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1 EMPRESARIOS ¡Haz del comercio tu profesión! Ocúpate de manera habitual de alguna de las actividades mercantiles. Si la vida te da limones, ¡quédatelos! Conoce más sobre el aspecto laboral de TU empresa Marzo, 2014 MÁS SOBRE SOCIEDADES MERCANTILES

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6010 Daniela Mendoza Fernanda Cortés Mariana Palos Maria Teresa Caraveo

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EMPRESARIOS

¡Haz del comercio tu profesión! Ocúpate de manera habitual de alguna de las actividades mercantiles.

Si la vida te da limones, ¡quédatelos!

Conoce más sobre

el aspecto laboral de TU empresa

Marzo, 2014

MÁS SOBRE

SOCIEDADES MERCANTILES

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F1

Integra la Scuderia un dúo de ensueño reincorporando a Kimi Raikkonen

en Ferrari

Ferrari con sus mejores armas busca la corona mundial de la Fórmula uno.

La Scuderia presume a la major dupla de pilotos en la parrilla del 2014, al

integrar al finlandés Kimi Raikkonen como compañero de el español

Fernando Alonso.

Al terminar la temporada de 2009, Kimi fue regalado del equipo italiano

para sederle su asiento al piloto asturiano. Después de tener un èriplo de

dos años en la mundial de Railles y de volver en 2012 a la máxima

categoría y correr un par de temporadas con Lotus, regresa a Maranello.

Ferrari encara con mucha más confianza la temporada que Australia.

La Scuderia desarrollo la aerodinámica del Ferrari F14 T en su túnel de

viento, al que dar solucionadas las fallas en la calibración de su laboratorio

y que lo obligó a recurrir a las instalaciones de Toyota.

Los ingenieros de Maranello se mostraron complacido con la información

obtenida desde los entrenamientos en Jerez al confirmar que los datos

recuperados en pista empataban con los del túnel del viento.

Nuestro nuevo duo-dinámico

1 Nico Rosberg 25

2 Kevin Magnussen 18

3 Jenson Button 15

4 Fernando Alonso 12

5 Valtteri Bottas 10

6 Nico Hulkenberg 8

7 Kimi Räikkönen 6

Resultados y posiciones

1 McLaren-Mercedes 33

2 Mercedes 25

3 Ferrari 18

4 Williams-Mercedes 10

5 Force India-Mercedes 9

6 STR-Renault 6

Constructores

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“Vivamus porta est sed est.”

¡Haz del comercio tu

profesión! que dentro del territorio

nacional ejerzan actos de comercio.

Serías el sujeto por antonomasia del derecho comercial.

Según Tobar Niño, en su libro se consideran comerciantes a las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, domiciliadas en el Ecuador, que

¡Vuélvete comerciante! Podrás ocuparte de manera habitual de alguna de las actividades que la ley considere mercantiles y que se refieren en general a la compra, venta o intercambio de bienes con el fin de obtener un lucro, como lo establece Castiglione, S en el texto que escribió llamado “Compilación de normas en materia de insolvencia por gastos de salud” en la revista World health report.

De acuerdo al Artículo 3o del código de comercio, se reputan en derecho comerciantes:

I.-Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación

ordinaria;

II.-Las sociedades constituidas con arreglo a

intervengan en el comercio de muebles e inmuebles que realicen servicios relacionados con actividades comerciales, y que, teniendo capacidad para contratar, hagan del comercio su profesión habitual y actúen con un capital en giro propio y ajeno”.

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comercial, según L. Mantilla Roberto establece en su libro Derecho mercantil.

El término establecido por Barrera Graf, dice que el derecho mercantil es la persona social, al mismo tiempo que engendra derechos y obligaciones de los que son titulares las partes que en dicha constitución intervienen, derechos y obligaciones cuyo conjunto forma el estado o calidad de socio.

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La sociedad mercantil está constituida de acuerdo con la legislación mercantil, utilizando alguno de los tipos reconocidos por ella, independientemente de que tenga o no una finalidad

¿Qué son las sociedades mercantiles?

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MÁS SOBRE SOCIEDADES MERCANTILES

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De acuerdo a esta Ley, la sociedad en nombre colectivo es aquella que existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden, de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales. Ésta sociedad está establecida dentro de los capítulos 25 al 50 de la Ley.

El segundo tipo de sociedad es la que existe bajo una razón social y se compone de uno o varios socios comanditados que responden, de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus aportaciones. Hablamos de la sociedad en comandita Simple

De la sociedad de responsabilidad limitada habla que se constituye entre socios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones, sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables, a la orden o al portador, pues sólo serán cedibles en los casos y con los requisitos que establece la presente Ley.

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Dentro del capítulo V encontramos la sociedad anónima, la cuál se define como sociedad que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones.

Dentro de la sociedad en comandita por acciones se establece que las acciones en que se divide el capital social de una sociedad anónima estarán representadas por títulos nominativos que servirán para acreditar y transmitir la calidad y los derechos de socio, y se regirán por las disposiciones relativas a valores literales, en lo que sea compatible con su naturaleza y no sea modificado por la presente Ley

Últimamente en los tipos de sociedades se encuentra la cooperativa, en el que se permite convenir el grado de responsabilidad de los socios (responsabilidad limitada o responsabilidad suplementada); los socios deben ser inscritos en el régimen obligatorio del seguro social y están exentas del pago del impuesto sobre la renta.

