENCIA DEL PODER JUDICIAL

En los días que transcurren, culmina uno de los mayores esfuerzos y, tal vez, una de las mayores pruebas de fuego con las que se bautizó al Consejo de la Judicatura, nada menos y nada más que el llenar innumerables vacancias que, desde tiempo indefinido, se encontraban en tal condición, reflejando un Poder Judicial cada vez más desmantelado e incompleto, con el consiguiente efecto en la mora judicial o retardación de justicia. El proceso resultó de una extraordinaria complejidad por diversos factores, puesto que no hay que olvidar que se trataba de una experiencia inédita en toda la historia republicana y dentro de un periodo de profundos y diversos cambios en el sistema democrático, incluyendo la expectativa dirigida hacia el accionar de novísimas instituciones, tales como el propio Consejo de la Judicatura. El camino adoptado por el legislador boliviano para la designación de las autoridades y funcionarios judiciales apuesta básicamente a la coordinación, de forma tal que el Consejo de la Judicatura, en diferentes instancias, actúa como filtro, ponderando a los postulantes según méritos y deméritos objetivos y demostrables, mediante una metodología de calificación transparente y expresamente diseñada al efecto, para proponer nóminas también ante diversos órganos, para que sean éstos los que realmente elijan dentro de las nóminas recibidas del Consejo. Contrariando malos augurios, acusaciones infundadas y algún aislado e intrascendente intento de revivir presiones políticas, más producto de desinformación o nostálgica añoranza por poderes discrecionales irreversiblemente anulados por el avance democrático, el Consejo de la Judicatura analizó cuidadosamente cientos o hasta miles de expedientes, ponderó y calificó en la forma más objetiva e imparcial, hizo los mayores esfuerzos por sacarle tiempo al tiempo y presentar nóminas evaluadas en la forma más responsable posible. Hay que admitir que, en varios momentos de este prolongado proceso, se cometieron errores y nos invadieron dudas acerca de las reales posibilidades de concluir con la gran responsabilidad que se nos había asignado: despartidizar y liberar de presiones externas a los administradores de justicia, buscando la idoneidad e independencia sobre cualquier otra consideración. Los resultados, que son los que al final cuentan, nos enorgullecen al demostrarnos que, de tan amplio y diverso universo, cuya selección se nos encomendó, el margen de disconformidad, tomando en cuenta todo tipo de causas y reclamos, no llega ni al 1% del conjunto.

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Hoy, con un Poder Judicial virtualmente completo, con procedimientos transparentes de selección, complementados con una próxima evaluación de idoneidad y el censo nacional de abogados, tenemos las bases y condiciones materiales para la plena vigencia de la carrera judicial y, de esta manera, dejar atrás todo resabio de influencias o presiones en la administración de justicia. El factor humano en la administración de justicia, al cual el Consejo decidió privilegiar, puede esperar confiado mejores condiciones laborales, que se elimine la incertidumbre y que se reconozca el esfuerzo y la capacidad.

Marshall McLuhan De Wikipedia, la enciclopedia libre Herbert Marshall McLuhan (21 de julio de 1911 – 31 de diciembre de 1980) fue un educador, filosofo y estudioso canadiense. Profesor de literatura inglesa, crítica literaria y teoría de las comunicaciones, McLuhan es reverenciado como uno de los fundadores de los estudios sobre los medios y ha pasado a la posteridad como uno de los grandes visionarios de la presente y futura sociedad de la información. Durante el final de los años 60 y principios de los 70, McLuhan acuñó el término “aldea global” para describir la interconectividad humana a escala global generada por los medios electrónicos de comunicación. Biografía de Marshall McLuhan Herbert Marshall McLuhan nació el 21 de julio de 1911 en Edmonton, Alberta, Canadá. En la Universidad de Manitoba (Canadá) estudió la Licenciatura en Letras y la Maestría en Artes. Se doctoró a los 31 años de edad en la Universidad de Cambridge, y en su tesis doctoral analizó la obra del dramaturgo inglés Thomas Nashe. Estando en Winnipeg, McLuhan logró un BA y un MA en inglés, en la Universidad de Manitoba. McLuhan luego se matriculó en la Universidad de Cambridge. Allí le enseñaría I. A. Richards y F. R. Leavis, y fue influenciado por el New Criticism. Entre 1936-37, McLuhan enseñó como un professor adjunto en la Universidad de Wisconsin. El 30 de marzo de 1937, McLuhan culminó lo que fue un lento pero total proceso de conversión y fue recibido en la Iglesia Católica. Subsiguientemente enseñó en institutos superiores Católicos. Desde 1937 hasta 1944 enseñó inglés en la Universidad de Saint Louis. Allí enseñó y se hizo amigo de Walter J. Ong (1912-2003), quien luego realizó un Doctorado sobre un tema respecto del cual McLuhan le había llamado la atención, y quien luego sería conocido a su vez como una autoridad de las comunicaciones y la tecnología. El 4 de Agosto de 1939, McLuhan contrajo matrimonio con Corinne Lewis en Fort Worth, Texas, y estuvieron durante 1939-40 en la Universidad de Cambridge, donde el continuó su trabajo en su Doctorado que tenía como tema

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a Thomas Nashe y las artes verbales. Desde 1944 hasta 1946 McLuhan enseñó en el Colegio Assumption en Windsor, Ontario. Desde 1946 hasta 1979 enseñó en St. Michael's College, en la Universidad de Toronto, donde Hugh Kenner fue uno de sus estudiantes. McLuhan también enseñó en la Universidad de Fordham un año (1967-68), cuando su hijo Eric McLuhan hizo el aclamado Experimento Fordham. Estudios Durante los años en la Universidad de Saint Louis (1937-1944), McLuhan trabajó evidentemente en dos ambiciosos proyectos: su disertación doctoral y su manuscrito que fue eventualmente publicado en 1951 como el libro de The Mechanical Bride, que incluía sólo una selección representativa de los materiales que McLuhan había preparado para él. El doctorado de la Universidad de Cambridge, logrado en 1943, realiza revisiones en su disertación sobre la historia de las artes verbales (gramática, dialéctica, lógica y retórica– colectivamente llamadas “trivium”) en el tiempo de Cicerón hasta el tiempo de Tomás Nashe. En sus publicaciones posteriores, McLuhan algunas veces utiliza el concepto en latín de trivium para destacar un orden sistemático de la visión de ciertos periodos de la historia cultural de Occidente. McLuhan sugiere que la Edad Media, por ejemplo, estaba caracterizada en gran medida por el énfasis en el estudio de la lógica. La clave que llevo al Renacimiento no fue el redescubrimiento de textos antiguos sino más bien la renovada importancia que se le dio a la retórica y al lenguaje por sobre el estudio de la lógica. Este cambio realizado en el Renacimiento humanista fue un cambio en el énfasis dado, no totalmente a la eliminación del arte verbal. La Edad Moderna esta caracterizada por el resurgimiento de la gramática como su tema más sobresaliente. McLuhan es el creador de numerosos conceptos hoy muy populares acerca de los medios de comunicación y la sociedad de la información, tales como la "Galaxia Gutenberg", la "aldea global", la diferenciación entre medios "fríos" y "calientes" y la descripción de los medios de comunicación como "extensiones" de la persona. Una investigación de Graciela Paula Caldeiro (2005), publicada en [1], relata que McLuhan, saltó a la fama en 1964 cuando publicó Understanding Media. El libro, sin recursos publicitarios, se trasformó en un best seller en Harvard y otras universidades. ¿Cuál era el particular enfoque de McLuhan? Esencialmente, podría decirse que no tenía ninguno. La aproximación de McLuhan a un determinado problema partía de negar un punto fijo, puesto que la comprensión requiere siempre, para él, un enfoque multidimensional. Con total libertad, sus escritos carecen de argumentaciones complejas o de tesis alguna que se desarrolle linealmente a lo largo de sus páginas.

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Cabe pues recordar anecdóticamente que cuando le preguntaban a McLuhan qué era la verdad, él elegía responder con una cita de Hércules Poirot, el detective de Agatha Christie: 'Es todo lo que patea el tablero' Y en ese sentido, es innegable que McLuhan fue, en efecto, un hombre libre. Su lápida reza, con tipografía digital analógica: 'La verdad nos hará libres' (Cita Biblica "Veritas liberabit nos") Diarios y revistas lo recordaron a su muerte apelando a los calificativos más enfáticos con los que en vida lo habían celebrado o parodiado: 'Místico de la Aldea Electrónica', 'El más hippie entre los académicos y el más académico entre los hippies' son algunos ejemplos elocuentes. Las perspectiva de McLuhan respecto a los medios de comunicación social, se ha dado en llamar 'determinismo tecnológico'. Aunque es probable ver en él, también, un visionario. En efecto, cuando McLuhan murió, la televisión por cable aún no era una realidad mundial, los habitantes de la 'Aldea global', aún poco sabían sobre interactividad, e-books, multimedia, videoconferencias... pero la obra de McLuhan nos ha dejado un marco teórico que nos permite estudiar y comprender la naturaleza de estos nuevos medios que han revolucionado la historia de la comunicación de la humanidad. Redefiniendo medios y mensajes cuando McLuhan, promediando la década del 60, llamó por primera vez la atención del público, hubo quienes interpretaron que lo que él hacía era promover el fin de la cultura del libro para propiciar la era de la televisión. Pero en realidad lo que él hacía no era sino advertir sobre el poderoso potencial del nuevo medio. Se sabe que en su vida privada McLuhan rechazaba a la TV a tal punto que le pedía a su hijo que impidiera que sus nietos la vieran. En efecto, llamó a la TV 'el gigante tímido' y pretendía promover una concientización respecto a su enorme poder. El pensamiento de McLuhan respecto a los medios de comunicación se inicia a partir de las siguientes ideas: 1. Somos lo que vemos 2. Formamos nuestras herramientas y luego éstas nos forman En esta línea, podría afirmarse que veía en los medios antes agentes de 'posibilidad' que de 'conciencia': así, los medios podrían compararse a caminos y canales antes que obras de valor artístico o modelos de conducta a seguir. Es habitual que pensemos que los medios no son sino fuentes a través de las cuales recibimos información, pero la concepción de McLuhan era que cualquier tecnología (todo medio) es una extensión de nuestro cuerpo, mente o ser. Los medios tecnológicos son entendidos como herramientas que extienden las habilidades humanas, del mismo modo que una bicicleta o un automóvil son una extensión de nuestros pies... la computadora sería una extensión de

