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RECURSO DE REVISIÓN RECURRENTE: JULIO NAVARRO CORTEZ ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC EXPEDIENTE: RR.0256/2011 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal. Teléfono: 56 36 21 20 En México, Distrito Federal, trece de abril de dos mil once. VISTO el estado que guarda el expediente identificado con el número RR.0256/2011, relativo al recurso de revisión interpuesto por Julio Navarro Cortez, en contra de la respuesta emitida por la Delegación Cuauhtémoc, se formula resolución en atención a los siguientes: R E S U L T A N D O S I. El quince de febrero de dos mil once, Julio Navarro Cortez presentó ante este Instituto recurso de revisión en contra de la respuesta emitida por la Delegación Cuauhtémoc el once de febrero de dos mil once, a través del sistema electrónico “INFOMEX”, con motivo de la solicitud de información presentada el trece de enero de dos mil once, a la cual le correspondió el número de folio 0405000002911, en la que requirió en medio electrónico gratuito: “Anexo a la solicitud de información A su solicitud de información el particular adjuntó el archivo denominado “Formato Delegaciones.docx”, con los siguientes requerimientos: “… Con referencia a diversos mecanismos de participación ciudadana que opera esa Demarcación Política en términos de diversas leyes del Distrito Federal, me permito solicitar la siguiente información: Ley y artículo Nombre del mecanismo Información solicitada Ley de Asistencia e Integración Social, art. 6 Consejo para la Asistencia y Prevención de la Violencia Familiar Lista de integrantes y reporte de actividades. Ley de Desarrollo para el Consejo Delegacional de Lista de integrantes y

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RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: JULIO NAVARRO CORTEZ

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC

EXPEDIENTE: RR.0256/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

En México, Distrito Federal, trece de abril de dos mil once.

VISTO el estado que guarda el expediente identificado con el número RR.0256/2011,

relativo al recurso de revisión interpuesto por Julio Navarro Cortez, en contra de la

respuesta emitida por la Delegación Cuauhtémoc, se formula resolución en atención a

los siguientes:

R E S U L T A N D O S

I. El quince de febrero de dos mil once, Julio Navarro Cortez presentó ante este Instituto

recurso de revisión en contra de la respuesta emitida por la Delegación Cuauhtémoc el

once de febrero de dos mil once, a través del sistema electrónico “INFOMEX”, con

motivo de la solicitud de información presentada el trece de enero de dos mil once, a la

cual le correspondió el número de folio 0405000002911, en la que requirió en medio

electrónico gratuito:

“Anexo a la solicitud de información

A su solicitud de información el particular adjuntó el archivo denominado “Formato

Delegaciones.docx”, con los siguientes requerimientos:

“… Con referencia a diversos mecanismos de participación ciudadana que opera esa Demarcación Política en términos de diversas leyes del Distrito Federal, me permito solicitar la siguiente información: Ley y artículo Nombre del mecanismo Información solicitada

Ley de Asistencia e Integración Social, art. 6

Consejo para la Asistencia y Prevención de la Violencia Familiar

Lista de integrantes y reporte de actividades.

Ley de Desarrollo para el Consejo Delegacional de Lista de integrantes y

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EXPEDIENTE: RR.0256/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

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Distrito Federal, art. 19 Desarrollo Social reporte de actividades.

Ley de Educación del Distrito Federal, art. 168

Consejo Delegacional de Educación

Lista de integrantes y reporte de actividades.

Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, art. 2

Consejo Delegacional de Verificación Ciudadana

Lista de integrantes y reporte de actividades.

Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal, art. 33

Consejo Delegacional para el Fomento de la Cultura

Lista de integrantes y reporte de actividades.

Ley de Fomento para el Desarrollo Económico del Distrito Federal, art. 22

Comité de Fomento Económico Delegacional

Lista de integrantes y reporte de actividades.

Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal, art. 36

Consejo de Personas Adultas Mayores

Lista de integrantes y reporte de actividades.

Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, art. 47

Consultas Ciudadanas Número de eventos de consulta realizados en la demarcación

Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, art. 51

Colaboración Ciudadana Número de actividades conjuntas pactadas en la demarcación

Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, art. 74

Recorridos del Jefe Delegacional Número de recorridos realizados

Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, art. 85

Comisiones de Administración y Supervisión

Número de comisiones instaladas y operativas en la demarcación

Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, art. 54

Comité Mixto de Planeación Lista de integrantes y reporte de actividades.

Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal, art. 1

Consejo Consultivo Ciudadano Delegacional para la Atención y Bienestar de los Animales

Lista de integrantes y reporte de actividades.

Ley de Protección Civil del Distrito Federal, art. 16

Denuncias por riesgos en lugares públicos

Número de denuncias recibidas y atendidas, número de procedimientos administrativos iniciados como consecuencia.

Ley de Protección Civil del Distrito Federal, art. 33

Consejo Delegacional de Protección Civil

Lista de integrantes y reporte de actividades.

Ley de Salvaguarda del Patrimonio Artístico Arquitectónico para el Distrito Federal, art. 32

Junta Delegacional de Salvaguardia

Lista de integrantes y reporte de actividades.

Ley de Seguridad Pública Comité de Seguridad Pública Lista de integrantes y

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EXPEDIENTE: RR.0256/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

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para el Distrito Federal, art. 63

Delegacional reporte de actividades.

IMPORTANTE: La información requerida se solicita para los años 2008, 2009 y 2010. …” (sic)

El Ente Público respondió dicha solicitud de información el once de febrero de dos mil

once, a través del sistema electrónico “INFOMEX”, en los siguientes términos:

“… Respuesta Información Solicitada

Por este conducto y en atención a su solicitud de información presentada a través del sistema electrónico de solicitudes de información denominado INFOMEX, por medio del cual solicita información respecto a los mecanismos de participación ciudadana que operan en la Delegación Cuauhtémoc, en términos de diversas leyes del Distrito Federal; al respecto hago de su conocimiento lo siguiente:

Adjuntos al presente encontrará en archivo electrónico los oficios DGODU/0087/2011, de fecha 17 de enero de 2011, firmado por el Subdirector de Control y Gestión de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, Ing. Juan Elías Vera; DSP/078/11, de fecha 19 de enero de 2011, suscrito por el Director de Seguridad Pública, Lic. Juan Víctor Manuel Guajardo Sosa; DIFEC/028/2011, de fecha 21 de enero de 2011, signado por el Director Interinstitucional de Fomento Económico y Cooperativo, C. Jorge Gandarilla Salgado, DGJYG/421/2011, de fecha 26 de enero de 2011, suscrito por el Director General Jurídico y de Gobierno, C. Arturo Pradel García; SA/00148/2011, de fecha 27 de enero de 2011, signado por la Subdirectora de Administración de la Dirección General de Desarrollo Social, C. P. Silvia Alejandra Limón Carmona, SP/047/2011, de fecha 02 de febrero de 2011, signado por la Secretaria Particular del Jefe Delegacional, C. Hermelinda Carrillo Martínez y, DGPCGS/102/2011, de fecha 11 de febrero de 2011, signado por el Director General de Participación Ciudadana, C. Juan José Pandal Jiménez, a través de los cuales, los servidores públicos firmantes, de conformidad con sus atribuciones, otorgan la debida atención a sus requerimientos planteados en la solicitud que nos ocupa.

Lo anterior se hace de su conocimiento para los efectos procedentes.

En virtud de lo antes expuesto, esta Desconcentrada da la debida atención a su solicitud de acceso a la información pública, de conformidad con lo establecido en los artículos 1, 2, 3, 8, 11, 26, 45, 46, 47, 48, 49, 51 y 76 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. …

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Teléfono: 56 36 21 20

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Archivos adjuntos de respuesta

ANEXO 1, SOL.0029-11, MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA. pdf

ANEXO 2, SOL.0029-11, PARTICIPACIÓNM MECANISMOS. pdf …” (sic)

El primer archivo adjunto contiene la digitalización de las siguientes documentales:

Oficio DGODU/0087/2011 del diecisiete de enero de dos mil once, suscrito por el Subdirector de Gestión y Obras, dirigido a la Coordinadora de Asesores del C. Jefe Delegacional en Cuauhtémoc, que en la parte conducente señala:

“... En referencia a su oficio CA/0079/201 1 en el que transmite la solicitud de Información Publica vía correo electrónico folio 0405000002911, turnada a la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano en la que se solicita información con referencia a diversos mecanismos de participación ciudadana que opera esta demarcación política en términos de diversas leyes del Distrito Federal Al respecto se comenta lo siguiente: En archivos de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano en Cuauhtémoc no se cuenta con la 'información solicitada' al respecto de los diversos mecanismos o consejos Delegacionales, comités, consultas ciudadanas, comisiones y juntas Delegacionales mencionadas en la solicitud mencionada en el primer párrafo de este documento. La información solicitada podrá ser proporcionada por los titulares de los comités, subcomités, consejos y juntas que oficialmente conformados dentro de la Delegación Cuauhtémoc. …” (sic)

Oficio número DSP/078/11 del diecinueve de enero de dos mil once, suscrito por el Director de Seguridad Pública, dirigido a la Coordinadora de Asesores del Jefe Delegacional en Cuauhtémoc, el cual en la parte conducente señala:

“… Me refiero a su oficio CA/0068/2011 de fecha 14 del mes y año en curso referente a la solicitud de acceso a la información pública número 0405000002911, mediante el cual solicita la información relativa a:

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Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

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Ley de Seguridad Pública para el Distrito Federal

Comité de Seguridad Pública Delegacional

Lista de integrantes y reporte de actividades

IMPORTANTE: La información requerida se solicita para los años 2008,2009 y 2010 Esta lista de integrantes es la misma para los años 2008 al 2009.

LIC. NORANELLY GONZALEZ GAONA PRESIDENTA DEL COMITÉ DELAGACIONAL LIC. MARIO ALBERTO CAMACHO SORIANO SECRETARIO TÉCNICO DEL COMITÉ C. DIEGO ESCUDERO ALATORRE REPRESENTATE DE LA ASMBLEA LEGISLATIVA LIC. ENRIQUE HUMBERTO PRIEGO CHAVEZ FISCAL DESCONCENTRADO EN CUAHUTÉMOC C. JAIME ANDRÉS CORTÉS VALLE SUBDIRECTOR DE POLICIA COMUNITARIA. C. RAÚL NIETO CASTAÑEDA SUBDIRECTOR DE POLICIA CIVICA LTC. FRANCISCO OTERO ENLACE SEG. PUB. EN LA CUH 1 LIC. LUIS ERNESTO BECERRA RAMOS ENCARGADO DE LA POL. COM EN TLATELOLCO C. MAURICIO JOSÉ CARRANZA GONZÁLEZ EN CARGADO DE LA POL. COM. EN CUH -2 C. ALEJANDRO HERNANDEZ CHAVARRIA ENLACE DE SEG. PUB. EN LA CUH-3 C. ISRAEL PENILLA DEL CASTILLO ENLACE DE SEG. PUB. EN LA CUH-5 LIC. JAIME GERARDO GONZÁLEZ VALLE ENLACE DE SEG. PUB. EN LA CUH-7 LIC, JOSÉ CASTELLANOS LOERA ENLACE SE SEG. PUB. EN LA CUH-8 C. GUSTAVO FLORES MENDOZA REPRESENTANTE DE TRÁNSITO LIC. MINERVA ROSALES AVILA VOCAL VECINAL EN TLATELOLCO-STA. MARÍA. LIC. MIGUEL ANGAL PACHECO VOCAL VECINAL CENTRO HISTÓRICO ING. LUIS GÓMEZ VOCAL VECINAL CENTRO HISTÓRICO C. CRISTINA SERRANO MORALES VOCAL VECINAL EN OBRERA DOCTORES C. JAIME BOSCH GALLARDO VOCAL VECINAL EN OBRERA DOCTORES

Lista de integrantes del año 2010

LIC. AGUSTÍN TORRES PÉREZ PRESIDENTE DEL COMITÉ LIC JUAN VÍCTOR MANUEL GUAJARDO SOSA

SECRETARIO TÉCNICO DEL COMITÉ

CMTE. CARLOS J. MALDONADO MONTES DE OCA

SECRETARIO

LIC. JOSÉ LUIS GONZALES MENDOZA FISCAL DESCONCENTRADO EN CUAUHTÉMOC LIC. RAÚL NIETO CASTAÑEDA J.U.D. POLICIA COMUNITARIA Y ENLACE

OPERATIVO 1° OFICIAL RAYMUNDO JIMENEZ BAZALDÚA DIRECTOR EN LA 41° U. P.C. BASE BUENAVISTA POLICIA 2° ISMAEL CHÁVEZ SANTIBAÑEZ ENCARGADO DE LA 4° U. P.C. ALAMEDA DELTA LUIS ERlCK GUTIÉRREZ VALENCIA REP. DIR. DE LA 29° DE LA 3 U. P. C ZONA ÁNGEL

ROSA LIC. BENJAMÍN CONDE SORIANO REP. DIRECTOR EJECUTIVO REGIÓN

CUAUHTÉMOC CMTE. UBALDO AGUILLÓN SANTILLÁN SUBDRIC. DEL. DE POLICÍA JUDICIAL EN

CUAUHTÉMOC POL 2° RICARDO RAMIREZ NAVA REP. DIRECTOR DE ZONA OPERACIÓN VÍAL 2 SUBINSPECTOR RAMÓN CARMONA MARTÍNEZ

COMTE. DEL 52 AGRUPAMIENTO DE LA POL. AUX

C. BRUNO MANUEL MORALES LOZANO ENCARGADO 4° U.P.C. ALAMEDA OMEGA 1°OFICIAL GUILLERMO ORTÍZ REYES REP. DIR. EN LA w Y 31-UB.CB. . HERALDO

MMCALCO

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Teléfono: 56 36 21 20

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C. MARTÍN OLGUÓN IBARRA REP. DIR EN LA 4° Y 5° ALAMEDA REVOLUCIÓN LIC. JACOBO RIVERA FLORES SUBDIR. DE ENLACE NTE. DIR. GRAL. DE PART.

CIUDADANA C. ALEJANDRO CAMACHO ROSAS SUBDIRECTOR DE COMINIUCACIÓN SOCIAL DR. OSVALDO A. CRUZ VILLALOBOS DIRECTOR GENERAL DE ADMINISRTRACIÓN PROF. RICARDO CASTILLO AGUILAR SUBDIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVL DIR. JESÚS GODÍNEZ RIQUELME DIR. TERRITORIAL EN TEPITO-GUERRERO LIC. DANIEL TORRES GUTIÉRTREZ J. U. D DE CONTROL Y GESTIÓN DE DENUNCIA

CIUDADANA C. JODAD DE ROSAS REP. DIR. TERRITORIAL EN JUÁREZ SAN RAFAEL LIC. RAFAEL DEL CASTILLO RODRÍGUEZ J. U. D. J. U .R, GOB Y S.P. DIR. TERR. EN TEPITO-

GUERRERO LIC. JOSÉ ANTONIO SALINAS ESTRELLA J. U. D. J. U. R., GOB Y S.P. DIR. TERR. EN CENTRO-

HISTORICO C. MARIO ALBERTO TREJO LÓPEZ REP. DIR. TERRITORIAL EN CENTRO HISTÓRICO LIC. GLORIA ELIZABETH AMADOR BAUTISTA J. U. D. J. U. R., GOB Y S. P. DIR. TERR. EN ROMA-

CONDESA LIC, AARÓN SAUCEDA NUÑÉZ J. U. D. DE SEG. PUB. EN SANTA MARÍA

TLATELOLCO. C. AÍDA TORRES ÁLVAREZ REPRESENTANTE DE LA COORDINACIÓN CUH.-2 LIC. ATAHUALPA AJA VENTURA J. U. D. DE POLITICAS DE GOB. Y SRV. A LA

COMUNIDAD CLAUDIA E. VICENTEÑO HERNANDEZ ENLACE TERRITORIAL ZONA SUR. PART.

