elementos de la relacion de trabajo

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República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitario Universitaria Yacambú Introducción al Derecho del Trabajo ELEMENTOS DE LA RELACION DE TRABAJO Integrante: Yibert González C.I.Nº 16.769.434 [email protected] Barquisimeto, Octubre del 2013

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 República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitario Universitaria Yacambú

Introducción al Derecho del Trabajo

ELEMENTOS DE LA RELACION DE TRABAJO

 Integrante:

Yibert González C.I.Nº 16.769.434 [email protected]

Barquisimeto, Octubre del 2013

   

LOS ELEMENTOS DE LA RELACION DE TRABAJO La relación laboral o las Relaciones laboral son aquellas que se establecen entre el trabajo y el capital en el proceso productivo. En esa relación, la persona que aporta el trabajo se denomina trabajador, en tanto que la que aporta el capital se denomina empleador, patronal o empresario. El trabajador siempre es una persona física, en tanto que el empleador puede ser tanto una persona física como una persona jurídica. En las sociedades modernas la relación laboral se regula por un contrato de trabajo en el cual ambas partes son formalmente libres.

En toda actividad humana libre, ya sea CONCEPTO DE TRABAJO. Material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo.

PRIMACIA DE LA REALIDAD SOBRE LA FORMA: En el sentido que priman las realidades de hecho y de derecho sobre los datos aparentes que aparecen que pueden ofrecer los documentos o contratos, dado que es en definitiva la realidad la que prevalece sobre la voluntad de partes  Se presume que toda relación de trabajo personal está regida por un contrato de trabajo.  El contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona, natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.  Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera, empleador, y la remuneración, cualquiera que sea su forma, salario.

ELEMENTOS ESENCIALES  Para que haya contrato de trabajo se requiere que concurran estos tres elementos esenciales:La actividad personal del trabajador, es decir, realizada por sí mismo.La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador, que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, e imponerle reglamentos, la cual debe mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato. Todo ello sin que afecte el honor, la dignidad y los derechos mínimos del trabajador en concordancia con los tratados o convenios internacionales que sobre derechos humanos relativos a la materia obliguen al país. Un salario como retribución del servicio. 2. Una vez reunidos los tres elementos de que trata este artículo, se entiende que existe contrato de trabajo y no deja de serlo por razón del nombre que se le dé ni de otras condiciones o modalidades que se le agreguen. 

CLASIFICACIÓN DEL CONTRATO LABORAL POR SU FORMA •Verbal •Escrito POR LA DURACIÓN O LABOR DETERMINADA DEL CONTRATO • Fijo o definido •Indefinido •Para la realización de una obra • Para ejecutar un trabajo ocasional • Contrato por tiempo POR EL CARÁCTER DE LA RETRIBUCIÓN •Contrato mixto •Contrato a domicilio •Contrato familiar POR EL LUGAR DONDE SE PRESTA EL SERVICIO • En el lugar de la empresa •Doméstico •De transéuntes POR SU NATURALEZA JURÍDICA • Laboral Administrativo •Civil •Comercial o mercantil   

Características del Contrato de Trabajo perfecciona por el simple acuerdo de voluntades, es decir, no requiere solemnidad ni formalidad alguna para su validez. Sin embargo, el artículo 24 de la ley exige que las condiciones de trabajo se hagan constar por escrito, y la falta de esa formalidad es imputable al • Es personal, esta cualidad patrón, conforme al artículo 26. Únicamente al trabajador, ya que el patrón puede ser una persona moral, y además puede ser substituido sin necesidad de que se modifique ..

• Es oneroso, porque establece obligaciones recíprocas; la contrato. Prestación del servicio a • Es bilateral, cambio de una remuneración. • Es ya que establece derechos y obligaciones mutuos entre las partes. de tracto sucesivo, en virtud de que sus efectos no se agotan en el acto mismo de su celebración, sino que continúan durante la prestación .• Es conmutativo, ya que las prestaciones que se deben los servicios. • Es un contrato condicionado por inmediatamente ciertas. partes son la ley, porque no es un contrato libre, regido por la autonomía de la voluntad, sino un contrato dirigido, que lleva implícita la condición de aceptar las modificaciones impuestas por la ley, que favorezcan a los trabajadores.