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nuestro sistema nervioso central. El medio es el mensaje La famosa frase 'El medio es el mensaje' (The Medium is The Message) nos lleva a la preguntarnos qué es el medio y qué es el mensaje. Así como el medio es entendido como una extensión del cuerpo humano, el mensaje no podría ser entonces simplemente reducido a 'contenido' o 'información', porque de esta forma excluiríamos algunas de las características más importantes de los medios: su poder para modificar el curso y funcionamiento de las relaciones y las actividades humanas. En esta línea, McLuhan definirá al 'mensaje' de un medio como todo cambio de escala, ritmo o pautas que ese medio provoque en las sociedades o culturas. De esta forma, el 'contenido' se convierte en una ilusión, en el sentido de que éste se encuentra enmascarado por la intervención del medio (la mediatización). Medio y mensaje funcionan en pareja puesto que uno puede contener a otro: el telégrafo, contiene a la palabra impresa, que contiene a la escritura, que contiene al discurso... y así, por lo que el contenido se convierte en el mensaje del medio continente. Habitualmente no notamos que existe interacción entre los medios y dado que su efecto en nosotros, en tanto audiencia, suele ser poderoso, el contenido de cualquier mensaje resulta menos importante que el medio en sí mismo. Las cuatro edades Una manera de intentar sistematizar algunas ideas que caracterizan el pensamiento de Mc Luhan es realizar un breve recorrido por la historia de la comunicación, de acuerdo con la concepción que éste tenía de cada etapa. La historia de la civilización Recorre tres fases según McLuhan: 1. El estadio tribal. Es un periodo asociado con ningún fenómeno que él ya considera tecnológico: la comunicación verbal. Para él es tecnología la creación de un medio que no poseemos cuando nacemos. McLuhan no se refiere a una lengua como una combinación de fonemas. Él se refiere a las lenguas que cuentan con series de sonidos asociados a objetos. ¿Por qué hemos desarrollado un lenguaje donde predomina la funcionalidad sobre la descripción de las emociones? 2. El estadio de destribalización. El momento clave en el que se inicia un segundo estadio de la civilización es la creación de la escritura. La abstracción, la separación y distancia de los símbolos respecto de los objetos llevó a la civilización a un estado más racional y funcional, donde nacen los conceptos de útil y beneficioso. La exigencia de racionalización que determina la escritura

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produce un desarrollo especial de la vista, porque requiere una organización sistemática, visual, del conocimiento. El concepto de destribalización no es nuevo. La división que supone la escritura es compartida por el sociólogo Max Weber o por Northrop Frye. 3. El estadio de retribalización. Supone una vuelta atrás y está marcada por la aparición de los medios tecnológicos en el ámbito de la comunicación. Los medios electrónicos redescubren las facultades eclipsadas por la cultura quirográfica e impresa. La radio, como extensión del oído, y la TV, como extensión del tacto, tienen la capacidad de romper los equilibrios naturales para restituir al individuo la totalidad de sus sensaciones. Por un lado, recrean el contacto oral inmediato que fue típico de la vida arcaica comunitaria y tribal. Por otro lado, derriban las barreras estatales derivadas a su vez de los efectos de la escritura y dan cuerpo a los proyectos de mundialización de la cultura. La aldea tribal Es posible que el habla se haya iniciado hace unos 30.000 años, pero la comunicación escrita-alfabética tiene tan solo unos cuatro milenios de antigüedad. La aldea tribal es pues una aldea analfabeta y su duración en la tierra habría tenido la extensión de unos 26.000 años. Durante todo ese tiempo, junto con otros factores (innovaciones tecnológicas desde el fuego y los metales hasta los medios de trasporte y las armas) hicieron que el hombre dejase de ser cazador y nómada para aprender los secretos de la agricultura y transformarse en un ser sedentario. Aparecieron, pues, las aldeas estables, se desarrollaron recursos defensivos, lo cual abrió el paso para las primeras ciudades y, más tarde, las civilizaciones, con todo lo que ellas implican: la formación de clases, jerarquías, estructuras administrativas, etc. La aldea tribal se caracteriza porque será la palabra oral el único medio de comunicación del que disponía el hombre. La palabra oral como medio de comunicación estimulaba el oído antes que la vista, involucrando sensorial y emocionalmente al oyente e integrándolo así al grupo de pertenencia (el clan, la tribu). En la aldea tribal, la única posibilidad de transmitir experiencias y acumularlas era haciéndolo en un espacio restringido que estaba representado por la memoria del grupo puesto que aún no existían ni la historia ni las escuelas ni la burocracia... los hombres estaban 'sensorialmente' integrados. El hombre alfabético-quirográfico Esta era se inicia con la invención de la escritura hasta la difusión de la imprenta en Europa, por lo tanto, esta etapa se extendería a lo largo de unos 3.500 años. Durante este período de tiempo aparecen numerosas 'extensiones del hombre' en el campo de las máquinas y herramientas. Pero aparecerá también la escritura alfabética que puede ser considerado el primer medio capaz de recoger, conservar y transmitir las experiencias humanas, reduciendo la función nemónica de los individuos, el

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peso dogmático de los proverbios e incluso la autoridad de los ancianos, que hasta entonces eran los depositarios de la historia y la tradición, cargando con la función de transmitirlas a las élites administrativas religiosas y fiscales. El alfabeto se concreta en una perspectiva sensorial-visual y posee una clara función analítico-lineal, en efecto la linealidad es una característica predominante de la vista si se la compara con otros sentidos como el oído, el gusto y el tacto. McLuhan dirá que que esto deriva en una disociación entre la sensibilidad interior del hombre alfabetizado. McLuhan verá, además, que la disolución de la familia y el clan hacia sociedades más abiertas es una consecuencia mediata de la alfabetización, en el sentido que ésta posibilita la homogeneización entre las culturas, la uniformidad de los individuos ante las leyes escritas y, particularmente, la revolución que la escritura generó en el pensamiento griego que marcó el paso de lo 'salvaje' hacia la filosofía y la ciencia. La galaxia Gutemberg o la Aldea Global En la introducción a The Gutemberg Galaxy McLuhan dice que la palabra 'ambiente' hubiera sido preferible para describir el período pero luego reflexiona: El término galaxia expresa perfectamente al conjunto simultáneo y recíproco de diversos factores no directamente relacionados entre sí. Este período comprende los casi cuatro siglos que van desde la difusión de la imprenta en la Europa de la modernidad hasta las primeras décadas del siglo XIX, cuando el telegráfo cambiaría para siempre la historia de la comunicación humana. En el mundo occidental, solo una tercera parte de la historia ha sido tipográfica, aunque, por cierto, la relación entre esta etapa y la anterior es interdependiente. Para McLuhan, la 'civilización' es equiparable a 'la cultura de la escritura', cultura que, según su opinión, competirá con la cultura electrónica. Observará, además, que mientras que la escritura manuscrita destacaba la insignificancia y la torpeza de la irritación especializada propias del signo visual, en la página impresa, predominará la linearidad y la repetitividad. La Galaxia Marconi o la Aldea Cósmica McLuhan dijo que el ciclo histórico entre los medios-mensajes y el hombre-usuario, concluye en la actual Galaxia Marconi, caracterizada por el medio televisivo. En síntesis, hay una referencia de hecho (aunque probablemente intuitiva) a tres diferentes órdenes de innovaciones tecnológicas: 1. Un orden eléctrico: el telégrafo y el teléfono, medios que redujeron el espacio psicosocial en asociación con otras 'extensiones' como los medios de transporte.

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2. Un orden electrónico: dispositivos centrados esencialmente en el uso de válvulas. 3. Tecnologías recientes: estas tecnologías parecen invadir todas las técnicas convencionales de comunicación haciendo confluir la comunicación y la información de forma integrada y universal asociando todos los aspectos de la comunicación humana: desde la administración pública, hasta los servicios sociales, desde el entretenimiento hasta la salud y la educación. Medios fríos y Medios calientes La clasificación que hace McLuhan de los medios como 'calientes' o 'fríos' surge de significados técnicos como 'definición' e 'información' y se sustenta más en la experiencia sensorial que en el significado de las palabras. En el mundo de la TV, 'alta definición' significa precisión, detalle, calidad en referencia a cualquier imagen visual. De acuerdo con este criterio, Mc Luhan explicó que las letras del abecedario, los números, las fotografías y los mapas son objetos de alta definición. Un medio de tales características brinda mucha información y un receptor pasivo. Por el contrario, las formas que no se definen con tanta calidad como por ejemplo, los dibujos animados, serían de baja definición porque nuestros ojos se ven en la obligación de completar lo que falta para obtener una percepción acabada. Este principio de 'completar los espacios en blanco' también se aplicaría a los sonidos. Al brindar poca información, los medios de baja definición exigen un receptor activo. Es necesario aclarar que cuando McLuhan se refiere a la 'información' que un medio transmite, no se refiere a datos o conocimientos sino al modo en que nuestros sentidos físicos responden a un medio o participan en él. En conclusión, los medios de alta definición son medios calientes y los de baja definición son medios fríos. Serían pues medios calientes la radio, la imprenta, las fotografías, las conferencias; y medios fríos el teléfono, el habla, la televisión, los seminarios, entre otros. LA IN/SEGURIDAD SOCIAL BOLIVIANA Es un secreto a voces que, más allá de la retórica o de eufemismos, Bolivia se caracteriza por ser uno de los países con menor seguridad jurídica. Las causas han sido reiteradamente analizadas y diagnosticadas, pero hasta ahí llegamos una y otra vez. Dentro del marco general, resulta particularmente sensible la inseguridad social, con sus diversos componentes, que hace casi irrebatible aquella sostenida afirmación de que nuestro

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gran y verdadero problema no es precisamente la pobreza, sino la desigualdad, la que puede asumir diversas formas y manifestaciones: exclusiones, racismo, educación, oportunidades y otras. Nuestros doctorcitos altoperuanos, casi desde siempre, se han llenado la boca hablando sobre nuestra avanzada legislación social, Ley General del Trabajo y sus innumerables reformas y reglamentaciones, o el Código de Seguridad Social, perdido en el laberinto de similares reglamentos, modificaciones y reformas, donde ya se ha perdido hasta el rastro de las múltiples normas traducidas o plagiadas. Lo cierto es que, si se tratara de cantidad de normas y buenos propósitos, no deberíamos estar mal para nada. Pero la realidad nos dice otra cosa. • La Legislación laboral se aplica, con muchas distorsiones, sólo en el ámbito de la economía formal, en la que sobresale la farsa de presentar planillas de todo tipo al innecesario Ministerio de Trabajo, que siempre encontrará motivos para cobrar valores y aplicar multas discrecionalmente, que benefician a los burócratas de turno y perjudican a empresarios y trabajadores. • La seguridad y los derechos de los trabajadores carecen de protección y, en muchos casos, reciben mejor tratamiento en el sector informal. Procesos que deberían y pueden ser muy breves y sencillos, respecto a retiros, desahucios e indemnizaciones, pueden llegar a durar no menos de 5 años, que para la gran mayoría de los casos, es mejor no hacerlos. • Las normas laborales, en su escasa aplicación, son permanentemente burladas por empleadores y empleados, pero sobre todo por la realidad socio-económica. • El sistema de salud pública es una verdadera calamidad. El Estado financia desde la formación de médicos y salubristas, cuyos poderosos sindicatos hacen huelgas salvajes por todo y por nada. • Por si lo anterior no fuera lo suficientemente grave, el diseño mercantil del sistema, hace que los profesionales del sector usen la infraestructura de Hospitales y Clínicas e insumos para formar su propia clientela privada, la que, por supuesto, puede acceder a una menos mala atención, siempre y cuando tenga los recursos para ello. Clínicas, Hospitales, Laboratorios, Consultorios Privados , forman redes descontroladas de prestación lucrativa del servicio básico de salud. • No existe control alguno sobre condiciones básicas, práctica ilegal o malas praxis. • La cuantiosa reforma de Salud, que pasó del sistema de reparto al de capitalización individual, a más del problema irresoluto de la generación “sándwich”, es cuestionada permanentemente y se oyen amenazas y pedidos irresponsables para nuevas reformas, lo que coloca a los empleados activos y pasivos en una total incertidumbre respecto a su futuro de largo plazo (jubilaciones). Por la compleja realidad que refleja el sector, no es fácil resumir sus debilidades, pero extraña que la seguridad social tenga mucho más de