CIUDADANA C. ALFREDO MOMTERROSAS JIMÉNEZ REPRESENTANTE JEFE DE GOBIERNO EN CUH-1 C. ANA LUISA GONZÁLEZ FERNÁNDEZ REPRESENTANTE JEFE DE GOBIERNO EN CUH-2 C. ROSENDO G. FUENTES MENDIOLA REPRESENTANTE JEFE DE GOBIERNO EN CUH-3 C. JESÚS A. HERRERA OTERO REPRESENTANTE JEFE DE GONIERNO EN CUH-4 C. MARTHA RAMIREZ MARTÍNEZ REPRESENTANTE JEFE DE GONIERNO EN CUH-5 C. FRANCISCIO ESLAVA ACAÑA REPRESENTANTE JEFE DE GOBIERNO EN CUH-6 C. MARÍA LUISA SOTO SÁNCHEZ REPRESENTANTE JEFE DE GOBIERNO EN CUH-7 DRA. GILDA ROSAURA TORRES VELAZQUEZ REPRESENTANTE JEFE DE GOBIERNO EN CUH-8 C. MIGUEL ÁNGEL PACHECO VOCAL VECINAL CENTRO HISTÓRICO C. MARÍA CRISTINA SERRANO MORALES VOCAL VECINALDOCTORES C. JAIME BOSCH GALLARDO VOCAL VECINAL DOCTORES

Respecto del reporte de actividades El área bajo mi responsabilidad a través de la Policía Complementaria, dentro de sus funciones operativas tiene la calidad de garante, y como consecuencia en su esfera de actividades es la de establecer y organizar el Comité de Seguridad Pública como instancia de consulta y participación ciudadana, en el cual los participantes presentan casos a consideración y resolución del Comité, generando acuerdos entre sus integrantes para después ser revisado y ratificados con el objeto de implementar los operativos necesario a efecto de contener y/o bajar el índice delictivo en esta demarcación territorial; por ende , el reporte de actividades solicitado se considera como concerniente a ciertas estrategias descritas conforme al Sistema Nacional de Seguridad Pública ( y su Ley derivada conforme a los artículos 21 último y penúltimo párrafos, así como 123 apartado 'B' fracción XIII de la Constitución Federal), y del mismo modo de sus normativas ramificaciones asignadas en la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal (numerales

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17 fracciones IX, XIII y VI), y considerando que la información solicitada presenta las características de ser de uso manifestó de los planes de seguridad, a excepción que sea remitida una orden de autoridad competente que funde y motive su petición y con qué fines requiere esa información a efecto de estar en la posibilidad de dar cabal contestación a dicho punto cuestionado, ya que de lo contrario estaríamos en riesgo de incurrir en una responsabilidad sancionada conforme a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, con independencia de una infracción y/o sanción de índole penal. …” (sic)

Oficio número DIFEC/028/2011 del veintiuno de enero de dos mil once, suscrito por el Director de por el Director Interinstitucional de Fomento Económico y Cooperativo, dirigido a la Coordinadora de Asesores del Jefe Delegacional, de la Delegación Cuauhtémoc, el cual en la parte conducente señala:

“En respuesta a la solicitud de información pública que nos fue requerida mediante oficio con número de folio 0405000002911 en el cual el C. Julio Navarro Cortez solicita información a través del sistema INFOMEX, le informo: 1. Lista de integrantes del Comité de Fomento Económico Delegacional El comité de Fomento Económico se encuentra conformado por: En el año 2008 estaban al frente del Comité como:

Presidente: Ing. José Luis Muñoz Sorda Jefe Delegacional en Cuauhtémoc

Vicepresidente: Ing. Zeky Murra Lara Director de Instrumentos Económicos de la Secretaria de Desarrollo Económico (SEDECO)

Secretario Técnico: Lic. José Luis Águila Ochoa Director interinstitucional y de Fomento Económico

En el año 2009 estaban al frente del Comité:

Presidente: I. José Luis Muñoz Soria Jefe Delegacional en Cuauhtémoc en la 8° Sesión del 13 de Febrero. II. Lic. Ma. Guadalupe Gómez Ramírez Jefa Delegacional en Cuauhtémoc en las Sesiones 9° del 24 de julio y 10º del 25 de Septiembre III. Lic. Agustín Torres Pérez Jefe Delegacional en Cuauhtémoc en la 11" Sesión del 27 de Noviembre

Vicepresidente: Ing. Zeky Murra Lara Director de Instrumentos Económicos de la SEDECO

Secretario Técnico:

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l . Lic. José Luis Águila Ochoa Director Interinstitucional y de Fomento Económico en las Sesiones 8ª del 13 de Febrero 9ª del 24 de Julio y 10ª del 25 de Septiembre II. Jorge Gandarilla Salgado Director interinstitucional de Fomento Económico y Cooperativo en la 11ª Sesión del 27 de Noviembre

A partir del añ0 2010 están al frente del Comité

Presidente: Lic. Agustín Torres Pérez Jefe Delegacional en Cuauhtémoc

Vicepresidente: Ing. Zeky Murra Lara Director de Instrumentos Económicos de la SEDECO

Secretario Técnico: Jorge Gandarilla Salgado, Director interinstitucional de Fomento Económico y Cooperativo

2. Reporte de actividades El Comité de Fomento Económico de la Delegación Cuauhtémoc tiene como objetivo apoyar a las micro y pequeña empresas dedicadas a actividades de comercio, industria y prestación de servicios, clasificadas como de bajo impacto: mediante el impulso y desarrollo económico mediante la generación de empleo y la promoción de la inversión para de esta manera dar cumplimiento al Programa de Fomento Económico Delegacional. EI Comité realiza actividades de naturaleza económica mediante conferencias o eventos que promuevan la inversión productiva y el empleo y selecciona temas específicos a desarrollar en cada sesión en atención al interés que representa para los integrantes del Comité y sus invitados. Para este fin se invita a las sesiones del Comité a especialistas y personalidades del ámbito económico que deseen comunicar mensajes y experiencias de instituciones públicas o privadas. Los temas abarcan los ámbitos de la economía del Gobierno Federal, Gobierno del Distrito Federal, Gobierno Delegacional de Cuauhtémoc, Asociaciones Empresariales, Empresas, Instituciones Bancarias, Instituciones Educativas, Sociedades Cooperativas. Embajadas de las diversas Naciones así como de ciudadanos que expresen su interés en participar y que deseen dar a conocer su mensaje a favor de la economía, el empleo, la inversión y la mejor calidad de vida.

Son invitados permanentes la Secretaría del Trabajo y Fomento al empleo del Gobierno del Distrito Federal, el Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México, la Secretaría de Desarrollo Económico del Gobierno del Distrito Federal, capacitadores y facilitadores de los cursos de capacitación empresarial y de Fomento Cooperativo de la Delegación Cuauhtémoc y Organizaciones Productivas del Sector Privado, Organizaciones Productivas del Sector Social, Instituciones Financieras no Bancarias,

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Instituciones de Investigación y Educación Públicas y Privadas, Banca y Desarrollo Comercial y Dependencias del Gobierno Federal. Durante el 2008 se llevaron a cabo 3 sesiones ordinarias con los temas

13 de Febrero del 2008 1. Presentación 'impuestos a Depósitos en Efectivo‟ 2. Presentación ‟Programa de Calidad Integral y Modernización‟ 3. Presentación „Programa Centro de Desarrollo Empresarial Competitividad‟ 4. Presentación „Programa de Participación Ciudadana en la Delegación Cuauhtémoc

5. Presentación „Beneficios y Resultados que otorgan los Medios Alternos en Campañas de Ia Publicidad para la Pequeña y Mediana Empresa‟

22 de Mayo de 2008 1.- Presentación „Fondos Económicos 2009 2 Presentación „Programas de Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa del Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México‟ 3. Presentación 'Semblanza de la Industria Restaurantera' 4 Presentación del "Colegio Superior de Gastronomía'

15 de Agosto de 2008 1. Presentación de „La Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad en las Comunidades del D. F‟ 2. Presentación de „La Secretaria de Turismo de la Ciudad de México‟ 3. Presentación de la „Cámara de Comercio, Servicios y Turismo de la Ciudad de México‟ 4. Presentación del 'Instituto Nacional de Estadísticas, Geografía e Informática INEGI‟ 5. Presentación del „Museo Panteón de San Fernando‟

Durante el año 2009 se llevaron a cabo 4 Sesiones Ordinarias

13 de Febrero del 2009 1. Presentación de la „Secretaria del Trabajo y Fomento al Empleo‟ 2. Presentación „INEGI y los Censos Económicos 2009‟ 3:Presentación „Acciones que Realiza la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios se Servicios Financieros CONDUSEF‟ 4. Presentación el „Programa Moderniza para el Sector Turístico‟ 5. Presentación 'Las Ferias del Empleo en la Ciudad de México‟

24 de Julio del 2009 1. Presentación de la „Confederación Patronal de la República Mexicana COPARMEX‟ 2, Presentación „Promoción al Fomento Cooperativo ' 3. Presentación 'Alternativa Publicitaria de Radio por Internet‟

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EXPEDIENTE: RR.0256/2011

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Teléfono: 56 36 21 20

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4. Presentación 'Levantamiento de Establecimientos Grandes INEGI‟

25 de Septiembre de 2009 1. Presentación „Cierre de Censos Económicos del 2009 INEGI‟ 2. Presentación del 'Programa de Capacitación. Calidad y Competitividad Turística del D.F.‟ 3. Presentación 'Incubación de Empresas y el Desarrollo Económico‟ 4. Presentación „Oferta Educativa E LEARNING Colegio de Empresarios‟

27 de Noviembre del 2009 1. Presentación de las Autoridades actuales 2. Presentación de las „Funciones del Comité de Fomento Económico‟ 3 Presentación de la Secretaria del Trabajo y Fomento al Empleo‟ 4. Presentación del „Programa de Capacitación Calidad y competitividad Turística del D.F‟

Durante el 2010 se llevaron a cabo 4 sesiones ordinarias con los temas:

25 de Marzo de 2010 1. Informe de actividades de la Dirección de Fomento Económico y Cooperativo (DIFEC), correspondientes al trimestre 2. Programa del Comité de Fomento Económico 3. Presentación de las „Funciones del Fondo para el Desarrollo Social de la ciudad de México’ (FONDESO) 4. Presentación de la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo 'Cooperativismo en México' 5 .Presentación de la Secretaria de Turismo de la Ciudad de México 'Festival Gastronómico de la Ciudad de México‟

24 de Junio del 2010 1. informe del Comité de Fomento Económico. 2. informe de actividades de la DIFEC, correspondientes al trimestre 3. Presentación del I.P.N 'Incubación de empresas en el Politécnico, una Perspectiva para

México‟ 4. Presentación de CANIRAC „Proyecto la Feria del taco‟ 5 Presentación de la Cooperativa UCAT AT S.C. de R. L. de C. V.

29 de Septiembre de 2010 1. Informe del Comité de Fomento Económico 2. Informe de actividades de la DIFEC, correspondientes al trimestre 3 Presentación de la incubadora de empresas México Nuevo 'La Incubación de Empresas para la Competitividad de la Ciudad de México‟ 4. Presentación de 'Tecnología y Estrategias para el Desarrollo de las PYMES‟

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EXPEDIENTE: RR.0256/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

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5. Presentación 'Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas‟

03 de Diciembre de 2010 1. Informe del Comité de Fomento Económico 2. Informe de actividades de la DIFEC, correspondientes al trimestre 3 Presentación de Vibración Alternativa 'Vibración Alternativa para Cambiar tu Vida" 4. Presentación del „Manual del Comité de Fomento Económico de la Delegación Cuauhtémoc' 5. Presentación de COPYME 'Financiamiento Federal para la Pequeña y Mediana Empresa …” (sic)

Oficio número DGJYG/421/2011 del veintiséis de enero de dos mil once, suscrito por el Director General Jurídico y de Gobierno, dirigido a la Coordinadora de Asesores de Jefe Delegacional de la Delegación Cuauhtémoc, el cual en la parte conducente señala:

“En atención a su oficio número CA/0072/2011 de fecha 14 de enero del año en curso, mediante el cual remite la solicitud de información pública ingresada a través del sistema electrónico INFOMEXDF con número de folio 0405000002911, por la cual el C Julio Navarro Cortez Marisol solicita información respecto a los diversos mecanismos de participación ciudadana que opera en esta Demarcación, en términos de diversas leyes del Distrito Federal.

Al respecto, sírvase encontrar anexo a la presente, copia simple del diverso número DG/150/2011 de fecha 20 de enero de 2011, signado por el Lic. José de Jesús Covarrubias Vázquez, Director de Gobierno, adscrito a esta Dirección General, mediante el que remite anexa la información relacionada al asunto de mérito …” (sic)

Oficio número DG/150/2011 del veinte de enero de dos mil once, suscrito por el Director de Gobierno, dirigido al Subdirector de Control y Gestión de la Delegación Cuauhtémoc, el cual en la parte conducente señala:

“En relación con su atento oficio número SCYG/041/2011 de fecha 14 de Enero del presente año, por medio del cual solicita se remita en un término no mayor a siete días hábiles la información solicitada por el C. Julio Navarro Cortés a través del sistema electrónico INFOMEZDF número 0405000002911, respecto a los mecanismos de

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participación ciudadana que operan en esta Demarcación, en términos de las distintas Leyes del Distrito Federal.

Al respecto anexo sírvase encontrar las respuestas relacionadas con las áreas que corresponden a ésta Dirección a mi cargo. …

CONFORME A LA LEY DE PROTECCIÓN CIVIL EN SU ARTÍCULO 16

[Transcripción del artículo 16 de la Ley de Protección Civil para el Distrito Federal]

DENUNCIAS CIUDADANAS

INGRESADAS EN SPC

ATENDIDAS EN SPC

CANALIZADA A PROCURADURÍA SOCIAL

CANALIZADA A JUZGADOS CÍVICO

CANALIZADA A MINISTERIO PÚBLICA

CANALIZADA VERIFICACIONES Y REGLAMENTOS

2008 44 44 20 20 2 2

2009 50 50 30 14 2 4

2010 55 55 22 28 2 3

[Transcripción del artículo 33 de la Ley de Protección Civil para el Distrito Federal]

Sesiones del Consejo Delegacional de Protección Civil

1ª Sesión 2ª Sesión Integrantes Acuerdos 1ª Sesión Acuerdos 2ª Sesión

2008 20 marzo 2008

4 nov 2008 Directores Generales Directores Territoriales

Propuesta a la Reforma de la Ley y Reglamento de Protección Civil en el Distrito Federal

Propuesta para la realización de simulacros de sismo con la intervención de autoridades del Gobierno del Distrito Federal.

2009 28 mayo 2009

27 nov 2009 Directores Generales

Informe de actividades del 2007 al 2008 de la Subdirección de Protección Civil

Instalación del consejo Delegacional de Protección Civil 2009-2012. Propuesta para la aprobación del os Subconsejos territoriales de Protección Civil.

2010 28 mayo 2010

8 dic 2010 Directores Territoriales

Informe de actividades Instalación de los Subconsejos de Protección Civil

Presentación del manual operativo, integración de comisiones. Acuerdo de caducidad de programas internos.

Conforme a la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal artículo 2, hago de su conocimiento que el Consejo Delegacional de Verificación Ciudadana Órgano Colegiado de Ciudadanos que tiene por objeto coadyuvar con las autoridades en la vigencia del cumplimiento de la Ley por parte de los Establecimientos Mercantiles, a la fecha no se ha conformado en este Órgano Político Administrativo por carecer de Reglamento que regule su integración y funcionamiento.

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Oficio número SP/047/2011 del dos de febrero de dos mil once, suscrito por la Secretaría Particular, dirigido a la Coordinadora de Asesores, del Jefe Delegacional de Cuauhtémoc, el cual en la parte que nos interesa señala:

“En atención a su oficio de fecha 14 de enero de 2011, en relación a la solicitud de acceso a la información con número de folio 0405000002911, ingresada a través del sistema de solicitudes de información Pública del Distrito Federal, INFOMEX, por medio del cual, se solicita el número de recorridos realizados por el Jefe Delegacional. Al respecto podemos comentar que en el actual gobierno Delegacional, ha sido una práctica visitar a los vecinos en sus predios, calles y colonias, debido a que esto nos permite reconocer la realidad social, y de esta manera llevar a cabo un ejercicio de planeación participativa. Con este propósito, en el 2010 se realizaron 16 recorridos en 28 colonias y visitado 137 predios entre los que se encuentran vecindades, condominios, unidades habitacionales y edificios. Asimismo se realizaron 62 asambleas vecinales con una asistencia de 8 mil 432 personas. (sic)

Oficio número SA/00148/2011 del veintisiete de enero de dos mil once, suscrito por la Subdirectora de Administración de la Dirección General de Desarrollo Social, dirigido a la Coordinadora de Asesores del Jefe Delegacional de Cuauhtémoc, el cual en la parte conducente señala:

“En respuesta a su similar No. CA/0069/2011, a través del cual me remite para su respuesta la Solicitud de Información Pública número 0405000002911, emitido por el C. Julio Navarro Cortez, sobre el particular me permito enviar a usted, la información requerida en forma impresa y en medio magnético. Cabe aclarar que solamente 5 de los Consejos que se enlistan corresponden a la Dirección General de Desarrollo Social. …” (sic)

Anexo al oficio anterior, el cual contiene la siguiente información:

“… SOLICITUD:

Con referencia a diversos mecanismos de participación ciudadana que opera esa Demarcación Política en términos de diversas leyes del Distrito Federal, me permito solicitar la siguiente información:

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1.- Lista de integrantes y reporte de actividades del Consejo para la Asistencia y Prevención de la Violencia Familiar. RESPUESTA:

CONSEJO PARA LA ASISTENCIA Y PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR EN CUAUHTÉMOC

LISTA DE INTEGRANTES DEL CONSEJO

Presidente Lic. Agustín Torres Pérez Jefe Delegacional en Cuauhtémoc

Vicepresidente C. Alejandro Fernández Ramírez Director General de Desarrollo Social en Cuauhtémoc

Secretaría Técnica Lic. Rosa María Zabal Cortés Jefa de la Unidad de Atención y Prevención de Violencia Familiar

Consejero Lic. Arturo Pradel García Director General de Jurídico y Gobierno

Consejero Lic. José Luis González Mendoza Fiscalía Desconcentrada de Investigación en Cuauhtémoc PGJ-DF

Consejero Lic. Víctor Manuel Guajardo Sosa Director de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal

Consejero Mtro. Jorge Padilla Castillo Subdirector de Servicios Educativos

Consejero Dr. Víctor Javier Kawas Director de Jurisdicción Sanitaria

Consejero Ing. José Luis Muñoz Soria Diputado Local del Distrito X

Consejero Lic. María Alejandra Barrales Magdalena Diputada Local del Distrito XIII

Consejero Lic. Juanita Nuñez Flores

Directora de la Asociación de Mujeres

Sobrevivientes de Abuso Sexual MUSAS Organización Civil

Consejero Lic. Diana Lilian del Olmo Alvares Centro de Integración Juvenil Cuauhtémoc Oriente CIJ Organización Cívica

Consejero Maestra Susana Franklin S. Directora del Centro Especializado de Atención a la Violencia

DIARIO Organización Cívica

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REPORTE ACTIVIDADES PROPUESTAS DEL EQUIPO TÉCNICO

1. La creación de un formato que permita reportar indicadores de Violencia Familiar para obtener un diagnóstico Delegacional de las Unidades Territoriales a las cuales se brindaría atención en contra de la Violencia. 2. Sensibilización a personal de PGJ-DF para que brinden una mejor atención a víctimas de Violencia Familiar. 3. La elaboración de un directorio de institucional que trabajen con casos de Violencia Familiar el cual incluirá, teléfono, dirección, servicios que brinda, costos, horario y quien lo encabeza. Este consejo fue Instalado el 16 de noviembre de 2010 y no se tienen antecedentes de los ejercicios 2008 y 2009 2.- Lista de integrantes y reporte de actividades del Consejo Delegacional de Desarrollo Social RESPUESTA:

CONSEJO DELEGACIONAL DE DESARROLLO SOCIAL EN CUAUHTÉMOC

LISTA DE INTEGRANTES DEL CONSEJO

Institución y/o Área Titular Representante Delegación

Cuauhtémoc Lic. Agustín Torres Pérez

Jefe Delegacional Presidente

Delegación Cuauhtémoc

Alejandro Fernández Ramírez Director General de Desarrollo Social Secretario

Ejecutivo

Delegación Cuauhtémoc

Damaría Guerra García Subdirectora de Seguimiento y Evaluación de

Programas Prioritarios

Delegación Cuauhtémoc

Arturo Pradel García Director General de Jurídica y Gobierno

Integrante

Delegación Cuauhtémoc

Dr. Osvaldo Cruz Villalobos Director General de Administración

Integrante

Delegación Cuauhtémoc

Juan José Pandal Jiménez Director General de Participación Ciudadana y

Gestión Social Integrante

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Delegación Cuauhtémoc

Ing. Tertuliano de Jesús Reza Fernández Director General de Servicios Urbanos

Integrante

Delegación Cuauhtémoc

Arq. Martin Miguel Ruiz Martínez Director General de Obras y Desarrollo Urbano

Integrante

Delegación Cuauhtémoc

Lic. Víctor Manuel Guajardo Sosa Director de Seguridad Pública

Integrante

Delegación Cuauhtémoc

Lic. Jorge Garandilla Salgado Director Territorial en Tepito Guerrero

Integrante

Delegación Cuauhtémoc

Profra. Lucila Estela Hernández Directora Territorial en Obrera Doctores

Integrante

Delegación Cuauhtémoc

Olinka Villamar Estrada Directora Territorial en Roma Condesa

Integrante

Delegación Cuauhtémoc

María Leticia Díaz Gómez Directora Territorial en Centro Histórico

Integrante

Delegación Cuauhtémoc

Lourdes Ramos Sánchez Directora Territorial en Santa María Tlatelolco

Integrante

Delegación Cuauhtémoc

Edgar Doroteo García Directora Territorial en Juárez San Rafael

Integrante

Delegación Cuauhtémoc

Raùl Romero Rosas Subdirector Técnico de la Jefatura Delegacional

Integrante

Delegación Cuauhtémoc

Alejandro Camacho Rosas Subdirector de Comunicación Social

Integrante

Delegación Cuauhtémoc

C.P. Silvia Alejandra Limòn Carmona Subdirectora de Administración de la Dirección