Las sociedades mercantiles previstas en la Ley General de Sociedad Mercantiles son:

a) Sociedad en Nombre Colectivo

b) Sociedad en Comandita Simple

c) Sociedad de Responsabilidad Limitada

d) Sociedad Anónima

e) Sociedad en Comandita por Acciones

f) Sociedad Cooperativa

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¡A PENSAR SE HA DICHO!

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En menos de un mes el precio del limón aumentó en un 300% gracias a la caída de producción por fenómenos climáticos y problemas con los transportistas en el estado de Michoacán. En Michoacán hay 4 mil 200 productores de limón con 41 mil 861 hectáreas, las cuales producen 18 toneladas del fruto cada una.

El valor de la producción asciende a mil 890 millones de pesos y el costo de producción se ubica en 31 mil 323 pesos por hectárea.

El secretario de Economía Ildefonso Guajardo dice que espera un “un respiro al mercado de limón en México”. Se comenzaron

importaciones para bajar los precios pero indican que los precios no han bajado por que las importaciones aún son insuficientes en comparación con la producción actual.

A pesar de que no hay suficiente abasto de limón en el mercado doméstico, las exportaciones continúan porque los productores y comercializadores mexicanos adquirieron con anterioridad esos compromisos.

La Cámara de Comercio, Servicios y Turismo en Pequeño (Canacope) hicieron un llamado a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) para que investigue las causas que han propiciado el aumento en el precio del cítrico.

El limón es de las frutas más consumidas en México pero los precios están sobre los cielos. Necesitamos precios accesibles y necesitamos lograr un balance. Se dice que tomará un mes para que el precio del limón se estabilice, pero eso sólo significa que tendremos que enfrentar por lo menos otros 30 días más sinsabor.

Si la vida te da limones, ¡quédatelos!

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¿Cuál es tu mejor opción?

Te Sugerimos…

TOP 10

Razones para elegir una Sociedad Anónima 1. No esta obligado a publicar los socios. La denominación se forma libremente, pero será distinta de la de cualquiera otra sociedad y al emplearse irá siempre seguida de las palabras “Sociedad Anónima” o de su abreviatura “S.A.”

2. Puede constituirla con sólo dos socios como mínimo y que cada uno de ellos suscriba una acción por lo menos y 50 mil pesos de capital

3. La obligación del socio se limita al pago de sus acciones

4. Puede usted modificar el objeto social sin necesidad de elevarlo a escritura pública

5. No necesita usted incorporar en la escritura formalismos como el gobierno corporativo

6. La administración de la sociedad es muy flexible (Administrador único, consejo de administración, etc)

7. En caso de que la empresa se vaya a la quiebra los socios sólo son responsables hasta de el monto total de sus aportaciones

8. La incorporación de terceros es más viable en este tipo de sociedad

9. Vender las acciones y desvincularse de la propiedad resulta un trámite más rápido

10. Se exhibe íntegramente el valor de cada acción que haya de pagarse, en todo o en parte, con bienes distintos del numerario y esto ayuda a tener mayor organización y transparencia

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Conoce más sobre el aspecto laboral

de TU empresa

Toda sociedad mercantil es una empresa. La Ley Federal del Trabajo en el artículo 16 establece que para los efectos de las normas de trabajo, se entiende por empresa la unidad económica de producción o distribución de bienes o servicios y por establecimiento la unidad técnica que como sucursal, agencia u potra forma semejante, sea parte integrante y contribuyente a la realización de los fines de la empresa.

¿Quienes son mis trabajadores?

Las personas físicas que presan a otra, que puede ser física o moral, un trabajo personal subordinado. Estos reciben un salario como contra presentación a los servicios que prestan. Hay dos tipos de salario:

1. Salario mínimo general 2. Salario mínimo profesional

¿Y el de confianza?

Un trabajador de confianza es la persona que realiza funciones de: dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, siempre que sea de carácter general, y que se relacione con trabajos que de manera personal debía realizar el patrón.

¿Qué es un sindicato?

Es la asociación de trabajadores o patrones para la defensa de sus intereses comunes.

¿Cómo funciona el Seguro Social?

El derecho de la seguridad social es el c.n.j. que tiene por objetivo dar una mejor calidad de vida tanto al trabajador como a su familia. La Ley del Seguro Social contempla dos tipos de regímenes, el obligatorio en el que están contemplados todos los trabajadores que no trabajan para el gobierno, y el voluntario en el cual cualquier persona se puede afiliar para recibir los beneficios siempre y cuando no trabaje para el gobierno. El régimen obligatorio comprende los riesgos de trabajo, las enfermedades y maternidad, invalidez, vejez y muerte, cesantía en edad avanzada y guarderías.

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INTEGRANTES

Mariana Palos

Fernanda Cortés

Daniela Mendoza

Ma. Tere Caraveo

Bibliografía • Castiglione, S. (2010). Compilación de normas en materia de insolvencia por gastos de salud.

World health report.

• Tobar Niño, P. R. (2012). Análisis del régimen impositivo simplificado ecuatoriano (RISE) y su

impacto desde su implementación en el Sistema Tributario Ecuatoriano.

• L.Mantilla Roberto derecho mercantile, México 1986. Editorial porrua

• Barrera Graf Jorge, “Instituciones del derecho mercantil”, México 2000, Editorial Porrúa.

• Ley General de Sociedades Mercantiles, http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/144.pdf