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inseguridad y, para colmo de males, no se conocen propuestas ni siquiera al calor de la Asamblea Constituyente, como si fuese que los bolivianos solo estuviéramos dedicados todo el tiempo al ejercicio político, que, hasta donde sepamos, puede servir para todo, pero menos para la calidad de vida, que de eso se trata. Total, parafraseando a alguien que sirvió para algo, nuestra Seguridad Social sirve para tres cosas: para nada, para nada y para nada. Reseña de un clásico: El extraño caso del Dr. Jeckyll y Mr. Hyde María Eugenia Sánchez 28/1/2002 Nada más concreto y esencial en la existencia del hombre que la dualidad que lo anima, que lo hace ser. Esta contradicción -la misma que agobió en sus primeros pasos a Adán y a Eva- es la que azota de manera inmisericorde la controvertida existencia del Dr. Jekyll y de su sombra, el oscuro Mr. Hyde. En su corazón anidan simultáneamente vicios y virtudes, y es por eso que se mueve permanentemente entre el fango y la iluminación, entre el ego descomunal y la conciencia rectificadora. Como el mismo San Pablo que exclamaba, presa de sus propias contradicciones, “y termino haciendo el mal cuando quiero hacer el bien”. Pero Stevenson hace más que mostrar la dualidad: se regodea como animal satisfecho y sueña con ser Dios permitiendo la mutua expresión de esas oposiciones en sus protagonistas. El bien y el mal, observándose y siendo en un tiempo el mismo y el contrario, todo aquello que ambos personajes quieren ser y, al mismo tiempo, repudian. La maldad y la bondad conviven y perduran aún cuando la apariencia cambie. Dr. Jeckyll y Mr. Hyde, ¿cuál es real y cuál es fantástico? He aquí el conflicto para el que no ofrece resolución. No existe el uno sin el otro. “Fue en el ámbito moral y en mi propia persona donde aprendí a conocer la cabal y primitiva dualidad humana; y vi que las dos naturalezas que contendían en el campo podrían ser por separado yo, solamente porque yo era radicalmente ambas”, dice el Dr. Jekyll, para concluir con la idea de que la maldición sobre la humanidad es que estos “haces incongruentes estén atados juntos”...“¿Cómo, pues, separarlos?”, continúa, con esa desconcertante lucidez que convierte esta narración de Robert L. Stevenson en una obra clásica no solamente para la literatura, sino para el conocimiento mismo del corazón humano. TSUNAMI IN/CONSTITUCIONAL HUELGA PER/JUDICIAL: PODER JUDICIAL, COLEGIO DE ABOGADOS, PODEMOS Y EMBAJADA CONSUMARON PARO JUDICIAL INÉDITO Las señales eran nítidas, los objetivos claros, los protagonistas estaban preparados, el libreto sincronizado, pero los resultados objetivos excedieron

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todo cálculo, incluso el de los propios huelguistas agrupados en torno a una supuesta y dispersa defensa de la autonomía e independencia del Poder Judicial. La Sentencia Constitucional (SC) 0018/2007 de 9 de mayo en curso, en el Recurso Directo o Abstracto de Inconstitucionalidad presentado por 2 Senadores de la agrupación política PODEMOS, demandando la inconstitucionalidad del DS 28993 de 30 de diciembre de 2006, declaró CONSTITUCIONAL el Decreto Supremo, pues los demandantes se limitaron a citar los artículos de la CPE supuestamente vulnerados, sin fundamentar ni explicar en qué o por qué consideraban inconstitucional el mismo, pero, en la misma Sentencia, disponen la cesación de funciones de 4 magistrados designados interinamente (y, por tanto, constitucionalmente), resolución ultra petita que sorprendió a todos, hasta a los propios demandantes. Las referencias a normas del Estatuto del Funcionario Público y su Reglamento, buscando referencias comparativas, fueron absolutamente impertinentes. El intento de interpretar alegre e impunemente la Constitución y las leyes, es una usurpación de funciones, pues, por precepto constitucional, es una potestad exclusiva del Poder Legislativo y sólo en casos precisos. Cuando el Presidente de la República denunció formalmente, ante la instancia legal competente - Cámara de Diputados- la comisión del delito de prevaricato, los huelguistas se acordaron de que el Presidente había hecho denuncias públicas de corrupción en contra del Poder Judicial y que sus miembros habían sido ofendidos en lo más profundo de su dignidad En respuesta al juicio de responsabilidades iniciado en contra de 4 magistrados del Tribunal, por el presunto delito de Prevaricato, el Poder Judicial uniformó y sincronizó sus acciones con el Colegio Nacional de Abogados, el partido político PODEMOS, el Sindicato de Jueces y Magistrados de Bolivia, y el Embajador norteamericano, que visitó al Presidente de la Corte Suprema y declaró que en Bolivia se deben respetar la autonomía e independencia de Poderes (siempre y cuando no se trate de la Embajada, obviamente). La huelga judicial se cumplió el martes 5 de junio, acatada en forma placentera y contundente por magistrados y jueces, (cerca de 900) con la oposición de los funcionarios judiciales (aproximadamente 4000), junto a grupos de litigantes directamente perjudicados, por la corrupción y por el paro judicial. Previamente, Senadores de Podemos habían adelantado criterios (¿casualmente?) indicando que no permitirían que prospere, en el Senado, el juicio de responsabilidades a los magistrados del Tribunal Constitucional, inhabilitándose para el caso de que el proceso llegue a esa instancia. El expresidente y jefe de PODEMOS, Jorge Quiroga, arribó sorpresivamente a Sucre, el día del paro y declaró que Evo Morales y el Más deben resarcir e

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indemnizar por los paros, huelgas y bloqueos que realizaron cuando eran oposición, lo que, por tan extrañas razones, justificaría la huelga del sindicato irregular de Jueces y Magistrados, inédita en la historia de un país que pensó que lo había visto todo, o sea, si alguien viola a una persona, previamente debe pedir que se demuestre que violadores anteriores habían purgado sus penas y resarcido el daño civil. Mal de muchos, consuelo de tontos. Con la “contundente” huelga del Poder Judicial, la gran agredida y perdedora fue la ciudadanía. En una ligera relación, los huelguistas y sus padrinos políticos y diplomáticos, incurrieron en una serie de delitos, como sedición, abandono de funciones, incumplimiento de deberes, denegación y retardación de justicia, atentado a servicios públicos, prevaricato y violación de derechos humanos, injerencia en asuntos internos, agravados por víctimas múltiples (el pueblo boliviano). ¿Cuáles las consecuencias reales y efectivas del tsunami in/constitucional? Una demanda de prevaricato y un proceso en curso en etapa de investigación en la Cámara de Diputados, en contra de 4 magistrados del Tribunal. Con ello se podría llegar a suspender el funcionamiento del Tribunal Constitucional, que perjudicará a todos, siendo que, paradójicamente, el menos afectado políticamente es el propio gobierno y entre los otros afectados, vaya el diablo y escoja. El azar hizo que 4 personas, miembros del Tribunal Constitucional, sean denunciadas por presunto prevaricato, proceso que debe seguirse de acuerdo a las normas legales vigentes, pero, si nos preguntamos el por qué hasta ahora, miles de personas, especialmente del Poder Judicial, que han cometido delitos gravísimos, por el tipo y por los daños a la sociedad y al Estado, desde tiempos inmemoriales, jamás fueron procesados, menos sentenciados, gozando de una total inmunidad, no encontraremos una respuesta ni menos justificativos. Tampoco se trata de una terrorífica competencia para ver quién es más culpable o menos inocente. Hay una Sentencia Constitucional firme, irrevisable y con plenos efectos vinculantes, que, con todos sus vicios de fondo y de forma, determina que los interinatos en el Poder Judicial (y, naturalmente, en el Poder Ejecutivo) no pueden durar más de 90 días, lo que, en su momento puede provocar recursos directos de nulidad en cantidades industriales Realmente, el diablo no sabe para quien trabaja. En lo que se refiere a los autores y cómplices de la huelga judicial, por principio, deberían ser destituidos todos los que participaron y alentaron la misma, así como juzgados y sentenciados ante las instancias pertinentes. Esa sí sería una señal verdadera de cambio y lucha contra la corrupción, que tiene

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sus reductos más preciados en el viejo sistema político y SU amado e incondicional Poder Judicial. Sin embargo, el problema del Sistema Jurídico y, especialmente, del Poder Judicial, de la corrupción e impunidad, más allá de las personas y de la subjetividad, es estructural, es decir, sus organismos adolecen de demasiadas deficiencias en su funcionamiento, Resulta inconcebible comprobar la precariedad con la que trabajan los Tribunales Judiciales, en todas sus instancias, al verificar que antes, como ahora, no conocen ni tienen o quieren revisar y considerar las normas vigentes y aplicables en el país desde la fundación de la República y se contentan con analizar las normas y hasta interpretaciones que les proponen las partes. En el caso que nos ocupa, el TC ignoró la varias veces citada ley de 1883, el DS de 13 de septiembre de 1913, que regula suplencias de jueces y fiscales, la Ley de 3 de diciembre de 1888, reglamentada por DS de 10 de enero de 1903, la Ley del Consejo de la Judicatura, la Ley del Ministerio Público y, su propia Ley (Título Cuarto, Capítulo II, Recurso Directo o Abstracto de Inconstitucionalidad), además de varias otras normas vigentes y aplicables. La Ley de 1911 por la que, el TC dispone nada menos que la cesación de funciones de 4 Ministros Interinos de la Corte Suprema, está derogada varias veces y por varias disposiciones, con lo que su Sentencia resulta más ilegal todavía. Para que no quede duda: Ley nº 2341 de Procedimiento Administrativo (23 de abril de 2002) ARTICULO 8°.- (Sustitución).- I. Los titulares de los órganos administrativos podrán ser sustituidos temporalmente en el ejercicio de sus funciones en casos de vacancia, ausencia, enfermedad, excusa o recusación. El sustituto será designado conforme a reglamentación especial para cada sistema de organización administrativa aplicable a los órganos de la Administración Pública comprendidos en el Artículo 20 de la presente Ley. II. La sustitución no implica alteración de las competencias y cesará tan pronto como cese la causa que la hubiera motivado. Decreto Supremo Nº 27113 Reglamento a la ley de Procedimiento Administrativo de 23 de julio de 2003 ARTÍCULO 6°.- (SUSTITUCIÓN) I. En caso de licencia, vacación, enfermedad, impedimento o ausencia temporal por noventa (90) o menos días calendario, ejercerá las funciones el sustituto en suplencia hasta la reasunción de las mismas por el titular.