General de Desarrollo Social Integrante

Delegación Cuauhtémoc

Dra. Silvia Alejandra Limón Carmona Subdirectora de Administración de la Dirección

General de Desarrollo Social Integrante

Delegación Cuauhtémoc

Dra. Alva Ordaz Fernández Subdirectora de Administración de la Dirección

General de Desarrollo Social Integrante

Delegación Cuauhtémoc

Dra. Alva Ordaz Fernández Subdirectora de de Servicios Médicos

Integrante

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Delegación Cuauhtémoc

Verónica Olvera Hernández Subdirectora de Actividades Deportivas

Integrante

Delegación Cuauhtémoc

Francisco García López Subdirector de Atención a Inmuebles con Viviendas

Plurifamiliares Integrante

Delegación Cuauhtémoc

Víctor González Romero Subdirector de Servicios Culturales

Integrante

Delegación Cuauhtémoc

Arturo Ortiz Durán Subdirector de Servicios Educativos

Integrante

Delegación Cuauhtémoc

Mtro. Jorge Padilla Castillo Subdirector de Servicios Educativos

Integrante

Asamblea Legislativa del Distrito Federal

ALDF

Dip. José Luis Muñoz Soria Distrito Local X

Integrante

Asamblea Legislativa del Distrito Federal

ALDF

Dip. Marta Alejandra Barrales Magdaleno Distrito Local XIII

Integrante

Secretaría de Desarrollo Social del

GDF

Lic. Martí Batres Guadarrama Secretario Integrante

Por lo que respecta al reporte de Actividades de los ejercicios 2008 y 2009, se comunica que después de efectuar una búsqueda exhaustiva de éstos no se encontraron en los archivos; y la reinstalación del consejo del ejercicio 2010 fue el 15 de diciembre de 2010.

REPORTE DE ACTIVIDADES

1. Se propuso al Consejo se conforme un Comité de Evaluación para la designación de los miembros consejeros. Por lo que se solicitó a los presente, pudieran verter sus propuestas para la integración de este Comité.

3. Lista de Integrantes y reporte de actividades del Consejo Delegacional de Educación RESPUESTA:

CONSEJO DELEGACIONAL DE EDUCACIÓN EN CUAUHTÉMOC

LISTA DE INTEGRANTES DEL CONSEJO

Presidente Lic. Agustín Torres Pérez

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Jefe Delegacional Secretario Técnico Alejandro Fernández Ramírez

Director General de Desarrollo Social en Cuauhtémoc

Secretario Operativo Mtro. Jorge Padilla Castillo Subdirector de Servicios Educativos

Vocal Olinka Villamar Estrada Directora Territorial en Roma Condesa

Vocal María Leticia Díaz Gómez

Directora Territorial en Centro Histórico

Vocal Edgar Doroteo García Directora Territorial en Juárez San Rafael

Vocal Profra. Lucila Estela Hernández Directora Territorial en Obrera Doctores

Vocal Dr. Jesùs Godìnez Riquelme Director Territorial en Tepito Guerrero

Vocal C. María de Lourdes Ramos Sánchez Directora Territorial en Santa María Tlatelolco

Invitados Especiales Por lo que respecta al reporte de actividades, se comunica que la información con que se cuenta es a partir del año 2010, ya que el Consejo donde explica las líneas de trabajo del mismo, así como su Estructura Orgánica, a continuación se describe: INSTALACIÓN DEL CONSEJO DELEGACIONAL DE EDUCACIÓN EN CUAUHTÉMOC

MARCO NORMATIVO DEL CONSEJO DELEGACIONAL DE EDUCACIÓN Ley General de Educación: Art. 70. De los Consejos de Educación Municipales; y para el D.F los Consejos de Educación para cada Delegación. Ley de Educación del Distrito Federal: Título Décimo: De la Participación Social; Capítulo I: De los Consejos de Educación; Art. 188. En cada Delegación Política se constituirá un Consejo Delegacional de Educación. Ley Orgánica de la Administración Púbica del Distrito Federal. Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2010. Programa de Desarrollo Social en Cuauhtémoc 2009-2012 OBJETIVO DEL CONSEJO' Establecer un órgano de consulta, opinión, asesoría y vinculación entre el gobierno delegacional, las instituciones de Educación y los actores sociales que tengan como propósito promover la equidad y la calidad educativa en la Delegación Cuauhtémoc

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OBJETIVOS PARTICULARES: Fortalecer la colaboración y Ia participación corresponsable de instituciones públicas y privadas para garantizar el derecho a la educación de los niños, las niñas y jóvenes, en donde el entorno familiar juega un papel fundamental. Consolidar un órgano en donde se puedan discutir y procesar las diferentes propuestas en materia educativa de las instituciones educativas, asociaciones civiles y la comunidad escolar PROPÓSITOS DEL CONSEJO DELEGACIONAL DE EDUCACIÓN: Promover y difundir propuestas y análisis de políticas públicas que lleven a mejorar los programas, la vinculación y la difusión de la Educación como un derecho social fundamental. Propiciar la vinculación con dependencias e instituciones Públicas, para el desarrollo educativo. Fortalecer la participación social, promoviendo un espacio incluyente de difusión en materia de educación. Establecer una red con Instituciones, Organizaciones Civiles y Sociales, para fortalecer el diseño de políticas públicas en el ámbito educativo.

LÍNEAS DE TRABAJO DEL CONSEJO EQUIDAD Y CALIDAD EN LA EDUCACIÓN: Diseño de programas especiales en apoyo a la economía familiar que ayuden a garantizar la permanencia de los alumnos en las escuelas públicas de educación básica, mejorando su rendimiento escolar Programa de Calzado Escolar y Salud Visual Escolar COBERTURA Y REZAGO EDUCATATIVO: Promover las condiciones para mejorar la infraestructura y funcionamiento adecuado de los planteles escolares ubicados en la Delegación. Mejoramiento de Aulas Digitales y Programa de Obras de mejoramiento en CENDIS Impulsar acciones que favorezcan la inclusión de la población para estudiar y concluir sus estudios a nivel Bachillerato. Programa Contigo por la Educación. NUEVAS TECNOLGÍAS DE LA INFORMACIÓN EN LA EDUCACIÓN Mejorar las condiciones de funcionamiento de las bibliotecas públicas de la demarcación promoviendo el conocimiento de herramientas tecnológicas de la información. Programa de Cibercentros.

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A nivel Bachillerato se mejorarán las condiciones y se ampliará el Programa de Bachillerato a Distancia. PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN. Impulso de procesos de participación social con el fin de crear una red ciudadana por la educación. Implementar acciones para abatir los problemas de sedimentarismo, el sobrepeso y la obesidad infantil, promoviendo acciones integrales en materia de nutrición, salud, educación y activación física. Programa Cero Obesidad Infantil en la Delegación Cuauhtémoc y 1er Foro Delegacional de Salud Alimentaria: Estrategias para prevenir el sedimentarismo y la obesidad infantil

4. Lista de integrantes y reporte de actividades del Consejo Delegacional para el Fomento de la Cultura

RESPUESTA:

CONSEJO DELEGACIONAL PARA EL FOMENTO DE LA CULTURA

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LISTADO DE INTEGRANTES

Lic. Agustín Torres Pérez Jefe Delegacional

SECRETARIO C Alejandro Fernández Ramírez

Director General de Desarrollo Social

SECRETARIO TÉCNICO C. Víctor González Romero.

Subdirector de Servicios Culturales

RESPONSABLES DE CASAS DE CULTURA Y CENTROS CULTURALES

C. María Bertila Guerrero Musacchio. Casa de Cultura Alfonso Reyes

C Gustavo López Rolón Casa de Cultura Jesús Romero Flores

C. Juana Vera Patiño. Casa de Cultura Othón Salazar

C. Rossana Palmieri Sánchez Casa de Cultura Romita

C. Luis Cisneros Lujan Casa de Cultura San Rafael

C. Héctor Hugo Maya Gamez. Casa de Cultura Santa María la Ribera

C. María Gloria García y Pérez Centro Cultural Juan Ruíz de Alarcón

C. Alfredo Aguirre Mangas. Centro Cultural Lagunilla Tepito Peralvillo

C. Gerardo Rosas Paredes. Centro Cultural Teatro del Pueblo

C. Alfredo Aguirre Mangas. Centro Cultural Lagunilla Tepito Peralvillo

C Gerardo Rosas Paredes. Centro Cultural Teatro del Pueblo

5. REPRESENTANTES DE LA COMUNIDAD ARTÍSTICA Y CULTURAL

C María Rojo

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Senadora y Actriz

C. Miguel Sabido Ruiz Sánchez. Dramaturgo, Director y Productor

C Samuel Shapiro Productor Musical

C. Bruno Bichir Nájera Actor y Productor

C Alejandro Bichir Actor y Productor

Cabe señalar que el viernes 2 de julio de 2010, se llevó a cabo la instalación del Primer Consejo de Fomento y Desarrollo Cultural en Cuauhtémoc, por b que no se tiene registro de conformación de los años 2008 y 2009 y este quedó integrado de la siguiente forma:

REPORTE DE ACTIVIDADES

Como parte fundamental de sus funciones al Consejo de Fomento y Desarrollo Cultural en Cuauhtémoc le corresponderá el despacho de los siguientes asuntos:

I. Proponer las políticas en materia de cultura de la Delegación Cuauhtémoc, para la correcta administración y utilización de los recursos disponibles (humanos, materiales y financieros).

II. Establecer los mecanismos necesarios para promover la cultura y las artes en aquellos espacios (calles, plazas, parques, colonias, jardines, entre otros) que se encuentran en zonas marginadas y en los que la oferta cultural es limitada o inexistente.

III. Instrumentar las medidas necesarias para garantizar la participación equitativa de la sociedad en general, en lo referente al fomento y desarrollo cultura en la Delegación Cuauhtémoc, mediante líneas estratégicas de acción a través de diversos Programas o Proyectos culturales.

IV. Realizar las modificaciones o correcciones pertinentes a sus Manuales de Organización y de Procedimientos.

V. Asesorar en el diseño, formulación y ejecución del Programa Delegacional de Cultura.

VI. Sugerir las medidas adecuadas para la preservación del patrimonio cultural, así como el impulso de la cultura y de las artes.

VII. Recomendar a la Secretaría de Cultura, bienes de patrimonio Cultural intangible susceptible de Declaratoria.

VIII. Opinar sobre las condiciones que estimulen la creación cultural, así como la producción y distribución mayoritaria de los servicios culturales.

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IX. Conocer el avance y cumplimiento de los acuerdos acordados en el Consejo.

X. En general, las que determine su Presidente y que sean inherentes para el cumplimento de los objetivos del Consejo.

5. Lista de integrantes y reporte de actividades del Consejo de Personal Adultas Mayores RESPUESTA

CONSEJO ASESOR PARA LA INTEGRACIÓN, PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES

LISTADO DE INTEGRANTES

C LIC. AGUSTIN TORRES PÉREZ PRESIDENTE Y JEFE DELEGACIONAL EN CUAUHTÉMOC

LIC. ALEJANDRO FERNÁNDEZ RAMÍREZ SECRETARIO TÉCNICO Y DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

C. DAMARIS GUERRA GARCÍA SUBDIRECTORA DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE

PROGRAMAS PRIORITARIOS

LIC. GUSTAVO GARCÍA SILVA COORDINADOR DE ATENCIÓN AL ADULTO MAYOR

LIC. ALEJANORO LUCAS OROZCO RUBIO DIRECTOR GENERAL DEL INAPAM

C. RUBÉN NUÑEZ FLORES JEFE EL DEPTO. DE RECREACIÓN FISICAY

DEPORTE EN INAPAM

LIC. ROCA ISELA RODRIGUEZ VARELA DIRECTORA DEL INSTITUTO DEL ADULTO MAYOR DEL D.F

C. OSCAR DANIEL MARTÍNEZ GARCÍA DIRECTOR TERRITORIAL EN JUAREZ SAN RAFAEL

DR. JESÚS GODINEZ RIQUELME DIRECTOR TERRITORIAL EN TEPITO GUERRERO

LIC. LUCILA ESTELA HERNÁNDEZ DIRECTORA TERRITORIAL EN OBRERA DOCTORES

C. OLINKA VILLAMAR ESTRADA DIRECTORA TERRITORIAL EN ROMA CONDESA

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C MARÍA LETICIA DÍAZ GÓMEZ DIRECTORA TERRITORIAL EN CENTRO HISTÓRICO

C. MARÍA DE LOURDES RAMOS SÁNCHEZ DIRECTORA TERRITORIAL EN SANTA MARÍA TATLELOLCO

C. MARCELA WOLF DOLZ INTEGRANTE DEL CONSEJO ASESOR

MTR. JORGE PADILLA CASTILLO SUBDIRECTOR DE SERVICIOS EDUCATIVOS

DELEGACION CUAUHTÉMOC

C RODRIGO SERAFIN ZERECERO RESPONSABLE DEL DEPORTIVO CUAUHTÉMOC

LIC. JORGE GANDARILLA SALGADO DIRECTOR INTERINSTITUCIONAL

DE FOMENTO ECONÓMICO Y COOPERATIVO

LIC. OSCAR FONG SALAZAR DIRECTOR DELEGACIONAL DE LA CANACO EN CUAUHTÉMOC

DR. JAIME MUÑOZ LOBATON DIRECTOR DE LA CLÍNICA GUERRERO DEL ISSSTE

C. MARIA DE LA LUZ HERRERA ENFERMERA GERONTÓLOGA EN CLÍNICA

LIC. CARMEN ÁVlLA DE GUTlÉRREZ PRESIDENTA DEL COMITÉ DE CIUDADANOS

EN DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS A.C.

C. MARÍA ISABEL GONZÁLEZ MARTÍNEZ ASOCIACIÓN DE PENSIONADOS Y JUBILADOS SIGLOS XX Y XXI

GERONT. JUAN JOSÉ PERDOMO SALGADO ASOCIACIÓN DE PENSIONADOS Y JUBILADOS SIGLOS XX Y XXI

DR. VICTOR JAVIER KAWAS BUSTAMANTE DIRECTOR DE LA JURISDICCIÓN SANITARIA EN CUAUHTÉMOC

T.S YANET CORTÉS ROJAS COORDINADORA DE ACTIVIDADES EN CADAM

LIC ROBERTO GARCÍA CRUZ ASUNTOS LEGISLATIVOS EN CADAM

C. VICENTE CORTÉS VlDAL INTRUCTOR DE CACHIBOL EN CADAM

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C. IELANA GONZÁLEZ HERRERA COORDINADORA DEL PROGRAMA DE REDES SOCIALES EN CADAM

C. BLANCA ANGÉLICA REDING PÉREZ ENLACE TERRITORIAL EN CADAM E INTEGRANTE DEL CONSEJO

C ALFONSO FALCÓN PEÑA INTEGRANTE DEL CONSEJO ASESOR

DRA ALVA ORDAZ FERNÁNDEZ SUBDIRECTORA DE ATENCIÓN MÉDICA

DELEGACION CUAUHTÉMOC

LIC. ALEJANDRO GARCÍA FUENTES JEFE DE LA UNIDAD DELEGACIONAL EL SERVICIO

DEL EMPLEO DEL D F EN CUAUHTÉMOC

C LETICIA CASTILLO COORDINADORA ADMlNlSTRATlVA EN COMPARTE, A.C

DR JESÚS ROJAS DÍAZ

DIRECTOR GENERAL DE COMPARTE. A.C.

PRINCIPALES AVANCES Y ACUERDOS DE LAS COMISIONES DE TRABAJO DEL CONSEJO ASESOR PARA LA INTEGRACION, PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LOS

DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES. El Consejo se instaló formalmente de acuerdo a lo estipulado en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores del Distrito Federal, el día 17 de noviembre del año 2000, con el fin de ser el canal de opinión, consulta, vinculación para la planeación, desarrollo y ejecución de las políticas hacia las personas adultas mayores de la Delegación Cuauhtémoc. A la fecha ha realizado 48 sesiones ordinarias, siendo la última sesión la del día 12 de agosto del 2010, debido a que la reunión convocada para el día 10 de octubre no se llevó a cabo por falta de quórum. El Consejo está dividido en 5 comisiones de trabajo: Organizarse a través de comisiones, como son: Comisión de Salud Comisión de Redes Sociales Comisión de Proyectos Productivos Comisión de Asuntos Legislación y Derechos Humanos Comisión de Deporte y Acondicionamiento Físico

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Con ellas se pretende dar vida a Ias actividades del Consejo y hacer partícipe a los diferentes sectores de la población en el diseño y planeación de actividades. pues es fundamentalmente a través de esta estructura como está organizada la Unidad de Atención de Adulto Mayor. Durante el año 2010, se convocó a la reunión de las comisiones de trabajo en dos ocasiones en marzo y en septiembre de 2010, sin embargo, a cada una de las comisiones no se han integrado las personas convocadas, lo que ha originado retraso en los avances de los acuerdos establecidos. PRINCIPALES ACUERDOS DE LAS COMISIONES DEL CONSEJO ASESOR 2008-2010

COMISIÓN ACUERDOS OBSERVACIONES

SALUD Se ha promovido la realización de jornadas de salud y estudios de laboratorio para la detección oportuna de enfermedades en este sector

Ha faltado la integración de representantes de la coordinación médica, la jurisdicción sanitaria y en general del sector salud, para llevar a cabo estas actividades

REDES SOCIALES Se generó un programa de Formación de Redes de Apoyo a personas Adultas Mayores integrado por las siguientes instituciones: Instituto de Adultos Mayores del D.F., INMUJERES Cuauhtémoc, Programa de Justicia Social de Tlatelolco, Dirección Territorial Tlatelolco Santa María, UAPVIF y la Unidad de Atención al Adulto Mayor. Se realizaba cada 2 meses un festival artístico y cultural, se hacía un taller referente a la problemática del Adulto Mayor y se pretendió lograr la conformación de un grupo específico, para evitar la situación de soledad y abandono. Gente que asistió a estos eventos se integró a los grupos que coordina el CADAM en Tlatelolco.

Se realizaron 15 Jornadas con 50 eventos en las tres secciones de la Unidad Tlatelolco del 23 de Agosto del 2006 al 07 de agosto del 2008, Posteriormente ya no hubo condiciones para continuar y se suspendieron. Durante el año 2010 ya no se llevaron a cabo estas reuniones y la actividad fue retomada por la Unidad de Atención del Adulto Mayor, en coordinación con la Escuela Nacional de Trabajo Social de la UNAM, en las zonas de Tlatelolco y en las colonias Guerrero, San Simón y Buenavista. Actualmente se cuenta con la creación de grupos en proceso de crecimiento en las colonias Guerrero, Buenavista, San Simón y la 1ª Sección de Tlatelolco

PROYECTOS PRODUCTIVOS Participó en las reuniones de la Comisión representantes de la Dirección de Fomento

La Unidad de Atención al Adulto Mayor, retornó la propuesta de capacitaci´´on

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Económico de la Delegación, así como la Unidad de Empleo, representantes de la Cámara de Comercio de la Ciudad de México. La Intención era promover cursos de formación cooperativa para integrar a los adultos mayores interesados.

durante el año 2010, se realizaron dos cursos de capacitación de septiembre a noviembre, sobre artesanías de madera y chocolatería, en la que participaron 14 personas adultas mayores y con quienes se pretende implementar un proyecto de producción más amplio.

DERECHOS HUMANOS Y ASUNTOS LEGISLATIVOS

Se realizaron diversas propuestas por parte de esta comisión en la reunión del 5 de marzo; proponer modificaciones a la ley que contempla el testamento ológrafo, para darle el mismo peso que el testamento notarial o en su defecto proponer que se elimine esta modalidad porque no tiene ninguna ventaja para el testador. Asimismo se propone la creación de una fiscalía especializada en la atención de las personas adultas mayores.

Actualmente ya existe una fiscalía especializada para la atención de las personas adultas Mayores. Sobre la propuesta de modificación del testamento ológrafo, se envió la iniciativa a la Secretaría Técnica del Consejo, sin que se haya emitido ninguna resolución al respecto.

COMISIÒN DE DEPORTE Y ACONDICIONAMIENTO

A través de la comisión se coordinan las actividades que promueve la Unidad de Atención al Adulto Mayor

Se realizan las actividades como son caminatas, exhibiciones de actividades deportivas y de acondicionamiento físico. Que promueve la unidad.

Oficio número DGPC/102/2011 del once de febrero de dos mil once, suscrito por el Director General de Participación Ciudadana, dirigido a la Coordinadora de Asesores del Jefe Delegacional, el cual en lo conducente señala:

“En respuesta a su Oficio CC/0079/2011 con fecha del 11 de enero de 2011 mediante el cual remite copia simple de la solicitud de información pública No. 0405000002911 relacionada con…·'Consultas ciudadanas, número de eventos de consulta realizados en la demarcación, colaboración ciudadana, número de actividades conjuntas pactadas en la demarcación; recorridos del Jefe Delegacional, número de recorridos realizados;

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comisiones de administración y supervisión, número de comisiones instaladas y operativas en la demarcación'. Anexo al presente encontrará dicha información. …” (sic)

El segundo archivo adjunto a la respuesta contiene el Anexo al oficio citado en el punto

anterior, el cual contiene la siguiente información:

“RECORRIDOS DEL JEFE DELEGACIONAL EN CUAUHTÉMOC.

PERIODO NO. DE RECORRIDOS UNIDADES TERRITORIALES

18 DE MAYO AL 13 DE JUIO DE DOS 2010

16 16

CONSULTA CIUDADANA La Consulta de prioridades ciudadanas se realizó en 37 unidades territoriales, con una participación total de 10,993 vecinos, y fue aplicada en el año 2008. PERIODO Se presentan a continuación los resultados obtenidos en las consultas por Unidad Territorial, para las seis diferentes preguntas: 1. ¿Qué medida de participación ciudadana es prioritaria para mejorar su colonia? (DGPCyGS)

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2. ¿Qué servicio urbano es prioritario para mejorar su colonia? (DGSU)

3. ¿Qué opción considera prioritaria para mejorar la seguridad pública en su colonia? (DGSP)

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4 .¿Qué obra pública es prioritaria para el mejoramiento de su colonia? (DGODU)

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5. ¿Qué acciones en materia de desarrollo social son prioritarias para su comunidad? (DGDS)

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6. ¿Qué servicio jurídico es prioritario para mejorar su colonia? (DGJG).

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Participantes por Dirección Territorial

COLABORACIONES CIUDADANAS

Proyecto de Participación Ciudadana Consejo Ciudadano de Gobierno (2007)

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Como una primera etapa de integración comunitaria, este proyecto, muestra la composición y funcionamiento de un espacio (de carácter transitorio) de información, participación: análisis y deliberación de la ciudadanía con las autoridades de la Delegación Cuauhtémoc en materia de: Presupuesto Público, Orden Jurídico y Gobierno. Seguridad Pública, Desarrollo Social. Obras y Desarrollo Urbano, Servicios Urbanos, Desarrollo Económico y Participación Ciudadana.

Este espacio de integración y participación ciudadana será llamado genéricamente Consejo Ciudadano de Gobierno de la Delegación Cuauhtémoc, su actuación inmediata estará limitada a la Demarcación Cuauhtémoc, sin embargo, los resultados y las iniciativas que se generen en este espacio serán promovidas, en el marco de la ley, como mecanismos y modelos de integración y participación ciudadana para bien de la ciudadanía en el Distrito Federal y el País.

Objetivos Generales

l. Iniciar un proceso de democratización de los espacios, programas, definiciones y servicios públicos delegacionales, que sirva como marco de referencia y modelo social, cultural, económico y político de la participación social en los tres niveles de gobierno, la procuración e impartición de justicia, las representaciones populares y en la vida pública en general.

2. Instalar el Consejo Ciudadano de Gobierno como un espacio de encuentro, información, análisis, integración de propuestas y de deliberación (dentro del marco legal permisible) sobre temas globales: Presupuesto Público, Orden Jurídico y Gobierno, Seguridad Pública, Desarrollo Social, Obras y Desarrollo Urbano, Servicios Urbanos, Desarrollo Económico y Participación Ciudadana.

3. Integrar las Tesis Ciudadanas para profundizar la democracia en la vida pública y la participación ciudadana en la Delegación Cuauhtémoc, la Ciudad de México y el País en las categorías generales ya mencionadas

4. Llevar a cabo la integración sistemática de las Agendas de Integración Comunitaria con los siguientes elementos o categorías generales: Servicios Urbanos, Obras y Desarrollo Urbano, desarrollo social, seguridad pública y protección civil, participación ciudadana y orientación jurídica.

5. Construir, desde y con la sociedad, los Acuerdos Sociales para el Desarrollo Integral Comunitario en las 37 Unidades Territoriales, como marco de colaboración, compromiso y resolución de los problemas que aquejan a los diferentes sectores de la sociedad en Cuauhtémoc.

6. Integrar representaciones vecinales por Unidad Habitacional dentro de las 37 Unidades Territoriales para Integrar una gran Red Vecinal de Información, Organización, Integración y Acuerdo Social para el Desarrollo Integral Comunitario.

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Las actividades realizadas dentro de este proyecto de participación ciudadana fueron las siguientes:

Primera etapa:

1) Instalación del Consejo Ciudadano 2) Presentación de las 'Tesis Ciudadanas del Consejo de Gobierno'; 3) Conferencias y Diálogos Ciudadanos.

Durante la Primera Asamblea Plenaria se llevó a cabo la instalación e integración de los ciudadanos que forman parte del Consejo para el reconocimiento de los marcos legales, programáticos y funcionales correspondientes a la Delegación Cuauhtémoc, diferenciando estos de las responsabilidades del Gobierno de la Ciudad e inclusive de las responsabilidades de carácter federal. La tarea se realizó a través de conferencias y diálogos ciudadanos sobre los siguientes temas: Presupuesto Público, Orden Jurídico y Gobierno, Seguridad Pública, Desarrollo Social, Obras y Desarrollo Urbano, Servicios Urbanos, Desarrollo Económico y Participación Ciudadana.

En la Segunda Asamblea Plenaria se impartieron las conferencias sobre los temas acordados en la Primera Plenaria, a través de la exposición del titular de la Dirección General y de expertos en los distintos temas, invitados para tal fin por el Jefe Delegacional.

La anterior línea de trabajo tuvo la siguiente estructura metodológica de desarrollo y exposición:

1. Presentación formal del tema, sus elementos, instrumentos, responsables, contenidos y marcos legales.

2. El estudio, análisis y caracterización de la información presentada comparándola con su respectiva realidad objetiva y concreta.

Segunda etapa:

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Ciclo de Reuniones Vecinales por Unidad Territorial Realizado del 2 de Agosto al 27 de Septiembre

Temas:

1. Seguridad Pública y Orden Jurídico 2. Obras, Desarrollo Urbano y Servicios Urbanos 3. Desarrollo Social y Participación Ciudadana

Se realizaron 111 reuniones con una participación de 3173 vecinos reconociendo y sistematizando en estas reuniones elementos prioritarios para la atención del gobierno en cada Unidad Territorial, así como temas individuales de demanda o servicios.

Cabe hacer mención que la demanda ciudadana se ha centrado principalmente en el renglón de servicios urbanos, como son la poda de árboles, recolección de basura, reparación de luminarias, etc. También ocupan un lugar importante las solicitudes para el área obras, como son: la reparación de banquetas, impermeabilizaciones, solicitud de tarjetas de ayuda dentro de los programas de Desarrollo Social y problemas de seguridad pública, etc.

Tercera etapa:

Consulta de Prioridades Ciudadanas para el 2008

La Consulta de Prioridades Ciudadanas para el 2008, constituye la tercera etapa de los trabajos que se han llevado a cabo en torno del Consejo Ciudadano de Gobierno de la Delegación Cuauhtémoc, realizadas en el mes de octubre, fue un procedimiento mediante el cual se recabó la opinión vecinal por medio de encuestas aplicadas en un módulo instalado en cada unidad territorial y de visitas domiciliarias por personal designado por la JU.D de Participación Ciudadana de la Dirección Territorial correspondiente y la Dirección General de Participación Ciudadana y Gestión Social.

Dicho proceso tiene el objetivo de conocer cuáles son las acciones de gobierno prioritarias para los vecinos dentro de su unidad territorial en materia de:

Desarrollo Social Seguridad Pública Servicios Urbanos Orden Jurídico Obras y Desarrollo Urbano Participación Ciudadana

El instrumento de consulta estuvo compuesto por las siguientes preguntas:

1.- ¿Qué medida de participación ciudadana es prioritaria para mejorar su colonia? (Dirección General de Participación Ciudadana y Gestión Social) 2.- ¿Qué servicio urbano es prioritario para mejorar su colonia? (Dirección General de Servicios Urbanos)

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3.- ¿Qué opción considera prioritaria para mejorar la seguridad pública en su colonia? (Dirección General de seguridad Pública) 4.- ¿Qué obra pública es prioritaria para el mejoramiento de su colonia? (Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano) 5.- ¿Qué acciones en materia de desarrollo social son prioritarias para su comunidad? (Dirección General de Desarrollo Social) 6.- ¿Qué servicio jurídico es prioritario para mejorar su colonia? (Dirección General Jurídico y Gobierno)

COMISIONES DE ADMINISTRACIÓNY SUPERVISIÓN

Al respecto, hacemos de su conocimiento que el pasado 29 de enero del 2011, el Instituto Electoral del Distrito Federal, declaró instalado el Consejo Ciudadano Delegacional en Cuauhtémoc. En el citado Consejo -como lo establece la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal- son los Coordinadores Internos de cada Comité Ciudadano quienes eligen la Mesa Directiva del mencionado Consejo.

Sobre las Comisiones de Administración y Supervisión, recientemente se integraron en cada Comité Ciudadano en sus sesiones ordinarias. Y. se definen al seno de cada Comité, las estrategias y mecanismos de acercamiento con las diferentes instancias de Gobierno.” (sic)

En su escrito inicial, el recurrente manifestó lo siguiente:

“… 3. Acto o resolución impugnada (2) y fecha de notificación (3), anexar copia de los documentos La respuesta de la Oficina de Información Pública de la Delegación Cuauhtémoc a la solicitud registrada bajo el folio 0405000002911 en el sistema INFOMEX df. 4. Ente público responsable del acto o resolución que impugna Delegación Cuauhtémoc … 6. Descripción de los hechos del acto o resolución que impugna El funcionario público del área de Seguridad Pública es omiso en responder la solicitud en lo referente al Consejo de Seguridad Pública Delegacional, reservándose indebidamente la información sin referir claramente qué expedientes resguardan la información y los motivos de la clasificación, resultando en un acto arbitrario

7. Agravios que le causa el acto o resolución impugnada El acto ilícito del servidor público carece de la debida fundamentación y motivación de los actos de autoridad conforme al artículo 16 Constitucional de ese modo vulnera mi derecho constitucional y legal de acceso a la información pública …” (sic)

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II. El dieciocho de enero de dos mil once, la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo

de este Instituto dictó acuerdo mediante el cual admitió a trámite el presente recurso de

revisión, así como las documentales obtenidas del sistema electrónico “INFOMEX”

relativas a la solicitud de información con folio 0405000002911, mismas que se

describen a continuación:

Impresión del “Acuse de recibo de solicitud de acceso a la información pública”, del trece de enero de dos mil once.

Impresión de las pantallas “Módulo estadístico del sistema INFOMEX 2”, “Avisos del Sistema”, “Notificación de ampliación del plazo”, “Documenta la respuesta de información vía INFOMEX”, “Confirma respuesta de información vía INFOMEX”, “Acuse de información vía INFOMEX” y “Acuse de Información entrega vía INFOMEX”.

Impresión del oficio número DGODU/0087/2011 del diecisiete de enero de dos mil once, suscrito por el Subdirector de Gestión y Obras, dirigido a la Coordinadora de Asesores del C. Jefe Delegacional de Cuauhtémoc.

Impresión del oficio número DSP/078/11 del diecinueve de enero de dos mil once, suscrito por el Director de Seguridad Pública, dirigido a la Coordinadora de Asesores del Jefe Delegacional de Cuauhtémoc.

Impresión del oficio número DIFEC/028/2011 del veintiuno de enero de dos mil once, suscrito por el Director de por el Director Interinstitucional de Fomento Económico y Cooperativo, dirigido a la Coordinadora de Asesores del Jefe Delegacional de Cuauhtémoc.

Impresión del oficio número DGJYG/421/2011 del veintiséis de enero de dos mil once, suscrito por el Director General Jurídico y de Gobierno, dirigido a la Coordinadora de Asesores de Jefe Delegacional de Cuauhtémoc.

Impresión del oficio número DG/150/2011 del veinte de enero de dos mil once, suscrito por el Director de Gobierno, Dirigido al Subdirector de Control y Gestión, ambos de la Delegación Cuauhtémoc.

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Impresión del oficio número SP/047/2011 del dos de febrero de dos mil once, suscrito por la Secretaría Particular, dirigido a la Coordinadora de Asesores, ambas del Jefe Delegacional de Cuauhtémoc.

Impresión del oficio número SA/00148/2011 del veintisiete de enero de dos mil once, suscrito por la Subdirectora de Administración de la Dirección General de Desarrollo Social, dirigido a la Coordinadora de Asesores del Jefe Delegacional, de Cuauhtémoc y su anexo.

Impresión del oficio número DGPC/102/2011, del once de febrero de dos mil once, suscrito por el Director General de Participación Ciudadana, dirigido a la Coordinadora de Asesores del Jefe Delegacional de Cuauhtémoc y su anexo.

Asimismo, requirió al Ente Público el informe de ley respecto del acto impugnado. Dicho

acuerdo fue notificado al recurrente, en el correo electrónico señalado para tal efecto, el

veintitrés de febrero de dos mil once.

III. Mediante el oficio INFODF/DJDN/SS/257/2011, notificado el veintitrés de febrero de

dos mil once, se requirió al Ente Público el informe de ley a que se refiere el artículo 80,

fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito

Federal.

IV. El primero de marzo de dos mil once, se recibió en la Unidad de Correspondencia de

este Instituto copia de conocimiento del correo electrónico del día anterior, enviado de la

Oficina de Información Pública de la Delegación Cuauhtémoc a la diversa del

recurrente, mediante el cual le informó lo siguiente:

“… En atención al Recurso de Revisión RR. 256/2011, promovido contra la respuesta a la solicitud de información pública número 0405000002911, adjunto al presente encontrará el oficio número DGSP/0145/11 de fecha 28 de febrero de 2011, suscrito por el Director General de Seguridad Pública, Licenciado Juan Víctor Manuel Guajardo Sosa, a través del cual remite información complementaria, buscando con esto brindar la atención a sus

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requerimientos de información …”

Al correo electrónico de cuenta el Ente Público adjunto el archivo electrónico

“COMPLEMENTO RESPUESTA SOL. 0029-11.PDF”.

V. El tres de marzo de dos mil once, se recibió en la Unidad de Correspondencia de

este Instituto el oficio número CA/0409/2011, mediante el cual se remitió el diverso

DGSP/145/11 del veintiocho de febrero de dos mil once, a través del cual el Director

General de Seguridad Pública de la Delegación Cuauhtémoc rindió el informe de ley

que le fue requerido, en los siguientes términos:

“…

INFORME DE LEY ANTECEDENTE: A. 14 de enero del año 2011, en la oficialía de partes de la Dirección General de Seguridad Pública en Cuauhtémoc, recibió el oficio CA/0068/2011, suscrito por la C. Aurora Carreño Díaz Coordinadora de Asesores del Jefe Delegacional, en el cual adjunto acuse de recibió del solicitud de acceso a la información pública número 0405000002911, referente a la información solicitada por el peticionario en especifico en lo que atañe a esta Dirección General de conformidad a su competencia y atribuciones:

Ley de Seguridad Pública para el Distrito Federal

Comité de Seguridad Pública Delegacional

Lista de integrantes y reporte de actividades

IMPORTANTE: La información requerida se solicita para los años 2008,2009 y 2010 B. 20 de enero de la presente anualidad, el Lic. Juan Víctor Manuel Guajardo Sosa, Director General de Seguridad Pública en Cuauhtémoc, quien de conformidad a mis atribuciones legales remitió contestación a la información pública en cita, a través del oficio DSP/078/11, consistente en: Esta lista de integrantes es la misma para los años 2008 al 2009.