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II. En caso de vacancia por renuncia, fallecimiento, vencimiento del periodo o destitución de funciones, el sustituto ejercerá hasta la posesión en el cargo del nuevo titular que será designado por el órgano competente. III. En caso de excusa o recusación de un servidor público, se designará a un sustituto para el conocimiento específico y la resolución del trámite. IV. El sustituto será el servidor público que establezca una disposición legal y, a falta de ésta, el funcionario designado de acuerdo a la jerarquía administrativa o por el correspondiente órgano de tuición si, en este último caso, se trata de la suplencia de la máxima autoridad de una entidad descentralizada. Como hemos podido ver estos días, legisladores, jueces y abogados ignoran las leyes existentes y se limitan a sopesar y discernir entre la argumentación y fundamentos legales aportados por las partes, lo que estremece de solo pensarlo. ¿Entonces, en manos de qué jueces y magistrados estamos, cómo es posible que fundamenten sus Sentencias en disposiciones mañosamente alegadas por una de las partes, sin verificar si esa u otras normas están vigentes y son o no aplicables a un determinado caso? Es urgente, premioso y apremiante que se instituya y conforme una Comisión Permanente Codificadora, o algo parecido, que compile, codifique y haga el saneamiento legislativo de la abundante producción de normas, antes de permitir que continúe el torbellino legislativo y gobernantes y gobernados nos perdamos irremediablemente en él. Solo de esa manera podremos exigir que, todos, incluidos legisladores, jueces y magistrados, cumplamos las leyes y no podamos alegar la ignorancia de ellas, tal como lo dispone nuestra CPE, la única doncella que es violada permanentemente. ¿No es acaso el mismo Tribunal Constitucional que dictó la Sentencia Constitucional Nº 011/99, a simple solicitud de uno de los Jueces más corruptos en la historia judicial de Bolivia, que aumentó palabras al texto constitucional y cercenó las facultades disciplinarias efectivas al Consejo de la Judicatura, para anular todo el proceso de reformas institucionales, que tanto le costó al país, en todo sentido, es decir, produjo un retroceso de décadas? ¿Cómo es posible que los Colegios de Abogados, durante décadas, se encuentren violando un rosario de preceptos constitucionales, derechos humanos fundamentales y normas de diversas materias, sin que haya autoridad ni político alguno que se anime a aplicar la ley, más allá del temor reverencial a corporaciones y gremios ilegales?

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En síntesis, a más de deplorar los agudos índices de ignorancia jurídica e incumplimiento de la ley, los jueces corruptos, luego de los debidos procesos, tendrían que ser enviados a las cárceles, de esas que tienen a reos sin sentencias durante años y hasta décadas BOLIVIA: ESTADO DE COMA O DE DES/GRACIA Para los que vimos y recordamos la película de Ingmar Bergman, “El Huevo de la Serpiente”, que refleja en toda su crudeza el ambiente social que precedió al Tercer Reich, algo como un símil al proceso de incubación de los reptiles (rastreros, bajos, viles, pérfidos, traidores, serpientes), se nos pone la piel de gallina al observar los estertores de un Estado no nacido, fallido, por lo tanto no muerto, y que deambula con la agonía de una delirante Asamblea Constituyente, convocada con las pretensiones de hacer la refundación de un Estado boliviano que, recién tomamos conciencia, tal vez nunca fue fundado o naufragó en un permanente proceso de estar entre el ser y la nada. Como diría Jack El Destripador, vayamos por partes. Institucionalmente, los gobiernos de fines del siglo XX y los de inicios del siglo XXI fueron elegidos por el azar para sucumbir ante los embates de problemas estructurales y sociales secularmente acumulados, de conflictos postergados y no resueltos, contradicciones, rencores y múltiples conflictos de identidades, valores y aspiraciones excluyentes y exclusivas. Nuestra ampulosa legislación, maraña de normas calcadas o mal traducidas de diversas legislaciones foráneas, es inaplicable e inaccesible a partir de su caótico proceso de elaboración, aprobación, promulgación y difusión. No debe existir un ser humano capaz de comprender (menos aprehender) el texto y, peor aún, el espíritu de la legislación boliviana, así tan solo sea la de jerarquía mayor notoriamente vigente (Constitución Política, Leyes, Códigos, Decretos), dejando de lado millones de normas de menor jerarquía, pero que están vigentes y se aplican o no a sólo criterio o capricho del poderoso de turno. Abreviando, podemos evidenciar que no hay ni una incipiente cultura de cumplimiento de las leyes que rigen nuestra convivencia social, debido a la carencia de procesos continuos y legítimos para crear y acomodar reglas de juego adecuadas a nuestras realidades e idiosincrasias. No falla nuestra justicia, fallan los que la administran, pero tampoco se puede esperar mucho de personas que carecen de un marco institucional independiente y están sometidas a normas descontroladas, desconocidas, inaccesibles y no difundidas. Entonces, más que de justicia o injusticia, se trata nomás de que hemos logrado construir demasiado derecho (artificial, postizo, ajeno), para muy poca justicia.

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Sin hurgar mucho en nuestra historia, rica en episodios y anécdotas pasajeras, el centralismo estatal (sea en Sucre o en La Paz), fue identificado como un factor de ineficiencia e inequidad para las diversas regiones contempladas en la organización administrativa y territorial. Cuando tuvimos la oportunidad de atender con coraje y visión de país la demanda de descentralización, Paz Zamora no se animó a nada, mientras el primer Gobierno de Sánchez de Lozada, optó por la administrativa y postergó la política. Curiosamente, el sucesor del segundo gobierno de Sánchez de Lozada, Carlos Mesa, transó su cargo a cambio, entre otras cosas, de ceder a la demanda cruceña de elección-designación de Prefectos Departamentales, disparate in/constitucional que fue introducido dentro de las reformas constitucionales y que es el origen de gran parte del desbarajuste en el que nos encontramos. Prefectos con cheque en blanco y dibujo libre, sin control estatal ni social, reyezuelos en feudos librados a su suerte o a la de sus paniaguados líderes de campanario. Ante la ineptitud político-parlamentaria, para regular oportunamente el funcionamiento (competencias, atribuciones, obligaciones y responsabilidades) de los cruciales cargos prefecturales, representantes del Presidente y máximas autoridades políticas departamentales, el tremendo vacío de coordinación y poder regional, confluyeron en la demanda de autonomía departamental que, sometida a Referéndum, fue aprobado con fuerza vinculante en 4 Departamentos, (Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija) y rechazado en los otros 5 (La Paz, Oruro, Cochabamba, Potosí y Chuquisaca), pero, en ambos casos, por simples mayorías absolutas que, en los hechos y bajo diversas circunstancias, podrían resultar demasiado relativas, ya que sólo se plantearon dos opciones, Si o No, blanco o negro, se haya o no entendido por lo que se estaba votando. Simultáneamente, se convocó y eligió a 255 miembros de la Asamblea Constituyente, a la que se le encargó que, en un año, es decir, hasta el próximo mes de agosto, elabore un nuevo texto constitucional, el mismo que tendría que ser sometido a uno o más referéndum. La Asamblea no arrancó con un elemental proceso de pactos o preacuerdos constituyentes, no se concertó previamente una agenda básica y terminó convirtiéndose en una réplica, ampliada y empeorada, del Congreso nacional. Sus principales logros, en lo menudo, que no hay más, se concretaron a interminables debates sobre su reglamento interno, discusiones bizantinas, atrincheramientos, escaramuzas, posiciones dogmáticas y consignas partidarias irreductibles, incluida una aparatosa e innecesaria gira por las capitales departamentales. De lo encargado, hasta ahora nada, pero ya quisieron aprobar una primera prórroga de 4 meses y el pobre país

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tiene que seguir pagando dietas, viáticos y gastos a semejante cantidad de constituyentes, sus asesores y otros mal entretenidos, a más de permanentes chantajes y amenazas que nos tienen sumidos en la frustración ciudadana y la incertidumbre e inseguridad social.. En el duro terreno de la realidad, a más de las viejas mañas y prácticas políticas entre oficialismo y oposición (ausente toda noción de verdadera participación social), las Autonomías Departamentales aprobadas con fuerza vinculante departamental, pero sobre cuyo significado y alcances pocos pueden precisar, se convirtieron en una amenaza para la integridad nacional y hasta para la convivencia pacífica y democrática, particularmente cuando se conocieron propuestas e intenciones del MAS de llevar las autonomías al límite de lo absurdo, planteando un Estado Plurinacional, con algo así como 36 naciones, idiomas, culturas, territorios y accesorios, coexistiendo en un Estado Unitario y compitiendo con, en principio, 4 Gobiernos autónomos departamentales, cientos de Alcaldías autónomas, Universidades Públicas autónomas, representantes nacionales y departamentales elegidos según usos y costumbres, justicia comunitaria y ordinaria concurrentes y varias otras perlas de antología. El mismo MAS le puso el toque surrealista que faltaba, al plantear que las autonomías comunitarias, de origen o indígenas, suponían una redistribución geográfica y administrativa, en la que los servidores públicos tendrán que atender en su idioma y según sus usos y costumbres a los miembros de, por lo menos, 36 naciones autónomas comunitarias. A estos dislates, se sumaron discusiones sobre temas sensibles, como la capitalidad plena, (se habló de capitalía, y en el colmo de la ignorancia, una periodista publicó una columna de prensa repitiendo varias veces el término capitanía) que histórica y jurídicamente corresponden a Sucre, pero en los hechos tienen a La Paz como sede de gobierno, siendo lo más penoso que las partes en conflicto, a más de hacer alianzas regionales, políticas o sociales, no hacen el menor esfuerzo por justificar racionalmente el lugar más conveniente para oficiar de Capital y sede de uno o más poderes del Estado, que podría ser otra ciudad existente o por crearse. Así, donde faltan razones, sobran pasiones. A estas alturas, cuando la esperanza de cambios o reordenamientos consistentes estaban depositados en la faraónica Constituyente y ésta demostró enfáticamente que nada bueno podemos esperar de ella, el Gobierno empieza a desdibujar varias de las cosas buenas que, políticamente, lo potenciaron y le dieron un creciente respaldo popular, Por errores propios, con ayuda de intereses ajenos, comienza a mostrar las hilachas de malas gestiones administrativas, originadas en designaciones erradas y poco idóneas, para la administración de empresas de alta y compleja tecnología, como YPFB y COMIBOL, en las que no se puede cometer la

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irresponsabilidad de colocar a personal no idóneo, designado políticamente o por simple nepotismo, pues la factura la pagamos todos, más allá de cualquier proyecto político. Adicionalmente, las impostergables y perentorias reformas, por ejemplo en educación y en justicia, muestran inconsistencias o absoluta desorientación. En educación, ausente el principio de una educación para la vida, sólo se percibe el chenko de deseos subjetivos y planteamientos tipo collage, En justicia, nada de nada y en lucha contra la corrupción algo de teatro-de los otros- y mucho de poco-de los propios. Los seminarios, las declaraciones de coyuntura, alguna idea disparatada, las quejas de las ministras impotentes, sólo ayudan para agravar los problemas sectoriales. Mientras en un año y medio de gobierno la señora justicia y sus ayudantes duermen plácidamente en los suaves y finos cojines del poder, miles de personas son diariamente maltratadas en sus derechos más elementales, miles de presos sin vestigios de sentencias, miles de niños encarcelados, los impunes poderosos de siempre son cada vez más impunes, pero, de consuelo, tenemos Ministerio o, mejor, Misterio de Justicia, Por los efectos perversos de la politiquería criolla, en un país con generosos recursos de toda naturaleza y en condiciones externas muy favorables, por obra y gracia de la mezquindad de no más de 10 mil personas, sin tener arte ni parte, nos encontramos confrontados todos contra todos, un gobierno que, en rigor de verdad es un Presidente, contra una oposición que amenaza con desaparecer del todo el rato menos pensado, sucrenses contra paceños y alteños, occidentales con la media luna, collas contra cambas, demócratas contra corporativistas y fachos, mineros contra mineros, ponchos rojos con la unión juvenil, campesinos contra originarios, propietarios contra loteadores, militares contra policías y, así, podríamos seguir indefinidamente. Más allá de las veleidades politiqueras y sus “visiones de país”, (por lo visto son tuertos y hasta casi ciegos, pero con un apetito voraz para devorar todo lo que se les pone en frente- pegas, cargos, vehículos, tierras, dineros-), el país de verdad, nos muestra algunas cifras que invitan al equilibrio y a la esperanza de superar la aguda inequidad social, que es nuestro mayor y real problema, desterrando discriminaciones de todo tipo que, artificialmente, se nos pretenden imponer, de uno y otro lado.

"Me han dicho"... (I)

Susana Seleme Antelo

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Recurro a mi derecho de ciudadanía para compartir con ustedes cosas que a mi también "me han dicho", como dice el presidente Evo Morales. Así se escuda en el anonimato de sus 'fuentes informativas', que pueden ser de su propia cosecha, pues quién le dice, lo qué él dice que le dicen, es secreto de Estado, de gobierno y del guía espiritual.

"Me han dicho"que el montaje 'terrorismo-separatismo' fue diseñado a muchas manos: por enfermizos jacobinos locales y eficientes expertos externos. Lo real es la persecución a-jurídica mediante el chantaje y el miedo, para quebrar al enemigo, como atestigua un trabajo 'adjudicado' a Álvaro García Linera. Dicho texto habla de "Emancipación y contrahegemonía en Bolivia: estrategias para destruir la dominación k'hara", es decir los mestizos blancoides, que no nos prestamos al proyecto hegemónico del MAS. El Vice nunca aceptó su autoría, y lo adjudicó a algún "mal alumno que lo habría tergiversado en clases". Y sin un "me han dicho": me lo dijo por celular el propio Vice, en tono de queja por la mención a Pol Pot que hacía un amigo alemán y que cité en dos artículos publicados en estas páginas de Colaboradores, el 21 y del 28 de enero de 2007.

Lo que sí es cierto, porque está escrito en el trabajo de marras, es el objetivo: "Quitarle al k' hara su capital económico, social, cultural y político se convierte en una estrategia de poder mucho mas incisiva y sutil. Empobrecer al k' hara, romper sus relaciones sociales y mecanismos de ascenso y reproducción social, menospreciar la formación académica, sus meritos y reconocimientos... todo ello busca quitarle su sentido de vida".

No otra cosa es lo que han hecho con un ex trabajador de Branko Marinkovic para quebrarle la dignidad y la conciencia y hacerlo decir falsas verdades y abominables mentiras. "Me han dicho", y es verdad, que su esposa cobraba su sueldo aquí, porque él estaba en Miami, donde recibió en febrero pasado una buena liquidación laboral, con perdón de deuda incluida por $us 12.000. Desde allí, "me han dicho" fue 'transportado a Buenos Aires, y ¡de pronto, aparece en La Paz, 'disque' para decir su verdad! Pobre hombre de espíritu, un débil eslabón en la cadena de 'testigos protegidos' del gobierno.

Pero hete aquí que, a pesar de lo dicho por él hoy 'protegido', no hay imputación directa al industrial cruceño. La persecución a Branko ¿responde al racismo y la xenofobia de muchos en el MAS, porque, aunque siendo él nacido en Santa Cruz de la Sierra en 1967, sus padres son croatas y, de yapa, supieron trabajar la tierra, crear industria, generar empleos y cadenas productivas, exportar con valor agregado y expandir riqueza en Santa Cruz y Bolivia? También es porque nunca se doblego ante el poder. Mi solidaridad militante con toda la familia y mi vehemente repudio a las acciones del Gobierno para quebrar conciencias.

"Me han dicho"y es verdad verdadera, que Branko nada tuvo que ver ni con el terrorismo ni con el separatismo ni con quienes el gobierno empezó a hilar los hilos de la conjura contra la institucionalidad cruceña y su clase dirigente. "Me han dicho" y tampoco es mentira, que un cruceño, íntimo allegado al poder central, contactó a Eduardo Rozsas en España, en 2008 para que 'perfore' las

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filas autonomistas, con el señuelo de la propia defensa. Hubo quienes se dejaron 'encantar'´. No obstante, ¿qué acciones terroristas o separatistas llevaron a cabo esos cruceños? Ninguna.

"Me han dicho"... (II)

Susana Seleme Antelo

Pero es vox populi, aquí y fuera del país, que quienes pusieron la bomba en la casa del Cardenal Julio Terrazas fueron los la disuelta Utarc: los Clavijo, Andrade y compañía. También fueron ellos, "me han dicho" quienes mataron a mansalva a los tres extranjeros el 17 de abril de 2009 en el Hotel las Américas.

"Me han dicho" que los cerebros del montaje decidieron aplicarles 'un ajuste de cuentas' ya habían logrado penetrar en algunas filas cruceñas, pero empezaban a exigir más y se tornaban en peligrosos y potenciales delatores. Estorbaban, por eso los mataron sin asco, para borrar los nexos y las pruebas.

Me consta, aunque también "Me han dicho" que 'La Torre' fue una casa de campaña durante todo el tiempo que aquí se luchó por la autonomía frente al centralismo. Fui invitada más de cuatro veces a la presentación de encuestas, hechas para cada referéndum. Iba más que como polítologa, como una política sin partido, que milita en la izquierda democrática siempre perfectible, por la descentralización y la autonomía, como la mejor reforma del Estado.

En una de esas ocasiones encontré a José Pomacusi, nos sentamos uno al lado del otro y hasta intercambiamos criterios sobre las cifras mostradas. Había gente de todo color y oficio. "Me han dicho", que José y su programa "No mentiras", conducido por Sisi Añez, su profesional esposa, les molesta a los autoritarios estalinistas y antidemocráticos del MAS. Por eso, sin que José la coma ni la beba, el locuaz ex empleado de Branko Marinckovic lo menciona. ¿Porqué precisamente él, si ahí había muchos más? Porque es un buen periodista, señala 'la canalla' que habita en el MAS y rescata la crítica periodística plural, libre y democrática, como un derecho humano. "Me han dicho", ojalá que no sea así, que con José, el gobierno puede hacer lo mismo que con Carlos Valverde y "Sin letra Chica": censurarlos y sacarlos de la red nacional porque molestan y ponen el dedo en la llaga

También "me han dicho" que un connotado dirigente cruceño, poca 'presión' necesitó para desnudar la ausencia de un espíritu colectivo de defensa, de criterio político e integridad personal. El gobierno detectó debilidades, empezó a pescar en río revuelto, usó y usa a oscuros personajes y fabricó al funcional y obediente Fiscal Sosa. Aunque "me han dicho", que a pesar de los pocos valientes y de otros 'vendidos', ha habido entre los perseguidos-convocados a declarar ante Sosa, un digno joven cruceño al que el miedo y el chantaje, no le quebraron el alma. Es Zvonko Matkovic hijo. Hoy está detenido en San Pedro, La Paz, porque no dijo lo que exigía el libreto terrorista-separatista: no inculpó a nadie, porque no hay a quien inculpar. Solidaridad con el y su familia

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Pienso en él, en Branko, en los forzosos amigos exiliados, en los detenidos y acosados, y recuerdo el poema "Invictus" de William Ernest Henley (1849-1903) que leía Nelson Mandela en sus 27 años de prisión: " Desde la noche que sobre mi se cierne/negra como su insondable abismo/agradezco a los dioses si existen/por mi alma invicta/Caído en las garras de la circunstancia/nadie me vio llorar ni pestañear/Bajo los golpes del destino/mi cabeza ensangrentada sigue erguida/Más allá de este lugar de lágrimas e ira/yacen los horrores de la sombra/pero la amenaza de los años/me encuentra, y me encontrará, sin miedo/No importa cuán estrecho sea el camino/cuán cargada de castigo la sentencia/Soy el amo de mi destino/soy el capitán de mi alma".

"Me han dicho" (III y final)

Susana Seleme Antelo

Y hay que reconocerlo, que la puesta en escena que ha hecho el gobierno con el montaje terrorista separatista, para "Quitarle al k' hara ... su sentido de vida" ha sido más o menos eficiente. Ya hay varios a los que se lo están quitando. Allá ellos podríamos decir, pero "me han dicho", y es la más absoluta verdad, que "no hay mal que dure cien años, ni cuerpo de lo resista". Así lo van demostrando, "me han dicho", muchos cruceños acosados: no van a dejar que el MAS les roben el alma.

Claro que quiénes dirigen este 'escandaloso escándalo' de judicializar la política, "me han dicho", lo hacen para atemorizar a los adversarios, aprovechando sus debilidades y desuniones, para 'deshacerse' de ellos y de otros, por vía judicial anómala para imponer sin cortapisas su hegemonía totalitaria.

En cambio, los ex mandatarios de Estado -Víctor Hugo Cárdenas, Jorge Quiroga, Eduardo Rodríguez Veltze y Carlos Mesa han comprendido la importancia de enfrentar unidos los eventuales juicio de responsabilidades que pretende abriles el gobierno, por haber sido miembros del antiguo Estado Colonial. O del excluyente Estado Aparente del que habla el Vice, confundiendo "me han dicho" Estado con gobierno, y olvidando que mientras un gobierno es contingente y cambia en democracia, el Estado tiende a la constancia. ¿Qué tiempo de vida cree el MAS que tendrá este su Estado experimental comunitario, que camina al socialismo y al Estado Integral, García Linera dixit, de la mano de Lenin, no de Gramsci?

Los expresidentes, esgrimen, "me han dicho", que la norma que actualmente tramita contra ellos la Asamblea Legislativa 'refundada' a imagen y semejanza de los apetitos totalitarios del MAS, viola los derechos humanos y contraviene tanto la Constitución como diversos tratados internacionales. Saben ellos, "me han dicho" que la unión es un arma política insustituible, no sólo para defenderse de la 'guillotina judicial' con la que el gobierno masista amenaza y acosa. "Me han dicho" que también saben que la unidad sirve para acumular fuerzas, organizarse, defenderse y ganar en justa ley, frente a los parciales jueces puestos a dedo por el 'guía espiritual'.