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LIC. NORANELLY GONZALEZ GAONA PRESIDENTA DEL COMITÉ DELAGACIONAL LIC. MARIO ALBERTO CAMACHO SORIANO SECRETARIO TÉCNICO DEL COMITÉ C. DIEGO ESCUDERO ALATORRE REPRESENTATE DE LA ASMBLEA LEGISLATIVA LIC. ENRIQUE HUMBERTO PRIEGO CHAVEZ FISCAL DESCONCENTRADO EN CUAHUTÉMOC C. JAIME ANDRÉS CORTÉS VALLE SUBDIRECTOR DE POLICIA COMUNITARIA. C. RAÚL NIETO CASTAÑEDA SUBDIRECTOR DE POLICIA CIVICA LTC. FRANCISCO OTERO ENLACE SEG. PUB. EN LA CUH 1 LIC. LUIS ERNESTO BECERRA RAMOS ENCARGADO DE LA POL. COM EN TLATELOLCO C. MAURICIO JOSÉ CARRANZA GONZÁLEZ EN CARGADO DE LA POL. COM. EN CUH -2 C. ALEJANDRO HERNANDEZ CHAVARRIA ENLACE DE SEG. PUB. EN LA CUH-3 C. ISRAEL PENILLA DEL CASTILLO ENLACE DE SEG. PUB. EN LA CUH-5 LIC. JAIME GERARDO GONZÁLEZ VALLE ENLACE DE SEG. PUB. EN LA CUH-7 LIC, JOSÉ CASTELLANOS LOERA ENLACE SE SEG. PUB. EN LA CUH-8 C. GUSTAVO FLORES MENDOZA REPRESENTANTE DE TRÁNSITO LIC. MINERVA ROSALES AVILA VOCAL VECINAL EN TLATELOLCO-STA. MARÍA. LIC. MIGUEL ANGAL PACHECO VOCAL VECINAL CENTRO HISTÓRICO ING. LUIS GÓMEZ VOCAL VECINAL CENTRO HISTÓRICO C. CRISTINA SERRANO MORALES VOCAL VECINAL EN OBRERA DOCTORES C. JAIME BOSCH GALLARDO VOCAL VECINAL EN OBRERA DOCTORES

Lista de integrantes del año 2010

LIC. AGUSTÍN TORRES PÉREZ PRESIDENTE DEL COMITÉ LIC JUAN VÍCTOR MANUEL GUAJARDO SOSA

SECRETARIO TÉCNICO DEL COMITÉ

CMTE. CARLOS J. MALDONADO MONTES DE OCA

SECRETARIO

LIC. JOSÉ LUIS GONZALES MENDOZA FISCAL DESCONCENTRADO EN CUAUHTÉMOC LIC. RAÚL NIETO CASTAÑEDA J.U.D. POLICIA COMUNITARIA Y ENLACE

OPERATIVO 1° OFICIAL RAYMUNDO JIMENEZ BAZALDÚA DIRECTOR EN LA 41° U. P.C. BASE BUENAVISTA POLICIA 2° ISMAEL CHÁVEZ SANTIBAÑEZ ENCARGADO DE LA 4° U. P.C. ALAMEDA DELTA LUIS ERlCK GUTIÉRREZ VALENCIA REP. DIR. DE LA 29° DE LA 3 U. P. C ZONA ÁNGEL

ROSA LIC. BENJAMÍN CONDE SORIANO REP. DIRECTOR EJECUTIVO REGIÓN

CUAUHTÉMOC CMTE. UBALDO AGUILLÓN SANTILLÁN SUBDRIC. DEL. DE POLICÍA JUDICIAL EN

CUAUHTÉMOC POL 2° RICARDO RAMIREZ NAVA REP. DIRECTOR DE ZONA OPERACIÓN VÍAL 2 SUBINSPECTOR RAMÓN CARMONA MARTÍNEZ

COMTE. DEL 52 AGRUPAMIENTO DE LA POL. AUX

C. BRUNO MANUEL MORALES LOZANO ENCARGADO 4° U.P.C. ALAMEDA OMEGA 1°OFICIAL GUILLERMO ORTÍZ REYES REP. DIR. EN LA w Y 31-UB.CB. . HERALDO

MMCALCO C. MARTÍN OLGUÓN IBARRA REP. DIR EN LA 4° Y 5° ALAMEDA REVOLUCIÓN LIC. JACOBO RIVERA FLORES SUBDIR. DE ENLACE NTE. DIR. GRAL. DE PART.

CIUDADANA C. ALEJANDRO CAMACHO ROSAS SUBDIRECTOR DE COMINIUCACIÓN SOCIAL DR. OSVALDO A. CRUZ VILLALOBOS DIRECTOR GENERAL DE ADMINISRTRACIÓN PROF. RICARDO CASTILLO AGUILAR SUBDIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVL DIR. JESÚS GODÍNEZ RIQUELME DIR. TERRITORIAL EN TEPITO-GUERRERO LIC. DANIEL TORRES GUTIÉRTREZ J. U. D DE CONTROL Y GESTIÓN DE DENUNCIA

CIUDADANA

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C. JODAD DE ROSAS REP. DIR. TERRITORIAL EN JUÁREZ SAN RAFAEL LIC. RAFAEL DEL CASTILLO RODRÍGUEZ J. U. D. J. U .R, GOB Y S.P. DIR. TERR. EN TEPITO-

GUERRERO LIC. JOSÉ ANTONIO SALINAS ESTRELLA J. U. D. J. U. R., GOB Y S.P. DIR. TERR. EN CENTRO-

HISTORICO C. MARIO ALBERTO TREJO LÓPEZ REP. DIR. TERRITORIAL EN CENTRO HISTÓRICO LIC. GLORIA ELIZABETH AMADOR BAUTISTA J. U. D. J. U. R., GOB Y S. P. DIR. TERR. EN ROMA-

CONDESA LIC, AARÓN SAUCEDA NUÑÉZ J. U. D. DE SEG. PUB. EN SANTA MARÍA

TLATELOLCO. C. AÍDA TORRES ÁLVAREZ REPRESENTANTE DE LA COORDINACIÓN CUH.-2 LIC. ATAHUALPA AJA VENTURA J. U. D. DE POLITICAS DE GOB. Y SRV. A LA

COMUNIDAD CLAUDIA E. VICENTEÑO HERNANDEZ ENLACE TERRITORIAL ZONA SUR. PART.

CIUDADANA C. ALFREDO MOMTERROSAS JIMÉNEZ REPRESENTANTE JEFE DE GOBIERNO EN CUH-1 C. ANA LUISA GONZÁLEZ FERNÁNDEZ REPRESENTANTE JEFE DE GOBIERNO EN CUH-2 C. ROSENDO G. FUENTES MENDIOLA REPRESENTANTE JEFE DE GOBIERNO EN CUH-3 C. JESÚS A. HERRERA OTERO REPRESENTANTE JEFE DE GONIERNO EN CUH-4 C. MARTHA RAMIREZ MARTÍNEZ REPRESENTANTE JEFE DE GONIERNO EN CUH-5 C. FRANCISCIO ESLAVA ACAÑA REPRESENTANTE JEFE DE GOBIERNO EN CUH-6 C. MARÍA LUISA SOTO SÁNCHEZ REPRESENTANTE JEFE DE GOBIERNO EN CUH-7 DRA. GILDA ROSAURA TORRES VELAZQUEZ REPRESENTANTE JEFE DE GOBIERNO EN CUH-8 C. MIGUEL ÁNGEL PACHECO VOCAL VECINAL CENTRO HISTÓRICO C. MARÍA CRISTINA SERRANO MORALES VOCAL VECINALDOCTORES C. JAIME BOSCH GALLARDO VOCAL VECINAL DOCTORES

Respecto del reporte de actividades El área bajo mi responsabilidad a través de la Policía Complementaria, dentro de sus funciones operativas tiene la calidad de garante, y como consecuencia en su esfera de actividades es la de establecer y organizar el Comité de Seguridad Pública como instancia de consulta y participación ciudadana, en el cual los participantes presentan casos a consideración y resolución del Comité, generando acuerdos entre sus integrantes para después ser revisado y ratificados con el objeto de implementar los operativos necesario a efecto de contener y/o bajar el índice delictivo en esta demarcación territorial; por ende , el reporte de actividades solicitado se considera como concerniente a ciertas estrategias descritas conforme al Sistema Nacional de Seguridad Pública ( y su Ley derivada conforme a los artículos 21 último y penúltimo párrafos, así como 123 apartado 'B' fracción XIII de la Constitución Federal), y del mismo modo de sus normativas ramificaciones asignadas en la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal (numerales 17 fracciones IX, XIII y VI), y considerando que la información solicitada presenta las características de ser de uso manifestó de los planes de seguridad, a excepción que sea remitida una orden de autoridad competente que funde y motive su petición y con qué fines requiere esa información a efecto de estar en la posibilidad de dar cabal contestación a dicho punto cuestionado, ya que de lo contrario estaríamos en riesgo de incurrir en una responsabilidad sancionada conforme a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, con independencia de una infracción y/o sanción de índole penal.

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Por otro lado, referente al resto de la información solicitad en el anexo que acompaña a la solicitud número 0405000002911; al respecto me permito informarle que esta Dirección de Seguridad Pública, no es la autoridad competente a fin de proporcionarla, como se advierte de un minucioso análisis de las funciones de esta Dirección de área a mi cargo que se en marcan en el numeral 1.0.2.0.0.0.0 del Manual Administrativo del Órgano Político Administrativo en Cuauhtémoc; sin embargo, en vía de orientación dicha información le compete conocer a las diversas Direcciones de esta Demarcación Territorial de conformidad al ordenamiento legal en cita. C. 23 de febrero del año 2011, en la oficialía de partes de la Dirección General de seguridad Pública en Cuauhtémoc, recibió el oficio CA/0356/2011, suscrito por la C. Aurora Carreño Díaz Coordinadora de Asesores del Jefe Delegacional, en el cual adjunto copia simple del Recurso de Revisión número 0256/2011, interpuesto ante el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, por el C. Julio Navarro Cortez respecto de la contestación del Director de Seguridad Pública emitida a su solicitud de acceso a la información pública con número de folio 0405000002911 CONSIDERANDO: A. Que el acto impugnado por el recurrente es en extracto (Transcribe numeral 6 del Acuse de recibo de recurso de revisión), cabe destacar que, la información primigenia versa sobre el Comité de Seguridad Pública Delegacional y lista de integrantes y reporte de actividades de los periodos comprendidos del 2008, 2009 y 2010; de lo anterior se advierte que, son dos preguntas distintas aunque pareciera la misma, esto es, primero solicita reporte de actividades y en el Recurso de Revisión antes mencionado solicita el nombre del expediente que contiene los mismos; ahora bien, para no dejar lugar a engendrar una mala interpretación y/o omisión alguna de lo solicitado procedo a explicar y proporcionar información: B. REPORTE DE ACTIVIDADES y/o de carácter operativo que despliega esta Dirección de Seguridad Pública en Cuauhtémoc en coordinación Interinstitucional con los tres niveles de gobierno para combatir la delincuencia a fin de garantizar a la población el pleno ejercicio de sus derechos y libertades, esto es, funciones operativas que aplican Estrategias y líneas de acción que se considera presenta las características de ser de uso manifiesto de los planes de seguridad en términos de la contestación anotada con antelación. C. QUÉ EXPEDIENTES RESGUARDAN LA INFORMACIÓN Y LOS MOTIVOS DE LA CLASIFICACIÓN (en ese apartado también aplica el reporte de actividades solicitado en forma general y no en específico como es, las funciones operativas) La Minuta de cada sesión ordinaria y en ella misma se enmarca su clasificación; se explica su naturaleza, función, operación y se proporciona la información del Orden del Día de cada sesión ordinaria dentro del periodo solicitado 2008,2009 y 2010.

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Naturaleza del Comité de Seguridad Pública en la Delegación Cuauhtémoc es un Órgano Colegiado de consulta y participación ciudadana en materia de seguridad pública, que tiene como objeto propiciar la coordinación permanente entre instituciones, organismos públicos, privados y sociales que lleven a cabo acciones para prevenir y combatir la comisión de actos delictivos y de aquellas infracciones administrativas que atentan y son sancionadas por la Ley. Función esencial del Comité Delegacional de Seguridad Pública en Cuauhtémoc radica en permitir la participación ciudadana con las autoridades competentes en la materia, con el objetivo de orientar las acciones que se implementan para proporcionar mayor seguridad a la ciudadanía, así como lograr una coordinación entre las autoridades encargadas en procurar justicia y prevenir el delito, con estricto apego a la ley, asimismo con la participación activa de los coordinadores vecinales. El Comité de Seguridad Pública opera de la siguiente forma: primera las autoridades en materia de Seguridad Publica y Procuración de Justicia rinden un Informe de Avances referente a cuestiones prioritarias, necesarias y urgentes para la ciudadanía, esto es, las quejas vecinales que afectan directamente el índice delictivo, realizadas durante el mes inmediato anterior, autoridades que lo rinden: la Fiscalía Desconcentrada en Cuauhtémoc, los Sectores de la Policía de la Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal, las Unidades de Protección Ciudadana de la Secretarla de Seguridad Pública. la Dirección General de Seguridad Pública en Cuauhtémoc y la Subdirección de Juzgados Cívicos, asimismo la participación de vecinos como los Coordinadores Vecinales quienes presentan sus quejas directamente, posteriormente los integrantes presentan los casos y/o informe, los cuales son analizados, discutidos, revisados y ratificados en la sesión correspondiente. a fin de llevar a cabo en su caso las acciones operativas. Durante el año 2008: No se encontró información en los archivos de la Unidad Departamental de Policía Comunitaria y Estadística Criminal, quien es la autoridad encargada de establecer, organizar y resguardar la información que derive de dicho Comité en términos del numeral 1.0.2.3.0.0.0, del Manual Administrativo de la Delegación Cuauhtémoc. Durante el año 2009 se llevaron a cabo 5 Sesiones Ordinarias:

17 de Febrero del año 2009 1. Registro de participantes 2. Bienvenida 3. Conteo de quórum de la sesión 4. Firma de minuta de la 1ra. Sesión ordinaria 5. Informe de la Fiscalía Desconcentrada en Cuauhtémoc de la P.G.J.D.F. 6. Informe de la Dirección Ejecutiva Regional 1 de la S.S.P.D.F. 7. Informe de la Subdirección de Policía Comunitaria

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8. Informe de la Subdirección de Policía Cívica 9. Informe de la Subdirección de Juzgados Cívicos 10. Recepción de denuncia ciudadana 11. Asuntos Generales 12. Acuerdos 13. Cierre de la 1ª Sesión Ordinaria

5 de mayo del año 2009 Se canceló la Sesión

2 de junio del 2009

1. Registro de participantes 2. Bienvenida 3. Conteo de quórum de la sesión 4. Firma de minuta de la 1ra. Sesión ordinaria 5. Informe de la Fiscalía Desconcentrada en Cuauhtémoc de la P.G.J.D.F. 6. Informe de la Dirección Ejecutiva Regional 1 de la S.S.P.D.F. 7. Informe de la Subdirección de Policía Comunitaria 8. Informe de la Subdirección de Policía Cívica 9. Informe de la Subdirección de Juzgados Cívicos 10. Recepción de denuncia ciudadana I l. Asuntos Generales 12. Acuerdos 13. Cierre de la 3ª Sesión Ordinaria

7 de Julio del año 2009 1. Registro de Participantes 2. Bienvenida 3. Conteo de quórum y apertura de la sesión 4. Firma de minuta de la 5ª Sesión Ordinaria 5. Informe de la Fiscalía Desconcentrada en Cuauhtémoc de la P.G.J.D.F. 6. Informe del Coordinador Delegacional de Policía Judicial 7. Informe de la Dirección Ejecutiva Regional 1 de la S.S.P.D.F. 8. Informe de la Dirección Ejecutiva Regional 2 de la S.S.P.D.F. 9. Informe de la Subdirección de Policía Comunitaria 10. Informe de la Subdirección de Policía Cívica 11. Informe de la Subdirección de Juzgados Cívicos 12. Recepción de Denuncia Ciudadana 13. Asuntos Generales 14. Acuerdos 15. Cierra de la 4a. Sesión Ordinaria

4 de Agosto del año 2009

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1. Registro de participantes 2. Bienvenida 3. Conteo de quórum y apertura de la sesión 4. Firma de minuta de la 5ª Sesión ordinaria 5. Informe de la Fiscalía Desconcentrada en Cuauhtémoc de la P.G.J.D.F. 6. Informe del Coordinador Delegacional de Policía Judicial 7. Informe de la Dirección Ejecutiva Regional 1 de la S.S.P.D.F 8. Informe de la Direcci6n Ejecutiva Regional 2 de la S.S.P.D.F 9. Informe de la Subdirección de Policía Comunitaria 10. Informe de la Subdirección de Policía Cívica 11. informe de la Subdirección de Juzgados Cívicos 12. Recepción de denuncia ciudadana 13. Asuntos Generales 14. Acuerdos 15. Cierre de la 5ª Sesión Ordinaria

22 de Septiembre del año 2009 1. Registro de participantes 2. Bienvenida 3. Conteo de quórum y apertura de la sesión 4. Firma de minuta de la 6ª Sesión ordinaria 5. Informe de la Fiscalía Desconcentrada en Cuauhtémoc de la P.G.J.D.F. 6. Informe del Coordinador Delegacional de Policía Judicial 7. Informe de la Dirección Ejecutiva Regional 1 de la S.S.P.D.F. 8. Informe de la Dirección Ejecutiva Regional 2 de la S.S.P.D.F 9. Informe de la Subdirección de Juzgadas Cívicos 10. Informe de la Subdirección de Policía Comunitaria 11. Informe de la Subdirección de Policía Cívica 12. Cierre de la 7ª Sesión Ordinaria Durante el año 2010 se llevaron a cabo 3 Sesiones Ordinaria con los temas:

15 de Octubre del año 2010 Reinstalación del Comité

1. Lista de Asistencia y declaración del quórum legal 2. Mensaje del Presidente del Comité en Cuauhtémoc 3. Presentación del Comité por el Secretario Técnico Lic. Juan Víctor Manuel Guajardo Sosa. 4. Lectura y aprobación del Acuerdo de Reinstalación del Comité de Seguridad Pública 5. Lectura y aprobación del Acuerdo para establecer el Calendario de Sesiones Ordinarias del Comité. 6. Mensaje de Integrantes del Comité de Seguridad Pública en Cuauhtémoc e invitados

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7. Clausura de la Sesión

29 de Octubre del 2010

1. Registro de Asistencia y declaración de quórum 2. Aprobación del Orden del Día 3. Firma de Acta de Instalación del Comité 4. Aprobación del Calendario de Sesiones Ordinarias del Comité 5. Presentación de casos a consideración y resolución del Comité PNMERO Informe de la Dirección de Seguridad Pública SEGUNDO Informe de la Dirección Territorial en Juárez San Rafael TERCERO Informe de la Dirección Territorial en Centro Histórico CUARTO Informe de la Dirección Territorial en Tepito Guerrero QUINTO Informe de la Dirección Territorial en Santa María Tlatelolco SEXTO Informe de la Dirección Sectorial CUH-I Tlatelolco SÉPTIMO Informe de la Dirección Ejecutiva Regional Zona Cuauhtémoc OCTAVO informe de la Fiscalía Desconcentrada en Cuauhtémoc 6. Revisión y ratificación de acuerdos adoptados en la Sesión 7. Cierre del Acta de Sesi6n

26 de Noviembre del 2010

1. Registro de Asistencia y declaración de quórum 2. Aprobación del Orden del Día 3. Firma de Acta de Instalación del Comité 4. Presentación de casos a consideración y resolución del Comité 5. Presentación de casos a consideración y resolución del Comité PRIMERO Informe del Secretario Técnico del Comité SEGUNDO Informe de la Dirección Ejecutiva Regional 2 Cuauhtémoc TERCERO Informe de la Dirección Territorial en Tepito Guerrero CUARTO Informe del Director de la U.P.C. Heraldo Mixcalco 6. Revisión y ratificación de acuerdos adoptados en la Sesión 7. Cierre del Acta de Sesión

17 de Diciembre del año 2010 Se canceló la Sesión …” (sic)

Al oficio anterior, el Ente Público adjuntó la impresión de un correo electrónico del

primero de marzo de dos mil once, enviado de la cuenta de la Oficina de Información

Pública de la Delegación Cuauhtémoc, a la diversa del hoy recurrente.