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En cambio "me han dicho" y es comprobable, que en Santa Cruz cada quien anda por su cuenta, creyendo que cada cual tiene fuerza, garra y votos para enfrentar al enemigo principal. Siguen sin darse cuenta, "me han dicho" del poder total de ese enemigo, y lo confunden con adversarios circunstanciales. "Me han dicho" que de autonomía y vigencia de los estatutos que aprobamos con 86 % de votos, el gobierno no dará nada: aquí se impondrá el remedo de autonomía que el gobierno hizo aprobar en la Constituyente para arrasar, aplastar y confrontar, fiel a su visión hegemónica estalinista que es centralista sin concesiones.

Nos están queriendo arrancar el 'alma cruceña' que no es separatista ni terrorista. Ya se la han arrancado a algunos, "me han dicho", y las justificaciones no bastan: estamos desunidos por intereses coyunturales que desdeñan el objetivo estratégico: la autonomía es un proceso, y aun la debemos pelear.

Y mientras tanto, "me han dicho" que deberíamos releer, a Martín Fierro, quien sabiamente escribió: "Los hermanos sean unidos/Porque ésa es la ley primera/Tengan unión verdadera/En cualquier tiempo que sea/Porque si entre ellos pelean/Los devoran los de ajuera." La pertinencia de esos versos debería llamar a la reflexión y a la acción. Lo demás es un bochorno para Santa Cruz.

PERIODICO: LA GACETA JURIDICA FECHA: 11 DE DICIEMBRE DE 2001

La visión de los consejeros

Polémicas propuestas del Consejo de la Judicatura Soledad Domínguez - Sucre "Buscamos que se consolide la verdadera independencia del Poder Judicial", dijo el consejero Guido Chávez comentando la Propuesta de Reforma Constitucional que el Consejo de la Judicatura hiciera llegar en pasados días a manos del Congreso Nacional. Este es un documento de relativa extensión en el cual los consejeros plasmaron sus propuestas sobre lo que consideran debería reformarse o reformularse en los capítulos relativos el Poder Judicial dentro de la Constitución Política del Estado De este documento destacamos en esta oportunidad tres aspectos: la intención de los proponentes de eliminar al Tribunal Agraria Nacional como órgano independiente en el Poder Judicial; la defensa que hace el Consejo de su emergencia como órgano administrativo y disciplinario del Poder Judicial y la creación de un así llamado Consejo de Institucionalidad Judicial. NO A UN TRIBUNAL AGRARIO De entrada, en el Título Tercero relativo al Poder Judicial y en el Capítulo 1 referido a las disposiciones generales, los proponentes enuncian el artículo 116 de esta manera: "El Poder Judicial se ejerce por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Tribunal Constitucional, las Cortes Superiores. Tribunales y

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Jueces de instancia que establece la ley". En la última oración del párrafo señalan: "El Consejo de la Judicatura forma parte del Poder Judicial". Luego, se aclara que "la facultad de juzgar en la vía ordinaria, contenciosa. Contencioso administrativa y agraria y la de hacer ejecutar lo juzgado corresponde a la Corte Suprema y a los Tribunales y jueces respectivos bajo el principio de unidad jurisdiccional." Con ello, se obvia la existencia de un Tribunal Agrario Nacional y es que, según los proponentes, bajo el principio de unidad arriba enunciado, no puede considerarse la existencia de un Poder Judicial Agrario "que se constituye en un poder paralelo al ya existente que, sumado a las contadas atribuciones que en esta materia cuenta este Tribunal Agrario, hace injustificable toda la estructura administrativa con la que cuenta actualmente". Para los consejeros, la materia agraria debería ser también competencia de la Corte Suprema, que conocería recursos de casación en una sala especializada. En un próximo número, La Gaceta Jurídica consultará la opinión de los-vocales del Tribunal Agrario sobre el tema (actualmente, se encuentran en vacación anual). Por lo pronto, traemos a colación la opinión del jurisconsulto chuquisaqueño Gabriel Peláez, quien en repetidas oportunidades manifestó a este medio su criterio de sacar al Tribunal Agrario de la estructura del Poder Judicial -muy al contrario de lo que proponen los consejeros- por las connotaciones especiales, no sólo jurídicas sino sociológicas, que tiene la materia agraria en Bolivia y porque por ello mismo no se relaciona en absoluto con la jurisdicción ordinaria. Para los proponentes, empero, la existencia de una judicatura agraria muy apartada de los tribunales ordinarios -Poder Judicial Agrario lo llaman ellos- más bien obedecería a intereses de poder político, que no otra cosa es la "prohibición constitucional de revisar, modificar o anular las decisiones que en esta materia se den por el Servicio Nacional de Reforma Agraria". (Esta última institución ya dejó de existir: la emergencia del Tribunal Agrario está ligada a la del Instituto Nacional de Reforma Agraria). Un detalle más, quizás un error. No se obvia al Tribunal Agrario cuando más adelante, se sugiere como atribución del Consejo "proponer a la Comisión de Institucionalidad Judicial, nóminas para la designación de los Ministros de la Corte Suprema de Justicia, Magistrados del Tribunal Constitucional y Magistrados del Tribunal Agrario Nacional, de acuerdo al Sistema de la Carrera Judicial." INDEPEnDIENTES Si esto opinaron y propusieron los consejeros en contra de la existencia del Tribunal Agrario, en otra extensa parte del documento se manifiestan muy a favor de mantener y consolidar la independencia que tanto defienden para las acciones del Consejo de la Judicatura.

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Esto se evidencia en la parte relativa al Consejo de la Judicatura, en un Capítulo IV de la propuesta que dice: "El Consejo de la Judicatura está integrado por consejeros: su organización y número estará determinado por ley. Internamente elegirán entre ellos su presidente”. Especialmente con la ultima oración, se reivindica la aspiración que tiene este órgano se reivindica la aspiración que tiene este órgano administrativo y disciplinario a manejarse independientemente del control que ejerce la Corte Suprema a nombre del Poder Judicial. Con esta propuesta, ¿estará apuntando el Consejo a dejar sin validez lo que ya se ha planteado en el anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial, es decir, abrogar la Ley 1817 e incluir el Consejo como un organismo conformante del Poder Judicial en un capítulo determinado? Parece evidente. Y es que la Ley 1817 proclama la independencia funcional y administrativa de este órgano, mientras que la actual Constitución señala que el presidente de la Corte Suprema es también presidente del Consejo de la Judicatura. A todo esto, los proponentes justifican así el "cambio: "su Presidencia (la del Consejo) debe ser interna y responder al órgano, ya que a la fecha se tiene la experiencia y las dificultades de una presidencia con funciones dobles y distintas que debe cumplir el presidente de la Corte Suprema: es decir, debe guardarse la independencia interrogantica en el Poder Judicial, teniendo presente el sistema de frenos, pesos y contrapesos del propio sistema democrático y la especialidad, de las competencias que tiene cada órgano". Los ministros de la Corte Suprema han señalado en diversas oportunidades -el ministro Eduardo Rodríguez lo hizo en un seminario organizado por el Colegio Nacional de Abogados en Sucre- que el Consejo es un órgano al servicio del Poder Judicial y por ello es perfectamente lógico que la presidencia de este Consejo la ejerza el presidente de la Corte Suprema. El ministro Rodríguez precisó en aquel seminario, efectuado a principios de noviembre, que el Consejo tiene una deficiente concepción originaria, porque su ley le ha otorgado una mal entendida autonomía funcional. "No puede haber administrador que no coordine con los destinatarios de sus servicios. La razón de ser del Consejo es servir para que el Poder Judicial sea más eficiente. No es un fin en sí mismo" dijo. CONSEJO DE INTITUCIONALIDAD Lo novedoso de las propuestas del Consejo está en la última parte del documento y se refiere a la creación de un Consejo de Institucionalidad Judicial. Este sería el ante encargado de designar a ministros de la Corte Suprema de Justicia magistrados de Tribunal Constitucional y consejeros de la Judicatura de nóminas y propuestas por el Consejo de la Judicatura en los casos de ministros y magistrados, y de nóminas de magistrados de la Corte Suprema de Justicia en el caso de consejeros de la judicatura.

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transitoria cuarta del actual Código de Procedimiento Penal (conocido también como NCPP) que en su último párrafo dice: "Recibidas las causas, los juzgados y tribunales .liquidadores dispondrán su publicación en un medio de circulación nacional conminando a las partes para que en el plazo de tres meses continúen el proceso, bajo advertencia de declarar extinta la acción penal. Vencido este plazo, sin que se cumpla el apercibimiento, se dispondrá la extinción de la acción penal". SÍ, SE TRABAJÓ Hace un tiempo atrás, la consejera de la judicatura María Teresa Rivero de Cusicanqui expresaba a La Gaceta Jurídica que el trabajo para recabar de los juzgados liquidadores el detalle de las causas que quedaban sin movimiento en el antiguo procedimiento penal era una tarea por demás ardua para el Equipo Técnico de Implementación del NCPP dependiente del Consejo. El director de prensa del Consejo, Rodolfo Mérida, complementó recientemente que las cortes de Distrito y los jueces demoraron mucho en enviar el detalle de las causas detenidas, o que si cumplieron a tiempo, hubo que pedir se corrigieran errores que resultaban evidentes. Según Mérida, con la debida anticipación el Consejo envió por escrito a todas las cortes para que se distribuyera en los juzgados liquidadores- el modelo de la información que se debía hacer conocer al Consejo. Esto es, en orden numérico, el nombre del querellante, el nombre del imputado y el tipo de delito por el que se lo procesa. A principios de noviembre, el Consejo anunció en tres oportunidades y por un medio de circulación nacional la pronta publicación del detalle de las causas. SALIÓ Esta separata se publicó, finalmente, el 22 de noviembre en el periódico Los Tiempos, de difusión nacional. El mismo detalle de causas también ha sido impreso en una tirada de 30 mil ejemplares para ser distribuido en los distritos judiciales, a las cortes supremas, las fiscalías departamentales, las delegaciones del Consejo, las oficinas del Defensor del Pueblo y de Defensa Pública, los Colegios de Abogados y otras organizaciones que tienen que ver con la administración .de justicia, y también para los litigantes interesados, según información de la Dirección de Prensa del Consejo. Cerca de 40 mil causas están detenidas en los juzgados liquidadores, según se aprecia en el detalle de esa publicación. El distrito de La Paz, contando esa ciudad y El Alto tiene cerca de once mil procesos pendientes: Cochabamba como seis mil y Santa Cruz cerca de ocho mil, para citar los distritos más importantes.