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VI. Mediante acuerdo del siete de marzo de dos mil once, la Dirección Jurídica y

Desarrollo Normativo de este Instituto tuvo por presentado al Ente Público rindiendo en

tiempo y forma el informe de ley que le fue requerido.

Por otra parte, se ordenó dar vista al recurrente con el informe de ley, por el plazo de

cinco días hábiles, para que manifestara lo que a su derecho conviniera.

Dicho acuerdo se notificó a las partes el diez de marzo de dos mil once a través de los

correos electrónicos señalados para tal efecto.

VII. Por acuerdo del veinticuatro de marzo de dos mil once, la Dirección Jurídica y

Desarrollo Normativo de este Instituto hizo constar el transcurso del plazo concedido al

recurrente para que manifestara lo que a su derecho conviniera en relación con el

informe de ley, sin que hubiera formulado consideración alguna tendiente a desahogar

dicho requerimiento. En tal virtud, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 133

del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de aplicación supletoria a

la ley de la materia, declaró precluído su derecho para tal efecto.

Finalmente, otorgó un plazo común de tres días a las partes para que formularan sus

alegatos por escrito. Dicho acuerdo se notificó a las partes el veintiocho de marzo de

dos mil once a través de los correos electrónicos señalados para tal efecto.

VIII. Mediante acuerdo del seis de abril de dos mil once, la Dirección Jurídica y

Desarrollo Normativo de este Instituto hizo constar el transcurso del plazo concedido a

las partes para formular sus alegatos por escrito, sin que hicieran consideración alguna

tendiente a desahogar dicho requerimiento. En tal virtud, con fundamento en lo

dispuesto por el artículo 133 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito

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Federal, de aplicación supletoria a la ley de la materia, declaró precluído su derecho

para tal efecto.

Finalmente, se decretó el cierre del periodo de instrucción y se ordenó elaborar el

proyecto de resolución correspondiente.

En razón de que ha sido debidamente substanciado el presente recurso de revisión y

de que las pruebas que obran en el expediente consisten en documentales, que se

desahogan por su propia y especial naturaleza, con fundamento en el artículo 80,

fracción VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito

Federal, y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. El Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal es

competente para resolver el presente recurso de revisión con fundamento en lo

establecido en los artículos 1, 2, 9, 63, 70, 71, fracciones II, XXI y XLIV, 76, 77, 78, 79,

80, 81, 82 y 88 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del

Distrito Federal; 2, 3, 4, fracción IV, 12, fracciones I y XXIV, 13, fracción VII, y 14,

fracción III, del Reglamento Interior del Instituto de Acceso a la Información Pública del

Distrito Federal.

SEGUNDO. Previo al análisis de fondo de los argumentos formulados en el medio de

impugnación que nos ocupa, este Instituto realiza el estudio oficioso de las causales de

improcedencia del recurso de revisión, por tratarse de una cuestión de orden público y

de estudio preferente, atento a lo establecido por la Jurisprudencia número 940,

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publicada en la página 1538, de la Segunda Parte del Apéndice al Semanario Judicial

de la Federación 1917-1988, que a la letra dice:

IMPROCEDENCIA. Sea que las partes la aleguen o no, debe examinarse previamente la procedencia del juicio de amparo, por ser una cuestión de orden público en el juicio de garantías.

Una vez analizadas las constancias que integran el presente recurso de revisión, se

advierte que el Ente Público no hizo valer causal de improcedencia alguna y este

Órgano Colegiado tampoco advierte la actualización de alguna de las previstas por la

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal o su

normatividad supletoria.

Sin embargo, al rendir su informe de ley, el Ente Público solicitó el sobreseimiento del

presente recurso de revisión con base en el artículo 84, fracción IV de la Ley de

Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, bajo el argumento de

que entregó vía correo electrónico al particular la información requerida en su solicitud de

información, por lo que se procede al estudio de dicha causal de sobreseimiento.

Dicho precepto establece:

Artículo 84. Procede el sobreseimiento, cuando: … IV. El Ente Público cumpla con el requerimiento de la solicitud, caso en el que deberá haber constancia de la notificación de la respuesta al solicitante, dándole el Instituto vista al recurrente para que manifieste lo que a su derecho convenga; o …

Conforme al texto que antecede, para que proceda el sobreseimiento es necesario que

durante la substanciación del recurso de revisión se reúnan tres requisitos, a saber:

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a) Que el Ente Público cumpla con el requerimiento de la solicitud.

b) Que exista constancia de la notificación de la respuesta al solicitante.

c) Que el Instituto dé vista al recurrente para que manifieste lo que a su derecho

convenga.

En ese sentido, resulta necesario analizar si, en el caso que nos ocupa, las

documentales que obran en el expediente son idóneas para demostrar que se reúnen

los tres requisitos mencionados.

Por cuestión de método, se considera pertinente analizar primeramente el segundo

requisito, consistente en la existencia de una constancia que acredite que con

posterioridad a la interposición del presente medio de defensa (quince de febrero de

dos mil once), el Ente Público notificó al recurrente una respuesta.

Al respecto, el Ente Público exhibió como constancia de notificación de la segunda

respuesta la impresión de un correo electrónico del primero de marzo de dos mil once,

enviado de la cuenta electrónica de su Oficina de Información Pública a la diversa del

recurrente (fojas sesenta y seis y setenta y cinco del expediente).

A dicha documental, se le otorga valor probatorio en términos de lo dispuesto por los

artículos 374 y 402 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de

aplicación supletoria a la ley de la materia, así como con apoyo en la siguiente

Jurisprudencia:

Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: III, Abril de 1996

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Tesis: P. XLVII/96 Página: 125 PRUEBAS. SU VALORACIÓN CONFORME A LAS REGLAS DE LA LÓGICA Y DE LA EXPERIENCIA, NO ES VIOLATORIA DEL ARTÍCULO 14 CONSTITUCIONAL (ARTÍCULO 402 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL). El Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, al hablar de la valoración de pruebas, sigue un sistema de libre apreciación en materia de valoración probatoria estableciendo, de manera expresa, en su artículo 402, que los medios de prueba aportados y admitidos serán valorados en su conjunto por el juzgador, atendiendo a las reglas de la lógica y de la experiencia; y si bien es cierto que la garantía de legalidad prevista en el artículo 14 constitucional, preceptúa que las sentencias deben dictarse conforme a la letra de la ley o a su interpretación jurídica, y a falta de ésta se fundarán en los principios generales del derecho, no se viola esta garantía porque el juzgador valore las pruebas que le sean aportadas atendiendo a las reglas de la lógica y de la experiencia, pues el propio precepto procesal le obliga a exponer los fundamentos de la valoración jurídica realizada y de su decisión. Amparo directo en revisión 565/95. Javier Soto González. 10 de octubre de 1995. Unanimidad de once votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Luz Cueto Martínez. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el diecinueve de marzo en curso, aprobó, con el número XLVII/1996, la tesis que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. México, Distrito Federal, a diecinueve de marzo de mil novecientos noventa y seis.

De la impresión referida, se advierte que el Ente Público remitió, al correo electrónico

que el particular señaló como medio para recibir notificaciones, el archivo adjunto

denominado “COMPLEMENTO RESPUESTA SOL. 0029-11.pdf”; por lo tanto, con el

medio de prueba que aportó, el Ente Público acreditó que notificó correctamente la

respuesta que emitió durante la sustanciación del presente recurso y, como

consecuencia se tiene por satisfecho el segundo de los requisitos exigidos por la

fracción IV, del artículo 84 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información

Pública del Distrito Federal.

Precisado lo anterior, para analizar si con la segunda respuesta emitida por el Ente

Público se satisface el primero de los requisitos planteados, es necesario precisar que

a fojas cinco a siete del expediente obra la impresión del “Acuse de recibo de solicitud

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de acceso a la información pública” con folio 0405000002911 del que se desprende que

el particular requirió a la Delegación Cuauhtémoc, respecto de los años dos mil ocho,

dos mil nueve y dos mil diez:

1. Lista de integrantes y reporte de actividades:

a. Del Consejo para la Asistencia y Prevención de la Violencia Familiar, a que hace referencia la Ley de Asistencia e Integración Social (artículo 6).

b. Del Consejo Delegacional de Desarrollo Social, a que hace referencia la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (artículo 19).

c. Del Consejo Delegacional de Educación, a que hace referencia la Ley de

Educación del Distrito Federal (artículo 168).

d. Del Consejo Delegacional de Verificación Ciudadana, a que hace referencia la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal (artículo 2).

e. Del Consejo Delegacional para el Fomento de la Cultura, a que hace

referencia la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal (artículo 33).

f. Del Comité de Fomento Económico Delegacional, a que hace referencia la Ley de Fomento para el Desarrollo Económico del Distrito Federal (artículo 22).

g. Del Consejo de Personas Adultas Mayores, a que hace referencia la Ley de

los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal (artículo 36).

h. Del Comité Mixto de Planeación, a que hace referencia la Ley de Planeación

de Desarrollo Distrito Federal (artículo 54).

i. Del Consejo Consultivo Ciudadano Delegacional para la Atención y Bienestar de los Animales, a que hace referencia la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal (artículo 1).

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j. Del Consejo Delegacional de Protección Civil, a que hace referencia la Ley de Protección Civil del Distrito Federal (artículo 33).

k. De la Junta Delegacional de Salvaguarda, a que hace referencia la Ley de

Salvaguarda del Patrimonio Artístico Arquitectónico para el Distrito Federal (artículo 54).

l. Del Comité de Seguridad Pública Delegacional, a que hace referencia la Ley

de Seguridad Pública del Distrito Federal (artículo 63).

2. Número de eventos de consultas ciudadanas realizadas en la demarcación, en términos de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal (artículo 47).

3. Número de actividades conjuntas pactadas en la demarcación, en términos del mecanismo “Colaboración ciudadana” previsto en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal (artículo 51).

4. Número de recorridos del Jefe Delegacional, a que hace referencia la Ley de

Participación Ciudadana del Distrito Federal (artículo 74).

5. Número de comisiones de administración y supervisión instaladas y operativas en la demarcación, a que hace referencia la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal (artículo 85).

6. Número de denuncias por riesgos en lugares públicos recibidas, atendidas y

número de procedimientos administrativos iniciados como consecuencia, a que hace referencia la Ley de Protección Civil del Distrito Federal (artículo 16).

A la documental mencionada, se le otorga valor probatorio con fundamento en lo

dispuesto por los artículos 374 y 402 del Código de Procedimientos Civiles para el

Distrito Federal, de aplicación supletoria a la ley de la materia, así como con apoyo en la

Jurisprudencia previamente transcrita cuyo rubro es “PRUEBAS. SU VALORACIÓN

CONFORME A LAS REGLAS DE LA LÓGICA Y DE LA EXPERIENCIA, NO ES

VIOLATORIA DEL ARTÍCULO 14 CONSTITUCIONAL (ARTÍCULO 402 DEL CÓDIGO

DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL)”.

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De la lectura al escrito inicial se observa que el recurrente se inconformó porque el

funcionario del Área de Seguridad Pública fue omiso en responder la solicitud en lo

referente al Consejo de Seguridad Pública Delegacional (en relación al reporte de

actividades), reservando indebidamente la información, al no señalar que expedientes

resguardan la información y los motivos de la clasificación, no habiendo una debida

fundamentación y motivación de los actos de autoridad conforme al artículo 16

Constitucional.

Bajo esta circunstancia, este Órgano Colegiado considera que el estudio relativo a

determinar si se actualiza el primero de los requisitos para que opere la causal de

sobreseimiento se centra en verificar si, después de interpuesto el presente medio de

impugnación, el Ente Público emitió una respuesta en la que haya proporcionado los

informes de actividades del Comité de Seguridad Pública Delegacional respecto de los

años dos mil ocho, dos mil nueve y dos mil diez (requerimiento 1, inciso l)

De este modo, resulta pertinente traer a colación el contenido de la segunda respuesta

contenida en el oficio número DGSP/145/11 del veintiocho de febrero de dos mil once,

por medio del cual el Ente Público informó lo siguiente en relación al reporte de

actividades:

Reiteró que los expedientes que resguardan la información son clasificados, en forma general y no en específico como es las funciones operativas.

Indicó que en las Minutas de cada una de sus sesiones del Comité se enmarca la clasificación.

Explicó la naturaleza, función, operación del Comité de Seguridad Pública Delegacional.

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Informó que durante dos mil ocho no se encontró información en los archivos de la Unidad Departamental de Policía Comunitaria y Estadística Criminal, quien es la autoridad encargada de establecer, organizar y resguardar la información que derive de dicho Comité de referencia, en términos del numeral 1.0.2.3.0.0.0, del Manual Administrativo de la Delegación Cuauhtémoc.

Proporcionó la información del Orden del Día de cada sesión ordinaria del periodo solicitado:

o Durante el dos mil nueve informó que se llevaron a cabo 5 Sesiones Ordinarias, anexando las respectivas ordenes del día, de las que se advierten los asuntos que se trataron.

o En el año dos mil diez se llevaron a cabo tres Sesiones Ordinarias, respecto de las cuales anexó el orden del día, de las que se advierten los asuntos que se trataron.

Descrita en los términos anteriores la información contenida en la respuesta emitida

durante la substanciación de este medio de defensa, este Instituto estima que con ella

el Ente Público satisfizo lo concerniente a los informes de actividades del Comité de

Seguridad Pública Delegacional respecto del año dos mil ocho, al haber informado de

manera categórica que no localizó información relativa a dicho ejercicio; no así los

correspondientes al dos mil nueve y dos mil diez, por las razones que se exponen a

continuación:

Respecto a los informes de actividades del Comité de Seguridad Pública Delegacional relativos al año dos mil ocho, la autoridad responsable informó que no se encontró información en los archivos de su Unidad Departamental de Policía Comunitaria y Estadística Criminal, autoridad encargada de establecer, organizar y resguardar la información que derive de dicho Comité en términos de lo dispuesto en el Manual Administrativo de la Delegación Cuauhtémoc.

En ese tenor, si la Unidad Departamental de Policía Comunitaria y Estadística Criminal de la Delegación Cuauhtémoc, unidad administrativa competente para

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emitir pronunciamiento, informó que en sus archivos no encontró informes de actividades del Comité de Seguridad Pública Delegacional del año dos mil ocho, aunado a que de la revisión al apartado correspondiente a la fracción XI, del artículo 14 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal del Ente Público1, no se encontró elemento que lleve a este Órgano Colegiado a presumir lo contrario, no existen medios de convicción que desvirtúen la afirmación del Ente Público, por lo que se estima que la respuesta da certeza jurídica al particular de que no existen informes de actividades del Comité de Seguridad Pública Delegacional del año dos mil ocho, máxime si se toma en cuenta que la actuación del Ente Público se rige por el principio de veracidad, consagrado en el artículo 2 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, así como, por el principio de buena fe, de conformidad con los artículos 5 y 32 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, de aplicación supletoria a la Ley de la materia. Dichos preceptos legales disponen:

LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

Artículo 2. En sus relaciones con los particulares, los órganos Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Autónomos por Ley, así como aquellos Entes Públicos del Distrito Federal que ejerzan gasto público, atenderán a los principios de legalidad, certeza jurídica, imparcialidad, información, celeridad, veracidad, transparencia y máxima publicidad de sus actos.

LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL

Artículo 5. El procedimiento administrativo que establece la presente Ley se regirá por los principios de simplificación, agilidad, información, precisión, legalidad, transparencia, imparcialidad y buena fe. Artículo 32. El procedimiento administrativo podrá iniciarse de oficio o a petición del interesado. Las manifestaciones, informes o declaraciones rendidas por los interesados a la autoridad competente, se presumirán ciertas salvo prueba en contrario, aún cuando estén sujetas al control y verificación de la autoridad. Si los informes o declaraciones proporcionados por el particular resultan falsos, se aplicarán las sanciones administrativas correspondientes, sin perjuicio de las penas en que incurran aquéllos que se conduzcan con falsedad de acuerdo con los ordenamientos legales aplicables. La actuación administrativa de la

1 http://www.cuauhtemoc.df.gob.mx/trans/14/xi.php

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autoridad y la de los interesados se sujetará al principio de buena fe.