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DEMORA Hace algunos días, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia solicitó al presidente de este alto tribunal y del Consejo de la Judicatura, doctor Guillermo Arancibia, una explicación de por qué el Consejo tardaba tanto en publicar el detalle de los procesos detenidos, pues se trata de un tema que interesa a toda la ciudadanía. El Consejo, mientras lanío, ya estaba en proceso de impresión de esas listas. A propósito de ello su dirección de prensa advirtió que puede haber errores ortográficos en la relación de los nombres y hasta en la tipificación de los delitos, pero esto -como se apunta en advertencia que figura en la tapa de la publicación- es atribuible a los juzgados que enviaron esa información. El Equipo Técnico de Implementación del NCPP, según explicaciones de la oficina de prensa, incluso viajó a los asientos judiciales a explicar cómo se debía enviar la información. En todo caso, destacó Mérida, fue también un verdadero esfuerzo de los jueces liquidadores de las capitales y provincias sistematizar tanto detalle. CORREN PLAZOS Luego de la publicación de las causas que quedaron sin movimiento y que deberán procesarse aún bajo el antiguo procedimiento, resta esperar que las partes interesadas acudan a los juzgados liquidadores a reactivarlas. De hacerlo así, éstas deberán estar concluidas en un plazo máximo de cinco años computables a partir de la publicación del Nuevo Código de Procedimiento Penal, según señala el artículo tercero transitorio del NCPP, esto quiere decir que el plazo ya empezó a correr el 31 de mayo del año 2000.

PERIODICO: LA GACETA JURIDICA FECHA: 27 DE NOVIEMBRE DE 2001

Pronunciamiento del Tribunal Constitucional

Prosecución del proceso penal por una desaparición forzada Mediante la Sentencia Constitucional Nº 1190/01-R del 12 de noviembre. el Tribunal Constitucional declaró procedente el recurso de Amparo Constitucional presentado por la madre del universitario José Carlos Trujillo -desaparecido del lugar de su detención en Santa Cruz en 1972, hasta la fecha- en contra de varios vocales y un ex juez de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz por haber declarado éstos extinguida la acción penal seguida contra los imputados, por los delitos de privación de libertad y otros, por presunta prescripción legal del mismo. AIMTECEDENTES Este proceso se inició en cumplimiento de una sentencia de la Corte

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Interamericana de Derechos Humanos, dictada el 26 de enero de 2000, por violación de los derechos consagrados en la Convención Americana en sus artículos. 1.1. 3. 4. 5.1. 5.2. 7. 8. 1 y 25, ordenando que se identifique, procese a sancione penalmente a los autores de la detención, tortura y desaparición forzada de Trujillo, hechos que fueron reconocidos por el Estado boliviano como de su responsabilidad. Es así que mediante auto inicial, el juez 5° de Instrucción en lo Penal, el 27 de marzo de 2000 abrió causa contra Justo Sarmiento Alanes, Pedro Percy Gonzales Monasterio, Elías Moreno Caballero y Antonio Guillermo Elío, por los delitos de privación de libertad, vejaciones y torturas, ampliándola posteriormente contra Ernesto Morant Lijerón, Oscar Menacho y Rafael Loayza, por los mismos delitos. Posteriormente, el 13 de agosto de 2000, los imputados solicitaron se declare la extinción de la acción por prescripción y muerte de uno de ellos: Rafael Loayza, pedido que el juez atendió favorablemente disponiendo el archivo de obrados el 10 de noviembre de 2000. resolución que lúe apelada por la madre de la víctima; sin embargo, la misma fue confirmada el 12 de enero de 2001 por la Sala Penal Primera de la Corte de Santa Cruz, a raíz de lo cual la afectada presentó Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional. LA ARGUMENTACIÓN El Tribunal Constitucional, a tiempo de declarar procedente el recurso planteado por la señora Oroza, anuló dicha sentencia judicial, el Auto de Vista de 12 de enero de 2001 dictado por la Sala Penal Primera, disponiendo la prosecución del sumarlo penal contra los Imputados, en base a los siguientes argumentos: 1. La privación ilegal de libertad o detenciones ilegales, conforme lo entiende de manera uniforme la doctrina y la jurisprudencia comparada, es un delito permanente, debido a que en la ejecución de la acción delictiva, el o los autores, están con el poder de continuar o cesar la acción antijurídica y mientras esta perdure, el delito se reproduce a cada Instante en su acción consumativa. Difiere esta figura jurídica del delito instantáneo en cuyo caso la ofensa al bien jurídico cesa inmediatamente después de consumada la conducta típica, por ejemplo el homicidio. De acuerdo al art. 30 del Código de Procedimiento Penal vigente, la prescripción comienza a correr, desde la medianoche del día en que se cometió el delito para las infracciones penales instantáneas y para los delitos permanentes, desde el momento en que cesa su consumación. 2. Establecido el carácter permanente del delito de privación Ilegal de libertad del caso analizado, y que la víctima no ha recuperado hasta el presente su libertad, la prescripción no ha comenzado a correr, puesto que para computar la prescripción de los delitos permanentes se debe empezar a contar desde el día en que cesa la ejecución del delito, vale decir, en este caso, cuando la persona recupere su libertad.

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QUEBRANTAMIENTO DE PUBLICIDAD Por otra parte, el Tribunal Constitucional anuló también el Auto de Vista de 13 de enero de 2001 dictado por los vocales de la Sala Penal Segunda bajo el fundamento de que infringieron el concepto de independencia judicial de los jueces, vale decir "la sumisión del juez a la ley" en el Estado de Derecho, al haber dictado la resolución impugnada en base a una resolución que había dictado la Sala Penal Primera, en una problemática distinta a la que estaba conociendo, y que además denegaron justicia al no haber resuello en lo específico la expresión de agravios expuestos en el recurso de apelación de la recurrente. Asimismo, esta Sentencia Constitucional expresa que los vocales de la Sala Penal Segunda quebrantaron una de las condiciones esenciales de la administración de justicia cual es la publicidad, consagrada por el art. 116-X constitucional, así como las garantías de la igualdad procesal, establecidas por .el art. 12 de la Ley No 1970, al aceptar el petitorio de los imputados, sin conocimiento de la parle contraria, de que se lome en cuenta el Auto de la Sala Penal Primera que confirmó la prescripción, lesionando así el derecho fundamental consagrado por el art. 7-a) de la C.P.R. sobre la seguridad que debe tener todo ciudadano de que los jueces y tribunales de la Nación tramitarán y resolverán los procesos en el marco de lo establecido por la Constitución y las leyes.

PERIODICO: EL DIARIO FECHA: 27 DE NOVIEMBRE DE 2001

Algo sobre el Poder Judicial

Mario R. Vidaurre Es de dominio de la ciudadanía que eI Poder Judicial tiene la misma categoría que los Poderes Legislativo y Ejecutivo por mandato expreso del Art. 2o. de la Constitución Política del Estado que dice: “La Soberanía reside en el pueblo; es inalienable e imprescriptible; su ejercicio es-i delegado a los Poderes Legislativo Ejecutivo y Judicial. La independencia y coordinación de estos poderes es la base del gobierno. Las funciones del poder público: legislativa, ejecutiva y judicial, no pueden ser reunidas en el mismo órgano". Entonces no es dable que el Legislativo elija al Poder Judicial, en su cúpula superior, ya que de mantenerse esta situación se tendría que modificar dicho artículo y decir que la Constitución Boliviana sólo tiene dos poderes: Legislativo y Ejecutivo. Los Ministros de la Corte Suprema, así como los Magistrados del Tribunal Constitucional y los miembros del Consejo de la Judicatura son elegidos por el Congreso Nacional que, como todos saben, está integrado por senadores y diputados que son elegidos por la ciudadanía en acto eleccionario nacional.

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Aquí viene la pregunta: ¿por qué en ese acto eleccionario no se elige también al Poder Judicial, sabiendo que la Soberanía reside en el pueblo y su ejercicio está delegado a los 3 poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial?. Si se habla de la independencia y coordinación de estos tres poderes que son la base del gobierno, resulta que actualmente el Poder Judicial está subordinado al Poder Legislativo en lo inherente a su formación o elección de sus miembros superiores, porque así dice la Constitución, con lo que se demuestra que la aludida Constitución está mal redactada, quitando facultades a un Poder y adjudicando a otro, cuando en verdad se debería establecer ecuanimidad, respetando atribuciones sin lugar a imposiciones y menoscabo de derechos. Si el Legislativo elige al Judicial, ¿acaso el Judicial no puede elegir al Ejecutivo y éste al legislativo? El Poder Judicial no puede seguir siendo sometido ante otro Poder. Si se ha soportado durante tantos años semejante atropello, ha llegado el momento de su reivindicación por parte de los ABOGADOS del país, que son los únicos soportes del Poder Judicial, por cuanto de alguna manera todo este Poder está en manos de los abogados por ser los únicos entendidos en la materia. Consiguientemente se podría calificar a los abogados como los cuasi-dueños de dicho Poder, ya que resultaría inaudito que un ingeniero, médico, agrónomo, economista u otro profesional esté sentado en el sillón destinado exclusivamente al "magistrado abogado". El Art. 116 de la Constitución dice: "El Poder judicial se ejerce por la Corte Suprema de Justicia, el Tribunal Constitucional, las Cortes Superiores de Distrito, los tribunales y jueces de instancia y demás tribunales y juzgados que establece la Ley. La Ley determina la organización y atribuciones de los juzgados y tribunales de la República. El Consejo de la Judicatura forma parte del Poder Judicial". Este artículo tiene varios incisos importantes. Aquí se habla del Poder Judicial, reiterando la superior categoría que fija el citado Art. 2o. Ahora, si el Poder Judicial es producto de la Soberanía que reside en el pueblo y tiene la misma fuerza e independencia que el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo con los que debe mantener "coordinación", por qué el Legislativo tiene que elegir al Poder Judicial, cuando plenamente puede ser designado por la ciudadanía votante o elector en similares condiciones de elección que los otros dos poderes, con los aditamentos adecuados o condiciones especiales en cuanto a requisitos que se debe exigir y que deben estar señalados en la misma Constitución y leyes complementarias. La culpa de todo esto la tienen los partidos políticos que han usado al Poder Judicial con fines sectarios partidistas, y particularmente los abogados y Catedráticos de Derecho Constitucional de las Facultades de Derecho de cada departamento al mantener silencio ante semejante aberración constitucional. Se ha permitido y se continúa haciendo la repartija, entre partidos políticos, de la designación de miembros del Poder Judicial en sus diferentes ramas de administración judicial, situaciones conocidas por diferentes órganos da comunicación social de todo el país.

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El consejero informó que el plan para el venidero año, que fue elaborado por el Consejo de la Judicatura, los órganos jurisdiccionales del país e incluso la Asociación de Magistrados y Jueces, dio como resultado un presupuesto adicional de 89 millones de bolivianos en relación al año pasado. "Nosotros visitamos al Viceministro del Presupuesto y lamentablemente la situación del país es muy delicada. Nos comunicaron que las recaudaciones por concepto de Aduana y Renta Interna bajaron ostensiblemente", manifestó Chávez al recalcar que es muy difícil que el presupuesto del Poder Judicial sufra algún incremento. SOLICITUDES En reunión que mantuvieron el presidente y los vocales de la Corte de Santa Cruz con el delegado administrativo del Consejo de la Judicatura, Jorge Rendón, se hizo conocer el detalle de los principales requerimientos en materia de recursos humanos e infraestructura. Se argumentó la multiplicación del trabajo en las salas penales de la Corte cruceña con el nuevo sistema de aplicación de medidas cautelares que establece el NCPP. Asimismo, se mencionó que desde el funcionamiento del Tribunal Constitucional se ha recargado el trabajo de las salas en un promedio de 1.5 recursos por día, teniendo en cuenta que éstas actúan como tribunales de primera instancia en el conocimiento de demandas de amparos y hábeas corpus. Algo parecido sucede con los secretarios de cámara, que están ocupados en la transcripción de las audiencias y sentencias pronunciadas en ellas. A raíz de estas solicitudes, la Corte cruceña resolvió que dentro de los requerimientos del POA-2002 se incluya la asignación de 10 nuevos ítems para los segundos y terceros secretarios de sala. También se pidió la creación de dos juzgados en materia de Trabajo y Seguridad Social, lo que representa la creación de dos nuevos ítems para jueces de partido en materia laboral, dos ítems para los secretarios, dos ítems para auxiliaros y dos para oficiales de diligencias de dichos juzgados. SALARIOS Otro de los lemas que preocupa es el relativo al aumento de sueldos que solicitaron la semana pasada los jueces de la Corte cruceña. A este respecto, el consejero Guido Chávez informó que están a la espera de recibir un crédito del Banco Mundial (BM) que forma parte del Programa de Reforma Institucional (PR1), el cual estuvo inicialmente a cargo de la Vicepresidencia de la República. "Se ha apuntado al Poder Judicial en varios aspectos, como infraestructura, equipamiento, capacitación, y también - por esta única vez- el tema de los salarios", indicó la autoridad judicial al aclarar que los representantes del PRI, durante su corta estadía en la capital oriental, no hablaron de montos.

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Aprovechando la visita líe los consejeros Guido Chávez y Luis tartos Paravicini a Santa Cruz, los jueces de la Corte solicitaron un incremento de sueldos "acorde a la importancia de) trabajo que desempeñan y la carga procesal que afrontan". "Básicamente, se les ha indicado que el aumento está condicionado al reglamentó de la carrera judicial y la capacitación", expresó Chávez y subrayó que los estudios para implementar esta política van a concluir máximo el 30 de abril de 2002. "Habrá aumento el 2002 con el crédito del Banco Mundial, ya veremos en qué proporción y cuándo. Y los señores jueces entendieron". Para contrarrestar el problema de la sobrecarga laboral no sólo en Santa Cruz sino en todo el país, Chávez dijo que el Consejo de la Judicatura contempla la creación de nuevos juzgados, aparte de los 22 que se habilitaron este año, la mayoría de ellos en la ciudad de El Alto, "una ciudad en sostenido crecimiento". En el caso cruceño, la creación de juzgados estará condicionada al número de causas rezagadas, una vez que éstas sean publicadas en la prensa nacional. "Vamos a racionalizar todos los recursos humanos y prestaremos mayor atención a la parte jurisdiccional". CIFRAS El presupuesto asignado al Poder Judicial para la gestión que finaliza ascendió a cerca de Bs 420 millones. Antes el monto era de Bs. 394 millones, más un pequeño soporte destinado al NCPP que, al final, fue cubierto por el Consejo de la Judicatura. "Pero de acuerdo con cálculos hechos con los otros distritos, incluyendo el aumento salarial, llegaríamos a un presupuesto adicional de Bs. 89 millones que, lastimosamente, el Tesoro General de la Nación (TGN) no dispone". A todo esto, según se informó, Santa Cruz aporta a los recursos propios del Poder Judicial con un poco más del 40 por ciento. Finalmente, el consejero indicó que el Poder Judicial ha ido disponiendo sus recursos para cubrir algunas necesidades. "Todo lo que es salarios debiera ser aportado por el TGN, que son más o menos Bs. 300 millones; sin embargo, no soporta más que una parte. Por tanto, el Poder Judicial lo hace- con casi el 60 por ciento de sus recursos y el restante por el TGN". En cuanto a la infraestructura, el petitorio de la Corte cruceña incluye el cercamiento del predio del Palacio de Justicia con una verja ornamental para controlar el paso del personal, los litigantes y público en general. Exige también presupuesto para la reposición de vidrios quebrados en las recientes manifestaciones universitarias, así como la dotación de un equipo especial de seguridad debido a las constantes amenazas de bomba.

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SEGÚN SU PRESIDENTE, GUILLERMO ARANCIBIA Modificación de la Ley No 1836 solucionaría conflicto con la Suprema

(El Presidente de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de la Judicatura, doctor Guillermo Arancibia López, aclaró a inicios de esta semana que, de acuerdo con las conversaciones llevadas adelante con la Comisión de Constitución del Senado Nacional, el Congreso deberá modificar la Ley No 1836 del Tribunal Constitucional para solucionar el conflicto suscitado entre el Supremo Tribunal y ese órgano del Poder Judicial. Así lo informó un boletín especial del departamento de prensa de la máxima instancia judicial. Arancibia se refirió al tema a propósito de las declaraciones del presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara Alta, H. Gastón Encinas Valverde, quien había señalado que el problema ya estaría prácticamente solucionado. "De ninguna manera" dijo el magistrado a tiempo de advertir que la salida al conflicto se dará cuando se modifique la Ley No 1836 del Tribunal Constitucional, por cuanto los magistrados de este último órgano interpretan esa ley de un modo completamente diferente a los ministros de la Corte Suprema. Recordó que la falta de entendimiento entre el Tribunal Constitucional y la Corte Suprema de Justicia no fue superada en los contactos directos entre los miembros de estos organismos judiciales, de manera que hubo necesidad de recurrir a los otros poderes del Estado. La idea inicial fue la de convocar a una Cumbre de los tres poderes, pero sólo hubo oportunidad de coordinar acciones con el Legislativo, iniciativa de la cual nacen las gestiones que vino realizando la Comisión de Constitución de la Cámara Alta. Recordó que, para este efecto, los miembros de la indicada comisión se reunieron durante dos viernes consecutivos en la ciudad de Sucre con la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia. Como resultado de esos encuentros, se acordó específicamente la modificación de la ley que prescribe el funcionamiento del Tribunal Constitucional, para lo cual la Corte Suprema de Justicia hará llegar sus propuestas que serán consideradas como documento de trabajo por la Comisión de Constitución del Senado. Hizo notar, por otra parte, que la indicada comisión, pese a su importancia, es sólo una parte del Senado, pues la modificación de la Ley Nº 1836 deberá recorrer todavía un largo camino hasta su sanción definitiva. En las reuniones con la Comisión de Constitución del senado, los miembros de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia efectuaron una consistente exposición de sus preocupaciones al respecto de la “cosa juzgada” y a una adecuada interpretación de los recursos constitucionales, para devolver la seguridad jurídica al país.

PERIODICO: LA GACETA JURIDICA FECHA: 30 DE OCTUBRE 2001

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estos días salió por primera vez a la luz el Boletín Informativo de ese alto organismo, a cargo de su oficina de Relaciones Publicas. El boletín contiene información precisa sobre los movimientos de causas registrados en el tribunal, así como un resumen de jurisprudencia en materia agraria. Contempla, igualmente, información suscinta, pero precisa sobre las actividades más Importantes realizadas por ese alto organismo. Rn este número se dedica especial atención al Primer Seminario Internacional "El Derecho Agrario en América Latina" que se realizara en la capital en el mes de julio, con el apoyo del Banco Mundial. También se recupera las apreciaciones que hiciera el actual presidente, Hugo Ernesto Teodovich sobre el presente y futuro de la judicatura agraria. Ello en ocasión de celebrarse el segundo aniversario de instalación del Tribunal Agrario Nacional. CAUSAS INGRESADAS Según detalle ofrecido en páginas del boletín, sus dos salas agrarias recibieron hasta el 31 de agosto el siguiente detalle de causas: En la sala primera se registraron 34 procesos contencioso-administrativos; 12 causas acerca de nulidad de títulos. 45 recursos de casación, 3 casos de recusación y 1 de compulsa. En la sala segunda se recibió 40 procesos contencioso-administrativos, 6 sobre nulidad de título, 45 recursos de casación, 2 de recusación y 1 compulsa, haciendo un total, entre ambas salas de 189 casos recibidos. CAPACITACIÓN En el boletín también se destaca la capacitación a los jueces agrarios que viene desarrollando el tribunal. Se trata de una capacitación in situ, es decir, en el mismo lugar donde los funcionarios trabajan, o, por lo menos, en las capitales de sus distritos judiciales. Esta modalidad de capacitación, se dice en el boletín, "tendiente a evaluar la actividad de los juzgados y a cubrir las dudas y vacíos que pudieran tener los jueces agrarios, está demostrando la importancia de realizar un seguimiento constante y permanente a su labor". Se aclara, más adelante, que la capacitación y actualización de los jueces agrarios ha sido y es una de las principales labores que se ha impuesto el Tribunal Agrario Nacional, desde el momento mismo del inicio de sus actividades. "No existen antecedentes previos en el país en esta materia, por lo que lo que se viene realizando y lo que se haga, seguramente encontrará dificultades, pero, pese a ello, servirá como base para el fortalecimiento y la plena consolidación de la judicatura agraria, como parte del Poder Judicial, dentro del marco de autonomía que señala la ley", concluye la nota

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SEMINARIOS La capacitación de los funcionarios agrarios ocupa más espacio en este primer boletín. Señala como principales acontecimientos en este campo la capacitación de los primeros jueces agrarios nombrados en abril del 2000. Su capacitación inicial se realizó en coordinación con el Instituto de la Judicatura precisamente en abril de aquel mes. "Sin embargo, las autoridades del Tribunal Agrario Nacional nunca consideraron que esta capacitación inicial fuera suficiente, dado lo amplio del tema agrario y lo novedoso que en muchos aspectos resultaba su procedimiento", señala el boletín para mencionar luego la celebración de dos seminarios taller efectuados en Cochabamba y Santa Cruz entre el 2000 y el 2001. El contenido de estos seminarios, desglosado conjuntamente con los operadores de la justicia agraria, se refirió a la aplicación de la Ley 1715, en el caso del primer seminario, realizado en Cochabamba: y a la conciliación como Corma alternativa a los juicios agrarios y a la oralidad en los procesos agrarios, en el caso del seminario realizado en Santa Cruz. LOS FUNCIONARIOS En el Boletín Informativo también se consigna, con detalle, el informe de las causas presentadas ante los 43 juzgados agrarios del país, así como el detalle de todos los funcionarios designados para estos juzgados por la Sala Plena del Tribunal Agrario Nacional. De acuerdo a datos proporcionados por Relaciones Públicas del ciento (esto es, cuatro o cinco, una cantidad mínima) de funcionarios designados, especialmente jueces, renunciaron a sus cargos para optar a jueces de Materia Penal en la justicia ordinaria. Por su capacitación en la oralidad de los procesos (que se practica en materia agraria) pudieron fácilmente acceder a otros puestos en el nuevo sistema procesal penal. En todo caso, se aclaró, sus vacancias fueron inmediatamente llenadas por otros funcionarlos igualmente capacidad.