Por lo que toca a los informes de actividades del Comité de Seguridad Pública

Delegacional relativos a los años dos mil nueve y dos mil diez, del contrataste

realizado entre el “Acuse de recibo de solicitud de acceso a la información pública” y el

oficio SGSP/145/11 del veintiocho de febrero de dos mil once, el cual contiene la

segunda respuesta, se observa que mientras el particular solicitó informes de

actividades del Comité de Seguridad Pública Delegacional relativos a los años dos mil

nueve y dos mil diez, el Ente Público le entregó las órdenes del día de cinco sesiones

ordinarias llevadas a cabo en dos mil nueve y de tres sesiones ordinarias

realizadas en dos mil diez por el Comité de Seguridad Pública Delegacional,

reiterando que la información del interés del particular es clasificada, sin exponer

fundamentación y motivación en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública del Distrito Federal.

Por lo anterior, no se puede tener por satisfecho el requerimiento de información relativo

a los años dos mil nueve y dos mil diez.

Por lo anteriormente expuesto, se concluye que el único requerimiento satisfecho por

el Ente recurrido durante la sustanciación del presente medio de impugnación fue el

relativo a los informes de actividades del Comité de Seguridad Pública Delegacional

del dos mil ocho, no así los correspondientes a los años dos mil nueve y dos mil diez;

por lo que resulta procedente tener por no satisfecho el primero de los requisitos

para que se actualice la causal de sobreseimiento prevista en el artículo 84, fracción IV

de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y, en

consecuencia, se procede a entrar al estudio de fondo de la controversia.

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TERCERO. Una vez realizado el estudio de las constancias que integran el expediente

que nos ocupa, se desprende que la resolución sustancialmente consiste en determinar

si la respuesta impugnada, transgredió el derecho de acceso a la información pública

del recurrente y, en su caso, si resulta procedente ordenar la entrega de la información

solicitada, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública del Distrito Federal.

Por razón de método, el estudio y resolución del cumplimiento de la obligación del Ente

Público de proporcionar la información solicitada se realizará en un primer apartado y,

en su caso, las posibles infracciones a la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública del Distrito Federal, se tratarán en capítulos independientes.

CUARTO. En la solicitud de acceso a la información pública que dio origen al presente

medio de impugnación, el ahora recurrente solicitó a la Delegación Cuauhtémoc

respecto de los años dos mil ocho, dos mil nueve y dos mil diez:

1. Lista de integrantes y reporte de actividades:

a. Del Consejo para la Asistencia y Prevención de la Violencia Familiar, a que hace referencia la Ley de Asistencia e Integración Social (artículo 6).

b. Del Consejo Delegacional de Desarrollo Social, a que hace referencia la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (artículo 19).

c. Del Consejo Delegacional de Educación, a que hace referencia la Ley de

Educación del Distrito Federal (artículo 168).

d. Del Consejo Delegacional de Verificación Ciudadana, a que hace referencia la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal (artículo 2).

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e. Del Consejo Delegacional para el Fomento de la Cultura, a que hace referencia la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal (artículo 33).

f. Del Comité de Fomento Económico Delegacional, a que hace referencia la Ley

de Fomento para el Desarrollo Económico del Distrito Federal (artículo 22).

g. Del Consejo de Personas Adultas Mayores, a que hace referencia la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal (artículo 36).

h. Del Comité Mixto de Planeación, a que hace referencia la Ley de Planeación de

Desarrollo del Distrito Federal (artículo 54).

i. Del Consejo Consultivo Ciudadano Delegacional para la Atención y Bienestar de los Animales, a que hace referencia la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal (artículo 1).

j. Del Consejo Delegacional de Protección Civil, a que hace referencia la Ley de

Protección Civil del Distrito Federal (artículo 33).

k. De la Junta Delegacional de Salvaguarda, a que hace referencia la Ley de Salvaguarda del Patrimonio Artístico Arquitectónico para el Distrito Federal (artículo 54).

l. Del Comité de Seguridad Pública Delegacional, a que hace referencia la Ley de

Seguridad Pública del Distrito Federal (artículo 63).

2. Número de eventos de consultas ciudadanas realizadas en la demarcación, en términos de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal (artículo 47).

3. Número de actividades conjuntas pactadas en la demarcación, en términos del

mecanismo “Colaboración ciudadana” previsto en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal (artículo 51).

4. Número de recorridos del Jefe Delegacional, a que hace referencia la Ley de

Participación Ciudadana del Distrito Federal (artículo 74).

5. Número de comisiones de administración y supervisión instaladas y operativas en la demarcación, a que hace referencia la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal (artículo 85).

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6. Número de denuncias por riesgos en lugares públicos recibidas, atendidas y número de procedimientos administrativos iniciados como consecuencia, a que hace referencia la Ley de Protección Civil del Distrito Federal (artículo 16).

En respuesta, de conformidad con la gestión que realizó ante sus Direcciones

Generales General Jurídica y de Gobierno, de Desarrollo Social y de Seguridad Pública,

Dirección Interinstitucional de Fomento Económico y Cooperativo, Secretaría Particular,

el Ente Público en atención a los requerimientos identificados con el numeral 1:

a. Proporcionó lista de integrantes y reporte de actividades del Consejo para la Asistencia y Prevención de la Violencia Familiar, aclarando que ese Consejo se instaló el dieciséis de noviembre de dos mil diez, por lo que no se tenían antecedentes de los ejercicios dos mil ocho y dos mil nueve (foja treinta y dos y treinta y tres del expediente).

b. Proporcionó lista de integrantes del Consejo Delegacional de Desarrollo Social y respecto al reporte de actividades de los ejercicios dos mil ocho y dos mil nueve, le comunicó que después de efectuar una búsqueda exhaustiva no se encontraron en sus archivos. Finalmente en relación a los correspondientes a dos mil diez comunicó que la reinstalación del Consejo para el ejercicio dos mil diez fue hasta el quince de diciembre de ese año, adicionando el reporte de actividades (fojas treinta y cuatro y treinta y cinco del expediente).

c. Proporcionó lista de integrantes del Consejo Delegacional de Educación y en relación al reporte de actividades comunicó que únicamente cuenta con información a partir de dos mil diez, entregándole las líneas de trabajo e instalación del citado Consejo (fojas treinta y cinco, treinta y seis y treinta y siete del expediente).

d. En términos del artículo 2 de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito

Federal, informó que a la fecha no se ha conformado el Consejo Delegacional de Verificación Administrativa por carecer de Reglamento que regule su integración y funcionamiento (foja veintinueve del expediente).

e. Proporcionó lista de integrantes y reporte de actividades del Consejo Delegacional para el Fomento de la Cultura, informando que el dos de julio de dos mil diez se llevó a cabo la instalación de Primer Consejo de Fomento y

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Desarrollo Culturas en Cuauhtémoc por lo que tenía registros anteriores a esa fecha. Asimismo le entregó el reporte de actividades (foja treinta y siete y treinta y nueve del expediente).

f. Proporcionó lista de integrantes del Comité de Fomento Económico Delegacional

de los años dos mil ocho, dos mil nueve y dos mil diez e informó el reporte de sus actividades, así como la orden del día de tres sesiones ordinarias llevadas a cabo en dos mil ocho, cuatro sesiones ordinarias realizadas en dos mil nueve y cuatro sesiones ordinarias efectuadas en dos mil diez. (fojas veintidós a veinticinco del expediente).

g. Proporcionó lista de integrantes del Consejo de Personas Adultas Mayores y los

principales avances y acuerdos de las comisiones de trabajo del Consejo Asesor para la integración, promoción y defensa de los derechos de las personas adultas mayores (fojas treinta y nueve a cuarenta y dos del expediente).

h. No emitió pronunciamiento. i. No emitió pronunciamiento.

j. Proporcionó tabla que contiene el número de denuncias ciudadanas y su

canalización, presentadas en dos mil ocho, dos mil nueve y dos mil diez y tabla con las sesiones del Consejo Delegacional de Protección Civil efectuadas en dos mil ocho, dos mil nueve y dos mil diez. (foja veintiocho del expediente).

k. No emitió pronunciamiento.

l. Proporcionó el listado de participantes del Comité de Seguridad Pública e

informó que dicho Comité genera acuerdos entre sus integrantes para ser revisados y ratificados con el objeto de implementar los operativos necesarios a fin de contener o bajar el índice delictivo en esa demarcación territorial, por lo que el reporte de actividades solicitado se considera concerniente a ciertas estrategias, presentando las características de ser de uso manifiesto de los planes de seguridad, lo anterior de conformidad con el artículo 21, penúltimo y último párrafo, de la Ley Nacional de Seguridad; artículo 17, fracciones VI, IX y XIII, de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal y 123, apartado “B”, fracción XIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (fojas diecinueve a veintiuno del expediente).

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Por su parte, en atención al numeral 2, en el anexo del oficio número DGPC/102/2011

del once de febrero de dos mil once (fojas cuarenta y tres y cuarenta y cuatro del

expediente), informó que la consulta de prioridades ciudadanas se realizó en treinta y

siete unidades territoriales, con una participación total de diez mil novecientos noventa y

tres vecinos y fue aplicada en el años dos mil ocho, proporcionando los resultados

obtenidos por unidad territorial ciudadana; mientras que, en el caso del numeral 3,

entregó el “Proyecto de Participación Ciudadana, Consejo Ciudadano de Gobierno

(2007)”.

Finalmente respecto al numeral 5, manifestó que las Comisiones de Administración y

Supervisión, recientemente se integraron en cada Comité Ciudadano en sus sesiones

ordinarias (foja cincuenta y seis del expediente).

Lo anterior, se desprende de las documentales consistentes en el “Acuse de recibo de

solicitud de acceso a la información pública” con folio 0405000002911 y la impresión de

las documentales contenidas en los archivos denominados “ANEXO 1, SOL. 0029-11,

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA.pdf” y “ANEXO 2, SOL. 0029-11,

PARTICIPACIÓN MECANISMOS.pdf”; a las que se les concede valor probatorio en

términos de lo dispuesto por los artículos 374 y 402 del Código de Procedimientos

Civiles para el Distrito Federal, de aplicación supletoria a la ley de la material, así como

con apoyo en la Jurisprudencia previamente transcrita cuyo rubro es “PRUEBAS. SU

VALORACIÓN CONFORME A LAS REGLAS DE LA LÓGICA Y DE LA

EXPERIENCIA, NO ES VIOLATORIA DEL ARTÍCULO 14 CONSTITUCIONAL

(ARTÍCULO 402 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO

FEDERAL)”.

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Respecto de la respuesta anterior, el recurrente se inconformó porque el funcionario del

Área de Seguridad Pública fue omiso en responder la solicitud en lo referente al

Consejo de Seguridad Pública Delegacional (en relación al reporte de actividades),

reservando indebidamente la información, al no señalar que expedientes resguardan la

información y los motivos de la clasificación, no habiendo una debida fundamentación y

motivación de los actos de autoridad conforme al artículo 16 Constitucional.

Conforme a lo anterior, es evidente que el recurrente no expresó inconformidad alguna

relacionada con la atención brindada a los requerimientos identificados con los

numerales 1, incisos a, b, c, d, e, f, g, h, i, j y k; 2, 3, 4, 5 y 6, por lo que el análisis de

su legalidad queda fuera de la controversia, apoyándose este razonamiento en la

Jurisprudencia y la Tesis Aislada cuyo rubro y sumario expresan:

No. Registro: 204,707 Jurisprudencia Materia(s): Común Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta II, Agosto de 1995 Tesis: VI.2o. J/21 Página: 291 ACTOS CONSENTIDOS TÁCITAMENTE. Se presumen así, para los efectos del amparo, los actos del orden civil y administrativo, que no hubieren sido reclamados en esa vía dentro de los plazos que la ley señala. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO. Amparo en revisión 104/88. Anselmo Romero Martínez. 19 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Álvarez. Amparo en revisión 256/89. José Manuel Parra Gutiérrez. 15 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna. Amparo en revisión 92/91. Ciasa de Puebla, S.A. de C.V. 12 de marzo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Álvarez.

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Amparo en revisión 135/95. Alfredo Bretón González. 22 de marzo de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Zapata Huesca. Amparo en revisión 321/95. Guillermo Báez Vargas. 21 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Zapata Huesca.

No. Registro: 219,095 Tesis aislada Materia(s): Común Octava Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación IX, Junio de 1992 Tesis: Página: 364 CONSENTIMIENTO TÁCITO DEL ACTO RECLAMADO EN AMPARO. ELEMENTOS PARA PRESUMIRLO. Atento a lo dispuesto en el artículo 73, fracción XII, de la Ley de Amparo, el juicio constitucional es improcedente contra actos consentidos tácitamente, reputando como tales los no reclamados dentro de los plazos establecidos en los artículos 21, 22 y 218 de ese ordenamiento, excepto en los casos consignados expresamente en materia de amparo contra leyes. Esta norma jurídica tiene su explicación y su fundamento racional en esta presunción humana: cuando una persona sufre una afectación con un acto de autoridad y tiene la posibilidad legal de impugnar ese acto en el juicio de amparo dentro de un plazo perentorio determinado, y no obstante deja pasar el término sin presentar la demanda, esta conducta en tales circunstancias revela conformidad con el acto. En el ámbito y para los efectos del amparo, el razonamiento contiene los hechos conocidos siguientes: a) Un acto de autoridad; b) Una persona afectada por tal acto; c) La posibilidad legal para dicha persona de promover el juicio de amparo contra el acto en mención; d) El establecimiento en la ley de un plazo perentorio para el ejercicio de la acción; y e) El transcurso de ese lapso sin haberse presentado la demanda. Todos estos elementos deben concurrir necesariamente para la validez de la presunción, pues la falta de alguno impide la reunión de lo indispensable para estimar el hecho desconocido como una consecuencia lógica y natural de los hechos conocidos. Así, ante la inexistencia del acto de autoridad faltaría el objeto sobre el cual pudiera recaer la acción de consentimiento; si no hubiera una persona afectada faltaría el sujeto de la acción; si la ley no confiere la posibilidad de ocurrir en demanda de la justicia federal, la omisión de tal demanda no puede servir de base para estimar la conformidad del afectado con el acto de autoridad, en tanto no pueda encausar su inconformidad por ese medio; y si la ley no fija un plazo perentorio para deducir la acción de amparo o habiéndolo fijado éste no ha transcurrido, la no presentación de la demanda no puede revelar con certeza y claridad la aquiescencia del acto de autoridad en su contenido y consecuencias, al subsistir la posibilidad de entablar la contienda. CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

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Amparo en revisión 358/92. José Fernández Gamiño. 23 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Mauro Miguel Reyes Zapata. Secretaria: Aurora Rojas Bonilla. Amparo en revisión 421/92. Rodolfo Aguirre Medina. 19 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Leonel Castillo González. Secretario: J. Jesús Contreras Coria. Amparo en revisión 704/90. Fernando Carvajal. 11 de octubre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Leonel Castillo González. Secretario: Jaime Uriel Torres Hernández. Octava Época, Tomo VI, Segunda Parte-1, página 113.

En consecuencia, este Órgano Colegiado únicamente se pronunciará sobre la legalidad

de la respuesta combatida en lo que se refiere al requerimiento identificado con el

numeral 1, inciso l, relativa al “Reporte de actividades del Comité de Seguridad Pública

Delegacional respecto de los años dos mil ocho, dos mil nueve y dos mil diez”.

En principio, de acuerdo a lo señalado en el Considerando Segundo, el Ente Público ya

emitió pronunciamiento categórico respecto al año dos mil ocho, mismo que ya hizo

del conocimiento del recurrente por lo que resultaría ocioso ordenar al Ente Público que

la entregue de nueva cuenta. Por tal motivo, en el presente Considerando solamente se

hará pronunciamiento sobre la información correspondiente a los años dos mil nueve y

dos mil diez.

Delimitada la litis en los términos precedentes, se procede a dilucidar si tal y como lo

señaló el ahora recurrente, el Ente Público fue omiso en responder la solicitud en lo

referente al Comité de Seguridad Pública Delegacional (en relación al reporte de

actividades), reservando indebidamente la información, al no señalar qué expedientes

resguardan la información y los motivos de la clasificación, no habiendo una debida

fundamentación y motivación de los actos de autoridad conforme al artículo 16

Constitucional; o si, por el contrario, la misma se encuentra ajustada a la Ley de

Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.

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En este orden de ideas, teniendo a la vista el oficio DSP/078/11 del diecinueve de enero

de dos mil once, suscrito por el Director de Seguridad Pública del Ente Público, se

advierte que se informó que el Comité de Seguridad Pública genera acuerdos entre sus

integrantes para ser revisados y ratificados con el objeto de implementar los operativos

necesarios a fin de contener o bajar el índice delictivo en esa demarcación territorial,

por lo que el reporte de actividades solicitado se considera concerniente a ciertas

estrategias descritas en el Sistema Nacional de Seguridad Pública “… y su Ley,

derivada conforme a los artículos 21 último y penúltimo párrafos, así como 123

Apartado “B” fracción XIII de la Constitución Federal”, y 17, fracciones VI, IX y XIII, de la

Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal.

De lo anterior, lo primero que se advierte es que el ahora recurrente no solicitó se le

entregara los documentos que genera el Comité de Seguridad Pública (acuerdos), ni

cuáles son las medidas o acciones que lleva a cabo con motivo de las decisiones que

adopta como Órgano Colegiado, por lo que la primera parte de la respuesta impugnada

resulta incongruente con lo requerido en la solicitud de información que motivo el

presente recurso de revisión; consistente en los reportes, que se traduce en el

documento cualquiera que sea su denominación, que al efecto contenga las

actividades que haya realizado el Comité referido. Consecuentemente la respuesta

resultó contraria al principio de congruencia previsto en el artículo 6, fracción X de la

Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, de aplicación supletoria a la

ley de la materia, de acuerdo con el cual, los entes públicos deben expedirse

congruentemente con lo solicitado. El artículo invocado es del tenor literal siguiente:

Artículo 6º.- Se consideran válidos los actos administrativos que reúnan los siguientes elementos: …

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X. Expedirse de manera congruente con lo solicitado y resolver expresamente todos los puntos propuestos por los interesados previstos por las normas.

En ese mismo orden de ideas, también se advierte que en la segunda parte de la

respuesta primigenia el Ente recurrido clasificó los informes de actividades, bajo el

argumento de que están vinculados a ciertas estrategias descritas en el Sistema

Nacional de Seguridad Pública, presentando las características de ser de uso

manifiesto de los planes de seguridad.

De lo expuesto, se concluye que las razones aducidas por el Ente Público tendientes a

demostrar que la entrega de la información requerida se encuentra vinculada a ciertas

estrategias descritas en el Sistema Nacional de Seguridad Pública, presentando las

características de ser de uso manifiesto de los planes de seguridad resultan

insuficientes para tener por colmado el principio de legalidad previsto en el artículo 2 de

la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, el cual

consiste en que las determinaciones emitidas en materia de transparencia y acceso a la

información deben estar debidamente fundadas y motivadas, pues en ellas se deben

citar con precisión los preceptos legales aplicables, así como las circunstancias

especiales, razones particulares o causas inmediatas que se hayan tenido en

consideración para su emisión, debiendo existir una adecuación entre los motivos

aducidos y las normas aplicadas al caso, así como, constar en la respuesta emitida.

Lo anterior es así porque, al emitir la respuesta impugnada, el Ente Público sin bien es

cierto ofreció una motivación del por qué no resultaba procedente la entrega de la

información, también lo es que no expresó ningún supuesto normativo de reserva

previsto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito

Federal. Consecuentemente, el acto impugnado carece fundamentación y si bien se

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encuentra motivado, tal situación es insuficiente para estimar que se satisface el

principio de legalidad. Al respecto, es importante citar la siguiente jurisprudencia emitida

por el Poder Judicial de la Federación:

Registro No. 170307 Localización: Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXVII, Febrero de 2008 Página: 1964 Tesis: I.3o.C. J/47 Jurisprudencia Materia(s): Común FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN. LA DIFERENCIA ENTRE LA FALTA Y LA INDEBIDA SATISFACCIÓN DE AMBOS REQUISITOS CONSTITUCIONALES TRASCIENDE AL ORDEN EN QUE DEBEN ESTUDIARSE LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN Y A LOS EFECTOS DEL FALLO PROTECTOR. La falta de fundamentación y motivación es una violación formal diversa a la indebida o incorrecta fundamentación y motivación, que es una violación material o de fondo, siendo distintos los efectos que genera la existencia de una u otra, por lo que el estudio de aquella omisión debe hacerse de manera previa. En efecto, el artículo 16 constitucional establece, en su primer párrafo, el imperativo para las autoridades de fundar y motivar sus actos que incidan en la esfera de los gobernados, pero la contravención al mandato constitucional que exige la expresión de ambas en los actos de autoridad puede revestir dos formas distintas, a saber: la derivada de su falta, y la correspondiente a su incorrección. Se produce la falta de fundamentación y motivación, cuando se omite expresar el dispositivo legal aplicable al asunto y las razones que se hayan considerado para estimar que el caso puede subsumirse en la hipótesis prevista en esa norma jurídica. En cambio, hay una indebida fundamentación cuando en el acto de autoridad sí se invoca el precepto legal, sin embargo, resulta inaplicable al asunto por las características específicas de éste que impiden su adecuación o encuadre en la hipótesis normativa; y una incorrecta motivación, en el supuesto en que sí se indican las razones que tiene en consideración la autoridad para emitir el acto, pero aquéllas están en disonancia con el contenido de la norma legal que se aplica en el caso. De manera que la falta de fundamentación y motivación significa la carencia o ausencia de tales requisitos, mientras que la indebida o incorrecta fundamentación y motivación entraña la presencia de ambos requisitos constitucionales, pero con un desajuste entre la aplicación de normas y los razonamientos formulados por la autoridad con el caso concreto. La diferencia apuntada permite advertir que en el primer supuesto se trata de una violación formal dado que el acto de autoridad carece de elementos ínsitos,

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connaturales, al mismo por virtud de un imperativo constitucional, por lo que, advertida su ausencia mediante la simple lectura del acto reclamado, procederá conceder el amparo solicitado; y en el segundo caso consiste en una violación material o de fondo porque se ha cumplido con la forma mediante la expresión de fundamentos y motivos, pero unos y otros son incorrectos, lo cual, por regla general, también dará lugar a un fallo protector, sin embargo, será menester un previo análisis del contenido del asunto para llegar a concluir la mencionada incorrección. Por virtud de esa nota distintiva, los efectos de la concesión del amparo, tratándose de una resolución jurisdiccional, son igualmente diversos en uno y otro caso, pues aunque existe un elemento común, o sea, que la autoridad deje insubsistente el acto inconstitucional, en el primer supuesto será para que subsane la irregularidad expresando la fundamentación y motivación antes ausente, y en el segundo para que aporte fundamentos y motivos diferentes a los que formuló previamente. La apuntada diferencia trasciende, igualmente, al orden en que se deberán estudiar los argumentos que hagan valer los quejosos, ya que si en un caso se advierte la carencia de los requisitos constitucionales de que se trata, es decir, una violación formal, se concederá el amparo para los efectos indicados, con exclusión del análisis de los motivos de disenso que, concurriendo con los atinentes al defecto, versen sobre la incorrección de ambos elementos inherentes al acto de autoridad; empero, si han sido satisfechos aquéllos, será factible el estudio de la indebida fundamentación y motivación, esto es, de la violación material o de fondo. TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 551/2005. Jorge Luis Almaral Mendívil. 20 de octubre de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Neófito López Ramos. Secretario: Raúl Alfaro Telpalo. Amparo directo 66/2007. Juan Ramón Jaime Alcántara. 15 de febrero de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Neófito López Ramos. Secretario: Raúl Alfaro Telpalo. Amparo directo 364/2007. Guadalupe Rodríguez Daniel. 6 de julio de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Neófito López Ramos. Secretaria: Greta Lozada Amezcua. Amparo directo 513/2007. Autofinanciamiento México, S.A. de C.V. 4 de octubre de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Neófito López Ramos. Secretario: Raúl Alfaro Telpalo. Amparo directo 562/2007. Arenas y Gravas Xaltepec, S.A. 11 de octubre de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Neófito López Ramos. Secretario: Raúl Alfaro Telpalo.

En relación con lo anterior, se advierte que el Ente Público no atendió lo dispuesto en el

diverso artículo 36, segundo párrafo, de la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública del Distrito Federal que dispone que la información únicamente

podrá ser clasificada como reservada mediante resolución fundada y motivada, en la

que a partir de elementos objetivos o verificables pueda identificarse una alta

probabilidad de dañar el interés público protegido.

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En adición a lo expuesto, no se advierte que la respuesta del Ente Público haya sido

emitida por el Comité de Transparencia de la Delegación Cuauhtémoc, sino por su

Dirección de Seguridad Pública, violentando con tal actuación lo previsto en el artículo

50 de la ley de la materia, ya que no se puede negar información alguna que no

encuadre en las hipótesis de restricción previstas en ella y, en tales casos, es el Comité

de Transparencia el que debe emitir la respectiva resolución en la que se indiquen las

razones y fundamentos por los cuales no resulta procedente entregar al información, lo

que en el caso concreto no ocurrió.

Es pertinente señalar que tampoco se advierte que la Delegación Cuauhtémoc haya

cumplido con lo establecido en el artículo 42 de la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública del Distrito Federal, que obliga a que la respuesta que clasifica

información como reservada, deberá indicar:

a) La fuente de la información. b) Que la misma encuadra en alguna de las hipótesis de excepción previstas en la

presente ley. c) Que su divulgación lesiona el interés que protege. d) Que el daño que puede producirse con la publicidad de la información es mayor que

el interés público de conocerla. e) Estar fundada y motivada. f) Precisar las partes de los documentos que se reservan. g) El plazo de reserva. h) La designación de la autoridad responsable de su conservación, guarda y custodia;

requisitos no colmados por la recurrida para tener por legítima la clasificación de la información.

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Por todo lo expuesto, resultaría suficiente ordenar al Ente Público que proporcione la

información requerida, sin embargo, toda vez que este Instituto también se encuentra

obligado a velar que no se entregue información de acceso restringido estima

conveniente realizar analizar la naturaleza de la información requerida por el particular.

Así se tiene que lo requerido por el ahora recurrente se trata del “Reporte de

actividades del Comité de Seguridad Pública Delegacional respecto de los años dos

mil nueve y dos mil diez”; entendido como informes o cualquier otro documento que

contenga las actividades que haya realizado el Comité de Seguridad Pública

Delegacional, es decir, requiere se le informe de todas aquellas acciones y actividades

implementadas y desarrolladas por el citado Comité y sus resultados durante los años

dos mil nueve y diez (aquellas que ya hayan concluido), las cuales si bien pudieran

derivar de los acuerdos emitidos por el comité en cuestión, tal y como lo afirma en la

respuesta impugnada, también lo es que su descripción en un reporte no

necesariamente implica señalar en forma detallada los acuerdos y estrategias

implementados.

Incluso si se toma como referencia que el reporte pudiera consistir en un informe de

actividades, entendido como una descripción de un suceso o asunto, su naturaleza es

la de ser genérico a fin de ofrecer a su interesado una idea de las acciones llevadas a

cabo, sin necesidad de entrar al detalle como si lo serían los acuerdos, en los que se

requieren especificidades para implementar las estrategias de seguridad en la

Delegación Cuauhtémoc.

En otras palabras, lo requerido por el particular no se trata de las estrategias o acciones

en materia de seguridad que implementará o que se encuentra ejecutando el Ente

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recurrido a través de la unidad administrativa competente en la materia, (información

que sí revestiría el carácter de información de acceso restringido), sino las acciones

que ha ejecutado y en su caso los resultados obtenidos.

La conclusión alcanzada se ve plenamente robustecida teniendo en cuenta las

atribuciones con que cuentan los Comités Delegacionales en términos de los artículos

63 y 64 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, los que dada su relevancia

para el asunto se transcribe a continuación:

TITULO OCTAVO

DE LA PARTICIPACIÓN VECINAL Y CIUDADANA

CAPITULO UNICO

ARTICULO 63.- En cada una de las Delegaciones del Departamento se establecerá y organizará un Comité de Seguridad Pública como instancia colegiada de consulta y participación ciudadana. En dichos comités, además de la representación que se determine para la Secretaría y la Procuraduría, deberán participar representantes populares así como organizaciones vecinales o ciudadanas. El Delegado correspondiente presidirá y coordinará las actividades del Comité.

ARTICULO 64.- Corresponde a los Comités Delegacionales de Seguridad Pública I.- Ser órganos de consulta, análisis y opinión de las respectivas Delegaciones en materia de seguridad pública; II.- Emitir opiniones y sugerencias para la elaboración y evaluación del subprograma Delegacional de Seguridad Pública con participación vecinal y evaluar la ejecución del mismo; III.- Informar sobre las zonas que en su concepto tengan mayor índice de delincuencia dentro de la circunscripción territorial de cada una de las Delegaciones; IV.- Estudiar y proponer a la Procuraduría y al Departamento, mecanismos de

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coordinación y desconcentración, para la mejor cobertura y calidad en los servicios que tienen encomendados; V.- Verificar que el patrullaje se realice en los términos del subprograma, mediante los mecanismos y códigos que al efecto acuerden con las autoridades a fin de arraigar y vincular al policía con la comunidad; VI.- Proponer anualmente al Consejo de Honor y Justicia correspondiente, el otorgamiento de la Condecoración al Mérito, al elemento que mejores servicios haya prestado a la comunidad, sin perjuicio de la facultad para determinar otros estímulos; VII.- Denunciar ante el consejo de Honor y Justicia correspondiente, aquellos casos que a su juicio constituyan faltas graves a los principios de actuación previstos en esta ley. VIII.- Proponer normas y procedimientos que permitan mejorar la atención de las quejas que formule la ciudadanía contra abusos y actuaciones de servidores públicos; IX.- Proponer a la Procuraduría y a la Secretaría las acciones a emprender para prevenir la comisión de delitos y su impunidad, y X.- Fomentar la cooperación y participación ciudadana con el Departamento y la Procuraduría en los siguientes aspectos: a.- La difusión amplia del subprograma delegacional de seguridad Pública con participación vecinal; b.- La aportación de equipo complementario, el cual será destinado al servicio exclusivo de la demarcación correspondiente; c.- El establecimiento de mecanismo de autoseguridad o la instalación de alarmas. d.- Participar tanto en la elaboración como en la difusión de programas de reclutamiento.

De acuerdo a lo anterior, se puede advertir que el citado Comité puede llevar a cabo

diversas actividades a saber, y sobre ellas pueden versar los reportes del interés del

particular: emitir opiniones en materia de seguridad pública; emitir opiniones y

sugerencias para la elaboración y evaluación del subprograma Delegacional de

Seguridad Pública con participación vecinal y evaluar la ejecución del mismo; informar

sobre las zonas que en su concepto tengan mayor índice de delincuencia; estudiar y

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proponer a la Procuraduría y al Departamento, mecanismos de coordinación y

desconcentración, para la mejor cobertura y calidad en los servicios que tienen

encomendados; proponer anualmente al Consejo de Honor y Justicia correspondiente,

el otorgamiento de la Condecoración al Mérito, al elemento que mejores servicios haya

prestado a la comunidad, sin perjuicio de la facultad para determinar otros estímulos;

denunciar ante el consejo de Honor y Justicia correspondiente, aquellos casos que a su

juicio constituyan faltas graves a los principios de actuación previstos en esta ley;

proponer normas y procedimientos que permitan mejorar la atención de las quejas que

formule la ciudadanía contra abusos y actuaciones de servidores públicos; proponer a la

Procuraduría y a la Secretaría las acciones a emprender para prevenir la comisión de

delitos y su impunidad.

De acuerdo a lo anterior, se puede concluir que la información requerida sí puede

proporcionarse, ya que el artículo 26 de la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública del Distrito Federal señala que los entes públicos se encuentran

obligados a brindar a cualquier persona la información que se les requiera sobre el

funcionamiento y actividades que desarrollan (como podrían serlo justamente las

acciones que el Comité de Seguridad Pública haya realizado en ejercicio de las

atribuciones que le confiere el artículo 64 citado con antelación); máxime que uno de los

objetivos que persigue la ley de la materia, lo es la rendición de cuentas, entendida

como la obligación de todos los servidores públicos y los políticos de informar sobre sus

acciones y justificarlas en público (qué hice y por qué lo hice)2.

De tal suerte que al existir un conjunto de atribuciones conferidas al citado Comité en

materia de seguridad pública, y siendo que el requerimiento del particular consistió en el

2 Schedler, Andreas. ¿Qué es la Rendición de cuentas? Cuadernos de Transparencia 03. IFAI.

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“reporte de actividades” del Comité de Seguridad Pública Delegacional; se pone de

manifiesto que a la luz del ya citado artículo 26, y bajo el principio de rendición de

cuentas, el Ente Público se encontraba obligado a proporcionar la información relativa al

numeral 1, inciso l, de la solicitud.

Por lo que resulta procedente ordenar al Ente Público que se emita pronunciamiento

categórico sobre si cuenta o no con reportes, informes, o cualquier otro documento que

dé cuenta de las actividades realizadas por el Comité de Seguridad Pública y, en su

caso, proporcionar dichos documentos al particular, de no ser así haga valer los

fundamentos y motivos a que haya lugar.

En virtud de todo lo expuesto a lo largo del presente Considerando, con fundamento en

el artículo 82, fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

del Distrito Federal, resulta procedente modificar la respuesta de la Delegación

Cuauhtémoc y ordenarle que emita una nueva en la que:

Entregue los reportes de actividades del Comité de Seguridad Pública

Delegacional respecto de los años dos mil nueve y dos mil diez, de no contar con

los mismos, deberá hacer valer los motivos y fundamentos a los que haya lugar.

Con fundamento en el artículo 54 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información

Pública del Distrito Federal, la información deberá proporcionarse preferentemente en

medio electrónico, salvo que no se posea así, para lo cual deberán ofrecerse otras

modalidades de acceso, haciendo entrega de la misma previo pago de los derechos

que en su caso impliquen los materiales de reproducción, en términos de lo previsto en

el artículo 249 del Código Fiscal del Distrito Federal.

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La respuesta que se emita en cumplimiento a este fallo deberá notificarse al ahora

recurrente a través de la dirección de correo electrónico que señaló como medio para

recibir notificaciones en el presente recurso de revisión en un plazo de cinco días

hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación

de esta resolución, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 82, segundo párrafo

de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, en

relación con el diverso 517, primer párrafo, del Código de Procedimientos Civiles para el

Distrito Federal, de aplicación supletoria a la ley de la materia.

QUINTO. Este Instituto no advierte que, en el caso que nos ocupa, los servidores

públicos de la Delegación Cuauhtémoc hayan incurrido en posibles infracciones a la Ley

de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, por lo que no

ha lugar a dar vista a la Contraloría General del Distrito Federal.

Por todo lo expuesto y fundado, el Pleno del Instituto de Acceso a la Información

Pública del Distrito Federal:

R E S U E L V E

PRIMERO. Por las razones expuestas en el Considerando Cuarto de este fallo y con

fundamento en el artículo 82, fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública del Distrito Federal, se MODIFICA la respuesta impugnada y se

ordena a la Delegación Cuauhtémoc que emita una nueva, en el plazo y conforme a los

lineamientos establecidos en el Considerando inicialmente referido.

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SEGUNDO. Con fundamento en el artículo 90 de la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública del Distrito Federal, se instruye al Ente Público informe a este

Instituto por escrito sobre el cumplimiento a lo ordenado en el punto Resolutivo Primero,

dentro de los cinco días posteriores a que surta efectos la notificación de la resolución,

anexando copia de las constancias que lo acrediten. Asimismo, se le apercibe de que,

en caso de no dar cumplimiento dentro del plazo ordenado, se procederá en términos

del artículo 91 de la ley de la materia.

TERCERO. En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 88, segundo párrafo, de la

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se informa

al recurrente que, en caso de estar inconforme con la presente resolución, puede

interponer Juicio de Amparo ante los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa.

CUARTO. Se pone a disposición del recurrente el teléfono 56 36 21 20 y el correo

electrónico [email protected] para que comunique a este Instituto

cualquier irregularidad en el cumplimiento de la presente resolución.

QUINTO. La Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo de este Instituto dará

seguimiento a la presente resolución llevando a cabo las actuaciones necesarias para

asegurar su cumplimiento y, en su momento, informará a la Secretaría Técnica.

SEXTO. Notifíquese la presente resolución al recurrente a través del medio señalado

para tal efecto y por oficio al Ente Público.

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Así lo resolvieron, por unanimidad, los Comisionados Ciudadanos del Instituto de

Acceso a la Información Pública del Distrito Federal: Oscar Mauricio Guerra Ford, Jorge

Bustillos Roqueñí, Areli Cano Guadiana y Agustín Millán Gómez, en Sesión Ordinaria

celebrada el trece de abril de dos mil once, quienes firman para todos los efectos

legales a que haya lugar.

OSCAR MAURICIO GUERRA FORD COMISIONADO CIUDADANO

PRESIDENTE

JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ COMISIONADO CIUDADANO

ARELI CANO GUADIANA COMISIONADA CIUDADANA

AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ COMISIONADO CIUDADANO

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